
El Gobierno creó el Comité de Ciberseguridad, que estará integrado por representantes de los ministerios de Modernización, Defensa y Seguridad y tendrá el objetivo de desarrollar una estrategia nacional de seguridad informática.
La medida fue comunicada a través del decreto 577/2017, que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña, y los ministros Patricia Bullrich (Seguridad), Andrés Ibarra (Modernización) y Oscar Aguad (Defensa).
"Al considerar la Ciberseguridad a nivel nacional —indicó el Ejecutivo en los fundamentos— surge la necesidad de hacer referencia a distintos aspectos, entre los cuales se encuentran: capacidad para responder a incidentes de seguridad de gran escala, legislación en la materia, la protección de infraestructuras críticas, capacidad para colaborar con otros países, así como la cultura de seguridad desarrollada por los ciudadanos".
Además, se consideró que "encarar una adecuada protección en materia de Ciberseguridad es una tarea compleja que resulta necesaria en la actualidad, debido al incremento exponencial y a la diversidad de las amenazas y ataques informáticos, así como el impacto que los mismos puedan ocasionar en las infraestructuras críticas de un país y su población".

Por lo tanto, concluyeron, "se torna necesaria la elaboración en nuestro país de una Estrategia Nacional de Ciberseguridad que contemple los propósitos y objetivos tendientes a desarrollar un marco normativo, conjuntamente con las medidas técnicas, organizacionales, de políticas y procedimientos que permitan proteger adecuadamente el ciberespacio, incluyendo las infraestructuras críticas que proveen servicios esenciales a la Nación y desarrollar una cultura de Ciberseguridad".
De acuerdo con el texto oficial, el Comité de Ciberseguridad cumplirá las siguientes tareas:
a) Desarrollar la Estrategia Nacional de Ciberseguridad, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.
b) Elaborar el plan de acción necesario para la implementación de la Estrategia Nacional de Ciberseguridad.
c) Convocar a otros organismos para que participen en la implementación de medidas en el marco del plan de acción elaborado conforme lo establecido en el punto b.
d) Impulsar el dictado de un marco normativo en materia de Ciberseguridad.
e) Fijar los lineamientos y criterios para la definición, identificación y protección de las infraestructuras críticas nacionales.
f) Participar en el desarrollo de acciones inherentes a la Ciberseguridad nacional que se le encomienden.
"Los Ministerios integrantes del Comité de Ciberseguridad —detalla el artículo 3 de la norma— deben designar dentro del plazo de 30 días del dictado de la presente medida, un miembro titular que deberá tener el rango de Subsecretario o Director Nacional o equivalente como mínimo, y dos miembros suplentes con rango de Director Nacional o equivalente, como mínimo".
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