<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/" version="2.0" xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/"><channel><title><![CDATA[Infobae.com]]></title><link>https://www.infobae.com</link><atom:link href="https://www.infobae.com/arc/outboundfeeds/rss/tags_slug/sat/" rel="self" type="application/rss+xml"/><description><![CDATA[Infobae.com News Feed]]></description><lastBuildDate>Sat, 24 Oct 2026 03:56:26 +0000</lastBuildDate><language>es</language><ttl>1</ttl><sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod><sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency><item><title><![CDATA[Nueva Ley de Economía Digital para los mexicanos: pros y contras de los pagos obligatorios con tarjeta ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/23/nueva-ley-de-economia-digital-para-los-mexicanos-pros-y-contras-de-los-pagos-obligatorios-con-tarjeta/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/23/nueva-ley-de-economia-digital-para-los-mexicanos-pros-y-contras-de-los-pagos-obligatorios-con-tarjeta/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[La nueva norma enfrenta diversos señalamientos, incluso, expertos han advertido que algunos de sus aspectos pueden ser inconstitucionales ]]></description><pubDate>Fri, 23 Oct 2026 23:59:53 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OEIJDQKC7BAOXE4JFYPN4NIKPM.jpg?auth=a05a1795c2b19421bd15754f4922b1112b5819d9dba21254a5bc23349ff7a87e&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La nueva Ley de Economía Digital enfrenta diversos cuestionamientos.
Crédito: X/ @eleconomista" height="1080" width="1920"/><p>La<b> </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/23/ley-de-economia-digital-podria-contravenir-a-la-constitucion-por-facultades-que-le-otorga-a-hacienda-advierten-expertos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/23/ley-de-economia-digital-podria-contravenir-a-la-constitucion-por-facultades-que-le-otorga-a-hacienda-advierten-expertos/"><b>Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos </b></a>se encuentra en el centro del debate en <b>México </b>por las implicaciones que podría tener para el comercio, principalmente para los negocios locales y las pequeñas y medianas empresas.</p><p>Tanto diputados como senadores ya aprobaron, en lo particular y en lo general, la iniciativa que tiene como objetivo disminuir el uso de <b>efectivo </b>en distintas<b> </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/26/se-acaba-el-dinero-en-efectivo-en-mexico-la-propuesta-de-sheinbaum-que-busca-reducir-su-uso-para-2027/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/26/se-acaba-el-dinero-en-efectivo-en-mexico-la-propuesta-de-sheinbaum-que-busca-reducir-su-uso-para-2027/"><b>actividades productivas y comerciales.</b></a></p><h2>Ventajas de la nueva Ley de Economía Digital </h2><p>Una de los principales argumentos del gobierno de la presidenta <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/26/se-acaba-el-dinero-en-efectivo-en-mexico-la-propuesta-de-sheinbaum-que-busca-reducir-su-uso-para-2027/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/26/se-acaba-el-dinero-en-efectivo-en-mexico-la-propuesta-de-sheinbaum-que-busca-reducir-su-uso-para-2027/"><b>Claudia Sheinbaum </b></a>para impulsar este ley, es que permitirá aumentar la trazabilidad de las operaciones financieras, así como facilitar las labores de fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>).</p><p>Cabe señalar que la ley no aplicará a todos los sectores económicos del país, ya que será la<b> Secretaría de Hacienda y Crédito Público</b> (<b>SHCP</b>) la encargada de definir las áreas y actividades económicas en la que los establecimientos y negocios tendrían que aceptar únicamente pagos digitales. </p><h2>No genera una nueva obligación fiscal para los contribuyentes</h2><p>Víctor Manuel Barajas, presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (<b>IMEF</b>), señaló que la propuesta facilita los<b> pagos electrónicos.</b> Reduce el uso de efectivo y favorece la formalización. No modifica por sí misma las <b>obligaciones fiscales </b>de los contribuyentes.</p><p>Barajas aclaró que la autoridad fiscal no podría incorporar de forma automática los <b>consumos personales </b>no deducibles a la <b>declaración anual</b> para elevar los ingresos gravables de una persona.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MRJXCZLBAFBQRIGSGIQA2JADSQ.jpg?auth=4627d6aad1ee94bd9f74a7138783cb8dc897b67f00ebb557df384e1f2fc8f9d8&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Antonio Merino, titular de la ATDT, confirmó el pago de los pagos en efectivo en sectores estratégico.
Crédito: Getty Images" height="1080" width="1920"/><p><i>“Es importante distinguir entre tener mayor </i><i><b>información </b></i><i>sobre las </i><i><b>operaciones </b></i><i>de una persona y que esa información genere una nueva obligación fiscal. Una compra de </i><i><b>despensa</b></i><i>, alimentos o cualquier otro gasto personal no se convierte en ingreso gravable simplemente porque se haya pagado con </i><i><b>tarjeta </b></i><i>o </i><i><b>transferencia electrónica</b></i><i>”</i>,<i> </i>explicó en entrevista para<i> El CEO</i>.</p><p>El especialista agregó que la legislación fiscal ya establece qué gastos pueden <b>deducirse </b>y cuáles no. La nueva Ley de Economía Digital no modifica por sí misma esas reglas.</p><h2>Nuevas atribuciones a Hacienda generan cuestionamientos </h2><p>Con la ley antes descrita, la dependencia a cargo de <b>Édgar Amador Zamora</b> recibió la facultad de determinar en qué sectores y actividades sólo se podrán recibir pagos por medios digitales (transferencias, tarjetas,<b> códigos QR,</b> etcétera).</p><p>Sin embargo, estas nuevas atribuciones a Hacienda encendieron las alarmas entre los expertos en la materia, como fue el caso de los analistas<b> Ron Snipeliski</b> y<b> Alfredo Uruchurtu</b>, de la consultoría <b>Uruchurtu&amp;Snipeliski</b>.</p><p>Desde el punto de vista de los expertos, la nueva norma deja más <b>dudas </b>que <b>certezas</b>. Incluso compartieron un análisis en el que explicaron lo siguiente: </p><ul><li><i>“La SHCP decide los sectores. Determinará los ‘sectores estratégicos y actividades relevantes’ en los que los medios de pago digitales podrán ser la única forma de pago permitida. Es decir, ahí ya no se podrá pagar ni </i><i><b>cobrar </b></i><i>en efectivo.</i></li><li><i>“Plazos muy cortos. SHCP tendrá 15 días hábiles desde la entrada en vigor para publicar la lista de</i><i><b> sectores seleccionados</b></i><i> (aunque podrá ampliarla después). Luego, las distintas secretarías encargadas de cada sector tendrán otros 15 días hábiles para emitir las reglas de operación y los plazos de transición.</i></li><li><i>“Casi sin excepciones. Sólo se permitirá pagar en efectivo o con cheque ante una “</i><i><b>contingencia</b></i><i>” (caso fortuito o fuerza mayor que impida el pago digital)”.</i></li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PBMXHRRCN5CEFGYJRONO3MTRIA.jpg?auth=cade3e7ae131851e629963b3498027b38ba063f0c885fe2af65dfe746dc6af3c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los salarios deben en México deben ser pagados con moneda nacional
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>Dada la ambigüedad de la nueva ley, en la práctica, cualquier <b>actividad económica </b>podría quedar incluida. No obstante, el titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (<b>ATDT</b>),<b> Antonio Merino</b> adelantó que las <b>gasolineras </b>y las<b> casetas de peaje </b>serán los primeros espacios en los que desaparecerá el pago en efectivo. </p><h2>La nueva ley… ¡podría ser inconstitucional!</h2><p>Aunque la Ley de Economía Digital tienen sus puntos positivos, para Snipeliski y Uruchurtu puede ir en contra de la <b>Constitución </b>en algunos aspectos, como son los siguientes: </p><p>1. Le corresponde al <b>Congreso </b>decidir los sectores afectados, no a SHCP. Prohibir el uso de efectivo restringe la <b>libertad de comercio </b>(artículo 5 constitucional). Por eso, la propia ley debe señalar en qué casos aplica, y no dejar esa decisión a una autoridad administrativa.</p><p>Así lo hizo la<b> Ley Antilavado, </b>que establece específicamente las operaciones (inmuebles, vehículos, joyas, obras de arte, entre otras) y los montos a partir de los cuales no se puede usar efectivo. La nueva ley, en cambio, no define actividades, operaciones ni montos.</p><p>2. Deja la decisión a la total <b>discreción </b>de SHCP. La <b>Suprema Corte </b>ha permitido que autoridades administrativas regulen aspectos técnicos, siempre que la ley fije las bases y parámetros dentro de los cuales deben actuar. El<b> artículo 13 </b>no define qué es un “sector estratégico” ni establece montos, criterios o condiciones que justifiquen la restricción en el uso de efectivo.</p><p>3. Es <b>desproporcionada</b>. A diferencia de la Ley Antilavado, aquí no hay<b> montos mínimos</b>: el pago digital podría ser obligatorio para cualquier operación, incluso las más pequeñas, lo que podría dejar fuera a personas sin <b>cuenta bancaria</b>, sin <b>tarjeta </b>o sin <b>conectividad</b>.</p><p>4. La excepción por “<b>contingencia</b>” genera<b> incertidumbre jurídica</b>. La ley no dice quién la declara, quién la verifica, cómo se prueba ni si debe ser generalizada o basta con que afecte a un solo comerciante. Además, muchas veces la falla será del banco o del proveedor de internet, no del comerciante.</p><p>5. No hay reglas de <b>supervisión </b>ni de <b>sanción</b>. La ley no dice quién vigila su cumplimiento ni qué pasa si no se cumple. Probablemente esto se definiría en reglas administrativas, cuando las sanciones deben establecerse en una ley.</p><p>Lo relevante será la lista de <b>sectores </b>y actividades que publique la SHCP, así como las <b>reglas </b>que emita cada autoridad sectorial. A partir de esos actos se sabrá con precisión a quién afecta la medida, desde cuándo entra en vigor y bajo qué condiciones.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TQVE4COQIFBUFG4JNSVGJHMB2E.jpg?auth=90f36cb25eff9050ac25394f540bb68390df99db108e467bcb8f3465426655a1&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los salarios deben en México deben ser pagados con moneda nacional
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><h2>Pequeños negocios pueden ser los más afectados </h2><p>Tras la aprobación de la ley, diferentes sectores han advertido sobre las presiones que las <b>misceláneas</b>, las t<b>iendas de la esquina </b>y las <b>Pymes </b>podrían enfrentar en sus ingresos, gracias a los costos asociados con los medios de pago electrónicos frente al efectivo.</p><p>Luis Antonio Andrade León, integrante de la Comisión Técnica de Precios de Transferencia del Colegio de la Contaduría Pública de México (<b>CCPM</b>), señaló que estos negocios estarían entre los más <b>expuestos</b>. Manejan flujos de efectivo de montos reducidos y tendrían que destinar recursos para <b>adaptarse </b>al nuevo esquema.</p><p>A esos gastos se sumarían las <b>comisiones </b>que cobran los bancos y las empresas operadoras de<b> terminales de pago</b>. Esto presionaría los márgenes de algunos negocios del país.</p><p><i>“Sí tendrá un impacto (para las misceláneas y Pymes), ya que el efectivo no tiene comisión. De aprobarse la Ley, se tendrá que incluir dentro de los costos o presupuestos, ya que los bancos mantienen comisiones y resultan ser importantes cuando los márgenes son limitados”,</i> explicó el <b>analista </b>en entrevista para El CEO.</p><p>Dado que aún hay varios <b>aspectos </b>que no se definen, por el momento, la nueva Ley de Economía Digital tiene más <b>contras </b>que ventajas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/OEIJDQKC7BAOXE4JFYPN4NIKPM.jpg?auth=a05a1795c2b19421bd15754f4922b1112b5819d9dba21254a5bc23349ff7a87e&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La nueva Ley de Economía Digital enfrenta diversos cuestionamientos.
Crédito: X/ @eleconomista]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Ley de Economía Digital podría contravenir a la Constitución por facultades que le otorga a Hacienda, advierten expertos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/23/ley-de-economia-digital-podria-contravenir-a-la-constitucion-por-facultades-que-le-otorga-a-hacienda-advierten-expertos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/23/ley-de-economia-digital-podria-contravenir-a-la-constitucion-por-facultades-que-le-otorga-a-hacienda-advierten-expertos/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[La nueva norma ya fue aprobada en el Congreso, pero contiene aspectos que pueden ir en contra de las leyes establecidas]]></description><pubDate>Fri, 23 Oct 2026 02:25:34 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5N7DEFGTKBB3TCWT4ICTH3BRIQ.jpg?auth=447fcc160d861b82aef9c28a2f879482b47312dc5adb98f09f62f774b1ba3739&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La nueva Ley de Economía Digital puede contravenir a la Constitución.
Crédito: Facebook / Net en Vivo" height="1080" width="1920"/><p>La<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/24/en-estaciones-de-gasolina-y-peaje-carretero-se-eliminara-el-pago-en-efectivo-con-nueva-ley-de-tecnologia-digital/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/24/en-estaciones-de-gasolina-y-peaje-carretero-se-eliminara-el-pago-en-efectivo-con-nueva-ley-de-tecnologia-digital/"><b> Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos</b></a><b> </b>ha generado diversas reacciones en <b>México</b>, por las implicaciones que podría tener para el comercio, particularmente en los negocios locales, así como las pequeñas y medianas empresas (<b>Pymes</b>).</p><p>No obstante, el tono de la discusión se ha elevado, porque la nueva ley impulsada por la presidenta, <b>Claudia Sheinbaum Pardo</b>, podría violar la<b> </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/20/el-senado-aprueba-la-nueva-ley-que-obliga-al-pago-digital-y-electronico-a-partir-de-2027/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/20/el-senado-aprueba-la-nueva-ley-que-obliga-al-pago-digital-y-electronico-a-partir-de-2027/"><b>Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</b></a>. </p><h2>Ley de Economía Digital podría contravenir a la Constitución </h2><p>El 6 de octubre, la <a href="https://infobae.com/mexico/2026/10/06/diputados-avalan-en-lo-general-la-ley-de-economia-digital-busca-reducir-el-uso-de-dinero-en-efectivo" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/10/06/diputados-avalan-en-lo-general-la-ley-de-economia-digital-busca-reducir-el-uso-de-dinero-en-efectivo"><b>Cámara de Diputados</b></a> aprobó en lo general y en lo particular la iniciativa para reducir el uso de <b>efectivo </b>en actividades productivas y comerciales. La medida busca aumentar la trazabilidad de las operaciones financieras y facilitar las labores de fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>).</p><p>Cabe señalar que la legislación no aplicaría a todos los sectores económicos del país; no obstante, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (<b>SHCP</b>) tendría la tarea de definir las áreas y <b>actividades </b>económicas en las que los establecimientos y <b>negocios </b>tendrían que aceptar únicamente pagos digitales.</p><h2>¿La Ley de Economía Digital es inconstitucional?</h2><p>El meollo del asunto –mismo que ha generado alertas– está en la <b>facultad</b> otorgada a la dependencia a cargo de <b>Édgar Amador Zamora</b> para definir los <b>sectores </b>sujetos a las nuevas regulaciones.</p><p>En ese sentido, un análisis de<b> Ron Snipeliski</b> y<b> Alfredo Uruchurtu</b> explica si la disposición en cuestión podría constituir una <b>violación </b>a la Constitución mexicana.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MRJXCZLBAFBQRIGSGIQA2JADSQ.jpg?auth=4627d6aad1ee94bd9f74a7138783cb8dc897b67f00ebb557df384e1f2fc8f9d8&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Antonio Merino, titular de la ATDT, confirmó el pago de los pagos en efectivo en sectores estratégico.
Crédito: Getty Images" height="1080" width="1920"/><h2>Congreso debe definir los sectores afectados</h2><p>Los analistas de la consultoría <b>Uruchurtu&amp;Snipeliski</b> sostienen que corresponde al <b>Congreso</b>, no a una autoridad <b>administrativa</b>, definir los sectores afectados por la medida. Advierten además que prohibir el uso de efectivo restringiría la <b>libertad de comercio</b> prevista en el <b>artículo 5</b> de la Constitución.</p><p>El proyecto de ley tampoco <b>define </b>con claridad cuáles serían los sectores afectados, los <b>montos </b>a partir de los cuales se exigirían pagos digitales, ni los <b>criterios </b>y <b>condiciones </b>para aplicar la medida. Esto lo distingue de otras iniciativas, como la llamada <b>Ley Antilavado</b>, que sí precisa esos elementos.</p><h2>No están definidas las reglas de supervisión ni las sanciones </h2><p>Además, los expertos advirtieron que tampoco están definidas las reglas de <b>supervisión</b> y las <b>sanciones</b>.</p><p>Aunado a que la iniciativa específica quién <b>vigilará </b>su cumplimiento ni qué ocurrirá en caso de <b>incumplimiento</b>. Lo mismo sucede con las excepciones previstas para situaciones de “<b>contingencia</b>”.</p><p><i>“Lo relevante será la </i><i><b>lista </b></i><i>de sectores y actividades que publique la SHCP, así como las reglas que emita cada autoridad sectorial. A partir de esos actos se sabrá con precisión a quién afecta, desde cuándo y en qué condiciones”,</i> reza un documento compartido por los analistas el día de ayer.</p><h2>Pymes bajo presión por los pagos digitales</h2><p>Mientras dicha ley acapara los debates, diferentes sectores han advertido sobre las <b>presiones </b>que las misceláneas, las tiendas de la esquina y las <b>Pymes </b>podrían enfrentar en sus ingresos con la nueva norma, debido a los <b>costos</b> asociados con los medios de<b> pago electrónicos</b> frente al efectivo.</p><p>Luis Antonio Andrade León, integrante de la Comisión Técnica de Precios de Transferencia del Colegio de la Contaduría Pública de México (<b>CCPM</b>), señaló que estos negocios figuran entre los más vulnerables. </p><ul><li><b>Operan </b>con flujos de efectivo reducidos.</li><li>Necesitarían destinar <b>recursos </b>para ajustarse al nuevo esquema.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PBMXHRRCN5CEFGYJRONO3MTRIA.jpg?auth=cade3e7ae131851e629963b3498027b38ba063f0c885fe2af65dfe746dc6af3c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los salarios deben en México deben ser pagados con moneda nacional
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>Las comisiones que cobran los <b>bancos </b>y las empresas operadoras de<b> terminales de pago</b> se sumarían a estos gastos. El resultado sería una presión adicional sobre los márgenes de ganancia de varios negocios en el país.</p><p><i>“Sí tendrá un impacto (para las </i><i><b>misceláneas</b></i><i> y Pymes), ya que el efectivo no tiene </i><i><b>comisión</b></i><i>. De aprobarse la Ley, se tendrá que incluir dentro de los costos o presupuestos, ya que los bancos mantienen comisiones y resultan ser importantes cuando los márgenes son limitados”,</i> explicó el especialista en entrevista para <i>El CEO</i>.</p><h2>Los seis puntos sobre porqué consideran que inconstitucional la nueva ley</h2><ul><li>Le corresponde al Congreso decidir los sectores afectados, no a SHCP. Prohibir el uso de efectivo restringe la libertad de comercio (artículo 5 constitucional). Por eso, la propia ley debe señalar en qué casos aplica, y no dejar esa decisión a una <b>autoridad </b>administrativa.</li><li>Así lo hizo la Ley Antilavado, que establece específicamente las operaciones (inmuebles, vehículos, joyas, obras de arte, entre otras) y los montos a partir de los cuales no se puede usar efectivo. La nueva ley, en cambio, <b>no define </b>actividades, operaciones ni montos.</li><li>Deja la decisión a la total <b>discreción </b>de SHCP. La <b>Suprema Corte </b>ha permitido que autoridades administrativas regulen aspectos técnicos, siempre que la ley fije las bases y parámetros dentro de los cuales deben actuar. El artículo 13 no define qué es un “sector estratégico” ni establece montos, criterios o condiciones que justifiquen la restricción en el uso de efectivo.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TQVE4COQIFBUFG4JNSVGJHMB2E.jpg?auth=90f36cb25eff9050ac25394f540bb68390df99db108e467bcb8f3465426655a1&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los salarios deben en México deben ser pagados con moneda nacional
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><ul><li>Es <b>desproporcionada</b>. A diferencia de la Ley Antilavado, aquí no hay montos mínimos: el pago digital podría ser obligatorio para cualquier operación, incluso las más pequeñas, lo que podría dejar fuera a personas sin cuenta bancaria, sin tarjeta o sin conectividad.</li><li>La <b>excepción </b>por “contingencia” genera<b> incertidumbre jurídica</b>. La ley no dice quién la declara, quién la verifica, cómo se prueba ni si debe ser generalizada o basta con que afecte a un solo comerciante. Además, muchas veces la falla será del banco o del proveedor de <b>internet</b>, no del comerciante.</li><li>No hay reglas de supervisión ni de sanción. La ley no dice quién vigila su cumplimiento ni qué pasa si no se cumple. Probablemente esto se definiría en reglas administrativas, cuando las <b>sanciones </b>deben establecerse en una ley.</li></ul><p>Con la Ley de Economía Digital ya <b>aprobada</b>, se ve muy complicado que sufra modificaciones para que no sea inconstitucional, como advierten los expertos. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5N7DEFGTKBB3TCWT4ICTH3BRIQ.jpg?auth=447fcc160d861b82aef9c28a2f879482b47312dc5adb98f09f62f774b1ba3739&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La nueva Ley de Economía Digital puede contravenir a la Constitución.
Crédito: Facebook / Net en Vivo]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Guatemala: la Municipalidad de Mixco subastará vehículos incautados y en abandono en dos eventos el próximo 6 de noviembre]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/10/21/guatemala-la-municipalidad-de-mixco-subastara-vehiculos-incautados-y-en-abandono-en-dos-eventos-el-proximo-6-de-noviembre/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/10/21/guatemala-la-municipalidad-de-mixco-subastara-vehiculos-incautados-y-en-abandono-en-dos-eventos-el-proximo-6-de-noviembre/</guid><dc:creator><![CDATA[Jessica Gramajo]]></dc:creator><description><![CDATA[El Concejo Municipal aprobó el procedimiento que permite rematar bienes no reclamados tras seis meses de publicación oficial, con condiciones estrictas de pago y sin posibilidad de reclamos posteriores por parte de los adjudicatarios]]></description><pubDate>Wed, 21 Oct 2026 03:54:54 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZL37Z6SQHJA7PGNJNWQDNROZLQ.png?auth=6cb5c76344dc35beba81f8ac1a272b48313adf39a4d71049984cf2c08c455130&smart=true&width=1320&height=835" alt="La Municipalidad de Mixco subastará vehículos y motocicletas declarados en abandono que no fueron reclamados en un plazo de seis meses. (Municipalidad de Mixco)" height="835" width="1320"/><p>La <b>Municipalidad de Mixco</b>, en el departamento de Guatemala, <b>subastará vehículos y motocicletas</b> que fueron retirados de la vía pública, <b>incautados</b> o <b>declarados en abandono</b> y que no hayan sido reclamados por sus propietarios dentro del plazo legal.</p><p>El procedimiento está respaldado por un acuerdo aprobado por el Concejo Municipal, que contempla que los bienes pueden pasar a <b>subasta</b> cuando transcurren <b>seis meses</b> desde la publicación de sus características en <b>avisos oficiales</b> sin que exista un <b>reclamo de sus dueños</b> o tenedores legítimos.</p><p>La medida se aplica a vehículos que permanecen en <b>predios municipales</b> luego de haber sido <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/10/17/atu-ha-retirado-de-circulacion-mas-de-500-vehiculos-informales-en-lima-y-callao-durante-2026" rel="noopener noreferrer"><i>retirados de calles o avenidas</i></a>.</p><h2>Los vehículos se venderán en el estado en que se encuentren</h2><p>Las subastas se celebrarán en el Salón Municipal, ubicado en la 4ª calle 4-95 de la zona 1 del municipio de <b>Mixco</b>, en dos eventos que se llevarán a cabo el próximo <b>6 de noviembre</b>.</p><p>El primero iniciará a las <b>10 de la mañana</b>, donde se subastarán <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/10/15/de-lanchas-a-arcades-rematan-224-bienes-de-lujo-en-santa-fe-incautados-al-delito" rel="noopener noreferrer"><i><b>motocicletas</b></i></a>. Mientras que a las <b>14 horas</b> del mismo día se realizará la subasta de vehículos de <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/10/17/desde-una-casa-a-lanchas-y-arcades-los-bienes-de-lujo-incautados-al-delito-que-se-subastaron-en-santa-fe" rel="noopener noreferrer"><i><b>cuatro ruedas</b></i></a>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5ZZP3AKOVNE35EXRYDQR7EAMVQ.jpg?auth=8f799a7a918bb5228ec1476fe40e6fd8115e624fa57aea5411e16ad590f45f42&smart=true&width=1440&height=1800" alt="El remate municipal se llevará a cabo el 6 de noviembre en el Salón Municipal de la zona 1 de Mixco. (Municipalidad de Mixco)" height="1800" width="1440"/><p>Los interesados podrán <b>revisar</b> los vehículos y las motocicletas del <b>2 al 5 de noviembre</b> de 8 a 12 horas y de la una a las cuatro de la tarde en los predios <b>Paralela</b>, ubicado en la 11 calle 6-30, de la zona 4 de Mixco y <b>Minerva</b>, de la 10 avenida 16-70, zona 11 del mismo municipio.</p><p>Tras esa inspección, la municipalidad entregará las bases de participación y el listado de las partidas disponibles.</p><p>Para intervenir como postor será necesario presentar Documento Personal de Identificación (DPI), Número de Identificación Tributaria (NIT) y boleto de ornato vigente. Además, cada participante deberá entregar un depósito equivalente al <b>15% del precio base</b> de la unidad por la que pretenda ofertar.</p><p>La adjudicación se otorgará al <b>mejor posto</b>r y las partidas se ofrecerán <b>en el estado y las condiciones en que se encuentren</b>. La Municipalidad de Mixco <b>no admitirá reclamos posteriores</b> ni devolverá los pagos efectuados por vehículos ya adjudicados.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3TKEKRRJPVGGPNAOSKWD5OLE4Y.jpg?auth=e5d73e88b5442bb6bd13354cbb6a13042e567e13e682863eac1f5360c18cf8a9&smart=true&width=835&height=515" alt="Los interesados podrán inspeccionar las unidades disponibles del 2 al 5 de noviembre en los predios Paralela y Minerva. (Municipalidad de Mixco)" height="515" width="835"/><p>Quien obtenga una partida deberá cancelar el total del precio de adjudicación de inmediato o, como máximo, al día siguiente. Si no cumple con esa obligación, <b>perderá el depósito presentado</b> para participar y la venta quedará sin efecto.</p><p>Los compradores tendrán 10 días hábiles para retirar las unidades del predio municipal. Después de ese período, se aplicarán las tarifas de resguardo del predio.</p><p>Las multas quedarán exoneradas únicamente en el ámbito de la Municipalidad de Mixco. Los nuevos propietarios deberán resolver ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) los trámites pendientes y la inhabilitación de los vehículos dentro de los 30 días posteriores a la adjudicación.</p><h2>La SAT realizará una subasta de vehículos y motocicletas en Puerto Barrios</h2><p>La <b>Superintendencia de Administración Tributaria (SAT)</b> también convocó a una subasta pública aduanera para el viernes 30 de octubre de 2026, a las 9:00 horas, en el Salón del Restaurante Safari de <b>Puerto Barrios</b>, Izabal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KGR73EVSPNG5RKO6N6WBIOWFRI.jpg?auth=cdda539ac2bbbbe78e90b84bee82c603d42a10e29285c6ace14914c462f4427a&smart=true&width=1024&height=768" alt="La Superintendencia de Administración Tributaria programó una subasta pública de 46 partidas aduaneras en Puerto Barrios. (SAT)" height="768" width="1024"/><p>La subasta No. GRN-06-2026 incluirá <b>46 partidas</b>, entre ellas un contenedor refrigerado vacío de 40 pies y 45 vehículos. Los precios base irán de Q 1.900 a Q 20.700, mientras que el valor conjunto de las mercancías asciende a Q 415.465,11.</p><p>Los vehículos, entre motocicletas, automóviles, camionetillas y picops, estarán disponibles para inspección entre el 27 y el 29 de octubre. Los aspirantes deberán tener NIT, datos actualizados en el Registro Tributario Unificado y entregar un cheque de caja por el 25% del precio base de cada partida elegida.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZL37Z6SQHJA7PGNJNWQDNROZLQ.png?auth=6cb5c76344dc35beba81f8ac1a272b48313adf39a4d71049984cf2c08c455130&amp;smart=true&amp;width=1320&amp;height=835" type="image/png" height="835" width="1320"><media:description type="plain"><![CDATA[La Municipalidad de Mixco subastará vehículos y motocicletas declarados en abandono que no fueron reclamados en un plazo de seis meses. (Municipalidad de Mixco)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Oficinas móviles del SAT llegan a Coyoacán hasta el 23 de octubre: qué trámites podrás realizar en ellas sin necesidad cita]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/20/oficinas-moviles-del-sat-llegan-a-coyoacan-hasta-el-23-de-octubre-que-tramites-podras-realizar-en-ellas-sin-necesidad-cita/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/20/oficinas-moviles-del-sat-llegan-a-coyoacan-hasta-el-23-de-octubre-que-tramites-podras-realizar-en-ellas-sin-necesidad-cita/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Identificación oficial vigente, comprobante de domicilio, CURP en original y copia, y una memoria USB para quienes gestionen la e.firma son los materiales indispensables para el módulo]]></description><pubDate>Tue, 20 Oct 2026 15:10:11 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y5FKPVZBN5FO5JLNXBN33SD7XI.png?auth=28bd2dedcf09c6ad4f1ad97279c8a9dd847a57dd0d57fe52c17bef34d9477ad9&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La sede capitalina forma parte de un despliegue nacional que, según informó el SAT, encabezado por Antonio Martínez Dagnino (Composición fotográfica/SAT/Archivo Wikimedia Commons)" height="1024" width="1536"/><p>Las <b>oficinas móviles del Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> llegan a la alcaldía Coyoacán del 20 al 23 de octubre, con atención gratuita y <b>sin necesidad de agendar cita previa</b>. El módulo funcionará en Jardín Centenario número 16, primer piso, colonia Coyoacán, código postal 04000, con horario de 9:00 a 16:00 horas.</p><p>La sede capitalina forma parte de un despliegue nacional que, según informó el SAT, encabezado por <b>Antonio Martínez Dagnino</b>, abarca 46 municipios de 21 estados del país. El organismo fijó la meta de atender a 8 mil 150 personas y concretar 17 mil 077 trámites durante la semana del 19 al 23 de octubre.</p><h2>Qué trámites se pueden hacer en Coyoacán</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/V4SV5XT67NA2JAR2J6OQ2EELUU.jpg?auth=e053ce969925e1ad7cce97cecd39f389487a1e13730978a5929a090fc9da9f2d&smart=true&width=2592&height=1944" alt="Coyoacán es un lugar al Sur de CDMX y famoso por su cultura (Foto: Archivo/Wikimedia Commons)" height="1944" width="2592"/><p>En la unidad itinerante de Coyoacán, los contribuyentes pueden resolver tres gestiones principales sin cita previa: la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la generación o renovación de la e.firma y la obtención de la Constancia de Situación Fiscal (CSF). El personal del módulo también ofrece orientación fiscal general.</p><p>El RFC identifica a personas físicas y morales ante el SAT y resulta indispensable para actividades laborales y fiscales. La e.firma, por su parte, son datos y archivos digitales que acreditan la identidad del titular y permiten firmar documentos electrónicos con validez legal. La Constancia de Situación Fiscal acredita el domicilio y el régimen del contribuyente.</p><p>No todas las sedes del operativo nacional ofrecen el catálogo completo de servicios. En localidades como Córdoba, Culiacán e Iguala, por ejemplo, la atención se limita a la emisión de la CSF y a orientación general, por lo que el SAT recomienda confirmar en el portal oficial qué trámites están disponibles en cada módulo antes de acudir.</p><h2>Qué documentos conviene llevar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GOF4YW5X55DF3BEO3FPBQ3OU3A.jpg?auth=e8d8a5861ca9e3b929889f8babcefe7df8caf4681b1f43e50fae72ba21636d15&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>De acuerdo con la información difundida por el SAT para sus oficinas móviles en distintas ciudades del país, los documentos que conviene preparar antes de acudir al módulo son:</p><p>Identificación oficial vigente, en original</p><p>Comprobante de domicilio reciente</p><p>Clave Única de Registro de Población (CURP), en original y copia impresa</p><p>Memoria USB, exclusivamente para quienes tramiten o renueven la e.firma, ya que ahí se almacenan los archivos digitales generados</p><p>Quienes ya cuenten con RFC y necesiten un trámite relacionado deben llevar también ese número con su homoclave. El SAT advierte que cada servicio tiene requisitos específicos según la situación del contribuyente, por lo que se recomienda revisar la ficha del trámite correspondiente en el portal oficial antes de presentarse en el módulo.</p><h2>Trámites fiscales que vencen en octubre</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YZLPFMT7MBCYLNN6N4NBAHXOJA.jpg?auth=b059efcc300efc63b6473f9f96fda803494b8a5d8179d9743861dcdaaa251d70&smart=true&width=288&height=360" alt="El Programa de Regularización Fiscal del SAT en México ofrece reducciones de hasta el 100 % en multas, recargos y gastos de ejecución. (SAT/Redes sociales)" height="360" width="288"/><p>Además del operativo de oficinas móviles, el SAT mantiene abierto el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/08/el-tramite-en-el-sat-que-conviene-realizar-antes-de-que-termine-octubre-y-te-puede-ahorrar-miles-de-pesos-en-multas-y-recargos" rel="noopener noreferrer"><b>Programa de Regularización Fiscal 2026</b></a>, un esquema que permite reducir hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución a contribuyentes con adeudos del ejercicio fiscal 2024 y anteriores.</p><p>El plazo general para presentar la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/15/adios-a-la-deuda-con-el-sat-los-requisitos-para-acceder-a-la-condonacion-de-deudas-fiscales-y-que-estan-por-vencer" rel="noopener noreferrer">solicitud de condonación</a> sobre créditos fiscales ya determinados por el SAT o por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) vence <b>el 31 de octubre de 2026</b>. Después de esa fecha no se aceptan nuevas solicitudes bajo ese supuesto, según informó el organismo.</p><p>Existe un tercer plazo para quienes buscan autocorregirse de forma voluntaria, sin que la autoridad haya determinado aún su adeudo: ese término se extiende hasta el <b>31 de diciembre de 2026</b>. En todos los casos en que se autorice el pago en parcialidades, la última exhibición debe quedar liquidada a más tardar el 30 de noviembre de 2026, respetando la fecha señalada en cada línea de captura.</p><p>El trámite puede realizarse en línea desde sat.gob.mx sin necesidad de e.firma, ingresando a la sección “Mi Portal” con RFC y contraseña, y seleccionando la opción “Estímulo Fiscal LIF 2026” en Servicios por Internet. También puede gestionarse de forma presencial en cualquier oficina desconcentrada del SAT correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente.</p><p>El programa aplica para personas físicas y morales cuyos ingresos de 2024 no excedieron los 300 millones de pesos, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en el minisitio de Regularización Fiscal 2026.</p><h2>Buzón Tributario: una obligación pendiente</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BIQIKAQ4ZBB5ZJPSS7PHLA75RM.jpg?auth=f72b5b6783897f691a4bfcba8da2f48448b9626fb8ab27b32813bd8bf4f2be0a&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Deben habilitar el Buzón Tributario los contribuyentes que hayan emitido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingresos o recibido CFDI de nómina durante los últimos 12 meses. (SAT)" height="1080" width="1920"/><p>El SAT recordó que el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/29/el-tramite-gratuito-que-el-sat-recomienda-hacer-antes-de-enero-para-evitar-multas-y-recargos" rel="noopener noreferrer">Buzón Tributario</a> es el canal electrónico para recibir notificaciones, consultar comunicaciones y atender requerimientos de la autoridad fiscal. Su habilitación es obligatoria desde 2020 para los contribuyentes inscritos en el RFC que no se encuentren en algún supuesto de excepción.</p><p>La Resolución Miscelánea Fiscal 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2025, estableció que las sanciones por no habilitar el buzón o mantener desactualizados los medios de contacto comenzarán a aplicarse <b>a partir del 1 de enero de 2027</b>. El rango de multa vigente va de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos.</p><p>Deben habilitar el Buzón Tributario los contribuyentes que hayan emitido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingresos o recibido CFDI de nómina durante los últimos 12 meses. La habilitación es opcional para personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica registrada o con actividades suspendidas ante el RFC. Para quienes tributan por sueldos y salarios, es opcional si sus ingresos del ejercicio inmediato anterior fueron menores a 400 mil pesos.</p><p>El trámite se realiza en línea desde el portal del SAT, en el apartado “Buzón Tributario”, ingresando con RFC y contraseña o con e.firma vigente. Dentro de la sección “Configuración” se registran al menos un correo electrónico y un número de celular como medios de contacto.</p><p>El SAT advierte que registrar los datos no completa la habilitación: es necesario confirmar el correo mediante el vínculo enviado por la autoridad y validar el celular con el código recibido por mensaje de texto, ambos dentro de las 72 horas posteriores al registro. Si el procedimiento no se concluye en ese plazo, el sistema cancela la solicitud y debe repetirse desde el inicio.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y5FKPVZBN5FO5JLNXBN33SD7XI.png?auth=28bd2dedcf09c6ad4f1ad97279c8a9dd847a57dd0d57fe52c17bef34d9477ad9&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[La sede capitalina forma parte de un despliegue nacional que, según informó el SAT, encabezado por Antonio Martínez Dagnino (Composición fotográfica/SAT/Archivo Wikimedia Commons)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Adiós a la deuda con el SAT: los requisitos para acceder a la condonación de deudas fiscales y que están por vencer]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/15/adios-a-la-deuda-con-el-sat-los-requisitos-para-acceder-a-la-condonacion-de-deudas-fiscales-y-que-estan-por-vencer/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/15/adios-a-la-deuda-con-el-sat-los-requisitos-para-acceder-a-la-condonacion-de-deudas-fiscales-y-que-estan-por-vencer/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El trámite se realiza en línea desde Mi Portal con RFC y contraseña, o de forma presencial en oficinas del SAT; el incumplimiento de pagos implica perder el beneficio automáticamente]]></description><pubDate>Thu, 15 Oct 2026 17:34:25 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/C77TJFKUIBHRDN3G35HDPUYH24.png?auth=7b76851f44d43aeb5ca5f9af5d2800a3d61be9fb8649c2b14012d411b38f9783&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El esquema está vigente desde el 1 de enero de 2026 y se encuentra en su fase final. La fecha límite general para presentar las solicitudes de regularización es el 31 de octubre, mientras que quienes deseen diferir el pago en dos parcialidades deben tramitarlo a más tardar el 15 de octubre. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) de México presentó el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/08/el-tramite-en-el-sat-que-conviene-realizar-antes-de-que-termine-octubre-y-te-puede-ahorrar-miles-de-pesos-en-multas-y-recargos" rel="noopener noreferrer"><b>Programa de Regularización Fiscal 2026</b></a>, una iniciativa que permite a los contribuyentes reducir hasta el <b>100% en multas, recargos y gastos de ejecución</b> sobre deudas fiscales pendientes.</p><p>El esquema está vigente desde el 1 de enero de 2026 y se encuentra en su fase final. La fecha límite general para presentar las solicitudes de regularización es el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/el-sat-ofrece-hasta-100-de-descuento-en-multas-y-recargos-requisitos-y-como-solicitar" rel="noopener noreferrer"><b>31 de octubre</b></a>, mientras que quienes deseen diferir el pago en dos parcialidades deben tramitarlo a más tardar el <b>15 de octubre</b>.</p><p>El Programa de Regularización Fiscal 2026 es un esquema del SAT que ofrece a contribuyentes con <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/28/sat-2026-que-requisitos-debo-cumplir-para-que-hacienda-disminuya-mi-deuda-fiscal-incluso-hasta-el-100-por-ciento" rel="noopener noreferrer">ingresos de hasta 300 millones de pesos en 2024</a> la posibilidad de reducir hasta el 100% en multas, recargos y gastos de ejecución sobre adeudos del ejercicio 2024 o anteriores, siempre que paguen primero el monto original del impuesto adeudado.</p><h2>Requisitos para acceder al programa</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YZLPFMT7MBCYLNN6N4NBAHXOJA.jpg?auth=b059efcc300efc63b6473f9f96fda803494b8a5d8179d9743861dcdaaa251d70&smart=true&width=288&height=360" alt="El Programa de Regularización Fiscal del SAT en México ofrece reducciones de hasta el 100 % en multas, recargos y gastos de ejecución. (SAT/Redes sociales)" height="360" width="288"/><p>El programa está dirigido a personas físicas y morales cuyos ingresos totales durante el ejercicio fiscal 2024 no hayan superado los <b>300 millones de pesos</b>.</p><p>Los supuestos contemplados para acceder al beneficio incluyen:</p><p>Contribuyentes con adeudos por contribuciones federales o cuotas compensatorias no determinadas por la autoridad.</p><p>Quienes estén sujetos a facultades de comprobación.</p><p>Contribuyentes con créditos fiscales firmes determinados por el SAT o la Agencia Nacional de Aduanas de México (<b>ANAM</b>).</p><p>El beneficio contempla dos vías de acceso: cuando existe una deuda o crédito fiscal ya determinado por la autoridad, y cuando el contribuyente corrige su situación de manera voluntaria.</p><p>Existen restricciones expresas. Quedan excluidos del programa:</p><p>Contribuyentes con sentencias firmes por delitos fiscales.</p><p>Empresas catalogadas de manera definitiva como Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (<b>EFOS</b>).</p><p>Quienes ya hayan aplicado estímulos fiscales transitorios previos.</p><p>El senador <b>Ricardo Monreal</b>, presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, aclaró que el esquema no implica una condonación ni una exención de impuestos. “No hay condonación de impuestos, ni exención de impuestos, pero sí hay estímulos fiscales en materia de recargos, en materia de multas y en materia de gastos de ejecución”, señaló. Monreal remarcó que quien se acoge al beneficio “primero tiene que pagar el impuesto que debe” para acceder a la reducción de los accesorios.</p><h2>Qué deudas y multas abarca el programa</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El esquema aplica a adeudos correspondientes al ejercicio fiscal 2024 o periodos anteriores, determinados tanto por el SAT como por la ANAM.</p><p>Los conceptos incluidos en el programa son:</p><p>Contribuciones propias, retenidas o trasladadas.</p><p>Aprovechamientos y cuotas compensatorias.</p><p>Recargos y gastos de ejecución asociados.</p><p>Multas impuestas por infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior.</p><p>Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago.</p><p>Multas con agravantes.</p><p>La reducción no es uniforme en todos los casos. Las multas por incumplir obligaciones fiscales distintas al pago pueden recibir un descuento del 90% cuando el crédito fiscal firme está constituido exclusivamente por esas sanciones. En cambio, cuando las multas se determinan junto con contribuciones federales, aprovechamientos o cuotas compensatorias omitidas, el estímulo puede alcanzar el 100%.</p><h2>Trámite: pasos para solicitar el beneficio</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR5OEY7KA5BQHB4OEFAT2PB524.png?auth=10bd48b9b6c8f36c4d9cff3ca3613adf212102c335f025cdd2a3410a3101e090&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Un funcionario revisa documentos en un expediente de papel sobre su escritorio en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El procedimiento puede completarse de manera presencial en las oficinas del SAT o de forma digital a través del portal institucional.</p><p>Para realizar el trámite en línea, los pasos son:</p><p>1. Ingresar al sitio <b>sat.gob.mx</b>.</p><p>2. Acceder a la sección “Mi Portal” con el RFC y la contraseña vigente.</p><p>3. Enviar un escrito libre solicitando la adhesión formal al Programa de Regularización Fiscal.</p><p>4. Esperar la respuesta de la autoridad.</p><p>5. Realizar el pago dentro de los plazos establecidos, en una o dos exhibiciones.</p><p>Si el contribuyente tiene un crédito fiscal firme determinado por el SAT o la ANAM, el procedimiento específico es:</p><p>1. Ingresar a la sección “Servicios por internet” dentro del portal.</p><p>2. Seleccionar la opción “Estímulo Fiscal LIF 2026” en el apartado de trámites.</p><p>3. Presentar la solicitud correspondiente.</p><p>4. Si el adeudo está impugnado, presentar el acuse de desistimiento para acceder al estímulo.</p><p>5. Cubrir el monto indicado una vez que la autoridad emita el formulario de pago, dentro de un plazo de 15 días naturales.</p><p>Para contribuciones federales, aprovechamientos o cuotas compensatorias, el SAT contempla, según el caso, el pago hasta en seis parcialidades.</p><p>El SAT advirtió que no basta con presentar la solicitud dentro de los plazos: también es necesario cumplir con los pagos en las fechas establecidas para conservar el beneficio. El incumplimiento de los plazos fijados resulta en la pérdida automática de las condonaciones y recargos condicionados.</p><p>Para contribuyentes con créditos fiscales firmes, la fecha límite de trámite es el 31 de octubre, mientras que quienes buscan la autocorrección mediante la presentación de declaraciones cuentan con un plazo hasta el 31 de diciembre de 2026.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3LEISYCKVNDDPDSSSIYXF4AV54.jpg?auth=543fc356c3dd071773a132820ad3a3bafa637b9592b56aa163c1e20b340f087d&smart=true&width=288&height=360" alt="Una infografía del SAT detalla los adeudos y multas fiscales correspondientes al ejercicio 2024 o anteriores en México. (SAT/Redes sociales)" height="360" width="288"/><h2>Resultados del programa y continuidad en 2027</h2><p>Hasta agosto de 2026, el Programa de Regularización Fiscal había beneficiado a <b>38,399 contribuyentes</b>, con una recaudación de <b>6,436 millones de pesos</b> recuperados mediante la regularización de obligaciones pendientes.</p><p>El esquema no es nuevo. Según explicó Monreal, el programa aplica desde 2025, cuando estuvo dirigido a contribuyentes con ingresos de hasta 35 millones de pesos anuales para los ejercicios fiscales 2023 y anteriores. En 2026 se replicó y el límite de ingresos se amplió a 300 millones de pesos para el ejercicio fiscal 2024 y anteriores.</p><p>La Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para 2027, que contempla la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/15/diputados-aprueban-ley-de-ingresos-2027-y-eliminan-tope-para-regularizacion-fiscal" rel="noopener noreferrer">continuidad del programa sin límite de ingresos</a> para inscribirse, lo que permitiría el acceso a los aproximadamente <b>16,000 grandes contribuyentes</b> del país.</p><p>La propuesta para 2027 permitiría reducir hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución correspondientes a adeudos fiscales de 2025 y ejercicios anteriores, aunque los beneficiarios deberán cubrir el monto original de los impuestos pendientes y su actualización.</p><p>El proyecto de Ley de Ingresos 2027 aún debe completar el proceso legislativo antes de entrar en vigor. Mientras tanto, el SAT mantiene vigente el Programa de Regularización Fiscal 2026 con las fechas límite del 15 y 31 de octubre ya establecidas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/C77TJFKUIBHRDN3G35HDPUYH24.png?auth=7b76851f44d43aeb5ca5f9af5d2800a3d61be9fb8649c2b14012d411b38f9783&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una funcionaria del Servicio de Administración Tributaria asiste a una contribuyente con documentos en una de sus oficinas de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Diputados aprueban “reserva” surgida de acuerdo entre Sheinbaum y el CCE para ampliar regularización fiscal]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/15/diputados-aprueban-reserva-surgida-de-acuerdo-entre-sheinbaum-y-el-cce-para-ampliar-regularizacion-fiscal/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/15/diputados-aprueban-reserva-surgida-de-acuerdo-entre-sheinbaum-y-el-cce-para-ampliar-regularizacion-fiscal/</guid><dc:creator><![CDATA[Jaqueline Viedma]]></dc:creator><description><![CDATA[La mandataria mexicana dio a conocer la medida durante su discurso en el evento del 50 aniversario del Consejo Coordinador Empresarial]]></description><pubDate>Thu, 15 Oct 2026 03:30:12 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>Tras asistir al aniversario <b>50 del Consejo Coordinador Empresarial </b>(CCE), la presidenta <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/13/sheinbaum-anuncia-inversion-de-84-billones-de-pesos-en-infraestructura-durante-aniversario-del-consejo-coordinador-empresarial/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/13/sheinbaum-anuncia-inversion-de-84-billones-de-pesos-en-infraestructura-durante-aniversario-del-consejo-coordinador-empresarial/"><b>Claudia Sheinbaum</b></a> se vio motivada a proponer una ampliación del Programa de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/14/aprueban-ley-de-ingresos-2027-en-san-lazaro-contempla-billones-en-gasto-publico-endeudamiento-interno-y-combate-al-huachicol-fiscal/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/14/aprueban-ley-de-ingresos-2027-en-san-lazaro-contempla-billones-en-gasto-publico-endeudamiento-interno-y-combate-al-huachicol-fiscal/"><b>Regularización Fiscal para 2027</b></a>, con el objetivo de que los contribuyentes con adeudos ante el fisco puedan acceder a <b>beneficios</b> sin límite de ingresos. </p><p>El dictamen avanzó en la <b>Cámara de Diputados</b>, donde <b>Morena </b>y sus aliados del Partido Verde Ecologista de México (<b>PVEM</b>) y el Partido del Trabajo (<b>PT</b>) aprobaron una reserva durante la dictaminación de la <b>Ley de Ingresos de la Federación</b> para el próximo año.</p><p>El anuncio se produjo el martes 13 de octubre, durante un encuentro con empresarios, cuando Sheinbaum adelantó que propondría a la Secretaría de Hacienda eliminar el tope para quienes busquen <b>regularizar sus deudas fiscales</b>. </p><p>“<b>El próximo año se puede pagar a cualquier monto</b>”, declaró la mandataria, al explicar que la intención era permitir el pago de adeudos sin multas ni recargos, mediante un mecanismo que posteriormente tendría que ser aprobado por el Congreso.</p><p>La modificación fue presentada por el coordinador de Morena en San Lázaro, <b>Ricardo Monreal</b> Ávila, quien explicó que el acuerdo busca <b>ampliar el número de beneficiarios</b>, facilitar la recuperación de <b>créditos fiscales </b>y brindar mayor certidumbre jurídica a empresas y personas contribuyentes. </p><h2>¿Qué aprobaron los diputados y cómo surgió el acuerdo con Sheinbaum?</h2><p>La reserva aprobada ante el Pleno de la Cámara de Diputados modifica el artículo <b>Vigésimo Primero Transitorio</b> de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2027, el cambio consiste en <b>retirar el límite de ingresos anuales de 300 millones de pesos</b> que condicionaba el acceso al Programa de Regularización Fiscal.</p><p>El legislador sostuvo que la mayoría parlamentaria debía dar congruencia al planteamiento acordado entre el Ejecutivo y el sector empresarial, ya que con la reserva, el beneficio podría extenderse a contribuyentes que antes quedaban fuera por superar el <b>límite de ingresos</b>, incluidos grandes contribuyentes.</p><p>El objetivo es que el programa no se concentre únicamente en <b>personas físicas y</b> empresas de menor tamaño, sino que también contemple a quienes registran <b>adeudos fiscales de mayor cuantía</b>, siempre que cumplan con las condiciones establecidas en la legislación.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6UUXDB6EEZADXF72K4JVV5FKAQ.jpeg?auth=9812832db378a7c4066293d0a59ddc644ef7972c013bf9b10bfad37ef98e0365&smart=true&width=2560&height=1499" alt="Diputados aprueban “reserva” surgida de acuerdo entre Sheinbaum y el CCE para ampliar regularización fiscal. (Foto: Presidencia)" height="1499" width="2560"/><h2>¿Cómo funcionará la regularización fiscal y qué deudas contempla?</h2><p>El programa está dirigido a personas físicas y morales que tengan<b> créditos fiscales firmes</b> o <b>consentidos </b>cuya administración y recaudación corresponda al Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) o a la <b>Agencia Nacional de Aduanas</b> de México.</p><p>De acuerdo con la explicación de Monreal, el mecanismo permite <b>reducir </b>o <b>eliminar </b>determinados conceptos asociados a los adeudos, pero no libera al contribuyente de cubrir los impuestos que debe.</p><p>Entre los conceptos contemplados por el estímulo se encuentran:</p><ul><li><b>Multas fiscales:</b> sanciones relacionadas con el incumplimiento de obligaciones tributarias.</li><li><b>Recargos:</b> cantidades adicionales que se generan por el pago tardío de contribuciones.</li><li><b>Gastos de ejecución:</b> costos derivados de las acciones de cobro de un crédito fiscal.</li><li><b>Adeudos contemplados en la disposición:</b> créditos relacionados con contribuciones federales propias, retenidas o trasladadas, aprovechamientos, determinadas multas y cuotas compensatorias.</li></ul><p>La condición central es que primero <b>se pague el impuesto adeudado </b>para poder acceder al beneficio correspondiente sobre multas, recargos y gastos de ejecución.</p><p>“No hay condonación de impuestos, no hay exención de impuestos”, enfatizó Monreal al defender la modificación. </p><p>El legislador insistió en que el <b>programa no representa una eliminación de las obligaciones fiscales</b>, sino una facilidad para regularizar adeudos y disminuir los costos adicionales que enfrentan los contribuyentes.</p><p>Por ello, aunque el cambio amplía el universo potencial de beneficiarios, no significa que cualquier deuda desaparezca automáticamente ni que todos los conceptos asociados a un crédito fiscal queden eliminados sin condiciones.</p><h2>¿Qué cambia al eliminar el límite de 300 millones de pesos?</h2><p>La modificación retira del texto legal el requisito de que los ingresos totales del contribuyente durante el ejercicio fiscal 2025 no hayan excedido los 300 millones de pesos, conforme a las disposiciones del <b>Impuesto sobre la Renta</b>.</p><p>También elimina la referencia que restringía el beneficio a créditos fiscales fuera de la competencia de la <b>Administración General de Grandes Contribuyentes</b>, de acuerdo con el Reglamento Interior del SAT y otras disposiciones aplicables.</p><p>En términos prácticos, el cambio busca que el estímulo pueda alcanzar a contribuyentes de diferentes tamaños, incluidas empresas con ingresos superiores al límite anterior y grandes contribuyentes.</p><p>La ampliación representa un cambio importante respecto al programa aplicado el año pasado, cuando el tope de ingresos dejó fuera a numerosos posibles beneficiarios.</p><p>Para 2027, Monreal planteó que el programa podría beneficiar hipotéticamente a cerca de <b>30 millones de contribuyentes</b>. En su explicación también mencionó alrededor de 2.5 millones de personas morales y cerca de 16 mil grandes contribuyentes, estos últimos con una aportación conjunta al erario de aproximadamente 2.3 billones de pesos.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/6UUXDB6EEZADXF72K4JVV5FKAQ.jpeg?auth=9812832db378a7c4066293d0a59ddc644ef7972c013bf9b10bfad37ef98e0365&amp;smart=true&amp;width=2560&amp;height=1499" type="image/jpeg" height="1499" width="2560"><media:description type="plain"><![CDATA[Diputados aprueban “reserva” surgida de acuerdo entre Sheinbaum y el CCE para ampliar regularización fiscal. (Foto: Presidencia)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT abre nuevos módulos en colaboración con el ISSSTE: dónde están y qué trámites se pueden realizar en ellos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/14/el-sat-abre-nuevos-modulos-en-colaboracion-con-el-issste-donde-estan-y-que-tramites-se-pueden-realizar-en-ellos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/14/el-sat-abre-nuevos-modulos-en-colaboracion-con-el-issste-donde-estan-y-que-tramites-se-pueden-realizar-en-ellos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La capital cuenta con cuatro Administraciones Desconcentradas y cinco Módulos de Servicios Tributarios; el directorio en sat.gob.mx permite buscar por código postal para ubicar la sede más próxima]]></description><pubDate>Wed, 14 Oct 2026 12:45:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5WIFWZWRBZB7ZDPDHFEP2U7CWY.png?auth=9e499202fef118bfc769f0b41f9c38f4b50e58509f3138a88137ab198c24fb32&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El anuncio lo realizó la cuenta oficial @SATMX, que detalló la dirección exacta y los trámites disponibles en la nueva sede. El organismo atribuyó la apertura a una “colaboración interinstitucional” con el ISSSTE. (Composición SAT/Instagram/Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> anunció la apertura de un nuevo <b>Módulo de Servicios Tributarios (MST)</b> en la Ciudad de México, ubicado sobre avenida Vasco de Quiroga, en la alcaldía Cuajimalpa de Morelos. Con esta sede, la red nacional de atención a contribuyentes alcanza <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/29/el-sat-anuncia-la-apertura-de-dos-nuevos-modulos-de-servicios-tributarios" rel="noopener noreferrer"><b>172 oficinas</b></a> en todo el país.</p><p>El anuncio lo realizó la cuenta oficial <b>@SATMX</b>, que detalló la dirección exacta y los trámites disponibles en la nueva sede. El organismo atribuyó la apertura a una “colaboración interinstitucional” con el ISSSTE.</p><h2>Dónde está el nuevo módulo</h2><p>El nuevo MST se ubica en <b>avenida Vasco de Quiroga 3800, sótano 1, local 1003, colonia Lomas de Santa Fe, alcaldía Cuajimalpa de Morelos</b>. Con esta apertura, Cuajimalpa se suma como la octava alcaldía de la capital con presencia fija del SAT, luego de Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc, Iztacalco, Xochimilco, Benito Juárez, Coyoacán e Iztapalapa.</p><p>La nueva sede concentra los servicios presenciales más solicitados por los contribuyentes de la zona poniente de la capital, en una región con alta concentración de oficinas corporativas y actividad económica.</p><h2>Trámites que podrás realizar en el nuevo módulo</h2><p>Según el comunicado de @SATMX, el módulo de Vasco de Quiroga ofrece los siguientes servicios:</p><p><b>Inscripción al RFC</b> para personas físicas</p><p>Generación de <b>e.firma</b> para personas físicas</p><p>Obtención de <b>constancias</b> (Constancia de Situación Fiscal)</p><p><b>Actualización de datos</b> en el Registro Federal de Contribuyentes</p><p>Acceso a servicios de <b>SAT ID</b></p><p>Uso de <b>salas de internet para autoservicio</b></p><p>Estos son los mismos trámites que el SAT habilitó en abril en los módulos de SuperISSSTE Zaragoza y Culhuacán: inscripción al RFC, gestión y renovación de e.firma, actualización de datos y entrega de Constancia de Situación Fiscal, de acuerdo con el comunicado difundido en ese momento.</p><h2>El mismo programa que trajo dos módulos en abril</h2><p>La apertura en Cuajimalpa no es un hecho aislado. Corresponde al mismo esquema de expansión que el SAT utilizó en abril de 2026, cuando inauguró dos módulos en la capital en colaboración con el <b>Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)</b>.</p><p>El 6 de abril entraron en operación el <b>MST SuperISSSTE Zaragoza</b>, en Calzada Ignacio Zaragoza 1711, colonia Tepalcates, alcaldía Iztapalapa, y el <b>MST SuperISSSTE Culhuacán</b>, en avenida Santa Ana esquina Canal Nacional, colonia San Francisco Culhuacán, alcaldía Coyoacán. Ambos se instalaron dentro de tiendas de la cadena SUPERISSSTE. Ese mismo día abrió un tercer módulo en Zacapu, Michoacán, con apoyo del gobierno municipal.</p><p>Con esas tres aperturas, el SAT había llegado a 169 oficinas en el país. El módulo de Cuajimalpa eleva la cifra a 172, lo que confirma que la expansión continuó en los meses posteriores.</p><h2>El Plan Maestro 2026 como marco de la expansión</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ULH7EJFJ3BEYLCRIMWPFUW2XM4.jpg?auth=61843065c62e2e9e08bdabe1db13c84206da6ec0808c15abbcff0abd00cc1897&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Durante la ceremonia de inauguración del módulo en SuperISSSTE Zaragoza, autoridades del ISSSTE adelantaron la posibilidad de abrir más oficinas del SAT en otras sucursales de la cadena  VICTORIA VALTIERRA/CUARTOSCURO" height="1080" width="1920"/><p>Las aperturas de abril se enmarcaron en el <b>Plan Maestro 2026</b>, una política del SAT que impulsa la instalación de módulos en comunidades con crecimiento poblacional y económico, con el objetivo declarado de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/05/31/tramites-del-sat-sin-filas-ni-traslados-conoce-el-servicio-de-oficina-movil/" rel="noopener noreferrer">reducir desplazamientos</a> y acercar los servicios tributarios a la ciudadanía.</p><p>Durante la ceremonia de inauguración del módulo en SuperISSSTE Zaragoza, autoridades del ISSSTE adelantaron la posibilidad de abrir más oficinas del SAT en otras sucursales de la cadena, ubicadas en distintos estados del país.</p><h2>Mapa completo de oficinas del SAT en la capital</h2><p>Con el módulo de Cuajimalpa, la Ciudad de México cuenta con nueve sedes fijas del SAT: cuatro Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente (ADSC) y cinco Módulos de Servicios Tributarios (MST).</p><p>Las ADSC son las oficinas principales en cada zona y resuelven prácticamente cualquier trámite, incluidos los menos frecuentes:</p><p><b>ADSC Distrito Federal 1 Norte:</b> Bahía de Santa Bárbara núm. 23, planta baja, colonia Verónica Anzures, alcaldía Miguel Hidalgo.</p><p><b>ADSC Distrito Federal 2 Centro:</b> avenida Paseo de la Reforma Norte núm. 10, piso 2, Edificio Torre Caballito, colonia Tabacalera, alcaldía Cuauhtémoc.</p><p><b>ADSC Distrito Federal 3 Oriente:</b> Viaducto Río de la Piedad núm. 507, colonia Granjas México, alcaldía Iztacalco.</p><p><b>ADSC Distrito Federal 4 Sur:</b> avenida San Lorenzo núm. 104, colonia San Lorenzo La Cebada, alcaldía Xochimilco.</p><p>Los MST son oficinas de menor tamaño que concentran los trámites más solicitados: e.firma, RFC, contraseña y constancias:</p><p><b>MST Del Valle:</b> Félix Cuevas núm. 301, colonia Del Valle, alcaldía Benito Juárez.</p><p><b>MST Oasis:</b> alcaldía Coyoacán.</p><p><b>MST SuperISSSTE Culhuacán:</b> avenida Santa Ana esquina Canal Nacional, colonia San Francisco Culhuacán, alcaldía Coyoacán.</p><p><b>MST SuperISSSTE Zaragoza:</b> Calzada Ignacio Zaragoza núm. 1711, colonia Tepalcates, alcaldía Iztapalapa.</p><p><b>MST Vasco de Quiroga:</b> avenida Vasco de Quiroga 3800, sótano 1, local 1003, colonia Lomas de Santa Fe, alcaldía Cuajimalpa de Morelos.</p><h2>Cómo ubicar el módulo más cercano</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HNOH4FHM3RGD7D6IPN7J2IJGGU.jpg?auth=b0807dca77f5b9cfd153807f7b503b6ec3604e825693866dee19369ae9cf1273&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Ahí es posible buscar por estado, por nombre de oficina o módulo, o directamente por código postal, para obtener la dirección exacta y el horario de atención de la sede más próxima. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>El SAT concentra la información de todas sus sedes en el <b>Directorio Nacional de Módulos de Servicios Tributarios</b>, disponible en el <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2022/09/29/sat-que-es-la-oficina-virtual-y-que-servicios-ofrece/" rel="noopener noreferrer">portal sat.gob.mx</a>. Ahí es posible buscar por estado, por nombre de oficina o módulo, o directamente por código postal, para obtener la dirección exacta y el horario de atención de la sede más próxima.</p><p>Todas las oficinas de la capital comparten el mismo teléfono de atención nacional: <b>55 627 22 728</b> desde México, o <b>(+52) 55 627 22 728</b> desde el extranjero. Ninguna de las sedes de la Ciudad de México cuenta con línea telefónica propia.</p><p>El horario general reportado en el directorio es de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 horas, y los viernes de 8:30 a 15:00 horas, aunque se recomienda confirmar el horario exacto de cada sede al momento de agendar la cita.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5WIFWZWRBZB7ZDPDHFEP2U7CWY.png?auth=9e499202fef118bfc769f0b41f9c38f4b50e58509f3138a88137ab198c24fb32&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[El anuncio lo realizó la cuenta oficial @SATMX, que detalló la dirección exacta y los trámites disponibles en la nueva sede. El organismo atribuyó la apertura a una “colaboración interinstitucional” con el ISSSTE. (Composición SAT/Instagram/Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Secretaría Anticorrupción reporta posibles daños al erario por 957 millones de pesos en Birmex y Migración ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/10/secretaria-anticorrupcion-reporta-posibles-danos-al-erario-por-957-millones-de-pesos-en-birmex-y-migracion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/10/secretaria-anticorrupcion-reporta-posibles-danos-al-erario-por-957-millones-de-pesos-en-birmex-y-migracion/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[Los desfalcos fueron detectados en las auditorías correspondientes a los años 2024 y 2025 a ambas dependencias]]></description><pubDate>Sat, 10 Oct 2026 22:11:24 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p> </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IXYX3W3R4VAA3O32CNTDDOFEJQ.jpg?auth=22412175c45d4a7fe21767e3f3ddbc30876c8fd9457faae07541cc92861782df&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Secretaría Anticorrupción detectó posibles daños al erario en Birmex y el INM.
Crédito: Birmex" height="1080" width="1920"/><p>La posible<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/07/secretaria-anticorrupcion-detecta-irregularidades-por-mas-de-500-millones-de-pesos-en-las-becas-benito-juarez/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/07/secretaria-anticorrupcion-detecta-irregularidades-por-mas-de-500-millones-de-pesos-en-las-becas-benito-juarez/"><b> Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno </b></a>(SAGB) informó que halló un posible daño al erario por 419.5 millones de pesos en Laboratorios de Biológicos y Reactivos de México (<b>Birmex</b>) por compras consolidadas de medicamentos sin respaldo documental; y el <b>Instituto Nacional de Migración</b> (INM) está en una situación similar.</p><p>Lo anterior, se deriva de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/21/buen-gobierno-sanciona-a-47-servidores-publicos-y-una-empresa-impone-multas-millonarias-e-inhabilitaciones-de-hasta-10-anos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/21/buen-gobierno-sanciona-a-47-servidores-publicos-y-una-empresa-impone-multas-millonarias-e-inhabilitaciones-de-hasta-10-anos/"><b>auditorías </b></a>llevadas a cabo en los años 2024 y 2025. La SABG informó que Birmex fue la única dependencia cuyos estados de hace dos años no pudieron ser dictaminados porque el auditor externo nunca recibió su información contable y presupuestal.</p><h2>Anticorrupción reportó posible daño patrimonial en Brimex</h2><p>El<a href="https://infobae.com/mexico/2026/09/22/el-3-de-los-funcionarios-en-mexico-no-han-hecho-su-declaracion-patrimonial-exhibe-buen-gobierno" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/09/22/el-3-de-los-funcionarios-en-mexico-no-han-hecho-su-declaracion-patrimonial-exhibe-buen-gobierno"> <b>Informe del Resultado de la Fiscalización 2025</b></a>, que recientemente publicó la secretaría a cargo de <b>Raquel Buenrostro</b>, reveló que el <b>Órgano Interno de Control</b> (OIC) de Birmex, cuyos auditores forman parte de Anticorrupción y no de la entidad revisada, detectó en actos de fiscalización ejecutados en 2024 y 2025 “expedientes de compras consolidadas que no estaban soportados documentalmente”. </p><p>Este detalle, implicaría, además, “la posible contratación indebida de <b>bienes </b>y <b>servicios</b>” por 192.8 millones de pesos. Respecto a los estados financieros, el documento también detalla que el despacho “no contó con la información contable y presupuestal anual del ejercicio 2024”.</p><h2>Birmex debe aclarar las observaciones hechas por la SABG</h2><p>Además, el reporte advierte que las <b>observaciones </b>pueden “estár en proceso de aclaración a la fecha del informe o formar parte de un <b>proceso deliberativo</b> por las autoridades competentes”.</p><p>También indica que Birmex “deberá presentar la <b>documentación </b>que aclare dicha situación”. En caso de no <b>solventarse</b>, los hallazgos pueden turnarse al área de investigación y derivar en <b>sanciones </b>administrativas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/F5OWNYABKBHXZJQJ2BRANRGMR4.png?auth=db9fb4a66a7e1a1bf1b9acf55fbdfba4bb4a76febbf35203a3cad7e3364b333d&smart=true&width=660&height=523" alt="El INM tampoco pudo reportar en que gastó 537 millones de pesos.
Crédito: Distintas Latitudes." height="523" width="660"/><p>Respecto a Birmex y otras instituciones del sector <b>salud</b>, la SABG formuló recomendaciones orientadas a mejorar el control de las <b>contrataciones</b>. El documento señala la necesidad de “mejorar la trazabilidad de las contrataciones, el seguimiento de los pagos realizados e implementar un sistema de referencia de precios históricos e investigaciones de mercado”.</p><h2>Dependencia recibe recomendaciones correctivas </h2><p><i>La Jornada</i> reportó que el informe de resultados finales de la auditoría 2025-02-OIC-12-277-AAD-001 --que se puede consultar en la<b> Plataforma Nacional de Transparencia</b>–, practicada por el OIC en Birmex, expone <b>25 procedimientos</b> de compra consolidada realizados entre enero de 2024 y julio de 2025. </p><p>Luego de analizar la respuesta de la dependencia, el órgano emitió en su dictamen, recibido por Birmex en noviembre de 2025, una serie de recomendaciones correctivas y <b>preventivas </b>al detectar diversas observaciones, que también pueden estár actualmente en fase de <b>solventación</b>.</p><h2>Auditorías revelan los mayores gastos sin comprobar de Birmex </h2><p>Entre los casos de mayor monto, la auditoría detectó un pago en exceso de 65.6 millones de pesos a <b>Farmacéuticos Maypo</b> por dos<b> claves de medicamentos </b>de patente, adquiridas a 81 mil 26 pesos por unidad. El documento indicó que “no se presentó la cotización correspondiente” y advirtió que ese sobreprecio “pudiera representar un posible daño al erario”.</p><p>Mientras que en la compra consolidada para 2025-2026 se <b>adjudicaron </b>423 claves por 49 mil 738 millones de pesos a nueve <b>empresas </b>que no entregaron documentación legal-administrativa obligatoria, “cuando las mismas debieron ser desechadas”, según el OIC. </p><p>Asimismo, la auditoría identificó tres diferencias en las cantidades requeridas por las <b>instituciones</b>, “lo que podría representar <b>desabasto</b>”. </p><p>Cabe señalar que el órgano fiscalizador atribuyó las irregularidades a “deficiencias en los controles internos y de supervisión, falta de capacitación del personal” y al “<b>desconocimiento </b>de la <b>normatividad </b>aplicable”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BQIVNNXJHNCINBTEM5UBWYXBQY.jpg?auth=41c74e7ed1b50d147ee7fe8a69fb65a515bdeb4008c291c2b0a27f38397730dd&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Raquel Buenrostro indicó que en 2026 se alcanzó una cifra récord en la entrega de la declaración patrimonial. | Presidencia" height="1080" width="1920"/><h2>INM no reporta en qué gastó 537.6 millones de pesos </h2><p>Por su parte, el Informe del Resultado de la Fiscalización 2025 de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno también expuso fallas en la supervisión de los ingresos por servicios <b>migratorios </b>a personas que viajan por vía aéra, lo que provocó que 537.6 millones de pesos no fueran reportados o se enteraran fuera de tiempo en el Instituto Nacional de Migración (INM).</p><p>No obstante, el propio <b>documento </b>advierte que las observaciones de la Secretaría pueden estár aún en proceso de aclaración.</p><h2>También aplican medida correctiva al INM</h2><p>En el apartado del sector <b>Gobernación</b>, la dependencia revisó ingresos por 31 mil 412.6 millones de pesos por los servicios mencionados e identificó “fallas en la supervisión de éstos”. El informe no precisa a qué <b>ejercicio </b>corresponden los ingresos revisados ni identifica a las aerolíneas involucradas.</p><p>Como medida correctiva, se determinó “establecer <b>conciliaciones </b>mensuales de manera sistematizada” y un mecanismo de control para que las aerolíneas, a través de la <b>Dirección General de Administración del INM</b>, “lleven a cabo la comprobación del entero de los recursos”.</p><h2>Tesorería de la Federación recupera 284 millones de pesos</h2><p>De acuerdo con el reporte, se recuperaron 284.1 millones de pesos a favor de la <b>Tesorería de la Federación</b>. Otros 399.6 millones en créditos fiscales fueron remitidos al Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) para su cobro, “con las actualizaciones y recargos”.</p><p> La SABG también sostuvo que estas acciones “permitieron la <b>regularización </b>de ingresos y el cobro de créditos fiscales, en beneficio de la <b>transparencia</b> y del buen uso de los recursos públicos”.</p><p>Sin embargo, el INM no aparece en la relación de informes de irregularidades detectadas que los órganos internos de control turnaron en 2025 a las áreas de <b>denuncias</b> e <b>investigaciones</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2CMJQPMHB5F5VPSQLQKMFYHCTA.png?auth=88902656e03cfff54b16dab09779650f6965895525af91887b4c238c99b9589c&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un par de manos sostiene billetes de quinientos y mil pesos mexicanos junto al logotipo del Servicio de Administración Tributaria. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Observaciones aún pueden estár en proceso de aclaración</h2><p>Sobre el estatus de los hallazgos, la SABG precisó que las observaciones “pueden estar en <b>proceso </b>de aclaración a la fecha del informe o formar parte de un proceso deliberativo por las autoridades competentes”.</p><p>De los dos mil 549 <b>hallazgos </b>determinados por estos órganos durante 2025, el 57.7 por ciento seguía en proceso de atención al cierre del periodo reportado.</p><p>Más allá de las observaciones realizadas por la Secretaría Anticorrupción, lo importante es que <b>dependencias </b>como Birmex y Migración sancionen y recuperen los recursos no reportados. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/IXYX3W3R4VAA3O32CNTDDOFEJQ.jpg?auth=22412175c45d4a7fe21767e3f3ddbc30876c8fd9457faae07541cc92861782df&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La Secretaría Anticorrupción detectó posibles daños al erario en Birmex y el INM.
Crédito: Birmex]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT publica nueva lista negra: exhibe a más de 100 presuntos “factureros”]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/10/sat-publica-nueva-lista-negra-exhibe-a-mas-de-100-presuntos-factureros/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/10/sat-publica-nueva-lista-negra-exhibe-a-mas-de-100-presuntos-factureros/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[Son 120 “contribuyentes” fraudulentos, entre los que destacan empresas y personas físicas de distintas entidades del país]]></description><pubDate>Sat, 10 Oct 2026 03:06:36 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT publicó en el DOF una nueva lista de 120 "factureros". 
Crédito: X/ @SATMX" height="1080" width="1920"/><p>Este viernes se dio a conocer que el Servicio de Administración Tributaria (<a href="https://infobae.com/mexico/2026/09/18/sat-aclara-que-no-existen-embargos-masivos-de-cuentas-bancarias-en-que-casos-si-puede-inmovilizar-fondos" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/09/18/sat-aclara-que-no-existen-embargos-masivos-de-cuentas-bancarias-en-que-casos-si-puede-inmovilizar-fondos"><b>SAT</b></a>) publicó una nueva lista de 120 personas físicas y morales señaladas por emitir <b>comprobantes fiscales</b> que amparan operaciones presuntamente inexistentes.</p><p>Con base en lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/07/sat-multas-de-4-mil-480-a-13-mil-430-pesos-por-no-avisar-cambios-en-el-rfc/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/07/sat-multas-de-4-mil-480-a-13-mil-430-pesos-por-no-avisar-cambios-en-el-rfc/"><b>DOF</b></a>), los contribuyentes que integran el listado emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, el personal, la <b>infraestructura </b>o la capacidad material para prestar servicios, producir, <b>comercializar </b>o entregar los bienes que amparan dichos documentos.</p><p><i>“Es de</i><i><b> interés público</b></i><i> que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, así como que la sociedad conozca quiénes son aquellos </i><a href="https://infobae.com/mexico/2026/09/29/el-tramite-gratuito-que-el-sat-recomienda-hacer-antes-de-enero-para-evitar-multas-y-recargos" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/09/29/el-tramite-gratuito-que-el-sat-recomienda-hacer-antes-de-enero-para-evitar-multas-y-recargos"><i><b>contribuyentes </b></i></a><i>que llevan a cabo este tipo de operaciones”,</i> reza el documento elaborado por el SAT.</p><h2>SAT publica nueva lista negra de presuntos “factureros”</h2><p>Entre los contribuyentes señalados figuran <b>empresas </b>que operan en distintas <b>entidades </b>del país, entre ellas Sonora, <b>Sinaloa</b>, Coahuila, Nuevo León, Jalisco, Hidalgo, Querétaro, Tamaulipas, Michoacán,<b> Estado de México</b> y la <b>Ciudad de México</b>.</p><p>En el listado también aparecen<b> razones sociales </b>como Comercializadora Avovalle, Consultoría Contable y Asesoría Fiscal 3V, Construx Capital, Varlo Consultores Especializados en Gestión y Auditorías, Comercializadora de Insumos Maderas PVC, y Construcción y Montajes Industriales Avisur.</p><p>Además, figuran Consultoría Tecnológica y Servicios Jurídicos JML, <b>Comité Veracruzano de Productores de Arroz</b>, Distribuidora Rackon y Yong-Paris, entre otras empresas incluidas en la lista.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2CMJQPMHB5F5VPSQLQKMFYHCTA.png?auth=88902656e03cfff54b16dab09779650f6965895525af91887b4c238c99b9589c&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un par de manos sostiene billetes de quinientos y mil pesos mexicanos junto al logotipo del Servicio de Administración Tributaria. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Autoridades fiscales dan 15 días a los contribuyentes para que regularicen su situación</h2><p>Por otro lado, en los oficios de <b>presunción individual</b>, las autoridades fiscales conceden a cada contribuyente un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que presenten las manifestaciones y aporten las pruebas que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer por el SAT.</p><p><i>“En los oficios de presunción individual las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios, apercibidos que si transcurrido el plazo concedido no aportaban la </i><i><b>documentación</b></i><i> e </i><i><b>información </b></i><i>y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería (…) primero a notificarles la resolución individual definitiva, así como a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos dados a conocer”,</i> detalla el documento publicado en en el DOF.</p><h2>Listado también destaca a las personas físicas </h2><p>Cabe señalar que la relación publicada por las autoridades fiscales incluye a <b>personas físicas </b>señaladas por emitir comprobantes fiscales sin contar con la capacidad material para respaldar las <b>operaciones</b> documentadas.</p><p>Entre los <b>nombres</b> que se pueden observar están Roberto Aguilar Salinas, Germán Alejandro Barron Martínez, Cruz Camargo Trinidad, Rosendo Javier Gutiérrez Camarillo, Flora Uriostegui Santamaria, Luis Fernando Hernández Luevano y Honorio Herrera Moscosa.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OVHGBIUFNJBK7I3XDIZIBHU6RE.png?auth=36df5a47551a10a3ebf2e5ec8bff6cfd9f11df0538927e5a42c02285738d8c49&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un contribuyente atiende una notificación en su teléfono móvil tras el embargo de su cuenta por parte del Servicio de Administración Tributaria. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>También figuran Mily Sahamara Iribe Rubio, Mónica Vanessa Jimenez Quiñones, Maria Balvaneda Moroyoqui Pérez, Hamilton del Carmen Nieto Morales, Tomas Uscanga Gallardo y Reyna Uriostegui Benitez, entre otros.</p><h2>El objetivo es evitar involucrarse con este tipo de prácticas: SAT </h2><p>Con esta nueva publicación, la dependencia a cargo <b>Antonio Martínez Dagnino</b> tiene como objetivo que se identifique a las empresas y personas que emiten comprobantes fiscales por operaciones inexistentes y evitar <b>involucrarse </b>en ese tipo de prácticas. </p><h2>SAT pide aprovechar el programa para regularizar adeudos</h2><p>Los contribuyentes todavía pueden aprovechar las facilidades del <b>Programa de Regularización Fiscal 2026 </b>para pagar sus adeudos. El esquema permite reducir hasta el 100 por ciento de multas, recargos y gastos de ejecución antes de que termine el año, recordó el SAT.</p><p><i>“Si bien la fecha límite para presentar la solicitud vence el próximo 31 de octubre, las y los contribuyentes aún pueden acceder al </i><i><b>pago</b></i><i> en dos parcialidades presentando su solicitud a más tardar el 15 de octubre, por lo que el SAT invita a las personas y empresas interesadas a presentar la solicitud correspondiente para que no pierdan esta oportunidad”,</i> explicó la autoridad fiscal en un comunicado el pasado 7 de octubre.</p><h2>¿Quiénes se benefician de este programa de la autoridad tributaria?</h2><p>Los <b>beneficios </b>del programa están dirigidos a personas o empresas cuyos <b>ingresos </b>totales durante el ejercicio fiscal 2024 no superaron los 300 millones de pesos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5IZJQTGAQ5DWZKXEXC752V5Y4A.jpg?auth=ca5fbba6a2030828d2f07254892f1bd4dc758093977a0631592e3c33584a89b5&smart=true&width=1929&height=1080" alt="Antonio Martínez, titular del SAT.
Crédito: SAT" height="1080" width="1929"/><p>El esquema también aplica para contribuyentes con <b>adeudos </b>por contribuciones federales o cuotas compensatorias no determinadas por la autoridad, que estén sujetos a facultades de comprobación, así como para quienes tengan <b>créditos fiscales firmes </b>determinados por el SAT o por la <b>Agencia Nacional de Aduanas de México</b> (ANAM).</p><p>Para ingresar a este esquema, los contribuyentes pueden acudir de manera <b>presencial </b>a alguna de las oficinas del SAT o realizar el trámite en <b>línea</b>.</p><p>Continúa la lucha contra los “factureros”, ya que el SAT publicó en el DOF una nueva lista negra donde <b>exhibe </b>a más de 100 “contribuyentes” fraudulentos. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT publicó en el DOF las listas de contribuyentes que emitieron facturas falsas. 
Crédito: X/ @SATMX]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El trámite en el SAT que conviene realizar antes de que termine octubre y te puede ahorrar miles de pesos en multas y recargos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/08/el-tramite-en-el-sat-que-conviene-realizar-antes-de-que-termine-octubre-y-te-puede-ahorrar-miles-de-pesos-en-multas-y-recargos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/08/el-tramite-en-el-sat-que-conviene-realizar-antes-de-que-termine-octubre-y-te-puede-ahorrar-miles-de-pesos-en-multas-y-recargos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El trámite puede realizarse en línea desde sat.gob.mx sin e.firma; quienes se autocorrijan de forma voluntaria tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2026 para presentar su solicitud]]></description><pubDate>Thu, 08 Oct 2026 14:35:45 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2CMJQPMHB5F5VPSQLQKMFYHCTA.png?auth=88902656e03cfff54b16dab09779650f6965895525af91887b4c238c99b9589c&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El beneficio no es indefinido. Existen dos fechas límite dentro de octubre que determinan qué tipo de facilidad de pago puede obtener cada contribuyente antes de que el esquema concluya.
Credito: Cuartoscuro" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> mantiene abierto el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/el-sat-ofrece-hasta-100-de-descuento-en-multas-y-recargos-requisitos-y-como-solicitar" rel="noopener noreferrer"><b>Programa de Regularización Fiscal 2026</b></a>, un esquema que permite reducir hasta 100% de multas, recargos y gastos de ejecución a contribuyentes con adeudos fiscales.</p><p>El beneficio no es indefinido. Existen dos fechas límite dentro de octubre que determinan qué tipo de facilidad de pago puede obtener cada contribuyente antes de que el esquema concluya.</p><h2>Plazos clave para octubre y noviembre</h2><p>El <b>15 de octubre</b> es la fecha límite para que los contribuyentes con <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion" rel="noopener noreferrer">créditos fiscales firmes</a> soliciten el pago en dos parcialidades. Quienes dejen pasar esa fecha todavía pueden acceder al programa, pero sin esa opción de fraccionamiento reducido.</p><p>El plazo general para presentar la solicitud de condonación sobre créditos fiscales ya determinados por el SAT o por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) vence el <b>31 de octubre de 2026</b>. Después de esa fecha no se aceptan nuevas solicitudes bajo este supuesto.</p><p>Existe un tercer plazo para quienes buscan autocorregirse de forma voluntaria, sin que la autoridad haya determinado aún su adeudo: el <b>31 de diciembre de 2026</b>. Este esquema aplica para contribuciones omitidas que se declaran por iniciativa propia.</p><p>En todos los casos en que se autorice el pago en parcialidades, la última exhibición debe quedar liquidada a más tardar el <b>30 de noviembre de 2026</b>, respetando la fecha de vencimiento señalada en cada línea de captura.</p><h2>Qué es el programa y en qué ley se sustenta</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="Una persona aguarda frente a una laptop con el logo difuso del SAT al fondo, rodeada de relojes y papeles flotantes que simbolizan la espera y los trámites burocráticos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El Programa de Regularización Fiscal 2026 no es un anuncio aislado del SAT: está previsto en el <b>Artículo Vigésimo Segundo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026</b>. El SAT definió sus reglas operativas en el Capítulo 9.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, con las reglas 9.2.1 a 9.2.13, y detalló el procedimiento mediante el Comunicado 05/2026, publicado el 22 de enero de ese año.</p><p>Quienes se preguntan en qué consiste el beneficio y hasta cuándo pueden pedirlo encontrarán la respuesta en estos términos: el programa permite eliminar hasta 100% de multas, recargos y gastos de ejecución sobre adeudos de 2024 o años anteriores, mediante solicitud ante el SAT antes del 31 de octubre si el crédito ya fue determinado por la autoridad, o antes del 31 de diciembre si el contribuyente se autocorrige de forma voluntaria.</p><p>El esquema no condona el impuesto principal. Lo que elimina son los accesorios que se acumulan sobre una deuda: las sanciones, los recargos por mora y los gastos de ejecución que el SAT genera cuando inicia un procedimiento de cobro.</p><p>El administrador general de Recaudación del SAT, <b>Gari Flores</b>, explicó que el estímulo busca que <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/01/15/sat-anuncia-ayuda-a-pequenos-contribuyentes-eliminara-100-de-multas-y-recargos-en-estos-casos/" rel="noopener noreferrer">pequeños y medianos contribuyentes</a> eliminen al 100% esos cargos accesorios generados por adeudos fiscales pendientes de pago.</p><h2>Quiénes pueden solicitar el beneficio</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una mano con lupa examina un extracto bancario con transacciones resaltadas, mientras una laptop muestra el logo del SAT, simbolizando la rigurosa revisión fiscal de movimientos financieros. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El programa está dirigido a personas físicas y morales cuyos ingresos totales durante el ejercicio fiscal 2024<b> no hayan excedido</b> los <b>300 millones de pesos</b>. Ese tope corresponde al cálculo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).</p><p>Los requisitos para acceder son:</p><p>Tener ingresos totales en 2024 de hasta 300 millones de pesos</p><p>Contar con adeudos por contribuciones federales o cuotas compensatorias todavía no determinadas por la autoridad</p><p>Estar sujeto a facultades de comprobación, es decir, bajo revisión activa del SAT</p><p>Tener créditos fiscales firmes ya establecidos por el SAT o la ANAM</p><p>Que los adeudos correspondan al ejercicio 2024 o a años anteriores</p><p>Entre los conceptos que entran en la regularización están las contribuciones propias, retenidas o trasladadas, los aprovechamientos, las cuotas compensatorias, los recargos y gastos de ejecución, así como multas por infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior, incluidas las multas con agravantes.</p><h2>Contribuyentes excluidos del esquema</h2><p>No todos los adeudos ni todos los perfiles califican. Quedan fuera del programa:</p><p>Contribuyentes publicados de forma definitiva en los listados de los artículos 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación, es decir, empresas señaladas por emitir facturas de operaciones simuladas</p><p>Quienes cuenten con sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal</p><p>Contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes del SAT</p><p>Quienes ya recibieron condonaciones bajo el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2019</p><p>Quienes ya utilizaron el estímulo equivalente previsto en el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2025</p><p>Partidos y asociaciones políticas, entidades federativas, municipios y organismos obligados a entregar su remanente de operación al gobierno federal</p><p>Entes ejecutores de gasto conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria</p><h2>Montos de condonación y forma de pago</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWWKEHE54ZFJNMS63BUHH3KBTU.png?auth=ffcd5296fa2146ee98ea56339301aa4658b747c19950cb0cae44005acf040f73&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una mano cuenta billetes de pesos mexicanos sobre una mesa de madera clara, con una calculadora y un teléfono móvil que muestra una transferencia bancaria, y un documento del SAT de México en el fondo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El porcentaje de reducción varía según el tipo de adeudo. La condonación llega a <b>100%</b> en multas, recargos y gastos de ejecución cuando estos se determinan junto con contribuciones federales, aprovechamientos o cuotas compensatorias omitidas.</p><p>El descuento baja a <b>90%</b> cuando se trata de créditos fiscales firmes constituidos exclusivamente por multas derivadas del incumplimiento de obligaciones distintas al pago, siempre que el contribuyente cumpla con la obligación que originó la sanción.</p><p>El pago puede cubrirse en una sola exhibición o fraccionarse hasta en <b>seis parcialidades</b>. Al presentar la solicitud, el procedimiento administrativo de ejecución queda suspendido de forma automática, sin necesidad de garantizar el interés fiscal ante la autoridad.</p><h2>Pasos para tramitarlo</h2><p>El trámite puede realizarse en línea o de forma presencial, y no requiere e.firma. Para hacerlo por internet, los pasos son:</p><p>Ingresar a sat.gob.mx</p><p>Acceder a la sección Mi Portal con RFC y contraseña</p><p>Enviar un escrito libre o presentar la solicitud en Servicios por Internet, bajo la opción “Estímulo Fiscal LIF 2026”</p><p>Esperar la respuesta de la autoridad</p><p>Realizar el pago dentro de los 15 días naturales siguientes a que el SAT emita el formato o línea de captura</p><p>Quienes prefieran el trámite presencial pueden acudir a cualquier oficina desconcentrada del SAT correspondiente a su domicilio fiscal, donde recibirán orientación directa sobre el procedimiento y los documentos necesarios para completar la solicitud antes de que venza el plazo correspondiente a su situación.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/2CMJQPMHB5F5VPSQLQKMFYHCTA.png?auth=88902656e03cfff54b16dab09779650f6965895525af91887b4c238c99b9589c&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[El beneficio no es indefinido. Existen dos fechas límite dentro de octubre que determinan qué tipo de facilidad de pago puede obtener cada contribuyente antes de que el esquema concluya.
