Qué delitos fueron excluidos del proyecto que busca limitar las salidas anticipadas a condenados

El Senado aprobó la iniciativa con 48 votos a favor, 8 en contra y una abstención y volverá a Diputados

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El Senado aprobó este miércoles, con cambios, la reforma de la ley 24.660 de Ejecución de Pena que contempla limitar las salidas anticipadas a condenados por delitos violentos. Fue por 48 votos a favor, 8 en contra y una abstención. Ahora volverá a la Cámara de Diputados para su sanción definitiva.

El proyecto aprobado cuenta con una serie de modificaciones que introdujo la Comisión de Justicia y Asuntos Penales este mediodía. El cuerpo legislativo resolvió excluir el homicidio simple y el contrabando del listado de crímenes que alcanza la reforma.

Por otra parte, quienes cometan delitos contra la integridad sexual, privación ilegal de la libertad coactiva, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo se verán impedidos de acceder al beneficio de salidas transitorias, salidas adelantadas o la libertad condicional.

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Además, el dictamen que llegó al recinto con otro cambio: la Comisión corrigió facultades que otorgaba la sanción de la Cámara Baja al Servicio Penitenciario, por considerarlas "excesivas" y, de esa manera, dejó en manos del juez de ejecución penal, con intervención de las víctimas o sus familiares, la decisión final sobre las salidas anticipadas de los condenados.

La iniciativa volvió a tomar relieve con el asesinato de Micaela García y tanto fue así que la ministra de Seguridad Patricia Bullrich fue al Senado la semana pasada para pedir su pronta sanción, además de otras leyes.

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