Empresas deberán modificar envases y etiquetas de sucedáneos de leche materna tras reforma legal en El Salvador

La modificación legal establece obligaciones para fabricantes y distribuidores de sucedáneos, quienes deberán adaptar sus productos en un plazo máximo de un año conforme a los lineamientos emitidos por la autoridad de salud

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La reforma legislativa redefine los productos regulados y aumenta la supervisión estatal. Cambios drásticos apuntan a limitar la influencia de las empresas y fortalecer la protección de la lactancia materna (Foto archivo Infobae)
La reforma legislativa redefine los productos regulados y aumenta la supervisión estatal. Cambios drásticos apuntan a limitar la influencia de las empresas y fortalecer la protección de la lactancia materna (Foto archivo Infobae)

La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó con 57 votos (de 60 legisladores) una serie de reformas que endurecen las restricciones sobre la promoción y etiquetado de sucedáneos de la leche materna en productos destinados a menores de cero a treinta y seis meses, otorgando al Ministerio de Salud la potestad de autorizar el registro sanitario y la etiqueta de estos sustitutos.

Esta decisión, adoptada durante la plenaria de este jueves , tiene como objetivo impedir la influencia de productos ultraprocesados en la alimentación infantil.

El decreto legislativo prohíbe que las etiquetas incluyan afirmaciones sobre supuestos beneficios para el desarrollo cerebral o digestivo, a menos que estén respaldadas de manera consistente por datos y correspondan proporcionalmente con el contenido nutricional declarado.

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Las empresas deberán rediseñar etiquetas y envases bajo nueva normativa

El decreto delega en un futuro reglamento y en la normativa técnica complementaria la especificación de dimensiones, advertencias y requisitos para las etiquetas. El plazo para que las empresas rediseñen y adecuen sus envases será de un año.

Una mano sirve leche en polvo de una lata a una cuchara, junto a un biberón vacío sobre una mesa. Al fondo, la silueta desenfocada de un bebé.
La industria enfrenta una transición forzada por el nuevo decreto. El gobierno impone un plazo limitado mientras padres y profesionales evalúan el posible impacto en la alimentación infantil (Imagen Ilustrativa Infobae)

Frente a los cambios legales, las empresas productoras y distribuidoras de sucedáneos deberán realizar ajustes en sus envases y etiquetado, conforme a las indicaciones del Ministerio de Salud y en cumplimiento de las nuevas restricciones que buscan evitar que elementos visuales o textuales disuadan la opción de la lactancia materna frente a los productos alternativos.

La reforma amplía la definición de sucedáneos y endurece el control sobre la publicidad

El marco legal reformado amplía la definición de sucedáneos de la leche materna, abarcando todos los alimentos destinados a niños de 0 a 36 meses, incluso cuando en su etiqueta se indique que son para edades mayores, siempre que sean dirigidos a ese grupo. Se restringe también la promoción y prescripción de estos productos en cualquier establecimiento de salud, público o privado, excepto si existe una justificación médica clara, reforzando la prioridad de la lactancia materna, según el gobierno salvadoreño.

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En cuanto a productos periféricos, la reforma incorpora biberones, pachas y chupetes dentro del área regulada, con el fin de evitar que, por vías indirectas o secundarias, se difundan mensajes que desalienten la lactancia. Respecto al etiquetado, la normativa exige regularlo con urgencia. Toda sugerencia de equivalencia entre las fórmulas y la leche materna deberá eliminarse de los envases.

“Las etiquetas de los sucedáneos de la leche materna no deberán contener condiciones que desalienten la lactancia materna ni declaraciones de beneficios conforme a la presente ley”. La nueva definición incluye cualquier afirmación que sugiera o implique una relación positiva entre los componentes del producto y el desarrollo físico, cognitivo, nutricional o la reducción de riesgos de enfermedades en la infancia.

La reforma legal incluye cambios en definiciones y obligaciones para el etiquetado de alimentos dirigidos a menores de treinta y seis meses, con el objetivo de restringir mensajes confusos y proteger la nutrición infantil (Foto cortesía Secretaría de Prensa de la Presidencia)
La reforma legal incluye cambios en definiciones y obligaciones para el etiquetado de alimentos dirigidos a menores de treinta y seis meses, con el objetivo de restringir mensajes confusos y proteger la nutrición infantil (Foto cortesía Secretaría de Prensa de la Presidencia)

Las medidas también impactan la publicidad: la promoción pública del uso de sucedáneos pasa a ser considerada una infracción grave, incluso sin recomendación expresa. Hasta el momento, la infracción solo se configuraba si la publicidad incluía una recomendación directa. Todo producto dirigido a menores desde el nacimiento hasta los 36 meses, o incluso aquellos declarados para edades superiores pero comercializados para ese grupo, está incluido en la nueva definición de sucedáneos.

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