Recordando el genocidio armenio

Julio C. Báez

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Este 24 de abril próximo se recuerda el exterminio de gran parte del pueblo armenio a manos de grupos radicalizados turcos. Con el limitado alcance de este espacio solo hemos de señalar que se estima que un total de 1.500.000 de armenios y, en menor cantidad, asirios y griegos, fueron masacrados sistemáticamente. Los métodos empleados oscilaron entre caminatas de la muerte en el desierto sirio, donde sufrían torturas, violaciones y desnutrición. Los hechos ocurrieron durante el gobierno de los Jóvenes Turcos en el Imperio otomano, con Talaat Pashá, Enver Pashá y Djemal Pashá a la cabeza, y continuaron durante la República de Turquía, bajo el mandato de Mustafá Kemal (Atatürk).

Nos recuerda el profesor de la Especialización en Derecho Procesal Penal del Museo Social Argentino, Enzo Finocchiaro, en su obra El Derecho Penal Internacional, que el 2 de noviembre de 1914, el Imperio otomano ingresó a la Primera Guerra Mundial formado por el Imperio austro-húngaro, el Reino de Bulgaria y el Imperio germánico. Con esta entrada, se formó el Teatro de Operaciones para Oriente Medio, gestándose a consecuencia de ello el Comité de Unión y Progreso, conocidos como los "jóvenes turcos", que encabezados por Enver Pashá y Mehmet Talat produjeron un cismo institucional , instalando una dictadura.

En lo que al tema interesa, el 24 de abril de 1915 todos los armenios notables que se encontraban en Constantinopla y Anatolia fueron detenidos y deportados; en paralelo a ello, se ha verificado la existencia de más de treinta campos de concentración, donde los expulsados armenios fallecían en fosas comunes como consectario de desnutrición, epidemias o inacción, donde, además, tomó intervención la población kurda, lo que gestará la única reacción rescatable sobre la cuestión que fue el repudio emitido por la Declaración de los Aliados de 1918.

De similar modo que la Shoá, causa escozor la rémora acerca de los motivos por los cuales seres humanos encontraron el ocaso de su vida por el mero hecho de pensar diferente o por pertenecer a un grupo étnico o religioso diverso, lo que me ha llevado a interrogarme hasta dónde puede llegar la barbarie o la irracionalidad de algunos seres humanos para diseñar una arquitectura tan diabólica que culmina con el exterminio.

Ya en el controvertido mensaje navideño de 1942 Pío XII —aunque en un contexto diverso del armenio, que no era otro que la instalación del régimen del terror nazi— había advertido: "Cientos de miles de personas que, sin haber cometido delito alguno, a veces solo por la razón de su nacionalidad o su raza, están condenados a muerte o a una progresiva extinción".

En su conocida Encíclica Pacem in Terris, San Juan XIII, apuntalando la necesidad de la vida como modo de proyección de las relaciones sociales elementales, pontificaba: "En toda convivencia humana bien ordenada y provechosa hay que establecer como fundamento el principio de que todo hombre es persona, esto es, naturaleza dotada de inteligencia y de libre albedrío, y que, por tanto, el hombre tiene por sí mismo derechos y deberes, que dimanan inmediatamente y al mismo tiempo de su propia naturaleza. Estos derechos y deberes son, por ello, universales e inviolables, y no pueden renunciarse por ningún concepto".

Las antiguas proclamas que han emanado del Magisterio Pontificio, previniendo las consecuencias deletéreas de los sucedáneos baños de sangre, han calado hondo en la regulación jurídica internacional.

Luego de la recepción amplia del Tratado de Roma, se denomina crímenes contra la humanidad a aquellos comportamientos delictivos que, por su gravedad, se constituyen como lesivos de la propia esencia de lo humano, y se pueden definir como la representación más intensa del rechazo por el otro como legítimo otro en la convivencia con uno.

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional denomina crimen contra la humanidad a las conductas tipificadas como asesinato, exterminio, deportación o desplazamiento forzoso, encarcelación, tortura, violación, prostitución forzada, esterilización forzada, persecución por motivos políticos, religiosos, ideológicos, raciales, étnicos u otros definidos expresamente, desaparición forzada de personas o cualesquiera actos inhumanos que causen graves sufrimientos o atenten contra la salud mental o física de quien los sufre, siempre que dichas conductas se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil.

Más allá de que deploro cualquier tipo de exterminación masiva, la prudencia impone señalar que no resiste el menor análisis, compatible con la lógica, aquel que tienda a soterrar al Holocausto, tanto armenio como judío.

Una concepción invertida obra en recodo con la inteligencia humana. Ninguna duda cabe de que aquellos existieron, afectaron a millones de seres humanos y han proyectado sus tinieblas en la historia de esos pueblos.

Desde esta columna, recalco que debe ser una política de Estado el compromiso argentino tanto con el genocidio armenio como con la Shoá y con cualquier otro que traiga aparejado una aniquilación masiva de seres humanos; sus recuerdos, sus evocaciones, su rechazo a la negación, son estandartes que empavesan mi solidaridad con todas esas verdaderas víctimas que, como diría Jorge Luis Borges en su exquisito poema Juan López y Jhon Ward, perecieron en un tiempo que no podemos entender o explicar.

El autor es juez de Cámara por ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 4. Doctor en Derecho Penal y Ciencias Penales. Miembro del Comité Académico de la Universidad del Museo Social Argentino.