Economía colaborativa, intermediación digital y regulación estatal

Compartir
Compartir articulo
Las principales empresas de mensajería online del país
Las principales empresas de mensajería online del país

En la ciudad de Buenos Aires, el aislamiento social, preventivo y obligatorio condujo, primero, al cese casi total y luego parcial de las actividades comerciales. Allí empezó a dimensionarse el protagonismo de las plataformas de intermediación digital de oferta y demanda de terceros en el reparto a domicilio de mercaderías y de alimentos. Aunque su presencia venía en crecimiento desde un tiempo antes, la cuarentena disparó su participación en el último eslabón del comercio interno de la ciudad. La solución aportada fue la distribución y el transporte de mercaderías sin que tengamos que desplazarnos de nuestros domicilios. De esta manera, se transformaron en un servicio esencial, luego de haber sido durante un tiempo un recurso extraordinario y eventual.

El detalle más importante de esta historia es que esta nueva dinámica (de la cual participan miles de personas) ocurrió en un contexto de ausencia absoluta de regulación. La Legislatura tenía entonces una misión: orientar la dinámica en beneficio de todos los actores: repartidores, empresas y plataformas y usuarios. Es lo que hicimos, aprobando una ley que regula la actividad, y que trabajamos junto con el Poder Ejecutivo.

La iniciativa brinda seguridad jurídica para todos los actores. A las empresas (aplicación digital de oferta y demanda), prestadores (mensajerías) y a los repartidores y mensajeros les exige la inscripción en un Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias (Rutramur). De esta manera, el Estado regula permitiendo la circulación y una mejor distribución, una competencia más leal y favoreciendo las condiciones de los repartidores. Estos últimos al estar registrados gozan de un seguro que queda a cargo de las empresas. El requisito de la inscripción en AFIP logra que muchos repartidores ingresen al circuito formal de trabajo, abandonando la actual informalidad, obteniendo obra social y aportes jubilatorios. La ley, además, obliga a capacitaciones viales y sostiene que los prestadores y apps proveen el material de trabajo.

El usuario, asimismo, va a encontrar que las aplicaciones y los prestadores deben habilitar un formulario de reclamo que recepta directamente en la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor protegiendo al factor más débil de la cadena, el que no tiene Cámara empresaria que lo defienda, ni sindicato. Nuestro aporte se ha volcado en difundir y poner a disposición el conocimiento de la ley 757, con la perspectiva del consumidor. En términos generales, el proyecto tiene por objetivos: a) la seguridad vial; b) la distribución ordenada de las mercaderías; c) el ordenamiento del tránsito; c) la entrega de seguridad a los repartidores; d) proveer un marco legal que cristalice una actividad creciente; e) introducir límites a los actores y, conjuntamente, posibilidades de desarrollo y crecimiento; f) otorgar una herramienta eficaz de reclamo al usuario g) facilitar el acceso a la información pública con la creación de un portal web donde los sujetos o actores obligados pueden encontrar fácilmente la información respecto a su habilitación; h) colaborar con las empresas en el contexto de pandemia y i) formalizar a la economía colaborativa pero mantener su espíritu.

Además, en una clausura transitoria, se determina el regreso de los costos de las comisiones que las apps les cobran a los comercios al mes de marzo (comienzo del aislamiento), contribuyendo enormemente con los sectores que hoy sólo pueden desarrollar su actividad por delivery.

Ahora la cuestión requiere de un abordaje en perspectiva laboral desde el Congreso de la Nación. Ese es el siguiente paso. La Legislatura ha hecho sin dudas un aporte importante. Buenos Aires tiene una regulación. Son contadas con los dedos de una mano las capitales en mundo que lo tienen. Un Estado presente en una ciudad moderna y de iguales requiere repensar políticas públicas de inclusión bajo este cambio de paradigma digital que llegó para quedarse. Debemos profundizar aún más nuestra lectura respecto de este proceso en marcha.

El autor es legislador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el bloque UCR-Evolución.