<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/" version="2.0" xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/"><channel><title><![CDATA[Infobae.com]]></title><link>https://www.infobae.com</link><atom:link href="https://www.infobae.com/arc/outboundfeeds/rss/tags_slug/sat/" rel="self" type="application/rss+xml"/><description><![CDATA[Infobae.com News Feed]]></description><lastBuildDate>Wed, 09 Sep 2026 02:28:24 +0000</lastBuildDate><language>es</language><ttl>1</ttl><sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod><sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency><item><title><![CDATA[¿No revisas tu Buzón Tributario? El SAT podría imponerte una multa de más de 11 mil pesos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/06/no-revisas-tu-buzon-tributario-el-sat-podria-imponerte-una-multa-de-mas-de-11-mil-pesos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/06/no-revisas-tu-buzon-tributario-el-sat-podria-imponerte-una-multa-de-mas-de-11-mil-pesos/</guid><dc:creator><![CDATA[Lorna Huitrón]]></dc:creator><description><![CDATA[Mantenerlo habilitado y registrar correctamente el correo electrónico y número celular es una obligación para determinados contribuyentes]]></description><pubDate>Sun, 06 Sep 2026 22:23:44 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5OXGLJTB7RD7ZELNJSGIGM6XVU.jpg?auth=1d72399f83cd8cb6f6d8efd3c123e59deff13ab4e1216c46fb3216b010dfce1f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Mantenerlo habilitado y registrar correctamente el correo electrónico y número celular es una obligación para determinados contribuyentes" height="1080" width="1920"/><p>El <b>Buzón Tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> es uno de los principales canales de comunicación entre la autoridad fiscal y los <b>contribuyentes.</b> A través de esta herramienta digital se envían notificaciones, avisos, resoluciones administrativas, solicitudes de información y otros documentos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones fiscales.</p><p>Aunque comúnmente se habla de multas por “no revisar” esta plataforma, es importante hacer una precisión: la sanción prevista en el Código Fiscal de la Federación no se genera únicamente por dejar de consultar los mensajes, sino por <b>no habilitar el Buzón Tributario, no registrar los medios de contacto o proporcionar información incorrecta o desactualizada</b>.</p><p>De acuerdo con los artículos <b>86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación</b>, las personas que incumplan con esta obligación pueden recibir una multa que va de <b>3 mil 850 a 11 mil 540 pesos</b>. El monto aplicable dependerá de las circunstancias de cada caso y de la determinación de la autoridad fiscal.</p><h2>¿En qué casos aplica la multa por el Buzón Tributario?</h2><p>El SAT puede imponer una sanción cuando el contribuyente no cumple con los requisitos necesarios para mantener operativo este canal de comunicación. Entre los principales supuestos se encuentran:</p><ul><li>No haber habilitado el Buzón Tributario.</li><li>No registrar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.</li><li>Proporcionar medios de contacto incorrectos, inexistentes o ajenos.</li><li>No mantener actualizada la información registrada.</li></ul><p>Estas omisiones pueden impedir que la autoridad establezca comunicación con el contribuyente. Por ello, el Código Fiscal de la Federación considera que registrar datos erróneos o no auténticos puede tener consecuencias similares a no habilitar la plataforma.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2VE6ZJ322BDYPPPPNJCO67JXIQ.jpg?auth=e48f8a2c35c28969eeb0aa956a27bb8004ea1a33efc37da0d4a2052cb728b723&smart=true&width=290&height=323" alt="El SAT puede imponer una multa de hasta 11 mil 540 pesos a quienes no habiliten su Buzón Tributario o mantengan desactualizados sus medios de contacto" height="323" width="290"/><p>Además de la posible multa, ignorar las notificaciones depositadas en el Buzón Tributario puede ocasionar que una persona pierda plazos para presentar aclaraciones, responder requerimientos o atender algún procedimiento fiscal. En determinadas actuaciones, los plazos legales pueden comenzar a correr aunque el contribuyente no haya abierto personalmente el documento.</p><h2>¿Cómo habilitar el Buzón Tributario del SAT?</h2><p>El procedimiento se realiza en línea desde el portal oficial del SAT. El contribuyente debe ingresar con su <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC),</b> contraseña o e.firma y localizar la opción para habilitar o actualizar el Buzón Tributario.</p><p>Posteriormente, deberá registrar sus mecanismos de comunicación. Generalmente se solicita una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular. El sistema enviará un enlace al correo proporcionado y un código mediante mensaje SMS.</p><p>Ambos medios deben confirmarse dentro de un plazo máximo de <b>72 horas después del registro</b>. Si la validación no se completa durante ese periodo, el trámite puede quedar inconcluso y será necesario realizar nuevamente el procedimiento, según las indicaciones del<b> SAT para habilitar y actualizar el Buzón Tributario.</b></p><p>Una vez confirmados los datos, el sistema genera el <b>Acuse de registro o actualización de mecanismos de comunicación como medios de contacto</b>. Este documento debe descargarse y conservarse, pues funciona como comprobante de que el contribuyente realizó el proceso.</p><h2>¿Por qué es importante revisar los mensajes del SAT?</h2><p>Aunque no abrir un mensaje no constituye por sí solo la infracción establecida en el artículo 86-C, revisar periódicamente el Buzón Tributario es fundamental. Las comunicaciones depositadas en esta plataforma pueden estar relacionadas con devoluciones, requerimientos, créditos fiscales, invitaciones para corregir inconsistencias o actos administrativos que deben atenderse dentro de un plazo determinado.</p><p>Los avisos enviados por correo electrónico o mensaje de texto únicamente informan que existe una nueva comunicación. Para conocer su contenido y efectos legales es necesario ingresar directamente al portal oficial.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GGYLM7IBJJAN7EGJTB3XUWQJEU.jpg?auth=647ed13a35c064ead6234880a5ee6b0af2d86034ff9cc0da0f37d839f1d0e6f3&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT puede imponer una multa de hasta 11 mil 540 pesos a quienes no habiliten su Buzón Tributario o mantengan desactualizados sus medios de contacto" height="1080" width="1920"/><p>También es recomendable verificar periódicamente que el correo y el número celular registrados sigan activos. Si alguno cambia, debe actualizarse cuanto antes para evitar problemas de comunicación con la autoridad.</p><p>Mantener habilitado y consultar el Buzón Tributario no solo reduce el riesgo de recibir una multa de hasta <b>11 mil 540 pesos</b>, sino que permite responder oportunamente a los requerimientos del SAT y llevar un mayor control de la situación fiscal. Ante cualquier mensaje cuya autenticidad genere dudas, lo más seguro es ingresar directamente al sitio oficial y evitar abrir enlaces enviados desde direcciones desconocidas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5OXGLJTB7RD7ZELNJSGIGM6XVU.jpg?auth=1d72399f83cd8cb6f6d8efd3c123e59deff13ab4e1216c46fb3216b010dfce1f&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Mantenerlo habilitado y registrar correctamente el correo electrónico y número celular es una obligación para determinados contribuyentes]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/IA</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Municipalidad de Lima habilitará descuento del 90% en papeletas de tránsito]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/09/04/municipalidad-de-lima-habilitara-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/09/04/municipalidad-de-lima-habilitara-descuento-del-90-en-papeletas-de-transito/</guid><dc:creator><![CDATA[Alejandro Delgado Tong]]></dc:creator><description><![CDATA[El beneficio podrá solicitarse desde este sábado 5 de setiembre y contempla mecanismos de pago digitales y entidades bancarias afiliadas, en el marco de una nueva disposición municipal]]></description><pubDate>Fri, 04 Sep 2026 20:18:03 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWUVCGBXRNDADJWJO4SU73L33M.jpg?auth=fc211e3b02bf36b07ea153e7e321f6afd500d1aab4e122094e4ae46883bf5c22&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT de Lima indicó que la norma municipal también contempla adecuar los procedimientos necesarios para implementar el beneficio. Foto: Nitro Digital" height="1080" width="1920"/><p>Los <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/08/27/nueva-tabla-de-infracciones-de-transito-desde-cuando-y-cuales-seran-los-principales-cambios-en-las-multas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/08/27/nueva-tabla-de-infracciones-de-transito-desde-cuando-y-cuales-seran-los-principales-cambios-en-las-multas/">conductores con multas de tránsito</a> podrán acceder a una reducción excepcional en el monto de sus deudas <b>desde este sábado 5 de setiembre</b>. El beneficio fue habilitado luego de que el Concejo Municipal Metropolitano aprobara una ordenanza que establece las condiciones para aplicar el<b> nuevo régimen en Lima</b>.</p><p>La medida permitirá cancelar las papeletas con una rebaja del 90%, de acuerdo con las disposiciones contempladas en el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC. El Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) de <b>Lima </b>señaló que la <b>norma municipal </b>también busca adecuar los procedimientos administrativos y operativos necesarios para poner en marcha el <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/09/02/conducir-ebrio-ya-no-implicara-cancelacion-automatica-de-la-licencia-atu-propone-reducir-multas-de-hasta-s22000-a-s2750/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/09/02/conducir-ebrio-ya-no-implicara-cancelacion-automatica-de-la-licencia-atu-propone-reducir-multas-de-hasta-s22000-a-s2750/">beneficio</a>.</p><h2>¿Desde cuándo estará disponible el descuento?</h2><p>La <b>Ordenanza Municipal N.° 2849-2026-MML</b> fue aprobada por el Concejo Municipal Metropolitano y establece el marco para la aplicación del <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/09/02/es-oficial-atu-lanza-plan-para-reducir-multas-y-eliminar-suspension-de-licencias-en-transporte-publico-de-lima-y-callao/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/09/02/es-oficial-atu-lanza-plan-para-reducir-multas-y-eliminar-suspension-de-licencias-en-transporte-publico-de-lima-y-callao/">régimen excepcional</a> en la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima.</p><p>Según informó el <b>SAT de Lima</b>, el descuento comenzará a aplicarse desde el sábado 5 de setiembre. La disposición busca adaptar los procedimientos a lo establecido previamente por el <b>Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC</b>, además de brindar seguridad jurídica a los ciudadanos que decidan acogerse a la medida.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WHHG4K6ZZRABJNVSTAAHXK3EVQ.jpg?auth=ff9ad8ace211fd87acc6ed8745aaa83dd6f7ba31a8ea1a72b148a470b8aa313b&smart=true&width=1280&height=853" alt="El SAT de Lima informó que el descuento entrará en vigencia desde el sábado 5 de setiembre. Foto: SAT" height="853" width="1280"/><h2>¿Cómo pagar las papeletas con la rebaja?</h2><p>Los ciudadanos interesados podrán efectuar el pago de sus <b>multas de tránsito</b> aplicando el descuento extraordinario mediante la plataforma de pagos en línea del SAT. La entidad indicó que el beneficio también estará disponible a través de las plataformas de los <b>bancos afiliados</b>.</p><p>De esta manera, quienes cumplan con las condiciones para acogerse al régimen podrán realizar el trámite por canales digitales habilitados. El SAT señaló que las adecuaciones <b>normativas y tecnológicas</b> fueron necesarias para garantizar la correcta implementación de la medida.</p><h2>SAT señala que busca garantizar el servicio</h2><p>El organismo tributario de la Municipalidad de Lima indicó que el proceso de implementación contempla ajustes destinados a asegurar un servicio adecuado durante la vigencia del beneficio. La entidad también destacó que estos cambios permitirán atender a los ciudadanos bajo criterios de transparencia y eficiencia.</p><p>Con esta medida, la <b>Municipalidad de Lima</b> pone en marcha el régimen excepcional establecido para las papeletas, con una reducción del 90% en el pago de las multas. La información fue comunicada por el SAT este viernes 4 de setiembre.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RS4I5F3QUBGA3A6IUDPZQQO42M.jpg?auth=965ae516cb6f9bc1c06c771c01b93afed9575a29940ff962cdaa4f416f9e2ec1&smart=true&width=1080&height=1200" alt="Comunicado completo de la Municipalidad de Lima. Foto: Municipalidad de Lima" height="1200" width="1080"/><h2>¿Cómo saber si tienes multas de tránsito?</h2><p>Las plataformas oficiales permiten verificar de forma gratuita si un conductor registra <b>multas o papeletas</b>. La consulta puede realizarse con la placa del vehículo, el <b>DNI</b> o el número de licencia, dependiendo de la entidad y del lugar donde se cometió la infracción.</p><p>En Lima Metropolitana, el <b>SAT Lima</b> permite consultar deudas por papeletas ingresando la placa o los datos del propietario. Para revisar el récord a nivel nacional, el <b>MTC</b> cuenta con una plataforma donde se puede conocer el historial de infracciones y los puntos acumulados en la licencia.</p><p>En el caso de las <b>carreteras nacionales</b>, la <b>Sutrán</b> dispone de un sistema para consultar infracciones mediante la placa o el acta de control. Estas herramientas también permiten conocer el estado de las sanciones y, según corresponda, acceder a opciones de pago o regularización.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWUVCGBXRNDADJWJO4SU73L33M.jpg?auth=fc211e3b02bf36b07ea153e7e321f6afd500d1aab4e122094e4ae46883bf5c22&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT de Lima indicó que la norma municipal también contempla adecuar los procedimientos necesarios para implementar el beneficio. Foto: Nitro Digital]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT puede embargar tu casa, tu carro y tus cuentas: así funciona el procedimiento que pocos conocen]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/04/el-sat-puede-embargar-tu-casa-tu-carro-y-tus-cuentas-asi-funciona-el-procedimiento-que-pocos-conocen/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/04/el-sat-puede-embargar-tu-casa-tu-carro-y-tus-cuentas-asi-funciona-el-procedimiento-que-pocos-conocen/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Tras la notificación de un adeudo firme, el contribuyente cuenta con 30 días hábiles para pagar o garantizar; si no lo hace, procede el cobro forzoso previsto en el CFF, sin orden judicial previa]]></description><pubDate>Fri, 04 Sep 2026 18:45:16 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CDZONJFQLVBPTO5GDO3RP4C24Q.png?auth=69e9a6e9de1678e61ca6a7b446bfd41d509d03ccce1713ba033335015df8b874&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El mecanismo opera sin necesidad de una orden judicial previa y está regulado por el Código Fiscal de la Federación (CFF). Los plazos comienzan a correr desde el día siguiente a la notificación del adeudo, según establece la propia norma. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> puede <b>embargar casas, vehículos y cuentas bancarias</b> de quienes acumulen créditos fiscales firmes y no los paguen ni los garanticen dentro del plazo que marca la ley.</p><p>El mecanismo opera sin necesidad de una orden judicial previa y está regulado por el <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>. Los plazos comienzan a correr desde el día siguiente a la notificación del adeudo, según establece la propia norma.</p><h2>Motivos que activan un embargo del SAT</h2><p>La autoridad fiscal no actúa de forma arbitraria. Para iniciar cualquier procedimiento de cobro forzoso debe existir una causa documentada, entre las que figuran:</p><ul><li>Deuda fiscal vencida sin pago ni garantía suficiente.</li><li>Omisión reiterada de declaraciones mensuales o anuales.</li><li>Discrepancia fiscal no aclarada entre ingresos declarados y movimientos bancarios.</li><li>Contribuyente catalogado como “no localizado” en su domicilio fiscal.</li><li>Operaciones con empresas dedicadas a la expedición de comprobantes fiscales falsos (EFOS).</li></ul><p>Cuando un contribuyente recibe la notificación de un crédito fiscal, cuenta con <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2022/06/18/sat-estos-son-los-motivos-por-los-que-pueden-embargar-sus-bienes/" rel="noopener noreferrer"><b>30 días hábiles</b></a> para pagarlo o garantizarlo. Si ese plazo se vence sin ninguna acción, el SAT puede iniciar el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), que habilita el embargo de cuentas bancarias, vehículos y hasta inmuebles hasta cubrir el monto total del adeudo actualizado.</p><p>El artículo 91 de la <b>Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)</b> regula el segundo mecanismo: la discrepancia fiscal. Esta se activa cuando los gastos, adquisiciones de bienes, depósitos bancarios, inversiones o cargos en tarjetas de crédito de una persona física superan los ingresos que declaró ante el <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC)</b>. Ante esa discrepancia, el SAT notifica al afectado mediante el Buzón Tributario y le otorga 20 días hábiles para aclarar por escrito el origen de los recursos.</p><p>El artículo 55 de la misma ley obliga a los bancos a reportar al fisco los depósitos en efectivo que superen los <b>$15,000 pesos</b> dentro de un mismo mes en una sola entidad. Instituciones como <b>BBVA</b>, <b>Banamex</b> y <b>Santander</b> deben entregar ese informe a más tardar el día 17 de cada mes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ABGFCKQDLVHUBJWK5GHLMZDGPA.jpg?auth=f9d1e490079627d83e92fc9d1771ddbb00dca69fe8402598391b281f29fad861&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Cuando un contribuyente recibe la notificación de un crédito fiscal, cuenta con 30 días hábiles para pagarlo o garantizarlo." height="1080" width="1920"/><h2>Procedimiento Administrativo de Ejecución paso a paso</h2><p>El PAE sigue una secuencia de pasos establecida en el artículo 145 y siguientes del CFF:</p><p>1. Vencido el plazo de 30 días hábiles sin pago ni garantía, el SAT emite un mandamiento de ejecución.</p><p>2. Un ejecutor designado acude al domicilio fiscal del contribuyente o al lugar donde se encuentren sus bienes.</p><p>3. El ejecutor requiere comprobante de pago en ese momento. Si el contribuyente no acredita el pago, se levanta un acta de embargo de forma inmediata.</p><p>4. Si no se localiza a la persona, el ejecutor deja citatorio para el día hábil siguiente. Si tampoco es hallada, la diligencia se entiende con quien se encuentre en el lugar.</p><p>El CFF establece además un orden de prelación para determinar qué bienes se embargan primero: dinero en efectivo, metales preciosos y depósitos bancarios; acciones, bonos y créditos de fácil cobro; bienes muebles como vehículos y maquinaria; y, al final, bienes inmuebles, incluida la vivienda.</p><p>Una vez embargado un bien, peritos determinan su valor comercial mediante avalúo. El SAT publica después una convocatoria de remate al menos <b>10 días</b> antes de la subasta, con un precio mínimo equivalente a dos terceras partes de ese avalúo.</p><p>Si el monto obtenido en el remate cubre la totalidad del adeudo, el procedimiento se cierra. Cuando resulta insuficiente, el SAT emite un nuevo requerimiento, amplía el embargo y puede retener más bienes hasta cubrir el crédito fiscal por completo.</p><h2>Embargo de cuentas bancarias sin previo aviso</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/M4BJ52ATXBD4LIPMMOGGPJNGFA.jpg?auth=8323f51df42ad66beaea5d48bb8966c58b7be2b94924a5fd2a8dad7f1cf4338c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La ley contempla dos supuestos para esta medida. El primero ocurre cuando el crédito fiscal ya es firme: una deuda determinada, notificada y no impugnada en tiempo, o que agotó todos los medios de defensa disponibles. Infobae/Jesús Aviles" height="1080" width="1920"/><p>El artículo 156-Bis del CFF faculta al SAT para ordenar la inmovilización de depósitos bancarios en cualquier tipo de cuenta, en moneda nacional o extranjera, sin notificar antes al titular. El oficio se dirige directamente al banco o a la <b>Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)</b>.</p><p>La institución financiera tiene hasta <b>tres días</b> hábiles para ejecutar el bloqueo. Solo después, en un plazo máximo de otros tres días, el SAT notifica al titular mediante el buzón tributario, estrados o edictos.</p><p>La ley contempla dos supuestos para esta medida. El primero ocurre cuando el crédito fiscal ya es firme: una deuda determinada, notificada y no impugnada en tiempo, o que agotó todos los medios de defensa disponibles.</p><p>El segundo aplica cuando el crédito está impugnado pero no garantizado, y se cumple al menos una de estas condiciones: el contribuyente no es localizable en su domicilio fiscal, la garantía ofrecida es insuficiente, no se amplió la garantía cuando la autoridad lo requirió, o los bienes embargados previamente no alcanzan a cubrir el interés fiscal.</p><p>Son susceptibles de embargo las cuentas de cheques, ahorro, nómina e inversiones registradas a nombre del contribuyente en entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. El CFF reconoce, además, el derecho del contribuyente a designar los bienes a embargar, siempre que respete el orden legal de prelación.</p><h2>Cambio normativo desde la Ley de Ingresos de la Federación 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OVHGBIUFNJBK7I3XDIZIBHU6RE.png?auth=36df5a47551a10a3ebf2e5ec8bff6cfd9f11df0538927e5a42c02285738d8c49&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Ahora, quien presente el recurso debe constituir una garantía del interés fiscal en un plazo de seis meses, o en 10 días hábiles si la resolución llega antes de ese término. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Hasta 2025, interponer un recurso de revocación eximía al contribuyente de garantizar el crédito fiscal mientras se tramitaba la impugnación. Esa facilidad desapareció con la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes" rel="noopener noreferrer">Ley de Ingresos de la Federación 2026</a>.</p><p>Ahora, quien presente el recurso debe constituir una garantía del interés fiscal en un plazo de <b>seis meses</b>, o en 10 días hábiles si la resolución llega antes de ese término.</p><h2>Bienes y recursos que el SAT no puede embargar</h2><p>El artículo 157 del CFF establece un listado de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/04/10/si-tienes-estas-cuentas-de-banco-el-sat-no-puede-embargarlas-aunque-tengas-adeudos-fiscales/" rel="noopener noreferrer">bienes inembargables</a>, entre los que figuran las cuentas individuales de ahorro para el retiro (<b>AFORE</b>), incluidas las aportaciones voluntarias, así como sueldos, salarios y pensiones de cualquier tipo.</p><p>También quedan protegidos los recursos vinculados a programas sociales del gobierno federal, el lecho cotidiano y los vestidos del deudor y su familia, los muebles de uso indispensable del hogar que no sean de lujo, y los libros, instrumentos y mobiliario necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor.</p><p>En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado más sus accesorios legales, sea que la medida recaiga sobre una sola cuenta o sobre varias.</p><h2>Opciones para el contribuyente ante un embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC23QBR2RDAFF2AY6UJEL37NU.png?auth=f3065f08a7d8c9f3852ed487b172c2a2d92becef792051c0ffcb5677a4f9acb5&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El artículo 141 del CFF reconoce como garantías válidas el billete de depósito, la carta de crédito, la prenda o hipoteca, la fianza y la obligación solidaria de un tercero.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La vía más directa para detener el procedimiento es pagar el adeudo dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación. Una alternativa es garantizar la deuda, lo que suspende el PAE mientras el contribuyente negocia, aclara o impugna el crédito.</p><p>El artículo 141 del CFF reconoce como garantías válidas el billete de depósito, la carta de crédito, la prenda o hipoteca, la fianza y la obligación solidaria de un tercero. Si ya se ejecutó el bloqueo de una cuenta, el titular puede ofrecer una garantía sustituta para liberar los fondos; la autoridad tiene un plazo máximo de cinco días para resolver, y si no lo hace, el banco debe levantar la inmovilización.</p><p>Quienes consideren indebida la determinación del SAT pueden interponer un recurso de revocación ante la propia autoridad, con un plazo de 30 días hábiles desde que surte efectos la notificación. También está disponible el juicio de nulidad ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>, con un plazo de 30 a 45 días hábiles, o el juicio de amparo cuando se alegan violaciones a derechos constitucionales.</p><p>Una tercera vía es acudir a la <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b>, que puede actuar como intermediaria cuando detecta irregularidades en el procedimiento fiscal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CDZONJFQLVBPTO5GDO3RP4C24Q.png?auth=69e9a6e9de1678e61ca6a7b446bfd41d509d03ccce1713ba033335015df8b874&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre lee un documento impreso con un sello de aviso de embargo mientras varios trabajadores cargan sus pertenencias en un camión y se llevan su automóvil. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[En medio del escándalo del huachicol fiscal, SAT castiga a 2 mil 205 empresas que vendían combustible ilegalmente]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/02/en-medio-del-escandalo-del-huachicol-fiscal-sat-castiga-a-2-mil-205-empresas-que-vendian-combustible-ilegalmente/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/02/en-medio-del-escandalo-del-huachicol-fiscal-sat-castiga-a-2-mil-205-empresas-que-vendian-combustible-ilegalmente/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[El organismo comparte la información por orden de Claudia Sheinbaum]]></description><pubDate>Wed, 02 Sep 2026 23:57:25 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RO7N2HUDZFEOFAXXPAJBX2FSLY.JPG?auth=4a7f419adb15a7f5783e69af8e423b6379973752ab6e50feee4a3dc90d744651&smart=true&width=5828&height=3885" alt="La medida del SAT apuntó a empresas comercializadoras que vendían combustible de manera ilegal. REUTERS/Raquel Cunha" height="3885" width="5828"/><p>En atención a la instrucción de la presidenta <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/02/sheinbaum-pide-que-fgr-explique-red-de-huachicol-fiscal-que-menciona-a-andy-lopez-y-adan-augusto-no-hay-nada-que-esconder/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/09/02/sheinbaum-pide-que-fgr-explique-red-de-huachicol-fiscal-que-menciona-a-andy-lopez-y-adan-augusto-no-hay-nada-que-esconder/"><b>Claudia</b> <b>Sheinbaum</b> <b>Pardo</b></a>, el <b>SAT</b> informó que de <b>octubre </b>de <b>2024</b> a<b> agosto </b>de <b>2026</b> canceló la <b>posibilidad </b>de emitir <b>facturas </b>a <b>2 mil 205</b> <b>empresas </b>comercializadoras que <b>vendían combustible </b>de manera ilegal, de acuerdo con un comunicado difundido este <b>2 de septiembre</b>.</p><p>Según el <b>SAT</b>, la medida forma parte de sus <b>acciones </b>para combatir la <b>evasión</b> y <b>elusión fiscal</b>, además del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/carteles-buques-y-funcionarios-corruptos-asi-se-construyo-el-mayor-fraude-fiscal-de-combustibles-en-la-historia-de-mexico/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/carteles-buques-y-funcionarios-corruptos-asi-se-construyo-el-mayor-fraude-fiscal-de-combustibles-en-la-historia-de-mexico/"><b>contrabando</b></a>.</p><h2>Sheinbaum pide a la FGR detallar cómo operaba la red de huachicol fiscal</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/G75ZZDW4JBFQLLCYFMFYC5XF2U.jpg?auth=ad86d112a70bfc3aa4179965fc4ac5aa1ec72ebc63f3268aea80a87ed4fbdb4c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La mandataria solicitó que el Ministerio Público federal aclare el modo en que se detectó el contrabando de combustible y lo que pueda hacerse público del expediente en curso. (Presidencia )" height="1080" width="1920"/><p>La presidenta <b>Claudia Sheinbaum</b> pidió que la <b>FGR</b> <b>explique </b>cómo se descubrió y cómo operaba la <b>red </b>de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/farias-laguna-y-la-cupula-del-huachicol-la-red-de-contrabando-que-termino-en-el-altiplano/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/farias-laguna-y-la-cupula-del-huachicol-la-red-de-contrabando-que-termino-en-el-altiplano/"><b>huachicol fiscal</b></a> ligada al <b>contrabando </b>de <b>combustible</b>, un caso en el que se implica a <b>Fernando Farías Laguna</b>, excontralmirante de la <b>Semar</b>.</p><p>Durante su <b>conferencia </b>de este 2 de septiembre, la <b>mandataria </b>sostuvo que <i>“no hay </i><i><b>nada </b></i><i>que </i><i><b>esconder</b></i><i>” </i>y planteó que la <b>Fiscalía </b>informe<i> “hasta donde </i><i><b>puedan </b></i><i>en su </i><i><b>proceso </b></i><i>judicial”</i> los detalles del expediente.</p><p>El señalamiento cobra relevancia luego de que, según la presidenta, en una audiencia de <b>Farías Laguna</b> surgieron los nombres de <b>Andrés López Beltrán</b> y del senador <b>Adán Augusto López</b> como parte de <b>testimonios </b>de un testigo.</p><p><i>“Que la </i><i><b>Fiscalía </b></i><i>explique todo con todo </i><i><b>detalle </b></i><i>y, obviamente, hay temas que son parte del </i><i><b>proceso</b></i><i>, pero que se </i><i><b>explique </b></i><i>claramente cómo estas </i><i><b>personas </b></i><i>desarrollaron una </i><i><b>red </b></i><i>muy amplia de </i><i><b>contrabando </b></i><i>de </i><i><b>combustible</b></i><i>”</i>, declaró.</p><h2>Primeras denuncias del caso parten del exsecretario de Marina, Rafael Ojeda</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TCPTRCZJ6JEZNJ5OLHGXK7AAGA.jpg?auth=2beb2d2e5ca402b551a9022edb4b9362a5306a57c68abefc3b8b7200f191cc39&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La presidenta afirmó que el almirante entregó información a la Fiscalía, lo que detonó indagatorias por el contrabando de hidrocarburos y derivó en acciones iniciales. FOTO: GALO CAÑAS/CUARTOSCURO.COM" height="1080" width="1920"/><p><b>Sheinbaum </b>afirmó que la <b>investigación</b>, que las autoridades destaparon en <b>marzo de 2025</b>, está a cargo de la <b>FGR </b>y que se puede dar <b>información </b>para aclarar el <b>avance </b>del caso. <i>“Es muy importante que se </i><i><b>conozca </b></i><i>para que se vea que no hay </i><i><b>nada </b></i><i>que </i><i><b>esconder</b></i><i>, absolutamente nada”</i>, dijo.</p><p>La presidenta detalló que las primeras denuncias partieron del exsecretario de Marina, <b>Rafael Ojeda</b>, quien presentó <b>información </b>ante la <b>Fiscalía</b>. Agregó que las <b>detenciones </b>iniciales se realizaron bajo la dirección del fiscal <b>Alejandro Gertz Manero</b> y que después continuaron con la actual titular, <b>Ernestina Godoy</b>, quien da <b>seguimiento </b>a las carpetas de <b>investigación</b>.</p><p><b>Sheinbaum </b>también señaló que solicitó a la <b>FGR exponer </b>públicamente cómo se integró la <b>red</b>, quiénes <b>participaron </b>y qué <b>mecanismos </b>permitieron frenar el <b>contrabando </b>de combustible, un tema que, aseguró, impacta la venta de <b>gasolina legal</b>. Sobre las <b>menciones </b>a figuras <b>políticas</b>, insistió en que la <b>explicación </b>debe provenir de la <b>autoridad </b>ministerial: <i>“No es nada más que </i><i><b>alguien</b></i><i> </i><i><b>diga </b></i><i>o que un </i><i><b>periódico </b></i><i>diga o que una </i><i><b>revista </b></i><i>diga”</i>.</p><h2>Huachicol fiscal introdujo 935 millones de barriles sin impuestos desde 2019, según un análisis</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KZC6JYVECVB2BIRIGJCMAWETDQ.png?auth=247194f0763cd947ab001f8e1aa17252d24fd09e1392e74cfa2098f1c42a1293&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El cálculo de Francisco José Barnés de Castro estima un quebranto de más de 730 mil millones de pesos hasta mediados de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>huachicol</b> <b>fiscal</b> de <b>combustibles</b> sumó desde <b>2019 </b>hasta mediados de 2026 cerca de <b>935 millones</b> de <b>barriles </b>de gasolina y diésel <b>introducidos </b>a México <b>sin pagar impuestos</b>, con un quebranto superior a <b>730 mil millones de pesos</b>; el esquema, según explicó Francisco José Barnés de Castro en entrevista con <i>Aristegui Noticias</i>, evolucionó del <b>contrabando </b>fronterizo a <b>redes marítimas </b>y <b>ferroviarias </b>con participación <b>criminal </b>y <b>corrupción </b>oficial.</p><p>Información del <b>analista </b>ubicó la detonación del fenómeno en <b>2019</b>, cuando el <b>cierre </b>y resguardo de ductos de <b>Pemex</b> obligó a los <b>cárteles </b>a mover su <b>negocio </b>del <b>robo </b>de <b>infraestructura </b>al <b>contrabando </b>masivo por <b>puertos </b>y aduanas. El efecto, de acuerdo con ese análisis, no solo pegó a la <b>Hacienda </b>pública: también desplazó a la <b>petrolera </b>del mercado por el volumen de <b>combustible ilegal </b>que circula con apariencia <b>legal</b>.</p><p>El mecanismo central se repite en los casos documentados: las <b>organizaciones importan gasolina </b>o diésel, pero los declaran ante aduanas como <b>aceites</b>, lubricantes u otros <b>derivados </b>con <b>carga </b>tributaria <b>menor </b>o nula. Así evaden el <b>Impuesto </b>Especial sobre Producción y Servicios.</p><h2>El cambio de 2019 movió el negocio de los ductos a puertos y aduanas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5FHSUUUTGVFSVILMUJPPUN5JQE.jpg?auth=d7905fde4f6e3cd53e920aad4574e44e688101d6b89b84a65b8b0f8e11f95c7f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El resguardo con fuerzas armadas obligó a los grupos a sustituir el robo a infraestructura por importaciones masivas. REUTERS/Daniel Becerril (Reuters)" height="1080" width="1920"/><p>Los antecedentes del <b>contrabando </b>de <b>combustibles </b>en México se remontan a las décadas de los <b>70 </b>y <b>80</b>, cuando la diferencia de <b>precios </b>entre Estados Unidos y México impulsó el <b>ingreso hormiga </b>de gasolina y diésel por la frontera norte. Con la entrada en vigor del <b>TLCAN</b>, diarios nacionales comenzaron a registrar la llegada de <i>“</i><i><b>gasolina pirata</b></i><i>”</i> mediante <b>facturas </b>falsas y <b>triangulaciones </b>en aduanas.