Consumo de drogas: predicar con el ejemplo es el principio de la educación

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"Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe". ¿Bajo qué parámetros se define un concepto tan elástico como la moral pública? ¿Qué sucede cuando las acciones en la intimidad trascienden lo privado y se transforman en públicas? ¿Cómo circunscribir conductas al ámbito estrictamente personal en tiempos de redes sociales e inmediatez de la información? ¿Los funcionarios de gobierno no están obligados de una forma diferente a ejercer una responsabilidad superior, a sentirse obligados a rendir cuentas de cada uno de sus actos?

El caso de la ministra de Educación de la provincia de San Luis, Natalia Spinuzza, y la viralización de un video en el que admite haber consumido drogas durante sus vacaciones en Europa abrió un interesante debate que no solo se circunscribe al artículo 19 de nuestra Constitución Nacional, sino que avanza sobre el contrato social que la ciudadanía establece con sus gobernantes. En el medio de esta disyuntiva cuasi jurídica, que a veces termina ciñendo el problema a la opinión de legos constitucionalistas, es necesario también introducir el impacto modelador que ciertas conductas pueden tener sobre las denominadas representaciones sociales predominantes, en especial en población adolescente.

Para empezar, y previo al qué, es imposible no referirse al quién involucrado. Porque no se trata de cualquier consumo de drogas en ámbito privado (acto no penalizado por la ley en Argentina). Porque si en el video aparecía un ilustre desconocido, el valor noticia hubiera sido insuficiente para que trascendiera periodísticamente, y nadie estaría objetando absolutamente nada. ¿Pero si hubiera sido un piloto de avión? ¿O un neurocirujano? ¿Se lo defendería en los términos de las acciones privadas de los hombres que no afectan la moral ni el orden? ¿O por ser la potencialidad del daño a terceros mucho más concreta se lo enjuiciaría mediáticamente?

Volviendo a la disyuntiva que plantea el artículo 19, dijo el senador puntano Adolfo Rodríguez Saá: "Las acciones privadas de los funcionarios públicos son privadas, pero si las publican, son públicas". Si las acciones privadas de Spinuzza trascendieron a la esfera pública con o sin su consentimiento, será terreno para otra discusión. De mínima, el video nos habla de una imprudencia tan inocente como objetable, que incluso nos lleva a suponer que los efectos de la sustancia podrían haber influido en el correcto discernimiento al momento de registrarlo y enviarlo.

Que quede en claro que la ministra tiene derechos y tiene obligaciones. Nadie objeta su pleno derecho a hacer de su vida estrictamente privada lo que mejor le plazca. Pero un funcionario de su rango tiene una obligación distinta. Natalia Spinuzza es ministra provincial de Educación. Huelga profundizar en el rol institucional que cumple, y en la importancia de su cargo. Frente al uso indebido de sustancias psicoactivas, no existe mejor prevención que la educación. Eduquemos con el ejemplo.

El verdadero problema de fondo es que los funcionarios públicos en Argentina no han incorporado lo que Oscar Oszlak define como respondibilidad: la disposición moral a rendir cuentas. Este acto excede la obligatoriedad de explicar cómo se utilizan los fondos públicos administrados. Implica un compromiso moral del funcionario ante los ciudadanos que va mucho más allá de la ley y del alcance de los magistrados.

Con respecto al qué, hay un punto interesante que posiblemente haya pasado desapercibido en el fragor de la discusión y que vale la pena traer a escena para no caer en un encasillamiento moralista o en un discurso políticamente incorrecto. Porque en el debate en torno al consumo de drogas, especialmente cuando tiene que ver con la marihuana, el pseudo-progresismo y el libertarismo más recalcitrante confluyen y se alían en hermandad (los primeros haciéndole el juego a los segundos). Sin olvidar la idea de que un acto privado multiplicado en redes sociales hace que pierda ese carácter, y retomando el quién del sujeto, pareciera que el estatus normativo de una sustancia determina la benevolencia o el escarnio social para quien la consume. Dice la ministra Spinuzza en su video: "Chupamos ahí también, bastante. Estoy chupada también". Es paradójico que la mayor objeción a la ministra pareciera ser su afinidad hacia el consumo de cannabis (lo cual no determina necesariamente una adicción), pero no que haya bebido alcohol hasta emborracharse (lo cual tampoco determina necesariamente una adicción). Me preocupa esta mirada cultural más flexible sobre una droga legal como el alcohol, especialmente en tiempos en los que su consumo entre adolescente se ha masificado.

El dónde de las acciones privadas de la funcionaria puntana también debe ser objeto de revisión. La idea de que en Ámsterdam las drogas son legales representa una suerte de posverdad dicharachera, parte del romanticismo banal que algunos usan para promover la despenalización. Solo en los denominados coffee shops es posible adquirir hasta cinco gramos de cannabis para consumo personal, siempre bajo estricto control del gobierno holandés. No obstante, ni aunque estuviera de visita en el estado de Colorado (Estados Unidos), en donde la marihuana sí es legal, la conducta de Spinuzza sería más defendible. Porque el quién (sujeto) sigue estando por delante del qué (objeto) y el dónde (lugar).

Hoy las tecnologías de la información y la comunicación, en especial las redes sociales, han difuminado todas las fronteras. Si la ley de estupefacientes nº 23737 que rige actualmente en nuestro país, y el fallo Arriola que casualmente sustenta su espíritu despenalizador en el artículo 19 de la Constitución Nacional, reprochan el uso ostentoso y con trascendencia pública, poco importa si el video fue grabado en Punta del Este o en las Seychelles. Lo que debemos evaluar es el impacto que esa conducta privada (transformada en pública por un error involuntario, por imprudencia o bien por malicia de algún allegado a la ministra) tiene sobre lo que llamamos imaginarios sociales, concepto tan elástico y maleable como el de moral pública.

Entonces la idea de perjuicio o daño a terceros, y el ejemplo del piloto de avión, asoma nuevamente como potencialidad. Porque cuando en 2009 el ex juez Raúl Zaffaroni sostuvo que con Arriola se podía tener macetitas de marihuana en los balcones, se produjo un cambio en la percepción social que impactó de lleno en los índices de uso de marihuana (especialmente entre adolescentes). No fue un cambio normativo. Fue una modificación en el imaginario predominante. Así, por más insignificante que pueda parecer el video de una ministra de Educación narrando sus experiencias y sensaciones luego de la ingesta de sustancias en las calles de Ámsterdam, estamos ante otro hito más en el modelaje de esta nueva cultura banalizadora y relativista que se instaló hace tiempo en nuestro país.