Investigan a grupo de la comunidad gitana por armar una red de trata infantil: menores eran obligados a mendigar

El expediente tiene como imputados a cinco personas presumidas de formar parte de una comunidad en la localidad de San Miguel, desde donde enviaban a los menores de edad que acogían a conseguir dinero y rendirlo al final del día. Casación dispuso que el caso lo lleve un tribunal porteño

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La Casación Federal dirimió un asunto de competencia en una causa sobre explotación laboral de menores obligados a mendigar y a la venta ambulante (Gentileza: Data Clave)
La Casación Federal dirimió un asunto de competencia en una causa sobre explotación laboral de menores obligados a mendigar y a la venta ambulante (Gentileza: Data Clave)

La Justicia investiga a cinco personas por liderar una red de explotación laboral de menores de edad, a quienes obligaban a mendigar en condiciones precarias por distintas zonas del conurbano bonaerense y de la ciudad de Buenos Aires. Según se consignó en el expediente, los acusados serían parte de una comunidad de gitanos ubicada en un domicilio de la localidad de San Miguel, en donde acogían a niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad y los enviaban diariamente a conseguir dinero para rendirlo al final de la jornada.

Ahora, la Cámara Federal de Casación intervino en la investigación. Fue al declarar la competencia de un tribunal porteño para juzgar el caso. El conflicto de competencia surgió porque el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) 6 porteño consideró que le correspondía intervenir a la jurisdicción federal de San Martín en razón de que los hechos que conforman la causa “tuvieron como escenario principal el territorio de la provincia de Buenos Aires, más precisamente la localidad de San Miguel”, y desde allí se desarrollaría de forma “más eficaz” el proceso judicial.

Es que según se detalló en el requerimiento fiscal, tanto los encausados como las presuntas víctimas residen en ese partido, desde donde los menores de edad eran presuntamente enviados a diario a mendigar y ejercer la venta ambulante por distintos puntos del conurbano y de la Capital Federal como la peatonal comercial Florida, en condiciones de precariedad, para luego volver allí con el dinero obtenido como producto de la explotación.

La investigación penal se inició en 2019 con una denuncia del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes porteño tras descubrir la situación de algunos menores de edad que se encontraban por las calles de la ciudad “sin ropas adecuadas al clima y deambulando solos sin la supervisión de adultos”. Su intervención derivó en una medida cautelar del Juzgado Nacional en lo Civil 23 de CABA, que logró hallar el acogimiento y explotación laboral de 7 niños y niñas y 3 adolescentes (todos familiares entre sí, hermanos y primos) que eran trasladados a la capital con dichos fines.

La pesquisa siguió su curso y en el medio hubo otro conflicto de competencia entre los ámbitos nacional y federal, que finalmente zanjó la Corte Suprema. Luego las tareas investigativas fueron a dar con otra víctima menor de edad, “R.C.”, cuyo relato se consideró acreditado por las actuaciones fiscales. De este documento procesal surge que “la captación de -”R.C.”- se produjo en el año 2006 o 2007, cuando tenía 12 o 13 años de edad, en una plaza del barrio de Constitución”. En ese momento, dos de las imputadas en la causa -y otras mujeres no identificadas aún- “la encontraron perdida, lejos de su familia, y la engañaron haciéndole creer que la ayudarían a volver a su casa. Así, lograron trasladarla al predio (...) de la localidad de San Miguel. Una vez allí, la obligaron a residir junto a su grupo familiar y le negaron contactos con su familia de origen. Rápidamente fue forzada a unirse en pareja de hecho con -otro de los imputados- quien en ese entonces tenía 20 o 21 años de edad, y a mantener relaciones sexuales con él”.

De acuerdo a las constancias del Ministerio Público Fiscal, del vínculo con este imputado nacieron 3 hijos, dos de los cuales nacieron cuando “R.C.” era menor de edad. A lo largo de estos estos años -es decir, desde el 2006 hasta el 2019-, la víctima fue obligada a ejercer la mendicidad y ventas ambulantes para recaudar dinero que después debía ser entregado a diferentes adultos convivientes y referentes de la comunidad. Dicha actividad debía realizarla junto a sus hijos y en grupo con sus cuñadas y sobrinos.

En la causa que aguarda el juicio oral hay cinco imputados que se presume que formaban parte de una comunidad de gitanos con asiento en un domicilio de la calle El Zonda de la localidad de San Miguel. Precisamente en esa vivienda se llevó a cabo un allanamiento donde, según explicó la fiscalía, se secuestraron los volantes que las presuntas víctimas habrían sido obligadas a utilizar para pedir limosna a los transeúntes, así como las ilustraciones que se suelen repartir en los transportes públicos con el fin de recaudar el dinero. En esa línea, a todos los procesados se los acusa de operar desde ese lugar una red de trata que obligaba a los menores de edad a conseguir plata diariamente para después rendir cuentas al finalizar la jornada. Por esa razón, el TOCF porteño declaró su incompetencia por motivos de territorio y remitió el expediente a los tribunales de San Martín.

En ese contexto intervino el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de San Martín, que al resolver sobre su injerencia en el proceso consideró que le correspondía a los estrados de la Capital Federal hacerse cargo del juicio oral por una cuestión de “economía procesal” y por haberse desarrollado toda la etapa penal preparatoria en jurisdicción porteña. De ese modo volvió el expediente al TOCF 6, quien volvió a insistir en su postura de incompetencia territorial y reenvió las actuaciones a la Casación Federal.

El juez Gustavo Hornos, integrante de la Sala IV de la Casación Federal, encargado de modo unipersonal de resolver el conflicto de competencia
El juez Gustavo Hornos, integrante de la Sala IV de la Casación Federal, encargado de modo unipersonal de resolver el conflicto de competencia

Así las cosas, el conflicto procesal recayó en la Sala IV, y de forma unipersonal fue resuelto esta semana por el juez Gustavo M. Hornos, quien al dirimir la cuestión dijo: “no se evidencian circunstancias imperantes con suficiente entidad como para justificar el desplazamiento de la competencia de la jurisdicción -porteña- de origen; como tampoco se advierte en la declaración de incompetencia motivos que incidan a asegurar mayor celeridad y pronta administración de justicia”.

A su vez, expresó: “En este orden de ideas, se observa que es la justicia federal de CABA la que ha llevado adelante la investigación de las presentes actuaciones, ordenando a la sazón diversas medidas en ese sentido, y que no se observan, en lo concreto, fundamentos que den cuenta de que el cambio de competencia pudiera generar, en el caso, una mejor y más pronta administración de justicia. Por lo tanto, al no avizorarse ni haber sido demostradas razones que ameriten un cambio, debe mantenerse la intervención de los tribunales de la justifica federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que vienen conociendo en este proceso”.

De acuerdo a la acusación, a los imputados se les atribuye la comisión de los delitos de trata de personas con fines de explotación laboral agravado, reiterado en dos oportunidades que concurren en forma real; una de ellas, a su vez, en concurso ideal con el delito de corrupción de menores agravado por haber mediado circunstancias de engaño, violencia, amenaza y abuso de autoridad. Por otro lado, todos los menores se encuentran hoy a cargo del Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez y Adolescencia de la Municipalidad de San Miguel, donde residen actualmente.

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