Implementan nuevas resoluciones para la cadena de ganados y carnes

A partir de hoy vence la suba en el peso mínimo de faena para las hembras, donde sí la res está por debajo de los 165 kilos, multarán a los productores. Además, todo lo que hay que saber del Remito Electrónico Cárnico

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A partir de hoy se implementan nuevas resoluciones para la cadena de ganados y carnes
A partir de hoy se implementan nuevas resoluciones para la cadena de ganados y carnes

A partir de hoy, el peso mínimo de faena para las terneras volverá a ser de 300 kilos/vivo, ya que finalizó el beneficio dispuesto durante los últimos tres meses por el Ministerio de Agricultura de la Nación para permitir la venta de animales bajos en peso, como consecuencia de la fuerte sequía que se registró durante entre noviembre y abril pasado.

Por ese motivo, se había reducido el peso de las hembras con destino a faena y faena comercial de 165 a 143 kilos res al gancho, una medida que se aplicó ante las necesidades de la producción de acelerar el número de animales con destino a frigoríficos.

La decisión de reducir estos límites en el peso para la faena de vacas fue adoptada a instancias de un pedido formulado por parte del sector cárnico en el marco de las reuniones que encabezó el propio presidente de la Nación Mauricio Macri en la Mesa de las Carnes, desde donde se evaluó y dispuso medidas para hacer frente al momento complejo que generó la falta de precipitaciones.

Remito Electrónico Cárnico

En la cadena de ganados y carnes otra Resolución a tener en cuenta es el Remito Electrónico Cárnico (REC) que a partir de este domingo y con aplicación obligatoria desde el próximo 1° de septiembre, entra en vigencia y tendrá como objetivo informar el traslado de carnes y subproductos derivados de la faena de hacienda bovina y porcina.

La normativa rige para todo el país y el REC reemplaza el remito común, hecho en papel y que se lleva a bordo del transporte.

En diálogo con Infobae, Carlos Pinto, Director Comercial de Planexware, presentó 5 tips para la automatización de la registración del Código de Remito Electrónico para el Remito Electrónico Cárnico:

-Si bien existe la posibilidad de obtener el CRE (Código de Remito Electrónico) a través de la página de AFIP este mecanismo es inviable para una gran cantidad de remitos debido al excesivo tiempo consumido para realizar la registración, no sólo por el tiempo de tipeado, sino además por el tiempo de respuesta de la página web. Ello conlleva naturalmente a la adopción de una solución "automática" que registre directamente el documento en AFIP.

-Para ello se presenta la disyuntiva de disponer de un software que realice este proceso y aparece la gran pregunta: desarrollo interno o compra de un servicio externo. Si bien "todo se puede hacer 'in-house' es importante no desatender los proyectos informáticos que están en cartera en su empresa que hacen al mejoramiento de su negocio. En este sentido, una alternativa muy conveniente, sería adquirir un servicio de terceros con soporte 7×24 que sea ampliamente probada.

-Es fundamental que el Prestador seleccionado brinde el asesoramiento profesional, contable e informático que garantice el éxito de la implementación. Y que se mantenga actualizado frente a cambios en la normativa, como de aspectos tecnológicos de las soluciones.

-Resulta clave contratar Prestadores que ofrezcan un sólido servicio de Mesa de Ayuda, que funcione los 7 días de la semana x 24 horas, con sede en el país y que atiendan en el idioma indicado (cuidado: castellano se habla en muchos lugares pero cada país tiene sus particularidades y modismos).

-Sería interesante, considerar soluciones que además de la vinculación automática brinden algún esquema de alternativa manual vía web de carga de Remitos. Obviamente, más eficiente que las páginas web de AFIP para manejar contingencias, o bien poder operar desde lugares remotos adonde no llega red informática de la empresa.