La pasión por regular y el boom del trabajo en las plataformas digitales

Compartir
Compartir articulo
infobae

Los estragos originados por la pandemia en el trabajo encuentran muy pocas excepciones. Frente a las evidentes crisis que atraviesan sectores como, por ejemplo, el turismo, la gastronomía o el trasporte aéreo encontramos algunas actividades, muy pocas, que son capaces de generar empleo. La actividad de las empresas que administran plataformas digitales para intermediar en la entrega de productos es una de ellas, al punto que existen en la actualidad más de 40.000 personas que trabajan entregando productos.

La cantidad se explica por las restricciones impuestas al tránsito y a la comercialización en las normas destinadas a enfrentar la pandemia generó, restricciones que repercutieron en el incremento de la demanda de estos servicios. Ahora bien, frente a la pérdida inevitable de puestos de trabajo se presenta esta generación de empleo y, con ello, la tentación de protegerla.

Más allá de las críticas generales que se pueden formular sobre las rigideces de la normativa laboral argentina, lo cierto es que las normas vigentes son incapaces de regular esta nueva forma de trabajar porque, sencillamente, no fueron pensadas para la forma bajo la cual se desarrollan estas tareas, forma esencialmente atravesada por la libertad que se desprende de la utilización de las herramientas tecnológicas. En palabras sencillas, trabajo cuando quiero.

Señalemos el riesgo desde un inicio: la regulación incorrecta puede ser tan perjudicial como la no regulación. Tenemos el ejemplo claro y reciente con el anteproyecto de ley para regular el teletrabajo donde, embargados de un frenesí regulatorio, se incluyeron disposiciones totalmente alejadas del sentido común como, entre otras, obligar al empleador a condicionar la forma de organizar la empresa a la decisión del empleador que, en cualquier momento, puede revertir la forma de teletrabajo.

Normas de este tipo no solo desalientan su utilización, sino que, peor aún, pueden condenarla para siempre. Pues bien, como no podía ser de otra forma, también existen numerosos anteproyectos para regular la relación de trabajo que se genera a través de plataformas digital y no es nuestra intención detenernos en el detalle.

Superada la discusión sobre la naturaleza laboral del vínculo, es fundamental entender que se trata de relaciones laborales con características tan especiales que, por lo menos, justifican un tratamiento especial. Hablamos de cuestiones bien concretas como reemplazar el régimen de indemnizaciones por despido del régimen general, no vincular el ingreso de los trabajadores con el tiempo porque, justamente, el tiempo no es una variable relevante para resolver esta cuestión, pactar formas específicas para el cálculo de las vacaciones o el aguinaldo, entre otras cuestiones.

La preocupación está justificada porque los anteproyectos presentados se disputan el podio para ver cuál es que otorga mayor protección para estos trabajadores cuando, en rigor, deberían entender que la mejor protección es que la que se funda en el entendimiento de la actividad y en evitar excesos que pongan en riesgo estos 40.000 puestos de trabajo.