Cómo se aplicará la devolución del IVA a jubilados y beneficiarios de la AUH

El experto tributarista Martín Caranta explicó por Infobae TV la implementación del régimen que beneficia con el reembolso de 15 puntos del gravamen en consumos minoristas

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Martín Caranta, del estudio Lisicki, Litvin y Asociados, explicó por Infobae TV los alcances de la devolución de 15 puntos del IVA en las compras que jubilados y beneficiarios de asignaciones sociales realicen con tarjeta de débito en comercios minoristas.

Caranta refirió que el régimen se aplica a las operaciones que se hagan hasta el 31 de diciembre de 2017, y el decreto que el Gobierno publicó en el Boletín Oficial determina que la devolución será del 15% del monto abonado por "compras de bienes en establecimientos que operen con consumidores finales", en tanto no supere el monto máximo de $300 por mes y por beneficiario; y en el caso de la Asignación Universal por Hijo, por embarazo y pensiones por fallecimiento, el reintegro se considerará por cada prestación recibida.

A través del decreto 858, el Gobierno reglamentó la Ley 27.253, por la cual podrán recibir por ahora hasta $300 mensuales por las compras que realicen de alimentos y productos básicos. El beneficio alcanza a casi nueve millones de personas, ya que incluye a aquellos que perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH), la asignación por embarazo, que cobren la jubilación mínima ($4.959) o que reciban pensiones no contributivas (siempre y cuando no superen el haber mínimo).

Según el decreto, la devolución del IVA se implementará mediante las "tarjetas prepagas no bancarias" utilizadas "para la acreditación exclusiva de beneficios asistenciales o de la seguridad social".