</p><p>En ese periodo, <b>bandas </b>criminales y <b>empresarios </b>aduanales corrompidos registraban <b>camiones cisterna </b>como si transportaran otros <b>productos químicos </b>con <b>menor </b>carga <b>impositiva</b>. En 2001, <i>La Opinión</i> publicó uno de los primeros <b>reportajes </b>formales sobre el tema, <i>“Los chupaductos”</i>, centrado en <b>bandas </b>dedicadas al <b>robo </b>y comercialización ilegal de gasolina en el norte del país.</p><p>La periodista <b>Ana Lilia Pérez</b> fue una de las primeras voces en documentar que el <b>problema </b>no era solo <b>fronterizo</b>. Sus reportajes expusieron redes de <b>complicidad </b>dentro de <b>Pemex </b>y del propio gobierno federal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AIJXC6O6LNHKRHONWRMANGXLIY.jpeg?auth=f69df85e07a78046f4f6002959938ac3d24b712a1f58a11f78fe9f4980a3af92&smart=true&width=1536&height=806" alt="El esquema consiste en importar combustibles y registrarlos ante aduanas como lubricantes, aditivos o residuos petroquímicos para eludir el pago de impuestos. Crédito: FGR" height="806" width="1536"/><p>Del 2011 al 2018, el <b>crimen </b>organizado concentró <b>ganancias </b>en la <b>perforación </b>de <b>ductos </b>de Pemex en el centro del país. Barnés de Castro sostuvo que esa etapa financió las <b>operaciones </b>de mayor <b>escala </b>que vendrían <b>después</b>.</p><p>En <b>2019</b>, el resguardo de <b>ductos </b>con <b>fuerzas armadas </b>obligó a los grupos delictivos a <b>rediseñar </b>su <b>modelo</b>. Entonces dirigieron su <b>infraestructura </b>al <b>contrabando </b>masivo por puertos y aduanas, en colusión con <b>funcionarios </b>del <b>Ejército </b>y la <b>Marina</b>.</p><p>La plataforma <i>Código Magenta</i> comenzó a <b>documentar </b>a mediados del sexenio anterior el <b>desembarco </b>de <b>combustible ilegal </b>en muelles del país. El medio difundió imágenes de filas de <b>pipas </b>formadas para <b>descargar buques</b>, sin que el gobierno de ese momento reconociera el problema.</p><h2>Buque Challenge Procyon expuso una red con marinos, armas y pedimentos falsos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/R3DL4XRIUVDFDKVVOX5VCDKGKA.png?auth=8c12f2db61de956ae4a63c3dbb24f47c95b837e38493cc5ca8b8559e7139c036&smart=true&width=650&height=488" alt="Las autoridades decomisaron entre 8 y 10 millones de litros a bordo y vincularon a la importadora Intanza como fachada del CJNG. (Crédito: Defensa)" height="488" width="650"/><p>El 6 de marzo de 2025, medios locales como <i>Milenio Diario</i> informaron sobre <b>filas inusuales </b>de <b>camiones </b>cisterna afuera del puerto de Tampico/Altamira. El 19 de ese mes, tras una <b>denuncia </b>anónima, la <b>FGR</b> y <b>Semar</b> aseguraron el buque <b>Challenge Procyon</b> en la aduana de Altamira, <b>Tamaulipas</b>.</p><p>Las autoridades decomisaron entre <b>8 y 10 millones de litros</b> de <b>diésel </b>y <b>armas </b>de alto calibre a bordo. La empresa importadora Intanza, identificada por la <b>FGR </b>como fachada del <b>CJNG</b>, <b>falsificaba pedimentos </b>y declaraba el diésel como<i> “aditivos para </i><i><b>aceites </b></i><i>lubricantes”</i> o <i>“</i><i><b>residuos </b></i><i>petroquímicos”</i>.</p><p>Una investigación de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad y <i>Aristegui Noticias</i>, publicada el 9 de enero de 2026, reveló que el <b>buque </b>transportaba en realidad <b>20.9 millones de litros</b>, el doble de lo <b>anunciado </b>oficialmente. A partir de esa diferencia surgió en redes la discusión sobre los <b>10 millones </b>de litros <b>faltantes </b>en el registro gubernamental.</p><p>En septiembre de 2025 fueron <b>detenidas</b> <b>14 personas </b>ligadas al <b>buque</b>, entre ellas nueve <b>integrantes </b>activos de la <b>Marina</b>. <i>N+ Focus</i> reveló entre el 24 y 25 de ese mes que el Challenge Procyon descargaba <b>armamento militar </b>por las noches con destino al <b>CJNG</b>.</p><p>El 20 y 21 de agosto de 2026, el <b>gobierno </b>mexicano <b>concretó </b>desde Argentina la <b>extradición </b>del excontralmirante <b>Fernando Farías Laguna</b>, a quien la <b>FGR </b>identificó como <b>líder </b>de la <b>estructura </b>criminal. La fiscal general Ernestina Godoy indicó que la red operó en <b>Tamaulipas</b>, <b>Baja California</b>, <b>Colima</b>, <b>Sonora </b>y <b>Ciudad de México</b>, con participación de al menos <b>12 exservidores </b>públicos.</p><h2>El esquema también apareció en Ensenada, Houston y Coahuila</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DQGHRLYQHBAGLEPBIRYQ6QD7JQ.png?auth=f33ccea495a7cfb89f50904733fec0b604233532946187b6561a9062309d229a&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El 7 de julio de 2025, vagones aparentemente abandonados en vías de Coahuila; en el interior se localizó combustible sin respaldo legal.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Otro caso citado por Barnés de Castro ocurrió el 8 de marzo de <b>2025</b>, cuando el <b>buque </b>tanque <b>Torm Agnes</b> llegó al puerto de <b>Ensenada </b>con millones de litros de <b>diésel </b>declarados falsamente como<i> “</i><i><b>aditivos </b></i><i>químicos”</i>. La <b>embarcación </b>fue fletada por la empresa estadounidense <b>Ikon Midstream</b> para <b>trasladar </b>producto comprado en <b>Canadá </b>e introducirlo de forma clandestina al país.</p><p>La <b>evasión </b>estimada en ese solo viaje fue de <b>7 millones de dólares</b>. Después, el 14 de <b>abril </b>de 2026, agentes del <b>Departamento </b>de <b>Seguridad Nacional </b>de Estados Unidos <b>allanaron </b>las <b>oficinas </b>centrales de Ikon Midstream en Houston, Texas, y decomisaron <b>computadoras </b>y <b>archivos </b>de transacciones con empresas fachada de los cárteles.</p><p>El <b>tercer caso </b>documentado por el analista es el hallazgo del 7 de julio de 2025 de <b>33 ferrotanques </b>aparentemente <b>abandonados </b>en las vías de Ramos Arizpe, Coahuila. Dentro ocultaban <b>3.96 millones de litros</b> de <b>diésel </b>sin documentación legal.</p><p>Ana Lilia Pérez resumió el fenómeno en una mesa de análisis para <b>IMER Noticias</b>: <i>“El </i><i><b>contrabando </b></i><i>de combustible, que genéricamente se denomina </i><i><b>huachicol fiscal </b></i><i>porque le están huachicoleando al fisco lo que tendrían que </i><i><b>pagar </b></i><i>y no pagan, no solo representa un </i><i><b>fraude </b></i><i>a la </i><i><b>Hacienda </b></i><i>Pública, sino que es un tema de </i><i><b>delincuencia organizada</b></i><i>”</i>.</p><p>La periodista añadió que la <b>reforma </b>energética de 2013 abrió la puerta al <b>crecimiento </b>del <b>contrabando </b>al otorgar <b>mil 377</b> <b>permisos </b>de importación de <b>combustibles</b>, de los cuales solo <b>14 </b>correspondieron a <b>Pemex</b>. <i>“Muchas de esas </i><i><b>empresas </b></i><i>no tenían </i><i><b>infraestructura </b></i><i>real, eran empresas de </i><i><b>papel </b></i><i>o factureras”</i>, afirmó.</p><p>Sobre la vinculación a proceso del ex mandatario de Baja California, <b>Ernesto Ruffo Appel</b>, Pérez dijo en entrevista con <i>Astillero Informa</i>: <i>“El señor fue </i><i><b>gobernador </b></i><i>de Baja California, pero es un </i><i><b>contrabandista </b></i><i>de combustible”</i>. En ese mismo espacio rechazó que la <b>detención </b>tuviera un trasfondo <b>político </b>y sostuvo que el <b>componente partidista </b>suele usarse <i>“como una </i><i><b>artimaña </b></i><i>para </i><i><b>evadir </b></i><i>la </i><i><b>ley</b></i><i>”</i>.</p><p>La periodista también subrayó el carácter <b>transnacional </b>del <b>negocio </b>en la mesa de IMER Noticias. <i>“Sería muy </i><i><b>interesante </b></i><i>ver cómo este caso se vierte en un efectivo factor de </i><i><b>colaboración </b></i><i>entre </i><i><b>autoridades </b></i><i>de los dos </i><i><b>países </b></i><i>con una cosa que es </i><i><b>transnacional</b></i><i>”</i>, señaló, y advirtió que las <b>investigaciones </b>deben <b>avanzar </b><i>“no importa si alguien es </i><i><b>militante </b></i><i>de tal o cual </i><i><b>partido</b></i><i>”</i>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/RO7N2HUDZFEOFAXXPAJBX2FSLY.JPG?auth=4a7f419adb15a7f5783e69af8e423b6379973752ab6e50feee4a3dc90d744651&amp;smart=true&amp;width=5828&amp;height=3885" type="image/jpeg" height="3885" width="5828"><media:description type="plain"><![CDATA[La medida del SAT apuntó a empresas comercializadoras que vendían combustible de manera ilegal. REUTERS/Raquel Cunha]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Reuters</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Los pagos que deberás hacer al SAT en septiembre si no quieres sufrir multas o embargos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/09/01/los-pagos-que-deberas-hacer-al-sat-en-septiembre-si-no-quieres-sufrir-multas-o-embargos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/09/01/los-pagos-que-deberas-hacer-al-sat-en-septiembre-si-no-quieres-sufrir-multas-o-embargos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Millones de contribuyentes tendrán solo un día hábil antes del vencimiento de septiembre, así que preparar facturas, conciliaciones y pólizas con anticipación puede evitar contratiempos en el portal]]></description><pubDate>Tue, 01 Sep 2026 19:34:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LOABK4WSE5BQJCHV4JNSCF5YZE.png?auth=fcde9721151b820d2633f89c4b843605283696019b4896c4b24becbb7358cf1d&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El 17 de septiembre es la fecha límite para presentar declaraciones y realizar los pagos correspondientes al mes de agosto,según lo establece el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/"><b>El SAT</b></a><b> </b>fija el 17 de septiembre como fecha límite para<b> ocho obligaciones fiscales</b> en un mes marcado por el feriado del Día de la Independencia, que complica los tiempos para millones de contribuyentes en México.</p><p>El <b>17 de septiembre </b>es la fecha límite para presentar declaraciones y realizar los pagos correspondientes al mes de agosto,<b>según lo establece el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>, que fija el día 17 de cada mes como plazo general para los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR) y los pagos definitivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA). </p><p>La medida abarca tanto a personas físicas como a personas morales inscritas en distintos regímenes tributarios, y su incumplimiento puede derivar en multas, recargos y hasta <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes" rel="noopener noreferrer">el bloqueo de cuentas bancarias</a> a futuro.</p><h2>Qué se debe pagar antes del 17 de septiembre</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/C77TJFKUIBHRDN3G35HDPUYH24.png?auth=7b76851f44d43aeb5ca5f9af5d2800a3d61be9fb8649c2b14012d411b38f9783&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Las personas físicas con actividades empresariales y profesionales también deben declarar el IVA mensual y realizar sus pagos provisionales o definitivos del Impuesto sobre la Renta (ISR) (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Los contribuyentes inscritos en el <b>Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)</b> encabezan la lista de obligados. Deben presentar su cálculo mensual de ISR sobre los ingresos efectivamente cobrados en agosto, con tasas que van del 1% al 2.5%, además del entero de retenciones del <b>Impuesto al Valor Agregado (IVA)</b> y las retenciones por salarios y asimilados a salarios.</p><p>Las personas físicas con actividades empresariales y profesionales también deben declarar el IVA mensual y realizar sus pagos provisionales o definitivos del <b>Impuesto sobre la Renta (ISR)</b>. Las empresas bajo el Régimen General de Ley, por su parte, están obligadas a presentar retenciones de IVA e ISR por salarios, garantizando que la información coincida con sus registros contables.</p><p>El <b>Régimen de los Coordinados</b> y los contribuyentes que comercializan productos sujetos al <b>Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)</b> también tienen hasta esa fecha para presentar sus declaraciones mensuales y definitivas, respectivamente.</p><h2>El feriado del 16 de septiembre complica los tiempos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UQCVI6KNKFBQHHUBLHWAI46HJI.jpg?auth=d1e00f0a27ee08bd61f20405528e4b1638faab28313e30b8e8fcae777d072196&smart=true&width=8000&height=5333" alt="La saturación del portal del SAT es habitual en las fechas de cierre. Por eso, el organismo recomienda no esperar al último día y verificar con anticipación que la e.firma y la contraseña estén vigentes (Foto AP/Eduardo Verdugo, Archivo)" height="5333" width="8000"/><p>La cercanía con el Día de la Independencia —descanso obligatorio el 16 de septiembre, un martes— deja apenas un día hábil de margen antes del vencimiento. Eso significa que los contribuyentes deben tener listas sus conciliaciones bancarias, pólizas contables y facturación antes de esa semana.</p><p>La saturación del portal del SAT es habitual en las fechas de cierre. Por eso, el organismo recomienda no esperar al último día y verificar con anticipación que la e.firma y la contraseña estén vigentes, ya que credenciales vencidas retrasan todo el procedimiento.</p><h2>Plazos escalonados para algunos contribuyentes</h2><p>Ciertos contribuyentes pueden acogerse a días adicionales según el sexto dígito de su Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Los dígitos 1 y 2 extienden el plazo hasta el viernes 18; los dígitos 3 y 4, hasta el lunes 21; los dígitos 5 y 6, hasta el martes 22; los dígitos 7 y 8, hasta el miércoles 23; y los dígitos 9 y 0, hasta el jueves 24 de septiembre.</p><p>Este beneficio <b>no aplica</b> para grandes contribuyentes, personas morales consolidadas ni para los inscritos en el RESICO, quienes deben ceñirse estrictamente al 17 de septiembre.</p><h2>Dos fechas más que vencen en septiembre</h2><p>El 30 de septiembre es la otra fecha de atención obligatoria para este mes. Ese día vence la <b>Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)</b>, que corresponde a personas morales y físicas sujetas al IVA.</p><p>En esa misma fecha cierra también el plazo para enviar la balanza de comprobación mensual de la contabilidad electrónica, correspondiente a las operaciones de julio, conforme al desfase reglamentario de dos meses que establece el marco fiscal.</p><h2>Qué pasa si no se cumple</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/R5F6XI3HXFCKVBHCYFEO2UAUDM.png?auth=7462ac2be148a391ac4682e7f57ba77cca24de761ad817020849f51d88b06307&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El bloqueo se mantiene hasta que el contribuyente regularice su situación, ya sea pagando el adeudo o presentando garantías aceptadas por la autoridad. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El SAT tiene la facultad de bloquear cuentas bancarias en cualquier institución que opere en México —incluyendo BBVA, Banamex, Santander y Banco Azteca— sin necesidad de un juicio previo, siempre que el crédito fiscal sea firme y exigible, conforme al <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026" rel="noopener noreferrer"><b>artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación</b></a>.</p><p>El bloqueo se mantiene hasta que el contribuyente regularice su situación, ya sea pagando el adeudo o presentando garantías aceptadas por la autoridad. El monto inmovilizado incluye el adeudo principal más recargos, multas y gastos de ejecución.</p><p>Adicionalmente, los bancos reportan de forma automática al fisco los depósitos mensuales que superen <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision" rel="noopener noreferrer"><b>$15,000 pesos</b></a>, por lo que cualquier discrepancia entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios puede desencadenar una revisión o auditoría.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LOABK4WSE5BQJCHV4JNSCF5YZE.png?auth=fcde9721151b820d2633f89c4b843605283696019b4896c4b24becbb7358cf1d&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre sostiene una carta de notificación fiscal frente a su computadora tras recibir una sanción por el impago de sus impuestos. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT intensifica embargos en septiembre 2026: los cinco movimientos bancarios que activan una revisión]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/28/sat-intensifica-embargos-en-septiembre-2026-los-cinco-movimientos-bancarios-que-activan-una-revision/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El umbral aplica a ingresos en ventanilla o cajero y a la compra en efectivo de cheques de caja; quedan fuera transferencias por SPEI, traspasos entre cuentas y operaciones con títulos de crédito, incluso dentro del mismo banco]]></description><pubDate>Fri, 28 Aug 2026 18:23:28 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OVHGBIUFNJBK7I3XDIZIBHU6RE.png?auth=36df5a47551a10a3ebf2e5ec8bff6cfd9f11df0538927e5a42c02285738d8c49&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La obligación de reportar no recae en el cuentahabiente, sino en las instituciones financieras (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El Servicio de Administración Tributaria (SAT) intensifica en septiembre de 2026</b> su cruce de información con los bancos del país para detectar depósitos en efectivo que no coincidan con los ingresos declarados, en una estrategia que puede derivar en auditorías, requerimientos formales e incluso el embargo de cuentas. <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/">La obligación de reportar</a> no recae en el cuentahabiente, sino en las instituciones financieras. </p><p>Según el <b>artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)</b>, bancos como <b>BBVA, Banamex y Santander</b> deben entregar al fisco, a más tardar el día 17 de cada mes, un informe con los depósitos en efectivo acumulados que superen los <b>$15,000 pesos</b> dentro del mismo periodo en una misma entidad.</p><h2>Qué movimientos disparan el reporte automático al SAT</h2><p>El umbral de $15,000 pesos mensuales aplica exclusivamente a billetes y monedas depositados en ventanilla o cajero automático, así como a la compra en efectivo de cheques de caja. La norma fue reformada en el <b>Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021</b>.</p><p>Quedan fuera de ese esquema de reporte las transferencias electrónicas por <b>SPEI</b>, los traspasos entre cuentas y cualquier operación pactada mediante títulos de crédito, incluso si el movimiento ocurre dentro de la misma institución que recibe los recursos.</p><h2>La discrepancia fiscal, el detonador real de una auditoría</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KVCF2CNNC5EOPOVY7INOVHBU2U.png?auth=0419baaae52a533fa9ec55a231463c7174ea8ccefb8d65cf47b5f1e348350777&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT puede activar una revisión cuando detecta que los gastos, depósitos o compras con tarjeta de un contribuyente superan sus ingresos declarados ante el RFC. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Superar el umbral de $15,000 pesos no implica una citación automática. El <b>artículo 91 de la LISR</b> establece que el procedimiento de discrepancia fiscal se activa cuando las erogaciones de una persona física —gastos, adquisiciones de bienes, depósitos bancarios, inversiones financieras y cargos en tarjetas de crédito— superan los ingresos que declaró o debió declarar ante el <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC)</b>.</p><p>El SAT puede activar una revisión cuando detecta que los gastos, depósitos o compras con tarjeta de un contribuyente superan sus ingresos declarados ante el RFC. Ante esa discrepancia, la autoridad notifica al afectado a través del Buzón Tributario y le otorga <b>20 días hábiles</b> para aclarar por escrito el origen de los recursos y presentar las pruebas que considere pertinentes. Si la inconsistencia no se aclara, se presume ingreso gravado y se formula la liquidación correspondiente.</p><p>La norma también prevé excepciones. No entran al cálculo de discrepancia los depósitos que el contribuyente realice en cuentas ajenas cuando demuestre que correspondieron al pago por bienes o servicios, ni los traspasos entre sus propias cuentas o hacia cuentas de cónyuge, ascendientes o descendientes en línea recta de primer grado.</p><h2>Las cinco causales que pueden llevar al embargo de una cuenta</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K7NW35DIRNEGZA5BGQN3VT4PQY.jpg?auth=ea9ebe70d537436ccc7df63b6c2d85989db88bc45bf1974ab3221edfb3562d98&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Deuda fiscal vencida sin pago ni garantía: cuando un contribuyente acumula créditos fiscales firmes y no los liquida ni ofrece respaldo económico suficiente, el SAT solicita la inmovilización de sus cuentas hasta garantizar el cobro total. (Infobae México)" height="1080" width="1920"/><p>El fisco no puede congelar ni inmovilizar fondos de forma arbitraria o inmediata. Para ordenar un aseguramiento de depósitos, la ley exige un procedimiento administrativo previo y documentado. Las causales legales son:</p><p><b>Deuda fiscal vencida sin pago ni garantía:</b> cuando un contribuyente acumula <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes" rel="noopener noreferrer">créditos fiscales firmes</a> y no los liquida ni ofrece respaldo económico suficiente, el SAT solicita la inmovilización de sus cuentas hasta garantizar el cobro total.</p><p><b>Omisión reiterada de declaraciones:</b> dejar de presentar declaraciones mensuales o la declaración anual activa protocolos automáticos de revisión que pueden culminar en el bloqueo total de las cuentas asociadas.</p><p><b>Discrepancia fiscal no aclarada:</b> depósitos, transferencias o gastos que superen los ingresos declarados, sin respaldo documental, motivan la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026" rel="noopener noreferrer">inmovilización preventiva de los fondos</a> mientras se desarrolla la investigación formal.</p><p><b>Estar catalogado como </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/13/el-sat-puede-congelar-tu-cuenta-bancaria-estas-son-las-causas-mas-comunes" rel="noopener noreferrer"><b>“no localizado”</b></a><b>:</b> el contribuyente registrado con un domicilio fiscal donde la autoridad no puede ubicarlo queda expuesto a medidas de aseguramiento de sus activos bancarios.</p><p><b>Operaciones con empresas factureras (EFOS):</b> realizar transacciones con sociedades dedicadas a la expedición de comprobantes fiscales falsos es causal directa de congelamiento de cuentas.</p><p>La ley protege de forma expresa las cuentas de nómina, el pago de pensiones, los fondos de ahorro para el retiro (<b>AFORE</b>) y los apoyos de programas sociales, que no pueden ser objeto de embargo bajo ninguna de estas causales.</p><h2>Plazos de septiembre que el SAT fijó como inamovibles</h2><p>El organismo confirmó que el <b>17 de septiembre</b> es la fecha límite para cumplir con ocho trámites fiscales obligatorios, entre ellos las declaraciones mensuales del Régimen de Coordinados y la declaración definitiva del <b>Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)</b>.</p><p>Quienes no regularicen su situación antes de esa fecha se exponen a multas y a auditorías derivadas de inconsistencias entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios registrados. La autoridad advirtió que la saturación del portal es habitual en las fechas límite.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/OVHGBIUFNJBK7I3XDIZIBHU6RE.png?auth=36df5a47551a10a3ebf2e5ec8bff6cfd9f11df0538927e5a42c02285738d8c49&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[La obligación de reportar no recae en el cuentahabiente, sino en las instituciones financieras (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Gobierno ha recaudado más de 3 billones de pesos de enero a julio, declara el SAT]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/gobierno-ha-recaudado-mas-de-3-billones-de-pesos-de-enero-a-julio-declara-el-sat/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/27/gobierno-ha-recaudado-mas-de-3-billones-de-pesos-de-enero-a-julio-declara-el-sat/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[La dependencias detalla que el IVA dejó más de un tercio de esa cantidad]]></description><pubDate>Thu, 27 Aug 2026 22:46:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CW7TUZNV7BFJHPAVVKRU7GFULM.jpg?auth=5db1bb17d6c91d093928f1d70a4633b3dc62f352eac768c674ba749d11ab8d78&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los ingresos tributarios se ubicaron en 3 billones 407 mil 331 millones de pesos en los primeros siete meses de 2026, según el SAT. Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/sat-por-que-los-depositos-en-efectivo-arriba-de-15-mil-pesos-al-mes-se-notifican-automaticamente/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/sat-por-que-los-depositos-en-efectivo-arriba-de-15-mil-pesos-al-mes-se-notifican-automaticamente/"><b>SAT</b></a> informó que los <b>ingresos</b> del <b>Gobierno</b> <b>federal </b>sumaron <b>3 billones </b>830 mil 732 millones de pesos de enero a julio de <b>2026</b>, un <b>crecimiento </b>nominal de <b>117 mil</b> 65 millones de pesos frente al mismo <b>periodo </b>de 2025, de acuerdo con el organismo.</p><p>En esos siete meses, los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas/"><b>ingresos tributarios</b></a><b> </b>se ubicaron en <b>3 billones </b>407 mil 331 millones de <b>pesos</b>, con un <b>aumento </b>nominal de <b>128 mil </b>523 millones de pesos respecto a enero-julio del año previo, según el comunicado del <b>SAT</b>.</p><h2>IEPS deja más de 401 millones de pesos en los primeros siete meses del 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/52JH5IN2JNBOJDSQMFHAGUG4FI.jpg?auth=a0938f2437ecf4caba7339f18f04388cdd98ef08b69b6afb77bc6885999ae05b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La recaudación por IVA alcanzó 1 billón 41 mil 19 millones de pesos en enero-julio de 2026. 
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>Por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/impuestos-recaudados-por-cerveza-refrescos-y-cigarros-no-alcanzan-para-combatir-tabaquismo-y-alcoholismo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/impuestos-recaudados-por-cerveza-refrescos-y-cigarros-no-alcanzan-para-combatir-tabaquismo-y-alcoholismo/"><b>IEPS</b> </a>ingresaron <b>401 mil </b>712 <b>millones </b>de pesos, <b>22 mil</b> 628 millones de pesos <b>más </b>que en el mismo lapso de <b>2025</b>.</p><p>La recaudación por <b>IVA</b> alcanzó <b>1 billón 41 mil 19 millones de pesos</b>, un <b>crecimiento </b>de <b>129 mil</b> 667 <b>millones </b>de pesos a tasa nominal anual, y por <b>ISR</b> se reportaron <b>1 billón</b> 777 mil 785 millones de pesos.</p><p>El <b>SAT </b>añadió que el <b>cumplimiento </b>de las <b>obligaciones </b>fiscales de los <b>contribuyentes </b>fortalece la <b>recaudación</b>, la <b>economía</b> mexicana y el <b>bienestar </b>de la población.</p><p>En términos <b>presupuestales</b>, la <b>recaudación </b>tributaria forma parte central de los <b>recursos </b>del <b>Gobierno </b>Federal. Ese dinero se destina a <b>programas sociales </b>y pensiones; servicios de <b>salud </b>y compra de medicamentos; <b>educación </b>pública; <b>infraestructura </b>carretera, hidráulica y de transporte; <b>seguridad </b>pública, procuración de justicia y operación de dependencias federales; y <b>organismos públicos</b>.</p><h2>Registra el país en julio un récord de exportaciones e importaciones, informa el Inegi</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UOGJSD6FXJFH3I4HV4LOKCD5PA.JPG?auth=ab28a4ccf471dc714a6a50f67649a43fe23ad5f0dbc37c91eabeeda764573182&smart=true&width=800&height=533" alt="El intercambio con el exterior alcanzó 81,420 millones de dólares en ventas y 82 mil 268 millones de dólares en adquisiciones. REUTERS/Edgar Su/Foto de archivo" height="533" width="800"/><p><b>México</b> marcó en <b>julio</b> un <b>récord </b>de <b>exportaciones</b> e <b>importaciones</b>, con <b>ventas </b>al exterior por <b>81 mil 420 millones de dólares </b>y <b>compras </b>por <b>82 mil 268 millones de dólares</b>, un resultado que confirma el <b>repunte </b>del <b>comercio exterior </b>aunque ese mismo mes deja un <b>déficit </b>comercial por 847.5 millones de dólares, según las cifras oportunas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (<b>Inegi</b>).</p><p>El <b>avance </b>anual también alcanzó <b>máximos </b>en ambos flujos: las <b>exportaciones </b>crecieron <b>43.7%</b> frente a <b>julio </b>de <b>2025 </b>y las <b>importaciones </b>subieron <b>45%</b>. En el acumulado de enero a julio, el <b>saldo </b>se mantiene <b>positivo</b>, con un <b>superávit</b> de 9 mil 255 millones de dólares.</p><p>De acuerdo con el <b>Inegi</b>, el <b>dinamismo </b>de julio se concentró sobre todo en las <b>mercancías no petroleras</b> y en la <b>industria manufacturera</b>. Dentro de ese bloque, los equipos y <b>aparatos eléctricos </b>y electrónicos aparecen como uno de los <b>motores </b>del <b>repunte</b>.</p><h2>Manufacturas llevan las exportaciones mexicanas a su mayor nivel mensual</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OSLUTZVEVNELPBT67KASTWHLTA.jpg?auth=ba795ef7e0985765b12395c66811959d35d1f8e068335e071b69b78ae651c2de&smart=true&width=2100&height=1431" alt="Las exportaciones manufactureras impulsaron el máximo mensual, con 76 mil 306 millones de dólares en julio. EFE/ José Pazos
" height="1431" width="2100"/><p>Las <b>mercancías no petroleras</b> <b>aumentaron 45% </b>respecto de julio de 2025. En ese segmento, las ventas hacia <b>Estados Unidos</b> crecieron <b>49.8%</b>, mientras las dirigidas al resto del mundo avanzan<b> 21%</b>.</p><p>Las <b>exportaciones manufactureras </b>sumaron <b>76 mil 306 millones de</b> <b>dólares </b>y registraron un <b>incremento </b>anual de<b> 45.7%</b>. El dato confirmó que el mayor <b>empuje </b>del <b>comercio </b>exterior mexicano en julio provino de la <b>producción </b>industrial.</p><p>Dentro de las <b>manufacturas</b>, las <b>exportaciones no automotrices</b> alcanzaron <b>59 mil 841 millones </b>de dólares y suben <b>64.9%</b>. Las automotrices llegaron a<b> 16 mil 465 millones </b>de dólares, con un alza de 2.4%.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6JRKRMJTYRFD5AYUXLOX3GDSR4.png?auth=7df54900b8075d64c3d88e784df4c6306e8f718d1d892d8b8b06e13fcda8e666&smart=true&width=4320&height=2430" alt="El Inegi atribuyó el dinamismo de julio a las mercancías no petroleras y a la industria manufacturera, con impulso de equipos y aparatos eléctricos y electrónicos. (Archivo Infobae)" height="2430" width="4320"/><p>Ese desempeño automotriz se explica por <b>trayectorias </b>distintas según el <b>destino</b>. Los envíos a <b>Estados Unidos </b>aumentaron 3.7%, pero las <b>ventas </b>a otros mercados bajaron <b>3.9%</b>.</p><p>Entre los productos con mayores <b>incrementos </b>destacan los equipos y <b>aparatos eléctricos </b>y electrónicos, con un salto de <b>134%</b>. También subieron los productos de la <b>minerometalurgia</b>, con<b> 27.3%</b>; la <b>maquinaria </b>y equipo para industrias diversas, con <b>13.9%</b>; los <b>productos plásticos </b>y de caucho, con <b>13.3%</b>; y los productos <b>automotrices</b>, con <b>2.4%</b>.</p><p>Las <b>exportaciones extractivas </b>también mostraron un <b>repunte </b>de <b>87.1% anual</b>. En el caso de las <b>petroleras</b>, el valor exportado asciende a <b>1 mil 988 millones de dólares</b>, con un crecimiento de 6.8%.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CW7TUZNV7BFJHPAVVKRU7GFULM.jpg?auth=5db1bb17d6c91d093928f1d70a4633b3dc62f352eac768c674ba749d11ab8d78&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Los ingresos tributarios se ubicaron en 3 billones 407 mil 331 millones de pesos en los primeros siete meses de 2026, según el SAT. Credito: cuartoscuro]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT: por qué los depósitos en efectivo arriba de 15 mil pesos al mes se notifican automáticamente]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/sat-por-que-los-depositos-en-efectivo-arriba-de-15-mil-pesos-al-mes-se-notifican-automaticamente/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/26/sat-por-que-los-depositos-en-efectivo-arriba-de-15-mil-pesos-al-mes-se-notifican-automaticamente/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[La disposición se activa solo con entradas en moneda nacional o extranjera]]></description><pubDate>Wed, 26 Aug 2026 04:05:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2JIUL3N2HRFALC6KES6E6FODUU.jpg?auth=c1664f0c10317083cb1bca9d583874c6c7c84b9e45722b11eb7f9cd16051a038&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Ley del Impuesto sobre la Renta obliga a las instituciones del sistema financiero, y no al cuentahabiente, a entregar mensualmente la información de depósitos en efectivo arriba del umbral. 
Credito: Cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/"><b>SAT</b> </a>informó que los <b>depósitos</b> en <b>efectivo</b> que superen <b>15 mil pesos</b> al mes en una misma <b>institución </b>financiera se <b>notifican </b>de forma <b>automática </b>a la <b>autoridad </b>fiscal, una regla prevista en la <b>Ley </b>del <b>Impuesto </b>sobre la <b>Renta </b>que también puede detonar <b>revisiones </b>cuando el <b>dinero </b>que una persona gasta o deposita <b>rebasa </b>lo que <b>declaró </b>como ingreso.</p><p>La obligación no recae en el <b>cuentahabiente</b>, sino en las <b>instituciones </b>que integran el <b>sistema </b>financiero. La ley les ordena <b>entregar </b>mensualmente la <b>información </b>a más tardar el día <b>17 </b>del <b>mes </b>inmediato posterior cuando el monto acumulado de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/a-partir-de-que-monto-el-nuevo-requisito-obligatorio-de-los-bancos-para-poder-depositar-dinero-en-efectivo-a-partir-del-1-de-julio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/a-partir-de-que-monto-el-nuevo-requisito-obligatorio-de-los-bancos-para-poder-depositar-dinero-en-efectivo-a-partir-del-1-de-julio/"><b>depósitos </b></a>en efectivo exceda ese <b>umbral </b>en todas las <b>cuentas </b>de las que el contribuyente sea <b>titular </b>dentro de la misma <b>entidad</b>.</p><p>Todas las <b>adquisiciones </b>en <b>efectivo </b>de <b>cheques</b> de caja, de acuerdo con el <b>artículo 55 </b>de la Ley del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/29/mexico-podria-no-pagar-isr-esto-responde-sheinbaum-destaca-aumento-en-el-salario-minimo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/29/mexico-podria-no-pagar-isr-esto-responde-sheinbaum-destaca-aumento-en-el-salario-minimo/"><b>ISR</b></a>. La <b>disposición </b>vigente fue reformada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021.</p><h2>Regla aplica solo a depósitos en efectivo y excluye transferencias y traspasos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/52JH5IN2JNBOJDSQMFHAGUG4FI.jpg?auth=a0938f2437ecf4caba7339f18f04388cdd98ef08b69b6afb77bc6885999ae05b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los depósitos en efectivo que superan 15 mil pesos al mes en una misma institución financiera se notifican de forma automática a la autoridad fiscal. 
