25 años de la reforma constitucional: balance y desafíos para el desarrollo humano

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Se cumplen 25 años de la reforma constitucional de 1994, la cual introdujo modificaciones sustanciales en nuestra Ley fundamental. La enmienda a la constitución fue producto de las transformaciones que la vida política argentina empezó a transitar desde la restauración de la democracia en 1983. Durante el gobierno de Raúl Alfonsín se creó el Consejo para la Consolidación de la Democracia que elaboró algunas de las propuestas que finalmente se materializaron en 1994. Modificar normas existentes y crear instituciones modernas que fueran capaces de adecuarse a los nuevos tiempos era una tarea impostergable. La reforma fue el producto de extensos debates que tuvieron como propósito fortalecer y consolidar el sistema democrático, afianzar la independencia de la justicia, atenuar el presidencialismo, rediseñar el régimen federal para favorecer el desarrollo y dotar de jerarquía constitucional a tratados internacionales en materia de DD.HH.

A la luz de estos 25 años de la sanción de la nueva constitución nacional, se pueden vislumbrar tanto aciertos como desaciertos, pero es indiscutible el hecho de que se innovó enormemente en materia derechos y garantías que no solo han permitido profundos avances en lo relativo al desarrollo humano sino que además dicha extensión y ampliación de derechos colocó a la Constitución Nacional entre las más avanzadas del mundo.

Entre las modificaciones más importantes que introdujo la reforma en materia electoral, se encuentran la elección directa del presidente y vicepresidente, la reducción del período presidencial y la creación del tercer senador por la minoría.

Con el propósito de atenuar el presidencialismo, se creó la figura del Jefe de Gabinete de Ministros y el Consejo de la Magistratura. También se reguló sobre los decretos de necesidad y urgencia, la delegación legislativa y la promulgación parcial de leyes.

Es cierto, sin embargo, que el propio diseño constitucional impidió más de las veces que la figura del Jefe de Gabinete logre contrarrestar las excesivas prerrogativas presidenciales y funcionar como un órgano independiente de control ya que la norma faculta al presidente a nombrar y remover por sí solo al jefe de gabinete de Ministros. Por otro lado, la ausencia del equilibrio que debía lograrse entre los representantes de los distintos sectores que integran el Consejo de la Magistratura constituyó un obstáculo para el buen desempeño de la institución.

Se instituyeron nuevos órganos extrapoder dotados de autonomía y facultades de control como la Auditoria General de la Nación, el Defensor del Pueblo y el Ministerio Público Fiscal. En lo que respecta al Defensor del Pueblo, la figura tuvo una actuación relevante en sus primeros años pero desde el 2009 la institución se encuentra acéfala debido a la inercia del Congreso en su deber designar a un titular para el cargo. Ello ha repercutido negativamente en las funciones de control que le fueron encomendadas toda vez que no existe un Defensor con legitimación procesal para demandar al Estado por actos irregulares y violación de derechos.

Se crearon instrumentos de democracia semidirecta como el referéndum, el plebiscito y la iniciativa popular que tuvieron como objetivo principal robustecer la participación ciudadana. En materia de Derechos y Garantías, se introdujeron garantías procesales como el Habeas Corpus, el Habeas data y el amparo individual.

La reforma elevó a jerarquía constitucional a numerosos instrumentos internacionales de Derechos Humanos como La Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos económicos, sociales y culturales y La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, entre otros.

Se intentó, además, fortalecer el federalismo a través del otorgamiento a las provincias de la facultad de crear regiones y firmar tratados internacionales, de la propiedad de los recursos naturales de sus territorios y el principio de autonomía municipal.
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Por último, fue a partir de la reforma constitucional de 1994 cuando se creó un régimen especial para la Ciudad de Buenos Aires dotándola de autonomía para dictar su propia constitución, elegir popularmente al Jefe de Gobierno y a su legislatura.

A lo largo de estos últimos años se ha avanzado en algunas áreas para cumplir con el articulo 129 de la Constitución Nacional. Entre dichos avances podemos mencionar la sanción de la Ley de comunas, la transferencia de la gestión del subte, la transferencia en materia de juegos de azar, la transferencia parcial de la policía federal, la creación de la policía de la Ciudad y la sanción de un Código Electoral propio. No obstante, aun queda mucho trabajo por hacer para gozar de una autonomía plena. Resulta fundamental debatir en serio la necesidad de una Ley de educación propia. También creemos que debemos mejorar el funcionamiento de los Partidos Políticos, y de ahí la necesidad de la sancionar una Ley de Partidos Políticos y una normativa que regule el financiamiento de los mismos. El traspaso de la justicia nacional a la Ciudad autónoma de Buenos Aires es otra de las deudas pendientes.

La reforma introdujo una nueva idea valorativa que fue la cláusula del Desarrollo humano contenida en el inciso 19 del artículo 75. El progreso económico con equidad social, la educación gratuita y de calidad, la defensa del federalismo son los pilares del desarrollo humano que deben ser garantizados por el accionar de un Estado que sea responsable ante la sociedad y que trabaje por un modelo económico con justa distribución del ingreso, promueva la cultura del trabajo, fortalezca las instituciones democráticas y elimine prácticas viciadas de corrupción. Esos son los principales desafíos que tenemos de aquí en adelante para hacer honor al legado que nos dejó la Reforma Constitucional de 1994.

El autor es Legislador porteño por UCR Evolución.