¿Te gustaría tener tres padres?: la historia de amor concebida por una jueza monumental

La magistrada escribió una carta para que el niño del caso la lea cuando sea grande, en la que le explica las razones que la impulsaron a este fallo

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Un juicio de filiación con final feliz: el fallo reconoce la pluriparentalidad en beneficio de los derechos de un niño

Juan era el novio de María. Por esas cosas del vivir, tan frecuentes como insondables, se separaron. A los dos años de la separación, Juan supo que María había sido mamá. “Es posible que el hijo sea tuyo, Juan”, le dijo María antes de morir. Sí: María murió a las dos semanas de volver a hablar con su viejo amor. El niño, José, tenía ya dos años largos.

Al separarse de Juan, María conoció a Luis. Se casaron y Luis decidió inscribir a José como su hijo. Amó a ese niño y puso ese amor para criarlo. Como su papá. José tenía, en sus documentos, a María como mamá. A Luis como papá. Juan sintió que no podía mirar para otro lado. Se presentó ante la justicia y pidió un ADN para saber si él era el padre. “Si lo fuese, reclamo que se impugne la paternidad de Luis y se me conceda como el verdadero progenitor biológico de José. Es mi derecho”, escribió.

Recibida la demanda, Luis propuso: “Si Juan es el padre, que se lo reconozca como tal. Pero yo quiero seguir siéndolo también porque el niño se crió estos años conmigo y porque perderme a mí sería otro dolor más sumado al inmenso que este niño padeció viendo morir a su mamá”.

¿Pluriparentalidad? Sí. ¿Dos papás que no son pareja con él y una mamá que ya no está? Sí.

El caso recayó en el juzgado de familia n°2 de San Ramón de la nueva Orán de Salta. El tribunal está en esta ciudad de poco más de 70 mil habitantes, cerca de la plaza central que mira a la Municipalidad y al Banco Nación, bañada por un sol tropical que siempre hace trepar mucho al termómetro. Allí dicta justicia Ana María Carriquiry. Ella dispuso escuchar a todos.

Juan pidió que se declarara la nulidad del reconocimiento paterno de Luis y se ordenara el desplazamiento filiatorio, con su correspondiente inscripción. Luis sorprendió en el expediente: “De producirse el desplazamiento en su rol como progenitor, impactaría de forma perjudicial en la personalidad del niño, por las secuelas de perder primero a su madre y luego a su padre. En el caso de que el niño fuera hijo biológico de Juan, solicito se me otorgue el reconocimiento de la pluriparentalidad, protegiendo el vínculo afectivo que tengo con el niño y el resto del grupo familiar”. Concretamente: seamos padres los dos, dijo Luis.

El ADN que se realizó dejó, sin dudas, un resultado. Juan era el padre. Luis, no.

Juan tampoco dudó. Anúlese la paternidad de Luis. Yo soy el padre. ¿Pluriparentalidad? Dijo Juan: “No es fácil para mí plantearme cómo vamos a criar, entre los dos, al niño, pero está bien, si es lo mejor para él; demasiada tristeza se produjo con la muerte de la progenitora del niño y yo quiero el bien de mi hijo”.

Hubo una asesora de menores que pensó con el código y sintió con el corazón. Hubo una jueza que pudo lo mismo. Hubo dos abogados, Andrea Alberto y Roberto Leal, de las partes, que pensaron lo mejor para el niño.

La jueza salteña escribió “La primera vez que se reconoció una triple filiación fue en Ontario, Canadá. De esta sentencia, podemos destacar que: ´el concepto actual de familia, más allá del tradicional de la familia ‘matrimonializada’, entre hombre y mujer, debe entenderse como ‘cláusula abierta’, no excluyéndose del concepto de familia, a las formadas en la afectividad, con motivación eudemonista, que surge de la dignidad individual de sus integrantes, pautadas por el respeto y el reconocimiento de las características personales ante la colectividad. El juez no es un mero lector de la ley y no debe temer a nuevos derechos´”.

