Un insólito formalismo dejó por fuera a 315 candidatos de un concurso de méritos, ¿qué pasó?

La Convocatoria 27 busca proveer cargos de magistrados y jueces, con el fin de contribuir a la descongestión judicial en el país

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Los candidatos fueron descalificados por no aportar un documento. Corte Suprema de Justicia.
Los candidatos fueron descalificados por no aportar un documento. Corte Suprema de Justicia.

El 8 de junio, la Corte Suprema de Justicia falló a favor de cinco candidatos que fueron excluidos de un concurso de méritos para proveer cargos a la Rama Judicial, todo por cuenta de un formalismo. La decisión fue tomada por la Sala de Casación Penal, la cual indicó que la sentencia tiene efectos inter comunis, lo que significa que se aplica a otros aspirantes, cerca de 315 casos.

Las tutelas indicaban que los candidatos superaron las pruebas de aptitud y conocimientos, y que la exclusión de la Convocatoria 27 se dio por no presentar, al momento de la inscripción, una declaración juramentada de ausencia de inhabilidades e incompatibilidades, en formato PDF. Esta situación que fue notificada por la Unidad Administrativa de Carrera Judicial del Consejo Superior de la Judicatura.

La Corte aclaró que no se pone en duda la importancia del documento, pero alegó que el requisito se pudo satisfacer por otros medios, “con el propósito de evitar que los formalismos socaven el derecho sustancial”, señaló el tribunal. Se añadió que los excluidos sí habían aportado la declaración, aunque no fue por medio del archivo. Al respecto se aclaró:

“Al crear el usuario en el aplicativo Kactus, plataforma usada para concursos de méritos de la Rama Judicial, seleccionaron la casilla ‘aceptar’ en una declaración juramentada que certifica que no están sujetos a ninguna inhabilidad constitucional o legal para el nombramiento o incompatibilidad para el cargo”, señalaron desde la Corte Suprema

Una situación similar se habría registrado cuando se presentó el examen, ya que en el cuadernillo se suscribió una declaración en la que los aspirantes aseguraban cumplir con los requisitos mínimos, entre los que se encuentra la ausencia de inhabilidades e incompatibilidades.

En consecuencia de estos razonamientos y buscando amparar el derecho fundamental al debido proceso administrativo, así como el acceso a cargos públicos, trabajo e igualdad, la Corte dejó sin efecto la resolución del 8 de febrero del 2023, donde se rechazaba la postulación.

Se Instruyó al Consejo Superior de la Judicatura que en 48 horas, siguientes a la notificación, expida un nuevo acto administrativo, en el cual se incluyan las consideraciones de la Corte Suprema. Así mismo, se deberán desarrollar los trámites necesarios para garantizar que las personas beneficiadas por la sentencia continúen en el concurso.

En el fallo se destacó que excluir a los aspirantes solo por no haber enviado una manifestación, adicional y complementaria, se traduce en un exceso de formalismo. En el concepto se fijó que la sucesión de exigencias no refuerzan la seriedad del proceso, sino que indica un burocratismo que la aleja de su propósito de fondo, “seleccionar a los candidatos más idóneos y competentes para ocupar los cargos de funcionarios de la Rama Judicial”.

“La prevalencia del derecho sustancial sobre los formalismos tiene un papel particularmente importante en la administración de justicia dentro de un Estado social y democrático de derecho, como el colombiano. En un sistema de esta naturaleza, los jueces no son simplemente aplicadores de la ley. Son creadores y pensadores del derecho, cuya labor primordial es garantizar la efectiva materialización de las prerrogativas reconocidas por la Constitución Política y la ley”, se recalcó en la sentencia

La Convocatoria 27 es producto de la crisis en el sistema judicial colombiano, por medio de esta se busca contribuir a la descongestión de procesos judiciales en el país. El aumento en el número de jueces pretende mejorar la calidad y garantías para que los colombianos accedan al derecho a la justicia. El acuerdo de inicio de la convocatoria es del 2018.