Credito: Cuartoscuro]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT: multas de 4 mil 480 a 13 mil 430 pesos por no avisar cambios en el RFC ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/07/sat-multas-de-4-mil-480-a-13-mil-430-pesos-por-no-avisar-cambios-en-el-rfc/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/07/sat-multas-de-4-mil-480-a-13-mil-430-pesos-por-no-avisar-cambios-en-el-rfc/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Código Fiscal de la Federación establece dos sanciones distintas vinculadas al RFC: una por no inscribirse o hacerlo tarde y otra por no notificar cambios en la situación fiscal cuando la autoridad lo requiere]]></description><pubDate>Wed, 07 Oct 2026 17:56:47 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CROPGYQPAFF7ROPKR2JTJ6HEGM.png?auth=77b0c92a73deb48b419dc1ebd3ec6049b99008a1efc92dd2a3654738d7643d8a&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La sanción alcanza también a quienes omiten notificar cambios en su situación fiscal, un trámite que suele pasar desapercibido entre quienes cambian de domicilio, de régimen o de actividad económica. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede imponer <b>multas de entre $4,480 y $13,430 pesos</b> a los contribuyentes que no se inscriban en el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/12/sat-habilita-opcion-para-dar-de-alta-rfc-desde-casa-como-realizar-y-cuales-son-los-requisitos" rel="noopener noreferrer">Registro Federal de Contribuyentes (RFC)</a> o que lo hagan fuera del plazo establecido. Así lo advirtió la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).</p><p>La sanción alcanza también a quienes omiten notificar cambios en su situación fiscal, un trámite que suele pasar desapercibido entre quienes cambian de domicilio, de régimen o de actividad económica.</p><h2>Quiénes están obligados a tramitar el RFC</h2><p>Toda persona que genera ingresos por una actividad económica o que debe expedir facturas tiene la obligación de inscribirse en el RFC. Esta es la regla general que marca el Código Fiscal de la Federación (CFF).</p><p>Desde 2022, el CFF incorporó una obligación adicional: los jóvenes que cumplen 18 años también deben registrarse ante el SAT, aunque no perciban ingresos ni tengan empleo.</p><p><b>Yanin Ortiz</b>, subdelegada de Prodecon Tabasco, explicó que esta inscripción no implica obligaciones fiscales inmediatas. “La obligación de inscribirse a los 18 años no quiere decir que ya van a tener obligaciones fiscales que cumplir o van a tener que presentar declaraciones, solo es obtener su registro ante el SAT”, señaló.</p><p>La mayoría de los jóvenes en esa edad aún cursa estudios y no genera ingresos. En ese escenario, deben darse de alta como persona física sin obligaciones fiscales, una condición que no genera sanciones por incumplimiento.</p><h2>Montos de las multas y a quién aplican</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWWKEHE54ZFJNMS63BUHH3KBTU.png?auth=ffcd5296fa2146ee98ea56339301aa4658b747c19950cb0cae44005acf040f73&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La situación cambia para el resto de los contribuyentes. Las personas que generan ingresos y no solicitan su inscripción al RFC  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Quienes no son acreedores a una sanción económica son los jóvenes de 18 años que incumplen con la inscripción como persona física sin obligaciones fiscales, precisó Ortiz.</p><p>La situación cambia para el resto de los contribuyentes. Las personas que generan ingresos y no solicitan su inscripción al RFC, o lo hacen de manera extemporánea, enfrentan una multa de entre $4,480 y $13,430 pesos, de acuerdo con la Prodecon.</p><p>Existe una segunda sanción, distinta a la anterior: quienes no presentan los avisos de actualización de información al RFC, o lo hacen fuera de tiempo cuando la autoridad lo solicita, pueden recibir una multa de entre $5,400 y $10,780 pesos.</p><p>En resumen, el SAT contempla dos tipos de multas vinculadas al RFC: una por no inscribirse o hacerlo tarde (de $4,480 a $13,430 pesos) y otra por no avisar cambios en la información fiscal cuando la autoridad lo requiere (de $5,400 a $10,780 pesos). Ambas sanciones buscan que el contribuyente <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/06/no-revisas-tu-buzon-tributario-el-sat-podria-imponerte-una-multa-de-mas-de-11-mil-pesos" rel="noopener noreferrer">mantenga sus datos vigentes ante el fisco</a>.</p><h2>Los errores más frecuentes de los contribuyentes</h2><p>Ortiz detalló, con base en su experiencia en Prodecon, los casos donde más se presenta este tipo de incumplimiento.</p><p>Uno de los más comunes ocurre cuando una persona cambia de domicilio y actualiza esa información únicamente en su credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), pero deja sin modificar la dirección fiscal registrada en el RFC.</p><p>“Esto puede traer consecuencias a largo plazo, ya que si la autoridad tiene la necesidad de notificar en el domicilio fiscal declarado en el RFC, no va a localizar al contribuyente, porque este no tuvo la precaución de actualizar su información”, explicó la funcionaria.</p><p>Otro escenario frecuente se da cuando el contribuyente no actualiza su régimen fiscal. Por ejemplo, una persona dada de alta bajo el esquema de sueldos y salarios que decide emprender un negocio propio debe informar al SAT sobre esta nueva actividad para que se realicen los cambios correspondientes en su registro.</p><h2>Trámite y plazos para actualizar el RFC</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/X6ZPJGFFNJFNBLFVJ2EIBQSAUY.png?auth=18efe3ad349767d8eb4885596bab6cb32373f6356dcb6c3d71ff5665f5939c67&smart=true&width=1408&height=768" alt="El artículo 27 del CFF establece que cualquier cambio en la situación fiscal de un contribuyente debe notificarse al SAT dentro de los 10 días hábiles posteriores al evento que lo origina (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El artículo 27 del CFF establece que cualquier cambio en la situación fiscal de un contribuyente debe notificarse al SAT dentro de los 10 días hábiles posteriores al evento que lo origina. El trámite es gratuito y puede completarse en línea.</p><p>Los casos más habituales que requieren un aviso de actualización son:</p><p>Cambio de domicilio fiscal</p><p>Modificación de la actividad económica</p><p>Cambio de régimen fiscal</p><p>Reanudación de actividades tras una suspensión</p><p>Nuevas obligaciones fiscales por cuenta propia o de terceros</p><p>Para completar la mayoría de estas actualizaciones en el portal del SAT, el contribuyente necesita:</p><p>Clave Única de Registro de Población (CURP) vigente</p><p>e.firma activa, o en su defecto, contraseña del SAT</p><p>Correo electrónico y número de teléfono actualizados</p><p>Domicilio fiscal completo</p><p>Selección de la actividad económica correspondiente, de acuerdo con el catálogo del SAT</p><p>Si la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo" rel="noopener noreferrer">e.firma del contribuyente está vencida</a>, el trámite de actualización no puede completarse hasta renovarla. Esa renovación puede hacerse en línea a través de SAT ID cuando el vencimiento es menor a un año; si supera ese plazo, se requiere una cita presencial en las oficinas del SAT.</p><p>Una vez presentado el aviso, el sistema genera un acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, documento que incluye el número de folio, la fecha de emisión y los datos actualizados del contribuyente. Se recomienda generar una nueva <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/14/constancia-de-situacion-fiscal-del-sat-como-sacarla-paso-a-paso-en-2026" rel="noopener noreferrer">constancia de situación fiscal</a> después de cada cambio para verificar que el SAT registró correctamente la modificación.</p><h2>Consecuencias de no mantener el RFC actualizado</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WSTN7JXWCNHZNEE5D57BXYTWSE.jpg?auth=d210c2f8b44d501804860a36bff2aadb31614fd5db664ebf2b7fa91bde2f0c6e&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Pérdida del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) si el contribuyente no cumple con requisitos como mantener activo el buzón tributario (Infobae/Jesús Aviles)" height="1080" width="1920"/><p>Más allá de las multas, no actualizar el RFC puede derivar en problemas prácticos para el contribuyente.</p><p>Entre las consecuencias más comunes se encuentran:</p><p>Rechazo de facturas por inconsistencia entre el domicilio fiscal registrado y el código postal utilizado en la facturación</p><p>Retenciones de impuestos calculadas de forma incorrecta cuando el régimen fiscal no corresponde a la actividad real</p><p>Pérdida del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) si el contribuyente no cumple con requisitos como mantener activo el buzón tributario</p><p>Dificultad del SAT para notificar al contribuyente cuando el domicilio fiscal no coincide con su ubicación real</p><p>El RFC también funciona como requisito para otros trámites. Para obtener la firma electrónica, necesaria por ejemplo para descargar la cédula profesional, es indispensable estar dado de alta ante la autoridad tributaria, según explicó <b>Juvenal Lobato</b>, catedrático de la facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CROPGYQPAFF7ROPKR2JTJ6HEGM.png?auth=77b0c92a73deb48b419dc1ebd3ec6049b99008a1efc92dd2a3654738d7643d8a&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un contribuyente revisa en su escritorio una notificación oficial por un adeudo de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Superintendencia de Administración Tributaria en Guatemala emite las reglas para la exoneración de impuestos a combustibles hasta diciembre de 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/10/06/la-superintendencia-de-administracion-tributaria-en-guatemala-emite-las-reglas-para-la-exoneracion-de-impuestos-a-combustibles-hasta-diciembre-de-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/10/06/la-superintendencia-de-administracion-tributaria-en-guatemala-emite-las-reglas-para-la-exoneracion-de-impuestos-a-combustibles-hasta-diciembre-de-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Sayda Galicia]]></dc:creator><description><![CDATA[Los vendedores deberán identificar en la factura electrónica las operaciones libres de tributos sobre carburantes. Los importadores y fabricantes autorizados de alcohol carburante consignarán la frase correspondiente en los documentos digitales, mientras las compras externas registrarán el beneficio del impuesto al valor agregado en la DUCA]]></description><pubDate>Tue, 06 Oct 2026 19:49:11 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KOEDOBNARREQPN5Z6KKFDLCLGQ.png?auth=735ec71cbfbc3e2ba8b7ca3aefcec8f91eae1cc53407184834fdf0874cc8b04f&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía de Infobae detalla las reglas establecidas por la Superintendencia de Administración Tributaria de Guatemala para la exención del IVA y del IDP a cinco combustibles hasta 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><b>La Superintendencia de Administración Tributaria</b> (<b>SAT</b>) emitió la Resolución <b>SAT-DSI-1596-2026</b> para regular la <b>exención</b> temporal del <b>IVA</b> y del<b> Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo, </b>conocido como IDP, sobre varios combustibles en Guatemala. </p><p>La medida regirá hasta el <b>31 de diciembre de 2026</b> y establece controles de facturación, inventarios y precios para que el beneficio alcance a los consumidores finales.</p><p>La disposición desarrolla el Decreto 22-2026 del <b>Congreso de la República, Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles</b>, que fue sancionado por el presidente Bernardo Arévalo el 30 de septiembre. La ley ordenó a la SAT emitir sus reglas administrativas dentro de los <b>cinco días hábiles</b> posteriores a su entrada en vigencia.</p><p>El alcance incluye a la gasolina superior, la gasolina regular, el diésel, el gas oil y el alcohol carburante. La resolución complementa el reglamento publicado un día antes por el Ministerio de Energía y Minas en el Diario de Centro América.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XIHSFMKZDRE6DNOJLYPJKLFYG4.jpg?auth=0a38ab40c66bd34ee5521a0b4b06f408b2e802e2c39d2c1e32e5e867d32005ef&smart=true&width=1280&height=960" alt="La Superintendencia de Administración Tributaria fijó las reglas para aplicar la exención del IVA y del IDP a cinco combustibles en Guatemala hasta el 31 de diciembre de 2026. (DIACO GT)" height="960" width="1280"/><h2>La cadena de comercialización bajo control tributario</h2><p>La SAT estableció siete categorías de contribuyentes y participantes que quedarán bajo supervisión y verificación durante la vigencia del beneficio fiscal. El control abarca desde la importación y producción de combustibles hasta la venta en estaciones de servicio y el pago de los consumidores.</p><p><b>Entre los obligados están los productores, importadores y distribuidores de combustibles, además de los operadores de terminales y depósitos de almacenamiento. </b>También deberán cumplir las disposiciones los distribuidores mayoristas, transportistas comercializadores y expendedores, incluidas las estaciones de servicio.</p><p>Las entidades emisoras o administradoras de tarjetas de crédito y débito que actúan como agentes de retención del IVA quedaron incluidas en el régimen de supervisión. La medida incorpora además a los certificadores del Régimen de Factura Electrónica en Línea, o FEL, que operen de forma distinta a la propia SAT.</p><p>Los declarantes y auxiliares de la función pública aduanera que intervengan en la importación o exportación de los productos alcanzados también deberán aplicar los procedimientos establecidos. La resolución extiende las obligaciones a cualquier otro participante de la cadena de comercialización de combustibles.</p><p>Las operaciones exentas deberán quedar identificadas en los Documentos Tributarios Electrónicos, o DTE, emitidos mediante el sistema FEL. Quienes vendan gasolina superior, gasolina regular, diésel o gas oil sin IVA ni IDP tendrán que utilizar las frases de exención disponibles dentro de ese régimen electrónico.</p><p>Los importadores o fabricantes de alcohol carburante autorizados por el Ministerio de Energía y Minas deberán consignar la frase correspondiente en los documentos electrónicos de venta. Para ese producto, la exención temporal corresponde únicamente al IVA.</p><p>En las importaciones de los cuatro combustibles y del alcohol carburante, el declarante o su representante deberá registrar la exención del IVA en la Declaración Única Centroamericana, conocida como DUCA. El alivio tributario no elimina las demás obligaciones formales ni las regulaciones no arancelarias aplicables a la actividad.</p><h2>Inventarios diferenciados y tributos anteriores sin devolución</h2><p>Los participantes de la comercialización deberán elaborar reportes de existencias conforme al artículo 10 del Reglamento de la Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles. La <b>SAT</b> pondrá a disposición un Formato de Reporte de Existencias por los medios que considere adecuados, con el objetivo de estandarizar la información entre los distintos operadores.</p><p>Los impuestos generados antes de la entrada en vigor del Decreto 22-2026 no podrán ser devueltos, acreditados ni reintegrados. Esos montos continuarán sujetos a las normas del Decreto 38-92, Ley del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo, y del Decreto 27-92, Ley del Impuesto al Valor Agregado.</p><p>El IVA pagado antes de la vigencia de la exención por la importación o compra de combustibles podrá reconocerse como crédito fiscal del período tributario correspondiente. Para ello, deberá estar documentado en la DUCA o en los DTE emitidos previamente y cumplir los requisitos previstos en los artículos 15 y 16 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.</p><p>Cuando los créditos fiscales de un período superen los débitos, se aplicarán las disposiciones generales vigentes para esa situación. La resolución no modifica el tratamiento de esos saldos, sino que mantiene las reglas tributarias ordinarias para los combustibles adquiridos antes del beneficio.</p><p><b>El Acuerdo Gubernativo 164-2026 del Ministerio de Energía y Minas </b>añadió un control diario sobre los precios de venta. Las estaciones de servicio deberán reportarlos al Sistema Estadístico de Comercialización de Hidrocarburos, mientras la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor verificará que la reducción impositiva se traslade íntegramente al valor pagado por los consumidores finales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/P6CFY25JYBGEXCLJUZKKJ7L2ZU.png?auth=6b5016ea984937fa1bd24100dda124c20d63492895f609f1d09ce3344af3ace9&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[La Superintendencia de Administración Tributaria establece las normas para eximir de impuestos a los combustibles en Guatemala. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Tu correo y celular pueden salvarte de una multa del SAT antes del 2027]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/06/tu-correo-y-celular-pueden-salvarte-de-una-multa-del-sat-antes-del-2027/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/06/tu-correo-y-celular-pueden-salvarte-de-una-multa-del-sat-antes-del-2027/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El trámite se hace en línea con RFC y contraseña o e.firma; es indispensable confirmar correo y celular dentro de las 72 horas posteriores al registro o el sistema cancela la solicitud]]></description><pubDate>Tue, 06 Oct 2026 15:11:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OS6I5UFZUJD2LG3PCWIX35CBS4.png?auth=492e0b47f2b968142c7cdf1404084b1aba9991686fb8bb427457c51cacf30aba&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La medida no es nueva: forma parte de las disposiciones fiscales vigentes desde hace años, pero su aplicación efectiva había quedado en pausa. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> aplicará a partir del <b>1 de enero de 2027</b> multas a los contribuyentes que no hayan habilitado el Buzón Tributario o que mantengan desactualizados su correo electrónico y su número de celular como medios de contacto. <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/06/no-revisas-tu-buzon-tributario-el-sat-podria-imponerte-una-multa-de-mas-de-11-mil-pesos" rel="noopener noreferrer">La sanción puede ubicarse entre 3,850 y 11,540 pesos</a>.</p><p>La medida no es nueva: forma parte de las disposiciones fiscales vigentes desde hace años, pero su aplicación efectiva había quedado en pausa. Ahora el plazo de gracia está por terminar.</p><h2>Origen de la sanción y montos aplicables</h2><p>La Resolución Miscelánea Fiscal 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2025, establece que la sanción prevista en el artículo 86-D del Código Fiscal de la Federación (CFF) será aplicable a partir del 1 de enero de 2027. El texto señala textualmente que, para los efectos de los artículos 17-K y 86-C del CFF, los contribuyentes que no hayan habilitado el Buzón Tributario, o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, estarán sujetos a lo dispuesto en el artículo 86-D a partir de esa fecha.</p><p>El monto de la infracción va de <b>3,850 a 11,540 pesos</b>, de acuerdo con las cantidades actualizadas del Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal. El documento precisa que a quien cometa la infracción relacionada con la no habilitación del Buzón Tributario, o el no registro o actualización de los medios de contacto, se le impondrá una multa dentro de ese rango.</p><p>Para sanciones que se impongan ya iniciado 2027, deberá consultarse el monto vigente en ese ejercicio, ya que las cantidades se actualizan de forma periódica en los anexos de la propia resolución.</p><h2>El plazo real: por qué no es en octubre</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6ZAM6DH2YVF5DAJLDRW7BH4GSE.jpg?auth=840adb586812dfbcbad6d047e56548b4b714d37d4604576bbb013a8dd10a5796&smart=true&width=1920&height=1080" alt="En otras palabras, quien no tenga el Buzón Tributario habilitado ni sus datos de contacto actualizados cuenta con tiempo hasta el 31 de diciembre de 2026 para realizar el trámite sin recibir una multa. Infobae/Jovani Pérez" height="1080" width="1920"/><p>En días recientes circuló la versión de que existía una fecha límite durante octubre para activar el Buzón Tributario. Sin embargo, el artículo cuarto transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 no establece ningún vencimiento en ese mes: únicamente fija el inicio de las sanciones para el 1 de enero de 2027.</p><p>En otras palabras, quien no tenga el Buzón Tributario habilitado ni sus datos de contacto actualizados cuenta con tiempo hasta el 31 de diciembre de 2026 para realizar el trámite sin recibir una multa. A partir del 1 de enero de 2027 comenzará a aplicarse la sanción de entre 3,850 y 11,540 pesos a quienes incumplan.</p><p>La prórroga corresponde únicamente a la aplicación de las multas, no a la obligación en sí. El Buzón Tributario ya es obligatorio desde 2020 para los contribuyentes comprendidos en los supuestos establecidos, por lo que el aplazamiento de las sanciones no debe interpretarse como una eliminación temporal del requisito.</p><h2>Quiénes deben habilitarlo y quiénes están exentos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K5O64AVDBZFN7A5POHYOJEM25M.png?auth=18043e45d4b95cec0daad3bb921a5dc6923ec44615a5de82641901767b73bbe7&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT recomienda que, antes de preocuparse por una posible multa, cada contribuyente verifique si se encuentra dentro de los supuestos obligatorios y revise que los medios de contacto registrados sean correctos y estén vigentes. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>De acuerdo con la información del SAT, deben habilitar el Buzón Tributario los contribuyentes que hayan emitido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingresos o recibido CFDI de nómina durante los últimos 12 meses. Esto incluye a personas con actividades económicas activas y a quienes han tenido operaciones fiscales recientes.</p><p>En contraste, la habilitación es opcional para:</p><p>Personas físicas sin obligaciones fiscales.</p><p>Personas físicas sin actividad económica registrada.</p><p>Contribuyentes con actividades suspendidas ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).</p><p>Personas morales con suspensión de actividades ante el RFC.</p><p>El SAT recomienda que, antes de preocuparse por una posible multa, cada contribuyente verifique si se encuentra dentro de los supuestos obligatorios y revise que los medios de contacto registrados sean correctos y estén vigentes.</p><h2>Paso a paso para habilitar o actualizar el Buzón Tributario</h2><p>El trámite se realiza en línea, directamente en el portal del SAT. Los pasos establecidos son los siguientes:</p><p>Ingresar al portal del SAT y seleccionar el apartado “Buzón Tributario”.</p><p>Acceder con el RFC y la contraseña, o bien con la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo" rel="noopener noreferrer">e.firma vigente</a>.</p><p>Entrar a la sección de “Configuración”.</p><p>Registrar los medios de contacto: al menos un correo electrónico y un número de teléfono celular.</p><p>Confirmar el correo electrónico mediante el vínculo que envía la autoridad a esa cuenta.</p><p>Validar el número de celular con el código recibido por mensaje de texto (SMS).</p><p>Completar ambas confirmaciones dentro de las 72 horas posteriores al registro.</p><p>Descargar el acuse una vez validados los datos.</p><p>La guía oficial advierte que registrar los datos no completa la habilitación por sí solo: es necesario confirmar tanto el correo como el celular dentro del plazo señalado. Si el procedimiento no se concluye en esas 72 horas, el sistema cancela la solicitud y el trámite debe realizarse nuevamente desde el inicio.</p><h2>Consecuencias de no mantener los datos actualizados</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/C77TJFKUIBHRDN3G35HDPUYH24.png?auth=7b76851f44d43aeb5ca5f9af5d2800a3d61be9fb8649c2b14012d411b38f9783&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Esto significa que, además de la multa económica, un contribuyente con datos desactualizados podría enterarse de una notificación fiscal relevante fuera de los canales digitales directos (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>No habilitar el Buzón Tributario, o señalar datos de contacto erróneos o inexistentes, puede considerarse una forma de oposición a la notificación por parte del contribuyente. En esos casos, el SAT está facultado para <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/18/sat-aclara-que-no-existen-embargos-masivos-de-cuentas-bancarias-en-que-casos-si-puede-inmovilizar-fondos" rel="noopener noreferrer">notificar actos administrativos o resoluciones</a> mediante estrados, conforme al artículo 134 del Código Fiscal de la Federación.</p><p>Esto significa que, además de la multa económica, un contribuyente con datos desactualizados podría enterarse de una <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/04/el-sat-puede-embargar-tu-casa-tu-carro-y-tus-cuentas-asi-funciona-el-procedimiento-que-pocos-conocen" rel="noopener noreferrer">notificación fiscal relevante</a> fuera de los canales digitales directos, lo que complica el seguimiento oportuno de sus obligaciones.</p><h2>Cuándo es necesario repetir el trámite</h2><p>La habilitación del Buzón Tributario no se renueva cada año. Si el buzón ya está activo y los medios de contacto —correo y celular— no han cambiado, no es necesario repetir el procedimiento.</p><p>La actualización solo procede cuando cambia alguna de esas direcciones de contacto, por ejemplo si el contribuyente cambió de número celular o dejó de usar la cuenta de correo registrada previamente. Mantener esos datos vigentes permite recibir los avisos de que existe información pendiente de consultar en el buzón, evitando así quedar fuera de las comunicaciones oficiales de la autoridad fiscal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/OS6I5UFZUJD2LG3PCWIX35CBS4.png?auth=492e0b47f2b968142c7cdf1404084b1aba9991686fb8bb427457c51cacf30aba&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre revisa una carta de advertencia junto a su computadora entre representaciones de un buzón, un edificio bancario y un escudo legal. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Cuánto dinero le quitará el SAT a Mariana Ochoa tras ganar el premio de los 4 millones de pesos en LCDLFM 2026?]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/05/cuanto-dinero-le-quitara-el-sat-a-mariana-ochoa-tras-ganar-el-premio-de-los-4-millones-de-pesos-en-lcdlfm-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/05/cuanto-dinero-le-quitara-el-sat-a-mariana-ochoa-tras-ganar-el-premio-de-los-4-millones-de-pesos-en-lcdlfm-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Anayeli  Tapia Sandoval ]]></dc:creator><description><![CDATA[La ganadora de la cuarta temporada del reality tendrá que pagar sus impuestos como lo indica la ley ]]></description><pubDate>Mon, 05 Oct 2026 07:10:12 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/W35SQTQTKNGY3OPGEMGBSRMYHI.jpg?auth=57940b95b381216e2243de8a083b2d268ccaa3ab7d2a1fed9f7972106607977c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Mariana Ochoa, la ganadora de La Casa de los Famosos México 2026. (LCDLFM)" height="1080" width="1920"/><p>El título de ganadora de<i><b> La Casa de los Famosos México 2026</b></i> garantizó a <b>Mariana Ochoa </b>un <b>premio de 4 millones de pesos</b>. Sin embargo, la cifra anunciada no llegará íntegra a sus manos.</p><p>Como marca la ley, el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT) </b>descuenta una parte proporcional por <b>impuestos</b>. Así, incluso tras ganar la final, el monto que recibirá la cantante es menor al que se anunció en pantalla.</p><h2>¿Cuánto ganará realmente?</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/X7CAHXNCOBEX5HVPGCPZ5467QA.jpg?auth=79680ae418e5a335a1e2dbaa5af2bc2f97e09ed632ca11f53311d2ad338a5b03&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La exOV7 pasó de ser la primera eliminada a ganar la cuarta temporada del reality tras 71 días de competencia. (Captura de pantalla YouTube)" height="1080" width="1920"/><p>De acuerdo con la<b> Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR)</b>, los premios obtenidos en concursos legalmente autorizados están sujetos a un régimen fiscal específico, distinto al de sueldos o ingresos acumulables. El<b> artículo 137 </b>de la ley ubica estos premios en un capítulo separado, y el<b> artículo 138</b> fija la tasa federal aplicable en 1% cuando el impuesto local no excede el 6%, o en 21% si lo supera.</p><p>El <b>Código Fiscal de la Ciudad de México</b>, entidad donde se graba y transmite el reality, establece una tasa local de <b>6% sobre premios de concursos, sorteos y juegos con apuestas.</b> Bajo estas reglas, la retención conjunta sobre el premio de Mariana Ochoa sería de 7%, resultado de sumar el 1% federal y el 6% local.</p><p>El cálculo es el siguiente:</p><p>Premio anunciado: 4,000,000 pesos</p><p>ISR federal (1%): 40,000 pesos</p><p>Impuesto local de la Ciudad de México (6%): 240,000 pesos</p><p><b>Monto total retenido: 280,000 pesos</b></p><p>Premio neto para Mariana Ochoa: 4,000,000 - 280,000 = 3,720,000 pesos</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HS5I2FJT3JAJZCANQIOHEY2GII.jpg?auth=022839866b9e9e9bf1ed03670a54b2e8298d09aca56af9e05c5be45675dad859&smart=true&width=1920&height=1080" alt="(La Casa de los Famosos México)" height="1080" width="1920"/><p>Así, aunque Mariana fue reconocida públicamente como la acreedora de 4 millones de pesos, podría disponer en la práctica de un estimado de <b>3,720,000 pesos</b>, luego de aplicar la retención que la ley fiscal mexicana reserva específicamente para premios de concursos televisivos.</p><p>El cálculo de 3,720,000 pesos parte de que la producción de <b>Televisa</b> declare el pago bajo el régimen fiscal específico para premios de concursos y sorteos, vigente en la Ciudad de México. Si la empresa estructura el pago<b> bajo otra figura contractual</b>, la retención podría ajustarse a una<b> tasa distinta. </b></p><h2>Así se vivió la gran final de La Casa de los Famosos México 2026</h2><p>La gala del domingo 4 de octubre reunió a los<b> cinco finalistas </b>de la cuarta temporada tras 71 días de convivencia:<b> Mariana Ochoa, Memo Schutz, Karina Torres, Ese Pérez y Gema Garoa</b>. </p><p><b>Gema Garoa</b> fue la primera en conocer su resultado, con el quinto lugar de la competencia. La actriz fue recibida en el foro por el público, su abuela Linda y sus amigas, y declaró sentirse “en éxtasis total” por el apoyo recibido durante su estancia.</p><p><b>Ese Pérez </b>ocupó el cuarto puesto tras el conteo de votos realizado por la producción. El creador de contenido fue recibido por su abuela, Leonor Sánchez, y agradeció al público por el respaldo que le permitió llegar hasta la recta final del reality.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TLG3BVTWFZCNLJJAX3EMVUYMPE.png?auth=570008150645c9a797c87f0b6e88084be3c95b72098cda148ba0490befa599dc&smart=true&width=932&height=606" alt="(Captura de pantalla YouTube)" height="606" width="932"/><p><b>Karina Torres </b>se quedó con el tercer lugar, a un paso de disputar la gran final. La Jefa le dedicó un mensaje de despedida antes de que la originaria de León, Guanajuato, saliera por la puerta grande de la casa, donde la esperaban sus padres y su hermano.</p><p>Con la salida de Torres, la definición del primer y segundo lugar quedó entre <b>Mariana Ochoa y Memo Schutz</b>. El conductor deportivo se quedó con el segundo puesto y se reunió con su familia al salir del foro, cerrando una estrategia basada en la convivencia y la mediación de conflictos dentro de la casa.</p><p><b>Mariana Ochoa</b> se coronó como la ganadora absoluta de la cuarta temporada con 10,825,542 votos. La cantante rompió en llanto al conocer el resultado y quedar sola en la casa antes de apagar las luces. “No sé qué hice bien”, dijo al enterarse de su triunfo.</p><p><b>La Jefa</b> le dedicó un mensaje al confirmar su victoria: <i>“Mariana escúchame, fue un honor tenerte en mi casa. Mamá luchona, claro que valió el sacrificio, hiciste historia, fuiste la primera en regresar del exilio. Hoy te conviertes en la absoluta ganadora de La Casa de Los Famosos México, hasta siempre campeona”.</i></p><p>La encargada de entregarle el maletín con los 4 millones de pesos fue su propia madre, <b>Yolanda Reyes</b>, con quien la ganadora se fundió en un abrazo frente al público del foro. Mariana Ochoa llegó a la transmisión final entre los aplausos de su familia, que incluyó a sus hijos y a su hermano.</p><p>Antes del cierre de la transmisión, <b>Galilea Montijo </b>confirmó que <i>La Casa de los Famosos México</i> tendrá una <b>quinta temporada en 2027</b>. Por el momento no se han revelado detalles sobre posibles habitantes, fecha de estreno o cambios en la dinámica de la próxima edición.</p><h2>Mariana Ochoa se dedicó unas palabras tras conocerse como ganadora</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AUVDXFW5VJA3HCNKZA4IT3KOGU.png?auth=296deacc6262e5ab71fa4307a3f55e7b771706865fd7ad0bd50672f2e47a9695&smart=true&width=968&height=657" alt="La votación final dejó a dos concursantes frente a frente por el premio mayor, luego de un cierre de temporada con eliminaciones en bloque. (Captura de pantalla YouTube)" height="657" width="968"/><p>Ya en la Post Gala, Mariana Ochoa fue recibida por <b>Wendy Guevara</b> y Ricardo Margaleff, con quienes compartió sus primeras impresiones tras el resultado.<b> “No lo puedo creer, estoy en shock, no entiendo nada, no sé qué hice bien”</b>, repitió la cantante frente a las cámaras.</p><p>La cantante se dirigió a sí misma con un mensaje que resumió su paso por la casa, desde su salida en la primera semana hasta la coronación final. </p><p>“Mariana muchas veces no te la crees y por eso te sacaron la primera semana, por wey, porque te la tienes qué creer, lo eres, eres capaz, eres talentosa, chistosa, aguantadora, también eres broncuda, eres grande, pero no sólo créetela, demuéstraselo al mundo”, declaró Ochoa durante la transmisión de la Post Gala.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/W35SQTQTKNGY3OPGEMGBSRMYHI.jpg?auth=57940b95b381216e2243de8a083b2d268ccaa3ab7d2a1fed9f7972106607977c&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Mariana Ochoa, la ganadora de La Casa de los Famosos México 2026. (LCDLFM)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[4 millones de pesos, menos impuestos: de cuánto es realmente el premio de La Casa de los Famosos México]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/04/4-millones-de-pesos-menos-impuestos-de-cuanto-es-realmente-el-premio-de-la-casa-de-los-famosos-mexico/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/04/4-millones-de-pesos-menos-impuestos-de-cuanto-es-realmente-el-premio-de-la-casa-de-los-famosos-mexico/</guid><dc:creator><![CDATA[Marco Ruiz]]></dc:creator><description><![CDATA[Karina Torres, Mariana Ochoa, Ese Pérez, Gema Garoa o Memo Schutz podrían llevarse el premio, además de lo acumulado por su opulente salario semanal]]></description><pubDate>Sun, 04 Oct 2026 16:12:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FNOIDI336BHZ3CGEEFUK4ZQCQ4.png?auth=8d5acf3278db7718ab7c2cb0e4c8543927a98a96b7536a8ee54f138102e9d971&smart=true&width=1161&height=762" alt="4 millones de pesos menos impuestos: de cuánto es realmente el premio de La Casa de los Famosos México

 (Captura de pantalla )" height="762" width="1161"/><p>El ganador de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/04/encuestas-finales-para-el-ganador-de-la-casa-de-los-famosos-mexico-2026-resultados-y-orden-de-primeros-lugares/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/04/encuestas-finales-para-el-ganador-de-la-casa-de-los-famosos-mexico-2026-resultados-y-orden-de-primeros-lugares/"><b>La Casa de los Famosos México</b></a> recibirá un premio anunciado de <b>4,000,000 pesos</b> durante la final de este domingo 4 de octubre de 2026, pero el monto disponible dependerá de la retención fiscal aplicable al concurso y de la entidad donde se entregue. </p><p>La gala comienza a las 20:30 horas, tiempo del centro de México, con <b>Karina Torres</b>, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/04/galilea-montijo-no-quiere-que-mariana-ochoa-gane-la-casa-de-los-famosos-mexico-video-desata-incertidumbre/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/10/04/galilea-montijo-no-quiere-que-mariana-ochoa-gane-la-casa-de-los-famosos-mexico-video-desata-incertidumbre/"><b>Mariana Ochoa</b></a>, Gema Garoa, Ese Pérez y Memo Schutz como finalistas. El cálculo de 35% que circula en redes no corresponde, en automático, al régimen fiscal de premios.</p><p>La versión que plantea que el SAT descontará 1,400,000 pesos y dejará <b>un pago final de 2,600,000 </b>pesos parte de aplicar una tasa general de <b>35%</b>. Esa tasa es la máxima de la tarifa anual para ciertos ingresos acumulables de personas físicas, pero l<b>a Ley del ISR</b> tiene un capítulo específico para premios de concursos, sorteos, rifas y juegos autorizados.</p><p>El artículo 137 de la Ley del ISR considera como ingresos por premios los que derivan de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase legalmente autorizados. El reality de Televisa entra, en principio, en esta categoría fiscal. </p><h2>La Ley del ISR prevé una tasa federal de 1% o 21% para premios</h2><p>El artículo 138 de la Ley del ISR establece que el impuesto federal sobre premios se calcula con una tasa de <b>1%</b> sobre el valor del premio cuando la entidad federativa no cobra un impuesto local por ese concepto o cuando dicho gravamen no excede 6%.</p><p>La misma disposición contempla una tasa federal de <b>21%</b> si el impuesto local aplicable a los premios rebasa 6%. La retención la realiza quien entrega el dinero, por lo que el ganador recibe el monto después de los descuentos que correspondan.</p><p>El umbral de <b>600,000 pesos</b> tampoco activa, por sí solo, una retención de 35%. La Ley del ISR señala que las personas físicas deben informar en su declaración anual los préstamos, donativos y premios que, de manera individual o conjunta, superen esa cantidad.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XTABHTPJU5FRXL23KFKRDR4AFE.jpg?auth=ea0606cd8a160ef6026b1dba4eca5e261c944c747d1ce7e217574f1981c4f998&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Ley del ISR prevé una tasa federal de 1% o 21% para premios


(RS)" height="1080" width="1920"/><p>Esa obligación informativa es distinta al pago del impuesto. El ganador deberá reportar el premio en la declaración anual si rebasa el límite, aun cuando el organizador haya hecho la retención correspondiente al momento de entregar el maletín.</p><h2>Ciudad de México aplica 6% local sobre premios de concursos</h2><p>El Código Fiscal de la Ciudad de México fija una tasa de <b>6%</b> para quienes obtienen premios de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos. La norma también obliga a los organizadores a retener el impuesto y enterarlo ante la autoridad local.</p><p>Si el premio de La Casa de los Famosos México se causa bajo las reglas de la capital, la carga directa sería de 1% federal y 6% local. En ese escenario, el descuento conjunto sería de <b>7%</b>, no de 35%.</p><p>El cálculo quedaría de la siguiente manera: sobre los 4,000,000 pesos anunciados, el ISR federal representaría 40,000 pesos. El gravamen local de 6% equivaldría a 240,000 pesos. La retención total sería de 280,000 pesos.</p><p>Con esa referencia, el ganador o ganadora recibiría un estimado de <b>3,720,000 pesos</b>. La cifra final puede variar según el lugar fiscal de pago, las reglas contractuales de la producción y el tratamiento que el organizador dé al premio.</p><p>El Código Fiscal capitalino establece que el impuesto local se calcula sobre el valor total del premio obtenido.</p><h2>Los 4,000,000 pesos corresponden únicamente al primer lugar</h2><p>La producción de La Casa de los Famosos México anuncia que el premio de 4,000,000 pesos será entregado de forma exclusiva a quien termine en el primer sitio. Los finalistas que ocupen del segundo al quinto lugar no tienen un incentivo económico adicional anunciado por la competencia.</p><p>La gala final se transmite por <b>Las Estrellas</b> y la plataforma <b>ViX</b>. La pregala comienza a las 19:45 horas y el programa principal arranca a las 20:30 horas, según información difundida por la producción.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AEG3I7BUQVGCRGTC2J3ZAQF63A.jpg?auth=1b8f3d7b08e6b3199d491a85ea849564dd0e9fa6c09383091681967ee0ece47f&smart=true&width=1361&height=768" alt="Los 4,000,000 pesos corresponden únicamente al primer lugar

(Facebook)" height="768" width="1361"/><p>Los cinco participantes que llegan a la última emisión son Karina Torres, Mariana Ochoa, Gema Garoa, Ese Pérez y Memo Schutz. La votación del público define las posiciones finales y al habitante que se queda con el maletín.</p><p>La producción confirma que los votos permanecen abiertos hasta la gala. Las personas con suscripción ViX Premium pueden emitir hasta 10 votos diarios en la página oficial del programa.</p><p>El nombre del cuarto ganador de La Casa de los Famosos México se conocerá este 4 de octubre. Antes de asumir que recibirá solo 2,600,000 pesos, habrá que conocer la retención aplicada por la producción y la entidad fiscal que corresponda al pago del premio.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/FNOIDI336BHZ3CGEEFUK4ZQCQ4.png?auth=8d5acf3278db7718ab7c2cb0e4c8543927a98a96b7536a8ee54f138102e9d971&amp;smart=true&amp;width=1161&amp;height=762" type="image/png" height="762" width="1161"><media:description type="plain"><![CDATA[4 millones de pesos menos impuestos: de cuánto es realmente el premio de La Casa de los Famosos México

 (Captura de pantalla )]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Guatemala aplica la exención temporal de impuestos a los combustibles: así se refleja en las facturas]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/10/01/guatemala-aplica-la-exencion-temporal-de-impuestos-a-los-combustibles-asi-se-refleja-en-las-facturas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/10/01/guatemala-aplica-la-exencion-temporal-de-impuestos-a-los-combustibles-asi-se-refleja-en-las-facturas/</guid><dc:creator><![CDATA[Sayda Galicia]]></dc:creator><description><![CDATA[Las gasolineras del país venden gasolina y diésel sin IVA ni IDP tras el decreto que firmó el presidente Bernardo Arévalo, una medida vigente hasta diciembre. ]]></description><pubDate>Thu, 01 Oct 2026 15:41:37 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FYD5PVTLZVB7ZOE2HGCCFEMKE4.png?auth=7c31980bbaca2851f095fecaeb185eb00824e9b5422db23e3ea734f8245c7344&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Guatemala eximió de forma temporal del cobro del IVA y del IDP a las gasolinas y el diésel hasta el 31 de diciembre. Redes Sociales  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Las <b>gasolineras</b> de <b>Guatemala</b> venden desde este jueves gasolina regular, superior y diésel sin el recargo del <b>IVA</b> ni del <b>IDP</b>, tras la entrada en vigor del Decreto 22-2026, sancionado el miércoles por el presidente <b>Bernardo Arévalo</b>. </p><p>La exención temporal busca reducir el impacto del alza de los combustibles sobre el poder adquisitivo de las familias y se mantendrá hasta el 31 de diciembre.</p><p>La norma fue publicada el mismo miércoles en el Diario de Centro América, luego de que el Congreso la aprobara el 22 de septiembre con <b>148 votos</b> y la declarara de urgencia nacional. Además de eliminar ambos tributos, suspende temporalmente la retención aplicable a los pagos con tarjeta de crédito o débito para comprar esos combustibles.</p><p>Arévalo anunció la medida en sus redes sociales y afirmó: “A partir de hoy, sus facturas de gasolina ya tendrán el apoyo que se ha gestionado por el decreto del Congreso de la República”. El mandatario reconoció que “estos días no han sido fáciles debido al alto costo en el precio de los combustibles” y atribuyó el encarecimiento a factores externos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7RYHWMDYGFFV5MGNFG7CUYA4NY.png?auth=d3e1a534ef7060c6f315e64a903e293186b6776b0a85fcec5c88da36d008e948&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una infografía de la Superintendencia de Administración Tributaria explica la exención temporal de los impuestos a los combustibles y las medidas de control en Guatemala. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Facturas con el detalle de la exención por galón</h2><p>La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) modificó el sistema de Factura Electrónica en Línea (FEL) para que los comprobantes emitidos por las estaciones de servicio indiquen de forma separada el beneficio aplicado. </p><p>Las facturas deberán incluir las leyendas: “Monto de exención temporal de IVA aplicado, según Decreto Número 22-2026” y “Monto de exención temporal de IDP aplicado, según Decreto Número 22-2026”.</p><p>Cada comprobante tendrá que detallar el valor descontado por cada galón despachado, con los impuestos consignados en cero. El mecanismo permite que los compradores comprueben que la rebaja tributaria llegó de manera íntegra al precio final pagado en la estación.</p><p>El <b>Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo</b> tiene montos fijos según el producto: Q 4,70 por galón de gasolina superior, Q 4,60 para la regular y Q 1,30 para el diésel. El IVA depende del precio de venta de cada combustible, por lo que su reducción cambia de acuerdo con las cotizaciones vigentes.</p><p>Con los precios de referencia del 28 de septiembre, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) calculó una disminución conjunta de <b>Q 9,05 por galón</b> para la gasolina superior, Q 8,33 para la regular y Q 6,45 para el diésel. La gasolina superior pasaría de Q 45,29 a Q 36,24; la regular, de Q 43,26 a Q 34,93; y el diésel, de Q 49,37 a Q 42,92.</p><p>Las estaciones deberán trasladar ese descuento sin retener parte del beneficio dentro de la cadena de comercialización. La obligación rige incluso antes de que se publique el reglamento que definirá los procedimientos de aplicación de la exención.</p><h2>Reportes diarios y sanciones por incumplimiento</h2><p>El MEM habilitó el miércoles una plataforma digital para que los expendedores informen obligatoriamente sus precios de venta cada día. La herramienta, prevista en el artículo 7 del decreto, permite la consulta pública de los valores reportados por las estaciones.</p><p>El control del cumplimiento estará a cargo del <b>Ministerio de Energía y Minas, la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) </b>y la SAT. La supervisión incluye tanto el traslado de la rebaja a los consumidores como la obligación de informar los precios en la nueva plataforma.</p><p>La Diaco puede imponer sanciones a los expendedores que no apliquen la reducción tributaria, omitan sus reportes diarios o incumplan otras disposiciones de la norma. Las penalidades se regirán por la Ley de Protección al Consumidor y Usuario.</p><p>La exención representará un sacrificio fiscal estimado en <b>Q 3.318,4 millones</b> durante sus tres meses de vigencia. De ese total, Q 1.986,2 millones corresponden al IVA y Q 1.332,2 millones al IDP.</p><p>El decreto también prohíbe la exportación y reexportación de gasolina superior, regular y diésel mientras esté vigente la medida. La restricción se aplica durante todo el período en que esos productos queden liberados de los dos impuestos.</p><p>El reglamento de aplicación deberá ser emitido por el MEM dentro de los cinco días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la norma. Sin embargo, el vencimiento de ese plazo no suspende el deber de las estaciones de reflejar el descuento en sus facturas y precios.</p><p>A partir del 1 de enero de 2027, la gasolina superior, la regular y el diésel volverán a tributar bajo el régimen ordinario, sin necesidad de una disposición adicional. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/VCGFSHTMT5GNDJCSNMJTDQR4BY.png?auth=395262073ae110afd7e4d84e4970bba6ac7f8c393e65281e0f1cc8545d703703&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una factura emitida en una estación de servicio de Guatemala refleja la exención temporal de impuestos aplicada a los combustibles. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Salarios, pensiones y Afore: los bienes que el SAT no puede embargar]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/10/01/salarios-pensiones-y-afore-los-bienes-que-el-sat-no-puede-embargar/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/10/01/salarios-pensiones-y-afore-los-bienes-que-el-sat-no-puede-embargar/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La ley exige que la autoridad fiscal notifique formalmente la deuda antes de ordenar cualquier bloqueo; los fondos de retiro en Afore cuentan con reglas de protección específicas dentro del mismo procedimiento]]></description><pubDate>Thu, 01 Oct 2026 13:12:22 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K5O64AVDBZFN7A5POHYOJEM25M.png?auth=18043e45d4b95cec0daad3bb921a5dc6923ec44615a5de82641901767b73bbe7&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT no puede iniciar un embargo o una inmovilización de cuentas sin que exista primero un crédito fiscal firme y notificado al contribuyente.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El Código Fiscal de la Federación establece una lista de <b>bienes que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no puede embargar</b>, entre ellos los salarios, las pensiones y los fondos de ahorro para el retiro en las Afore. La protección no es absoluta: existen excepciones y condiciones que determinan cuándo y cómo puede actuar la autoridad fiscal.</p><p>El SAT no puede iniciar un embargo o una inmovilización de cuentas sin que exista primero un crédito fiscal firme y notificado al contribuyente. Antes de llegar a esa instancia, la legislación blinda recursos considerados indispensables para la subsistencia del deudor.</p><h2>Requisitos legales para que el SAT actúe</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AYUOV3646ZBGRDWQ3ZLEIO5ZXA.png?auth=47e198a171a0fa4a3b126ba1bec6f198804ec7fac2321863050b7d383127a686&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El proceso tiene etapas definidas. Primero se notifica la deuda al contribuyente.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, la autoridad fiscal necesita un crédito fiscal determinado, notificado formalmente al contribuyente, antes de ordenar cualquier inmovilización de recursos.</p><p>El proceso tiene etapas definidas. Primero se notifica la deuda al contribuyente. Después, dentro de un plazo establecido, la persona puede pagar el adeudo, solicitar facilidades de pago o garantizar el interés fiscal ante el SAT.</p><p>Si el crédito fiscal queda firme y no se paga ni se garantiza, el SAT puede iniciar el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/04/el-sat-puede-embargar-tu-casa-tu-carro-y-tus-cuentas-asi-funciona-el-procedimiento-que-pocos-conocen" rel="noopener noreferrer">Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</a>. Dentro de ese procedimiento es donde la autoridad puede embargar bienes o solicitar a las instituciones financieras que inmovilicen cuentas bancarias.</p><p>El SAT no puede inmovilizar recursos de forma arbitraria ni por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/18/sat-aclara-que-no-existen-embargos-masivos-de-cuentas-bancarias-en-que-casos-si-puede-inmovilizar-fondos" rel="noopener noreferrer">movimientos bancarios inusuales</a>. </p><p>La ley protege de manera específica los sueldos, los salarios, las pensiones y los fondos destinados al ahorro para el retiro en Afore. Estos recursos quedan fuera del alcance del embargo fiscal, salvo excepciones puntuales contempladas por la propia legislación o por resoluciones judiciales posteriores.</p><h2>Límite del monto que puede inmovilizar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR5OEY7KA5BQHB4OEFAT2PB524.png?auth=10bd48b9b6c8f36c4d9cff3ca3613adf212102c335f025cdd2a3410a3101e090&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Esto significa que la autoridad no tiene facultad para bloquear recursos de manera ilimitada por el simple hecho de detectar un movimiento bancario fuera de lo habitual. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La inmovilización de cuentas que ordena el SAT tiene un tope: no puede exceder el crédito fiscal actualizado y sus accesorios, es decir, recargos, multas y gastos de ejecución vinculados al adeudo original.</p><p>Esto significa que la autoridad no tiene facultad para bloquear recursos de manera ilimitada por el simple hecho de detectar un movimiento bancario fuera de lo habitual. Un depósito en efectivo o una transferencia inusual no constituye, por sí sola, una causa automática para congelar el dinero de una cuenta.</p><p>Cuando una persona posee varias cuentas bancarias, la medida puede alcanzar los recursos necesarios entre ellas para cubrir el adeudo, pero siempre dentro del límite que marca la ley. El cálculo contempla exclusivamente el crédito fiscal y los conceptos adicionales que correspondan.</p><h2>Bienes protegidos por la legislación fiscal</h2><p>El Código Fiscal de la Federación contempla, además de sueldos y pensiones, otros bienes considerados indispensables para el contribuyente dentro del Procedimiento Administrativo de Ejecución. Las cuentas individuales de ahorro para el retiro cuentan con reglas específicas de protección respecto de la inmovilización, incluidas determinadas aportaciones efectuadas conforme a la legislación aplicable.</p><p>Esta protección no siempre es total cuando se trata de cuentas mixtas. Si una cuenta de nómina también recibe depósitos adicionales al salario, la protección solo corresponde a la parte identificada como sueldo.</p><p>El resto de los recursos depositados en esa misma cuenta podría quedar sujeto a una medida de inmovilización si se cumplen los supuestos legales que activan la facultad del SAT. La existencia de un depósito extraordinario en una cuenta de nómina no debe confundirse con una orden automática de embargo: la inmovilización siempre está vinculada a una situación fiscal concreta y al monto del crédito correspondiente.</p><h2>El fallo de la Corte sobre Afore y pensión alimenticia</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XX4P63JJFHZJHRH45DTDACJL4.png?auth=ff23e3e1cd1b73e5ec082103651a42ed4d992d73e4855fbaf921af2a30f3779d&smart=true&width=1408&height=768" alt="La resolución establece que estos fondos podrán ser embargados cuando el titular incumpla con su obligación de pagar pensión alimenticia. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La inembargabilidad de los fondos de ahorro para el retiro registró una excepción reciente. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó, en un fallo unánime, que las <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/03/la-suprema-corte-lo-confirmo-tu-afore-ya-puede-ser-embargada-si-dejas-de-pagar-pension-alimenticia" rel="noopener noreferrer">cuentas de Afore</a> ya no son intocables en todos los casos.</p><p>La resolución establece que estos fondos podrán ser embargados cuando el titular incumpla con su obligación de pagar pensión alimenticia. El fallo le puso fin a la inembargabilidad absoluta que hasta entonces protegía a los ahorros para el retiro frente a este tipo de deudas.</p><p>La medida no implica que cualquier deuda ponga en riesgo los ahorros de Afore, ni que el embargo sea automático en todos los casos. La Corte precisó dos condiciones que deben cumplirse de manera conjunta para que un juez pueda ordenar tocar estos fondos.</p><p>La primera condición es la <b>insolvencia de bienes</b>: la medida se aplicará cuando el deudor no posea otros bienes embargables, como casas, autos o cuentas bancarias líquidas, para responder legalmente por la deuda alimenticia.</p><p>La segunda condición es el <b>desempleo</b> del deudor. La disposición está diseñada para ejecutarse cuando la persona se encuentre sin trabajo formal, con el objetivo de evitar que la falta de ingresos salariales se convierta en una excusa para el incumplimiento del pago de alimentos.</p><p>Sobre el monto que puede embargarse de la cuenta de Afore, la Corte estableció un tope basado en dos opciones, de las cuales se aplica la que resulte menor: 75 días del salario base de cotización de los últimos cinco años del titular, o el 10% del saldo total acumulado en la subcuenta de retiro.</p><p>Esta disposición se mantendrá vigente durante octubre de 2026, de acuerdo con la resolución de la Primera Sala. El criterio judicial se suma a las reglas ya existentes del Código Fiscal de la Federación, que en el ámbito estrictamente fiscal sigue considerando a las pensiones, los salarios y las aportaciones para el retiro como bienes inembargables por parte del SAT.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/K5O64AVDBZFN7A5POHYOJEM25M.png?auth=18043e45d4b95cec0daad3bb921a5dc6923ec44615a5de82641901767b73bbe7&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT no puede iniciar un embargo o una inmovilización de cuentas sin que exista primero un crédito fiscal firme y notificado al contribuyente.  (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La CNDH incorporará la e.firma del SAT en sus trámites: qué servicios pedirán este nuevo requisito]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/30/la-cndh-incorporara-la-efirma-del-sat-en-sus-tramites-que-servicios-pediran-este-nuevo-requisito/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/30/la-cndh-incorporara-la-efirma-del-sat-en-sus-tramites-que-servicios-pediran-este-nuevo-requisito/</guid><dc:creator><![CDATA[Samantha Godínez ]]></dc:creator><description><![CDATA[ Durante la firma del acuerdo se destacó que reducir requisitos y permitir el envío electrónico de documentos representa menores tiempos de espera y costos para la población]]></description><pubDate>Wed, 30 Sep 2026 17:25:12 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SDKZ4EXFZ5AQJIAV5227GDAQAU.jpg?auth=86fb53287d3d1b77ea421882f60642bc93575d7a7d4fa104cede6f5a76b0c19c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="CNDH implementará la e.firma para tramites (Foto: X/@SATMX)" height="1080" width="1920"/><p>La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/26/caso-ayotzinapa-cndh-rechaza-categoricamente-haber-negado-atencion-a-los-padres-de-los-43-normalistas-desaparecidos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/26/caso-ayotzinapa-cndh-rechaza-categoricamente-haber-negado-atencion-a-los-padres-de-los-43-normalistas-desaparecidos/"><b>CNDH</b></a>) y el Servicio de Administración Tributaria (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/29/el-tramite-gratuito-que-el-sat-recomienda-hacer-antes-de-enero-para-evitar-multas-y-recargos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/29/el-tramite-gratuito-que-el-sat-recomienda-hacer-antes-de-enero-para-evitar-multas-y-recargos/"><b>SAT</b></a>) establecieron un <b>convenio </b>de colaboración para incorporar la<b> Firma Electrónica Avanzada (e.firma)</b> en los trámites del organismo. La medida busca simplificar procedimientos, reducir tiempos y facilitar el cumplimiento de las disposiciones legales mediante herramientas digitales.</p><p>La presidenta de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra, señaló que esta medida administrativa puede contribuir a eliminar obstáculos para que las personas ejerzan y defiendan sus <b>derechos humanos</b>. Durante la firma del acuerdo se destacó que reducir requisitos y permitir el<b> envío electrónico de documentos </b>representa<b> menores tiempos de espera</b> y <b>costos para la población</b>.</p><p>Por su parte, el jefe del SAT, Antonio Martínez Dagnino, resaltó que la cooperación entre ambas instituciones permitirá fortalecer los servicios de la CNDH, al tiempo que la autoridad fiscal continúa apoyando a otras instancias del Estado mexicano en la modernización y agilización de sus procedimientos mediante soluciones digitales.</p><h2>CNDH incorporará la e.firma en sus trámites</h2><p>Con el convenio, la CNDH podrá utilizar la e.firma para autenticar documentos oficiales, resoluciones, acuerdos, comunicaciones institucionales y otras actuaciones administrativas y sustantivas, todos estos procedimientos tendrán la misma validez jurídica que los realizados por otros medios.</p><p>Piedra Ibarra afirmó que cada trámite que se elimina, requisito que se simplifica o documento que puede enviarse de manera electrónica representa una reducción en las dificultades que enfrentan las personas para acceder a la protección de sus derechos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NZSKOLCG7BHRFM3GHJJHP5TMBU.png?auth=6914ef3f9b4c0febac6deb2c1b71b21faf53c7557681c1e1b1514689b135dcd5&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía de Infobae detalla el convenio entre la CNDH y el SAT para digitalizar trámites con respaldo jurídico y agilizar el acceso a los derechos humanos en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La titular del organismo sostuvo que disminuir la <b>burocracia </b>no implica únicamente ahorrar papel o tiempo, sino también reducir las barreras existentes entre la población y sus derechos. Añadió que acercar las instituciones a las personas permite que los derechos humanos se traduzcan en una realidad tangible.</p><p>Asimismo, reconoció el trabajo del ingeniero Arturo Sánchez Martínez y del programador Atzin Domínguez Romero para poner en funcionamiento la herramienta digital en los diferentes procedimientos del organismo.</p><h2>SAT amplía uso de herramientas digitales</h2><p>Martínez Dagnino destacó que el acuerdo permitirá fortalecer y brindar certeza a los servicios de la CNDH, con respeto a la autonomía del organismo, explicó que el SAT mantiene una labor de acompañamiento a otras instituciones públicas para modernizar sus procesos mediante instrumentos que aportan <b>seguridad jurídica y eficiencia</b>.</p><p>El funcionario informó que actualmente existen tratos para utilizar la firma electrónica con los 32 estados, 20 municipios y 144 dependencias federales y estatales, que emplean esta tecnología para validar diversos trámites.</p><p>Además, indicó que durante 2026 el SAT ha proporcionado alrededor de<b> 37 millones de atenciones a contribuyentes en todo el país</b>. De acuerdo con el funcionario, estas herramientas forman parte de los mecanismos empleados para hacer más ágiles las tareas de las instituciones públicas.</p><p>En la firma participaron funcionarios de ambas dependencias, entre ellos Cecilia Velasco Aguirre, Juan José Sánchez González y Sergio Erik Ávalos Rubio, por parte de la CNDH; así como Andrea Yoalli Hernández Xoxtla y René Guzmán García, en representación del SAT.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SDKZ4EXFZ5AQJIAV5227GDAQAU.jpg?auth=86fb53287d3d1b77ea421882f60642bc93575d7a7d4fa104cede6f5a76b0c19c&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[CNDH implementará la e.firma para tramites (Foto: X/@SATMX)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Qué universidades volvieron a exigir el SAT y por qué más estudiantes de California rindieron el examen en 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/09/29/que-universidades-volvieron-a-exigir-el-sat-y-por-que-mas-estudiantes-de-california-rindieron-el-examen-en-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/09/29/que-universidades-volvieron-a-exigir-el-sat-y-por-que-mas-estudiantes-de-california-rindieron-el-examen-en-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Francesco Enrico]]></dc:creator><description><![CDATA[Un total de 138.763 jóvenes presentaron resultados para conservar abiertas sus posibilidades de ingreso, ante criterios diferentes entre los campus públicos y privados]]></description><pubDate>Tue, 29 Sep 2026 21:38:56 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LDGP54ZE7VCXJCPB4JZYFHJMWI.JPG?auth=dd4b617b1ce0f4ba0c09e1e91bf18b1ca2570ac34c25df80e2261ea300c2fef0&smart=true&width=6500&height=4335" alt="Un total de 138.763 estudiantes de la promoción 2026 en California rindieron el examen SAT, lo que representa un aumento del 12,6 por ciento (REUTERS/Daniel Cole)" height="4335" width="6500"/><p>Los estudiantes de <b>California</b> que terminarán la secundaria en 2026 rindieron el <a href="https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/09/17/la-universidad-de-california-evalua-volver-a-exigir-el-sat-por-que-reabrio-el-debate-y-cuando-podria-decidirlo/"><b>SAT</b></a> en una cifra de <b>138.763 personas</b>, un 12,6 % más que la promoción anterior y el mayor incremento de los últimos tres años.</p><p>El aumento coincide con la vuelta de requisitos de exámenes estandarizados en universidades selectivas, aunque los dos sistemas públicos más grandes del estado, la <a href="https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/07/30/la-universidad-de-california-bate-record-de-admisiones-pero-entrar-a-ucla-o-berkeley-es-cada-vez-mas-dificil"><b>Universidad de California (UC)</b></a> y la <b>Universidad Estatal de California (CSU)</b>, mantienen una política sin pruebas para decidir admisiones.</p><p>Los datos, difundidos el martes por el <b>College Board</b>, muestran que el repunte no responde a una sola regla universitaria.</p><p>Para los aspirantes californianos, el examen volvió a ser obligatorio en algunas instituciones, opcional en otras y prescindible para ingresar a los campus de UC y CSU.</p><p>Esa diferencia resulta central para entender por qué más alumnos buscan conservar sus alternativas de postulación.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZBROVFT67RCSNA7MTALFULXLYM.JPG?auth=a18dc8ba194b6f5bb893a82192f7d94518b65ba30e69b954ae65605d686cff5a&smart=true&width=6500&height=4335" alt="Los sistemas públicos de UC y CSU continúan con la política de prescindir de pruebas estandarizadas para definir el ingreso (REUTERS/Daniel Cole)" height="4335" width="6500"/><h2>Texas, Stanford y Caltech volvieron a pedir resultados del SAT o ACT</h2><p>La <b>Universidad de Texas en Austin</b>, <b>Stanford University</b> y el <b>Instituto de Tecnología de California (Caltech)</b> restablecieron el requisito de presentar una prueba estandarizada para la admisión, después de las suspensiones adoptadas en la pandemia.</p><p>Dentro de la Ivy League, seis de sus ocho universidades ya recuperaron esa condición; <b>Princeton University</b> y <b>Columbia University</b> anunciaron que la repondrán para el ciclo académico 2027-2028.</p><p>En estas instituciones, los postulantes deben presentar resultados del SAT o del ACT como parte de su solicitud.</p><p>Priscilla Rodriguez, vicepresidenta sénior de Evaluaciones de Preparación Universitaria del College Board, explicó a <i>Los Angeles Times</i> que muchos estudiantes quieren contar con un puntaje para mantener abiertas sus posibilidades de ingreso. “Quieren tener un puntaje para mantener abiertas todas esas opciones”, afirmó.</p><p>La Universidad del Sur de California (<b>USC</b>) queda en una categoría distinta. Conserva una política de admisión opcional respecto de las pruebas: los aspirantes pueden remitir sus resultados si consideran que fortalecen su solicitud, pero no tienen la obligación de hacerlo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4JT2FJQ7UJHMZBJWEM27QWHLZQ.JPG?auth=6b7dcbeee640a9123711efd461b07d397d61c7f841dd59a210168e925915c246&smart=true&width=3500&height=2333" alt="Instituciones como Stanford restablecieron la obligatoriedad de presentar el examen SAT (REUTERS/Beck Diefenbach)" height="2333" width="3500"/><h2>UC y CSU no usan el SAT para admitir alumnos, aunque pueden usarlo para ubicar cursos</h2><p>La política de la <b>UC</b> y de la <b>CSU</b> es diferente de la de las universidades que recuperaron el examen.</p><p>Ninguno de los dos sistemas emplea el SAT o el ACT para resolver quién es admitido. Ambos eliminaron esos requisitos en 2020, durante la pandemia, y más tarde abandonaron su uso de forma permanente tras el debate sobre la relación entre los puntajes, la raza y los ingresos familiares.</p><p>Las calificaciones de las pruebas pueden usarse para asignar cursos, como determinar si un estudiante inicia matemáticas introductorias o contenidos avanzados, pero no influyen en la admisión.</p><p>La distinción también se refleja en los destinos de los puntajes enviados por alumnos californianos.</p><p>USC recibió la mayor cantidad, seguida por la Universidad de California en Los Ángeles (<b>UCLA</b>), la Universidad de Texas en Austin, Stanford y la Universidad de California en Irvine.</p><p>Los estudiantes pueden enviar sus notas tanto a instituciones que las exigen como a aquellas que no las usan en su proceso de selección.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/P7BKFEL5A5C5DMX5KEMDD3Z324.jpg?auth=6457ab8c200f511cffafb75b66f83870127066e18c0af00d7d41d21966c3db1d&smart=true&width=800&height=551" alt="La discusión sobre las pruebas estandarizadas enfrenta el riesgo de sesgo socioeconómico con la búsqueda de un parámetro común de evaluación (REUTERS/Jeenah Moon/Pool)" height="551" width="800"/><h2>Los regentes de la UC revisan si deben recuperar el requisito ante dudas por la preparación académica</h2><p>La <b>Universidad de California</b> revisa ahora su política de admisión sin pruebas después de que profesores alertaran sobre dificultades de preparación, en especial en matemáticas y razonamiento.</p><p>Los regentes abrieron un proceso de análisis que prevén extender por varios meses; la discusión no ha modificado hasta ahora la regla vigente, que excluye al SAT y al ACT de las decisiones de admisión.</p><p>Rodriguez señaló que la revisión comenzó cuando la mayoría de los alumnos de la promoción de 2026 ya había rendido el examen, por lo que no atribuyó a ese debate el crecimiento divulgado.</p><p>Aun así, dijo que el College Board espera una nueva suba de participantes este año. “Estamos preparados para eso”, sostuvo.</p><p>El debate enfrenta dos enfoques. Los defensores de excluir las pruebas argumentan que las calificaciones de la secundaria reflejan mejor la preparación académica y que los exámenes pueden favorecer a alumnos que pueden pagar tutorías o cursos privados.</p><p>Quienes respaldan su retorno sostienen que aportan una medición común para comparar candidatos de escuelas con estándares de evaluación distintos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OYLNR2GV7BB4POGVHPGMS7UDYE.jpg?auth=75ae24805a78645c5b89ee0b106ae76f53dffea20120548e039ac84e98247c00&smart=true&width=800&height=517" alt="La participación en el SAT creció un 12,6 % entre la promoción que finalizará la secundaria, impulsada por instituciones privadas que recuperaron las pruebas estandarizadas en sus procesos de admisión (REUTERS/Faith Ninivaggi/Foto de archivo)" height="517" width="800"/><h2>La participación latina fue la mayor entre quienes rindieron la prueba en California</h2><p>Entre los graduados californianos de 2026 que realizaron el SAT, <b>el 40,6 % se identificó como latino</b>, el 21,7 % como asiático, el 21,4 % como blanco y el 4,2 % como negro.</p><p>Los alumnos asiáticos registraron los puntajes más altos, seguidos por quienes se identificaron con dos o más razas, los blancos, los isleños del Pacífico, los indígenas estadounidenses, los latinos y los negros.</p><p>Rodriguez indicó que esas brechas también aparecen en otros indicadores estandarizados y las vinculó con desigualdades de la educación primaria y secundaria en Estados Unidos.</p><p>El College Board amplió sus acuerdos con organizaciones sin fines de lucro para ofrecer preparación gratuita, incluidas tutorías virtuales en vivo.</p><p>En la secundaria Linda Marquez de Huntington Park, los estudiantes pueden rendir el examen sin costo durante la jornada escolar.</p><p>Jacqueline Villatoro, consejera universitaria del establecimiento, dijo al diario que más alumnos comenzaron a repetir la prueba durante el último año para mejorar sus notas, debido a que universidades privadas de su interés volvieron a exigirla. “Cuando pasaron al sistema opcional, los chicos ya no la rendían otra vez”, afirmó.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LDGP54ZE7VCXJCPB4JZYFHJMWI.JPG?auth=dd4b617b1ce0f4ba0c09e1e91bf18b1ca2570ac34c25df80e2261ea300c2fef0&amp;smart=true&amp;width=6500&amp;height=4335" type="image/jpeg" height="4335" width="6500"><media:description type="plain"><![CDATA[Un total de 138.763 estudiantes de la promoción 2026 en California rindieron el examen SAT, lo que representa un aumento del 12,6 por ciento (REUTERS/Daniel Cole)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Daniel Cole</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[El trámite gratuito que el SAT recomienda hacer antes de enero para evitar multas y recargos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/29/el-tramite-gratuito-que-el-sat-recomienda-hacer-antes-de-enero-para-evitar-multas-y-recargos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/29/el-tramite-gratuito-que-el-sat-recomienda-hacer-antes-de-enero-para-evitar-multas-y-recargos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El procedimiento exige registrar al menos un correo electrónico y un número celular, confirmar ambos medios en un plazo de 72 horas y guardar el acuse de registro con folio, fecha y hora]]></description><pubDate>Tue, 29 Sep 2026 18:00:46 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UHFCCNRWFJFA3KH22ELAXXQE6Y.png?auth=717343ff49d7d9b6bab33bc08a3e184e3edad376f075cae723771673b6209046&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un hombre feliz muestra su aprobación mientras un calendario digital de la Declaración Anual 2025 del SAT se ve en su escritorio, indicando que el proceso es sencillo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Buzón Tributario: el trámite urgente antes de la nueva sanción El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> recomienda a los contribuyentes mexicanos revisar y actualizar tres trámites gratuitos antes de que cierre 2026. La medida busca evitar contratiempos fiscales de cara al nuevo año. </p><p>El aviso llega en un momento clave: <b>a partir del 1 de enero de 2027, no tener habilitado el Buzón Tributario cuando exista la obligación de hacerlo se considerará una infracción que puede generar una multa</b>, según informó el organismo. </p><p>Por ello, la autoridad recomienda revisar con anticipación tres herramientas antes de que termine el año: el Buzón Tributario, la e.firma y la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/14/constancia-de-situacion-fiscal-del-sat-como-sacarla-paso-a-paso-en-2026" rel="noopener noreferrer">Constancia de Situación Fiscal</a>. </p><h2>¿Qué es el Buzón Tributario?</h2><p>El Buzón Tributario es el canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, tanto personas físicas como morales. Para habilitarlo correctamente, es necesario cumplir con estos requisitos: Contar con Contraseña, e.firma o e.firma portable vigente (las personas morales deben usar obligatoriamente e.firma). </p><p>Registrar al menos un correo electrónico y un número de teléfono celular como medios de contacto. Es posible registrar hasta cinco direcciones de correo electrónico, pero solo un número de teléfono móvil. </p><p>Confirmar ambos medios de contacto dentro de las 72 horas posteriores al registro; de lo contrario, el sistema cancela la solicitud. </p><p>El procedimiento para habilitarlo incluye estos pasos: </p><p>Ingresar al portal del SAT y ubicar la opción “Buzón Tributario”. </p><p>Iniciar sesión con Contraseña o e.firma. </p><p>Capturar el o los correos electrónicos y el número celular en el formulario correspondiente. Presionar “Continuar” y aceptar el aviso del sistema. </p><p>Imprimir o guardar el acuse de registro con folio, fecha y hora. Confirmar el correo mediante el enlace que llega al correo electrónico. Confirmar el teléfono capturando el código recibido por SMS dentro del propio Buzón. </p><p>Quienes ya tienen habilitado el servicio deben verificar que sus datos de contacto sigan siendo correctos, sobre todo si cambiaron de correo o de número celular en los últimos meses.</p><h2>Renovación de la e.firma: requisitos según el estado del certificado</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CROPGYQPAFF7ROPKR2JTJ6HEGM.png?auth=77b0c92a73deb48b419dc1ebd3ec6049b99008a1efc92dd2a3654738d7643d8a&smart=true&width=1536&height=1024" alt=" La vigencia del certificado es de cuatro años y el procedimiento de renovación cambia según el tiempo transcurrido desde su vencimiento.   (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El segundo trámite que el SAT recomienda revisar es la <b>e.firma</b>, indispensable para presentar declaraciones, realizar trámites electrónicos y acreditar identidad ante distintas plataformas del organismo. La vigencia del certificado es de cuatro años y el procedimiento de renovación cambia según el tiempo transcurrido desde su vencimiento. </p><p>Si el certificado sigue vigente, la renovación es completamente en línea y requiere: </p><p>Descargar el programa Certifica desde el portal del SAT. </p><p>Cargar el archivo .key e ingresar la contraseña de la llave privada. Generar el archivo .ren de solicitud de renovación. </p><p>Ingresar a CertiSAT Web con la e.firma vigente y subir el archivo .ren. Descargar los nuevos archivos .cer y .key, con vigencia de cuatro años adicionales. </p><p>Si el certificado venció hace menos de 12 meses, el trámite puede completarse sin cita mediante la aplicación SAT ID, para lo cual se necesita: </p><p>Ingresar el RFC en la app. </p><p>Subir una fotografía de identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional). </p><p>Grabar un video breve repitiendo una frase que indica el sistema, como prueba de vida. </p><p>Firmar la solicitud en pantalla y conservar el número de folio. Esperar la respuesta del SAT, que llega al correo registrado en un plazo máximo de cinco días hábiles. </p><p>Existen tres situaciones en las que la renovación presencial resulta obligatoria: <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo" rel="noopener noreferrer">que el certificado haya vencido hace más de 12 meses</a>, que el usuario no cuente con los archivos .cer y .key de la firma anterior, o que se haya olvidado la contraseña de la clave privada. En estos casos se requieren los mismos documentos que para la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/08/sat-que-es-la-efirma-y-por-que-deberias-tenerla" rel="noopener noreferrer">obtención por primera vez</a>: Identificación oficial vigente con fotografía (INE, pasaporte o cédula profesional). </p><p>CURP certificada. </p><p>Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses. Correo electrónico activo. </p><p>Memoria USB con al menos 1 GB de espacio libre. </p><p>Para personas morales: acta constitutiva, poder notarial y documentación que acredite la representación legal. </p><p>Las citas para este servicio se agendan exclusivamente a través del portal citas.sat.gob.mx, y conviene reservarlas con anticipación, ya que en temporada de declaración anual la disponibilidad suele agotarse con rapidez.</p><h2>Constancia de Situación Fiscal: canales y documentos necesarios</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="A través del portal del SAT, personas físicas y morales necesitan:  RFC vigente.  Contraseña del portal SAT o e.firma (archivos .cer y .key más la contraseña de la llave privada).  Navegador actualizado con conexión a internet. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El tercer punto que la autoridad recomienda revisar es la <b>Constancia de Situación Fiscal (CSF)</b>, un documento que acredita la inscripción del contribuyente en el RFC y muestra su régimen fiscal, actividades económicas y domicilio registrado. El SAT precisó que este trámite es gratuito y puede obtenerse por distintos canales, cada uno con requisitos propios. </p><p>A través del portal del SAT, personas físicas y morales necesitan: RFC vigente. Contraseña del portal SAT o e.firma (archivos .cer y .key más la contraseña de la llave privada). Navegador actualizado con conexión a internet. </p><p>Mediante la aplicación SAT Móvil, disponible solo para personas físicas, se requiere: RFC a 13 posiciones. </p><p>Contraseña activa del portal SAT. Ingresar al apartado “Mi RFC” y seleccionar la opción “Constancia”. Para quienes no cuentan con Contraseña ni e.firma, el canal SAT ID permite obtener el documento sin acudir a una oficina, con estos requisitos: Ser persona física mayor de edad y de nacionalidad mexicana. </p><p>RFC de 13 dígitos, correo electrónico y número de celular. </p><p>Credencial para votar del INE vigente, fotografiada por ambos lados. </p><p>Un video breve de validación de identidad, leyendo la frase que indica la aplicación. Firma de la solicitud en pantalla. </p><p>Por esta vía, el documento llega al correo electrónico en un plazo de hasta cinco días hábiles, según indicó el organismo. También es posible tramitarlo de manera presencial en cualquier oficina del SAT, sin necesidad de cita, presentando una identificación oficial vigente; si el contribuyente cuenta con e.firma, puede omitir la identificación y acreditar su identidad solo con la validación de huella dactilar. </p><p>La CSF no tiene una fecha de vencimiento formal, por lo que no requiere renovación periódica obligatoria. Sin embargo, el SAT recomienda generar una nueva versión cuando el contribuyente registre cambios en su domicilio fiscal, régimen fiscal, actividades económicas o en su CURP, para que el documento refleje la información actualizada ante cualquier trámite administrativo o bancario que la solicite.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UHFCCNRWFJFA3KH22ELAXXQE6Y.png?auth=717343ff49d7d9b6bab33bc08a3e184e3edad376f075cae723771673b6209046&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre feliz muestra su aprobación mientras un calendario digital de la Declaración Anual 2025 del SAT se ve en su escritorio, indicando que el proceso es sencillo. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Qué trámites puedo hacer gratis por internet en Perú? Consultas de DNI, RUC, propiedades, papeletas y más]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/09/19/que-tramites-puedo-hacer-gratis-por-internet-en-peru-consultas-de-dni-ruc-propiedades-papeletas-y-mas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/09/19/que-tramites-puedo-hacer-gratis-por-internet-en-peru-consultas-de-dni-ruc-propiedades-papeletas-y-mas/</guid><dc:creator><![CDATA[Marilyn Corrales Valqui]]></dc:creator><description><![CDATA[Diversas entidades públicas cuentan con plataformas digitales que permiten realizar consultas sin costo y sin acudir presencialmente a una oficina. Reniec, Sunat, Sunarp, MTC, SAT, SIS y Sunafil ofrecen servicios que pueden utilizarse desde una computadora o celular]]></description><pubDate>Sat, 19 Sep 2026 18:48:35 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZLBVRNC3EVHJ3CQDDHNJO7XZUI.jpg?auth=8dcc7791381a980e30c02311ce6a44d6013962dafa373be67ad7dbe64bc91d24&smart=true&width=1920&height=1080" alt="¿Cómo renovar mi DNI de forma virtual o presencial? Foto: Andina" height="1080" width="1920"/><p>Realizar un trámite ante una entidad pública ya no necesariamente implica acudir a una oficina, hacer una fila o destinar una mañana completa a una gestión. Diversas instituciones del Estado peruano han trasladado parte de sus servicios a plataformas digitales y, en varios casos, las consultas pueden realizarse gratuitamente.</p><p><b>Reniec, Sunat, Sunarp</b>, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima, el Seguro Integral de Salud (SIS) y Sunafil, entre otras instituciones, cuentan con herramientas que permiten verificar información utilizando datos como el número de DNI, RUC o placa del vehículo.</p><p>Sin embargo, es importante hacer una distinción: <b>que la consulta sea gratuita no significa necesariamente que el trámite posterior también lo sea</b>. Por ejemplo, una persona puede consultar gratuitamente determinada información registral, pero tendrá que pagar si necesita solicitar un certificado o publicidad registral específica.</p><p>Estos son algunos de los principales servicios que pueden consultarse por internet en Perú.</p><h2>¿Qué trámites y consultas puedo hacer gratis por internet?</h2><p>Entre las consultas disponibles sin necesidad de acudir a una oficina se encuentran la consulta del RUC, verificación de afiliación al SIS, consulta de papeletas, seguimiento de trámites del DNI y algunos servicios registrales de Sunarp.</p><p>Antes de ingresar información personal, es recomendable comprobar que se está utilizando una página oficial de la institución. Los portales estatales suelen utilizar dominios <b>gob.pe</b> o dominios institucionales oficiales.</p><h2>¿Cómo consultar un RUC gratis en Sunat?</h2><p>Una de las herramientas más útiles es la <a href="https://www.gob.pe/565-consultar-ruc" target="_blank" rel="" title="https://www.gob.pe/565-consultar-ruc"><b>Consulta RUC de Sunat</b></a>.</p><p>La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria permite buscar información utilizando:</p><ul><li><a href="https://e-consultaruc.sunat.gob.pe/" target="_blank" rel="" title="https://e-consultaruc.sunat.gob.pe/">Número de RUC</a>.</li><li>Tipo y número de documento.</li><li>Nombre o razón social.</li></ul><p>La consulta permite conocer, entre otros datos públicos, el estado del contribuyente.</p><p>Para hacerlo se puede ingresar a la <a href="https://e-consultaruc.sunat.gob.pe/" target="_blank" rel="" title="https://e-consultaruc.sunat.gob.pe/">Consulta RUC oficial de Sunat</a>.</p><p>También existe el servicio de <a href="https://www.gob.pe/565-consultar-ruc" target="_blank" rel="" title="https://www.gob.pe/565-consultar-ruc">Consulta RUC en Gob.pe</a>.</p><p>No se necesita Clave SOL para efectuar esta consulta.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LD4VBHCQONFZNOMPFCU7E5D7S4.png?auth=4543dd5eeb2fc4d9206617594bb5d59882eb6e365382f22da834e684424eab75&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una mano sostiene una ficha impresa del Registro Único de Contribuyentes junto a una pantalla con el portal de consultas de la SUNAT en Perú. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>¿Cómo consultar el estado de un trámite de DNI?</h2><p>Reniec ofrece una serie de servicios digitales relacionados con el Documento Nacional de Identidad.</p><p>Desde sus plataformas es posible, por ejemplo, consultar el estado de determinados trámites y acceder a servicios vinculados al DNI.</p><p>Reniec mantiene una sección específica de <a href="https://identidad.reniec.gob.pe/ciudadano" target="_blank" rel="" title="https://identidad.reniec.gob.pe/ciudadano">trámites virtuales para ciudadanos</a>.</p><p>Entre las opciones disponibles se encuentran la consulta del estado del trámite del DNI, servicios vinculados al DNI electrónico y otros procedimientos de identificación.</p><p>Algunos trámites de DNI sí tienen una tasa establecida, por lo que debe diferenciarse entre una <b>consulta gratuita</b> y un procedimiento que exige pago.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XN5MVB4GBRFJFFIT66MSIQ2KSQ.png?auth=e901049a41db0872772ca3283015594797a5d14e23389f58e380eb78a7ec88e6&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Documentos oficiales peruanos, incluido un DNI y un sobre de Reniec, junto a una tarjeta bancaria bloqueada, señalan la complejidad de los trámites administrativos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>¿Cómo saber si estoy afiliado al SIS?</h2><p>El Seguro Integral de Salud cuenta con una plataforma denominada <b>Consulta del Asegurado</b>.</p><p>A través de este servicio una persona puede comprobar si se encuentra asegurada, verificar el estado de su afiliación y conocer el establecimiento de salud que le corresponde.</p><p>La consulta se realiza en la <a href="https://cel.sis.gob.pe/" target="_blank" rel="" title="https://cel.sis.gob.pe/">plataforma oficial de consultas en línea del SIS</a>.</p><p>Este servicio resulta especialmente útil antes de acudir a un establecimiento de salud porque permite revisar previamente el estado de la afiliación.</p><h2>¿Cómo saber si estoy registrado en planilla?</h2><p>Los trabajadores también pueden verificar por internet si su empleador los registró en la planilla electrónica.</p><p>Sunafil cuenta con el aplicativo <b>Verifica tu Chamba</b>, mediante el cual el trabajador puede consultar si aparece registrado en la planilla electrónica de su empleador.</p><p>El acceso se realiza desde <a href="https://aplicativosweb6.sunafil.gob.pe/" target="_blank" rel="" title="https://aplicativosweb6.sunafil.gob.pe/">Verifica tu Chamba de Sunafil</a>.</p><p>La herramienta es gratuita y está orientada a que los trabajadores puedan comprobar su situación laboral registrada.</p><h2>¿Cómo saber si tengo papeletas de tránsito?</h2><p>El Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone del <b>Sistema de Consulta de Papeletas del Ciudadano</b>.</p><p>La herramienta permite revisar información relacionada con infracciones registradas en el sistema.</p><p>Se puede acceder al <a href="https://scppp.mtc.gob.pe/" target="_blank" rel="" title="https://scppp.mtc.gob.pe/">Sistema de Consulta de Papeletas del MTC</a>.</p><p>En Lima existe además la plataforma del Servicio de Administración Tributaria.</p><p>El SAT permite realizar consultas en línea de papeletas y multas administrativas. La consulta puede efectuarse mediante su <a href="https://www.sat.gob.pe/VirtualSAT/principal.aspx?utm_source=chatgpt.com" target="_blank" rel="">plataforma oficial de consultas del SAT de Lima</a>.</p><p>Es importante considerar que la autoridad que administra una infracción puede variar dependiendo de dónde fue impuesta.</p><h2>¿Cómo consultar información de una propiedad en Sunarp?</h2><p>Sunarp también dispone de herramientas digitales relacionadas con los registros públicos.</p><p>Una de ellas es la <a href="https://www2.sunarp.gob.pe/consulta-propiedad?" target="_blank" rel="" title="https://www2.sunarp.gob.pe/consulta-propiedad?"><b>Consulta de Propiedad</b></a>, que solicita datos de identificación del usuario para acceder al servicio.</p><p>Además, Sunarp dispone de <a href="https://conoce-aqui.sunarp.gob.pe/" target="_blank" rel="" title="https://conoce-aqui.sunarp.gob.pe/"><b>Conoce Aquí</b></a>, servicio que permite visualizar información de partidas registrales bajo las condiciones establecidas por la entidad.</p><p>La institución establece límites de utilización: por ejemplo, Conoce Aquí permite hasta cinco consultas de partidas registrales al día por cada DNI vinculado.</p><p>Debe tenerse presente que visualizar información y solicitar posteriormente un certificado, copia literal u otro servicio de publicidad registral son procedimientos distintos y estos últimos pueden tener un costo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UIJADXUKPVFCHESQZ3XQLAPRC4.png?auth=fa5a2d004392ec0b52553ca8b50292825a357f3ec0c132d2760b9e3ca000fd49&smart=true&width=2048&height=1152" alt="Vehículos a mi nombre: paso a paso para revisar tu récord en Sunarp y evitar estafas| Sunarp" height="1152" width="2048"/><h2>¿Qué servicios de Sunat puedo consultar sin Clave SOL?</h2><p>Sunat concentra en su portal diversas opciones que pueden utilizarse <a href="https://ww1.sunat.gob.pe/sinclavesol/index.html" target="_blank" rel="" title="https://ww1.sunat.gob.pe/sinclavesol/index.html">sin iniciar sesión con Clave SOL</a>.</p><p>Entre ellas figuran:</p><ul><li>Consulta de RUC.</li><li>Consulta múltiple de RUC.</li><li>Inscripción al RUC.</li><li>Consulta de inscripción al RUC.</li><li>Obtención de Clave SOL.</li><li>Consultas relacionadas con comprobantes de pago.</li></ul><h2>¿Cómo evitar páginas falsas al realizar trámites por internet?</h2><p>La digitalización de los servicios públicos también obliga a tener especial cuidado con las páginas a las que se entregan datos personales.</p><p>Antes de colocar el <b>DNI, fecha de nacimiento, número de RUC u otra información,</b> conviene comprobar que el portal pertenece realmente a la institución correspondiente.</p><p>Una práctica sencilla es acceder primero al portal oficial de la entidad y desde allí buscar el servicio.</p><p>También se recomienda evitar enlaces recibidos mediante mensajes desconocidos que soliciten pagos inmediatos, claves bancarias o información que no guarda relación con el trámite.</p><h2>¿Todos los trámites digitales del Estado son gratuitos?</h2><p>No. Existen <b>consultas gratuitas</b>, pero numerosos procedimientos tienen una tasa.</p><p>Por ejemplo, consultar un RUC en Sunat no tiene costo, pero distintos procedimientos de Reniec, Sunarp, Poder Judicial u otras entidades pueden requerir el pago de una tasa.</p><p>Por eso, antes de iniciar una gestión debe revisarse la información actualizada de la institución y comprobar tres aspectos: requisitos, costo y canal habilitado.</p><h2>¿Dónde buscar los trámites oficiales del Estado peruano?</h2><p>El portal Gob.pe concentra información sobre servicios y procedimientos de las entidades públicas. Sin embargo, algunas instituciones mantienen además plataformas propias para ejecutar determinadas operaciones.</p><p>Para evitar errores, lo recomendable es ingresar siempre desde las páginas institucionales oficiales y comprobar que el trámite que se realizará corresponde exactamente al servicio buscado.</p><p>De esta manera, muchas consultas que antes exigían trasladarse a una sede pública pueden resolverse en pocos minutos desde una computadora o teléfono celular.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZLBVRNC3EVHJ3CQDDHNJO7XZUI.jpg?auth=8dcc7791381a980e30c02311ce6a44d6013962dafa373be67ad7dbe64bc91d24&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[¿Cómo renovar mi DNI de forma virtual o presencial? Foto: Andina]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Cómo saber si tengo una multa o papeleta pendiente en Perú? Consulta por placa, DNI y número de infracción]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/09/19/como-saber-si-tengo-una-multa-o-papeleta-pendiente-en-peru-consulta-por-placa-dni-y-numero-de-infraccion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/09/19/como-saber-si-tengo-una-multa-o-papeleta-pendiente-en-peru-consulta-por-placa-dni-y-numero-de-infraccion/</guid><dc:creator><![CDATA[Marilyn Corrales Valqui]]></dc:creator><description><![CDATA[El SAT de Lima y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones cuentan con plataformas para consultar infracciones de tránsito. Conoce cómo verificar si tienes una papeleta pendiente, consultar una multa por placa, revisar el estado de una infracción y saber dónde pagarla]]></description><pubDate>Sat, 19 Sep 2026 17:59:20 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWUVCGBXRNDADJWJO4SU73L33M.jpg?auth=fc211e3b02bf36b07ea153e7e321f6afd500d1aab4e122094e4ae46883bf5c22&smart=true&width=1920&height=1080" alt=" Foto: Nitro Digital" height="1080" width="1920"/><p><b>¿No sabes si tienes una </b><a href="https://www.infobae.com/peru/2026/08/23/como-saber-si-tienes-multas-de-transito-consulta-gratis-tu-record-y-papeletas-por-internet/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/peru/2026/08/23/como-saber-si-tienes-multas-de-transito-consulta-gratis-tu-record-y-papeletas-por-internet/"><b>papeleta de tránsito pendiente</b></a><b>?</b> Antes de comprar un vehículo, renovar una licencia o realizar determinadas gestiones relacionadas con un automóvil, es recomendable comprobar si existen infracciones registradas.</p><p>En Perú existen diferentes plataformas de consulta y la autoridad que registra la infracción depende del lugar, tipo de infracción y entidad responsable. En el caso de Lima Metropolitana, el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> cuenta con una plataforma que permite consultar información sobre deudas e infracciones de tránsito. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), por su parte, dispone de sistemas de consulta relacionados con el transporte y las infracciones.</p><p>Por ello, no todas las <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/09/09/como-acceder-al-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito-que-ofrece-el-sat-de-lima-estos-son-los-pasos-para-pagar-menos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/peru/2026/09/09/como-acceder-al-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito-que-ofrece-el-sat-de-lima-estos-son-los-pasos-para-pagar-menos/">papeletas</a> deben buscarse necesariamente en una sola página.</p><h2>¿Cómo saber si tengo papeletas pendientes?</h2><p>Si la infracción corresponde a Lima Metropolitana, una de las primeras opciones es ingresar a la plataforma de <a href="https://www.sat.gob.pe/VirtualSAT/modulos/bienvenida.aspx" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.pe/VirtualSAT/modulos/bienvenida.aspx"><b>Consultas en Línea del SAT de Lima</b></a>.</p><p>El sistema permite consultar información relacionada con deudas, pagos, infracciones de tránsito, papeletas y otros conceptos administrados por el SAT. </p><p>La plataforma también permite consultar información vinculada con infracciones y, según la consulta seleccionada, utilizar datos como la placa o el número de papeleta.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WHHG4K6ZZRABJNVSTAAHXK3EVQ.jpg?auth=ff9ad8ace211fd87acc6ed8745aaa83dd6f7ba31a8ea1a72b148a470b8aa313b&smart=true&width=1280&height=853" alt="SAT de Lima. Foto: SAT" height="853" width="1280"/><h2>¿Cómo consultar una papeleta por placa?</h2><p>Una de las búsquedas más útiles para los conductores es la <a href="https://www.sat.gob.pe/VirtualSAT/modulos/Capturas.aspx" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.pe/VirtualSAT/modulos/Capturas.aspx">consulta mediante la placa del vehículo</a>.</p><p>El SAT dispone de servicios en los que la placa puede utilizarse como dato de búsqueda. Además, cuenta con una consulta específica para verificar si un vehículo registra una orden de captura por <b>deuda tributaria o papeletas</b>. </p><p>El procedimiento general es:</p><ol><li>Ingresar al portal oficial del SAT.</li><li>Seleccionar la opción de consulta correspondiente.</li><li>Introducir la placa del vehículo.</li><li>Completar el código de seguridad cuando sea solicitado.</li><li>Revisar la información que muestra el sistema.</li></ol><p>Es importante verificar que la placa ingresada corresponda exactamente al vehículo que se desea consultar.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LETDJ3PBWNFTRG33CRIZAZZR4M.jpg?auth=80baeee670e083b0f94a40a273d84f6c3781b411e3d5b06f563646020c3bce98&smart=true&width=1920&height=1080" alt="SAT" height="1080" width="1920"/><h2>¿Cómo consultar una papeleta por número?</h2><p>Si tienes el <a href="https://www.sat.gob.pe/websitev8/modulos/consultas/Buscador_Expedientes.aspx" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.pe/websitev8/modulos/consultas/Buscador_Expedientes.aspx">número de una papeleta</a>, también puedes utilizarlo para verificar su situación.</p><p>El <b>SAT</b> cuenta con herramientas que permiten realizar búsquedas mediante el número de papeleta y otros datos.</p><p>Por ejemplo, su sistema de consulta del estado de expedientes de tránsito permite realizar búsquedas por:</p><ul><li>Tipo de documento.</li><li>Número de papeleta.</li><li>Número de expediente.</li><li>Número de placa.</li></ul><p>La plataforma permite verificar si existen actuaciones relacionadas con descargos, reconsideraciones, improcedencias, prescripciones, devoluciones o compensaciones. (SAT)</p><h2>¿Cómo saber cuánto debo por una papeleta?</h2><p>Consultar la existencia de una infracción y conocer el monto pendiente son dos cosas relacionadas, pero no necesariamente idénticas.</p><p>El SAT cuenta con una plataforma de <a href="https://www.sat.gob.pe/PagosEnlinea/" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.pe/PagosEnlinea/"><b>Pagos en Línea</b></a> que permite consultar deudas y realizar pagos.</p><p>El sistema solicita los datos de búsqueda correspondientes y muestra las obligaciones registradas. </p><p>En determinados casos, el monto mostrado puede considerar descuentos aplicables de acuerdo con la normativa vigente.</p><p>Por eso, antes de pagar conviene revisar el detalle de la infracción, la fecha, el código y el monto que aparece oficialmente en el sistema.</p><h2>¿Puedo consultar las papeletas de un vehículo que quiero comprar?</h2><p>Sí, es recomendable <a href="https://www.sat.gob.pe/websitev8/modulos/documentos/TablaInfracciones/TablaInfracciones202602.pdf" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.pe/websitev8/modulos/documentos/TablaInfracciones/TablaInfracciones202602.pdf">verificar la situación del vehículo</a> antes de concretar una operación.</p><p>El SAT dispone de consultas relacionadas con infracciones y multas registradas en Lima Metropolitana.</p><p>Incluso cuenta con un servicio de <b>Alerta Pitazo</b>, que permite registrar una placa para recibir información cuando se registra una papeleta, según las condiciones del servicio. El propio SAT promociona esta herramienta para informar oportunamente sobre nuevas papeletas. </p><p>Sin embargo, si se está comprando un vehículo usado, la revisión no debería limitarse a las papeletas. También conviene verificar la situación registral del automóvil y otros posibles gravámenes o restricciones.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z6FD7UFBAFDP7F3IGW2J7WZWSM.png?auth=a55eccc825e2439b81b1854ca19d533acba0452706a0abab4358ad2b914e265d&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una infracción de tránsito a un conductor en una vía urbana. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>¿Dónde consultar las papeletas del MTC?</h2><p>El Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone de servicios digitales relacionados con las infracciones y la información de conductores.</p><p>Cuando la consulta está vinculada con una infracción administrada por una autoridad distinta al SAT de Lima, el conductor debe utilizar el canal correspondiente.</p><p>Esto es importante porque el SAT es la entidad tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima y administra los conceptos que corresponden a su ámbito.</p><p>Por ello, <a href="https://www.infobae.com/america/peru/2022/02/22/como-ver-si-tengo-papeletas-de-transito-conoce-el-paso-a-paso/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/america/peru/2022/02/22/como-ver-si-tengo-papeletas-de-transito-conoce-el-paso-a-paso/">una papeleta</a> impuesta fuera de Lima Metropolitana puede no aparecer en una consulta del SAT.</p><h2>¿SAT y MTC tienen la misma información?</h2><p>No necesariamente. El <b>SAT</b> administra los ingresos tributarios y no tributarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incluyendo determinados conceptos vinculados con infracciones de tránsito.</p><p>El <b>MTC</b>, por su parte, administra sistemas y registros relacionados con sus competencias nacionales en materia de transporte y tránsito.</p><p>Por ello, antes de concluir que una persona “no tiene papeletas”, hay que identificar qué autoridad impuso la infracción.</p><h2>¿Cómo pagar una papeleta del SAT por internet?</h2><p>El SAT dispone de una plataforma de pagos en línea.</p><p>Una vez realizada la consulta, el usuario puede seleccionar la deuda correspondiente y seguir el proceso de pago habilitado.</p><p>La plataforma oficial indica que los pagos pueden realizarse mediante diferentes medios, incluyendo tarjetas y determinados canales bancarios. </p><p>El SAT advierte que determinados pagos realizados mediante tarjeta pueden tardar hasta <b>48 horas</b> en reflejarse en el portal. </p><p>Por eso, es importante conservar la constancia de la operación.</p><h2>¿Qué pasa si ya pagué una papeleta pero sigue apareciendo?</h2><p>Si realizaste un pago y la deuda continúa apareciendo, primero debes comprobar la fecha y el medio utilizado.</p><p>El <b>SAT</b> señala que determinados pagos efectuados mediante tarjeta pueden demorar en reflejarse en el sistema.</p><p>Si después del plazo correspondiente el problema continúa, se debe acudir a los canales oficiales de atención de la entidad para verificar el registro de la operación.</p><p>No es recomendable volver a pagar una deuda sin antes comprobar qué ocurrió con el primer pago.</p><h2>¿Cómo saber si una papeleta tiene una resolución o expediente?</h2><p>El SAT cuenta con una herramienta específica para consultar el estado de expedientes de tránsito.</p><p>La búsqueda puede realizarse utilizando el número de papeleta, expediente, placa o tipo y número de documento.</p><p>La plataforma permite identificar, entre otros aspectos, si existen descargos, reconsideraciones, improcedencias o solicitudes relacionadas con la infracción. </p><p>Esta consulta es especialmente útil cuando el conductor presentó algún recurso o cuestionamiento contra la infracción.</p><h2>¿Cómo saber si una papeleta está pendiente de pago?</h2><p>La forma más segura es utilizar la plataforma oficial de la autoridad que administra la infracción.</p><p>En Lima Metropolitana, el SAT permite consultar las papeletas pendientes de pago mediante su Mesa de Partes Digital y sus herramientas de consultas. </p><p>La información debe revisarse directamente en el sistema institucional porque el estado de una infracción puede cambiar después de un pago, recurso administrativo, resolución o procedimiento de cobranza.</p><h2>¿Qué diferencia hay entre papeleta, multa y deuda?</h2><p>En una nota de servicio es importante no utilizar estos términos como si fueran exactamente iguales.</p><p>La <b>papeleta</b> es el documento mediante el cual se registra una infracción de tránsito.</p><p>La <b>multa</b> corresponde a la consecuencia económica de una infracción cuando corresponde su imposición.</p><p>La <b>deuda</b> es el monto que permanece pendiente de pago.</p><p>Por eso, una persona puede consultar una papeleta y encontrar que ya fue pagada, mientras que otra puede tener una infracción registrada que todavía mantiene una obligación pendiente.</p><h2>¿Qué hacer si aparece una papeleta que no reconozco?</h2><p>Si aparece una infracción que consideras incorrecta o que no reconoces, no debes ignorarla.</p><p>Primero revisa:</p><ul><li>Número de papeleta.</li><li>Placa.</li><li>Fecha.</li><li>Código de infracción.</li><li>Lugar.</li><li>Estado de la infracción.</li><li>Autoridad que la registró.</li></ul><p>Si corresponde presentar un descargo, recurso o solicitud administrativa, debe utilizarse el procedimiento establecido por la entidad competente.</p><p>En el caso del SAT, existen canales digitales para presentar solicitudes relacionadas con procedimientos de tránsito. La Mesa de Partes Digital permite realizar trámites y consultar el estado de determinadas solicitudes. </p><h2>¿Dónde consultar oficialmente mis papeletas?</h2><p>Para Lima Metropolitana, el principal canal es el <b>SAT de Lima</b>.</p><p>Puedes acceder a:</p><ul><li><a href="https://www.sat.gob.pe/VirtualSAT/modulos/bienvenida.aspx" target="_self" rel="" title="https://www.sat.gob.pe/VirtualSAT/modulos/bienvenida.aspx">Consultas en Línea del SAT</a></li><li><a href="https://www.sat.gob.pe/PagosEnlinea/" target="_self" rel="" title="https://www.sat.gob.pe/PagosEnlinea/">Pagos en Línea del SAT</a></li><li><a href="https://www.sat.gob.pe/websitev8/modulos/consultas/Buscador_Expedientes.aspx" target="_self" rel="" title="https://www.sat.gob.pe/websitev8/modulos/consultas/Buscador_Expedientes.aspx">Consulta de expedientes de tránsito</a></li><li><a href="https://app.sat.gob.pe/avisat/MesaPartesDigital" target="_self" rel="" title="https://app.sat.gob.pe/avisat/MesaPartesDigital">Mesa de Partes Digital del SAT</a></li></ul><p>Para otras jurisdicciones, se debe identificar primero qué autoridad emitió la papeleta </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z6FD7UFBAFDP7F3IGW2J7WZWSM.png?auth=a55eccc825e2439b81b1854ca19d533acba0452706a0abab4358ad2b914e265d&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una infracción de tránsito a un conductor en una vía urbana. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT aclara que no existen embargos masivos de cuentas bancarias: en qué casos sí puede inmovilizar fondos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/18/sat-aclara-que-no-existen-embargos-masivos-de-cuentas-bancarias-en-que-casos-si-puede-inmovilizar-fondos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/18/sat-aclara-que-no-existen-embargos-masivos-de-cuentas-bancarias-en-que-casos-si-puede-inmovilizar-fondos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Servicio de Administración Tributaria desmintió que tenga atribuciones para bloquear cuentas de forma generalizada; la inmovilización solo procede caso por caso, con notificación previa y dentro del Código Fiscal de la Federación]]></description><pubDate>Fri, 18 Sep 2026 19:20:17 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/L6GU5JTFOZARVF4KNBHQH6QDAQ.png?auth=d383feb98aa40dfef5e19debe2b252ffb0cd46680722d9276d6471e3d6e83e4b&smart=true&width=1536&height=1024" alt="A través de una tarjeta informativa oficial, el organismo fue tajante: “Es totalmente falso que esta institución cuente con una ‘atribución extraordinaria’ para llevar a cabo un bloqueo masivo de cuentas bancarias a personas con supuestos adeudos con el fisco”.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> desmintió de manera categórica que cuente con alguna facultad para ejecutar <b>bloqueos masivos de cuentas bancarias</b> contra contribuyentes con adeudos fiscales. La aclaración llegó luego de que circularan versiones, tanto en redes sociales como en publicaciones de distintos medios, que describían la medida como automática, generalizada y sin previo aviso.</p><p>A través de una tarjeta informativa oficial, el organismo fue tajante: “Es totalmente falso que esta institución cuente con una ‘atribución extraordinaria’ para llevar a cabo un bloqueo masivo de cuentas bancarias a personas con supuestos adeudos con el fisco”. El SAT también negó que incremente sus fiscalizaciones de forma automática o arbitraria en algún mes específico del año.</p><p>¿Es cierto que el SAT realiza embargos masivos de cuentas bancarias en México? No. El organismo aclaró que no posee ninguna atribución extraordinaria para bloquear cuentas de forma generalizada. La inmovilización de fondos solo puede aplicarse de manera individual, con <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion" rel="noopener noreferrer">notificación previa al contribuyente</a> y dentro de un procedimiento legal específico contemplado en el Código Fiscal de la Federación (CFF).</p><h2>Lo que sí existe: un procedimiento individual y regulado</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OVHGBIUFNJBK7I3XDIZIBHU6RE.png?auth=36df5a47551a10a3ebf2e5ec8bff6cfd9f11df0538927e5a42c02285738d8c49&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Según ese artículo, la autoridad fiscal solo puede proceder a la inmovilización de depósitos en dos escenarios. El primero, cuando existen créditos fiscales firmes: adeudos determinados y notificados que no fueron pagados ni garantizados dentro del plazo legal. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Aunque no hay bloqueos masivos, el SAT sí cuenta con un mecanismo legal para inmovilizar depósitos bancarios cuando hay <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/04/el-sat-puede-embargar-tu-casa-tu-carro-y-tus-cuentas-asi-funciona-el-procedimiento-que-pocos-conocen" rel="noopener noreferrer">adeudos fiscales firmes</a> que no fueron pagados ni garantizados. Este proceso está regulado por el artículo 156-Bis del CFF y opera de forma individual, caso por caso, nunca de manera indiscriminada.</p><p>Según ese artículo, la autoridad fiscal solo puede proceder a la inmovilización de depósitos en dos escenarios. El primero, cuando existen créditos fiscales firmes: adeudos determinados y notificados que no fueron pagados ni garantizados dentro del plazo legal. El segundo, como medida precautoria durante el ejercicio de facultades de comprobación, es decir, durante auditorías o revisiones, siempre que se cumplan los requisitos legales para asegurar el pago de posibles créditos.</p><p>En ambos casos, el SAT debe notificar previamente al contribuyente, quien conserva el derecho de presentar garantías, defensas o recursos legales antes de que se ejecute cualquier medida. Este procedimiento no debe confundirse con los rumores de bloqueos generalizados, ya que implica actos administrativos debidamente fundados y el análisis individual de cada situación fiscal.</p><h2>En qué casos sí procede un embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DIQT5UXP4JF3ZGTTOG7ZZXU7UE.png?auth=bd4d2bf681bae4aba21d9ad205e4998b6ed3b78904cb4759b7f4e6d137e039d4&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Entre las causas que activan el procedimiento de cobro forzoso figuran la omisión reiterada de declaraciones fiscales, tanto mensuales como anuales (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Un crédito fiscal es un adeudo que el SAT ya determinó y tiene derecho a cobrar: contribuciones, aprovechamientos, recargos, multas y demás accesorios pendientes, según el artículo 4 del CFF. Para que la autoridad pueda avanzar hacia un embargo, deben cumplirse varias condiciones específicas.</p><p>Entre las causas que activan el procedimiento de cobro forzoso figuran la omisión reiterada de declaraciones fiscales, tanto mensuales como anuales; <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/01/los-pagos-que-deberas-hacer-al-sat-en-septiembre-si-no-quieres-sufrir-multas-o-embargos" rel="noopener noreferrer">la falta de pago de impuestos dentro del plazo establecido</a>; ignorar un crédito fiscal firme sin interponer medios de defensa ni ofrecer garantías; discrepancias entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios reales; y el uso de facturas falsas o la simulación de operaciones para evadir impuestos.</p><p>También existe la figura de la discrepancia fiscal, regulada por el artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Esta se activa cuando los gastos, adquisiciones de bienes, depósitos bancarios, inversiones o cargos en tarjetas de crédito de una persona física superan los ingresos que declaró ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). En ese caso, el SAT notifica al afectado mediante el Buzón Tributario y le otorga 20 días hábiles para aclarar por escrito el origen de los recursos.</p><h2>Paso a paso: qué ocurre desde la notificación hasta el embargo</h2><p><b>Paso 1. Notificación del crédito fiscal.</b> Cuando el SAT determina un adeudo, lo notifica formalmente al contribuyente, generalmente a través del Buzón Tributario, por correo electrónico o, si no logra localizarlo, por estrados.</p><p><b>Paso 2. Plazo de 30 días hábiles.</b> A partir de que la notificación surte efectos, el contribuyente cuenta con 30 días hábiles para pagar el adeudo o garantizarlo. Este mismo plazo aplica para presentar un recurso de revocación si considera que el crédito está mal fundado o mal calculado.</p><p><b>Paso 3. Mandamiento de ejecución.</b> Si el plazo vence sin que el contribuyente pague, garantice o impugne el crédito, este queda firme y exigible. El SAT emite entonces un mandamiento de ejecución, un oficio fundado en el que designa a un ejecutor encargado de exigir el pago.</p><p><b>Paso 4. Requerimiento de pago.</b> El ejecutor se presenta en el domicilio fiscal del contribuyente o en el lugar donde se ubiquen sus bienes, y le exige demostrar en ese momento si el pago ya fue realizado. Si el contribuyente paga en ese instante, el procedimiento se detiene ahí mismo.</p><p><b>Paso 5. Embargo.