¿Podría este niño, u otros, tener dos papás que no son pareja, dos hombres como progenitores con iguales deberes y derechos para criarlo? Podría. Si hubiese un verdadero deseo de ambos Hombres de pensar antes en ese niño que en ellos.

La jueza aun dijo: “¿Cómo desplazar a ese padre que amó y cuidó al niño durante estos dos años de vida? Al único que el niño reconoce como padre es a Luis. Juan afirmó que quería sumar afectos y no desplazarlo al mismo. Como se dijo en audiencia, aquí no se trata de desplazar a nadie, sino de multiplicar los afectos, en clave de derechos humanos. En estos casos, es indiscutido el rol de la socioafectividad como valor jurídico.”

Socioafectividad. Redes de amor. Contención. Más amor para el niño.

Hoy el niño comparte el cuidado emocional y físico con sus dos papás en un régimen amplio de acuerdo de visitas, vacaciones, fiestas y acompañamientos. Dos papás. Una mamá que quiso a los dos.

Hay jueces que sólo hablan con sus sentencias. Ana María, la jueza Carriquiry lo hizo y con eso alcanzaría. Su fallo se entiende, tiene sentido común, emocionalidad, pasión. Honra el sentido de justicia. Pero ella puede más. Porque sabe que un servidor público debe ser transparente y cercano con los ciudadanos que pagan sus impuestos que financian sus sueldos. Ana María le escribe una carta al niño de la historia.

Padre biológico y padre socioafectivo: la Justicia les dio la razón a los dos

Otra vez la inmensa jurista mendocina Aída Kemelmajer me acerca el fallo que honra a los que pasamos por la facultad de Derecho y creemos que las normas sirven para hacer mejor la convivencia. Me permite sugerirte que armes tu emoción para leer la carta que una jueza le manda a un niño de dos años para que lea cuando sea adulto. Todo parece mejor leyéndola, en tiempos de intolerancia, incompetencia y dolor. Ahí va:

San Ramón de la Nueva Orán, 10 de Agosto de 2.021. Querido P.:

Al momento de leer esto, seguramente han pasado algunos años desde que lo escribí y estarás preguntándote por tu familia, por tu mamá y por tus papás. Me presento, soy Ana María, la jueza que reconoció tu derecho a tener una mamá y dos papás. Te escribo porque tenés derecho a que te cuente lo que decidí y por qué lo hice.

Antes que nada, quiero decirte que estoy convencida que la decisión que tomé es la mejor para vos.

A los jueces nos toca tomar decisiones difíciles, pero tu caso fue muy simple, porque lo que sobraba era el cariño de tus papás hacia vos.

Sobre tu mamá, que lamentablemente, ya no está entre nosotros, quiero dejarte la frase que le dijo Albus Dumbledore al pequeño Harry Potter:

“Un amor tan poderoso como el que tu madre tuvo por tí es algo que deja marcas. No una cicatriz, ni algún otro signo visible... el haber sido amado tan profundamente, aunque esa persona que nos amó no esté, brinda una protección que dura para siempre” .

Además de tu mamá, tenés dos papás. ¿Cómo puede ser posible esto? También por amor. Los dos te aman por igual y son tus papás. Uno de ellos es tu papá genético, biológico. El otro papá es el que se ocupó de vos durante tus primeros años de vida en forma exclusiva, él te reconoció como hijo, te tuvo con vos y te ama, por eso es tu papá socioafectivo.

A veces hay que decidir entre el papá biológico o el papá socioafectivo. En este caso, nada tuve que decidir, porque ellos estaban seguros de la importancia que el otro tenía en tu vida.

Por eso, lo único que hice, P., fue reconocer el derecho que tenés a tener dos papás que te críen, te cuiden. Porque, en definitiva, lo único que interesa: es multiplicar amor.

Espero que seas muy feliz y estés siempre orgulloso de tu mamá y de los papás que la vida te dio.

Con cariño, Ana María Carriquiry

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