Preocupación de constitucionalistas por el fallo sobre la remoción de Alejandra Gils Carbó

Aseguran que la sentencia decreta la "muerte" el Ministerio Público Fiscal

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Un fallo avaló la remoción de la titular de la Procuración General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, sin necesidad de un juicio político.
Un fallo avaló la remoción de la titular de la Procuración General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, sin necesidad de un juicio político.

El fallo que declaró la inconstitucionalidad del mecanismo de juicio político a Alejandra Gils Carbó generó revuelo en el mundo del derecho. Abogados constitucionalistas cuestionaron la sentencia del juez en lo Contencioso Administrativo Pablo Cayssials, al considerar que habilita, en los hechos, la destitución por decreto de la jefa de la Procuración General de la Nación enfrentada con el gobierno de Mauricio Macri.

Andrés Gil Domínguez, doctor en Derecho Constitucional y un asiduo crítico de Gils Carbó, advirtió que el fallo decreta "la muerte del Ministerio Público Fiscal como órgano extra poder tal cual fue pensado por los convencionales constituyentes" que reformaron la Constitución en 1994.

"Es una gran regresión institucional, porque el Ministerio Público pasa a ser un apéndice del Poder Ejecutivo", sostuvo a Infobae. Según su criterio, el juez Cayssials, al no establecer en su resolución cuál es el mecanismo de destitución de la Procuradora General, el presidente "puede removerla por decreto como si fuera un empleado".

"Va en contra de la reforma de 1994 y de la lucha que desarrolló la sociedad civil durante el menemismo para que el Ministerio Público no se convierta en un apéndice del Poder Ejecutivo", añadió.

Gil Domínguez señaló como inconsistencia jurídica que el texto de Cayssials viole el "principio de progresividad institucional", que resguarda la intangibilidad de los cargos de los fiscales. Además, marcó como otra "gran incongruencia" que la invalidez del juicio político solo aplique a una de las cabezas del MPF, como Alejandra Gils Carbó, y no a la titular del Ministerio Público de la Defensa, Stella Martínez. Ambos organismos tienen la misma jerarquía constitucional.

"Espero que la Corte Suprema intervenga pronto, porque se produjo un hecho de gravedad institucional que no puede esperar", afirmó. "El fallo va más allá de las capacidades de Gils Carbó", añadió Gil Domínguez, que en su cuenta de Twitter definió como "impresentable" a la Procuradora.

El presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo.
El presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo.

Jorge Rizzo, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, coincidió en que la resolución abre una puerta para que el Presidente remueva directamente por decisión presidencial a la funcionaria nombrada durante el mandato de Cristina Kirchner, una vez que la Cámara de Apelaciones en lo Contecioso Administrativo confirme la sentencia.

Rizzo evitó precisar su opinión sobre el contenido de la resolución, ya que "respeta las decisiones de la Justicia", pero señaló que le resultó "llamativo" la rapidez en la que el magistrado otorgó la legitimación de la agrupación Será Justicia y del Colegio de Abogados de la Ciudad, conducidos por Guillermo Lipera, el artífice de la demanda judicial contra Gils Carbó.

"A mí me cuesta muchísimo que se le de al Colegio Público la legitimación (para litigar), mientras que a Lipera se la hayan dado tan rápido, en tan solo dos días, por eso los felicito", dijo con ironía. E insistió que le parece llamativo que la pretención de la parte actora y de la demandada "coincidan", cuando "el Estado suele defender las normas vigentes" y no cuestionarlas.

"Hay que esperar lo que defina la Cámara de Apelaciones", insistió. "Lo que está pasando es una situación bastante parecida a lo que ocurrió con el Procurador de Santa Cruz, Eduardo Sosa, cuando Néstor Kirchner lo sacó por decreto y luego la Corte revocó esa decisión", recordó Rizzo. Casualidad o no, este viernes se cumplieron ocho años de la sentencia del máximo tribunal, pero Sosa nunca fue restituido en su puesto. 

Eduardo Barcesat, constitucionalista especializado en derechos humanos, coincidió con Gil Domínguez que el fallo intervino solo sobre una de las ramas del Ministerio Público, la Procuración, y no aplica sobre el Ministerio de la Defensa en lo que respecta a la remoción por juicio político. "La introducción de esta distinción tira por la borda la Constitución Nacional", indicó.

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"Es un fallo políticamente inmundo y jurídicamente insostenible, lo digo con conocimiento de causa porque fui convencional constituyente de la reforma de 1994″, planteó Barcesat. "La mayoría de los doctrinarios de entonces considerabamos al MPF como un cuarto poder autónomo", añadió.

"Si para designar a los integrantes del Ministerio Público Fiscal hay que seguir el mecanismo de la Constitución, para cuyo nombramiento se necesitan los dos tercios de los votos de la Cámara de Senadores, y que cumplieron tanto Gils Carbó como Stella Maris. ¿El mecanismo de remoción va a ser un simple decreto?", se preguntó el abogado.

"El juez ha actuado en connivencia con el Colegio de Abogados de la Ciudad, violentando todo principio y toda regla. Es una maniobra coordinada groseramente lesiva de la Constitución Nacional", fustigó.

Acerca de los argumentos jurídicos, Barcesat expresó su malestar con el desempeño de Cayssials, al advertir que el deber primario de los jueces es "la observancia de la supremacía" de la Carta Magna.

"Siento vergüenza ajena por este pronunciamiento. Espero que cuando el fallo sea apelado, el tribunal previsto actúe en obediencia a la Constitución, porque lo que pasó es un alzamiento y una intrusión de la voluntad del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial de la Nación, es un peldaño mas en el derrumbo institucional", añadió.

Guillermo Lipera.
Guillermo Lipera.

Consultado sobre si el Gobierno puede avanzar con una reforma de la ley de Ministerio Público en sintonía con el fallo judicial con cambios permitan la remoción de Gils Carbó, Barcesat afirmó que, hasta tanto no se pronuncia la Corte Suprema, el oficialismo no puede sancionar una ley contraria a la Carta Magna.

El fallo de Cayssials se trata de un nuevo revés judicial contra Gils Carbó en medio del intenso enfrentamiento que mantiene el Gobierno con la Procuradora, a la que busca remover de su cargo por ser considerada una "militante kirchnerista" que beneficiaría a los funcionarios del gobierno anterior investigados en causas de corrupción.

El 12 de octubre pasado, la jefa de los fiscales tuvo otra contrariedad en los tribunales, cuando fue procesada por irregularidades en las comisiones de la compra del edificio de la Procuración, ubicado en la calle Perón al 600.

Desde el Poder Ejecutivo adelantaron que, declarada la inconstitucionalidad del artículo 76 de la ley 27.148, insistirán con el proyecto legislativo del oficialismo que establece un mecanismo taxativo que habilite la remoción del jefe de los fiscales. Así lo precisó el ministro de Justicia, Germán Garavano, al afirmar que el fallo está en sintonía con su propuesta de reforma, por lo que insistirán en el Congreso para lograr su sanción. Por ahora, Garavano descartó la utilización de la destitución vía decreto presidencial.