</b> Si no se acredita el pago, el ejecutor levanta un <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/11/confirmado-el-sat-puede-embargar-tu-herencia-en-que-casos-aplica-y-que-hacer-para-evitarlo" rel="noopener noreferrer">acta de embargo</a> de forma inmediata. Si no se localiza al contribuyente, se deja un citatorio para el día hábil siguiente; si tampoco es hallado, la diligencia se realiza con quien se encuentre en el lugar.</p><p><b>Paso 6. Avalúo y remate.</b> Una vez embargado un bien, peritos determinan su valor comercial. El SAT publica después una convocatoria de remate con al menos diez días de anticipación, con un precio mínimo equivalente a dos terceras partes de ese avalúo.</p><p><b>Paso 7. Aplicación del producto.</b> Si el monto obtenido en el remate cubre la totalidad del adeudo, el procedimiento se cierra. Si resulta insuficiente, el SAT puede emitir un nuevo requerimiento y ampliar el embargo hasta cubrir el crédito por completo.</p><h2>Qué bienes pueden embargarse y cuáles están protegidos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="El propio contribuyente tiene derecho a señalar primero qué bienes ofrece para el embargo, siempre respetando ese orden. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El CFF establece un orden de prelación para determinar qué bienes se embargan primero: en primer lugar, dinero en efectivo, metales preciosos y depósitos bancarios; después, acciones, bonos y créditos de fácil cobro; en tercer lugar, otros bienes muebles como vehículos y maquinaria; y, al final, los bienes inmuebles, incluida la vivienda.</p><p>El propio contribuyente tiene derecho a señalar primero qué bienes ofrece para el embargo, siempre respetando ese orden. No obstante, existen bienes expresamente inembargables según el artículo 157 del CFF: el lecho y los vestidos del deudor y su familia, los muebles de uso indispensable que no sean de lujo, los instrumentos y el mobiliario necesarios para ejercer una profesión u oficio, la maquinaria y los animales indispensables para la actividad de un negocio, el patrimonio de familia debidamente inscrito, y los sueldos, pensiones y cuentas de Afore, incluidas las aportaciones voluntarias.</p><p>En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado, sea que la medida recaiga sobre una sola cuenta o sobre varias.</p><h2>Cómo detener el procedimiento o revertir un bloqueo</h2><p>Existen varias vías legales para frenar el proceso antes de que llegue al remate. La más directa es pagar el adeudo dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación, lo que detiene el procedimiento de inmediato.</p><p>Una alternativa es garantizar la deuda mediante billete de depósito, carta de crédito, prenda, hipoteca o fianza, lo que suspende el Procedimiento Administrativo de Ejecución mientras el contribuyente negocia, aclara o impugna el crédito. También es posible solicitar el pago en parcialidades, hasta 36 meses, o de forma diferida, hasta 12 meses, cubriendo un pago inicial de al menos el 20% del adeudo actualizado.</p><p>Si una cuenta ya fue inmovilizada, el titular puede ofrecer una garantía sustituta para liberar los fondos. La autoridad tiene un plazo máximo de cinco días para resolver esa solicitud; si no lo hace, el banco debe levantar la inmovilización.</p><p>Quienes consideren indebida la determinación del SAT pueden interponer un recurso de revocación ante la propia autoridad, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación. También está disponible el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), con un plazo de entre 30 y 45 días hábiles, o el juicio de amparo cuando se alegan violaciones a derechos constitucionales. Una tercera vía es acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), que puede intervenir como intermediaria cuando detecta irregularidades en el procedimiento fiscal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/L6GU5JTFOZARVF4KNBHQH6QDAQ.png?auth=d383feb98aa40dfef5e19debe2b252ffb0cd46680722d9276d6471e3d6e83e4b&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una mujer permanece en el interior de una vivienda mientras agentes del SAT de México retiran muebles y pertenencias durante un embargo de bienes heredados. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[“No me vendo, no me rajo”: la respuesta de Chema Tapia a los $695 millones que le reclama el SAT]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/15/no-me-vendo-no-me-rajo-la-respuesta-de-chema-tapia-a-los-695-millones-que-le-reclama-el-sat/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/15/no-me-vendo-no-me-rajo-la-respuesta-de-chema-tapia-a-los-695-millones-que-le-reclama-el-sat/</guid><dc:creator><![CDATA[Itzallana López Castillo]]></dc:creator><description><![CDATA[En un comunicado, José María “Chema” Tapia Franco sostiene que la investigación de MCCI incluye afirmaciones falsas y asegura que los procedimientos ante las autoridades no reflejan el escenario descrito por la organización]]></description><pubDate>Tue, 15 Sep 2026 17:05:49 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ENFWPDVMNJE4ZM7REP24X4WRGE.png?auth=862c8e3e1ce65d05425e7dec0f338e612ef7592870b5963895a100cf0b45ed61&smart=true&width=3360&height=1890" alt="En un comunicado en redes, el aspirante a la gubernatura de Querétaro afirma que la nota de MCCI incluye datos que no reflejan la realidad ni el estado legal de los trámites mencionados" height="1890" width="3360"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/10/15/quien-es-jose-maria-tapia-y-cual-es-su-relacion-con-el-desaparecido-fonden/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2025/10/15/quien-es-jose-maria-tapia-y-cual-es-su-relacion-con-el-desaparecido-fonden/"><b>José María “Chema” Tapia Franco</b></a>, precandidato de Morena a la gubernatura de Querétaro, respondió este domingo a la investigación publicada por <b>Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI)</b>, en la que se le señala por un presunto adeudo fiscal superior a los 695 millones de pesos. A través de un comunicado difundido en sus redes sociales, el aspirante calificó la publicación de contener “<b>afirmaciones falsas</b>” y datos que, dijo, no corresponden con la realidad ni con la situación jurídica de los procedimientos referidos.</p><h2>Tapia insiste en que uno de los créditos fiscales fue “dado de baja”</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DT2F7JKIR5C25GR5DLIBCQE52I.jpg?auth=827729da1a33b6da2341ab5b5fca9e7f9468253c1016e37998e45db10a3602a5&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Quién es José María Tapia y cuál es su relación con el desaparecido FONDEN. Foto: FB.com/ChemaTapiaFranco/" height="1080" width="1920"/><p>En el documento, Tapia sostuvo que la empresa de la que es accionista —<b>Soluciones Integrales en Gestión de Riesgos</b>— ha atendido “diligentemente” los procedimientos ante las autoridades correspondientes. Afirmó que, derivado de un proceso de revisión y clarificación, la autoridad habría determinado hace algunos meses <b>dar de baja</b> uno de los créditos fiscales señalados por el SAT, mientras que el segundo continuaría su curso “por los cauces institucionales”. Esta versión coincide, de forma general, con la respuesta que la empresa había entregado previamente a MCCI, aunque el comunicado no detalla montos, fechas ni el número de expediente correspondiente a dicho procedimiento.</p><h2>Separa sus bienes personales de los adeudos de la empresa</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MLSS4QRRX5GMTK4NXUT5TWHBT4.jpg?auth=3844a7ac94bdc9116f47fbbfb039863d8c1de02b323e2d4595108553f057240e&smart=true&width=1920&height=1080" alt="José María Tapia (Foto: Tomada de X/@CHEMATAPIA)" height="1080" width="1920"/><p>Uno de los ejes centrales del pronunciamiento fue la defensa del origen de su patrimonio, luego de que MCCI documentara la compra de un departamento de ultralujo en Miami valuado en 6.5 millones de dólares. Tapia afirmó que sus bienes personales son “<b>absolutamente independientes</b>” de las obligaciones fiscales de la empresa y que estarían respaldados por actividades privadas realizadas presuntamente dentro del marco legal. Calificó de “insinuación” cualquier intento de vincular automáticamente su patrimonio con la controversia fiscal de la compañía y adelantó que podría acreditar ante las autoridades el origen de esos recursos, aunque no ofreció documentación pública al respecto.</p><h2>Evita litigar en medios y coloca el foco en la contienda por Querétaro</h2><p>El precandidato morenista descartó <b>“litigar” el tema en medios de comunicación</b> o confrontar directamente a periodistas, y en su lugar dirigió buena parte del mensaje hacia el proceso electoral en Querétaro. Señaló que anticipa “ataques, descalificaciones y golpeteo” conforme avance la contienda interna y externa, y ubicó como su principal adversario político al <b>PAN</b>, partido que gobierna actualmente el municipio de Querétaro.</p><h2>El contexto de la investigación</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/T4VPXRT5FBATLLU4RMFYI4NULA.jpg?auth=ba035419dc7e00886df8dbbf429b6664de49697b8254c2bbbd27bfde4b5a1602&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Chema Tapia aspirante de Morena a la alcaldía de Querétaro, fue director de Fondo de Desastres (FONDEN) en el gobierno de Peña Nieto (Chema Tapia/Facebook)" height="1080" width="1920"/><p>La publicación de MCCI documentó que la empresa de Tapia recibió en 2020 un contrato por adjudicación directa de la <b>SEDENA</b> para la venta de mil 330 ventiladores durante la pandemia de COVID-19, por el que habría cobrado 1,236 millones de pesos con IVA incluido. Según los documentos del SAT citados por la organización, la compañía omitió el pago de IVA e ISR correspondientes a 2020 y 2021, lo que —con actualizaciones, recargos y multas— derivó en un adeudo que la autoridad fiscal calcula en 695 millones 219 mil pesos.</p><p>Hasta el momento, el comunicado de Tapia no incluye documentación pública que respalde la baja del crédito fiscal que menciona, ni una respuesta puntual sobre la compra del inmueble en Miami documentada por MCCI.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ENFWPDVMNJE4ZM7REP24X4WRGE.png?auth=862c8e3e1ce65d05425e7dec0f338e612ef7592870b5963895a100cf0b45ed61&amp;smart=true&amp;width=3360&amp;height=1890" type="image/png" height="1890" width="3360"><media:description type="plain"><![CDATA[En un comunicado en redes, el aspirante a la gubernatura de Querétaro afirma que la nota de MCCI incluye datos que no reflejan la realidad ni el estado legal de los trámites mencionados]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Confirmado | El SAT puede embargar tu herencia: en qué casos aplica y qué hacer para evitarlo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/11/confirmado-el-sat-puede-embargar-tu-herencia-en-que-casos-aplica-y-que-hacer-para-evitarlo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/11/confirmado-el-sat-puede-embargar-tu-herencia-en-que-casos-aplica-y-que-hacer-para-evitarlo/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La regla está en el Código Fiscal de la Federación: los créditos pendientes se integran a la masa hereditaria y el cobro puede seguir en el juicio sucesorio]]></description><pubDate>Fri, 11 Sep 2026 19:28:45 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/L6GU5JTFOZARVF4KNBHQH6QDAQ.png?auth=d383feb98aa40dfef5e19debe2b252ffb0cd46680722d9276d6471e3d6e83e4b&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede embargar bienes heredados cuando la persona fallecida dejó deudas fiscales sin pagar.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> puede <b>embargar bienes heredados</b> cuando la persona fallecida dejó <b>deudas fiscales</b> sin pagar. La medida no aparece de forma automática: depende del origen del adeudo, del tipo de bienes involucrados y de los plazos que marca la ley para que los herederos actúen.</p><p>Cuando un contribuyente muere, sus obligaciones con el fisco no se cancelan. El <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b> establece que los créditos fiscales pendientes se integran a la masa hereditaria, por lo que los herederos reciben tanto los bienes como las deudas que haya dejado el fallecido, incluidas las de carácter tributario.</p><h2>Por qué las deudas fiscales no desaparecen con la muerte</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ABGFCKQDLVHUBJWK5GHLMZDGPA.jpg?auth=f9d1e490079627d83e92fc9d1771ddbb00dca69fe8402598391b281f29fad861&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Si los bienes ya estaban embargados antes de la muerte, el SAT prosigue con el remate, es decir, con la venta en subasta pública para cubrir el crédito fiscal. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Si un adeudo con el SAT ya existía en vida del contribuyente, la autoridad conserva la facultad de continuar el cobro después del fallecimiento. Esto aplica sin importar la etapa en la que se encuentre el proceso.</p><p>Si los bienes ya estaban embargados antes de la muerte, el SAT prosigue con el remate, es decir, con la venta en subasta pública para cubrir el crédito fiscal. Si el embargo aún no se había ejecutado, la autoridad puede iniciarlo durante el proceso sucesorio, mientras los bienes todavía no pasan a propiedad definitiva de los herederos.</p><p>Durante ese periodo, quien debe responder ante el SAT es el <b>albacea</b>, la persona encargada de administrar el patrimonio del fallecido hasta que se reparta entre los herederos. El albacea cumple con las obligaciones fiscales pendientes utilizando los recursos de la masa hereditaria, no su propio patrimonio.</p><p>El fisco mantiene esta facultad de cobro incluso años después del deceso, siempre que el crédito fiscal continúe vigente y no se haya extinguido por falta de bienes o por prescripción.</p><h2>En qué casos el SAT puede embargar bienes heredados</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2QVF6HVZVBF5VFX4PN5ZNM2KUU.png?auth=b4820fcb5384a551a1e3908784d137a9446ba4383515aa638ead9227816956c2&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si la persona fallecida generaba ingresos por actividad empresarial, servicios profesionales independientes o arrendamiento de inmuebles, esas deudas fiscales sí se integran a la sucesión y deben cubrirse con los bienes heredados. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>No todas las deudas del fallecido se heredan de la misma manera. El origen del adeudo determina si los bienes heredados pueden ser embargados.</p><p>Si la persona fallecida generaba ingresos por actividad empresarial, servicios profesionales independientes o arrendamiento de inmuebles, esas deudas fiscales sí se integran a la sucesión y deben cubrirse con los bienes heredados. En cambio, si el adeudo proviene de sueldos y salarios como trabajador subordinado, esa obligación no se transmite a los herederos.</p><p>Existe además un límite que protege a las familias: en México, la herencia se acepta a beneficio de inventario. Esto significa que los sucesores responden ante el SAT únicamente hasta donde alcance el valor de los bienes heredados, sin comprometer su patrimonio personal. Si la deuda supera el valor de los activos heredados, el fisco no puede exigir la diferencia a los familiares, quienes conservan el derecho de repudiar formalmente la herencia.</p><p>Para que el embargo proceda, el crédito fiscal debe estar determinado y notificado, y el plazo otorgado para pagarlo o garantizarlo debe haberse agotado sin que el albacea o los herederos actúen. Solo entonces el SAT puede recurrir al <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/04/el-sat-puede-embargar-tu-casa-tu-carro-y-tus-cuentas-asi-funciona-el-procedimiento-que-pocos-conocen" rel="noopener noreferrer"><b>Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</b></a>.</p><h2>Qué bienes están protegidos y cuáles pueden ser embargados</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CDZONJFQLVBPTO5GDO3RP4C24Q.png?auth=69e9a6e9de1678e61ca6a7b446bfd41d509d03ccce1713ba033335015df8b874&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Entre los activos que pueden quedar sujetos a embargo se encuentran cuentas de ahorro e inversión, casas, terrenos, vehículos, joyas y derechos sobre marcas o patentes. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El Código Fiscal de la Federación establece un orden específico para señalar los bienes sujetos a embargo. Primero se consideran el dinero en efectivo, los metales preciosos y los depósitos bancarios. Después, acciones, bonos y créditos de fácil cobro a cargo de dependencias o empresas solventes. En tercer lugar, otros bienes muebles y, por último, los bienes inmuebles.</p><p>Entre los activos que pueden quedar sujetos a embargo se encuentran cuentas de ahorro e inversión, casas, terrenos, vehículos, joyas y derechos sobre marcas o patentes. También pueden inmovilizarse <a href="https://www.infobae.com/mexico/2024/10/04/que-hacer-si-el-sat-embarga-mi-cuenta-este-el-proceso-que-debes-seguir-para-recuperarla/" rel="noopener noreferrer">depósitos bancarios</a> mediante un oficio dirigido directamente a la institución financiera o a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).</p><p>La ley excluye expresamente ciertos bienes del embargo. No pueden tocarse el lecho y la vestimenta del deudor y su familia, los muebles de uso indispensable que no sean de lujo, los instrumentos y el mobiliario necesarios para ejercer una profesión u oficio, ni la maquinaria y los animales indispensables para la actividad de un negocio.</p><p>Tampoco es embargable el patrimonio de familia debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, ni los sueldos, las pensiones, los ejidos o el derecho de usufructo. Un automóvil heredado que no tenía vínculo con una actividad empresarial, por ejemplo, no debería quedar sujeto a este procedimiento.</p><h2>Paso a paso: qué hacer si el SAT reclama una deuda heredada</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OVHGBIUFNJBK7I3XDIZIBHU6RE.png?auth=36df5a47551a10a3ebf2e5ec8bff6cfd9f11df0538927e5a42c02285738d8c49&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Cuando el fallecido solo generaba ingresos por sueldos y salarios como trabajador subordinado, o por honorarios como prestador de servicios independientes, cualquier familiar u otra persona interesada puede solicitar directamente al SAT información sobre sus adeudos (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El trámite ante el SAT varía según exista o no un testamento, y depende de quién quede facultado para representar al fallecido ante la autoridad fiscal.</p><p>1. <b>Identificar quién debe presentarse ante el SAT.</b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2023/10/31/es-necesario-dar-aviso-al-sat-si-cobrare-una-herencia/" rel="noopener noreferrer">Si el fallecido dejó testamento</a> con un heredero designado, esa persona debe acudir a la Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC) más cercana al domicilio del fallecido. Si se nombró un albacea, o si no existe testamento y se inició un juicio sucesorio, es el albacea quien debe presentarse.</p><p>2. <b>Reunir la documentación necesaria.</b> El heredero debe presentar copia certificada del documento que acredite su personalidad, como la adjudicación testamentaria, junto con una identificación oficial vigente. El albacea debe mostrar el documento que lo acredite como tal, además de su identificación.</p><p>3. <b>Solicitar información sobre los adeudos.</b> En el módulo de atención, preferentemente con cita previa, se puede pedir el detalle de los créditos fiscales del fallecido: origen, monto y fecha de cada adeudo.</p><p>4. <b>Hacer un inventario de bienes y deudas.</b> Antes de aceptar o repartir la herencia, conviene que el albacea o los herederos determinen con precisión qué bienes dejó el fallecido y qué obligaciones fiscales existen, para decidir si conviene aceptar la herencia o repudiarla.</p><p>5. <b>Pagar o garantizar el adeudo dentro del plazo.</b> Una vez notificado el crédito fiscal, existe un plazo definido para cubrirlo o garantizarlo. Si transcurre sin que se realice ninguna acción, el SAT inicia el proceso de cobro forzoso.</p><p>6. <b>Evitar el embargo mediante una garantía.</b> Ofrecer una garantía suficiente ante el SAT permite suspender el Procedimiento Administrativo de Ejecución mientras se negocia, aclara o impugna el crédito fiscal.</p><p>7. <b>Buscar orientación en caso de conflicto.</b> La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) puede auxiliar a los herederos cuando exista una controversia sobre el embargo o el monto del adeudo determinado por el SAT.</p><p>8. <b>Separar los bienes personales de los del negocio.</b> Cuando el fallecido tenía actividad empresarial, es recomendable diferenciar los bienes vinculados al negocio de los bienes personales de los herederos, para evitar que el embargo se extienda más allá de lo necesario.</p><p>Cuando el fallecido solo generaba ingresos por sueldos y salarios como trabajador subordinado, o por honorarios como prestador de servicios independientes, cualquier familiar u otra persona interesada puede solicitar directamente al SAT información sobre sus adeudos, sin necesidad de acreditar el carácter de heredero o albacea.</p><h2>Qué ocurre si nadie reclama la herencia</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AS2BH3B6HVDI5JILPWIT46HHWM.png?auth=40f83d925984e27941a6c316e412ef6cd22c723854e23e3450abcee56196363a&smart=true&width=1536&height=1024" alt="En ese caso, los bienes se declaran vacantes y se adjudican al Fisco Federal o a instituciones de asistencia social, según lo determine cada entidad. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Existe un escenario distinto al embargo fiscal, aunque también implica que el patrimonio termine en manos del Estado: la herencia vacante. Esta figura se activa cuando, tras un proceso judicial con intervención del Ministerio Público, un juez confirma que no existe ningún heredero, ni siquiera parientes colaterales hasta el cuarto grado.</p><p>En ese caso, los bienes se declaran vacantes y se adjudican al Fisco Federal o a instituciones de asistencia social, según lo determine cada entidad. En la Ciudad de México, el artículo 1668 del Código Civil local establece que esos bienes pasan al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), que los destina a asistencia social. En otros estados, el destino es el erario estatal o instituciones de beneficencia pública equivalentes.</p><p>El Código Civil Federal contempla además una figura complementaria: los bienes vacantes, aquellos inmuebles sin dueño cierto y conocido. Quien tenga noticia de su existencia puede denunciarlos ante el Ministerio Público, que evalúa si corresponde solicitar ante un juez que se declaren vacantes y se adjudiquen al Fisco Federal. Quien realiza la denuncia tiene derecho a recibir una cuarta parte del valor catastral de los bienes denunciados.</p><p>Esta situación es poco frecuente, ya que la ley contempla un abanico amplio de parientes con derecho a heredar antes de que el Estado sea considerado el último eslabón en la línea de sucesión.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/L6GU5JTFOZARVF4KNBHQH6QDAQ.png?auth=d383feb98aa40dfef5e19debe2b252ffb0cd46680722d9276d6471e3d6e83e4b&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede embargar bienes heredados cuando la persona fallecida dejó deudas fiscales sin pagar.  (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Cómo acceder al descuento del 90% en papeletas de tránsito que ofrece el SAT de Lima? Estos son los pasos para pagar menos]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/09/09/como-acceder-al-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito-que-ofrece-el-sat-de-lima-estos-son-los-pasos-para-pagar-menos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/09/09/como-acceder-al-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito-que-ofrece-el-sat-de-lima-estos-son-los-pasos-para-pagar-menos/</guid><dc:creator><![CDATA[Jazmine Angulo]]></dc:creator><description><![CDATA[Una papeleta de S/400 puede reducirse a S/40 y otra de S/600 a S/60, pero existen infracciones muy graves que están excluidas de la medida]]></description><pubDate>Wed, 09 Sep 2026 20:54:53 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>El Servicio de Administración Tributaria de Lima (<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/09/04/municipalidad-de-lima-habilitara-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/09/04/municipalidad-de-lima-habilitara-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito/">SAT</a>) aplica un régimen especial que permite<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/08/25/mtc-hace-oficial-reduccion-excepcional-del-90-en-multas-de-transito-y-transporte-publico-y-privado-conoce-los-plazos-y-detalles-de-la-medida/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/08/25/mtc-hace-oficial-reduccion-excepcional-del-90-en-multas-de-transito-y-transporte-publico-y-privado-conoce-los-plazos-y-detalles-de-la-medida/"> reducir en 90% el monto de determinadas papeletas de tránsito</a> pendientes de pago. Con esta medida, los conductores que cumplan las condiciones establecidas <b>pueden cancelar sus deudas</b> con solo una décima parte del monto acumulado.</p><p>El beneficio puede representar una reducción importante para quienes cuentan con varias sanciones pendientes. En los casos que califican, <b>una deuda de 400 soles puede quedar en 40 soles, </b>mientras que una obligación de <b>600 soles puede reducirse a 60 soles.</b></p><p>El trámite puede realizarse de<b> forma virtual mediante la plataforma del SAT de Lima</b>. Para conocer el monto pendiente y verificar qué infracciones califican para la rebaja, el conductor debe ingresar sus datos en el sistema de pagos en línea.</p><p>Sin embargo, <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/08/25/que-multas-no-tendran-descuento-del-90-mtc-establece-excepciones-en-nuevo-regimen-de-pago-para-conductores-y-transportistas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/08/25/que-multas-no-tendran-descuento-del-90-mtc-establece-excepciones-en-nuevo-regimen-de-pago-para-conductores-y-transportistas/">el descuento no alcanza a todas las infracciones</a>. El régimen establece excepciones para determinadas faltas muy graves, por lo que resulta necesario revisar el estado de cada papeleta antes de efectuar el pago.</p><h2>Cómo consultar las papeletas y acceder al descuento</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/25PUXKOHV5BIBGMWHOSPSMJVGQ.png?auth=61eeb5982f8fcb6c26291e1de4e9a1ce6e5ecc7f428ce8229f3ae4d84ff84924&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una papeleta de infracción junto a un cuadro informativo sobre las sanciones de tránsito vigentes. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El procedimiento puede realizarse mediante la plataforma SAC Lima. El conductor debe ingresar a la opción de <b>pagos en línea y proporcionar el número de placa y el número de DNI.</b></p><p>De acuerdo con el empleado del SAT consultado en el informe, el sistema permite obtener el estado de cuenta y revisar las infracciones registradas. “Los ciudadanos van a pagar con el noventa por ciento de descuento sus infracciones de tránsito, es decir, pagarían <b>solamente un diez por ciento</b>”, explicó.</p><p>Una vez que aparece el estado de cuenta, el usuario puede identificar las papeletas que<b> cuentan con la rebaja y conocer el monto que corresponde cancelar</b>. El beneficio puede aplicarse a todas las papeletas pendientes que califiquen para el régimen, sin un límite en la cantidad.</p><blockquote><p>Así, el conductor con varias sanciones puede revisar cada registro antes de efectuar el pago y determinar cuáles están incluidas dentro de la reducción.</p></blockquote><h2>Ejemplos de cuánto se puede pagar con la rebaja</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z6FD7UFBAFDP7F3IGW2J7WZWSM.png?auth=a55eccc825e2439b81b1854ca19d533acba0452706a0abab4358ad2b914e265d&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una infracción de tránsito a un conductor en una vía urbana. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El descuento permite que determinadas obligaciones registradas por montos elevados puedan reducirse de forma considerable. En uno de los casos mostrados en el informe,<b> una papeleta de 440 soles pasa a un pago de 44 soles,</b> mientras otra sanción de 660 soles queda en 66 soles.</p><p>La revisión del estado de cuenta permite sumar únicamente los montos correspondientes a las infracciones que califican para la reducción. De esta manera, el conductor <b>puede conocer cuánto debe desembolsar para cancelar las sanciones incluidas en el régimen.</b></p><p>El beneficio también puede resultar aplicable a personas con numerosas papeletas. En el informe se mostró el caso de un conductor que señaló <b>una deuda superior a 6.600 soles por alrededor de 12 papeletas</b>. Otro usuario indicó que tenía una deuda cercana a 1.500 soles y realizó<b> un pago de aproximadamente 300 soles.</b></p><h2>El pago puede realizarse por la plataforma del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MA4XITDB7FG2PLXP74KRSGKYR4.png?auth=f94b6280a6fbedb84551496c510bac214ffb7f5c834bfbbe3baf27bd02d347ab&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Agentes de la Policía Nacional del Perú aplican multas a conductores de transporte público y privado en el centro de Lima. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El<b> acceso al régimen</b> no requiere revisar cada papeleta de manera presencial si el conductor opta por utilizar la plataforma virtual. El sistema permite <b>consultar la deuda mediante la placa y el DNI</b>, además de mostrar las infracciones registradas y el tratamiento correspondiente.</p><p>La plataforma permite distinguir las papeletas que cuentan con el descuento de aquellas que permanecen fuera del régimen por tratarse de infracciones excluidas.</p><p>De acuerdo con el procedimiento explicado por el SAT, el conductor debe ingresar a la plataforma SAC Lima, seleccionar la alternativa de pagos en línea y consultar su estado de cuenta. Con esa información puede identificar las sanciones sujetas al <b>descuento del 90% y conocer el importe que corresponde pagar en cada caso.</b></p><p>El beneficio, por tanto, se concentra en las papeletas que cumplen las condiciones del régimen especial, mientras las infracciones excluidas mantienen un tratamiento distinto.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MA4XITDB7FG2PLXP74KRSGKYR4.png?auth=f94b6280a6fbedb84551496c510bac214ffb7f5c834bfbbe3baf27bd02d347ab&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Agentes de la Policía Nacional del Perú aplican multas a conductores de transporte público y privado en el centro de Lima. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Trazabilidad del IEPS: ¿en qué consiste el impuesto que busca combatir el huachicol fiscal? ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/trazabilidad-del-ieps-en-que-consiste-el-impuesto-que-busca-combatir-el-huachicol-fiscal/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/trazabilidad-del-ieps-en-que-consiste-el-impuesto-que-busca-combatir-el-huachicol-fiscal/</guid><dc:creator><![CDATA[Andrés García S. ]]></dc:creator><description><![CDATA[El mecanismo permitirá contrastar los volúmenes de combustible importados o adquiridos con los que distribuyen y venden las empresas para detectar diferencias y posibles evasiones fiscales]]></description><pubDate>Wed, 09 Sep 2026 16:05:59 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/M373TLEWW5CXRFVE4KF4KAARUA.jpeg?auth=ce33853d640c415bd2a8a152593161a5441d03d800de3a959ca786d9dea8c565&smart=true&width=2560&height=1705" alt="La presidenta Claudia Sheinbaum durante 'La Mañanera' de este miércoles en Palacio Nacional. (Crédito: Gobierno de México)" height="1705" width="2560"/><p>El Gobierno federal busca <b>reforzar el seguimiento fiscal</b> de la <b>gasolina y el diésel </b>desde su origen hasta la venta al público mediante la <b>trazabilidad</b> del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (<b>IEPS</b>), un mecanismo que permitirá contrastar los volúmenes de combustible importados o adquiridos con los que posteriormente <b>son distribuidos y comercializados.</b></p><p>Durante ‘La Mañanera’ de este miércoles, la presidenta <b>Claudia Sheinbaum </b>explicó que la propuesta no contempla crear un <b>nuevo gravamen</b> ni establecer una sanción específica para las gasolineras, sino <b>utilizar el impuesto </b>que ya se aplica a los combustibles para identificar <b>inconsistencias en la cadena</b> de comercialización.</p><p><i>“Más que una sanción, es una trazabilidad de un impuesto que se paga por combustibles, que es el IEPS”</i>, explicó la presidenta. </p><p>La medida busca que las autoridades puedan<b> seguir los movimientos del combustible</b> y comparar la información reportada por importadores, Petróleos Mexicanos (Pemex), distribuidores, comercializadores y estaciones de servicio.</p><h2>Sheinbaum planteó una hipótesis para explicar cómo funcionaría</h2><p>La presidenta utilizó un <b>ejemplo hipotético</b> para explicar cómo podría detectarse una diferencia entre el <b>combustible por el que se pagó</b> el impuesto y el que posteriormente aparece como vendido.</p><p><i>“Si por ejemplo, se paga IEPS porque entraron 10 barriles y después en la gasolinera se venden 12, </i><i><b>pues algo pasó</b></i><i>”</i>, señaló.</p><p>El ejemplo también contempló una cadena en la que participan varias empresas. Una compañía puede importar combustible, venderlo a una comercializadora y esta, a su vez, suministrarlo a una gasolinera. En cada operación, <b>los volúmenes registrados deben permitir identificar el origen</b> y destino del producto.</p><p>En el escenario planteado por la presidenta, si aparecen dos barriles adicionales en las ventas, la empresa tendría que <b>cubrir el IEPS correspondiente a ese volumen.</b></p><p><i>“Y si llegan a vender 12, pues tienen que pagar el IEPS de esos dos barriles adicionales que vendieron”</i>, afirmó, continuando con su ejemplo. </p><p>Para Sheinbaum, esta obligación busca reducir el margen para introducir combustible al mercado sin cubrir las contribuciones correspondientes, particularmente mediante <b>importaciones ilegales.</b></p><p><i>“Eso </i><i><b>desincentiva cualquier comercio ilegal</b></i><i> de combustible, porque el objetivo del comercio ilegal es no pagar IEPS, particularmente en la importación ilegal”</i>, sostuvo.</p><h2>El SAT utilizará facturas, inventarios y controles volumétricos</h2><p>El titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), <b>Antonio Martínez Dagnino</b>, explicó que la propuesta parte de<b> información</b> que las autoridades ya reciben de los participantes del mercado y <b>no de la creación de un nuevo impuesto.</b></p><p><i>“La propuesta que nosotros hacemos no es crear un nuevo impuesto, sino trazabilidad </i><i><b>desde el origen hasta la venta</b></i><i>”,</i> explicó.</p><p>El funcionario detalló que el IEPS se paga inicialmente a la Tesorería de la Federación mediante <b>declaraciones presentadas ante el SAT </b>por los importadores y Pemex.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5MJOORF265GORAWLB2UAFGCY5Q.jpeg?auth=819b65af06b432eec0e628154e8b72e3b9fda481fbce3e43c2b1b8b0b48f0fa9&smart=true&width=1280&height=852" alt="El titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Antonio Martínez Dagnino, durante 'La Mañanera' de este miércoles. (Crédito: Gobierno de México)" height="852" width="1280"/><p>A partir de ese punto, el SAT cuenta con <b>registros de las operaciones realizadas por distribuidores</b>, comercializadores, empresas de autoconsumo y gasolineras que venden combustible al público.</p><p>Estos participantes <b>reportan sus facturas</b> y controles volumétricos, además de información sobre sus inventarios, entradas y salidas de producto.</p><p><i>“Ya nos reportan sus </i><i><b>controles volumétricos</b></i><i> y nos reportan sus facturas, tenemos la información de los </i><i><b>inventarios</b></i><i>, de las entradas y de las salidas a través de un sistema del gobierno</i>”, detalló Martínez Dagnino.</p><p>Con esos registros, las autoridades pueden comparar las<b> cantidades que ingresan a una empresa </b>con las que posteriormente son distribuidas o vendidas.</p><h2>¿Qué ocurrirá cuando los registros no coincidan?</h2><p>La revisión contempla las distintas etapas por las que pasa el combustible, desde su importación o adquisición hasta su llegada a una estación de servicio. La información generada en cada operación permite <b>contrastar los volúmenes reportados</b> por los diferentes participantes.</p><p>Martínez Dagnino explicó que el análisis se realiza en <b>coordinación con otras instituciones </b>para verificar que los datos correspondan con los movimientos registrados.</p><p><i>“Se revisa que todo lo que está entrando y se está produciendo </i><i><b>sean los mismos litros</b></i><i>, lo que se compra y lo que se vende”</i>, explicó.</p><p>Si una empresa reporta un volumen de ventas superior al que aparece en sus adquisiciones, la diferencia puede ser <b>identificada mediante el cruce de información</b>. A partir de ahí, las autoridades pueden revisar el origen del combustible que no está respaldado por los <b>registros de compra o importación.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IGPACHU6IRG5NB7N6RDTHBQFE4.jpeg?auth=551d93659125720a8dc6119f1c698f9ce6bf97800c5cf35a304b9251a37dd631&smart=true&width=1920&height=1280" alt="La estrategia contempla revisar los movimientos del combustible entre importadores, distribuidores, comercializadores y estaciones de servicio para detectar diferencias de volumen. (Crédito: Cuartoscuro) " height="1280" width="1920"/><p>La revisión no se limita a una sola operación. Si el producto pasa por un importador, una comercializadora y posteriormente una gasolinera, los registros de cada participante permiten<b> reconstruir los movimientos y determinar en qué punto aparece una diferencia.</b></p><h2>El objetivo es cerrar espacios al comercio ilegal de combustibles</h2><p>Sheinbaum sostuvo que el <b>comercio ilegal de combustibles ha disminuido,</b> aunque todavía existen empresas que, de acuerdo con los registros revisados por las autoridades, comercializan cantidades superiores a las que reportan haber adquirido.</p><p><i>“Ha bajado mucho </i>—el comercio ilegal de combustible—, p<i>ero </i><i><b>aún hay un porcentaje</b></i><i> porque aún hay empresas que venden </i><i><b>más de lo que compran</b></i><i>, ¿pues cómo es eso?”</i>, señaló.</p><p>La propuesta busca que el <b>volumen de combustible comercializado</b> tenga respaldo en las operaciones registradas y que el IEPS correspondiente sea cubierto. De existir una diferencia, el contribuyente deberá <b>responder fiscalmente</b> por el volumen que no aparece en sus adquisiciones.</p><p><i>“Los</i><i><b> impuestos</b></i><i> que se pagan por lo que compran tienen que ser </i><i><b>exactamente igual </b></i><i>que lo que venden”</i>, afirmó la presidenta.</p><p>Así, el Gobierno federal pretende utilizar la <b>información fiscal y operativa</b> que ya generan las empresas para detectar <b>inconsistencias en el mercado</b> de combustibles y dificultar que producto de origen no acreditado pueda incorporarse a la cadena formal sin cubrir las contribuciones correspondientes.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/M373TLEWW5CXRFVE4KF4KAARUA.jpeg?auth=ce33853d640c415bd2a8a152593161a5441d03d800de3a959ca786d9dea8c565&amp;smart=true&amp;width=2560&amp;height=1705" type="image/jpeg" height="1705" width="2560"><media:description type="plain"><![CDATA[La presidenta Claudia Sheinbaum durante 'La Mañanera' de este miércoles en Palacio Nacional. (Crédito: Gobierno de México)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[México prevé un crecimiento económico del 2% en 2027: blinda programas sociales y aumenta presupuesto en educación, ciencia, salud y seguridad]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/mexico-preve-un-crecimiento-economico-del-2-en-2027-blinda-programas-sociales-y-aumenta-presupuesto-en-educacion-ciencia-salud-y-seguridad/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/mexico-preve-un-crecimiento-economico-del-2-en-2027-blinda-programas-sociales-y-aumenta-presupuesto-en-educacion-ciencia-salud-y-seguridad/</guid><dc:creator><![CDATA[Samantha Godinez]]></dc:creator><description><![CDATA[La SHCP informó que se busca fortalecer la generación de empleos y el bienestar de las familias mexicanas]]></description><pubDate>Wed, 09 Sep 2026 15:24:31 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7CB4GNXW4RAS7BE5OFZMN47QFI.jpg?auth=a67cc44fcb82dc61607b040901d9464a0a6313d4b10334c0cb61e30f5a4db53b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Presentación del Paquete Económico 2027. (Presidencia)" height="1080" width="1920"/><p>El secretario de Hacienda y Crédito Público en México, <b>Édgar Amador Zamora</b> señaló que se prevé un crecimiento del 2% para el siguiente año, en el marco de la presentación del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/paquete-economico-2027-continua-con-apoyos-a-pemex-gobierno-de-sheinbaum-no-cumple-promesa-de-autosuficiencia/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/paquete-economico-2027-continua-con-apoyos-a-pemex-gobierno-de-sheinbaum-no-cumple-promesa-de-autosuficiencia/"><b>Paquete Económico 2027</b></a>. </p><p>Durante la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/la-mananera-de-la-presidenta-claudia-sheinbaum-hoy-miercoles-9-de-septiembre/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/la-mananera-de-la-presidenta-claudia-sheinbaum-hoy-miercoles-9-de-septiembre/"><b>mañanera del pueblo</b></a> de este 9 de septiembre se dieron a conocer los puntos clave de este documento, el cual tiene como prioridad invertir más recursos en <b>programas sociales</b>, así como un incremento en el presupuesto en educación, ciencia, salud y seguridad. </p><p>“Nuestra meta de <b>crecimiento económico</b> de más de 2%, tenemos un rango de 1.5% a 2.5%. Como hemos mencionado también en el ejercicio anterior, dada la dificultad de proveer estimadores puntuales, hemos establecido rangos de crecimiento, los cuales han sido muy útiles para la programación y para la comunicación hacia analistas e inversionistas”, declaró el líder de la Secretaría Hacienda y Crédito Público (<b>SHCP</b>). </p><p>El objetivo de llegar a una estimación superior al 2% es fortalecer la<b> creación de empleos </b>y mejorar el bienestar de las <b>familias mexicanas</b>. </p><h2>Puntos clave del Paquete Económico 2027 </h2><p>El funcionario informó que este paquete protege el bienestar de las y los mexicanos, impulsa el desarrollo y mantiene una trayectoria de finanzas públicas sanas por medio de cinco pilares fundamentales:</p><ul><li><b>Crecimiento</b></li><li><ul><li>Meta de crecimiento económico de más del&nbsp;<b>2%</b>.</li><li>La meta busca fortalecer la generación de empleo y el bienestar de las familias mexicanas.</li></ul></li><li><b>Prioridades protegidas</b></li><li><ul><li>Programas del Bienestar.</li><li>Proyectos prioritarios.</li><li>Inversión pública.</li><li>Garantiza participaciones a entidades federativas.</li><li>Pago de la deuda.</li></ul></li><li><b>Fortalecimiento de ingresos</b></li><li><ul><li>Medidas para combatir las factureras y la evasión fiscal.</li><li>Más eficiencia en la recaudación sin crear ni aumentar impuestos.</li></ul></li><li><b>Gasto más eficiente</b></li><li><ul><li>Se avanza con la austeridad republicana.</li></ul></li><li><b>Disciplina fiscal</b></li><li><ul><li>Reducción paulatina y responsable del déficit.</li></ul></li><li><b>Mensaje central</b></li><li><ul><li>Manejo responsable y justo de las finanzas públicas.</li></ul></li></ul><p>Por su parte, la presidenta de México, <b>Claudia Sheinbaum</b> aseguró que a pesar de las proyecciones expuestas por la SHCP, la economía mexicana podría registrar un crecimiento de más del 2%, impulsado por la <b>inversión pública y mixta</b>. </p><p>“Esperamos mayor estabilidad en la relación del tratado comercial, mayor certidumbre y que también haya todavía más <b>inversión privada</b>. Entonces, vamos a esperar cómo se comporta el 2027 y ahí evaluamos para el 2028. Pero estamos optimistas de lo que va a pasar en el 27 y también muy satisfechos del paquete económico que se trabajó por muchísimos meses que estamos presentando al Congreso”, declaró la mandataria mexicana en su conferencia matutina en Palacio Nacional. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/347TM5GTIBEXXACDT3UIQMPU5M.png?auth=0dc34a631d6607184e501f01f5c49b8c3d8f549742e434b4ad38732a2ff6253b&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía de Infobae detalla las prioridades presupuestarias del Paquete Económico 2027 en México, con ingresos previstos de 6,995 mil millones de pesos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>Plan México impulsa el desarrollo para el crecimiento económico </h2><ul><li><b>Crecimiento económico estimado</b></li><li><ul><li>Variación real anual prevista para 2026: entre&nbsp;<b>1.0% y 2.0%</b></li><li>Variación real anual estimada para 2027: entre&nbsp;<b>1.5% y 2.5%</b></li></ul></li><li><b>Plan México</b></li><li><ul><li>Desarrollo industrial</li><li>Sustitución de importaciones</li><li>Polos de Desarrollo</li></ul></li><li><b>Programa de Infraestructura</b></li><li><ul><li>Inversión de&nbsp;<b>5.7 billones de pesos</b></li></ul></li><li><b>Seguridad energética</b></li><li><ul><li>Generación eléctrica tradicional y renovable</li><li>Gas e hidrocarburos.</li></ul></li><li><b>Agua y Desarrollo Urbano</b></li><li><ul><li>Infraestructura hídrica</li><li>Tecnificación</li></ul></li><li><b>Vivienda y construcción</b></li><li><ul><li>Construcción de&nbsp;<b>1.8 millones de viviendas</b></li></ul></li><li><b>Programas para el Bienestar</b></li><li><ul><li>Impulso al ingreso y al consumo de los hogares</li></ul></li><li><b>Inversión y productividad</b></li><li><ul><li>Apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas (<b>MiPyMEs</b>)</li><li>Digitalización</li><li>Simplificación</li></ul></li></ul><h2>Presupuestos dentro del Paquete Económico 2027</h2><ul><li><b>Ingresos tributarios y no tributarios</b></li><li><ul><li>$6,995 mil millones de pesos.</li></ul></li><li><b>Presupuesto del Gobierno de México</b></li><li><ul><li>$3,493 mil millones de pesos.</li><li>1.1 billón de pesos destinado a los Programas del Bienestar.</li></ul></li><li><b>Pensiones, intereses, pago de la deuda y participaciones de los estados</b></li><li><ul><li>$3,502 mil millones de pesos.</li></ul></li><li><b>Incrementos notables en el presupuesto 2027</b></li><li><ul><li>Educación: 10.7%.</li><li>Ciencia: 13.0%.</li><li>Salud: 11.3%.</li><li>Seguridad: 11.5%.</li><li>Campo: 20.6%.</li></ul></li><li><b>Programas del Bienestar</b></li><li><ul><li>Se busca garantizar recursos por encima de la inflación para todos los Programas del Bienestar.</li></ul></li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/7CB4GNXW4RAS7BE5OFZMN47QFI.jpg?auth=a67cc44fcb82dc61607b040901d9464a0a6313d4b10334c0cb61e30f5a4db53b&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Presentación del Paquete Económico 2027. (Presidencia)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT 2026: cuánto pagas de multa si no presentaste tu declaración anual y hasta cuándo tienes plazo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/sat-2026-cuanto-pagas-de-multa-si-no-presentaste-tu-declaracion-anual-y-hasta-cuando-tienes-plazo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/09/sat-2026-cuanto-pagas-de-multa-si-no-presentaste-tu-declaracion-anual-y-hasta-cuando-tienes-plazo/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[Las personas físicas que omitieron ese trámite desde el 30 de abril enfrentan sanciones de $2,050 a $50,710 por cada obligación, además de un recargo mensual de 2.07% sobre lo adeudado]]></description><pubDate>Wed, 09 Sep 2026 12:37:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QQ6DAKWS75CRBGMCO6UMZCHMCY.png?auth=a8bf6ca7a6d18618e0e058cd25a1bb9e60b1e618257f68023ce5b07cb51178d6&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Quien debe ese trámite fiscal desde abril arriesga sanciones que superan los 50 mil pesos y podría enfrentar consecuencias penales. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Las <b>personas físicas</b> que no presentaron su declaración anual ante el<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/"> SAT</a> antes del 30 de abril de 2026 ya deben una multa de entre <b>2,050 y 50,710 pesos</b> por cada obligación pendiente, según el Código Fiscal de la Federación.</p><p>El monto exacto depende de si el SAT ya envió un requerimiento o si el contribuyente sigue sin responder. A partir del 1 de mayo, además, corren <b>recargos mensuales de 2.07%</b> sobre lo que se debe. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TP6TPD2AW5CUHIZZUXFIU6VUSI.png?auth=5a521e95bf44b77fd846192689cb08c1da83e84f9f64bd32fb911457eec2bfce&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Los recargos mensuales por atraso son de 2.07%, según la Ley de Ingresos 2026.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Quien aún no regulariza su situación puede hacerlo ahora mismo desde el <a href="https://www.sat.gob.mx/" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/">portal sat.gob.mx,</a> aunque cuanto más tiempo pase, <b>más crece la deuda</b>.</p><h2>Cuánto cobra el SAT según cada caso</h2><p>La multa más baja aplica a quien simplemente no presentó su declaración: entre <b>2,050 y 25,360 pesos</b> por cada obligación no cumplida. </p><p>Si el SAT ya envió una <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/12/sat-2026-las-normas-que-debes-conocer-para-evitar-multas-de-miles-de-pesos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/12/sat-2026-las-normas-que-debes-conocer-para-evitar-multas-de-miles-de-pesos/">notificación formal </a>pidiendo que se presente y el contribuyente no responde, la sanción sube a un rango de <b>2,050 a 50,710 pesos</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CZ67C4DXHZASTKSPGQPJ345VUA.png?auth=6785a62d267552d7381e3cd1700dd83df907e503f01b0e2a10ee56643f973e2c&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El pago del adeudo puede fraccionarse hasta en seis parcialidades. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Existe un tercer escenario, menos común: quien no usa los medios electrónicos que <b>exige la ley</b>, o ignora los plazos fijados en un requerimiento, enfrenta una multa de <b>20,790 a 41,590 pesos</b>. </p><p>Estas cifras están fijadas en el<b> artículo 82 </b>del Código Fiscal de la Federación, actualizado en noviembre de 2025.</p><h2>Los recargos crecen mes con mes</h2><p>Además de la multa, el dinero que se debe genera <b>recargos automáticos</b>. La Ley de Ingresos de la Federación 2026 fija ese interés en <b>2.07% mensual</b>, calculado sobre el monto ya actualizado por inflación, no sobre la cifra original.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LOABK4WSE5BQJCHV4JNSCF5YZE.png?auth=fcde9721151b820d2633f89c4b843605283696019b4896c4b24becbb7358cf1d&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El artículo 82 del Código Fiscal de la Federación regula las sanciones por incumplimiento.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Esto significa que entre más tiempo pase sin regularizar la declaración,<b> </b>mayor será el <a href="https://www.google.com/search?q=total+a+pagar+multas+sat+infobae&amp;sca_esv=a6de26ecf3f9c9fb&amp;rlz=1C1GCEA_enMX1153MX1153&amp;sxsrf=APpeQntnCbFVUB8ogU3w6JpYjgfs7guSWQ%3A1788895554085&amp;ei=QmGgaqHiBLnh0PEPiKmjiAE&amp;biw=1536&amp;bih=730" target="_blank" rel="" title="https://www.google.com/search?q=total+a+pagar+multas+sat+infobae&amp;sca_esv=a6de26ecf3f9c9fb&amp;rlz=1C1GCEA_enMX1153MX1153&amp;sxsrf=APpeQntnCbFVUB8ogU3w6JpYjgfs7guSWQ%3A1788895554085&amp;ei=QmGgaqHiBLnh0PEPiKmjiAE&amp;biw=1536&amp;bih=730">total<b> </b>a pagar</a>. El cálculo corre desde el 1 de mayo de 2026, día siguiente al <b>vencimiento del plazo</b>, y no tiene fecha límite de acumulación.</p><h2>Existe una forma de evitar la multa</h2><p>El Código Fiscal permite algo llamado <b>espontaneidad</b>: si el contribuyente presenta su declaración atrasada por decisión propia, antes de que el SAT lo descubra o le mande un requerimiento, <b>no se le cobra la multa</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y6BBAHWGPRGRZGHN6H65KBPE3M.png?auth=fb5128fa59d591b8417ecdc4d0809fffcf7b2b031955cb40d38d07832d596037&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El cálculo de recargos corre desde el 1 de mayo de 2026, sin fecha límite de acumulación.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Eso sí, aunque se evite la multa, los recargos y la actualización por inflación<b> se pagan</b> de todas formas si hay un monto pendiente. La única forma de librarse de ese pago extra es presentar la declaración antes de que la autoridad note la falta.</p><h2>Cuándo el atraso se convierte en delito meritorio de cárcel</h2><p>Existe un límite a partir del cual dejar de pagar impuestos ya no es solo una multa administrativa, sino un<b> delito</b>. El Código Fiscal establece que si una persona omite el pago de contribuciones mediante engaños y el monto supera 1 millón 932 mil 330 pesos, puede enfrentar de tres meses a <b>dos años de cárcel</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="Los recargos y la actualización por inflación se cobran aunque se aplique la espontaneidad. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Si la cantidad no pagada supera los 2 millones 898 mil 490 pesos, la pena sube hasta <b>cinco años</b>. Por encima de esa cifra, la sanción llega hasta nueve años de prisión. </p><p>La ley aclara que si la persona paga voluntariamente antes de que la autoridad descubra el problema, no se presenta <a href="https://www.google.com/search?q=ninguna+denuncia+penal+infobae+mex+2026&amp;rlz=1C1GCEA_enMX1153MX1153&amp;oq=ninguna+denuncia+penal+infobae+mex+2026&amp;gs_lcrp=EgZjaHJvbWUyBggAEEUYOTIKCAEQABiiBBiJBTIHCAIQABjvBTIHCAMQABjvBTIKCAQQABiiBBiJBTIKCAUQABiiBBiJBdIBCDI0ODVqMGo0qAIAsAIB&amp;sourceid=chrome&amp;source=chrome.ob&amp;ie=UTF-8" target="_blank" rel="" title="https://www.google.com/search?q=ninguna+denuncia+penal+infobae+mex+2026&amp;rlz=1C1GCEA_enMX1153MX1153&amp;oq=ninguna+denuncia+penal+infobae+mex+2026&amp;gs_lcrp=EgZjaHJvbWUyBggAEEUYOTIKCAEQABiiBBiJBTIHCAIQABjvBTIHCAMQABjvBTIKCAQQABiiBBiJBTIKCAUQABiiBBiJBdIBCDI0ODVqMGo0qAIAsAIB&amp;sourceid=chrome&amp;source=chrome.ob&amp;ie=UTF-8">ninguna denuncia penal</a>.</p><h2>El SAT ofrece un descuento en multas y recargos</h2><p>Quien tiene deudas acumuladas de 2024 o de años anteriores puede pedir un descuento de hasta <b>100% en multas</b>, recargos y gastos de ejecución. El beneficio forma parte del Programa de Regularización Fiscal 2026, activo desde enero.</p><p>El descuento aplica a personas físicas y empresas cuyos ingresos en 2024 no superaron los<b> 300 millones </b>de pesos. </p><p>Quienes ya tienen una deuda determinada por el SAT deben pedir el beneficio antes del <b>31 de octubre de 2026</b>. Quienes prefieren corregir su situación por su cuenta tienen hasta el 31 de diciembre de 2026.</p><p>El pago puede hacerse de <b>una sola vez</b> o en hasta seis partes, con la condición de terminar de pagar antes del 30 de noviembre de 2026. El trámite se hace en<a href="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home"> Mi Portal</a>, el portal del SAT, usando el RFC y la contraseña del contribuyente.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/QQ6DAKWS75CRBGMCO6UMZCHMCY.png?auth=a8bf6ca7a6d18618e0e058cd25a1bb9e60b1e618257f68023ce5b07cb51178d6&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Unas manos esposadas a la espalda se ubican frente a la fachada de una oficina del Servicio de Administración Tributaria. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿No revisas tu Buzón Tributario? El SAT podría imponerte una multa de más de 11 mil pesos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/06/no-revisas-tu-buzon-tributario-el-sat-podria-imponerte-una-multa-de-mas-de-11-mil-pesos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/06/no-revisas-tu-buzon-tributario-el-sat-podria-imponerte-una-multa-de-mas-de-11-mil-pesos/</guid><dc:creator><![CDATA[Lorna Huitrón]]></dc:creator><description><![CDATA[Mantenerlo habilitado y registrar correctamente el correo electrónico y número celular es una obligación para determinados contribuyentes]]></description><pubDate>Sun, 06 Sep 2026 22:23:44 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5OXGLJTB7RD7ZELNJSGIGM6XVU.jpg?auth=1d72399f83cd8cb6f6d8efd3c123e59deff13ab4e1216c46fb3216b010dfce1f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Mantenerlo habilitado y registrar correctamente el correo electrónico y número celular es una obligación para determinados contribuyentes" height="1080" width="1920"/><p>El <b>Buzón Tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> es uno de los principales canales de comunicación entre la autoridad fiscal y los <b>contribuyentes.</b> A través de esta herramienta digital se envían notificaciones, avisos, resoluciones administrativas, solicitudes de información y otros documentos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones fiscales.</p><p>Aunque comúnmente se habla de multas por “no revisar” esta plataforma, es importante hacer una precisión: la sanción prevista en el Código Fiscal de la Federación no se genera únicamente por dejar de consultar los mensajes, sino por <b>no habilitar el Buzón Tributario, no registrar los medios de contacto o proporcionar información incorrecta o desactualizada</b>.</p><p>De acuerdo con los artículos <b>86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación</b>, las personas que incumplan con esta obligación pueden recibir una multa que va de <b>3 mil 850 a 11 mil 540 pesos</b>. El monto aplicable dependerá de las circunstancias de cada caso y de la determinación de la autoridad fiscal.</p><h2>¿En qué casos aplica la multa por el Buzón Tributario?</h2><p>El SAT puede imponer una sanción cuando el contribuyente no cumple con los requisitos necesarios para mantener operativo este canal de comunicación. Entre los principales supuestos se encuentran:</p><ul><li>No haber habilitado el Buzón Tributario.</li><li>No registrar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.</li><li>Proporcionar medios de contacto incorrectos, inexistentes o ajenos.</li><li>No mantener actualizada la información registrada.</li></ul><p>Estas omisiones pueden impedir que la autoridad establezca comunicación con el contribuyente. Por ello, el Código Fiscal de la Federación considera que registrar datos erróneos o no auténticos puede tener consecuencias similares a no habilitar la plataforma.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2VE6ZJ322BDYPPPPNJCO67JXIQ.jpg?auth=e48f8a2c35c28969eeb0aa956a27bb8004ea1a33efc37da0d4a2052cb728b723&smart=true&width=290&height=323" alt="El SAT puede imponer una multa de hasta 11 mil 540 pesos a quienes no habiliten su Buzón Tributario o mantengan desactualizados sus medios de contacto" height="323" width="290"/><p>Además de la posible multa, ignorar las notificaciones depositadas en el Buzón Tributario puede ocasionar que una persona pierda plazos para presentar aclaraciones, responder requerimientos o atender algún procedimiento fiscal. En determinadas actuaciones, los plazos legales pueden comenzar a correr aunque el contribuyente no haya abierto personalmente el documento.</p><h2>¿Cómo habilitar el Buzón Tributario del SAT?</h2><p>El procedimiento se realiza en línea desde el portal oficial del SAT. El contribuyente debe ingresar con su <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC),</b> contraseña o e.firma y localizar la opción para habilitar o actualizar el Buzón Tributario.</p><p>Posteriormente, deberá registrar sus mecanismos de comunicación. Generalmente se solicita una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular. El sistema enviará un enlace al correo proporcionado y un código mediante mensaje SMS.</p><p>Ambos medios deben confirmarse dentro de un plazo máximo de <b>72 horas después del registro</b>. Si la validación no se completa durante ese periodo, el trámite puede quedar inconcluso y será necesario realizar nuevamente el procedimiento, según las indicaciones del<b> SAT para habilitar y actualizar el Buzón Tributario.</b></p><p>Una vez confirmados los datos, el sistema genera el <b>Acuse de registro o actualización de mecanismos de comunicación como medios de contacto</b>. Este documento debe descargarse y conservarse, pues funciona como comprobante de que el contribuyente realizó el proceso.</p><h2>¿Por qué es importante revisar los mensajes del SAT?</h2><p>Aunque no abrir un mensaje no constituye por sí solo la infracción establecida en el artículo 86-C, revisar periódicamente el Buzón Tributario es fundamental. Las comunicaciones depositadas en esta plataforma pueden estar relacionadas con devoluciones, requerimientos, créditos fiscales, invitaciones para corregir inconsistencias o actos administrativos que deben atenderse dentro de un plazo determinado.</p><p>Los avisos enviados por correo electrónico o mensaje de texto únicamente informan que existe una nueva comunicación. Para conocer su contenido y efectos legales es necesario ingresar directamente al portal oficial.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GGYLM7IBJJAN7EGJTB3XUWQJEU.jpg?auth=647ed13a35c064ead6234880a5ee6b0af2d86034ff9cc0da0f37d839f1d0e6f3&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT puede imponer una multa de hasta 11 mil 540 pesos a quienes no habiliten su Buzón Tributario o mantengan desactualizados sus medios de contacto" height="1080" width="1920"/><p>También es recomendable verificar periódicamente que el correo y el número celular registrados sigan activos. Si alguno cambia, debe actualizarse cuanto antes para evitar problemas de comunicación con la autoridad.</p><p>Mantener habilitado y consultar el Buzón Tributario no solo reduce el riesgo de recibir una multa de hasta <b>11 mil 540 pesos</b>, sino que permite responder oportunamente a los requerimientos del SAT y llevar un mayor control de la situación fiscal. Ante cualquier mensaje cuya autenticidad genere dudas, lo más seguro es ingresar directamente al sitio oficial y evitar abrir enlaces enviados desde direcciones desconocidas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5OXGLJTB7RD7ZELNJSGIGM6XVU.jpg?auth=1d72399f83cd8cb6f6d8efd3c123e59deff13ab4e1216c46fb3216b010dfce1f&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Mantenerlo habilitado y registrar correctamente el correo electrónico y número celular es una obligación para determinados contribuyentes]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/IA</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Municipalidad de Lima habilitará descuento del 90% en papeletas de tránsito]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/09/04/municipalidad-de-lima-habilitara-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/09/04/municipalidad-de-lima-habilitara-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito/</guid><dc:creator><![CDATA[Alejandro Delgado Tong]]></dc:creator><description><![CDATA[El beneficio podrá solicitarse desde este sábado 5 de setiembre y contempla mecanismos de pago digitales y entidades bancarias afiliadas, en el marco de una nueva disposición municipal]]></description><pubDate>Fri, 04 Sep 2026 20:18:03 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWUVCGBXRNDADJWJO4SU73L33M.jpg?auth=fc211e3b02bf36b07ea153e7e321f6afd500d1aab4e122094e4ae46883bf5c22&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT de Lima indicó que la norma municipal también contempla adecuar los procedimientos necesarios para implementar el beneficio. Foto: Nitro Digital" height="1080" width="1920"/><p>Los <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/08/27/nueva-tabla-de-infracciones-de-transito-desde-cuando-y-cuales-seran-los-principales-cambios-en-las-multas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/08/27/nueva-tabla-de-infracciones-de-transito-desde-cuando-y-cuales-seran-los-principales-cambios-en-las-multas/">conductores con multas de tránsito</a> podrán acceder a una reducción excepcional en el monto de sus deudas <b>desde este sábado 5 de setiembre</b>. El beneficio fue habilitado luego de que el Concejo Municipal Metropolitano aprobara una ordenanza que establece las condiciones para aplicar el<b> nuevo régimen en Lima</b>.</p><p>La medida permitirá cancelar las papeletas con una rebaja del 90%, de acuerdo con las disposiciones contempladas en el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC. El Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) de <b>Lima </b>señaló que la <b>norma municipal </b>también busca adecuar los procedimientos administrativos y operativos necesarios para poner en marcha el <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/09/02/conducir-ebrio-ya-no-implicara-cancelacion-automatica-de-la-licencia-atu-propone-reducir-multas-de-hasta-s22000-a-s2750/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/09/02/conducir-ebrio-ya-no-implicara-cancelacion-automatica-de-la-licencia-atu-propone-reducir-multas-de-hasta-s22000-a-s2750/">beneficio</a>.</p><h2>¿Desde cuándo estará disponible el descuento?</h2><p>La <b>Ordenanza Municipal N.° 2849-2026-MML</b> fue aprobada por el Concejo Municipal Metropolitano y establece el marco para la aplicación del <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/09/02/es-oficial-atu-lanza-plan-para-reducir-multas-y-eliminar-suspension-de-licencias-en-transporte-publico-de-lima-y-callao/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/09/02/es-oficial-atu-lanza-plan-para-reducir-multas-y-eliminar-suspension-de-licencias-en-transporte-publico-de-lima-y-callao/">régimen excepcional</a> en la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima.</p><p>Según informó el <b>SAT de Lima</b>, el descuento comenzará a aplicarse desde el sábado 5 de setiembre. La disposición busca adaptar los procedimientos a lo establecido previamente por el <b>Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC</b>, además de brindar seguridad jurídica a los ciudadanos que decidan acogerse a la medida.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WHHG4K6ZZRABJNVSTAAHXK3EVQ.jpg?auth=ff9ad8ace211fd87acc6ed8745aaa83dd6f7ba31a8ea1a72b148a470b8aa313b&smart=true&width=1280&height=853" alt="El SAT de Lima informó que el descuento entrará en vigencia desde el sábado 5 de setiembre. Foto: SAT" height="853" width="1280"/><h2>¿Cómo pagar las papeletas con la rebaja?</h2><p>Los ciudadanos interesados podrán efectuar el pago de sus <b>multas de tránsito</b> aplicando el descuento extraordinario mediante la plataforma de pagos en línea del SAT. La entidad indicó que el beneficio también estará disponible a través de las plataformas de los <b>bancos afiliados</b>.</p><p>De esta manera, quienes cumplan con las condiciones para acogerse al régimen podrán realizar el trámite por canales digitales habilitados. El SAT señaló que las adecuaciones <b>normativas y tecnológicas</b> fueron necesarias para garantizar la correcta implementación de la medida.</p><h2>SAT señala que busca garantizar el servicio</h2><p>El organismo tributario de la Municipalidad de Lima indicó que el proceso de implementación contempla ajustes destinados a asegurar un servicio adecuado durante la vigencia del beneficio. La entidad también destacó que estos cambios permitirán atender a los ciudadanos bajo criterios de transparencia y eficiencia.</p><p>Con esta medida, la <b>Municipalidad de Lima</b> pone en marcha el régimen excepcional establecido para las papeletas, con una reducción del 90% en el pago de las multas. La información fue comunicada por el SAT este viernes 4 de setiembre.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RS4I5F3QUBGA3A6IUDPZQQO42M.jpg?auth=965ae516cb6f9bc1c06c771c01b93afed9575a29940ff962cdaa4f416f9e2ec1&smart=true&width=1080&height=1200" alt="Comunicado completo de la Municipalidad de Lima. Foto: Municipalidad de Lima" height="1200" width="1080"/><h2>¿Cómo saber si tienes multas de tránsito?</h2><p>Las plataformas oficiales permiten verificar de forma gratuita si un conductor registra <b>multas o papeletas</b>. La consulta puede realizarse con la placa del vehículo, el <b>DNI</b> o el número de licencia, dependiendo de la entidad y del lugar donde se cometió la infracción.</p><p>En Lima Metropolitana, el <b>SAT Lima</b> permite consultar deudas por papeletas ingresando la placa o los datos del propietario. Para revisar el récord a nivel nacional, el <b>MTC</b> cuenta con una plataforma donde se puede conocer el historial de infracciones y los puntos acumulados en la licencia.</p><p>En el caso de las <b>carreteras nacionales</b>, la <b>Sutrán</b> dispone de un sistema para consultar infracciones mediante la placa o el acta de control. Estas herramientas también permiten conocer el estado de las sanciones y, según corresponda, acceder a opciones de pago o regularización.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWUVCGBXRNDADJWJO4SU73L33M.jpg?auth=fc211e3b02bf36b07ea153e7e321f6afd500d1aab4e122094e4ae46883bf5c22&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT de Lima indicó que la norma municipal también contempla adecuar los procedimientos necesarios para implementar el beneficio. Foto: Nitro Digital]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT puede embargar tu casa, tu carro y tus cuentas: así funciona el procedimiento que pocos conocen]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/04/el-sat-puede-embargar-tu-casa-tu-carro-y-tus-cuentas-asi-funciona-el-procedimiento-que-pocos-conocen/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/04/el-sat-puede-embargar-tu-casa-tu-carro-y-tus-cuentas-asi-funciona-el-procedimiento-que-pocos-conocen/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Tras la notificación de un adeudo firme, el contribuyente cuenta con 30 días hábiles para pagar o garantizar; si no lo hace, procede el cobro forzoso previsto en el CFF, sin orden judicial previa]]></description><pubDate>Fri, 04 Sep 2026 18:45:16 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CDZONJFQLVBPTO5GDO3RP4C24Q.png?auth=69e9a6e9de1678e61ca6a7b446bfd41d509d03ccce1713ba033335015df8b874&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El mecanismo opera sin necesidad de una orden judicial previa y está regulado por el Código Fiscal de la Federación (CFF). Los plazos comienzan a correr desde el día siguiente a la notificación del adeudo, según establece la propia norma. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> puede <b>embargar casas, vehículos y cuentas bancarias</b> de quienes acumulen créditos fiscales firmes y no los paguen ni los garanticen dentro del plazo que marca la ley.</p><p>El mecanismo opera sin necesidad de una orden judicial previa y está regulado por el <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>. Los plazos comienzan a correr desde el día siguiente a la notificación del adeudo, según establece la propia norma.</p><h2>Motivos que activan un embargo del SAT</h2><p>La autoridad fiscal no actúa de forma arbitraria. Para iniciar cualquier procedimiento de cobro forzoso debe existir una causa documentada, entre las que figuran:</p><ul><li>Deuda fiscal vencida sin pago ni garantía suficiente.</li><li>Omisión reiterada de declaraciones mensuales o anuales.</li><li>Discrepancia fiscal no aclarada entre ingresos declarados y movimientos bancarios.</li><li>Contribuyente catalogado como “no localizado” en su domicilio fiscal.</li><li>Operaciones con empresas dedicadas a la expedición de comprobantes fiscales falsos (EFOS).</li></ul><p>Cuando un contribuyente recibe la notificación de un crédito fiscal, cuenta con <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2022/06/18/sat-estos-son-los-motivos-por-los-que-pueden-embargar-sus-bienes/" rel="noopener noreferrer"><b>30 días hábiles</b></a> para pagarlo o garantizarlo. Si ese plazo se vence sin ninguna acción, el SAT puede iniciar el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), que habilita el embargo de cuentas bancarias, vehículos y hasta inmuebles hasta cubrir el monto total del adeudo actualizado.</p><p>El artículo 91 de la <b>Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)</b> regula el segundo mecanismo: la discrepancia fiscal. Esta se activa cuando los gastos, adquisiciones de bienes, depósitos bancarios, inversiones o cargos en tarjetas de crédito de una persona física superan los ingresos que declaró ante el <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC)</b>. Ante esa discrepancia, el SAT notifica al afectado mediante el Buzón Tributario y le otorga 20 días hábiles para aclarar por escrito el origen de los recursos.</p><p>El artículo 55 de la misma ley obliga a los bancos a reportar al fisco los depósitos en efectivo que superen los <b>$15,000 pesos</b> dentro de un mismo mes en una sola entidad. Instituciones como <b>BBVA</b>, <b>Banamex</b> y <b>Santander</b> deben entregar ese informe a más tardar el día 17 de cada mes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ABGFCKQDLVHUBJWK5GHLMZDGPA.jpg?auth=f9d1e490079627d83e92fc9d1771ddbb00dca69fe8402598391b281f29fad861&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Cuando un contribuyente recibe la notificación de un crédito fiscal, cuenta con 30 días hábiles para pagarlo o garantizarlo." height="1080" width="1920"/><h2>Procedimiento Administrativo de Ejecución paso a paso</h2><p>El PAE sigue una secuencia de pasos establecida en el artículo 145 y siguientes del CFF:</p><p>1. Vencido el plazo de 30 días hábiles sin pago ni garantía, el SAT emite un mandamiento de ejecución.</p><p>2. Un ejecutor designado acude al domicilio fiscal del contribuyente o al lugar donde se encuentren sus bienes.</p><p>3. El ejecutor requiere comprobante de pago en ese momento. Si el contribuyente no acredita el pago, se levanta un acta de embargo de forma inmediata.</p><p>4. Si no se localiza a la persona, el ejecutor deja citatorio para el día hábil siguiente. Si tampoco es hallada, la diligencia se entiende con quien se encuentre en el lugar.</p><p>El CFF establece además un orden de prelación para determinar qué bienes se embargan primero: dinero en efectivo, metales preciosos y depósitos bancarios; acciones, bonos y créditos de fácil cobro; bienes muebles como vehículos y maquinaria; y, al final, bienes inmuebles, incluida la vivienda.</p><p>Una vez embargado un bien, peritos determinan su valor comercial mediante avalúo. El SAT publica después una convocatoria de remate al menos <b>10 días</b> antes de la subasta, con un precio mínimo equivalente a dos terceras partes de ese avalúo.</p><p>Si el monto obtenido en el remate cubre la totalidad del adeudo, el procedimiento se cierra. Cuando resulta insuficiente, el SAT emite un nuevo requerimiento, amplía el embargo y puede retener más bienes hasta cubrir el crédito fiscal por completo.</p><h2>Embargo de cuentas bancarias sin previo aviso</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/M4BJ52ATXBD4LIPMMOGGPJNGFA.jpg?auth=8323f51df42ad66beaea5d48bb8966c58b7be2b94924a5fd2a8dad7f1cf4338c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La ley contempla dos supuestos para esta medida. El primero ocurre cuando el crédito fiscal ya es firme: una deuda determinada, notificada y no impugnada en tiempo, o que agotó todos los medios de defensa disponibles. Infobae/Jesús Aviles" height="1080" width="1920"/><p>El artículo 156-Bis del CFF faculta al SAT para ordenar la inmovilización de depósitos bancarios en cualquier tipo de cuenta, en moneda nacional o extranjera, sin notificar antes al titular. El oficio se dirige directamente al banco o a la <b>Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)</b>.</p><p>La institución financiera tiene hasta <b>tres días</b> hábiles para ejecutar el bloqueo. Solo después, en un plazo máximo de otros tres días, el SAT notifica al titular mediante el buzón tributario, estrados o edictos.</p><p>La ley contempla dos supuestos para esta medida. El primero ocurre cuando el crédito fiscal ya es firme: una deuda determinada, notificada y no impugnada en tiempo, o que agotó todos los medios de defensa disponibles.</p><p>El segundo aplica cuando el crédito está impugnado pero no garantizado, y se cumple al menos una de estas condiciones: el contribuyente no es localizable en su domicilio fiscal, la garantía ofrecida es insuficiente, no se amplió la garantía cuando la autoridad lo requirió, o los bienes embargados previamente no alcanzan a cubrir el interés fiscal.</p><p>Son susceptibles de embargo las cuentas de cheques, ahorro, nómina e inversiones registradas a nombre del contribuyente en entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. El CFF reconoce, además, el derecho del contribuyente a designar los bienes a embargar, siempre que respete el orden legal de prelación.</p><h2>Cambio normativo desde la Ley de Ingresos de la Federación 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OVHGBIUFNJBK7I3XDIZIBHU6RE.png?auth=36df5a47551a10a3ebf2e5ec8bff6cfd9f11df0538927e5a42c02285738d8c49&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Ahora, quien presente el recurso debe constituir una garantía del interés fiscal en un plazo de seis meses, o en 10 días hábiles si la resolución llega antes de ese término. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Hasta 2025, interponer un recurso de revocación eximía al contribuyente de garantizar el crédito fiscal mientras se tramitaba la impugnación. Esa facilidad desapareció con la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes" rel="noopener noreferrer">Ley de Ingresos de la Federación 2026</a>.</p><p>Ahora, quien presente el recurso debe constituir una garantía del interés fiscal en un plazo de <b>seis meses</b>, o en 10 días hábiles si la resolución llega antes de ese término.</p><h2>Bienes y recursos que el SAT no puede embargar</h2><p>El artículo 157 del CFF establece un listado de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/04/10/si-tienes-estas-cuentas-de-banco-el-sat-no-puede-embargarlas-aunque-tengas-adeudos-fiscales/" rel="noopener noreferrer">bienes inembargables</a>, entre los que figuran las cuentas individuales de ahorro para el retiro (<b>AFORE</b>), incluidas las aportaciones voluntarias, así como sueldos, salarios y pensiones de cualquier tipo.</p><p>También quedan protegidos los recursos vinculados a programas sociales del gobierno federal, el lecho cotidiano y los vestidos del deudor y su familia, los muebles de uso indispensable del hogar que no sean de lujo, y los libros, instrumentos y mobiliario necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor.</p><p>En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado más sus accesorios legales, sea que la medida recaiga sobre una sola cuenta o sobre varias.</p><h2>Opciones para el contribuyente ante un embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC23QBR2RDAFF2AY6UJEL37NU.png?auth=f3065f08a7d8c9f3852ed487b172c2a2d92becef792051c0ffcb5677a4f9acb5&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El artículo 141 del CFF reconoce como garantías válidas el billete de depósito, la carta de crédito, la prenda o hipoteca, la fianza y la obligación solidaria de un tercero.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La vía más directa para detener el procedimiento es pagar el adeudo dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación. Una alternativa es garantizar la deuda, lo que suspende el PAE mientras el contribuyente negocia, aclara o impugna el crédito.</p><p>El artículo 141 del CFF reconoce como garantías válidas el billete de depósito, la carta de crédito, la prenda o hipoteca, la fianza y la obligación solidaria de un tercero. Si ya se ejecutó el bloqueo de una cuenta, el titular puede ofrecer una garantía sustituta para liberar los fondos; la autoridad tiene un plazo máximo de cinco días para resolver, y si no lo hace, el banco debe levantar la inmovilización.</p><p>Quienes consideren indebida la determinación del SAT pueden interponer un recurso de revocación ante la propia autoridad, con un plazo de 30 días hábiles desde que surte efectos la notificación. También está disponible el juicio de nulidad ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>, con un plazo de 30 a 45 días hábiles, o el juicio de amparo cuando se alegan violaciones a derechos constitucionales.</p><p>Una tercera vía es acudir a la <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b>, que puede actuar como intermediaria cuando detecta irregularidades en el procedimiento fiscal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CDZONJFQLVBPTO5GDO3RP4C24Q.png?auth=69e9a6e9de1678e61ca6a7b446bfd41d509d03ccce1713ba033335015df8b874&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre lee un documento impreso con un sello de aviso de embargo mientras varios trabajadores cargan sus pertenencias en un camión y se llevan su automóvil. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[En medio del escándalo del huachicol fiscal, SAT castiga a 2 mil 205 empresas que vendían combustible ilegalmente]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/02/en-medio-del-escandalo-del-huachicol-fiscal-sat-castiga-a-2-mil-205-empresas-que-vendian-combustible-ilegalmente/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/02/en-medio-del-escandalo-del-huachicol-fiscal-sat-castiga-a-2-mil-205-empresas-que-vendian-combustible-ilegalmente/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[El organismo comparte la información por orden de Claudia Sheinbaum]]></description><pubDate>Wed, 02 Sep 2026 23:57:25 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RO7N2HUDZFEOFAXXPAJBX2FSLY.JPG?auth=4a7f419adb15a7f5783e69af8e423b6379973752ab6e50feee4a3dc90d744651&smart=true&width=5828&height=3885" alt="La medida del SAT apuntó a empresas comercializadoras que vendían combustible de manera ilegal. REUTERS/Raquel Cunha" height="3885" width="5828"/><p>En atención a la instrucción de la presidenta <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/02/sheinbaum-pide-que-fgr-explique-red-de-huachicol-fiscal-que-menciona-a-andy-lopez-y-adan-augusto-no-hay-nada-que-esconder/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/02/sheinbaum-pide-que-fgr-explique-red-de-huachicol-fiscal-que-menciona-a-andy-lopez-y-adan-augusto-no-hay-nada-que-esconder/"><b>Claudia</b> <b>Sheinbaum</b> <b>Pardo</b></a>, el <b>SAT</b> informó que de <b>octubre </b>de <b>2024</b> a<b> agosto </b>de <b>2026</b> canceló la <b>posibilidad </b>de emitir <b>facturas </b>a <b>2 mil 205</b> <b>empresas </b>comercializadoras que <b>vendían combustible </b>de manera ilegal, de acuerdo con un comunicado difundido este <b>2 de septiembre</b>.</p><p>Según el <b>SAT</b>, la medida forma parte de sus <b>acciones </b>para combatir la <b>evasión</b> y <b>elusión fiscal</b>, además del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/carteles-buques-y-funcionarios-corruptos-asi-se-construyo-el-mayor-fraude-fiscal-de-combustibles-en-la-historia-de-mexico/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/carteles-buques-y-funcionarios-corruptos-asi-se-construyo-el-mayor-fraude-fiscal-de-combustibles-en-la-historia-de-mexico/"><b>contrabando</b></a>.</p><h2>Sheinbaum pide a la FGR detallar cómo operaba la red de huachicol fiscal</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/G75ZZDW4JBFQLLCYFMFYC5XF2U.jpg?auth=ad86d112a70bfc3aa4179965fc4ac5aa1ec72ebc63f3268aea80a87ed4fbdb4c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La mandataria solicitó que el Ministerio Público federal aclare el modo en que se detectó el contrabando de combustible y lo que pueda hacerse público del expediente en curso. (Presidencia )" height="1080" width="1920"/><p>La presidenta <b>Claudia Sheinbaum</b> pidió que la <b>FGR</b> <b>explique </b>cómo se descubrió y cómo operaba la <b>red </b>de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/farias-laguna-y-la-cupula-del-huachicol-la-red-de-contrabando-que-termino-en-el-altiplano/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/farias-laguna-y-la-cupula-del-huachicol-la-red-de-contrabando-que-termino-en-el-altiplano/"><b>huachicol fiscal</b></a> ligada al <b>contrabando </b>de <b>combustible</b>, un caso en el que se implica a <b>Fernando Farías Laguna</b>, excontralmirante de la <b>Semar</b>.</p><p>Durante su <b>conferencia </b>de este 2 de septiembre, la <b>mandataria </b>sostuvo que <i>“no hay </i><i><b>nada </b></i><i>que </i><i><b>esconder</b></i><i>” </i>y planteó que la <b>Fiscalía </b>informe<i> “hasta donde </i><i><b>puedan </b></i><i>en su </i><i><b>proceso </b></i><i>judicial”</i> los detalles del expediente.</p><p>El señalamiento cobra relevancia luego de que, según la presidenta, en una audiencia de <b>Farías Laguna</b> surgieron los nombres de <b>Andrés López Beltrán</b> y del senador <b>Adán Augusto López</b> como parte de <b>testimonios </b>de un testigo.</p><p><i>“Que la </i><i><b>Fiscalía </b></i><i>explique todo con todo </i><i><b>detalle </b></i><i>y, obviamente, hay temas que son parte del </i><i><b>proceso</b></i><i>, pero que se </i><i><b>explique </b></i><i>claramente cómo estas </i><i><b>personas </b></i><i>desarrollaron una </i><i><b>red </b></i><i>muy amplia de </i><i><b>contrabando </b></i><i>de </i><i><b>combustible</b></i><i>”</i>, declaró.</p><h2>Primeras denuncias del caso parten del exsecretario de Marina, Rafael Ojeda</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TCPTRCZJ6JEZNJ5OLHGXK7AAGA.jpg?auth=2beb2d2e5ca402b551a9022edb4b9362a5306a57c68abefc3b8b7200f191cc39&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La presidenta afirmó que el almirante entregó información a la Fiscalía, lo que detonó indagatorias por el contrabando de hidrocarburos y derivó en acciones iniciales. FOTO: GALO CAÑAS/CUARTOSCURO.COM" height="1080" width="1920"/><p><b>Sheinbaum </b>afirmó que la <b>investigación</b>, que las autoridades destaparon en <b>marzo de 2025</b>, está a cargo de la <b>FGR </b>y que se puede dar <b>información </b>para aclarar el <b>avance </b>del caso. <i>“Es muy importante que se </i><i><b>conozca </b></i><i>para que se vea que no hay </i><i><b>nada </b></i><i>que </i><i><b>esconder</b></i><i>, absolutamente nada”</i>, dijo.</p><p>La presidenta detalló que las primeras denuncias partieron del exsecretario de Marina, <b>Rafael Ojeda</b>, quien presentó <b>información </b>ante la <b>Fiscalía</b>. Agregó que las <b>detenciones </b>iniciales se realizaron bajo la dirección del fiscal <b>Alejandro Gertz Manero</b> y que después continuaron con la actual titular, <b>Ernestina Godoy</b>, quien da <b>seguimiento </b>a las carpetas de <b>investigación</b>.</p><p><b>Sheinbaum </b>también señaló que solicitó a la <b>FGR exponer </b>públicamente cómo se integró la <b>red</b>, quiénes <b>participaron </b>y qué <b>mecanismos </b>permitieron frenar el <b>contrabando </b>de combustible, un tema que, aseguró, impacta la venta de <b>gasolina legal</b>. Sobre las <b>menciones </b>a figuras <b>políticas</b>, insistió en que la <b>explicación </b>debe provenir de la <b>autoridad </b>ministerial: <i>“No es nada más que </i><i><b>alguien</b></i><i> </i><i><b>diga </b></i><i>o que un </i><i><b>periódico </b></i><i>diga o que una </i><i><b>revista </b></i><i>diga”</i>.</p><h2>Huachicol fiscal introdujo 935 millones de barriles sin impuestos desde 2019, según un análisis</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KZC6JYVECVB2BIRIGJCMAWETDQ.png?auth=247194f0763cd947ab001f8e1aa17252d24fd09e1392e74cfa2098f1c42a1293&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El cálculo de Francisco José Barnés de Castro estima un quebranto de más de 730 mil millones de pesos hasta mediados de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>huachicol</b> <b>fiscal</b> de <b>combustibles</b> sumó desde <b>2019 </b>hasta mediados de 2026 cerca de <b>935 millones</b> de <b>barriles </b>de gasolina y diésel <b>introducidos </b>a México <b>sin pagar impuestos</b>, con un quebranto superior a <b>730 mil millones de pesos</b>; el esquema, según explicó Francisco José Barnés de Castro en entrevista con <i>Aristegui Noticias</i>, evolucionó del <b>contrabando </b>fronterizo a <b>redes marítimas </b>y <b>ferroviarias </b>con participación <b>criminal </b>y <b>corrupción </b>oficial.</p><p>Información del <b>analista </b>ubicó la detonación del fenómeno en <b>2019</b>, cuando el <b>cierre </b>y resguardo de ductos de <b>Pemex</b> obligó a los <b>cárteles </b>a mover su <b>negocio </b>del <b>robo </b>de <b>infraestructura </b>al <b>contrabando </b>masivo por <b>puertos </b>y aduanas. El efecto, de acuerdo con ese análisis, no solo pegó a la <b>Hacienda </b>pública: también desplazó a la <b>petrolera </b>del mercado por el volumen de <b>combustible ilegal </b>que circula con apariencia <b>legal</b>.</p><p>El mecanismo central se repite en los casos documentados: las <b>organizaciones importan gasolina </b>o diésel, pero los declaran ante aduanas como <b>aceites</b>, lubricantes u otros <b>derivados </b>con <b>carga </b>tributaria <b>menor </b>o nula. Así evaden el <b>Impuesto </b>Especial sobre Producción y Servicios.</p><h2>El cambio de 2019 movió el negocio de los ductos a puertos y aduanas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5FHSUUUTGVFSVILMUJPPUN5JQE.jpg?auth=d7905fde4f6e3cd53e920aad4574e44e688101d6b89b84a65b8b0f8e11f95c7f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El resguardo con fuerzas armadas obligó a los grupos a sustituir el robo a infraestructura por importaciones masivas. REUTERS/Daniel Becerril (Reuters)" height="1080" width="1920"/><p>Los antecedentes del <b>contrabando </b>de <b>combustibles </b>en México se remontan a las décadas de los <b>70 </b>y <b>80</b>, cuando la diferencia de <b>precios </b>entre Estados Unidos y México impulsó el <b>ingreso hormiga </b>de gasolina y diésel por la frontera norte. Con la entrada en vigor del <b>TLCAN</b>, diarios nacionales comenzaron a registrar la llegada de <i>“</i><i><b>gasolina pirata</b></i><i>”</i> mediante <b>facturas </b>falsas y <b>triangulaciones </b>en aduanas.</p><p>En ese periodo, <b>bandas </b>criminales y <b>empresarios </b>aduanales corrompidos registraban <b>camiones cisterna </b>como si transportaran otros <b>productos químicos </b>con <b>menor </b>carga <b>impositiva</b>. En 2001, <i>La Opinión</i> publicó uno de los primeros <b>reportajes </b>formales sobre el tema, <i>“Los chupaductos”</i>, centrado en <b>bandas </b>dedicadas al <b>robo </b>y comercialización ilegal de gasolina en el norte del país.</p><p>La periodista <b>Ana Lilia Pérez</b> fue una de las primeras voces en documentar que el <b>problema </b>no era solo <b>fronterizo</b>. Sus reportajes expusieron redes de <b>complicidad </b>dentro de <b>Pemex </b>y del propio gobierno federal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AIJXC6O6LNHKRHONWRMANGXLIY.jpeg?auth=f69df85e07a78046f4f6002959938ac3d24b712a1f58a11f78fe9f4980a3af92&smart=true&width=1536&height=806" alt="El esquema consiste en importar combustibles y registrarlos ante aduanas como lubricantes, aditivos o residuos petroquímicos para eludir el pago de impuestos. Crédito: FGR" height="806" width="1536"/><p>Del 2011 al 2018, el <b>crimen </b>organizado concentró <b>ganancias </b>en la <b>perforación </b>de <b>ductos </b>de Pemex en el centro del país. Barnés de Castro sostuvo que esa etapa financió las <b>operaciones </b>de mayor <b>escala </b>que vendrían <b>después</b>.</p><p>En <b>2019</b>, el resguardo de <b>ductos </b>con <b>fuerzas armadas </b>obligó a los grupos delictivos a <b>rediseñar </b>su <b>modelo</b>. Entonces dirigieron su <b>infraestructura </b>al <b>contrabando </b>masivo por puertos y aduanas, en colusión con <b>funcionarios </b>del <b>Ejército </b>y la <b>Marina</b>.</p><p>La plataforma <i>Código Magenta</i> comenzó a <b>documentar </b>a mediados del sexenio anterior el <b>desembarco </b>de <b>combustible ilegal </b>en muelles del país. El medio difundió imágenes de filas de <b>pipas </b>formadas para <b>descargar buques</b>, sin que el gobierno de ese momento reconociera el problema.</p><h2>Buque Challenge Procyon expuso una red con marinos, armas y pedimentos falsos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/R3DL4XRIUVDFDKVVOX5VCDKGKA.png?auth=8c12f2db61de956ae4a63c3dbb24f47c95b837e38493cc5ca8b8559e7139c036&smart=true&width=650&height=488" alt="Las autoridades decomisaron entre 8 y 10 millones de litros a bordo y vincularon a la importadora Intanza como fachada del CJNG. (Crédito: Defensa)" height="488" width="650"/><p>El 6 de marzo de 2025, medios locales como <i>Milenio Diario</i> informaron sobre <b>filas inusuales </b>de <b>camiones </b>cisterna afuera del puerto de Tampico/Altamira. El 19 de ese mes, tras una <b>denuncia </b>anónima, la <b>FGR</b> y <b>Semar</b> aseguraron el buque <b>Challenge Procyon</b> en la aduana de Altamira, <b>Tamaulipas</b>.</p><p>Las autoridades decomisaron entre <b>8 y 10 millones de litros</b> de <b>diésel </b>y <b>armas </b>de alto calibre a bordo. La empresa importadora Intanza, identificada por la <b>FGR </b>como fachada del <b>CJNG</b>, <b>falsificaba pedimentos </b>y declaraba el diésel como<i> “aditivos para </i><i><b>aceites </b></i><i>lubricantes”</i> o <i>“</i><i><b>residuos </b></i><i>petroquímicos”</i>.</p><p>Una investigación de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad y <i>Aristegui Noticias</i>, publicada el 9 de enero de 2026, reveló que el <b>buque </b>transportaba en realidad <b>20.9 millones de litros</b>, el doble de lo <b>anunciado </b>oficialmente. A partir de esa diferencia surgió en redes la discusión sobre los <b>10 millones </b>de litros <b>faltantes </b>en el registro gubernamental.</p><p>En septiembre de 2025 fueron <b>detenidas</b> <b>14 personas </b>ligadas al <b>buque</b>, entre ellas nueve <b>integrantes </b>activos de la <b>Marina</b>. <i>N+ Focus</i> reveló entre el 24 y 25 de ese mes que el Challenge Procyon descargaba <b>armamento militar </b>por las noches con destino al <b>CJNG</b>.</p><p>El 20 y 21 de agosto de 2026, el <b>gobierno </b>mexicano <b>concretó </b>desde Argentina la <b>extradición </b>del excontralmirante <b>Fernando Farías Laguna</b>, a quien la <b>FGR </b>identificó como <b>líder </b>de la <b>estructura </b>criminal. La fiscal general Ernestina Godoy indicó que la red operó en <b>Tamaulipas</b>, <b>Baja California</b>, <b>Colima</b>, <b>Sonora </b>y <b>Ciudad de México</b>, con participación de al menos <b>12 exservidores </b>públicos.</p><h2>El esquema también apareció en Ensenada, Houston y Coahuila</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DQGHRLYQHBAGLEPBIRYQ6QD7JQ.png?auth=f33ccea495a7cfb89f50904733fec0b604233532946187b6561a9062309d229a&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El 7 de julio de 2025, vagones aparentemente abandonados en vías de Coahuila; en el interior se localizó combustible sin respaldo legal.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Otro caso citado por Barnés de Castro ocurrió el 8 de marzo de <b>2025</b>, cuando el <b>buque </b>tanque <b>Torm Agnes</b> llegó al puerto de <b>Ensenada </b>con millones de litros de <b>diésel </b>declarados falsamente como<i> “</i><i><b>aditivos </b></i><i>químicos”</i>. La <b>embarcación </b>fue fletada por la empresa estadounidense <b>Ikon Midstream</b> para <b>trasladar </b>producto comprado en <b>Canadá </b>e introducirlo de forma clandestina al país.</p><p>La <b>evasión </b>estimada en ese solo viaje fue de <b>7 millones de dólares</b>. Después, el 14 de <b>abril </b>de 2026, agentes del <b>Departamento </b>de <b>Seguridad Nacional </b>de Estados Unidos <b>allanaron </b>las <b>oficinas </b>centrales de Ikon Midstream en Houston, Texas, y decomisaron <b>computadoras </b>y <b>archivos </b>de transacciones con empresas fachada de los cárteles.</p><p>El <b>tercer caso </b>documentado por el analista es el hallazgo del 7 de julio de 2025 de <b>33 ferrotanques </b>aparentemente <b>abandonados </b>en las vías de Ramos Arizpe, Coahuila. Dentro ocultaban <b>3.96 millones de litros</b> de <b>diésel </b>sin documentación legal.</p><p>Ana Lilia Pérez resumió el fenómeno en una mesa de análisis para <b>IMER Noticias</b>: <i>“El </i><i><b>contrabando </b></i><i>de combustible, que genéricamente se denomina </i><i><b>huachicol fiscal </b></i><i>porque le están huachicoleando al fisco lo que tendrían que </i><i><b>pagar </b></i><i>y no pagan, no solo representa un </i><i><b>fraude </b></i><i>a la </i><i><b>Hacienda </b></i><i>Pública, sino que es un tema de </i><i><b>delincuencia organizada</b></i><i>”</i>.</p><p>La periodista añadió que la <b>reforma </b>energética de 2013 abrió la puerta al <b>crecimiento </b>del <b>contrabando </b>al otorgar <b>mil 377</b> <b>permisos </b>de importación de <b>combustibles</b>, de los cuales solo <b>14 </b>correspondieron a <b>Pemex</b>. <i>“Muchas de esas </i><i><b>empresas </b></i><i>no tenían </i><i><b>infraestructura </b></i><i>real, eran empresas de </i><i><b>papel </b></i><i>o factureras”</i>, afirmó.</p><p>Sobre la vinculación a proceso del ex mandatario de Baja California, <b>Ernesto Ruffo Appel</b>, Pérez dijo en entrevista con <i>Astillero Informa</i>: <i>“El señor fue </i><i><b>gobernador </b></i><i>de Baja California, pero es un </i><i><b>contrabandista </b></i><i>de combustible”</i>. En ese mismo espacio rechazó que la <b>detención </b>tuviera un trasfondo <b>político </b>y sostuvo que el <b>componente partidista </b>suele usarse <i>“como una </i><i><b>artimaña </b></i><i>para </i><i><b>evadir </b></i><i>la </i><i><b>ley</b></i><i>”</i>.</p><p>La periodista también subrayó el carácter <b>transnacional </b>del <b>negocio </b>en la mesa de IMER Noticias. <i>“Sería muy </i><i><b>interesante </b></i><i>ver cómo este caso se vierte en un efectivo factor de </i><i><b>colaboración </b></i><i>entre </i><i><b>autoridades </b></i><i>de los dos </i><i><b>países </b></i><i>con una cosa que es </i><i><b>transnacional</b></i><i>”</i>, señaló, y advirtió que las <b>investigaciones </b>deben <b>avanzar </b><i>“no importa si alguien es </i><i><b>militante </b></i><i>de tal o cual </i><i><b>partido</b></i><i>”</i>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/RO7N2HUDZFEOFAXXPAJBX2FSLY.JPG?auth=4a7f419adb15a7f5783e69af8e423b6379973752ab6e50feee4a3dc90d744651&amp;smart=true&amp;width=5828&amp;height=3885" type="image/jpeg" height="3885" width="5828"><media:description type="plain"><![CDATA[La medida del SAT apuntó a empresas comercializadoras que vendían combustible de manera ilegal. REUTERS/Raquel Cunha]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Reuters</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Los pagos que deberás hacer al SAT en septiembre si no quieres sufrir multas o embargos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/01/los-pagos-que-deberas-hacer-al-sat-en-septiembre-si-no-quieres-sufrir-multas-o-embargos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/01/los-pagos-que-deberas-hacer-al-sat-en-septiembre-si-no-quieres-sufrir-multas-o-embargos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Millones de contribuyentes tendrán solo un día hábil antes del vencimiento de septiembre, así que preparar facturas, conciliaciones y pólizas con anticipación puede evitar contratiempos en el portal]]></description><pubDate>Tue, 01 Sep 2026 19:34:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LOABK4WSE5BQJCHV4JNSCF5YZE.png?auth=fcde9721151b820d2633f89c4b843605283696019b4896c4b24becbb7358cf1d&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El 17 de septiembre es la fecha límite para presentar declaraciones y realizar los pagos correspondientes al mes de agosto,según lo establece el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/"><b>El SAT</b></a><b> </b>fija el 17 de septiembre como fecha límite para<b> ocho obligaciones fiscales</b> en un mes marcado por el feriado del Día de la Independencia, que complica los tiempos para millones de contribuyentes en México.</p><p>El <b>17 de septiembre </b>es la fecha límite para presentar declaraciones y realizar los pagos correspondientes al mes de agosto,<b>según lo establece el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>, que fija el día 17 de cada mes como plazo general para los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR) y los pagos definitivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA). </p><p>La medida abarca tanto a personas físicas como a personas morales inscritas en distintos regímenes tributarios, y su incumplimiento puede derivar en multas, recargos y hasta <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes" rel="noopener noreferrer">el bloqueo de cuentas bancarias</a> a futuro.</p><h2>Qué se debe pagar antes del 17 de septiembre</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/C77TJFKUIBHRDN3G35HDPUYH24.png?auth=7b76851f44d43aeb5ca5f9af5d2800a3d61be9fb8649c2b14012d411b38f9783&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Las personas físicas con actividades empresariales y profesionales también deben declarar el IVA mensual y realizar sus pagos provisionales o definitivos del Impuesto sobre la Renta (ISR) (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Los contribuyentes inscritos en el <b>Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)</b> encabezan la lista de obligados. Deben presentar su cálculo mensual de ISR sobre los ingresos efectivamente cobrados en agosto, con tasas que van del 1% al 2.5%, además del entero de retenciones del <b>Impuesto al Valor Agregado (IVA)</b> y las retenciones por salarios y asimilados a salarios.</p><p>Las personas físicas con actividades empresariales y profesionales también deben declarar el IVA mensual y realizar sus pagos provisionales o definitivos del <b>Impuesto sobre la Renta (ISR)</b>. Las empresas bajo el Régimen General de Ley, por su parte, están obligadas a presentar retenciones de IVA e ISR por salarios, garantizando que la información coincida con sus registros contables.</p><p>El <b>Régimen de los Coordinados</b> y los contribuyentes que comercializan productos sujetos al <b>Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)</b> también tienen hasta esa fecha para presentar sus declaraciones mensuales y definitivas, respectivamente.</p><h2>El feriado del 16 de septiembre complica los tiempos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UQCVI6KNKFBQHHUBLHWAI46HJI.jpg?auth=d1e00f0a27ee08bd61f20405528e4b1638faab28313e30b8e8fcae777d072196&smart=true&width=8000&height=5333" alt="La saturación del portal del SAT es habitual en las fechas de cierre. Por eso, el organismo recomienda no esperar al último día y verificar con anticipación que la e.firma y la contraseña estén vigentes (Foto AP/Eduardo Verdugo, Archivo)" height="5333" width="8000"/><p>La cercanía con el Día de la Independencia —descanso obligatorio el 16 de septiembre, un martes— deja apenas un día hábil de margen antes del vencimiento. Eso significa que los contribuyentes deben tener listas sus conciliaciones bancarias, pólizas contables y facturación antes de esa semana.</p><p>La saturación del portal del SAT es habitual en las fechas de cierre. Por eso, el organismo recomienda no esperar al último día y verificar con anticipación que la e.firma y la contraseña estén vigentes, ya que credenciales vencidas retrasan todo el procedimiento.</p><h2>Plazos escalonados para algunos contribuyentes</h2><p>Ciertos contribuyentes pueden acogerse a días adicionales según el sexto dígito de su Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Los dígitos 1 y 2 extienden el plazo hasta el viernes 18; los dígitos 3 y 4, hasta el lunes 21; los dígitos 5 y 6, hasta el martes 22; los dígitos 7 y 8, hasta el miércoles 23; y los dígitos 9 y 0, hasta el jueves 24 de septiembre.</p><p>Este beneficio <b>no aplica</b> para grandes contribuyentes, personas morales consolidadas ni para los inscritos en el RESICO, quienes deben ceñirse estrictamente al 17 de septiembre.</p><h2>Dos fechas más que vencen en septiembre</h2><p>El 30 de septiembre es la otra fecha de atención obligatoria para este mes. Ese día vence la <b>Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)</b>, que corresponde a personas morales y físicas sujetas al IVA.</p><p>En esa misma fecha cierra también el plazo para enviar la balanza de comprobación mensual de la contabilidad electrónica, correspondiente a las operaciones de julio, conforme al desfase reglamentario de dos meses que establece el marco fiscal.</p><h2>Qué pasa si no se cumple</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/R5F6XI3HXFCKVBHCYFEO2UAUDM.png?auth=7462ac2be148a391ac4682e7f57ba77cca24de761ad817020849f51d88b06307&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El bloqueo se mantiene hasta que el contribuyente regularice su situación, ya sea pagando el adeudo o presentando garantías aceptadas por la autoridad. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El SAT tiene la facultad de bloquear cuentas bancarias en cualquier institución que opere en México —incluyendo BBVA, Banamex, Santander y Banco Azteca— sin necesidad de un juicio previo, siempre que el crédito fiscal sea firme y exigible, conforme al <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026" rel="noopener noreferrer"><b>artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación</b></a>.</p><p>El bloqueo se mantiene hasta que el contribuyente regularice su situación, ya sea pagando el adeudo o presentando garantías aceptadas por la autoridad. El monto inmovilizado incluye el adeudo principal más recargos, multas y gastos de ejecución.</p><p>Adicionalmente, los bancos reportan de forma automática al fisco los depósitos mensuales que superen <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision" rel="noopener noreferrer"><b>$15,000 pesos</b></a>, por lo que cualquier discrepancia entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios puede desencadenar una revisión o auditoría.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LOABK4WSE5BQJCHV4JNSCF5YZE.png?auth=fcde9721151b820d2633f89c4b843605283696019b4896c4b24becbb7358cf1d&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre sostiene una carta de notificación fiscal frente a su computadora tras recibir una sanción por el impago de sus impuestos. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT intensifica embargos en septiembre 2026: los cinco movimientos bancarios que activan una revisión]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El umbral aplica a ingresos en ventanilla o cajero y a la compra en efectivo de cheques de caja; quedan fuera transferencias por SPEI, traspasos entre cuentas y operaciones con títulos de crédito, incluso dentro del mismo banco]]></description><pubDate>Fri, 28 Aug 2026 18:23:28 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OVHGBIUFNJBK7I3XDIZIBHU6RE.png?auth=36df5a47551a10a3ebf2e5ec8bff6cfd9f11df0538927e5a42c02285738d8c49&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La obligación de reportar no recae en el cuentahabiente, sino en las instituciones financieras (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El Servicio de Administración Tributaria (SAT) intensifica en septiembre de 2026</b> su cruce de información con los bancos del país para detectar depósitos en efectivo que no coincidan con los ingresos declarados, en una estrategia que puede derivar en auditorías, requerimientos formales e incluso el embargo de cuentas. <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/">La obligación de reportar</a> no recae en el cuentahabiente, sino en las instituciones financieras. </p><p>Según el <b>artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)</b>, bancos como <b>BBVA, Banamex y Santander</b> deben entregar al fisco, a más tardar el día 17 de cada mes, un informe con los depósitos en efectivo acumulados que superen los <b>$15,000 pesos</b> dentro del mismo periodo en una misma entidad.</p><h2>Qué movimientos disparan el reporte automático al SAT</h2><p>El umbral de $15,000 pesos mensuales aplica exclusivamente a billetes y monedas depositados en ventanilla o cajero automático, así como a la compra en efectivo de cheques de caja. La norma fue reformada en el <b>Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021</b>.</p><p>Quedan fuera de ese esquema de reporte las transferencias electrónicas por <b>SPEI</b>, los traspasos entre cuentas y cualquier operación pactada mediante títulos de crédito, incluso si el movimiento ocurre dentro de la misma institución que recibe los recursos.</p><h2>La discrepancia fiscal, el detonador real de una auditoría</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KVCF2CNNC5EOPOVY7INOVHBU2U.png?auth=0419baaae52a533fa9ec55a231463c7174ea8ccefb8d65cf47b5f1e348350777&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT puede activar una revisión cuando detecta que los gastos, depósitos o compras con tarjeta de un contribuyente superan sus ingresos declarados ante el RFC. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Superar el umbral de $15,000 pesos no implica una citación automática. El <b>artículo 91 de la LISR</b> establece que el procedimiento de discrepancia fiscal se activa cuando las erogaciones de una persona física —gastos, adquisiciones de bienes, depósitos bancarios, inversiones financieras y cargos en tarjetas de crédito— superan los ingresos que declaró o debió declarar ante el <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC)</b>.</p><p>El SAT puede activar una revisión cuando detecta que los gastos, depósitos o compras con tarjeta de un contribuyente superan sus ingresos declarados ante el RFC. Ante esa discrepancia, la autoridad notifica al afectado a través del Buzón Tributario y le otorga <b>20 días hábiles</b> para aclarar por escrito el origen de los recursos y presentar las pruebas que considere pertinentes. Si la inconsistencia no se aclara, se presume ingreso gravado y se formula la liquidación correspondiente.</p><p>La norma también prevé excepciones. No entran al cálculo de discrepancia los depósitos que el contribuyente realice en cuentas ajenas cuando demuestre que correspondieron al pago por bienes o servicios, ni los traspasos entre sus propias cuentas o hacia cuentas de cónyuge, ascendientes o descendientes en línea recta de primer grado.</p><h2>Las cinco causales que pueden llevar al embargo de una cuenta</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K7NW35DIRNEGZA5BGQN3VT4PQY.jpg?auth=ea9ebe70d537436ccc7df63b6c2d85989db88bc45bf1974ab3221edfb3562d98&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Deuda fiscal vencida sin pago ni garantía: cuando un contribuyente acumula créditos fiscales firmes y no los liquida ni ofrece respaldo económico suficiente, el SAT solicita la inmovilización de sus cuentas hasta garantizar el cobro total. (Infobae México)" height="1080" width="1920"/><p>El fisco no puede congelar ni inmovilizar fondos de forma arbitraria o inmediata. Para ordenar un aseguramiento de depósitos, la ley exige un procedimiento administrativo previo y documentado. Las causales legales son:</p><p><b>Deuda fiscal vencida sin pago ni garantía:</b> cuando un contribuyente acumula <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes" rel="noopener noreferrer">créditos fiscales firmes</a> y no los liquida ni ofrece respaldo económico suficiente, el SAT solicita la inmovilización de sus cuentas hasta garantizar el cobro total.</p><p><b>Omisión reiterada de declaraciones:</b> dejar de presentar declaraciones mensuales o la declaración anual activa protocolos automáticos de revisión que pueden culminar en el bloqueo total de las cuentas asociadas.</p><p><b>Discrepancia fiscal no aclarada:</b> depósitos, transferencias o gastos que superen los ingresos declarados, sin respaldo documental, motivan la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026" rel="noopener noreferrer">inmovilización preventiva de los fondos</a> mientras se desarrolla la investigación formal.</p><p><b>Estar catalogado como </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/13/el-sat-puede-congelar-tu-cuenta-bancaria-estas-son-las-causas-mas-comunes" rel="noopener noreferrer"><b>“no localizado”</b></a><b>:</b> el contribuyente registrado con un domicilio fiscal donde la autoridad no puede ubicarlo queda expuesto a medidas de aseguramiento de sus activos bancarios.</p><p><b>Operaciones con empresas factureras (EFOS):</b> realizar transacciones con sociedades dedicadas a la expedición de comprobantes fiscales falsos es causal directa de congelamiento de cuentas.</p><p>La ley protege de forma expresa las cuentas de nómina, el pago de pensiones, los fondos de ahorro para el retiro (<b>AFORE</b>) y los apoyos de programas sociales, que no pueden ser objeto de embargo bajo ninguna de estas causales.</p><h2>Plazos de septiembre que el SAT fijó como inamovibles</h2><p>El organismo confirmó que el <b>17 de septiembre</b> es la fecha límite para cumplir con ocho trámites fiscales obligatorios, entre ellos las declaraciones mensuales del Régimen de Coordinados y la declaración definitiva del <b>Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)</b>.</p><p>Quienes no regularicen su situación antes de esa fecha se exponen a multas y a auditorías derivadas de inconsistencias entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios registrados. La autoridad advirtió que la saturación del portal es habitual en las fechas límite.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/OVHGBIUFNJBK7I3XDIZIBHU6RE.png?auth=36df5a47551a10a3ebf2e5ec8bff6cfd9f11df0538927e5a42c02285738d8c49&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[La obligación de reportar no recae en el cuentahabiente, sino en las instituciones financieras (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Gobierno ha recaudado más de 3 billones de pesos de enero a julio, declara el SAT]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/gobierno-ha-recaudado-mas-de-3-billones-de-pesos-de-enero-a-julio-declara-el-sat/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/gobierno-ha-recaudado-mas-de-3-billones-de-pesos-de-enero-a-julio-declara-el-sat/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[La dependencias detalla que el IVA dejó más de un tercio de esa cantidad]]></description><pubDate>Thu, 27 Aug 2026 22:46:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CW7TUZNV7BFJHPAVVKRU7GFULM.jpg?auth=5db1bb17d6c91d093928f1d70a4633b3dc62f352eac768c674ba749d11ab8d78&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los ingresos tributarios se ubicaron en 3 billones 407 mil 331 millones de pesos en los primeros siete meses de 2026, según el SAT. Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/sat-por-que-los-depositos-en-efectivo-arriba-de-15-mil-pesos-al-mes-se-notifican-automaticamente/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/sat-por-que-los-depositos-en-efectivo-arriba-de-15-mil-pesos-al-mes-se-notifican-automaticamente/"><b>SAT</b></a> informó que los <b>ingresos</b> del <b>Gobierno</b> <b>federal </b>sumaron <b>3 billones </b>830 mil 732 millones de pesos de enero a julio de <b>2026</b>, un <b>crecimiento </b>nominal de <b>117 mil</b> 65 millones de pesos frente al mismo <b>periodo </b>de 2025, de acuerdo con el organismo.</p><p>En esos siete meses, los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas/"><b>ingresos tributarios</b></a><b> </b>se ubicaron en <b>3 billones </b>407 mil 331 millones de <b>pesos</b>, con un <b>aumento </b>nominal de <b>128 mil </b>523 millones de pesos respecto a enero-julio del año previo, según el comunicado del <b>SAT</b>.</p><h2>IEPS deja más de 401 millones de pesos en los primeros siete meses del 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/52JH5IN2JNBOJDSQMFHAGUG4FI.jpg?auth=a0938f2437ecf4caba7339f18f04388cdd98ef08b69b6afb77bc6885999ae05b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La recaudación por IVA alcanzó 1 billón 41 mil 19 millones de pesos en enero-julio de 2026. 
