Año Nuevo Judío y Día del Perdón: concepto y significado de “Teshuvá”

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En las vísperas del año nuevo judío, el cual da comienzo a los llamados “Iamim Noraim” o Días Sobrecogedores, los cuales finalizan 10 días después, en “Iom Kipur” o Día del Perdón, es oportuno recordar el tópico del arrepentimiento, concepto bíblico expresado con el vocablo hebreo “teshuvá”, cuya polisémica raíz “shivá” contiene tres significados. Estos son bíblicamente, arrepentimiento, retorno y respuesta. Respecto del arrepentimiento, Dios le dice a Moisés que Él sacará al pueblo de Israel de Egipto con maravillas y portentos, pero también le asegura que “Y Yo endureceré el corazón del Faraón” (Éxodo 7:3), quien finalmente los deja salir luego de ser duramente castigado él y su pueblo con las diez plagas. Es decir, Dios no lo deja arrepentirse. Pero esta imposibilidad de contrición no es contraria a la idea de arrepentimiento, central en el judaísmo y luego en muchos sistemas ético-morales y legales. Maimónides explica que a determinadas personas, por la cantidad y magnitud de sus transgresiones se les suprime, como punición, la posibilidad de arrepentimiento, imposibilitándole abandonar la maldad. Y aun cuando la Ley enseña que nada se interpone al arrepentimiento, quebrando ésta gravosos decretos, se aprende que la posibilidad del remordimiento no es absoluta ni gratuita.

Aquí engarzan los primeros dos significados del concepto de “teshuvá”, debido a que hay circunstancias en las cuales la persona ya no puede “regresar”, impidiéndole el “arrepentimiento”, suprimiéndole la posibilidad de control de su propia vida mediante la aflicción; perdiendo dicho dominio ante la imposibilidad de compunción. Proceso similar a quien se inicia en el consumo de drogas como hombre libre y con pleno control de sus acciones, pero al devenir adicto pierde aquel dominio, no pudiendo sino consumiendo más y ciertamente imposibilitando todo retorno. Así, una trasgresión lleva a otra hasta tornarse el proceso en irreversible, pasando el punto de no retorno. El concepto de “teshuvá” entonces, es el arrepentimiento de las trasgresiones y el retorno a una forma de vida determinada por la aceptación de la Torá, rindiéndole así culto a Dios. Un camino que comienza en la praxis influyendo luego en el espíritu, dado que en el judaísmo la revelación es en formato de Ley demandando una conducta específica y no en formato de dogma intelectual, emotivo o simbólico. No obstante, es curioso que un judío que jamás ha vivido como tal, al decidir recibir aquella preceptualidad se lo denomine como “quien regresa”, ya que retorna a un lugar físico o espiritual donde nunca estuvo. Salvo por el hecho que sus ancestros, por lejanos que sean, hayan estado allí pero que a través de progresivas asimilaciones erraron el camino desviándose tras diversos ídolos. Y aquí se encuentra el tercer significado del polisémico concepto de “teshuvá”, el de “respuesta”, engarzado inherentemente con los dos anteriores, arrepentimiento y regreso. Esto es, “quien regresa” es quien retorna a la respuesta no en el sentido informativo sino en el axiológico.

Es por ello que también se lo llama “habiente de teshuvá”, y no usuario de ella, precisando que no es un instrumento en pos de las necesidades personales, sino la manifestación conductiva de la aceptación de la finalidad del hombre, definido como “a Dios temerás y sus preceptos cuidarás porque esto es todo el hombre” (Eclesiastés 12:13). La “teshuvá” no satisface al hombre en sus necesidades, placeres, problemas, sufrimientos o curiosidades intelectuales, sino que le demanda todas sus fuerzas, físicas y espirituales, para rendir culto a Dios con todo el corazón, alma y medios. Luego, la “teshuvá” es el arrepentimiento manifiesto en el regreso a la aceptación de esta demanda, encontrando las respuestas axiológicas, dado que el comienzo de la sabiduría axiológica es el temor reverencial a Dios (Salmos 111:10). Comprender esto resulta sumamente relevante por expresar que este retorno no es producto de una conclusión racional ni de una demostración fáctica, ya que nada de ello hace que se tenga fidelidad a la Ley de Dios. Ninguna información, explicación ni factor externo, aun el milagroso, puede conducir al hombre a este retorno, porque no es una conclusión desprendida de la realidad natural o histórica, sino una determinación volitiva de la persona.

