En un contexto donde cerca del 40% de la población sufre algún grado de informalidad laboral, el trabajo temporario es un canal preferencial para la inserción laboral que garantiza todos los derechos de los trabajadores y ayuda a extender la protección social, en tanto que para las empresas significa una modalidad que alienta la competitividad con seguridad jurídica.
Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cerca de cuarenta millones de personas intentan a diario obtener un puesto de trabajo. Lamentablemente, la gran mayoría de ellas no podrá ingresar al mundo del empleo. En la Argentina, la tasa de desocupación se ubica en el 7,2% según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), en tanto que la informalidad laboral, en el orden del 40%, porcentaje que asciende al 60% en el caso de la población joven.
La falta de capacidad del sistema para dar respuesta a estas necesidades plantea la urgente necesidad de un cambio de paradigma a la hora de interpretar el futuro escenario del empleo. El cambio permanente es lo que hoy domina nuestra cotidianeidad. Transformaciones políticas (auge de la regionalización versus globalización), económicas (proteccionismo versus libre mercado) y demográficas (longevidad de la población y fenómeno inmigratorio) impactan sostenidamente en la realidad de los Estados y las organizaciones, instituciones a las que se les demanda mayores capacidades adaptativas.
La tecnología, en ese marco, ha derribado con su avance las barreras de la comunicación y convirtió al mundo en una aldea global, en la cual estamos todos conectados. Lo cierto es que en cuanto a políticas y modalidades de empleo, por un lado, no podemos responder a las "presiones" del contexto con las mismas respuestas; pero, por otro, debemos ser cuidadosos y socialmente responsables en la imperiosa necesidad de desarrollar verdaderos mercados laborales inclusivos.
De modo que el diálogo social junto a políticas de fomento del empleo y legislaciones modernas que contemplen los nuevos escenarios del trabajo son, no solo necesarias, sino urgentes. Debemos lograr, en consecuencia, que las nuevas modalidades de contratación estén provistas de las condiciones de calidad y seguridad descritas en la concepción de trabajo decente.
En nuestro país el empleo temporario es garantía de trabajo decente. Desde la obligatoriedad de gestionar la habilitación para operar ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social hasta la de constituir garantías económicas para solventar hipotéticos créditos laborales. Un trabajador contratado a través de una empresa de servicios eventuales (ESE) tiene los mismos beneficios y prestaciones que un trabajador de planta permanente. A saber: su trabajo será formal, es decir, tendrá un recibo de sueldo, el mismo convenio del establecimiento donde presta tareas, por tanto, igual remuneración y obra social para él y su grupo familiar. El establecimiento le brindará cobertura de riesgos de trabajo, gozará de todas las licencias establecidas en el marco regulatorio, etcétera. A su vez, es preciso mencionar la tasa de efectividad. Esta se refiere a que uno de cada cuatro trabajadores que ingresan como temporarios en una ESE son luego efectivizados por la empresa usuaria-cliente, dato que habla a las claras del importante rol que juegan estas empresas como trampolín desde un empleo formal a uno formal y permanente.
En síntesis, la visión que tenemos de la actividad es la de cumplir un rol social fundamental en la tracción de personas de la informalidad-precariedad laboral a la formalidad, sobre todo en el colectivo joven, teniendo en cuenta que el 65% de los trabajadores eventuales son menores de 30 años.
Debemos pensar soluciones que permitan a los trabajadores beneficiarse de los postulados de empleo decente, razón por la cual planteamos la necesidad de la ratificación por parte del Congreso de la Nación de la convención n° 181 de la OIT sobre "las agencias privadas de empleo", la cual menciona en sus considerandos el rol que las agencia privadas de empleo pueden jugar en el buen funcionamiento del mercado del trabajo. Dicha convención, entre sus postulados, reconoce la necesidad de garantizar la libertad sindical, y de promover la negociación colectiva y el diálogo social como elementos necesarios para el funcionamiento de un buen sistema de relaciones laborales.
El autor es presidente de la Federación Argentina de Empresas de Trabajo Temporario (FAETT).