Sandra Sánchez
Santiago de Compostela, 17 feb (EFECOM).- En varias ocasiones, la plataforma Víctimas del Alvia 04155 ha solicitado a la justicia española una investigación “independiente” sobre el descarrilamiento del tren ocurrido en Santiago en julio de 2013, pero sin éxito; por lo que ha recurrido al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ahora someterá a examen "tan pronto como sea posible" esta demanda.
Sentencia judicial
Las víctimas del descarrilamiento del Alvia en el barrio compostelano de Angrois, que costó la vida a 79 personas y dejó más de 140 heridos, cuentan desde julio 2024 con una sentencia que condenó tanto al maquinista, Francisco José Garzón Amo, como al que en el momento de puesta en funcionamiento de la línea Santiago-Ourense era director de Seguridad en la Circulación del Adif, Andrés Cortabitarte.
En la sentencia firmada por la jueza María Elena Fernández Currás, ambos fueron condenados a dos años y medio de prisión por la comisión de 79 delitos de homicidio y 143 de lesiones por imprudencia grave.
Investigación técnica
Más allá de las responsabilidades judiciales dirimidas en la sentencia, la plataforma requirió en numerosas ocasiones una investigación independiente que analizase todos los elementos que pudieron ser causa del peor siniestro ferroviario del país.
Justo después del siniestro, la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF), que se convoca ante accidentes graves o muy graves y que dependía del Ministerio de Fomento, inició una investigación sobre lo sucedido y, en menos de un año, resolvió que el accidente se debió a un exceso de velocidad provocado por un error humano del conductor del convoy.
Esta versión no sirvió a las víctimas ni a la Agencia Ferroviaria Europea (ERA), que concluyó que la investigación que realizó España no fue independiente en tanto que no había analizado "elementos clave" como la propia infraestructura o el tren.
Por ello, la Agencia Ferroviaria Europa pidió en 2016 una nueva investigación que nunca llegó a hacerse.
Respuesta CIAF
La Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios basó su negativa a llevar a cabo una nueva investigación en la falta de nuevas pruebas o aspectos no identificados.
Además, la CIAF insistía en que el objetivo de este organismo es la formulación de mejoras en la seguridad y no la determinación de culpas o responsabilidades, por lo que zanjó la petición de la plataforma de víctimas.
Tribunales Superior y Supremo
Esta negativa tampoco sirvió a la asociación de víctimas que acudió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid y al Supremo, aunque también sin un resultado favorable para las demandas del colectivo.
En diciembre de 2023, la Sala Tercera del Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación interpuesto por la plataforma en el que pedían que se cesase a los integrantes de la actual Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios, a la que achacaba no ser independiente.
La sentencia del Tribunal Supremo establece que la regulación actual garantiza su independencia funcional y que es conforme con el derecho de la Unión Europea sobre la materia en tanto que el nombramiento de sus miembros, expertos en la materia, por parte del ministro de Transportes, se encuentra sometido a control parlamentario.
El Alto Tribunal avaló así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había fallado que corresponde a la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios, con su actual configuración, examinar y resolver sobre la solicitud de la asociación de que se proceda a una nueva investigación.
Europa
Sin embargo, esa tampoco fue la última batalla de la plataforma que no cesa en su empeño de que se conozca la verdad y, “agotadas todas las vías que el derecho interno español ofrece”, ha denunciado la situación ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que es el garante del cumplimiento por los estados miembro de las obligaciones derivadas del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.
Creado en 1959, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos es un tribunal internacional que actúa no sólo a instancia de los Estados parte del Convenio, sino, singularmente, en virtud de las demandas que pueden presentar los particulares, ya sean ciudadanos o personas bajo la jurisdicción de un Estado parte.
Corresponde al Tribunal, en virtud de las demandas individuales interpuestas ante el mismo, verificar si las autoridades españolas han respetado o tutelado adecuadamente los derechos y libertades reconocidos en el Convenio. Para ello es preciso que el demandante haya agotado los recursos jurisdiccionales existentes en España para la tutela de tales derechos y libertades.
A este órgano recurrió la asociación el pasado mes de octubre, y, mediante Administrativando Abogados, sus integrantes registraron la demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo.
A esta demanda respondió la secretaria del Tribunal en una comunicación facilitada a la prensa, con fecha del 5 de febrero, en la que indica que "el caso será sometido a examen tan pronto como sea posible" y que "en el momento oportuno" informará "de las decisiones adoptadas".
En el escrito se apunta la intención de "agilizar al máximo el proceso de examen de las demandas" y se les recuerda a los promotores que el Tribunal podrá solicitar información a lo largo del procedimiento.
La Asociación Plataforma Víctimas del Alvia 04155 ha dado a conocer este lunes esta notificación, que celebra, al entender que, esta vez sí, pueden conseguir su objetivo de contar con una investigación “independiente”. EFECOM
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