
Un borrador de decreto del Ministerio de Hacienda que propone modificar la cobertura del deslizamiento del salario mínimo en el sistema pensional colombiano generó una fuerte controversia entre los principales actores del sector. Mientras los gremios privados advierten sobre un posible impacto negativo para 20 millones de trabajadores, Colpensiones aclaró que sus afiliados no se verán afectados por la medida.
La alarma surgió tras la advertencia de Asofondos y Fasecolda, que señalaron que el cambio en las reglas del deslizamiento del salario mínimo podría alterar un mecanismo clave que protege el poder adquisitivo de los pensionados.
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Según el presidente de Asofondos, Andrés Velasco, “con el proyecto de decreto el acceso a la pensión se dificultará porque el capital exigido para acceder a la prestación será mucho más alto, dejándolas desprotegidas”. El dirigente detalló que “un trabajador que antes debía acumular 350 millones para una pensión de salario mínimo ahora necesitaría $450 millones, una diferencia que podría traducirse en hasta diez años más de ahorro”.

El borrador de decreto plantea que parte del aumento anual del salario mínimo, que hasta ahora asumía el Estado, recaería en los afiliados. La modificación, según los gremios, incrementaría la carga financiera sobre los futuros pensionados y dificultaría la contratación del seguro previsional, lo que podría traducirse en mesadas más bajas para quienes buscan acceder a una renta vitalicia.
Cobertura del deslizamiento en productos de renta vitalicia
Desde el punto de vista técnico, el documento oficial redefine la cobertura del deslizamiento en productos de renta vitalicia, que son exclusivos del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais), administrado por los fondos privados.
En la actualidad, cuando el reajuste del salario mínimo supera lo previsto en los contratos de renta vitalicia, existe una protección financiada por el Estado.

Y es que la propuesta del Ministerio de Hacienda introduce nuevas condiciones sobre cómo se calcula ese deslizamiento, quién asume los riesgos y bajo qué reglas deben aplicarlo las aseguradoras vinculadas al Rais. Así, los principales actores afectados serían las compañías de seguros que ofrecen rentas vitalicias, los fondos privados que trasladan los ahorros de los afiliados y el propio Ministerio de Hacienda, que administra la cobertura cuando debe compensarse el diferencial.
Qué dice Colpensiones
Ante esto, Colpensiones enfatizó en que el proyecto de decreto “no afectará a la entidad, ni el pago de sus pensiones”, ya que la regulación está dirigida de manera exclusiva al Rais y no al Régimen de Prima Media (RPM), que administra la entidad pública.
Según la entidad, “el reajuste de pensiones por salario mínimo ya está previsto en la Ley 100 y se financia con recursos del sistema”, lo que significa que los afiliados no dependen de coberturas adicionales ni de la contratación de productos financieros externos. Además, puntualizó que “Colpensiones no participa en este mecanismo” y que las pensiones en el RPM se reconocen y pagan directamente con recursos del sistema, sin intervención de aseguradoras.

El contraste entre los dos regímenes es fundamental para entender el alcance del decreto. Mientras el Rais utiliza productos de renta vitalicia, que requieren una regulación específica para proteger la sostenibilidad de las mesadas y dependen de la contratación con aseguradoras, el Régimen de Prima Media funciona bajo reglas distintas.
En este último, las pensiones se pagan directamente con cargo al presupuesto del sistema y el reajuste anual por salario mínimo está garantizado por la Ley 100, sin necesidad de coberturas externas.
La protección que establece la Ley 100
Además, la Ley 100 establece el marco normativo para el reajuste de las pensiones en el sector público, lo que asegura que los incrementos se financien de forma interna y no dependan de mecanismos de cobertura como los que operan en el sistema privado. Dicha diferencia estructural explica por qué el borrador de decreto no incide sobre el cálculo ni sobre el pago de las mesadas administradas por Colpensiones.
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