Tampoco implica que se sepa algo sobre Dios o su accionar en el mundo, sino que es el reconocimiento por parte del hombre de su estatus y deber frente Dios, independientemente de lo que le acontece. Numerosos testigos directos de los portentos por mano directa de Dios en Egipto pecaron luego con el becerro de oro; otros quienes conocieron a los profetas por cuyas gargantas hablaba la misma presencia divina, no retornaron; grandes e influyentes sabios, tampoco. Sin embargo, millones que no han vivenciado nada de ello, siendo personas simples, se mantuvieron fieles a la Ley y hasta dando su vida cuando ésta así lo demanda, santificando el nombre de Dios. Es decir, este retorno mediante el arrepentimiento no se encuentra en el dominio cognitivo sino en el conativo, tal como indica Salmos 103:20. Dicho retorno así como la fidelidad, no es una conclusión sino una decisión, y por ende no susceptible de argumentación. Reconocer a Dios, aceptando por ello deberes y prohibiciones, no es una necesidad objetiva sino una demanda cristalizada en una forma de vida cumpliendo los preceptos, de lo contrario, carece de sentido vaciándose de significado, convirtiéndose en fraseología o un marginal sentimentalismo. Y esto más allá de si se logra cabalmente, ya que no hay ninguna garantía de ello, siendo lo esencial el mismo camino y esfuerzo en el progresivo cumplimiento.

Por ello, el “Shulján Aruj”, código de leyes judías, comienza declarando “Esfuérzate como el león levantándote a la mañana rindiéndole culto al Creador”. Es decir, el contenido axiológico es el cumplimiento de preceptos y el esfuerzo en su pleno acatamiento más allá de si esto último es posible o no. Pero creer arrepentirse y retornar para satisfacer necesidades, reconociendo a Dios no como tal sino como un funcionario útil sirviendo a los intereses personales o del mundo, es egolatría. La cercanía a Dios es lo bueno, y no porque me es bueno, tal como enseña Ibn Ezra en Salmos 73:28, a su vez advertido por Oseas 14:10, cuando declara que rectos son los caminos de Dios, y los justos andarán en ellos, y los pecadores fracasaran en ellos.

Es decir, los caminos de Dios son el cumplimiento de preceptos, y el pecador, si ve un beneficio personal en cumplirlos también irá en ellos, pero permanecerá aún como pecador por no haberlo hecho en nombre de Dios, sino en beneficio propio, rindiéndose culto a sí mismo y despreciando los preceptos cuando ya no le sean útiles. Así, la “teshuvá” es el arrepentimiento por la forma de vida transgresora de preceptos, reconociendo el deber de rendir culto a Dios plasmado en el cumplimiento de la Ley, regresando al lugar de las respuestas y la verdad axiológica. Es por ello que Dios expía nuestras transgresiones sólo por nuestra “teshuvá”, mientras siga otorgándonos esa posibilidad. Y así, sólo frente a Dios, podremos reconocernos más como humanos que animales, tal como significativamente reza una oración del Día del Perdón basada en el Eclesiastés, “no hay primacía entre el hombre y la bestia porque todo es vanidad, Tú diferenciaste al humano desde el principio y lo reconocerás ante Ti”.

Rabino y Doctor en Filosofía. Miembro Titular de la Pontificia Academia para la Vida, Vaticano. Premiado con la mayor distinción del Senado Nacional, “Mención de Honor Domingo F. Sarmiento” (2018)