Mujer denunció en TikTok a presunto pedófilo en Ciudadela Colsubsidio en Bogotá: “En el CA nos pueden ayudar con un reporte”

Según el relato, el hecho se presentó frente a múltiples personas que decidieron no apoyarla e ignorar la situación

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Una denuncia realizada por Natalia Monroy en TikTok desató preocupación en Ciudadela Colsubsidio, Bogotá, luego de que la joven relatara cómo presenció a un presunto exhibicionista en un parque frecuentado por niños y familias, y expusiera la falta de reacción tanto de los vecinos como de las autoridades tras intentar alertar sobre el hecho - crédito nataliamonroy19 / TikTok

El intento de identificar a un presunto exhibicionista en un parque de Ciudadela Colsubsidio, Bogotá, generó alarma y frustración entre los residentes y usuarios de redes sociales. La denuncia, impulsada desde TikTok por Natalia Monroy, puso de relieve tanto la impotencia de los testigos como las limitaciones de la respuesta institucional ante hechos de este tipo.

Así comenzó su denuncia: “Okey, hoy les quiero comentar una situación que viví el día de ayer alrededor de las 5:30 p.m. - 5:40 p. m.”, relató la joven en su video. Según su testimonio, el sujeto, “un señor en pantaloneta, deportivas, un saco azul, moreno, con textura media, alto”, habría estado masturbándose a la vista de los transeúntes y niños que frecuentan el lugar.

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Monroy expuso que, al percatarse de la escena, su primera reacción fue de asombro: “¿Es en serio lo que yo estoy viendo?”. El hombre, sostuvo, la miraba con insistencia, “pensaba que, no sé, yo, o sea, cuando yo me quedé viendo era que, no sé, yo estaba disfrutando, pues lo que él estaba haciendo”. Al comprender la gravedad del acto, decidió actuar.

Vecinos y autoridades: respuestas insuficientes

Vista panorámica de un extenso parque urbano con césped verde, árboles, un poste de luz con grafitis, una cancha de baloncesto y edificios de ladrillo bajo un cielo nublado.
La denuncia en redes sociales de Natalia Monroy generó debate sobre la seguridad en los parques de Ciudadela Colsubsidio - crédito (Imagen Ilustrativa Infobae)

En su testimonio, la joven describió el sentimiento de soledad y desamparo frente a la indiferencia del entorno: “Empecé a gritar, llamé a la policía, violador, acosador, llamé a la policía y yo gritaba y gritaba y gritaba. Habían vecinos en el parque, nadie dice nada”. Pidió ayuda a quienes se encontraban cerca: “Yo decía: ‘Llamen la policía, llamen la policía’. Nadie, nadie ayudó”.

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La mujer decidió entonces perseguir al sujeto por los alrededores, sin lograr ubicarlo tras una serie de recorridos por el conjunto residencial. La persona denunciada se perdió de vista y no pudo ser retenida.

El hecho motivó a Monroy a buscar apoyo institucional. Acudió al Centro de Atención Inmediata (CAI) local, donde, según su versión, la respuesta fue poco alentadora: “Dijeron que no, que es mejor que nosotros pidamos las cámaras de nuestro conjunto, que ellos ahí ya no pueden hacer nada, no nos pueden ayudar con un reporte, tampoco ayudarnos a pedir las cámaras”. La sugerencia oficial fue limitarse a gestiones administrativas internas.

La búsqueda de evidencia visual de los hechos también encontró obstáculos. “Hoy intentamos hacer la diligencia de las cámaras porque, o sea, es algo que a todos nos interesa”, comentó Monroy. Explicó que, pese a las cuotas de administración y pagos extraordinarios para la instalación de cámaras de seguridad, es necesario abonar una suma adicional para acceder a las grabaciones: “Toca pagar un adicional para que a uno le dejen ver las cámaras”.

La legislación colombiana sanciona los actos obscenos en público, aunque solo los tipifica como delito si afectan la libertad sexual de menores o suponen acoso - crédito Víctor Sepúlveda / Facebook
La legislación colombiana sanciona los actos obscenos en público, aunque solo los tipifica como delito si afectan la libertad sexual de menores o suponen acoso - crédito Víctor Sepúlveda / Facebook

No solo es necesario un trámite ante la administración, sino también contar con un reporte formal ante la fiscalía. “No se pueden coger las fotos, no se puede hacer un video del señor”, lamentó la denunciante. Su intención era tener una imagen del presunto agresor y advertir a los vecinos para evitar nuevos incidentes.

Reacciones en redes y comunidad

La publicación motivó una oleada de comentarios en TikTok. Algunos usuarios reprocharon la falta de solidaridad: “La próxima llama al 123, la gente no tiene empatía”. Otros manifestaron preocupación por la seguridad en la zona y sugirieron mecanismos legales para acceder a las grabaciones: “Se puede redactar un derecho de petición a la administración del conjunto solicitado ver las grabaciones por interés común”.

También se expresó inquietud por la ubicación precisa del hecho, que, según comentarios posteriores de Monroy, habría ocurrido en el Parque Agapantos.

Vecinos del sector manifestaron su preocupación ante la falta de respuesta colectiva frente a episodios de acoso en espacios públicos - crédito Martha Liliana Rincon Castrillon /Facebook
Vecinos del sector manifestaron su preocupación ante la falta de respuesta colectiva frente a episodios de acoso en espacios públicos - crédito Martha Liliana Rincon Castrillon /Facebook

Exhibicionismo y legislación en Colombia

En Colombia, el exhibicionismo no está catalogado como delito autónomo según el Código Penal. Sin embargo, puede considerarse un acto sexual violento o acoso sexual si el objetivo es acosar, intimidar o vulnerar la libertad sexual, particularmente cuando involucra a menores.

La Ley 1801 de 2016 contempla sanciones contravencionales para quienes realicen actos obscenos en público, al considerarlos conductas que afectan la tranquilidad y la convivencia. La policía está facultada para intervenir y aplicar medidas correctivas si la conducta lesiona la moralidad o provoca rechazo social.

La Corte Suprema de Justicia ha precisado que la exhibición de órganos genitales ante menores de 14 años, en un contexto sexual explícito y con ánimo libidinoso, configura el delito de acto sexual abusivo conforme al artículo 209 del Código Penal. La determinación depende de que las acciones trasciendan el simple desnudo y generen un ambiente sexualizado.

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