
La Corte Constitucional declaró inconstitucional la exigencia de 1.300 semanas de cotización para que las mujeres en Colombia obtengan la pensión de vejez.
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Así lo resolvió la Sala Plena del alto tribunal luego de estudiar una demanda en contra de un apartado del artículo 9° de la Ley 797 de 2003. Según el demandante, la norma desconocía el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito de la seguridad social, para garantizarles la igualdad material en el acceso a la pensión de vejez.
De igual forma, indicó que el Congreso de la República tendrá hasta el 31 de diciembre de 2025 para regular el asunto. De no cumplirse la fecha estipulada, de acuerdo con la Corte, las mujeres se pensionarán a las 1.000 semanas, de manera progresiva, a partir del 2026.
Para el presidente Gustavo Petro, la decisión es necesaria ante el proyecto de reforma pensional que planteó y que se debatirá en las próximas semanas.
“Me parece una excelente decisión de la Corte Constitucional que hace aún más necesaria la reforma pensional para poder financiar este gran logro de la mujer trabajadora”, escribió el mandatario por medio de Twitter.

El abogado Daniel Roa, especialista en Derecho Laboral y Relaciones Industriales y especialista en Derecho de la Empresa, resaltó la decisión de la Corte Constitucional y explicó que para el alto tribunal las mujeres deben obtener una protección especial en el ámbito laboral y de la vejez en el sistema de seguridad social.
Además, consideró que la desigualdad entre hombres y mujeres disminuyó, sin embargo, estos avances son insuficientes, por lo que resulta necesario tomar otro tipo de medidas para superar la discriminación en razón del género.

“No resulta proporcional que las mujeres coticen las mismas semanas que los hombres (1.300), considerando que tienen menos tiempo para cotizar y, adicionalmente, más barreras para acceder al mercado laboral”, anotó el abogado.
También rescató que la Corte resaltó que “con los requisitos actuales se garantizan los principios de sostenibilidad financiera del sistema pensional y se sacrifican los derechos de las mujeres (igualdad, pensión, seguridad social, etc.), por lo cual, ordenó al Congreso, en coordinación con el Gobierno nacional, definir un régimen que garantice el derecho a la pensión de las mujeres, especialmente a quienes son cabeza de familia”.
“Opinión impopular” de exfuncionario
Por su parte, el exgerente de la Banca de las Oportunidades Freddy Castro criticó la decisión y aseguró que el sistema pensional no está para solucionar problemas del mercado laboral.
“Seré impopular nuevamente, pero no comparto esta decisión de la Corte. Los problemas del mercado laboral no deberían solucionarse en el sistema pensional. Como sociedad debemos definir medidas para ahorrar más para la vejez e incrementar la calidad del mercado laboral. La inequidad de género no se soluciona con reducciones en las semanas cotizadas”, trinó el exfuncionario.

Anotó que la sentencia de la Corte, aunque bienintencionada, no soluciona problemas de fondo. Lo anterior, sin mencionar que de algún lugar tendrán que salir los recursos (impuestos o reducciones de gasto).
Prima media en la reforma pensional
Ante los comentarios que surgieron en redes sociales de que el artículo 36 del proyecto de reforma pensional del gobierno Gustavo Petro, en el componente de prima media, las mujeres con hijos tendrán una reducción de 50 semanas por cada hijo (máximo tres hijos, el economista Russy Millán hizo una notable aclaración.

“Pero reducirles las semanas a las mujeres por cada hijo que tengan no es reducirles las semanas de la misma manera en la que lo propone la Corte, que insta a reducirlas sin esa condición. El número de semanas a cotizar se mantiene”, explicó.
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