¿Por qué es mala una despenalización del aborto tan amplia?

Jorge Aquino

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En cada aborto se trunca la vida de un ser humano, dentro del seno materno. Uno de los grandes logros de la embriología descriptiva fue demostrar que el ciclo vital de cualquier animal, incluido el ser humano, comienza en la unión de una gameta masculina y una gameta femenina. Por eso casi todos coincidimos en que el aborto es algo malo: deben ponerse todos los medios para evitarlo.

Por otro lado, hay quienes afirman que remover las restricciones legales al aborto no aumentará su número, pero las estadísticas nos convencen de lo contrario. Notablemente, donde se permite legalmente el aborto el porcentaje de los abortos aumenta hasta alcanzar habitualmente la cifra de un aborto cada cuatro niños nacidos vivos, salvo que se tomen acciones fuertes y eficaces para reducir dicha práctica. Pongamos algunos ejemplos de países en diversos continentes. Utilizaré para ello datos publicados en el sitio www.johnstonsarchive.net, a excepción de la información sobre Uruguay (obtenida de fuentes del Ministerio de Salud de ese país).

En España, se despenalizó el aborto en diversas causales, incluyendo riesgo grave para la salud psicológica de la madre, en el año 1985, y en el año 2010 se legalizó completamente hasta la semana 12. La evolución de la incidencia de abortos, expresada como porcentaje en relación con el número de niños nacidos vivos fue la siguiente: año 1990, 9%; 1995, 14%; 2000, 16%; 2005, 20%; 2010, 24%; 2015, 23%. En Francia, el aborto fue despenalizado en el año 1975. La evolución de esos porcentajes fue la siguiente: 1980, 21%; 1985, 23%, y desde el año 1990 se mantiene entre 25 y 27 por ciento. En Estados Unidos, el aborto es legal desde el año 1973. La evolución de la incidencia de abortos, según el Instituto Guttmacher (centro de investigaciones de la Planned Parenthood, con intereses en juego), fue la siguiente: 1978, 42%; 1983, 43%; 1988, 41%; 1993, 37%; 1998, 33%; 2003, 31%; 2008, 29%; 2013, 24%. La caída en estos valores (que en su última medición fue de un aborto cada cuatro niños nacidos vivos) se debe en parte a estimaciones de los compiladores basados en el reporte parcial de los estados. Algunos explican ese descenso por diversos factores: la notificación a los padres del embarazo, restricciones a la financiación y diseño adecuado del consentimiento informado. En Suecia, el aborto estuvo permitido en muchos supuestos desde 1938, y a partir del año 1975 es posible abortar libremente hasta la semana 18. La evolución de la tasa de abortos sobre niños nacidos vivos fluctuó desde entonces entre el 30 y 36 por ciento.

En otros países, las mediciones correspondientes al año 2015 superan habitualmente el 18% y suelen ser cercanas al 25%: Australia, 17%; Bélgica, 18%; Bulgaria, 42%; Canadá, 26%; Cuba, 73%; República Checa, 18%; Dinamarca, 26%; Finlandia, 18%; Hungría, 32%; Italia, 18%; Nueva Zelanda, 22%; Portugal, 18%; Gran Bretaña, 26%. En Uruguay, el aborto dejó de estar legalmente restringido hasta las 12 semanas de embarazo a partir del año 2012. El número absoluto de abortos aumentó desde entonces año a año: 2013, 7171; 2014, 8537; 2015, 9362; 2016, 9719. Y la incidencia de abortos (como tasa medida en porcentaje del número total de niños nacidos vivos) fue la siguiente: 2013, 15%; 2014, 18%; 2015, 19%; 2016, 21%. En ese país, el número de abortos sigue una tendencia a aumentar.

¿Y qué sucede en Argentina? Considerando el número de 49 mil internaciones por aborto por año, estimo que actualmente la tasa de abortos sería de uno cada diez nacidos vivos (10%), según explico a continuación. Los datos más recientes del Ministerio de Salud de la Nación permiten estimar que el 72% de las internaciones por aborto corresponderían a abortos provocados; ello corresponde a 35.300 egresos hospitalarios. En Rosario, ciudad presentada en debates como modelo de aplicación del protocolo de abortos del Ministerio de Salud de la Nación, el porcentaje de internaciones debidas a abortos provocados es del 30% del total de abortos realizados. Sin embargo, como muy probablemente en otros lugares dicho porcentaje sea mayor, el número de abortos en Argentina debería estar bastante por debajo de los 117.600 al año (35.300 x 100 / 30), cifra que corresponde al 16% del número de niños nacidos vivos. Considerando esta situación es que estimo que la incidencia actual de abortos sería muy probablemente cercana al 10% del número de niños nacidos vivos.

