Memorándum con Irán: rechazaron apartar al tribunal que debe resolver el pedido de Cristina Kirchner de nulidad de la causa

Los querellantes pedían la recusación de los jueces por habilitar la audiencia pública previa al juicio oral

Compartir
Compartir articulo
Luis Czyzewski, uno de los querellantes que formuló el planteo (Adrián Escandar)
Luis Czyzewski, uno de los querellantes que formuló el planteo (Adrián Escandar)

Los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michillini y Daniel Obligado, que intervienen en el tribunal que debe resolver el futuro de la causa por el Memorándun con Irán, quedaron hoy ratificados al frente de esa causa, indicaron a Infobae fuentes judiciales. Es que los miembros de otro Tribunal Oral rechazaron las recusaciones que habían planteado contra ellos las querellas de la DAIA y de dos familiares de víctimas del atentado de la AMIA. El pedido de apartamiento se sustentaba en un temor de parcialidad al haber habilitado la audiencia pública en donde las defensas, encabezadas por la vicepresidenta Cristina Kirchner, reclaman la nulidad de toda la causa.

“Si bien los recusantes expresan su disconformidad con aquella decisión adoptada por el Tribunal, que, a su entender, acreditaría la existencia de parcialidad; no advertimos motivos que permitan arribar a tan grave conclusión”, sostuvieron los jueces Adrián Grümberg, Ricardo Basílico y Javier Feliciano Ríos, sorteados por Casación para analizar el tema.

El fallo afirmó que “los querellantes no han podido poner en evidencia cómo la decisión a la que hacen referencia daría muestras de ausencia de imparcialidad ni, mucho menos, de un adelanto de opinión por parte de los magistrados y de la magistrada con respecto al tema bajo decisión”.

“En cambio -se añadió-, lo que parece vislumbrarse es el mero descontento de los acusadores particulares con decisiones que estiman adversas a sus intereses y que pretenden cuestionar haciendo uso de una herramienta procesal inidónea y sin fundamento alguno; cuando resulta claro que existe otra vía –la recursiva- para, en todo caso, encaminar aquella disconformidad”.

Los magistrados advirtieron que “la sola referencia de los recusantes al contenido de diversas notas publicadas en medios periodísticos”, aludiendo a que se pretendía un escenario como el conseguido en la causa dólar futuro, “sin sustento en circunstancias objetivas y concretas, no brinda un marco suficiente como para alegar en forma acabada un temor de parcialidad”.

Los planteos de las querellas se presentaron el 22 de junio, apenas el TOF 8 decidió aceptar la realización de una audiencia oral y pública solicitada por la defensa de la vicepresidenta Cristina Kirchner para reclamar allí la nulidad del caso.

En ese contexto, las querellas pidieron la recusación de los jueces y del fiscal Marcelo Colombo. “Su imprescindible imparcialidad frente al caso se encuentra seriamente afectada”, dijeron en el escrito los familiares en el escrito al que accedió Infobae. Para la querella, los últimos hechos en la causa “generan un razonable temor o sospecha de parcialidad que no se encuentra sustentado en meras creencias, sino en actos concretos”.

En sus argumentos, no solo plantearon la realización de la audiencia sino que también cuestionaron que se hubiera aceptado la declaración como testigo de Ronald Noble, el ex titular de Interpol, y que la jueza López Iñiguez no se hubiera excusado inicialmente. A Colombo, en tanto, también lo recusaron por haber habilitado la audiencia oral.

Cristina Kirchner, en la audiencia ante el TOF que cuestionaron las querellas
Cristina Kirchner, en la audiencia ante el TOF que cuestionaron las querellas

Los jueces rechazaron su recusación, convocaron a una audiencia por la recusación de Colombo y lo ratificaron como fiscal. Así las cosas, convocaron a la audiencia del 16 de julio en donde Cristina Kirchner la audiencia en donde escucharon a la vicepresidenta inaugurando un alegato sin juicio en donde aseguró que la acusación en su contra es “un disparate judicial, institucional y político” . Y reclamó el cierre de la causa tomando como eje la revelación de las visitas al entonces presidente Mauricio Macri de dos magistrados de Casación -Gustavo Hornos y Mariano Borinsky- que habían decidido la reapertura de la denuncia del fiscal Alberto Nisman.

Las defensas siguieron aleganto durante tres semanas y el pasado miércoles fue el turno del fiscal Colombo que le tocó opinar: si bien dio por acreditadas las visitas, sostuvo que eso no alcanzaba para hacer papel picado la causa del Memorándum con Irán. Y por eso pidió rechazar el pedido de los acusados. La cuestión aún no está definida. El miércoles responderán las defensas que volvieron a pedir la palabra y después será el turno del TOF de tomar una decisión sobre el futuro de la causa.

Pero a esas audiencias no se presentaron las querellas. Hicieron saber su malestar porque el primer día en que alegó CFK era el mismo día del acto aniversario por el atentado contra la AMIA. Pero también porque estaba este planteo de fondo de no legitimar lo que allí se discutía, por entender que los jueces no podían intervenir porque estaban recusados.

Hoy, los jueces Grümberg, Basílico y Ríos hicieron el repaso cronológico de los planteos de recusación y los ideas y vueltas del expediente hasta que hoy se encontraban en condiciones de resolver: “Entendemos que la actuación cuestionada, amén de no encuadrar en alguno de los motivos explicitados por el artículo 55 del código procesal, de ningún modo aparece teñida de parcialidad o animosidad respecto de las partes intervinientes en la causa, por lo que corresponde rechazar las recusaciones formuladas”, dijeron.

Y se agregó que “la circunstancia de que la audiencia fijada por la/los magistrados recusados no se encuentre expresamente prevista en la normativa ritual tampoco constituye un motivo razonable para dudar de su imparcialidad pues, a nuestro criterio, dicha decisión ha sido adoptada de manera razonada”. El fallo añadió que los jueces dispusieron para la audiencia distintas medidas de prueba, como el pedido de registros de ingresos a Olivos y a la Casa Rosada, lo cual - a su criterio- “demuestra la prudencia con que han actuado la señora jueza y los señores jueces, sin que se advierta tampoco en este tópico que lo hayan hecho de forma parcial o sesgada”.

SEGUIR LEYENDO