Abogada laboralista aclaró detalles de la reducción de la jornada laboral que entra en vigor el 15 de julio en Colombia: “Hay efectos que muchos desconocen”

La jurista Cindy Isaza puso un ejemplo práctico para que los usuarios puedan hacer sus cálculos si tienen dudas sobre el pago de horas dominicales

La abogada laboralista Cindy Isaza resolvió varias dudas sobre el pago de jornadas dominicales en 2026 - créditos @cindylaboral/IG | Imagen Ilustrativa Infobae
La abogada laboralista Cindy Isaza resolvió varias dudas sobre el pago de jornadas dominicales en 2026 - créditos @cindylaboral/IG | Imagen Ilustrativa Infobae
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Con la llegada de julio de 2026, el panorama laboral en Colombia experimenta transformaciones significativas que afectan tanto a trabajadores como a empleadores.

Así lo explicó la abogada laboralista Cindy Isaza en un video difundido a través de su cuenta de Instagram, donde detalló los principales cambios y sus implicaciones prácticas en la vida laboral cotidiana.

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“Julio viene con toda en materia laboral. Y no, la reducción de la jornada laboral no significa solamente trabajar menos horas”, aclaró Isaza al iniciar su exposición.

Desde el 15 de julio, la jornada máxima ordinaria en el sector privado pasa a ser de 42 horas semanales. Este ajuste, resultado de la implementación progresiva de la Ley 2101 de 2021, no solo acorta las semanas laborales, sino que también trae consigo modificaciones en beneficios y cálculos salariales.

Uno de los cambios más relevantes, según la abogada, es que las empresas ya no tienen la obligación de otorgar el día de la familia ni las dos horas semanales de recreación y capacitación para compañías con más de cincuenta trabajadores.

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Declaraciones de la abogada laboralista Cindy Isaza - crédito @cindylaboral/IG

“Cuidado, dejan de ser obligatorias, pero la empresa puede otorgarlas voluntariamente”, puntualizó Isaza.

En cuanto al salario, la experta hizo hincapié en que trabajar menos horas no significa ganar menos.

“El salario y las prestaciones no se reducen. De hecho, ocurre lo contrario. Al dividir el mismo salario entre menos horas, aumenta el valor de la hora de trabajo. Y si aumenta el valor de la hora, también aumentan las horas extras, el trabajo nocturno y los recargos dominicales y festivos”, explicó la jurista.

Uno de los puntos que genera mayor impacto es el aumento del recargo por trabajar en el día de descanso obligatorio, usualmente el domingo.

Desde el 1 de julio, el recargo dominical subió al 90%, lo que incrementa considerablemente la remuneración por laborar en estas jornadas.

Isaza ilustró el cambio con un ejemplo práctico: “Tomemos un trabajador que gana el salario mínimo del 2026, que es de un 1’750.905 pesos y cuya jornada se distribuye en seis días de trabajo y uno de descanso, es decir, siete horas al día. Para este ejercicio, el valor de la hora de trabajo es de aproximadamente 8.338 pesos por hora y como el trabajo dominical tiene un recargo del 90%, la hora dominical vale 15.842 pesos por cada hora trabajada en domingo. Y si el trabajador labora siete horas de su día de descanso, pues serían quince mil ochocientos cuarenta y dos por siete, aproximadamente un valor de ciento diez mil ochocientos noventa y cuatro pesos por ese domingo trabajado”.

crédito @cindylaboral/IG
crédito @cindylaboral/IG

La abogada también recordó que si el trabajo dominical es habitual—es decir, si se laboran tres o más domingos en el mes—, el trabajador, además del recargo, tiene derecho a un descanso compensatorio remunerado.

Un borrador de decreto del Gobierno Petro buscaría cambiar cómo se pagan las cesantías a los trabajadores

El Gobierno de Gustavo Petro propone cambiar el pago de las cesantías en Colombia con un borrador de decreto que permitiría consignarlas mes a mes en el fondo del trabajador, siempre por acuerdo entre las partes, sin eliminar la liquidación anual ni modificar el valor total del derecho laboral.

La iniciativa fija que los empleadores podrían hacer aportes mensuales equivalentes al 8,33% del salario base de liquidación, pero mantendrían la obligación de cerrar cuentas al final del año y completar cualquier diferencia a más tardar el 14 de febrero siguiente.

Si al llegar esa fecha el valor total causado no ha sido cubierto, la mora empezaría desde el 15 de febrero.

El proyecto también establece una hoja de ruta para aplicar el sistema. El Ministerio de Salud y Protección Social tendría hasta seis meses desde la entrada en vigencia del decreto para hacer ajustes tecnológicos en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, conocida como Pila, y luego las administradoras de fondos de cesantías y los operadores de información contarían con otros seis meses para adecuar sus plataformas.

Pesos colombianos-Colombia
En la actualidad, las cesantías se consignan una vez al año, antes del 14 de febrero - crédito Colprensa

La propuesta reglamenta cambios derivados de la Ley 2466 de 2025 y desarrolla el Régimen Simple Laboral del Auxilio de Cesantías. Según el borrador, la consignación mensual “no se entiende como un pago parcial, anticipado o fraccionado de las cesantías”.

Esa precisión apunta al núcleo de la medida: el derecho seguiría consolidándose al cierre del período anual.

La empresa, por tanto, tendría que hacer una liquidación definitiva al terminar el año y pagar la diferencia si lo consignado durante los meses anteriores no coincide con lo efectivamente causado.

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