En medio de la polémica, instruyen a los defensores oficiales a acelerar los pedidos de liberación de presos con la excusa del coronavirus

Lo resolvió la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez alegando que el objetivo es reducir el hacinamiento carcelario

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La Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez
La Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez

La Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez le recomendó a los defensores oficiales renovar o instar “la agilización de los pedidos de libertad o morigeración de la situación de encierro” en virtud de una acordada de la Cámara de Casación Federal. El objetivo manifestado en la resolución dictada por Martínez es reducir el hacinamiento en las unidades carcelarias.

Esta definición surge en medio de la polémica por la liberación masiva de presos impulsada en la provincia de Buenos Aires, que provocó un rechazo generalizado en todo el país. Mañana, jueves, habrá un cacerolazo a las 20 en contra de que las calles se llenen de delincuentes condenados que exigen beneficios procesales con la excusa de la propagación del Covid-19.

La acordada 9/20 Cámara Federal de Casación Penal pidió analizar los casos de las personas que integran los grupos de riesgo de la enfermedad. Esto incluye a a adultos mayores, personas con determinadas discapacidades, inmunodeprimidas o condiciones crónicas como enfermedades coronarias, diabetes, enfermedad pulmonar y VIH.

También a presos con prisión preventiva y condenados por delitos “no violentos” que estén próximos a cumplir la pena impuesta; condenados a penas de hasta 3 años de prisión; internos en “condiciones en condiciones legales de acceder en forma inminente al régimen de libertad asistida, salidas transitorias o libertad condicional”; embarazadas; y mujeres encarceladas con sus hijos.

Adrián Escandar
Adrián Escandar

En su resolución, la Defensora General afirmó que la gravedad del hacinamiento carcelario y el contexto de pandemia por coronavirus exige una actuación coordinada de todos quienes son parte en el proceso penal y un esfuerzo conjunto de los tres poderes del Estado.

En el documento, Stella Maris Martínez sostuvo “cuando el Art. 9 de la ley N° 24.660 dispone que la ‘…ejecución de la pena estará exenta de tratos crueles, inhumanos o degradantes’ señala un límite, pasado el cual las privaciones de la libertad se vuelven insoportables por inconstitucionales, y reclama una respuesta racional que supere restricciones legales o reglamentarias que la obstaculicen.”, o sea, no importa si la medida solicitada está o no en la ley o los reglamentos que rigen la materia. Y agregó “corresponde extremar los remedios para garantizar la salud de la población penitenciaria, que es una función que reposa primordialmente en las autoridades penitenciarias y sanitarias y, en un balance entre los derechos en juego, reducir el hacinamiento carcelario, para lo que este Ministerio Público de la Defensa ha comprometido su participación.”

La Acordada 9/20 de la Cámara Federal de Casación Penal invocada por la Defensora General de la Nación para recomendar a los defensores oficiales que agilicen los pedidos de libertad fue declarada inconstitucional por el juez Germán Castelli esta semana en medio del clima de tensión por el motín en la cárcel de Devoto y otras unidades penales del país donde los presos reclamaban que los liberen con la excusa del coronavirus.

"Más allá de las buenas intenciones de los magistrados, la impertinencia constitucional de la Acordada 9/20, aparece a simple vista, afectando, por ende, el principio de independencia de los jueces, pilar indiscutible de la Constitución Nacional, para garantía de la justa resolución de conflictos”, escribió en su fallo el juez. Esa resolución tachada de inconstitucionalidad por Castelli fue dictada el 14 de abril pasado por la Cámara Federal de Casación Penal, el máximo tribunal penal del país, y en ella se insta a los jueces de primera y segunda instancia, y a los tribunales orales a avanzar con las excarcelaciones o prisiones domiciliarias para presos de grupos de riesgo, detenidos por delitos leves y los que puedan acceder a salidas transitorias.