De despenalizarse el aborto como lo pretende el anteproyecto de Código Penal, en el caso de que se aplique casi sin restricciones legales, que es lo que sugiere el texto del proyecto de nuevo Código Penal, y de ser realizados los abortos en centros de salud de la Argentina, es esperable que sigamos una tendencia similar a la de Uruguay y que en 5-10 años dupliquemos el número de abortos. Esta es una de las causas por las que concluyo que cometeríamos un grave error si aprobáramos las reformas al Código Penal tal como está sugerido, en lo concerniente al aborto. Los términos "peligro para la salud física o mental de la madre" y "abuso sexual" como dos causales de no punibilidad para el médico diplomado que realice un aborto son muy vagos: ello hace posible eximir de penalización en todos los casos a esos médicos cuando lo hagan con el consentimiento de la gestante que aborta y en cualquier momento del embarazo.

Por otro lado, debería evitarse que se siga persiguiendo y criminalizando a directivos de hospitales públicos que se nieguen a autorizar un aborto. Al respecto, es notable cómo muchos confunden despenalización con exigencia de que la salud pública deba realizar el aborto. Pero son dos cosas muy distintas. En el caso de la no penalización se suspende la aplicación de una pena por causales excepcionales, pero eso no significa que ese hecho deje de ser un crimen: simplemente no se da una condena en esos supuestos. Por lo tanto, es un concepto erróneo que el Estado deba asumir la carga de realizar un aborto incluso en esos casos. El único acto que podría ser considerado como médico sería el de salvar a la madre de un peligro real y actual para su vida: configurado como primer supuesto de no penalización en la redacción vigente del Código Penal.

De removerse la pena para el médico diplomado que ejecutare el aborto por causales tan amplios, permitiremos que las clínicas clandestinas sigan existiendo y que no se las persiga penalmente. Estoy de acuerdo con que el juez pueda juzgar en qué medida imponer sanciones según las situaciones concretas: cosa habitual en tipos penales distintos al aborto. También me parece aceptable que para la mujer que aborta esa pena, de aplicarse, no sea habitualmente la cárcel. Pero no debería darse un abanico tan amplio e impreciso de excepciones a la penalización del aborto de modo tal que la excepción pase a ser la regla, como sucede en la propuesta de Código Penal. Eso es claramente inconstitucional, ya que se deja de proteger la vida del niño por nacer.

De aprobarse el proyecto de Código Penal, quedaríamos lejos de conseguir una solución satisfactoria que proteja la vida del niño por nacer y a la madre vulnerable. Como expresé en una ponencia en Senadores, el Estado debería poner todo su esfuerzo en mejorar su sistema de salud, de modo de que todas las maternidades tengan ecógrafo, buena provisión de sangre adecuada para transfusiones y el personal requerido para el control de los embarazos tempranos, el seguimiento de casos en que se prevean dificultades y, cuando ello sucediere, brindar atención segura y eficiente a las mujeres que hayan abortado y presenten complicaciones.

Al respecto, tenemos un caso ejemplar en Polonia, donde el aborto no está permitido legalmente, pero existe una de las tasas más bajas de muertes por aborto provocado del mundo. Si queremos promover que las mujeres se acerquen al sistema de salud, lo más eficaz será fomentar que sigan consultando a su ginecólogo, quien tendrá la suficiente confianza y delicadeza como para ayudarle en sus dificultades y, en el peor de los casos (si la mujer estuviera determinada indefectiblemente a abortar), preguntarle de qué forma lo haría y evitar así que ponga en grave riesgo su vida. Pero el Estado, si quiere cumplir con su deber hacia el bien común de la sociedad, que incluye la protección de toda vida humana, jamás debería cooperar con la realización de un aborto. Cosa que incumpliría si proveyera gratuitamente de insumos y personal que recomendara, prescribiera o realizara un aborto. Como ciudadano reclamo a las autoridades leyes justas y equilibradas que ayuden a construir una sociedad fraterna y para eso es necesario asegurar la protección de sus miembros más indefensos: los niños por nacer.

El autor es director del Laboratorio de Biología del Desarrollo y Medicina Regenerativa. IIMT CONICET-Universidad Austral.