
El caso de Daneidy Barrera, más conocida como Epa Colombia, sigue generando controversia y dando de qué hablar, tanto en los medios y las redes sociales, como en la política y la justicia del país.
La influencer, que está cumpliendo una condena de más de 5 años en la cárcel El Buen Pastor, de Bogotá, recibió el respaldo del presidente Gustavo Petro, después de ella se lo pidiera a través de entrevistas en noticieros nacionales.
El alto mandatario solicitó aplicar la Ley de Utilidad Pública para permitirle salir diariamente del penal. Sin embargo, la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, respondió con firmeza, dejando claro que solo un juez puede determinar cualquier cambio en su condena.
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El presidente Petro escribió en su cuenta de X un texto en el que pidió que se aplique la legislación que protege a las madres cabeza de familia en condición de marginalidad, con el fin de que Epa Colombia pueda salir diariamente de prisión.
“Esta mujer, al ser madre cabeza de familia, está resguardada por la ley que hizo aprobar en el Congreso nuestro ministro progresista de justicia, Néstor Osuna. Debe salir diariamente de la cárcel”, escribió el mandatario.
No obstante, la ministra Buitrago fue enfática en que este tipo de decisiones no dependen del Ejecutivo, sino exclusivamente de la Justicia.
La ministra Buitrago responde: el caso solo puede ser evaluado por un juez
En entrevista con Mañanas Blu, Buitrago aclaró que la Ley de Utilidad Pública efectivamente otorga beneficios a mujeres en situación de vulnerabilidad, pero advirtió que no todos los delitos son susceptibles de estos beneficios.
“La sentencia y la condena no las puede modificar ninguna otra autoridad. Al ser un sustitutivo de prisión, solo un juez de ejecución de penas puede hacer una revisión del caso”, explicó la ministra en la entrevista con Néstor Morales.
Además, loa mujer detalló que el delito por el cual fue condenada Daneidy Barrera podría excluirla del beneficio, ya que existen restricciones para quienes fueron condenados por instigación a delinquir, uno de los cargos que enfrenta la influenciadora.
“La ley solo permite aplicar este beneficio en ciertos casos, no en todos. Además, existe una prohibición expresa para delitos como instigación a delinquir y terrorismo”, aclaró Buitrago.

Otra de las condiciones para acceder al beneficio es que la persona haya sido madre cabeza de familia al momento de la condena y que su situación de marginalidad esté acreditada. En este punto, la ministra indicó que Barrera no cumplía con estos requisitos en el momento de su condena, pues en aquel entonces aún no tenía hijos.
En pronunciamiento anterior en la misma red social, Petro también sugirió que la condena de Epa Colombia pudo estar influenciada por su popularidad y su participación en las protestas del 2019, cuando protagonizó actos vandálicos contra una estación de TransMilenio.
Pero Buitrago reiteró que esas declaraciones tampoco eran un argumento porque Barrera aceptó los cargos en su momento, lo que hizo que su sentencia fuera el resultado de un proceso judicial legítimo.
Sin embargo, en la entrevista, la ministra también admitió que tiene dudas sobre la clasificación del delito, pues considera que el cargo de terrorismo podría no ajustarse al caso de Barrera.
“El delito de terrorismo tiene requisitos específicos y, en mi criterio técnico, disiento de esa clasificación, aunque respeto la decisión del juez”, manifestó Ángela María Buitrago.

Mientras avanza el debate sobre su posible salida, Daneidy Barrera ha intentado aprovechar su tiempo en prisión capacitando a sus compañeras en temas relacionados con la belleza capilar, en línea con su trayectoria como empresaria, tal como lo expresó en la entrevista con Johana Bahamón, pues ahora va a ser la líder de unos proyectos en la cárcel de la mano con la fundación de la actriz.
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