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>Por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/impuestos-recaudados-por-cerveza-refrescos-y-cigarros-no-alcanzan-para-combatir-tabaquismo-y-alcoholismo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/impuestos-recaudados-por-cerveza-refrescos-y-cigarros-no-alcanzan-para-combatir-tabaquismo-y-alcoholismo/"><b>IEPS</b> </a>ingresaron <b>401 mil </b>712 <b>millones </b>de pesos, <b>22 mil</b> 628 millones de pesos <b>más </b>que en el mismo lapso de <b>2025</b>.</p><p>La recaudación por <b>IVA</b> alcanzó <b>1 billón 41 mil 19 millones de pesos</b>, un <b>crecimiento </b>de <b>129 mil</b> 667 <b>millones </b>de pesos a tasa nominal anual, y por <b>ISR</b> se reportaron <b>1 billón</b> 777 mil 785 millones de pesos.</p><p>El <b>SAT </b>añadió que el <b>cumplimiento </b>de las <b>obligaciones </b>fiscales de los <b>contribuyentes </b>fortalece la <b>recaudación</b>, la <b>economía</b> mexicana y el <b>bienestar </b>de la población.</p><p>En términos <b>presupuestales</b>, la <b>recaudación </b>tributaria forma parte central de los <b>recursos </b>del <b>Gobierno </b>Federal. Ese dinero se destina a <b>programas sociales </b>y pensiones; servicios de <b>salud </b>y compra de medicamentos; <b>educación </b>pública; <b>infraestructura </b>carretera, hidráulica y de transporte; <b>seguridad </b>pública, procuración de justicia y operación de dependencias federales; y <b>organismos públicos</b>.</p><h2>Registra el país en julio un récord de exportaciones e importaciones, informa el Inegi</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UOGJSD6FXJFH3I4HV4LOKCD5PA.JPG?auth=ab28a4ccf471dc714a6a50f67649a43fe23ad5f0dbc37c91eabeeda764573182&smart=true&width=800&height=533" alt="El intercambio con el exterior alcanzó 81,420 millones de dólares en ventas y 82 mil 268 millones de dólares en adquisiciones. REUTERS/Edgar Su/Foto de archivo" height="533" width="800"/><p><b>México</b> marcó en <b>julio</b> un <b>récord </b>de <b>exportaciones</b> e <b>importaciones</b>, con <b>ventas </b>al exterior por <b>81 mil 420 millones de dólares </b>y <b>compras </b>por <b>82 mil 268 millones de dólares</b>, un resultado que confirma el <b>repunte </b>del <b>comercio exterior </b>aunque ese mismo mes deja un <b>déficit </b>comercial por 847.5 millones de dólares, según las cifras oportunas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (<b>Inegi</b>).</p><p>El <b>avance </b>anual también alcanzó <b>máximos </b>en ambos flujos: las <b>exportaciones </b>crecieron <b>43.7%</b> frente a <b>julio </b>de <b>2025 </b>y las <b>importaciones </b>subieron <b>45%</b>. En el acumulado de enero a julio, el <b>saldo </b>se mantiene <b>positivo</b>, con un <b>superávit</b> de 9 mil 255 millones de dólares.</p><p>De acuerdo con el <b>Inegi</b>, el <b>dinamismo </b>de julio se concentró sobre todo en las <b>mercancías no petroleras</b> y en la <b>industria manufacturera</b>. Dentro de ese bloque, los equipos y <b>aparatos eléctricos </b>y electrónicos aparecen como uno de los <b>motores </b>del <b>repunte</b>.</p><h2>Manufacturas llevan las exportaciones mexicanas a su mayor nivel mensual</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OSLUTZVEVNELPBT67KASTWHLTA.jpg?auth=ba795ef7e0985765b12395c66811959d35d1f8e068335e071b69b78ae651c2de&smart=true&width=2100&height=1431" alt="Las exportaciones manufactureras impulsaron el máximo mensual, con 76 mil 306 millones de dólares en julio. EFE/ José Pazos
" height="1431" width="2100"/><p>Las <b>mercancías no petroleras</b> <b>aumentaron 45% </b>respecto de julio de 2025. En ese segmento, las ventas hacia <b>Estados Unidos</b> crecieron <b>49.8%</b>, mientras las dirigidas al resto del mundo avanzan<b> 21%</b>.</p><p>Las <b>exportaciones manufactureras </b>sumaron <b>76 mil 306 millones de</b> <b>dólares </b>y registraron un <b>incremento </b>anual de<b> 45.7%</b>. El dato confirmó que el mayor <b>empuje </b>del <b>comercio </b>exterior mexicano en julio provino de la <b>producción </b>industrial.</p><p>Dentro de las <b>manufacturas</b>, las <b>exportaciones no automotrices</b> alcanzaron <b>59 mil 841 millones </b>de dólares y suben <b>64.9%</b>. Las automotrices llegaron a<b> 16 mil 465 millones </b>de dólares, con un alza de 2.4%.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6JRKRMJTYRFD5AYUXLOX3GDSR4.png?auth=7df54900b8075d64c3d88e784df4c6306e8f718d1d892d8b8b06e13fcda8e666&smart=true&width=4320&height=2430" alt="El Inegi atribuyó el dinamismo de julio a las mercancías no petroleras y a la industria manufacturera, con impulso de equipos y aparatos eléctricos y electrónicos. (Archivo Infobae)" height="2430" width="4320"/><p>Ese desempeño automotriz se explica por <b>trayectorias </b>distintas según el <b>destino</b>. Los envíos a <b>Estados Unidos </b>aumentaron 3.7%, pero las <b>ventas </b>a otros mercados bajaron <b>3.9%</b>.</p><p>Entre los productos con mayores <b>incrementos </b>destacan los equipos y <b>aparatos eléctricos </b>y electrónicos, con un salto de <b>134%</b>. También subieron los productos de la <b>minerometalurgia</b>, con<b> 27.3%</b>; la <b>maquinaria </b>y equipo para industrias diversas, con <b>13.9%</b>; los <b>productos plásticos </b>y de caucho, con <b>13.3%</b>; y los productos <b>automotrices</b>, con <b>2.4%</b>.</p><p>Las <b>exportaciones extractivas </b>también mostraron un <b>repunte </b>de <b>87.1% anual</b>. En el caso de las <b>petroleras</b>, el valor exportado asciende a <b>1 mil 988 millones de dólares</b>, con un crecimiento de 6.8%.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CW7TUZNV7BFJHPAVVKRU7GFULM.jpg?auth=5db1bb17d6c91d093928f1d70a4633b3dc62f352eac768c674ba749d11ab8d78&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Los ingresos tributarios se ubicaron en 3 billones 407 mil 331 millones de pesos en los primeros siete meses de 2026, según el SAT. Credito: cuartoscuro]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT: por qué los depósitos en efectivo arriba de 15 mil pesos al mes se notifican automáticamente]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/sat-por-que-los-depositos-en-efectivo-arriba-de-15-mil-pesos-al-mes-se-notifican-automaticamente/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/sat-por-que-los-depositos-en-efectivo-arriba-de-15-mil-pesos-al-mes-se-notifican-automaticamente/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[La disposición se activa solo con entradas en moneda nacional o extranjera]]></description><pubDate>Wed, 26 Aug 2026 04:05:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2JIUL3N2HRFALC6KES6E6FODUU.jpg?auth=c1664f0c10317083cb1bca9d583874c6c7c84b9e45722b11eb7f9cd16051a038&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Ley del Impuesto sobre la Renta obliga a las instituciones del sistema financiero, y no al cuentahabiente, a entregar mensualmente la información de depósitos en efectivo arriba del umbral. 
Credito: Cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/"><b>SAT</b> </a>informó que los <b>depósitos</b> en <b>efectivo</b> que superen <b>15 mil pesos</b> al mes en una misma <b>institución </b>financiera se <b>notifican </b>de forma <b>automática </b>a la <b>autoridad </b>fiscal, una regla prevista en la <b>Ley </b>del <b>Impuesto </b>sobre la <b>Renta </b>que también puede detonar <b>revisiones </b>cuando el <b>dinero </b>que una persona gasta o deposita <b>rebasa </b>lo que <b>declaró </b>como ingreso.</p><p>La obligación no recae en el <b>cuentahabiente</b>, sino en las <b>instituciones </b>que integran el <b>sistema </b>financiero. La ley les ordena <b>entregar </b>mensualmente la <b>información </b>a más tardar el día <b>17 </b>del <b>mes </b>inmediato posterior cuando el monto acumulado de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/a-partir-de-que-monto-el-nuevo-requisito-obligatorio-de-los-bancos-para-poder-depositar-dinero-en-efectivo-a-partir-del-1-de-julio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/a-partir-de-que-monto-el-nuevo-requisito-obligatorio-de-los-bancos-para-poder-depositar-dinero-en-efectivo-a-partir-del-1-de-julio/"><b>depósitos </b></a>en efectivo exceda ese <b>umbral </b>en todas las <b>cuentas </b>de las que el contribuyente sea <b>titular </b>dentro de la misma <b>entidad</b>.</p><p>Todas las <b>adquisiciones </b>en <b>efectivo </b>de <b>cheques</b> de caja, de acuerdo con el <b>artículo 55 </b>de la Ley del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/29/mexico-podria-no-pagar-isr-esto-responde-sheinbaum-destaca-aumento-en-el-salario-minimo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/29/mexico-podria-no-pagar-isr-esto-responde-sheinbaum-destaca-aumento-en-el-salario-minimo/"><b>ISR</b></a>. La <b>disposición </b>vigente fue reformada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021.</p><h2>Regla aplica solo a depósitos en efectivo y excluye transferencias y traspasos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/52JH5IN2JNBOJDSQMFHAGUG4FI.jpg?auth=a0938f2437ecf4caba7339f18f04388cdd98ef08b69b6afb77bc6885999ae05b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los depósitos en efectivo que superan 15 mil pesos al mes en una misma institución financiera se notifican de forma automática a la autoridad fiscal. 
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>La propia <b>ley </b>define qué <b>operaciones </b>entran en este supuesto. Se consideran <b>depósitos en efectivo </b>los realizados en <b>moneda nacional </b>o <b>extranjera </b>en cualquier tipo de <b>cuenta </b>a nombre de <b>personas físicas </b>o morales en instituciones del <b>sistema financiero</b>, así como la compra en <b>efectivo </b>de <b>cheques </b>de caja.</p><p>Quedan fuera de esa categoría las <b>transferencias </b>electrónicas, los <b>traspasos </b>de cuenta, los <b>títulos </b>de crédito y cualquier otro <b>documento </b>o sistema pactado con <b>instituciones financieras </b>en términos de la legislación aplicable. La exclusión opera incluso si el <b>movimiento </b>se hace con cargo a la <b>misma institución </b>que recibe los <b>recursos</b>.</p><p>Ese punto responde una de las <b>dudas </b>más frecuentes sobre el aviso al <b>SAT</b>: <b>no todo depósito </b>bancario entra al esquema de <b>información automática</b>. La obligación se activa por <b>depósitos </b>en efectivo acumulados por arriba de <b>15 mil pesos</b> mensuales dentro de una misma institución.</p><h2>La discrepancia fiscal puede surgir si gastos y depósitos superan los ingresos declarados</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TQVE4COQIFBUFG4JNSVGJHMB2E.jpg?auth=90f36cb25eff9050ac25394f540bb68390df99db108e467bcb8f3465426655a1&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La norma establece excepciones para discrepancia fiscal, como depósitos en cuentas ajenas que se acreditan como pago por bienes o servicios, y traspasos entre cuentas del propio contribuyente o a cuentas a familiares. Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>El <b>artículo 91</b> de la misma ley establece que las <b>personas físicas </b>pueden ser sujetas al <b>procedimiento </b>de <b>discrepancia</b> fiscal cuando sus <b>erogaciones </b>en un año calendario sean <b>mayores </b>a los <b>ingresos </b>declarados o a los que debieron declarar. Para ese cálculo, la <b>norma </b>toma en cuenta <b>gastos</b>, <b>adquisiciones </b>de bienes, <b>depósitos </b>en cuentas bancarias, <b>inversiones </b>financieras y <b>cargos </b>en tarjetas de crédito.</p><p>Si una persona no está <b>inscrita </b>en el <b>Registro </b>Federal de <b>Contribuyentes</b>, no presenta las <b>declaraciones </b>a las que está <b>obligada </b>o declara <b>ingresos </b>menores a sus <b>erogaciones</b>, esas salidas de <b>dinero </b>se presumen <b>ingresos</b>. En el caso de contribuyentes <b>asalariados </b>que no están <b>obligados </b>a presentar <b>declaración </b>anual, la ley considera como <b>ingresos declarados </b>los manifestados por quienes les hicieron <b>retenciones</b>.</p><p>La norma también prevé <b>excepciones</b>. No se toman en cuenta los <b>depósitos </b>que el <b>contribuyente </b>haga en <b>cuentas </b>que no sean <b>propias </b>cuando demuestre que ese <b>dinero </b>correspondió al pago por <b>bienes </b>o <b>servicios</b>, a una <b>contraprestación </b>por el uso o goce temporal de bienes o a <b>inversiones </b>financieras.</p><p>Tampoco se consideran, para esos efectos, los <b>traspasos </b>entre cuentas del propio <b>contribuyente </b>ni los movimientos hacia cuentas de su <b>cónyuge</b>, <b>ascendientes </b>o <b>descendientes </b>en línea recta en primer grado. Esa precisión acota el alcance de una posible revisión de la autoridad fiscal.</p><h2>El contribuyente tiene 20 días para aclarar el origen de los recursos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CW7TUZNV7BFJHPAVVKRU7GFULM.jpg?auth=5db1bb17d6c91d093928f1d70a4633b3dc62f352eac768c674ba749d11ab8d78&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Si el SAT detecta discrepancia fiscal, el contribuyente tiene 20 días para informar por escrito el origen de los recursos y presentar pruebas. 
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>Cuando la<b> autoridad</b> detecta una <b>discrepancia</b>, <b>notifica </b>al contribuyente el monto de las <b>erogaciones </b>observadas, la <b>información </b>utilizada para identificarlas y el <b>medio </b>por el cual la obtuvo. A partir del <b>día </b>siguiente a esa <b>notificación</b>, la persona cuenta con <b>20 días</b> para informar por <b>escrito </b>el origen de los <b>recursos </b>y presentar las pruebas que considere <b>idóneas</b>.</p><p>Las <b>autoridades </b>fiscales pueden requerir <b>información </b>o documentación <b>adicional </b>por una sola vez. Si la <b>discrepancia </b>se <b>acredita </b>y no se aclara, se presume <b>ingreso gravado </b>y se formula la <b>liquidación </b>respectiva con base en las <b>erogaciones </b>no aclaradas.</p><p>La ley añadió que, para conocer el <b>monto </b>de esas erogaciones, el <b>SAT</b> puede usar cualquier <b>información </b>que obre en su <b>poder</b>, ya sea la que conste en <b>expedientes</b>, <b>documentos </b>o <b>bases de datos</b>, o la que haya sido proporcionada por un tercero u otra autoridad.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/2JIUL3N2HRFALC6KES6E6FODUU.jpg?auth=c1664f0c10317083cb1bca9d583874c6c7c84b9e45722b11eb7f9cd16051a038&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La Ley del Impuesto sobre la Renta obliga a las instituciones del sistema financiero, y no al cuentahabiente, a entregar mensualmente la información de depósitos en efectivo arriba del umbral. 
Credito: Cuartoscuro]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Multas de tránsito 2026 en Perú: tabla completa de infracciones que la PNP te puede poner y cuánto debes pagar]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/08/25/multas-de-transito-2026-en-peru-tabla-completa-de-infracciones-que-la-pnp-te-puede-poner-y-cuanto-debes-pagar/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/08/25/multas-de-transito-2026-en-peru-tabla-completa-de-infracciones-que-la-pnp-te-puede-poner-y-cuanto-debes-pagar/</guid><dc:creator><![CDATA[Marilyn Corrales Valqui]]></dc:creator><description><![CDATA[Conoce la tabla vigente de infracciones del Reglamento Nacional de Tránsito, cuánto corresponde pagar según cada código y cuáles tienen descuento por pronto pago. La UIT de 2026 es de S/5.500]]></description><pubDate>Tue, 25 Aug 2026 22:52:18 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/25PUXKOHV5BIBGMWHOSPSMJVGQ.png?auth=61eeb5982f8fcb6c26291e1de4e9a1ce6e5ecc7f428ce8229f3ae4d84ff84924&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una papeleta de infracción junto a un cuadro informativo sobre las sanciones de tránsito vigentes. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Los conductores que circulan por las calles y carreteras del Perú deben cumplir las disposiciones establecidas en el <b>Reglamento Nacional de Tránsito (RNT)</b>. Cuando un efectivo de la <b>Policía Nacional del Perú (PNP)</b> detecta una infracción, puede imponer la correspondiente papeleta, cuya sanción y procedimiento se encuentran regulados por el cuadro oficial de tipificaciones del RNT.</p><p>Las infracciones se identifican mediante códigos que empiezan con las letras <b>M, G o L</b>, según su gravedad: <b>Muy Graves, Graves y Leves</b>. El monto de la multa se determina principalmente como un porcentaje de la <b>Unidad Impositiva Tributaria (UIT)</b> vigente.</p><p>Para <b>2026</b>, <a href="https://www.infobae.com/peru/2025/12/17/uit-2026-mef-oficializa-en-s5500-la-unidad-impositiva-tributaria-para-el-proximo-ano-cuanto-afecta-las-multas-y-sueldos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/peru/2025/12/17/uit-2026-mef-oficializa-en-s5500-la-unidad-impositiva-tributaria-para-el-proximo-ano-cuanto-afecta-las-multas-y-sueldos/"><b>el valor de la UIT es de S/5.500</b></a>, por lo que una infracción grave equivalente al 8% de la UIT representa <b>S/440</b>. Las infracciones leves tienen, en general, una multa equivalente al 4% de la UIT, aunque existen códigos con porcentajes específicos.</p><p>La <a href="https://www.sat.gob.pe/WebSiteV8/Modulos/contenidos/mult_Papeletas_ti_rntv2.aspx" target="_blank" rel=""><b>tabla oficial de infracciones del SAT de Lima</b></a> recoge el cuadro del Reglamento Nacional de Tránsito y sus modificatorias. También puede consultarse la <a href="https://www.gob.pe/115171-tabla-de-infracciones" target="_blank" rel=""><b>tabla actualizada publicada por el SAT en Gob.pe</b></a>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ISFTR47W3JGJ3I2KCBAA6QUCJ4.png?auth=fd5368e76cbb5938b7f214c53d864184910d7adbf8332f57ffdcedddf59799fe&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un agente de la Policía Nacional del Perú redacta una papeleta de infracción de tránsito por exceso de velocidad en una vía pública. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Infracciones Muy Graves (M) según la Policía Nacional de Tránsito</h2><p>Las infracciones calificadas como <b>Muy Graves</b> son las que pueden generar las sanciones más severas, incluyendo multas elevadas, retención o internamiento del vehículo, suspensión o cancelación de la licencia y una importante cantidad de puntos.</p><p>Con una <b>UIT de</b> <b>S/5.500</b>, los principales montos vigentes son los siguientes:</p><ul><li><b>M01 – S/5.500:</b> conducir con presencia de alcohol por encima de lo previsto en el Código Penal, bajo efectos de drogas o negarse al examen correspondiente cuando se haya participado en un accidente. Puede generar <b>cancelación de la licencia e inhabilitación definitiva</b>.</li><li><b>M02 – S/2.750:</b> conducir con presencia de alcohol o bajo efectos de estupefacientes, narcóticos o alucinógenos, o negarse al examen. Genera suspensión de la licencia por tres años.</li><li><b>M03 – S/2.750:</b> conducir un vehículo sin tener <b>licencia de conducir o permiso provisional</b>.</li><li><b>M04 – S/5.500:</b> conducir con licencia retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia.</li><li><b>M05 – S/2.750:</b> conducir un vehículo con una licencia cuya clase o categoría no corresponde al vehículo.</li><li><b>M06 – S/1.320:</b> estacionar en curvas, puentes, túneles, zonas estrechas, pasos a nivel, pasos a desnivel, pendientes o cruces ferroviarios.</li><li><b>M07 – S/1.320:</b> participar en competencias de velocidad no autorizadas.</li><li><b>M08 – S/1.320:</b> permitir que un menor de edad conduzca un vehículo sin autorización o permiso provisional.</li><li><b>M09 – S/1.320:</b> conducir un vehículo con sistemas de dirección, frenos, suspensión, luces o sistema eléctrico en mal estado, previa inspección.</li><li><b>M10 – S/660:</b> abastecer de combustible a un vehículo de transporte público de pasajeros cuando haya personas a bordo.</li><li><b>M11 – S/660:</b> conducir determinados vehículos sin parachoques o dispositivo antiempotramiento cuando corresponda.</li><li><b>M12 – S/660:</b> no detenerse ante un vehículo de transporte escolar debidamente identificado que recoge o deja escolares.</li><li><b>M13 – S/660:</b> conducir con neumáticos cuya banda de rodadura presente un desgaste inferior al permitido.</li><li><b>M14 – S/660:</b> no detenerse ante un cruce ferroviario a nivel o cruzar por lugares distintos a los autorizados.</li><li><b>M15 – S/660:</b> circular produciendo contaminación por encima de los límites máximos permisibles de emisiones.</li><li><b>M16 – S/660:</b> circular en sentido contrario al tránsito autorizado.</li><li><b>M17 – S/660:</b> cruzar una intersección o girar con el semáforo en luz roja, cuando no exista indicación contraria.</li><li><b>M18 – S/660:</b> desobedecer las indicaciones sobre tránsito impartidas por el efectivo de la <b>PNP asignado al control del tránsito</b>.</li><li><b>M19 – S/660:</b> conducir sin cumplir las restricciones consignadas en la licencia de conducir.</li><li><b>M20a – S/990:</b> superar el límite máximo de velocidad hasta en 10 km/h adicionales.</li><li><b>M20b – S/1.320:</b> superar el límite máximo entre más de 10 y hasta 30 km/h adicionales.</li><li><b>M20c – S/2.750:</b> superar el límite máximo en más de 30 km/h adicionales.</li><li><b>M20d – S/990:</b> no respetar el límite mínimo de velocidad establecido.</li><li><b>M21 – S/660:</b> estacionar interrumpiendo totalmente el tránsito.</li><li><b>M22 – S/660:</b> detenerse para cargar o descargar mercancías en lugares que representen peligro, obstáculo o interrumpan la circulación.</li><li><b>M23 – S/660:</b> estacionar o detener el vehículo en el carril de circulación de carreteras o caminos donde existe berma lateral.</li><li><b>M24 – S/660:</b> circular sin placas de rodaje o sin el permiso correspondiente.</li><li><b>M25 – S/660:</b> no dar preferencia de paso a vehículos de emergencia u oficiales cuando utilizan señales audibles y visibles.</li><li><b>M26 – S/660:</b> conducir un vehículo especial que no cumpla las exigencias reglamentarias sin autorización.</li><li><b>M27 – S/2.750:</b> conducir un vehículo sin certificado de aprobación de <b>inspección técnica vehicular</b>, con la excepción establecida para vehículos L5.</li><li><b>M28 – S/660:</b> conducir sin contar con <b>SOAT</b> o Certificado contra Accidentes de Tránsito vigente, cuando corresponda.</li><li><b>M29 – S/660:</b> deteriorar, adulterar, destruir o sustraer placas de exhibición, rotativas o transitorias.</li><li><b>M30 – S/660:</b> utilizar placas de exhibición, rotativas o transitorias fuera del plazo, horario o ruta autorizada, o cuando hayan caducado o sido invalidadas.</li><li><b>M31 – S/660:</b> utilizar placas de exhibición, rotativas o transitorias en vehículos a los que no fueron asignadas.</li><li><b>M33 – S/660:</b> circular, conducir u operar máquinas amarillas o verdes por vías públicas terrestres.</li><li><b>M34 – S/660:</b> circular produciendo ruidos que superen los límites máximos permisibles.</li><li><b>M35 – S/660:</b> realizar un giro en U en lugares prohibidos, como curvas, puentes, pasos a desnivel, vías expresas, túneles o cruces ferroviarios.</li><li><b>M36 – S/660:</b> transportar carga sin los dispositivos de sujeción o seguridad establecidos.</li><li><b>M37:</b> conducir y ocasionar un accidente de tránsito con daños personales incumpliendo las normas del RNT. La sanción contempla <b>suspensión de la licencia por un año</b>, además de medidas sobre el vehículo.</li><li><b>M38:</b> conducir un vehículo de transporte público y ocasionar un accidente con daños personales incumpliendo las normas de tránsito. Puede generar <b>suspensión de la licencia por tres años</b>.</li><li><b>M39:</b> ocasionar un accidente de tránsito con lesiones graves o muerte incumpliendo las normas. La sanción contempla <b>cancelación e inhabilitación definitiva</b> para obtener licencia.</li><li><b>M40 – 5% de la UIT (S/275 como referencia):</b> conducir un vehículo con la licencia vencida.</li><li><b>M41a – 150% de la UIT (S/8.250):</b> circular, interrumpir o impedir el tránsito durante situaciones de desastre natural o emergencia incumpliendo las restricciones establecidas por la autoridad.</li><li><b>M41b1 – 12% de la UIT (S/660):</b> incumplir por primera vez una prohibición o restricción de circulación establecida durante un estado de emergencia por orden interno.</li><li><b>M41b2 – 24% de la UIT (S/1.320):</b> reincidir en la infracción relacionada con las restricciones de circulación durante un estado de emergencia.</li><li><b>M42 – 5% de la UIT (S/275):</b> conducir un vehículo de categoría L5 sin certificado de aprobación de inspección técnica vehicular.</li><li><b>M43 – 12% de la UIT (S/660):</b> no respetar el derecho preferente de paso de ciclistas o conductores de vehículos de movilidad personal.</li><li><b>M44 – 12% de la UIT (S/660):</b> obstruir una ciclovía.</li><li><b>M45 – 12% de la UIT (S/660):</b> circular por rutas que no forman parte de caminos, vías urbanas o del Sistema Nacional de Carreteras para evadir el pago del peaje.</li><li><b>M46 – 12% de la UIT (S/660):</b> realizar maniobras que generen daños materiales a infraestructura o garitas de pago de peaje.</li></ul><p>El cuadro oficial del SAT establece los porcentajes de la UIT, sanciones y puntos correspondientes a estas infracciones.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TJZVVOCSI5EWFNBL7FDBJYYV6I.png?auth=a9890a9778c288d2d5cc1731d733deb4b5db816911a35f65babffc2d8b3eb0bd&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un conductor examina una papeleta de infracción por exceso de velocidad emitida en la avenida Javier Prado mientras un agente de la Policía Nacional del Perú permanece junto a su patrullero. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Infracciones Graves (G) y Leves (L) detectadas por la PNP</h2><p>Las infracciones <b>Graves</b> están identificadas con la letra G y, en términos generales, tienen una multa equivalente al <b>8% de la UIT</b>, es decir, <b>S/440 en 2026</b>. Las infracciones Leves llevan la letra L y generalmente representan el 4% de la UIT, aunque existen excepciones.</p><h3>Infracciones Graves</h3><ul><li><b>G01 – S/440:</b> adelantar o sobrepasar indebidamente a otro vehículo.</li><li><b>G02 – S/440:</b> no realizar señales o tomar precauciones al girar, hacer U, cambiar de carril o detenerse.</li><li><b>G03 – S/440:</b> detener bruscamente el vehículo sin motivo.</li><li><b>G04 – S/440:</b> no respetar la línea de parada o el derecho de paso de peatones, ciclistas o usuarios de VMP.</li><li><b>G05 – S/440:</b> no mantener una distancia suficiente y prudente respecto de otro vehículo.</li><li><b>G06 – S/440:</b> no ubicarse con anticipación en el carril correspondiente para girar o voltear.</li><li><b>G07 – S/440:</b> no utilizar el carril extremo derecho cuando corresponda por el tipo de vehículo o servicio.</li><li><b>G08 – S/440:</b> no utilizar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o carga.</li><li><b>G09 – S/440:</b> retroceder salvo en los casos permitidos.</li><li><b>G10 – S/440:</b> incumplir las disposiciones para vías de tránsito rápido o acceso restringido.</li><li><b>G11 – S/440:</b> circular, estacionar o detenerse en islas, separadores, bermas, aceras, áreas verdes, pasos peatonales o rampas, entre otros lugares prohibidos.</li><li><b>G12 – S/440:</b> girar con luz roja y flecha verde sin respetar el derecho preferente de los peatones.</li><li><b>G13 – S/440:</b> transportar más personas que el número de asientos permitido o pasajeros de pie en determinados vehículos.</li><li><b>G14 – S/440:</b> mantener abierta la puerta, capot o maletera mientras el vehículo está en marcha.</li><li><b>G15 – S/440:</b> no utilizar luces de emergencia o dispositivos de seguridad cuando el vehículo queda inmovilizado.</li><li><b>G16 – S/440:</b> circular por una vía donde no está permitida la circulación o sobre mangueras contra incendios.</li><li><b>G17 – S/440:</b> utilizar lunas o vidrios polarizados sin la autorización correspondiente cuando impidan la visibilidad del interior.</li><li><b>G18a – S/440:</b> conducir sin mantener ambas manos sobre el volante, salvo las excepciones reglamentarias.</li><li><b>G18b – S/440:</b> utilizar un dispositivo móvil u objeto portátil mientras se conduce de forma que se deje de utilizar ambas manos.</li><li><b>G19 – S/440:</b> circular con vidrios de seguridad o parabrisas deteriorados o con elementos que obstaculicen la visibilidad.</li><li><b>G20 – S/440:</b> conducir sin las luces o dispositivos retrorreflectivos exigidos.</li><li><b>G21 – S/440:</b> conducir sin espejos retrovisores.</li><li><b>G22 – S/440:</b> conducir bajo lluvia o llovizna sin limpiaparabrisas operativo.</li><li><b>G23 – S/440:</b> transportar pasajeros de pie en determinados vehículos de transporte público cuya altura interior no supera 1,80 metros.</li><li><b>G24 – S/440:</b> conducir con el motor en punto neutro o apagado.</li><li><b>G25 – S/440:</b> no portar el certificado SOAT físico cuando corresponda, el CAT o portar uno que no corresponda al uso del vehículo.</li><li><b>G26 – S/440:</b> conducir determinados vehículos con la salida del tubo de escape orientada hacia la acera.</li><li><b>G27 – S/440:</b> transportar carga o pasajeros que obstruyan la visibilidad de los espejos laterales.</li><li><b>G28 – S/440:</b> no utilizar cinturón de seguridad cuando sea obligatorio.</li><li><b>G29 – S/440:</b> circular en forma desordenada o realizar maniobras peligrosas.</li><li><b>G30 – S/440:</b> transportar personas en la parte exterior de la carrocería o permitir que sobresalga parte de su cuerpo.</li><li><b>G31a – S/440:</b> circular sin las luces reglamentarias en condiciones de poca visibilidad o no utilizar luces bajas durante las 24 horas en las vías donde corresponde.</li><li><b>G31b – S/440:</b> circular en zonas señalizadas como “Zona de neblina” sin las luces intermitentes de emergencia cuando sean obligatorias.</li><li><b>G32 – S/440:</b> circular por una ciclovía.</li><li><b>G33 – S/440:</b> transportar cargas que excedan las dimensiones permitidas o materiales sin las medidas de seguridad para evitar su caída.</li><li><b>G34 – S/440:</b> remolcar vehículos sin las medidas de seguridad correspondientes.</li><li><b>G35 – S/440:</b> utilizar luces altas en vías urbanas o hacer un uso inadecuado de las luces.</li><li><b>G36 – S/440:</b> compartir el asiento del conductor con otra persona, animal u objeto.</li><li><b>G37 – S/440:</b> no reducir la velocidad ante túneles, puentes, intersecciones, curvas, calles congestionadas, condiciones climáticas adversas u otros peligros.</li><li><b>G38 – S/440:</b> circular lentamente por el carril izquierdo generando congestión o riesgo, o rápidamente por el derecho.</li><li><b>G39 – S/440:</b> aumentar la velocidad cuando otro vehículo intenta adelantarlo.</li><li><b>G40 – S/440:</b> estacionar en zonas prohibidas o rígidas señalizadas o sin las medidas de seguridad correspondientes en una emergencia.</li><li><b>G41 – S/440:</b> estacionar o detenerse sobre una intersección o crucero peatonal.</li><li><b>G42 – S/440:</b> estacionar frente a entradas o salidas de garajes, estacionamientos, vías privadas o determinados locales.</li><li><b>G43 – S/440:</b> estacionar a menos de cinco metros de bocacalles, hospitales, centros médicos, bomberos o hidrantes, salvo excepciones.</li><li><b>G44 – S/440:</b> estacionar a menos de tres metros de las puertas de establecimientos educativos, teatros, iglesias y hoteles.</li><li><b>G45 – S/440:</b> estacionar a menos de 20 metros de un cruce ferroviario a nivel.</li><li><b>G46 – S/440:</b> estacionar en zonas no permitidas a menos de 10 metros de un cruce peatonal o paradero, o en el espacio destinado a la parada del bus.</li><li><b>G47 – S/440:</b> estacionar afectando el transporte público, la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito.</li><li><b>G48 – S/440:</b> estacionar determinados vehículos pesados en vías públicas urbanas fuera de lugares autorizados.</li><li><b>G49 – S/440:</b> estacionar vehículos M, N u O a menos de un metro de otro vehículo estacionado, salvo las excepciones reglamentarias.</li><li><b>G50 – S/440:</b> estacionar en terminales o estaciones de ruta fuera de los lugares autorizados.</li><li><b>G51 – S/440:</b> estacionar de noche o en condiciones de escasa visibilidad sin mantener las luces de estacionamiento encendidas.</li><li><b>G52 – S/440:</b> estacionar en vías con pendientes pronunciadas sin asegurar la inmovilización.</li><li><b>G53 – S/440:</b> desplazar o empujar un vehículo correctamente estacionado para ampliar un espacio.</li><li><b>G54 – S/440:</b> abandonar el vehículo en la vía pública.</li><li><b>G55 – S/440:</b> utilizar la vía pública para efectuar reparaciones, salvo emergencia.</li><li><b>G56 – S/440:</b> recoger o dejar pasajeros fuera de los paraderos autorizados cuando existan.</li><li><b>G57 – S/440:</b> no respetar señales de tránsito cuyo incumplimiento no esté tipificado en otra infracción.</li><li><b>G58 – S/440:</b> no presentar la Tarjeta de Identificación Vehicular, licencia física cuando corresponda o documento de identidad.</li><li><b>G59 – S/440:</b> conducir motocicletas y otros vehículos de categoría L sin casco o elementos de protección exigidos.</li><li><b>G60 – S/440:</b> circular con placas ilegibles, sin iluminación o con elementos que impidan su lectura.</li><li><b>G61 – S/440:</b> no llevar las placas de rodaje en el lugar correspondiente.</li><li><b>G62 – S/440:</b> no devolver placas de exhibición, rotativas o transitorias dentro de los plazos establecidos.</li><li><b>G63 – S/440:</b> utilizar señales audibles o visibles similares a las de vehículos de emergencia u oficiales.</li><li><b>G64 – S/440:</b> conducir un vehículo cuyas características registrables o condiciones técnicas hayan sido modificadas afectando la seguridad o no coincidan con la Tarjeta de Identificación Vehicular.</li><li><b>G65 – S/440:</b> no ceder el paso a vehículos que tienen preferencia.</li><li><b>G66 – S/440:</b> seguir a vehículos de emergencia u oficiales para avanzar más rápidamente.</li><li><b>G70 – S/440:</b> detenerse sobre la demarcación de la señal “No bloquear cruce”.</li><li><b>G71 – S/440:</b> circular por vías con infraestructura de peaje sin pagar la tarifa correspondiente.</li><li><b>G72a – S/440:</b> utilizar mientras se conduce un dispositivo electrónico que reproduzca imágenes o videos con fines de entretenimiento visual.</li><li><b>G72b – S/440:</b> utilizar dispositivos electrónicos permitidos que obstaculicen la visibilidad del conductor o las señales del tablero.</li><li><b>G73 – S/440:</b> adelantar o sobrepasar a bicicletas, ciclos o VMP incumpliendo la obligación de realizar la maniobra por el carril izquierdo.</li><li><b>G74 – S/440:</b> abrir o dejar abierta la puerta o capot dificultando la circulación de bicicletas, ciclos o VMP.</li></ul><p>El cuadro oficial consultado confirma que las infracciones G vigentes tienen, en general, una multa equivalente al <b>8% de la UIT</b>, que en 2026 representa S/440.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z6FD7UFBAFDP7F3IGW2J7WZWSM.png?auth=a55eccc825e2439b81b1854ca19d533acba0452706a0abab4358ad2b914e265d&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una infracción de tránsito a un conductor en una vía urbana. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h3>Infracciones Leves</h3><ul><li><b>L01 – S/220:</b> dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos.</li><li><b>L02 – S/275:</b> estacionar en zonas destinadas a vehículos que transportan o son conducidos por personas con discapacidad.</li><li><b>L04 – S/220:</b> abrir o dejar abierta la puerta de un vehículo estacionado dificultando la circulación.</li><li><b>L05 – S/220:</b> utilizar el carril de giro a la izquierda para continuar la marcha en una dirección no permitida.</li><li><b>L06 – S/220:</b> arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que dificulten la circulación.</li><li><b>L07 – S/220:</b> utilizar la bocina innecesariamente para llamar la atención.</li><li><b>L08 – S/220:</b> utilizar bocinas de descarga de aire comprimido en zonas urbanas.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MA4XITDB7FG2PLXP74KRSGKYR4.png?auth=f94b6280a6fbedb84551496c510bac214ffb7f5c834bfbbe3baf27bd02d347ab&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Agentes de la Policía Nacional del Perú aplican multas a conductores de transporte público y privado en el centro de Lima. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El código <b>L03 no figura en el cuadro vigente consultado</b>, por lo que no debe agregarse como infracción activa.</p><h2>¿Qué nuevas multas de tránsito se incorporarán en 2026?</h2><p>El <b>Decreto Supremo N.° 011-2026-MTC</b> modificó el Reglamento Nacional de Tránsito e incorporó los códigos <b>M47, M48, M49, M50, G75 y G76</b>. Sin embargo, esta modificación <b>todavía no está vigente al 25 de agosto de 2026</b>, debido a que la norma estableció un periodo de 120 días hábiles desde el día siguiente de su publicación.</p><p>Entre las nuevas conductas figuran:</p><ul><li><b>M47:</b> circular con placas adulteradas, ilegibles o con elementos que impidan su lectura mediante medios tecnológicos.</li><li><b>M48:</b> conducir un vehículo cuyas características registrables o condiciones técnicas hayan sido modificadas afectando la seguridad.</li><li><b>M49:</b> no respetar la señal de altura máxima permitida.</li><li><b>M50:</b> incumplir la señal de altura máxima y provocar daños a la infraestructura o interrupciones del tránsito.</li><li><b>G75:</b> deteriorar, adulterar, destruir o sustraer placas de exhibición, rotativas o transitorias.</li><li><b>G76:</b> utilizar placas de exhibición, rotativas o transitorias fuera de los horarios o rutas establecidos.</li></ul><p>Estas modificaciones deberán ser incorporadas en una actualización posterior de la tabla cuando entre en vigor el decreto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3AJQXEWXLBHTVAICDQU3OUOR3M.jpg?auth=c3e896844fa2ee9ab411a545924be2c5a8fd28384aa5dba947da920158a1d26d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Multas y trámites más caros en 2026 por aumento de la UIT." height="1080" width="1920"/><h2>Descuentos y pronto pago en papeletas de la Policía Nacional del Perú</h2><p>Una de las principales dudas de los conductores es cuánto pueden ahorrar si pagan rápidamente una papeleta.</p><p>El <b>Reglamento Nacional de Tránsito</b> contempla un descuento de <b>83%</b> cuando el pago se realiza dentro de los primeros cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la imposición o notificación de la infracción.</p><p>Existe un segundo periodo en el que el descuento es de <b>67%</b>, desde el sexto día hábil hasta el último día hábil previo a la notificación de la resolución de sanción.</p><p>Sin embargo, <b>no todas las infracciones tienen derecho a descuento</b>. El SAT establece excepciones para códigos como <b>M01, M02, M03, M04, M05, M06, M07, M08, M09, M12, M16, M17, M20, M21, M23, M27, M28, M29, M31, M32 y M42</b>.</p><p>Por ello, antes de realizar un pago es recomendable verificar el código exacto de la papeleta y el monto que figura en el sistema de la entidad encargada de la cobranza.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC4RKZ2HZDENLA3DFBX5ZQ6EU.jpg?auth=faee23716e2a0ed699347ca45097888f9fdfd300a3fc381f28f08b614ab899f8&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La única autoridad en el Perú que puede colocar una papeleta es la PNP." height="1080" width="1920"/><h2>Cómo consultar si tienes papeletas impuestas por la PNP</h2><p>La <b>PNP impone la papeleta</b>, pero la consulta y cobranza dependen de la autoridad competente. En Lima, por ejemplo, el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> administra las infracciones de tránsito correspondientes a la jurisdicción.</p><p>Puedes revisar el estado de un expediente de tránsito en el <a href="https://www.sat.gob.pe/Websitev8/modulos/consultas/Buscador_Expedientesv2.aspx" target="_blank" rel=""><b>Buscador de expedientes del SAT</b></a>. La búsqueda puede realizarse con datos como número de papeleta, expediente o placa.</p><p>Para otras jurisdicciones existen sistemas de las respectivas municipalidades provinciales. En el caso de infracciones fiscalizadas por la <b>SUTRAN</b>, también existe una plataforma para verificar documentos de infracción y conocer el monto correspondiente.</p><p>Esto es importante porque <b>no todas las papeletas impuestas por la PNP se consultan en el SAT de Lima</b>. El ciudadano debe identificar primero qué autoridad es responsable de la cobranza y del procedimiento administrativo en su jurisdicción.</p><h2>Procedimiento para impugnar una papeleta injusta ante la Policía Nacional</h2><p>Si consideras que una papeleta fue impuesta de manera incorrecta, no significa que debas pagarla inmediatamente. El conductor tiene derecho a presentar un <b>descargo</b> ante la autoridad administrativa competente.</p><p>En Lima, el SAT señala que el descargo debe presentarse dentro de los <b>cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la imposición o notificación de la papeleta</b>.</p><p>El escrito debe identificar al administrado, indicar el número de papeleta, expresar claramente lo que se solicita, señalar los fundamentos y adjuntar los documentos que respalden la posición del conductor.</p><p>Entre los elementos que pueden ser útiles como sustento están:</p><ul><li><b>Fotografías o videos</b> que demuestren las condiciones del lugar.</li><li><b>Documentos</b> que acrediten que el vehículo cumplía con los requisitos exigidos.</li><li><b>Pruebas</b> que permitan demostrar un error en la identificación del vehículo o conductor.</li><li><b>Documentos</b> que acrediten circunstancias relevantes para el caso.</li><li>Cualquier otro elemento que permita cuestionar objetivamente la imputación.</li></ul><p>El SAT señala que, después del descargo, analiza los hechos y puede determinar la existencia de la infracción o declarar que esta no corresponde. Si el administrado recibe una resolución desfavorable, puede presentar un <b>recurso de apelación dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de la resolución final</b>, de acuerdo con la información publicada por el propio SAT.</p><p>En el caso de las infracciones fiscalizadas por la <b>SUTRAN</b>, el procedimiento también contempla la posibilidad de presentar descargos. La entidad informa que estos deben formularse dentro de los <b>cinco días hábiles siguientes a la notificación</b>, dentro de la fase instructora del procedimiento sancionador.</p><p>Por ello, si un conductor considera que una <b>papeleta de tránsito de la PNP es injusta</b>, lo más importante es <b>no dejar vencer los plazos</b> y presentar el descargo ante la entidad que administra el procedimiento, acompañado de las pruebas correspondientes.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/25PUXKOHV5BIBGMWHOSPSMJVGQ.png?auth=61eeb5982f8fcb6c26291e1de4e9a1ce6e5ecc7f428ce8229f3ae4d84ff84924&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una papeleta de infracción junto a un cuadro informativo sobre las sanciones de tránsito vigentes. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Gobierno de México sanciona a 17 servidores públicos con inhabilitaciones de hasta 10 años y con destituciones ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/23/gobierno-de-mexico-sanciona-a-17-servidores-publicos-con-inhabilitaciones-de-hasta-10-anos-y-con-destituciones/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/23/gobierno-de-mexico-sanciona-a-17-servidores-publicos-con-inhabilitaciones-de-hasta-10-anos-y-con-destituciones/</guid><dc:creator><![CDATA[Merary Nuñez]]></dc:creator><description><![CDATA[La Secretaría Anticorrupción detalló casos que van de cobros indebidos y documentos falsos a pagos no autorizados, con multas, bajas del cargo y restricciones para volver al servicio público]]></description><pubDate>Sun, 23 Aug 2026 19:56:57 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GYFGHZDI6ZGEBOMBFI224AVIHA.png?auth=640f35cee24e7242bedc5d5828779fc92dc85effe4de8d5248fb28a33209bd98&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Un expediente marcado con un sello de sanción reposa ante los logotipos de diversas dependencias gubernamentales de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>Gobierno de México</b>, a través de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/09/secretaria-del-buen-gobierno-suma-226-sanciones-a-funcionarios-publicos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/09/secretaria-del-buen-gobierno-suma-226-sanciones-a-funcionarios-publicos/">l<b>a Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno</b></a>, anunció la sanción de<b> 17 funcionarios de diversas dependencias federales</b>, con inhabilitaciones para ejercer cargos <b>públicos de hasta una décad</b>a, así como destituciones y suspensiones, tras la comprobación de conductas graves y no graves en el <b>ejercicio de sus funciones</b>. La determinación deriva de investigaciones impulsadas por las<b> Unidades de Responsabilidades y Órganos Internos de Control,</b> en colaboración con el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>, que dictó las resoluciones de acuerdo con la <b>Ley General de Responsabilidades Administrativas.</b></p><p>De acuerdo con el comunicado fechado este domingo 23 de agosto de 2026, entre las instituciones involucradas figuran la<b> Comisión Federal de Electricidad (CFE),</b> el <b>Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)</b>, el <b>Banco del Bienestar, la Secretaría de Salud y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), junto con dependencias como Petróleos Mexicanos (Pemex)</b>, la <b>Guardia Nacional</b>, el <b>Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH</b>), así como el <b>Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, la Administración del Sistema Portuario Nacional Manzanillo </b>S.A. de C.V. y el <b>Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA)</b>. Las sanciones impuestas responden tanto a faltas administrativas graves como a omisiones consideradas no graves.</p><p>La Secretaría enfatiza que las resoluciones se <b>dictaron conforme a derecho y bajo criterios de proporcionalidad y gravedad</b>, además de invitar a la sociedad a denunciar cualquier conducta contraria a la legalidad y los principios de integridad, en apego a los objetivos del <b>Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030</b> y el compromiso de erradicar la corrupción en la <b>vida pública</b>.</p><h2>Sanciones por faltas graves en entidades federales</h2><p>Dentro de los casos más relevantes destacan las <b>inhabilitaciones dictadas contra servidores públicos </b>de la <b>CFE </b>, donde dos empleados de la zona de distribución Tacuba, <b>Valle de México Centr</b>o, recibieron sanción por <b>cuatro años, tras detectar la solicitud de pagos indebidos por 70,000 pesos </b>al usuario durante la revisión de un medidor defectuoso.</p><p>En el <b>ISSSTE</b>, un servidor de la<b> Unidad de Medicina Familiar en Campeche</b> fue inhabilitado diez años y recibió una multa de <b>180,000 pesos por hacerse pasar por licenciado en Nutrición</b> con un título profesional ajeno, obteniendo remuneraciones indebidas. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/E6RW5NQOQFFPBPC6CA5V6M33RM.png?auth=8668c6d5a0ba57da635f372a5fa99ea50d8b5be396495d577ee3a395043759f3&smart=true&width=674&height=499" alt="En esta sucursal del Banco del Bienestar de Torremolinos, en Guadalupe, Nuevo León se dio el robo y se descubrió que habría sido planeado por la gerente Delia" height="499" width="674"/><p>Por su parte, un trabajador del<b> Banco del Bienestar</b> fue sancionado con dos años de<b> inhabilitación y multa de 13,000 pesos</b> por movimientos irregulares en cuentas ajenas, mientras que en la Secretaría de Salud, una funcionaria utilizó su posición para beneficiar a familiares en procesos de ingreso y contratación, motivo por el cual fue inhabilitada tres meses.</p><p>El <b>SAT</b> también aplicó suspensiones: <b>dos empleados de la administración de Baja California</b> recibieron suspensión de 60 días por irregularidades en la revalidación de certificados digitales de sellos fiscales, permitiendo el uso de documentación temporal de manera improcedente.</p><h2>Acciones disciplinarias en organismos y empresas estatales</h2><p>En el ámbito de las faltas no graves, <b>Pemex suspendió por ocho días </b>a un funcionario del<b> Hospital General de Coatzacoalcos, Veracruz,</b> por registrar de manera incorrecta una incapacidad médica en septiembre de 2025, sin cumplir con los procedimientos internos. En la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/19/narcobloqueos-en-michoacan-ramirez-bedolla-despliega-fuerzas-con-sedena-y-guardia-nacional-para-restablecer-la-seguridad-en-el-estado/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/19/narcobloqueos-en-michoacan-ramirez-bedolla-despliega-fuerzas-con-sedena-y-guardia-nacional-para-restablecer-la-seguridad-en-el-estado/"><b>Guardia Nacional</b></a>, tres trabajadores de la<b>s Oficinas Centrales en Ciudad de México </b>fueron destituidos debido a la presentación de certificados de bachillerato no válidos, requisito indispensable para la portación de <b>armas de fuego.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YSWR4IYBHZCSXNDKVGUZNVLNB4.JPG?auth=93df2e3ca21e2b4f70f448536d49f0d334554ff19761ce0d99345f40944fe882&smart=true&width=5712&height=3808" alt="Fútbol - Copa Mundial de la FIFA 2026 - Grupo A - México vs Sudáfrica Previa - Ciudad de México, México - 10 de junio de 2026. Miembros de la Guardia Nacional afuera del Estadio Azteca antes del partido REUTERS/Hannah Mckay" height="3808" width="5712"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/21/inah-realiza-seis-exposiciones-de-mexico-en-europa-y-asia-busca-promover-repatriacion-de-piezas-en-el-extranjero/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/21/inah-realiza-seis-exposiciones-de-mexico-en-europa-y-asia-busca-promover-repatriacion-de-piezas-en-el-extranjero/"><b>Instituto Nacional de Antropología e Historia </b></a>sancionó con un año de inhabilitación a un integrante de la Coordinación Nacional de Arqueología por la omisión de reportar ausencias laborales de un subordinado, lo que derivó en pagos indebidos por <b>más de 200,000 pesos</b>. En el I<b>nstituto para Devolver al Pueblo lo Robado</b>, un responsable técnico fue <b>suspendido 15 días por autorizar el pago de más de 2 </b>millones de pesos a una cuenta no prevista en el contrato de digitalización de información.</p><p>La <b>Administración del Sistema Portuario Nacional Manzanillo S.A. de C.V. </b>sancionó a un gerente de ingeniería con 14 días de suspensión por no gestionar los permisos presupuestales necesarios, lo que generó pagos anticipados no autorizados por 24 millones de pesos. El <b>Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles,</b> dos servidores públicos recibieron amonestaciones por no verificar correctamente los requisitos de una licitación pública, aunque la situación fue corregida antes de la firma de los contratos.</p><p>Las personas sancionadas tienen derecho a impugnar las resoluciones, las cuales serán defendidas por la Secretaría con base en la legalidad y la protección de los derechos de las personas afectadas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/GYFGHZDI6ZGEBOMBFI224AVIHA.png?auth=640f35cee24e7242bedc5d5828779fc92dc85effe4de8d5248fb28a33209bd98&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Un expediente marcado con un sello de sanción reposa ante los logotipos de diversas dependencias gubernamentales de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Hacienda responde a empresas de EEUU: impulsamos acciones que dan certeza jurídica y confianza en materia de fiscalización ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/hacienda-responde-a-empresas-de-eeuu-impulsamos-acciones-que-dan-certeza-juridica-y-confianza-en-materia-de-fiscalizacion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/hacienda-responde-a-empresas-de-eeuu-impulsamos-acciones-que-dan-certeza-juridica-y-confianza-en-materia-de-fiscalizacion/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[Varias empresas de Estados Unidos presentaron una queja por la fiscalización “sin precedentes” del SAT]]></description><pubDate>Sat, 15 Aug 2026 23:44:39 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5IZJQTGAQ5DWZKXEXC752V5Y4A.jpg?auth=ca5fbba6a2030828d2f07254892f1bd4dc758093977a0631592e3c33584a89b5&smart=true&width=1929&height=1080" alt="Antonio Martínez, titular del SAT, trata de calmar la preocupación de las empresas de EEUU.
Crédito: SAT" height="1080" width="1929"/><p>Este sábado, el Servicio de Administración Tributaria (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/empresas-de-eeuu-denuncian-al-sat-por-fiscalizacion-sin-precedentes/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/empresas-de-eeuu-denuncian-al-sat-por-fiscalizacion-sin-precedentes/"><b>SAT</b></a>), por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (<b>SHCP</b>), compartió su respuesta a los reportes periodísticos que revelaron que varias empresas de <b>Estados Unidos</b> se quejaron por una fiscalización “sin precedentes” que no da certeza jurídica a las inversiones.</p><p>A través de una nota informativa, la institución a cargo de <b>Edgar Amador</b>, recordó que ha emitido diversos comunicados, en los que informó sobre las acciones específicas “orientadas a dar certeza jurídica y confianza a los <a href="https://infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades"><b>contribuyentes </b></a>en materia de fiscalización”.</p><p>De acuerdo con <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/nuevas-reglas-para-bancos-y-sus-clientes-hacienda-cambia-las-normas-contra-el-lavado/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/nuevas-reglas-para-bancos-y-sus-clientes-hacienda-cambia-las-normas-contra-el-lavado/">Hacienda</a>, todas las acciones y acuerdos se han traducido en una “reingeniería” en la forma de fiscalizar y destacó diversos resultados, como la fiscalización a actividades de alto riesgo, conicidad como <b>factureras</b>; mayor <b>comunicación</b> con los contribuyentes; <b>correcciones tempranas,</b> en lugar de la determinación de créditos fiscales, entre otras acciones.</p><h2>Empresas de EEUU acusan al SAT de “prácticas irregulares” </h2><p>En el boletín, la SHCP le dio aclaración a los señalamientos que hicieron las grandes firmas norteamericanas que son parte de<b>l Consejo Nacional de Comercio de Estados Unidos </b>(<b>NFTC</b>, por sus siglas en inglés).</p><p>Las empresas de EEUU recordaron que, en mayo pasado, la Secretaría de Hacienda Crédito Público presentó un acuerdo para frenar <b>revisiones excesivas </b>y dar mayor<b> certeza jurídica</b>, pero, cuatro meses después, consideraron que eso no fue suficiente.</p><p>La nueva carta del NFTC, fechada el 30 de julio, fue dirigida al presidente del <b>Comité de Finanzas del Senado de EEUU,</b> el republicano Mike Crapo, y al demócrata de más alto rango del mismo comité legislativo, el senador Ron Wyden.</p><p>Al igual que el pasado mes de marzo, el NFTC acusó al SAT de negarle a sus miembros<b> deducciones legítimas</b> de diversos impuestos, así como la aplicación de<b> auditorías fiscales dudosas y agresivas.</b></p><p>Sin embargo, en la más reciente misiva, el Consejo cita ejemplos de daños a<b> pequeñas empresas </b>con los nuevos impuestos al comercio exterior en <b>plataformas digitales.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y7WTWJVVKVC2FHKVCG3RVB3OZ4.jpg?auth=17c0660ff1bebb4bd00ff198cc91b5a4f2024b11b048ef6f2a53ef4adb0d4b07&smart=true&width=1929&height=1080" alt="Edgar Amador, titular de la Secretaría de Hacienda, respondió a las empresas de EEUU. 
Crédito: Presidencia" height="1080" width="1929"/><h2>Hacienda aclara quejas de los inversionistas extranjeros</h2><p>Luego de conocer las inconformidades de las <b>multinacionales estadounidenses</b>, la Secretaría de Hacienda presentó seis puntos, con los que intentó aclarar esta nueva problemática:</p><ol><li><b>Reinterpretación retroactiva del IVA y rechazo de acreditamientos</b></li></ol><p>El SAT realiza revisiones con el fin de identificar la procedencia o no del acreditamiento del IVA, sin interpretaciones retroactivas y siempre respetando y acatando las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales.</p><ol><li><b>Rechazo arbitrario de la deducción del ISR por pagos a partes relacionadas</b></li></ol><p>El SAT es respetuoso de los compromisos internacionales establecidos en los Tratados para Evitar la Doble Tributación, en los cuales se establecen mecanismos de conciliación entre autoridades en beneficio de los contribuyentes, lo cual ha servido para alcanzar acuerdos que neutralicen riesgos de doble tributación en materia de precios de transferencia.</p><p>Se ha trabajado estrechamente con las autoridades competentes de otros países para resolver los casos presentados.</p><ol><li><b>Resolución de controversias bajo un esquema de “pagar para poder impugnar”</b></li></ol><p>El 9 de abril de 2026, se publicó una reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación mediante la cual se elimina la obligación de garantizar los créditos fiscales con billete de depósito como primera y principal forma de garantía, lo anterior, a fin de no afectar la liquidez de las empresas cuando acudan a los medios de defensa; respetando todas las opciones existentes para que sea el contribuyente el que decida cuál se le facilita más.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VIBAB3CMDNA4LNYMRS7OWM7ZAA.jpg?auth=e9a4d743a5aabf87cd6cba163f010d6abc311f6c38a94dfba89d19bb66602f97&smart=true&width=951&height=530" alt="Antonio Martínez Dagnino, titular del SAT, no habría respetado un acuerdo de Hacienda.
Crédito: SAT" height="530" width="951"/><ol><li><b>Artículo 30-B / “Kill Switch” de plataformas y acceso en tiempo real</b></li></ol><p>El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la autoridad competente para realizar la fiscalización en tiempo real de los contribuyentes, siempre en apego al secreto fiscal y a todos los derechos de los contribuyentes. En este sentido, el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación de México prevé un mecanismo de revisión de información sin que implique ningún acto de molestia adicional para los contribuyentes.</p><ol><li><b>Acuerdos Anticipados de Precios (APAs)</b></li></ol><p>Los Acuerdos Anticipados de Precios (APAs) desempeñan un papel fundamental al brindar certeza en materia de precios de transferencia a las empresas; por ello, el SAT ha fortalecido el procedimiento de emisión de resoluciones mediante el contacto directo con las empresas y se ha trabajado en conjunto con la autoridad competente de Estados Unidos en soluciones para reducir considerablemente el inventario.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XOKXBR74F5HETALUCTIDB4ZRYA.jpg?auth=a9837f960fa524d0534bbcda82b0d961e748356cc12cc39a9964d861797685c1&smart=true&width=1516&height=817" alt="Las quejas de las empresas llegaron al Capitolio de los Estados Unidos.
Crédito: Wikipedia" height="817" width="1516"/><ol><li><b>Retenciones fiscales en marketplaces</b></li></ol><p>Considerando la evolución y crecimiento del comercio electrónico y con la finalidad de evitar la evasión fiscal, se incorporó la retención de impuestos a través de las plataformas de comercio. No se trata de un cambio de criterio, sino de implementar acciones que permitan garantizar el pago de impuestos asertivo y el control de la evasión fiscal.</p><p>Vamos a ver si esta respuesta de la Secretaría de Hacienda es suficiente para evitar que haya una reacción negativa desde EEUU, por la fiscalización “sin precedentes” que sufren sus empresas en <b>México</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y7WTWJVVKVC2FHKVCG3RVB3OZ4.jpg?auth=17c0660ff1bebb4bd00ff198cc91b5a4f2024b11b048ef6f2a53ef4adb0d4b07&amp;smart=true&amp;width=1929&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1929"><media:description type="plain"><![CDATA[Edgar Amador, titular de la Secretaría de Hacienda, respondió a las empresas de EEUU. 
Crédito: Presidencia]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Empresas de EEUU denuncian al SAT por fiscalización “sin precedentes” ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/empresas-de-eeuu-denuncian-al-sat-por-fiscalizacion-sin-precedentes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/empresas-de-eeuu-denuncian-al-sat-por-fiscalizacion-sin-precedentes/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[En medio de la revisión del T-MEC, empresas norteamericanas no ven certeza jurídica con estás prácticas del órgano fiscalizador ]]></description><pubDate>Sat, 15 Aug 2026 23:01:10 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT enfrenta serías acusaciones de empresas de Estados Unidos por una cuestionable fiscalización. 
Crédito: X/ @SATMX" height="1080" width="1920"/><p>Un grupo de empresas multinacionales de<b> Estados Unidos </b>presentaron, en el Capitolio, sus denuncias contra el Servicio de Administración Tributaria (<a href="https://infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico"><b>SAT</b></a>) por lo que consideraron prácticas de fiscalización “sin precedentes”.</p><p>De acuerdo con reportes periodísticos, cerca de 300 de las más influyentes <b>empresas </b>presentaron un nuevo escrito a los legisladores de la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/23/marcelo-ebrard-recibe-a-jamieson-greer-para-la-tercera-ronda-de-revision-del-t-mec-hoy-se-reune-con-sheinbaum/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/23/marcelo-ebrard-recibe-a-jamieson-greer-para-la-tercera-ronda-de-revision-del-t-mec-hoy-se-reune-con-sheinbaum/">Unión Americana</a>, donde describieron cómo el SAT cambió sus normas a la de cobrarles <b>impuestos </b>en <b>México</b>.</p><h2>No han respetado acuerdo de Secretaría de Hacienda</h2><p>Pese a que la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/07/coparmex-ve-oportunidad-de-impulso-a-pequenos-negocios-en-revision-del-t-mec/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/07/coparmex-ve-oportunidad-de-impulso-a-pequenos-negocios-en-revision-del-t-mec/"><b>Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)</b></a><b> </b>dio a conocer en mayo un acuerdo para frenar revisiones excesivas a empresas y dar mayor certeza jurídica, el Consejo Nacional de Comercio Exterior de EEUU (<b>NFTC</b>, por sus siglas en inglés), que representa a firmas como Amazon, Ford, ExxonMobile, consideró que eso no fue suficiente.</p><p><i>“Si bien la NFTC valora el </i><i><b>Acuerdo 68/2026 </b></i><i>emitido en mayo de 2026 y algunos de los desafíos que busca abordar, el enfoque del SAT ha resultado en gran medida en un régimen de administración tributaria que impone cargas crecientes y sin precedentes a muchas</i><i><b> empresas multinacionales</b></i><i> de EEUU”</i>, reza el documento entregado a los legisladores norteamericanos.</p><p><i>“Se ha desincentivando la </i><i><b>inversión </b></i><i>y la creación de empleo que México ha tratado de atraer”,</i> detalla el grupo en una carta dirigida al presidente del Comité de Finanzas del <b>Senado de EEUU</b>, el republicano <b>Mike Crapo,</b> y al demócrata de más alto rango del mismo comité legislativo, el senador<b> Ron Wyden.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XOKXBR74F5HETALUCTIDB4ZRYA.jpg?auth=a9837f960fa524d0534bbcda82b0d961e748356cc12cc39a9964d861797685c1&smart=true&width=1516&height=817" alt="Las quejas de las empresas llegaron al Capitolio de los Estados Unidos.
Crédito: Wikipedia" height="817" width="1516"/><h2>Nueva queja contra el SAT llega hasta EEUU </h2><p>Cabe señalar que la nueva misiva del organismo empresarial –que incluye firmas como FedEx, Walmart y Visa– llega solo cuatro meses después de haber enviado un documento dirigido al secretario de Hacienda, <b>Edgar Amador,</b> donde detalló “<b>prácticas irregulares</b>” atribuidas al SAT. </p><p>Al igual que el pasado mes de marzo, el NFTC acusó al SAT de negarle a sus miembro<b>s deducciones legítimas</b> de diversos impuestos, así como la aplicación de<b> auditorías fiscales </b>dudosas y agresivas.</p><p>No obstante, la nueva carta cita ejemplos de daños a <b>pequeñas empresas </b>con los nuevos impuestos al <b>comercio exterior</b> en plataformas digitales.</p><p>Fechada el 30 de julio de 2026, la nueva carta dirigida a los senadores de Estados Unidos está firmada por la vicepresidenta política comercial global del NFTC,<b> Tiffany Smith</b>, y llega en el marco de una comparecencia ante el <b>Comité de Finanzas </b>del jefe de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés), <b>Jameison Greer.</b> </p><h2>Problema tributario, ahora, es de confianza: experto</h2><p>De acuerdo con el abogado y presidente de la asociación civil Perteneces AC,<b> José Mario de la Garza Marroquín,</b> lo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya dejó de ser un pleito entre empresas y la autoridad fiscal, pues, ahora, es un problema de confianza.</p><p><i>“Las quejas de compañías de EEUU llegaron al Senado justo cuando se revisa el </i><i><b>T-MEC.</b></i><i> Ese salto importa: un problema tributario interno empieza a convertirse en un problema de confianza, inversión y Estado de Derecho”, </i>publicó el abogado en su cuenta de X.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VIBAB3CMDNA4LNYMRS7OWM7ZAA.jpg?auth=e9a4d743a5aabf87cd6cba163f010d6abc311f6c38a94dfba89d19bb66602f97&smart=true&width=951&height=530" alt="Antonio Martínez Dagnino, titular del SAT, no habría respetado un acuerdo de Hacienda.
Crédito: SAT" height="530" width="951"/><p>También consideró que el trabajo de la dependencia a cargo de <b>Antonio Martínez Dagnino </b>–quien es primo hermano de Daniel Asaf, uno de los mejores amigos de<b> Andrés Manuel López Beltrán</b>–, no da certeza, pero sí riesgos.</p><p><i>“Nadie pide un SAT débil ni privilegios para las multinacionales. Que paguen lo que deben. Pero otra cosa es cambiar criterios, desconocer deducciones años después o hacer tan costosa la defensa que resulte más barato negociar que litigar. Ahí la </i><i><b>fiscalización </b></i><i>deja de ser </i><i><b>certeza </b></i><i>y empieza a convertirse en </i><i><b>riesgo</b></i><i>.</i></p><p><i>“México puede recaudar más; lo que no puede permitirse es que invertir aquí signifique no saber qué </i><i><b>reglas </b></i><i>terminarán aplicándote mañana. El capital soporta impuestos altos. Lo que castiga es la </i><i><b>arbitrariedad</b></i><i>. Y cuando esa percepción llega a </i><i><b>Washington </b></i><i>en plena revisión del T-MEC, el problema ya es mucho más grande que el SAT”, </i>agregó.</p><p>Bueno, parece que el secretario de Hacienda tiene tarea, pues varias empresas de EEUU acusaron al SAT antes senadores de ese país, por un presunto <b>acoso </b>del SAT. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT enfrenta serías acusaciones de empresas de Estados Unidos por una cuestionable fiscalización. 
Crédito: X/ @SATMX]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Qué servicios podrías perder si suspenden tu línea por no registrarla? Apps bancarias, mensajería y compras en riesgo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/que-servicios-podrias-perder-si-suspenden-tu-linea-por-no-registrarla-apps-bancarias-mensajeria-y-compras-en-riesgo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/que-servicios-podrias-perder-si-suspenden-tu-linea-por-no-registrarla-apps-bancarias-mensajeria-y-compras-en-riesgo/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Si no ligas el número con la CURP, puedes quedarte sin códigos para transferencias, recuperar contraseñas o activar aplicaciones financieras, aunque el dinero en tus cuentas siga intacto]]></description><pubDate>Sat, 15 Aug 2026 19:29:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KDL7KS2OPNGJXHICJN3CENLTCI.png?auth=e56285354531107fbb450c9d0c3c32eca1c4f67df6f727fb7de7776e21781bf5&smart=true&width=1536&height=1024" alt=". El corte no solo interrumpe llamadas: elimina los datos móviles y los mensajes SMS, que son la llave de autenticación que usan decenas de aplicaciones para verificar la identidad del usuario. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>La suspensión de tu línea celular</b> puede dejarte sin acceso a tu <b>banca móvil</b>, mensajería y compras en línea si no vinculas tu número con la <b>CURP</b> antes de la fecha que corresponde al último dígito de tu teléfono.</p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/10/manten-activo-el-servicio-de-tu-telefono-celular-estas-son-las-terminaciones-que-seran-suspendidas-en-agosto-si-no-se-registran" rel="noopener noreferrer">La <b>Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT)</b></a> inició en agosto de 2026 las primeras suspensiones del calendario escalonado para líneas de prepago sin registrar. El corte no solo interrumpe llamadas: elimina los datos móviles y los mensajes SMS, que son la llave de autenticación que usan decenas de aplicaciones para verificar la identidad del usuario.</p><h2>El efecto en cadena que pocos anticipan</h2><p>Cuando una línea queda suspendida, las apps no desaparecen del teléfono, pero dejan de funcionar en los momentos que más importan.</p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/25/tu-whatsapp-podria-quedar-inhabilitado-si-no-registras-tu-linea-con-la-curp" rel="noopener noreferrer"><b>WhatsApp</b> y <b>Telegram</b></a> pueden seguir abiertos si hay conexión WiFi, pero cualquier reactivación, cambio de teléfono o reinstalación exige recibir un código por SMS o llamada. Sin línea activa, ese código nunca llega.</p><p>Lo mismo ocurre con <b>Uber</b>, <b>DiDi</b>, <b>Amazon</b> y <b>Mercado Libre</b>: en entregas o compras, estas plataformas confirman operaciones mediante mensajes al número registrado. Si la línea está suspendida, la verificación falla.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VI7Y5D4OUFBT5ICXHLQMXC7ODQ.png?auth=7c8f359dea021cdb5dc6b42ac31fbbfba3686b47750c4a249b6a6a011d329aa7&smart=true&width=1408&height=768" alt="La mayoría de los bancos en México utilizan códigos de un solo uso —conocidos como OTP— enviados por SMS para autorizar transferencias SPEI (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Banca móvil: el golpe más directo</h2><p>La <b>Asociación de Bancos de México (ABM)</b> advirtió que el número celular es “la llave para validar la identidad y mantener activa la banca digital”. Sin ella, el usuario pierde el control remoto de sus finanzas.</p><p>El problema no está en las cuentas ni en el dinero depositado: ambos permanecen intactos. La afectación es operativa.</p><p>La mayoría de los bancos en México utilizan códigos de un solo uso —conocidos como OTP— enviados por SMS para autorizar transferencias <b>SPEI</b>, activar la app en un dispositivo nuevo, recuperar contraseñas y confirmar compras. Sin SMS, esas operaciones quedan bloqueadas.</p><p>Instituciones como <b>Santander</b> y <b>Plata</b> ya notificaron a sus clientes sobre el riesgo. Quienes no puedan recibir el código deberán acudir en persona a una sucursal para resolver trámites que normalmente harían desde el celular.</p><h2>Trámites de gobierno también en riesgo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UCIJ33WCB5FRXCEZU44TW6J6XM.png?auth=1985178858faa62e08104f33380a06d7f448c3033d03fa6373266530afe7d949&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Sin línea activa, un usuario puede quedar impedido para presentar declaraciones fiscales, consultar semanas cotizadas o gestionar citas médicas en línea.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El impacto se extiende a plataformas oficiales. Servicios del <b>SAT</b>, el <b>IMSS Digital</b> y aplicaciones de programas sociales también usan el número telefónico como segundo factor de autenticación.</p><p>Sin línea activa, un usuario puede quedar impedido para presentar declaraciones fiscales, consultar semanas cotizadas o gestionar citas médicas en línea.</p><h2>Qué sigue funcionando durante la suspensión</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BR74RSPGMVEZHK4LSEZKPMDSN4.png?auth=6fceced5f87fda9a4def348445a46bd3340006c9f0f671464c9f22ba0e12ce9d&smart=true&width=1408&height=768" alt="Durante la suspensión siguen disponibles: llamadas al 911, comunicación con los números de atención ciudadana 079, 088 y 089, contacto con el operador para regularizar el trámite, y recepción de alertas sísmicas y de protección civil. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La suspensión no deja el teléfono completamente inutilizable. La CRT estableció que las líneas bloqueadas conservan acceso a servicios de emergencia.</p><p>Durante la suspensión siguen disponibles: llamadas al <b>911</b>, comunicación con los números de atención ciudadana <b>079</b>, <b>088</b> y <b>089</b>, contacto con el operador para regularizar el trámite, y recepción de alertas sísmicas y de protección civil.</p><p>El número no se pierde. Una vez completada la vinculación con el operador, el servicio se restablece de forma completa, incluyendo llamadas, SMS y datos móviles. La CRT permite regularizar la línea dentro de los <b>90 días</b> posteriores a la suspensión.</p><h2>Fechas, operadores y cómo hacer el trámite</h2><p>El calendario de la CRT organiza los plazos según el <b>último dígito del número telefónico</b>. Las terminaciones <b>0</b> vencieron el 15 de agosto; las terminaciones <b>1</b> tienen plazo hasta el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/03/registro-de-celular-con-curp-quienes-deben-hacer-el-tramite-en-agosto-para-que-no-cancelen-su-linea" rel="noopener noreferrer"><b>31 de agosto</b></a>. El resto se extiende hasta diciembre:</p><p>Terminación <b>2:</b> 15 de septiembre</p><p>Terminación <b>3:</b> 30 de septiembre</p><p>Terminación <b>4:</b> 15 de octubre</p><p>Terminación <b>5:</b> 31 de octubre</p><p>Terminación <b>6:</b> 15 de noviembre</p><p>Terminación <b>7:</b> 30 de noviembre</p><p>Terminación <b>8:</b> 15 de diciembre</p><p>Terminación <b>9:</b> 31 de diciembre</p><p>La medida aplica únicamente a <b>líneas de prepago</b>. Las líneas de pospago o plan de renta ya quedaron registradas a nombre del titular al firmar el contrato, por lo que sus usuarios no deben repetir el trámite.</p><p>Los operadores incluidos son <b>Telcel</b>, <b>AT&amp;T</b>, <b>Movistar</b>, <b>Bait</b>, <b>CFE</b> y <b>OXXO CEL</b>, entre otros proveedores móviles virtuales.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PGHUSZHDZRGRBBT7B6EZKDEWM4.png?auth=5be00369641ce47ec3134c9036559043c85a7ed5a280859be3f5998b0fdc8b69&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El portal oficial de consulta y acceso a los operadores es registratulinea.crt.gob.mx. La CRT también habilitó códigos QR en tiendas OXXO para acceder directamente al portal desde el punto de venta. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Cómo registrar la línea y qué evitar</h2><p>El trámite es gratuito y puede realizarse por el portal o la app oficial del operador, o de forma presencial en un centro de atención. Se requiere identificación oficial vigente y CURP; en algunos casos, el proceso en línea incluye fotografías del documento y una prueba de vida con la cámara del teléfono.</p><p>El portal oficial de consulta y acceso a los operadores es <b>registratulinea.crt.gob.mx</b>. La CRT también habilitó códigos QR en tiendas <b>OXXO</b> para acceder directamente al portal desde el punto de venta.</p><p><b>Los operadores no realizan llamadas para confirmar registros.</b> Cualquier contacto no solicitado que pida datos personales, NIP o pagos debe tratarse como un intento de fraude. Los reportes pueden hacerse al correo <b>denuncias@sat.gob.mx</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/KDL7KS2OPNGJXHICJN3CENLTCI.png?auth=e56285354531107fbb450c9d0c3c32eca1c4f67df6f727fb7de7776e21781bf5&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre con expresión de angustia observa la pantalla de su teléfono móvil que indica "Sin servicio" en un entorno doméstico. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[CCE considera exitosas las acciones de Sheinbaum para facilitar inversiones por 3 mil 500 mdd]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/cce-considera-exitosas-las-acciones-de-sheinbaum-para-facilitar-inversiones-por-3-mil-500-mdd/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/cce-considera-exitosas-las-acciones-de-sheinbaum-para-facilitar-inversiones-por-3-mil-500-mdd/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[El presidente del CCE, José Medina Mora, aseguró que pronto se darán a conocer en qué sectores se invertirán esos recursos ]]></description><pubDate>Sat, 15 Aug 2026 01:51:52 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4IJ6OWJ6JNGLXI3XFLZUWFNRLM.jpg?auth=a66b5d16de6582ac0d6c2d50129e444393cd97eafbe26071c2a65dc4979b1b99&smart=true&width=1929&height=1080" alt="José Medina Mora, dirigente del CCE, reconoció a Claudia Sheinbaum por destrabar inversiones. 
Crédito: X / @cceoficialmx" height="1080" width="1929"/><p><b>José Medina Mora Icaza</b>, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (<a href="https://infobae.com/mexico/2026/07/24/cce-emite-postura-tras-conclusion-de-tercera-ronda-bilateral-de-negociaciones-del-t-mec" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/07/24/cce-emite-postura-tras-conclusion-de-tercera-ronda-bilateral-de-negociaciones-del-t-mec"><b>CCE</b></a>) , dijo que las acciones para facilitar el flujo de <b>inversiones </b>en México impulsadas por la presidenta, Claudia Sheinbaum, han sido “exitosas”. </p><p>Este viernes, el líder empresarial destacó que el<b> </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/06/revision-del-t-mec-podria-quedar-definida-antes-de-diciembre-para-dar-certeza-a-inversiones-senala-la-concamin/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/06/revision-del-t-mec-podria-quedar-definida-antes-de-diciembre-para-dar-certeza-a-inversiones-senala-la-concamin/"><b>gobierno federal</b></a> ya autorizó inversiones por tres mil 500 millones de dólares, mismas que pronto serán anunciadas. </p><p>Tras sostener una reunión con<b> Altagracia Gómez Sierra,</b> coordinadora del Consejo Asesor para el Desarrollo Económico Regional y Relocalización (CADERR) y el embajador de México en Estados Unidos,<b> Roberto Lazzeri Montañ</b>o, Medida Mora aplaudió los avances significativos de los decretos anunciados el pasado 4 de mayo por Sheinbaum Pardo para dar certidumbre a las inversiones, como el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/28/fracking-en-mexico-sheinbaum-explica-retraso-en-estudio-sobre-gas-no-convencional-afirma-que-conclusiones-seran-satisfactorias/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/28/fracking-en-mexico-sheinbaum-explica-retraso-en-estudio-sobre-gas-no-convencional-afirma-que-conclusiones-seran-satisfactorias/"><b>Plan México</b></a><b>.</b></p><p><i>“Pronto tendremos un anuncio porque ya son más de tres mil 500 millones de dólares de inversiones autorizadas”,</i> reveló el líder empresarial ante medios de comunicación, tras participar en la reunión del <b>Consejo Nacional </b>del CCE.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QFLOK2RTRZAXHOOSPHF4JKR2L4.jpg?auth=f1f5a734f160486ca1d27a13ff16b397a53b614ec4ca6ad21a5ef9bd5dcd8e31&smart=true&width=1280&height=853" alt="El CCE también tuvo una reunión con el embajador de México en EEUU.
Crédito: X/ @cceoficialmx" height="853" width="1280"/><h2>Altagracia Gómez es puente de comunicación con los empresarios: José Medina Mora </h2><p>El líder empresarial también destacó el trabajo de Altagracia Gómez, al detallar que actúa como “un puente de comunicación del <b>sector empresarial </b>con el gobierno federal”.</p><p>Además, José Medina Mora señaló que el <b>comité de inversiones </b>de la actual administración, conformado por petición del sector empresarial, ha demostrado ser altamente efectivo. <i>“Ese comité de inversión ha sido muy exitoso, se reúne cada semana”</i>, dijo.</p><p>Medina Mora insistió en que “los proyectos que hemos enviado se resuelven rápidamente”. Subrayó que el enfoque del gobierno federal es <b>simplificar los trámites</b> y acelerar las respuestas ha sido fundamental.</p><p>Resaltó que la presidenta Sheinbaum Pardo “le ha dado prioridad de tal manera que se ha podido avanzar” y que las acciones para<b> disminuir trámites</b> y obtener respuestas más rápidas han sido claves.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SSBO25EMU5DHZGJQFQ2JJYDP7Y.jpg?auth=b516d6bbc47609ef824387539f5b841345889b66703d21072d9d7ab563f60957&smart=true&width=1280&height=853" alt="El líder del CCE, José Medina Mora, se mostró satisfecho por las inversiones en México.
Crédito: X/ @cceoficialmx" height="853" width="1280"/><p>También habló sobre los lineamientos hacia el Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) para que no frene los proyectos de inversión y, al mismo tiempo, continúe con su función <b>recaudatoria.</b></p><h2>Nuevas inversiones frenaran caída económica</h2><p>Por otro lado, el dirigente del CCE precisó que los esfuerzos para facilitar inversiones en el país han dado frutos, ya que, luego de un <b>primer trimestre de caída económica</b>, “a partir del segundo trimestre empieza a retomar el crecimiento, empieza a retomar también las inversiones”.</p><p>Mora Icaza aclaró que las inversiones autorizadas incluyen tanto <b>nacionales </b>como <b>extranjeras</b>, y que “todo lo que sea inversión lo estamos impulsando”.</p><p>Pese a que aún hay muchos proyectos en proceso de autorización, el presidente del CCE reconoció la apertura de las autoridades para facilitar la inversión, incluyendo la rápida respuesta de la <b>Secretaría de Economía </b>a las solicitudes de inversiones en generación de energía, “que como saben es como la punta de lanza”.</p><h2>Fracking es una oportunidad de inversión: Medina Mora </h2><p>Mientras organizaciones civiles, así como expertos y sociedad en general se oponen a esta práctica, el líder empresarial consideró que la apertura del gobierno federal para utilizar el <i><b>fracking</b></i> con <b>Pemex </b>es una oportunidad de inversión para el sector privado.</p><p>Lo anterior, porque “la tecnología ha avanzado” y el comité de revisión ha recomendado tener especial cuidado con el <b>medio ambiente</b>. Bueno, para los empresarios, siempre será más importante multiplicar sus ganancias.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4PCKWEAO5VGW5IWS5JCT64US6Q.jpg?auth=641f4f629f92aa09b91d49ad2a2ade74c904028555df2889242029dda00a1479&smart=true&width=1280&height=853" alt="El CCE no le hace el feo al fracking y lo ve como una oportunidad de inversión en México.
Crédito: X/ @cceoficialmx" height="853" width="1280"/><p><i>“Hoy la </i><i><b>tecnología </b></i><i>para hacer este tipo de exploración contempla el cuidado del medio ambiente y la reparación de tal manera que no haya un efecto secundario”,</i> indicó Medina Mora, al tiempo que subrayó que estos<b> recursos energéticos </b>son importantes para que “<b>México </b>pueda competir y tener ventajas competitivas como país”.</p><p>Mientras la<b> economía mexicana </b>sigue de capa de caída, el dirigente del CCE reconoció las acciones de Claudia Sheinbaum para facilitar inversiones por tres mil 500 millones de pesos. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/4IJ6OWJ6JNGLXI3XFLZUWFNRLM.jpg?auth=a66b5d16de6582ac0d6c2d50129e444393cd97eafbe26071c2a65dc4979b1b99&amp;smart=true&amp;width=1929&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1929"><media:description type="plain"><![CDATA[José Medina Mora, dirigente del CCE, reconoció a Claudia Sheinbaum por destrabar inversiones. 