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>La propia <b>ley </b>define qué <b>operaciones </b>entran en este supuesto. Se consideran <b>depósitos en efectivo </b>los realizados en <b>moneda nacional </b>o <b>extranjera </b>en cualquier tipo de <b>cuenta </b>a nombre de <b>personas físicas </b>o morales en instituciones del <b>sistema financiero</b>, así como la compra en <b>efectivo </b>de <b>cheques </b>de caja.</p><p>Quedan fuera de esa categoría las <b>transferencias </b>electrónicas, los <b>traspasos </b>de cuenta, los <b>títulos </b>de crédito y cualquier otro <b>documento </b>o sistema pactado con <b>instituciones financieras </b>en términos de la legislación aplicable. La exclusión opera incluso si el <b>movimiento </b>se hace con cargo a la <b>misma institución </b>que recibe los <b>recursos</b>.</p><p>Ese punto responde una de las <b>dudas </b>más frecuentes sobre el aviso al <b>SAT</b>: <b>no todo depósito </b>bancario entra al esquema de <b>información automática</b>. La obligación se activa por <b>depósitos </b>en efectivo acumulados por arriba de <b>15 mil pesos</b> mensuales dentro de una misma institución.</p><h2>La discrepancia fiscal puede surgir si gastos y depósitos superan los ingresos declarados</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TQVE4COQIFBUFG4JNSVGJHMB2E.jpg?auth=90f36cb25eff9050ac25394f540bb68390df99db108e467bcb8f3465426655a1&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La norma establece excepciones para discrepancia fiscal, como depósitos en cuentas ajenas que se acreditan como pago por bienes o servicios, y traspasos entre cuentas del propio contribuyente o a cuentas a familiares. Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>El <b>artículo 91</b> de la misma ley establece que las <b>personas físicas </b>pueden ser sujetas al <b>procedimiento </b>de <b>discrepancia</b> fiscal cuando sus <b>erogaciones </b>en un año calendario sean <b>mayores </b>a los <b>ingresos </b>declarados o a los que debieron declarar. Para ese cálculo, la <b>norma </b>toma en cuenta <b>gastos</b>, <b>adquisiciones </b>de bienes, <b>depósitos </b>en cuentas bancarias, <b>inversiones </b>financieras y <b>cargos </b>en tarjetas de crédito.</p><p>Si una persona no está <b>inscrita </b>en el <b>Registro </b>Federal de <b>Contribuyentes</b>, no presenta las <b>declaraciones </b>a las que está <b>obligada </b>o declara <b>ingresos </b>menores a sus <b>erogaciones</b>, esas salidas de <b>dinero </b>se presumen <b>ingresos</b>. En el caso de contribuyentes <b>asalariados </b>que no están <b>obligados </b>a presentar <b>declaración </b>anual, la ley considera como <b>ingresos declarados </b>los manifestados por quienes les hicieron <b>retenciones</b>.</p><p>La norma también prevé <b>excepciones</b>. No se toman en cuenta los <b>depósitos </b>que el <b>contribuyente </b>haga en <b>cuentas </b>que no sean <b>propias </b>cuando demuestre que ese <b>dinero </b>correspondió al pago por <b>bienes </b>o <b>servicios</b>, a una <b>contraprestación </b>por el uso o goce temporal de bienes o a <b>inversiones </b>financieras.</p><p>Tampoco se consideran, para esos efectos, los <b>traspasos </b>entre cuentas del propio <b>contribuyente </b>ni los movimientos hacia cuentas de su <b>cónyuge</b>, <b>ascendientes </b>o <b>descendientes </b>en línea recta en primer grado. Esa precisión acota el alcance de una posible revisión de la autoridad fiscal.</p><h2>El contribuyente tiene 20 días para aclarar el origen de los recursos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CW7TUZNV7BFJHPAVVKRU7GFULM.jpg?auth=5db1bb17d6c91d093928f1d70a4633b3dc62f352eac768c674ba749d11ab8d78&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Si el SAT detecta discrepancia fiscal, el contribuyente tiene 20 días para informar por escrito el origen de los recursos y presentar pruebas. 
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>Cuando la<b> autoridad</b> detecta una <b>discrepancia</b>, <b>notifica </b>al contribuyente el monto de las <b>erogaciones </b>observadas, la <b>información </b>utilizada para identificarlas y el <b>medio </b>por el cual la obtuvo. A partir del <b>día </b>siguiente a esa <b>notificación</b>, la persona cuenta con <b>20 días</b> para informar por <b>escrito </b>el origen de los <b>recursos </b>y presentar las pruebas que considere <b>idóneas</b>.</p><p>Las <b>autoridades </b>fiscales pueden requerir <b>información </b>o documentación <b>adicional </b>por una sola vez. Si la <b>discrepancia </b>se <b>acredita </b>y no se aclara, se presume <b>ingreso gravado </b>y se formula la <b>liquidación </b>respectiva con base en las <b>erogaciones </b>no aclaradas.</p><p>La ley añadió que, para conocer el <b>monto </b>de esas erogaciones, el <b>SAT</b> puede usar cualquier <b>información </b>que obre en su <b>poder</b>, ya sea la que conste en <b>expedientes</b>, <b>documentos </b>o <b>bases de datos</b>, o la que haya sido proporcionada por un tercero u otra autoridad.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/2JIUL3N2HRFALC6KES6E6FODUU.jpg?auth=c1664f0c10317083cb1bca9d583874c6c7c84b9e45722b11eb7f9cd16051a038&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La Ley del Impuesto sobre la Renta obliga a las instituciones del sistema financiero, y no al cuentahabiente, a entregar mensualmente la información de depósitos en efectivo arriba del umbral. 
Credito: Cuartoscuro]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Multas de tránsito 2026 en Perú: tabla completa de infracciones que la PNP te puede poner y cuánto debes pagar]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/08/25/multas-de-transito-2026-en-peru-tabla-completa-de-infracciones-que-la-pnp-te-puede-poner-y-cuanto-debes-pagar/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/08/25/multas-de-transito-2026-en-peru-tabla-completa-de-infracciones-que-la-pnp-te-puede-poner-y-cuanto-debes-pagar/</guid><dc:creator><![CDATA[Marilyn Corrales Valqui]]></dc:creator><description><![CDATA[Conoce la tabla vigente de infracciones del Reglamento Nacional de Tránsito, cuánto corresponde pagar según cada código y cuáles tienen descuento por pronto pago. La UIT de 2026 es de S/5.500]]></description><pubDate>Tue, 25 Aug 2026 22:52:18 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/25PUXKOHV5BIBGMWHOSPSMJVGQ.png?auth=61eeb5982f8fcb6c26291e1de4e9a1ce6e5ecc7f428ce8229f3ae4d84ff84924&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una papeleta de infracción junto a un cuadro informativo sobre las sanciones de tránsito vigentes. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Los conductores que circulan por las calles y carreteras del Perú deben cumplir las disposiciones establecidas en el <b>Reglamento Nacional de Tránsito (RNT)</b>. Cuando un efectivo de la <b>Policía Nacional del Perú (PNP)</b> detecta una infracción, puede imponer la correspondiente papeleta, cuya sanción y procedimiento se encuentran regulados por el cuadro oficial de tipificaciones del RNT.</p><p>Las infracciones se identifican mediante códigos que empiezan con las letras <b>M, G o L</b>, según su gravedad: <b>Muy Graves, Graves y Leves</b>. El monto de la multa se determina principalmente como un porcentaje de la <b>Unidad Impositiva Tributaria (UIT)</b> vigente.</p><p>Para <b>2026</b>, <a href="https://www.infobae.com/peru/2025/12/17/uit-2026-mef-oficializa-en-s5500-la-unidad-impositiva-tributaria-para-el-proximo-ano-cuanto-afecta-las-multas-y-sueldos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/peru/2025/12/17/uit-2026-mef-oficializa-en-s5500-la-unidad-impositiva-tributaria-para-el-proximo-ano-cuanto-afecta-las-multas-y-sueldos/"><b>el valor de la UIT es de S/5.500</b></a>, por lo que una infracción grave equivalente al 8% de la UIT representa <b>S/440</b>. Las infracciones leves tienen, en general, una multa equivalente al 4% de la UIT, aunque existen códigos con porcentajes específicos.</p><p>La <a href="https://www.sat.gob.pe/WebSiteV8/Modulos/contenidos/mult_Papeletas_ti_rntv2.aspx" target="_blank" rel=""><b>tabla oficial de infracciones del SAT de Lima</b></a> recoge el cuadro del Reglamento Nacional de Tránsito y sus modificatorias. También puede consultarse la <a href="https://www.gob.pe/115171-tabla-de-infracciones" target="_blank" rel=""><b>tabla actualizada publicada por el SAT en Gob.pe</b></a>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ISFTR47W3JGJ3I2KCBAA6QUCJ4.png?auth=fd5368e76cbb5938b7f214c53d864184910d7adbf8332f57ffdcedddf59799fe&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un agente de la Policía Nacional del Perú redacta una papeleta de infracción de tránsito por exceso de velocidad en una vía pública. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Infracciones Muy Graves (M) según la Policía Nacional de Tránsito</h2><p>Las infracciones calificadas como <b>Muy Graves</b> son las que pueden generar las sanciones más severas, incluyendo multas elevadas, retención o internamiento del vehículo, suspensión o cancelación de la licencia y una importante cantidad de puntos.</p><p>Con una <b>UIT de</b> <b>S/5.500</b>, los principales montos vigentes son los siguientes:</p><ul><li><b>M01 – S/5.500:</b> conducir con presencia de alcohol por encima de lo previsto en el Código Penal, bajo efectos de drogas o negarse al examen correspondiente cuando se haya participado en un accidente. Puede generar <b>cancelación de la licencia e inhabilitación definitiva</b>.</li><li><b>M02 – S/2.750:</b> conducir con presencia de alcohol o bajo efectos de estupefacientes, narcóticos o alucinógenos, o negarse al examen. Genera suspensión de la licencia por tres años.</li><li><b>M03 – S/2.750:</b> conducir un vehículo sin tener <b>licencia de conducir o permiso provisional</b>.</li><li><b>M04 – S/5.500:</b> conducir con licencia retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia.</li><li><b>M05 – S/2.750:</b> conducir un vehículo con una licencia cuya clase o categoría no corresponde al vehículo.</li><li><b>M06 – S/1.320:</b> estacionar en curvas, puentes, túneles, zonas estrechas, pasos a nivel, pasos a desnivel, pendientes o cruces ferroviarios.</li><li><b>M07 – S/1.320:</b> participar en competencias de velocidad no autorizadas.</li><li><b>M08 – S/1.320:</b> permitir que un menor de edad conduzca un vehículo sin autorización o permiso provisional.</li><li><b>M09 – S/1.320:</b> conducir un vehículo con sistemas de dirección, frenos, suspensión, luces o sistema eléctrico en mal estado, previa inspección.</li><li><b>M10 – S/660:</b> abastecer de combustible a un vehículo de transporte público de pasajeros cuando haya personas a bordo.</li><li><b>M11 – S/660:</b> conducir determinados vehículos sin parachoques o dispositivo antiempotramiento cuando corresponda.</li><li><b>M12 – S/660:</b> no detenerse ante un vehículo de transporte escolar debidamente identificado que recoge o deja escolares.</li><li><b>M13 – S/660:</b> conducir con neumáticos cuya banda de rodadura presente un desgaste inferior al permitido.</li><li><b>M14 – S/660:</b> no detenerse ante un cruce ferroviario a nivel o cruzar por lugares distintos a los autorizados.</li><li><b>M15 – S/660:</b> circular produciendo contaminación por encima de los límites máximos permisibles de emisiones.</li><li><b>M16 – S/660:</b> circular en sentido contrario al tránsito autorizado.</li><li><b>M17 – S/660:</b> cruzar una intersección o girar con el semáforo en luz roja, cuando no exista indicación contraria.</li><li><b>M18 – S/660:</b> desobedecer las indicaciones sobre tránsito impartidas por el efectivo de la <b>PNP asignado al control del tránsito</b>.</li><li><b>M19 – S/660:</b> conducir sin cumplir las restricciones consignadas en la licencia de conducir.</li><li><b>M20a – S/990:</b> superar el límite máximo de velocidad hasta en 10 km/h adicionales.</li><li><b>M20b – S/1.320:</b> superar el límite máximo entre más de 10 y hasta 30 km/h adicionales.</li><li><b>M20c – S/2.750:</b> superar el límite máximo en más de 30 km/h adicionales.</li><li><b>M20d – S/990:</b> no respetar el límite mínimo de velocidad establecido.</li><li><b>M21 – S/660:</b> estacionar interrumpiendo totalmente el tránsito.</li><li><b>M22 – S/660:</b> detenerse para cargar o descargar mercancías en lugares que representen peligro, obstáculo o interrumpan la circulación.</li><li><b>M23 – S/660:</b> estacionar o detener el vehículo en el carril de circulación de carreteras o caminos donde existe berma lateral.</li><li><b>M24 – S/660:</b> circular sin placas de rodaje o sin el permiso correspondiente.</li><li><b>M25 – S/660:</b> no dar preferencia de paso a vehículos de emergencia u oficiales cuando utilizan señales audibles y visibles.</li><li><b>M26 – S/660:</b> conducir un vehículo especial que no cumpla las exigencias reglamentarias sin autorización.</li><li><b>M27 – S/2.750:</b> conducir un vehículo sin certificado de aprobación de <b>inspección técnica vehicular</b>, con la excepción establecida para vehículos L5.</li><li><b>M28 – S/660:</b> conducir sin contar con <b>SOAT</b> o Certificado contra Accidentes de Tránsito vigente, cuando corresponda.</li><li><b>M29 – S/660:</b> deteriorar, adulterar, destruir o sustraer placas de exhibición, rotativas o transitorias.</li><li><b>M30 – S/660:</b> utilizar placas de exhibición, rotativas o transitorias fuera del plazo, horario o ruta autorizada, o cuando hayan caducado o sido invalidadas.</li><li><b>M31 – S/660:</b> utilizar placas de exhibición, rotativas o transitorias en vehículos a los que no fueron asignadas.</li><li><b>M33 – S/660:</b> circular, conducir u operar máquinas amarillas o verdes por vías públicas terrestres.</li><li><b>M34 – S/660:</b> circular produciendo ruidos que superen los límites máximos permisibles.</li><li><b>M35 – S/660:</b> realizar un giro en U en lugares prohibidos, como curvas, puentes, pasos a desnivel, vías expresas, túneles o cruces ferroviarios.</li><li><b>M36 – S/660:</b> transportar carga sin los dispositivos de sujeción o seguridad establecidos.</li><li><b>M37:</b> conducir y ocasionar un accidente de tránsito con daños personales incumpliendo las normas del RNT. La sanción contempla <b>suspensión de la licencia por un año</b>, además de medidas sobre el vehículo.</li><li><b>M38:</b> conducir un vehículo de transporte público y ocasionar un accidente con daños personales incumpliendo las normas de tránsito. Puede generar <b>suspensión de la licencia por tres años</b>.</li><li><b>M39:</b> ocasionar un accidente de tránsito con lesiones graves o muerte incumpliendo las normas. La sanción contempla <b>cancelación e inhabilitación definitiva</b> para obtener licencia.</li><li><b>M40 – 5% de la UIT (S/275 como referencia):</b> conducir un vehículo con la licencia vencida.</li><li><b>M41a – 150% de la UIT (S/8.250):</b> circular, interrumpir o impedir el tránsito durante situaciones de desastre natural o emergencia incumpliendo las restricciones establecidas por la autoridad.</li><li><b>M41b1 – 12% de la UIT (S/660):</b> incumplir por primera vez una prohibición o restricción de circulación establecida durante un estado de emergencia por orden interno.</li><li><b>M41b2 – 24% de la UIT (S/1.320):</b> reincidir en la infracción relacionada con las restricciones de circulación durante un estado de emergencia.</li><li><b>M42 – 5% de la UIT (S/275):</b> conducir un vehículo de categoría L5 sin certificado de aprobación de inspección técnica vehicular.</li><li><b>M43 – 12% de la UIT (S/660):</b> no respetar el derecho preferente de paso de ciclistas o conductores de vehículos de movilidad personal.</li><li><b>M44 – 12% de la UIT (S/660):</b> obstruir una ciclovía.</li><li><b>M45 – 12% de la UIT (S/660):</b> circular por rutas que no forman parte de caminos, vías urbanas o del Sistema Nacional de Carreteras para evadir el pago del peaje.</li><li><b>M46 – 12% de la UIT (S/660):</b> realizar maniobras que generen daños materiales a infraestructura o garitas de pago de peaje.</li></ul><p>El cuadro oficial del SAT establece los porcentajes de la UIT, sanciones y puntos correspondientes a estas infracciones.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TJZVVOCSI5EWFNBL7FDBJYYV6I.png?auth=a9890a9778c288d2d5cc1731d733deb4b5db816911a35f65babffc2d8b3eb0bd&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un conductor examina una papeleta de infracción por exceso de velocidad emitida en la avenida Javier Prado mientras un agente de la Policía Nacional del Perú permanece junto a su patrullero. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Infracciones Graves (G) y Leves (L) detectadas por la PNP</h2><p>Las infracciones <b>Graves</b> están identificadas con la letra G y, en términos generales, tienen una multa equivalente al <b>8% de la UIT</b>, es decir, <b>S/440 en 2026</b>. Las infracciones Leves llevan la letra L y generalmente representan el 4% de la UIT, aunque existen excepciones.</p><h3>Infracciones Graves</h3><ul><li><b>G01 – S/440:</b> adelantar o sobrepasar indebidamente a otro vehículo.</li><li><b>G02 – S/440:</b> no realizar señales o tomar precauciones al girar, hacer U, cambiar de carril o detenerse.</li><li><b>G03 – S/440:</b> detener bruscamente el vehículo sin motivo.</li><li><b>G04 – S/440:</b> no respetar la línea de parada o el derecho de paso de peatones, ciclistas o usuarios de VMP.</li><li><b>G05 – S/440:</b> no mantener una distancia suficiente y prudente respecto de otro vehículo.</li><li><b>G06 – S/440:</b> no ubicarse con anticipación en el carril correspondiente para girar o voltear.</li><li><b>G07 – S/440:</b> no utilizar el carril extremo derecho cuando corresponda por el tipo de vehículo o servicio.</li><li><b>G08 – S/440:</b> no utilizar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o carga.</li><li><b>G09 – S/440:</b> retroceder salvo en los casos permitidos.</li><li><b>G10 – S/440:</b> incumplir las disposiciones para vías de tránsito rápido o acceso restringido.</li><li><b>G11 – S/440:</b> circular, estacionar o detenerse en islas, separadores, bermas, aceras, áreas verdes, pasos peatonales o rampas, entre otros lugares prohibidos.</li><li><b>G12 – S/440:</b> girar con luz roja y flecha verde sin respetar el derecho preferente de los peatones.</li><li><b>G13 – S/440:</b> transportar más personas que el número de asientos permitido o pasajeros de pie en determinados vehículos.</li><li><b>G14 – S/440:</b> mantener abierta la puerta, capot o maletera mientras el vehículo está en marcha.</li><li><b>G15 – S/440:</b> no utilizar luces de emergencia o dispositivos de seguridad cuando el vehículo queda inmovilizado.</li><li><b>G16 – S/440:</b> circular por una vía donde no está permitida la circulación o sobre mangueras contra incendios.</li><li><b>G17 – S/440:</b> utilizar lunas o vidrios polarizados sin la autorización correspondiente cuando impidan la visibilidad del interior.</li><li><b>G18a – S/440:</b> conducir sin mantener ambas manos sobre el volante, salvo las excepciones reglamentarias.</li><li><b>G18b – S/440:</b> utilizar un dispositivo móvil u objeto portátil mientras se conduce de forma que se deje de utilizar ambas manos.</li><li><b>G19 – S/440:</b> circular con vidrios de seguridad o parabrisas deteriorados o con elementos que obstaculicen la visibilidad.</li><li><b>G20 – S/440:</b> conducir sin las luces o dispositivos retrorreflectivos exigidos.</li><li><b>G21 – S/440:</b> conducir sin espejos retrovisores.</li><li><b>G22 – S/440:</b> conducir bajo lluvia o llovizna sin limpiaparabrisas operativo.</li><li><b>G23 – S/440:</b> transportar pasajeros de pie en determinados vehículos de transporte público cuya altura interior no supera 1,80 metros.</li><li><b>G24 – S/440:</b> conducir con el motor en punto neutro o apagado.</li><li><b>G25 – S/440:</b> no portar el certificado SOAT físico cuando corresponda, el CAT o portar uno que no corresponda al uso del vehículo.</li><li><b>G26 – S/440:</b> conducir determinados vehículos con la salida del tubo de escape orientada hacia la acera.</li><li><b>G27 – S/440:</b> transportar carga o pasajeros que obstruyan la visibilidad de los espejos laterales.</li><li><b>G28 – S/440:</b> no utilizar cinturón de seguridad cuando sea obligatorio.</li><li><b>G29 – S/440:</b> circular en forma desordenada o realizar maniobras peligrosas.</li><li><b>G30 – S/440:</b> transportar personas en la parte exterior de la carrocería o permitir que sobresalga parte de su cuerpo.</li><li><b>G31a – S/440:</b> circular sin las luces reglamentarias en condiciones de poca visibilidad o no utilizar luces bajas durante las 24 horas en las vías donde corresponde.</li><li><b>G31b – S/440:</b> circular en zonas señalizadas como “Zona de neblina” sin las luces intermitentes de emergencia cuando sean obligatorias.</li><li><b>G32 – S/440:</b> circular por una ciclovía.</li><li><b>G33 – S/440:</b> transportar cargas que excedan las dimensiones permitidas o materiales sin las medidas de seguridad para evitar su caída.</li><li><b>G34 – S/440:</b> remolcar vehículos sin las medidas de seguridad correspondientes.</li><li><b>G35 – S/440:</b> utilizar luces altas en vías urbanas o hacer un uso inadecuado de las luces.</li><li><b>G36 – S/440:</b> compartir el asiento del conductor con otra persona, animal u objeto.</li><li><b>G37 – S/440:</b> no reducir la velocidad ante túneles, puentes, intersecciones, curvas, calles congestionadas, condiciones climáticas adversas u otros peligros.</li><li><b>G38 – S/440:</b> circular lentamente por el carril izquierdo generando congestión o riesgo, o rápidamente por el derecho.</li><li><b>G39 – S/440:</b> aumentar la velocidad cuando otro vehículo intenta adelantarlo.</li><li><b>G40 – S/440:</b> estacionar en zonas prohibidas o rígidas señalizadas o sin las medidas de seguridad correspondientes en una emergencia.</li><li><b>G41 – S/440:</b> estacionar o detenerse sobre una intersección o crucero peatonal.</li><li><b>G42 – S/440:</b> estacionar frente a entradas o salidas de garajes, estacionamientos, vías privadas o determinados locales.</li><li><b>G43 – S/440:</b> estacionar a menos de cinco metros de bocacalles, hospitales, centros médicos, bomberos o hidrantes, salvo excepciones.</li><li><b>G44 – S/440:</b> estacionar a menos de tres metros de las puertas de establecimientos educativos, teatros, iglesias y hoteles.</li><li><b>G45 – S/440:</b> estacionar a menos de 20 metros de un cruce ferroviario a nivel.</li><li><b>G46 – S/440:</b> estacionar en zonas no permitidas a menos de 10 metros de un cruce peatonal o paradero, o en el espacio destinado a la parada del bus.</li><li><b>G47 – S/440:</b> estacionar afectando el transporte público, la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito.</li><li><b>G48 – S/440:</b> estacionar determinados vehículos pesados en vías públicas urbanas fuera de lugares autorizados.</li><li><b>G49 – S/440:</b> estacionar vehículos M, N u O a menos de un metro de otro vehículo estacionado, salvo las excepciones reglamentarias.</li><li><b>G50 – S/440:</b> estacionar en terminales o estaciones de ruta fuera de los lugares autorizados.</li><li><b>G51 – S/440:</b> estacionar de noche o en condiciones de escasa visibilidad sin mantener las luces de estacionamiento encendidas.</li><li><b>G52 – S/440:</b> estacionar en vías con pendientes pronunciadas sin asegurar la inmovilización.</li><li><b>G53 – S/440:</b> desplazar o empujar un vehículo correctamente estacionado para ampliar un espacio.</li><li><b>G54 – S/440:</b> abandonar el vehículo en la vía pública.</li><li><b>G55 – S/440:</b> utilizar la vía pública para efectuar reparaciones, salvo emergencia.</li><li><b>G56 – S/440:</b> recoger o dejar pasajeros fuera de los paraderos autorizados cuando existan.</li><li><b>G57 – S/440:</b> no respetar señales de tránsito cuyo incumplimiento no esté tipificado en otra infracción.</li><li><b>G58 – S/440:</b> no presentar la Tarjeta de Identificación Vehicular, licencia física cuando corresponda o documento de identidad.</li><li><b>G59 – S/440:</b> conducir motocicletas y otros vehículos de categoría L sin casco o elementos de protección exigidos.</li><li><b>G60 – S/440:</b> circular con placas ilegibles, sin iluminación o con elementos que impidan su lectura.</li><li><b>G61 – S/440:</b> no llevar las placas de rodaje en el lugar correspondiente.</li><li><b>G62 – S/440:</b> no devolver placas de exhibición, rotativas o transitorias dentro de los plazos establecidos.</li><li><b>G63 – S/440:</b> utilizar señales audibles o visibles similares a las de vehículos de emergencia u oficiales.</li><li><b>G64 – S/440:</b> conducir un vehículo cuyas características registrables o condiciones técnicas hayan sido modificadas afectando la seguridad o no coincidan con la Tarjeta de Identificación Vehicular.</li><li><b>G65 – S/440:</b> no ceder el paso a vehículos que tienen preferencia.</li><li><b>G66 – S/440:</b> seguir a vehículos de emergencia u oficiales para avanzar más rápidamente.</li><li><b>G70 – S/440:</b> detenerse sobre la demarcación de la señal “No bloquear cruce”.</li><li><b>G71 – S/440:</b> circular por vías con infraestructura de peaje sin pagar la tarifa correspondiente.</li><li><b>G72a – S/440:</b> utilizar mientras se conduce un dispositivo electrónico que reproduzca imágenes o videos con fines de entretenimiento visual.</li><li><b>G72b – S/440:</b> utilizar dispositivos electrónicos permitidos que obstaculicen la visibilidad del conductor o las señales del tablero.</li><li><b>G73 – S/440:</b> adelantar o sobrepasar a bicicletas, ciclos o VMP incumpliendo la obligación de realizar la maniobra por el carril izquierdo.</li><li><b>G74 – S/440:</b> abrir o dejar abierta la puerta o capot dificultando la circulación de bicicletas, ciclos o VMP.</li></ul><p>El cuadro oficial consultado confirma que las infracciones G vigentes tienen, en general, una multa equivalente al <b>8% de la UIT</b>, que en 2026 representa S/440.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z6FD7UFBAFDP7F3IGW2J7WZWSM.png?auth=a55eccc825e2439b81b1854ca19d533acba0452706a0abab4358ad2b914e265d&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una infracción de tránsito a un conductor en una vía urbana. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h3>Infracciones Leves</h3><ul><li><b>L01 – S/220:</b> dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos.</li><li><b>L02 – S/275:</b> estacionar en zonas destinadas a vehículos que transportan o son conducidos por personas con discapacidad.</li><li><b>L04 – S/220:</b> abrir o dejar abierta la puerta de un vehículo estacionado dificultando la circulación.</li><li><b>L05 – S/220:</b> utilizar el carril de giro a la izquierda para continuar la marcha en una dirección no permitida.</li><li><b>L06 – S/220:</b> arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que dificulten la circulación.</li><li><b>L07 – S/220:</b> utilizar la bocina innecesariamente para llamar la atención.</li><li><b>L08 – S/220:</b> utilizar bocinas de descarga de aire comprimido en zonas urbanas.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MA4XITDB7FG2PLXP74KRSGKYR4.png?auth=f94b6280a6fbedb84551496c510bac214ffb7f5c834bfbbe3baf27bd02d347ab&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Agentes de la Policía Nacional del Perú aplican multas a conductores de transporte público y privado en el centro de Lima. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El código <b>L03 no figura en el cuadro vigente consultado</b>, por lo que no debe agregarse como infracción activa.</p><h2>¿Qué nuevas multas de tránsito se incorporarán en 2026?</h2><p>El <b>Decreto Supremo N.° 011-2026-MTC</b> modificó el Reglamento Nacional de Tránsito e incorporó los códigos <b>M47, M48, M49, M50, G75 y G76</b>. Sin embargo, esta modificación <b>todavía no está vigente al 25 de agosto de 2026</b>, debido a que la norma estableció un periodo de 120 días hábiles desde el día siguiente de su publicación.</p><p>Entre las nuevas conductas figuran:</p><ul><li><b>M47:</b> circular con placas adulteradas, ilegibles o con elementos que impidan su lectura mediante medios tecnológicos.</li><li><b>M48:</b> conducir un vehículo cuyas características registrables o condiciones técnicas hayan sido modificadas afectando la seguridad.</li><li><b>M49:</b> no respetar la señal de altura máxima permitida.</li><li><b>M50:</b> incumplir la señal de altura máxima y provocar daños a la infraestructura o interrupciones del tránsito.</li><li><b>G75:</b> deteriorar, adulterar, destruir o sustraer placas de exhibición, rotativas o transitorias.</li><li><b>G76:</b> utilizar placas de exhibición, rotativas o transitorias fuera de los horarios o rutas establecidos.</li></ul><p>Estas modificaciones deberán ser incorporadas en una actualización posterior de la tabla cuando entre en vigor el decreto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3AJQXEWXLBHTVAICDQU3OUOR3M.jpg?auth=c3e896844fa2ee9ab411a545924be2c5a8fd28384aa5dba947da920158a1d26d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Multas y trámites más caros en 2026 por aumento de la UIT." height="1080" width="1920"/><h2>Descuentos y pronto pago en papeletas de la Policía Nacional del Perú</h2><p>Una de las principales dudas de los conductores es cuánto pueden ahorrar si pagan rápidamente una papeleta.</p><p>El <b>Reglamento Nacional de Tránsito</b> contempla un descuento de <b>83%</b> cuando el pago se realiza dentro de los primeros cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la imposición o notificación de la infracción.</p><p>Existe un segundo periodo en el que el descuento es de <b>67%</b>, desde el sexto día hábil hasta el último día hábil previo a la notificación de la resolución de sanción.</p><p>Sin embargo, <b>no todas las infracciones tienen derecho a descuento</b>. El SAT establece excepciones para códigos como <b>M01, M02, M03, M04, M05, M06, M07, M08, M09, M12, M16, M17, M20, M21, M23, M27, M28, M29, M31, M32 y M42</b>.</p><p>Por ello, antes de realizar un pago es recomendable verificar el código exacto de la papeleta y el monto que figura en el sistema de la entidad encargada de la cobranza.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC4RKZ2HZDENLA3DFBX5ZQ6EU.jpg?auth=faee23716e2a0ed699347ca45097888f9fdfd300a3fc381f28f08b614ab899f8&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La única autoridad en el Perú que puede colocar una papeleta es la PNP." height="1080" width="1920"/><h2>Cómo consultar si tienes papeletas impuestas por la PNP</h2><p>La <b>PNP impone la papeleta</b>, pero la consulta y cobranza dependen de la autoridad competente. En Lima, por ejemplo, el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> administra las infracciones de tránsito correspondientes a la jurisdicción.</p><p>Puedes revisar el estado de un expediente de tránsito en el <a href="https://www.sat.gob.pe/Websitev8/modulos/consultas/Buscador_Expedientesv2.aspx" target="_blank" rel=""><b>Buscador de expedientes del SAT</b></a>. La búsqueda puede realizarse con datos como número de papeleta, expediente o placa.</p><p>Para otras jurisdicciones existen sistemas de las respectivas municipalidades provinciales. En el caso de infracciones fiscalizadas por la <b>SUTRAN</b>, también existe una plataforma para verificar documentos de infracción y conocer el monto correspondiente.</p><p>Esto es importante porque <b>no todas las papeletas impuestas por la PNP se consultan en el SAT de Lima</b>. El ciudadano debe identificar primero qué autoridad es responsable de la cobranza y del procedimiento administrativo en su jurisdicción.</p><h2>Procedimiento para impugnar una papeleta injusta ante la Policía Nacional</h2><p>Si consideras que una papeleta fue impuesta de manera incorrecta, no significa que debas pagarla inmediatamente. El conductor tiene derecho a presentar un <b>descargo</b> ante la autoridad administrativa competente.</p><p>En Lima, el SAT señala que el descargo debe presentarse dentro de los <b>cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la imposición o notificación de la papeleta</b>.</p><p>El escrito debe identificar al administrado, indicar el número de papeleta, expresar claramente lo que se solicita, señalar los fundamentos y adjuntar los documentos que respalden la posición del conductor.</p><p>Entre los elementos que pueden ser útiles como sustento están:</p><ul><li><b>Fotografías o videos</b> que demuestren las condiciones del lugar.</li><li><b>Documentos</b> que acrediten que el vehículo cumplía con los requisitos exigidos.</li><li><b>Pruebas</b> que permitan demostrar un error en la identificación del vehículo o conductor.</li><li><b>Documentos</b> que acrediten circunstancias relevantes para el caso.</li><li>Cualquier otro elemento que permita cuestionar objetivamente la imputación.</li></ul><p>El SAT señala que, después del descargo, analiza los hechos y puede determinar la existencia de la infracción o declarar que esta no corresponde. Si el administrado recibe una resolución desfavorable, puede presentar un <b>recurso de apelación dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de la resolución final</b>, de acuerdo con la información publicada por el propio SAT.</p><p>En el caso de las infracciones fiscalizadas por la <b>SUTRAN</b>, el procedimiento también contempla la posibilidad de presentar descargos. La entidad informa que estos deben formularse dentro de los <b>cinco días hábiles siguientes a la notificación</b>, dentro de la fase instructora del procedimiento sancionador.</p><p>Por ello, si un conductor considera que una <b>papeleta de tránsito de la PNP es injusta</b>, lo más importante es <b>no dejar vencer los plazos</b> y presentar el descargo ante la entidad que administra el procedimiento, acompañado de las pruebas correspondientes.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/25PUXKOHV5BIBGMWHOSPSMJVGQ.png?auth=61eeb5982f8fcb6c26291e1de4e9a1ce6e5ecc7f428ce8229f3ae4d84ff84924&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un agente de la Policía Nacional del Perú emite una papeleta de infracción junto a un cuadro informativo sobre las sanciones de tránsito vigentes. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Gobierno de México sanciona a 17 servidores públicos con inhabilitaciones de hasta 10 años y con destituciones ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/23/gobierno-de-mexico-sanciona-a-17-servidores-publicos-con-inhabilitaciones-de-hasta-10-anos-y-con-destituciones/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/23/gobierno-de-mexico-sanciona-a-17-servidores-publicos-con-inhabilitaciones-de-hasta-10-anos-y-con-destituciones/</guid><dc:creator><![CDATA[Merary Nuñez]]></dc:creator><description><![CDATA[La Secretaría Anticorrupción detalló casos que van de cobros indebidos y documentos falsos a pagos no autorizados, con multas, bajas del cargo y restricciones para volver al servicio público]]></description><pubDate>Sun, 23 Aug 2026 19:56:57 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GYFGHZDI6ZGEBOMBFI224AVIHA.png?auth=640f35cee24e7242bedc5d5828779fc92dc85effe4de8d5248fb28a33209bd98&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Un expediente marcado con un sello de sanción reposa ante los logotipos de diversas dependencias gubernamentales de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>Gobierno de México</b>, a través de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/09/secretaria-del-buen-gobierno-suma-226-sanciones-a-funcionarios-publicos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/09/secretaria-del-buen-gobierno-suma-226-sanciones-a-funcionarios-publicos/">l<b>a Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno</b></a>, anunció la sanción de<b> 17 funcionarios de diversas dependencias federales</b>, con inhabilitaciones para ejercer cargos <b>públicos de hasta una décad</b>a, así como destituciones y suspensiones, tras la comprobación de conductas graves y no graves en el <b>ejercicio de sus funciones</b>. La determinación deriva de investigaciones impulsadas por las<b> Unidades de Responsabilidades y Órganos Internos de Control,</b> en colaboración con el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>, que dictó las resoluciones de acuerdo con la <b>Ley General de Responsabilidades Administrativas.</b></p><p>De acuerdo con el comunicado fechado este domingo 23 de agosto de 2026, entre las instituciones involucradas figuran la<b> Comisión Federal de Electricidad (CFE),</b> el <b>Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)</b>, el <b>Banco del Bienestar, la Secretaría de Salud y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), junto con dependencias como Petróleos Mexicanos (Pemex)</b>, la <b>Guardia Nacional</b>, el <b>Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH</b>), así como el <b>Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, la Administración del Sistema Portuario Nacional Manzanillo </b>S.A. de C.V. y el <b>Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA)</b>. Las sanciones impuestas responden tanto a faltas administrativas graves como a omisiones consideradas no graves.</p><p>La Secretaría enfatiza que las resoluciones se <b>dictaron conforme a derecho y bajo criterios de proporcionalidad y gravedad</b>, además de invitar a la sociedad a denunciar cualquier conducta contraria a la legalidad y los principios de integridad, en apego a los objetivos del <b>Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030</b> y el compromiso de erradicar la corrupción en la <b>vida pública</b>.</p><h2>Sanciones por faltas graves en entidades federales</h2><p>Dentro de los casos más relevantes destacan las <b>inhabilitaciones dictadas contra servidores públicos </b>de la <b>CFE </b>, donde dos empleados de la zona de distribución Tacuba, <b>Valle de México Centr</b>o, recibieron sanción por <b>cuatro años, tras detectar la solicitud de pagos indebidos por 70,000 pesos </b>al usuario durante la revisión de un medidor defectuoso.</p><p>En el <b>ISSSTE</b>, un servidor de la<b> Unidad de Medicina Familiar en Campeche</b> fue inhabilitado diez años y recibió una multa de <b>180,000 pesos por hacerse pasar por licenciado en Nutrición</b> con un título profesional ajeno, obteniendo remuneraciones indebidas. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/E6RW5NQOQFFPBPC6CA5V6M33RM.png?auth=8668c6d5a0ba57da635f372a5fa99ea50d8b5be396495d577ee3a395043759f3&smart=true&width=674&height=499" alt="En esta sucursal del Banco del Bienestar de Torremolinos, en Guadalupe, Nuevo León se dio el robo y se descubrió que habría sido planeado por la gerente Delia" height="499" width="674"/><p>Por su parte, un trabajador del<b> Banco del Bienestar</b> fue sancionado con dos años de<b> inhabilitación y multa de 13,000 pesos</b> por movimientos irregulares en cuentas ajenas, mientras que en la Secretaría de Salud, una funcionaria utilizó su posición para beneficiar a familiares en procesos de ingreso y contratación, motivo por el cual fue inhabilitada tres meses.</p><p>El <b>SAT</b> también aplicó suspensiones: <b>dos empleados de la administración de Baja California</b> recibieron suspensión de 60 días por irregularidades en la revalidación de certificados digitales de sellos fiscales, permitiendo el uso de documentación temporal de manera improcedente.</p><h2>Acciones disciplinarias en organismos y empresas estatales</h2><p>En el ámbito de las faltas no graves, <b>Pemex suspendió por ocho días </b>a un funcionario del<b> Hospital General de Coatzacoalcos, Veracruz,</b> por registrar de manera incorrecta una incapacidad médica en septiembre de 2025, sin cumplir con los procedimientos internos. En la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/19/narcobloqueos-en-michoacan-ramirez-bedolla-despliega-fuerzas-con-sedena-y-guardia-nacional-para-restablecer-la-seguridad-en-el-estado/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/19/narcobloqueos-en-michoacan-ramirez-bedolla-despliega-fuerzas-con-sedena-y-guardia-nacional-para-restablecer-la-seguridad-en-el-estado/"><b>Guardia Nacional</b></a>, tres trabajadores de la<b>s Oficinas Centrales en Ciudad de México </b>fueron destituidos debido a la presentación de certificados de bachillerato no válidos, requisito indispensable para la portación de <b>armas de fuego.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YSWR4IYBHZCSXNDKVGUZNVLNB4.JPG?auth=93df2e3ca21e2b4f70f448536d49f0d334554ff19761ce0d99345f40944fe882&smart=true&width=5712&height=3808" alt="Fútbol - Copa Mundial de la FIFA 2026 - Grupo A - México vs Sudáfrica Previa - Ciudad de México, México - 10 de junio de 2026. Miembros de la Guardia Nacional afuera del Estadio Azteca antes del partido REUTERS/Hannah Mckay" height="3808" width="5712"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/21/inah-realiza-seis-exposiciones-de-mexico-en-europa-y-asia-busca-promover-repatriacion-de-piezas-en-el-extranjero/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/21/inah-realiza-seis-exposiciones-de-mexico-en-europa-y-asia-busca-promover-repatriacion-de-piezas-en-el-extranjero/"><b>Instituto Nacional de Antropología e Historia </b></a>sancionó con un año de inhabilitación a un integrante de la Coordinación Nacional de Arqueología por la omisión de reportar ausencias laborales de un subordinado, lo que derivó en pagos indebidos por <b>más de 200,000 pesos</b>. En el I<b>nstituto para Devolver al Pueblo lo Robado</b>, un responsable técnico fue <b>suspendido 15 días por autorizar el pago de más de 2 </b>millones de pesos a una cuenta no prevista en el contrato de digitalización de información.</p><p>La <b>Administración del Sistema Portuario Nacional Manzanillo S.A. de C.V. </b>sancionó a un gerente de ingeniería con 14 días de suspensión por no gestionar los permisos presupuestales necesarios, lo que generó pagos anticipados no autorizados por 24 millones de pesos. El <b>Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles,</b> dos servidores públicos recibieron amonestaciones por no verificar correctamente los requisitos de una licitación pública, aunque la situación fue corregida antes de la firma de los contratos.</p><p>Las personas sancionadas tienen derecho a impugnar las resoluciones, las cuales serán defendidas por la Secretaría con base en la legalidad y la protección de los derechos de las personas afectadas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/GYFGHZDI6ZGEBOMBFI224AVIHA.png?auth=640f35cee24e7242bedc5d5828779fc92dc85effe4de8d5248fb28a33209bd98&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Un expediente marcado con un sello de sanción reposa ante los logotipos de diversas dependencias gubernamentales de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Hacienda responde a empresas de EEUU: impulsamos acciones que dan certeza jurídica y confianza en materia de fiscalización ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/hacienda-responde-a-empresas-de-eeuu-impulsamos-acciones-que-dan-certeza-juridica-y-confianza-en-materia-de-fiscalizacion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/hacienda-responde-a-empresas-de-eeuu-impulsamos-acciones-que-dan-certeza-juridica-y-confianza-en-materia-de-fiscalizacion/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[Varias empresas de Estados Unidos presentaron una queja por la fiscalización “sin precedentes” del SAT]]></description><pubDate>Sat, 15 Aug 2026 23:44:39 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5IZJQTGAQ5DWZKXEXC752V5Y4A.jpg?auth=ca5fbba6a2030828d2f07254892f1bd4dc758093977a0631592e3c33584a89b5&smart=true&width=1929&height=1080" alt="Antonio Martínez, titular del SAT, trata de calmar la preocupación de las empresas de EEUU.
