
La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), encargada de recibir las denuncias sobre presuntas irregularidades en el Administración General del Estado y también del sector privado, alerta en su primera memoria anual de las carencias de la ley que regula la protección que se presta a los denunciantes de corrupción, pone sobre la mesa sus recetas para mejorarla y advierte de que si no se acometen esas reformas, España se expone a sanciones europeas.
Este órgano empezó a funcionar el pasado mes de septiembre bajo la presidencia del catedrático de Ciencias Políticas y experto en transparencia y buen gobierno Manuel Villoria, que fue nombrado para el cargo hace un año y el próximo martes acudirá por primera vez al Congreso para dar cuenta de la memoria del organismo correspondiente a 2025.
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En ese documento, recogido por Europa Press, se urge a modificar la Ley de Protección al Informante para corregir sus "limitaciones" y garantizar una adecuada protección a todas las personas que den el paso de denunciar, en consonancia con lo previsto en la directiva europea correspondiente.
Así, aboga por que la ley recoja protección no sólo para quienes denuncien ante la autoridad independiente o sus equivalentes autonómicos, sino también para quienes reporten delitos ante la Fiscalía, el juzgado de guardia o las fuerzas de seguridad, acorde con lo que fija la legislación comunitaria.
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Si eso no se hace, avisa, España podría ser objeto de sanción, a la vez que advierte de otra posible multa si no se elimina el límite de dos años para la protección al informante, habida cuenta de que la directiva no pone tope temporal. Y también choca con la legislación europea que se deje sin protección a quienes vean inadmitidas sus denuncias por parte de un canal interno, otro de los puntos que hay que retocar.
La memoria avisa también de que la ley nacional es "más restrictiva" sobre los conflictos interpersonales, ya que permite excluir denuncias de infracciones reales "solo porque subyace un conflicto personal". Por ello, pide adaptarla a la directiva, que establece que podrán ser canalizadas hacia otros procedimientos las "reclamaciones sobre conflictos interpersonales entre el denunciante y otro trabajador".
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PROTECCIÓN "ESCASA E INSUFICIENTE"
Además, el organismo considera "esencial" establecer expresamente en la ley la posibilidad de que la autoridad pueda adoptar "medidas cautelares", pues la actual regulación de las medidas de protección resulta "escasa e insuficiente".
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En concreto, se queja de que la norma no articula "un mecanismo ágil y sumario para otorgar una protección cautelar urgente y efectiva desde el primer momento", lo que puede llevar "a que la represalia se consume". Por ello, pide poder "suspender actos de represalia", que quien las tome tenga que indemnizar a quien las sufra y contemplar mecanismos de mediación entre el denunciante y el denunciado para evitar la materialización de esos castigos.
La memoria alerta también de que la ley limita la protección a las infracciones administrativas "graves o muy graves", dejando fuera un amplio espectro de conductas irregulares (mala gestión, derroche...) que, sin alcanzar esa calificación, "son enormemente dañinas para el interés público", constituyen el núcleo de actuación de las autoridades antifraude y generan "un espacio de impunidad contrario al espíritu de la directiva y a la propia finalidad preventiva de la ley".
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También aprecia una "asimetría injustificada" que "reduce el alcance de la protección" porque la norma española "adopta un concepto formal y estricto para las infracciones del derecho interno, exigiendo que la conducta esté tipificada como infracción penal o administrativa grave o muy grave", mientras que la directiva usa un concepto amplio y material de "infracción".
PROTEGER TAMBIÉN A LETRADOS E INTERVENTORES
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Además, el órgano que preside Villoria ve imprescindible extender las medidas de protección frente a represalias a las personas que "a menudo se encuentran sometidas a presiones en el ejercicio de sus funciones con la independencia e imparcialidad que se les exige", en referencia a las que intervienen en la gestión de las informaciones y los trabajadores que comunican las irregularidades en cumplimiento de sus deberes profesionales (interventores, secretarios-interventores, letrados, etcétera).
La autoridad destaca, asimismo, que la indefinición de la ley provoca una pluralidad de respuestas en el ámbito autonómico, lo que dificulta la consecución de "respuestas coordinadas" y que "garanticen a todos los informantes derechos semejantes".
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El propio Villoria ha fijado como primer reto de la autoridad independiente la implementación efectiva en todo el territorio nacional de la ley reguladora de la protección de informantes, para lo que aún hay que firmar convenios con las comunidades que han decidido no crear su propia autoridad.
Hasta diciembre de 2025 ya contaban con un órgano equivalente Cataluña, Galicia, Andalucía, la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Navarra, Comunidad de Madrid y Castilla y León, mientras que el País Vasco tenía previsto activarlo este año.
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Seis comunidades autónomas que aún no tienen una autoridad independiente han manifestado su voluntad de asignar competencias a la estatal, mientras que a 31 de diciembre del año pasado, otras dos, más Ceuta y Melilla, aún no habían comunicado sus planes. "Es importante señalar que, si no se firman los convenios, la AIPI no podrá actuar en las comunidades correspondientes y las personas informantes quedarán desprotegidas", advierte el organismo.
SÓLO DOS SANCIONES
En sus cuatro primeros meses de funcionamiento, la autoridad independiente gestionó 174 comunicaciones y decidió prestar protección a 17 personas (12 del ámbito privado y cinco del público). Todas ellas habían solicitado protección ante posibles represalias y 15 también pidieron asesoramiento. Una de las denuncias, del ámbito privado, ha acabado en contencioso, otra (del sector público) se mandó al Tribunal de Cuentas y otra a la Intervención General. De los 17 casos protegidos se barajaron sanciones en cinco, pero sólo se concretaron en dos de ellos, ambos del sector público.
Únicamente una de las 174 comunicaciones llegó por el canal interno de la propia autoridad --era un tema de conflicto de intereses que acabó cerrando--. El resto llegaron por el externo y para casi un tercio se solicitó el anonimato. El 96% de las mismas estaban cerradas al finalizar el año.
Respecto a la tipología de las comunicaciones, el 55% eran sobre acciones u omisiones que pudieran ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave; el 15% se referían a una petición de protección por parte de las personas informantes, y el 20% hablaban de incumplimiento total o parcial de los requisitos obligatorios del Sistema Interno de Información.
Un tercio (33%) de las comunicaciones no se registraron en el ámbito en el que se produjo la infracción, pero el resto está repartido de forma bastante equitativa entre el sector privado (26%) y el sector público estatal (25%). Al sector público de las comunidades autónomas corresponde un 9% y al de las entidades locales, un 7%.
La autoridad independiente se puso en marcha desde cero pues no existían unidades administrativas previas que se ocuparan de esta tarea y sin contar tampoco con un presupuesto propio aprobado por las Cortes, situación que, según Villoria, se ha suplido con "la inestimable ayuda" del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
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