AFIP versus AFA: los baúles de la discordia

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Por Daniel Roberto Viola*

Una nueva controversia envuelve a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), al regreso de la reciente gira de la selección nacional por los Estados Unidos. En este caso, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) procedió a incautar once baúles pertenecientes a la delegación argentina compuesta por jugadores, cuerpo técnico, colaboradores y dirigentes que acompañaron al presidente Claudio Fabian Tapia. El hecho dio lugar a un comunicado de la AFIP donde se señala que: "Se detectó mercadería electrónica sin declarar en el equipaje de la delegación de la Selección Argentina de Fútbol. (…) Por lo tanto, se labraron actas pertinentes por infracción al régimen aduanero y la mercadería quedó secuestrada a la espera de la resolución del juez contencioso pertinente".
En forma casi inmediata, la AFA hizo su descargo por vía de un comunicado: "Ante algunas noticias maliciosas referidas a material de la Selección Argentina, la Asociación del Fútbol Argentino se ve en la obligación de informar lo siguiente: Tras regresar del viaje por los Estados Unidos, los elementos que se encuentran demorados en la aduana del aeropuerto internacional Ministro Pistarini de Ezeiza corresponden a material de videoanálisis y maquinaria de kinesiología del seleccionado mayor utilizados habitualmente para los partidos y entrenamientos del equipo. La Asociación del Futbol Argentino ya presentó todos los papeles reglamentarios para que, en las próximas horas, puedan regresar al predio".

Los baúles de la selección argentina serán retenidos hasta que la justicia en lo Penal Económico lo determine. (@AFIPcomunica)
Los baúles de la selección argentina serán retenidos hasta que la justicia en lo Penal Económico lo determine. (@AFIPcomunica)

Acto seguido, la AFIP difundió una serie de fotografías del equipaje secuestrado, donde claramente se distinguen en los baúles con los colores de la camiseta argentina, las formas de instrumentos musicales electrónicos tales como un órgano o piano y una guitarra. También se observan bolsas de juguetes y cajas identificadas con nombres de personas que estarían vinculadas a las selecciones nacionales. Según las estimaciones que provienen de la Aduana, los productos tecnológicos que fueran detectados junto al material de utilería del seleccionado, tienen un valor total aproximado de U$S 25.000.

El Código Aduanero (Ley n° 22.415) establece en su artículo 978 que: "El viajero de cualquier categoría, el tripulante o cualquier persona que introdujere o pretendiere introducir al territorio aduanero como equipaje o como pacotilla, según el caso, mercadería cuya introducción en tal carácter fuere admitida en las respectivas reglamentaciones pero omitiere su declaración aduanera cuando ésta fuere exigible o incurriere en falsedad en su declaración, será sancionado con una multa de la mitad a DOS (2) veces el valor en aduana de la mercadería en infracción. Esta multa nunca podrá ser inferior al importe de los tributos que gravaren la importación para consumo de la mercadería de que se tratare".

En el lenguaje del referido Código el término infracción se equipara al de contravención y se consideran infracciones aduaneras a los hechos, actos u omisiones que son reprimidos por transgredir la legislación vigente en la materia, que a su vez habilitan la aplicación de multas automáticas. (conf. arts. 892, 893 CA). Tanto las personas físicas como las jurídicas son responsables por las infracciones aduaneras cometidas por sus dependientes, en forma solidaria, cuando fueren cometidas por éstos "en ejercicio o en ocasión de sus funciones" (art.903 CA).

No cabe admitir que una delegación como la Selección Nacional de fútbol incumpla con la normativa aduanera que impone declaraciones juradas previas y posteriores a los viajeros. Resulta como una hipótesis probable que las delegaciones de AFA habrían estado acostumbradas en el pasado, a embarcar y desembarcar de forma directa en el aeropuerto de Ezeiza, sin cumplir con todos los controles ni declaraciones de aduana exigidas al resto de los viajeros. De este modo, jugadores, cuerpo técnico, empleados y acompañantes de las delegaciones gozaban de una prerrogativa que sólo el fútbol es capaz de conceder como una suerte de "franquicia diplomática".

Actualmente la AFIP tiene previsto un dispositivo desde su web oficial, para que vía Internet los viajeros puedan declarar sus objetos antes de cada viaje. Se trata del formulario OM 121 "declaración de equipaje". Este trámite también puede hacerse en forma presencial en las oficinas de la Aduana en el aeropuerto. Mientras tanto, las autoridades de la AFIP han informado que "los productos secuestrados ayer en Ezeiza a la delegación de la Selección Argentina de Fútbol siguen retenidos a la espera de una decisión de la Justicia en lo Penal Económico". A esta altura cabe preguntarnos ¿Quién fue el responsable de esta omisión? ¿Existe en AFA un protocolo interno sobre la normativa legal a cumplirse por los viajeros? Más allá de los baúles de la discordia, la realidad nos demuestra que los dirigentes que habitan la casa mayor del fútbol deberán esforzarse aún más para depurar el manual de sus propios errores.

*Abogado UBA – Director de Iusport.com Latinoamérica