El secretario de Estado de los EEUU elogió un fallo de la Cámara Federal de Comodoro Py

Antony Blinken se refirió a la decisión judicial de reabrir una causa para que se investiguen en el país crímenes ocurridos en Myanmar

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Antony Blinken, secretario de Estado de los Estados Unidos

El secretario de Estado de los Estados Unidos, Antony Blinken, elogió un fallo de la Cámara Federal de Comodoro Py que en noviembre del año pasado ordenó reabrir una causa para que se investiguen los delitos de genocidio y guerra ocurridos en Myanmar contra la comunidad Rohingya de ese país. Fue Infobae quien detalló el pedido de las víctimas de esa masacre pidiendo a la justicia argentina ayuda.

“La investigación independiente del mecanismo de Myanmar, de por sí, ha reunido más de 1,5 millones de piezas de investigación e información, incluyendo testimonios de testigos, documentos, mensajes, fotos, videos, imágenes geoespaciales, paginas de medios sociales”, sostuvo Blinken durante una visita al museo del holocausto en Washington.

Según expresó, “nuestros esfuerzos avanzan, no solo en la Corte Internacional de Justicia, sino también en la Corte Penal Internacional y a través de los hechos ocurridos en Argentina y el caso presentado bajo jurisdicción universal. El día vendrá cuando aquellos responsables por estos hechos aterradores/inenarrables tengan que responder por sus actos”.

Blinken sostuvo que “el camino para salir del genocidio también nos lleva a casa” y destacó que “la semana pasada, la ONU reportó, basándose en miles de reportes de refugiados en la región, que, a pesar de todo lo que han vivido, a pesar de pasar décadas escuchando que no pertenecen a su lugar, dos de cada tres refugiados de Birmania todavía desean volver a casa algún día, siempre y cuando sea de modo seguro y con dignidad y derechos humanos”.

El funcionario también se pronunció en su cuenta de la red social Twitter. “Solo siete veces desde el Holocausto Estados Unidos ha concluido que se cometió genocidio. Hoy, a las @HolocaustMuseum, marca el octavo, ya que he determinado que miembros del ejército birmano cometieron genocidio y crímenes de lesa humanidad contra los rohingya”, señaló y continuó el hilo del mensaje al decir que “es una decisión a la que llegué en base a la revisión de una evaluación fáctica y un análisis legal preparado por el Departamento de Estado, que incluyó documentación de una variedad de fuentes independientes e imparciales, así como nuestra propia investigación rigurosa de los hechos.

El elogio del funcionario fue al fallo que la Sala I de la Cámara Federal de Comodoro Py dictó el 26 de noviembre del año pasado. El tribunal ordenó reabrir una denuncia que Maung Tun Khin, presidente de la Burmese Rohingya Organisation UK (BROUK), y seis mujeres presentaron para que se investiguen los crímenes en su país, Myanmar, en base a la justicia universal que acoge la legislación argentina. También pidieron ser querellantes en el caso, lo que les da el rol de acusadores privados. Denunciaron que desde las autoridades de su país hay un ataque generalizado y sistemático contra la población civil de la comunidad Rohingya.

La jueza federal María Servini rechazó la denuncia. Señaló que el caso ya se investigaba en la Fiscalía ante la Corte Penal Internacional. Pero Khin, a través del abogado Tomás Ojea Quintana, apeló la decisión. Explicó que se tuvo que exiliar de su país en la década del 90 y que nunca pudo regresar por la persecución que sufre él y su comunidad.

“El 27 de agosto de 2017 ingresó al pueblo donde yo vivía un grupo de militares. Nos tomaron a un grupo de mujeres y nos llevaron a una escuela. Dos hombres me taparon los ojos con un trapo. Fui violada brutalmente -contó esta joven, que hoy tiene 28 años-. Todas fuimos violadas. No pudimos escapar. Traté de localizar a mi esposo, su hermano, mi suegro... No los pudimos encontrar. Los habían asesinado”, contó por zoom una de las víctimas, según detalló Infobae en noviembre pasado

Los jueces de la Sala I Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens aceptaron el planteo. Primero los validaron como querellantes en el expediente. “Corresponde señalar que esta Cámara se ha inclinado por un criterio amplio respecto de la recepción de los acusadores particulares en el proceso. En esa línea, sostuvimos que el pretenso querellante debe haber sufrido, a raíz del delito denunciado, un perjuicio real, especial, singular y directo. Es decir, se exige la afectación, de forma inmediata, de un interés o derecho de quien pretende ser parte”, explicaron los camaristas.

Los magistrados agregaron que en este caso “los delitos denunciados podrían ser de aquellos contemplados en diversas convenciones internacionales, tales como la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (ratificado en nuestro país a través del Decreto-Ley 6.286) y el Estatuto de Roma (aprobado y ratificado en nuestro país por la ley 25.390 e implementado por la ley 26.200), en los que resultan punibles los crímenes de genocidio y de lesa humanidad”.

Los jueces de la Sala I de la Cámara Federal
Los jueces de la Sala I de la Cámara Federal

Luego revocaron el archivo de la denuncia y ordenaron que el caso se investigue. Para eso explicaron, en base a información de Cancillería, que los hechos denunciados en Myanmar no están alcanzados en su totalidades por la investigación de la Corte Penal Internacional.

“En definitiva, la gravedad de los hechos investigados y la violación de normas ius cogens permiten que éstos sean ventilados en nuestro país. No solo por el carácter internacional de los delitos presuntamente cometidos, sino porque del propio estatuto y del derecho consuetudinario internacional surge que la investigación y/o eventual juzgamiento de este tipo de crímenes es responsabilidad primaria de los estados”, explicaron Llorens y Bertuzzi y agregaron que “el recurso formulado por los apelantes se ha encaminado en marcar esta asimetría y de estar sólo al análisis de la situación que en estos momentos realiza la Fiscalía ante la Corte Penal Internacional no se avanzaría sobre los hechos que presuntamente constituirían crímenes tales como desaparición forzada, torturas y delitos sexuales”.

Por su parte, el tercer integrante de la Sala I, Leopoldo Bruglia, señaló que coincidía con sus colegas “en cuanto a su análisis bajo las normas del derecho internacional de los derechos humanos que investigan y persiguen los crímenes contra la humanidad” pero que antes de resolver la Cámara el expediente debía volver a la jueza de primera instancia para que analice el pedido de entidades para ser “amigas del tribunal” en la causa.

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