La Suprema Corte bonaerense resolvió que todos los integrantes del Poder Judicial deberán presentar sus declaraciones juradas

En una acordada, el máximo tribunal provincial reglamentó la decisión

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www.scba.gov.ar
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La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires reglamentó cómo deberán hacer todos los funcionarios del Poder Judicial para presentar su declaración jurada de bienes, que estará conformada por una parte reservada y otra a la que tendrá acceso el público.

Según la resolución 3.880, la Corte estableció reglamentación con colaboración de la Procuración General, un año después de la creación de la mesa de trabajo que se dedicó a definir los nuevos requisitos que deberán cumplir los magistrados en sus declaraciones juradas.

De esta forma, tras la resolución de la Corte, estarán obligados a presentar sus declaraciones juradas todos los funcionarios del Poder Judicial, y la medida alcanza a jueces, peritos oficiales, y también a los agentes que, por la naturaleza de sus funciones, "se encuentran sujetos a un especial control, tales los casos de aquellos que intervengan en procedimientos de adquisición de bienes o servicios o su recepción, o que participen en la administración y gestión de bienes del Estado", resolvió la Corte.

El acuerdo del máximo tribunal bonaerense, firmado por Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani, Héctor Negri, Eduardo de Lazzari, Daniel Soria y Luis Genoud y el procurador general Julio Conte Grand, además estableció que la declaración se deberá hacer a través de una plataforma digital creada para ese fin y que contendrá una parte reservada y otra pública.

La que será de acceso al público, el formulario sintético, tendrá una enunciación de los bienes y actividades del implicado, "de su cónyuge o conviviente, y/o de quienes se encuentren bajo su responsabilidad parental, tutela o curatela, al 31 de diciembre del año inmediato anterior, tanto en el país como en el extranjero, sin contener precisiones que pudieren afectar su derecho a la privacidad o su seguridad".

La Corte además resolvió que el obligado deberá declarar las actividades profesionales que hubieren desempeñado durante los cinco años anteriores a su designación, y prevé, además, que la declaración jurada de bienes de jueces y fiscales deberá hacerse una vez por año y que si no la cumplen se remitirán los antecedentes a la Subsecretaría de Control Disciplinario de la Suprema Corte de Justicia o de la Procuración.

En los fundamentos para tomar esta decisión, la Suprema Corte estableció que "corresponde establecer una reglamentación que ajuste la declaración jurada patrimonial para los funcionarios y magistrados a tales mandatos, determinando asimismo la publicidad de aquellas actividades y aspectos patrimoniales que pudieran afectar la ética de las actividades públicas".

La decisión de la Corte