Crédito: SAT" height="1080" width="1929"/><p>Este sábado, el Servicio de Administración Tributaria (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/empresas-de-eeuu-denuncian-al-sat-por-fiscalizacion-sin-precedentes/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/empresas-de-eeuu-denuncian-al-sat-por-fiscalizacion-sin-precedentes/"><b>SAT</b></a>), por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (<b>SHCP</b>), compartió su respuesta a los reportes periodísticos que revelaron que varias empresas de <b>Estados Unidos</b> se quejaron por una fiscalización “sin precedentes” que no da certeza jurídica a las inversiones.</p><p>A través de una nota informativa, la institución a cargo de <b>Edgar Amador</b>, recordó que ha emitido diversos comunicados, en los que informó sobre las acciones específicas “orientadas a dar certeza jurídica y confianza a los <a href="https://infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades"><b>contribuyentes </b></a>en materia de fiscalización”.</p><p>De acuerdo con <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/nuevas-reglas-para-bancos-y-sus-clientes-hacienda-cambia-las-normas-contra-el-lavado/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/nuevas-reglas-para-bancos-y-sus-clientes-hacienda-cambia-las-normas-contra-el-lavado/">Hacienda</a>, todas las acciones y acuerdos se han traducido en una “reingeniería” en la forma de fiscalizar y destacó diversos resultados, como la fiscalización a actividades de alto riesgo, conicidad como <b>factureras</b>; mayor <b>comunicación</b> con los contribuyentes; <b>correcciones tempranas,</b> en lugar de la determinación de créditos fiscales, entre otras acciones.</p><h2>Empresas de EEUU acusan al SAT de “prácticas irregulares” </h2><p>En el boletín, la SHCP le dio aclaración a los señalamientos que hicieron las grandes firmas norteamericanas que son parte de<b>l Consejo Nacional de Comercio de Estados Unidos </b>(<b>NFTC</b>, por sus siglas en inglés).</p><p>Las empresas de EEUU recordaron que, en mayo pasado, la Secretaría de Hacienda Crédito Público presentó un acuerdo para frenar <b>revisiones excesivas </b>y dar mayor<b> certeza jurídica</b>, pero, cuatro meses después, consideraron que eso no fue suficiente.</p><p>La nueva carta del NFTC, fechada el 30 de julio, fue dirigida al presidente del <b>Comité de Finanzas del Senado de EEUU,</b> el republicano Mike Crapo, y al demócrata de más alto rango del mismo comité legislativo, el senador Ron Wyden.</p><p>Al igual que el pasado mes de marzo, el NFTC acusó al SAT de negarle a sus miembros<b> deducciones legítimas</b> de diversos impuestos, así como la aplicación de<b> auditorías fiscales dudosas y agresivas.</b></p><p>Sin embargo, en la más reciente misiva, el Consejo cita ejemplos de daños a<b> pequeñas empresas </b>con los nuevos impuestos al comercio exterior en <b>plataformas digitales.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y7WTWJVVKVC2FHKVCG3RVB3OZ4.jpg?auth=17c0660ff1bebb4bd00ff198cc91b5a4f2024b11b048ef6f2a53ef4adb0d4b07&smart=true&width=1929&height=1080" alt="Edgar Amador, titular de la Secretaría de Hacienda, respondió a las empresas de EEUU. 
Crédito: Presidencia" height="1080" width="1929"/><h2>Hacienda aclara quejas de los inversionistas extranjeros</h2><p>Luego de conocer las inconformidades de las <b>multinacionales estadounidenses</b>, la Secretaría de Hacienda presentó seis puntos, con los que intentó aclarar esta nueva problemática:</p><ol><li><b>Reinterpretación retroactiva del IVA y rechazo de acreditamientos</b></li></ol><p>El SAT realiza revisiones con el fin de identificar la procedencia o no del acreditamiento del IVA, sin interpretaciones retroactivas y siempre respetando y acatando las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales.</p><ol><li><b>Rechazo arbitrario de la deducción del ISR por pagos a partes relacionadas</b></li></ol><p>El SAT es respetuoso de los compromisos internacionales establecidos en los Tratados para Evitar la Doble Tributación, en los cuales se establecen mecanismos de conciliación entre autoridades en beneficio de los contribuyentes, lo cual ha servido para alcanzar acuerdos que neutralicen riesgos de doble tributación en materia de precios de transferencia.</p><p>Se ha trabajado estrechamente con las autoridades competentes de otros países para resolver los casos presentados.</p><ol><li><b>Resolución de controversias bajo un esquema de “pagar para poder impugnar”</b></li></ol><p>El 9 de abril de 2026, se publicó una reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación mediante la cual se elimina la obligación de garantizar los créditos fiscales con billete de depósito como primera y principal forma de garantía, lo anterior, a fin de no afectar la liquidez de las empresas cuando acudan a los medios de defensa; respetando todas las opciones existentes para que sea el contribuyente el que decida cuál se le facilita más.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VIBAB3CMDNA4LNYMRS7OWM7ZAA.jpg?auth=e9a4d743a5aabf87cd6cba163f010d6abc311f6c38a94dfba89d19bb66602f97&smart=true&width=951&height=530" alt="Antonio Martínez Dagnino, titular del SAT, no habría respetado un acuerdo de Hacienda.
Crédito: SAT" height="530" width="951"/><ol><li><b>Artículo 30-B / “Kill Switch” de plataformas y acceso en tiempo real</b></li></ol><p>El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la autoridad competente para realizar la fiscalización en tiempo real de los contribuyentes, siempre en apego al secreto fiscal y a todos los derechos de los contribuyentes. En este sentido, el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación de México prevé un mecanismo de revisión de información sin que implique ningún acto de molestia adicional para los contribuyentes.</p><ol><li><b>Acuerdos Anticipados de Precios (APAs)</b></li></ol><p>Los Acuerdos Anticipados de Precios (APAs) desempeñan un papel fundamental al brindar certeza en materia de precios de transferencia a las empresas; por ello, el SAT ha fortalecido el procedimiento de emisión de resoluciones mediante el contacto directo con las empresas y se ha trabajado en conjunto con la autoridad competente de Estados Unidos en soluciones para reducir considerablemente el inventario.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XOKXBR74F5HETALUCTIDB4ZRYA.jpg?auth=a9837f960fa524d0534bbcda82b0d961e748356cc12cc39a9964d861797685c1&smart=true&width=1516&height=817" alt="Las quejas de las empresas llegaron al Capitolio de los Estados Unidos.
Crédito: Wikipedia" height="817" width="1516"/><ol><li><b>Retenciones fiscales en marketplaces</b></li></ol><p>Considerando la evolución y crecimiento del comercio electrónico y con la finalidad de evitar la evasión fiscal, se incorporó la retención de impuestos a través de las plataformas de comercio. No se trata de un cambio de criterio, sino de implementar acciones que permitan garantizar el pago de impuestos asertivo y el control de la evasión fiscal.</p><p>Vamos a ver si esta respuesta de la Secretaría de Hacienda es suficiente para evitar que haya una reacción negativa desde EEUU, por la fiscalización “sin precedentes” que sufren sus empresas en <b>México</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y7WTWJVVKVC2FHKVCG3RVB3OZ4.jpg?auth=17c0660ff1bebb4bd00ff198cc91b5a4f2024b11b048ef6f2a53ef4adb0d4b07&amp;smart=true&amp;width=1929&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1929"><media:description type="plain"><![CDATA[Edgar Amador, titular de la Secretaría de Hacienda, respondió a las empresas de EEUU. 
Crédito: Presidencia]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Empresas de EEUU denuncian al SAT por fiscalización “sin precedentes” ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/empresas-de-eeuu-denuncian-al-sat-por-fiscalizacion-sin-precedentes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/empresas-de-eeuu-denuncian-al-sat-por-fiscalizacion-sin-precedentes/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[En medio de la revisión del T-MEC, empresas norteamericanas no ven certeza jurídica con estás prácticas del órgano fiscalizador ]]></description><pubDate>Sat, 15 Aug 2026 23:01:10 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT enfrenta serías acusaciones de empresas de Estados Unidos por una cuestionable fiscalización. 
Crédito: X/ @SATMX" height="1080" width="1920"/><p>Un grupo de empresas multinacionales de<b> Estados Unidos </b>presentaron, en el Capitolio, sus denuncias contra el Servicio de Administración Tributaria (<a href="https://infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico"><b>SAT</b></a>) por lo que consideraron prácticas de fiscalización “sin precedentes”.</p><p>De acuerdo con reportes periodísticos, cerca de 300 de las más influyentes <b>empresas </b>presentaron un nuevo escrito a los legisladores de la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/23/marcelo-ebrard-recibe-a-jamieson-greer-para-la-tercera-ronda-de-revision-del-t-mec-hoy-se-reune-con-sheinbaum/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/23/marcelo-ebrard-recibe-a-jamieson-greer-para-la-tercera-ronda-de-revision-del-t-mec-hoy-se-reune-con-sheinbaum/">Unión Americana</a>, donde describieron cómo el SAT cambió sus normas a la de cobrarles <b>impuestos </b>en <b>México</b>.</p><h2>No han respetado acuerdo de Secretaría de Hacienda</h2><p>Pese a que la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/07/coparmex-ve-oportunidad-de-impulso-a-pequenos-negocios-en-revision-del-t-mec/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/07/coparmex-ve-oportunidad-de-impulso-a-pequenos-negocios-en-revision-del-t-mec/"><b>Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)</b></a><b> </b>dio a conocer en mayo un acuerdo para frenar revisiones excesivas a empresas y dar mayor certeza jurídica, el Consejo Nacional de Comercio Exterior de EEUU (<b>NFTC</b>, por sus siglas en inglés), que representa a firmas como Amazon, Ford, ExxonMobile, consideró que eso no fue suficiente.</p><p><i>“Si bien la NFTC valora el </i><i><b>Acuerdo 68/2026 </b></i><i>emitido en mayo de 2026 y algunos de los desafíos que busca abordar, el enfoque del SAT ha resultado en gran medida en un régimen de administración tributaria que impone cargas crecientes y sin precedentes a muchas</i><i><b> empresas multinacionales</b></i><i> de EEUU”</i>, reza el documento entregado a los legisladores norteamericanos.</p><p><i>“Se ha desincentivando la </i><i><b>inversión </b></i><i>y la creación de empleo que México ha tratado de atraer”,</i> detalla el grupo en una carta dirigida al presidente del Comité de Finanzas del <b>Senado de EEUU</b>, el republicano <b>Mike Crapo,</b> y al demócrata de más alto rango del mismo comité legislativo, el senador<b> Ron Wyden.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XOKXBR74F5HETALUCTIDB4ZRYA.jpg?auth=a9837f960fa524d0534bbcda82b0d961e748356cc12cc39a9964d861797685c1&smart=true&width=1516&height=817" alt="Las quejas de las empresas llegaron al Capitolio de los Estados Unidos.
Crédito: Wikipedia" height="817" width="1516"/><h2>Nueva queja contra el SAT llega hasta EEUU </h2><p>Cabe señalar que la nueva misiva del organismo empresarial –que incluye firmas como FedEx, Walmart y Visa– llega solo cuatro meses después de haber enviado un documento dirigido al secretario de Hacienda, <b>Edgar Amador,</b> donde detalló “<b>prácticas irregulares</b>” atribuidas al SAT. </p><p>Al igual que el pasado mes de marzo, el NFTC acusó al SAT de negarle a sus miembro<b>s deducciones legítimas</b> de diversos impuestos, así como la aplicación de<b> auditorías fiscales </b>dudosas y agresivas.</p><p>No obstante, la nueva carta cita ejemplos de daños a <b>pequeñas empresas </b>con los nuevos impuestos al <b>comercio exterior</b> en plataformas digitales.</p><p>Fechada el 30 de julio de 2026, la nueva carta dirigida a los senadores de Estados Unidos está firmada por la vicepresidenta política comercial global del NFTC,<b> Tiffany Smith</b>, y llega en el marco de una comparecencia ante el <b>Comité de Finanzas </b>del jefe de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés), <b>Jameison Greer.</b> </p><h2>Problema tributario, ahora, es de confianza: experto</h2><p>De acuerdo con el abogado y presidente de la asociación civil Perteneces AC,<b> José Mario de la Garza Marroquín,</b> lo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya dejó de ser un pleito entre empresas y la autoridad fiscal, pues, ahora, es un problema de confianza.</p><p><i>“Las quejas de compañías de EEUU llegaron al Senado justo cuando se revisa el </i><i><b>T-MEC.</b></i><i> Ese salto importa: un problema tributario interno empieza a convertirse en un problema de confianza, inversión y Estado de Derecho”, </i>publicó el abogado en su cuenta de X.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VIBAB3CMDNA4LNYMRS7OWM7ZAA.jpg?auth=e9a4d743a5aabf87cd6cba163f010d6abc311f6c38a94dfba89d19bb66602f97&smart=true&width=951&height=530" alt="Antonio Martínez Dagnino, titular del SAT, no habría respetado un acuerdo de Hacienda.
Crédito: SAT" height="530" width="951"/><p>También consideró que el trabajo de la dependencia a cargo de <b>Antonio Martínez Dagnino </b>–quien es primo hermano de Daniel Asaf, uno de los mejores amigos de<b> Andrés Manuel López Beltrán</b>–, no da certeza, pero sí riesgos.</p><p><i>“Nadie pide un SAT débil ni privilegios para las multinacionales. Que paguen lo que deben. Pero otra cosa es cambiar criterios, desconocer deducciones años después o hacer tan costosa la defensa que resulte más barato negociar que litigar. Ahí la </i><i><b>fiscalización </b></i><i>deja de ser </i><i><b>certeza </b></i><i>y empieza a convertirse en </i><i><b>riesgo</b></i><i>.</i></p><p><i>“México puede recaudar más; lo que no puede permitirse es que invertir aquí signifique no saber qué </i><i><b>reglas </b></i><i>terminarán aplicándote mañana. El capital soporta impuestos altos. Lo que castiga es la </i><i><b>arbitrariedad</b></i><i>. Y cuando esa percepción llega a </i><i><b>Washington </b></i><i>en plena revisión del T-MEC, el problema ya es mucho más grande que el SAT”, </i>agregó.</p><p>Bueno, parece que el secretario de Hacienda tiene tarea, pues varias empresas de EEUU acusaron al SAT antes senadores de ese país, por un presunto <b>acoso </b>del SAT. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT enfrenta serías acusaciones de empresas de Estados Unidos por una cuestionable fiscalización. 
Crédito: X/ @SATMX]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Qué servicios podrías perder si suspenden tu línea por no registrarla? Apps bancarias, mensajería y compras en riesgo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/que-servicios-podrias-perder-si-suspenden-tu-linea-por-no-registrarla-apps-bancarias-mensajeria-y-compras-en-riesgo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/que-servicios-podrias-perder-si-suspenden-tu-linea-por-no-registrarla-apps-bancarias-mensajeria-y-compras-en-riesgo/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Si no ligas el número con la CURP, puedes quedarte sin códigos para transferencias, recuperar contraseñas o activar aplicaciones financieras, aunque el dinero en tus cuentas siga intacto]]></description><pubDate>Sat, 15 Aug 2026 19:29:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KDL7KS2OPNGJXHICJN3CENLTCI.png?auth=e56285354531107fbb450c9d0c3c32eca1c4f67df6f727fb7de7776e21781bf5&smart=true&width=1536&height=1024" alt=". El corte no solo interrumpe llamadas: elimina los datos móviles y los mensajes SMS, que son la llave de autenticación que usan decenas de aplicaciones para verificar la identidad del usuario. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>La suspensión de tu línea celular</b> puede dejarte sin acceso a tu <b>banca móvil</b>, mensajería y compras en línea si no vinculas tu número con la <b>CURP</b> antes de la fecha que corresponde al último dígito de tu teléfono.</p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/10/manten-activo-el-servicio-de-tu-telefono-celular-estas-son-las-terminaciones-que-seran-suspendidas-en-agosto-si-no-se-registran" rel="noopener noreferrer">La <b>Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT)</b></a> inició en agosto de 2026 las primeras suspensiones del calendario escalonado para líneas de prepago sin registrar. El corte no solo interrumpe llamadas: elimina los datos móviles y los mensajes SMS, que son la llave de autenticación que usan decenas de aplicaciones para verificar la identidad del usuario.</p><h2>El efecto en cadena que pocos anticipan</h2><p>Cuando una línea queda suspendida, las apps no desaparecen del teléfono, pero dejan de funcionar en los momentos que más importan.</p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/25/tu-whatsapp-podria-quedar-inhabilitado-si-no-registras-tu-linea-con-la-curp" rel="noopener noreferrer"><b>WhatsApp</b> y <b>Telegram</b></a> pueden seguir abiertos si hay conexión WiFi, pero cualquier reactivación, cambio de teléfono o reinstalación exige recibir un código por SMS o llamada. Sin línea activa, ese código nunca llega.</p><p>Lo mismo ocurre con <b>Uber</b>, <b>DiDi</b>, <b>Amazon</b> y <b>Mercado Libre</b>: en entregas o compras, estas plataformas confirman operaciones mediante mensajes al número registrado. Si la línea está suspendida, la verificación falla.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VI7Y5D4OUFBT5ICXHLQMXC7ODQ.png?auth=7c8f359dea021cdb5dc6b42ac31fbbfba3686b47750c4a249b6a6a011d329aa7&smart=true&width=1408&height=768" alt="La mayoría de los bancos en México utilizan códigos de un solo uso —conocidos como OTP— enviados por SMS para autorizar transferencias SPEI (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Banca móvil: el golpe más directo</h2><p>La <b>Asociación de Bancos de México (ABM)</b> advirtió que el número celular es “la llave para validar la identidad y mantener activa la banca digital”. Sin ella, el usuario pierde el control remoto de sus finanzas.</p><p>El problema no está en las cuentas ni en el dinero depositado: ambos permanecen intactos. La afectación es operativa.</p><p>La mayoría de los bancos en México utilizan códigos de un solo uso —conocidos como OTP— enviados por SMS para autorizar transferencias <b>SPEI</b>, activar la app en un dispositivo nuevo, recuperar contraseñas y confirmar compras. Sin SMS, esas operaciones quedan bloqueadas.</p><p>Instituciones como <b>Santander</b> y <b>Plata</b> ya notificaron a sus clientes sobre el riesgo. Quienes no puedan recibir el código deberán acudir en persona a una sucursal para resolver trámites que normalmente harían desde el celular.</p><h2>Trámites de gobierno también en riesgo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UCIJ33WCB5FRXCEZU44TW6J6XM.png?auth=1985178858faa62e08104f33380a06d7f448c3033d03fa6373266530afe7d949&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Sin línea activa, un usuario puede quedar impedido para presentar declaraciones fiscales, consultar semanas cotizadas o gestionar citas médicas en línea.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El impacto se extiende a plataformas oficiales. Servicios del <b>SAT</b>, el <b>IMSS Digital</b> y aplicaciones de programas sociales también usan el número telefónico como segundo factor de autenticación.</p><p>Sin línea activa, un usuario puede quedar impedido para presentar declaraciones fiscales, consultar semanas cotizadas o gestionar citas médicas en línea.</p><h2>Qué sigue funcionando durante la suspensión</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BR74RSPGMVEZHK4LSEZKPMDSN4.png?auth=6fceced5f87fda9a4def348445a46bd3340006c9f0f671464c9f22ba0e12ce9d&smart=true&width=1408&height=768" alt="Durante la suspensión siguen disponibles: llamadas al 911, comunicación con los números de atención ciudadana 079, 088 y 089, contacto con el operador para regularizar el trámite, y recepción de alertas sísmicas y de protección civil. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La suspensión no deja el teléfono completamente inutilizable. La CRT estableció que las líneas bloqueadas conservan acceso a servicios de emergencia.</p><p>Durante la suspensión siguen disponibles: llamadas al <b>911</b>, comunicación con los números de atención ciudadana <b>079</b>, <b>088</b> y <b>089</b>, contacto con el operador para regularizar el trámite, y recepción de alertas sísmicas y de protección civil.</p><p>El número no se pierde. Una vez completada la vinculación con el operador, el servicio se restablece de forma completa, incluyendo llamadas, SMS y datos móviles. La CRT permite regularizar la línea dentro de los <b>90 días</b> posteriores a la suspensión.</p><h2>Fechas, operadores y cómo hacer el trámite</h2><p>El calendario de la CRT organiza los plazos según el <b>último dígito del número telefónico</b>. Las terminaciones <b>0</b> vencieron el 15 de agosto; las terminaciones <b>1</b> tienen plazo hasta el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/03/registro-de-celular-con-curp-quienes-deben-hacer-el-tramite-en-agosto-para-que-no-cancelen-su-linea" rel="noopener noreferrer"><b>31 de agosto</b></a>. El resto se extiende hasta diciembre:</p><p>Terminación <b>2:</b> 15 de septiembre</p><p>Terminación <b>3:</b> 30 de septiembre</p><p>Terminación <b>4:</b> 15 de octubre</p><p>Terminación <b>5:</b> 31 de octubre</p><p>Terminación <b>6:</b> 15 de noviembre</p><p>Terminación <b>7:</b> 30 de noviembre</p><p>Terminación <b>8:</b> 15 de diciembre</p><p>Terminación <b>9:</b> 31 de diciembre</p><p>La medida aplica únicamente a <b>líneas de prepago</b>. Las líneas de pospago o plan de renta ya quedaron registradas a nombre del titular al firmar el contrato, por lo que sus usuarios no deben repetir el trámite.</p><p>Los operadores incluidos son <b>Telcel</b>, <b>AT&amp;T</b>, <b>Movistar</b>, <b>Bait</b>, <b>CFE</b> y <b>OXXO CEL</b>, entre otros proveedores móviles virtuales.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PGHUSZHDZRGRBBT7B6EZKDEWM4.png?auth=5be00369641ce47ec3134c9036559043c85a7ed5a280859be3f5998b0fdc8b69&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El portal oficial de consulta y acceso a los operadores es registratulinea.crt.gob.mx. La CRT también habilitó códigos QR en tiendas OXXO para acceder directamente al portal desde el punto de venta. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Cómo registrar la línea y qué evitar</h2><p>El trámite es gratuito y puede realizarse por el portal o la app oficial del operador, o de forma presencial en un centro de atención. Se requiere identificación oficial vigente y CURP; en algunos casos, el proceso en línea incluye fotografías del documento y una prueba de vida con la cámara del teléfono.</p><p>El portal oficial de consulta y acceso a los operadores es <b>registratulinea.crt.gob.mx</b>. La CRT también habilitó códigos QR en tiendas <b>OXXO</b> para acceder directamente al portal desde el punto de venta.</p><p><b>Los operadores no realizan llamadas para confirmar registros.</b> Cualquier contacto no solicitado que pida datos personales, NIP o pagos debe tratarse como un intento de fraude. Los reportes pueden hacerse al correo <b>denuncias@sat.gob.mx</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/KDL7KS2OPNGJXHICJN3CENLTCI.png?auth=e56285354531107fbb450c9d0c3c32eca1c4f67df6f727fb7de7776e21781bf5&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre con expresión de angustia observa la pantalla de su teléfono móvil que indica "Sin servicio" en un entorno doméstico. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[CCE considera exitosas las acciones de Sheinbaum para facilitar inversiones por 3 mil 500 mdd]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/cce-considera-exitosas-las-acciones-de-sheinbaum-para-facilitar-inversiones-por-3-mil-500-mdd/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/15/cce-considera-exitosas-las-acciones-de-sheinbaum-para-facilitar-inversiones-por-3-mil-500-mdd/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[El presidente del CCE, José Medina Mora, aseguró que pronto se darán a conocer en qué sectores se invertirán esos recursos ]]></description><pubDate>Sat, 15 Aug 2026 01:51:52 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4IJ6OWJ6JNGLXI3XFLZUWFNRLM.jpg?auth=a66b5d16de6582ac0d6c2d50129e444393cd97eafbe26071c2a65dc4979b1b99&smart=true&width=1929&height=1080" alt="José Medina Mora, dirigente del CCE, reconoció a Claudia Sheinbaum por destrabar inversiones. 
Crédito: X / @cceoficialmx" height="1080" width="1929"/><p><b>José Medina Mora Icaza</b>, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (<a href="https://infobae.com/mexico/2026/07/24/cce-emite-postura-tras-conclusion-de-tercera-ronda-bilateral-de-negociaciones-del-t-mec" target="_blank" rel="" title="https://infobae.com/mexico/2026/07/24/cce-emite-postura-tras-conclusion-de-tercera-ronda-bilateral-de-negociaciones-del-t-mec"><b>CCE</b></a>) , dijo que las acciones para facilitar el flujo de <b>inversiones </b>en México impulsadas por la presidenta, Claudia Sheinbaum, han sido “exitosas”. </p><p>Este viernes, el líder empresarial destacó que el<b> </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/06/revision-del-t-mec-podria-quedar-definida-antes-de-diciembre-para-dar-certeza-a-inversiones-senala-la-concamin/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/08/06/revision-del-t-mec-podria-quedar-definida-antes-de-diciembre-para-dar-certeza-a-inversiones-senala-la-concamin/"><b>gobierno federal</b></a> ya autorizó inversiones por tres mil 500 millones de dólares, mismas que pronto serán anunciadas. </p><p>Tras sostener una reunión con<b> Altagracia Gómez Sierra,</b> coordinadora del Consejo Asesor para el Desarrollo Económico Regional y Relocalización (CADERR) y el embajador de México en Estados Unidos,<b> Roberto Lazzeri Montañ</b>o, Medida Mora aplaudió los avances significativos de los decretos anunciados el pasado 4 de mayo por Sheinbaum Pardo para dar certidumbre a las inversiones, como el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/28/fracking-en-mexico-sheinbaum-explica-retraso-en-estudio-sobre-gas-no-convencional-afirma-que-conclusiones-seran-satisfactorias/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/28/fracking-en-mexico-sheinbaum-explica-retraso-en-estudio-sobre-gas-no-convencional-afirma-que-conclusiones-seran-satisfactorias/"><b>Plan México</b></a><b>.</b></p><p><i>“Pronto tendremos un anuncio porque ya son más de tres mil 500 millones de dólares de inversiones autorizadas”,</i> reveló el líder empresarial ante medios de comunicación, tras participar en la reunión del <b>Consejo Nacional </b>del CCE.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QFLOK2RTRZAXHOOSPHF4JKR2L4.jpg?auth=f1f5a734f160486ca1d27a13ff16b397a53b614ec4ca6ad21a5ef9bd5dcd8e31&smart=true&width=1280&height=853" alt="El CCE también tuvo una reunión con el embajador de México en EEUU.
