¿Podrá Jorge Vilda cobrar el sueldo de medio millón de euros que le prometió Rubiales? Esto dice la ley

En caso de que exista un contrato con validez jurídica, la indemnización por despido deberá ser acorde al nuevo salario

Compartir
Compartir articulo
Luis Rubiales y Jorge Vilda (Reuters)
Luis Rubiales y Jorge Vilda (Reuters)

Las declaraciones de Luis Rubiales en la asamblea extraordinaria de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), el pasado 25 de agosto, no han estado exentas de polémica. Tras explicar los obscenos gestos hechos desde el palco, así como lo ocurrido con la jugadora Jenni Hermoso, el hasta ahora presidente de la Federación ofreció al Seleccionador Nacional, Jorge Vilda, una renovación del contrato por cuatro años y un sueldo de medio millón de euros anuales. Sin embargo, tras el giro de guion que precipitó la salida del seleccionador femenino, la pregunta es: ¿Recibirá Vilda una indemnización acorde al medio millón prometido por Rubiales?

“Te invito a que te quedes con nosotros los próximos cuatro años cobrando medio millón de euros al año. Voy a decir lo que ganas, que no es el medio millón que decían algunos, son 160.000 o 170.000 euros, no lo recuerdo exactamente”, desveló Rubiales en público y ante las cámaras de televisión. “Te lo mereces Jorge, hemos pasado mucho. Eres el mejor entrenador en fútbol femenino”, fueron las palabras del directivo inhabilitado temporalmente por la FIFA.

Las declaraciones efectuadas por el presidente de la RFEF pueden entenderse como una propuesta u oferta, pero no se trata de un contrato, puesto que, como decimos en el ámbito de los deportistas profesionales, se exige que el mismo sea escrito y, además, el Presidente –de conformidad con el Reglamento de la propia Federación - propone, pero es la Junta Directiva la que tiene la facultad de “Designar, a propuesta del Presidente, a los Seleccionadores Nacionales, así como al equipo técnico”. Por lo tanto, según los expertos de Legalitas no se trataría de un contrato formalizado, sino de una mera propuesta que no tiene por qué terminar con una formalización en los mismos términos.

Te puede interesar: Jorge Vilda, destituido como seleccionador español femenino

Luis Rubiales ofrece a Vilda renovar su cargo como seleccionador de la selección femenina "cobrando medio millón de euros al año"

¿Qué debe tener un contrato verbal para que sea válido?

Si el contrato es verbal, se entenderá que es indefinido y a tiempo completo. El problema de contrato verbal será que no hay forma acreditar condiciones específicas que se hayan pactado, por ejemplo, un horario específico o un salario. Por este motivo, el estatuto de los trabajadores señala que cualquiera de las partes, trabajador o empresa, puede solicitar que se formalice por escrito en cualquier momento y, además, el empresario tiene la obligación de comunicar al trabajador los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral.

Pero, ¿y si no era un acuerdo solo verbal?

La polémica con este asunto comenzó a incrementarse tras las declaraciones de Vilda, en las que afirmaba que el anuncio de Rubiales no fue algo espontáneo, sino que su renovación ya estaba en la Junta Directiva de la RFEF. De hecho, el hasta ahora seleccionador ha señalado en varias entrevistas que el contrato “ya estaba perfeccionado” porque se le había comunicado “después del Mundial y antes de la Asamblea”.

Así, el ex técnico madrileño ha puesto en manos de sus abogados la negociación de su finiquito ya que, en caso de que exista un contrato con validez jurídica, la indemnización tras ser despedido y finalizar su etapa como entrenador de la absoluta femenina deberá ser acorde al nuevo salario, es decir, al medio millón de euros anunciados por Rubiales. “Se lo dije a Rocha -el presidente en funciones de la RFEF-. Tengo mis derechos y tengo que defenderlos por encima de todo”, añadió Vilda en una entrevista en Radio Marca.