Crédito: X / @cceoficialmx]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT habilita opción para dar de alta RFC desde casa: cómo realizar y cuáles son los requisitos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/12/sat-habilita-opcion-para-dar-de-alta-rfc-desde-casa-como-realizar-y-cuales-son-los-requisitos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/12/sat-habilita-opcion-para-dar-de-alta-rfc-desde-casa-como-realizar-y-cuales-son-los-requisitos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La opción por llamada en video está disponible para tres perfiles específicos, mientras menores de edad, empresas, extranjeros sin CURP y registros suspendidos deben seguir otra vía]]></description><pubDate>Wed, 12 Aug 2026 18:03:14 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3SQCPXY3GVBYZD5KAERCMQQAYM.jpg?auth=35e492f0c3514ce747fdf173181c741c21f810435b3c90935afa44446911f17d&smart=true&width=1456&height=816" alt="El trámite es gratuito. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que cualquier cobro por gestionar una cita o agilizar el proceso debe denunciarse al correo denuncias@sat.gob.mx. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p><b>El SAT</b> habilitó su <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2022/09/29/sat-que-es-la-oficina-virtual-y-que-servicios-ofrece/" rel="noopener noreferrer"><b>Oficina Virtual</b></a> para que personas físicas tramiten su inscripción al <b>Registro Federal de Contribuyentes</b> por videollamada, sin necesidad de acudir a ningún módulo presencial. El servicio está disponible para <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/08/04/5-mil-mexicanos-han-sacado-su-rfc-desde-el-extranjero-segun-el-sat/" rel="noopener noreferrer">mexicanos residentes en el extranjero</a> y para quienes perciben ingresos por salarios o no tienen obligaciones fiscales pendientes.</p><p>El trámite es gratuito. El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> advirtió que cualquier cobro por gestionar una cita o agilizar el proceso debe denunciarse al correo denuncias@sat.gob.mx.</p><h2>A quiénes va dirigido y quiénes no pueden usarlo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FSEPIATP7JBPXLFHGIYDO4SIHY.png?auth=1c10f60e39176f975f900865b29fd676457148cbbdd8029733ff3fdd2ea2bdf2&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Quedan excluidos de esta modalidad los menores de 18 años —que deben acudir de forma presencial con un tutor (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La Oficina Virtual atiende tres perfiles: <a href="https://www.infobae.com/mexico/2024/05/22/mexicanos-en-el-extranjero-podran-dar-de-alta-su-rfc-gracias-a-un-convenio-entre-el-sat-y-sre/" rel="noopener noreferrer">mexicanos que viven fuera del país</a>, personas físicas con ingresos por salarios y personas físicas sin obligaciones fiscales activas.</p><p>Quedan excluidos de esta modalidad los menores de 18 años —que deben acudir de forma presencial con un tutor—, las personas morales, los extranjeros sin CURP asignada y quienes tengan el RFC suspendido o cancelado por el SAT.</p><h2>Documentos que se necesitan antes de agendar</h2><p>Son tres los requisitos documentales para acceder al servicio:</p><p>Identificación oficial vigente.</p><p>Comprobante de domicilio, únicamente si la dirección no aparece en la identificación.</p><p><b>Formato de Inscripción al RFC por Oficina Virtual (FOV-I)</b>, llenado y firmado con anterioridad a la cita.</p><p>Los archivos deben enviarse a color, en formato PDF, con buena legibilidad y sin superar los 4 megabytes por documento.</p><h2>Cómo agendar la videollamada: cinco pasos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GNEO2ASHMFE6DDM3OXKU75CVTA.jpg?auth=82ded8a13b6c5b87f6ca7330006253eb35606fdf3ae0c0190cd7ba8c050c7738&smart=true&width=1456&height=816" alt="Las citas se liberan de forma constante en la plataforma. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El procedimiento completo se realiza desde el portal oficial del SAT y consta de cinco etapas:</p><p>1. Ingresar a citas.sat.gob.mx y seleccionar <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2022/06/06/sat-como-tramitar-el-rfc-por-primera-vez-y-cuales-son-los-requisitos/" rel="noopener noreferrer">“Inscripción al padrón de contribuyentes Personas Físicas”</a>.</p><p>2. Recibir el acuse de confirmación en el correo electrónico registrado.</p><p>3. Enviar la documentación antes de la cita desde el apartado “Consultar / Gestionar”, o bien al correo oficina.virtual@sat.gob.mx.</p><p>4. Conectarse a la videollamada en la fecha y hora indicadas, siguiendo las instrucciones del correo de confirmación.</p><p>5. Durante la sesión, personal del SAT valida la identidad del solicitante y revisa la documentación hasta concluir la inscripción.</p><p>Las citas se liberan de forma constante en la plataforma.</p><h2>Sin aplicaciones adicionales y con horario del Centro de México</h2><p>Desde julio de 2025, la plataforma permite ingresar a la videollamada directamente desde el enlace recibido por correo, sin necesidad de descargar aplicaciones de terceros en computadora o teléfono celular.</p><p>El SAT precisó que <b>los horarios publicados al momento de agendar corresponden al Tiempo del Centro de México</b>, por lo que los usuarios de otras entidades con distinto huso horario deben considerar la diferencia antes de confirmar su cita.</p><h2>La Oficina Virtual también corrige la CURP vinculada al RFC</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NZQCAU76TNEZZNMDI3XJR3Y3XY.png?auth=034d370a7bfc9142121f798dba072a4286cb39b511661d1c5e73a1c7a445e8f5&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Si la documentación está completa, el SAT entrega de inmediato el Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal y la Constancia de Situación Fiscal corregida. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La misma plataforma permite tramitar la corrección o incorporación de la CURP al RFC cuando el dato es incorrecto, está desactualizado o no aparece registrado. Este procedimiento corresponde al <b>trámite 36/CFF</b>, denominado “Aviso de corrección o cambio de nombre y demás datos de identidad”.</p><p>Para este caso, los requisitos adicionales son: identificación oficial digitalizada por ambos lados y el formato de solicitud 36/CFF llenado y firmado, con la CURP anterior que contiene el error y la fecha exacta de la cita.</p><p>Si la documentación está completa, el SAT entrega de inmediato el Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal y la Constancia de Situación Fiscal corregida.</p><h2>Otros trámites que resuelve la Oficina Virtual</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6HUNXOSONJDTXCN3OUR2ACSUL4.png?auth=8940e319225cc0d9ec8f2bc2ecbd31f5c74f6307579fb7bbb9729f985d577c93&smart=true&width=1408&height=768" alt="Quienes ya cuenten con RFC pueden usar la Oficina Virtual para actualizar datos del registro, como cambios en el régimen fiscal o en la actividad económica declarada, siempre que dispongan de contraseña o e.firma vigente. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La plataforma no se limita a la inscripción al RFC. A través de la misma modalidad de videollamada, el SAT también ofrece <b>orientación fiscal</b> a contribuyentes que tengan dudas sobre sus obligaciones, regímenes o situación ante el fisco, sin necesidad de cita presencial.</p><p>Quienes ya cuenten con RFC pueden usar la Oficina Virtual para actualizar datos del registro, como cambios en el régimen fiscal o en la actividad económica declarada, siempre que dispongan de contraseña o e.firma vigente.</p><p>La corrección de nombre, apellidos o fecha de nacimiento vinculados al RFC también se gestiona por esta vía, bajo el mismo esquema del trámite 36/CFF ya descrito. En todos los casos, el acceso se realiza desde el enlace enviado por correo, sin descargar aplicaciones.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3SQCPXY3GVBYZD5KAERCMQQAYM.jpg?auth=35e492f0c3514ce747fdf173181c741c21f810435b3c90935afa44446911f17d&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT ofrece hasta 100% de descuento en multas y recargos: requisitos y cómo solicitar ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/el-sat-ofrece-hasta-100-de-descuento-en-multas-y-recargos-requisitos-y-como-solicitar/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/el-sat-ofrece-hasta-100-de-descuento-en-multas-y-recargos-requisitos-y-como-solicitar/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La regularización fiscal sigue disponible este 2026 para bajar multas, recargos y gastos de ejecución, con opción de pagar en una sola exhibición o en seis parcialidades y fechas límite distintas]]></description><pubDate>Tue, 11 Aug 2026 19:21:55 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/E5MERJVOKNFNVH3U3NG7VOMRIA.png?auth=baaddcdf19dc2171601a3418d492a92a213080a07e76b35340895ba5570dcf3a&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El programa está activo desde el 1 de enero de 2026 y busca que los contribuyentes corrijan su situación fiscal con una carga financiera menor derivada de sanciones acumuladas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/">El Servicio de Administración Tributaria</a> (SAT) mantiene vigente el Programa de Regularización Fiscal 2026, que ofrece descuentos de hasta 100% en multas, recargos y gastos de ejecución a personas físicas y empresas con adeudos fiscales pendientes. La solicitud puede presentarse hasta el <b>31 de octubre de 2026</b>.</p><p>El programa está activo desde el 1 de enero de 2026 y busca que los contribuyentes corrijan su situación fiscal con una carga financiera menor derivada de sanciones acumuladas.</p><h2>Qué beneficios ofrece el programa</h2><p>El SAT condona hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. Además, permite cubrir el adeudo en una sola exhibición o mediante <b>hasta seis parcialidades</b>, con la condición de que el último pago se realice a más tardar el 30 de noviembre de 2026.</p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/01/15/sat-anuncia-ayuda-a-pequenos-contribuyentes-eliminara-100-de-multas-y-recargos-en-estos-casos/" rel="noopener noreferrer">El beneficio no elimina el impuesto principal adeudado</a>, sino los accesorios: las sanciones y los cargos adicionales que se acumulan sobre la deuda original.</p><h2>Quiénes pueden solicitarlo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El esquema contempla adeudos generados en 2024 o ejercicios anteriores (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Pueden acceder al programa las <b>personas físicas y morales</b> cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal 2024 no hayan superado los <b>300 millones de pesos</b>. El requisito aplica tanto para quienes tienen créditos fiscales ya determinados por la autoridad como para quienes desean corregir su situación de forma voluntaria.</p><p>También pueden incorporarse contribuyentes sujetos a facultades de comprobación o que cuenten con créditos fiscales firmes determinados por el SAT o por la <b>Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM)</b>.</p><h2>Qué adeudos cubre</h2><p>El esquema contempla adeudos generados en 2024 o ejercicios anteriores. Incluye contribuciones federales propias, retenidas o trasladadas; aprovechamientos; cuotas compensatorias; recargos; gastos de ejecución; y multas por infracciones fiscales, aduaneras o de comercio exterior.</p><p>También abarca sanciones por incumplimiento de obligaciones fiscales distintas al pago.</p><h2>Plazos para presentar la solicitud</h2><p>Los contribuyentes con <b>créditos fiscales determinados</b> por la autoridad tienen hasta el <b>31 de octubre de 2026</b> para presentar su solicitud. Quienes no cuenten con créditos fiscales determinados disponen de un plazo extendido hasta el <b>31 de diciembre de 2026</b>.</p><p>En ambos casos, el pago en parcialidades debe quedar saldado a más tardar el 30 de noviembre.</p><h2>Cómo solicitar el beneficio ante el SAT</h2><p>El trámite puede realizarse por dos vías. En línea, el contribuyente debe ingresar a <b>sat.gob.mx</b>, acceder a Mi Portal con su RFC y contraseña, y enviar un escrito libre con la solicitud de adhesión.</p><p>De forma presencial, puede acudir a la oficina desconcentrada del SAT correspondiente a su domicilio para recibir orientación y apoyo en el proceso. El SAT recomienda verificar previamente que los adeudos estén registrados y definir la modalidad de pago antes de iniciar el trámite.</p><h2>Resultados del programa hasta agosto de 2026</h2><p>Al corte más reciente, el Programa de Regularización Fiscal 2026 ha aportado <b>6,436 millones de pesos</b> al erario. Un total de <b>38,399 contribuyentes</b> se han beneficiado: <b>11,404 empresas</b> y <b>26,995 personas físicas</b>.</p><h2>Qué se condona exactamente y qué no</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt=" El SAT precisó que quedan fuera quienes ya recibieron condonación en programas generalizados anteriores, quienes tengan sentencia firme por delito fiscal, y quienes figuren en los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El beneficio no es uniforme en todos los casos. Según el <b>comunicado oficial 51/2026</b> del SAT publicado en gob.mx/sat, la condonación llega al <b>100%</b> en multas, recargos y gastos de ejecución cuando se trata de adeudos firmes.</p><p>Para multas derivadas exclusivamente de incumplimientos formales —es decir, obligaciones distintas al pago de un monto adeudado—, el porcentaje de condonación baja a <b>90%</b>.</p><h2>Quiénes quedan excluidos del programa</h2><p>No todos los contribuyentes con adeudos pueden acceder al beneficio. El SAT precisó que quedan fuera quienes ya recibieron condonación en programas generalizados anteriores, quienes tengan <b>sentencia firme por delito fiscal</b>, y quienes figuren en los listados definitivos de los <b>artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación</b>, relativos a operaciones simuladas.</p><p>La autoridad recomienda revisar el historial fiscal antes de iniciar cualquier trámite.</p><h2>Paso a paso para solicitar la regularización</h2><p>El SAT estableció el siguiente procedimiento para adherirse al programa:</p><p><b>1. Verifica tu situación fiscal.</b> Revisa en tu buzón tributario o en el portal sat.gob.mx si tienes créditos fiscales firmes susceptibles de regularizarse. Este paso es previo a cualquier trámite.</p><p><b>2. Identifica tu escenario.</b> Define si tu adeudo ya fue determinado por la autoridad o si deseas corregir tu situación de forma voluntaria. El canal y los plazos pueden variar según el caso.</p><p><b>3. Elige la vía de solicitud.</b> Puedes hacerlo en línea desde sat.gob.mx —ingresando a Mi Portal con tu RFC y contraseña para enviar un escrito libre— o de forma presencial en la oficina desconcentrada del SAT más cercana a tu domicilio.</p><p><b>4. Presenta la solicitud antes del plazo.</b> La fecha límite es el <b>31 de octubre de 2026</b> para contribuyentes con créditos fiscales determinados, y el <b>31 de diciembre de 2026</b> para quienes corrijan su situación de forma voluntaria.</p><p><b>5. Espera la respuesta de la autoridad.</b> Al presentar la solicitud, el procedimiento administrativo de ejecución queda <b>suspendido de forma automática</b>, sin necesidad de garantizar el interés fiscal.</p><p><b>6. Realiza el pago.</b> Una vez aprobada la solicitud, cubre el adeudo en una sola exhibición o en <b>hasta seis parcialidades</b>. El último pago debe liquidarse a más tardar el <b>30 de noviembre de 2026</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/E5MERJVOKNFNVH3U3NG7VOMRIA.png?auth=baaddcdf19dc2171601a3418d492a92a213080a07e76b35340895ba5570dcf3a&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una funcionaria del Servicio de Administración Tributaria (SAT) orienta a una contribuyente sobre trámites y documentos en las oficinas de la institución. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La prórroga del impuesto de circulación en Guatemala extiende el pago sin recargos hasta diciembre de 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/08/11/la-prorroga-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-extiende-el-pago-sin-recargos-hasta-diciembre-de-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/08/11/la-prorroga-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-extiende-el-pago-sin-recargos-hasta-diciembre-de-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Sayda Galicia]]></dc:creator><description><![CDATA[La disposición quedó oficializada en el Decreto 19-2026, firmado por Bernardo Arévalo y su gabinete, tras un solo debate con tres votos en contra y 27 ausencias]]></description><pubDate>Tue, 11 Aug 2026 18:57:10 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/S26XCUWDURBAXI37C3ETNMNAZU.png?auth=f13def41d20b1d855b3f1d38cb2f3b55662ea41f950bef1b0a2ae6dce13a23fd&smart=true&width=1408&height=768" alt="Una calcomanía oficial en el parabrisas de un vehículo indica la prórroga del impuesto de circulación en Guatemala hasta el año 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La prórroga del <b>Impuesto</b> sobre <b>Circulación</b> de <b>Vehículos</b> en <b>Guatemala</b> ya está vigente y extiende hasta el último día hábil de diciembre de 2026 el plazo para pagar el tributo sin recargos, una medida que busca dar margen a los propietarios que no cumplieron antes del 31 de julio y aliviar el impacto económico que, según los diputados, han causado el alza de los combustibles y de la canasta básica.</p><p>La ampliación beneficia a la porción de contribuyentes que seguía pendiente del trámite. Hasta el 3 de agosto, la información de comunicación social de la <b>SAT</b> registraba <b>5,37 millones</b> de vehículos con el impuesto pagado, equivalentes al <b>81%</b> del parque sujeto al cobro, mientras <b>1,40 millones</b> seguían en mora, un <b>19%</b> del total.</p><p>La norma fue oficializada con la publicación del Decreto 19-2026 en el <i>Diario de Centro América</i> y entra en vigor el 12 de agosto. El texto establece que las multas, moras e intereses por falta de pago quedan exonerados desde el 1 de agosto hasta la entrada en vigencia de la ley temporal.</p><p>El cambio responde a una decisión del Congreso de la República, que aprobó la medida de urgencia nacional en un solo debate. El decreto recibió 130 votos a favor, tres en contra y registró 27 ausencias.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SWFFH34WGNBMZCN6SR4LHNAXTM.png?auth=e8faa8e3aa1839aaf2a7e06cdc8ce8d6b5408c8a01c774072b8d35b92a6327fa&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un decreto del Congreso de la República de Guatemala muestra la extensión del plazo para el pago del impuesto sobre circulación de vehículos terrestres. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>La prórroga permite pagar hasta diciembre sin multas ni intereses</h2><p>La disposición responde de forma directa a la situación de quienes no pagaron dentro del plazo ordinario: podrán regularizar el ISCV hasta diciembre de 2026 sin que se les cobren los recargos generados por el atraso durante el período cubierto por la ley. Después de esa fecha volverán a aplicarse las disposiciones y recargos previstos en la legislación tributaria.</p><p>El presidente <b>Bernardo Arévalo</b>, el ministro de Finanzas Públicas Jonathan Menkos y el secretario general de la Presidencia Juan Gerardo Guerrero firmaron el decreto aprobado por el Congreso el 29 de julio. La ley temporal autoriza la extensión del plazo para el ejercicio fiscal 2026 y mantiene abierta la posibilidad de pago durante varios meses adicionales.</p><p>La ampliación permite que los contribuyentes pendientes realicen el pago cuando dispongan de recursos más adelante en el año, incluido el período de aguinaldo, una de las razones mencionadas por los diputados para justificar la medida.</p><p>Para completar el trámite, los propietarios deben ingresar al portal de la <b>Superintendencia de Administración Tributaria</b>, verificar el monto correspondiente y efectuar el pago. Una vez hecho, podrán actualizar la tarjeta de circulación, documento vinculado al cumplimiento anual de esta obligación.</p><h2>El impuesto de circulación sostiene una meta de Q. 1.495,13 millones</h2><p>Los datos de recaudación muestran el peso fiscal del tributo. Hasta la fecha consignada por la SAT, el cobro acumulado ascendía a Q. 1.271,47 millones, equivalente al <b>85%</b> de la meta fijada para 2026, que es de Q. 1.495,13 millones.</p><p>El universo de vehículos registrados asciende a 6.674.731 unidades. De ese total, 3.401.187 son motocicletas, 2.844.187 corresponden a vehículos particulares y 429.379 a vehículos comerciales; además, se reportan 110 mil vehículos inactivos.</p><p>La publicación también precisa que la tarjeta de circulación y la calcomanía correspondientes a 2025 mantendrán su validez hasta el 31 de diciembre de 2026 como efecto de la ampliación. Aun así, sigue siendo obligatorio para conductores de vehículos y motocicletas portar licencia de conducir, tarjeta de circulación y calcomanía.</p><p>La entrada en vigor de la prórroga también modifica los controles en la vía pública. El Departamento de Tránsito de la <b>Policía Nacional Civil</b> no verificará el pago del impuesto durante los operativos ni impondrá sanciones por ese incumplimiento, mientras la Policía Municipal de Tránsito indicó que no realizará operativos relacionados con esa verificación hasta 2027.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/4KJIZ6P5JJDCNHRW2XNTRCZW74.png?auth=6d7f4645c395e448a47ce9ffa2936c3272906cacaec9d7ddb81aa65e8fae809b&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Un residente de Guatemala sostiene un letrero que anuncia la prórroga del impuesto de circulación, que permite el pago sin recargos hasta diciembre de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Auditorías sorpresa con cámaras: el nuevo operativo del SAT]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/07/auditorias-sorpresa-con-camaras-el-nuevo-operativo-del-sat/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/07/auditorias-sorpresa-con-camaras-el-nuevo-operativo-del-sat/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Plan Maestro de Fiscalización 2026 incorpora fotos, audio y video dentro de revisiones formalmente iniciadas para comprobar materialidad de operaciones y existencia de bienes o servicios, con procedimientos regulados por ley]]></description><pubDate>Fri, 07 Aug 2026 16:52:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LCJ6P3LGVRCSPAACSX6N57V4BE.png?auth=effd3bcf3fe178f3b2eb33b91199ed41de275f6cb7e6c616e0ab86aaad8fb20b&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La idea de que inspectores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) recorrerán colonias enteras realizando revisiones sorpresa o tocando puertas al azar es falsa. Las autoridades fiscales aclararon que no existen operativos masivos de ese tipo ni programas de inspección indiscriminada. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El SAT</b> implementa <b>cámaras y grabaciones</b> en auditorías formales para verificar que las operaciones fiscales de empresas y contribuyentes sean reales, en el marco de su nuevo <b>Plan Maestro de Fiscalización 2026</b>, que combina tecnología, cruce de datos y alertas electrónicas para detectar irregularidades con mayor precisión.</p><p>La idea de que inspectores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion" rel="noopener noreferrer">recorrerán colonias enteras</a> realizando revisiones sorpresa o tocando<b> puertas al azar es falsa. </b>Las autoridades fiscales aclararon que no existen operativos masivos de ese tipo ni programas de inspección indiscriminada. Especialistas fiscales coinciden en que los rumores difundidos en redes sociales exageran el alcance real del plan.</p><h2>Qué es la “Fiscalización Inteligente” del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ROWIN4Q2AFEIPGHGGPWE2V34AI.png?auth=af5116b738944a25c5df05f0653f834ac2c6383186d27a57eba4f70999054918&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Uno de los cambios centrales para 2026 es el concepto de “materialidad”: el SAT ya no se limitará a revisar facturas electrónicas o documentación administrativa. Ahora buscará verificar que los bienes o servicios facturados realmente existieron y fueron prestados. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Lo que sí está ocurriendo es una transformación en la manera en que el SAT realiza sus auditorías. Bajo el modelo denominado “Fiscalización Inteligente”, la autoridad aprovecha herramientas de análisis de datos, automatización y tecnología digital para detectar posibles irregularidades con mayor precisión y rapidez.</p><p>Uno de los cambios centrales para 2026 es el concepto de “materialidad”: el SAT ya no se limitará a revisar facturas electrónicas o documentación administrativa. Ahora buscará verificar que los bienes o servicios facturados realmente existieron y fueron prestados.</p><p>No bastará con contar con un <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/29/sat-implementara-una-nueva-visita-domiciliaria-a-partir-de-este-2026" rel="noopener noreferrer">Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)</a> emitido correctamente. Una empresa deberá acreditar que cuenta con instalaciones, personal, maquinaria, inventarios o cualquier otro elemento relacionado con la actividad económica que reporta ante el fisco.</p><h2>Cámaras corporales y grabaciones dentro de las auditorías</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GFXEENF63FHA7LZRZCQHKIK3VY.png?auth=6672afd5798176cc9a19543e3c31685176560b2d3595f7bbf7519410869b5601&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El objetivo es generar evidencia que permita corroborar la existencia de bienes, instalaciones o actividades económicas relacionadas con las operaciones revisadas (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Las nuevas facultades permiten que, dentro de una auditoría formalmente iniciada, los verificadores documenten las diligencias mediante fotografías, grabaciones de audio y video, incluyendo dispositivos similares a cámaras corporales o de solapa.</p><p>El objetivo es generar evidencia que permita corroborar la existencia de bienes, instalaciones o actividades económicas relacionadas con las operaciones revisadas. Estas herramientas no representan una autorización para ingresar libremente a cualquier domicilio: forman parte de procedimientos fiscales regulados por la ley.</p><h2>Alertas por Buzón Tributario y plazos de respuesta</h2><p>La estrategia también contempla una mayor automatización de los procesos. Mediante el cruce de bases de datos, el SAT podrá detectar inconsistencias y emitir alertas electrónicas a través del <b>Buzón Tributario</b>, sin necesidad de iniciar auditorías extensas.</p><p>Cuando se detecte una discrepancia relevante, los contribuyentes podrían recibir requerimientos con plazos de entre 15 y 20 días para presentar documentación y aclarar su situación.</p><h2>El combate a las facturas falsas, prioridad del plan</h2><p>Uno de los principales objetivos del Plan Maestro de Fiscalización 2026 es combatir las llamadas “factureras”: empresas que simulan operaciones para emitir comprobantes fiscales sin respaldo real.</p><p>La autoridad pondrá especial atención en las cadenas de proveedores y clientes vinculados con ese tipo de esquemas. Si un contribuyente realizó operaciones con empresas identificadas como emisoras de facturas falsas, podría ser requerido para demostrar la autenticidad de las transacciones.</p><p>En determinados casos, el SAT podrá solicitar correcciones, imponer sanciones administrativas o iniciar procedimientos más graves cuando existan elementos que apunten a una posible simulación de operaciones.</p><h2>Quiénes tienen más probabilidades de ser auditados</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Expertos recomiendan conservar contratos, comprobantes de pago, estados de cuenta y cualquier documento que respalde las actividades económicas realizadas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Las auditorías estarán dirigidas principalmente a <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/07/quienes-recibiran-auditorias-del-sat-este-2026" rel="noopener noreferrer">contribuyentes que presenten señales de riesgo</a>: discrepancias entre ingresos y gastos, operaciones con empresas cuestionadas, deducciones inusuales, devoluciones improcedentes o movimientos financieros inconsistentes con lo declarado.</p><p>Expertos recomiendan conservar contratos, comprobantes de pago, estados de cuenta y cualquier documento que respalde las actividades económicas realizadas.</p><h2>Qué hacer si el SAT llega a tu domicilio</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6QFKBILNDREX3BFL44G2TKIIKQ.png?auth=53535f68466ed29f4f28f6ca63860802eeae24049f5442606e8b05041523ece5&smart=true&width=1408&height=768" alt="Una vez verificada la orden, el contribuyente debe solicitar la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado y designar dos testigos para la diligencia.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Lo primero es <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/visita-expres-del-sat-lo-que-debes-saber-en-caso-de-recibir-una-inspeccion-en-tu-domicilio-o-negocio" rel="noopener noreferrer">no obstruir la visita</a>, pero tampoco entregar documentos sin condiciones. Antes de cualquier otra acción, el contribuyente tiene derecho a exigir la identificación oficial de todos los visitadores y revisar la <b>orden de visita</b>, que debe estar fundada y motivada: si no señala los preceptos legales aplicables ni las razones específicas de la revisión, el acceso no es obligatorio, según el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.</p><p>Una vez verificada la orden, el contribuyente debe solicitar la <b>Carta de Derechos del Contribuyente Auditado</b> y designar dos testigos para la diligencia. Llamar de inmediato a un asesor fiscal o contador, antes de proporcionar cualquier información, es el siguiente paso.</p><p>Durante el procedimiento, no se deben ceder documentos sin que se levante un inventario previo. Conserva copia de todo lo que se solicite o exhiba, y lleva un registro escrito de lo ocurrido. Si el contribuyente o su representante legal no se encuentran en el domicilio al momento de la inspección, los visitadores dejarán un citatorio oficial para regresar al siguiente día hábil, conforme a la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado.</p><p>Las visitas se practican en días y horas hábiles, entre las 7:30 y las 18:00 horas. En casos excepcionales —o en materia de comercio exterior— la ley permite habilitar horarios extraordinarios durante las 24 horas, los 365 días del año..</p><p>Por último, si alguien solicita dinero para agilizar una cita o el proceso, se trata de un fraude: todos los trámites del SAT son gratuitos. Las denuncias pueden presentarse al correo <b>denuncias@sat.gob.mx</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LCJ6P3LGVRCSPAACSX6N57V4BE.png?auth=effd3bcf3fe178f3b2eb33b91199ed41de275f6cb7e6c616e0ab86aaad8fb20b&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[La idea de que inspectores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) recorrerán colonias enteras realizando revisiones sorpresa o tocando puertas al azar es falsa. Las autoridades fiscales aclararon que no existen operativos masivos de ese tipo ni programas de inspección indiscriminada. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Samuel García niega triangulación de recursos y acusa a diputados de armar un “refrito” político]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/06/samuel-garcia-niega-triangulacion-de-recursos-y-acusa-a-diputados-de-armar-un-refrito-politico/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/06/samuel-garcia-niega-triangulacion-de-recursos-y-acusa-a-diputados-de-armar-un-refrito-politico/</guid><dc:creator><![CDATA[Itzallana López Castillo]]></dc:creator><description><![CDATA[El gobernador se declaró “incorruptible” ante acusaciones de triangulación de recursos y acusó a diputados de impulsar un juicio político sin pruebas]]></description><pubDate>Thu, 06 Aug 2026 19:11:49 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>El gobernador de Nuevo León, <b>Samuel García</b>, rechazó este jueves las acusaciones sobre una presunta <b>triangulación de recursos públicos</b> en su contra, luego de que el diario <i>El Norte</i> publicara en portada la nota “Congreso avala revisar triangulaciones de Samuel”. A través de un video difundido en sus redes sociales, el mandatario se declaró <b>“incorruptible”</b> y afirmó estar dispuesto a ser investigado por las autoridades competentes.</p><p>“Estoy abierto a que me investiguen. No solo eso, ya fui investigado”, señaló García, quien acusó a diputados locales de promover un <b>juicio político</b> basado, según él, en señalamientos que calificó como <b>“refritos”</b>, es decir, procesos que —de acuerdo con su versión— ya habrían sido resueltos por otras vías legales.</p><h2>El origen del señalamiento, según el gobernador</h2><p>De acuerdo con lo expuesto por García en el video, el caso al que se refirió tendría su origen en el <b>proceso electoral de 2024</b>, cuando las diputadas <b>Gabriela Govea</b> (PRI) e <b>Itzel Castillo</b> (PAN) presentaron una denuncia por un presunto acto de corrupción relacionado con el pago de un proveedor a la firma jurídica de su familia.</p><p>El mandatario aseguró, mostrando documentos durante la transmisión, que en agosto de 2025 se le notificó como denunciado y que la <b>Fiscalía de Nuevo León</b> habría determinado el <b>no ejercicio de la acción penal</b>, al concluir que no existía daño patrimonial. Según su versión:</p><ul><li>Los pagos corresponderían a servicios jurídicos derivados de una <b>auditoría de 2015</b>, previa a su ingreso a la política en agosto de ese año.</li><li>El <b>Gobierno de Puebla</b>, entidad donde el contribuyente en cuestión tiene su domicilio fiscal, habría concluido que los pagos fueron correctos.</li><li>El <b>SAT</b> habría aclarado favorablemente la situación fiscal de la firma.</li><li>La <b>Auditoría Superior de la Federación</b> no habría emitido observaciones sobre estos pagos correspondientes al ejercicio 2022.</li></ul><p>Hasta el momento, estas afirmaciones corresponden a lo declarado por el propio gobernador en el video; no se ha tenido acceso independiente a los documentos oficiales que confirmen cada uno de estos puntos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5UW5OERAVRDIXNFDPRVCO6Q6KU.png?auth=4fd01cfde1db71f9eb8a2039119e462447b11672843c8d03c2f1229c171a0607&smart=true&width=3600&height=2025" alt="La Comisión Anticorrupción abrió el procedimiento en junio de 2026 tras una denuncia de Anabel Alcocer, dirigente estatal de Morena, y el caso corre en paralelo a una querella ante la FGR sin resolución" height="2025" width="3600"/><h2>Contexto: el juicio político en curso</h2><p>Cabe señalar que, de acuerdo con información previamente difundida por el Congreso de Nuevo León, existe un <b>procedimiento de juicio político distinto</b> —iniciado en junio de 2026 por la Comisión Anticorrupción a partir de una denuncia de la dirigente estatal de Morena, Anabel Alcocer— que investiga una presunta triangulación de recursos por <b>cerca de mil millones de pesos</b> hacia despachos vinculados con familiares del gobernador. Ese proceso, así como una denuncia paralela ante la <b>Fiscalía General de la República</b>, continúa su curso y <b>no cuenta hasta ahora con una resolución definitiva</b>.</p><h2>Llamado a los diputados</h2><p>García cerró su mensaje pidiendo al Congreso local <b>“dejar de perder el tiempo”</b> y enfocarse en la discusión del <b>presupuesto 2027</b>, al señalar que los legisladores no habrían aprobado leyes relevantes en los últimos cinco años. El gobernador insistió en que, a su juicio, se trata de un caso ya resuelto —“<b>cosa juzgada</b>”, en sus palabras— y adelantó que continuará dando seguimiento público al tema.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5UW5OERAVRDIXNFDPRVCO6Q6KU.png?auth=4fd01cfde1db71f9eb8a2039119e462447b11672843c8d03c2f1229c171a0607&amp;smart=true&amp;width=3600&amp;height=2025" type="image/png" height="2025" width="3600"><media:description type="plain"><![CDATA[La Comisión Anticorrupción abrió el procedimiento en junio de 2026 tras una denuncia de Anabel Alcocer, dirigente estatal de Morena, y el caso corre en paralelo a una querella ante la FGR sin resolución]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT agosto 2026: quiénes recibirán visitas domiciliarias y en qué módulos hay citas presenciales]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/03/sat-agosto-2026-quienes-recibiran-visitas-domiciliarias-y-en-que-modulos-hay-citas-presenciales/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/03/sat-agosto-2026-quienes-recibiran-visitas-domiciliarias-y-en-que-modulos-hay-citas-presenciales/</guid><dc:creator><![CDATA[Merary Nuñez]]></dc:creator><description><![CDATA[El semáforo nacional de espera marca 1 a 10 días hábiles en la mayoría de oficinas, mientras que un 20% registra nivel medio y un 6% concentra la demanda más alta]]></description><pubDate>Mon, 03 Aug 2026 20:05:39 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/29/sat-implementara-una-nueva-visita-domiciliaria-a-partir-de-este-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/29/sat-implementara-una-nueva-visita-domiciliaria-a-partir-de-este-2026/">Servicio de Administración Tributaria (SAT) </a>lleva a cabo visitas domiciliarias conforme a la <b>Carta de Derechos del Contribuyente Auditado </b>y cuando identifica que un contribuyente <b>pudo emitir CFDI por operaciones inexistentes</b> o <b>sin respaldo rea</b>l. Estas visitas constituyen una fiscalización directa en el <b>domicilio fiscal o en el lugar indicado por el contribuyente</b>. El fin es comprobar el cumplimiento de obligaciones <b>fiscales y aduaneras</b>.</p><p>El procedimiento también permite verificar la<b> legalidad de ciertas operaciones</b>, <b>atender consultas sobre devoluciones fiscales</b> o revisar si los <b>asesores fiscales</b> informaron sus esquemas reportables. Cuando se trata de mercancía <b>extranjera</b>, la inspección busca confirmar que su posesión o importación sea legal.</p><p><b>Si el contribuyente no está presente en el domicilio</b>, se deja un <b>citatorio para reagendar la visita al siguiente día háb</b>il y, si nuevamente no se presenta, <b>la diligencia continúa</b> con la persona que se encuentre en el lugar.</p><p>Las<a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/04/sat-2026-cuando-iniciaran-las-visitas-domiciliarias/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/04/sat-2026-cuando-iniciaran-las-visitas-domiciliarias/"> visitas domiciliarias no tienen un calendario específico; sin embargo, de acuerdo con el<b> SAT</b></a>, la época de cierres y vacaciones son claves para esta medida, aunque cabe aclarar que estas se pueden hacer en cualquier momento, siempre que se cumpla con los siguientes criterios:</p><ul><li>Se practican en&nbsp;<b>días y horas hábiles</b>: entre las<b>&nbsp;7:30</b>&nbsp;y las&nbsp;<b>18:00 horas</b>.</li><li>Pueden habilitarse&nbsp;<b>horas inhábiles</b>&nbsp;si la actividad del&nbsp;<b>contribuyente&nbsp;</b>lo requiere o para asegurar bienes.</li><li>En materia de&nbsp;<b>comercio exterior</b>, la ley considera hábiles las&nbsp;<b>24 horas</b>, los&nbsp;<b>365 días</b>&nbsp;del año.</li><li>Si el&nbsp;<b>contribuyente&nbsp;</b>o representante no se encuentran&nbsp;<b>presentes&nbsp;</b>en el momento, se le notifica mediant<a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/04/sat-2026-cuando-iniciaran-las-visitas-domiciliarias/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/04/sat-2026-cuando-iniciaran-las-visitas-domiciliarias/">e&nbsp;<b>citatorio&nbsp;</b>para el día siguiente hábil.</a></li></ul><h2>Módulos del SAT: disponibilidad de citas del 3 al 7 de agosto</h2><p>A través de su cuenta oficial en ‘X’, el <b>SAT</b> compartió un listado oficial con la disponibilidad que cuentan los<b> módulos y oficinas para brindar atención presencia</b>l a los contribuyentes en los 32 estados de la <b>República de México </b>para la semana del 3 al 7 de <b>agosto de 2026</b>.</p><p>A nivel nacional, el semáforo de disponibilidad de atención presencial indica los siguientes tiempos de espera:</p><ul><li><b>Verde-Alta disponibilidad (1 a 10 días hábiles):</b> El <b>74%</b> de los módulos y oficinas se encuentran en color verde. Esto significa que en la gran mayoría del país podrás conseguir una cita rápida.</li><li><b>Amarillo-</b> <b>Disponibilidad media (11 a 20 días hábiles):</b> El <b>20%</b> de los módulos presenta un nivel amarillo, con tiempos de espera moderados.</li><li><b>Rojo- Disponibilidad baja (más de 21 días hábiles):</b> Solo el <b>6%</b> de las oficinas registra color rojo, lo que indica una alta demanda y tiempos de espera prolongados.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LRWMUI323ZBPFEY6CNFQRJZMVA.jpg?auth=0c79b973649b14912a1f513ae356aca1a6248f43cbfe2a03ea630b5c2ef65cbc&smart=true&width=2000&height=1125" alt="Un mapa de México ilustra la disponibilidad de citas en oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) entre el 3 y 7 de agosto de 2026, indicando un 74% de alta disponibilidad. (@SATMX)" height="1125" width="2000"/><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZX7Z4D5IHBEXRHIDUUTPFFWIRI.jpg?auth=92015b0c3f149c48bf6c64ead1e4c24b591a6114166bc694b06c1b570c85c23b&smart=true&width=2000&height=1125" alt="Un gráfico del Servicio de Administración Tributaria detalla la disponibilidad de atención presencial en módulos y oficinas de diversas entidades de México. (@SATMX)" height="1125" width="2000"/><p><b>Puntos clave que debes conocer antes de ir al SAT:</b></p><p>Si estás pensando en agendar una cita, ten en cuenta estas recomendaciones oficiales:</p><ol><li><b>Atención sin cita:</b> Las personas de la tercera edad, personas con discapacidad, mujeres embarazadas o con menores lactantes <b>no requieren agendar cita</b> para recibir atención presencial en los módulos.</li><li><b>Prioriza las herramientas digitales:</b> Recuerda que solo es estrictamente necesario acudir de manera presencial para la <b>generación de la e.firma por primera vez</b>. La mayoría de los trámites se pueden realizar desde casa usando el portal sat.gob.mx, SAT ID, la Oficina Virtual o la app SAT Móvil.</li><li><b>Cero costos:</b> Todos los trámites en el SAT son <b>totalmente gratuitos</b>. Si alguien te ofrece venderte una cita o agilizar un trámite a cambio de dinero, repórtalo inmediatamente al correo: <b>denuncias@sat.gob.mx</b>.</li></ol>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Pagos provisionales SAT: para qué son y qué pasa si no se realizan]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/02/pagos-provisionales-sat-para-que-son-y-que-pasa-si-no-se-realizan/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/02/pagos-provisionales-sat-para-que-son-y-que-pasa-si-no-se-realizan/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Están obligados quienes reciben ingresos por negocios, honorarios, rentas o plataformas digitales, además de empresas y contribuyentes del RESICO; asalariados quedan fuera porque el patrón retiene directamente]]></description><pubDate>Sun, 02 Aug 2026 13:53:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GA4CL63VT5CILNCYHPGSDRZIEE.jpg?auth=ab4b1c2f02ec9c9d0768d0f537ccc771bf0b0527718e708427029b69d44e8b16&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Una persona hace cálculos para pagar correctamente sus impuestos (Canva)" height="1080" width="1920"/><p><b>Los pagos provisionales del SAT</b> son anticipos mensuales del Impuesto sobre la Renta que personas físicas y morales deben entregar al fisco a lo largo del año, antes de la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/11/sat-2026-a-partir-de-esta-fecha-puedes-mandar-tu-declaracion-anual" rel="noopener noreferrer">declaración anual de abril</a>. Lejos de ser el impuesto definitivo, funcionan como adelantos que se acreditan al cierre del ejercicio fiscal.</p><p>El mecanismo distribuye la carga tributaria en 12 pagos durante el año, en lugar de concentrarla en una sola liquidación. Al llegar abril, el SAT compara lo pagado provisionalmente contra el impuesto real del ejercicio y determina si existe saldo a favor o diferencia a cubrir.</p><h2>Quiénes están obligados a presentarlos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CHRS5RMFDBH2NGNHWRCHRDACIE.png?auth=74fc3170cf84be3dc500754f65392f73ad6f0a5e5b2746048311a7116e978a9c&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las personas morales en régimen general también están obligadas, al igual que los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Deben realizar pagos provisionales las <b>personas físicas</b> con ingresos por actividad empresarial o servicios profesionales (honorarios), quienes arrienden inmuebles y quienes cobren a través de plataformas digitales como Uber, Airbnb o Mercado Libre.</p><p>Las <b>personas morales</b> en régimen general también están obligadas, al igual que los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Quedan exentos quienes tributan exclusivamente en Sueldos y Salarios, ya que su patrón retiene el impuesto de forma directa.</p><h2>Base legal y fundamento fiscal</h2><p>Para personas físicas, la obligación se establece en el <b>artículo 106 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)</b>. Para personas morales, el fundamento es el <b>artículo 14 de la misma ley</b>, que también define el mecanismo del coeficiente de utilidad.</p><p>Ambos artículos coinciden en el plazo: los pagos deben enterarse <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/08/03/que-pasa-si-no-he-pagado-mis-impuestos-al-sat-en-tiempo-y-forma/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><b>a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior</b></a> al periodo que se declara. El SAT también contempla fechas escalonadas según el sexto dígito numérico del RFC del contribuyente.</p><h2>Cómo se calcula el impuesto provisional</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="A ese total se restan las deducciones autorizadas acumuladas del periodo —gastos indispensables para la actividad, comprobados con CFDI Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>El cálculo para personas físicas es <b>acumulativo</b>: no se toman solo los ingresos del mes en curso, sino el total cobrado desde el 1 de enero hasta el último día del mes a declarar. Solo cuentan los ingresos efectivamente cobrados; una factura emitida pero no liquidada no entra en el cálculo.</p><p>A ese total se restan las deducciones autorizadas acumuladas del periodo —gastos indispensables para la actividad, comprobados con CFDI—, la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/14/recibiste-utilidades-el-ano-pasado-como-usar-ese-pago-en-tu-declaracion-anual-ante-el-sat-para-tener-saldo-a-favor" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)</a> pagada y las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar. Al resultado se aplica la tarifa del artículo 96 de la LISR.</p><p>Para <b>personas morales</b>, el procedimiento parte del coeficiente de utilidad del último ejercicio fiscal de 12 meses. Ese coeficiente se multiplica por los ingresos nominales acumulados del periodo; al resultado se le aplica la tasa del <b>30%</b> establecida en el artículo 9 de la LISR.</p><h2>Plazos según régimen fiscal</h2><p>Los contribuyentes del <b>RESICO</b> presentan pagos provisionales de forma mensual, con vencimiento el día 17 de cada mes. Quienes tributan en el régimen de <b>Arrendamiento</b> tienen un calendario bimestral.</p><p>En todos los casos, el monto calculado para cada periodo se reduce con los pagos provisionales ya enterados en meses anteriores dentro del mismo ejercicio, así como con las retenciones de ISR que terceros hayan efectuado al contribuyente.</p><h2>Cómo presentarlos en el portal del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/S7VO2KVEXFAHVAUK4WFAY6CYZY.png?auth=ec8c631b74cc99d4c74b5892eede9cfa27001fc78d811d91e9b724db29c6fb5f&smart=true&width=1408&height=768" alt="Capturar o validar deducciones, retenciones y pagos anteriores. Los datos pueden editarse antes del envío si hay discrepancias con la contabilidad. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El trámite se realiza en sat.gob.mx con RFC y contraseña o e.firma. Los pasos son:</p><p><b>Ingresar</b> al portal y seleccionar el apartado de declaraciones provisionales.</p><p><b>Elegir</b> el ejercicio fiscal 2026, el periodo mensual a declarar y la obligación correspondiente.</p><p><b>Revisar</b> la información precargada: el sistema muestra ingresos según los CFDI de ingreso emitidos y las retenciones registradas.</p><p><b>Capturar o validar</b> deducciones, retenciones y pagos anteriores. Los datos pueden editarse antes del envío si hay discrepancias con la contabilidad.</p><p><b>Enviar</b> la declaración. El sistema genera un acuse de presentación.</p><p><b>Descargar el acuse</b> y, si existe saldo a cargo, pagar la línea de captura generada a través del banco o portal bancario dentro del plazo indicado.</p><h2>Qué ocurre si hay errores o diferencias</h2><p>Si la información precargada por el SAT no coincide con la contabilidad propia, el contribuyente debe confrontar los datos de los CFDI con sus estados de cuenta, papeles de trabajo y declaraciones previas antes de capturar cifras definitivas.</p><p>En caso de haber presentado una declaración con datos incorrectos, es posible corregirla mediante una <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/la-regla-del-sat-que-pocos-contribuyentes-conocen-y-podria-ahorrarte-una-multa" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><b>declaración complementaria</b></a>: se ingresan los datos correctos, se recalcula el impuesto y, si la corrección genera un saldo mayor al ya pagado, se entera la diferencia junto con la actualización e intereses correspondientes.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CHRS5RMFDBH2NGNHWRCHRDACIE.png?auth=74fc3170cf84be3dc500754f65392f73ad6f0a5e5b2746048311a7116e978a9c&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Una pareja de adultos jóvenes organiza sus cuentas y presupuestos en una mesa del hogar utilizando una laptop, una calculadora y varios recibos. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Falsa orden de captura vehicular: Sutran alerta sobre nueva modalidad de estafa que acecha a conductores]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/07/31/falsa-orden-de-captura-vehicular-sutran-alerta-sobre-nueva-modalidad-de-estafa-que-acecha-a-conductores/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/07/31/falsa-orden-de-captura-vehicular-sutran-alerta-sobre-nueva-modalidad-de-estafa-que-acecha-a-conductores/</guid><dc:creator><![CDATA[Manuel Rojas Berríos]]></dc:creator><description><![CDATA[La Superintendencia de Transporte Terrestre advierte sobre correos y mensajes fraudulentos con supuestas órdenes de captura vehicular. Recomiendan verificar los canales oficiales y no entregar datos personales ni realizar pagos no autorizados]]></description><pubDate>Fri, 31 Jul 2026 02:56:25 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HUW57NRTSFD43CPSFN4JMHT6FA.jpg?auth=628af0cd042ccb5cc7850041524a39e3cd7022095798361d4026d5ef3c44cb88&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Nueva modalidad de estafa con supuestas órdenes de captura vehicula." height="1080" width="1920"/><p>La&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/07/17/fiestas-patrias-2026-sutran-anuncia-operativos-para-endurecer-controles-en-las-carreteras/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/07/17/fiestas-patrias-2026-sutran-anuncia-operativos-para-endurecer-controles-en-las-carreteras/">Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías</a> (<b>Sutrán</b>)&nbsp;lanzó una advertencia pública ante la circulación de&nbsp;<b>falsas órdenes de captura vehicular por deuda de papeletas</b>. </p><p>Según comunicó la entidad a través de sus canales oficiales, los estafadores <b>envían mensajes y correos electrónicos imitando notificaciones legítimas</b>, con el fin de obtener información personal o pagos indebidos de los conductores.</p><p>“Se ha identificado que personas inescrupulosas vienen utilizando indebidamente el nombre, logotipo e imagen institucional de la&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;para intentar engañar a los ciudadanos y obtener pagos indebidos o información personal”, señala el comunicado oficial. </p><p>La modalidad consiste en el envío de documentos falsos que solicitan el pago de supuestas deudas, incluyendo enlaces o códigos QR que redireccionan a portales fraudulentos.</p><p>“Estas comunicaciones se anexan a estas comunicaciones links de pago para realizar este pagos a través de plataformas o a través de códigos QR para también redireccionar a plataformas de pago y realizar pagos por presunta comisión de infracciones”, dijo meses atrás Ronald Power, vocero de la&nbsp;Sutran, a <i>RPP</i>: </p><p>Los delincuentes replican el diseño institucional y, en algunos casos, incluyen la imagen de la<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/07/30/oscar-arriola-deja-la-jefatura-de-la-pnp-keiko-fujimori-abre-la-puerta-a-cambios-y-anuncia-decision-en-dos-dias/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/07/30/oscar-arriola-deja-la-jefatura-de-la-pnp-keiko-fujimori-abre-la-puerta-a-cambios-y-anuncia-decision-en-dos-dias/">&nbsp;Policía Nacional del Perú </a>(<b>PNP</b>)&nbsp;para dar apariencia de autenticidad.</p><p>Los montos solicitados pueden alcanzar los&nbsp;<b>2.800 soles</b>, aunque también se han detectado cobros de&nbsp;<b>500 soles</b>&nbsp;por supuestos acumulados de multas. </p><p>La&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;advierte que nunca emite órdenes de captura vehicular por deudas de papeletas y que las comunicaciones reales sobre sanciones llegan solo a través de la&nbsp;<b>casilla electrónica del MTC</b>&nbsp;o mediante notificaciones físicas en el domicilio declarado por el usuario.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5KWQ6QLNLVDBHAMRFSJIX5W5PA.jpg?auth=6a6083aab46d4fdb6450503115a83d220bb69b72970ec095b419e510ec8b0f15&smart=true&width=1080&height=1350" alt="Circulan falsas "órdenes de captura vehicular por deuda de papeletas" a través de correos electrónicos y WhatsApp. (Foto: Sutrán)" height="1350" width="1080"/><h2>Recomendaciones y canales de validación</h2><p>La entidad recomienda a la ciudadanía&nbsp;<b>no abrir enlaces ni descargar archivos adjuntos</b>&nbsp;de correos o mensajes sospechosos, no realizar pagos solicitados por medios no verificados, y no compartir datos personales, bancarios o información de sus vehículos. </p><p>Toda consulta sobre la autenticidad de los mensajes debe hacerse únicamente por los canales oficiales de la&nbsp;<b>Sutran</b>: la central telefónica (01) 200 4555, el correo comunicate@sutran.gob.pe, o el portal institucional con dominio&nbsp;<b>sutran.gob.pe</b>.</p><p>“Sutran realiza comunicaciones por dos mecanismos. Uno, a través de depositar comunicaciones a través de la casilla electrónica mediante el cual un usuario se ha afiliado previamente. Y, en segundo lugar, estamos hablando de comunicaciones que realizamos a través de comunicaciones en los domicilios”, precisó Power.</p><p>En lo que va de 2026, la&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;ha detectado once casos de esta modalidad a nivel nacional. El procurador público de la entidad ya inició acciones legales y cuatro expedientes fueron derivados a la&nbsp;<b>Fiscalía</b>.</p><p>“Uno ya tiene, por ejemplo, una sentencia condenatoria donde se ha determinado una responsabilidad a un delincuente”, detalló Power.</p><h2>También estafan con el SAT</h2><p>El&nbsp;<b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b>&nbsp;también reportó un incremento de mensajes falsos dirigidos a contribuyentes, simulando notificaciones de multas con enlaces a portales fraudulentos. </p><p>Recomiendan validar cualquier notificación a través de la web oficial (www.gob.pe/satlima), el canal Aló SAT (01) 315 2400 y el correo asuservicio@sat.gob.pe.</p><p>El llamado es a mantenerse informados y consultar siempre los canales oficiales para evitar caer en este tipo de engaños.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/HUW57NRTSFD43CPSFN4JMHT6FA.jpg?auth=628af0cd042ccb5cc7850041524a39e3cd7022095798361d4026d5ef3c44cb88&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Nueva modalidad de estafa con supuestas órdenes de captura vehicula.]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Qué pasa si pones frases en broma en tus transferencias: este error te pone en la mira del SAT]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/29/que-pasa-si-pones-frases-en-broma-en-tus-transferencias-este-error-te-pone-en-la-mira-del-sat/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/29/que-pasa-si-pones-frases-en-broma-en-tus-transferencias-este-error-te-pone-en-la-mira-del-sat/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Los mensajes virales sobre términos vetados no aparecen en reglas oficiales; la autoridad fiscal se enfoca en montos, papeles de respaldo y diferencias con lo declarado ante Hacienda]]></description><pubDate>Wed, 29 Jul 2026 19:10:06 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UCIJ33WCB5FRXCEZU44TW6J6XM.png?auth=1985178858faa62e08104f33380a06d7f448c3033d03fa6373266530afe7d949&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una mano con lupa examina un extracto bancario con transacciones resaltadas, mientras una laptop muestra el logo del SAT, simbolizando la rigurosa revisión fiscal de movimientos financieros. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El </b>SAT<b> no tiene una lista de palabras prohibidas</b> en transferencias bancarias, pero el marco legal mexicano sí obliga a los bancos a monitorear los conceptos de pago y reportar operaciones inusuales a la autoridad fiscal.</p><p>La confusión que circula en redes sociales mezcla dos realidades distintas: una recomendación institucional real de la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/13/prodecon-dara-asesoria-los-sabados-del-mes-de-abril-para-presentar-declaracion-anual/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/13/prodecon-dara-asesoria-los-sabados-del-mes-de-abril-para-presentar-declaracion-anual/"> <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b></a> y la ausencia de cualquier norma que genere consecuencias fiscales automáticas por el texto de una transferencia.</p><h2>Qué dice la PRODECON: la advertencia real</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZKSLZP366JCZLKF3YGCBHZSXKE.jpeg?auth=d9822509e6776db20a763dabf41eb19e175458ccb24ed72ad8e21276f20bce60&smart=true&width=813&height=715" alt="Un documento detalla el monitoreo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre transferencias bancarias y depósitos en México, con advertencias de PRODECON. (Prodecon/Gob.México)" height="715" width="813"/><p>La PRODECON advirtió públicamente que los contribuyentes deben evitar escribir en el concepto de una transferencia palabras relacionadas con actividades ilícitas </p><p>—<b>drogas, armas, contenido sexual o delitos contra la salud</b>—, incluso en tono de broma.</p><p>Según la institución, ese tipo de conceptos puede detonar procesos internos de revisión y, en determinados casos, provocar bloqueos temporales mientras se analiza la operación. </p><p>El fisco supervisa el campo “concepto” mediante herramientas de <b>inteligencia artificial (IA)</b> para hallar indicios de evasión fiscal y lavado de dinero, por lo que un mensaje escrito en tono de broma podría derivar en un requerimiento para explicar el motivo del pago.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El fisco supervisa el campo “concepto” mediante herramientas de inteligencia artificial (IA) para hallar indicios de evasión fiscal y lavado de dinero, por lo que un mensaje escrito en tono de broma podría derivar en un requerimiento para explicar el motivo del pago. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Gloria Franco Vargas, directora general de Orientación y Asesoría al Contribuyente de Atención Personalizada de la PRODECON, precisó en entrevista los alcances reales de ese monitoreo: <b>“En las disposiciones fiscales no hay ningún monitoreo, salvo cuando yo realizo depósitos en efectivo superiores a los 15,000 pesos, que se tienen que reportar al SAT”.</b></p><p>Franco Vargas aclaró que el SAT no hace monitoreo de contribuyentes a menos que haya una fiscalización, una auditoría, o que se esté realizando una devolución y sea necesario el cruce de información.</p><h2>El SAT no establece palabras prohibidas</h2><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/03/11/declaracion-anual-2025-prodecon-ofrece-guia-y-asesoria-gratuita-para-personas-fisicas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/03/11/declaracion-anual-2025-prodecon-ofrece-guia-y-asesoria-gratuita-para-personas-fisicas/">El SAT</a> no cuenta con boletines, criterios normativos ni disposiciones que establezcan que el texto del concepto de una transferencia determina, por sí solo, una obligación fiscal.</p><p>Los documentos oficiales tampoco contemplan un catálogo de términos prohibidos ni establecen que expresiones como “préstamo”, “donación” o “regalo” <b>generen automáticamente una revisión o el cobro de un impuesto</b>. La PRODECON es quien emite la recomendación de cuidado; no el SAT mediante regla vinculante.</p><h2>El fundamento legal: artículo 115 y la LFPIORPI</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWWKEHE54ZFJNMS63BUHH3KBTU.png?auth=ffcd5296fa2146ee98ea56339301aa4658b747c19950cb0cae44005acf040f73&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Las Disposiciones de Carácter General del artículo 115 definen una “operación inusual” como aquella que no concuerde con los antecedentes o actividad conocida del cliente, o con su patrón habitual de comportamiento transaccional (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El monitoreo de conceptos en transferencias bancarias tiene base en dos instrumentos normativos que recaen sobre las instituciones financieras, no directamente sobre el contribuyente.</p><p>El primero es el <b>artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC)</b>, que obliga a los bancos a establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar operaciones que pudieran ubicarse en los supuestos del artículo 400 Bis del Código Penal Federal —lavado de dinero— o favorecer delitos como el terrorismo.</p><p>El segundo es la <b>Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI)</b>, cuya última reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025. Esta ley obliga a las instituciones bancarias a reportar operaciones inusuales a la <b>Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)</b>, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).</p><p>Las Disposiciones de Carácter General del artículo 115 definen una “operación inusual” como aquella que no concuerde con los antecedentes o actividad conocida del cliente, o con su <b>patrón habitual de comportamiento transaccional</b>, en función al monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la operación. El concepto de la transferencia puede ser un elemento que active esa alerta interna, pero no es el único ni el determinante.</p><h2>Banxico no prohíbe palabras en el SPEI</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/762RSDASBZHS3B637I7UIVDLLM.png?auth=9e33ac3bc367d63b1b993ad4ba231523e89ef44e1caa3c2be64a92d64101084b&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Banxico no autoriza filtros lingüísticos específicos ni exige la censura de palabras dentro del campo de concepto. Su regulación se enfoca en aspectos operativos, de seguridad y autenticación, así como en la generación del Comprobante Electrónico de Pago (CEP) (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Banco de México (Banxico)</b> regula el <b>Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI)</b> y establece que el concepto de pago es una descripción informativa libre que se transmite íntegramente al banco destino.</p><p>Banxico no autoriza filtros lingüísticos específicos ni exige la censura de palabras dentro del campo de concepto. Su regulación se enfoca en aspectos operativos, de seguridad y autenticación, así como en la generación del <b>Comprobante Electrónico de Pago (CEP)</b>. Las reglas públicas del sistema no establecen que alguna palabra provoque el rechazo automático de una operación.</p><h2>Qué analiza realmente la autoridad fiscal</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) ha establecido que, cuando la autoridad presume que ciertos depósitos constituyen ingresos, el contribuyente puede desvirtuar esa presunción con documentación comprobatoria (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Cuando el SAT ejerce facultades de comprobación, el análisis se centra en la congruencia entre los movimientos financieros y la información fiscal declarada por el contribuyente.</p><p>Lo que activa el escrutinio del fisco son las discrepancias: depósitos en efectivo acumulados que superen los <b>15 mil pesos mensuales</b> en una misma institución —umbral que los bancos deben reportar—, ingresos que no coincidan con lo declarado, movimientos incongruentes con el régimen fiscal del contribuyente o un aumento patrimonial sin respaldo documental.</p><p>El <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b> ha establecido que, cuando la autoridad presume que ciertos depósitos constituyen ingresos, el contribuyente puede desvirtuar esa presunción con documentación comprobatoria: estados de cuenta, reportes de transferencias, identificación de cuentas de origen y destino y registros contables. El concepto de la transferencia no figura en ese criterio como elemento suficiente para determinar una obligación fiscal.</p><p>Las resoluciones de la <b>Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)</b> revisadas tampoco establecen que el texto del concepto sea suficiente para presumir ingresos o determinar contribuciones.</p><h2>Qué hacer si el SAT solicita una aclaración</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KVCF2CNNC5EOPOVY7INOVHBU2U.png?auth=0419baaae52a533fa9ec55a231463c7174ea8ccefb8d65cf47b5f1e348350777&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La notificación llega a través del Buzón Tributario con un plazo determinado para responder. Ignorar ese aviso puede derivar en el inicio de facultades de comprobación previstas en el Código Fiscal de la Federación (CFF). (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Cuando la autoridad detecta inconsistencias, puede iniciar distintos procedimientos: solicitar información adicional, requerir documentación o invitar formalmente a aclarar diferencias antes de escalar a una auditoría.</p><p>La notificación llega a través del <b>Buzón Tributario</b> con un plazo determinado para responder. Ignorar ese aviso puede derivar en el inicio de facultades de comprobación previstas en el <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>.</p><p>Para acreditar el origen de los recursos, los especialistas recomiendan reunir estados de cuenta, contratos de préstamo o donación firmados, CFDIs relacionados y cualquier comprobante que demuestre la naturaleza del movimiento. Entre las prácticas que elevan el riesgo de una revisión se encuentran <b>no emitir facturas por ingresos de negocio</b>, declarar montos menores a los que registran los estados de cuenta, mezclar finanzas personales con actividad empresarial y recibir depósitos frecuentes sin documentación de respaldo.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UCIJ33WCB5FRXCEZU44TW6J6XM.png?auth=1985178858faa62e08104f33380a06d7f448c3033d03fa6373266530afe7d949&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una mano con lupa examina un extracto bancario con transacciones resaltadas, mientras una laptop muestra el logo del SAT, simbolizando la rigurosa revisión fiscal de movimientos financieros. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Visitas domiciliarias del SAT: qué contribuyentes están en la mira, qué buscan y qué hacer si llegan]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/23/visitas-domiciliarias-del-sat-que-contribuyentes-estan-en-la-mira-que-buscan-y-que-hacer-si-llegan/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/23/visitas-domiciliarias-del-sat-que-contribuyentes-estan-en-la-mira-que-buscan-y-que-hacer-si-llegan/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[Cuando los visitadores del SAT notifican la orden, el contribuyente pierde de inmediato la capacidad para emitir facturas electrónicas hasta que concluya el procedimiento de verificación sobre la autenticidad de los CFDI]]></description><pubDate>Thu, 23 Jul 2026 13:30:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GFXEENF63FHA7LZRZCQHKIK3VY.png?auth=6672afd5798176cc9a19543e3c31685176560b2d3595f7bbf7519410869b5601&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La reforma al Código Fiscal de la Federación amplió las herramientas del SAT para detectar facturas que no respaldan operaciones reales.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>SAT</b> puede presentarse en cualquier negocio, bodega o domicilio fiscal, grabar todo lo que encuentre y <b>bloquear</b> la <b>facturación</b> del contribuyente el mismo día de la visita, sin necesidad de una <b>auditoría tradicional</b>. </p><p>La facultad existe en el <b>artículo 42</b> del Código Fiscal de la Federación, pero la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025<b> </b>la <b>amplió de forma sustancial</b> con la incorporación del artículo 49 Bis, en vigor desde el 1 de enero de 2026.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El artículo 16 constitucional garantiza que toda orden de visita del SAT debe estar fundada y motivada. Sin ese requisito, el contribuyente puede negar el acceso. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>El SAT puede revisar desde declaraciones hasta bienes físicos en el domicilio del contribuyente</h2><p>El artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF) <b>faculta a la autoridad</b> para comprobar que contribuyentes, responsables solidarios, terceros relacionados, asesores fiscales e instituciones financieras hayan <b>cumplido con sus obligaciones</b> fiscales y aduaneras.</p><p>Dentro de ese marco, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/21/tramite-obligatorio-patrones-ante-el-imss-deberan-usar-de-forma-exclusiva-la-efirma-del-sat-tras-la-eliminacion-del-certificado-npie/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/21/tramite-obligatorio-patrones-ante-el-imss-deberan-usar-de-forma-exclusiva-la-efirma-del-sat-tras-la-eliminacion-del-certificado-npie/">SAT</a> puede rectificar errores en declaraciones, requerir contabilidad para revisión de escritorio, <b>practicar visitas domiciliarias</b>, revisar dictámenes de contador público y practicar<b> avalúos de bienes</b>. </p><p>Las visitas domiciliarias son la modalidad<b> más invasiva</b>: la autoridad se constituye físicamente en el domicilio fiscal, <b>sucursales</b>, <b>bodegas</b> u <b>oficinas</b> del contribuyente.</p><h2>Una factura bien emitida puede ser declarada falsa si el negocio no prueba que la operación ocurrió</h2><p>La reforma incorporó la obligación de que toda <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/">factura electrónica</a> (CFDI) ampare <i>“</i>operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos<b> reales</b><i>”</i>. </p><p>Una factura puede estar correctamente emitida y haber pasado todas las validaciones técnicas del SAT y aun así ser <b>declarada falsa </b>si el contribuyente no puede demostrar con documentos que la transacción que la origina <b>realmente ocurrió</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4ISXW6Q5KBHRJB3BOHCA7NYSWE.png?auth=053fb6742c54504b6c101cf9345f17ee8c18341bedcb0fc221be50b16c641645&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La infografía detalla la reforma fiscal sobre facturas electrónicas, explicando las condiciones para su declaración de falsedad y el procedimiento de verificación en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Para verificarlo, el artículo 49 Bis habilita a la autoridad a <b>presentarse físicamente </b>en el negocio, sin necesidad de una <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/">auditoría tradicional</a>, y concluir el procedimiento en un máximo de 24 días hábiles.</p><h2>Desde la notificación, el contribuyente pierde la capacidad de facturar y tiene 24 días hábiles para resolver</h2><p>En el momento en que se entrega la orden de visita, el Certificado de Sello Digital (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades/">CSD</a>) del contribuyente <b>queda suspendido</b> de forma automática.</p><p>Sin el CSD, es imposible <b>emitir cualquier factura </b>electrónica nueva mientras el proceso concluye.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Para seleccionar a quién visitar, el SAT cruza en tiempo real la información fiscal, bancaria y laboral de los contribuyentes mediante modelos automatizados de análisis de riesgo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Los visitadores están facultados para<b> recabar fotografías</b>, <b>audio</b> y <b>video </b>desde el inicio de la diligencia, previa notificación al contribuyente. </p><p>Pueden constituirse en el <b>domicilio fiscal</b>, sucursales, bodegas, almacenes, locales comerciales y puestos fijos o <b>semifijos</b> en la vía pública.</p><p>El contribuyente tiene <b>cinco días hábiles</b> para ofrecer pruebas y<b> </b>desvirtuar la presunción de falsedad. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/74DWCBP7UFAB3DUTQODGLAGFOY.png?auth=d0d7e1de6a9c7a3c905863348bc8e16ae49eb18fe7f1550dccc5a3fde8143a64&smart=true&width=1536&height=1024" alt=" La reforma al Código Fiscal de la Federación amplió las herramientas del SAT para detectar facturas que no respaldan operaciones reales.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Si no lo logra en los 15 días hábiles del periodo probatorio, la autoridad emite resolución que <b>declara los CFDI falsos </b>y <b>cancela definitivamente</b> el CSD.</p><p>Además, <b>publica el nombre </b>y el RFC del emisor en el <a href="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home">portal del SAT</a> y en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 45 días hábiles siguientes.</p><h2>El SAT cruza facturas, nóminas, cuentas bancarias y declaraciones para seleccionar a quién visitar</h2><p>Las revisiones se dirigen principalmente a presuntas <b>Empresas que Facturan Operaciones Simuladas</b> (EFOS) y a las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS), que son las que utilizan esas facturas para <b>reducir su carga fiscal</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TP6TPD2AW5CUHIZZUXFIU6VUSI.png?auth=5a521e95bf44b77fd846192689cb08c1da83e84f9f64bd32fb911457eec2bfce&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si el contribuyente no desvirtúa la presunción de falsedad, su nombre y RFC se publican en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 45 días hábiles siguientes. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El SAT cruza en tiempo real los CFDI emitidos y recibidos, las declaraciones fiscales, los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/10/primer-semestre-de-2026-deja-menos-empleos-y-mas-cierres-de-empresas-en-jalisco-advierte-coparmex/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/10/primer-semestre-de-2026-deja-menos-empleos-y-mas-cierres-de-empresas-en-jalisco-advierte-coparmex/">registros patronales </a>ante el IMSS, la <b>información bancaria</b> y los datos de comercio exterior. </p><p>Cuando esos cruces detectan inconsistencias, la autoridad puede activar el procedimiento.</p><h2>Qué hacer si el SAT se presenta en tu negocio</h2><p>El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza la <b>inviolabilidad del domicilio</b>. </p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Toda orden de visita</a> debe estar fundada y motivada: señalar los preceptos legales aplicables y las razones específicas por las que se emite. Sin ese requisito, el contribuyente <b>no está obligado</b> a permitir el acceso.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BBEBDYE3SFAZ3ISZO3FUACCWJY.png?auth=f8a891bc1a40963109dbf982f9fd3d48ace8165de37c4b364b1e0deeb24f7281&smart=true&width=1408&height=768" alt="El contribuyente tiene derecho a exigir identificación oficial, revisar la orden de visita y solicitar la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado en el momento en que lleguen los inspectores. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Al momento de la visita, el contribuyente tiene derecho a<b> exigir</b> identificación oficial de todos los visitadores, revisar la orden de visita, solicitar la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado y <b>designar dos testigos</b> para la diligencia. </p><p>La reforma al artículo 49 del CFF establece que si nadie designa<b> testigos</b>, los propios visitadores pueden nombrarlos, dejando constancia en el<b> expediente</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GJZE4NONSNBGPHUYJHFVT5DB24.png?auth=2027d70948ae6c5c3836f0c82f23a647a1fe89e7526211e91ae17f1fe93fc688&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía señala los requisitos legales para las visitas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en negocios de México y las penas de 2 a 9 años de prisión por comprobantes fiscales falsos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Las visitas se realizan en días y horas hábiles, entre las <b>7:30</b> y las <b>18:00 horas</b>. En asuntos de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/07/pese-a-los-aranceles-mexico-rompe-record-de-exportaciones-y-consolida-su-liderazgo-como-principal-socio-comercial-de-eeuu/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/07/pese-a-los-aranceles-mexico-rompe-record-de-exportaciones-y-consolida-su-liderazgo-como-principal-socio-comercial-de-eeuu/">comercio exterior</a>, el mismo artículo habilita los <b>365 días del año</b>, las 24 horas.</p><p>En <b>casos graves</b>, la reforma al CFF tipifica como delito la expedición, adquisición o uso de comprobantes fiscales falsos, con penas de <b>2 a 9 años de prisión</b> y multas de entre el <b>55% </b>y<b> 75%</b>del monto total facturado.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/GFXEENF63FHA7LZRZCQHKIK3VY.png?auth=6672afd5798176cc9a19543e3c31685176560b2d3595f7bbf7519410869b5601&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Tres inspectores del Servicio de Administración Tributaria de México esperan frente a la puerta principal de una casa en la Ciudad de México para realizar una diligencia. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT comienza a publicar listas de contribuyentes que incurrieron en estas irregularidades]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[Los contadores públicos informaron que las autoridades tributarias están exhibiendo a contribuyentes con trámites irregulares]]></description><pubDate>Wed, 22 Jul 2026 02:27:26 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT publicó en el DOF las listas de contribuyentes que emitieron facturas falsas. 
Crédito: X/ @SATMX" height="1080" width="1920"/><p>De acuerdo con el<b> Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP)</b>, desde el pasado 10 de julio, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/">Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>)</a> comenzó a publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las primeras listas de los <b>contribuyentes </b>que “no desvirtuaron la presunción de emisión de CFDI falsos”.</p><p>Ante esta situación, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/el-sat-se-va-de-vacaciones-estas-son-las-fechas-en-las-que-seran-suspendidas-algunas-actividades-administrativas/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/el-sat-se-va-de-vacaciones-estas-son-las-fechas-en-las-que-seran-suspendidas-algunas-actividades-administrativas/">Instituto Mexicano de Contadores Públicos</a> recomendó a los contribuyentes estar atentos a las publicaciones del<b> Diario Oficial de la Federación,</b> pues quienes hayan recibido <b>comprobantes fiscales </b>emitidos por personas incluidas en los listados ahí publicados tendrán la obligación de corregir los efectos fiscales correspondientes a través de una <b>declaración complementaria</b>.</p><p><b>Ludivina Lejia Rodríguez,</b> presidenta del IMCP, explicó que si en un lapso de 30 días naturales, los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico/">contribuyentes no regularizan su documentación fiscal</a>, ni podrán emitir nuevos comprobantes fiscales.</p><p><i>“Para ello, contarán con un plazo de</i><i><b> 30 días naturales,</b></i><i> contados a partir de la fecha de publicación en el DOF. En caso de no hacerlo, la autoridad fiscal</i><i><b> restringirá temporalmente </b></i><i>el uso de los certificados de sello digital para la emisión de comprobantes fiscales”,</i> advirtió Lejia Rodríguez ante medios de comunicación.</p><h2>Estos fueron los primeros contribuyentes en ser exhibidos</h2><p>Por su parte, el vicepresidente de fiscal del IMCP,<b> Luis Carlos Figueroa Moncada</b>, reveló que el pasado 10 de julio fueron publicados tres contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de emisión de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes.</p><p>Figueroa Moncada detalló que los tres contribuyentes <b>publicados</b> fueron: Alianza Corporativa Camarence, A.C., Asociación Patronal Región Zamora, A.C. y Confederación De Servidores Públicos de los Poderes De Los Estados, Municipios e Instituciones Descentralizadas de la República Mexicana.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2QN6TDZSBZC6BH3Y3P7XEZSGXE.jpg?auth=28c18f1b1187e8ab4b6011f7add198ec098684ff9572821c0abc795c7ca4ddad&smart=true&width=967&height=816" alt="Ludivina Rodríguez, presidenta del IMCP, compartió información sobre las consecuencias de emitir facturas falsas.
Crédito: X/ @IMCP" height="816" width="967"/><p><i>“En consecuencia, los contribuyentes que hayan recibido CFDI emitidos por cualquiera de los tres contribuyentes incluidos en el listado del </i><i><b>10 de julio</b></i><i> deberán presentar la declaración complementaria a más tardar el 9 de agosto”, a</i>dvirtió Figueroa Moncada.</p><p>Si los contribuyentes no presentan sus declaraciones complementarias, a partir del 10 de agosto el SAT tendrá facultades para<b> restringir temporalmente su CSD,</b> y si después de esa acción no subsanan o desvirtúan dicha situación dentro de los siguientes 40 días, “la autoridad podrá dejar sin efectos de manera definitiva el certificado”. </p><p>Le tocará a los contribuyentes solucionar este problema fiscal, por lo que es necesario que se acerquen a sus <b>contadores</b> para que puedan verificar si no aparecen en las listas y, de ser el caso, emitir el comprobante complementario en el lapso establecido por la ley. </p><h2>A casi 60 mil contribuyentes el SAT les canceló sellos</h2><p>Además, el vicepresidente de fiscal del IMCP destacó que estas primeras listas son diferentes a las que se hacen <b>trimestralmente </b>de los contribuyentes a los que el SAT <b>canceló definitivamente</b> los CSD.</p><p><i>“La actualización más reciente del listado se publicó en </i><i><b>abril de 2026 </b></i><i>e incluye un total de 58 mil 195 contribuyentes con el </i><i><b>Certificado de Sello Digital</b></i><i> sin efectos”, </i>manifestó el experto,</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7WPCCIXBQNF5RLQ5YYXXNXVFOU.jpg?auth=6ae4b4129290af3673f1d25f65e5b428b231aca87eae037749aec64dbb934d1b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los grandes contribuyentes son un sector importante en la recaudación de impuestos del SAT. 
Crédito: X/ @SATMX" height="1080" width="1920"/><p>Los representantes del IMCP destacaron que el SAT <b>canceló de forma definitiva </b>los sellos digitales de casi 60 mil contribuyentes que no lograron corregir ni desvirtuar inconsistencias detectadas en actos de fiscalización dentro de un plazo de 40 días.</p><p>Mientras que en el periodo de entre <b>enero y mayo de 2026</b>, del total de acciones de<b> entrevistas de vigilancia profunda</b>, el 4.8 por ciento (cuatro mil 353 contribuyentes) concluyeron en la cancelación definitiva del certificado de sello digital.</p><p>De no ser por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, miles de contribuyentes, tal vez, no sabrían que el SAT comenzó a emitir listas de los contribuyentes que emitieron facturas falsas. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT publicó en el DOF las listas de contribuyentes que emitieron facturas falsas. 
Crédito: X/ @SATMX]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Trámite obligatorio: Patrones ante el IMSS deberán usar de forma exclusiva la e.firma del SAT tras la eliminación del certificado NPIE]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/21/tramite-obligatorio-patrones-ante-el-imss-deberan-usar-de-forma-exclusiva-la-efirma-del-sat-tras-la-eliminacion-del-certificado-npie/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/21/tramite-obligatorio-patrones-ante-el-imss-deberan-usar-de-forma-exclusiva-la-efirma-del-sat-tras-la-eliminacion-del-certificado-npie/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[Todos los trámites electrónicos de patrones ante el IMSS deberán realizarse con e.firma vigente, vinculando representantes legales solo vía Escritorio Virtual; el NPIE queda sin efectos a partir de la fecha límite]]></description><pubDate>Tue, 21 Jul 2026 16:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XU4JLGO2S5CLNP6K7KJ7CPQB6E.png?auth=a88c975cf3e670b193c63a72cff83725c4e6c1389f9cea77616dae0cd71a1846&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Un gráfico ilustra los cambios del IMSS en México, que eliminó el NPIE y ahora exige la e.firma del SAT para trámites patronales a partir de julio de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>IMSS</b> eliminó el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y establece que la <b>e.firma</b> emitida por el <b>SAT</b> es el único <b>certificado digital válido</b> para realizar trámites electrónicos patronales. </p><p>El cambio rige desde este<b> 17 de julio de 2026</b>, tras la publicación del acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día anterior. </p><p>Los patrones tienen<b> 90 días naturales</b> para migrar al nuevo sistema (hasta el 13 de octubre) porque el NPIE dejará de ser aceptado como mecanismo de <b>autenticación</b> ante el Instituto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LPZ2BEKXSFBF3ACZEUTFA5ZOAE.png?auth=0030f0ead4a51617fd808e1d6deb8e13db9a85ec8fce697b4499238cfc53ce02&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Los patrones deberán contar con una e.firma vigente emitida por el SAT para operar ante el IMSS. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>En julio de 2026, el IMSS emitió una alerta nacional tras detectar casos en los que empresas amanecían con hasta <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/18/el-imss-lanza-importante-aviso-sobre-el-tramite-que-ahora-se-debe-hacer-en-linea" target="_blank" rel="noopener noreferrer">15 mil trabajadores falsos</a> registrados en un solo día.</p><h2>El Consejo Técnico del IMSS aprobó por unanimidad el uso exclusivo de la e.firma </h2><p>El Consejo Técnico del IMSS, presidido por el director general <b>Zoé Robledo</b>, aprobó la disposición en sesión ordinaria del 29 de junio. </p><p>La propuesta fue presentada por <b>Luisa Obrador Garrido</b>, titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante el oficio número 109 de fecha 23 de junio de 2026, y fue dictaminada por el Comité de Incorporación y Recaudación en reunión del <b>25 del mismo mes</b>.</p><p>Obrador Garrido señaló que la necesidad del cambio partió de la identificación de mejoras en la seguridad y <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/mexico-reporta-avances-significativos-en-la-reduccion-de-tramites-a-un-ano-en-vigor-de-la-ley-nacional-para-eliminar-tramites-burocraticos" target="_blank" rel="noopener noreferrer">simplificación de trámites</a> del sistema anterior. </p><p>Entre los beneficios declarados por la Dirección de Incorporación y Recaudación figuran principalmente la reducción de <b>riesgos de suplantación de identidad</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ME5ALKER7FAUZFDLUMNXOEUONU.jpg?auth=c79d8388d03c5195ad6660ed78025ac017a31f946f21fef6cd88033e22cf6cba&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Zoé Robledo Aburto dirige el IMSS desde mayo de 2019. Antes ocupó la Subsecretaría de Gobierno de la Segob y fue senador por Chiapas. Crédito: (Presidencia)" height="1080" width="1920"/><p>Entre otras razones se encuentran el fortalecimiento de la <b>transparencia</b> y la protección de los derechos de los trabajadores ante <b>movimientos afiliatorios</b> no reconocidos.</p><h2>Los trámites firmados con e.firma son legalmente equivalentes a los firmados en papel </h2><p>El acuerdo establece que los actos realizados con<b> </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/">e.firma</a> ante el IMSS producen los mismos efectos legales que los documentos presentados con<b> firma autógrafa </b>y tienen el <b>mismo valor</b> probatorio. </p><p>El fundamento legal incluye el artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación y el artículo 7 de la Ley de <b>Firma Electrónica Avanzada</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3MG3XCNTPJAARBVORXZTNHDT6M.png?auth=dd72dc69795b210b73e3bc74e3ca769826a3e27391eca18e97ee6fb21e6bc5b9&smart=true&width=1408&height=768" alt="Quien no complete la migración antes del plazo quedará imposibilitado para registrar altas, bajas o modificaciones de salario por medios electrónicos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Desde 2013, el IMSS ya contemplaba abandonar el NPIE y migrar hacia la e.firma del SAT como<b> único mecanismo </b>de autenticación. </p><p>El acuerdo de<b> junio de 2026 </b>cierra formalmente ese proceso y cancela las reglas que durante más de 20 años regularon el NPIE como<b> credencial patronal</b> ante el Instituto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FSEPIATP7JBPXLFHGIYDO4SIHY.png?auth=1c10f60e39176f975f900865b29fd676457148cbbdd8029733ff3fdd2ea2bdf2&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La vinculación de representantes legales deberá realizarse exclusivamente a través del Escritorio Virtual del IMSS, con e.firma de ambas partes.
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Sin registro de e.firma no se podrán realizar movimientos en el sistema laboral</h2><p>El acuerdo establece que <b>toda persona autorizada</b> para actuar en nombre de un <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/sabes-que-dice-tu-contrato-de-trabajo-lo-que-muchos-firman-sin-leer-y-puede-costarles-caro/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/sabes-que-dice-tu-contrato-de-trabajo-lo-que-muchos-firman-sin-leer-y-puede-costarles-caro/">patrón</a> —sea representante legal, administrador o cualquier figura equivalente— deberá vincularse exclusivamente a través del <b>Escritorio Virtual del IMSS</b>.</p><p>El representante se autenticará con su propia e.firma y <b>firmará conjuntamente</b> con la persona representada, ambos con su respectiva e.firma.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NC4DMQBZ6FFRDBHJR6KKTXGAUE.png?auth=ec65869a6adf773d4209e56c121b2dedc883b362abf4a9c70fa7d782e88ef355&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía de Infobae detalla las nuevas reglas del IMSS para trámites laborales en línea y los requisitos para la renovación de la e.firma en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Los trámites afectados abarcan todos los actos electrónicos ante el Instituto: <b>altas</b>,<b> bajas</b> y <b>modificaciones de salario</b> de trabajadores, entre otros movimientos afiliatorios. </p><p>Para patrones con <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo" target="_blank" rel="noopener noreferrer">e.firma vencida o próxima a vencer</a>, el SAT requiere <b>cita presencial</b> con identificación oficial vigente, CURP y comprobante de domicilio fiscal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FFSOUXRIX5ELVDAHZOI45R4GQI.png?auth=04825044e9049e03c37920ac508f509245aa1052bfd73e64254fa18f209e16a3&smart=true&width=1408&height=768" alt="Los patrones tienen hasta el 13 de octubre de 2026 para vincular su e.firma en el Escritorio Virtual del IMSS.
 (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Los patrones tienen hasta el 13 de octubre de 2026 para completar la migración</h2><p>El IMSS designó a la<b> Dirección de Incorporación y Recaudación </b>como la instancia que resolverá dudas y aclaraciones de patrones durante la transición. </p><p>La orientación también estará disponible a través del Centro de <a href="https://www.imss.gob.mx/contacto" target="_blank" rel="" title="https://www.imss.gob.mx/contacto">Contacto telefónico</a> del Instituto y las áreas de Afiliación en <b>cada localidad </b>del país.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los representantes legales de patrones también deberán actualizar su forma de vincularse ante el Instituto. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Quien no complete la migración antes del 13 de octubre de 2026<b> quedará sin acceso</b> a los sistemas digitales del Instituto.</p><p>Este sistema es esencial para<b> registrar modificaciones de salario</b>, así como altas o bajas de personal, lo que puede derivar en <b>multas y recargos</b> por incumplimiento de obligaciones patronales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y5LYDH3VCNHXVPY6MA3NCXXM3A.png?auth=77994d6a76f4468eafd43e2c5c399b9585870f870b774d5236c16894cae9c1c9&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[El logotipo del IMSS acompaña una lupa que examina una firma electrónica luminosa sobre documentos con marcas de rechazo, indicando un proceso de auditoría o verificación oficial. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Los beneficios fiscales amparados por leyes ordinarias concentran el 77,4% del gasto tributario de Guatemala]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/21/los-beneficios-fiscales-amparados-por-leyes-ordinarias-concentran-el-774-del-gasto-tributario-de-guatemala/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/21/los-beneficios-fiscales-amparados-por-leyes-ordinarias-concentran-el-774-del-gasto-tributario-de-guatemala/</guid><dc:creator><![CDATA[Jessica Gramajo]]></dc:creator><description><![CDATA[El informe de la administración tributaria señala que esos tratamientos preferenciales suman Q17 mil 472 millones y se enfocan sobre todo en hogares, intermediación financiera y actividades mercantiles dentro del esquema vigente]]></description><pubDate>Tue, 21 Jul 2026 02:41:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRQWODV33BBOJFLDS3V3KQXUVQ.png?auth=b6c34face7404566928d2f1cb89c653b3cd37d925988ab4a48599278d71336bd&smart=true&width=1408&height=768" alt="La SAT de Guatemala propuso revisar el costo y la utilidad de los incentivos fiscales que en 2025 suman Q22 mil 586 millones, equivalentes al 2,4% del PIB. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p><a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/15/pago-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-mas-de-la-mitad-del-parque-vehicular-sigue-pendiente" rel="noopener noreferrer">La <b>SAT</b> de <b>Guatemala</b></a> propuso revisar el <b>costo</b> y la <b>utilidad</b> de los incentivos fiscales que en 2025 representan <b>Q22 mil 586 millones</b>, un monto equivalente al <b>2,4% del PIB</b>, para determinar si esos tratamientos preferenciales deben mantenerse, modificarse o eliminarse en un país donde el <b>Fondo Monetario Internacional</b> ha insistido en que aumentar los ingresos públicos es clave para cerrar brechas sociales y de infraestructura.</p><p>La actualización del informe sobre gasto tributario, citada por <i>Prensa Libre</i>, muestra que la mayor parte de ese monto se concentra en dos tributos: el IVA, con <b>Q15 mil 164 millones</b>, y el ISR, con <b>Q6 mil 186 millones</b>. Juntos suman Q21 mil 350 millones, es decir, el 94,5% del gasto tributario total.</p><p>El desglose elaborado por la Intendencia de Recaudación de la Superintendencia de Administración Tributaria indica además que Q15 mil 775 millones correspondieron a impuestos indirectos y Q6 mil 811 millones a impuestos directos. El estudio fue presentado durante el primer semestre del año.</p><p>El gasto tributario es el ingreso que el Estado deja de percibir por la aplicación de tratamientos preferenciales previstos en la legislación. Esos mecanismos incluyen exoneraciones, exenciones, franquicias y deducciones especiales contenidas en la Constitución, en leyes ordinarias y en otros instrumentos de política económica.</p><h2>Los beneficios fiscales amparados por leyes ordinarias concentran más de tres cuartas partes del total</h2><p>Los beneficiarios constitucionales absorbieron Q5 mil 114 millones, equivalentes al 22,7% del total. En ese grupo, el <b>IGSS</b> reportó Q2 mil 476 millones; los centros educativos, Q1 mil 550 millones; las universidades, Q1 mil 68 millones; y el Comité Olímpico Guatemalteco junto con la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, Q18,2 millones.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/R2EX4PIKZBFQPI6XAMVXGEGMDI.jpg?auth=9cc59a3ccd47afa3af5d8c354880dce0aabed879bb945857491ebc0115c84046&smart=true&width=814&height=536" alt="La Intendencia de Recaudación de la SAT reportó que Q15 mil 775 millones del gasto tributario correspondieron a impuestos indirectos y Q6 mil 811 millones a impuestos directos. (SAT)" height="536" width="814"/><p>Los beneficios respaldados por leyes ordinarias alcanzaron Q17 mil 472 millones, el 77,4% del gasto tributario total de 2025. Entre los cinco principales beneficiarios figuran las personas individuales y las familias, con Q7 mil 360 millones; la intermediación financiera, con Q2 mil 272 millones; <a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/16/las-exportaciones-de-guatemala-crecieron-55-y-sumaron-usd-7199-millones-hasta-mayo" target="_blank" rel="noopener noreferrer">las actividades mercantiles</a>, con Q1 mil 633 millones; las instituciones de asistencia social, con Q1 mil 336 millones; y los empleados en relación de dependencia, con Q1 mil 221 millones.</p><p>Esos cinco grupos concentraron Q13 mil 822 millones, equivalentes al 79% del monto asociado a los beneficiarios por leyes ordinarias. Según el diario, esa concentración explica buena parte del peso fiscal de las exoneraciones vigentes.</p><p>El superintendente de la SAT, <b>Werner Ovalle Ramírez</b>, citado por <i>Prensa Libre</i> dijo que el gasto tributario de 2025 se mantuvo alrededor del <b>2,4% del PIB</b> y que, en <a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/16/una-mision-de-fitch-ratings-inicia-en-guatemala-una-nueva-evaluacion-de-la-economia" target="_blank" rel="noopener noreferrer">términos macroeconómicos</a>, no mostró un aumento general. También precisó que algunos tratamientos pudieron variar al alza o a la baja según el comportamiento de las actividades económicas a las que están vinculados.</p><p>Ovalle añadió que en 2025 no hubo cambios relevantes en la legislación tributaria que ampliaran los beneficios o incentivos vigentes. A su juicio, esa ausencia de modificaciones ayuda a explicar la estabilidad observada en el nivel agregado del gasto tributario.</p><h2>La SAT busca medir mejor los incentivos mientras el FMI pide ampliar la base tributaria</h2><p>La respuesta central que plantea la administración tributaria es abrir más adelante un análisis de costo-beneficio sobre los distintos tratamientos diferenciados. El objetivo, según expuso el jefe de la SAT, es establecer su pertinencia, efectividad, continuidad o eventual supresión.</p><p>Mientras ese debate no se abre, la entidad dice que sigue fortaleciendo los mecanismos de control, medición y trazabilidad del gasto tributario. Ovalle lo resumió así: “Actualmente, una parte cada vez más importante del estudio se construye a partir de información contenida en declaraciones aduaneras y tributarias, reduciendo progresivamente la dependencia de estimaciones alternativas. Esta mejora representa un avance sustancial para identificar, cuantificar y controlar con mayor precisión la aplicación de beneficios e incentivos fiscales”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VTNJAYUEMRF2RNUZLZCAEUGC7U.jpg?auth=b308801a23b53f47f08c187cc45355b509875091792bd3d89454c0c7148c7fab&smart=true&width=679&height=452" alt="Werner Ovalle Ramírez afirmó que el gasto tributario se mantuvo en 2,4% del PIB en 2025 y atribuyó su estabilidad a la falta de cambios relevantes en la legislación tributaria. (SAT)" height="452" width="679"/><p>En junio, durante su visita anual a <b>Guatemala</b>, el <b>FMI</b> señaló que reducir las brechas sociales y de infraestructura requiere elevar los ingresos fiscales. El organismo reconoce avances de la SAT en cumplimiento tributario, <a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/15/el-gobierno-de-guatemala-presenta-los-avances-de-su-agenda-de-modernizacion-del-ejecutivo" target="_blank" rel="noopener noreferrer">digitalización</a>, gestión de devoluciones y modernización aduanera, pero advierte que la recaudación lleva décadas situada cerca del 12% del PIB.</p><p>De acuerdo con el organismo, para que los esfuerzos actuales y previstos de la SAT se traduzcan en más recaudación, conviene evitar la eliminación de impuestos o la creación de regímenes especiales que sigan erosionando la base imponible. También recomendó limitar el arbitraje tributario interno y transfronterizo y avanzar hacia una reforma fiscal integral que racionalice el gasto tributario, amplíe la base imponible y eleve tasas hoy ubicadas en niveles muy bajos, sobre todo en el ISR.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRQWODV33BBOJFLDS3V3KQXUVQ.png?auth=b6c34face7404566928d2f1cb89c653b3cd37d925988ab4a48599278d71336bd&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[La SAT de Guatemala propuso revisar el costo y la utilidad de los incentivos fiscales que en 2025 suman Q22 mil 586 millones, equivalentes al 2,4% del PIB. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Por qué el SAT puede multar algunas transferencias entre familiares? Esto debes saber para evitar sanciones de hasta 35 mil pesos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/por-que-el-sat-puede-multar-algunas-transferencias-entre-familiares-esto-debes-saber-para-evitar-sanciones-de-hasta-35-mil-pesos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/por-que-el-sat-puede-multar-algunas-transferencias-entre-familiares-esto-debes-saber-para-evitar-sanciones-de-hasta-35-mil-pesos/</guid><dc:creator><![CDATA[Nadia Virgilio]]></dc:creator><description><![CDATA[Existe un requisito que puede derivar en sanciones económicas cuando se trata de montos elevados]]></description><pubDate>Sun, 19 Jul 2026 15:11:13 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VQSMFF5UNBFTBCXWKJMVDU6EDA.jpg?auth=e15a58f6312508805c1033ca8636bf62c62a873ea7fdae48ee020ef12522038c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La clave está en distinguir una transferencia bancaria ordinaria de un préstamo, donativo o aumento de capital que rebasa los límites establecidos por la autoridad fiscal. Foto: Infobae" height="1080" width="1920"/><p>Recibir dinero de un familiar o un amigo mediante una <b>transferencia bancaria</b> no genera automáticamente una multa del <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b>. Sin embargo, existe un requisito que sí puede derivar en sanciones económicas cuando se trata de montos elevados.</p><p>En los últimos días ha circulado información sobre supuestas multas de hasta <b>35 mil pesos</b> por recibir dinero de familiares. Aunque el dato tiene un fundamento legal, no aplica para todas las transferencias, sino únicamente en casos específicos previstos por la legislación fiscal.</p><p>A continuación te explicamos cuándo el <b>SAT</b> puede imponer una sanción, qué operaciones deben declararse y qué dice la ley.</p><h2>¿En qué casos el SAT puede multar por transferencias entre familiares?</h2><p>La clave está en distinguir una <b>transferencia bancaria ordinaria</b> de un <b>préstamo, donativo o aumento de capital</b> que rebasa los límites establecidos por la autoridad fiscal.</p><p>De acuerdo con la información difundida por el <b>SAT</b> y lo establecido en el <b>Código Fiscal de la Federación</b> y la <b>Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)</b>, las personas físicas deben informar a la autoridad cuando reciben:</p><ul><li><b>Préstamos</b>.</li><li><b>Donativos</b>.</li><li><b>Premios</b>.</li><li>Otros ingresos similares.</li></ul><p>La obligación cobra especial relevancia cuando el monto acumulado supera los <b>600 mil pesos</b> durante un ejercicio fiscal. Si no se presenta el aviso correspondiente, el contribuyente puede hacerse acreedor a una multa que ronda los <b>35 mil pesos</b>, dependiendo de la infracción. </p><h2>El requisito indispensable para evitar la multa</h2><p>El requisito no consiste en pedir autorización para recibir una transferencia, sino en <b>declarar ante el SAT</b> los préstamos, donativos o aportaciones que excedan el monto previsto por la legislación.</p><p>En algunos casos también debe presentarse la <b>Forma 86-A</b>, utilizada para informar préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo, cuando así lo establece la normatividad fiscal. </p><p>Si el contribuyente omite este aviso, el <b>SAT</b> puede considerar que existe un incumplimiento de las obligaciones fiscales y aplicar la sanción correspondiente.</p><h2>¿Todas las transferencias entre familiares deben declararse?</h2><p>No, el propio <b>SAT</b> ha aclarado que <b>recibir una transferencia de un familiar o amigo no implica, por sí mismo, una multa</b>, ni existe una disposición que sancione automáticamente este tipo de operaciones. </p><p>Las transferencias que forman parte de apoyos económicos habituales, gastos compartidos o movimientos bancarios comunes no generan una sanción únicamente por realizarse.</p><p>Sin embargo, cuando las cantidades son elevadas y corresponden a préstamos, donativos u operaciones que la ley obliga a informar, el contribuyente debe cumplir con las disposiciones fiscales para evitar problemas con la autoridad.</p><h2>¿De cuánto puede ser la multa?</h2><p>Las sanciones pueden alcanzar alrededor de <b>35 mil pesos</b>, dependiendo del tipo de incumplimiento y de lo establecido en el <b>Código Fiscal de la Federación</b>.</p><p>Además de la multa, el <b>SAT</b> puede solicitar información adicional para comprobar el origen de los recursos si detecta inconsistencias entre los ingresos declarados y los movimientos financieros del contribuyente. </p><h2>Recomendaciones para evitar problemas con el SAT</h2><p>Si vas a recibir una cantidad importante de dinero de un familiar o amigo, los especialistas recomiendan:</p><ul><li>Conservar comprobantes de la operación.</li><li>Elaborar un contrato cuando se trate de un préstamo.</li><li>Declarar los montos cuando la ley así lo exija.</li><li>Mantener congruencia entre los ingresos reportados y los movimientos bancarios.</li></ul><p>De esta manera podrás demostrar el origen de los recursos en caso de que la autoridad fiscal solicite información y evitar posibles sanciones.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/VQSMFF5UNBFTBCXWKJMVDU6EDA.jpg?auth=e15a58f6312508805c1033ca8636bf62c62a873ea7fdae48ee020ef12522038c&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La clave está en distinguir una transferencia bancaria ordinaria de un préstamo, donativo o aumento de capital que rebasa los límites establecidos por la autoridad fiscal. Foto: Infobae]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/Jovani Pérez</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Grandes contribuyentes: importante sector para la recaudación de impuestos en México ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[Pese a que los grandes contribuyentes representan un sector minoritario, son relevantes para la recaudación tributaria]]></description><pubDate>Sun, 19 Jul 2026 02:50:05 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7WPCCIXBQNF5RLQ5YYXXNXVFOU.jpg?auth=6ae4b4129290af3673f1d25f65e5b428b231aca87eae037749aec64dbb934d1b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los grandes contribuyentes son un sector importante en la recaudación de impuestos del SAT. 
Crédito: X/ @SATMX" height="1080" width="1920"/><p>Los <b>grandes contribuyentes</b> —empresas y entidades económicas— son un pequeño sector que aporta una parte importante de los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas">ingresos tributarios de <b>México</b></a>; son el complemento de los millones de mexicanos que cumplen sus obligaciones con el fisco.</p><p>Pese a que son una fracción mínima del padrón nacional, los grandes contribuyentes aportan casi la mitad de la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/"> recaudación tributaria federal</a>, lo que los ha convertido en una pieza importante para las <b>finanzas públicas.</b></p><h2>Área estratégica del SAT supervisa a grandes contribuyentes</h2><p>De acuerdo con el sitio digital<i> EL CEO</i>, ese segmento es supervisado por la<b> Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC),</b> una de las áreas más estratégicas del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/"><b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b></a>, que actualmente encabeza J<b>ennifer Krystel Castillo Madrid</b>.</p><p>El trabajo de la AGGC se enfoca en brindar atención y fiscalización a <b>corporativos</b> con <b>ingresos </b>superiores a los <b>mil 500 millones de pesos </b>al año. El alcance incluye a entidades financieras, empresas productivas del Estado y grupos empresariales con estructuras operativas complejas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CUPLIEGQTNAN3KYY6DKVLVWS4E.JPG?auth=c6a6b1f154b8de0dbbd90842f49d6f2c55fe10413be21001ccd476f67185cfb3&smart=true&width=938&height=601" alt="Pemex es parte de los grandes contribuyentes de México.
Crédito: X/ @Pemex" height="601" width="938"/><h2>¿Quiénes integran el padrón de grandes contribuyentes?</h2><p>Para 2026, el<b> padrón </b>de grandes contribuyentes quedó integrado por cerca de 16 mil <b>empresas</b> y <b>personas físicas</b>, una cifra que equivale a alrededor de 0.02 por ciento del total de contribuyentes registrados en México.</p><p>Aunque representa un grupo reducido, este segmento económico aporta millones al fisco y concentra una parte relevante de la actividad nacional. De acuerdo con el SAT, su<b> tasa efectiva promedio de tributación</b> es de 4.1 por ciento sobre sus ingresos acumulables.</p><p>Algunos de los <b>corporativos</b> más grandes de México son parte de este sector de contribuyentes, entre los que destacan:</p><ul><li> Petróleos Mexicanos (<b>Pemex</b>)</li><li>Comisión Federal de Electricidad (<b>CFE</b>)</li><li><b>América Móvil</b></li><li><b>Walmart </b>de México y Centroamérica</li><li>Fomento Económico Mexicano (<b>FEMSA</b>)</li><li><b>Grupo Bimbo</b></li><li><b>Grupo México</b></li><li><b>BBVA México</b></li><li>Grupo Financiero <b>Banorte</b></li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/F2V7BNIF55C5VJTAE3RNGXUSYY.JPG?auth=e614228a538d806808186bc442e76c34e9a503fc95e45fd1ab8e72f3cb22f704&smart=true&width=953&height=604" alt="Grupo Bimbo forma parte de los grandes contribuyentes de México.
Crédito: X/ @Grupo_Bimbo" height="604" width="953"/><h2>¿Qué labor realiza la AGGC al interior del SAT?</h2><p>La Administración General de Grandes Contribuyentes concentra sus esfuerzos en <b>supervisar operaciones empresariales de alta complejidad </b>y en verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales de los mayores contribuyentes del país.</p><p>Entre sus atribuciones están <b>auditorías especializadas </b>en reestructuras corporativas,<b> precios de transferencia,</b> comercio exterior y operaciones internacionales, rubros que se consideran de alto efecto en la recaudación.</p><p>Sin embargo, su trabajo no se concentra en la fiscalización, pues la AGGC también tiene la encomienda de brindar<b> atención especializada </b>a las empresas a través de la gestión de <b>devoluciones de impuestos</b>, compensaciones y otros trámites fiscales complejos.</p><p>Asimismo, la relevancia de esta unidad está en <b>equilibrar una recaudación fiscal eficiente </b>que ayude al fortalecimiento de las finanzas públicas con la certeza jurídica que exigen las compañías responsables de una parte considerable de la inversión y <b>actividad económica </b>de México.</p><h2>Impuestos recaudados en México durante 2026</h2><p>De acuerdo con el titular del Servicio de Administración Tributaria,<b> Antonio Pérez Diagnino</b>, entre enero y junio de 2026, la institución logró recaudar casi tres billones en ingresos tributarios. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TGEQAIPAPBCWBBSNDXPOSIM5XM.JPG?auth=f63dfe5ffc1a4ac7b0b1ecba595dca74a265cc496271a3d376254e692eac060f&smart=true&width=924&height=517" alt="CFE es parte de los grandes contribuyentes, al igual que Pemex.
Crédito: X/ @CFEmx" height="517" width="924"/><p>La <b>Ley de Ingresos de la Federación (LIF)</b> previó que la recaudación tributaria en la primera mitad del año alcanzara los tres billones de pesos, de acuerdo con el calendario de pronósticos de ingresos.</p><p>En ese documento adjunto a la LIF, la meta para ese periodo se fijó en <b>tres billones 17 mil 193.9 millones de pesos</b>. Casi se consiguió el objetivo.</p><p>Pese a que millones de mexicanos sostienen buena parte de la<b> recaudación fiscal</b> de México, los grandes contribuyentes juegan un papel muy importante. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/7WPCCIXBQNF5RLQ5YYXXNXVFOU.jpg?auth=6ae4b4129290af3673f1d25f65e5b428b231aca87eae037749aec64dbb934d1b&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Los grandes contribuyentes son un sector importante en la recaudación de impuestos del SAT. 