Crédito: X/ @cceoficialmx" height="853" width="1280"/><h2>Altagracia Gómez es puente de comunicación con los empresarios: José Medina Mora </h2><p>El líder empresarial también destacó el trabajo de Altagracia Gómez, al detallar que actúa como “un puente de comunicación del <b>sector empresarial </b>con el gobierno federal”.</p><p>Además, José Medina Mora señaló que el <b>comité de inversiones </b>de la actual administración, conformado por petición del sector empresarial, ha demostrado ser altamente efectivo. <i>“Ese comité de inversión ha sido muy exitoso, se reúne cada semana”</i>, dijo.</p><p>Medina Mora insistió en que “los proyectos que hemos enviado se resuelven rápidamente”. Subrayó que el enfoque del gobierno federal es <b>simplificar los trámites</b> y acelerar las respuestas ha sido fundamental.</p><p>Resaltó que la presidenta Sheinbaum Pardo “le ha dado prioridad de tal manera que se ha podido avanzar” y que las acciones para<b> disminuir trámites</b> y obtener respuestas más rápidas han sido claves.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SSBO25EMU5DHZGJQFQ2JJYDP7Y.jpg?auth=b516d6bbc47609ef824387539f5b841345889b66703d21072d9d7ab563f60957&smart=true&width=1280&height=853" alt="El líder del CCE, José Medina Mora, se mostró satisfecho por las inversiones en México.
Crédito: X/ @cceoficialmx" height="853" width="1280"/><p>También habló sobre los lineamientos hacia el Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) para que no frene los proyectos de inversión y, al mismo tiempo, continúe con su función <b>recaudatoria.</b></p><h2>Nuevas inversiones frenaran caída económica</h2><p>Por otro lado, el dirigente del CCE precisó que los esfuerzos para facilitar inversiones en el país han dado frutos, ya que, luego de un <b>primer trimestre de caída económica</b>, “a partir del segundo trimestre empieza a retomar el crecimiento, empieza a retomar también las inversiones”.</p><p>Mora Icaza aclaró que las inversiones autorizadas incluyen tanto <b>nacionales </b>como <b>extranjeras</b>, y que “todo lo que sea inversión lo estamos impulsando”.</p><p>Pese a que aún hay muchos proyectos en proceso de autorización, el presidente del CCE reconoció la apertura de las autoridades para facilitar la inversión, incluyendo la rápida respuesta de la <b>Secretaría de Economía </b>a las solicitudes de inversiones en generación de energía, “que como saben es como la punta de lanza”.</p><h2>Fracking es una oportunidad de inversión: Medina Mora </h2><p>Mientras organizaciones civiles, así como expertos y sociedad en general se oponen a esta práctica, el líder empresarial consideró que la apertura del gobierno federal para utilizar el <i><b>fracking</b></i> con <b>Pemex </b>es una oportunidad de inversión para el sector privado.</p><p>Lo anterior, porque “la tecnología ha avanzado” y el comité de revisión ha recomendado tener especial cuidado con el <b>medio ambiente</b>. Bueno, para los empresarios, siempre será más importante multiplicar sus ganancias.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4PCKWEAO5VGW5IWS5JCT64US6Q.jpg?auth=641f4f629f92aa09b91d49ad2a2ade74c904028555df2889242029dda00a1479&smart=true&width=1280&height=853" alt="El CCE no le hace el feo al fracking y lo ve como una oportunidad de inversión en México.
Crédito: X/ @cceoficialmx" height="853" width="1280"/><p><i>“Hoy la </i><i><b>tecnología </b></i><i>para hacer este tipo de exploración contempla el cuidado del medio ambiente y la reparación de tal manera que no haya un efecto secundario”,</i> indicó Medina Mora, al tiempo que subrayó que estos<b> recursos energéticos </b>son importantes para que “<b>México </b>pueda competir y tener ventajas competitivas como país”.</p><p>Mientras la<b> economía mexicana </b>sigue de capa de caída, el dirigente del CCE reconoció las acciones de Claudia Sheinbaum para facilitar inversiones por tres mil 500 millones de pesos. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/4IJ6OWJ6JNGLXI3XFLZUWFNRLM.jpg?auth=a66b5d16de6582ac0d6c2d50129e444393cd97eafbe26071c2a65dc4979b1b99&amp;smart=true&amp;width=1929&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1929"><media:description type="plain"><![CDATA[José Medina Mora, dirigente del CCE, reconoció a Claudia Sheinbaum por destrabar inversiones. 
Crédito: X / @cceoficialmx]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT habilita opción para dar de alta RFC desde casa: cómo realizar y cuáles son los requisitos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/12/sat-habilita-opcion-para-dar-de-alta-rfc-desde-casa-como-realizar-y-cuales-son-los-requisitos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/12/sat-habilita-opcion-para-dar-de-alta-rfc-desde-casa-como-realizar-y-cuales-son-los-requisitos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La opción por llamada en video está disponible para tres perfiles específicos, mientras menores de edad, empresas, extranjeros sin CURP y registros suspendidos deben seguir otra vía]]></description><pubDate>Wed, 12 Aug 2026 18:03:14 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3SQCPXY3GVBYZD5KAERCMQQAYM.jpg?auth=35e492f0c3514ce747fdf173181c741c21f810435b3c90935afa44446911f17d&smart=true&width=1456&height=816" alt="El trámite es gratuito. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que cualquier cobro por gestionar una cita o agilizar el proceso debe denunciarse al correo denuncias@sat.gob.mx. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p><b>El SAT</b> habilitó su <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2022/09/29/sat-que-es-la-oficina-virtual-y-que-servicios-ofrece/" rel="noopener noreferrer"><b>Oficina Virtual</b></a> para que personas físicas tramiten su inscripción al <b>Registro Federal de Contribuyentes</b> por videollamada, sin necesidad de acudir a ningún módulo presencial. El servicio está disponible para <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/08/04/5-mil-mexicanos-han-sacado-su-rfc-desde-el-extranjero-segun-el-sat/" rel="noopener noreferrer">mexicanos residentes en el extranjero</a> y para quienes perciben ingresos por salarios o no tienen obligaciones fiscales pendientes.</p><p>El trámite es gratuito. El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> advirtió que cualquier cobro por gestionar una cita o agilizar el proceso debe denunciarse al correo denuncias@sat.gob.mx.</p><h2>A quiénes va dirigido y quiénes no pueden usarlo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FSEPIATP7JBPXLFHGIYDO4SIHY.png?auth=1c10f60e39176f975f900865b29fd676457148cbbdd8029733ff3fdd2ea2bdf2&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Quedan excluidos de esta modalidad los menores de 18 años —que deben acudir de forma presencial con un tutor (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La Oficina Virtual atiende tres perfiles: <a href="https://www.infobae.com/mexico/2024/05/22/mexicanos-en-el-extranjero-podran-dar-de-alta-su-rfc-gracias-a-un-convenio-entre-el-sat-y-sre/" rel="noopener noreferrer">mexicanos que viven fuera del país</a>, personas físicas con ingresos por salarios y personas físicas sin obligaciones fiscales activas.</p><p>Quedan excluidos de esta modalidad los menores de 18 años —que deben acudir de forma presencial con un tutor—, las personas morales, los extranjeros sin CURP asignada y quienes tengan el RFC suspendido o cancelado por el SAT.</p><h2>Documentos que se necesitan antes de agendar</h2><p>Son tres los requisitos documentales para acceder al servicio:</p><p>Identificación oficial vigente.</p><p>Comprobante de domicilio, únicamente si la dirección no aparece en la identificación.</p><p><b>Formato de Inscripción al RFC por Oficina Virtual (FOV-I)</b>, llenado y firmado con anterioridad a la cita.</p><p>Los archivos deben enviarse a color, en formato PDF, con buena legibilidad y sin superar los 4 megabytes por documento.</p><h2>Cómo agendar la videollamada: cinco pasos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GNEO2ASHMFE6DDM3OXKU75CVTA.jpg?auth=82ded8a13b6c5b87f6ca7330006253eb35606fdf3ae0c0190cd7ba8c050c7738&smart=true&width=1456&height=816" alt="Las citas se liberan de forma constante en la plataforma. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El procedimiento completo se realiza desde el portal oficial del SAT y consta de cinco etapas:</p><p>1. Ingresar a citas.sat.gob.mx y seleccionar <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2022/06/06/sat-como-tramitar-el-rfc-por-primera-vez-y-cuales-son-los-requisitos/" rel="noopener noreferrer">“Inscripción al padrón de contribuyentes Personas Físicas”</a>.</p><p>2. Recibir el acuse de confirmación en el correo electrónico registrado.</p><p>3. Enviar la documentación antes de la cita desde el apartado “Consultar / Gestionar”, o bien al correo oficina.virtual@sat.gob.mx.</p><p>4. Conectarse a la videollamada en la fecha y hora indicadas, siguiendo las instrucciones del correo de confirmación.</p><p>5. Durante la sesión, personal del SAT valida la identidad del solicitante y revisa la documentación hasta concluir la inscripción.</p><p>Las citas se liberan de forma constante en la plataforma.</p><h2>Sin aplicaciones adicionales y con horario del Centro de México</h2><p>Desde julio de 2025, la plataforma permite ingresar a la videollamada directamente desde el enlace recibido por correo, sin necesidad de descargar aplicaciones de terceros en computadora o teléfono celular.</p><p>El SAT precisó que <b>los horarios publicados al momento de agendar corresponden al Tiempo del Centro de México</b>, por lo que los usuarios de otras entidades con distinto huso horario deben considerar la diferencia antes de confirmar su cita.</p><h2>La Oficina Virtual también corrige la CURP vinculada al RFC</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NZQCAU76TNEZZNMDI3XJR3Y3XY.png?auth=034d370a7bfc9142121f798dba072a4286cb39b511661d1c5e73a1c7a445e8f5&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Si la documentación está completa, el SAT entrega de inmediato el Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal y la Constancia de Situación Fiscal corregida. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La misma plataforma permite tramitar la corrección o incorporación de la CURP al RFC cuando el dato es incorrecto, está desactualizado o no aparece registrado. Este procedimiento corresponde al <b>trámite 36/CFF</b>, denominado “Aviso de corrección o cambio de nombre y demás datos de identidad”.</p><p>Para este caso, los requisitos adicionales son: identificación oficial digitalizada por ambos lados y el formato de solicitud 36/CFF llenado y firmado, con la CURP anterior que contiene el error y la fecha exacta de la cita.</p><p>Si la documentación está completa, el SAT entrega de inmediato el Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal y la Constancia de Situación Fiscal corregida.</p><h2>Otros trámites que resuelve la Oficina Virtual</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6HUNXOSONJDTXCN3OUR2ACSUL4.png?auth=8940e319225cc0d9ec8f2bc2ecbd31f5c74f6307579fb7bbb9729f985d577c93&smart=true&width=1408&height=768" alt="Quienes ya cuenten con RFC pueden usar la Oficina Virtual para actualizar datos del registro, como cambios en el régimen fiscal o en la actividad económica declarada, siempre que dispongan de contraseña o e.firma vigente. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La plataforma no se limita a la inscripción al RFC. A través de la misma modalidad de videollamada, el SAT también ofrece <b>orientación fiscal</b> a contribuyentes que tengan dudas sobre sus obligaciones, regímenes o situación ante el fisco, sin necesidad de cita presencial.</p><p>Quienes ya cuenten con RFC pueden usar la Oficina Virtual para actualizar datos del registro, como cambios en el régimen fiscal o en la actividad económica declarada, siempre que dispongan de contraseña o e.firma vigente.</p><p>La corrección de nombre, apellidos o fecha de nacimiento vinculados al RFC también se gestiona por esta vía, bajo el mismo esquema del trámite 36/CFF ya descrito. En todos los casos, el acceso se realiza desde el enlace enviado por correo, sin descargar aplicaciones.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3SQCPXY3GVBYZD5KAERCMQQAYM.jpg?auth=35e492f0c3514ce747fdf173181c741c21f810435b3c90935afa44446911f17d&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT ofrece hasta 100% de descuento en multas y recargos: requisitos y cómo solicitar ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/el-sat-ofrece-hasta-100-de-descuento-en-multas-y-recargos-requisitos-y-como-solicitar/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/11/el-sat-ofrece-hasta-100-de-descuento-en-multas-y-recargos-requisitos-y-como-solicitar/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La regularización fiscal sigue disponible este 2026 para bajar multas, recargos y gastos de ejecución, con opción de pagar en una sola exhibición o en seis parcialidades y fechas límite distintas]]></description><pubDate>Tue, 11 Aug 2026 19:21:55 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/E5MERJVOKNFNVH3U3NG7VOMRIA.png?auth=baaddcdf19dc2171601a3418d492a92a213080a07e76b35340895ba5570dcf3a&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El programa está activo desde el 1 de enero de 2026 y busca que los contribuyentes corrijan su situación fiscal con una carga financiera menor derivada de sanciones acumuladas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/">El Servicio de Administración Tributaria</a> (SAT) mantiene vigente el Programa de Regularización Fiscal 2026, que ofrece descuentos de hasta 100% en multas, recargos y gastos de ejecución a personas físicas y empresas con adeudos fiscales pendientes. La solicitud puede presentarse hasta el <b>31 de octubre de 2026</b>.</p><p>El programa está activo desde el 1 de enero de 2026 y busca que los contribuyentes corrijan su situación fiscal con una carga financiera menor derivada de sanciones acumuladas.</p><h2>Qué beneficios ofrece el programa</h2><p>El SAT condona hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. Además, permite cubrir el adeudo en una sola exhibición o mediante <b>hasta seis parcialidades</b>, con la condición de que el último pago se realice a más tardar el 30 de noviembre de 2026.</p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/01/15/sat-anuncia-ayuda-a-pequenos-contribuyentes-eliminara-100-de-multas-y-recargos-en-estos-casos/" rel="noopener noreferrer">El beneficio no elimina el impuesto principal adeudado</a>, sino los accesorios: las sanciones y los cargos adicionales que se acumulan sobre la deuda original.</p><h2>Quiénes pueden solicitarlo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El esquema contempla adeudos generados en 2024 o ejercicios anteriores (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Pueden acceder al programa las <b>personas físicas y morales</b> cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal 2024 no hayan superado los <b>300 millones de pesos</b>. El requisito aplica tanto para quienes tienen créditos fiscales ya determinados por la autoridad como para quienes desean corregir su situación de forma voluntaria.</p><p>También pueden incorporarse contribuyentes sujetos a facultades de comprobación o que cuenten con créditos fiscales firmes determinados por el SAT o por la <b>Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM)</b>.</p><h2>Qué adeudos cubre</h2><p>El esquema contempla adeudos generados en 2024 o ejercicios anteriores. Incluye contribuciones federales propias, retenidas o trasladadas; aprovechamientos; cuotas compensatorias; recargos; gastos de ejecución; y multas por infracciones fiscales, aduaneras o de comercio exterior.</p><p>También abarca sanciones por incumplimiento de obligaciones fiscales distintas al pago.</p><h2>Plazos para presentar la solicitud</h2><p>Los contribuyentes con <b>créditos fiscales determinados</b> por la autoridad tienen hasta el <b>31 de octubre de 2026</b> para presentar su solicitud. Quienes no cuenten con créditos fiscales determinados disponen de un plazo extendido hasta el <b>31 de diciembre de 2026</b>.</p><p>En ambos casos, el pago en parcialidades debe quedar saldado a más tardar el 30 de noviembre.</p><h2>Cómo solicitar el beneficio ante el SAT</h2><p>El trámite puede realizarse por dos vías. En línea, el contribuyente debe ingresar a <b>sat.gob.mx</b>, acceder a Mi Portal con su RFC y contraseña, y enviar un escrito libre con la solicitud de adhesión.</p><p>De forma presencial, puede acudir a la oficina desconcentrada del SAT correspondiente a su domicilio para recibir orientación y apoyo en el proceso. El SAT recomienda verificar previamente que los adeudos estén registrados y definir la modalidad de pago antes de iniciar el trámite.</p><h2>Resultados del programa hasta agosto de 2026</h2><p>Al corte más reciente, el Programa de Regularización Fiscal 2026 ha aportado <b>6,436 millones de pesos</b> al erario. Un total de <b>38,399 contribuyentes</b> se han beneficiado: <b>11,404 empresas</b> y <b>26,995 personas físicas</b>.</p><h2>Qué se condona exactamente y qué no</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt=" El SAT precisó que quedan fuera quienes ya recibieron condonación en programas generalizados anteriores, quienes tengan sentencia firme por delito fiscal, y quienes figuren en los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El beneficio no es uniforme en todos los casos. Según el <b>comunicado oficial 51/2026</b> del SAT publicado en gob.mx/sat, la condonación llega al <b>100%</b> en multas, recargos y gastos de ejecución cuando se trata de adeudos firmes.</p><p>Para multas derivadas exclusivamente de incumplimientos formales —es decir, obligaciones distintas al pago de un monto adeudado—, el porcentaje de condonación baja a <b>90%</b>.</p><h2>Quiénes quedan excluidos del programa</h2><p>No todos los contribuyentes con adeudos pueden acceder al beneficio. El SAT precisó que quedan fuera quienes ya recibieron condonación en programas generalizados anteriores, quienes tengan <b>sentencia firme por delito fiscal</b>, y quienes figuren en los listados definitivos de los <b>artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación</b>, relativos a operaciones simuladas.</p><p>La autoridad recomienda revisar el historial fiscal antes de iniciar cualquier trámite.</p><h2>Paso a paso para solicitar la regularización</h2><p>El SAT estableció el siguiente procedimiento para adherirse al programa:</p><p><b>1. Verifica tu situación fiscal.</b> Revisa en tu buzón tributario o en el portal sat.gob.mx si tienes créditos fiscales firmes susceptibles de regularizarse. Este paso es previo a cualquier trámite.</p><p><b>2. Identifica tu escenario.</b> Define si tu adeudo ya fue determinado por la autoridad o si deseas corregir tu situación de forma voluntaria. El canal y los plazos pueden variar según el caso.</p><p><b>3. Elige la vía de solicitud.</b> Puedes hacerlo en línea desde sat.gob.mx —ingresando a Mi Portal con tu RFC y contraseña para enviar un escrito libre— o de forma presencial en la oficina desconcentrada del SAT más cercana a tu domicilio.</p><p><b>4. Presenta la solicitud antes del plazo.</b> La fecha límite es el <b>31 de octubre de 2026</b> para contribuyentes con créditos fiscales determinados, y el <b>31 de diciembre de 2026</b> para quienes corrijan su situación de forma voluntaria.</p><p><b>5. Espera la respuesta de la autoridad.</b> Al presentar la solicitud, el procedimiento administrativo de ejecución queda <b>suspendido de forma automática</b>, sin necesidad de garantizar el interés fiscal.</p><p><b>6. Realiza el pago.</b> Una vez aprobada la solicitud, cubre el adeudo en una sola exhibición o en <b>hasta seis parcialidades</b>. El último pago debe liquidarse a más tardar el <b>30 de noviembre de 2026</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/E5MERJVOKNFNVH3U3NG7VOMRIA.png?auth=baaddcdf19dc2171601a3418d492a92a213080a07e76b35340895ba5570dcf3a&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una funcionaria del Servicio de Administración Tributaria (SAT) orienta a una contribuyente sobre trámites y documentos en las oficinas de la institución. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La prórroga del impuesto de circulación en Guatemala extiende el pago sin recargos hasta diciembre de 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/08/11/la-prorroga-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-extiende-el-pago-sin-recargos-hasta-diciembre-de-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/08/11/la-prorroga-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-extiende-el-pago-sin-recargos-hasta-diciembre-de-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Sayda Galicia]]></dc:creator><description><![CDATA[La disposición quedó oficializada en el Decreto 19-2026, firmado por Bernardo Arévalo y su gabinete, tras un solo debate con tres votos en contra y 27 ausencias]]></description><pubDate>Tue, 11 Aug 2026 18:57:10 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/S26XCUWDURBAXI37C3ETNMNAZU.png?auth=f13def41d20b1d855b3f1d38cb2f3b55662ea41f950bef1b0a2ae6dce13a23fd&smart=true&width=1408&height=768" alt="Una calcomanía oficial en el parabrisas de un vehículo indica la prórroga del impuesto de circulación en Guatemala hasta el año 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La prórroga del <b>Impuesto</b> sobre <b>Circulación</b> de <b>Vehículos</b> en <b>Guatemala</b> ya está vigente y extiende hasta el último día hábil de diciembre de 2026 el plazo para pagar el tributo sin recargos, una medida que busca dar margen a los propietarios que no cumplieron antes del 31 de julio y aliviar el impacto económico que, según los diputados, han causado el alza de los combustibles y de la canasta básica.</p><p>La ampliación beneficia a la porción de contribuyentes que seguía pendiente del trámite. Hasta el 3 de agosto, la información de comunicación social de la <b>SAT</b> registraba <b>5,37 millones</b> de vehículos con el impuesto pagado, equivalentes al <b>81%</b> del parque sujeto al cobro, mientras <b>1,40 millones</b> seguían en mora, un <b>19%</b> del total.</p><p>La norma fue oficializada con la publicación del Decreto 19-2026 en el <i>Diario de Centro América</i> y entra en vigor el 12 de agosto. El texto establece que las multas, moras e intereses por falta de pago quedan exonerados desde el 1 de agosto hasta la entrada en vigencia de la ley temporal.</p><p>El cambio responde a una decisión del Congreso de la República, que aprobó la medida de urgencia nacional en un solo debate. El decreto recibió 130 votos a favor, tres en contra y registró 27 ausencias.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SWFFH34WGNBMZCN6SR4LHNAXTM.png?auth=e8faa8e3aa1839aaf2a7e06cdc8ce8d6b5408c8a01c774072b8d35b92a6327fa&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un decreto del Congreso de la República de Guatemala muestra la extensión del plazo para el pago del impuesto sobre circulación de vehículos terrestres. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>La prórroga permite pagar hasta diciembre sin multas ni intereses</h2><p>La disposición responde de forma directa a la situación de quienes no pagaron dentro del plazo ordinario: podrán regularizar el ISCV hasta diciembre de 2026 sin que se les cobren los recargos generados por el atraso durante el período cubierto por la ley. Después de esa fecha volverán a aplicarse las disposiciones y recargos previstos en la legislación tributaria.</p><p>El presidente <b>Bernardo Arévalo</b>, el ministro de Finanzas Públicas Jonathan Menkos y el secretario general de la Presidencia Juan Gerardo Guerrero firmaron el decreto aprobado por el Congreso el 29 de julio. La ley temporal autoriza la extensión del plazo para el ejercicio fiscal 2026 y mantiene abierta la posibilidad de pago durante varios meses adicionales.</p><p>La ampliación permite que los contribuyentes pendientes realicen el pago cuando dispongan de recursos más adelante en el año, incluido el período de aguinaldo, una de las razones mencionadas por los diputados para justificar la medida.</p><p>Para completar el trámite, los propietarios deben ingresar al portal de la <b>Superintendencia de Administración Tributaria</b>, verificar el monto correspondiente y efectuar el pago. Una vez hecho, podrán actualizar la tarjeta de circulación, documento vinculado al cumplimiento anual de esta obligación.</p><h2>El impuesto de circulación sostiene una meta de Q. 1.495,13 millones</h2><p>Los datos de recaudación muestran el peso fiscal del tributo. Hasta la fecha consignada por la SAT, el cobro acumulado ascendía a Q. 1.271,47 millones, equivalente al <b>85%</b> de la meta fijada para 2026, que es de Q. 1.495,13 millones.</p><p>El universo de vehículos registrados asciende a 6.674.731 unidades. De ese total, 3.401.187 son motocicletas, 2.844.187 corresponden a vehículos particulares y 429.379 a vehículos comerciales; además, se reportan 110 mil vehículos inactivos.</p><p>La publicación también precisa que la tarjeta de circulación y la calcomanía correspondientes a 2025 mantendrán su validez hasta el 31 de diciembre de 2026 como efecto de la ampliación. Aun así, sigue siendo obligatorio para conductores de vehículos y motocicletas portar licencia de conducir, tarjeta de circulación y calcomanía.</p><p>La entrada en vigor de la prórroga también modifica los controles en la vía pública. El Departamento de Tránsito de la <b>Policía Nacional Civil</b> no verificará el pago del impuesto durante los operativos ni impondrá sanciones por ese incumplimiento, mientras la Policía Municipal de Tránsito indicó que no realizará operativos relacionados con esa verificación hasta 2027.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/4KJIZ6P5JJDCNHRW2XNTRCZW74.png?auth=6d7f4645c395e448a47ce9ffa2936c3272906cacaec9d7ddb81aa65e8fae809b&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Un residente de Guatemala sostiene un letrero que anuncia la prórroga del impuesto de circulación, que permite el pago sin recargos hasta diciembre de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Auditorías sorpresa con cámaras: el nuevo operativo del SAT]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/07/auditorias-sorpresa-con-camaras-el-nuevo-operativo-del-sat/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/07/auditorias-sorpresa-con-camaras-el-nuevo-operativo-del-sat/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Plan Maestro de Fiscalización 2026 incorpora fotos, audio y video dentro de revisiones formalmente iniciadas para comprobar materialidad de operaciones y existencia de bienes o servicios, con procedimientos regulados por ley]]></description><pubDate>Fri, 07 Aug 2026 16:52:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LCJ6P3LGVRCSPAACSX6N57V4BE.png?auth=effd3bcf3fe178f3b2eb33b91199ed41de275f6cb7e6c616e0ab86aaad8fb20b&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La idea de que inspectores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) recorrerán colonias enteras realizando revisiones sorpresa o tocando puertas al azar es falsa. Las autoridades fiscales aclararon que no existen operativos masivos de ese tipo ni programas de inspección indiscriminada. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El SAT</b> implementa <b>cámaras y grabaciones</b> en auditorías formales para verificar que las operaciones fiscales de empresas y contribuyentes sean reales, en el marco de su nuevo <b>Plan Maestro de Fiscalización 2026</b>, que combina tecnología, cruce de datos y alertas electrónicas para detectar irregularidades con mayor precisión.</p><p>La idea de que inspectores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion" rel="noopener noreferrer">recorrerán colonias enteras</a> realizando revisiones sorpresa o tocando<b> puertas al azar es falsa. </b>Las autoridades fiscales aclararon que no existen operativos masivos de ese tipo ni programas de inspección indiscriminada. Especialistas fiscales coinciden en que los rumores difundidos en redes sociales exageran el alcance real del plan.</p><h2>Qué es la “Fiscalización Inteligente” del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ROWIN4Q2AFEIPGHGGPWE2V34AI.png?auth=af5116b738944a25c5df05f0653f834ac2c6383186d27a57eba4f70999054918&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Uno de los cambios centrales para 2026 es el concepto de “materialidad”: el SAT ya no se limitará a revisar facturas electrónicas o documentación administrativa. Ahora buscará verificar que los bienes o servicios facturados realmente existieron y fueron prestados. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Lo que sí está ocurriendo es una transformación en la manera en que el SAT realiza sus auditorías. Bajo el modelo denominado “Fiscalización Inteligente”, la autoridad aprovecha herramientas de análisis de datos, automatización y tecnología digital para detectar posibles irregularidades con mayor precisión y rapidez.</p><p>Uno de los cambios centrales para 2026 es el concepto de “materialidad”: el SAT ya no se limitará a revisar facturas electrónicas o documentación administrativa. Ahora buscará verificar que los bienes o servicios facturados realmente existieron y fueron prestados.</p><p>No bastará con contar con un <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/29/sat-implementara-una-nueva-visita-domiciliaria-a-partir-de-este-2026" rel="noopener noreferrer">Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)</a> emitido correctamente. Una empresa deberá acreditar que cuenta con instalaciones, personal, maquinaria, inventarios o cualquier otro elemento relacionado con la actividad económica que reporta ante el fisco.</p><h2>Cámaras corporales y grabaciones dentro de las auditorías</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GFXEENF63FHA7LZRZCQHKIK3VY.png?auth=6672afd5798176cc9a19543e3c31685176560b2d3595f7bbf7519410869b5601&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El objetivo es generar evidencia que permita corroborar la existencia de bienes, instalaciones o actividades económicas relacionadas con las operaciones revisadas (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Las nuevas facultades permiten que, dentro de una auditoría formalmente iniciada, los verificadores documenten las diligencias mediante fotografías, grabaciones de audio y video, incluyendo dispositivos similares a cámaras corporales o de solapa.</p><p>El objetivo es generar evidencia que permita corroborar la existencia de bienes, instalaciones o actividades económicas relacionadas con las operaciones revisadas. Estas herramientas no representan una autorización para ingresar libremente a cualquier domicilio: forman parte de procedimientos fiscales regulados por la ley.</p><h2>Alertas por Buzón Tributario y plazos de respuesta</h2><p>La estrategia también contempla una mayor automatización de los procesos. Mediante el cruce de bases de datos, el SAT podrá detectar inconsistencias y emitir alertas electrónicas a través del <b>Buzón Tributario</b>, sin necesidad de iniciar auditorías extensas.</p><p>Cuando se detecte una discrepancia relevante, los contribuyentes podrían recibir requerimientos con plazos de entre 15 y 20 días para presentar documentación y aclarar su situación.</p><h2>El combate a las facturas falsas, prioridad del plan</h2><p>Uno de los principales objetivos del Plan Maestro de Fiscalización 2026 es combatir las llamadas “factureras”: empresas que simulan operaciones para emitir comprobantes fiscales sin respaldo real.</p><p>La autoridad pondrá especial atención en las cadenas de proveedores y clientes vinculados con ese tipo de esquemas. Si un contribuyente realizó operaciones con empresas identificadas como emisoras de facturas falsas, podría ser requerido para demostrar la autenticidad de las transacciones.</p><p>En determinados casos, el SAT podrá solicitar correcciones, imponer sanciones administrativas o iniciar procedimientos más graves cuando existan elementos que apunten a una posible simulación de operaciones.</p><h2>Quiénes tienen más probabilidades de ser auditados</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Expertos recomiendan conservar contratos, comprobantes de pago, estados de cuenta y cualquier documento que respalde las actividades económicas realizadas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Las auditorías estarán dirigidas principalmente a <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/07/quienes-recibiran-auditorias-del-sat-este-2026" rel="noopener noreferrer">contribuyentes que presenten señales de riesgo</a>: discrepancias entre ingresos y gastos, operaciones con empresas cuestionadas, deducciones inusuales, devoluciones improcedentes o movimientos financieros inconsistentes con lo declarado.</p><p>Expertos recomiendan conservar contratos, comprobantes de pago, estados de cuenta y cualquier documento que respalde las actividades económicas realizadas.</p><h2>Qué hacer si el SAT llega a tu domicilio</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6QFKBILNDREX3BFL44G2TKIIKQ.png?auth=53535f68466ed29f4f28f6ca63860802eeae24049f5442606e8b05041523ece5&smart=true&width=1408&height=768" alt="Una vez verificada la orden, el contribuyente debe solicitar la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado y designar dos testigos para la diligencia.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Lo primero es <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/visita-expres-del-sat-lo-que-debes-saber-en-caso-de-recibir-una-inspeccion-en-tu-domicilio-o-negocio" rel="noopener noreferrer">no obstruir la visita</a>, pero tampoco entregar documentos sin condiciones. Antes de cualquier otra acción, el contribuyente tiene derecho a exigir la identificación oficial de todos los visitadores y revisar la <b>orden de visita</b>, que debe estar fundada y motivada: si no señala los preceptos legales aplicables ni las razones específicas de la revisión, el acceso no es obligatorio, según el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.</p><p>Una vez verificada la orden, el contribuyente debe solicitar la <b>Carta de Derechos del Contribuyente Auditado</b> y designar dos testigos para la diligencia. Llamar de inmediato a un asesor fiscal o contador, antes de proporcionar cualquier información, es el siguiente paso.</p><p>Durante el procedimiento, no se deben ceder documentos sin que se levante un inventario previo. Conserva copia de todo lo que se solicite o exhiba, y lleva un registro escrito de lo ocurrido. Si el contribuyente o su representante legal no se encuentran en el domicilio al momento de la inspección, los visitadores dejarán un citatorio oficial para regresar al siguiente día hábil, conforme a la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado.</p><p>Las visitas se practican en días y horas hábiles, entre las 7:30 y las 18:00 horas. En casos excepcionales —o en materia de comercio exterior— la ley permite habilitar horarios extraordinarios durante las 24 horas, los 365 días del año..</p><p>Por último, si alguien solicita dinero para agilizar una cita o el proceso, se trata de un fraude: todos los trámites del SAT son gratuitos. Las denuncias pueden presentarse al correo <b>denuncias@sat.gob.mx</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LCJ6P3LGVRCSPAACSX6N57V4BE.png?auth=effd3bcf3fe178f3b2eb33b91199ed41de275f6cb7e6c616e0ab86aaad8fb20b&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[La idea de que inspectores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) recorrerán colonias enteras realizando revisiones sorpresa o tocando puertas al azar es falsa. Las autoridades fiscales aclararon que no existen operativos masivos de ese tipo ni programas de inspección indiscriminada. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Samuel García niega triangulación de recursos y acusa a diputados de armar un “refrito” político]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/06/samuel-garcia-niega-triangulacion-de-recursos-y-acusa-a-diputados-de-armar-un-refrito-politico/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/06/samuel-garcia-niega-triangulacion-de-recursos-y-acusa-a-diputados-de-armar-un-refrito-politico/</guid><dc:creator><![CDATA[Itzallana López Castillo]]></dc:creator><description><![CDATA[El gobernador se declaró “incorruptible” ante acusaciones de triangulación de recursos y acusó a diputados de impulsar un juicio político sin pruebas]]></description><pubDate>Thu, 06 Aug 2026 19:11:49 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>El gobernador de Nuevo León, <b>Samuel García</b>, rechazó este jueves las acusaciones sobre una presunta <b>triangulación de recursos públicos</b> en su contra, luego de que el diario <i>El Norte</i> publicara en portada la nota “Congreso avala revisar triangulaciones de Samuel”. A través de un video difundido en sus redes sociales, el mandatario se declaró <b>“incorruptible”</b> y afirmó estar dispuesto a ser investigado por las autoridades competentes.</p><p>“Estoy abierto a que me investiguen. No solo eso, ya fui investigado”, señaló García, quien acusó a diputados locales de promover un <b>juicio político</b> basado, según él, en señalamientos que calificó como <b>“refritos”</b>, es decir, procesos que —de acuerdo con su versión— ya habrían sido resueltos por otras vías legales.</p><h2>El origen del señalamiento, según el gobernador</h2><p>De acuerdo con lo expuesto por García en el video, el caso al que se refirió tendría su origen en el <b>proceso electoral de 2024</b>, cuando las diputadas <b>Gabriela Govea</b> (PRI) e <b>Itzel Castillo</b> (PAN) presentaron una denuncia por un presunto acto de corrupción relacionado con el pago de un proveedor a la firma jurídica de su familia.</p><p>El mandatario aseguró, mostrando documentos durante la transmisión, que en agosto de 2025 se le notificó como denunciado y que la <b>Fiscalía de Nuevo León</b> habría determinado el <b>no ejercicio de la acción penal</b>, al concluir que no existía daño patrimonial. Según su versión:</p><ul><li>Los pagos corresponderían a servicios jurídicos derivados de una <b>auditoría de 2015</b>, previa a su ingreso a la política en agosto de ese año.</li><li>El <b>Gobierno de Puebla</b>, entidad donde el contribuyente en cuestión tiene su domicilio fiscal, habría concluido que los pagos fueron correctos.</li><li>El <b>SAT</b> habría aclarado favorablemente la situación fiscal de la firma.</li><li>La <b>Auditoría Superior de la Federación</b> no habría emitido observaciones sobre estos pagos correspondientes al ejercicio 2022.</li></ul><p>Hasta el momento, estas afirmaciones corresponden a lo declarado por el propio gobernador en el video; no se ha tenido acceso independiente a los documentos oficiales que confirmen cada uno de estos puntos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5UW5OERAVRDIXNFDPRVCO6Q6KU.png?auth=4fd01cfde1db71f9eb8a2039119e462447b11672843c8d03c2f1229c171a0607&smart=true&width=3600&height=2025" alt="La Comisión Anticorrupción abrió el procedimiento en junio de 2026 tras una denuncia de Anabel Alcocer, dirigente estatal de Morena, y el caso corre en paralelo a una querella ante la FGR sin resolución" height="2025" width="3600"/><h2>Contexto: el juicio político en curso</h2><p>Cabe señalar que, de acuerdo con información previamente difundida por el Congreso de Nuevo León, existe un <b>procedimiento de juicio político distinto</b> —iniciado en junio de 2026 por la Comisión Anticorrupción a partir de una denuncia de la dirigente estatal de Morena, Anabel Alcocer— que investiga una presunta triangulación de recursos por <b>cerca de mil millones de pesos</b> hacia despachos vinculados con familiares del gobernador. Ese proceso, así como una denuncia paralela ante la <b>Fiscalía General de la República</b>, continúa su curso y <b>no cuenta hasta ahora con una resolución definitiva</b>.</p><h2>Llamado a los diputados</h2><p>García cerró su mensaje pidiendo al Congreso local <b>“dejar de perder el tiempo”</b> y enfocarse en la discusión del <b>presupuesto 2027</b>, al señalar que los legisladores no habrían aprobado leyes relevantes en los últimos cinco años. El gobernador insistió en que, a su juicio, se trata de un caso ya resuelto —“<b>cosa juzgada</b>”, en sus palabras— y adelantó que continuará dando seguimiento público al tema.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5UW5OERAVRDIXNFDPRVCO6Q6KU.png?auth=4fd01cfde1db71f9eb8a2039119e462447b11672843c8d03c2f1229c171a0607&amp;smart=true&amp;width=3600&amp;height=2025" type="image/png" height="2025" width="3600"><media:description type="plain"><![CDATA[La Comisión Anticorrupción abrió el procedimiento en junio de 2026 tras una denuncia de Anabel Alcocer, dirigente estatal de Morena, y el caso corre en paralelo a una querella ante la FGR sin resolución]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT agosto 2026: quiénes recibirán visitas domiciliarias y en qué módulos hay citas presenciales]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/03/sat-agosto-2026-quienes-recibiran-visitas-domiciliarias-y-en-que-modulos-hay-citas-presenciales/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/03/sat-agosto-2026-quienes-recibiran-visitas-domiciliarias-y-en-que-modulos-hay-citas-presenciales/</guid><dc:creator><![CDATA[Merary Nuñez]]></dc:creator><description><![CDATA[El semáforo nacional de espera marca 1 a 10 días hábiles en la mayoría de oficinas, mientras que un 20% registra nivel medio y un 6% concentra la demanda más alta]]></description><pubDate>Mon, 03 Aug 2026 20:05:39 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/29/sat-implementara-una-nueva-visita-domiciliaria-a-partir-de-este-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/29/sat-implementara-una-nueva-visita-domiciliaria-a-partir-de-este-2026/">Servicio de Administración Tributaria (SAT) </a>lleva a cabo visitas domiciliarias conforme a la <b>Carta de Derechos del Contribuyente Auditado </b>y cuando identifica que un contribuyente <b>pudo emitir CFDI por operaciones inexistentes</b> o <b>sin respaldo rea</b>l. Estas visitas constituyen una fiscalización directa en el <b>domicilio fiscal o en el lugar indicado por el contribuyente</b>. El fin es comprobar el cumplimiento de obligaciones <b>fiscales y aduaneras</b>.