La discusión sobre el aborto olvida las verdaderas urgencias argentinas

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Resulta increíble que el Senado de la Nación, representante del interior doliente de la República Argentina, se aboque con fruición a la discusión de la mal llamada "ley de despenalización". La media sanción de Diputados evidencia que debiese llamarse "ley de legalización del aborto". Resulta llamativa la actitud de los senadores, ya que los problemas verdaderamente urgentes se ven agudizados tras el desacierto de las políticas económicas y las consecuencias devastadoras que están teniendo en las economías regionales, por ende, en el empleo, sea este blanco, negro o changa. Es decir, la sociedad argentina que nuevamente empeora en su pobreza, en su exclusión, en su desocupación y fundamentalmente en su decepción.

Sería de esperar que el Congreso de la Nación discuta sobre la concentración económica y los ganadores que hoy ha dejado esta crisis, así como también cómo salir de ella. Tras una devaluación del peso de un 16% en junio, lo que representa un acumulado del 55% en lo que va del año, se fueron 13 mil millones de dólares del sistema financiero en el último mes, récord desde el fin de la convertibilidad. A diciembre de 2017 el Gobierno de Mauricio Macri se había endeudado en 82 mil millones de dólares. En los 12 años de kirchnerismo el endeudamiento fue de 86 mil millones de dólares, si bien este número refleja parcialmente la realidad dado el endeudamiento interno. Si se suma el endeudamiento del 2018, el total durante el Gobierno de Macri asciende a 140 mil millones de dólares, cifra que según el economista Pignanelli equivale al total del endeudamiento que tenía el país al 2001.

Mientras tanto el Observatorio de la Deuda Social de la UCA nos informa que el 50% de los chicos son pobres y que uno de cada tres tienen problemas para alimentarse. Claramente, como dice Daniel Arroyo, para muchos millones de argentinos al mes le sobran 10 o 12 días, teniendo en cuanta además que, cuando el bolsillo se achica, se incrementa la violencia.

Volviendo al tratamiento del aborto, debiese aclararse a esta altura si se trata de su legalización, todo indica que es así, o de su despenalización. Otro de los temas inconcebibles es que esta ley no haya pasado en Diputados por las comisiones de Constitucionales y Presupuesto. El diputado Lucas Incicco me decía que ha sido "una barbaridad que esto suceda y que las modificaciones introducidas al proyecto original en Diputados son con gran afectación presupuestaria". Esto último debiese ser tenido muy en cuenta por los senadores, dado que afectará las arcas provinciales, porque la salud es responsabilidad económica de las provincias. La discusión sobre las 14 semanas como fecha límite para abortar en verdad tiene que ver con que hasta ese momento el aborto se provoca vía la ingestión de una combinación de pastillas de Mifepristona y Misoprostol. Pasada esa fecha debe practicarse la intervención quirúrgica donde el bebé vivo es destruido.

Un tema no menor tiene que ver con la constitucionalidad o no del proyecto. Los entendidos aseveran que no es constitucional. Sobre este terreno mencionan el artículo 75, incisos 22 y 23 de nuestra Constitución, y la ley 23849 que ratifica la adhesión a la Convención del Niño, pero clarifica que hay vida desde la concepción, rigiendo sus derechos hasta los 18 años. Para el derecho no hay discusión al respecto. El artículo 19 de Código Civil y Comercial establece que hay persona desde su concepción y ello se traduce en un elemento normativo.

Se observa cierta superficialidad en el análisis de varias personas defensoras del aborto, dado que el derecho a abortar de una menor violada con discapacidad ha sido contemplado en el Código Penal desde 1921, al igual que el aborto terapéutico. La Corte Suprema de Justicia, en el año 2012, a través del fallo FAL, amplió este concepto manifestando que, para cualquier supuesto de violación, el aborto no debe ser punible, y es ahí donde manda hacer los protocolos provinciales. En síntesis, en Argentina, hay dos supuestos de aborto: el terapéutico, cuando hay riego de vida y peligro serio y cierto de la vida de la madre, y el aborto por casos de violación independiente de la salud mental de la víctima.

Enmarcar este proyecto dentro de la salud de la mujer es cuanto menos ampuloso, porque la dirección de estadísticas y defunciones femeninas al 2016 indica que el 30% de las muertes de mujeres en nuestro país son por causas cardiovasculares; el 20%, respiratorias; el 18%, por tumores malignos y 0,14% por causas relacionas con el embarazo, el parto y el puerperio. Los adherentes al proyecto sostienen que es la primera causa de muerte materna. Las cifras del Ministerio de Salud la colocan en tercer lugar. Otra cifra exorbitante es la que indica que en Argentina se realizarían entre 370 mil y 520 mil abortos por año, eso significaría más de un aborto cada dos nacimientos, no parece consistente.

Otro de los argumentos a favor del proyecto es tomar la tasa de mortalidad por aborto de las mujeres en los barrios más pobres. Ante esto, los curas y las religiosas de villas y barrios populares manifiestan: "Nuestra experiencia de vecinos, fruto de una consagración, es la de haber aprendido de los villeros a amar y cuidar la vida. La cultura popular de estos barrios nos ha mostrado una manera real de optar por la vida. Muchas veces donde el Estado no llega, donde la sociedad mira para otro lado, la mujer sola o atravesada por la marginalidad encuentra en las redes de amor que se generan en nuestros barrios su ayuda y su esperanza, para ella y sus hijos. Lo primero que hay que hacer en nuestros barrios es luchar contra la pobreza con firme determinación y en esto el Estado tiene las mejores herramientas. Con casi un 30% de pobres —detrás de los cuales hay rostros e historias— hay discusiones que debieran priorizarse". Es decir, no parece ser un problema de los sectores pobres.

A propósito, el diputado Incicco me comentaba que el grupo transversal de diputados a favor de las dos vidas ha presentado proyectos de adopción en vientre, red de familias entre otros, los cuales debiese tener la posibilidad de ser tratados como la ley en cuestión.

Al cierre de este artículo se habla de modificaciones que introduciría el Senado, colaterales no sustanciales, que obligarían al proyecto a retornar a Diputados, donde se necesitarán mayorías especiales para su aprobación. Resultaría muy triste que en el país donde no impera la pena de muerte sí se la aplique a inocentes.