Crédito: X/ @SATMX]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El IMSS lanza importante aviso sobre el trámite que ahora se debe hacer en línea]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/18/el-imss-lanza-importante-aviso-sobre-el-tramite-que-ahora-se-debe-hacer-en-linea/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/18/el-imss-lanza-importante-aviso-sobre-el-tramite-que-ahora-se-debe-hacer-en-linea/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El cambio elimina una credencial separada, refuerza la autenticación en movimientos afiliatorios y protege a empresas y trabajadores frente a registros no reconocidos]]></description><pubDate>Sat, 18 Jul 2026 15:18:40 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GCNLNBPOXBDEHJFOMQ2XHDT7L4.jpg?auth=8df379a114ed50554e2018875ebe12a3d718bba933537d86a6877f84611d85ee&smart=true&width=1920&height=1080" alt="(Jesús Avilés/Infobae México)" height="1080" width="1920"/><p><b>El IMSS elimina el NPIE</b> y adopta la <b>e.firma del SAT</b> como único certificado digital válido para trámites patronales electrónicos, tras una serie de fraudes masivos que expusieron las vulnerabilidades del sistema anterior. </p><p>Los patrones tienen hasta el <b>13 de octubre de 2026</b> para completar la migración.</p><h2>El fraude que aceleró el cambio</h2><p>El detonante del cambio fue una acumulación de esquemas fraudulentos que el NPIE no pudo contener. En julio de 2026, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/03/05/imss-alerta-por-correos-electronicos-falsos-sobre-supuestas-auditorias-a-patrones" target="_blank" rel="noopener noreferrer">el <b>IMSS</b> emitió una alerta nacional</a> después de detectar casos en los que empresas amanecían con hasta <b>15 mil trabajadores falsos</b> registrados en un solo día mediante el sistema patronal electrónico.</p><p>Un caso documentado en San Pedro, Coahuila, reveló que un negocio amaneció con 300 empleados apócrifos afiliados sin su conocimiento. El esquema, que preocupó a la iniciativa privada, se replicó en múltiples empresas de distintas partes del país.</p><p>Las consecuencias para los patrones afectados incluían el pago de cuotas obrero-patronales improcedentes, diferencias en obligaciones fiscales y posibles bloqueos de cuentas bancarias. En paralelo, investigaciones previas también habían documentado la suplantación de identidad para inscribir patrones apócrifos directamente en subdelegaciones del Instituto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/57DN3OTMQVFSBEMM3YI27XR5FU.jpg?auth=d253ae5551cbf3ef23e3226c4363f85a068d5d15a3b344dae82625410f94b2e4&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La e.firma —antes conocida como FIEL— es la Firma Electrónica Avanzada que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emite a personas físicas y morales con RFC activo. (Infobae/Jesús Aviles) " height="1080" width="1920"/><h2>La decisión y su respaldo institucional</h2><p>El <b>H. Consejo Técnico del IMSS</b> aprobó por unanimidad la medida en sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2026. La propuesta fue presentada por <b>Luisa Obrador Garrido</b>, titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación (DIR), ante el organismo presidido por el director general <b>Zoé Robledo</b>, con representantes del sector patronal, obrero y de gobierno.</p><p>El acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR se publicó en el <b>Diario Oficial de la Federación (DOF)</b> el 16 de julio de 2026 y entró en vigor al día siguiente. Con ello, quedaron derogados los acuerdos 43/2004 y 533/2006 que regulaban el NPIE, así como el certificado digital expedido por el propio Instituto.</p><p>Obrador Garrido señaló que la necesidad del cambio partió de la identificación de mejoras en la seguridad y simplificación de trámites del sistema anterior.</p><h2>Qué cambia para los patrones</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VOOHYZLZUZHOPOA5EA4MY6BFG4.jpg?auth=c8dece2ae076b9fcfd74efabaafbfde5de8ac3a301294043fb133657c7d01c20&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La vinculación de representantes legales también cambia: deberá realizarse exclusivamente en línea a través del Escritorio Virtual del IMSS (IMSS)" height="1080" width="1920"/><p>La <b>e.firma</b> —antes conocida como FIEL— es la Firma Electrónica Avanzada que el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> emite a personas físicas y morales con RFC activo. Desde 2013, el IMSS contemplaba la migración hacia este mecanismo; el acuerdo de junio de 2026 concluye formalmente ese proceso.</p><p>A partir del 14 de octubre de 2026, la e.firma será el único certificado aceptado para <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2022/07/26/imss-cual-es-el-procedimiento-en-linea-para-realizar-mi-alta-patronal-como-persona-moral/" rel="noopener noreferrer">realizar altas, bajas y modificaciones de salario</a> de trabajadores por medios electrónicos. Los actos firmados con este instrumento tienen el mismo valor jurídico que una firma autógrafa, conforme al artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación y la Ley de Firma Electrónica Avanzada.</p><p>La vinculación de representantes legales también cambia: deberá realizarse exclusivamente en línea a través del <b>Escritorio Virtual del IMSS</b>, con autenticación conjunta del representado y su representante, ambos con su propia e.firma.</p><h2>Calendario de transición y riesgos de no migrar</h2><p>El periodo de transición inició el <b>17 de julio de 2026</b> y vence el <b>13 de octubre de 2026</b>. Durante esos 90 días naturales, el NPIE y la e.firma pueden coexistir para la realización de trámites.</p><p>Quien no complete la migración antes del plazo quedará imposibilitado para realizar movimientos afiliatorios electrónicos. Las consecuencias operativas incluyen el rechazo de solicitudes de alta, baja o modificación salarial, además de posibles infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones patronales.</p><p>Para patrones cuya <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo" rel="noopener noreferrer">e.firma esté próxima a vencer o ya haya expirado</a>, el SAT requiere agendar una cita presencial con identificación oficial vigente, CURP y comprobante de domicilio fiscal.</p><h2>Beneficios y canales de atención durante la transición</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JA5J7JY3NFAYXAZDXNBBGFS2GM.png?auth=3873451aeaa313ad75479cf02fdc68646fe532682fc0a2b6d86de7df47cf2a42&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Entre los beneficios declarados por la DIR figuran la reducción de riesgos de suplantación de identidad, el fortalecimiento de la transparencia y la protección de los derechos de los trabajadores ante movimientos afiliatorios no reconocidos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La medida estandariza la autenticación patronal bajo un único instrumento reconocido por toda la Administración Pública Federal, lo que elimina la necesidad de gestionar el NPIE como credencial separada. </p><p>Entre los beneficios declarados por la DIR figuran la reducción de riesgos de suplantación de identidad, el fortalecimiento de la transparencia y la protección de los derechos de los trabajadores ante movimientos afiliatorios no reconocidos.</p><p>Durante el periodo de transición, la orientación estará disponible a través del Escritorio Virtual, el Centro de Contacto del IMSS y las áreas de Afiliación de los <b>Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada (OOAD)</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/GCNLNBPOXBDEHJFOMQ2XHDT7L4.jpg?auth=8df379a114ed50554e2018875ebe12a3d718bba933537d86a6877f84611d85ee&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(Jesús Avilés/Infobae México)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT se va de vacaciones: estas son las fechas en las que serán suspendidas algunas actividades administrativas]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/el-sat-se-va-de-vacaciones-estas-son-las-fechas-en-las-que-seran-suspendidas-algunas-actividades-administrativas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/el-sat-se-va-de-vacaciones-estas-son-las-fechas-en-las-que-seran-suspendidas-algunas-actividades-administrativas/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Aunque la autoridad fiscal detiene el conteo en asuntos administrativos durante esos días, los contribuyentes deben seguir al corriente con impuestos y envíos mensuales porque no existe una prórroga automática]]></description><pubDate>Fri, 17 Jul 2026 19:29:24 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LLFBAML4XZGR5N3CLOPX2ZV7MQ.png?auth=4aa4f6da4957516357b3e4c1783468f948f41fbe61dffa75e096a0940ab57cde&smart=true&width=1408&height=768" alt="Un oficinista con camisa y corbata trabaja desde una playa arenosa bajo una sombrilla, con un castillo de arena y una bandera del SAT. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes" rel="noopener noreferrer"><b>Servicio de Administración Tributaria</b></a> (SAT) suspenderá <b>plazos y términos administrativos del 20 al 31 de julio de 2026</b>, según la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada en el <b>Diario Oficial de la Federación</b> el 9 de julio. </p><p>La medida aplica al primer periodo general de vacaciones del organismo en el año y <b>entra en vigor a partir del día siguiente</b> a su publicación en el DOF.</p><h2>Qué plazos quedan pausados</h2><p>Durante el periodo inhábil no correrán plazos ni términos en los siguientes procedimientos: </p><ul><li>Requerimientos emitidos por el SAT </li><li>Revisiones fiscales </li><li>Procedimientos administrativos en curso </li><li>Trámites que requieran intervención directa de la autoridad fiscal </li></ul><p>El conteo de días se retomará a partir del <b>lunes 3 de agosto de 2026</b>, desde el punto en que se encontraba antes del inicio del periodo vacacional.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5QSOAG3YEZHZZMYRDMBPAOVDBY.png?auth=135bc60ab75a6ee50f50ab6e0cc2f28b822402b003810f26fdf4a5e4100edd47&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las plataformas digitales del SAT permanecerán disponibles durante esos días, al igual que la atención en oficinas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Las obligaciones del contribuyente no se detienen</h2><p>El periodo inhábil no equivale a una prórroga automática para los contribuyentes. Las declaraciones mensuales, los pagos de impuestos y las <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion" target="_blank" rel="noopener noreferrer">obligaciones fiscales periódicas</a> deben cumplirse en las fechas establecidas, independientemente del receso del organismo. </p><p>Las plataformas digitales del SAT permanecerán disponibles durante esos días, al igual que la atención en oficinas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWWKEHE54ZFJNMS63BUHH3KBTU.png?auth=ffcd5296fa2146ee98ea56339301aa4658b747c19950cb0cae44005acf040f73&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Las plataformas digitales del SAT permanecerán disponibles durante esos días, al igual que la atención en oficinas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>Alcance para estados y municipios</h2><p>La resolución contempla que las autoridades estatales y municipales coordinadas en materia fiscal —en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF)— podrán adoptar el mismo periodo inhábil. </p><p>Sin embargo, la medida no es automática: cada entidad o municipio deberá publicarlo en su propio órgano o medio de difusión oficial, conforme a sus disposiciones legales y administrativas.</p><h2>Otros cambios en la misma resolución</h2><p>La Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2026 incluyó, además del periodo vacacional, ajustes en estas materias: </p><p>Facturación electrónica (CFDI): nuevos controles y causales de restricción temporal para emitir comprobantes </p><p>Multas y pagos a plazos: precisiones operativas para contribuyentes en procesos de regularización </p><p>Estímulo fiscal a la producción cinematográfica y audiovisual Plataformas y servicios digitales: retenciones de ISR e IVA, y obligaciones para residentes en el extranjero </p><p>IEPS: marbetes, precintos y apuestas en línea</p><h2>Trámites que sí pueden realizarse durante el receso</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt=" Trámites presenciales como la generación de la e.firma por primera vez o la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) seguirán disponibles con normalidad.    (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Aunque los plazos administrativos quedan suspendidos, las oficinas del SAT no cerrarán sus puertas entre el 20 y el 31 de julio. <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/20/declaracion-anual-2026-cuales-son-los-modulos-del-sat-con-mas-disponibilidad-en-semana-del-20-al-24-de-abril" rel="noopener noreferrer">Trámites presenciales</a> como la generación de la e.firma por primera vez o la inscripción al <b>Registro Federal de Contribuyentes</b> (RFC) seguirán disponibles con normalidad. </p><p>La Oficina Virtual del organismo, que opera mediante videollamada gratuita con cita previa en citas.sat.gob.mx, también permanecerá activa. A través de ese canal pueden realizarse los siguientes trámites: </p><ul><li>Generación o renovación de contraseña </li><li>Renovación de la e.firma </li><li>Actualización de datos fiscales, como cambio de domicilio </li><li>Corrección o cambio de nombre </li><li>Incorporación o corrección de la CURP </li><li>Obtención de la constancia de situación fiscal </li><li>Asistencia para recuperar una contraseña</li></ul><h2>Qué establece la resolución oficial</h2><p>El documento tiene fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el artículo 33, fracción I, inciso g) del <b>Código Fiscal de la Federación</b> (CFF), y el artículo 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria. </p><p>La regla 2.1.6., fracción III de la resolución establece de forma textual: “El primer<b> periodo general de vacaciones</b> de 2026, comprende del <b>20 al 31 de julio de 2026</b>“. </p><p>La resolución entró en vigor al día siguiente de su publicación y algunas disposiciones prevén fechas específicas de aplicación conforme a sus artículos transitorios.</p><h2>Segundo periodo vacacional: fechas aún pendientes en el DOF</h2><p>La regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal contempla también un segundo bloque de días inhábiles, que por tradición el SAT ubica en los últimos días de diciembre. </p><p>Sin embargo, la resolución publicada el 9 de julio no fijó aún las fechas exactas de ese segundo periodo. </p><p>Se darán a conocer en una publicación posterior en el <b>Diario Oficial de la Federación</b>, conforme el organismo emita la resolución correspondiente.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LLFBAML4XZGR5N3CLOPX2ZV7MQ.png?auth=4aa4f6da4957516357b3e4c1783468f948f41fbe61dffa75e096a0940ab57cde&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Un oficinista con camisa y corbata trabaja desde una playa arenosa bajo una sombrilla, con un castillo de arena y una bandera del SAT. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[E.firma del SAT: cómo renovar cuando está vencida hace más de un año y por qué es importante hacerlo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Perder la vigencia del certificado impide presentar declaraciones, actualizar el RFC y entrar a servicios digitales del IMSS, Infonavit y la autoridad fiscal hasta regularizar el trámite]]></description><pubDate>Wed, 15 Jul 2026 13:20:42 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FSEPIATP7JBPXLFHGIYDO4SIHY.png?auth=1c10f60e39176f975f900865b29fd676457148cbbdd8029733ff3fdd2ea2bdf2&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un hombre realiza el registro de datos biométricos, como su huella dactilar y fotografía, en una oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El certificado de e.firma</b> del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/14/constancia-de-situacion-fiscal-del-sat-como-sacarla-paso-a-paso-en-2026" rel="noopener noreferrer"><b>Servicio de Administración Tributaria</b> (<b>SAT</b>)</a> tiene una vigencia de cuatro años es por ello que aquellos que lo dejaron vencer hace más de 12 meses ya no pueden renovarlo por internet: la única vía es acudir nuevamente en persona a una oficina del organismo con cita previa.</p><p>Es decir si la firma venció en 2024 o antes, el trámite digital ya no es posible. El SAT establece que la vía remota —ya sea mediante la aplicación <b>SAT ID</b> o la plataforma <b>CertiSAT WEB</b>— solo está disponible cuando el certificado lleva menos de un año sin vigencia. Superado ese plazo, la renovación presencial es el único camino.</p><h2>Qué bloquea una e.firma vencida</h2><p>Sin el certificado activo, el contribuyente pierde acceso a trámites que van desde la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion" rel="noopener noreferrer">presentación de declaraciones anuales</a> hasta la facturación electrónica.</p><p>También quedan suspendidos la solicitud de devoluciones fiscales, la actualización del <b>Registro Federal de Contribuyentes</b> (<b>RFC</b>) y el ingreso a servicios digitales del SAT, del <b>Instituto Mexicano del Seguro Social</b> (<b>IMSS</b>) y del <b>Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores</b> (<b>Infonavit</b>).</p><p>Para las personas morales, la e.firma es obligatoria sin excepción. Para las personas físicas, se vuelve indispensable cuando la declaración anual implica una devolución superior a 50 mil pesos o cuando se modifica la cuenta CLABE en devoluciones mayores a 10 mil pesos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TP6TPD2AW5CUHIZZUXFIU6VUSI.png?auth=5a521e95bf44b77fd846192689cb08c1da83e84f9f64bd32fb911457eec2bfce&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El sistema solicita RFC, CURP y correo electrónico. Tras confirmar el captcha, se elige fecha, horario y oficina. El portal envía un token al correo registrado para confirmar la cita. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Cómo agendar la cita en el SAT</h2><p>El primer paso es ingresar al portal <b>citas.sat.gob.mx</b> y seleccionar el servicio “e.firma Renovación y Revocación de Personas Físicas”.</p><p>El sistema solicita RFC, CURP y correo electrónico. Tras confirmar el captcha, se elige fecha, horario y oficina. El portal envía un token al correo registrado para confirmar la cita.</p><h2>Qué documentos llevar el día de la cita</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ERZFFIAMUZD67FHUM2FP4736DE.png?auth=543982f87b31a2b4818340340a0979ba8a89e75836ac502c4b8f2b23ba3db22c&smart=true&width=512&height=640" alt="Las personas morales deben agregar la copia certificada del poder notarial del representante legal, el acta constitutiva y la e.firma vigente de dicho representante. (SAT México)" height="640" width="512"/><p>Los requisitos varían según cuánto tiempo lleva vencido el certificado. Cuando el vencimiento no supera un año, basta con la huella dactilar para acreditar identidad y domicilio.</p><ul><li>Cuando han pasado más de 12 meses desde el vencimiento, el SAT exige documentación adicional:</li><li>Identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional), en original</li><li>Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses</li><li>Unidad de memoria USB, preferentemente nueva</li><li>Correo electrónico personal activo</li><li>Las personas morales deben agregar la copia certificada del poder notarial del representante legal, el acta constitutiva y la e.firma vigente de dicho representante.</li></ul><h2>Qué pasa en la oficina del SAT</h2><p>El asesor captura los datos del contribuyente y realiza la validación biométrica: huellas dactilares, fotografía de iris y firma digitalizada.</p><p>Una vez verificada la identidad, el sistema genera los nuevos archivos de la e.firma —con extensiones <b>.key</b> y <b>.cer</b>— que se guardan directamente en la USB proporcionada por el contribuyente.</p><p>Al concluir, el SAT entrega un acuse que confirma la actualización del certificado digital. El trámite se resuelve en la misma visita y <b>no tiene ningún costo</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NJM4O2YFERFDFOCZ4EOKKERP2Q.jpg?auth=0a29172d5cf30c6e229694eeb77193a28f584d86dbdac694a72fcc026cd13b25&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Una vez aprobada la solicitud en SAT ID, el contribuyente debe descargar el programa Certifica en su computadora, generar el archivo de requerimiento (.req) y completar el proceso en CertiSAT WEB seleccionando “Renovación de Certificado con SAT ID”." height="1080" width="1920"/><h2>Renovación cuando el vencimiento es menor a un año</h2><p>Quienes todavía se encuentran dentro del primer año de vencimiento tienen dos alternativas sin necesidad de cita. La primera es la aplicación <b>SAT ID</b>, disponible para personas físicas mayores de edad: requiere subir una identificación oficial, grabar un video con una frase indicada por el sistema y esperar hasta cinco días hábiles para la aprobación.</p><p>Una vez aprobada la solicitud en SAT ID, el contribuyente debe descargar el programa <b>Certifica</b> en su computadora, generar el archivo de requerimiento (.req) y completar el proceso en CertiSAT WEB seleccionando “Renovación de Certificado con SAT ID”.</p><p>La segunda opción es la renovación directa en CertiSAT WEB con la e.firma aún vigente o recién vencida, cargando los archivos .key y .cer originales junto con la contraseña de la llave privada.</p><h2>En 2026, quiénes deben renovar</h2><p>La e.firma emitida o renovada en 2022 cumple su ciclo de cuatro años en 2026. Quienes la tramitaron ese año deben verificar la fecha exacta de expiración en el <b>Servicio de Validación de e.firma</b> del portal sat.gob.mx, ingresando el RFC y el archivo .cer.</p><p>Si el certificado ya superó el año de vencimiento, la cita presencial no admite demora: cada mes adicional sin renovar implica más trámites bloqueados y, en el caso de personas morales, posibles incumplimientos fiscales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/FSEPIATP7JBPXLFHGIYDO4SIHY.png?auth=1c10f60e39176f975f900865b29fd676457148cbbdd8029733ff3fdd2ea2bdf2&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre realiza el registro de datos biométricos, como su huella dactilar y fotografía, en una oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Pago del impuesto de circulación en Guatemala: más de la mitad del parque vehicular sigue pendiente]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/15/pago-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-mas-de-la-mitad-del-parque-vehicular-sigue-pendiente/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/15/pago-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-mas-de-la-mitad-del-parque-vehicular-sigue-pendiente/</guid><dc:creator><![CDATA[Jessica Gramajo]]></dc:creator><description><![CDATA[El cobro cubre hasta ahora 49% de las 6.745.593 unidades en circulación, de acuerdo con la Superintendencia de Administración Tributaria, que mantiene para 2026 el objetivo fiscal y no ha anunciado una prórroga]]></description><pubDate>Wed, 15 Jul 2026 12:09:32 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SSHASK26V5DH3INMT7HYJYTUQU.png?auth=76aa5ba3134cc791dd93f50b96c4a789907927b1df43854145101ca3f9dfc110&smart=true&width=1408&height=768" alt="La recaudación del ISCV suma Q820.40 millones y todavía se mantiene por debajo de la meta anual de Q1,495.13 millones fijada para 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La <b>Superintendencia de Administración Tributaria (SAT)</b> reporta que, al 12 de julio de 2026, <b>3,287,281 vehículos han realizado el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV)</b>, lo que representa el 49% del parque vehicular nacional. <b>El otro 51%, equivalente a 3,458,312 unidades, permanece pendiente de pago</b>, según información oficial difundida por la institución. </p><p>El monto <b>recaudado asciende a Q820.40 millones</b>, según datos confirmados por la propia <b>SAT</b>. La cifra representa un progreso relevante, aunque todavía se ubica por debajo de la meta anual establecida para 2026, que es de <b>Q1,495.13 millones</b>. </p><h2>Composición del parque vehicular</h2><p>De acuerdo con los registros más recientes de la <b>Superintendencia de Administración Tributaria</b>, el <a href="https://www.infobae.com/el-salvador/2026/07/11/centroamerica-acelera-el-parque-automotor-costa-rica-lidera-guatemala-desborda-su-capital-y-panama-dispara-su-flota-mientras-la-region-envejece" target="_blank" rel="noopener noreferrer">parque vehicular nacional</a> está compuesto por <b>2,860,874 vehículos particulares, 3,454,568 motocicletas y 430,151 comerciales</b>, sumando un total de <b>6,745,593 unidades</b> en circulación. La mayor parte corresponde a motos, seguidas de automóviles particulares y, en menor medida, vehículos comerciales. </p><p>Este volumen de vehículos circula en los 22 departamentos del país y representa un desafío logístico y recaudatorio para la <b>SAT</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JSEMXAB25VF3PNLVG6Z45CFJL4.png?auth=d749c62327673073451040d7470c1898725dde6518780009f44a7f86b23d9745&smart=true&width=1408&height=768" alt="La SAT informó que 3,287,281 vehículos pagaron el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos al 12 de julio de 2026, lo que equivale al 49% del parque vehicular nacional. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Fechas clave y consecuencias por mora</h2><p>El superintendente de la SAT, <b>Werner Ovalle</b>, recordó que <b>el período voluntario de pago del ISCV se extiende del 1 de enero al 31 de julio de 2026</b>. A partir del 1 de agosto, quienes no hayan cancelado el tributo quedarán sujetos a las sanciones previstas en la legislación tributaria vigente. </p><p>Según lo estipulado en el artículo 31 del Decreto Número 70-94, <b>Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos</b>, el contribuyente incurre automáticamente en infracción por omisión de tributos desde el día siguiente al vencimiento del plazo. </p><p>En estos casos, <b>la sanción consiste en una multa equivalente al 100% del impuesto omitido, además del pago de intereses</b>. </p><p>Actualmente, la <b>Administración Tributaria</b> no ha informado sobre la posibilidad de alguna prórroga para este período de pago. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K525RXG5LBCDZIMZVDSZEB3XAA.jpg?auth=a82b9a21d889d3d0dd034e377e97346c14f4426a31e26dfe0f747458fe94e88a&smart=true&width=399&height=501" alt="La SAT recordó que el período voluntario para pagar el impuesto de circulación va del 1 de enero al 31 de julio de 2026. (Municipalidad de Villa Nueva) (Municipalidad de Villa Nueva)" height="501" width="399"/><h2>Seguimiento y expectativas</h2><p>La <b>SAT</b> subraya la importancia de cumplir con esta obligación fiscal dentro del plazo establecido. El objetivo de recaudación para 2026 se mantiene en <b>Q1,495.13 millones</b>, una meta que dependerá del comportamiento de los contribuyentes en las próximas semanas. </p><p>El avance en la recaudación y la reducción del rezago serán determinantes para evitar sanciones y fortalecer la capacidad financiera del Estado mediante el cumplimiento del <b>ISCV</b>. </p><p>Una parte importante de lo recaudado se transfiere directamente a las municipalidades del país para proyectos de desarrollo local. Por ley, este dinero tiene destinos muy específicos: </p><ul><li><b>Mantenimiento y construcción vial:</b> Se debe usar exclusivamente para mejorar, pavimentar, construir y ampliar calles, <a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/14/el-gobierno-de-guatemala-interviene-179-puentes-a-traves-del-ministerio-de-comunicaciones" target="_blank" rel="noopener noreferrer">puentes</a>, bordillos y viaductos en las cabeceras y poblados municipales. </li><li><b>Servicios básicos:</b> En algunos casos, se destina a mejorar y ampliar los sistemas de agua potable, drenajes y alumbrado público de las comunidades. </li><li><b>Tránsito local:</b> Compra y mantenimiento de semáforos, señales de tránsito y otros equipos para ordenar y controlar el tráfico en cada municipio.</li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SSHASK26V5DH3INMT7HYJYTUQU.png?auth=76aa5ba3134cc791dd93f50b96c4a789907927b1df43854145101ca3f9dfc110&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[La recaudación del ISCV suma Q820.40 millones y todavía se mantiene por debajo de la meta anual de Q1,495.13 millones fijada para 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Constancia de situación fiscal del SAT: como sacarla paso a paso en 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/14/constancia-de-situacion-fiscal-del-sat-como-sacarla-paso-a-paso-en-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/14/constancia-de-situacion-fiscal-del-sat-como-sacarla-paso-a-paso-en-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El contribuyente puede obtener el documento de forma digital o impresa mediante el portal, app SAT Móvil, SAT ID, chat en línea o atención presencial en oficinas y módulos itinerantes, sin costo ni cita previa]]></description><pubDate>Tue, 14 Jul 2026 13:36:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Esta es la manera en que puedes generar la Constancia de Situación Fiscal sin e.firma Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><p><b>El SAT </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/18/sat-puede-multar-por-mas-de-120-mil-pesos-por-condicionar-facturas-a-quienes-aplica-y-como-denunciar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/18/sat-puede-multar-por-mas-de-120-mil-pesos-por-condicionar-facturas-a-quienes-aplica-y-como-denunciar/"><b>expide la Constancia de Situación Fiscal</b></a> de forma gratuita a través de cinco canales oficiales en 2026, sin necesidad de cita previa en la mayoría de los casos, y en menos de cinco minutos desde el portal o la aplicación móvil.</p><p>Desde el 1 de enero de 2026, este documento ya no es un requisito legal para emitir facturas electrónicas ni comprobantes de nómina. Quien lo exija como condición para facturar comete una infracción sancionada por el<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/"> <b>Código Fiscal de la Federación</b>.</a></p><h2>Qué es la Constancia de Situación Fiscal</h2><p>La Constancia de Situación Fiscal (CSF) es un documento que emite el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> para acreditar que un contribuyente está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y para verificar su actividad económica registrada.</p><p>El documento incluye la Cédula de Identificación Fiscal (CIF) con código QR, el RFC, el nombre o denominación social, el domicilio fiscal, el régimen fiscal, las actividades económicas del contribuyente, y el lugar y fecha de emisión.</p><h2>Qué cambió en 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>A partir del 1 de enero de 2026, la CSF dejó de ser obligatoria para la facturación electrónica y la emisión de comprobantes de nómina. Para emitir un CFDI, el SAT precisa que únicamente se requieren cuatro datos: la clave del RFC, el nombre o razón social, el código postal y el régimen fiscal.</p><p>Condicionar la emisión de una factura a la entrega de la constancia constituye una infracción conforme al artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación. La sanción va de <b>MXN $21.420 a MXN $122.440</b>.</p><h2>Dónde sí se puede exigir</h2><p>Pese al cambio normativo, bancos, empleadores e instituciones públicas y privadas siguen solicitando la CSF de forma legítima en ciertos trámites.</p><p>Los casos más frecuentes son: apertura de cuentas bancarias, inicio de una relación laboral, y actualización de datos ante organismos públicos o privados. En estos contextos, la constancia funciona como documento corroborador de información fiscal.</p><h2>Cómo obtenerla: los 5 canales oficiales</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR5OEY7KA5BQHB4OEFAT2PB524.png?auth=10bd48b9b6c8f36c4d9cff3ca3613adf212102c335f025cdd2a3410a3101e090&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Un funcionario revisa documentos en un expediente de papel sobre su escritorio en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><b>Canal 1 — Portal sat.gob.mx</b> (personas físicas y morales con contraseña o e.firma):</p><p>1. Ingresa a sat.gob.mx e inicia sesión en el apartado de tu tipo de contribuyente.</p><p>2. Selecciona “Trámites del RFC”.</p><p>3. Elige “Constancia de Situación Fiscal”.</p><p>4. Haz clic en “Generar Constancia”.</p><p>5. Descarga o imprime el PDF con tus datos actualizados.</p><p>Disponible las 24 horas, los 7 días de la semana.</p><p><b>Canal 2 — SAT ID</b> (personas físicas sin contraseña ni e.firma):</p><p>1. Descarga la app SAT ID desde App Store o Google Play.</p><p>2. Selecciona “Constancia de Situación Fiscal con CIF” y acepta los términos.</p><p>3. Ingresa tu RFC de 13 dígitos, correo electrónico y número de celular.</p><p>4. Captura el token que recibirás en tu correo.</p><p>5. Adjunta una fotografía o PDF de tu identificación oficial vigente (INE por ambos lados, cédula profesional o pasaporte).</p><p>6. Graba el video de validación de identidad frente a la cámara, leyendo la frase que aparece en pantalla.</p><p>7. Verifica la información, firma en el recuadro y descarga el PDF.</p><p>El documento llega al correo en un plazo de hasta <b>cinco días hábiles</b>.</p><p><b>Canal 3 — App SAT Móvil</b> (con RFC y contraseña):</p><p>1. Descarga la aplicación SAT Móvil para Android o iOS.</p><p>2. Inicia sesión con tu RFC de 13 dígitos y contraseña del portal SAT.</p><p>3. Toca “Documentos” y selecciona “Constancia de Situación Fiscal (CSF)”.</p><p>4. Descarga el documento o envíalo directamente a tu correo electrónico.</p><p><b>Canal 4 — Chat uno a uno del SAT</b> (con asesor en línea):</p><p>1. Ingresa al Centro de Contacto SAT en chat.sat.gob.mx.</p><p>2. Selecciona “Cédula de Identificación Fiscal”.</p><p>3. Llena el formulario con tus datos y acepta que la información es verídica.</p><p>4. Guarda tu número de ticket, valida tus datos y confirma.</p><p>5. Descarga el documento mediante el enlace que el asesor te compartirá.</p><p>Disponible de lunes a viernes, de <b>9:00 a 18:00 horas</b>.</p><p><b>Canal 5 — Oficinas y módulos itinerantes del SAT</b> (sin cita):</p><p>1. Localiza la oficina o módulo del SAT más cercano. El SAT cuenta con <b>161 oficinas</b> en todo el país, además de módulos itinerantes con horario de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas.</p><p>2. Acude con tu identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional). No se requiere cita previa para este trámite.</p><p>3. Solicita la constancia en el módulo de atención. El personal puede validar tu identidad con huella digital si está registrada en el sistema.</p><p>4. Recibe la constancia impresa en el momento.</p><p>En los módulos itinerantes también se puede tramitar la inscripción al RFC, la e.firma y recibir orientación sobre obligaciones fiscales, todo de forma gratuita.</p><h2>Vigencia y cuándo actualizarla</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XTA5UTUMUBC3XLBKXL4QOUNSTA.jpg?auth=9cf2820192f7d67afeee017644e4df232a7812a13ac9cfa0ce447e847b6eca94&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Antonio Martínez Dadnino, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), aseguró que no es necesaria la Constancia de Situación Fiscal (Especial)" height="1080" width="1920"/><p>La CSF <b>no tiene vigencia definida</b> y el trámite es completamente gratuito. No es necesario renovarla con periodicidad fija.</p><p>Solo debe actualizarse cuando el contribuyente registre cambios en su información ante el SAT: modificación del domicilio fiscal, cambio de régimen fiscal o actividades económicas, o incorporación y corrección de la CURP. Cada vez que se genera una nueva constancia, el sistema produce un PDF con los datos más recientes.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Esta es la manera en que puedes generar la Constancia de Situación Fiscal sin e.firma Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT puede cancelar tu RFC sin que lo sepas: qué consecuencias tiene y cómo reactivarlo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/13/el-sat-puede-cancelar-tu-rfc-sin-que-lo-sepas-que-consecuencias-tiene-y-como-reactivarlo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/13/el-sat-puede-cancelar-tu-rfc-sin-que-lo-sepas-que-consecuencias-tiene-y-como-reactivarlo/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Recuperar el RFC reactiva la obligación de emitir facturas, declarar IVA e ISR mensuales, presentar declaración anual y, si es necesario, renovar el Certificado de Sello Digital antes de volver a facturar]]></description><pubDate>Mon, 13 Jul 2026 13:17:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y77CQ5RL4FD4RFTLMZHMW2GMYY.png?auth=af7a033e5d96d6a28f2eaa1febcf4d2c269d07dc762749b95c08f486167ec768&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Cuatro personas se llevan las manos a la cabeza al recibir avisos de suspensión de su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El SAT</b> puede<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/13/para-que-sirve-el-rfc-y-por-que-es-importante-tenerlo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/13/para-que-sirve-el-rfc-y-por-que-es-importante-tenerlo/"> <b>cancelar o suspender el RFC</b></a> de un contribuyente mexicano sin que este reciba una notificación directa, dejándolo imposibilitado para facturar, contratar con el gobierno o acceder a servicios financieros. Conocer las causas, las consecuencias y los pasos para reactivar el registro puede evitar multas y auditorías.</p><p>El<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/06/plan-maestro-del-sat-2026-lo-que-debes-saber-para-no-tener-sanciones-ni-contratiempos-guia-completa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/06/plan-maestro-del-sat-2026-lo-que-debes-saber-para-no-tener-sanciones-ni-contratiempos-guia-completa/"> <b>Servicio de Administración Tributaria</b></a> (SAT) cuenta con cuatro causas principales para dar de baja un Registro Federal de Contribuyentes (RFC): el cese definitivo de actividades económicas, el fallecimiento del contribuyente, la existencia de registros duplicados y la detección de operaciones simuladas o facturas falsas.</p><p>En este último caso, la autoridad puede actuar con base en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), que permite presumir la inexistencia de operaciones y anular los comprobantes fiscales emitidos por esos RFC.</p><h2>Suspensión o cancelación: no es lo mismo</h2><p>Antes de buscar una solución, el contribuyente debe identificar qué le ocurrió a su registro, porque el trámite de recuperación es distinto en cada caso.</p><p>La <b>suspensión de actividades</b> congela las obligaciones fiscales periódicas —declaraciones mensuales, emisión de CFDI— pero el RFC permanece activo. La <b>cancelación</b>, en cambio, es una baja definitiva que solo procede cuando el contribuyente cesa por completo su actividad sin intención de retomarla, como al liquidar una empresa.</p><p>Si el RFC fue suspendido, la solución es presentar un aviso de reanudación de actividades. Si fue cancelado, el procedimiento es más complejo y el SAT lo evalúa caso por caso.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2D55X7TVINFWJMYG4WLH7RUZF4.jpg?auth=a4b3712c4621741f8ae48085292032fc3b8d01cd649e0b2d965e35ebb967e56d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="as consecuencias más frecuentes incluyen la imposibilidad de emitir CFDI, la restricción o cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) —sin el cual ningún Proveedor Autorizado de Certificación puede timbrar facturas (Cuartoscuro/ Imagen ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><h2>Qué consecuencias trae un RFC inactivo</h2><p>Un RFC cancelado o suspendido sin que el contribuyente lo sepa puede generar un efecto en cadena sobre su operación fiscal y financiera.</p><p>Las consecuencias más frecuentes incluyen la <b>imposibilidad de emitir CFDI</b>, la restricción o cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) —sin el cual ningún Proveedor Autorizado de Certificación puede timbrar facturas—, y la pérdida de la opinión de cumplimiento positiva exigida por el artículo 32-D del CFF para contratar con dependencias de gobierno.</p><p>A eso se suman multas por omisión de avisos al RFC y la apertura de procesos de revisión o auditoría, dado que el SAT cruza información con los PAC y detecta ingresos o facturas emitidas por contribuyentes con obligaciones inactivas.</p><h2>Cómo reactivar el RFC paso a paso</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/66RMY5UWMVGSVL4DZ7ZC2P5AYM.jpg?auth=de7eb3778229f6024c6c813f68af15f50b208f0ce3973abc56b771705b165053&smart=true&width=1012&height=571" alt="Si la e.firma está vencida, es necesario renovarla primero en una oficina del SAT antes de iniciar el proceso en línea. El cambio de estatus se refleja en el sistema entre 24 y 72 horas hábiles. (elcontribuyente.mx)" height="571" width="1012"/><p>El trámite de reanudación de actividades es <b>gratuito</b> y está disponible en dos modalidades: en línea a través de sat.gob.mx o de forma presencial en cualquier oficina del SAT con cita previa.</p><p>Para el trámite en línea, el contribuyente debe ingresar al portal oficial, seleccionar “Otros trámites y servicios”, luego “Actualización en el RFC” y elegir “Presenta tu aviso de reanudación de actividades”. Se requiere RFC, contraseña del SAT o e.firma vigente, identificación oficial y CURP. Al confirmar, el sistema genera un <b>acuse de recibo</b> que debe guardarse como comprobante.</p><p>Si la e.firma está vencida, es necesario renovarla primero en una oficina del SAT antes de iniciar el proceso en línea. El cambio de estatus se refleja en el sistema entre 24 y 72 horas hábiles.</p><h2>Obligaciones que se reactivan con el aviso</h2><p>Presentar el aviso de reanudación no solo recupera el RFC: también reactiva todas las obligaciones fiscales del régimen correspondiente desde la fecha indicada.</p><p>Esto incluye la emisión de CFDI por cada ingreso o servicio, la presentación de <b>declaraciones mensuales de IVA e ISR</b>, la declaración anual y el envío de contabilidad electrónica cuando el SAT lo requiera. Si el CSD venció durante el periodo de inactividad, el contribuyente deberá solicitar uno nuevo antes de emitir su primera factura.</p><p>El sistema permite señalar una fecha de reanudación retroactiva, pero eso genera obligaciones fiscales pendientes desde ese momento, con los pagos de IVA e ISR que correspondan.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4QQCBQ44M5GYBNR55OILPCSBJ4.jpg?auth=e230066ca577ae7be2a1504f01190b32d7f8d162bdc42dd31ec55d9774c8235d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Retomar la actividad económica sin notificar al SAT no pasa desapercibido. La autoridad fiscal cruza datos del buzón tributario, reportes de terceros y registros de los PAC para detectar facturas emitidas por contribuyentes con obligaciones suspendidas. (Infobae/Jesús Aviles)" height="1080" width="1920"/><h2>El riesgo de operar sin haber presentado el aviso</h2><p>Retomar la actividad económica sin notificar al SAT no pasa desapercibido. La autoridad fiscal cruza datos del buzón tributario, reportes de terceros y registros de los PAC para detectar facturas emitidas por contribuyentes con obligaciones suspendidas.</p><p>Las sanciones por no presentar el aviso de reanudación a tiempo van desde <b>multas por omisión</b> hasta requerimientos formales y auditorías por diferencias entre los ingresos detectados y las declaraciones presentadas. La pérdida de la opinión de cumplimiento positiva también cierra el acceso a licitaciones públicas y a ciertos productos financieros.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y77CQ5RL4FD4RFTLMZHMW2GMYY.png?auth=af7a033e5d96d6a28f2eaa1febcf4d2c269d07dc762749b95c08f486167ec768&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Cuatro personas se llevan las manos a la cabeza al recibir avisos de suspensión de su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Procesan a cuñado de Inés Gómez Mont por presunta defraudación fiscal: irá a prisión preventiva ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/12/procesan-a-cunado-de-ines-gomez-mont-por-presunta-defraudacion-fiscal-ira-a-prision-preventiva/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/12/procesan-a-cunado-de-ines-gomez-mont-por-presunta-defraudacion-fiscal-ira-a-prision-preventiva/</guid><dc:creator><![CDATA[Andrés García S. ]]></dc:creator><description><![CDATA[Alejandro “N”, hermano del empresario Víctor Álvarez Puga, es señalado por la presunta omisión del pago del ISR correspondiente a 2016; la FGR aclaró que este caso es independiente del proceso de extradición que enfrenta el matrimonio en Estados Unidos]]></description><pubDate>Sun, 12 Jul 2026 19:18:19 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WBAKOWSCVRGFBK43UIPLGEJMO4.png?auth=a70bc8e473a8a07a0c819e901c7eb4ce4b69667c2285f38f617275bc0ca32e30&smart=true&width=1058&height=578" alt="(Imagen ilustrativa generada con IA | Infobae México)" height="578" width="1058"/><p>Un juez federal vinculó a proceso a <b>Alejandro “N”</b>, cuñado de la conductora Inés Gómez Mont, por su probable responsabilidad en el<b> delito de defraudación fiscal</b> relacionado con la presunta omisión del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal de <b>2016.</b></p><p>Durante la audiencia inicial, el juez consideró que existían datos de <b>prueba suficientes</b> para iniciar el proceso penal en su contra. Además, le impuso la medida cautelar de <b>prisión preventiva</b> y fijó un plazo de cuatro meses para el cierre de la investigación complementaria.</p><p>La Fiscalía General de la República (<b>FGR</b>) informó que Alejandro “N” fue detenido en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en un <b>operativo</b> realizado por agentes de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), con apoyo de elementos de la <b>Secretaría de Marina</b>.</p><p>De acuerdo con la investigación, el imputado es señalado por un presunto<b> perjuicio al fisco</b> federal derivado del incumplimiento de sus obligaciones fiscales durante el ejercicio de 2016.</p><h2>FGR marca distancia con el caso de Inés Gómez Mont</h2><p>Tras informar sobre la resolución judicial, la FGR subrayó que el proceso contra Alejandro “N” <b>no guarda relación </b>con los <b>procedimientos de extradición </b>que enfrentan Inés Gómez Mont y su esposo, el empresario Víctor Álvarez Puga, quienes son<b> requeridos por autoridades mexicanas </b>por su probable participación en los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.</p><p>La dependencia detalló que Víctor Álvarez Puga permanece sujeto a un procedimiento migratorio en Estados Unidos desde septiembre de 2025. Aunque obtuvo su libertad mediante el pago de una fianza y el uso de un dispositivo de geolocalización, la <b>próxima audiencia</b> de su caso está programada para <b>noviembre de 2026.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/C6QFMNU7HRARBHW75YBV7LH6NA.jpg?auth=49c71ba25d083521b6036d25d860a8f3db2d0a43bbf9f7f465ea1fd7c92345f9&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La FGR subrayó que el proceso contra Alejandro “N” no guarda relación con los procedimientos de extradición que enfrentan Inés Gómez Mont (en la imagen) y su esposo, el empresario Víctor Álvarez Puga (también en la imagen). (Crédito: Facebook)" height="1080" width="1920"/><p>Respecto a Inés Gómez Mont, la Fiscalía señaló que también presentó una <b>solicitud de detención provisional </b>con fines de extradición. No obstante, indicó que el Departamento de Justicia de Estados Unidos solicitó la petición formal correspondiente, la cual continúa <b>integrándose </b>para cumplir con los requisitos exigidos por ese país.</p><p>La resolución dictada contra Alejandro “N” corresponde exclusivamente a la <b>investigación por presunta defraudación fiscal</b>. Conforme al principio de presunción de inocencia, deberá ser considerado inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme emitida por un juez.</p><h2>Así fue la captura en Cancún la noche del 9 de julio</h2><p>Alejandro Álvarez Puga fue detenido la noche del 9 de julio en la zona hotelera de Cancún, Quintana Roo, en cumplimiento de una<b> orden de aprehensión</b>. Tras su captura, fue trasladado para quedar a disposición de un juez federal con sede en el Centro de Justicia Penal Federal del<b> Reclusorio Sur, en la Ciudad de México.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/F2UN6JBINJAOHFTRZQJEVQKOGM.jpg?auth=35da3d5bf0ae0e60fd170a0397d7219ff0e8f8b4f5a6e19bbdc630f918a463d4&smart=true&width=1141&height=1270" alt="(Crédito: X | @FGRMexico)" height="1270" width="1141"/><p>El empresario, hermano de Víctor Álvarez Puga y cuñado de Inés Gómez Mont, ha sido mencionado en <b>distintas investigaciones </b>de la Fiscalía General de la República por presuntos <b>delitos fiscales y financieros</b>. En una de ellas, la dependencia sostiene que una red de empresas habría triangulado alrededor de 2 mil 950 millones de pesos mediante contratos celebrados por el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS). <b>Esa indagatoria es distinta </b>al proceso por presunta defraudación fiscal por el que ahora fue vinculado a proceso.</p><p>La captura de Alejandro Álvarez Puga ocurre<b> casi cinco años después </b>de que las investigaciones contra la familia y su círculo cercano cobraron relevancia pública. Desde entonces, distintas indagatorias federales han derivado en <b>órdenes de aprehensión, procesos penales y solicitudes de extradición</b> por presuntos delitos fiscales y operaciones con recursos de procedencia ilícita.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WBAKOWSCVRGFBK43UIPLGEJMO4.png?auth=a70bc8e473a8a07a0c819e901c7eb4ce4b69667c2285f38f617275bc0ca32e30&amp;smart=true&amp;width=1058&amp;height=578" type="image/png" height="578" width="1058"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen ilustrativa generada con IA | Infobae México)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Cuánto pagas de impuestos si recibes una herencia en México y qué debes hacer]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/cuanto-pagas-de-impuestos-si-recibes-una-herencia-en-mexico-y-que-debes-hacer/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/cuanto-pagas-de-impuestos-si-recibes-una-herencia-en-mexico-y-que-debes-hacer/</guid><dc:creator><![CDATA[Samantha Godínez ]]></dc:creator><description><![CDATA[El tratamiento fiscal proviene del numeral 93, fracción XXII, de la LISR, que clasifica las herencias como ingresos exentos para efectos de ISR]]></description><pubDate>Thu, 09 Jul 2026 20:04:59 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FAZ5MIWPQFFSNJ2TEANRXKPT3I.png?auth=ede1dfc4e02290d35df86d65e84e6e2b638a4a0177a6745fdf9823d361214997&smart=true&width=1408&height=768" alt="Herencia en México (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Ante la polémica por la propuesta de la ministra de la <b>Suprema Corte de Justicia de la Nación</b>, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/07/ministra-lenia-batres-respalda-impuestos-a-afores-y-herencias-aclara-que-la-decision-corresponde-al-congreso/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/07/ministra-lenia-batres-respalda-impuestos-a-afores-y-herencias-aclara-que-la-decision-corresponde-al-congreso/"><b>Lenia Batres</b></a>, sobre el pago de impuestos a las herencias, muchos ciudadanos se preguntan cuánto tendrían que pagar al recibir un legado.</p><p>De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/sat-aclara-cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-en-2026-y-cuando-debes-usar-transferencia/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/sat-aclara-cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-en-2026-y-cuando-debes-usar-transferencia/"><b>SAT</b></a>), en México, las <b>regulaciones fiscales </b>al patrimonio está regulado de manera precisa por la Ley del Impuesto sobre la Renta (<b>LISR</b>) y el Código Civil Federal. El artículo 1281 del Código Civil define este proceso como la sucesión en todos los bienes, derechos y obligaciones del difunto que no se extinguen con su <b>fallecimiento</b>.</p><p>El tratamiento fiscal proviene del numeral 93, fracción XXII, de la LISR, que clasifica las herencias como ingresos exentos para efectos de <b>ISR</b>, siempre que se declare en los términos establecidos por la ley cuando el monto rebasa los 500 mil pesos mexicanos. Esta clausula establece la obligación de informar en la<b> declaración anual </b>la recepción de ingresos superior a ese monto. </p><p>De cumplirse este requisito, el ingreso permanece exento del Impuesto Sobre la Renta, aun cuando se trate de una operación exenta, los beneficiarios deben inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (<b>RFC</b>)<b> </b>e informar el monto heredado cuando excede el umbral antes mencionado.</p><p>En el caso de recibir un <b>bien inmueble</b> por herencia, el beneficiario no debe pagar el impuesto en ese momento. Sin embargo, al formalizar la sucesión se genera el <b>Impuesto sobre la Adquisición de Inmuebles (ISAI)</b>, cuya tasa varía entre entidades de la República, rondando entre 2 y 4.5% del valor de la vivienda. Este gravamen corresponde a un impuesto local y se fija por cada entidad federativa.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PLWJGPRAUVD77PJBDS4ARCIMUU.jpg?auth=a36a0b3283fa07f41a13ae37281fcb63b56c484671e128f7c443709a288f408d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Lenia Batres  (FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM)" height="1080" width="1920"/><h2>Debate en la SCJN: ¿deben pagar impuestos las Afores heredadas?</h2><p>Lenia Batres<b> </b>expresó su respaldo a la posibilidad de aplicar impuestos a las herencias, legados y recursos de las <b>Afores </b>que reciben los beneficiarios de trabajadores fallecidos. La funcionaria judicial manifestó que aunque considera justa la recaudación de estos <b>gravámenes</b>, la decisión corresponde exclusivamente al<b> Congreso de la Unión</b>, pues la Corte solo interpreta la legislación vigente.</p><p>El debate surgió ante criterios opuestos en tribunales federales sobre si los fondos heredados deben pagar Impuesto Sobre la Renta o estar exentos, como ocurre con legados. Mientras que la ministra defendió que estos ingresos representan patrimonio transferido y no fruto del trabajo directo del beneficiario, la mayoría del Pleno de la SCJN rechazó el proyecto que proponía gravarlos. </p><p>La postura predominante entre los ministros fue que los recursos acumulados en una cuenta individual forman parte del patrimonio generado por la persona trabajadora, y deben asegurar protección económica a los beneficiarios, sin crear diferencias injustificadas en el tratamiento fiscal.</p><p>En México, las herencias siguen exentas del ISR, los recursos de las Afores mantienen un régimen distinto pendiente de clarificación legal. Batres recordó que, históricamente, el país aplicó impuestos a herencias hasta 1961 y que la <b>OCDE </b>reúne a 24 países que hoy los mantienen. Por ahora, cualquier reforma depende de una decisión legislativa y no judicial.</p><p>La presidenta <b>Claudia Sheinbaum</b>, durante la mañanera del pueblo de este 9 de julio en Palacio Nacional, declaró no estar de acuerdo con aplicar impuestos a herencias y recursos de Afores heredados, desmarcándose de la propuesta defendida por la ministra mexicana. </p><p>Asimismo, la jefa de Estado descartó promover un debate legislativo al respecto y señaló que, aunque en otros países estos gravámenes existen, su gobierno no considera necesario implementarlos. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/FAZ5MIWPQFFSNJ2TEANRXKPT3I.png?auth=ede1dfc4e02290d35df86d65e84e6e2b638a4a0177a6745fdf9823d361214997&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Herencia en México (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT aclara cuánto dinero puedes pagar en efectivo en 2026 y cuándo debes usar transferencia]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/sat-aclara-cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-en-2026-y-cuando-debes-usar-transferencia/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/sat-aclara-cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-en-2026-y-cuando-debes-usar-transferencia/</guid><dc:creator><![CDATA[Lorna Huitrón]]></dc:creator><description><![CDATA[En algunos casos, la Ley Antilavado prohíbe liquidar compras con dinero en efectivo cuando rebasan ciertos montos]]></description><pubDate>Thu, 09 Jul 2026 18:11:13 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WL2NPJQQRBBHFKT56TJ4ASE7XU.jpg?auth=88f1b841d7ea85e83a1ed5242dcb5567c5d168e4623ccc8d1ff5ef1a5a7c7ef4&smart=true&width=1920&height=1080" alt="En algunos casos, la Ley Antilavado prohíbe liquidar compras con dinero en efectivo cuando rebasan ciertos montos" height="1080" width="1920"/><p>En México es común pensar que el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> establece un monto máximo para realizar cualquier <b>pago en efectivo.</b> Sin embargo, la realidad es distinta: <b>no existe un límite único aplicable a todas las operaciones</b>.</p><p>Las restricciones varían dependiendo del tipo de compra o servicio y tienen como objetivo prevenir el lavado de dinero, además de garantizar la transparencia en las operaciones de alto valor.</p><p>Por ello, algunos pagos únicamente pueden realizarse mediante transferencias bancarias, cheques nominativos, tarjetas u otros medios financieros cuando rebasan determinados montos.</p><p>Para 2026, estos límites se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor es de <b>117.31 pesos</b>.</p><h2>Estos son los límites para pagar en efectivo en 2026</h2><p>La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como Ley Antilavado, establece topes para determinadas actividades consideradas vulnerables.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWWKEHE54ZFJNMS63BUHH3KBTU.png?auth=ffcd5296fa2146ee98ea56339301aa4658b747c19950cb0cae44005acf040f73&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El SAT recuerda que los pagos en efectivo tienen límites dependiendo del tipo de operación y que, en algunos casos, es obligatorio utilizar transferencias u otros medios bancarios para cumplir con la legislación vigente" height="1536" width="2752"/><p>En el caso de la <b>compraventa de bienes inmuebles</b>, como casas, departamentos o terrenos, el pago en efectivo no puede utilizarse cuando la operación supera las <b>8 mil 025 UMA</b>, equivalentes a <b>941 mil 412.75 pesos</b>.</p><p>Por otra parte, el límite es menor para otras operaciones. La compra de <b>vehículos nuevos o usados</b>, así como de <b>joyas, relojes, metales y piedras preciosas, obras de arte, boletos de sorteos o juegos con apuestas, acciones y partes sociales</b>, además del <b>arrendamiento de bienes inmuebles o vehículos</b>, no puede liquidarse en efectivo cuando el monto rebasa las <b>3 mil 210 UMA</b>, es decir, <b>376 mil 565.10 pesos</b>.</p><p>Cuando una operación supera esos límites, las partes deberán utilizar medios de pago autorizados, como transferencias electrónicas, cheques nominativos u otros instrumentos del sistema financiero.</p><p>Estas medidas buscan reducir el uso de efectivo en operaciones de alto valor y fortalecer los mecanismos para prevenir el lavado de dinero.</p><h2>¿Cuándo es obligatorio pagar mediante transferencia para deducir impuestos?</h2><p>Además de las restricciones previstas en la Ley Antilavado, el SAT aplica reglas específicas para quienes desean deducir gastos en su declaración anual o en el cálculo de impuestos.</p><p>De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), <b>cualquier pago superior a 2 mil pesos que pretenda ser deducible debe realizarse mediante un medio electrónico o bancario</b>.</p><p>Entre las formas de pago permitidas se encuentran:</p><ul><li>Transferencia electrónica de fondos. </li><li>Tarjeta de débito. </li><li>Tarjeta de crédito. </li><li>Cheque nominativo. </li><li>Monedero electrónico autorizado. </li></ul><p>Si una persona paga <b>más de 2 mil pesos en efectivo</b>, aunque solicite factura (CFDI), ese gasto <b>no podrá considerarse deducible</b> para efectos fiscales.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5FLXS5LK2VF47BGJ7BXWPN36WE.png?auth=8dd00d510a6c6bf17a791f84c7580bf1820d9a8da6b8e94a05828468e841acd3&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT recuerda que los pagos en efectivo tienen límites dependiendo del tipo de operación y que, en algunos casos, es obligatorio utilizar transferencias u otros medios bancarios para cumplir con la legislación vigente" height="1024" width="1536"/><h2>Depósitos en efectivo: qué deben saber los contribuyentes</h2><p>Otro aspecto que suele generar dudas es el relacionado con los depósitos bancarios en efectivo.</p><p>El SAT <b>no establece un límite para depositar dinero en una cuenta bancaria</b>. Sin embargo, las instituciones financieras tienen la obligación de reportar a la autoridad fiscal los <b>depósitos en efectivo que superen los 15 mil pesos acumulados durante un mismo mes</b>.</p><p>Este reporte no implica automáticamente el cobro de impuestos ni la imposición de sanciones. Su finalidad es proporcionar información para que la autoridad pueda verificar, en caso de ser necesario, que el origen de los recursos sea lícito y coincida con los ingresos declarados por el contribuyente.</p><p>Por ello, especialistas en materia fiscal recomiendan conservar documentación que respalde el origen del dinero y privilegiar el uso de medios bancarios en operaciones de alto valor.</p><p>El SAT no fija un monto general para pagar en efectivo, sino que la legislación mexicana establece distintos límites según el tipo de operación. Asimismo, cuando se busca obtener beneficios fiscales mediante deducciones, el uso de transferencias, tarjetas o cheques deja de ser una opción y se convierte en un requisito indispensable para cumplir con la normativa vigente.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WL2NPJQQRBBHFKT56TJ4ASE7XU.jpg?auth=88f1b841d7ea85e83a1ed5242dcb5567c5d168e4623ccc8d1ff5ef1a5a7c7ef4&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[En algunos casos, la Ley Antilavado prohíbe liquidar compras con dinero en efectivo cuando rebasan ciertos montos]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/IA</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Tener una deuda en el SAT sin saberlo es posible: cómo se genera un crédito fiscal sin que hayas recibido ninguna notificación ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Código Fiscal de la Federación establece que una vez que el SAT deposita un aviso de crédito fiscal en el Buzón Tributario, la notificación se considera realizada al cuarto día hábil, aunque el usuario no entre al sistema]]></description><pubDate>Wed, 08 Jul 2026 12:45:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC23QBR2RDAFF2AY6UJEL37NU.png?auth=f3065f08a7d8c9f3852ed487b172c2a2d92becef792051c0ffcb5677a4f9acb5&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El mecanismo es legal, automático y corre en su contra desde el momento en que la notificación se deposita en el Buzón Tributario (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>Un contribuyente mexicano puede tener una deuda registrada ante el SAT</b> sin haber recibido ningún aviso perceptible. </p><p>El mecanismo es legal, automático y corre en su contra desde el momento en que la notificación se deposita en<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/02/te-llego-un-correo-del-sat-la-multa-de-mas-de-10-mil-pesos-que-podrias-pagar-si-no-activas-tu-buzon-tributario-este-mes/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/02/te-llego-un-correo-del-sat-la-multa-de-mas-de-10-mil-pesos-que-podrias-pagar-si-no-activas-tu-buzon-tributario-este-mes/"><b> el Buzón Tributario</b></a>, aunque nunca la haya abierto. Así lo establecen el artículo 4 y el artículo 17-K del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/"><b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>.</a></p><h2>Qué dice la ley cuando la notificación fue irregular</h2><p>El principio rector en materia fiscal es que ningún acto administrativo puede surtir efectos legales en perjuicio de un particular si no le fue debidamente notificado. Así lo establece el artículo 129 del CFF, que obliga a la autoridad a analizar los vicios de <b>notificación antes</b> de entrar al estudio de fondo del crédito.</p><p>El contribuyente puede solicitar la declaración de nulidad de la notificación como agravio principal dentro del recurso que interponga. Si la notificación resulta nula, las gestiones de cobro derivadas de ella también pierden efecto legal.</p><h2>Qué es un crédito fiscal y cómo se origina</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6ZAM6DH2YVF5DAJLDRW7BH4GSE.jpg?auth=840adb586812dfbcbad6d047e56548b4b714d37d4604576bbb013a8dd10a5796&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Ese adeudo puede nacer de dos formas. La primera es la autodeterminación: el contribuyente declara un impuesto —ISR, IVA o IEPS— y no lo paga, con lo que el saldo queda registrado como crédito a su cargo. (Infobae/Jovani Pérez)" height="1080" width="1920"/><p>Conforme al artículo 4 del CFF, un crédito fiscal es toda cantidad que el Estado tiene derecho a cobrar por contribuciones, multas o recargos no cubiertos. No se trata de un aviso genérico: es una deuda con monto determinado y exigible.</p><p>Ese adeudo puede nacer de dos formas. La primera es la autodeterminación: el contribuyente declara un impuesto —ISR, IVA o IEPS— y no lo paga, con lo que el saldo queda registrado como crédito a su cargo. La segunda ocurre cuando el <b>SAT</b> ejerce sus facultades de comprobación —revisión de gabinete, visita domiciliaria o revisión electrónica— y emite una resolución con el monto adeudado.</p><p>También el <b>Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)</b> y el <b>Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)</b> pueden generar créditos fiscales cuando detectan incumplimientos en cuotas de seguridad social o aportaciones para vivienda.</p><h2>Situaciones que generan el adeudo con mayor frecuencia</h2><p>Entre las personas físicas, las causas más comunes son las declaraciones presentadas fuera de plazo —el SAT aplica multas automáticas desde el momento en que determina la sanción— y las diferencias en el IVA por errores de cálculo en operaciones con tasas mixtas del 0% y el 16%.</p><p>Las inconsistencias entre los ingresos declarados y los depósitos bancarios registrados también activan revisiones. Si la autoridad detecta una brecha, emite una resolución determinativa con el importe a pagar, lo que constituye un crédito fiscal desde ese instante.</p><p>En el caso de personas morales, la omisión de retenciones de nómina es uno de los supuestos más graves: si una empresa retiene el ISR de sus empleados pero no lo entera al fisco, ese dinero —que nunca perteneció a la empresa— se convierte en crédito fiscal exigible. Las multas por este concepto pueden alcanzar el 75% del monto omitido.</p><h2>El Buzón Tributario y la notificación que corre aunque no se lea</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="A partir de ese momento, el plazo de 30 días hábiles para pagar o impugnar el crédito —establecido en el artículo 65 del CFF— comienza a correr sin importar si el contribuyente leyó o no el documento. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Un contribuyente puede desconocer que tiene una deuda ante el SAT porque el sistema de notificación oficial opera de forma que no exige la lectura efectiva del documento. Cuando el SAT deposita un aviso en el Buzón Tributario, envía una alerta al correo o teléfono registrado. Si el contribuyente no abre la notificación dentro de los tres días hábiles siguientes, el artículo 17-K del CFF la tiene por realizada al cuarto día.</p><p>A partir de ese momento, el plazo de <b>30 días hábiles</b> para pagar o impugnar el crédito —establecido en el artículo 65 del CFF— comienza a correr sin importar si el contribuyente leyó o no el documento. Tener el Buzón Tributario desactivado o con datos de contacto desactualizados no suspende ese plazo.</p><h2>Cómo crece la deuda y las consecuencias de ignorarla</h2><p>El crédito fiscal no permanece estático. Se actualiza mensualmente con base en el <b>Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)</b> y acumula recargos por mora del <b>2.07% mensual</b>, conforme a la Ley de Ingresos de la Federación vigente en 2026. En 2025, esa tasa era del 1.47%.</p><p>Si el plazo de 30 días hábiles vence sin respuesta, el SAT puede iniciar el <b>Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</b>. El artículo 156-Bis del CFF faculta a la autoridad para ordenar la inmovilización de cuentas bancarias directamente ante la institución financiera, sin notificar primero al titular. El banco tiene hasta tres días hábiles para ejecutar el bloqueo; solo entonces el SAT avisa al contribuyente.</p><p>Las consecuencias adicionales incluyen el bloqueo del sello digital —lo que paraliza la facturación— y una <b>Opinión de Cumplimiento</b> negativa, que puede impedir la celebración de contratos y el cobro de pagos corporativos.</p><h2>Cómo verificar si existe un crédito fiscal</h2><p>Cualquier contribuyente puede consultar sus adeudos en sat.gob.mx ingresando con su RFC y contraseña o e.firma, en la sección “Mi Portal → Créditos Fiscales”. Otra vía es revisar la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, prevista en el artículo 32-D del CFF: si el resultado es negativo, hay algún pendiente registrado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La tercera opción es el Programa de Regularización Fiscal 2026, que permite eliminar hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución para adeudos del ejercicio 2024 y anteriores Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><h2>Opciones de regularización disponibles en 2026</h2><p>Ante un crédito fiscal determinado, el CFF contempla tres alternativas. La primera es el pago inmediato dentro del plazo de notificación, generando una línea de captura en el Buzón Tributario. La segunda es el pago en parcialidades: el artículo 66 del CFF permite hasta 36 mensualidades con un enganche del 20% del adeudo actualizado.</p><p>La tercera opción es el <b>Programa de Regularización Fiscal 2026</b>, que permite eliminar hasta el <b>100% de multas, recargos y gastos de ejecución</b> para adeudos del ejercicio 2024 y anteriores. </p><p>Pueden acceder personas físicas y morales cuyos ingresos totales en 2024 no hayan excedido los $300,000,000 MXN. El pago puede realizarse en una sola exhibición o en hasta seis parcialidades antes del 30 de noviembre de 2026, mediante el trámite en “Mi Portal → Estímulo Fiscal LIF 2026”.</p><p>De acuerdo con el artículo 146 del CFF, el crédito fiscal prescribe en un plazo de cinco años contados desde que el pago pudo ser legalmente exigido, aunque ese término puede interrumpirse si el SAT realiza gestiones de cobro notificadas al contribuyente.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC23QBR2RDAFF2AY6UJEL37NU.png?auth=f3065f08a7d8c9f3852ed487b172c2a2d92becef792051c0ffcb5677a4f9acb5&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una familia mexicana afronta documentos del SAT por deudas y desalojo, al tiempo que una propiedad similar se exhibe en una subasta de bienes inmuebles del INDEP en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Plan Maestro del SAT 2026: lo que debes saber para no tener sanciones ni contratiempos, guía completa]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/06/plan-maestro-del-sat-2026-lo-que-debes-saber-para-no-tener-sanciones-ni-contratiempos-guia-completa/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/06/plan-maestro-del-sat-2026-lo-que-debes-saber-para-no-tener-sanciones-ni-contratiempos-guia-completa/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Plan Maestro 2026 del SAT introduce auditorías preventivas usando inteligencia artificial y da a conocer los criterios que activan una revisión. Se incluye denuncia penal y bloqueo inmediato para emisores de facturas simuladas, aplicable en todo México]]></description><pubDate>Mon, 06 Jul 2026 12:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Lleva módulos itinerantes a colonias y municipios de todo el país para que cualquier persona tramite su RFC, e.firma o Constancia de Situación Fiscal sin cita previa, mientras endurece la fiscalización con criterios de auditoría públicos, inteligencia artificial y consecuencias penales para las facturas falsas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/26/sat-presenta-plan-maestro-2026-para-mejorar-atencion-y-combatir-facturas-falsas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/26/sat-presenta-plan-maestro-2026-para-mejorar-atencion-y-combatir-facturas-falsas/"> <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b></a> transformó en 2026 su forma de operar en dos frentes simultáneos: lleva módulos itinerantes a colonias y municipios de todo el país para que cualquier persona tramite su RFC, e.firma o Constancia de Situación Fiscal sin cita previa, mientras endurece la fiscalización con<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/"> <b>criterios de auditoría públicos</b></a>, inteligencia artificial y consecuencias penales para las facturas falsas.</p><p>Ambas medidas forman parte del <b>Plan Maestro 2026</b>, presentado el 26 de enero por el titular del organismo, Antonio Martínez Dagnino, con una meta de recaudación histórica de 5.8 billones de pesos.</p><h2>El giro más profundo en años</h2><p>En 2024 y 2025, el SAT operó en modo reactivo: cobró adeudos de grandes contribuyentes, limpió el padrón de importadores e introdujo mejoras al <b>Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)</b>. El plan de 2025 organizaba sus revisiones por sectores económicos de alto riesgo.</p><p>El Plan Maestro 2026 abandona esa lógica por completo. La autoridad fiscal adoptó un modelo preventivo y predictivo, apoyado en analítica de datos masivos y aprendizaje automático, para identificar patrones de riesgo antes de que deriven en evasión consolidada. Las auditorías ya no se activan por incumplimientos detectados a posteriori, sino por señales que el sistema cruza en tiempo real contra las declaraciones y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de cada contribuyente.</p><p>El cambio estructural más notable es que, por primera vez, el SAT <b>publica de forma anticipada y explícita los criterios</b> que activan una auditoría. En planes previos, los contribuyentes solo conocían los motivos de una revisión cuando esta ya había comenzado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MRRTSCJNT5AX3EEA5N5MPDNTRI.jpg?auth=3559ec0d86dbaa069b2cb330e6df18b1c242f815fbdcf98369e94d2e9ebf4a39&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El programa Oficina Móvil se extiende de forma ininterrumpida a los 32 estados durante todo 2026.  (Imagen Ilustrativa Infobae/Cuartoscuro)" height="1080" width="1920"/><h2>Más oficinas, módulos en los 32 estados y atención en lenguas indígenas</h2><p>El plan contempla la apertura de <b>nueve nuevas oficinas</b> en Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo y Yucatán, la expansión de infraestructura de atención más amplia desde la creación del organismo en 1997.</p><p>El programa <b>Oficina Móvil</b> se extiende de forma ininterrumpida a los 32 estados durante todo 2026. Estos módulos itinerantes acercan trámites esenciales a comunidades sin acceso a oficinas permanentes, donde trasladarse a una sede fija puede implicar varias horas de viaje. El calendario de sedes se publica cada semana en sat.gob.mx: durante la semana del 29 de junio al 3 de julio, los módulos operaron en <b>19 estados</b> con una meta de 8,600 trámites y atención a 4,500 contribuyentes.</p><p>El Servicio de Aclaración al Contribuyente se transforma en la <b>Ventana Virtual de Atención</b> para resolver controversias de forma más ágil y conclusiva. El sistema de citas se amplía para orientar a contribuyentes en proceso de auditoría sobre sus derechos y obligaciones, y se incorpora asistencia en lenguas originarias —maya, mixteco y zapoteco— para integrar a comunidades indígenas al sistema fiscal formal.</p><h2>Qué trámites ofrece el módulo y qué documentos llevar</h2><p>En cada módulo itinerante los contribuyentes pueden realizar cuatro gestiones de forma gratuita y sin cita: inscripción al RFC, generación y renovación de la e.firma, emisión de la Constancia de Situación Fiscal (CSF) y orientación sobre obligaciones fiscales.</p><p>El horario general de atención es de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 horas y los viernes de 9:00 a 15:00 horas, aunque algunas sedes operan con horarios diferenciados.</p><p>Para cualquier trámite presencial se requiere <b>identificación oficial vigente</b> con fotografía —credencial del Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional— y la Clave Única de Registro de Población (CURP). Para tramitar la e.firma por primera vez se necesita además un comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses y una memoria USB con al menos 1 megabyte libre. Durante la cita, el personal recaba datos biométricos: huellas dactilares, escaneo de iris, fotografía y firma autógrafa.</p><p>La inscripción al RFC exige también el acta de nacimiento certificada. El formato R-1 se llena en el propio módulo.</p><h2>Trámites en línea: sin salir de casa</h2><p>Quienes ya cuenten con RFC y contraseña pueden obtener la Constancia de Situación Fiscal por tres canales digitales. El primero es el portal <b>sat.gob.mx</b>, donde basta iniciar sesión, ingresar a “Trámites del RFC” y seleccionar “Generar Constancia” para descargar el documento en PDF.</p><p>El segundo es la aplicación <b>SAT Móvil</b> —disponible para Android e iOS—, que permite obtener la constancia en menos de cinco minutos. El tercero es <b>SAT ID</b>, que utiliza reconocimiento biométrico facial sin requerir e.firma: el contribuyente graba un video de validación y recibe el documento en su correo en un plazo de hasta cinco días hábiles.</p><p>La renovación de la e.firma, si está vigente o venció hace menos de un año, también puede realizarse en línea desde SAT ID sin cita presencial.</p><h2>A quién audita el SAT en 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT garantiza criterios uniformes en cualquier oficina del país para partidas como descuentos, depósitos no identificados, materialidad, mercadotecnia e importaciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Las revisiones se concentran en contribuyentes que encajen en alguno de <b>12 criterios de conducta</b>, sin distinción de sector. Quedan bajo la mira quienes operen con factureras o nomineras, presenten pérdidas fiscales recurrentes, simulen deducciones, obtengan ingresos no declarados, abusen de estímulos fiscales o muestren inconsistencias entre lo que importan o compran y lo que venden.</p><p>También activan una revisión la subvaluación en importaciones, el incumplimiento en retenciones de nómina, las operaciones con paraísos fiscales, las devoluciones improcedentes, una tasa efectiva de impuesto por debajo del promedio sectorial y el incumplimiento de regulaciones no arancelarias.</p><p>El SAT garantiza <b>criterios uniformes en cualquier oficina del país</b> para partidas como descuentos, depósitos no identificados, materialidad, mercadotecnia e importaciones. La misma operación recibe el mismo tratamiento en Ciudad de México, Monterrey o Mérida. Para quienes cumplen correctamente y a tiempo, el plan es explícito: <b>no se emitirán actos de fiscalización</b> en su contra.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BBEBDYE3SFAZ3ISZO3FUACCWJY.png?auth=f8a891bc1a40963109dbf982f9fd3d48ace8165de37c4b364b1e0deeb24f7281&smart=true&width=1408&height=768" alt="El combate a los comprobantes fiscales apócrifos operaba en planes anteriores como un procedimiento principalmente administrativo con plazos amplios. El Plan Maestro 2026 endurece cada etapa. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Facturas falsas: denuncia penal y 30 días para regularizarse</h2><p>El combate a los comprobantes fiscales apócrifos operaba en planes anteriores como un procedimiento principalmente administrativo con plazos amplios. El Plan Maestro 2026 endurece cada etapa.</p><p>Ante una empresa detectada como emisora de facturas falsas, el SAT practica una <b>visita domiciliaria inmediata</b> y suspende el certificado de sello digital desde el primer día. Si se confirma la simulación, presenta denuncia ante el <b>Ministerio Público</b> bajo un nuevo tipo penal de defraudación fiscal calificada, sin suspender el procedimiento administrativo en paralelo.</p><p>La medida más drástica es la “muerte civil corporativa”: el SAT negará la inscripción al RFC a nuevas empresas cuyos representantes, socios o accionistas hayan participado previamente en compañías emisoras de comprobantes falsos. El antecedente persigue a las personas, no a las razones sociales.</p><p>Para quienes compraron esas facturas, el plazo es de <b>30 días para corregir su situación fiscal</b> una vez declarados falsos los comprobantes. A diferencia de procedimientos anteriores, en este esquema el contribuyente no puede probar ante el SAT la materialidad de las operaciones dentro de ese lapso. Si no se regulariza, pierde su sello digital.</p><h2>Beneficios para quien cumple: devoluciones más rápidas y descuento total en multas</h2><p>Dos medidas sin precedente directo en planes anteriores favorecen a los contribuyentes en regla. Los plazos de devolución de impuestos se reducen a <b>cinco días</b> para personas físicas y <b>30 días</b> para personas morales, frente a tiempos que en años previos podían extenderse por meses.</p><p>Un programa de regularización fiscal, dirigido a contribuyentes con ingresos anuales de hasta <b>35 millones de pesos</b>, ofrece una reducción del <b>100%</b> en multas, recargos y gastos de ejecución para quienes corrijan adeudos de forma voluntaria. El <b>RESICO</b> recibe facilidades administrativas adicionales para atraer a más contribuyentes hacia un esquema de tasas de ISR reducidas basado en flujo de efectivo facturado.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Revisa el calendario: el SAT visita municipios, universidades y ferias de empleo con módulos de atención gratuita]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/05/revisa-el-calendario-el-sat-visita-municipios-universidades-y-ferias-de-empleo-con-modulos-de-atencion-gratuita/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/05/revisa-el-calendario-el-sat-visita-municipios-universidades-y-ferias-de-empleo-con-modulos-de-atencion-gratuita/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Consulta las fechas, horarios y puntos exactos donde el SAT instalará módulos gratuitos en plazas públicas, ferias de empleo y centros comunitarios en todo el país, con atención presencial y asesoría personalizada este mes]]></description><pubDate>Sun, 05 Jul 2026 12:00:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WH6UPZDV3NGLZDW6LMH4GUAKI4.png?auth=3d21e03eb3e0d23e01fc41868ec8efcf691312a26dd75224f13fc5f97ed78b27&smart=true&width=953&height=530" alt="" height="530" width="953"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/26/sat-presenta-plan-maestro-2026-para-mejorar-atencion-y-combatir-facturas-falsas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/26/sat-presenta-plan-maestro-2026-para-mejorar-atencion-y-combatir-facturas-falsas/"><b>Servicio de Administración Tributaria</b> (<b>SAT</b>)</a> lleva sus servicios fiscales directamente a municipios, universidades, centros de trabajo y ferias de empleo de todo el país a través de su programa <b>Oficina Móvil</b>, que opera módulos de atención gratuita y sin cita previa. </p><p>Las jornadas de julio abarcan del <b>1 al 10</b> en diferentes entidades de la república, con el calendario completo de fechas, horarios y ubicaciones disponible en <a href="https://www.sat.gob.mx/minisitio/OficinaMovil/index.html" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.sat.gob.mx/minisitio/OficinaMovil/index.html">el portal oficial</a></p><p>El programa forma parte del<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/"> <b>Plan Maestro 2026</b></a> del organismo encabezado por <b>Antonio Martínez Dagnino</b>, cuyo primer eje estratégico establece como prioridad una “atención honesta, cercana y con calidez”. Bajo ese lineamiento, el SAT reforzó el despliegue de módulos itinerantes en las 32 entidades federativas para reducir la brecha de acceso a servicios tributarios en zonas con menor infraestructura institucional.</p><h2>Qué es la Oficina Móvil y a quién atiende</h2><p>La Oficina Móvil instala<b> módulos temporales en plazas públicas</b>, presidencias municipales, centros comunitarios y recintos de fácil acceso. Puede establecerse en municipios y localidades alejadas de zonas urbanas, comunidades indígenas, universidades, centros de trabajo, ferias de empleo y eventos de instituciones públicas o privadas.</p><p>La atención está dirigida principalmente a personas físicas de las comunidades anfitrionas. Dependiendo del evento o la sede, también puede atenderse al público en general, sujeto a los protocolos de cada institución organizadora.</p><p>Desde su implementación en 2022, el programa ha brindado atención a <b>más de 216 mil contribuyentes</b> en todo el país, combinando trámites con asesoría personalizada y sesiones de cultura contributiva.</p><h2>Trámites disponibles y qué documentos llevar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BSD3WM3VIFGWBAS7ZYHMO47FBI.jpg?auth=0338971349fc5eb9cfb53731109888ceec14b6a838baa20ba369ad1da1336f8d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Cualquier contribuyente es susceptible de recibir una visita domiciliaria del SAT.