</p><p>El procedimiento también permite verificar la<b> legalidad de ciertas operaciones</b>, <b>atender consultas sobre devoluciones fiscales</b> o revisar si los <b>asesores fiscales</b> informaron sus esquemas reportables. Cuando se trata de mercancía <b>extranjera</b>, la inspección busca confirmar que su posesión o importación sea legal.</p><p><b>Si el contribuyente no está presente en el domicilio</b>, se deja un <b>citatorio para reagendar la visita al siguiente día háb</b>il y, si nuevamente no se presenta, <b>la diligencia continúa</b> con la persona que se encuentre en el lugar.</p><p>Las<a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/04/sat-2026-cuando-iniciaran-las-visitas-domiciliarias/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/04/sat-2026-cuando-iniciaran-las-visitas-domiciliarias/"> visitas domiciliarias no tienen un calendario específico; sin embargo, de acuerdo con el<b> SAT</b></a>, la época de cierres y vacaciones son claves para esta medida, aunque cabe aclarar que estas se pueden hacer en cualquier momento, siempre que se cumpla con los siguientes criterios:</p><ul><li>Se practican en&nbsp;<b>días y horas hábiles</b>: entre las<b>&nbsp;7:30</b>&nbsp;y las&nbsp;<b>18:00 horas</b>.</li><li>Pueden habilitarse&nbsp;<b>horas inhábiles</b>&nbsp;si la actividad del&nbsp;<b>contribuyente&nbsp;</b>lo requiere o para asegurar bienes.</li><li>En materia de&nbsp;<b>comercio exterior</b>, la ley considera hábiles las&nbsp;<b>24 horas</b>, los&nbsp;<b>365 días</b>&nbsp;del año.</li><li>Si el&nbsp;<b>contribuyente&nbsp;</b>o representante no se encuentran&nbsp;<b>presentes&nbsp;</b>en el momento, se le notifica mediant<a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/04/sat-2026-cuando-iniciaran-las-visitas-domiciliarias/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/04/sat-2026-cuando-iniciaran-las-visitas-domiciliarias/">e&nbsp;<b>citatorio&nbsp;</b>para el día siguiente hábil.</a></li></ul><h2>Módulos del SAT: disponibilidad de citas del 3 al 7 de agosto</h2><p>A través de su cuenta oficial en ‘X’, el <b>SAT</b> compartió un listado oficial con la disponibilidad que cuentan los<b> módulos y oficinas para brindar atención presencia</b>l a los contribuyentes en los 32 estados de la <b>República de México </b>para la semana del 3 al 7 de <b>agosto de 2026</b>.</p><p>A nivel nacional, el semáforo de disponibilidad de atención presencial indica los siguientes tiempos de espera:</p><ul><li><b>Verde-Alta disponibilidad (1 a 10 días hábiles):</b> El <b>74%</b> de los módulos y oficinas se encuentran en color verde. Esto significa que en la gran mayoría del país podrás conseguir una cita rápida.</li><li><b>Amarillo-</b> <b>Disponibilidad media (11 a 20 días hábiles):</b> El <b>20%</b> de los módulos presenta un nivel amarillo, con tiempos de espera moderados.</li><li><b>Rojo- Disponibilidad baja (más de 21 días hábiles):</b> Solo el <b>6%</b> de las oficinas registra color rojo, lo que indica una alta demanda y tiempos de espera prolongados.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LRWMUI323ZBPFEY6CNFQRJZMVA.jpg?auth=0c79b973649b14912a1f513ae356aca1a6248f43cbfe2a03ea630b5c2ef65cbc&smart=true&width=2000&height=1125" alt="Un mapa de México ilustra la disponibilidad de citas en oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) entre el 3 y 7 de agosto de 2026, indicando un 74% de alta disponibilidad. (@SATMX)" height="1125" width="2000"/><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZX7Z4D5IHBEXRHIDUUTPFFWIRI.jpg?auth=92015b0c3f149c48bf6c64ead1e4c24b591a6114166bc694b06c1b570c85c23b&smart=true&width=2000&height=1125" alt="Un gráfico del Servicio de Administración Tributaria detalla la disponibilidad de atención presencial en módulos y oficinas de diversas entidades de México. (@SATMX)" height="1125" width="2000"/><p><b>Puntos clave que debes conocer antes de ir al SAT:</b></p><p>Si estás pensando en agendar una cita, ten en cuenta estas recomendaciones oficiales:</p><ol><li><b>Atención sin cita:</b> Las personas de la tercera edad, personas con discapacidad, mujeres embarazadas o con menores lactantes <b>no requieren agendar cita</b> para recibir atención presencial en los módulos.</li><li><b>Prioriza las herramientas digitales:</b> Recuerda que solo es estrictamente necesario acudir de manera presencial para la <b>generación de la e.firma por primera vez</b>. La mayoría de los trámites se pueden realizar desde casa usando el portal sat.gob.mx, SAT ID, la Oficina Virtual o la app SAT Móvil.</li><li><b>Cero costos:</b> Todos los trámites en el SAT son <b>totalmente gratuitos</b>. Si alguien te ofrece venderte una cita o agilizar un trámite a cambio de dinero, repórtalo inmediatamente al correo: <b>denuncias@sat.gob.mx</b>.</li></ol>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Pagos provisionales SAT: para qué son y qué pasa si no se realizan]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/08/02/pagos-provisionales-sat-para-que-son-y-que-pasa-si-no-se-realizan/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/08/02/pagos-provisionales-sat-para-que-son-y-que-pasa-si-no-se-realizan/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Están obligados quienes reciben ingresos por negocios, honorarios, rentas o plataformas digitales, además de empresas y contribuyentes del RESICO; asalariados quedan fuera porque el patrón retiene directamente]]></description><pubDate>Sun, 02 Aug 2026 13:53:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GA4CL63VT5CILNCYHPGSDRZIEE.jpg?auth=ab4b1c2f02ec9c9d0768d0f537ccc771bf0b0527718e708427029b69d44e8b16&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Una persona hace cálculos para pagar correctamente sus impuestos (Canva)" height="1080" width="1920"/><p><b>Los pagos provisionales del SAT</b> son anticipos mensuales del Impuesto sobre la Renta que personas físicas y morales deben entregar al fisco a lo largo del año, antes de la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/11/sat-2026-a-partir-de-esta-fecha-puedes-mandar-tu-declaracion-anual" rel="noopener noreferrer">declaración anual de abril</a>. Lejos de ser el impuesto definitivo, funcionan como adelantos que se acreditan al cierre del ejercicio fiscal.</p><p>El mecanismo distribuye la carga tributaria en 12 pagos durante el año, en lugar de concentrarla en una sola liquidación. Al llegar abril, el SAT compara lo pagado provisionalmente contra el impuesto real del ejercicio y determina si existe saldo a favor o diferencia a cubrir.</p><h2>Quiénes están obligados a presentarlos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CHRS5RMFDBH2NGNHWRCHRDACIE.png?auth=74fc3170cf84be3dc500754f65392f73ad6f0a5e5b2746048311a7116e978a9c&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las personas morales en régimen general también están obligadas, al igual que los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Deben realizar pagos provisionales las <b>personas físicas</b> con ingresos por actividad empresarial o servicios profesionales (honorarios), quienes arrienden inmuebles y quienes cobren a través de plataformas digitales como Uber, Airbnb o Mercado Libre.</p><p>Las <b>personas morales</b> en régimen general también están obligadas, al igual que los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Quedan exentos quienes tributan exclusivamente en Sueldos y Salarios, ya que su patrón retiene el impuesto de forma directa.</p><h2>Base legal y fundamento fiscal</h2><p>Para personas físicas, la obligación se establece en el <b>artículo 106 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)</b>. Para personas morales, el fundamento es el <b>artículo 14 de la misma ley</b>, que también define el mecanismo del coeficiente de utilidad.</p><p>Ambos artículos coinciden en el plazo: los pagos deben enterarse <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/08/03/que-pasa-si-no-he-pagado-mis-impuestos-al-sat-en-tiempo-y-forma/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><b>a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior</b></a> al periodo que se declara. El SAT también contempla fechas escalonadas según el sexto dígito numérico del RFC del contribuyente.</p><h2>Cómo se calcula el impuesto provisional</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="A ese total se restan las deducciones autorizadas acumuladas del periodo —gastos indispensables para la actividad, comprobados con CFDI Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>El cálculo para personas físicas es <b>acumulativo</b>: no se toman solo los ingresos del mes en curso, sino el total cobrado desde el 1 de enero hasta el último día del mes a declarar. Solo cuentan los ingresos efectivamente cobrados; una factura emitida pero no liquidada no entra en el cálculo.</p><p>A ese total se restan las deducciones autorizadas acumuladas del periodo —gastos indispensables para la actividad, comprobados con CFDI—, la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/14/recibiste-utilidades-el-ano-pasado-como-usar-ese-pago-en-tu-declaracion-anual-ante-el-sat-para-tener-saldo-a-favor" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)</a> pagada y las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar. Al resultado se aplica la tarifa del artículo 96 de la LISR.</p><p>Para <b>personas morales</b>, el procedimiento parte del coeficiente de utilidad del último ejercicio fiscal de 12 meses. Ese coeficiente se multiplica por los ingresos nominales acumulados del periodo; al resultado se le aplica la tasa del <b>30%</b> establecida en el artículo 9 de la LISR.</p><h2>Plazos según régimen fiscal</h2><p>Los contribuyentes del <b>RESICO</b> presentan pagos provisionales de forma mensual, con vencimiento el día 17 de cada mes. Quienes tributan en el régimen de <b>Arrendamiento</b> tienen un calendario bimestral.</p><p>En todos los casos, el monto calculado para cada periodo se reduce con los pagos provisionales ya enterados en meses anteriores dentro del mismo ejercicio, así como con las retenciones de ISR que terceros hayan efectuado al contribuyente.</p><h2>Cómo presentarlos en el portal del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/S7VO2KVEXFAHVAUK4WFAY6CYZY.png?auth=ec8c631b74cc99d4c74b5892eede9cfa27001fc78d811d91e9b724db29c6fb5f&smart=true&width=1408&height=768" alt="Capturar o validar deducciones, retenciones y pagos anteriores. Los datos pueden editarse antes del envío si hay discrepancias con la contabilidad. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El trámite se realiza en sat.gob.mx con RFC y contraseña o e.firma. Los pasos son:</p><p><b>Ingresar</b> al portal y seleccionar el apartado de declaraciones provisionales.</p><p><b>Elegir</b> el ejercicio fiscal 2026, el periodo mensual a declarar y la obligación correspondiente.</p><p><b>Revisar</b> la información precargada: el sistema muestra ingresos según los CFDI de ingreso emitidos y las retenciones registradas.</p><p><b>Capturar o validar</b> deducciones, retenciones y pagos anteriores. Los datos pueden editarse antes del envío si hay discrepancias con la contabilidad.</p><p><b>Enviar</b> la declaración. El sistema genera un acuse de presentación.</p><p><b>Descargar el acuse</b> y, si existe saldo a cargo, pagar la línea de captura generada a través del banco o portal bancario dentro del plazo indicado.</p><h2>Qué ocurre si hay errores o diferencias</h2><p>Si la información precargada por el SAT no coincide con la contabilidad propia, el contribuyente debe confrontar los datos de los CFDI con sus estados de cuenta, papeles de trabajo y declaraciones previas antes de capturar cifras definitivas.</p><p>En caso de haber presentado una declaración con datos incorrectos, es posible corregirla mediante una <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/la-regla-del-sat-que-pocos-contribuyentes-conocen-y-podria-ahorrarte-una-multa" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><b>declaración complementaria</b></a>: se ingresan los datos correctos, se recalcula el impuesto y, si la corrección genera un saldo mayor al ya pagado, se entera la diferencia junto con la actualización e intereses correspondientes.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CHRS5RMFDBH2NGNHWRCHRDACIE.png?auth=74fc3170cf84be3dc500754f65392f73ad6f0a5e5b2746048311a7116e978a9c&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Una pareja de adultos jóvenes organiza sus cuentas y presupuestos en una mesa del hogar utilizando una laptop, una calculadora y varios recibos. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Falsa orden de captura vehicular: Sutran alerta sobre nueva modalidad de estafa que acecha a conductores]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/07/31/falsa-orden-de-captura-vehicular-sutran-alerta-sobre-nueva-modalidad-de-estafa-que-acecha-a-conductores/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/07/31/falsa-orden-de-captura-vehicular-sutran-alerta-sobre-nueva-modalidad-de-estafa-que-acecha-a-conductores/</guid><dc:creator><![CDATA[Manuel Rojas Berríos]]></dc:creator><description><![CDATA[La Superintendencia de Transporte Terrestre advierte sobre correos y mensajes fraudulentos con supuestas órdenes de captura vehicular. Recomiendan verificar los canales oficiales y no entregar datos personales ni realizar pagos no autorizados]]></description><pubDate>Fri, 31 Jul 2026 02:56:25 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HUW57NRTSFD43CPSFN4JMHT6FA.jpg?auth=628af0cd042ccb5cc7850041524a39e3cd7022095798361d4026d5ef3c44cb88&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Nueva modalidad de estafa con supuestas órdenes de captura vehicula." height="1080" width="1920"/><p>La&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/07/17/fiestas-patrias-2026-sutran-anuncia-operativos-para-endurecer-controles-en-las-carreteras/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/07/17/fiestas-patrias-2026-sutran-anuncia-operativos-para-endurecer-controles-en-las-carreteras/">Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías</a> (<b>Sutrán</b>)&nbsp;lanzó una advertencia pública ante la circulación de&nbsp;<b>falsas órdenes de captura vehicular por deuda de papeletas</b>. </p><p>Según comunicó la entidad a través de sus canales oficiales, los estafadores <b>envían mensajes y correos electrónicos imitando notificaciones legítimas</b>, con el fin de obtener información personal o pagos indebidos de los conductores.</p><p>“Se ha identificado que personas inescrupulosas vienen utilizando indebidamente el nombre, logotipo e imagen institucional de la&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;para intentar engañar a los ciudadanos y obtener pagos indebidos o información personal”, señala el comunicado oficial. </p><p>La modalidad consiste en el envío de documentos falsos que solicitan el pago de supuestas deudas, incluyendo enlaces o códigos QR que redireccionan a portales fraudulentos.</p><p>“Estas comunicaciones se anexan a estas comunicaciones links de pago para realizar este pagos a través de plataformas o a través de códigos QR para también redireccionar a plataformas de pago y realizar pagos por presunta comisión de infracciones”, dijo meses atrás Ronald Power, vocero de la&nbsp;Sutran, a <i>RPP</i>: </p><p>Los delincuentes replican el diseño institucional y, en algunos casos, incluyen la imagen de la<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/07/30/oscar-arriola-deja-la-jefatura-de-la-pnp-keiko-fujimori-abre-la-puerta-a-cambios-y-anuncia-decision-en-dos-dias/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/07/30/oscar-arriola-deja-la-jefatura-de-la-pnp-keiko-fujimori-abre-la-puerta-a-cambios-y-anuncia-decision-en-dos-dias/">&nbsp;Policía Nacional del Perú </a>(<b>PNP</b>)&nbsp;para dar apariencia de autenticidad.</p><p>Los montos solicitados pueden alcanzar los&nbsp;<b>2.800 soles</b>, aunque también se han detectado cobros de&nbsp;<b>500 soles</b>&nbsp;por supuestos acumulados de multas. </p><p>La&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;advierte que nunca emite órdenes de captura vehicular por deudas de papeletas y que las comunicaciones reales sobre sanciones llegan solo a través de la&nbsp;<b>casilla electrónica del MTC</b>&nbsp;o mediante notificaciones físicas en el domicilio declarado por el usuario.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5KWQ6QLNLVDBHAMRFSJIX5W5PA.jpg?auth=6a6083aab46d4fdb6450503115a83d220bb69b72970ec095b419e510ec8b0f15&smart=true&width=1080&height=1350" alt="Circulan falsas "órdenes de captura vehicular por deuda de papeletas" a través de correos electrónicos y WhatsApp. (Foto: Sutrán)" height="1350" width="1080"/><h2>Recomendaciones y canales de validación</h2><p>La entidad recomienda a la ciudadanía&nbsp;<b>no abrir enlaces ni descargar archivos adjuntos</b>&nbsp;de correos o mensajes sospechosos, no realizar pagos solicitados por medios no verificados, y no compartir datos personales, bancarios o información de sus vehículos. </p><p>Toda consulta sobre la autenticidad de los mensajes debe hacerse únicamente por los canales oficiales de la&nbsp;<b>Sutran</b>: la central telefónica (01) 200 4555, el correo comunicate@sutran.gob.pe, o el portal institucional con dominio&nbsp;<b>sutran.gob.pe</b>.</p><p>“Sutran realiza comunicaciones por dos mecanismos. Uno, a través de depositar comunicaciones a través de la casilla electrónica mediante el cual un usuario se ha afiliado previamente. Y, en segundo lugar, estamos hablando de comunicaciones que realizamos a través de comunicaciones en los domicilios”, precisó Power.</p><p>En lo que va de 2026, la&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;ha detectado once casos de esta modalidad a nivel nacional. El procurador público de la entidad ya inició acciones legales y cuatro expedientes fueron derivados a la&nbsp;<b>Fiscalía</b>.</p><p>“Uno ya tiene, por ejemplo, una sentencia condenatoria donde se ha determinado una responsabilidad a un delincuente”, detalló Power.</p><h2>También estafan con el SAT</h2><p>El&nbsp;<b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b>&nbsp;también reportó un incremento de mensajes falsos dirigidos a contribuyentes, simulando notificaciones de multas con enlaces a portales fraudulentos. </p><p>Recomiendan validar cualquier notificación a través de la web oficial (www.gob.pe/satlima), el canal Aló SAT (01) 315 2400 y el correo asuservicio@sat.gob.pe.</p><p>El llamado es a mantenerse informados y consultar siempre los canales oficiales para evitar caer en este tipo de engaños.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/HUW57NRTSFD43CPSFN4JMHT6FA.jpg?auth=628af0cd042ccb5cc7850041524a39e3cd7022095798361d4026d5ef3c44cb88&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Nueva modalidad de estafa con supuestas órdenes de captura vehicula.]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Qué pasa si pones frases en broma en tus transferencias: este error te pone en la mira del SAT]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/29/que-pasa-si-pones-frases-en-broma-en-tus-transferencias-este-error-te-pone-en-la-mira-del-sat/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/29/que-pasa-si-pones-frases-en-broma-en-tus-transferencias-este-error-te-pone-en-la-mira-del-sat/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Los mensajes virales sobre términos vetados no aparecen en reglas oficiales; la autoridad fiscal se enfoca en montos, papeles de respaldo y diferencias con lo declarado ante Hacienda]]></description><pubDate>Wed, 29 Jul 2026 19:10:06 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UCIJ33WCB5FRXCEZU44TW6J6XM.png?auth=1985178858faa62e08104f33380a06d7f448c3033d03fa6373266530afe7d949&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una mano con lupa examina un extracto bancario con transacciones resaltadas, mientras una laptop muestra el logo del SAT, simbolizando la rigurosa revisión fiscal de movimientos financieros. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El </b>SAT<b> no tiene una lista de palabras prohibidas</b> en transferencias bancarias, pero el marco legal mexicano sí obliga a los bancos a monitorear los conceptos de pago y reportar operaciones inusuales a la autoridad fiscal.</p><p>La confusión que circula en redes sociales mezcla dos realidades distintas: una recomendación institucional real de la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/13/prodecon-dara-asesoria-los-sabados-del-mes-de-abril-para-presentar-declaracion-anual/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/13/prodecon-dara-asesoria-los-sabados-del-mes-de-abril-para-presentar-declaracion-anual/"> <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b></a> y la ausencia de cualquier norma que genere consecuencias fiscales automáticas por el texto de una transferencia.</p><h2>Qué dice la PRODECON: la advertencia real</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZKSLZP366JCZLKF3YGCBHZSXKE.jpeg?auth=d9822509e6776db20a763dabf41eb19e175458ccb24ed72ad8e21276f20bce60&smart=true&width=813&height=715" alt="Un documento detalla el monitoreo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre transferencias bancarias y depósitos en México, con advertencias de PRODECON. (Prodecon/Gob.México)" height="715" width="813"/><p>La PRODECON advirtió públicamente que los contribuyentes deben evitar escribir en el concepto de una transferencia palabras relacionadas con actividades ilícitas </p><p>—<b>drogas, armas, contenido sexual o delitos contra la salud</b>—, incluso en tono de broma.</p><p>Según la institución, ese tipo de conceptos puede detonar procesos internos de revisión y, en determinados casos, provocar bloqueos temporales mientras se analiza la operación. </p><p>El fisco supervisa el campo “concepto” mediante herramientas de <b>inteligencia artificial (IA)</b> para hallar indicios de evasión fiscal y lavado de dinero, por lo que un mensaje escrito en tono de broma podría derivar en un requerimiento para explicar el motivo del pago.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El fisco supervisa el campo “concepto” mediante herramientas de inteligencia artificial (IA) para hallar indicios de evasión fiscal y lavado de dinero, por lo que un mensaje escrito en tono de broma podría derivar en un requerimiento para explicar el motivo del pago. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Gloria Franco Vargas, directora general de Orientación y Asesoría al Contribuyente de Atención Personalizada de la PRODECON, precisó en entrevista los alcances reales de ese monitoreo: <b>“En las disposiciones fiscales no hay ningún monitoreo, salvo cuando yo realizo depósitos en efectivo superiores a los 15,000 pesos, que se tienen que reportar al SAT”.</b></p><p>Franco Vargas aclaró que el SAT no hace monitoreo de contribuyentes a menos que haya una fiscalización, una auditoría, o que se esté realizando una devolución y sea necesario el cruce de información.</p><h2>El SAT no establece palabras prohibidas</h2><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/03/11/declaracion-anual-2025-prodecon-ofrece-guia-y-asesoria-gratuita-para-personas-fisicas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/03/11/declaracion-anual-2025-prodecon-ofrece-guia-y-asesoria-gratuita-para-personas-fisicas/">El SAT</a> no cuenta con boletines, criterios normativos ni disposiciones que establezcan que el texto del concepto de una transferencia determina, por sí solo, una obligación fiscal.</p><p>Los documentos oficiales tampoco contemplan un catálogo de términos prohibidos ni establecen que expresiones como “préstamo”, “donación” o “regalo” <b>generen automáticamente una revisión o el cobro de un impuesto</b>. La PRODECON es quien emite la recomendación de cuidado; no el SAT mediante regla vinculante.</p><h2>El fundamento legal: artículo 115 y la LFPIORPI</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWWKEHE54ZFJNMS63BUHH3KBTU.png?auth=ffcd5296fa2146ee98ea56339301aa4658b747c19950cb0cae44005acf040f73&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Las Disposiciones de Carácter General del artículo 115 definen una “operación inusual” como aquella que no concuerde con los antecedentes o actividad conocida del cliente, o con su patrón habitual de comportamiento transaccional (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El monitoreo de conceptos en transferencias bancarias tiene base en dos instrumentos normativos que recaen sobre las instituciones financieras, no directamente sobre el contribuyente.</p><p>El primero es el <b>artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC)</b>, que obliga a los bancos a establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar operaciones que pudieran ubicarse en los supuestos del artículo 400 Bis del Código Penal Federal —lavado de dinero— o favorecer delitos como el terrorismo.</p><p>El segundo es la <b>Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI)</b>, cuya última reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025. Esta ley obliga a las instituciones bancarias a reportar operaciones inusuales a la <b>Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)</b>, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).</p><p>Las Disposiciones de Carácter General del artículo 115 definen una “operación inusual” como aquella que no concuerde con los antecedentes o actividad conocida del cliente, o con su <b>patrón habitual de comportamiento transaccional</b>, en función al monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la operación. El concepto de la transferencia puede ser un elemento que active esa alerta interna, pero no es el único ni el determinante.</p><h2>Banxico no prohíbe palabras en el SPEI</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/762RSDASBZHS3B637I7UIVDLLM.png?auth=9e33ac3bc367d63b1b993ad4ba231523e89ef44e1caa3c2be64a92d64101084b&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Banxico no autoriza filtros lingüísticos específicos ni exige la censura de palabras dentro del campo de concepto. Su regulación se enfoca en aspectos operativos, de seguridad y autenticación, así como en la generación del Comprobante Electrónico de Pago (CEP) (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Banco de México (Banxico)</b> regula el <b>Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI)</b> y establece que el concepto de pago es una descripción informativa libre que se transmite íntegramente al banco destino.</p><p>Banxico no autoriza filtros lingüísticos específicos ni exige la censura de palabras dentro del campo de concepto. Su regulación se enfoca en aspectos operativos, de seguridad y autenticación, así como en la generación del <b>Comprobante Electrónico de Pago (CEP)</b>. Las reglas públicas del sistema no establecen que alguna palabra provoque el rechazo automático de una operación.</p><h2>Qué analiza realmente la autoridad fiscal</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) ha establecido que, cuando la autoridad presume que ciertos depósitos constituyen ingresos, el contribuyente puede desvirtuar esa presunción con documentación comprobatoria (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Cuando el SAT ejerce facultades de comprobación, el análisis se centra en la congruencia entre los movimientos financieros y la información fiscal declarada por el contribuyente.</p><p>Lo que activa el escrutinio del fisco son las discrepancias: depósitos en efectivo acumulados que superen los <b>15 mil pesos mensuales</b> en una misma institución —umbral que los bancos deben reportar—, ingresos que no coincidan con lo declarado, movimientos incongruentes con el régimen fiscal del contribuyente o un aumento patrimonial sin respaldo documental.</p><p>El <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b> ha establecido que, cuando la autoridad presume que ciertos depósitos constituyen ingresos, el contribuyente puede desvirtuar esa presunción con documentación comprobatoria: estados de cuenta, reportes de transferencias, identificación de cuentas de origen y destino y registros contables. El concepto de la transferencia no figura en ese criterio como elemento suficiente para determinar una obligación fiscal.</p><p>Las resoluciones de la <b>Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)</b> revisadas tampoco establecen que el texto del concepto sea suficiente para presumir ingresos o determinar contribuciones.</p><h2>Qué hacer si el SAT solicita una aclaración</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KVCF2CNNC5EOPOVY7INOVHBU2U.png?auth=0419baaae52a533fa9ec55a231463c7174ea8ccefb8d65cf47b5f1e348350777&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La notificación llega a través del Buzón Tributario con un plazo determinado para responder. Ignorar ese aviso puede derivar en el inicio de facultades de comprobación previstas en el Código Fiscal de la Federación (CFF). (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Cuando la autoridad detecta inconsistencias, puede iniciar distintos procedimientos: solicitar información adicional, requerir documentación o invitar formalmente a aclarar diferencias antes de escalar a una auditoría.</p><p>La notificación llega a través del <b>Buzón Tributario</b> con un plazo determinado para responder. Ignorar ese aviso puede derivar en el inicio de facultades de comprobación previstas en el <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>.</p><p>Para acreditar el origen de los recursos, los especialistas recomiendan reunir estados de cuenta, contratos de préstamo o donación firmados, CFDIs relacionados y cualquier comprobante que demuestre la naturaleza del movimiento. Entre las prácticas que elevan el riesgo de una revisión se encuentran <b>no emitir facturas por ingresos de negocio</b>, declarar montos menores a los que registran los estados de cuenta, mezclar finanzas personales con actividad empresarial y recibir depósitos frecuentes sin documentación de respaldo.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UCIJ33WCB5FRXCEZU44TW6J6XM.png?auth=1985178858faa62e08104f33380a06d7f448c3033d03fa6373266530afe7d949&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una mano con lupa examina un extracto bancario con transacciones resaltadas, mientras una laptop muestra el logo del SAT, simbolizando la rigurosa revisión fiscal de movimientos financieros. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Visitas domiciliarias del SAT: qué contribuyentes están en la mira, qué buscan y qué hacer si llegan]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/23/visitas-domiciliarias-del-sat-que-contribuyentes-estan-en-la-mira-que-buscan-y-que-hacer-si-llegan/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/23/visitas-domiciliarias-del-sat-que-contribuyentes-estan-en-la-mira-que-buscan-y-que-hacer-si-llegan/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[Cuando los visitadores del SAT notifican la orden, el contribuyente pierde de inmediato la capacidad para emitir facturas electrónicas hasta que concluya el procedimiento de verificación sobre la autenticidad de los CFDI]]></description><pubDate>Thu, 23 Jul 2026 13:30:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GFXEENF63FHA7LZRZCQHKIK3VY.png?auth=6672afd5798176cc9a19543e3c31685176560b2d3595f7bbf7519410869b5601&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La reforma al Código Fiscal de la Federación amplió las herramientas del SAT para detectar facturas que no respaldan operaciones reales.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>SAT</b> puede presentarse en cualquier negocio, bodega o domicilio fiscal, grabar todo lo que encuentre y <b>bloquear</b> la <b>facturación</b> del contribuyente el mismo día de la visita, sin necesidad de una <b>auditoría tradicional</b>. </p><p>La facultad existe en el <b>artículo 42</b> del Código Fiscal de la Federación, pero la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025<b> </b>la <b>amplió de forma sustancial</b> con la incorporación del artículo 49 Bis, en vigor desde el 1 de enero de 2026.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El artículo 16 constitucional garantiza que toda orden de visita del SAT debe estar fundada y motivada. Sin ese requisito, el contribuyente puede negar el acceso. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>El SAT puede revisar desde declaraciones hasta bienes físicos en el domicilio del contribuyente</h2><p>El artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF) <b>faculta a la autoridad</b> para comprobar que contribuyentes, responsables solidarios, terceros relacionados, asesores fiscales e instituciones financieras hayan <b>cumplido con sus obligaciones</b> fiscales y aduaneras.</p><p>Dentro de ese marco, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/21/tramite-obligatorio-patrones-ante-el-imss-deberan-usar-de-forma-exclusiva-la-efirma-del-sat-tras-la-eliminacion-del-certificado-npie/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/21/tramite-obligatorio-patrones-ante-el-imss-deberan-usar-de-forma-exclusiva-la-efirma-del-sat-tras-la-eliminacion-del-certificado-npie/">SAT</a> puede rectificar errores en declaraciones, requerir contabilidad para revisión de escritorio, <b>practicar visitas domiciliarias</b>, revisar dictámenes de contador público y practicar<b> avalúos de bienes</b>. </p><p>Las visitas domiciliarias son la modalidad<b> más invasiva</b>: la autoridad se constituye físicamente en el domicilio fiscal, <b>sucursales</b>, <b>bodegas</b> u <b>oficinas</b> del contribuyente.</p><h2>Una factura bien emitida puede ser declarada falsa si el negocio no prueba que la operación ocurrió</h2><p>La reforma incorporó la obligación de que toda <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/">factura electrónica</a> (CFDI) ampare <i>“</i>operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos<b> reales</b><i>”</i>. </p><p>Una factura puede estar correctamente emitida y haber pasado todas las validaciones técnicas del SAT y aun así ser <b>declarada falsa </b>si el contribuyente no puede demostrar con documentos que la transacción que la origina <b>realmente ocurrió</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4ISXW6Q5KBHRJB3BOHCA7NYSWE.png?auth=053fb6742c54504b6c101cf9345f17ee8c18341bedcb0fc221be50b16c641645&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La infografía detalla la reforma fiscal sobre facturas electrónicas, explicando las condiciones para su declaración de falsedad y el procedimiento de verificación en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Para verificarlo, el artículo 49 Bis habilita a la autoridad a <b>presentarse físicamente </b>en el negocio, sin necesidad de una <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/">auditoría tradicional</a>, y concluir el procedimiento en un máximo de 24 días hábiles.</p><h2>Desde la notificación, el contribuyente pierde la capacidad de facturar y tiene 24 días hábiles para resolver</h2><p>En el momento en que se entrega la orden de visita, el Certificado de Sello Digital (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades/">CSD</a>) del contribuyente <b>queda suspendido</b> de forma automática.</p><p>Sin el CSD, es imposible <b>emitir cualquier factura </b>electrónica nueva mientras el proceso concluye.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Para seleccionar a quién visitar, el SAT cruza en tiempo real la información fiscal, bancaria y laboral de los contribuyentes mediante modelos automatizados de análisis de riesgo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Los visitadores están facultados para<b> recabar fotografías</b>, <b>audio</b> y <b>video </b>desde el inicio de la diligencia, previa notificación al contribuyente. </p><p>Pueden constituirse en el <b>domicilio fiscal</b>, sucursales, bodegas, almacenes, locales comerciales y puestos fijos o <b>semifijos</b> en la vía pública.</p><p>El contribuyente tiene <b>cinco días hábiles</b> para ofrecer pruebas y<b> </b>desvirtuar la presunción de falsedad. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/74DWCBP7UFAB3DUTQODGLAGFOY.png?auth=d0d7e1de6a9c7a3c905863348bc8e16ae49eb18fe7f1550dccc5a3fde8143a64&smart=true&width=1536&height=1024" alt=" La reforma al Código Fiscal de la Federación amplió las herramientas del SAT para detectar facturas que no respaldan operaciones reales.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Si no lo logra en los 15 días hábiles del periodo probatorio, la autoridad emite resolución que <b>declara los CFDI falsos </b>y <b>cancela definitivamente</b> el CSD.</p><p>Además, <b>publica el nombre </b>y el RFC del emisor en el <a href="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home">portal del SAT</a> y en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 45 días hábiles siguientes.</p><h2>El SAT cruza facturas, nóminas, cuentas bancarias y declaraciones para seleccionar a quién visitar</h2><p>Las revisiones se dirigen principalmente a presuntas <b>Empresas que Facturan Operaciones Simuladas</b> (EFOS) y a las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS), que son las que utilizan esas facturas para <b>reducir su carga fiscal</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TP6TPD2AW5CUHIZZUXFIU6VUSI.png?auth=5a521e95bf44b77fd846192689cb08c1da83e84f9f64bd32fb911457eec2bfce&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si el contribuyente no desvirtúa la presunción de falsedad, su nombre y RFC se publican en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 45 días hábiles siguientes. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El SAT cruza en tiempo real los CFDI emitidos y recibidos, las declaraciones fiscales, los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/10/primer-semestre-de-2026-deja-menos-empleos-y-mas-cierres-de-empresas-en-jalisco-advierte-coparmex/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/10/primer-semestre-de-2026-deja-menos-empleos-y-mas-cierres-de-empresas-en-jalisco-advierte-coparmex/">registros patronales </a>ante el IMSS, la <b>información bancaria</b> y los datos de comercio exterior. </p><p>Cuando esos cruces detectan inconsistencias, la autoridad puede activar el procedimiento.</p><h2>Qué hacer si el SAT se presenta en tu negocio</h2><p>El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza la <b>inviolabilidad del domicilio</b>. </p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Toda orden de visita</a> debe estar fundada y motivada: señalar los preceptos legales aplicables y las razones específicas por las que se emite. Sin ese requisito, el contribuyente <b>no está obligado</b> a permitir el acceso.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BBEBDYE3SFAZ3ISZO3FUACCWJY.png?auth=f8a891bc1a40963109dbf982f9fd3d48ace8165de37c4b364b1e0deeb24f7281&smart=true&width=1408&height=768" alt="El contribuyente tiene derecho a exigir identificación oficial, revisar la orden de visita y solicitar la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado en el momento en que lleguen los inspectores. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Al momento de la visita, el contribuyente tiene derecho a<b> exigir</b> identificación oficial de todos los visitadores, revisar la orden de visita, solicitar la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado y <b>designar dos testigos</b> para la diligencia. </p><p>La reforma al artículo 49 del CFF establece que si nadie designa<b> testigos</b>, los propios visitadores pueden nombrarlos, dejando constancia en el<b> expediente</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GJZE4NONSNBGPHUYJHFVT5DB24.png?auth=2027d70948ae6c5c3836f0c82f23a647a1fe89e7526211e91ae17f1fe93fc688&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía señala los requisitos legales para las visitas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en negocios de México y las penas de 2 a 9 años de prisión por comprobantes fiscales falsos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Las visitas se realizan en días y horas hábiles, entre las <b>7:30</b> y las <b>18:00 horas</b>. En asuntos de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/07/pese-a-los-aranceles-mexico-rompe-record-de-exportaciones-y-consolida-su-liderazgo-como-principal-socio-comercial-de-eeuu/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/07/pese-a-los-aranceles-mexico-rompe-record-de-exportaciones-y-consolida-su-liderazgo-como-principal-socio-comercial-de-eeuu/">comercio exterior</a>, el mismo artículo habilita los <b>365 días del año</b>, las 24 horas.</p><p>En <b>casos graves</b>, la reforma al CFF tipifica como delito la expedición, adquisición o uso de comprobantes fiscales falsos, con penas de <b>2 a 9 años de prisión</b> y multas de entre el <b>55% </b>y<b> 75%</b>del monto total facturado.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/GFXEENF63FHA7LZRZCQHKIK3VY.png?auth=6672afd5798176cc9a19543e3c31685176560b2d3595f7bbf7519410869b5601&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Tres inspectores del Servicio de Administración Tributaria de México esperan frente a la puerta principal de una casa en la Ciudad de México para realizar una diligencia. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT comienza a publicar listas de contribuyentes que incurrieron en estas irregularidades]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/22/el-sat-comienza-a-publicar-listas-de-contribuyentes-que-incurrieron-en-estas-irregularidades/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[Los contadores públicos informaron que las autoridades tributarias están exhibiendo a contribuyentes con trámites irregulares]]></description><pubDate>Wed, 22 Jul 2026 02:27:26 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT publicó en el DOF las listas de contribuyentes que emitieron facturas falsas. 
