El abuso de las cuestiones de privilegio

Se constituyeron en una herramienta con un fin claramente dilatorio, sin ninguna relación con el propósito que el reglamento confiere a esas cuestiones

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En estos días de extensos y acalorados debates parlamentarios, los ciudadanos que seguían por la televisión el desarrollo de las sesiones se vieron sorprendidos por la inconcebible cantidad de horas que los diputados de la oposición se dedicaron a monologar mediante el planteo de cuestiones de privilegio que demoraban más allá de cualquier medida razonable el tratamiento de las importantes leyes que la Cámara debía considerar.

Las cuestiones de privilegio son mociones que los legisladores pueden presentar cuando entienden que se han afectado los llamados privilegios parlamentarios. Estos son las prerrogativas y las inmunidades que la Constitución les otorga a las Cámaras del Congreso como cuerpos (privilegios colectivos, artículos 64, 66 y 71, Constitución Nacional) o en forma personal (privilegios individuales, artículos 68, 69 y 70, Constitución Nacional).

Mediante las cuestiones de privilegio se puede llegar al ejercicio de las facultades disciplinarias de las Cámaras, en relación con sus miembros o terceros. Esto último ha planteado en nuestra historia parlamentaria casos que llegaron a la Corte Suprema para que se resolviera el alcance de esas atribuciones y su coexistencia con las que corresponden en un sistema republicano a los jueces. Pero no es ese delicado punto el que nos ocupa ahora.

El artículo 127 del reglamento de la Cámara de Diputados prevé a las cuestiones de privilegio como una de las mociones de orden (artículo 6º). El artículo 128 aclara que las cuestiones de privilegio: "Son exclusivamente aquellas que se vinculan con los privilegios que la Constitución otorga a la Cámara y a cada uno de sus miembros para asegurar su normal funcionamiento y resguardar su decoro" y "serán consideradas con desplazamiento de cualquier otro asunto. Para plantearlas, los diputados dispondrán de cinco minutos".

En cuanto al procedimiento, el mismo artículo dispone: "La Cámara decidirá por el voto de los dos tercios de los miembros presentes si se le acuerda trato preferente. En caso afirmativo, se iniciará la consideración de fondo (…). En caso contrario, se girará la cuestión de privilegio a la Comisión de Asuntos Constitucionales". Conforme con el artículo 129, las mociones desechadas no podrán ser nuevamente planteadas en la misma sesión.

Este último es el punto clave respecto de lo sucedido el lunes pasado. Porque fue evidente que todas las cuestiones planteadas eran de un mismo tenor, referidas al mismo objeto, a los mismos hechos, y no tenía sentido que cada diputado opositor las reiterara. Por lo tanto, se constituyeron en una herramienta con un fin claramente dilatorio, sin ninguna relación con el propósito que el reglamento confiere a esas cuestiones.

Ahora bien, dado que son mociones de orden y que tienen derecho a plantearlas todos los diputados, es difícil rechazar el uso de la palabra ab initio. Pero si esta práctica dilatoria se transforma en una rutina, será necesario que el cuerpo, en general, la controle con mayor severidad, en cuanto al tiempo de exposición, la no concesión de interrupciones y aun el retiro de la palabra al legislador que en forma manifiesta no se ajuste al sentido de esa moción.

Hay prácticas obstruccionistas que las minorías pueden ejercer, como la negativa a dar quórum, cuyo uso sistemático es repudiable, pero que no son ilegales y quedan sujetas a la sanción social de la ciudadanía. Pero, cuando la sesión se desarrolla válidamente, su finalidad principal debe ser el cumplimiento del orden del día. Esto es especialmente aplicable en las sesiones extraordinarias o especiales, que tienen un objeto determinado y en las que no pueden los legisladores introducir cuestiones ajenas al temario en tratamiento.

Resulta ponderable la actitud abierta y pluralista del presidente de la Cámara, Emilio Monzó, quien condujo la sesión con ecuanimidad, sin retacearle la palabra a nadie, pese a las inauditas agresiones que había recibido en la sesión anterior. Fueron episodios sin precedentes en la historia parlamentaria argentina. La conducta de Monzó refleja un temple y un equilibrio que deben destacarse en tiempos en que esos valores no guían el desempeño de muchos dirigentes.

El más grave de los problemas argentinos no es el económico, sino nuestra indiferencia por el cumplimiento de la ley. El reglamento de cada Cámara es la ley interna del Congreso. Los legisladores, que sancionamos las leyes, deberíamos ser los primeros en cumplirlas.