Crédito: Cuartoscuro/Imagen Ilustrativa Infobae" height="1080" width="1920"/><p>Los módulos itinerantes cubren los cuatro servicios fiscales más solicitados por personas físicas. A continuación, los requisitos específicos para cada uno:</p><p><b>Inscripción al RFC:</b> Se requiere identificación oficial vigente, CURP impreso y actualizado, comprobante de domicilio con antigüedad máxima de tres meses, acta de nacimiento certificada y correo electrónico activo. El formato de inscripción R-1 se llena directamente en el módulo.</p><p><b>Generación o renovación de e.firma:</b> Además de los documentos generales, se debe llevar una memoria USB para guardar los archivos del certificado. Para la renovación, conviene tener a la mano los archivos anteriores (.cer y .key) y la contraseña de la firma vigente, en caso de recordarla. La primera generación de e.firma es un trámite <b>exclusivamente presencial</b>.</p><p><b>Constancia de Situación Fiscal (CSF):</b> Se tramita con RFC vigente e identificación oficial. Si se realiza en línea, se requiere además e.firma o contraseña del SAT; en el módulo, el personal imprime el documento directamente.</p><p><b>Orientación fiscal:</b> El personal brinda asesoría para habilitar el <b>Buzón Tributario</b>, activar o actualizar medios de contacto y resolver dudas sobre facturación electrónica con el <b>Comprobante Fiscal Digital por Internet</b> (CFDI).</p><p>Como documentos de identificación oficial, el SAT acepta credencial para votar (INE/IFE), pasaporte mexicano, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional. Para el comprobante de domicilio son válidos recibos de luz (CFE), agua, gas natural, teléfono fijo o estados de cuenta bancarios, siempre a nombre del contribuyente y con vigencia no mayor a tres meses.</p><h2>El Plan Maestro 2026: más oficinas y tecnología fiscal</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una mujer realiza el registro de sus datos biométricos en una oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México, con un empleado que procesa su información en el escritorio. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Más allá de los módulos itinerantes, el Plan Maestro 2026 contempla la apertura de <b>nueve nuevos módulos de atención fija</b> en puntos estratégicos: Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo y Yucatán. La medida responde a la saturación de citas en zonas de alto crecimiento económico.</p><p>En materia digital, las aplicaciones <b>SAT Móvil</b> y <b>Factura SAT Móvil</b> recibirán actualizaciones para que micro y pequeños empresarios puedan facturar, consultar su situación fiscal y generar constancias desde el teléfono celular. El plan también perfecciona el prellenado automático de declaraciones a partir de los CFDI emitidos y recibidos por cada contribuyente.</p><p>Otra medida del plan es la <b>Ventana Virtual de Aclaraciones</b>, una plataforma que busca agilizar la resolución de controversias y reducir los tiempos de espera en aclaraciones administrativas. En materia de inclusión, el SAT ofrecerá asistencia en lenguas originarias —entre ellas maya, mixteco y zapoteco— para integrar a comunidades indígenas al sistema formal.</p><h2>Regularización fiscal y combate a facturas falsas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El Plan Maestro 2026 incluye un <b>Programa de Regularización Fiscal</b> dirigido a personas físicas y morales con ingresos anuales de hasta 35 millones de pesos. El beneficio consiste en una reducción del <b>100% en multas, recargos y gastos de ejecución</b> para quienes corrijan adeudos de forma voluntaria.</p><p>En paralelo, el SAT refuerza el combate a las empresas que emiten o deducen facturas de operaciones simuladas. Quienes reciban una factura declarada posteriormente como falsa tendrán <b>30 días para corregir su situación fiscal</b>; de lo contrario, enfrentarán la restricción de sus certificados de sello digital, lo que impediría seguir facturando.</p><p>Para la detección de irregularidades, el organismo utilizará modelos de analítica de datos e inteligencia artificial orientados a identificar contribuyentes con pérdidas fiscales recurrentes injustificadas, tasas de impuesto por debajo del promedio sectorial o inconsistencias entre ingresos facturados e IVA declarado.</p><h2>Horarios y cómo evitar contratiempos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GUKRBOMJQ5A3VGWFD7OZXYPMVA.jpg?auth=0414002d7833bdc52ac36bd7abf2fb8d40872176436b686cbfefe783370438f2&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La app SAT Móvil cuenta con un lector QR integrado para escanear documentos oficiales. (Captura de pantalla/SAT Móvil Play Store)" height="1080" width="1920"/><p>El horario general de atención en los módulos es de 9:00 a 17:00 horas de lunes a jueves, y de 9:00 a 15:00 horas los viernes. Algunas sedes operan con horarios diferenciados según el evento o la institución anfitriona.</p><p>El SAT recomienda llegar con anticipación, verificar el calendario antes del traslado y llevar originales y copias de todos los documentos —las copias quedan en poder del organismo. Los martes y miércoles por la mañana suelen registrar menor tiempo de espera en oficinas fijas, criterio que puede aplicarse también a los módulos itinerantes.</p><p>Todos los servicios son <b>estrictamente gratuitos</b>. Cualquier cobro por citas o trámites debe denunciarse al correo denuncias@sat.gob.mx</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WH6UPZDV3NGLZDW6LMH4GUAKI4.png?auth=3d21e03eb3e0d23e01fc41868ec8efcf691312a26dd75224f13fc5f97ed78b27&amp;smart=true&amp;width=953&amp;height=530" type="image/png" height="530" width="953"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Gobierno de México</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Qué es VUCEM?: la nueva ventanilla única de comercio exterior que reemplaza al SAT para trámites aduanales]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/03/que-es-vucem-la-nueva-ventanilla-unica-de-comercio-exterior-que-reemplaza-al-sat-para-tramites-aduanales/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/03/que-es-vucem-la-nueva-ventanilla-unica-de-comercio-exterior-que-reemplaza-al-sat-para-tramites-aduanales/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Con el decreto publicado en el Diario Oficial, la ATDT centraliza la recepción y gestión de trámites aduanales. Las empresas deben utilizar la nueva plataforma digital para permisos, certificados y declaraciones]]></description><pubDate>Fri, 03 Jul 2026 14:45:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QYG4SDNJDJHGNELDCJD6JV5DQI.jpg?auth=bb3c63976ce62099844455949d8feebd0cbbadb82a08b64de0d6d36129665c73&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La VUTCE es el único punto de entrada digital para que empresas, agentes aduanales y operadores logísticos presenten ante las autoridades la información y documentación requerida para importar o exportar bienes desde México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>La <b>Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior</b> (VUTCE) es la nueva plataforma digital del gobierno federal mexicano que centraliza <b>más de 130 trámites de importación y exportación</b> en un solo punto de entrada. Su creación, formalizada mediante decreto el 4 de mayo de 2026, transfirió la administración del sistema del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/pasaporte-mexicano-permite-subir-documentos-digitales-antes-de-la-cita-presencial-en-la-sre/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/pasaporte-mexicano-permite-subir-documentos-digitales-antes-de-la-cita-presencial-en-la-sre/"><b>Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones</b></a> (ATDT).</p><p>La VUTCE es el único punto de entrada digital para que empresas, agentes aduanales y operadores logísticos presenten ante las autoridades la información y documentación requerida para importar o exportar bienes desde México. </p><p>En un solo trámite electrónico, la plataforma coordina la validación de documentos, la autorización de permisos y la consulta de regulaciones no arancelarias de 10 dependencias: SAT, Secretaría de Economía (SE), SADER, SEMARNAT, SEDENA, Salud, SENER, PROFEPA, INBA e INAH, además de dos organismos reguladores.</p><h2>El decreto que transfirió el control a la ATDT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FWMPDRRQX5AMNLEXXVXL5DRHAU.jpg?auth=e910161756a8a647806eda21d13a160d2f0230291bb75a07b6a040d18ce9481a&smart=true&width=4160&height=2309" alt="La integración tecnológica y la modernización de aduanas en el AIFA permiten disminuir tiempos de tránsito y optimizan el comercio exterior mexicano. Crédito: Secretaría de Relaciones Exteriores" height="2309" width="4160"/><p>El decreto del 4 de mayo habilita la VUTCE como sucesora operativa de la Ventanilla Digital Mexicana de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/carlos-slim-ve-solida-la-relacion-comercial-entre-mexico-y-eu-pese-a-la-incertidumbre-sobre-el-t-mec/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/carlos-slim-ve-solida-la-relacion-comercial-entre-mexico-y-eu-pese-a-la-incertidumbre-sobre-el-t-mec/"><b>Comercio Exterio</b></a><b>r </b>(VUCEM), plataforma creada en 2011 y administrada durante 15 años por el SAT. La nueva ventanilla entró en vigor el <b>5 de mayo de 2026</b> y se enmarca en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, dentro de su Eje Transversal 2 de “Innovación Pública para el Desarrollo Tecnológico Nacional”.</p><p>El texto del decreto establece la VUTCE como el <b>único medio oficial</b> para que la SE, el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) reciban, gestionen y resuelvan los trámites a su cargo. La VUCEM no desaparece de inmediato: continúa operando como infraestructura tecnológica durante el período de transición, hasta que su transferencia del SAT a la ATDT se complete en los plazos que ambas autoridades determinen.</p><p>El decreto también crea el <b>Expediente Único de Comercio Exterior</b> (EUCE), un repositorio digital interoperable que reúne los documentos de cada persona física o moral para que las autoridades los consulten sin exigir los mismos archivos más de una vez. Si la SE ya cuenta con un documento en el expediente electrónico, el SAT no puede solicitarlo nuevamente.</p><p>La ATDT asume facultades amplias: emitir lineamientos de operación, supervisar que los trámites se resuelvan en los plazos legales, coordinar la interoperabilidad de sistemas entre dependencias, gestionar bajas o suspensiones de padrones de importación y exportación, y brindar asesoría a los usuarios durante todo el ciclo del trámite.</p><h2>Cómo funciona la plataforma</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7ELET362RJCVNJT3PGTEURYVC4.png?auth=2b08a275e351e9012e637a43d43b6d7dff72e8f83b1524d402af4258553a7cf9&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El decreto también crea el Expediente Único de Comercio Exterior (EUCE), un repositorio digital interoperable que reúne los documentos de cada persona física o moral para que las autoridades los consulten sin exigir los mismos archivos más de una vez. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El flujo comienza cuando el usuario ingresa al sistema con su certificado de<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/"> <b>e.firma</b></a> vigente y carga la documentación según el tipo de operación. El sistema valida automáticamente los datos contra diversas bases de datos gubernamentales mediante intercambio electrónico de datos.</p><p>Una vez validada la información, la VUTCE se conecta con el <b>Sistema de Operación Integral Aduanera</b> (SOIA) y el <b>Sistema Automatizado Aduanero Integral</b> (SAAI) para continuar el proceso. Esos sistemas interconectados permiten el seguimiento en tiempo real de cada trámite, desde la clasificación arancelaria inicial hasta la liberación final de la mercancía en la aduana.</p><p>Para operar en la plataforma, la persona interesada debe estar inscrita en el <b>Registro Federal de Contribuyentes</b> (RFC). Las notificaciones electrónicas tienen plena validez jurídica: se consideran legalmente realizadas al generarse el acuse de recibo electrónico y surten efectos el día hábil siguiente a aquel en que estén disponibles en la ventanilla.</p><h2>Trámites y obligaciones vigentes en 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MFOWZELIWFCL5GBMF7RNBEB6KE.jpg?auth=0a32f5dc083b7f202a0df05f04e85885a5d9f17fbc442e50116afe86267e87e6&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los camiones esperan en una larga cola para el control aduanero fronterizo para cruzar hacia EEUU en el Puente de Comercio Mundial en Nuevo Laredo, México, 30 de junio de 2020. REUTERS / Daniel Becerril/ Foto de archivo" height="1080" width="1920"/><p>La VUTCE es el canal obligatorio para solicitudes de permisos previos de importación y exportación, certificados de origen, manifiestos electrónicos y declaraciones ante la SADER. Toda persona física o moral que realice operaciones de comercio exterior en México está obligada a utilizarla.</p><p>A partir del <b>31 de julio de 2026</b>, se suma una nueva obligación: la Manifestación de Valor Electrónica (MVE), derivada de la Regla 1.5.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior y del artículo 59 de la Ley Aduanera. Mediante ese formato, el importador declara factura por factura cómo determinó el valor en aduana de sus mercancías y con qué documentos lo respalda.</p><p>La declaración exige conciliar facturas, documentos de transporte, certificados de origen y comprobantes de valor. La normativa establece que <b>la responsabilidad sobre la veracidad de los datos recae directamente en el importador</b>: una inconsistencia entre documentos puede derivar en demoras en el despacho o en sanciones.</p><h2>Transición tecnológica y obligaciones para los usuarios</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/X32XUYKMPBAGRG6BXTYMUDTBFM.png?auth=d6ad00489d66d562de470b7d2a59ec54a29037012336aaedfe60d99c0ba6e95a&smart=true&width=2752&height=1536" alt="En materia de obligaciones, los usuarios deben proporcionar información completa, legible, veraz y actualizada; mantener activos los mecanismos de notificación que disponga la plataforma, y responder por los actos de sus representantes legales y terceros autorizados.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La transferencia de la VUCEM del SAT a la ATDT se realizará en los plazos que ambas autoridades determinen, conforme al Artículo Tercero Transitorio del decreto. La ATDT contó con un plazo no mayor a <b>15 días hábiles</b> desde la entrada en vigor para habilitar la VUTCE para la recepción de trámites.</p><p>Los trámites iniciados antes de la entrada en vigor del decreto —permisos previos de importación, certificados de origen, programas IMMEX u otros— migran al nuevo entorno tecnológico, pero se resuelven bajo el marco normativo vigente al momento de su presentación original. No se pierden ni se reinician.</p><p>En materia de obligaciones, los usuarios deben proporcionar información completa, legible, veraz y actualizada; mantener activos los mecanismos de notificación que disponga la plataforma, y responder por los actos de sus representantes legales y terceros autorizados. La ATDT implementará protocolos de ciberseguridad y monitoreo continuo para proteger la integridad y confidencialidad de la información.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/QYG4SDNJDJHGNELDCJD6JV5DQI.jpg?auth=bb3c63976ce62099844455949d8feebd0cbbadb82a08b64de0d6d36129665c73&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[SCJN desecha un recurso y deja firme la anulación de un adeudo al SAT de 2 mil 868 millones de pesos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/03/scjn-desecha-un-recurso-y-deja-firme-la-anulacion-de-un-adeudo-al-sat-de-2-mil-868-millones-de-pesos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/03/scjn-desecha-un-recurso-y-deja-firme-la-anulacion-de-un-adeudo-al-sat-de-2-mil-868-millones-de-pesos/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[El Máximo Tribunal cierra la vía extraordinaria de la que la autoridad hacendaria, por lo que queda intocado el cobro del ISR]]></description><pubDate>Fri, 03 Jul 2026 02:28:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2C3NR53DCNHNRIDAWLUDMTQXNY.png?auth=e4abf4c26e35fb53bdc483d652b39b62091925ce16e71b239157c9a80424f8cc&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La resolución impide que la autoridad hacendaria combata por esa vía el cobro de ISR, actualizaciones, recargos y multas del ejercicio fiscal 2011. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La Suprema Corte de Justicia de la Nación (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/recursos-de-afore-por-fallecimiento-podrian-quedar-exentos-de-isr-perfila-la-corte/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/recursos-de-afore-por-fallecimiento-podrian-quedar-exentos-de-isr-perfila-la-corte/"><b>SCJN</b></a>) desechó el <b>Recurso de revisión </b>fiscal 5/2025 y dejó firme una <b>sentencia </b>del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (<b>TFJA</b>) que anuló un <b>crédito </b>fiscal por <b>2 mil 868 millones de pesos</b>, con lo que la <b>autoridad </b>hacendaria ya no podrá <b>combatir </b>en esa vía el <b>cobro </b>de <b>ISR</b>, actualizaciones, recargos y <b>multas </b>correspondientes al ejercicio fiscal de 2011.</p><p>La ministra <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/17/lenia-batres-consigue-registrar-la-marca-ministra-del-pueblo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/17/lenia-batres-consigue-registrar-la-marca-ministra-del-pueblo/"><b>Lenia Batres</b></a> sostuvo en un <b>mensaje </b>público de este 2 de julio que ese <b>monto </b>equivale al pago de <b>441 mil</b> <b>pensiones </b>para personas adultas mayores o de <b>299 mil becas</b> del programa Jóvenes Construyendo el Futuro. En ese mismo posicionamiento dijo que <b>votó en contra</b> de la decisión del Pleno.</p><p>De acuerdo con el comunicado de la <b>Suprema Corte </b>de este 2 de julio, el <b>recurso </b>promovido por la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/"><b>autoridad hacendaria</b></a> era un<b> medio de impugnación </b>excepcional. Su procedencia, explicó el Máximo Tribunal, solo opera en los <b>supuestos previstos </b>expresamente en la ley y cuando el <b>asunto </b>tiene <b>importancia </b>y trascendencia jurídica.</p><p>La <b>resolución </b>del <b>tribunal </b>administrativo que anuló el <b>crédito </b>fiscal no entró al fondo del cobro. Según la <b>SCJN</b>, la <b>nulidad </b>se apoyó en <b>razones formales</b>: las facultades de la <b>autoridad hacendaria </b>para determinar el <b>crédito </b>ya habían <b>caducado </b>conforme al artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, y además la <b>resolución </b>se basó en un <b>acto previo </b>que después fue declarado nulo con carácter de cosa juzgada.</p><h2>Sostuvo la Corte que la revisión fiscal no procede cuando solo hay vicios formales</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IXHUPAHCMBEAXOOWGXYBG2EPVU.png?auth=465875b139ef801fdff5e4201c56334be635600502f131466569f7f2c0c02374&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Lenia Batres informó este 2 de julio que votó en contra y comparó el monto con 441 mil pensiones para personas adultas mayores. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La <b>SCJN</b> precisó que su <b>jurisprudencia </b>establece que, cuando una <b>sentencia </b>únicamente declara la <b>nulidad </b>de un <b>acto </b>administrativo por <b>vicios </b>formales, el <b>recurso </b>de revisión fiscal es <b>improcedente</b>. Bajo ese criterio, no se cumplen los <b>requisitos </b>de <b>importancia </b>y trascendencia que permiten abrir esa instancia extraordinaria.</p><p>Por esa razón, el <b>Pleno </b>desechó el <b>recurso </b>y dejó firme la <b>sentencia </b>emitida por el <b>TFJA</b> que declaró <b>nulo </b>el <b>crédito </b>fiscal. Ni el comunicado ni la <b>ministra Batres </b>identificaron a la <b>empresa </b>beneficiada por esa decisión, sin embargo, en redes sociales circularon reportes que señalan que la empresa involucrada sería <b>Femsa</b>.</p><p><b>Batres cuestionó </b>ese criterio y afirmó en <b>redes sociales</b>: <i>“Con un </i><i><b>criterio superado</b></i><i>, la </i><i><b>Corte </b></i><i>exonera a una </i><i><b>empresa </b></i><i>de pagar </i><i><b>2,868 millones de pesos</b></i><i> de </i><i><b>impuestos</b></i><i>"</i>. También señaló que la <b>mayoría </b>del <b>Pleno </b>decidió<b> no analizar</b> el asunto con base en un criterio de la extinta Segunda Sala, según el cual la <b>revisión </b>de estos casos <b>no procede </b>cuando se trata de temas procesales.</p><p>La ministra agregó que, a su juicio, la <b>última reforma </b>a la <b>Ley </b>Federal de <b>Procedimiento </b>Contencioso <b>Administrativo sí permite revisar </b>este tipo de asuntos cuando el monto de un <b>crédito </b>fiscal excede <b>2 millones 38 mil pesos</b>. En su mensaje identificó el expediente como <i>“Recurso de revisión administrativa 5/2025”</i>.</p><p>El <b>Pleno </b>de la <b>SCJN</b> no <b>revocó </b>directamente la <b>nulidad </b>dictada por el <b>tribunal </b>administrativo, sino que cerró la <b>posibilidad </b>de <b>revisarla </b>por esa vía extraordinaria. El efecto práctico es que queda firme la <b>sentencia </b>que <b>anuló </b>el <b>crédito </b>fiscal determinado por concepto de ISR, actualizaciones, recargos y multas del ejercicio 2011.</p><h2>Suprema Corte perfila exentar del ISR la AFORE</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CBZNPSDJB5EI5ONBLZ3DSCBLYU.jpg?auth=e47b8f10c2cbef757a2b1274eb392fef4fd635433612e6e5a7987528606c750c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La SCJN perfiló que los recursos de AFORE entregados por fallecimiento a personas beneficiarias quedarían exentos de ISR. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO" height="1080" width="1920"/><p>La <b>SCJN</b> perfiló este 2 de julio que los <b>recursos </b>de <b>Afore</b> entregados por <b>fallecimiento </b>a personas <b>beneficiarias quedarían</b> <b>exentos </b>de <b>ISR</b>, al considerar de forma mayoritaria que esos <b>fondos </b>forman parte del <b>patrimonio </b>generado por la persona <b>trabajadora </b>y conservan una <b>función </b>de <b>protección </b>económica para quienes tienen ese <b>derecho</b>.</p><p>Cabe destacar que la <b>definición final </b>sigue pendiente porque el <b>Pleno </b>retiró el <b>asunto </b>para elaborar un <b>nuevo proyecto</b>. Antes de eso, durante la misma sesión, ministras y <b>ministros </b>expusieron una <b>postura </b>mayoritaria <b>contra gravar </b>esos <b>recursos </b>cuando pasan a beneficiarias o beneficiarios de una persona fallecida.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/2C3NR53DCNHNRIDAWLUDMTQXNY.png?auth=e4abf4c26e35fb53bdc483d652b39b62091925ce16e71b239157c9a80424f8cc&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[La resolución impide que la autoridad hacendaria combata por esa vía el cobro de ISR, actualizaciones, recargos y multas del ejercicio fiscal 2011. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Auditorías exprés con video y audio del SAT: ¿Cómo funcionan y en qué casos aplica?]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Desde este 1 de enero de 2026, la autoridad fiscal está facultada para llegar a un local, grabar la inspección y frenar la emisión de CFDI mientras revisa si las operaciones fueron reales]]></description><pubDate>Thu, 02 Jul 2026 12:00:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RDYPXXODYFBHTHOX4Q46OD3CVI.png?auth=929c6f7125261445d1843098a23f7ccd5fc10e4049902029ddc6e3633923ec24&smart=true&width=1408&height=768" alt="El instrumento es el artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025. Su propósito: verificar si los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que emite un contribuyente amparan operaciones que realmente ocurrieron. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Desde el <b>1 de enero de 2026</b>, el<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/"> <b>Servicio de Administración Tributaria</b> </a>cuenta con un mecanismo legal para presentarse en cualquier negocio, bodega o local comercial, grabar todo lo que encuentre y bloquear la capacidad de<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/"> facturar del contribuyente el mismo día de la visita</a>, sin necesidad de una auditoría tradicional.</p><p>El instrumento es el <b>artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación</b> (CFF), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025. Su propósito: verificar si <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/">los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)</a> que emite un contribuyente amparan operaciones que realmente ocurrieron.</p><h2>Qué cambió con la reforma fiscal de 2026</h2><p>La fracción IX incorporada al artículo 29-A del CFF establece que todo CFDI debe amparar “operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales”. El que no cumpla ese requisito se considera falso, aunque haya sido timbrado correctamente y cuente con todos los campos técnicos en orden.</p><p>Un comprobante puede estar perfectamente formateado en XML, haber pasado las validaciones del SAT y aun así ser declarado falso si la transacción que lo origina no puede demostrarse con documentos.</p><p>Antes de esta reforma, la validez de una factura se evaluaba por su estructura técnica. Ahora también se evalúa por la realidad de la operación que la origina.</p><h2>Cómo opera la visita domiciliaria exprés</h2><p>Las visitas no son masivas ni aleatorias. El SAT opera modelos algorítmicos que cruzan en tiempo real los CFDI emitidos y recibidos, las declaraciones fiscales, los registros patronales ante el <b>Instituto Mexicano del Seguro Social</b> (IMSS), la información bancaria y los datos de comercio exterior.</p><p>Cuando esos cruces detectan inconsistencias, la autoridad puede iniciar el procedimiento del artículo 49 Bis. Los visitadores deben identificarse oficialmente y entregar la orden al contribuyente, a su representante legal o al encargado del establecimiento.</p><p>A partir de ese momento, están autorizados para fotografiar y grabar audio y video de forma inmediata. Las inspecciones pueden realizarse en domicilios fiscales, sucursales, oficinas, bodegas, almacenes, locales comerciales y puestos fijos o semifijos en la vía pública.</p><h2>La facturación se bloquea desde el primer día</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="Sin el CSD, es imposible emitir cualquier factura electrónica nueva hasta que el procedimiento concluya. Para un negocio que opera con clientes que exigen CFDI, eso equivale a una detención de operaciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El golpe más inmediato del procedimiento no es la multa: es la parálisis operativa. Desde el momento en que se notifica la orden de visita, el <b>Certificado de Sello Digital</b> (CSD) del contribuyente queda suspendido de forma automática.</p><p>Sin el CSD, es imposible emitir cualquier factura electrónica nueva hasta que el procedimiento concluya. Para un negocio que opera con clientes que exigen CFDI, eso equivale a una detención de operaciones.</p><p>El plazo total del proceso no puede superar <b>24 días hábiles</b>: cinco para que el contribuyente presente sus pruebas y 15 adicionales para que la autoridad emita su resolución.</p><h2>Qué debe probar el contribuyente y en qué tiempo</h2><p>La reforma invierte la carga de la prueba: no es el SAT quien debe demostrar que la operación fue falsa, sino el contribuyente quien debe acreditar que fue real. Según los criterios del SAT y la regla 2.9.19 de la <b>Resolución Miscelánea Fiscal 2026</b>, el expediente de “materialidad” debe demostrar cuatro elementos:</p><p><b>Sustancia económica:</b> la operación debe tener un propósito de negocio real, no solo un beneficio fiscal.</p><p><b>Capacidad operativa del proveedor:</b> personal inscrito en el IMSS suficiente para ejecutar el servicio, infraestructura verificable, domicilio fiscal localizable y actividad económica registrada congruente con lo facturado.</p><p><b>Evidencia de prestación:</b> entregables, reportes, fotografías del trabajo realizado, bitácoras, correos electrónicos con metadatos, órdenes de compra y minutas.</p><p><b>Trazabilidad financiera:</b> los pagos deben realizarse mediante transferencia electrónica (SPEI) o cheque nominativo. <b>Los pagos en efectivo superiores a $2,000 pesos no acreditan materialidad</b>, sin importar que exista factura de por medio.</p><h2>Qué pasa si el SAT declara falsas las facturas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WGD2LIPJT5AEVPV46KXOXP3H6Q.jpg?auth=6ba541cb70abbbfd12fe66100408a669115bceae0468930be08608f742f9ea60&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Dentro de los 45 días hábiles siguientes, el nombre y el RFC del emisor se publican en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Si el contribuyente no logra desvirtuar la presunción en el plazo establecido, el SAT emite una resolución que declara los CFDI falsos. Las operaciones que amparan dejan de tener efectos fiscales y el CSD se cancela de forma definitiva.</p><p>Dentro de los <b>45 días hábiles</b> siguientes, el nombre y el RFC del emisor se publican en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación.</p><p>En casos graves, la reforma tipifica como delito la expedición, adquisición o uso de comprobantes fiscales falsos, con <b>penas de 2 a 9 años de prisión</b> y multas de hasta el 55% del monto total facturado.</p><h2>El riesgo se extiende a quienes recibieron esas facturas</h2><p>Las consecuencias no se limitan al emisor. Los contribuyentes que recibieron los CFDI declarados falsos y los usaron para deducir gastos o acreditar IVA tienen <b>30 días naturales</b> desde la publicación en el DOF para presentar una declaración complementaria y revertir esos efectos fiscales.</p><p>Quienes no actúen en ese plazo también arriesgan la restricción temporal de su propio Certificado de Sello Digital, lo que los deja sin capacidad de facturar aunque nunca hayan sido investigados directamente.</p><p>Para 2026, el SAT tiene programadas más de <b>16,200 auditorías</b> con criterios uniformes aplicados en las 32 entidades federativas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/RDYPXXODYFBHTHOX4Q46OD3CVI.png?auth=929c6f7125261445d1843098a23f7ccd5fc10e4049902029ddc6e3633923ec24&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Una agente del SAT México realiza una inspección en la Panadería La Esperanza, revisando documentos con el dueño del negocio. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Buró de Crédito no avisa, el banco no llama: cómo una deuda olvidada puede derivar en un embargo sin previo aviso]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/01/el-buro-de-credito-no-avisa-el-banco-no-llama-como-una-deuda-olvidada-puede-derivar-en-un-embargo-sin-previo-aviso/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/01/el-buro-de-credito-no-avisa-el-banco-no-llama-como-una-deuda-olvidada-puede-derivar-en-un-embargo-sin-previo-aviso/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Buró de Crédito no ejecuta embargos, pero el registro de atraso se mantiene hasta seis años. Solo mediante demanda judicial, un juez puede ordenar un embargo en bienes registrados a nombre del deudor]]></description><pubDate>Wed, 01 Jul 2026 12:20:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XQWH22T5FFJDK3AK2AJ4HRGWE.png?auth=6834a2d82c6dbf86632dcc2389bbb96c10d554ca114ea433918448210e3af864&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El Buró de Crédito no es un ente que persigue deudas ni activa procedimientos judiciales. Su función es registrar el comportamiento de pago de personas y empresas ante bancos, tiendas departamentales y otras entidades financieras.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Una deuda bancaria olvidada en México puede terminar en<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/29/sat-puede-inmovilizar-cuentas-de-nomina-sin-aviso-previo-en-que-casos-y-como-afecta-a-los-trabajadores-mexicanos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/29/sat-puede-inmovilizar-cuentas-de-nomina-sin-aviso-previo-en-que-casos-y-como-afecta-a-los-trabajadores-mexicanos/"> embargo judicial </a>sin que el titular haya recibido una llamada del banco ni una alerta del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/"><b>Buró de Crédito</b></a>: la ley no obliga a ninguna de las dos instituciones a advertir al deudor antes de que un proceso legal avance.</p><p>El Buró de Crédito no es un ente que persigue deudas ni activa procedimientos judiciales. Su función es registrar el comportamiento de pago de personas y empresas ante bancos, tiendas departamentales y otras entidades financieras. No decide si se otorga o niega un crédito, y tampoco avisa cuando una cuenta entra en mora.</p><p>El registro negativo aparece tras<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/que-hacer-si-recibes-una-notificacion-de-embargo-sobre-tu-casa-pasos-legales-para-defenderte/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/que-hacer-si-recibes-una-notificacion-de-embargo-sobre-tu-casa-pasos-legales-para-defenderte/"> <b>tres meses de atraso</b></a> y puede permanecer en el historial hasta seis años, dependiendo del monto adeudado.</p><h2>Cómo escala una deuda hasta el juzgado</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/V4RLFLEL6FG5FAYZQWT5LLFO5A.png?auth=4a82b7b344385a0ca18a940567c76cc1a70e73b8872ff931d73ad0323f45b3a0&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Solo cuando la institución presenta una demanda ante un juez —generalmente a través de un juicio ejecutivo mercantil (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Cuando una persona deja de pagar una tarjeta de crédito o un préstamo personal, la primera respuesta del acreedor es la cobranza extrajudicial: llamadas, correos y propuestas de negociación. Estas acciones no tienen facultad legal para embargar bienes.</p><p>Solo cuando la institución presenta una demanda ante un juez —generalmente a través de un <b>juicio ejecutivo mercantil</b>— el proceso adquiere consecuencias patrimoniales reales. Ese procedimiento incluye pasos obligatorios que la ley no permite saltarse:</p><p>Presentación de la demanda</p><p>Revisión del caso por un juez</p><p>Notificación formal al deudor por un actuario</p><p>Requerimiento de pago en ese acto</p><p>Si el deudor cubre el adeudo en el momento del requerimiento, el embargo no se ejecuta. El proceso completo puede durar meses o años.</p><h2>Por qué el deudor puede no enterarse a tiempo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZLMM5LSZMZBIBEHJ3ZTRDAPF3M.png?auth=ea7374d06a0fde716401500094a726c1071677f0ae22a562c41f3dfc1e3f1a32&smart=true&width=2752&height=1536" alt="En México, una deuda bancaria impaga puede derivar en embargo sin que el titular lo perciba con anticipación porque ni el banco ni el Buró de Crédito están obligados a emitir una advertencia directa antes de demandar. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>En México, una deuda bancaria impaga puede derivar en embargo sin que el titular lo perciba con anticipación porque ni el banco ni el Buró de Crédito están obligados a emitir una advertencia directa antes de demandar. La notificación formal llega cuando ya hay un juicio en curso, a través de un actuario judicial. Si el deudor no actualiza su domicilio o ignora las comunicaciones del acreedor, el proceso puede avanzar sin que tenga conocimiento real de ello.</p><p>En el caso del <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b>, el mecanismo es aún más directo: el artículo 156-Bis del <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b> faculta a la autoridad para ordenar la inmovilización de cuentas bancarias sin notificar primero al contribuyente. El oficio se dirige directamente al banco, que tiene hasta tres días hábiles para ejecutar el bloqueo. Solo entonces el SAT notifica al titular.</p><h2>Qué puede embargarse y qué queda protegido</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/F5VSD4GOVVFI5A7JX64ESNZ2H4.png?auth=069f105daf91edd84831c1e0ffef006058555557de905f095ddb791085c79b6d&smart=true&width=1408&height=768" alt="Solo una autoridad judicial puede ordenar un embargo, y este recae únicamente sobre bienes registrados a nombre del deudor (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La ley establece que el embargo debe ser proporcional a la deuda. Una obligación de $50,000 pesos no justifica asegurar bienes por cientos de miles de pesos si existen otras opciones suficientes para cubrir el adeudo.</p><p><b>Solo una autoridad judicial puede ordenar un embargo</b>, y este recae únicamente sobre bienes registrados a nombre del deudor. Quedan expresamente excluidos:</p><p>Bienes de familiares</p><p>Artículos indispensables: cama, ropa y herramientas de trabajo</p><p>Cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE), incluidas las aportaciones voluntarias</p><p>Ningún despacho de cobranza privado tiene facultad para ejecutar un embargo por cuenta propia. Si alguien ingresa a un domicilio sin orden judicial, el afectado puede presentar una denuncia por <b>allanamiento de morada</b>.</p><h2>El historial crediticio: daño que persiste años</h2><p>Los plazos de permanencia en el Buró de Crédito dependen del monto de la deuda. Con el valor de la Unidad de Inversión (UDI) al 30 de junio de 2026 en $8.82 pesos, los rangos en moneda corriente son los siguientes:</p><p>Deudas de hasta <b>$220 pesos</b>: se eliminan al año</p><p>Deudas de entre $220 y <b>$4,408 pesos</b>: se borran a los dos años</p><p>Deudas de entre $4,408 y <b>$8,816 pesos</b>: desaparecen a los cuatro años</p><p>Deudas superiores a <b>$8,816 pesos</b>: no se eliminan de forma automática</p><p>Las deudas con un proceso judicial activo tampoco desaparecen aunque transcurran los plazos. Pagar una deuda no la borra del historial de inmediato: el registro cambia a estatus “liquidado”, lo que mejora la calificación pero no elimina la huella del incumplimiento.</p><h2>Derechos del deudor y vías de defensa</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GBNUGKUPSREDHALN2Z3XNACNF4.png?auth=cac0be0e2f1a9d732cfd571411324cc18b99ed5f9060de5cac101a4608ccc398&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La excepción ocurre cuando existe fraude o un delito patrimonial comprobable —como proporcionar información falsa al solicitar un crédito o pagar con cheque sin fondos—, contemplados en el artículo 386 del Código Penal Federal. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El artículo 17 de la <b>Constitución Mexicana</b> prohíbe la prisión por deudas de carácter civil. La <b>Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)</b> confirma que esto aplica para tarjetas departamentales, préstamos personales, créditos bancarios y financiamientos similares con instituciones como BBVA, HSBC y Banamex.</p><p>La excepción ocurre cuando existe fraude o un delito patrimonial comprobable —como proporcionar información falsa al solicitar un crédito o pagar con cheque sin fondos—, contemplados en el artículo 386 del <b>Código Penal Federal</b>.</p><p>Si el acreedor no reclama la deuda en un plazo de <b>10 años</b>, el derecho a cobrar prescribe y el embargo deja de proceder legalmente, aunque los despachos de cobranza puedan continuar con intentos extrajudiciales. Quienes reciban amenazas extralegales pueden acudir a la Profeco o a la <b>Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef)</b> para solicitar orientación.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XQWH22T5FFJDK3AK2AJ4HRGWE.png?auth=6834a2d82c6dbf86632dcc2389bbb96c10d554ca114ea433918448210e3af864&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre visiblemente angustiado se toma la cabeza mientras revisa facturas y un aviso de desalojo en su hogar de Ciudad de México, reflejando la grave crisis de vivienda. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Morena aplicará filtro a candidaturas de 2027 a través de la UIF, SAT y la Secretaría de Seguridad]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/01/morena-aplicara-filtro-a-candidaturas-de-2027-a-traves-de-la-uif-sat-y-la-secretaria-de-seguridad/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/01/morena-aplicara-filtro-a-candidaturas-de-2027-a-traves-de-la-uif-sat-y-la-secretaria-de-seguridad/</guid><dc:creator><![CDATA[Jaqueline Viedma]]></dc:creator><description><![CDATA[Ariadna Montiel dio a conocer los distintos mecanismos que aplicará el partido oficialista para elegir a los aspirantes a gubernatura]]></description><pubDate>Wed, 01 Jul 2026 03:22:22 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MAPZ6QZLF5HOJDPNVQZKZU3DIU.png?auth=2e266e5bcd45d3d50208cdd7708cee5b44a30672d7441687dc5bdb85fe940529&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Morena aplicará filtro a candidaturas de 2027 a través de la UIF, SAT y la Secretaría de Seguridad. (Foto: Morena)" height="1080" width="1920"/><p>La presidenta nacional de <b>Morena</b>, <b>Ariadna Montiel</b>, anunció que el partido aplicará <b>filtros de seguridad e inteligencia financiera</b> a sus aspirantes antes de definir candidaturas para las <b>17 elecciones a gubernaturas </b>de 2027, en un mecanismo que calificó de voluntario pero que el partido asumirá como obligatorio.</p><p>El anuncio llegó tras el cierre del registro de aspirantes al proceso interno para definir las coordinaciones estatales de defensa de la transformación, en el que participan también el Partido del Trabajo (<b>PT</b>) y el Partido Verde Ecologista de México (<b>PVEM</b>).</p><h2>El papel de la UIF, el SAT y la Secretaría de Seguridad</h2><p>El filtro implicará una consulta directa al gabinete de seguridad federal. “Vamos a pedirle al <b>Gabinete de Seguridad </b>que revise los perfiles, ¿por qué decimos que al gabinete de seguridad? Porque es la <b>UIF</b>, el <b>SAT</b>, la <b>Secretaría de Seguridad Públic</b>a”, precisó Montiel en conferencia de prensa este martes.</p><p>La revisión no busca exponer antecedentes de los aspirantes, sino evitar su postulación si presentan irregularidades. El objetivo declarado es, en palabras de la dirigente, “<b>cumplir con el compromiso</b> con el pueblo de México de presentar a los mejores candidatos”.</p><p>Montiel aclaró que el mecanismo es de aplicación interna y posterior al proceso de encuestas. “<b>Eso va a hacer Morena internamente</b>, posteriormente ya en el proceso electoral del próximo año, como se planteó en la reforma legal que presentó nuestra presidenta”, señaló.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NNGGCGLZ5GTTKK4U3SJOEBJJ4.png?auth=144243e38a3076679cdda37a263c6bccc350969831eceee8ea7da005d71ab391&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Morena cerrará registro de aspirantes a gubernatura con más de 270 postulaciones. (Foto: Morena)" height="1080" width="1920"/><h2>Encuestas, cursos de género y el debate sobre paridad</h2><p>Quienes superen las encuestas internas deberán también completar <b>cursos de género</b>, con la finalidad de hacerle frente al machismo.</p><p>Sobre la distribución de candidaturas entre hombres y mujeres, la dirigente desmintió listas que circularon en redes sociales con supuestas asignaciones por entidad. Aclaró que primero se aplicarán todas las encuestas y que solo si los resultados lo requieren se harán ajustes de paridad. “<b>Qué tal que ganan 17 mujeres y ya no hay que ajustar nada</b>. Es mi convicción. Que sean solo mujeres”, afirmó.</p><p>Montiel extendió además la lógica formativa a toda la militancia, no solo a los aspirantes. Planteó pedirle al instituto electoral que refuerce la capacitación en temas de género con quienes aspiran a candidaturas y con la base del partido en general.</p><h2>Morena, Verde y PT inician proceso rumbo al 2027 sin alianza concreta en SLP</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6BTX5Z2A3FEU7KGYFKFUQBF6PI.png?auth=3f321a4b5f76895827724cf6def3c1845b7f7eb66c742a7c969ef2a0119a69a8&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Ilustración en acuarela de una figura política sonriente con micrófono, enmarcada por los logotipos desgarrados de los partidos Morena y Verde Ecologista de México, reflejando una dinámica de alianzas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/morena-y-el-verde-no-coinciden-por-nepotismo-ruth-gonzalez-no-se-registrara-a-proceso-interno-por-slp/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/morena-y-el-verde-no-coinciden-por-nepotismo-ruth-gonzalez-no-se-registrara-a-proceso-interno-por-slp/"><b>Morena</b>, el <b>Partido Verde</b> y el <b>PT</b> </a>arrancan por separado los registros de aspirantes a las coordinaciones estatales de cara a la gubernatura de <b>San Luis Potosí</b> en 2027. La fractura se origina en la figura de <b>Ruth González</b> Silva, esposa del gobernador <b>Ricardo Gallardo</b> Cardona, a quien el Verde no descarta postular pese a la política antinepotismo de su aliado.</p><p>El coordinador nacional electoral del Verde, <b>Arturo Escobar</b>, confirmó que la medida antinepotismo es exclusiva de Morena y no vincula a su partido, cabe destacar que, en San Luis Potosí, <b>Ruth González encabeza las opciones del Verde </b>para la candidatura al gobierno estatal.</p><p>La posibilidad de una coalición no está descartada. Escobar señaló que “<b>hasta que no se agote la fecha límite legal</b>, que será seguramente a mediados de enero, siempre hay una viabilidad de construir un acuerdo”. Morena, por su parte, mantiene su postura: dirigentes como Ariadna Montiel y Citlalli Hernández sostienen que la política del partido es no respaldar a familiares directos del gobernante en turno para cargos de elección popular.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MAPZ6QZLF5HOJDPNVQZKZU3DIU.png?auth=2e266e5bcd45d3d50208cdd7708cee5b44a30672d7441687dc5bdb85fe940529&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/png" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Morena aplicará filtro a candidaturas de 2027 a través de la UIF, SAT y la Secretaría de Seguridad. (Foto: Morena)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Ingresos del Gobierno Federal crecen 36 mil mdp en 2026; recaudación del IVA e ISR impulsa las finanzas públicas]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas/</guid><dc:creator><![CDATA[Nadia Virgilio]]></dc:creator><description><![CDATA[En su más reciente comunicado, el SAT detalló que los ingresos tributarios ascendieron a 2 billones 477 mil 738 millones de pesos entre enero y mayo de 2026]]></description><pubDate>Tue, 30 Jun 2026 19:39:07 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7MNUFAZRRZE23ARRA2WYRA7LKQ.png?auth=3d4f58ec5549e719bebb0bf757fcdbfbd1fa4082f3d78aaafb941acd3553f04f&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una ilustración conceptual señala el crecimiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México, con gráficos ascendentes y el escudo nacional del país. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Los <b>ingresos tributarios</b> en México mantienen una tendencia positiva durante 2026. El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> informó que, de enero a mayo, el <b>Gobierno Federal</b> obtuvo ingresos por <b>2 billones 781 mil 646 millones de pesos</b>, cifra que representa un incremento nominal de <b>35 mil 994 millones de pesos</b> respecto al mismo periodo del año anterior.</p><p>De acuerdo con el organismo, el crecimiento se explica principalmente por el buen desempeño de la recaudación de impuestos como el <b>Impuesto sobre la Renta (ISR)</b>, el <b>Impuesto al Valor Agregado (IVA)</b> y el <b>Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)</b>, recursos que financian programas sociales, infraestructura, salud, educación y otras acciones del gasto público.</p><h2>Ingresos tributarios superan los 2.47 billones de pesos</h2><p>En su más reciente comunicado, el <b>SAT</b> detalló que los <b>ingresos tributarios</b> ascendieron a <b>2 billones 477 mil 738 millones de pesos</b> entre enero y mayo de 2026.</p><p>Esto significa un incremento nominal de <b>65 mil 848 millones de pesos</b> respecto a los primeros cinco meses de 2025, consolidando a la recaudación fiscal como una de las principales fuentes de financiamiento del Gobierno mexicano.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/L63W6RAFLJBJJLL2GLKAUJXCQM.png?auth=7d7d42cac3449790cc67747cee962c495baa6e1374feadda594d1eaa37200f8b&smart=true&width=909&height=409" alt="" height="409" width="909"/><p>El reporte también destaca el comportamiento de los principales impuestos:</p><ul><li><b>ISR:</b> 1 billón 345 mil 229 millones de pesos recaudados.</li><li><b>IVA:</b> 703 mil 351 millones de pesos, con un aumento de <b>49 mil 809 millones</b> respecto al mismo periodo de 2025.</li><li><b>IEPS:</b> 298 mil 799 millones de pesos, equivalente a un incremento de <b>30 mil 351 millones de pesos</b> frente al año anterior.</li></ul><h2>SAT reconoce el cumplimiento de los contribuyentes</h2><p>El organismo encabezado por la <b>Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)</b> reconoció a las personas físicas y morales que cumplen oportunamente con sus obligaciones fiscales.</p><p>Según explicó el <b>SAT</b>, el pago de impuestos permite obtener recursos que posteriormente se destinan al <b>desarrollo económico</b>, la prestación de servicios públicos y el <b>bienestar de la población mexicana</b>.</p><p>Además, la gráfica incluida en el comunicado muestra que los ingresos del Gobierno Federal han mantenido una tendencia de crecimiento durante los últimos años. Entre enero y mayo de 2020 se registraban <b>1.78 billones de pesos</b>, mientras que para el mismo periodo de 2026 la cifra alcanzó <b>2.78 billones</b>, reflejando un aumento acumulado cercano al billón de pesos en seis años.</p><h2>¿Qué impuestos aportan más recursos al Gobierno de México?</h2><p>La mayor parte de los ingresos tributarios proviene de tres gravámenes:</p><ul><li><b>Impuesto sobre la Renta (ISR):</b> grava los ingresos de trabajadores, empresas y personas con actividad económica, por lo que suele representar la mayor fuente de recaudación.</li><li><b>Impuesto al Valor Agregado (IVA):</b> se aplica al consumo de bienes y servicios y constituye el segundo impuesto más importante para las finanzas públicas.</li><li><b>Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS):</b> se cobra sobre productos específicos como combustibles, bebidas alcohólicas, cigarros, refrescos y alimentos con alta densidad calórica.</li></ul><p>El desempeño de estos impuestos suele utilizarse como un indicador de la actividad económica y del consumo interno. Cuando la economía mantiene un ritmo favorable, la recaudación también tiende a incrementarse.</p><h2>¿En qué se utilizan los impuestos que recauda el SAT?</h2><p>Los recursos obtenidos mediante la recaudación tributaria integran una parte fundamental del presupuesto del <b>Gobierno Federal</b>.</p><p>Entre otros rubros, el dinero recaudado permite financiar:</p><ul><li><b>Programas sociales</b> y pensiones.</li><li><b>Servicios de salud</b> y adquisición de medicamentos.</li><li><b>Educación pública</b> en todos los niveles.</li><li><b>Infraestructura carretera, hidráulica y de transporte.</b></li><li><b>Seguridad pública</b> y procuración de justicia.</li><li>Operación de dependencias federales y organismos públicos.</li></ul><p>Un mayor nivel de recaudación también puede reducir la necesidad de contratar deuda pública para cubrir el gasto gubernamental, fortaleciendo la estabilidad de las finanzas nacionales.</p><p>Con el reporte correspondiente a enero-mayo de 2026, el <b>SAT</b> destacó que la recaudación continúa mostrando resultados positivos gracias al cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, así como a las acciones de fiscalización y eficiencia administrativa implementadas durante el año.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/7MNUFAZRRZE23ARRA2WYRA7LKQ.png?auth=3d4f58ec5549e719bebb0bf757fcdbfbd1fa4082f3d78aaafb941acd3553f04f&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una ilustración conceptual señala el crecimiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México, con gráficos ascendentes y el escudo nacional del país. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Regularización fiscal 2026: el SAT elimina hasta el 100% de tus multas y recargos si cumples estos requisitos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[Las personas físicas y las empresas con deudas previas pueden cubrir solo el gravamen original si cumplen plazos, topes de ingresos y requisitos según el origen del crédito fiscal]]></description><pubDate>Tue, 30 Jun 2026 19:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR5OEY7KA5BQHB4OEFAT2PB524.png?auth=10bd48b9b6c8f36c4d9cff3ca3613adf212102c335f025cdd2a3410a3101e090&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El Programa de Regularización Fiscal 2026 tiene fechas límite distintas según el tipo de adeudo del contribuyente. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) pone en marcha en 2026 un programa que permite a personas físicas y empresas con <b>adeudos</b> de años anteriores pagar solo el impuesto original <b>sin multas</b> ni recargos.</p><p>El programa arrancó el 1 de enero de 2026 y tiene <b>fechas límite</b> distintas según el tipo de adeudo. </p><p>Quien no actúe a tiempo pierde el beneficio y deberá cubrir el monto completo, incluidos <b>recargos y sanciones</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El programa está dirigido a personas físicas y a micro, pequeñas y medianas empresas con adeudos pendientes ante el SAT o la ANAM. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Lo que el SAT no adelanta es cuánto puede ahorrar un contribuyente ni cuáles son las condiciones exactas que determinan si la reducción es del<b> 100% o del 90%</b>. Eso depende del <b>tipo de deuda</b> y de cómo se originó.</p><h2>Así se calcula cuánto te descuenta el SAT: 100% o 90% según el tipo de deuda</h2><p>El programa cubre adeudos de ejercicios <b>2024 o anteriores</b> determinados tanto por el SAT como por la Agencia Nacional de Aduanas de México <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/01/hacienda-uif-y-aduanas-protegen-el-comercio-exterior-firman-convenio-contra-el-contrabando/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/01/hacienda-uif-y-aduanas-protegen-el-comercio-exterior-firman-convenio-contra-el-contrabando/">(ANAM)</a>. </p><p>Incluye multas por infracciones a <b>leyes fiscales</b>, <b>aduaneras</b> y de <b>comercio exterior</b>, así como multas con agravantes.</p><p>Según el <a href="https://www.sat.gob.mx/minisitio/RegularizacionFiscal/RegularizacionFiscal/index.html" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/minisitio/RegularizacionFiscal/RegularizacionFiscal/index.html">portal oficial</a> del SAT, la reducción del <b>100%</b> aplica cuando el crédito fiscal incluye contribuciones federales omitidas —propias, retenidas o trasladadas—, aprovechamientos o <b>cuotas compensatorias</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/A53NN7NQQJHAZHJASDHFFYF6GU.png?auth=e08dc4d095e75a515e71ca8c30b17b053ae9df3bf86faca3de90d5b7a60e0854&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El estímulo fiscal no se considera ingreso acumulable para efectos del ISR y no genera devolución, compensación ni saldo a favor.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>En ese caso, las multas, los recargos y los<b> gastos de ejecución </b>asociados desaparecen del monto a pagar.</p><p>La reducción baja al <b>90%</b> cuando el crédito fiscal está integrado exclusivamente por multas derivadas del <b>incumplimiento </b>de obligaciones distintas al pago, por ejemplo, no presentar una<b> declaración informativa</b>.</p><p>En ese caso, el porcentaje de disminución aplica siempre que el contribuyente<b> cumpla la obligación</b> omitida que dio origen a la multa.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ET2GUZLAVRG7RNNW2SJB2JCKVU.png?auth=97db251583b64b809d9cc4b2cfbaa5a9ac0bfd5a976dbb0504ee13c98047c506&smart=true&width=1408&height=768" alt="El pago de contribuciones no puede realizarse en especie ni mediante compensación.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Tu situación fiscal determina cuál de las tres vías debes seguir para obtener el beneficio</h2><p>El SAT establece tres vías de <b>acceso al beneficio</b>, según la situación fiscal del contribuyente.</p><p>El primero aplica a quienes<b> detectan su propio adeudo</b> sin que la autoridad lo haya determinado. </p><p>Deben presentar la declaración correspondiente en el <a href="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home">portal del SAT</a>, seleccionar la opción “Estímulo de regularización fiscal” en el campo de estímulos y realizar el pago en una sola exhibición antes del <b>31 de diciembre </b>de 2026.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2TVACINCZJE3NBJT4DEQ3EU4OA.png?auth=2d13fcd41d3f9c0957fecc124b6352f59d400fd88b8cfe6f6b4026523c20b54e&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía explica las tres vías de acceso que el SAT ofrece para la regularización de adeudos fiscales en México, detallando sus plazos y condiciones hasta 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El segundo corresponde a contribuyentes que ya están bajo facultades de comprobación, es decir, en medio de una <b>auditoría</b>. </p><p>Pueden acceder al beneficio si se autocorrigen y pagan dentro del plazo que fije la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/07/quienes-recibiran-auditorias-del-sat-este-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/07/quienes-recibiran-auditorias-del-sat-este-2026/">autoridad revisora</a>, antes de que se emita la <b>resolución definitiva</b> y a más tardar el último día del año. </p><p>El tercero es para quienes ya tienen un crédito fiscal firme <b>notificado</b>, incluso si lo impugnaron. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/V4RLFLEL6FG5FAYZQWT5LLFO5A.png?auth=4a82b7b344385a0ca18a940567c76cc1a70e73b8872ff931d73ad0323f45b3a0&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Los contribuyentes en auditoría pueden acceder al beneficio si se autocorrigen antes de que la autoridad emita la resolución definitiva. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Deben ingresar a <a href="https://www.sat.gob.mx/portal/private/aplicacion/mi-portal" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/portal/private/aplicacion/mi-portal">Mi Portal</a>, seleccionar la opción ESTIMULO FISCAL LIF 2026 y presentar la solicitud antes del <b>31 de octubre </b>de 2026. </p><p>Si el adeudo está impugnado, deben adjuntar el acuse de desistimiento. </p><p>En este supuesto, el pago puede hacerse hasta en seis parcialidades, con la última a más tardar el <b>30 de noviembre </b>de 2026.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt=" Quienes detectan su propio adeudo deben realizar el pago en una sola exhibición a más tardar el 31 de diciembre de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>Requisitos y condiciones que excluyen del programa</h2><p>El beneficio aplica a contribuyentes cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal 2024 no excedieron los <b>300 millones de pesos </b>mexicanos.</p><p>El SAT<b> excluye</b> a quienes recibieron condonaciones en programas generalizados anteriores al<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/suprema-corte-rechaza-atraer-amparo-de-fofo-marquez-sentenciado-a-17-anos-por-tentativa-de-feminicidio/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/suprema-corte-rechaza-atraer-amparo-de-fofo-marquez-sentenciado-a-17-anos-por-tentativa-de-feminicidio/"> amparo </a>del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2019.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="La reducción del 100% aplica cuando el crédito fiscal incluye contribuciones federales omitidas, aprovechamientos o cuotas compensatorias. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Tampoco pueden solicitar el beneficio quienes <b>ya fueron beneficiados</b> por el estímulo del Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2025.</p><p>También quedan fuera quienes tengan <b>sentencia condenatoria </b>firme por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/la-secretaria-anticorrupcion-lleva-a-juicio-a-cuatro-servidores-publicos-por-contratos-ilicitos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/la-secretaria-anticorrupcion-lleva-a-juicio-a-cuatro-servidores-publicos-por-contratos-ilicitos/">delitos fiscales</a>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YIW6QIP5TFA3FM4CLFE3UJKN4Q.png?auth=8ddccd4582b205c22edcd2ec1c41d8739b178e4e508e3bfdc1dfc2120b09e574&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía detalla los requisitos de ingresos y consentimiento de adeudo, junto con las exclusiones para acceder al estímulo fiscal del SAT en México para 2024. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Lo mismo aplica para las instituciones y organismos que ejecutan<b> gasto federal</b>, referidos en el artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.</p><p>El SAT advierte que al presentar la solicitud de créditos firmes, el contribuyente<b> consiente íntegramente </b>el adeudo. Si después lo impugna, el estímulo <b>pierde efectos</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR5OEY7KA5BQHB4OEFAT2PB524.png?auth=10bd48b9b6c8f36c4d9cff3ca3613adf212102c335f025cdd2a3410a3101e090&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Un funcionario revisa documentos en un expediente de papel sobre su escritorio en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT puede inmovilizar cuentas de nómina sin aviso previo: en qué casos y cómo afecta a los trabajadores mexicanos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/29/sat-puede-inmovilizar-cuentas-de-nomina-sin-aviso-previo-en-que-casos-y-como-afecta-a-los-trabajadores-mexicanos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/29/sat-puede-inmovilizar-cuentas-de-nomina-sin-aviso-previo-en-que-casos-y-como-afecta-a-los-trabajadores-mexicanos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El SAT tiene facultad legal para ordenar a bancos y la CNBV el bloqueo de cuentas bancarias por deudas fiscales firmes o impugnadas sin que se requiera notificación anticipada al titular, según el Código Fiscal de la Federación]]></description><pubDate>Mon, 29 Jun 2026 12:16:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DIQT5UXP4JF3ZGTTOG7ZZXU7UE.png?auth=bd4d2bf681bae4aba21d9ad205e4998b6ed3b78904cb4759b7f4e6d137e039d4&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Cuando se trata de pensiones alimenticias, la protección opera de forma distinta: el embargo puede aplicarse sobre la totalidad del excedente del salario mínimo, sin el límite del 30%. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/25/embargo-de-cuentas-bancarias-por-el-sat-en-que-casos-procede-y-cuales-fondos-estan-protegidos-segun-la-ley/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/25/embargo-de-cuentas-bancarias-por-el-sat-en-que-casos-procede-y-cuales-fondos-estan-protegidos-segun-la-ley/"><b>La cuenta de nómina puede ser embargada</b> </a>en México, aunque la ley fija límites precisos que la mayoría de trabajadores y patrones desconoce. El salario mínimo es inembargable por mandato constitucional, pero el excedente sí puede retenerse, bajo condiciones y porcentajes estrictamente regulados.</p><p>El artículo 112 de la <b>Ley Federal del Trabajo (LFT)</b> establece que los salarios no podrán ser embargados, salvo en el caso de pensiones alimenticias decretadas por autoridad competente. No obstante, la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/bloqueos-de-cuentas-bancarias-solo-deben-proceder-con-orden-judicial-en-ciertos-casos-proponen-diputados/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/bloqueos-de-cuentas-bancarias-solo-deben-proceder-con-orden-judicial-en-ciertos-casos-proponen-diputados/"><b>Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)</b></a> precisó el alcance real de esa protección: una autoridad jurisdiccional sí puede ordenar el embargo sobre el excedente del salario mínimo para garantizar obligaciones de carácter civil o mercantil, pero únicamente hasta el 30% de ese excedente.</p><p>Cuando se trata de pensiones alimenticias, la protección opera de forma distinta: el embargo puede aplicarse sobre la totalidad del excedente del salario mínimo, sin el límite del 30%.</p><h2>El salario mínimo, el único monto intocable</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VUHGOWE2F5EVBOVKRWARZIESCU.png?auth=35336e355b70a50590a8e8efc5c53176d32c3c957b1f96bd78e77d9021668a37&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Solo la parte del ingreso que supera ese mínimo entra en el cómputo del embargo. Y aun sobre ese excedente, la ley no permite retener la totalidad: fija el 30% como techo general, salvo en materia de alimentos. (Imagen de referencia IA)" height="1536" width="2752"/><p>La fracción VIII del artículo 123 de la <b>Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</b> establece que el salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento. Ese umbral es el punto de partida de cualquier cálculo.</p><p>Solo la parte del ingreso que supera ese mínimo entra en el cómputo del embargo. Y aun sobre ese excedente, la ley no permite retener la totalidad: fija el 30% como techo general, salvo en materia de alimentos.</p><p>La SCJN también aclaró que, si el salario ya está parcialmente afectado por una pensión alimenticia, la protección del 30% se aplica únicamente sobre la fracción del excedente que no está comprometida por esa pensión.</p><h2>El SAT puede bloquear la cuenta sin avisar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NHI7UQNXIRA65EX23UEB3ETRSE.png?auth=ae5c2a3b967f46fafe825bf736111ab51b857ac4d6a675c63877131ad24196b2&smart=true&width=1408&height=768" alt="El oficio de bloqueo se dirige directamente a la institución financiera o a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). El banco tiene hasta tres días hábiles para ejecutar la medida. Solo entonces, en un plazo máximo de otros tres días, el SAT notifica al titular vía buzón tributario, estrados o edictos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El <b>artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF)</b> faculta al <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> para ordenar la inmovilización de depósitos bancarios en cualquier tipo de cuenta —incluidas las de nómina— sin notificar primero al titular.</p><p>El oficio de bloqueo se dirige directamente a la institución financiera o a la <b>Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)</b>. El banco tiene hasta tres días hábiles para ejecutar la medida. Solo entonces, en un plazo máximo de otros tres días, el SAT notifica al titular vía buzón tributario, estrados o edictos.</p><p>La autoridad puede actuar así en dos supuestos: cuando el crédito fiscal ya es firme —es decir, una deuda determinada, notificada y no impugnada en tiempo— o cuando el crédito está impugnado pero no garantizado y el contribuyente no es localizable, la garantía es insuficiente o los bienes embargados previamente no cubren el adeudo.</p><h2>Qué cuentas pueden bloquearse y cuáles están protegidas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/T4CJFKXW7RAXLFXLGXX66NV72E.png?auth=752ea766e1dffbdc85a0a89265e9b4401c21c51f9c72f09963725dd40a33821d&smart=true&width=1408&height=768" alt="La ley excluye expresamente las cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE), incluidas las aportaciones voluntarias, hasta por el monto de las aportaciones realizadas conforme a la ley de la materia. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Son susceptibles de embargo las cuentas de cheques, ahorro, nómina, inversiones y cualquier depósito en moneda nacional o extranjera registrado a nombre del contribuyente en entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.</p><p>La ley excluye expresamente las <b>cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE)</b>, incluidas las aportaciones voluntarias, hasta por el monto de las aportaciones realizadas conforme a la ley de la materia.</p><p>La SCJN emitió recientemente una resolución que abre una excepción: las cuentas AFORE sí pueden ser embargadas cuando el titular adeuda pensión alimenticia,<b> no posee otros bienes embargables</b> y se encuentra sin empleo formal. En ese caso, el monto máximo a retener será el menor entre 75 días del salario base de cotización de los últimos cinco años o el 10% del saldo total acumulado en la subcuenta de retiro.</p><h2>La obligación del patrón y sus límites</h2><p>El artículo 112 de la LFT precisa que los patrones <b>no están obligados a cumplir ninguna otra orden judicial o administrativa de embargo</b> que no provenga de autoridad competente en materia de pensiones alimenticias.</p><p>Eso significa que, ante una orden de embargo por deuda civil o mercantil, el patrón no tiene obligación legal de retener el salario del trabajador directamente en nómina. La medida recae sobre la cuenta bancaria, no sobre el empleador.</p><p>El monto bloqueado por el SAT corresponde al adeudo fiscal actualizado, más recargos, multas y gastos de ejecución. La ley prohíbe que el embargo exceda ese importe, ya sea que recaiga sobre una sola cuenta o sobre varias.</p><h2>Derechos del trabajador ante un embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La autoridad tiene un plazo máximo de cinco días para resolver y notificar si acepta o rechaza la garantía. Si no lo hace en ese término, la entidad financiera debe levantar la inmovilización. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El CFF reconoce al contribuyente el derecho de designar los bienes a embargar, siempre que siga el orden legal: primero dinero y depósitos bancarios, luego acciones y valores, después bienes muebles y, al final, bienes inmuebles.</p><p>Si ya se ejecutó el bloqueo de una cuenta, el titular puede ofrecer una garantía sustituta para liberar los fondos. El artículo 141 del CFF acepta depósito en dinero o carta de crédito bancaria, prenda o hipoteca, fianza de institución autorizada, obligación solidaria de tercero solvente, embargo en vía administrativa, y títulos valor o cartera de créditos propios.</p><p>La autoridad tiene un plazo máximo de cinco días para resolver y notificar si acepta o rechaza la garantía. Si no lo hace en ese término, la entidad financiera debe levantar la inmovilización.</p><h2>Vías para impugnar el bloqueo</h2><p>Ante un embargo que el contribuyente considere indebido, el CFF y la legislación procesal fiscal prevén tres vías: el recurso de revocación ante el propio SAT, el juicio de nulidad ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b> y el juicio de amparo, cuando se alegan violaciones a derechos constitucionales.</p><p>El artículo 151 del CFF establece que no procede el embargo respecto de créditos fiscales que hayan sido impugnados en sede administrativa o jurisdiccional y se encuentren debidamente garantizados conforme a las disposiciones legales aplicables.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DIQT5UXP4JF3ZGTTOG7ZZXU7UE.png?auth=bd4d2bf681bae4aba21d9ad205e4998b6ed3b78904cb4759b7f4e6d137e039d4&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un trabajador mexicano con la cabeza entre las manos observa la pantalla de un cajero automático que indica el embargo de su cuenta bancaria por el SAT y el rechazo de su operación. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Exfuncionario del SAT es inhabilitado un año por ocultar más de 1.5 millones de pesos en su patrimonio]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/exfuncionario-del-sat-es-inhabilitado-un-ano-por-ocultar-mas-de-15-millones-de-pesos-en-su-patrimonio/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/exfuncionario-del-sat-es-inhabilitado-un-ano-por-ocultar-mas-de-15-millones-de-pesos-en-su-patrimonio/</guid><dc:creator><![CDATA[Fernando Ortiz]]></dc:creator><description><![CDATA[La Secretaría Anticorrupción advirtió que continuará investigando a servidores y ex servidores públicos ]]></description><pubDate>Sun, 28 Jun 2026 23:05:50 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ROWIN4Q2AFEIPGHGGPWE2V34AI.png?auth=af5116b738944a25c5df05f0653f834ac2c6383186d27a57eba4f70999054918&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Exfuncionario del SAT es inhabilitado un año por ocultar más de un millón de pesos en su patrimonio. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa</b> inhabilitó por un año a Jaime “N”, exadministrador de la <b>Aduana de Lázaro Cárdenas</b>, Michoacán, por <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/09/nuevo-procesamiento-para-julio-de-vido-casanello-lo-acuso-de-enriquecimiento-ilicito-y-trabo-un-embargo-por-998-millones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/09/nuevo-procesamiento-para-julio-de-vido-casanello-lo-acuso-de-enriquecimiento-ilicito-y-trabo-un-embargo-por-998-millones/">falsear sus declaraciones</a> de situación patrimonial para ocultar un incremento de 1 millón 532 mil 452 pesos que no pudo explicar ni justificar ante las autoridades federales.</p><p>La sanción fue anunciada este domingo por la<b> Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno </b>(SABG) a través del Comunicado 070. La dependencia precisó que Jaime “N” era ex servidor público del <a href="https://www.infobae.com/politica/2026/03/13/el-gobierno-creo-un-consejo-para-prevenir-el-enriquecimiento-ilicito-y-el-lavado-de-activos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2026/03/13/el-gobierno-creo-un-consejo-para-prevenir-el-enriquecimiento-ilicito-y-el-lavado-de-activos/">Servicio de Administración Tributaria (SAT) </a>y que su conducta fue calificada como una infracción grave.</p><p>El caso representa uno de los resultados más recientes del trabajo de fiscalización patrimonial que lleva a cabo la <b>SABG</b> sobre ex funcionarios federales, en el que las declaraciones de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/vinculan-a-proceso-a-exfuncionarios-del-imss-y-el-cicese-por-enriquecimiento-ilicito/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/vinculan-a-proceso-a-exfuncionarios-del-imss-y-el-cicese-por-enriquecimiento-ilicito/">situación patrimonial</a> funcionan como principal instrumento de detección.</p><h2>La investigación que destapó el caso</h2><p>La Unidad de Combate a la Impunidad de la SABG condujo la indagatoria que permitió acreditar la irregularidad ante el tribunal. El organismo demostró que el exfuncionario faltó deliberadamente a la veracidad en sus declaraciones patrimoniales con el propósito de disimular un aumento en su patrimonio que no correspondía a sus ingresos reportados.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TP6TPD2AW5CUHIZZUXFIU6VUSI.png?auth=5a521e95bf44b77fd846192689cb08c1da83e84f9f64bd32fb911457eec2bfce&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El incremento de más de 1.5 millones de pesos no contó con respaldo documental ni con una explicación válida durante el proceso de investigación. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El incremento de más de 1.5 millones de pesos no contó con respaldo documental ni con una explicación válida durante el proceso de investigación. La SABG concluyó que la omisión no fue accidental, sino una acción deliberada para ocultar bienes ante las autoridades.</p><h2>El exfuncionario y su aduana</h2><p>Jaime “N” se desempeñó como administrador de la <b>Aduana de Lázaro Cárdenas</b>, ubicada en el estado de <b>Michoacán</b>. El comunicado de la SABG no estableció ningún vínculo entre la sanción administrativa y operaciones ilícitas en ese recinto aduanero.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AGV7ZOZ6MJFEJOQMCBQ6JE4ZZ4.jpg?auth=5a6fe43c3106943ac861e0ab94af2feff39dfe6435e2c218a9a03e5c39c5ae39&smart=true&width=1280&height=854" alt="Aduana de Lázaro Cárdenas. Créditos: SEDECO" height="854" width="1280"/><p>La dependencia tampoco proporcionó detalles sobre el periodo en que Jaime “N” ocupó el cargo ni sobre las circunstancias en que concluyó su función como servidor público del SAT.</p><h2>Sanción firme, pero impugnable</h2><p>La <b>SABG</b> aclaró que Jaime “N” tiene derecho a impugnar la resolución del <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa</b> ante las instancias que correspondan. No obstante, la dependencia anticipó que, de presentarse ese escenario, defenderá el fallo “con la misma firmeza con que fue investigado”, según el texto compartido por la dependencia.</p><p>La inhabilitación por un año le impide al ex funcionario ocupar cargos, empleos o comisiones dentro del servicio público federal durante ese plazo.</p><h2>Sanciones por ocultar bienes en una declaración patrimonial</h2><p>En <b>México</b>, ocultar o falsear bienes en la declaración patrimonial constituye una falta administrativa grave sancionada por el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa</b>. Las consecuencias van desde inhabilitación de tres meses hasta 20 años, destitución del cargo, multas de hasta tres veces el monto ocultado y, si el caso lo amerita, denuncia penal ante la <b>FGR</b> por enriquecimiento ilícito. </p><p>La autoridad también puede ordenar un embargo precautorio sobre el patrimonio del implicado durante el proceso, según establecen la <b>Ley General de Responsabilidades Administrativas</b> y la <b>Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos</b>.</p><h2>Denuncia ciudadana, parte del mecanismo</h2><p>La dependencia convocó a la ciudadanía a reportar posibles actos de corrupción a través del <b>Sistema Integral de Denuncias Ciudadanas</b>, disponible en denuncias.gob.mx. En el comunicado sostuvo que denunciar “no solo es un derecho: es también un deber cívico para proteger los recursos públicos”.</p><p>La <b>SABG</b> subrayó que la vigilancia sobre el uso del erario no recae exclusivamente en las instituciones del Estado, y que la participación de la sociedad resulta necesaria para fortalecer los mecanismos de control.</p><p>La dependencia reiteró que continuará investigando conductas irregulares de servidores y ex servidores públicos, al considerar que <b>“quien se corrompe en el ejercicio de una función pública traiciona la confianza del pueblo y debe enfrentar consecuencias”</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ROWIN4Q2AFEIPGHGGPWE2V34AI.png?auth=af5116b738944a25c5df05f0653f834ac2c6383186d27a57eba4f70999054918&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Exfuncionario del SAT es inhabilitado un año por ocultar más de un millón de pesos en su patrimonio. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Buen Gobierno informa que se cumplió una orden de aprehensión contra un trabajador del SAT por presunto enriquecimiento ilícito]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/buen-gobierno-informa-que-se-cumplio-una-orden-de-aprehension-contra-un-trabajador-del-sat-por-presunto-enriquecimiento-ilicito/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/buen-gobierno-informa-que-se-cumplio-una-orden-de-aprehension-contra-un-trabajador-del-sat-por-presunto-enriquecimiento-ilicito/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[Dicha acción deriva de una denuncia presentada en noviembre de 2022 ante la FGR]]></description><pubDate>Sun, 28 Jun 2026 22:15:10 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMIDLINHLBAQZIPATW4ZRNFAWA.png?auth=fe9284fc7c4686f8ebded3dc6ebce671c8a00dc12b88098f55df571a698e5523&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El comunicado refiere a lo difundido por la FGR sobre la detención de Héctor “N”, es servidor público del SAT, por una orden de aprehensión vinculada a una investigación. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La Secretaría <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/15/buen-gobierno-sanciona-a-39-servidores-publicos-entre-los-castigos-esta-una-multa-de-mil-millones-de-pesos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/15/buen-gobierno-sanciona-a-39-servidores-publicos-entre-los-castigos-esta-una-multa-de-mil-millones-de-pesos/"><b>Anticorrupción</b> </a>y Buen Gobierno informó este 28 de junio que se cumplió una <b>orden de aprehensión</b> contra <b>Héctor “N”</b>, ex servidor público del <b>SAT</b> que ocupó un <b>cargo </b>entre 2011 y 2018, de acuerdo con un comunicado y en referencia a lo difundido por la <b>FGR</b>.</p><p>Según la dependencia, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/"><b>SAT </b></a>presentó en noviembre de 2022 una <b>denuncia </b>de hechos ante la <b>FGR </b>contra el ex trabajador por el delito de enriquecimiento ilícito, tras detectar irregularidades durante un procedimiento de verificación de situación patrimonial.</p><p><b>Anticorrupción </b>y Buen Gobierno precisó que la <b>carpeta de investigación</b> sigue en curso en la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/tigres-un-lince-y-caballos-el-hallazgo-de-la-fgr-en-durango-tras-un-reporte-de-personas-armadas-y-animales-exoticos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/tigres-un-lince-y-caballos-el-hallazgo-de-la-fgr-en-durango-tras-un-reporte-de-personas-armadas-y-animales-exoticos/"><b>Fiscalía </b></a>Especializada en Materia de Combate a la Corrupción, y subrayó que se presume la <b>inocencia </b>de la persona <b>señalada </b>mientras no exista <b>sentencia </b>condenatoria de una <b>autoridad </b>judicial competente.</p><p>Además, la <b>Secretaría </b>reafirmó su compromiso contra la corrupción al concluir que<i> “</i><i><b>nadie </b></i><i>podrá </i><i><b>obtener</b></i><i>, </i><i><b>manejar </b></i><i>ni </i><i><b>beneficiarse </b></i><i>de </i><i><b>recursos ilícitos </b></i><i>y que cualquier </i><i><b>conducta indebida </b></i><i>será </i><i><b>investigada </b></i><i>y </i><i><b>sancionada </b></i><i>conforme a la ley.”</i></p><h2>FGR aprehende a un ex funcionario del SAT por posible enriquecimiento ilícito</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WQOZHY6DLBDQFAT4MTG5KXPVQU.jpg?auth=fcb294acff30e8be48e78eac11c7d34ce32e6cecfee8af77cc25eb28baa0dda1&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La denuncia que origina la investigación se presentó en noviembre de 2022 y la carpeta permanece abierta en la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción. 
Créditos: Cuartoscuro/PROFECO" height="1080" width="1920"/><p>La <b>FGR</b> informó la aprehensión de <b>Héctor</b> “N”, ex funcionario del <b>SAT</b> entre 2011 y 2018, por su posible participación en el delito de <b>enriquecimiento ilícito</b>; el caso se originó en una <b>denuncia </b>presentada en noviembre de 2022 y la <b>investigación </b>sigue <b>abierta </b>en la <b>Fiscalía </b>Especializada en Materia de Combate a la <b>Corrupción</b> (<b>FEMCC</b>).</p><p>De acuerdo con la información del Gabinete de Seguridad compartida el pasado 13 de junio, la <b>captura </b>se realizó en un domicilio de la colonia <b>Felipe Carrillo Puerto</b>, en el municipio de <b>Xalapa</b>, <b>Veracruz</b>. De acuerdo con la <b>FGR</b>, el operativo se ejecutó después de <b>vigilancias fijas </b>y móviles en distintos <b>días </b>y <b>horarios </b>para confirmar su presencia en ese lugar.</p><h2>La investigación se desprende de una denuncia presentada en noviembre de 2022</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QWHA2EERDJBD3O35ED2HBB2CWY.jpg?auth=b77509f73542d040c2aaf4d268bf360daf47f511ce89ec6318d13b7b593005f7&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La FGR indicó que el detenido probablemente habría recibido un bien inmueble como pago por un contrato de prestación de servicios que no fue realizado. 
Credito: Cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>Según la <b>FGR</b>, elementos de la Agencia de <b>Investigación Criminal </b>desarrollaron técnicas de <b>investigación</b>, <b>análisis </b>patrimonial, verificación de <b>domicilios </b>y trabajos de <b>inteligencia </b>que permitieron cumplimentar la <b>orden </b>de <b>aprehensión</b>. La dependencia añadió que el <b>Ministerio Público </b>Federal adscrito a la <b>FEMCC</b> solicitó y obtuvo el mandamiento judicial con base en los datos de prueba reunidos.</p><p>La <b>acusación </b>sostiene que <b>Héctor “N” posiblemente incrementó </b>su <b>patrimonio </b>sin <b>justificación</b>. La FGR también indicó que probablemente habría recibido un <b>bien inmueble </b>como pago por un <b>contrato </b>de prestación de <b>servicios </b>que no fue <b>realizado</b>.</p><p>Ese es el señalamiento central del caso: la autoridad federal lo buscó por su presunta <b>participación </b>en hechos que, a partir de la <b>indagatoria </b>patrimonial, podrían constituir <b>enriquecimiento ilícito</b>. La carpeta de investigación permanece en curso en la fiscalía especializada.</p><p>La <b>FGR </b>señaló que el <b>arresto </b>se llevó a cabo con apoyo de <b>autoridades </b>del <b>Gabinete de Seguridad</b>. Después de su <b>aseguramiento</b>, la persona <b>detenida </b>fue puesta a <b>disposición </b>de la <b>autoridad </b>competente.</p><p>Durante la aprehensión, agregó la <b>fiscalía</b>, se le leyó la <b>Cartilla de Derechos </b>de las Personas en <b>Detención</b>. La dependencia sostuvo que en el procedimiento se garantizó el <b>debido proceso </b>y el respeto a sus derechos humanos.</p><h2>La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno sanciona a 39 servidores públicos por faltas graves y no graves</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CW7TUZNV7BFJHPAVVKRU7GFULM.jpg?auth=5db1bb17d6c91d093928f1d70a4633b3dc62f352eac768c674ba749d11ab8d78&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La multa más alta (más de mil millones de pesos) recayó en cuatro exfuncionarios de CFE por la contratación en 2017 de 82 mil optimizadores de tensión que no eran necesarios. 
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p><b>Anticorrupción </b>y Buen Gobierno informó el pasado 14 de junio que sancionó a <b>39</b> <b>personas servidoras </b>públicas por faltas <b>graves </b>y <b>no graves </b>en <b>dependencias </b>federales, con castigos que incluyen <b>amonestaciones</b>, <b>suspensiones</b>, <b>inhabilitaciones </b>de hasta <b>20 años</b> y una <b>multa </b>solidaria de <b>1 mil 192 millones 500 mil pesos</b>; en los casos graves, las <b>resoluciones </b>las impuso el <b>TFJA</b>, y en los no graves actuó la propia <b>dependencia </b>con base en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.</p><p>La <b>sanción económica </b>más alta recae en cuatro <b>exfuncionarios </b>de <b>CFE</b> por la <b>contratación</b>, en 2017, de 82 mil <b>optimizadores </b>de tensión que no eran <b>necesarios </b>para la prestación del suministro eléctrico. Además de la multa solidaria, tres de ellos fueron <b>inhabilitados </b>por 20 años y uno por 10.</p><p>En el <b>SAT</b>, Rubén D., adscrito a la Administración Desconcentrada de <b>Auditoría </b>Fiscal de Quintana Roo “2”, fue suspendido <b>90 días </b>por la <b>emisión </b>fuera de plazo de un <b>crédito fiscal </b>por <b>205 millones de pesos </b>por ISR, IVA, recargos y multas en 2018.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMIDLINHLBAQZIPATW4ZRNFAWA.png?auth=fe9284fc7c4686f8ebded3dc6ebce671c8a00dc12b88098f55df571a698e5523&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[El comunicado refiere a lo difundido por la FGR sobre la detención de Héctor “N”, es servidor público del SAT, por una orden de aprehensión vinculada a una investigación. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Qué hacer si recibes una notificación de embargo sobre tu casa: pasos legales para defenderte]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/que-hacer-si-recibes-una-notificacion-de-embargo-sobre-tu-casa-pasos-legales-para-defenderte/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/que-hacer-si-recibes-una-notificacion-de-embargo-sobre-tu-casa-pasos-legales-para-defenderte/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La autoridad fiscal activa el cobro forzoso cuando vence el plazo para pagar o asegurar el adeudo, pero antes debe agotar efectivo, cuentas bancarias y otros activos]]></description><pubDate>Fri, 26 Jun 2026 12:00:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC23QBR2RDAFF2AY6UJEL37NU.png?auth=f3065f08a7d8c9f3852ed487b172c2a2d92becef792051c0ffcb5677a4f9acb5&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una familia mexicana afronta documentos del SAT por deudas y desalojo, al tiempo que una propiedad similar se exhibe en una subasta de bienes inmuebles del INDEP en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/"><b>El SAT puede embargar tu casa</b></a> en México sin necesidad de una orden judicial: el organismo tributario está facultado para iniciar un cobro forzoso sobre el patrimonio del deudor —incluidos los inmuebles— y rematarlos en subasta pública hasta cubrir el total del adeudo. El proceso opera bajo el <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b> y los plazos corren desde el día siguiente a la notificación.</p><p>Ignorar la notificación es el error más común y el más costoso. Los plazos para actuar son cortos y su incumplimiento puede agravar la situación hasta el punto de perder el inmueble sin posibilidad de recurso.</p><h2>Qué ocurre desde el momento de la notificación</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LMNXU6BCGZGIZLOGS2CDKVJ3LE.png?auth=c5dcfe2f615fadd6c57c68b24782e83f22c7303877299301858c182e7223f60f&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una familia visiblemente angustiada se enfrenta a la creciente pila de facturas, avisos de deuda y una amenaza de desalojo, evidenciando el severo impacto del estrés financiero en los hogares. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Desde que surte efectos el aviso del crédito fiscal, el contribuyente tiene <b>30 días hábiles</b> para pagar el adeudo o garantizarlo ante la autoridad. Si ese plazo vence sin ninguna acción, el SAT queda facultado para activar el <b>Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</b>, el mecanismo que abre la puerta al cobro forzoso.</p><p>El primer instrumento que emite la autoridad es el mandamiento de ejecución. Con ese documento, funcionarios fiscales pueden presentarse en el domicilio del contribuyente y requerir comprobante de pago en ese momento. Si no se acredita el pago, el embargo se ejecuta de forma inmediata.</p><p>El CFF establece un orden de prelación para el embargo: primero el dinero en efectivo, metales preciosos y depósitos bancarios; luego acciones, bonos y créditos de fácil cobro; después bienes muebles como vehículos y maquinaria; y en cuarto lugar, <b>los bienes inmuebles</b>, incluida la vivienda. Esto significa que el SAT debe haber agotado las opciones anteriores antes de llegar al inmueble.</p><h2>Herramientas legales para frenar el proceso</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QO64SV3ZONHR5F7SWF4RQIAC3A.png?auth=f5e8b5a6dffb478bff69fbec4e1e349b7945403ac7f81002f2fa539089622fe1&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Participantes levantan paletas con números durante una subasta de inmuebles organizada por el INDEP, con el objetivo de devolver bienes al pueblo mexicano. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El contribuyente dispone de varias vías para detener el embargo antes de que avance. La más directa es liquidar el adeudo dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación.</p><p>Una opción menos difundida, pero igual de eficaz, es <b>garantizar el adeudo</b>. Las formas aceptadas por el SAT, según el artículo 141 del CFF, son: billete de depósito, carta de crédito, prenda o hipoteca, fianza y obligación solidaria de tercero. Garantizar suspende el PAE mientras el contribuyente negocia, aclara o impugna el crédito.</p><p>Quienes consideren incorrecta la determinación del SAT pueden interponer un <b>recurso de revocación</b> ante la propia autoridad, con un plazo de 30 días hábiles desde que surte efectos la notificación. También está disponible el juicio de nulidad ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>, con un plazo de entre 30 y 45 días hábiles.</p><h2>Embargo bancario: un proceso que sí requiere un juez</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H5MDUWEOYFF33IA6LXH7PTSRH4.png?auth=96157e0b41432fdfac14bfa00e2d95bab268b654857baa8554661bf639c78d35&smart=true&width=1408&height=768" alt="El proceso formal suele iniciarse entre el tercer y el sexto mes de impago, aunque el incumplimiento se computa desde la primera mensualidad no cubierta. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>A diferencia del <b>SAT</b>, un banco o institución financiera <b>no puede embargar una vivienda por su propia voluntad</b>. El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares es claro: solo un juez puede ordenar el embargo, tras un proceso legal en el que se acrediten la deuda y el incumplimiento. Ninguna llamada de cobranza, carta o amenaza extrajudicial tiene validez para retener bienes.</p><p>El proceso formal suele iniciarse entre el tercer y el sexto mes de impago, aunque el incumplimiento se computa desde la primera mensualidad no cubierta. Antes de llegar a esa instancia, la mayoría de las instituciones ofrecen alternativas de reestructura o convenios de pago, pues un juicio resulta costoso y prolongado para ambas partes.</p><h2>El cambio de reglas que entró en vigor en 2026</h2><p>Hasta 2025, interponer un recurso de revocación eximía al contribuyente de garantizar el crédito durante la tramitación. Esa facilidad desapareció con la <b>Ley de Ingresos de la Federación 2026</b>.</p><p>Ahora, quien presente el recurso debe constituir una garantía del interés fiscal en un plazo de <b>seis meses</b>, o en <b>10 días hábiles</b> si la resolución llega antes de ese término. Se trata de un cambio que reduce el margen de maniobra de los deudores que antes podían impugnar sin comprometer bienes adicionales.</p><p>Una tercera vía es acudir a la <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b>, que puede actuar como intermediaria cuando detecta irregularidades en el procedimiento fiscal. Su intervención puede derivar en la suspensión temporal del embargo mientras se revisa el caso.</p><h2>Bienes que el SAT no puede tocar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KZBWHQYP5RGOHIJVOQ7BILJF6Q.png?auth=ec6a4f75d6d2eba6473e46c5da315b3d7c179c0dcb6fba436531ca9f985b6583&smart=true&width=1671&height=940" alt="En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado más sus accesorios legales. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="940" width="1671"/><p>El artículo 157 del CFF establece un listado de bienes inembargables. Entre ellos figuran las cuentas individuales de ahorro para el retiro (<b>AFORE</b>), incluidas las aportaciones voluntarias; sueldos, salarios y pensiones de cualquier tipo; recursos vinculados a programas sociales del gobierno federal; el lecho cotidiano y los vestidos del deudor y su familia; los muebles de uso indispensable del hogar que no sean de lujo; y los libros, instrumentos y mobiliario necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor.</p><p>En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado más sus accesorios legales.</p><h2>Qué hacer si el embargo ya fue ejecutado</h2><p>Una vez embargado el inmueble, peritos del SAT determinan su valor comercial mediante avalúo. Luego, la autoridad publica una convocatoria de remate al menos <b>10 días</b> antes de la subasta, con un precio mínimo equivalente a dos terceras partes del valor del avalúo.</p><p>Si el monto obtenido en la subasta cubre la totalidad del adeudo, el procedimiento se cierra y la deuda queda liquidada. Cuando el valor de los bienes rematados resulta insuficiente, el SAT emite un nuevo requerimiento, amplía el embargo y puede retener más bienes del contribuyente hasta cubrir <b>el crédito fiscal por completo.</b></p><p>Especialistas en derecho fiscal recomiendan reunir desde el primer momento toda la documentación disponible: estados de cuenta, contratos, facturas y cualquier comunicación previa con la autoridad. Esos registros son la base de cualquier defensa, ya sea administrativa o ante los tribunales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/QO64SV3ZONHR5F7SWF4RQIAC3A.png?auth=f5e8b5a6dffb478bff69fbec4e1e349b7945403ac7f81002f2fa539089622fe1&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Participantes levantan paletas con números durante una subasta de inmuebles organizada por el INDEP, con el objetivo de devolver bienes al pueblo mexicano. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Embargo de cuentas bancarias por el SAT: en qué casos procede y cuáles fondos están protegidos según la ley]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/25/embargo-de-cuentas-bancarias-por-el-sat-en-que-casos-procede-y-cuales-fondos-estan-protegidos-segun-la-ley/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/25/embargo-de-cuentas-bancarias-por-el-sat-en-que-casos-procede-y-cuales-fondos-estan-protegidos-segun-la-ley/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Procedimiento Administrativo de Ejecución inicia con un mandamiento y puede terminar en el embargo de cuentas en cualquier banco. El contribuyente puede ofrecer garantías o impugnar ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa]]></description><pubDate>Thu, 25 Jun 2026 13:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U7COL4WE7ZCTRLZ4LGECVQBHKM.png?auth=acaab9cf04e95850bc2af1d9aa318e2ef005b8e5db12afa5d7a9e7fddbe9b7b8&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El oficio de inmovilización se dirige directamente a la institución financiera o a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El SAT</b> puede<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/"> <b>embargar tu cuenta bancaria sin avisarte</b></a> antes: el <b>Código Fiscal de la Federación</b> lo permite expresamente, siempre que exista una deuda fiscal firme o impugnada sin garantía suficiente. El bloqueo se ejecuta directamente con el banco, y la notificación al titular llega hasta después.</p><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/"><b>artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF)</b></a> faculta al <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> para ordenar la inmovilización de depósitos bancarios en cualquier tipo de cuenta —en moneda nacional o extranjera— sin notificar primero al contribuyente.</p><p>El oficio de inmovilización se dirige directamente a la institución financiera o a la <b>Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)</b>. El banco tiene hasta tres días hábiles para ejecutar el bloqueo. Solo entonces, en un plazo máximo de otros tres días, el SAT notifica al titular vía buzón tributario, estrados o edictos.</p><h2>Cuándo puede aplicarse el embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ON4L45ROKBBLFCH4IU7BRDRJOA.png?auth=2e86743ab7550f0fa7d9478bbacd13fc3d6a52bda5623cb56c28b3c59b544420&smart=true&width=2752&height=1536" alt="En ninguno de los dos supuestos el SAT está obligado a avisar al contribuyente antes de ordenar el bloqueo a la institución financiera. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La ley contempla dos supuestos. El primero ocurre cuando el crédito fiscal ya es <b>firme</b>: <b>una deuda determinada, notificada y no impugnada en tiempo</b>, o que agotó todos los medios de defensa disponibles.</p><p>El segundo aplica cuando el crédito está impugnado pero <b>no garantizado</b>, y se cumple al menos una de estas condiciones adicionales:</p><p>El contribuyente <b>no es localizable en su domicilio</b> fiscal registrado ante el SAT</p><p><b>La garantía ofrecida es insuficiente</b> para cubrir el adeudo y sus accesorios</p><p>El contribuyente no amplió la garantía cuando la autoridad lo requirió</p><p>Los <b>bienes embargados</b> previamente no alcanzan a cubrir el interés fiscal</p><p>En ninguno de los dos supuestos el SAT está obligado a avisar al contribuyente antes de ordenar el bloqueo a la institución financiera.</p><h2>Las causas que pueden derivar en un embargo de cuenta</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DIQT5UXP4JF3ZGTTOG7ZZXU7UE.png?auth=bd4d2bf681bae4aba21d9ad205e4998b6ed3b78904cb4759b7f4e6d137e039d4&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El monto bloqueado corresponde al adeudo fiscal actualizado, más recargos, multas y gastos de ejecución. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El SAT puede iniciar el <b>Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</b> cuando detecta incumplimientos fiscales. Entre los más frecuentes que la autoridad vincula con esta medida:</p><p>Omisión en la presentación de declaraciones fiscales mensuales o anuales</p><p>Falta de pago de impuestos dentro del plazo legal</p><p>No interponer medios de defensa ni ofrecer garantías ante un crédito firme</p><p>Ingresos declarados que no coinciden con los movimientos bancarios registrados</p><p>Uso de facturas falsas, simulación de operaciones o actividades inexistentes</p><p>El monto bloqueado corresponde al adeudo fiscal actualizado, más recargos, multas y gastos de ejecución. La ley prohíbe que el embargo exceda ese importe, ya sea que recaiga sobre una sola cuenta o sobre varias.</p><h2>Cómo se ejecuta el procedimiento, paso a paso</h2><p>Antes de llegar al embargo de cuentas, el SAT sigue una cadena de pasos establecida en el artículo 145 y siguientes del CFF. Primero emite un <b>mandamiento de ejecución</b>; luego un ejecutor designado acude al domicilio fiscal del contribuyente para requerir el pago.</p><p>Si el contribuyente no acredita en ese acto haber pagado, el ejecutor levanta un acta de embargo de inmediato. En el caso de cuentas bancarias, no es necesaria la presencia física: el SAT gira el oficio directamente al banco o a la CNBV.</p><p>Según el documento oficial del SAT sobre el PAE, si el contribuyente no es encontrado en su domicilio, el ejecutor deja citatorio para el día hábil siguiente. Si tampoco se le localiza entonces, la diligencia se entiende con quien se encuentre en el lugar.</p><h2>Qué cuentas pueden ser bloqueadas y cuáles no</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3JWXSWEK4BGLPKOGIQ7CLSNE6Q.jpg?auth=31f90643e5231e6cc49018bdabefab089299c86b5833ca6e01e08d1309a7871f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La ley excluye expresamente las cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE), incluidas las aportaciones voluntarias (Infobae/Jovani Pérez)" height="1080" width="1920"/><p>Son susceptibles de embargo las cuentas de cheques, ahorro, nómina, inversiones y cualquier depósito en moneda nacional o extranjera registrado a nombre del contribuyente en entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.</p><p>La ley excluye expresamente las <b>cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE)</b>, incluidas las aportaciones voluntarias, hasta por el monto de las aportaciones realizadas conforme a la ley de la materia.</p><h2>Qué derechos tiene el contribuyente ante un embargo</h2><p>El CFF reconoce al contribuyente el derecho de <b>designar los bienes a embargar</b>, siempre que siga el orden legal: primero dinero y depósitos bancarios, luego acciones y valores, después bienes muebles y, al final, bienes inmuebles.</p><p>Si ya se ejecutó el bloqueo de una cuenta, el titular puede ofrecer una garantía sustituta para liberar los fondos. El artículo 141 del CFF acepta como garantías: depósito en dinero o carta de crédito bancaria, prenda o hipoteca, fianza de institución autorizada, obligación solidaria de tercero solvente, embargo en vía administrativa, y títulos valor o cartera de créditos propios.</p><p>La autoridad tiene un plazo máximo de cinco días para resolver y notificar si acepta o rechaza la garantía ofrecida. Si no lo hace en ese término, la entidad financiera debe levantar la inmovilización.</p><h2>Las vías legales para impugnar el embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LGFQS6ZH75CLZJWNST6NUSOD2A.png?auth=f4dacc5613a2d2c1925caf46bce921405339ab388f20a54a7650cef7064550e3&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El artículo 151 del CFF establece además que no procede el embargo respecto de créditos fiscales que hayan sido impugnados en sede administrativa o jurisdiccional y se encuentren debidamente garantizados conforme a las disposiciones legales aplicables. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Ante un embargo que el contribuyente considere indebido, el CFF y la legislación procesal fiscal prevén tres vías. La primera es el <b>recurso de revocación</b> ante el propio SAT. La segunda es el <b>juicio de nulidad</b> ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>. La tercera es el <b>juicio de amparo</b>, cuando se alegan violaciones a derechos constitucionales.</p><p>El artículo 151 del CFF establece además que no procede el embargo respecto de créditos fiscales que hayan sido impugnados en sede administrativa o jurisdiccional y se encuentren debidamente garantizados conforme a las disposiciones legales aplicables.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/U7COL4WE7ZCTRLZ4LGECVQBHKM.png?auth=acaab9cf04e95850bc2af1d9aa318e2ef005b8e5db12afa5d7a9e7fddbe9b7b8&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre en un cajero automático intenta retirar dinero de su cuenta bancaria bloqueada por un embargo del SAT México, mientras un aviso indica "Operación Denegada". (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Nuevas estafas con falsas papeletas de Sutran: ola de fraudes digitales alerta a miles de conductores]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/06/24/nuevas-estafas-con-falsas-papeletas-de-sutran-ola-de-fraudes-digitales-alerta-a-miles-de-conductores/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/06/24/nuevas-estafas-con-falsas-papeletas-de-sutran-ola-de-fraudes-digitales-alerta-a-miles-de-conductores/</guid><dc:creator><![CDATA[Manuel Rojas Berríos]]></dc:creator><description><![CDATA[Delincuentes envían mensajes fraudulentos que simulan notificaciones oficiales, exigiendo pagos por supuestas multas y capturando información personal]]></description><pubDate>Wed, 24 Jun 2026 21:25:58 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SH6Z567FUNC43BP2DSMQYUQJLU.jpg?auth=ef88c7cb31982da5adc34af9cd56a58f93dac2c9a5a4b1900d4dfa439dc34f25&smart=true&width=1920&height=1080" alt="(Andina)" height="1080" width="1920"/><p>Una nueva modalidad de&nbsp;<b>fraude electrónico</b>&nbsp;afecta a conductores en todo el país. Delincuentes envían&nbsp;<b>correos electrónicos</b>&nbsp;y mensajes de&nbsp;<b>WhatsApp</b>&nbsp;que simulan ser notificaciones oficiales de la&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/05/28/sutran-saco-de-circulacion-a-31-unidades-que-brindaban-servicio-informal-de-transporte-en-lima/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/05/28/sutran-saco-de-circulacion-a-31-unidades-que-brindaban-servicio-informal-de-transporte-en-lima/">Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías</a> (<b>Sutran</b>). </p><p>El objetivo de los estadores es&nbsp;<b>engañar a los usuarios con supuestas órdenes de captura vehicular por deuda de papeletas</b>, exigiendo <b>pagos indebidos</b> o la <b>entrega de datos personales y bancarios</b>.</p><p>Según explicó&nbsp;<b>Ronald Power</b>, vocero de&nbsp;<b>Sutran</b>, “estas comunicaciones se anexan a estas comunicaciones links de pago para realizar este pagos a través de plataformas o a través de códigos QR para también redireccionar a plataformas de pago y realizar pagos por presunta comisión de infracciones”. </p><p>Los mensajes utilizan el logotipo, la paleta de colores institucional y hasta la imagen de la&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/06/24/el-crimen-que-condeno-a-35-anos-de-carcel-a-el-monstruo-secuestro-rescate-y-un-policia-asesinado/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/06/24/el-crimen-que-condeno-a-35-anos-de-carcel-a-el-monstruo-secuestro-rescate-y-un-policia-asesinado/">Policía Nacional del Perú </a>(<b>PNP</b>)&nbsp;para aumentar la credibilidad. En algunos casos, los montos solicitados alcanzan los <b>2.800 soles</b>, aunque también se han detectado cobros de <b>500 soles </b>por un supuesto acumulado de multas.</p><p>Los estafadores han desarrollado <b>portales web falsos</b> y guías paso a paso para que el proceso parezca legítimo. “Ese mensaje lo ponen los falsificadores. Uno va a encontrar un paso por paso para realizar, validar la información y finalmente el último es el procedimiento de pago”, detalló Power en&nbsp;<i>RPP.</i> </p><p>Esta estrategia busca generar urgencia y temor a los usuarios para que realicen el pago sin verificar la autenticidad de la notificación.</p><p>La&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;subrayó que solo utiliza dos mecanismos oficiales para notificar sanciones: la casilla electrónica de cada usuario, donde solo se envía un mensaje de texto informativo, y las notificaciones físicas en el domicilio declarado.&nbsp;</p><p>“Sutran realiza comunicaciones por dos mecanismos. Uno, a través de depositar comunicaciones a través de la casilla electrónica mediante el cual un usuario se ha afiliado previamente. Y, en segundo lugar, estamos hablando de comunicaciones que realizamos a través de comunicaciones en los domicilios”, precisó Power.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z6SBVDHUS5FSRIZPVCLQPT4HYA.png?auth=95d20069fc9502f5922dd0d5183c027e7dc4e80f15cbcb8f96f0a84b7aff3579&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Supuesto aviso de infracción vehicular que solicita escanear un código QR para "ver la multa". Según expertos en seguridad digital, esta es una nueva modalidad de estafa que busca obtener datos personales o bancarios de los usuarios. Fotocomposición: Infobae Perú" height="1080" width="1920"/><p>En lo que va de 2026,&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;ha detectado 11 casos de esta modalidad a nivel nacional. El procurador público de la entidad ya inició acciones legales y cuatro expedientes han sido derivados a la&nbsp;<b>Fiscalía</b>. “Uno ya tiene, por ejemplo, una sentencia condenatoria donde se ha determinado una responsabilidad a un delincuente”, añadió Power.</p><p>La institución recalcó que nunca emite&nbsp;<b>órdenes de captura vehicular</b>&nbsp;por deudas de papeletas. En un comunicado oficial, señaló: “Se ha identificado que personas inescrupulosas vienen utilizando indebidamente el nombre, logotipo e imagen institucional de la Sutran para intentar engañar a los ciudadanos y obtener pagos indebidos o información personal”.</p><h2>SAT también alerta multas y deudas falsas</h2><p>El&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/06/01/sunat-la-recaudacion-tributaria-en-peru-crece-177-en-mayo-y-suma-24-meses-de-expansion/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/peru/2026/06/01/sunat-la-recaudacion-tributaria-en-peru-crece-177-en-mayo-y-suma-24-meses-de-expansion/">Servicio de Administración Tributaria&nbsp;</a>(<b>SAT</b>)&nbsp;detectó un aumento de mensajes falsos dirigidos a contribuyentes, simulando notificaciones de multas con enlaces a portales fraudulentos. La recomendación principal es consultar únicamente el sitio web oficial (www.gob.pe/satlima) o usar los canales verificados como Aló SAT (01) 315 2400 y el correo asuservicio@sat.gob.pe.</p><p>Para validar notificaciones, la&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;habilitó la central telefónica (01) 200 4555 y el correo comunicate@sutran.gob.pe, donde los usuarios pueden consultar la autenticidad de cualquier documento recibido. Además, la entidad recuerda que los mensajes oficiales siempre provienen del dominio sutran.gob.pe.</p><p>Entre las recomendaciones para evitar ser víctima de&nbsp;<b>fraude electrónico</b>, la&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;y el&nbsp;<b>SAT de Lima</b>&nbsp;sugieren:</p><ul><li>No abrir enlaces ni descargar archivos adjuntos de correos o mensajes sospechosos.</li><li>No realizar pagos solicitados mediante comunicaciones no verificadas.</li><li>No compartir información personal, bancaria o de sus vehículos.</li><li>Verificar cualquier información únicamente a través de los canales oficiales.</li><li>Reportar cualquier intento de fraude o suplantación de identidad.</li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/YMYTFYOTWZE3RH2HXU56R4PM2Q.jpg?auth=3ba6804199b4a8b1e18f5d08b22fba0bcb3c96d6839ddd4e5e6b7ca47d5ea468&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[El SAT puede embargar tu casa: qué debes hacer antes de que ocurra]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El SAT ejecuta el cobro forzoso siguiendo un orden: primero busca dinero, después bienes muebles y finalmente puede tomar tu casa si lo anterior no cubre el adeudo. Todo está regulado en el Código Fiscal de la Federación.]]></description><pubDate>Wed, 24 Jun 2026 12:00:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XQWH22T5FFJDK3AK2AJ4HRGWE.png?auth=6834a2d82c6dbf86632dcc2389bbb96c10d554ca114ea433918448210e3af864&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Recibir una notificación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) activa de inmediato un proceso legal con consecuencias patrimoniales (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/"><b>El SAT puede embargar tu casa</b></a> si no atiendes a tiempo una notificación de crédito fiscal: el organismo tributario está facultado para iniciar un cobro forzoso, retener bienes —incluidos inmuebles— y rematarlos en subasta pública hasta cubrir el total del adeudo. El proceso, regulado por el <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>, opera sin orden judicial y con plazos que corren desde el día siguiente a la notificación.</p><p>Recibir una notificación del <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> activa de inmediato un proceso legal con consecuencias patrimoniales. No se trata de una carta informativa: es el reconocimiento formal de una deuda que obliga al contribuyente a actuar dentro de plazos estrictos.</p><h2>Los 30 días hábiles que definen todo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El primer instrumento que emite la autoridad es el mandamiento de ejecución. Con ese documento, funcionarios fiscales pueden presentarse en el domicilio del contribuyente (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Desde que surte efectos la notificación del crédito fiscal, el contribuyente cuenta con <b>30 días hábiles</b> para pagar el adeudo o garantizarlo ante la autoridad.</p><p>Si ese plazo vence sin ninguna acción, el SAT queda facultado para iniciar el <b>Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</b>, el mecanismo legal que abre la puerta al cobro forzoso sobre el patrimonio del deudor.</p><p>El primer instrumento que emite la autoridad es el mandamiento de ejecución. Con ese documento, funcionarios fiscales pueden presentarse en el domicilio del contribuyente —o donde se encuentren sus bienes— y requerir comprobante de pago en ese momento. Si no se acredita el pago, el embargo se ejecuta de forma inmediata.</p><h2>Qué puede embargar el SAT y en qué orden</h2><p>El SAT no toma cualquier bien de forma arbitraria. El CFF establece un orden de prelación para el embargo:</p><p>Dinero en efectivo, metales preciosos y depósitos bancarios</p><p>Acciones, bonos y créditos de fácil cobro</p><p>Bienes muebles: vehículos y maquinaria</p><p><b>Bienes inmuebles</b>, incluida la vivienda</p><p>La casa, entonces, no es el primer objetivo del fisco, pero sí puede serlo si los bienes anteriores no alcanzan para cubrir el monto total del crédito fiscal actualizado con recargos y multas.</p><p>Una vez embargado un inmueble, peritos determinan su valor comercial mediante avalúo. Luego, el SAT publica una convocatoria de remate al menos 10 días antes de la subasta, con un precio mínimo equivalente a dos terceras partes del valor del avalúo.</p><h2>Qué pasa si el remate no alcanza para pagar la deuda</h2><p>Si el monto obtenido en la subasta cubre la totalidad del adeudo, el procedimiento se cierra y la deuda queda liquidada.</p><p>Cuando el valor de los bienes rematados resulta insuficiente, el SAT no da por terminado el caso. Emite un nuevo requerimiento, amplía el embargo y puede retener más bienes del contribuyente hasta cubrir el crédito fiscal por completo.</p><h2>El embargo precautorio: una amenaza que llega antes</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LMNXU6BCGZGIZLOGS2CDKVJ3LE.png?auth=c5dcfe2f615fadd6c57c68b24782e83f22c7303877299301858c182e7223f60f&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT puede recurrir a ella cuando detecta riesgo de insolvencia, presume que el contribuyente podría ocultar bienes o estima que existe riesgo de evasión de pago (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Existe una modalidad aún más temprana: el <b>embargo precautorio</b>. A diferencia del PAE, esta medida puede aplicarse incluso antes de que el crédito fiscal quede totalmente firme.</p><p>El SAT puede recurrir a ella cuando detecta riesgo de insolvencia, presume que el contribuyente podría ocultar bienes o estima que existe riesgo de evasión de pago. Su alcance incluye cuentas bancarias, vehículos, maquinaria, inventario comercial y bienes inmuebles.</p><p>La medida es temporal y debe ser proporcional al monto estimado del adeudo. Puede levantarse si el contribuyente presenta pruebas, aporta documentación o garantiza el interés fiscal.</p><h2>Qué hacer antes de que llegue el embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="Una opción menos conocida, pero igual de efectiva para detener el cobro, es garantizar el adeudo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El contribuyente dispone de varias herramientas para frenar el proceso antes de que avance al embargo formal. La más directa es pagar el adeudo dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación.</p><p>Una opción menos conocida, pero igual de efectiva para detener el cobro, es <b>garantizar el adeudo</b>. Las formas aceptadas por el SAT, según el artículo 141 del CFF, son: billete de depósito, carta de crédito, prenda o hipoteca, fianza y obligación solidaria de tercero. Garantizar suspende el PAE mientras el contribuyente negocia, aclara o impugna el crédito.</p><p>Quienes consideren que la determinación del SAT es incorrecta pueden interponer un <b>recurso de revocación</b> ante la propia autoridad, con un plazo de 30 días hábiles desde que surte efectos la notificación. También está disponible el juicio de nulidad ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>, con un plazo de 30 a 45 días hábiles.</p><p>Un cambio relevante en 2026 afecta directamente esta estrategia de defensa: hasta 2025, interponer un recurso de revocación eximía al contribuyente de garantizar el crédito durante la tramitación. Esa facilidad desapareció con la <b>Ley de Ingresos de la Federación 2026</b>. Ahora, quien presente el recurso debe constituir una garantía del interés fiscal en un plazo de seis meses, o en 10 días hábiles si la resolución llega antes.</p><p>Una tercera vía es acudir a la <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b>, que puede actuar como intermediaria cuando detecta irregularidades en el procedimiento fiscal.</p><h2>Bienes que el SAT no puede tocar</h2><p>El artículo 157 del CFF establece un listado de bienes inembargables. Entre ellos figuran:</p><p>Las cuentas individuales de ahorro para el retiro (<b>AFORE</b>), incluidas las aportaciones voluntarias</p><p>Sueldos, salarios y pensiones de cualquier tipo</p><p>Recursos vinculados a programas sociales del gobierno federal</p><p>El lecho cotidiano y los vestidos del deudor y su familia</p><p>Los muebles de uso indispensable del hogar que no sean de lujo</p><p>Los libros, instrumentos y mobiliario indispensable para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor</p><p>En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado más sus accesorios legales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XQWH22T5FFJDK3AK2AJ4HRGWE.png?auth=6834a2d82c6dbf86632dcc2389bbb96c10d554ca114ea433918448210e3af864&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre visiblemente angustiado se toma la cabeza mientras revisa facturas y un aviso de desalojo en su hogar de Ciudad de México, reflejando la grave crisis de vivienda. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿El SAT visitará casas y negocios en 2026? Lo que realmente dice el Plan de Fiscalización]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/</guid><dc:creator><![CDATA[Lorna Huitrón]]></dc:creator><description><![CDATA[Aunque en redes sociales se ha difundido la versión de que el SAT realizará visitas masivas y sorpresa a domicilios y comercios en 2026, la realidad es distinta]]></description><pubDate>Sat, 20 Jun 2026 14:40:52 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WGD2LIPJT5AEVPV46KXOXP3H6Q.jpg?auth=6ba541cb70abbbfd12fe66100408a669115bceae0468930be08608f742f9ea60&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>En las últimas semanas, diversos rumores han generado preocupación entre <b>contribuyentes</b> al asegurar que el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> visitará casas, negocios y empresas de manera generalizada durante 2026. Sin embargo, especialistas fiscales coinciden en que esta interpretación es exagerada y no refleja con precisión el alcance del nuevo <b>Plan Maestro de Fiscalización.</b></p><p>La idea de que inspectores del <b>SAT recorrerán colonias </b>enteras realizando revisiones sorpresa o tocando puertas al azar es falsa. Las autoridades fiscales aclararon que no existen operativos masivos de este tipo ni programas de inspección indiscriminada dirigidos a la población en general.</p><p>Lo que sí está ocurriendo es una transformación en la manera en que el SAT realiza sus auditorías. Bajo un <b>modelo de “Fiscalización Inteligente”,</b> la autoridad busca aprovechar herramientas de análisis de datos, automatización y tecnología digital para detectar posibles irregularidades con mayor precisión y rapidez.</p><h2>La materialidad será clave en las nuevas auditorías</h2><p>Uno de los cambios más relevantes para 2026 es que el SAT ya no se limitará a revisar facturas electrónicas o documentación administrativa. Ahora el enfoque estará en comprobar la llamada “materialidad” de las operaciones.</p><p>Esto significa que la autoridad buscará verificar que los bienes o servicios facturados realmente existieron y fueron prestados. En otras palabras, no bastará con contar con un CFDI emitido correctamente; también será necesario demostrar que la operación tuvo sustento económico real.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Personal fiscal realiza una verificación documental durante una visita de auditoría, una de las herramientas que el SAT contempla dentro de su estrategia de fiscalización para comprobar la autenticidad de las operaciones reportadas por los contribuyentes" height="1536" width="2752"/><p>Por ejemplo, una empresa deberá acreditar que cuenta con instalaciones, personal, maquinaria, inventarios o cualquier otro elemento relacionado con la actividad económica que reporta ante el fisco.</p><h2>Tecnología, fotografías y grabaciones durante las visitas</h2><p>Otro aspecto que ha generado polémica es el uso de cámaras durante las inspecciones.</p><p>Las nuevas facultades permiten que, dentro de una auditoría formalmente iniciada, los verificadores documenten las diligencias mediante fotografías, grabaciones de audio y video, incluyendo dispositivos similares a cámaras corporales o de solapa.</p><p>El objetivo es generar evidencia que permita corroborar la existencia de bienes, instalaciones o actividades económicas relacionadas con las operaciones revisadas. Estas herramientas no representan una autorización para ingresar libremente a cualquier domicilio, sino que forman parte de procedimientos fiscales regulados por la ley.</p><h2>Alertas electrónicas y auditorías más rápidas</h2><p>La estrategia de fiscalización también contempla una mayor automatización de los procesos.</p><p>Gracias al uso de bases de datos y cruces de información, el SAT podrá detectar inconsistencias específicas y emitir alertas electrónicas a través del <b>Buzón Tributario. </b>Estas notificaciones permitirán solicitar aclaraciones sobre determinados movimientos sin necesidad de iniciar auditorías extensas que durante años podían prolongarse por meses.</p><p>Cuando se detecte alguna discrepancia relevante, los contribuyentes podrían recibir requerimientos con plazos relativamente cortos, generalmente de entre 15 y 20 días, para presentar documentación y aclarar la situación.</p><h2>El combate a las facturas falsas será la prioridad</h2><p>Uno de los principales objetivos del <b>Plan Maestro de Fiscalización 2026 </b>es <b>combatir las llamadas “factureras”</b>, es decir, empresas que simulan operaciones para emitir comprobantes fiscales sin respaldo real.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ROWIN4Q2AFEIPGHGGPWE2V34AI.png?auth=af5116b738944a25c5df05f0653f834ac2c6383186d27a57eba4f70999054918&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Personal fiscal realiza una verificación documental durante una visita de auditoría, una de las herramientas que el SAT contempla dentro de su estrategia de fiscalización para comprobar la autenticidad de las operaciones reportadas por los contribuyentes" height="1024" width="1536"/><p>La autoridad pondrá especial atención en las cadenas de proveedores y clientes vinculados con este tipo de esquemas. Si un contribuyente realiza operaciones con empresas identificadas como emisoras de facturas falsas, podría ser requerido para demostrar la autenticidad de las transacciones realizadas.</p><p>En determinados casos, el SAT podrá solicitar correcciones, imponer sanciones administrativas o iniciar procedimientos más severos cuando existan elementos que apunten a una posible simulación de operaciones.</p><h2>¿Quiénes tienen más probabilidades de ser auditados?</h2><p>Las auditorías estarán dirigidas principalmente a contribuyentes que presenten señales de riesgo, como discrepancias entre ingresos y gastos, operaciones con empresas cuestionadas, deducciones inusuales, devoluciones improcedentes o movimientos financieros inconsistentes con lo declarado.</p><p>Por ello, expertos recomiendan conservar contratos, comprobantes de pago, estados de cuenta y cualquier documento que respalde las actividades económicas realizadas.</p><p>El SAT no realizará visitas masivas casa por casa durante 2026. Lo que sí ocurrirá es una fiscalización más tecnológica, enfocada en detectar irregularidades concretas y comprobar que las operaciones reportadas por los contribuyentes sean reales, dentro de los procedimientos legales establecidos por la autoridad fiscal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WGD2LIPJT5AEVPV46KXOXP3H6Q.jpg?auth=6ba541cb70abbbfd12fe66100408a669115bceae0468930be08608f742f9ea60&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/IA</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[E.firma del SAT: cómo tramitarla por primera vez y cada cuánto se debe renovar]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La renovación de la e.firma se puede realizar en línea si está vigente o mediante la app SAT ID si venció hace menos de un año. Conoce los requisitos y las opciones disponibles desde 2026 en México]]></description><pubDate>Sat, 20 Jun 2026 14:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6JYSTNS5EVEKHBOUXFTRTXGY3M.jpg?auth=2147343b2fbd6f8700ad4f489f3b48d07ed2495e273324999e64658cafe35148&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El certificado digital equivale, en términos jurídicos, a la firma autógrafa del contribuyente y es obligatorio para cualquier persona física o moral que necesite cumplir trámites fiscales en México
(Imagen Ilustrativa Infobae/Cuartoscuro)" height="1080" width="1920"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/"><b>La e.firma del SAT</b> </a>es uno de los documentos más importantes para los contribuyentes, tiene una vigencia de <b>cuatro años</b> y su obtención por primera vez es un trámite 100% presencial que no admite excepciones: el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/06/como-actualizar-tu-efirma-sat-y-ahorrar-tiempo-en-el-tramite-para-realizar-la-declaracion-anual-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/06/como-actualizar-tu-efirma-sat-y-ahorrar-tiempo-en-el-tramite-para-realizar-la-declaracion-anual-2026/"><b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b></a> requiere la captura de datos biométricos —huellas dactilares, fotografía y registro de pupila— en alguno de los 67 módulos habilitados en la República Mexicana.</p><p>El certificado digital equivale, en términos jurídicos, a la firma autógrafa y es obligatorio para cualquier persona física o moral que necesite cumplir trámites fiscales en México. Desde 2026, el SAT lo exige para todas las devoluciones superiores a $10,000 pesos mexicanos (MXN), un umbral que amplió el rango de contribuyentes obligados a contar con él.</p><h2>Qué documentos se necesitan para tramitarla por primera vez</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Para personas morales, los requisitos incluyen además el acta constitutiva, poder notarial y documentación que acredite la representación legal. Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Para acudir al módulo del SAT, la persona física debe reunir los siguientes documentos:</p><p>Identificación oficial vigente: INE, pasaporte o cédula profesional con fotografía.</p><p>CURP certificada (descargable en gob.cada mx/curp).</p><p>Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses (recibo de luz, agua, teléfono fijo, gas o predial).</p><p>Correo electrónico activo al que se tenga acceso inmediato.</p><p>Memoria USB nueva o limpia con al menos 1 GB de espacio libre.</p><p>Para personas morales, los requisitos incluyen además el acta constitutiva, poder notarial y documentación que acredite la representación legal.</p><h2>Cómo agendar la cita en el SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si no hay disponibilidad inmediata, el portal ofrece la Fila Virtual: el sistema envía un token al correo del usuario cuando se libera un espacio (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Las citas se realizan exclusivamente a través del portal <b>citas.sat.gob.mx</b>. El sistema libera nuevos espacios cada día a las 7:00 horas (tiempo de México) para los siguientes 14 días.</p><p>Los pasos son:</p><p>1. Ingresar a citas.sat.gob.mx y aceptar los avisos del sistema.</p><p>2. Seleccionar el tipo de contribuyente (persona física o moral).</p><p>3. Elegir el trámite “e.firma — Primera vez” y el estado y módulo más cercano.</p><p>4. Capturar CURP o RFC, correo electrónico y teléfono celular.</p><p>5. Seleccionar fecha y hora disponibles en el calendario.</p><p>6. Confirmar y descargar el comprobante en PDF.</p><p>Si no hay disponibilidad inmediata, el portal ofrece la <b>Fila Virtual</b>: el sistema envía un token al correo del usuario cuando se libera un espacio.</p><h2>Qué ocurre en el módulo del SAT</h2><p>En la cita, el personal del SAT verifica la identidad del contribuyente mediante comparación biométrica —huella dactilar y fotografía— y coteja los documentos presentados. La cita tiene una duración estimada de entre 20 y 40 minutos.</p><p>Al finalizar, el SAT entrega en la memoria USB tres archivos: el certificado digital (<b>.cer</b>), la llave privada (<b>.key</b>) y un comprobante en PDF. El certificado queda activo en el momento de su emisión.</p><p>Es indispensable guardar los archivos <b>.cer</b> y <b>.key</b> en al menos dos lugares seguros —USB y respaldo en nube cifrada— y conservar la contraseña de la clave privada. Si se pierden los archivos o se olvida la contraseña, el proceso debe iniciarse desde cero.</p><h2>Cada cuánto se renueva y qué opciones existen</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BIPEESHIWREQLM55VLVT2QXORM.jpg?auth=4f129ca19e29bc170992c4e8f5d30786c133001bb1d7488300cd3e02e2f1c087&smart=true&width=1456&height=816" alt="Si la e.firma aún está vigente, la renovación es completamente en línea mediante el programa Certifica y el portal CertiSAT Web, sin necesidad de acudir al SAT - (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>La e.firma debe renovarse cada cuatro años. El procedimiento varía según el estado del certificado al momento de hacer el trámite.</p><p><b>Si la e.firma aún está vigente</b>, la renovación es completamente en línea mediante el programa <b>Certifica</b> y el portal <b>CertiSAT Web</b>, sin necesidad de acudir al SAT:</p><p>1. Descargar el software Certifica desde sat.gob.mx → Herramientas → Certifica.</p><p>2. Abrir Certifica y seleccionar “Solicitud de renovación de Certificado de e.firma”.</p><p>3. Cargar el archivo <b>.key</b> e ingresar la contraseña de clave privada.</p><p>4. Crear una nueva contraseña y mover el ratón de forma aleatoria hasta completar la barra de progreso.</p><p>5. El sistema genera un archivo <b>.ren</b> (solicitud de renovación). Guardarlo.</p><p>6. Ingresar a CertiSAT Web con la e.firma actual, subir el archivo <b>.ren</b> y descargar los nuevos archivos <b>.cer</b> y <b>.key</b>.</p><p>El nuevo certificado tiene vigencia de cuatro años desde la fecha de emisión.</p><h2>Renovación si la e.firma ya venció (menos de un año)</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2D55X7TVINFWJMYG4WLH7RUZF4.jpg?auth=a4b3712c4621741f8ae48085292032fc3b8d01cd649e0b2d965e35ebb967e56d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT valida la identidad mediante biometría y envía una respuesta al correo registrado en un plazo máximo de cinco días hábiles. (Cuartoscuro/ Imagen ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Si el certificado caducó hace <b>menos de 12 meses</b>, el trámite puede realizarse sin cita presencial a través de la aplicación <b>SAT ID</b>, disponible para iOS y Android:</p><p>1. Abrir SAT ID e ingresar el RFC.</p><p>2. Seleccionar “Renovación de e.firma”.</p><p>3. Subir foto de la identificación oficial y realizar la prueba de vida: grabar un video corto repitiendo una frase aleatoria que el sistema indica.</p><p>4. Firmar la solicitud en pantalla y guardar el número de folio.</p><p>El SAT valida la identidad mediante biometría y envía una respuesta al correo registrado en un plazo máximo de <b>cinco días hábiles</b>. Si la solicitud es aprobada, el usuario debe regresar al programa Certifica y a CertiSAT Web para generar y descargar los archivos finales.</p><h2>Cuándo es obligatorio ir al SAT en persona</h2><p>Existen tres situaciones en las que la renovación presencial es ineludible:</p><p>La e.firma venció hace <b>más de 12 meses</b>.</p><p>El usuario no cuenta con los archivos <b>.cer</b> y <b>.key</b> de la firma anterior.</p><p>Se olvidó la contraseña de la clave privada.</p><p>En estos casos, el trámite sigue los mismos pasos y requiere los mismos documentos que la obtención por primera vez. Las citas deben agendarse con anticipación, ya que en temporadas de declaración anual —marzo y abril— la disponibilidad se agota con rapidez.</p><h2>Cómo verificar si la e.firma está vigente</h2><p>Existen tres formas de consultar el estado del certificado:</p><p><b>Portal del SAT:</b> Ingresar a sat.gob.mx con RFC y contraseña, ir a “Trámites y servicios” → “Otros trámites y servicios” → CertiSAT Web, e ingresar el RFC para consultar el estatus.</p><p><b>Archivo .cer:</b> Abrirlo con cualquier visor de certificados digitales; el archivo contiene la fecha exacta de vencimiento.</p><p><b>MarcaSAT:</b> Llamar al 55 627 22 728 para consulta telefónica.</p><p>El trámite de obtención y renovación de la e.firma ante el SAT es <b>completamente gratuito</b>. El SAT no cobra ninguna tarifa por la expedición ni por la renovación del certificado.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/6JYSTNS5EVEKHBOUXFTRTXGY3M.jpg?auth=2147343b2fbd6f8700ad4f489f3b48d07ed2495e273324999e64658cafe35148&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT está facultado para hacer visitas a los domicilios de los contribuyentes.