Crédito: X/ @SATMX" height="1080" width="1920"/><p>De acuerdo con el<b> Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP)</b>, desde el pasado 10 de julio, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/">Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>)</a> comenzó a publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las primeras listas de los <b>contribuyentes </b>que “no desvirtuaron la presunción de emisión de CFDI falsos”.</p><p>Ante esta situación, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/el-sat-se-va-de-vacaciones-estas-son-las-fechas-en-las-que-seran-suspendidas-algunas-actividades-administrativas/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/el-sat-se-va-de-vacaciones-estas-son-las-fechas-en-las-que-seran-suspendidas-algunas-actividades-administrativas/">Instituto Mexicano de Contadores Públicos</a> recomendó a los contribuyentes estar atentos a las publicaciones del<b> Diario Oficial de la Federación,</b> pues quienes hayan recibido <b>comprobantes fiscales </b>emitidos por personas incluidas en los listados ahí publicados tendrán la obligación de corregir los efectos fiscales correspondientes a través de una <b>declaración complementaria</b>.</p><p><b>Ludivina Lejia Rodríguez,</b> presidenta del IMCP, explicó que si en un lapso de 30 días naturales, los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico/">contribuyentes no regularizan su documentación fiscal</a>, ni podrán emitir nuevos comprobantes fiscales.</p><p><i>“Para ello, contarán con un plazo de</i><i><b> 30 días naturales,</b></i><i> contados a partir de la fecha de publicación en el DOF. En caso de no hacerlo, la autoridad fiscal</i><i><b> restringirá temporalmente </b></i><i>el uso de los certificados de sello digital para la emisión de comprobantes fiscales”,</i> advirtió Lejia Rodríguez ante medios de comunicación.</p><h2>Estos fueron los primeros contribuyentes en ser exhibidos</h2><p>Por su parte, el vicepresidente de fiscal del IMCP,<b> Luis Carlos Figueroa Moncada</b>, reveló que el pasado 10 de julio fueron publicados tres contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de emisión de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes.</p><p>Figueroa Moncada detalló que los tres contribuyentes <b>publicados</b> fueron: Alianza Corporativa Camarence, A.C., Asociación Patronal Región Zamora, A.C. y Confederación De Servidores Públicos de los Poderes De Los Estados, Municipios e Instituciones Descentralizadas de la República Mexicana.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2QN6TDZSBZC6BH3Y3P7XEZSGXE.jpg?auth=28c18f1b1187e8ab4b6011f7add198ec098684ff9572821c0abc795c7ca4ddad&smart=true&width=967&height=816" alt="Ludivina Rodríguez, presidenta del IMCP, compartió información sobre las consecuencias de emitir facturas falsas.
Crédito: X/ @IMCP" height="816" width="967"/><p><i>“En consecuencia, los contribuyentes que hayan recibido CFDI emitidos por cualquiera de los tres contribuyentes incluidos en el listado del </i><i><b>10 de julio</b></i><i> deberán presentar la declaración complementaria a más tardar el 9 de agosto”, a</i>dvirtió Figueroa Moncada.</p><p>Si los contribuyentes no presentan sus declaraciones complementarias, a partir del 10 de agosto el SAT tendrá facultades para<b> restringir temporalmente su CSD,</b> y si después de esa acción no subsanan o desvirtúan dicha situación dentro de los siguientes 40 días, “la autoridad podrá dejar sin efectos de manera definitiva el certificado”. </p><p>Le tocará a los contribuyentes solucionar este problema fiscal, por lo que es necesario que se acerquen a sus <b>contadores</b> para que puedan verificar si no aparecen en las listas y, de ser el caso, emitir el comprobante complementario en el lapso establecido por la ley. </p><h2>A casi 60 mil contribuyentes el SAT les canceló sellos</h2><p>Además, el vicepresidente de fiscal del IMCP destacó que estas primeras listas son diferentes a las que se hacen <b>trimestralmente </b>de los contribuyentes a los que el SAT <b>canceló definitivamente</b> los CSD.</p><p><i>“La actualización más reciente del listado se publicó en </i><i><b>abril de 2026 </b></i><i>e incluye un total de 58 mil 195 contribuyentes con el </i><i><b>Certificado de Sello Digital</b></i><i> sin efectos”, </i>manifestó el experto,</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7WPCCIXBQNF5RLQ5YYXXNXVFOU.jpg?auth=6ae4b4129290af3673f1d25f65e5b428b231aca87eae037749aec64dbb934d1b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los grandes contribuyentes son un sector importante en la recaudación de impuestos del SAT. 
Crédito: X/ @SATMX" height="1080" width="1920"/><p>Los representantes del IMCP destacaron que el SAT <b>canceló de forma definitiva </b>los sellos digitales de casi 60 mil contribuyentes que no lograron corregir ni desvirtuar inconsistencias detectadas en actos de fiscalización dentro de un plazo de 40 días.</p><p>Mientras que en el periodo de entre <b>enero y mayo de 2026</b>, del total de acciones de<b> entrevistas de vigilancia profunda</b>, el 4.8 por ciento (cuatro mil 353 contribuyentes) concluyeron en la cancelación definitiva del certificado de sello digital.</p><p>De no ser por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, miles de contribuyentes, tal vez, no sabrían que el SAT comenzó a emitir listas de los contribuyentes que emitieron facturas falsas. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LQVK53YKSZBIRHXE6DAXECSBMM.jpg?auth=4f433726b9363eb76fa1b4af110cc191c3b8b1131a9463828dc4809a215d9591&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT publicó en el DOF las listas de contribuyentes que emitieron facturas falsas. 
Crédito: X/ @SATMX]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Trámite obligatorio: Patrones ante el IMSS deberán usar de forma exclusiva la e.firma del SAT tras la eliminación del certificado NPIE]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/21/tramite-obligatorio-patrones-ante-el-imss-deberan-usar-de-forma-exclusiva-la-efirma-del-sat-tras-la-eliminacion-del-certificado-npie/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/21/tramite-obligatorio-patrones-ante-el-imss-deberan-usar-de-forma-exclusiva-la-efirma-del-sat-tras-la-eliminacion-del-certificado-npie/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[Todos los trámites electrónicos de patrones ante el IMSS deberán realizarse con e.firma vigente, vinculando representantes legales solo vía Escritorio Virtual; el NPIE queda sin efectos a partir de la fecha límite]]></description><pubDate>Tue, 21 Jul 2026 16:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XU4JLGO2S5CLNP6K7KJ7CPQB6E.png?auth=a88c975cf3e670b193c63a72cff83725c4e6c1389f9cea77616dae0cd71a1846&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Un gráfico ilustra los cambios del IMSS en México, que eliminó el NPIE y ahora exige la e.firma del SAT para trámites patronales a partir de julio de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>IMSS</b> eliminó el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y establece que la <b>e.firma</b> emitida por el <b>SAT</b> es el único <b>certificado digital válido</b> para realizar trámites electrónicos patronales. </p><p>El cambio rige desde este<b> 17 de julio de 2026</b>, tras la publicación del acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día anterior. </p><p>Los patrones tienen<b> 90 días naturales</b> para migrar al nuevo sistema (hasta el 13 de octubre) porque el NPIE dejará de ser aceptado como mecanismo de <b>autenticación</b> ante el Instituto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LPZ2BEKXSFBF3ACZEUTFA5ZOAE.png?auth=0030f0ead4a51617fd808e1d6deb8e13db9a85ec8fce697b4499238cfc53ce02&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Los patrones deberán contar con una e.firma vigente emitida por el SAT para operar ante el IMSS. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>En julio de 2026, el IMSS emitió una alerta nacional tras detectar casos en los que empresas amanecían con hasta <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/18/el-imss-lanza-importante-aviso-sobre-el-tramite-que-ahora-se-debe-hacer-en-linea" target="_blank" rel="noopener noreferrer">15 mil trabajadores falsos</a> registrados en un solo día.</p><h2>El Consejo Técnico del IMSS aprobó por unanimidad el uso exclusivo de la e.firma </h2><p>El Consejo Técnico del IMSS, presidido por el director general <b>Zoé Robledo</b>, aprobó la disposición en sesión ordinaria del 29 de junio. </p><p>La propuesta fue presentada por <b>Luisa Obrador Garrido</b>, titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante el oficio número 109 de fecha 23 de junio de 2026, y fue dictaminada por el Comité de Incorporación y Recaudación en reunión del <b>25 del mismo mes</b>.</p><p>Obrador Garrido señaló que la necesidad del cambio partió de la identificación de mejoras en la seguridad y <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/mexico-reporta-avances-significativos-en-la-reduccion-de-tramites-a-un-ano-en-vigor-de-la-ley-nacional-para-eliminar-tramites-burocraticos" target="_blank" rel="noopener noreferrer">simplificación de trámites</a> del sistema anterior. </p><p>Entre los beneficios declarados por la Dirección de Incorporación y Recaudación figuran principalmente la reducción de <b>riesgos de suplantación de identidad</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ME5ALKER7FAUZFDLUMNXOEUONU.jpg?auth=c79d8388d03c5195ad6660ed78025ac017a31f946f21fef6cd88033e22cf6cba&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Zoé Robledo Aburto dirige el IMSS desde mayo de 2019. Antes ocupó la Subsecretaría de Gobierno de la Segob y fue senador por Chiapas. Crédito: (Presidencia)" height="1080" width="1920"/><p>Entre otras razones se encuentran el fortalecimiento de la <b>transparencia</b> y la protección de los derechos de los trabajadores ante <b>movimientos afiliatorios</b> no reconocidos.</p><h2>Los trámites firmados con e.firma son legalmente equivalentes a los firmados en papel </h2><p>El acuerdo establece que los actos realizados con<b> </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/">e.firma</a> ante el IMSS producen los mismos efectos legales que los documentos presentados con<b> firma autógrafa </b>y tienen el <b>mismo valor</b> probatorio. </p><p>El fundamento legal incluye el artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación y el artículo 7 de la Ley de <b>Firma Electrónica Avanzada</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3MG3XCNTPJAARBVORXZTNHDT6M.png?auth=dd72dc69795b210b73e3bc74e3ca769826a3e27391eca18e97ee6fb21e6bc5b9&smart=true&width=1408&height=768" alt="Quien no complete la migración antes del plazo quedará imposibilitado para registrar altas, bajas o modificaciones de salario por medios electrónicos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Desde 2013, el IMSS ya contemplaba abandonar el NPIE y migrar hacia la e.firma del SAT como<b> único mecanismo </b>de autenticación. </p><p>El acuerdo de<b> junio de 2026 </b>cierra formalmente ese proceso y cancela las reglas que durante más de 20 años regularon el NPIE como<b> credencial patronal</b> ante el Instituto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FSEPIATP7JBPXLFHGIYDO4SIHY.png?auth=1c10f60e39176f975f900865b29fd676457148cbbdd8029733ff3fdd2ea2bdf2&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La vinculación de representantes legales deberá realizarse exclusivamente a través del Escritorio Virtual del IMSS, con e.firma de ambas partes.
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Sin registro de e.firma no se podrán realizar movimientos en el sistema laboral</h2><p>El acuerdo establece que <b>toda persona autorizada</b> para actuar en nombre de un <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/sabes-que-dice-tu-contrato-de-trabajo-lo-que-muchos-firman-sin-leer-y-puede-costarles-caro/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/sabes-que-dice-tu-contrato-de-trabajo-lo-que-muchos-firman-sin-leer-y-puede-costarles-caro/">patrón</a> —sea representante legal, administrador o cualquier figura equivalente— deberá vincularse exclusivamente a través del <b>Escritorio Virtual del IMSS</b>.</p><p>El representante se autenticará con su propia e.firma y <b>firmará conjuntamente</b> con la persona representada, ambos con su respectiva e.firma.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NC4DMQBZ6FFRDBHJR6KKTXGAUE.png?auth=ec65869a6adf773d4209e56c121b2dedc883b362abf4a9c70fa7d782e88ef355&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía de Infobae detalla las nuevas reglas del IMSS para trámites laborales en línea y los requisitos para la renovación de la e.firma en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Los trámites afectados abarcan todos los actos electrónicos ante el Instituto: <b>altas</b>,<b> bajas</b> y <b>modificaciones de salario</b> de trabajadores, entre otros movimientos afiliatorios. </p><p>Para patrones con <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo" target="_blank" rel="noopener noreferrer">e.firma vencida o próxima a vencer</a>, el SAT requiere <b>cita presencial</b> con identificación oficial vigente, CURP y comprobante de domicilio fiscal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FFSOUXRIX5ELVDAHZOI45R4GQI.png?auth=04825044e9049e03c37920ac508f509245aa1052bfd73e64254fa18f209e16a3&smart=true&width=1408&height=768" alt="Los patrones tienen hasta el 13 de octubre de 2026 para vincular su e.firma en el Escritorio Virtual del IMSS.
 (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Los patrones tienen hasta el 13 de octubre de 2026 para completar la migración</h2><p>El IMSS designó a la<b> Dirección de Incorporación y Recaudación </b>como la instancia que resolverá dudas y aclaraciones de patrones durante la transición. </p><p>La orientación también estará disponible a través del Centro de <a href="https://www.imss.gob.mx/contacto" target="_blank" rel="" title="https://www.imss.gob.mx/contacto">Contacto telefónico</a> del Instituto y las áreas de Afiliación en <b>cada localidad </b>del país.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los representantes legales de patrones también deberán actualizar su forma de vincularse ante el Instituto. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Quien no complete la migración antes del 13 de octubre de 2026<b> quedará sin acceso</b> a los sistemas digitales del Instituto.</p><p>Este sistema es esencial para<b> registrar modificaciones de salario</b>, así como altas o bajas de personal, lo que puede derivar en <b>multas y recargos</b> por incumplimiento de obligaciones patronales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y5LYDH3VCNHXVPY6MA3NCXXM3A.png?auth=77994d6a76f4468eafd43e2c5c399b9585870f870b774d5236c16894cae9c1c9&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[El logotipo del IMSS acompaña una lupa que examina una firma electrónica luminosa sobre documentos con marcas de rechazo, indicando un proceso de auditoría o verificación oficial. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Los beneficios fiscales amparados por leyes ordinarias concentran el 77,4% del gasto tributario de Guatemala]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/21/los-beneficios-fiscales-amparados-por-leyes-ordinarias-concentran-el-774-del-gasto-tributario-de-guatemala/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/21/los-beneficios-fiscales-amparados-por-leyes-ordinarias-concentran-el-774-del-gasto-tributario-de-guatemala/</guid><dc:creator><![CDATA[Jessica Gramajo]]></dc:creator><description><![CDATA[El informe de la administración tributaria señala que esos tratamientos preferenciales suman Q17 mil 472 millones y se enfocan sobre todo en hogares, intermediación financiera y actividades mercantiles dentro del esquema vigente]]></description><pubDate>Tue, 21 Jul 2026 02:41:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRQWODV33BBOJFLDS3V3KQXUVQ.png?auth=b6c34face7404566928d2f1cb89c653b3cd37d925988ab4a48599278d71336bd&smart=true&width=1408&height=768" alt="La SAT de Guatemala propuso revisar el costo y la utilidad de los incentivos fiscales que en 2025 suman Q22 mil 586 millones, equivalentes al 2,4% del PIB. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p><a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/15/pago-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-mas-de-la-mitad-del-parque-vehicular-sigue-pendiente" rel="noopener noreferrer">La <b>SAT</b> de <b>Guatemala</b></a> propuso revisar el <b>costo</b> y la <b>utilidad</b> de los incentivos fiscales que en 2025 representan <b>Q22 mil 586 millones</b>, un monto equivalente al <b>2,4% del PIB</b>, para determinar si esos tratamientos preferenciales deben mantenerse, modificarse o eliminarse en un país donde el <b>Fondo Monetario Internacional</b> ha insistido en que aumentar los ingresos públicos es clave para cerrar brechas sociales y de infraestructura.</p><p>La actualización del informe sobre gasto tributario, citada por <i>Prensa Libre</i>, muestra que la mayor parte de ese monto se concentra en dos tributos: el IVA, con <b>Q15 mil 164 millones</b>, y el ISR, con <b>Q6 mil 186 millones</b>. Juntos suman Q21 mil 350 millones, es decir, el 94,5% del gasto tributario total.</p><p>El desglose elaborado por la Intendencia de Recaudación de la Superintendencia de Administración Tributaria indica además que Q15 mil 775 millones correspondieron a impuestos indirectos y Q6 mil 811 millones a impuestos directos. El estudio fue presentado durante el primer semestre del año.</p><p>El gasto tributario es el ingreso que el Estado deja de percibir por la aplicación de tratamientos preferenciales previstos en la legislación. Esos mecanismos incluyen exoneraciones, exenciones, franquicias y deducciones especiales contenidas en la Constitución, en leyes ordinarias y en otros instrumentos de política económica.</p><h2>Los beneficios fiscales amparados por leyes ordinarias concentran más de tres cuartas partes del total</h2><p>Los beneficiarios constitucionales absorbieron Q5 mil 114 millones, equivalentes al 22,7% del total. En ese grupo, el <b>IGSS</b> reportó Q2 mil 476 millones; los centros educativos, Q1 mil 550 millones; las universidades, Q1 mil 68 millones; y el Comité Olímpico Guatemalteco junto con la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, Q18,2 millones.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/R2EX4PIKZBFQPI6XAMVXGEGMDI.jpg?auth=9cc59a3ccd47afa3af5d8c354880dce0aabed879bb945857491ebc0115c84046&smart=true&width=814&height=536" alt="La Intendencia de Recaudación de la SAT reportó que Q15 mil 775 millones del gasto tributario correspondieron a impuestos indirectos y Q6 mil 811 millones a impuestos directos. (SAT)" height="536" width="814"/><p>Los beneficios respaldados por leyes ordinarias alcanzaron Q17 mil 472 millones, el 77,4% del gasto tributario total de 2025. Entre los cinco principales beneficiarios figuran las personas individuales y las familias, con Q7 mil 360 millones; la intermediación financiera, con Q2 mil 272 millones; <a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/16/las-exportaciones-de-guatemala-crecieron-55-y-sumaron-usd-7199-millones-hasta-mayo" target="_blank" rel="noopener noreferrer">las actividades mercantiles</a>, con Q1 mil 633 millones; las instituciones de asistencia social, con Q1 mil 336 millones; y los empleados en relación de dependencia, con Q1 mil 221 millones.</p><p>Esos cinco grupos concentraron Q13 mil 822 millones, equivalentes al 79% del monto asociado a los beneficiarios por leyes ordinarias. Según el diario, esa concentración explica buena parte del peso fiscal de las exoneraciones vigentes.</p><p>El superintendente de la SAT, <b>Werner Ovalle Ramírez</b>, citado por <i>Prensa Libre</i> dijo que el gasto tributario de 2025 se mantuvo alrededor del <b>2,4% del PIB</b> y que, en <a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/16/una-mision-de-fitch-ratings-inicia-en-guatemala-una-nueva-evaluacion-de-la-economia" target="_blank" rel="noopener noreferrer">términos macroeconómicos</a>, no mostró un aumento general. También precisó que algunos tratamientos pudieron variar al alza o a la baja según el comportamiento de las actividades económicas a las que están vinculados.</p><p>Ovalle añadió que en 2025 no hubo cambios relevantes en la legislación tributaria que ampliaran los beneficios o incentivos vigentes. A su juicio, esa ausencia de modificaciones ayuda a explicar la estabilidad observada en el nivel agregado del gasto tributario.</p><h2>La SAT busca medir mejor los incentivos mientras el FMI pide ampliar la base tributaria</h2><p>La respuesta central que plantea la administración tributaria es abrir más adelante un análisis de costo-beneficio sobre los distintos tratamientos diferenciados. El objetivo, según expuso el jefe de la SAT, es establecer su pertinencia, efectividad, continuidad o eventual supresión.</p><p>Mientras ese debate no se abre, la entidad dice que sigue fortaleciendo los mecanismos de control, medición y trazabilidad del gasto tributario. Ovalle lo resumió así: “Actualmente, una parte cada vez más importante del estudio se construye a partir de información contenida en declaraciones aduaneras y tributarias, reduciendo progresivamente la dependencia de estimaciones alternativas. Esta mejora representa un avance sustancial para identificar, cuantificar y controlar con mayor precisión la aplicación de beneficios e incentivos fiscales”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VTNJAYUEMRF2RNUZLZCAEUGC7U.jpg?auth=b308801a23b53f47f08c187cc45355b509875091792bd3d89454c0c7148c7fab&smart=true&width=679&height=452" alt="Werner Ovalle Ramírez afirmó que el gasto tributario se mantuvo en 2,4% del PIB en 2025 y atribuyó su estabilidad a la falta de cambios relevantes en la legislación tributaria. (SAT)" height="452" width="679"/><p>En junio, durante su visita anual a <b>Guatemala</b>, el <b>FMI</b> señaló que reducir las brechas sociales y de infraestructura requiere elevar los ingresos fiscales. El organismo reconoce avances de la SAT en cumplimiento tributario, <a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/15/el-gobierno-de-guatemala-presenta-los-avances-de-su-agenda-de-modernizacion-del-ejecutivo" target="_blank" rel="noopener noreferrer">digitalización</a>, gestión de devoluciones y modernización aduanera, pero advierte que la recaudación lleva décadas situada cerca del 12% del PIB.</p><p>De acuerdo con el organismo, para que los esfuerzos actuales y previstos de la SAT se traduzcan en más recaudación, conviene evitar la eliminación de impuestos o la creación de regímenes especiales que sigan erosionando la base imponible. También recomendó limitar el arbitraje tributario interno y transfronterizo y avanzar hacia una reforma fiscal integral que racionalice el gasto tributario, amplíe la base imponible y eleve tasas hoy ubicadas en niveles muy bajos, sobre todo en el ISR.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRQWODV33BBOJFLDS3V3KQXUVQ.png?auth=b6c34face7404566928d2f1cb89c653b3cd37d925988ab4a48599278d71336bd&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[La SAT de Guatemala propuso revisar el costo y la utilidad de los incentivos fiscales que en 2025 suman Q22 mil 586 millones, equivalentes al 2,4% del PIB. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Por qué el SAT puede multar algunas transferencias entre familiares? Esto debes saber para evitar sanciones de hasta 35 mil pesos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/por-que-el-sat-puede-multar-algunas-transferencias-entre-familiares-esto-debes-saber-para-evitar-sanciones-de-hasta-35-mil-pesos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/por-que-el-sat-puede-multar-algunas-transferencias-entre-familiares-esto-debes-saber-para-evitar-sanciones-de-hasta-35-mil-pesos/</guid><dc:creator><![CDATA[Nadia Virgilio]]></dc:creator><description><![CDATA[Existe un requisito que puede derivar en sanciones económicas cuando se trata de montos elevados]]></description><pubDate>Sun, 19 Jul 2026 15:11:13 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VQSMFF5UNBFTBCXWKJMVDU6EDA.jpg?auth=e15a58f6312508805c1033ca8636bf62c62a873ea7fdae48ee020ef12522038c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La clave está en distinguir una transferencia bancaria ordinaria de un préstamo, donativo o aumento de capital que rebasa los límites establecidos por la autoridad fiscal. Foto: Infobae" height="1080" width="1920"/><p>Recibir dinero de un familiar o un amigo mediante una <b>transferencia bancaria</b> no genera automáticamente una multa del <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b>. Sin embargo, existe un requisito que sí puede derivar en sanciones económicas cuando se trata de montos elevados.</p><p>En los últimos días ha circulado información sobre supuestas multas de hasta <b>35 mil pesos</b> por recibir dinero de familiares. Aunque el dato tiene un fundamento legal, no aplica para todas las transferencias, sino únicamente en casos específicos previstos por la legislación fiscal.</p><p>A continuación te explicamos cuándo el <b>SAT</b> puede imponer una sanción, qué operaciones deben declararse y qué dice la ley.</p><h2>¿En qué casos el SAT puede multar por transferencias entre familiares?</h2><p>La clave está en distinguir una <b>transferencia bancaria ordinaria</b> de un <b>préstamo, donativo o aumento de capital</b> que rebasa los límites establecidos por la autoridad fiscal.</p><p>De acuerdo con la información difundida por el <b>SAT</b> y lo establecido en el <b>Código Fiscal de la Federación</b> y la <b>Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)</b>, las personas físicas deben informar a la autoridad cuando reciben:</p><ul><li><b>Préstamos</b>.</li><li><b>Donativos</b>.</li><li><b>Premios</b>.</li><li>Otros ingresos similares.</li></ul><p>La obligación cobra especial relevancia cuando el monto acumulado supera los <b>600 mil pesos</b> durante un ejercicio fiscal. Si no se presenta el aviso correspondiente, el contribuyente puede hacerse acreedor a una multa que ronda los <b>35 mil pesos</b>, dependiendo de la infracción. </p><h2>El requisito indispensable para evitar la multa</h2><p>El requisito no consiste en pedir autorización para recibir una transferencia, sino en <b>declarar ante el SAT</b> los préstamos, donativos o aportaciones que excedan el monto previsto por la legislación.</p><p>En algunos casos también debe presentarse la <b>Forma 86-A</b>, utilizada para informar préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo, cuando así lo establece la normatividad fiscal. </p><p>Si el contribuyente omite este aviso, el <b>SAT</b> puede considerar que existe un incumplimiento de las obligaciones fiscales y aplicar la sanción correspondiente.</p><h2>¿Todas las transferencias entre familiares deben declararse?</h2><p>No, el propio <b>SAT</b> ha aclarado que <b>recibir una transferencia de un familiar o amigo no implica, por sí mismo, una multa</b>, ni existe una disposición que sancione automáticamente este tipo de operaciones. </p><p>Las transferencias que forman parte de apoyos económicos habituales, gastos compartidos o movimientos bancarios comunes no generan una sanción únicamente por realizarse.</p><p>Sin embargo, cuando las cantidades son elevadas y corresponden a préstamos, donativos u operaciones que la ley obliga a informar, el contribuyente debe cumplir con las disposiciones fiscales para evitar problemas con la autoridad.</p><h2>¿De cuánto puede ser la multa?</h2><p>Las sanciones pueden alcanzar alrededor de <b>35 mil pesos</b>, dependiendo del tipo de incumplimiento y de lo establecido en el <b>Código Fiscal de la Federación</b>.</p><p>Además de la multa, el <b>SAT</b> puede solicitar información adicional para comprobar el origen de los recursos si detecta inconsistencias entre los ingresos declarados y los movimientos financieros del contribuyente. </p><h2>Recomendaciones para evitar problemas con el SAT</h2><p>Si vas a recibir una cantidad importante de dinero de un familiar o amigo, los especialistas recomiendan:</p><ul><li>Conservar comprobantes de la operación.</li><li>Elaborar un contrato cuando se trate de un préstamo.</li><li>Declarar los montos cuando la ley así lo exija.</li><li>Mantener congruencia entre los ingresos reportados y los movimientos bancarios.</li></ul><p>De esta manera podrás demostrar el origen de los recursos en caso de que la autoridad fiscal solicite información y evitar posibles sanciones.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/VQSMFF5UNBFTBCXWKJMVDU6EDA.jpg?auth=e15a58f6312508805c1033ca8636bf62c62a873ea7fdae48ee020ef12522038c&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La clave está en distinguir una transferencia bancaria ordinaria de un préstamo, donativo o aumento de capital que rebasa los límites establecidos por la autoridad fiscal. Foto: Infobae]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/Jovani Pérez</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Grandes contribuyentes: importante sector para la recaudación de impuestos en México ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/19/grandes-contribuyentes-importante-sector-para-la-recaudacion-de-impuestos-en-mexico/</guid><dc:creator><![CDATA[Martín Enriquez]]></dc:creator><description><![CDATA[Pese a que los grandes contribuyentes representan un sector minoritario, son relevantes para la recaudación tributaria]]></description><pubDate>Sun, 19 Jul 2026 02:50:05 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7WPCCIXBQNF5RLQ5YYXXNXVFOU.jpg?auth=6ae4b4129290af3673f1d25f65e5b428b231aca87eae037749aec64dbb934d1b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los grandes contribuyentes son un sector importante en la recaudación de impuestos del SAT. 
