Seguridad jurídica y notariado en el siglo XXI

Ignacio Javier Salvucci

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A lo largo de los años el notariado siempre ha acompañado los cambios tecnológicos y la evolución de las necesidades de la sociedad, y lo ha hecho capacitándose y poniéndose al frente de las demandas de los ciudadanos, haciendo uso de todas las herramientas disponibles para brindar un servicio de excelencia.

Todo ello nos ha convertido en una de las profesiones con mayor nivel de capacitación y actualización. Incorporando las nuevas tecnologías en todos nuestros ámbitos, estamos trabajando para proyectarlas en los servicios que necesita el ciudadano del siglo XXI, por ejemplo con la utilización de la firma digital y el documento electrónico, siendo precursores en esta tarea que iniciamos hace más de veinte años.

La garantía de seguridad jurídica que damos los escribanos está sustentada por el sistema de notariado latino, que rige en Argentina y en otros 87 países de todo el mundo, entre los que se cuentan potencias como Alemania, Francia, China, Japón o Rusia. Es uno de los dos sistemas que coexisten en el mundo desarrollado, el otro es el modelo anglosajón.

Hoy, en el escenario global del siglo XXI, el modelo vigente en nuestro país y basado en la seguridad jurídica preventiva se encuentra en plena expansión, en contraste con el esquema de securitización propio del modelo anglosajón.

El sistema del notariado latino tiene como objetivo principal garantizar la seguridad jurídica preventiva, lo que significa que cada una de las tareas que lleva a cabo el escribano en el proceso de formación del contrato, acompañando a los ciudadanos, interpretando sus voluntades y asesorándolos respecto a derechos y obligaciones, garantiza la legalidad de la operación y contribuye a brindar seguridad.

En otras palabras, evita que en un futuro quien firma una escritura tenga problemas jurídicos o económicos derivados de la operación realizada. En cambio, esa seguridad no está presente en el modelo anglosajón, en el que el notario es un mero certificador de firmas y el instrumento es un principio de prueba que necesita ser convalidado judicialmente para gozar de autenticidad.

Por no contar con estudios de títulos, el sistema anglosajón es más inseguro, carencia que se suple con un seguro de caución. Este seguro no solo aumenta los costos de manera considerable, sino que, ante un conflicto, no evita el paso por los tribunales, con las complicaciones y los costos extra que ello acarrea. El seguro no evita que el daño se produzca, solo indemniza por las falencias del sistema. No se busca la perfección de la transmisión del derecho de propiedad como en el sistema del notariado, sino que solo se reparan los problemas producidos por errores o prácticas desleales o irregulares.

Además, debemos tener en cuenta que, como se sabe, el Estado encuentra en el escribano a un colaborador para su tarea de recaudación, a través de la retención de impuestos, siendo el momento de la escritura la oportunidad propicia para retener tributos varios. Nada nos hace pensar, sin embargo, que, de mudar al sistema anglosajón, esta situación pudiera cambiar.

El análisis más interesante lo ha llevado a cabo la República Popular China, donde al abandonar el sistema económico comunista se vieron en la necesidad de dar una respuesta a los futuros propietarios y optaron por el sistema notarial latino.

Finalmente, cabe destacar que, como se ha puesto de manifiesto desde la creación del Colegio de nuestra provincia, hace 130 años, la tarea de los escribanos siempre tuvo el mismo y único fin: el compromiso con los ciudadanos y el sostenimiento de la seguridad jurídica.

Al momento de tomar una decisión importante, que afecta a su patrimonio, a su persona o a su familia, cada ciudadano sabe que los escribanos estamos allí para asegurar de forma absoluta la legalidad y la seguridad jurídica de las acciones emprendidas.

El autor es presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.