Crédito: Imagen Ilustrativa Infobae
Crédito: Cuartoscuro]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Mensajes falsos de multas y deudas: SAT advierte sobre nueva modalidad de estafa]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/06/18/mensajes-falsos-de-multas-y-deudas-sat-advierte-sobre-nueva-modalidad-de-estafa/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/06/18/mensajes-falsos-de-multas-y-deudas-sat-advierte-sobre-nueva-modalidad-de-estafa/</guid><dc:creator><![CDATA[Manuel Rojas Berríos]]></dc:creator><description><![CDATA[En los últimos días, usuarios denuncian mensajes engañosos a nombre del Servicio de Administración Tributaria para obtener datos personales y financieros. La entidad refuerza el llamado a verificar por canales oficiales y no acceder a enlaces sospechosos]]></description><pubDate>Thu, 18 Jun 2026 20:39:40 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MZI4SJIKL5GAJK2BRJIFSW5C4Q.jpg?auth=797448faa39fd6f81f3243f6f4136b438ef7d5c4c0bc00db28a1ac5839bf4a2d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Alertan sobre nuevo método de estafa a través de multas de tránsito." height="1080" width="1920"/><p>El&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/06/01/sunat-la-recaudacion-tributaria-en-peru-crece-177-en-mayo-y-suma-24-meses-de-expansion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/06/01/sunat-la-recaudacion-tributaria-en-peru-crece-177-en-mayo-y-suma-24-meses-de-expansion/">Servicio de Administración Tributaria </a>(<b>SAT</b>) de la <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/06/17/carlos-bruce-rafael-lopez-aliaga-planea-un-fraude-a-la-ley-para-volver-a-la-alcaldia-de-lima-desplazando-a-luis-rubio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/06/17/carlos-bruce-rafael-lopez-aliaga-planea-un-fraude-a-la-ley-para-volver-a-la-alcaldia-de-lima-desplazando-a-luis-rubio/">Municipalidad Metropolitana de Lima</a>&nbsp;(<b>MML</b>) lanzó una advertencia pública ante el incremento de mensajes falsos que circulan entre los contribuyentes. </p><p>La entidad detectó que ciberdelincuentes envían&nbsp;<b>comunicaciones fraudulentas</b>&nbsp;desde cuentas no oficiales, simulando notificaciones de&nbsp;<b>multas</b>&nbsp;o&nbsp;<b>papeletas</b>&nbsp;pendientes con el fin de robar información personal y financiera.</p><p>En los mensajes, los remitentes incluyen enlaces que aparentan ser del&nbsp;<b>portal oficial del SAT de Lima</b>, pero en realidad<b> redirigen a páginas fraudulentas</b> con pasarelas de pago falsas.&nbsp;</p><p><b>La institución aclaró que todas las notificaciones oficiales contienen datos personalizados del contribuyente y se envían únicamente desde sus canales verificados</b>. La recomendación principal consiste en no abrir los enlaces ni proporcionar datos personales ante mensajes sospechosos.</p><p><b>La Municipalidad de Lima</b>&nbsp;instó a la ciudadanía a consultar de forma directa el portal oficial (<b>www.gob.pe/satlima</b>) o los canales de atención como&nbsp;<b>Aló SAT (01) 315 2400</b>&nbsp;y el correo&nbsp;<b>asuservicio@sat.gob.pe</b>&nbsp;para confirmar cualquier deuda o papeleta real. La entidad también recibe denuncias sobre comunicaciones sospechosas a través de sus redes sociales oficiales.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BMTZ3MFV3JAWBPEOQT53OW2OHY.jpg?auth=0c4c649e40e96e7b699e50ab0714a301f89271c1bb52325cbae6f6aa83b23794&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Alertan sobre nuevo método de estafa a través de multas de tránsito." height="1080" width="1920"/><h2>Métodos de fraude digital evolucionan y amplían riesgos</h2><p>La problemática de los avisos falsos refleja una tendencia más amplia: los métodos de&nbsp;<b>fraude digital</b>&nbsp;se han sofisticado notablemente. Según explicó&nbsp;<b>Hobber Siccha</b>, director consultivo de la Maestría en Gerencia de Tecnologías de la Información de Centrum PUCP, los&nbsp;<b>ciberdelincuentes</b>&nbsp;aprovechan tecnologías actuales para perfeccionar sus estafas. </p><p>“Los delincuentes utilizan las mismas herramientas tecnológicas que facilitan nuestra vida diaria para cometer fraudes cada vez más sofisticados”, declaró Siccha para&nbsp;<i>Infobae Perú</i>.</p><p>Entre las modalidades emergentes se encuentra el&nbsp;<b>quishing</b>, una técnica que utiliza&nbsp;<b>códigos QR</b>&nbsp;para dirigir a los usuarios a sitios falsos y obtener&nbsp;<b>credenciales bancarias</b>&nbsp;o instalar programas maliciosos. </p><p>Los códigos QR, presentes en restaurantes, comercios y servicios digitales, se han convertido en un objetivo frecuente. “Lo que el delincuente busca es que la persona entregue información sensible o descargue un programa que permita acceder a sus datos”, puntualizó Siccha.</p><p>Otra táctica en auge es el&nbsp;<b>wangiri</b>, basada en llamadas perdidas desde números internacionales. El objetivo es que la víctima devuelva la llamada y, según el número marcado, los cargos pueden alcanzar&nbsp;<b>20 o 30 dólares</b>&nbsp;o más si la persona insiste en comunicarse.&nbsp;</p><p>En las últimas semanas se han multiplicado los reportes de llamadas desde países con los que los usuarios no tienen ningún vínculo, como&nbsp;<b>Bangladesh</b>,&nbsp;<b>Congo</b>,&nbsp;<b>Yemen</b>&nbsp;o&nbsp;<b>Irak</b>.</p><h2>Spoofing e inteligencia artificial</h2><p>El&nbsp;<b>caller ID spoofing</b>&nbsp;representa otro riesgo: mediante esta técnica se falsifica el identificador de llamadas para que en la pantalla del usuario aparezca el número de una entidad legítima, como un banco o una institución estatal. </p><p>Esto permite a los estafadores simular comunicaciones urgentes sobre bloqueos de cuentas o consumos sospechosos, buscando obtener contraseñas o inducir a transferencias.</p><p>La&nbsp;<b>ingeniería social</b>&nbsp;sigue siendo el eje de estos fraudes. Los delincuentes apelan a la urgencia y al miedo para que el usuario actúe sin verificar la autenticidad de los mensajes, según detalló Siccha para&nbsp;<i>Infobae Perú</i>. Además, el avance de la&nbsp;<b>inteligencia artificial</b>&nbsp;ha facilitado la clonación de voces y la creación de videos falsos, lo que dificulta distinguir entre una comunicación legítima y una estafa.</p><p>Las cifras reflejan la magnitud del problema:&nbsp;<b>más de 42 mil denuncias por ciberdelitos</b>&nbsp;se registran cada año en el Perú, según datos citados por Siccha. La principal herramienta de defensa sigue siendo la&nbsp;<b>prevención</b>. “Verificar antes de hacer clic, antes de escanear un código QR o antes de compartir información personal puede marcar la diferencia entre una operación segura y una pérdida económica importante”, aconsejó el especialista.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MZI4SJIKL5GAJK2BRJIFSW5C4Q.jpg?auth=797448faa39fd6f81f3243f6f4136b438ef7d5c4c0bc00db28a1ac5839bf4a2d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Alertan sobre nuevo método de estafa a través de multas de tránsito.]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT 2026: cuándo puede embargar cuentas bancarias y bienes de los contribuyentes]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/</guid><dc:creator><![CDATA[Lorna Huitrón]]></dc:creator><description><![CDATA[Conoce los casos en que puede actuar la autoridad es fundamental para evitar sanciones y mantener una situación fiscal regular]]></description><pubDate>Thu, 18 Jun 2026 19:08:46 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ABGFCKQDLVHUBJWK5GHLMZDGPA.jpg?auth=f9d1e490079627d83e92fc9d1771ddbb00dca69fe8402598391b281f29fad861&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>Durante 2026, el<b> Servicio de Administración Tributaria (SAT) </b>continuará fortaleciendo sus mecanismos de fiscalización con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las <b>obligaciones tributarias de personas físicas y morales</b>. Entre las facultades más relevantes de la autoridad fiscal se encuentra la posibilidad de <b>embargar cuentas bancarias y bienes de los contribuyentes</b>, aunque esta medida no se aplica de manera automática ni indiscriminada.</p><p>Contrario a lo que suelen afirmar algunas publicaciones difundidas en redes sociales, el SAT no puede congelar cuentas o incautar bienes únicamente porque una persona haya retrasado un trámite administrativo. Para que esto ocurra, debe existir un procedimiento legal previo y una causa debidamente fundamentada.</p><h2>¿En qué casos puede el SAT embargar cuentas bancarias?</h2><p>La principal razón por la que el<b> SAT puede ordenar la inmovilización de cuentas bancarias </b>es la existencia de créditos fiscales firmes. Esto ocurre cuando la autoridad determina oficialmente que un contribuyente tiene impuestos, multas, actualizaciones o recargos pendientes de pago y estos no son cubiertos dentro de los plazos establecidos.</p><p>Cuando la deuda fiscal ya no puede ser impugnada o el contribuyente no ejerce los medios de defensa correspondientes, el SAT puede iniciar acciones para recuperar los recursos adeudados.</p><p>En estos casos, la autoridad puede solicitar a las instituciones financieras la retención de fondos hasta por el monto necesario para cubrir la obligación pendiente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El SAT puede ordenar la inmovilización de cuentas bancarias y el embargo de bienes únicamente cuando existen adeudos fiscales firmes o incumplimientos comprobados, siempre mediante los procedimientos legales establecidos" height="1536" width="2752"/><h2>Los movimientos bancarios que pueden generar revisiones</h2><p>Además de los adeudos fiscales, el SAT cuenta con herramientas para detectar inconsistencias entre los ingresos declarados y los movimientos financieros registrados en las cuentas bancarias.</p><p>Entre las operaciones que pueden llamar la atención de la autoridad destacan:</p><ul><li>Depósitos en efectivo sin documentación que acredite su origen.</li><li>Transferencias frecuentes provenientes de diversas personas.</li><li>Movimientos financieros que no corresponden con la actividad económica declarada.</li><li>Incrementos repentinos y significativos en los ingresos de una cuenta.</li><li>Recursos que no fueron reportados en declaraciones fiscales.</li></ul><p>La detección de alguno de estos movimientos no implica automáticamente una sanción. Sin embargo, sí puede derivar en requerimientos de información o auditorías para verificar la procedencia de los recursos y su correcta declaración ante el fisco.</p><h2>El Procedimiento Administrativo de Ejecución</h2><p>Cuando existe una deuda fiscal exigible y el contribuyente no regulariza su situación, el SAT puede recurrir al Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE).</p><p>Este mecanismo legal permite a la autoridad realizar acciones encaminadas al cobro de créditos fiscales, incluyendo la inmovilización de cuentas bancarias y, en casos necesarios, el embargo de bienes muebles o inmuebles.</p><p>Antes de llegar a esta etapa, el SAT debe notificar formalmente al contribuyente y otorgarle la oportunidad de cumplir con sus obligaciones o presentar las aclaraciones que considere pertinentes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El SAT puede ordenar la inmovilización de cuentas bancarias y el embargo de bienes únicamente cuando existen adeudos fiscales firmes o incumplimientos comprobados, siempre mediante los procedimientos legales establecidos" height="768" width="1408"/><h2>Derechos de los contribuyentes ante una fiscalización</h2><p>La legislación fiscal mexicana establece diversas garantías para los contribuyentes. Cualquier embargo debe estar debidamente fundado y motivado, además de ser notificado conforme a los procedimientos legales.</p><p>Asimismo, las personas sujetas a una revisión pueden presentar documentación para aclarar inconsistencias, interponer recursos de revocación o promover juicios ante las autoridades competentes si consideran que existe una actuación indebida.</p><p>También es posible ofrecer garantías alternativas, como fianzas o bienes inmuebles, para evitar la inmovilización de recursos financieros.</p><h2>Cómo evitar problemas con el SAT en 2026</h2><p>Especialistas en materia fiscal recomiendan mantener una administración ordenada de las finanzas personales y empresariales para reducir riesgos ante posibles revisiones.</p><p>Entre las principales medidas preventivas destacan presentar las declaraciones en tiempo y forma, mantener actualizado el <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC), </b>atender los mensajes enviados a través del <b>Buzón Tributario</b> y conservar comprobantes de operaciones como préstamos, donaciones, herencias, ventas o cualquier ingreso extraordinario.</p><p>Además, es importante evitar prestar cuentas bancarias a terceros, ya que los movimientos registrados serán atribuidos al titular de la cuenta y podrían generar cuestionamientos por parte de la autoridad fiscal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ABGFCKQDLVHUBJWK5GHLMZDGPA.jpg?auth=f9d1e490079627d83e92fc9d1771ddbb00dca69fe8402598391b281f29fad861&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/IA</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT 2026: los gastos médicos de tu día a día por los que te tienen que devolver dinero]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-los-gastos-medicos-de-tu-dia-a-dia-por-los-que-te-tienen-que-devolver-dinero/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-los-gastos-medicos-de-tu-dia-a-dia-por-los-que-te-tienen-que-devolver-dinero/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[La clave está en deducir consultas, hospitales, lentes y seguros con pago bancario y factura digital para reducir el ISR y generar un saldo a favor en la Declaración Anual]]></description><pubDate>Thu, 18 Jun 2026 17:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/COQNQWJEDBGEXP4UEWKFLTLPTI.png?auth=b85a11d6cded2d833a8d1c4ef07c72a790848dfe27332492f7e0d1a30e97991f&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los contribuyentes personas físicas pueden obtener un saldo a favor al presentar su declaración anual con deducciones personales.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El Servicio de Administración Tributaria <b>(SAT)</b> puede <b>devolver</b> dinero por<b> gastos médicos</b>.</p><p>El mecanismo funciona a través de la <b>Declaración Anual</b>. Al registrar estos gastos como <b>deducciones personales</b>, la base gravable del Impuesto Sobre la Renta (ISR) disminuye. </p><p>Si el empleador ya retuvo impuestos durante el año o el contribuyente realizó pagos provisionales, la diferencia puede convertirse en un <b>saldo a favor</b> que el <b>SAT </b>está obligado a <b>devolver</b>, de acuerdo con el portal oficial de la misma institución. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El SAT puede devolver dinero a quienes registren correctamente sus gastos médicos en la Declaración Anual.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Quién puede deducir y a favor de quién</h2><p>Según la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISR), artículo 151, los gastos médicos son <b>deducibles</b> cuando se realizan para el <b>propio contribuyente</b>, su <b>cónyuge</b> o pareja en concubinato, y para sus <b>padres</b>,<b> hijos </b>o <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/16/el-confuso-requisito-que-te-puede-dejar-fuera-de-las-pensiones-del-bienestar-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/16/el-confuso-requisito-que-te-puede-dejar-fuera-de-las-pensiones-del-bienestar-2026/">abuelos</a>.</p><p>En el caso de los<b> familiares</b>, la condición es que no hayan percibido ingresos iguales o superiores al<b> salario mínimo </b>general elevado al año.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NAJWXF373FBH7G76WEAACDARS4.png?auth=768f2478aca52b675da8e82fcc5dc3c9658ebee9efcad43e8825ae65a1ea264d&smart=true&width=1408&height=768" alt="Los gastos médicos deducibles también aplican para cónyuge, hijos y padres del contribuyente, bajo ciertas condiciones.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza <b>(RESICO)</b> no pueden aplicar <b>deducciones personales</b>, advierte el <b>SAT</b>. </p><p>Tampoco quienes obtienen ingresos por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/">plataformas tecnológicas</a>, salvo que presenten su <b>declaración anual</b> sobre ese ejercicio.</p><h2>Los gastos médicos de todos los días que sí puedes deducir</h2><p>El SAT reconoce como deducibles los honorarios de <b>médicos</b>, <b>dentistas</b>, <b>psicólogos </b>y<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/14/el-desayuno-tradicional-mexicano-que-los-expertos-en-nutricion-recomiendan-para-llenarte-de-energia-sin-subir-de-peso/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/14/el-desayuno-tradicional-mexicano-que-los-expertos-en-nutricion-recomiendan-para-llenarte-de-energia-sin-subir-de-peso/"> nutriólogos</a>, siempre que el profesional cuente con<b> título legalmente expedido</b> y registrado ante las autoridades educativas. </p><p>También entran los <b>gastos hospitalarios</b>, análisis clínicos, <b>estudios de laboratorio</b>, prótesis, y la compra o renta de aparatos para<b> rehabilitación</b>, según el <a href="https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeduccionesPersonales/gastos_medicos.html" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeduccionesPersonales/gastos_medicos.html">portal oficial</a>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JN7AQ2PUWRFGXN6336UAER5FBI.png?auth=80fcf594793fddc148f5e8f25cbb9efca1fb889a49b5b977245067f5bcaff335&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El artículo 151 de la LISR regula las deducciones personales que pueden aplicar las personas físicas en México.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Los<b> lentes ópticos graduados</b> también son deducibles, al igual que los honorarios al personal de enfermería. </p><p>Las primas de <b>seguros de gastos médicos</b> mayores aplican, pero deben declararse bajo el tipo D07 y no como gasto <b>médico directo</b>, aclara el SAT.</p><p>Las<b> medicinas recetadas </b>durante una hospitalización sí proceden, pero únicamente cuando aparecen dentro del comprobante del <b>hospital</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GMT6MKQRQJAXJKME27UPH4I7NM.png?auth=c1fd93d3cabdfe1878145f9b790d948365943acca76cb38bc8b6d262b965bfa7&smart=true&width=1408&height=768" alt="No todos los gastos médicos son deducibles ante el SAT; la forma de pago y la facturación determinan si proceden. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Las <b>compradas en farmacia </b>no son deducibles, de acuerdo con la institución. </p><h2>Sin estos requisitos, el SAT no reconoce el gasto</h2><p>La condición para que los gastos sean deducibles es que se hayan pagado con <b>transferencia</b>, <b>tarjeta </b>o <b>cheque nominativo</b>, según lo establece el artículo 151 de la LISR.</p><p>El contribuyente también debe contar con el comprobante fiscal digital, el <b>CFDI</b>, que respalde cada gasto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UGRMHYMPIBBZTBWYCZC2WDMMVY.png?auth=ceca585a3c9caff9d3fd80978f0983989f88e6d8d2352a572da9ed564745a154&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Esta infografía detalla los requisitos del SAT para deducir gastos personales, incluyendo métodos de pago válidos, la obligatoriedad del CFDI y el cálculo del límite anual de deducciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El límite que fija la LISR para el total de deducciones personales es el que resulte <b>menor entre el 15%</b> de los ingresos anuales totales —incluyendo los exentos— o cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización <b>(UMA)</b>. </p><p>Así lo precisan tanto la LISR en su <b>artículo 151 </b>como el portal oficial del <b>SAT</b>.</p><p>El valor de la UMA diaria en 2026 es de <b>117.31 pesos mexicanos</b>, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/05/asi-esta-la-educacion-en-mexico-cuantos-anos-de-escuela-tiene-en-promedio-un-adulto/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/05/asi-esta-la-educacion-en-mexico-cuantos-anos-de-escuela-tiene-en-promedio-un-adulto/">(INEGI)</a>, lo que fija el tope máximo de deducción en más de 200 mil pesos mexicanos para este año.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7F2F6R5AA5EZNARUY4KBHZAW6Q.png?auth=2eea6168db6d48105afc718bc8a4e67a62e860e98821eaf540665e1414a80ed5&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El total de deducciones personales no puede rebasar el 15% de los ingresos anuales o cinco veces el valor anual de la UMA.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Lo que el SAT no acepta aunque tengas factura</h2><p>No todas las facturas médicas son válidas. El <b>SAT</b> rechaza comprobantes que incluyan conceptos no autorizados como coaseguros o <b>membresías de descuento</b>. </p><p>En hospitales, tampoco proceden cargos de <b>florería ni cafetería</b>, de acuerdo con el portal oficial.</p><p>El gasto debe pertenecer al mismo<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/sabes-que-dice-tu-contrato-de-trabajo-lo-que-muchos-firman-sin-leer-y-puede-costarles-caro/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/sabes-que-dice-tu-contrato-de-trabajo-lo-que-muchos-firman-sin-leer-y-puede-costarles-caro/"> ejercicio fiscal</a> de la declaración; los de <b>años anteriores</b> no aplican. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QC5VIFP2FRHMDCAWXIKKKZNDQI.png?auth=e951c631a71ccc141e7fc218691bc3aa5bdac30b54b7544a429cc58151fb8e1a&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las medicinas compradas en farmacia no son deducibles; solo proceden las recetadas durante una hospitalización y registradas en el comprobante del hospital. crédito Visuales IA Infobae" height="768" width="1408"/><p>Además, el cargo debe salir de una cuenta bancaria a nombre del <b>contribuyente</b>. </p><p>Los gastos <b>pagados en efectivo</b> pierden su<b> deducibilidad</b>, establece la LISR en su artículo 151, en su última reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2024.</p><p>En la factura, el SAT pide verificar que el RFC esté <b>escrito correctamente</b>, que el producto o servicio sea el correcto y que aparezca el <b>“Uso de CFDI”</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WHMFJE3EKFGHXBJU2JNFFA5OQE.png?auth=d3165abb26faf5a3488f7f0edffdf9ffe74f01e8ac7eefa5a3304f06ddbf83e3&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los gastos pagados en efectivo no son deducibles ante el SAT; se requiere transferencia, tarjeta o cheque nominativo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Las facturas se cargan automáticamente al sistema al momento de la declaración; si no aparecen, deben subirse <b>de forma manual</b> con apoyo de la guía tutorial del trámite, según el<a href="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home"> portal oficial </a>del SAT. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/COQNQWJEDBGEXP4UEWKFLTLPTI.png?auth=b85a11d6cded2d833a8d1c4ef07c72a790848dfe27332492f7e0d1a30e97991f&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[La ilustración muestra dinero y medicamentos que caen en un bolsillo, simbolizando los elevados costos de la atención médica y los productos farmacéuticos. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT estrena liderazgo en Grandes Contribuyentes: Congreso ratifica a Jennifer Krystel Castillo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/17/sat-estrena-liderazgo-en-grandes-contribuyentes-congreso-ratifica-a-jennifer-krystel-castillo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/17/sat-estrena-liderazgo-en-grandes-contribuyentes-congreso-ratifica-a-jennifer-krystel-castillo/</guid><dc:creator><![CDATA[Alexa Cirel]]></dc:creator><description><![CDATA[La nueva funcionaria impulsará auditorías focalizadas en operaciones de riesgo y promete mayor certeza jurídica para los contribuyentes]]></description><pubDate>Wed, 17 Jun 2026 21:46:56 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3A2BQ3D5HNE5PHV5HCOXEUDBAM.png?auth=3ba9d06e3bb4be3964fd099dc969fa8639e4393b6ad8c3d4a053786284641f37&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El Congreso ratificó a Jennifer Krystel Castillo Madrid al frente de una de las áreas más estratégicas del SAT." height="1536" width="2752"/><p>La Comisión Permanente del Congreso de la Unión ratificó a <b>Jennifer Krystel Castillo Madrid</b> como titular de la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/"> Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria (SAT)</a>, luego de obtener <b>26 votos a favor</b> y <b>8 en contra</b>. </p><p>La funcionaria fue propuesta por la <b>presidenta Claudia Sheinbaum Pardo</b> para encabezar una de las áreas más relevantes en materia de <b>recaudación fiscal</b> del país.</p><p>Durante su comparecencia ante la <b>Tercera Comisión de Asuntos Económicos</b>, <b>Castillo Madrid</b> presentó las principales <b>líneas de trabajo</b> que impulsará al frente del organismo, con énfasis en una <b>fiscalización estratégica</b> basada en <b>inteligencia fiscal</b>, <b>análisis de datos</b> y <b>certeza jurídica</b> para los <b>contribuyentes</b>.</p><h2>Auditorías a grandes contribuyentes se enfocarán en operaciones de riesgo</h2><p>La nueva titular explicó que las <b>auditorías</b> dejarán de estar basadas en <b>revisiones generalizadas</b> para concentrarse en <b>operaciones</b> consideradas de <b>alto riesgo</b>. Para ello, el <b>SAT</b> utilizará <b>sistemas automatizados</b> que cruzan <b>información</b> y generan <b>indicadores</b> para detectar posibles <b>irregularidades</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Q5D5PO65HZAPROJC2VNU4AYVHY.jpg?auth=ec0cd81424de3d237fffa1f63982ee82dd64118774bd74163c40bfce2b402840&smart=true&width=750&height=536" alt="Castillo Madrid plantea reducir tiempos de respuesta y agilizar devoluciones a contribuyentes." height="536" width="750"/><p>Según detalló, las <b>revisiones</b> estarán dirigidas principalmente a <b>contribuyentes</b> vinculados con <b>empresas</b> que simulan <b>operaciones</b>, conocidas como “<b>factureras</b>”, así como a quienes reporten <b>pérdidas fiscales recurrentes</b>, presenten <b>abusos en deducciones</b>, registren <b>ingresos no declarados</b> o muestren <b>inconsistencias</b> entre <b>compras</b>, <b>importaciones</b> y <b>ventas</b>.</p><p><b>Castillo Madrid</b> aseguró que el objetivo es combatir la <b>evasión fiscal</b> sin generar <b>cargas innecesarias</b> para quienes cumplen con sus <b>obligaciones tributarias</b>.</p><p><b>Datos clave sobre los grandes contribuyentes en México</b></p><ul><li>México cuenta con más de <b>67 millones de contribuyentes activos</b>.</li><li>De ellos, <b>15 mil 644</b> pertenecen al segmento de <b>grandes contribuyentes</b>.</li><li>Este grupo representa apenas el <b>0.02%</b> del <b>padrón nacional</b>.</li><li>Sin embargo, aporta alrededor del <b>52%</b> de la <b>recaudación federal</b>.</li><li>Entre <b>2023 y 2025</b> se realizaron <b>2 mil 480 auditorías o revisiones ágiles</b> a este sector.</li><li>Sólo cerca del <b>6%</b> de los <b>grandes contribuyentes</b> fue sujeto a algún <b>acto de fiscalización</b> durante ese periodo.</li></ul><h2>Recaudación fiscal mantiene crecimiento sin aumentar impuestos</h2><p>Durante su exposición, la <b>funcionaria</b> destacó que los <b>ingresos tributarios</b> continúan siendo la principal fuente de <b>financiamiento</b> del <b>sector público</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JVK6QYT4PND7RL6SP4OWTKI2HM.jpg?auth=a56616359cf9c176d3b5ecf1cc8fbc1c76027575a18520edba7245305745607d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los grandes contribuyentes aportan más de la mitad de la recaudación federal en México." height="1080" width="1920"/><p>Recordó que en <b>2025</b> la <b>recaudación</b> alcanzó los <b>5.3 billones de pesos</b>, cifra que representó un <b>crecimiento real de 4%</b> respecto al año anterior.</p><p>Además, señaló que al cierre del <b>primer trimestre de 2026</b> los <b>ingresos tributarios</b> representaron el <b>70.8%</b> de los <b>recursos captados</b> por el <b>sector público</b>, reflejando la importancia de fortalecer los <b>mecanismos de cumplimiento fiscal</b> sin recurrir a incrementos en las <b>tasas impositivas</b>.</p><h2>Transparencia y certeza jurídica, ejes de la nueva administración</h2><p>Como parte de su <b>plan de trabajo</b>, <b>Castillo Madrid</b> planteó mejorar los <b>procesos de recaudación</b> mediante <b>auditorías más eficientes</b>, acelerar las <b>devoluciones</b> a <b>contribuyentes</b> y reducir los <b>tiempos de resolución</b> de <b>consultas</b>, <b>autorizaciones</b> y <b>procedimientos administrativos</b>.</p><p>Asimismo, propuso fortalecer los <b>criterios de programación</b> de <b>auditorías</b> para evitar <b>duplicidades</b> y <b>auditorías simultáneas</b> sobre un mismo <b>contribuyente</b>. También anunció que se buscará solicitar únicamente <b>información representativa</b> para cada <b>revisión</b>, con el fin de reducir <b>cargas administrativas</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OFP7NS7NC5G2PMHAZGVVOI4ZMQ.jpg?auth=2242817ebf63916238385a55d8cd88c68ad8407161374d669b4f277816c5c1fe&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Transparencia y certeza jurídica serán los pilares de la nueva gestión en el SAT.
Crédito: VICTORIA VALTIERRA/CUARTOSCURO" height="1080" width="1920"/><p>La <b>funcionaria</b> subrayó que se uniformarán los <b>criterios de revisión</b> y se respetarán los <b>plazos legales</b>, los <b>tratados internacionales</b> para evitar la <b>doble tributación</b> y las <b>reglas de caducidad</b> en las <b>facultades de comprobación</b> de la <b>autoridad fiscal</b>.</p><h2>¿Quién es Jennifer Krystel Castillo Madrid?</h2><p><b>Jennifer Krystel Castillo Madrid</b> cuenta con <b>18 años de experiencia</b> en la <b>administración pública</b>. </p><p>A lo largo de su <b>trayectoria</b> ha ocupado <b>cargos estratégicos</b> en las <b>secretarías de Administración y Finanzas</b> y de <b>Educación</b> del <b>Gobierno de la Ciudad de México</b>, además de desempeñarse en la <b>Oficialía Mayor capitalina</b> y en la <b>Secretaría de Energía</b> del <b>Gobierno federal</b>.</p><p>Es <b>licenciada en Derecho</b>, cuenta con <b>estudios de posgrado en Administración Pública</b> y ha cursado diversos <b>diplomados en derecho tributario</b>, <b>auditoría</b> y <b>finanzas</b>. Además, actualmente es <b>candidata a doctora en el área de finanzas</b>.</p><p>Tras rendir <b>protesta</b> ante la <b>Comisión Permanente</b>, la nueva <b>administradora general de Grandes Contribuyentes</b> reiteró su compromiso de conducir esta área del <b>SAT</b> con apego a la <b>legalidad</b>, <b>eficiencia</b>, <b>transparencia</b> y <b>certeza jurídica</b>, buscando fortalecer la <b>confianza</b> entre la <b>autoridad fiscal</b> y los <b>contribuyentes</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3A2BQ3D5HNE5PHV5HCOXEUDBAM.png?auth=3ba9d06e3bb4be3964fd099dc969fa8639e4393b6ad8c3d4a053786284641f37&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[El Congreso ratificó a Jennifer Krystel Castillo Madrid al frente de una de las áreas más estratégicas del SAT.]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Sheinbaum señala ‘punto rojo’ en Jalisco de empresas fantasma y facturas falsas]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/16/sheinbaum-senala-punto-rojo-en-jalisco-de-empresas-fantasma-y-facturas-falsas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/16/sheinbaum-senala-punto-rojo-en-jalisco-de-empresas-fantasma-y-facturas-falsas/</guid><dc:creator><![CDATA[Fernanda López Castro]]></dc:creator><description><![CDATA[La presidenta indicó que hubo “una detención muy importante” realizada por la FGR tras una denuncia del SAT]]></description><pubDate>Tue, 16 Jun 2026 18:09:58 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PMHI6KGRCNDA7NRZTMTXCGZH7M.jpg?auth=8eca6bd2333a3f7dea8e0f247a03eb16e62e2ce88d8cb64debf89670d75fa10d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Sheinbaum dijo que la mayoría de las empresas sancionadas están en Jalisco. | Presidencia" height="1080" width="1920"/><p>La presidenta <b>Claudia Sheinbaum Pardo </b>señaló<b> </b>que <b>Jalisco </b>concentra la mayoría de los casos detectados de personas que falsifican facturas, en el marco del combate a las empresas que facturan operaciones simuladas <b>(EFOS)</b>, a las que se vincula con prácticas de evasión fiscal.</p><p>En su conferencia ‘La Mañanera del Pueblo’, la mandataria confirmó que recientemente la Fiscalía General de la República (FGR) ejecutó “una detención muy importante”, la cual “es la primera en la historia” que se hace por denuncia del SAT, resaltando que su gobierno solicitará más información sobre el caso.</p><p>“Sí, hubo una detención muy importante por parte de la Fiscalía General de la República a denuncia del SAT. Es la primera en la historia que se hace de detenciones de personas que falsificaban facturas, la mayoría en Jalisco, la mayoría de ellas en Jalisco. Y vamos a pedir a la Fiscalía que pueda informar con mayor detalle”, dijo en Palacio Nacional.</p><p>Sheinbaum aseguró que el SAT hace una revisión permanente junto con la Procuraduría Fiscal, para evitar las facturas falsas, resaltando que aún son un mecanismo para no pagar impuestos.</p><p>“Y está permanentemente el SAT haciendo una revisión junto con la Procuraduría Fiscal, y permanentemente quitando sellos, y algunas otras medidas que han tomado para evitar las facturas falsas, que es todavía una manera de evadir los impuestos, de evadir el pago de impuestos”, concluyó.</p><p>Ayer, Gari Flores, administrador general de Recaudación del SAT, informó que se suspendieron los sellos digitales de <b>7 mil 300 contribuyentes </b>vinculados a estos esquemas a <b>empresas </b>que facturan operaciones simuladas (<b>EFOS</b>). </p><p>En conferencia de prensa, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos informaó que, durante los últimos tres meses, se observó un incremento en el número de contribuyentes incluidos en los listados que publica el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> en el <i>Diario Oficial de la Federación (DOF)</i> los días 30 de abril, 15 de mayo y 5 de junio de 2026. En cada publicación, precisa el organismo, se incorporan <b>más de 100 EFOS</b>.</p><p>Las EFOS, conocidas como “factureras”, son empresas que emiten comprobantes fiscales por operaciones inexistentes o simuladas.</p><p>El IMCP sostuvo que el combate a las factureras se fortalece después de una baja en años recientes y detalló que en 2018 se registraron alrededor de <b>3 mil</b> en la lista definitiva, mientras que en 2022 y 2023 la cifra es inferior a <b>100</b>. </p><p>En los listados más recientes del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), agregó, se observa una tendencia creciente.</p><h2>Prevén aumento en padrón de EFOS</h2><p>El IMCP estimó que al cierre de 2025 el número de contribuyentes señalados como EFOS será casi de <b>14 mil</b>, de los cuales aproximadamente <b>12 mil</b> ya forman parte de la lista definitiva. También prevé que durante 2026 continúe el fortalecimiento de las acciones de combate a las factureras.</p><p>El organismo indicó que este esfuerzo se complementa con la aplicación de la reforma fiscal relativa al artículo 49-Bis del CFF, que contempla visitas exprés dirigidas a emisores de esos comprobantes fiscales.</p><p>Ante este escenario, recomendó a los contribuyentes <b>verificar periódicamente el listado 69-B del CFF</b>, acreditar la materialidad de sus operaciones si están en revisión y evitar estrategias fiscales que puedan considerarse indebidas, por sus posibles consecuencias administrativas y penales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/PMHI6KGRCNDA7NRZTMTXCGZH7M.jpg?auth=8eca6bd2333a3f7dea8e0f247a03eb16e62e2ce88d8cb64debf89670d75fa10d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Sheinbaum dijo que la mayoría de las empresas sancionadas están en Jalisco. | Presidencia]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[FGR detiene a Héctor Taurino, exfuncionario del SAT, por enriquecimiento ilícito]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/fgr-detiene-a-hector-taurino-exfuncionario-del-sat-por-enriquecimiento-ilicito/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/fgr-detiene-a-hector-taurino-exfuncionario-del-sat-por-enriquecimiento-ilicito/</guid><dc:creator><![CDATA[Juan Castillo]]></dc:creator><description><![CDATA[El exadministrador central de Grandes Contribuyentes fue capturado en Xalapa, Veracruz]]></description><pubDate>Sat, 13 Jun 2026 23:48:07 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DOCZWCOPZBD3ZE3BGQOXWSXWQE.jpg?auth=3be7c92c1a3da9b302f6f97f95038020b670fc3bcb4a1785783f6ecfa45a591b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La captura fue realizada en Veracruz: Crédito: FGR" height="1080" width="1920"/><p>La <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/papas-de-los-43-rechazan-criminalizacion-tras-presunto-hallazgo-de-explosivos-piden-a-fgr-retomar-lineas-clave-de-investigacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/papas-de-los-43-rechazan-criminalizacion-tras-presunto-hallazgo-de-explosivos-piden-a-fgr-retomar-lineas-clave-de-investigacion/"><b>Fiscalía General de la República</b></a> <b>(FGR)</b> anunció este sábado 13 de junio la detención de <b>Héctor Taurino Landa Cabrera</b>, exadministrador central de Coordinación Estratégica de la Administración General de <b>Grandes Contribuyentes</b> del Servicio de Administración Tributaria<b> (SAT)</b>, por su posible participación en el delito de <b>enriquecimiento ilícito</b>. </p><p>La aprehensión se ejecutó en la colonia<b> Felipe Carrillo Puerto</b>, en <b>Xalapa</b>, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/periodistas-asesinados-y-desaparecidos-en-veracruz-los-casos-que-antecedieron-a-roxana-guzman/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/periodistas-asesinados-y-desaparecidos-en-veracruz-los-casos-que-antecedieron-a-roxana-guzman/"><b>Veracruz</b></a>, luego de que la <b>FGR </b>obtuviera una orden judicial en su contra.</p><p>La investigación determinó que<b> Landa Cabrera</b>, quien ocupó el cargo entre 2011 y 2018, habría incrementado su patrimonio de manera injustificada. Además, habría recibido un bien inmueble como pago por un contrato de prestación de servicios que no fue realizado.</p><p>Actualmente se encuentra en el <b>Reclusorio Sur de la CDMX</b>, en espera de su audiencia inicial.</p><p>El detenido entró al SAT en 2011, durante el sexenio de <b>Felipe Calderón</b>, y salió en 2018, al cierre del gobierno de <b>Enrique Peña Nieto.</b></p><p><b>Landa Cabrera </b>intentó frenar el proceso en su contra al señalar que la tipificación del delito prejuzgaba el origen de su patrimonio. En mayo de 2023, la <b>SCJN</b> negó por unanimidad el amparo. </p><h2>Análisis patrimonial y trabajo de inteligencia precedieron la detención</h2><p>Las autoridades revelaron tras la detención de <b>Taurino </b>que elementos de la Agencia de Investigación Criminal <b>(AIC) </b>desarrollaron técnicas de investigación, análisis patrimonial, verificación de domicilios y trabajos de inteligencia para localizar al ex funcionario. </p><p>El operativo contó con el acompañamiento del <b>SAT</b>, institución en la que <b>Landa Cabrera</b> trabajó durante siete años como responsable de la coordinación estratégica de la Administración General de Grandes Contribuyentes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EUB3XDQLS5CBFEMOPMZUHH2YNI.jpg?auth=335fdb60de29eb52cfa3cc88df5d31e27fab98471118c43eb2d82bd366066e3a&smart=true&width=432&height=576" alt="Fue detenido la noche del pasado 11 de junio. Crédito: FGR" height="576" width="432"/><p>El Ministerio Público Federal <b>(MPF)</b> adscrito a la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción<b> (FEMCC)</b> solicitó y obtuvo la orden de aprehensión con base en los datos de prueba recabados por la <b>AIC</b>. </p><p>Fue la propia institución tributaria la que acompañó a la <b>AIC </b>en la obtención de información que derivó en la investigación penal contra su ex funcionario.</p><p>Vigilancias fijas y móviles, realizadas en distintos días y horarios, confirmaron la presencia de<b> Landa Cabrera</b> en un domicilio ubicado en la calle <b>Juan Rodríguez Clara</b>, entre <b>Reforma </b>y <b>Mártires de Xalapa</b>, municipio de <b>Xalapa</b>. Con esa información, la <b>FGR </b>diseñó un operativo controlado para su aseguramiento.</p><h2>La Policía Federal Ministerial ejecutó el operativo de noche</h2><p>El jueves 11 de junio, a las 8:29 de la noche, la <b>Policía Federal Ministerial</b> <b>(PFM)</b> ejecutó la detención con apoyo de autoridades del Gabinete de Seguridad, en estricto apego al Plan Estratégico de Procuración de Justicia y la Estrategia Nacional de Seguridad. </p><p>Autoridades afirmaron que al momento de la aprehensión, se le leyó a <b>Landa Cabrera</b> la Cartilla de Derechos de las Personas en Detención, con lo que la <b>FGR </b>garantizó el debido proceso y el respeto a sus derechos humanos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6V3MDG7E5BCS7IIYENUFIRKGVQ.png?auth=c4a2d2e37e73e0ea4327ef3ba0a23abbf05d35eac597b8dadd687c5d2a9219c3&smart=true&width=502&height=647" alt="Taurino es señalado como un exalto mando del SAT. Crédito: RND" height="647" width="502"/><p>El Registro Nacional de Detenciones<b> (RND)</b> describe a <b>Landa Cabrera</b> con tez clara, complexión regular, estatura de 1.80 metros, cabello corto y vestimenta compuesta por camisa a cuadros azul, saco caqui, pantalón caqui y zapatos negros. La ficha no consignó ningún alias.</p><p>Tras su aseguramiento, <b>Landa </b>quedó a disposición de un juez federal en el Centro de Justicia Penal Federal <b>(CJPF) </b>con sede en el <b>Reclusorio Sur</b>, en la<b> Ciudad de México</b>, donde se celebrará su audiencia inicial.</p><p>La <b>FGR </b>precisó que a <b>Héctor Taurino</b> se le presume inocente mientras no exista una sentencia condenatoria emitida por la autoridad judicial competente.</p><p>Su área en el <b>SAT </b>tenía como función vigilar que las grandes empresas del país cumplieran con sus obligaciones fiscales. <b>Landa Cabrera </b>coordinaba las investigaciones que determinaban cuánto dinero perdía el fisco por posibles delitos tributarios, y era quien ordenaba auditorías y embargos de cuentas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DOCZWCOPZBD3ZE3BGQOXWSXWQE.jpg?auth=3be7c92c1a3da9b302f6f97f95038020b670fc3bcb4a1785783f6ecfa45a591b&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La captura fue realizada en Veracruz: Crédito: FGR]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Registro Celular con CURP: ¿Cómo se realiza para empresas y personas morales en más de una línea?]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/registro-celular-con-curp-como-se-realiza-para-empresas-y-personas-morales-en-mas-de-una-linea/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/registro-celular-con-curp-como-se-realiza-para-empresas-y-personas-morales-en-mas-de-una-linea/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[A diferencia de los usuarios individuales, las personas morales pueden asociar todos sus servicios con una misma identificación fiscal, siempre que el representante legal valide la solicitud ante la operadora]]></description><pubDate>Sat, 13 Jun 2026 14:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BIPJ76NT35GHNHJSMNSUOTTKM4.png?auth=3da91900693bce4007468280983beb77c2256a5ab734eeadbb427b1c137f66a9&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El proceso arrancó el 9 de enero de 2026 y aplica a todas las líneas activas en el país: prepago, pospago, SIM física y eSIM. Al 13 de mayo, solo 48 de los 144 millones de líneas activas en México habían completado la vinculación, según declaró la comisionada presidenta Norma Solano Rodríguez en el foro M360 de la GSMA. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>Las empresas en México tienen hasta el 30 de junio de 2026 para </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/12/inapam-o-curp-biometrica-sirven-para-registrar-tu-celular-esto-dice-la-comision-reguladora/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/12/inapam-o-curp-biometrica-sirven-para-registrar-tu-celular-esto-dice-la-comision-reguladora/"><b>registrar sus líneas celulares</b></a> ante el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, un trámite que para personas morales no se realiza con CURP sino con RFC, razón social y documentación que acredite la representación legal. </p><p>La <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/09/puedo-recuperar-mi-linea-si-realizo-el-registro-de-mi-numero-despues-de-la-fecha-limite/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/09/puedo-recuperar-mi-linea-si-realizo-el-registro-de-mi-numero-despues-de-la-fecha-limite/"><b>Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT)</b> </a>advirtió que no habrá prórroga y que las líneas sin vincular serán suspendidas automáticamente a partir del 1 de julio.</p><p>El proceso arrancó el 9 de enero de 2026 y aplica a todas las líneas activas en el país: prepago, pospago, SIM física y eSIM. Al 13 de mayo, solo 48 de los 144 millones de líneas activas en México habían completado la vinculación, según declaró la comisionada presidenta <b>Norma Solano Rodríguez</b> en el foro M360 de la GSMA. Eso deja aproximadamente 96 millones de líneas sin registro a menos de tres semanas del cierre.</p><h2>Por qué existe esta obligación</h2><p>La medida se sustenta en los artículos 103 y 164, fracción III de la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/22/registro-de-celular-con-curp-como-realizarlo-en-todas-las-companias-telefonicas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/22/registro-de-celular-con-curp-como-realizarlo-en-todas-las-companias-telefonicas/"><b>Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión</b></a>, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de julio de 2025.</p><p>Su objetivo declarado es eliminar el anonimato detrás de llamadas de extorsión, fraude y otros delitos que se cometen desde líneas sin titular identificado.</p><p>La norma obliga tanto a personas físicas como a personas morales —empresas, organismos y cualquier entidad con personalidad jurídica propia— a vincular cada línea a una identidad verificable.</p><h2>Qué necesitan las empresas para registrar sus líneas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7OJUSNFHFVCTZO5F7ADPSEV4UM.png?auth=7081050575e1d50fd48f614596e43ea2e5d5c15300d3b207fd8f11883f428b70&smart=true&width=1536&height=1024" alt=" Las empresas deben presentar su RFC y razón social, la identificación oficial vigente del representante legal y el documento que acredite su personalidad jurídica ante la operadora. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Para las personas morales, el trámite no se realiza con CURP. Las empresas deben presentar su <b>RFC y razón social</b>, la identificación oficial vigente del representante legal y el documento que acredite su personalidad jurídica ante la operadora.</p><p>Varias operadoras solicitan además la <b>e.firma</b> —Firma Electrónica Avanzada del SAT— como mecanismo para validar esa representación en los portales digitales, aunque los lineamientos del DOF establecen como requisito el documento acreditativo sin especificar el soporte tecnológico.</p><p>A diferencia de las personas físicas, que tienen un tope de 10 líneas por CURP, las personas morales <b>no tienen límite</b> en la cantidad de líneas que pueden registrar bajo un mismo RFC.</p><p>Existe además una figura intermedia: personas físicas con actividad empresarial, o quienes ya contaban con 10 o más líneas de pospago antes de la entrada en vigor de los lineamientos, pueden superar ese tope presentando su constancia de situación fiscal.</p><h2>Paso a paso: cómo registrar las líneas de una empresa</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4VFX6UPRIRH5DPGS4OI5XIOGMU.png?auth=1aeaca453b25cdd6967a080da66254fdc830313a571de3a0381fe2deeb387d9f&smart=true&width=1408&height=768" alt="El usuario dispone de 3 intentos en línea, según los lineamientos publicados en el DOF. Si los agota sin completar el proceso, deberá acudir presencialmente a un centro de atención con todos los documentos. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El trámite puede completarse en línea o de forma presencial en cualquier centro de atención de la operadora. Estos son los pasos confirmados por la CRT:</p><p><b>Paso 1 — Reunir los documentos</b> Antes de iniciar, el representante legal debe tener a la mano el RFC de la empresa, la razón social, su identificación oficial vigente y el documento que acredite su representación legal. Quienes opten por el canal digital deben verificar con su operadora si requieren e.firma para completar la autenticación en línea.</p><p><b>Paso 2 — Ingresar al portal oficial</b> Acceder a <b>portal.crt.gob.mx/gestion-de-lineas-telefonicas-moviles</b> o al portal de la operadora correspondiente. Las compañías también envían un enlace por SMS para iniciar la vinculación directamente desde el teléfono, con un formato que varía según cada operadora.</p><p><b>Paso 3 — Capturar los datos de la empresa</b> Ingresar el RFC, la razón social y los datos del representante legal según lo solicite el sistema de la operadora.</p><p><b>Paso 4 — Cargar la documentación</b> Subir imagen clara de la identificación oficial del representante legal por ambos lados. En algunos portales se solicita también la prueba de vida —fotografía en tiempo real— para confirmar que la persona coincide con el documento.</p><p><b>Paso 5 — Acreditar la representación legal</b> Completar la autenticación con el documento que acredite la personalidad del representante. Este paso distingue el proceso empresarial del trámite individual y es obligatorio para vincular las líneas a nombre de la empresa.</p><p><b>Paso 6 — Guardar el folio de confirmación</b> Una vez validada la información, el sistema genera un folio de registro. Ese comprobante acredita que la línea quedó vinculada y debe conservarse.</p><p>El usuario dispone de <b>3 intentos en línea</b>, según los lineamientos publicados en el DOF. Si los agota sin completar el proceso, deberá acudir presencialmente a un centro de atención con todos los documentos.</p><h2>Operadoras con registro habilitado</h2><p>El trámite está disponible en las siguientes compañías: <b>Telcel</b>, <b>AT&amp;T</b>, <b>Movistar</b>, <b>Bait</b>, <b>Altán Redes</b>, <b>Izzi Móvil</b>, <b>Mega Móvil</b> y <b>Unefon</b>.</p><p>Cada operadora cuenta con su propio portal de vinculación, accesible también desde el portal central de la CRT. Los requisitos específicos para personas morales pueden variar entre compañías, por lo que conviene verificar con cada operadora antes de iniciar el trámite.</p><h2>Qué pasa si una empresa no registra sus líneas antes del plazo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H5ZAOE6MIVGMPBZQ2ASU27R4SM.png?auth=014a83d262e3ff7d5866f9dd2a302f117713fe68e4117ae5254b751f699b6142&smart=true&width=1408&height=768" alt="El número y el saldo acumulado no se pierden: el servicio permanece bloqueado hasta que se complete el registro, momento en que se reactivan todas las funciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La consecuencia es la suspensión automática del servicio a partir del <b>1 de julio de 2026</b>, sin multa económica directa para el titular.</p><p>Una línea sin registrar quedará bloqueada para realizar llamadas, enviar o recibir mensajes SMS, usar datos móviles, recibir códigos de verificación para banca móvil y aplicaciones gubernamentales, y tramitar portabilidad numérica.</p><p>Solo conservará acceso a los números de emergencia —<b>911, 074, 079, 088 y 089</b>— y al servicio de atención al cliente de la operadora para regularizar la situación.</p><p>El número y el saldo acumulado no se pierden: el servicio permanece bloqueado hasta que se complete el registro, momento en que se reactivan todas las funciones. Las empresas con planes de pospago deben considerar que la suspensión <b>no exime del pago mensual</b> del plan ni del costo del equipo contratado, según lo establecido en la normativa.</p><h2>Datos que ninguna empresa o portal puede exigir</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z4N2FJMNT5DSZPOKROHNLETQVU.png?auth=de6410f64e1f0b0981674ce18b71a2d09b7645f9474edfac5686bed27327eea0&smart=true&width=1408&height=768" alt="La prueba de vida —fotografía y movimiento de cabeza que algunos portales solicitan— únicamente verifica que la persona coincida con su documento en el momento del trámite y no implica almacenamiento de datos biométricos, según la CRT. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La ley prohíbe expresamente solicitar datos biométricos durante este trámite. Ninguna compañía ni portal puede pedir huellas dactilares, escaneo de iris, reconocimiento facial biométrico almacenado, grabación de voz, firma digital manuscrita ni comprobante de domicilio.</p><p>La prueba de vida —fotografía y movimiento de cabeza que algunos portales solicitan— únicamente verifica que la persona coincida con su documento en el momento del trámite y no implica almacenamiento de datos biométricos, según la CRT.</p><p>Cualquier solicitud de los datos prohibidos bajo el argumento de “registrar tu línea” constituye un fraude o una violación a la ley.</p><h2>Cómo verificar las líneas ya registradas y reportar irregularidades</h2><p>Desde el 7 de febrero de 2026, la CRT habilitó un portal de consulta en <b>portal.crt.gob.mx/plataformas-de-consulta</b> para verificar qué líneas están asociadas a un RFC o CURP.</p><p>La consulta se realiza operadora por operadora; no existe un padrón único centralizado.</p><p>Si se detecta una línea desconocida vinculada al RFC o CURP de la empresa o su representante legal, debe solicitarse la desvinculación inmediata a la operadora. Las inconsistencias también pueden reportarse ante el <b>Registro Nacional de Población (Renapo)</b>, que permite corregir usos indebidos de la CURP en la titularidad de números telefónicos.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/BIPJ76NT35GHNHJSMNSUOTTKM4.png?auth=3da91900693bce4007468280983beb77c2256a5ab734eeadbb427b1c137f66a9&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una persona completa el formulario para el registro obligatorio de líneas telefónicas prepago, mientras una laptop muestra el proceso de verificación de datos para garantizar la seguridad. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Lista completa de pensionados IMSS e ISSSTE que quedan libres de impuestos este 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/12/lista-completa-de-pensionados-imss-e-issste-que-quedan-libres-de-impuestos-este-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/12/lista-completa-de-pensionados-imss-e-issste-que-quedan-libres-de-impuestos-este-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[El beneficio fiscal no cubre cualquier monto sin límite: la autoridad suma todos los depósitos por retiro de una persona y únicamente cobra sobre la parte que excede lo permitido]]></description><pubDate>Fri, 12 Jun 2026 13:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3QLPDCIJABGLDDY4G2DQQO3JGE.png?auth=a970701b6d995aab93623dcc0312c8ed7fd40ad0f4d92365cc92f4c738d4ed54&smart=true&width=2752&height=1536" alt="En México, no todos los ingresos están sujetos al pago de impuestos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Miles de personas pagan impuestos, pero lo que no todos saben es que hay algunos que <b>pueden librar este cobro</b> por completo gracias a las protecciones que otorga la propia ley. </p><p>Para quienes dedicaron su vida al trabajo, el verdadero beneficio radica en comprender las<b> reglas del juego fiscal</b>, una clave indispensable para descubrir <b>qué depósitos llegan intactos</b> y sin un solo descuento.</p><h2>El impuesto que vigila tus ingresos: lo que debes saber</h2><p>El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un <b>impuesto federal </b>que grava los ingresos de personas físicas y morales en México. </p><p>Lo pagan <b>empleados</b>, empresarios, <b>arrendadores</b> y, en ciertos casos, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/02/no-es-una-pension-el-tramite-del-inapam-para-asegurar-un-ingreso-de-9-mil-pesos-este-mes/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/02/no-es-una-pension-el-tramite-del-inapam-para-asegurar-un-ingreso-de-9-mil-pesos-este-mes/">pensionados</a>. </p><p>Es un <b>impuesto anual</b>, aunque los pagos provisionales se realizan mes a mes, a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo correspondiente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Q2L5WGCSBBH47H272ZO7YUPD7U.png?auth=e1a4d987cc696963a860639de90f2a261cadb5ecc0946718e67bb261248bbc22&smart=true&width=1408&height=768" alt="El sistema fiscal mexicano contempla distintas tasas según el tipo de ingreso. (Imagen Ilustrativa Infobae) " height="768" width="1408"/><p>Para personas físicas, la tasa va del 1.92% al 35%, según el <b>nivel de ingresos </b>gravables.</p><p>Los<b> ingresos gravables</b> son todos aquellos<b> </b>sobre los que <b>sí</b> se deben pagar impuestos.</p><p>Lo relevante para los <b>jubilados</b> es que la Ley del ISR no descuenta todos los ingresos por igual. </p><p>Existe una lista de <b>ingresos exentos</b>, es decir, montos que la ley expresamente libera del pago. Las pensiones por jubilación están en esa lista, con <b>condiciones específicas</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/T6A4XTJFIZB5ZDDHNPIZXA4TVU.png?auth=0bd393dae2fa6bdc30f056cda6eb90a7c2dcef85902543c9a5af5767c75e74fc&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Existen ingresos que la ley expresamente libera del pago de impuestos. (Imagen Ilustrativa Infobae) " height="1024" width="1536"/><h2>El escudo legal: el artículo de la ley que protege el dinero de tu retiro</h2><p>El <b>artículo 93 </b>de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece <b>qué ingresos quedan exentos</b> del pago de ISR para personas físicas. </p><p>En el tema de las<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/09/pension-bienestar-2026-las-fechas-exactas-de-junio-para-registrarte-y-recibir-mas-de-6-mil-pesos-cada-dos-meses/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/09/pension-bienestar-2026-las-fechas-exactas-de-junio-para-registrarte-y-recibir-mas-de-6-mil-pesos-cada-dos-meses/"> pensiones</a>, la regla es muy sencilla: los pagos que recibes del <b>IMSS o del ISSSTE</b> por jubilación, retiro o invalidez<b> no pagan ni un solo peso </b>de impuesto, siempre y cuando el dinero que te depositan al día no supere el límite equivalente a 15 veces el valor oficial establecido por la ley.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LPZ2BEKXSFBF3ACZEUTFA5ZOAE.png?auth=0030f0ead4a51617fd808e1d6deb8e13db9a85ec8fce697b4499238cfc53ce02&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta regula las exenciones para personas físicas. (Imagen Ilustrativa Infobae) " height="1024" width="1536"/><p>Si la pensión rebasa ese límite, <b>el impuesto no se aplica</b> sobre el total. Solo la parte que excede el tope queda sujeta al ISR.</p><h2>¿Qué sucede para quienes reciben más de una pensión?</h2><p>El mismo artículo añade una precisión que afecta a quienes <b>reciben más de una pensión</b>: el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/">SAT </a>no revisa cada pago por separado.</p><p>Lo que hace la autoridad es <b>juntar todos los ingresos </b>por retiro en una sola bolsa y medir el tamaño total.</p><p>Si la suma de todas las pensiones juntas pasa del límite permitido, entonces <b>sí tocará pagar</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/V7ZHYEYUQBDR5GTI6D5EFH24NU.png?auth=67c01f29e160b2635dd8673ea227bc181c91425e74223ad8ba6943fe84fa6aac&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si la pensión supera el límite, el ISR solo se aplica sobre el excedente, no sobre el total del ingreso. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El SAT suma todas las pensiones que recibe una persona, sin importar<b> quién las pague</b>, y compara ese total contra el límite permitido. </p><p>Solo si el conjunto<b> supera el tope</b> debe aplicar la retención, y únicamente <b>sobre el excedente</b>.</p><h2>La lista de beneficiarios que reciben su dinero sin descuentos del ISR</h2><p>De acuerdo con el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los siguientes tipos de pensión pueden hacer que sus beneficiarios <b>queden exentos del ISR</b> dentro del límite que establece la ley:</p><ul><li>Jubilaciones.</li><li>Pensiones por <b>retiro</b>.</li><li>Haberes de retiro.</li><li>Pensiones vitalicias.</li><li>Pensiones por<b> invalidez </b>o incapacidad.</li><li>Pensiones por cesantía en edad avanzada y vejez.</li><li>Pensiones por <b>muerte</b> del trabajador.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MHN5QTONOVGATO55SEOE7JHA4M.png?auth=fbf19e2b29b44a2b0b6bff7b610bfdafc18b5ccd8962858cb1884ba54d03b182&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La infografía detalla los tipos de pensiones exentas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México, incluyendo jubilaciones, invalidez y fallecimiento, así como los posibles fondos de origen. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Estas pensiones pueden provenir de la subcuenta del seguro de retiro prevista en la Ley del Seguro Social, de la <b>subcuenta de retiro</b>, cesantía en <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/si-ya-cumpliste-60-anos-asi-es-como-debes-recibir-el-apoyo-del-inapam-este-mes/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/si-ya-cumpliste-60-anos-asi-es-como-debes-recibir-el-apoyo-del-inapam-este-mes/">edad avanzada y vejez</a>, o de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro del <b>ISSSTE</b>.</p><h2>Cuándo sí se paga ISR y sobre qué monto</h2><p>Si la pensión supera el límite diario que fija la ley, el ISR no afecta el total: solo la parte que <b>rebasa el tope</b>.</p><p>Esto significa que <b>ningún pensionado paga impuestos</b> sobre el cien por ciento de su ingreso, aunque su pensión sea alta.</p><p>Además, la ley exenta a los<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/cuanto-dinero-recibira-al-ano-un-adulto-mayor-con-la-pension-bienestar-en-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/cuanto-dinero-recibira-al-ano-un-adulto-mayor-con-la-pension-bienestar-en-2026/"> pensionados</a> de presentar <b>declaración anual</b> cuando solo reciben ingresos de un único pagador. </p><p>La <b>obligación de declarar</b> surge en tres casos: </p><ul><li>Cuando se tienen<b> dos o más fuentes</b> de pensión.</li><li>Cuando los ingresos anuales superan los <b>400 mil pesos</b> mexicanos.</li><li>Cuando se obtienen<b> ingresos adicionales</b> por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/asi-puedes-vivir-en-guadalajara-por-menos-de-15-mil-pesos-las-cinco-colonias-con-mejor-precio/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/asi-puedes-vivir-en-guadalajara-por-menos-de-15-mil-pesos-las-cinco-colonias-con-mejor-precio/">arrendamiento</a> o actividad empresarial. </li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JP4LRQJGH5EZRGXZ5LA5W4UQF4.png?auth=d2411e6e78214431dcb6db025da17a4497a236f5c433e221e228fbae6314d069&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las pensiones por invalidez, cesantía, vejez y muerte del trabajador también están incluidas en la exención del ISR.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>En todos los demás casos, el pensionado recibe su ingreso íntegro, sin retención, de acuerdo con la <b>ley vigente</b>. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3QLPDCIJABGLDDY4G2DQQO3JGE.png?auth=a970701b6d995aab93623dcc0312c8ed7fd40ad0f4d92365cc92f4c738d4ed54&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una pareja de adultos mayores sonríe mientras cuenta billetes de pesos mexicanos, con una alcancía y monedas sobre la mesa, y los logos de IMSS e ISSSTE al fondo. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Renuncia director del SAT Quintana Roo tras polémica por asistencia a las finales de la NBA en Nueva York]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/renuncia-director-del-sat-quintana-roo-tras-polemica-por-asistencia-a-las-finales-de-la-nba-en-nueva-york/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/renuncia-director-del-sat-quintana-roo-tras-polemica-por-asistencia-a-las-finales-de-la-nba-en-nueva-york/</guid><dc:creator><![CDATA[Alexa Cirel]]></dc:creator><description><![CDATA[Héctor Contreras deja el cargo en medio de cuestionamientos por su presencia en una zona VIP del Madison Square Garden
]]></description><pubDate>Thu, 11 Jun 2026 21:03:09 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JR2RVEK5ANCMPBJDINRLJJPF5E.png?auth=aed809dc63fad175631d9cc9454223592d4d47a68dcf0d5145d39a60867fe629&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Renuncia director del SATQ tras polémica en la NBA." height="1536" width="2752"/><p><b>Héctor José Contreras Mercader</b> presentó su <b>renuncia</b> como director general del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/captan-a-hector-contreras-titular-del-sat-quintana-roo-en-zona-vip-de-partido-de-la-nba-junto-a-trump/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/captan-a-hector-contreras-titular-del-sat-quintana-roo-en-zona-vip-de-partido-de-la-nba-junto-a-trump/"><i>Servicio de Administración Tributaria del Estado de Quintana Roo (SATQ)</i></a>, luego de la <b>controversia</b> generada por su asistencia a un <b>partido</b> de las <b>Finales de la NBA</b> en <b>Nueva York</b>, donde fue captado en una <b>zona preferencial</b> del <b>Madison Square Garden</b>.</p><p>La <b>dimisión</b> fue anunciada mediante un <b>comunicado</b> dirigido a la opinión pública, en el que el ahora exfuncionario señaló que su decisión busca evitar que la situación continúe generando <b>señalamientos</b> que distraigan el <b>trabajo institucional</b> de la administración estatal.</p><p>“Esta determinación tiene como único propósito no entorpecer el buen funcionamiento de la <b>administración pública</b> ni dar lugar a señalamientos que distraigan el trabajo institucional”, expresó Contreras Mercader.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AA3U3CBHXBETREWYFTGEZKJIIE.jpg?auth=1d425465722dc980fc80d054df4f6fcafd44be816aae28fd955a453a441552f0&smart=true&width=1036&height=1295" alt="Anunció su salida del cargo a través de un comunicado oficial." height="1295" width="1036"/><p>Asimismo, sostuvo que su asistencia al <b>encuentro deportivo</b> ocurrió en el ámbito <b>personal</b> y sin relación con sus <b>responsabilidades</b> como servidor público.</p><h2>La polémica surgió tras su aparición en transmisión internacional</h2><p>El caso tomó relevancia nacional luego de que, durante la <b>transmisión</b> del <b>tercer juego</b> de las Finales de la NBA entre los <b>New York Knicks</b> y los <b>San Antonio Spurs</b>, las cámaras enfocaran una de las zonas exclusivas del recinto neoyorquino donde se encontraba Contreras Mercader.</p><p>Las <b>imágenes</b> mostraron al funcionario acompañado de un joven identificado por diversos medios como su <b>hijo</b>, ambos portando <b>playeras</b> de los Knicks. </p><p>La atención aumentó debido a que se encontraban cerca del <b>palco</b> ocupado por el <b>presidente de Estados Unidos, Donald Trump</b>, cuya presencia en el encuentro también fue ampliamente difundida.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DRQCZ6UI4NAUNEOLAREYTWHQDU.jpg?auth=75ebe8b0438e9855503a4e3e41c493b885ad18246ded6300c366f230db0ea87d&smart=true&width=1440&height=1427" alt="Héctor Contreras, titular del SAT Quintana Roo, en partido de la NBA, cerca de Donald Trump.  (Redes sociales)" height="1427" width="1440"/><p>La difusión de las imágenes en <b>redes sociales</b> generó diversas <b>reacciones</b> y cuestionamientos sobre el <b>costo</b> de los boletos para ese sector del estadio, considerado uno de los más exclusivos del inmueble.</p><h2>Costos de los boletos generaron debate en redes sociales</h2><p>Diversos <b>reportes</b> señalaron que los <b>asientos</b> en esa área del Madison Square Garden alcanzaron <b>precios</b> de hasta <b>20,000 dólares</b> en plataformas de <b>reventa</b>, equivalentes a cerca de <b>350,000 pesos mexicanos</b>.</p><p>Incluso, algunos portales especializados reportaron que ciertos lugares en zonas cercanas a la <b>cancha</b> superaron ampliamente esa cifra debido a la alta <b>demanda</b> generada por las Finales de la NBA y la asistencia de personalidades de relevancia internacional.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WUQKH3ZS2JEHRGUCZ4GZSLYFMA.JPG?auth=66c3c36ae2d7b3d1aa7d16418e03e4f04aa0a0a778b136a805bcb98bf1b07e8f&smart=true&width=2795&height=1572" alt="La polémica se intensificó tras revelarse el alto costo de los boletos en la zona donde fue captado. Crédito obligatorio: Vincent Carchietta-Imagn Images" height="1572" width="2795"/><h2>Contexto del caso</h2><ul><li>Contreras Mercader fue captado durante el Juego 3 de las Finales de la NBA.</li><li>Se encontraba en una zona preferencial del Madison Square Garden.</li><li>Medios estimaron que algunos boletos en ese sector alcanzaron hasta 20,000 dólares.</li><li>Las imágenes se viralizaron en redes sociales y generaron debate público.</li><li>El funcionario afirmó que asistió al evento en calidad de particular y sin utilizar recursos públicos.</li><li>Tres días después de la difusión del caso presentó su renuncia al SATQ.</li><li>Héctor Contreras defendió el carácter privado de su viaje</li></ul><p>Ante las <b>críticas</b> surgidas tras la difusión de las imágenes, Contreras Mercader sostuvo que su presencia en el evento deportivo correspondió exclusivamente a <b>actividades personales</b>.</p><p>En su mensaje de despedida reiteró que actuó bajo los principios de <b>transparencia</b>, <b>responsabilidad</b> y <b>rendición de cuentas</b>, al tiempo que agradeció la <b>confianza</b> que le fue otorgada durante el tiempo que permaneció al frente del organismo encargado de la <b>recaudación estatal</b>.</p><p>La renuncia ocurre en un contexto de intenso <b>escrutinio público</b> sobre el comportamiento y las actividades de los <b>funcionarios</b> fuera de sus labores gubernamentales.</p><h2>¿Quién es Héctor Contreras Mercader?</h2><p>Contreras Mercader es <b>licenciado en Finanzas y Contaduría Pública</b>. A lo largo de su trayectoria ha ocupado diversos cargos dentro de la <b>administración pública municipal y estatal</b> de Quintana Roo.</p><p>Fue <b>regidor</b> del Ayuntamiento de <b>Benito Juárez</b>, además de desempeñarse como <b>oficial mayor</b> y <b>asesor financiero</b> en distintas dependencias gubernamentales. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3RDQLR64YRDPXPPVCHB6S6VME4.png?auth=0dc587c411f2db52d859e85d53a61d445d73aeebcf6915d8cef5123c093e3045&smart=true&width=312&height=268" alt="Corresponde exclusivamente a actividades de carácter personal, ajenas a sus funciones públicas. (Captura de pantalla)" height="268" width="312"/><p>Posteriormente, con el inicio de la administración estatal encabezada por la <b>gobernadora Mara Lezama</b>, asumió la dirección general del SATQ.</p><p>Durante su gestión impulsó proyectos enfocados en la <b>digitalización de trámites fiscales</b> y la <b>modernización</b> de los procesos tributarios de la entidad.</p><h2>Gobierno de Quintana Roo aún no informa relevo definitivo</h2><p>Hasta el momento, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/08/mara-lezama-descarta-riesgo-de-tsunami-en-quintana-roo-tras-sismo-en-cuba/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/08/mara-lezama-descarta-riesgo-de-tsunami-en-quintana-roo-tras-sismo-en-cuba/">Gobierno de Quintana Roo</a> no ha dado a conocer quién asumirá de manera <b>permanente</b> la dirección del Servicio de Administración Tributaria estatal.</p><p>Mientras tanto, la <b>salida</b> de Contreras Mercader pone fin a una controversia que durante varios días mantuvo la <b>atención pública</b> y abrió el debate sobre la <b>percepción ciudadana</b> respecto a los <b>servidores públicos</b> y la rendición de cuentas en el <b>ejercicio de sus funciones</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/JR2RVEK5ANCMPBJDINRLJJPF5E.png?auth=aed809dc63fad175631d9cc9454223592d4d47a68dcf0d5145d39a60867fe629&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Renuncia director del SATQ tras polémica en la NBA.]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La regla del SAT que pocos contribuyentes conocen y podría ahorrarte una multa]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/la-regla-del-sat-que-pocos-contribuyentes-conocen-y-podria-ahorrarte-una-multa/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/la-regla-del-sat-que-pocos-contribuyentes-conocen-y-podria-ahorrarte-una-multa/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La figura legal permite a ciudadanos regularizar obligaciones fiscales sin sanción si se actúa antes de recibir notificación por el Buzón Tributario; los recargos y actualizaciones sí se deben pagar según el procedimiento oficial]]></description><pubDate>Thu, 11 Jun 2026 03:12:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UHFCCNRWFJFA3KH22ELAXXQE6Y.png?auth=717343ff49d7d9b6bab33bc08a3e184e3edad376f075cae723771673b6209046&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La figura se llama cumplimiento espontáneo y está prevista en el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación (CFF), aunque la mayoría de los contribuyentes desconoce su existencia. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/"><b>El SAT</b></a> puede no cobrarte multa si corriges un error fiscal antes de que la autoridad lo detecte, pero la ventana para hacerlo se cierra en cuestión de horas o días.</p><p>La figura se llama cumplimiento espontáneo y está prevista en el <b>artículo 73 del Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>, aunque la mayoría de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/">los contribuyentes</a> desconoce su existencia.</p><p>La regla es simple: quien presenta una declaración omitida, corrige un dato incorrecto o paga una contribución fuera de plazo —sin que el SAT lo haya detectado ni notificado— solo cubre el monto original más actualización y recargos. <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/"><b>La multa es cero.</b></a></p><h2>Cuándo se pierde el beneficio</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="En la práctica, el umbral más frecuente es el segundo. Si ya hay un aviso en el Buzón Tributario, la espontaneidad se extingue de inmediato. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El CFF establece tres situaciones en las que la corrección deja de considerarse espontánea y, por tanto, la multa sí procede.</p><ul><li>La primera: cuando la omisión ya fue descubierta por las autoridades fiscales. </li><li>La segunda: cuando el SAT notificó una orden de visita domiciliaria, un requerimiento o cualquier otra gestión de comprobación antes de que el contribuyente actuara. </li><li>La tercera: cuando la corrección se presenta más de diez días después de que un contador público registrado entregó el dictamen de estados financieros ante el SAT y la omisión quedó asentada en ese documento.</li></ul><p>En la práctica, el umbral más frecuente es el segundo. <b>Si ya hay un aviso en el Buzón Tributario, la espontaneidad se extingue de inmediato.</b></p><h2>Cuánto cuesta no actuar a tiempo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KYFQZ7VUQ5HEHAWJU6DRARHWN4.png?auth=d10df355110bfc69409fd73dff1e2e5f5bba93841dab3666c865f357557d5df0&smart=true&width=1408&height=768" alt="Si el contribuyente corrige durante el ejercicio de facultades de comprobación —es decir, ya iniciada una auditoría—, puede acceder a una multa reducida equivalente al 20% de las contribuciones omitidas (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La diferencia entre corregir antes o después de una notificación es significativa. Según la tabla de penalizaciones del CFF vigente en 2026, quien declara de forma voluntaria paga $0.00 en multas. </p><p>Quien espera a que el SAT lo requiera enfrenta sanciones de entre <b>$1,810 y $44,790 pesos</b> por obligación incumplida, dependiendo del tipo de infracción.</p><p>Si el contribuyente corrige durante el ejercicio de facultades de comprobación —es decir, ya iniciada una auditoría—, puede acceder a una multa reducida equivalente al <b>20% de las contribuciones omitidas</b>, conforme al artículo 17 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente. </p><p><b>No es lo mismo</b> que espontaneidad, pero representa un ahorro frente a la sanción plena.</p><h2>Qué obligaciones cubre y cómo actuar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HCFRCNZ3YZEZ3KUVFXSAOWOJYA.png?auth=c54a96469ca3e344b21411b867207a134cfbf60d6e53277b9b1272fecb5cef57&smart=true&width=1408&height=768" alt="El proceso no requiere cita ni trámite especial. Todo se tramita en línea desde sat.gob.mx, en la sección “Declaraciones”. Si la obligación nunca fue presentada, el contribuyente selecciona la opción “Normal”; si ya existía una declaración pero con datos incorrectos, elige “Complementaria” (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El cumplimiento espontáneo aplica a prácticamente cualquier obligación fiscal: declaraciones anuales o provisionales no presentadas, pagos omitidos, avisos al <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC)</b> entregados fuera de plazo y correcciones a datos ya declarados.</p><p>El proceso no requiere cita ni trámite especial. Todo se tramita en línea desde <b>sat.gob.mx</b>, en la sección “Declaraciones”. Si la obligación nunca fue presentada, el contribuyente selecciona la opción “Normal”; si ya existía una declaración pero con datos incorrectos, elige “Complementaria”. El portal calcula automáticamente los recargos y la actualización, y genera una línea de captura con el total a pagar.</p><p>La línea de captura tiene vigencia limitada, generalmente unas horas. Si no se liquida el mismo día, los recargos se recalculan y es necesario generarla de nuevo.</p><p>Cuando el monto total no puede cubrirse de inmediato, los especialistas recomiendan presentar la declaración de todas formas antes de pagar: una declaración entregada sin pago genera recargos sobre el impuesto, pero evita la multa por omisión. El contribuyente puede solicitar después un convenio de pago en parcialidades al amparo del artículo 66 del CFF, con un plazo máximo de 36 meses.</p><p>Un punto que pocos consideran: las notificaciones enviadas al <b>Buzón Tributario </b>se tienen por legalmente realizadas una vez que transcurren <b>cinco días hábiles </b>desde el envío del aviso, independientemente de si el contribuyente las consultó. Por eso, revisar el buzón antes de iniciar cualquier corrección es el primer paso que los asesores fiscales consideran indispensable.</p><h2>Las omisiones que el SAT detecta primero</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="La discrepancia fiscal es el detonante más frecuente: ocurre cuando los gastos facturados, los depósitos en cuenta o los pagos con tarjeta no coinciden con los ingresos declarados. El sistema presume ingresos omitidos y abre una revisión sin que el contribuyente lo advierta de inmediato. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La autoridad fiscal no revisa de forma aleatoria. En 2026, el <b>SAT</b> opera con sistemas de inteligencia de datos que cruzan automáticamente la información de facturas electrónicas, depósitos bancarios, retenciones y declaraciones para identificar inconsistencias antes de emitir cualquier notificación.</p><p>La discrepancia fiscal es el detonante más frecuente: ocurre cuando los gastos facturados, los depósitos en cuenta o los pagos con tarjeta no coinciden con los ingresos declarados. El sistema presume ingresos omitidos y abre una revisión sin que el contribuyente lo advierta de inmediato.</p><p>Otros patrones que concentran la atención del fisco son las pérdidas fiscales declaradas de forma recurrente sin sustento económico lógico, las retenciones de ISR o IVA no enteradas al SAT, y las tasas efectivas de impuesto significativamente por debajo del promedio del sector. Este último criterio se aplica tanto a personas físicas como a empresas.</p><p>En el plano operativo, los errores de facturación también activan revisiones. Datos incorrectos del receptor en el <b>Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)</b>, cancelaciones de facturas fuera de plazo y declaraciones en cero cuando existen CFDI de ingresos vigentes son señales que los algoritmos del SAT procesan de forma automática.</p><p>Un punto que los especialistas consideran especialmente crítico es e <b>Buzón Tributario </b>inactivo o con datos de contacto desactualizados. Aunque la <b>Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026 </b>prorrogó la aplicación de multas económicas —que van de $3,850 a $11,540 pesos— hasta enero de 2027, la obligación de mantenerlo activo es vigente. Un buzón sin medios de contacto válidos habilita al SAT para notificar por estrados y puede derivar en la restricción del Certificado de Sello Digital, lo que impide emitir facturas de forma inmediata.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UHFCCNRWFJFA3KH22ELAXXQE6Y.png?auth=717343ff49d7d9b6bab33bc08a3e184e3edad376f075cae723771673b6209046&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre feliz muestra su aprobación mientras un calendario digital de la Declaración Anual 2025 del SAT se ve en su escritorio, indicando que el proceso es sencillo. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Superintendencia en Guatemala vigilará el cumplimiento fiscal ante el ‘boom’ en la venta de productos deportivos por el Mundial 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/06/11/superintendencia-en-guatemala-vigilara-el-cumplimiento-fiscal-ante-el-boom-en-la-venta-de-productos-deportivos-por-el-mundial-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/06/11/superintendencia-en-guatemala-vigilara-el-cumplimiento-fiscal-ante-el-boom-en-la-venta-de-productos-deportivos-por-el-mundial-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Jessica García]]></dc:creator><description><![CDATA[La autoridad tributaria anunció un operativo nacional para vigilar obligaciones fiscales y frenar el contrabando de mercancía alusiva al torneo, ante el repunte del consumo que suele acompañar este tipo de eventos internacionales]]></description><pubDate>Thu, 11 Jun 2026 01:18:57 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/74SRB42HABHEVM4CAHE5CPBUCA.jpg?auth=01b67d2a0c2a8c40e6707567946afab769e99fcb73c3b599c36acde7e6f422f1&smart=true&width=1613&height=907" alt="Las revisiones subirán en pasos limítrofes y zonas urbanas, con foco en artículos alusivos al torneo sin papelería en regla y patrones detectados en años anteriores (Foto cortesía SAT)" height="907" width="1613"/><p>Con el inicio de la <b>Copa Mundial de la FIFA 2026</b>, la <b>Superintendencia de Administración Tributaria (SAT)</b> anunció este miércoles <b>un operativo especial</b> en comercios y aduanas de <b>Guatemala</b> para controlar el cumplimiento fiscal y frenar el ingreso de mercancía mundialista de contrabando. </p><p>El superintendente Werner Ovalle Ramírez señaló que estos eventos elevan el consumo y requieren una mayor presencia de la autoridad tributaria, tal como consignó <i>Canal Antigua</i>.</p><p>Durante una conferencia, Ovalle subrayó: “Es una fecha importante, es un mes donde se da un incremento de consumo, al igual que en otras fechas importantes que se dan en el plano nacional. Así que con ello, a nivel nacional, la administración tributaria, a través de las áreas de fiscalización, estará haciendo presencias fiscales para garantizar que todos estén cumpliendo con sus obligaciones tributarias como tal. Así que esto <b>es parte de los esfuerzos que tenemos que generar y aprovecho el espacio para invitar a todos los establecimientos para que cumplan con sus obligaciones tributarias</b>”.</p><p>La SAT indicó que los controles se intensificarán en puntos fronterizos y comercios urbanos, con prioridad en la detección de productos alusivos al Mundial que ingresen sin la documentación correspondiente. Según la entidad, la medida responde a patrones identificados en años previos, cuando eventos internacionales impulsaron la circulación de bienes importados y los intentos de evasión.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5NVAJ7DJ5FDFNOEAMBCRUJF464.jpg?auth=6656d66ab3393341c834fe65220313cbb02e217e3e2630560e9177e654888350&smart=true&width=1617&height=910" alt="La modernización habilita altas de usados y reposición de distintivos vía Agencia Virtual, con expedientes electrónicos y verificación automática, mientras los registros oficiales muestran cómo se movieron las gestiones desde agosto de 2025 (Foto cortesía SAT)" height="910" width="1617"/><h2>Digitalización de trámites tributarios</h2><p>En paralelo al anuncio de mayores controles, <b>la SAT presentó acciones de transformación digital para simplificar trámites de los contribuyentes</b>. Werner Ovalle Ramírez detalló que la modernización del <b>Registro Fiscal de Vehículos</b> (RFV Digital) permite ahora la inscripción de vehículos usados y la reposición de distintivos desde la Agencia Virtual.</p><p>Según datos oficiales, desde el lanzamiento del RFV Digital en agosto de 2025 para vehículos nuevos, se han gestionado <b>472.046 trámites</b>, de los cuales <b>72%</b> ya se realiza bajo este esquema digital. El mecanismo redujo la duración del trámite de inscripción de hasta 30 días a <b>5 minutos</b>.</p><p>La digitalización también incluye la inscripción de vehículos usados y la reposición de distintivos, con expedientes electrónicos y validación automatizada de requisitos. La SAT confirmó además la migración de formularios tributarios de Declaraguate hacia la Agencia Virtual para contribuyentes especiales grandes, medianos y regionales, con <b>6.438 usuarios</b> en esta primera fase.</p><p>Entre los primeros formularios a migrar figuran el <b>SAT-1311 ISR Opcional Mensual</b> y el <b>SAT-2237 IVA General</b>. A partir del 1 de septiembre, los contribuyentes del Régimen General del IVA deberán utilizar los formularios digitales desde la Agencia Virtual, que incorpora declaraciones propuestas y reduce la carga administrativa.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6B47G45EUNGA7A4Y4QNYSOJXHI.jpg?auth=53387495037e856b78a04e732c66be567a55026481634f0ca93e0930164de441&smart=true&width=3575&height=2383" alt="Una primera fase ya incorpora miles de perfiles entre grandes, medianos y regionales, e incluye planillas como ISR Opcional Mensual y IVA General, además de declaraciones propuestas para recortar carga administrativa (Foto cortesía SAT)" height="2383" width="3575"/><h2>Alcance de la estrategia institucional</h2><p>La SAT reafirmó su compromiso de facilitar los procesos a los contribuyentes, tanto en tributos internos como en comercio exterior y en el <b>Registro Fiscal de Vehículos</b>. Según la entidad, la estrategia combina innovación tecnológica y fiscalización en momentos como la <b>Copa Mundial</b>.</p><p>Werner Ovalle Ramírez reiteró la invitación a los comercios a cumplir con sus obligaciones y aprovechó la ocasión para mostrar avances en la digitalización, que buscan “reducir requisitos y tiempos, facilitando el cumplimiento voluntario”.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/74SRB42HABHEVM4CAHE5CPBUCA.jpg?auth=01b67d2a0c2a8c40e6707567946afab769e99fcb73c3b599c36acde7e6f422f1&amp;smart=true&amp;width=1613&amp;height=907" type="image/jpeg" height="907" width="1613"><media:description type="plain"><![CDATA[Las revisiones subirán en pasos limítrofes y zonas urbanas, con foco en artículos alusivos al torneo sin papelería en regla y patrones detectados en años anteriores (Foto cortesía SAT)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Captan a Héctor Contreras, titular del SAT Quintana Roo, en zona VIP de partido de la NBA junto a Trump ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/captan-a-hector-contreras-titular-del-sat-quintana-roo-en-zona-vip-de-partido-de-la-nba-junto-a-trump/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/captan-a-hector-contreras-titular-del-sat-quintana-roo-en-zona-vip-de-partido-de-la-nba-junto-a-trump/</guid><dc:creator><![CDATA[Anayeli  Tapia Sandoval ]]></dc:creator><description><![CDATA[El funcionario fue captado en una exclusiva donde los boletos para las Finales de la NBA alcanzarían hasta 20 mil dólares]]></description><pubDate>Wed, 10 Jun 2026 07:17:35 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SHJ44UJXQ5ARNP3GD6SIQ3LFTQ.jpg?auth=d6561359b52ae4cba4eeee9c5f644a4b2a9fd0e6f089eb7807652b5e421393ca&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Héctor Contreras Mercader, funcionario del SAT en Quintana Roo, aparece en las transmisiones del Juego 3 de las Finales de la NBA en Nueva York, en una zona VIP donde los boletos superan los 20,000 dólares — más de cinco meses de su sueldo reportado. (SAUL LOEB / AFP)" height="1080" width="1920"/><p><b>Héctor Contreras</b>, titular del Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) en <b>Quintana Roo</b>, fue captado la noche del lunes 8 de junio en una zona VIP del <b>Madison Square Garden</b> de Nueva York durante el tercer partido de las Finales de la NBA entre los Knicks y los Spurs, en un área donde los boletos alcanzaron precios de hasta <b>20,000 dólares </b>(casi 350 mil pesos mexicanos) por asiento. </p><p>El funcionario apareció en las transmisiones internacionales justo debajo del palco del <b>presidente de Estados Unidos, Donald Trump</b>, quien acudió al evento. </p><p>Las imágenes se viralizaron en redes sociales luego de que los medios internacionales enfocaran a Trump —el primer mandatario estadounidense en asistir a unas Finales de la NBA, acompañado de su nieta Kai Trump— y en el encuadre quedara visible <b>Héctor Contreras Mercader,</b> vestido con el jersey de los Knicks y acompañado de un joven que ha sido identificado como su hijo. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AZJNNCSL6JG5JP22SHQSIRDOSM.jpeg?auth=dfd2d32f869d559c5a07c6ee2ec0c5de1c639519b4ebff83d038d96184039e27&smart=true&width=1200&height=992" alt="El director del SAT de Quintana Roo fue visto en el Madison Square Garden el pasado lunes. (Foto: Radio Cultural del Ayuntamiento de Cancún)" height="992" width="1200"/><p>Hasta el momento, ni el funcionario ni el SAT Quintana Roo han emitido posicionamiento público sobre su presencia en el evento y los recursos con los que adquirió los boletos.</p><p>La cifra del costo aproximado de los boletos dista del ingreso neto que el titular del SAT reporta en la <b>Plataforma Nacional de Transparencia</b>, que es de <b>64,650 pesos mensuales</b>. Para pagar un solo boleto, el funcionario habría necesitado ahorrar más de cinco meses de su sueldo íntegro.</p><h2>El boleto más barato en esa zona superó los 10,000 dólares</h2><p>Los precios en el Madison Square Garden para el Juego 3 de las Finales escalaron de forma acelerada tras la confirmación de la asistencia de Trump. El boleto de entrada más económico en el recinto llegó a costar <b>3,940 dólares </b>el lunes por la mañana, mientras que los asientos en la zona baja del estadio alcanzaron hasta <b>104,000 dólares</b>, de acuerdo con datos del portal <i>Vivid Seats</i>. </p><p>En dicho partido, los Spurs ganaron el partido 115 a 111 sobre los Knicks, resultado que dejó la serie 2 a 1 a favor de Nueva York. </p><h2>¿Quién es Héctor Contreras? </h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3RDQLR64YRDPXPPVCHB6S6VME4.png?auth=0dc587c411f2db52d859e85d53a61d445d73aeebcf6915d8cef5123c093e3045&smart=true&width=312&height=268" alt="Héctor Contreras, titular del SAT en Quintana Roo, no ha dicho nada sobre los hechos. (Captura de pantalla)" height="268" width="312"/><p><b>Héctor José Contreras Mercader</b> es licenciado en Finanzas y Contaduría Pública. Inició su carrera como auxiliar contable en empresas privadas y del sector público, de acuerdo con información del <b>Gobierno de Cancún.</b></p><p>Entre <b>2011 y 2013</b> fue jefe de departamento en la XV Regiduría del Ayuntamiento de <b>Benito Juárez</b>. En 2013 ganó su primer cargo de elección popular como <b>regidor </b>de ese municipio. Posteriormente ocupó la Dirección General de Solución Integral de Residuos Sólidos de Cancún y trabajó como asesor financiero en distintas dependencias públicas.</p><p>Entre <b>2016 y 2018</b> fue oficial mayor del mismo ayuntamiento. En octubre de 2018, la entonces presidenta municipal <b>Mara Lezama</b> lo ratificó en ese cargo. Tras la victoria de Lezama en la gubernatura de Quintana Roo, Contreras Mercader fue nombrado titular del SAT en la entidad, cargo que ocupa actualmente.</p><p>La aparición del funcionario en una de las zonas más exclusivas del <b>Madison Square Garden</b> generó cuestionamientos en redes sociales por el contraste con el <b>discurso de austeridad republicana </b>que ha sido bandera de los gobiernos emanados de Morena. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SHJ44UJXQ5ARNP3GD6SIQ3LFTQ.jpg?auth=d6561359b52ae4cba4eeee9c5f644a4b2a9fd0e6f089eb7807652b5e421393ca&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Héctor Contreras Mercader, funcionario del SAT en Quintana Roo, aparece en las transmisiones del Juego 3 de las Finales de la NBA en Nueva York, en una zona VIP donde los boletos superan los 20,000 dólares — más de cinco meses de su sueldo reportado. (SAUL LOEB / AFP)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT publicó su lista negra de facturas inválidas: así puedes revisar si te afecta]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Servicio de Administración Tributaria publicó la lista definitiva de Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas el 5 de junio, abarcando 20 estados y sectores desde construcción hasta espectáculos. Consulta cómo identificar a los involucrados y evitar sanciones fiscales]]></description><pubDate>Wed, 10 Jun 2026 03:15:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BT2RENQDQZFQPPHCKOIEGAFM7I.png?auth=db343c07e0ddbb8aea3902c5dc4e6b726ed91b4d7b83473917b1468543acfb14&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El propio oficio justifica la medida con un argumento de interés público: “es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes”, así como que la sociedad conozca a quienes llevan a cabo ese tipo de operaciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/"><b>El Servicio de Administración Tributaria</b></a> confirmó la <b>inclusión definitiva </b>de <b>89 contribuyentes</b> en el listado del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), lo que <b>invalida las facturas </b>emitidas por esas empresas y expone a quienes operaron con ellas a perder deducciones y créditos fiscales.</p><p>El organismo emitió el oficio <b>500 05 00 00 00 2026 11587</b> el 15 de abril de 2026. Lo firmó el licenciado en contaduría <b>Rubén Martín López Rodríguez</b>, Administrador Central de Fiscalización Estratégica, adscrito a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF). La publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se concretó el 5 de junio.</p><p>El propio oficio justifica la medida con un argumento de interés público: <b>“es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes”</b>, así como que la sociedad conozca a quienes llevan a cabo ese tipo de operaciones.</p><h2>Qué son los EFOS y por qué sus facturas no tienen validez</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="Un detalle que genera confusión frecuente: la factura en sí cumple con los requisitos formales del sistema tributario. Lo que es falso es la operación detrás del documento, que en realidad no existió. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/">Las empresas y personas físicas</a> incluidas en este listado reciben el nombre de EFOS: Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas. El SAT acreditó que emitieron comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material para respaldar las transacciones que amparaban.</p><p>Un detalle que genera confusión frecuente: la factura en sí cumple con los requisitos formales del sistema tributario. Lo que es falso es la operación detrás del documento, que en realidad no existió.</p><h2>89 contribuyentes de 20 estados, en sectores muy distintos</h2><p>Los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/"><b>89 contribuyentes</b></a> incluidos en el Anexo 1 del oficio son personas físicas y morales domiciliadas en al menos 20 estados: Ciudad de México, Estado de México, Chihuahua, Nuevo León, Jalisco, Tamaulipas, Coahuila de Zaragoza, Guerrero, Veracruz, Baja California, Sinaloa, Tabasco, Guanajuato, San Luis Potosí, Durango, Campeche, Oaxaca, Querétaro, Sonora y Zacatecas.</p><p>Los sectores involucrados abarcan desde construcción, consultoría administrativa, servicios de cómputo, comercialización de hidrocarburos y transporte, hasta gasolineras, fabricación farmacéutica, joyería y espectáculos. El documento registra cuatro motivos formales para la inclusión en el listado: ausencia de activos, ausencia de personal, falta de infraestructura y falta de capacidad material.</p><h2>El proceso que llevó a la lista definitiva</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SAAZGYECWVBWFJG5J3UYGIGDVM.png?auth=1fadd434347e6b9092f18f837896731f996f08dc73f81834358c2b120b95aa7c&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal en cada estado emitieron oficios de presunción individuales a cada contribuyente, con los hechos que motivaban la sospecha. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El procedimiento contempló varias etapas. Las Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal en cada estado emitieron oficios de presunción individuales a cada contribuyente, con los hechos que motivaban la sospecha. La coordinación del listado global de presunción y la publicación definitiva correspondió a la Administración Central de Fiscalización Estratégica.</p><p>Tras esa notificación individual, el SAT publicó el listado global en su portal y en el DOF, con un plazo de <b>15 días hábiles</b> para que los afectados presentaran pruebas y argumentos. El CFF también permite solicitar una prórroga de cinco días adicionales vía buzón tributario.</p><p>Ninguno de los 89 contribuyentes se apersonó ante la autoridad ni entregó documentación dentro del plazo. El SAT emitió entonces resoluciones definitivas y, conforme al artículo 69-B del CFF, no procedió a la publicación definitiva sino hasta después de <b>30 días hábiles</b> posteriores a la notificación de dichas resoluciones, sin que se reportara suspensión, nulidad ni revocación judicial a favor de ninguno de los incluidos.</p><h2>El riesgo para empresas y personas que operaron con esos proveedores</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SLOPLRPYQ5CWDGEEHURQPBEWAM.png?auth=c56c3bd156c310351e9ad4214367969ceb8ef414a50a9a932a722e0042ebab70&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si no actúa dentro de ese plazo, el SAT puede determinar créditos fiscales, rechazar deducciones, imponer multas y recargos, y en casos graves derivar el asunto a consecuencias penales. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La consecuencia más directa no recae solo sobre los EFOS, sino sobre quienes contrataron sus servicios o adquirieron sus bienes. Cualquier empresa o persona física que haya dado efectos fiscales a facturas emitidas por un contribuyente ahora en la lista definitiva queda automáticamente bajo sospecha como <b>EDOS</b>: Empresas que Deducen Operaciones Simuladas.</p><p>Las deducciones aplicadas y los créditos fiscales obtenidos con esas facturas pueden ser rechazados por el SAT. El artículo 69-B del CFF establece que el contribuyente afectado cuenta con <b>30 días hábiles</b> a partir de la publicación definitiva para tomar una de dos vías: acreditar ante la autoridad que la operación fue real, con documentación que pruebe la materialidad de la transacción, o corregir su situación fiscal mediante declaraciones complementarias.</p><p>Si no actúa dentro de ese plazo, el SAT puede determinar créditos fiscales, rechazar deducciones, imponer multas y recargos, y en casos graves derivar el asunto a consecuencias penales.</p><h2>Cómo verificar si un proveedor está en la lista</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BBEBDYE3SFAZ3ISZO3FUACCWJY.png?auth=f8a891bc1a40963109dbf982f9fd3d48ace8165de37c4b364b1e0deeb24f7281&smart=true&width=1408&height=768" alt=" Los contribuyentes pueden descargarlo en formato .csv, consultable desde Excel, con búsqueda por RFC o razón social. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El listado completo está disponible en el portal oficial del SAT en <b>sat.gob.mx</b> y en el DOF. Los contribuyentes pueden descargarlo en formato .csv, consultable desde Excel, con búsqueda por RFC o razón social.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/BT2RENQDQZFQPPHCKOIEGAFM7I.png?auth=db343c07e0ddbb8aea3902c5dc4e6b726ed91b4d7b83473917b1468543acfb14&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Ilustración que representa el proceso de insolvencia fraudulenta, desde el juicio civil hasta la maniobra de vaciamiento de una empresa para evadir deudas, culminando en la trituración de facturas impagas y la aplicación del Código Penal. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Tu deuda con el SAT ahora crece al doble: los recargos por mora subieron 40% en 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/tu-deuda-con-el-sat-ahora-crece-al-doble-los-recargos-por-mora-subieron-40-en-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/tu-deuda-con-el-sat-ahora-crece-al-doble-los-recargos-por-mora-subieron-40-en-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Con el ajuste publicado en el Diario Oficial de la Federación, cualquier contribuyente que retrase sus pagos verá incrementados los intereses, superando ahora el 25% anual adicional sobre el saldo original.]]></description><pubDate>Sun, 07 Jun 2026 15:10:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZT7YYUFZPJDSFDWZLHLAQWMIWE.png?auth=0cdeef1cc4de4bfb51ee788e07c815eebf37d51136626bd0584ae5bb566f0e95&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El cambio tiene respaldo en dos instrumentos oficiales. El primero es la LIF 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de noviembre de 2025, que fijó la nueva tasa en su artículo 11.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/"><b>El SAT</b></a> cobró <b>40% más en recargos</b> por mora desde el 1 de enero de 2026: una deuda de $100,000 pesos que antes generaba $1,470 mensuales en intereses ahora produce $2,070 cada mes, conforme a la nueva tasa del 2.07% establecida en la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/"> <b>Ley de Ingresos de la Federación (LIF)</b></a> para este ejercicio fiscal.</p><p>El cambio tiene respaldo en dos instrumentos oficiales. El primero es la LIF 2026, publicada en el <b>Diario Oficial de la Federación (DOF)</b> el 7 de noviembre de 2025, que fijó la nueva tasa en su artículo 11. </p><p>El segundo es la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/sigues-esperando-tu-devolucion-de-impuestos-estas-son-las-principales-razones-por-las-que-el-sat-retiene-saldos-a-favor/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/sigues-esperando-tu-devolucion-de-impuestos-estas-son-las-principales-razones-por-las-que-el-sat-retiene-saldos-a-favor/"> <b>Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026</b></a>, publicada también en el DOF el 28 de diciembre de 2025 y vigente desde el 1 de enero, que la formalizó en su Regla 2.1.20.</p><h2>Cuánto cuesta ahora deberle al fisco</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4BM3GEC2XVBCXG5PUFMLIJXXNI.png?auth=be75e39ce5149efbd3e7d928724ba8b4edd430af6a2facd23dbe3b766367ba4f&smart=true&width=1408&height=768" alt="El incremento equivale a 0.60 puntos porcentuales, pero su efecto se amplifica con el tiempo: un adeudo que se deja sin pagar durante un año acumula una carga adicional del 25% sobre el monto original (2.07% × 12 meses). (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La tasa de recargos por mora —la que aplica cuando un contribuyente paga sus impuestos fuera del plazo legal— pasó de <b>1.47% a 2.07% mensual</b>. </p><p>El incremento equivale a 0.60 puntos porcentuales, pero su efecto se amplifica con el tiempo: un adeudo que se deja sin pagar durante un año acumula una carga adicional del <b>25%</b> sobre el monto original (2.07% × 12 meses).</p><p>El <b>Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP)</b> precisó que el objetivo declarado de la reforma es eliminar el incentivo perverso que existía cuando resultaba más económico deberle al fisco que a una institución financiera. Luis Carlos Figueroa, vicepresidente fiscal del IMCP, confirmó el alza del 40% al medio El Economista en noviembre de 2025.</p><h2>La escala completa de recargos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UITHQQRTZ5BVRJZ6G7PHCITYSU.png?auth=43fb502688be308ef49fc2df198fae15596c9930f9b1a7dd8e51bb460bcf00af&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los recargos se calculan de forma automática desde el primer día de atraso sobre el saldo insoluto actualizado, sin necesidad de que el SAT emita un aviso previo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La mora no es el único concepto que subió. Toda la tabla de recargos se actualizó para 2026:</p><p><b>Prórroga</b> (plazo autorizado para pagar después del vencimiento): de 0.98% a <b>1.38% mensual</b></p><p><b>Parcialidades hasta 12 meses:</b> de 1.26% a <b>1.42% mensual</b></p><p><b>Parcialidades de 13 a 24 meses:</b> de 1.53% a <b>1.63% mensual</b></p><p><b>Parcialidades de más de 24 meses o pago diferido:</b> de 1.82% a <b>1.97% mensual</b></p><p>Los recargos se calculan de forma automática desde el primer día de atraso sobre el saldo insoluto actualizado, sin necesidad de que el SAT emita un aviso previo.</p><h2>El perfil del contribuyente más expuesto</h2><p>Las personas físicas con declaración anual son el grupo de mayor riesgo inmediato: el plazo para presentarla venció el <b>30 de abril de 2026</b>, y cualquier saldo pendiente desde esa fecha ya acumula recargos a la tasa del 2.07% mensual.</p><p>También quedan expuestos quienes tienen convenios de pago en parcialidades firmados antes de 2026, ya que las nuevas tasas aplican sobre los saldos vigentes del ejercicio en curso. Las empresas con adeudos en <b>ISR</b>, <b>IVA</b> o <b>IEPS</b> enfrentan el mismo esquema.</p><h2>El marco de la estrategia fiscal más ambiciosa del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El titular del organismo, Antonio Martínez Dagnino, presentó la estrategia en enero de 2026 bajo la premisa de no crear nuevos impuestos (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El endurecimiento de los recargos forma parte del <b>Plan Maestro 2026</b> del <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b>, que fijó una meta de recaudación de <b>6.448 billones de pesos</b> para este año, la cifra más elevada de la que se tenga registro. </p><p>El titular del organismo, <b>Antonio Martínez Dagnino</b>, presentó la estrategia en enero de 2026 bajo la premisa de no crear nuevos impuestos, sino aumentar el costo del incumplimiento y ampliar la base de contribuyentes activos.</p><p>La RMF 2026 estará vigente del <b>1 de enero al 31 de diciembre de 2026</b>, según lo establece su primer artículo transitorio.</p><h2>Cómo pagar un adeudo fiscal ante el SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BUOLYC6UTBEPNCB4TTGXZFSXFQ.png?auth=25ae53c662425867939ec5c4a3cfb48564f7378979342e87cb9ba9cfa042abef&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Nota: si la línea de captura vence antes de concretar el pago, presenta una declaración complementaria para obtener una nueva. El sistema recalcula automáticamente los recargos y la actualización acumulados. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El trámite es gratuito en todos los casos. Su fundamento legal está en los artículos 2, 4, 6, 17-A, 20, 21 y 65 del <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>. El portal oficial es <b>sat.gob.mx</b>.</p><h3>Opción 1: Pago total en una sola exhibición</h3><p>Ingresa a Mi Portal con RFC y contraseña</p><p>Selecciona Créditos Fiscales / Servicios / Formato para pago (total)</p><p>Genera la línea de captura</p><p>Paga en ventanilla bancaria o desde tu portal de banca en línea</p><p><b>Nota:</b> si la línea de captura vence antes de concretar el pago, presenta una declaración complementaria para obtener una nueva. El sistema recalcula automáticamente los recargos y la actualización acumulados.</p><h3>Opción 2: Pago en parcialidades o diferido (artículos 66 y 66-A del CFF)</h3><p>Plazo máximo en parcialidades: <b>36 meses</b></p><p>Plazo máximo en pago diferido: <b>12 meses</b></p><p><b>Por internet:</b></p><p>Ingresa a Mi Portal con RFC y contraseña</p><p>Selecciona Servicios por internet / Servicios o solicitudes / Solicitud</p><p>Elige la opción “Pago a plazos 66 y 66-A CFF”</p><p>Especifica el monto del adeudo, número de parcialidades o fecha del pago diferido</p><p>Adjunta el comprobante del pago inicial de <b>al menos el 20% del total adeudado</b></p><p>Envía la solicitud y conserva el número de folio</p><p>El SAT tiene <b>15 días hábiles</b> para responder. Si requiere información adicional, el contribuyente cuenta con <b>cinco días hábiles</b> para entregarla; de lo contrario, la solicitud queda cancelada.</p><p><b>Presencial:</b></p><p>Acude a la Administración Desconcentrada de Recaudación (ADR) más cercana a tu domicilio fiscal</p><p>Presenta los siguientes documentos:</p><p>Identificación oficial vigente</p><p>Escrito libre con RFC, domicilio fiscal, número de resolución del adeudo y correo electrónico</p><p>Comprobante del pago inicial del 20%</p><p>Recibe tu acuse de recibo</p><p>Espera la respuesta por buzón tributario o correo electrónico registrado</p><h3>Opción 3: Programa de Regularización Fiscal 2026</h3><p>Permite condonar hasta el <b>100% de recargos</b>, multas y gastos de ejecución sobre adeudos del ejercicio 2024 o anteriores.</p><p><b>Requisitos para acceder:</b></p><p>Ingresos totales en 2024 no superiores a <b>300 millones de pesos</b></p><p>No figurar en los listados de los artículos 69-B o 69-B Bis del CFF</p><p>No contar con sentencia firme por delitos fiscales</p><p>No haber recibido condonaciones en programas generalizados previos</p><h2>Fechas clave</h2><p>Solicitud: hasta el <b>31 de octubre de 2026</b></p><p>Pago una vez autorizado: máximo <b>15 días naturales</b></p><p>Última parcialidad (créditos firmes): antes del <b>30 de noviembre de 2026</b></p><p>El trámite se presenta en <b>sat.gob.mx</b> o de forma presencial en la ADR correspondiente. El incumplimiento de cualquier línea de captura implica la pérdida automática del beneficio.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZT7YYUFZPJDSFDWZLHLAQWMIWE.png?auth=0cdeef1cc4de4bfb51ee788e07c815eebf37d51136626bd0584ae5bb566f0e95&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Ejecutivo, finanzas, economia, balance, impuestos, pyme, negocios, (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item></channel></rss>