
Durante el jueves 25 de mayo se conoció la anulación de una decisión interpuesta por la magistrada Julieta Lemaitre, vicepresidenta de la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz –JEP– en la que rechazó la acreditación de varias víctimas de las extintas Farc por secuestro.
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La Sección de Revisión del tribunal transicional reversó la decisión tomada por la togada que, en su momento, rechazó el proceso de acreditación porque la retención ilegal por parte de la guerrilla solo duró “unas horas”. En ese sentido, se halló que no se pueden invisibilizar a quienes sufrieron afectaciones por parte de ese grupo armado.
A esta conclusión llegó la Sección a pesar de que, en primera instancia, la JEP fijó unos puntos para reconocer y acreditar a víctimas del conflicto al interior de la misma. En estos, priorizó a las personas que sufrieron afectaciones graves y representativos; aun así, no es posible desconocer a los que padecieron delitos en menor impacto.
Por ello, manifestó que la decisión de Lemaitre incurrió en una afectación a los derechos como víctimas de María Orfelina Cano Mesa y Protacio López Díaz, así como en la violación al debido proceso y acceso a la administración de justicia a través del mecanismo transicional.
En el fallo, la Sección de Revisión ordenó que en un plazo máximo de 15 días la Sala de Reconocimiento de Verdad –que integra la magistrada Lemaitre– para que reconsidere la determinación de no incluirlos dentro del macrocaso 01 –toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las Farc-EP–.
En caso de que la decisión sea ratificada, las víctimas tendrán que ser informadas de los mecanismos a los que pueden acceder para la garantía de sus derechos como víctimas de las antiguas Farc ante la JEP. La Procuraduría, por su parte, calificó de “lesivo” el pronunciamiento emitido por la magistrada en su momento sobre las dos víctimas.
Piden reabrir en la JEP el caso sobre paramilitarismo en universidades del país
Sumada a la decisión de la Sección de Revisión, al tribunal de paz llegó una petición de la Asociación Jorge Freytter Romero y varias víctimas de crímenes cometidos por agentes paraestatales para que el tribunal de paz abra un macrocaso dedicado a la investigación de hechos victimizantes y estigmatizantes contra las universidades y estudiantes de estos centros educativos durante el conflicto interno.
El llamado fue argumentado en la mención que hizo Salvatore Mancuso sobre el perfilamiento y persecución contra estudiantes y docentes de algunas instituciones de educación superior del país, como la Universidad de Córdoba. Teniendo en cuenta esto, el colectivo indicó que el excomandante de las AUC brindó durante los cuatro días de audiencia única de verdad “declaraciones que revelan la estigmatización y persecución sistemática a estudiantes en varias universidades, incluyendo la Universidad de Atlántico, del Cesar, la del Magdalena”.
“En todas estas instituciones, las fuerzas paramilitares tuvieron responsabilidad y vínculos con los crímenes cometidos”, dijo la asociación sobre lo mencionado por Mancuso Gómez.
Además, en el documento presentado también instaron a la jurisdicción especial para la acreditación de víctimas excluidas de los mecanismos de reparación establecidas en el sistema de justicia transicional. También pidieron a la Procuraduría y la Fiscalía direccionar informes hechos por este último organismo en los que relacionen los resultados alcanzados producto de denuncias hechas por víctimas de esas conductas.
Cabe mencionar que también el ministerio público y la periodista Jineth Bedoya exigieron a la JEP la pronta apertura del que sería el macrocaso 11, a través del cual serán abordados los casos de violencia sexual en el marco del conflicto.
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