Son varios los colombianos que están a pocos días de recibir la tan anhelada prima de fin de año, que genera una prestación social que se otorga a los trabajadores asalariados, equivalente a 30 días de salario al año. Esta remuneración tiene como objetivo reconocer el esfuerzo del trabajador y ayudar a solventar gastos en las temporadas de mitad y final de año.
La prima de servicios en Colombia se paga en dos partes: la primera mitad se entrega antes del 30 de junio y la segunda antes del 20 de diciembre. La prima está establecida por la legislación laboral para brindar un beneficio adicional al salario, dependiendo del tipo de contrato que esté tenga con la empresa en la que presta sus servicios profesionales.
Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Facebook.
Sin embargo, hay empleados que desconocen que pueden recibir dos pagos para el mes de diciembre, por lo que se habla de la existencia de una prima extralegal. Esta remuneración adicional no forma parte de las obligaciones legales que tiene la empresa con el trabajador y solamente se tendrá en cuenta si hay un acuerdo con la organización donde desempeña sus funciones.
Esta remuneración adicional es un beneficio que los empleadores le dan a sus colaboradores, pero no es una exigencia legal según indicó la abogada Natalia Alzate a El Tiempo: “Los empleadores no están obligados a reconocer primas extralegales, pero pueden decidir hacerlo unilateralmente o por acuerdo con los trabajadores, según sea el caso y si así está contemplado en la empresa” o bien sea, en los pactos colectivos que hacen los integrantes de la nómina.
Del mismo modo, estos pagos adicionales normalmente están vinculados al cumplimiento de objetivos corporativos, así como su valor y reconocimiento son establecidos de manera unilateral por el empleador. Otro de los hechos que llamó la atención es que los trabajadores del sector público no reciben este reconocimiento económico, teniendo en cuenta que todas sus bonificaciones son reguladas por la ley.
Los beneficiados de la prima extralegal suelen ser empleados en empresas privadas con pactos colectivos que es la metodología por la que se hacen los pagos de estas bonificaciones adicionales. Se sabe también que este pago es variable, ya que todo está pactado con la empresa donde trabaja y cada una es autónoma en la decisión de cuánto reconocerá adicional.
Entre los empleados que reciben la prima de diciembre están los de entidades públicas y privadas con contratos a término indefinido, con incapacidades o licencias de maternidad, trabajadores domésticos, empleados por días y trabajadores de fincas. Los que no reciben este reconocimiento económico establecido por ley están trabajadores con contrato de aprendizaje, independientes, por prestación de servicios, transitorios, con salario integral y trabadores temporales.
Cuánto debería recibir de prima si gana un salario mínimo en Colombia
Para calcular de manera correcta la prima que se debe cancelar en diciembre, el Ministerio del Trabajo recomienda tomar el salario base y multiplicarlo por los días laborados, dividiendo el resultado por 360, que representa los días de dos semestres del año. En caso de que el empleado haya trabajado menos días, el cálculo debe ajustarse al número de jornadas completadas.
Por ejemplo, un trabajador que recibe un salario mínimo de $1.300.000 y un auxilio de transporte de $162.000 recibiría una prima de $731.000 si trabajó todo el semestre. Esto sale de la división del total de $1.462.000 por 180 días.
El incumplimiento en el pago de la prima puede acarrear sanciones severas para el empleador. Entre ellas está:
- Multas de 1 a 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Indemnizaciones al empleado por cada día de retraso.
- Cobro de intereses si el pago se demora más de 24 meses.