Publicado el decreto que reconoce la sanidad pública para extranjeros sin residencia legal

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Madrid, 12 mar (EFE).- El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el real decreto por el que se reconoce el derecho a la sanidad pública para los extranjeros que se encuentran en España sin residencia legal.

Para acceder a este derecho, los extranjeros sin residencia legal deberán aportar una declaración responsable en la que acreditarán que no dispone de cobertura sanitaria por otra vía.

En la declaración deberá constar la residencia habitual en territorio español que podrá acreditarse con el empadronamiento o, en su defecto, con documentación como certificados de escolarización, facturas de suministros o informes de servicios sociales.

Para acreditar la identidad la persona deberá aportar pasaporte o documento de identidad expedido por el país de origen. En ausencia de los anteriores, será válida la presentación de otro documento emitido por la Administración del país de origen y que contenga al menos una fotografía.

En el caso de menores de edad sin pasaporte, la identidad se podrá acreditar con el certificado de nacimiento, el libro de familia o documento oficial que acredite tutela o guarda por parte de  una Administración pública.

 A partir de ahí, el Ministerio de Sanidad activará un documento provisional que permite el acceso a la asistencia sanitaria desde el primer momento y fija un plazo máximo de tres meses para resolver el expediente.

La norma reconoce, además, una serie de colectivos vulnerables que tendrán derecho a la asistencia inmediata, con independencia de su situación administrativa: entre ellos se incluye a los menores de edad; las mujeres embarazadas; las víctimas de violencia de género (incluyendo a sus hijos) o sexual, explotación y trata; y los solicitantes de protección internacional o del estatuto de apátrida.

Este derecho a la atención en la sanidad pública se ampliará a las personas españolas de origen residentes en el exterior y a sus familiares durante sus desplazamientos temporales a España, siempre que no tengan la cobertura prevista por convenios internacionales o la legislación de seguridad social.

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó el real decreto que regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de personas extranjeras sin residencia legal en España.EFE