Con el encendido de las luces en las grandes y pequeñas ciudades y los villancicos sonando en cada esquina, es difícil no sentir que empieza la Navidad. Muchos habrán aprovechado el puente de la Constitución para colocar el árbol y las decoraciones en casa. Algunos, incluso, habrán montado ya su Belén, con los Reyes Magos todavía de camino al pesebre.
Existe, sin embargo, una pieza fundamental en muchos de los nacimientos que se exhiben en España y que hay que tener mucho cuidado con cómo se consigue. Para los que atienden hasta el más mínimo detalle en la recreación de la escena religiosa será esencial incluir musgo en el decorado para dar un toque de realismo.
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No obstante, recolectar este elemento natural puede suponer un problema para el ecosistema y para los implicados, especialmente si les pillan in fraganti. Según explica la Guardia Civil en sus redes sociales, está prohibido recoger musgo, muérdago o acebo en el medio natural. “El motivo es que son especies silvestres protegidas, por tanto, cogerlo conlleva una sanción económica”.
¿Cuál es el castigo por coger musgo en la naturaleza?
La recolección de musgo, muérdago y acebo en el campo está estrictamente prohibida. Su protección se debe a su importancia ecológica: el musgo contribuye a disminuir la erosión del suelo, la contaminación ambiental, y ayudan a la germinación de las plantas. Además, es el hogar de un amplio abanico de pequeños animales, como insectos, arácnidos, rotíferos, nematodos, moluscos y anélidos. El muérdago, en cambio, se considera una planta semiparasitaria, mientras que el acebo es un refugio importante para muchas especies de aves, que se alimentan de sus bayas durante el invierno.
En particular, se prohíbe la recolección en áreas que han sufrido incendios forestales en los últimos diez años y en fuentes de agua donde el musgo podría estar en contacto con el agua durante periodos de crecida. Estas medidas buscan proteger los hábitats naturales y evitar la degradación del entorno.
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Por ello, la legislación española las considera como especies protegidas, en una lista a la que algunas regiones añaden el tejo. Las sanciones por cogerlas en la naturaleza van desde los 1.000 hasta los 100.000 euros, dependiendo de la gravedad de la falta. Además, se recuerda que para plantar cualquier especie en terrenos forestales se requiere una autorización específica de la administración regional. En áreas protegidas, se necesita un permiso adicional, y en ningún caso se permite la plantación de abetos, ya que no son autóctonos de la región.
Alternativas legales
La tradición de los pesebres, que se remonta al siglo XVI, es una parte integral de las celebraciones navideñas en España. Estos montajes escénicos del nacimiento de Jesús incluyen figuras que representan escenas bíblicas y de la vida cotidiana, y suelen incorporar elementos naturales como serrín, corcho y musgo para recrear paisajes rurales. Sin embargo, debido a las restricciones sobre el musgo, se recomienda buscar alternativas.
Para quienes deseen utilizar estas plantas en sus decoraciones, la Guardia Civil sugiere adquirirlas en viveros autorizados o floristerías. También está la opción de comprar plantas artificiales, que podrán decorar el Belén durante más tiempo.