¿Hacia el fin del nepotismo?

Guillermo Castello

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La era de transformaciones estructurales que estamos viviendo en nuestro país, que implica que asistimos a cambios que poco tiempo atrás parecían improbables, resulta sumamente propicia para formular iniciativas de mejoramiento institucional como la ley antinepotismo que propusimos a la Legislatura de la provincia de Buenos Aires en el año 2016 y que hemos reintroducido en la Cámara Baja esta semana.

Aunque nuestra propuesta inicial no llegó a ser tratada en el recinto parlamentario, lejos de languidecer, se ha visto fortalecida por el decreto del presidente Mauricio Macri que prohíbe la designación de personal que tenga determinados vínculos de parentesco con los principales funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional. Dicho decreto ha sido replicado en la provincia de Buenos Aires por la gobernadora María Eugenia Vidal, e iniciativas similares han sido presentadas por varios gobernadores del país, y en numerosos municipios por parte de sus respectivas autoridades.

No debe soslayarse que estas decisiones se enmarcan dentro de una tendencia mundial de penalización del nepotismo, como hemos podido ver los últimos años en Ecuador, Perú, Paraguay y Puerto Rico, en la región y, más recientemente y fuera de la región, en Francia.

El nepotismo es una forma especial de corrupción mediante la cual se sustraen fondos públicos a favor de determinadas personas por su sola condición de ser familiares de quienes circunstancialmente ostentan el poder de designar funcionarios. También atenta contra la formación de un funcionariado profesional, competente y autónomo de los intereses partidarios de quienes temporalmente ocupen cargos de poder.

Pero por encima de las razones vinculadas a la corrupción y al funcionamiento de la administración pública, el nepotismo implica una desnaturalización del Estado por doble vía, ya que, en primer lugar, lo coloca al servicio de intereses particulares en detrimento de los intereses generales y, en segundo lugar, fomenta un acrecentamiento permanente e infundado de la estructura estatal, con los costos económicos que trae aparejado y los consecuentes avances sobre las libertades individuales.

El tratamiento de nuestro proyecto de ley aparece más oportuno que nunca, ya que alcanza a los tres poderes del Estado, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, lo que no puede establecerse por decreto, que solo puede limitarse al primero de los poderes.

Nuestra iniciativa comprende también una amplia gama de parientes y establece sanciones específicas en caso de incumplimiento, sanciones que únicamente pueden imponerse por ley, y que contemplan los tres aspectos de la infracción: se anula la designación, se obliga a los transgresores —el designado y el que lo designó— a devolver los salarios indebidamente percibidos y se los inhabilita para ejercer la función pública por hasta cinco años.

El proyecto impone la obligación de velar por el cumplimiento de la ley a la Fiscalía de Estado por ser un organismo constitucional obligado a defender el patrimonio del fisco, y cuyo titular goza de la garantía de inamovilidad, lo que le otorga independencia de los vaivenes políticos.

Finalmente, se ordena también que los contratos o los nombramientos provisorios realizados con anterioridad a la ley no sean renovados.

Con sumo agrado vemos que nuestro proyecto ha sido recogido por legisladores de otras provincias para presentarlos en sus jurisdicciones, como ha ocurrido en Salta y Santa Fe, lo que evidencia la legitimidad popular que fundamenta nuestra propuesta y nos persuade aún más de la imperiosa necesidad de darle tratamiento; confiamos en que ello ocurra durante este año parlamentario.

El autor es diputado por Cambiemos.