Desestimaron una denuncia del macrismo contra Graciana Peñafort por sus dichos sobre la Corte Suprema

La directora de Asuntos Jurídicos del Senado había dicho que “es la Corte Suprema quien tiene que decidir ahora si los argentinos vamos a escribir la historia con sangre o con razones”. Para la jueza Servini, se trató de una opinión en el marco de la libertad de expresión que tiene toda persona que no constituyó ningún delito

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Graciana Peñafort
Graciana Peñafort

La jueza federal María Servini desestimó hoy una denuncia penal que un grupo de diputados nacionales de Juntos por el Cambio presentó contra Graciana Peñafort, abogada y directora de Asuntos Jurídicos del Senado de la Nación, por incitación a la violencia colectiva por un mensaje en la red social Twitter en el que sostuvo que “es la Corte Suprema quien tiene que decidir ahora si los argentinos vamos a escribir la historia con sangre o con razones", luego de un planteo ante el máximo tribunal para que habilite las sesiones virtuales de la Cámara alta.

“Advierto que la conducta de la Dra. Graciana Peñafort, por más desafortunada que pudiera llegar a resultar en sus formas, no encuadraría dentro de estos discursos prohibidos; por el contrario, se halla bajo la tutela del derecho constitucional a la libertad de expresión. Ello por cuanto sus manifestaciones se dieron como una expresión pública de sus ideas respecto de circunstancias de indudable interés público”, sostuvo la magistrada en su resolución.

Los diputados de Juntos por el Cambio Waldo Wolff, Álvaro de Lamadrid, Soher El Sukaria, Adriana Noemí Ruarte, Lidia Inés Ascarate, Jorge Enríquez y Fernando Iglesias denunciaron a Peñafort por una serie de mensajes en su cuenta de Twitter. Uno de ellos decía: “Es la Corte Suprema quien tiene que decidir ahora, si los argentinos vamos a escribir la historia con sangre o con razones. Porque la vamos a escribir igual”. “Como cantan los Redondos ‘Fijate de qué lado de la mecha te encontrás’”.

Fue tras la presentación de Peñafort, en nombre del Senado que preside Cristina Kirchner, para que la Corte avalara la legalidad de audiencias virtuales para reemplazar a las sesiones presenciales, limitadas por la pandemia del coronavirus.

Los legisladores entendieron que Peñafort, abogada de varios ex funcionarios kirchneristas como el ex vicepresidente Amado Boudou, había amenazado a los jueces de la Corte Suprema e incitado a la violencia colectiva.

El fiscal federal Eduardo Taiano había pedido la semana pasada en un dictamen en la desestimación de la denuncia contra Peñafort porque entendió que no había delito en sus publicaciones ya que “para que la acción en cuestión resulte típica debe existir un riesgo cierto e inminente, de que se ponga en peligro, en este caso, la vigencia de la Constitución Nacional”. “Sin embargo, no se advierte de qué modo las manifestaciones de la denunciada pudieron haber puesto en peligro dicha vigencia, ya que sus dichos no tienen en modo alguno entidad suficiente para incitar a la violencia colectiva, y menos aún para amedrentar e intimidar a los ministros de la Corte Suprema”, sostuvo el fiscal.

La jueza Servini (Reuters)
La jueza Servini (Reuters)

Servini explicó que ante el pedido de desestimación de una denuncia por parte de la Fiscalía “el Juez se encuentra imposibilitado no sólo de ordenarle que requiera su instrucción, sino que ese impedimento abarca también la posibilidad de conocer y decidir sobre el asunto traído a su conocimiento”. Pero además la magistrada compartió que no había delito para investigar en los dichos de Peñafort y destacó el derecho a la libertad de pensamiento y expresión.

“Concretamente, la nombrada puso de manifiesto en un medio de difusión pública y en su carácter de sujeto político, su opinión de cómo debían resolver los ministros de nuestro máximo tribunal respecto de una discusión eminentemente política como lo era el hecho de si se podía o no realizar sesiones en el Senado de la Nación en forma remota debido al régimen de cuarentena sanitaria vigente”, explicó.

Para la jueza, la directora jurídica del Senado "se limitó a compartir públicamente pensamientos propios sobre ese tema, del cual además resultaba partícipe como letrada de la parte solicitante, con el agregado, a modo de metáfora, de una estrofa de lo que sería una composición musical. “En definitiva, no se trató de otra cosa que la difusión pública de las ideas de una persona, que se podrá o no compartir, o estimar su redacción de buen o mal gusto, pero nunca incriminar penalmente”, agregó Servini, y concluyó que “estos dichos no fomentaron ni tampoco incitaron a la violencia colectiva y mucho menos –por su falta de idoneidad– pudieron resultar en amenazas coactivas agravadas y/o atentados contra la autoridad dirigidos hacia los Ministros de la Corte Suprema”.