Rentabilidad y sustentabilidad: una relación donde todos ganan

Sergio Bergman

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Desde el Ministerio de Ambiente estamos reorientando nuestra tarea de control y monitoreo ambiental hacia el objetivo de conciliar la prevención de la contaminación con la eficiencia de la industria. Nuestro propósito consiste no solo en prevenir el impacto ambiental sino en armonizar lo sustentable con lo rentable.

Esta línea de acción se aboca a modificar el actual modelo de economía lineal (extracción, fabricación, utilización y eliminación), que muestra su agotamiento, por otra concepción más moderna que entiende al proceso productivo como un ciclo, en el cual los residuos integran el circuito económico en lugar de convertirse en un pasivo ambiental, para preservar así nuestros valiosos recursos naturales.

Con ese objetivo el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable habilitará una modalidad innovadora llamada "fin de condición", que permitirá a las empresas reutilizar los residuos generados en sus propios procesos productivos; quedará a cargo del Ministerio el control de la trazabilidad de los materiales que los componen.

Hoy resulta técnicamente viable agregar valor a los residuos y los subproductos para su reinserción como nuevos recursos, insumos o fuentes de energía. El reciclaje del aluminio, por ejemplo, ahorra un 95% de energía en comparación con el uso de materia prima virgen para su fabricación. Para reconvertir los residuos, efluentes y pasivos ambientales de modo efectivo, se requiere un cuadro regulatorio habilitante. Es por eso que resulta indispensable contar con una nueva normativa, de enfoque integral, que promueva, de modo prioritario la reducción en la generación y, cuando ello no fuera posible, la recuperación, la reutilización y el reaprovechamiento de los materiales. Esta normativa deberá estandarizar los aspectos comunes a los diversos tipos de residuos, tales como sistemas de gestión (mejores prácticas disponibles y mejores técnicas ambientales), responsabilidades, financiamiento y trazabilidad.

Algunas leyes anteriores a la reforma de la Constitución Nacional de 1994 y a la ley general del ambiente (ley 25675) requieren una actualización. Es el caso de la ley de residuos peligrosos (ley 24051), sancionada en el año 2002, que hoy obstaculiza la recuperación y la reutilización de ciertos materiales o componentes. En los términos de esa ley, si un producto contiene una mínima proporción de una sustancia contaminante, por ejemplo, plomo, todo el producto se categoriza como peligroso y debe disponerse de manera segura, de modo que se pierde la posibilidad de reutilizarlo.

Esta actualización normativa requiere de un comportamiento más amigable con el entorno por parte de las empresas que deberán asumir la responsabilidad por el destino de los productos que insertan en el mercado, durante todo su ciclo de vida y hasta que se conviertan en desechos. Se trata de un mecanismo que extiende la responsabilidad del productor (REP), por el cual los fabricantes deben asumir un compromiso sobre sus productos en las diferentes etapas de su vida útil, y en especial al momento de su recuperación, reciclaje o disposición final.

Nos proponemos mejorar la operatividad de la ley general de ambiente, reglamentando algunos de sus artículos mediante leyes de presupuestos mínimos. Presentaremos ante el Congreso de la Nación un proyecto de creación del Fondo de Compensación Ambiental y otro sobre remediación de sitios contaminados.

No conformes con ello, estamos trabajando en una mayor presencia en el territorio, a partir de la colaboración con las jurisdicciones locales en materia de control y prevención. Aunque dicha competencia sea propia de las provincias, por detentar el dominio originario de los recursos naturales, el Ministerio interviene velando por los derechos ambientales colectivos.

Para ello, avanzamos en la incorporación de los delitos ambientales en el nuevo Código Penal y creamos una Dirección de Inspecciones con mayor poder de control, la cual se abocará a investigar, como una especie de tribunal administrativo ambiental. Una vez auditada la situación, el Ministerio podrá aplicar una multa, girar la investigación a la jurisdicción de competencia o bien presentar una denuncia ante la Justicia.

Este abordaje fue aplicado el año pasado en oportunidad de un derrame ocurrido en una explotación minera, donde el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable actuó, a través de un equipo de peritos, y por primera vez presentó ante la Justicia una medida cautelar para que se profundice la prevención y se verifique el cumplimiento de los estándares ambientales.

En definitiva, se trata de un nuevo paradigma en el cual el Estado ejerce su función de control y al mismo tiempo facilita el desarrollo de un modelo productivo que busca una sinergia entre el potencial de la tecnología y las lógicas de la naturaleza —tiempos, procesos, capacidad de carga y condiciones de resiliencia—, y reduce así las externalidades negativas.

El autor es rabino y ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.

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