Crédito: X/ @SATMX" height="1080" width="1920"/><p>Los <b>grandes contribuyentes</b> —empresas y entidades económicas— son un pequeño sector que aporta una parte importante de los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas">ingresos tributarios de <b>México</b></a>; son el complemento de los millones de mexicanos que cumplen sus obligaciones con el fisco.</p><p>Pese a que son una fracción mínima del padrón nacional, los grandes contribuyentes aportan casi la mitad de la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/"> recaudación tributaria federal</a>, lo que los ha convertido en una pieza importante para las <b>finanzas públicas.</b></p><h2>Área estratégica del SAT supervisa a grandes contribuyentes</h2><p>De acuerdo con el sitio digital<i> EL CEO</i>, ese segmento es supervisado por la<b> Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC),</b> una de las áreas más estratégicas del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/"><b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b></a>, que actualmente encabeza J<b>ennifer Krystel Castillo Madrid</b>.</p><p>El trabajo de la AGGC se enfoca en brindar atención y fiscalización a <b>corporativos</b> con <b>ingresos </b>superiores a los <b>mil 500 millones de pesos </b>al año. El alcance incluye a entidades financieras, empresas productivas del Estado y grupos empresariales con estructuras operativas complejas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CUPLIEGQTNAN3KYY6DKVLVWS4E.JPG?auth=c6a6b1f154b8de0dbbd90842f49d6f2c55fe10413be21001ccd476f67185cfb3&smart=true&width=938&height=601" alt="Pemex es parte de los grandes contribuyentes de México.
Crédito: X/ @Pemex" height="601" width="938"/><h2>¿Quiénes integran el padrón de grandes contribuyentes?</h2><p>Para 2026, el<b> padrón </b>de grandes contribuyentes quedó integrado por cerca de 16 mil <b>empresas</b> y <b>personas físicas</b>, una cifra que equivale a alrededor de 0.02 por ciento del total de contribuyentes registrados en México.</p><p>Aunque representa un grupo reducido, este segmento económico aporta millones al fisco y concentra una parte relevante de la actividad nacional. De acuerdo con el SAT, su<b> tasa efectiva promedio de tributación</b> es de 4.1 por ciento sobre sus ingresos acumulables.</p><p>Algunos de los <b>corporativos</b> más grandes de México son parte de este sector de contribuyentes, entre los que destacan:</p><ul><li> Petróleos Mexicanos (<b>Pemex</b>)</li><li>Comisión Federal de Electricidad (<b>CFE</b>)</li><li><b>América Móvil</b></li><li><b>Walmart </b>de México y Centroamérica</li><li>Fomento Económico Mexicano (<b>FEMSA</b>)</li><li><b>Grupo Bimbo</b></li><li><b>Grupo México</b></li><li><b>BBVA México</b></li><li>Grupo Financiero <b>Banorte</b></li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/F2V7BNIF55C5VJTAE3RNGXUSYY.JPG?auth=e614228a538d806808186bc442e76c34e9a503fc95e45fd1ab8e72f3cb22f704&smart=true&width=953&height=604" alt="Grupo Bimbo forma parte de los grandes contribuyentes de México.
Crédito: X/ @Grupo_Bimbo" height="604" width="953"/><h2>¿Qué labor realiza la AGGC al interior del SAT?</h2><p>La Administración General de Grandes Contribuyentes concentra sus esfuerzos en <b>supervisar operaciones empresariales de alta complejidad </b>y en verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales de los mayores contribuyentes del país.</p><p>Entre sus atribuciones están <b>auditorías especializadas </b>en reestructuras corporativas,<b> precios de transferencia,</b> comercio exterior y operaciones internacionales, rubros que se consideran de alto efecto en la recaudación.</p><p>Sin embargo, su trabajo no se concentra en la fiscalización, pues la AGGC también tiene la encomienda de brindar<b> atención especializada </b>a las empresas a través de la gestión de <b>devoluciones de impuestos</b>, compensaciones y otros trámites fiscales complejos.</p><p>Asimismo, la relevancia de esta unidad está en <b>equilibrar una recaudación fiscal eficiente </b>que ayude al fortalecimiento de las finanzas públicas con la certeza jurídica que exigen las compañías responsables de una parte considerable de la inversión y <b>actividad económica </b>de México.</p><h2>Impuestos recaudados en México durante 2026</h2><p>De acuerdo con el titular del Servicio de Administración Tributaria,<b> Antonio Pérez Diagnino</b>, entre enero y junio de 2026, la institución logró recaudar casi tres billones en ingresos tributarios. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TGEQAIPAPBCWBBSNDXPOSIM5XM.JPG?auth=f63dfe5ffc1a4ac7b0b1ecba595dca74a265cc496271a3d376254e692eac060f&smart=true&width=924&height=517" alt="CFE es parte de los grandes contribuyentes, al igual que Pemex.
Crédito: X/ @CFEmx" height="517" width="924"/><p>La <b>Ley de Ingresos de la Federación (LIF)</b> previó que la recaudación tributaria en la primera mitad del año alcanzara los tres billones de pesos, de acuerdo con el calendario de pronósticos de ingresos.</p><p>En ese documento adjunto a la LIF, la meta para ese periodo se fijó en <b>tres billones 17 mil 193.9 millones de pesos</b>. Casi se consiguió el objetivo.</p><p>Pese a que millones de mexicanos sostienen buena parte de la<b> recaudación fiscal</b> de México, los grandes contribuyentes juegan un papel muy importante. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/7WPCCIXBQNF5RLQ5YYXXNXVFOU.jpg?auth=6ae4b4129290af3673f1d25f65e5b428b231aca87eae037749aec64dbb934d1b&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Los grandes contribuyentes son un sector importante en la recaudación de impuestos del SAT. 
Crédito: X/ @SATMX]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El IMSS lanza importante aviso sobre el trámite que ahora se debe hacer en línea]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/18/el-imss-lanza-importante-aviso-sobre-el-tramite-que-ahora-se-debe-hacer-en-linea/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/18/el-imss-lanza-importante-aviso-sobre-el-tramite-que-ahora-se-debe-hacer-en-linea/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El cambio elimina una credencial separada, refuerza la autenticación en movimientos afiliatorios y protege a empresas y trabajadores frente a registros no reconocidos]]></description><pubDate>Sat, 18 Jul 2026 15:18:40 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GCNLNBPOXBDEHJFOMQ2XHDT7L4.jpg?auth=8df379a114ed50554e2018875ebe12a3d718bba933537d86a6877f84611d85ee&smart=true&width=1920&height=1080" alt="(Jesús Avilés/Infobae México)" height="1080" width="1920"/><p><b>El IMSS elimina el NPIE</b> y adopta la <b>e.firma del SAT</b> como único certificado digital válido para trámites patronales electrónicos, tras una serie de fraudes masivos que expusieron las vulnerabilidades del sistema anterior. </p><p>Los patrones tienen hasta el <b>13 de octubre de 2026</b> para completar la migración.</p><h2>El fraude que aceleró el cambio</h2><p>El detonante del cambio fue una acumulación de esquemas fraudulentos que el NPIE no pudo contener. En julio de 2026, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/03/05/imss-alerta-por-correos-electronicos-falsos-sobre-supuestas-auditorias-a-patrones" target="_blank" rel="noopener noreferrer">el <b>IMSS</b> emitió una alerta nacional</a> después de detectar casos en los que empresas amanecían con hasta <b>15 mil trabajadores falsos</b> registrados en un solo día mediante el sistema patronal electrónico.</p><p>Un caso documentado en San Pedro, Coahuila, reveló que un negocio amaneció con 300 empleados apócrifos afiliados sin su conocimiento. El esquema, que preocupó a la iniciativa privada, se replicó en múltiples empresas de distintas partes del país.</p><p>Las consecuencias para los patrones afectados incluían el pago de cuotas obrero-patronales improcedentes, diferencias en obligaciones fiscales y posibles bloqueos de cuentas bancarias. En paralelo, investigaciones previas también habían documentado la suplantación de identidad para inscribir patrones apócrifos directamente en subdelegaciones del Instituto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/57DN3OTMQVFSBEMM3YI27XR5FU.jpg?auth=d253ae5551cbf3ef23e3226c4363f85a068d5d15a3b344dae82625410f94b2e4&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La e.firma —antes conocida como FIEL— es la Firma Electrónica Avanzada que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emite a personas físicas y morales con RFC activo. (Infobae/Jesús Aviles) " height="1080" width="1920"/><h2>La decisión y su respaldo institucional</h2><p>El <b>H. Consejo Técnico del IMSS</b> aprobó por unanimidad la medida en sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2026. La propuesta fue presentada por <b>Luisa Obrador Garrido</b>, titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación (DIR), ante el organismo presidido por el director general <b>Zoé Robledo</b>, con representantes del sector patronal, obrero y de gobierno.</p><p>El acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR se publicó en el <b>Diario Oficial de la Federación (DOF)</b> el 16 de julio de 2026 y entró en vigor al día siguiente. Con ello, quedaron derogados los acuerdos 43/2004 y 533/2006 que regulaban el NPIE, así como el certificado digital expedido por el propio Instituto.</p><p>Obrador Garrido señaló que la necesidad del cambio partió de la identificación de mejoras en la seguridad y simplificación de trámites del sistema anterior.</p><h2>Qué cambia para los patrones</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VOOHYZLZUZHOPOA5EA4MY6BFG4.jpg?auth=c8dece2ae076b9fcfd74efabaafbfde5de8ac3a301294043fb133657c7d01c20&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La vinculación de representantes legales también cambia: deberá realizarse exclusivamente en línea a través del Escritorio Virtual del IMSS (IMSS)" height="1080" width="1920"/><p>La <b>e.firma</b> —antes conocida como FIEL— es la Firma Electrónica Avanzada que el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> emite a personas físicas y morales con RFC activo. Desde 2013, el IMSS contemplaba la migración hacia este mecanismo; el acuerdo de junio de 2026 concluye formalmente ese proceso.</p><p>A partir del 14 de octubre de 2026, la e.firma será el único certificado aceptado para <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2022/07/26/imss-cual-es-el-procedimiento-en-linea-para-realizar-mi-alta-patronal-como-persona-moral/" rel="noopener noreferrer">realizar altas, bajas y modificaciones de salario</a> de trabajadores por medios electrónicos. Los actos firmados con este instrumento tienen el mismo valor jurídico que una firma autógrafa, conforme al artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación y la Ley de Firma Electrónica Avanzada.</p><p>La vinculación de representantes legales también cambia: deberá realizarse exclusivamente en línea a través del <b>Escritorio Virtual del IMSS</b>, con autenticación conjunta del representado y su representante, ambos con su propia e.firma.</p><h2>Calendario de transición y riesgos de no migrar</h2><p>El periodo de transición inició el <b>17 de julio de 2026</b> y vence el <b>13 de octubre de 2026</b>. Durante esos 90 días naturales, el NPIE y la e.firma pueden coexistir para la realización de trámites.</p><p>Quien no complete la migración antes del plazo quedará imposibilitado para realizar movimientos afiliatorios electrónicos. Las consecuencias operativas incluyen el rechazo de solicitudes de alta, baja o modificación salarial, además de posibles infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones patronales.</p><p>Para patrones cuya <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo" rel="noopener noreferrer">e.firma esté próxima a vencer o ya haya expirado</a>, el SAT requiere agendar una cita presencial con identificación oficial vigente, CURP y comprobante de domicilio fiscal.</p><h2>Beneficios y canales de atención durante la transición</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JA5J7JY3NFAYXAZDXNBBGFS2GM.png?auth=3873451aeaa313ad75479cf02fdc68646fe532682fc0a2b6d86de7df47cf2a42&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Entre los beneficios declarados por la DIR figuran la reducción de riesgos de suplantación de identidad, el fortalecimiento de la transparencia y la protección de los derechos de los trabajadores ante movimientos afiliatorios no reconocidos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La medida estandariza la autenticación patronal bajo un único instrumento reconocido por toda la Administración Pública Federal, lo que elimina la necesidad de gestionar el NPIE como credencial separada. </p><p>Entre los beneficios declarados por la DIR figuran la reducción de riesgos de suplantación de identidad, el fortalecimiento de la transparencia y la protección de los derechos de los trabajadores ante movimientos afiliatorios no reconocidos.</p><p>Durante el periodo de transición, la orientación estará disponible a través del Escritorio Virtual, el Centro de Contacto del IMSS y las áreas de Afiliación de los <b>Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada (OOAD)</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/GCNLNBPOXBDEHJFOMQ2XHDT7L4.jpg?auth=8df379a114ed50554e2018875ebe12a3d718bba933537d86a6877f84611d85ee&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(Jesús Avilés/Infobae México)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT se va de vacaciones: estas son las fechas en las que serán suspendidas algunas actividades administrativas]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/el-sat-se-va-de-vacaciones-estas-son-las-fechas-en-las-que-seran-suspendidas-algunas-actividades-administrativas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/17/el-sat-se-va-de-vacaciones-estas-son-las-fechas-en-las-que-seran-suspendidas-algunas-actividades-administrativas/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Aunque la autoridad fiscal detiene el conteo en asuntos administrativos durante esos días, los contribuyentes deben seguir al corriente con impuestos y envíos mensuales porque no existe una prórroga automática]]></description><pubDate>Fri, 17 Jul 2026 19:29:24 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LLFBAML4XZGR5N3CLOPX2ZV7MQ.png?auth=4aa4f6da4957516357b3e4c1783468f948f41fbe61dffa75e096a0940ab57cde&smart=true&width=1408&height=768" alt="Un oficinista con camisa y corbata trabaja desde una playa arenosa bajo una sombrilla, con un castillo de arena y una bandera del SAT. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes" rel="noopener noreferrer"><b>Servicio de Administración Tributaria</b></a> (SAT) suspenderá <b>plazos y términos administrativos del 20 al 31 de julio de 2026</b>, según la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada en el <b>Diario Oficial de la Federación</b> el 9 de julio. </p><p>La medida aplica al primer periodo general de vacaciones del organismo en el año y <b>entra en vigor a partir del día siguiente</b> a su publicación en el DOF.</p><h2>Qué plazos quedan pausados</h2><p>Durante el periodo inhábil no correrán plazos ni términos en los siguientes procedimientos: </p><ul><li>Requerimientos emitidos por el SAT </li><li>Revisiones fiscales </li><li>Procedimientos administrativos en curso </li><li>Trámites que requieran intervención directa de la autoridad fiscal </li></ul><p>El conteo de días se retomará a partir del <b>lunes 3 de agosto de 2026</b>, desde el punto en que se encontraba antes del inicio del periodo vacacional.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5QSOAG3YEZHZZMYRDMBPAOVDBY.png?auth=135bc60ab75a6ee50f50ab6e0cc2f28b822402b003810f26fdf4a5e4100edd47&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las plataformas digitales del SAT permanecerán disponibles durante esos días, al igual que la atención en oficinas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Las obligaciones del contribuyente no se detienen</h2><p>El periodo inhábil no equivale a una prórroga automática para los contribuyentes. Las declaraciones mensuales, los pagos de impuestos y las <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion" target="_blank" rel="noopener noreferrer">obligaciones fiscales periódicas</a> deben cumplirse en las fechas establecidas, independientemente del receso del organismo. </p><p>Las plataformas digitales del SAT permanecerán disponibles durante esos días, al igual que la atención en oficinas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWWKEHE54ZFJNMS63BUHH3KBTU.png?auth=ffcd5296fa2146ee98ea56339301aa4658b747c19950cb0cae44005acf040f73&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Las plataformas digitales del SAT permanecerán disponibles durante esos días, al igual que la atención en oficinas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>Alcance para estados y municipios</h2><p>La resolución contempla que las autoridades estatales y municipales coordinadas en materia fiscal —en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF)— podrán adoptar el mismo periodo inhábil. </p><p>Sin embargo, la medida no es automática: cada entidad o municipio deberá publicarlo en su propio órgano o medio de difusión oficial, conforme a sus disposiciones legales y administrativas.</p><h2>Otros cambios en la misma resolución</h2><p>La Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2026 incluyó, además del periodo vacacional, ajustes en estas materias: </p><p>Facturación electrónica (CFDI): nuevos controles y causales de restricción temporal para emitir comprobantes </p><p>Multas y pagos a plazos: precisiones operativas para contribuyentes en procesos de regularización </p><p>Estímulo fiscal a la producción cinematográfica y audiovisual Plataformas y servicios digitales: retenciones de ISR e IVA, y obligaciones para residentes en el extranjero </p><p>IEPS: marbetes, precintos y apuestas en línea</p><h2>Trámites que sí pueden realizarse durante el receso</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt=" Trámites presenciales como la generación de la e.firma por primera vez o la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) seguirán disponibles con normalidad.    (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Aunque los plazos administrativos quedan suspendidos, las oficinas del SAT no cerrarán sus puertas entre el 20 y el 31 de julio. <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/20/declaracion-anual-2026-cuales-son-los-modulos-del-sat-con-mas-disponibilidad-en-semana-del-20-al-24-de-abril" rel="noopener noreferrer">Trámites presenciales</a> como la generación de la e.firma por primera vez o la inscripción al <b>Registro Federal de Contribuyentes</b> (RFC) seguirán disponibles con normalidad. </p><p>La Oficina Virtual del organismo, que opera mediante videollamada gratuita con cita previa en citas.sat.gob.mx, también permanecerá activa. A través de ese canal pueden realizarse los siguientes trámites: </p><ul><li>Generación o renovación de contraseña </li><li>Renovación de la e.firma </li><li>Actualización de datos fiscales, como cambio de domicilio </li><li>Corrección o cambio de nombre </li><li>Incorporación o corrección de la CURP </li><li>Obtención de la constancia de situación fiscal </li><li>Asistencia para recuperar una contraseña</li></ul><h2>Qué establece la resolución oficial</h2><p>El documento tiene fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el artículo 33, fracción I, inciso g) del <b>Código Fiscal de la Federación</b> (CFF), y el artículo 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria. </p><p>La regla 2.1.6., fracción III de la resolución establece de forma textual: “El primer<b> periodo general de vacaciones</b> de 2026, comprende del <b>20 al 31 de julio de 2026</b>“. </p><p>La resolución entró en vigor al día siguiente de su publicación y algunas disposiciones prevén fechas específicas de aplicación conforme a sus artículos transitorios.</p><h2>Segundo periodo vacacional: fechas aún pendientes en el DOF</h2><p>La regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal contempla también un segundo bloque de días inhábiles, que por tradición el SAT ubica en los últimos días de diciembre. </p><p>Sin embargo, la resolución publicada el 9 de julio no fijó aún las fechas exactas de ese segundo periodo. </p><p>Se darán a conocer en una publicación posterior en el <b>Diario Oficial de la Federación</b>, conforme el organismo emita la resolución correspondiente.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LLFBAML4XZGR5N3CLOPX2ZV7MQ.png?auth=4aa4f6da4957516357b3e4c1783468f948f41fbe61dffa75e096a0940ab57cde&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Un oficinista con camisa y corbata trabaja desde una playa arenosa bajo una sombrilla, con un castillo de arena y una bandera del SAT. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[E.firma del SAT: cómo renovar cuando está vencida hace más de un año y por qué es importante hacerlo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/15/efirma-del-sat-como-renovar-cuando-esta-vencida-hace-mas-de-un-ano-y-por-que-es-importante-hacerlo/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Perder la vigencia del certificado impide presentar declaraciones, actualizar el RFC y entrar a servicios digitales del IMSS, Infonavit y la autoridad fiscal hasta regularizar el trámite]]></description><pubDate>Wed, 15 Jul 2026 13:20:42 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FSEPIATP7JBPXLFHGIYDO4SIHY.png?auth=1c10f60e39176f975f900865b29fd676457148cbbdd8029733ff3fdd2ea2bdf2&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Un hombre realiza el registro de datos biométricos, como su huella dactilar y fotografía, en una oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El certificado de e.firma</b> del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/14/constancia-de-situacion-fiscal-del-sat-como-sacarla-paso-a-paso-en-2026" rel="noopener noreferrer"><b>Servicio de Administración Tributaria</b> (<b>SAT</b>)</a> tiene una vigencia de cuatro años es por ello que aquellos que lo dejaron vencer hace más de 12 meses ya no pueden renovarlo por internet: la única vía es acudir nuevamente en persona a una oficina del organismo con cita previa.</p><p>Es decir si la firma venció en 2024 o antes, el trámite digital ya no es posible. El SAT establece que la vía remota —ya sea mediante la aplicación <b>SAT ID</b> o la plataforma <b>CertiSAT WEB</b>— solo está disponible cuando el certificado lleva menos de un año sin vigencia. Superado ese plazo, la renovación presencial es el único camino.</p><h2>Qué bloquea una e.firma vencida</h2><p>Sin el certificado activo, el contribuyente pierde acceso a trámites que van desde la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion" rel="noopener noreferrer">presentación de declaraciones anuales</a> hasta la facturación electrónica.</p><p>También quedan suspendidos la solicitud de devoluciones fiscales, la actualización del <b>Registro Federal de Contribuyentes</b> (<b>RFC</b>) y el ingreso a servicios digitales del SAT, del <b>Instituto Mexicano del Seguro Social</b> (<b>IMSS</b>) y del <b>Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores</b> (<b>Infonavit</b>).</p><p>Para las personas morales, la e.firma es obligatoria sin excepción. Para las personas físicas, se vuelve indispensable cuando la declaración anual implica una devolución superior a 50 mil pesos o cuando se modifica la cuenta CLABE en devoluciones mayores a 10 mil pesos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TP6TPD2AW5CUHIZZUXFIU6VUSI.png?auth=5a521e95bf44b77fd846192689cb08c1da83e84f9f64bd32fb911457eec2bfce&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El sistema solicita RFC, CURP y correo electrónico. Tras confirmar el captcha, se elige fecha, horario y oficina. El portal envía un token al correo registrado para confirmar la cita. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Cómo agendar la cita en el SAT</h2><p>El primer paso es ingresar al portal <b>citas.sat.gob.mx</b> y seleccionar el servicio “e.firma Renovación y Revocación de Personas Físicas”.</p><p>El sistema solicita RFC, CURP y correo electrónico. Tras confirmar el captcha, se elige fecha, horario y oficina. El portal envía un token al correo registrado para confirmar la cita.</p><h2>Qué documentos llevar el día de la cita</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ERZFFIAMUZD67FHUM2FP4736DE.png?auth=543982f87b31a2b4818340340a0979ba8a89e75836ac502c4b8f2b23ba3db22c&smart=true&width=512&height=640" alt="Las personas morales deben agregar la copia certificada del poder notarial del representante legal, el acta constitutiva y la e.firma vigente de dicho representante. (SAT México)" height="640" width="512"/><p>Los requisitos varían según cuánto tiempo lleva vencido el certificado. Cuando el vencimiento no supera un año, basta con la huella dactilar para acreditar identidad y domicilio.</p><ul><li>Cuando han pasado más de 12 meses desde el vencimiento, el SAT exige documentación adicional:</li><li>Identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional), en original</li><li>Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses</li><li>Unidad de memoria USB, preferentemente nueva</li><li>Correo electrónico personal activo</li><li>Las personas morales deben agregar la copia certificada del poder notarial del representante legal, el acta constitutiva y la e.firma vigente de dicho representante.</li></ul><h2>Qué pasa en la oficina del SAT</h2><p>El asesor captura los datos del contribuyente y realiza la validación biométrica: huellas dactilares, fotografía de iris y firma digitalizada.</p><p>Una vez verificada la identidad, el sistema genera los nuevos archivos de la e.firma —con extensiones <b>.key</b> y <b>.cer</b>— que se guardan directamente en la USB proporcionada por el contribuyente.</p><p>Al concluir, el SAT entrega un acuse que confirma la actualización del certificado digital. El trámite se resuelve en la misma visita y <b>no tiene ningún costo</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NJM4O2YFERFDFOCZ4EOKKERP2Q.jpg?auth=0a29172d5cf30c6e229694eeb77193a28f584d86dbdac694a72fcc026cd13b25&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Una vez aprobada la solicitud en SAT ID, el contribuyente debe descargar el programa Certifica en su computadora, generar el archivo de requerimiento (.req) y completar el proceso en CertiSAT WEB seleccionando “Renovación de Certificado con SAT ID”." height="1080" width="1920"/><h2>Renovación cuando el vencimiento es menor a un año</h2><p>Quienes todavía se encuentran dentro del primer año de vencimiento tienen dos alternativas sin necesidad de cita. La primera es la aplicación <b>SAT ID</b>, disponible para personas físicas mayores de edad: requiere subir una identificación oficial, grabar un video con una frase indicada por el sistema y esperar hasta cinco días hábiles para la aprobación.</p><p>Una vez aprobada la solicitud en SAT ID, el contribuyente debe descargar el programa <b>Certifica</b> en su computadora, generar el archivo de requerimiento (.req) y completar el proceso en CertiSAT WEB seleccionando “Renovación de Certificado con SAT ID”.</p><p>La segunda opción es la renovación directa en CertiSAT WEB con la e.firma aún vigente o recién vencida, cargando los archivos .key y .cer originales junto con la contraseña de la llave privada.</p><h2>En 2026, quiénes deben renovar</h2><p>La e.firma emitida o renovada en 2022 cumple su ciclo de cuatro años en 2026. Quienes la tramitaron ese año deben verificar la fecha exacta de expiración en el <b>Servicio de Validación de e.firma</b> del portal sat.gob.mx, ingresando el RFC y el archivo .cer.</p><p>Si el certificado ya superó el año de vencimiento, la cita presencial no admite demora: cada mes adicional sin renovar implica más trámites bloqueados y, en el caso de personas morales, posibles incumplimientos fiscales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/FSEPIATP7JBPXLFHGIYDO4SIHY.png?auth=1c10f60e39176f975f900865b29fd676457148cbbdd8029733ff3fdd2ea2bdf2&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre realiza el registro de datos biométricos, como su huella dactilar y fotografía, en una oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Pago del impuesto de circulación en Guatemala: más de la mitad del parque vehicular sigue pendiente]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/15/pago-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-mas-de-la-mitad-del-parque-vehicular-sigue-pendiente/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/15/pago-del-impuesto-de-circulacion-en-guatemala-mas-de-la-mitad-del-parque-vehicular-sigue-pendiente/</guid><dc:creator><![CDATA[Jessica Gramajo]]></dc:creator><description><![CDATA[El cobro cubre hasta ahora 49% de las 6.745.593 unidades en circulación, de acuerdo con la Superintendencia de Administración Tributaria, que mantiene para 2026 el objetivo fiscal y no ha anunciado una prórroga]]></description><pubDate>Wed, 15 Jul 2026 12:09:32 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SSHASK26V5DH3INMT7HYJYTUQU.png?auth=76aa5ba3134cc791dd93f50b96c4a789907927b1df43854145101ca3f9dfc110&smart=true&width=1408&height=768" alt="La recaudación del ISCV suma Q820.40 millones y todavía se mantiene por debajo de la meta anual de Q1,495.13 millones fijada para 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La <b>Superintendencia de Administración Tributaria (SAT)</b> reporta que, al 12 de julio de 2026, <b>3,287,281 vehículos han realizado el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV)</b>, lo que representa el 49% del parque vehicular nacional. <b>El otro 51%, equivalente a 3,458,312 unidades, permanece pendiente de pago</b>, según información oficial difundida por la institución. </p><p>El monto <b>recaudado asciende a Q820.40 millones</b>, según datos confirmados por la propia <b>SAT</b>. La cifra representa un progreso relevante, aunque todavía se ubica por debajo de la meta anual establecida para 2026, que es de <b>Q1,495.13 millones</b>. </p><h2>Composición del parque vehicular</h2><p>De acuerdo con los registros más recientes de la <b>Superintendencia de Administración Tributaria</b>, el <a href="https://www.infobae.com/el-salvador/2026/07/11/centroamerica-acelera-el-parque-automotor-costa-rica-lidera-guatemala-desborda-su-capital-y-panama-dispara-su-flota-mientras-la-region-envejece" target="_blank" rel="noopener noreferrer">parque vehicular nacional</a> está compuesto por <b>2,860,874 vehículos particulares, 3,454,568 motocicletas y 430,151 comerciales</b>, sumando un total de <b>6,745,593 unidades</b> en circulación. La mayor parte corresponde a motos, seguidas de automóviles particulares y, en menor medida, vehículos comerciales. </p><p>Este volumen de vehículos circula en los 22 departamentos del país y representa un desafío logístico y recaudatorio para la <b>SAT</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JSEMXAB25VF3PNLVG6Z45CFJL4.png?auth=d749c62327673073451040d7470c1898725dde6518780009f44a7f86b23d9745&smart=true&width=1408&height=768" alt="La SAT informó que 3,287,281 vehículos pagaron el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos al 12 de julio de 2026, lo que equivale al 49% del parque vehicular nacional. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Fechas clave y consecuencias por mora</h2><p>El superintendente de la SAT, <b>Werner Ovalle</b>, recordó que <b>el período voluntario de pago del ISCV se extiende del 1 de enero al 31 de julio de 2026</b>. A partir del 1 de agosto, quienes no hayan cancelado el tributo quedarán sujetos a las sanciones previstas en la legislación tributaria vigente. </p><p>Según lo estipulado en el artículo 31 del Decreto Número 70-94, <b>Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos</b>, el contribuyente incurre automáticamente en infracción por omisión de tributos desde el día siguiente al vencimiento del plazo. </p><p>En estos casos, <b>la sanción consiste en una multa equivalente al 100% del impuesto omitido, además del pago de intereses</b>. </p><p>Actualmente, la <b>Administración Tributaria</b> no ha informado sobre la posibilidad de alguna prórroga para este período de pago. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K525RXG5LBCDZIMZVDSZEB3XAA.jpg?auth=a82b9a21d889d3d0dd034e377e97346c14f4426a31e26dfe0f747458fe94e88a&smart=true&width=399&height=501" alt="La SAT recordó que el período voluntario para pagar el impuesto de circulación va del 1 de enero al 31 de julio de 2026. (Municipalidad de Villa Nueva) (Municipalidad de Villa Nueva)" height="501" width="399"/><h2>Seguimiento y expectativas</h2><p>La <b>SAT</b> subraya la importancia de cumplir con esta obligación fiscal dentro del plazo establecido. El objetivo de recaudación para 2026 se mantiene en <b>Q1,495.13 millones</b>, una meta que dependerá del comportamiento de los contribuyentes en las próximas semanas. </p><p>El avance en la recaudación y la reducción del rezago serán determinantes para evitar sanciones y fortalecer la capacidad financiera del Estado mediante el cumplimiento del <b>ISCV</b>. </p><p>Una parte importante de lo recaudado se transfiere directamente a las municipalidades del país para proyectos de desarrollo local. Por ley, este dinero tiene destinos muy específicos: </p><ul><li><b>Mantenimiento y construcción vial:</b> Se debe usar exclusivamente para mejorar, pavimentar, construir y ampliar calles, <a href="https://www.infobae.com/guatemala/2026/07/14/el-gobierno-de-guatemala-interviene-179-puentes-a-traves-del-ministerio-de-comunicaciones" target="_blank" rel="noopener noreferrer">puentes</a>, bordillos y viaductos en las cabeceras y poblados municipales. </li><li><b>Servicios básicos:</b> En algunos casos, se destina a mejorar y ampliar los sistemas de agua potable, drenajes y alumbrado público de las comunidades. </li><li><b>Tránsito local:</b> Compra y mantenimiento de semáforos, señales de tránsito y otros equipos para ordenar y controlar el tráfico en cada municipio.</li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SSHASK26V5DH3INMT7HYJYTUQU.png?auth=76aa5ba3134cc791dd93f50b96c4a789907927b1df43854145101ca3f9dfc110&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[La recaudación del ISCV suma Q820.40 millones y todavía se mantiene por debajo de la meta anual de Q1,495.13 millones fijada para 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Constancia de situación fiscal del SAT: como sacarla paso a paso en 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/14/constancia-de-situacion-fiscal-del-sat-como-sacarla-paso-a-paso-en-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/14/constancia-de-situacion-fiscal-del-sat-como-sacarla-paso-a-paso-en-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El contribuyente puede obtener el documento de forma digital o impresa mediante el portal, app SAT Móvil, SAT ID, chat en línea o atención presencial en oficinas y módulos itinerantes, sin costo ni cita previa]]></description><pubDate>Tue, 14 Jul 2026 13:36:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Esta es la manera en que puedes generar la Constancia de Situación Fiscal sin e.firma Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><p><b>El SAT </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/18/sat-puede-multar-por-mas-de-120-mil-pesos-por-condicionar-facturas-a-quienes-aplica-y-como-denunciar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/18/sat-puede-multar-por-mas-de-120-mil-pesos-por-condicionar-facturas-a-quienes-aplica-y-como-denunciar/"><b>expide la Constancia de Situación Fiscal</b></a> de forma gratuita a través de cinco canales oficiales en 2026, sin necesidad de cita previa en la mayoría de los casos, y en menos de cinco minutos desde el portal o la aplicación móvil.</p><p>Desde el 1 de enero de 2026, este documento ya no es un requisito legal para emitir facturas electrónicas ni comprobantes de nómina. Quien lo exija como condición para facturar comete una infracción sancionada por el<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/"> <b>Código Fiscal de la Federación</b>.</a></p><h2>Qué es la Constancia de Situación Fiscal</h2><p>La Constancia de Situación Fiscal (CSF) es un documento que emite el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> para acreditar que un contribuyente está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y para verificar su actividad económica registrada.</p><p>El documento incluye la Cédula de Identificación Fiscal (CIF) con código QR, el RFC, el nombre o denominación social, el domicilio fiscal, el régimen fiscal, las actividades económicas del contribuyente, y el lugar y fecha de emisión.</p><h2>Qué cambió en 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>A partir del 1 de enero de 2026, la CSF dejó de ser obligatoria para la facturación electrónica y la emisión de comprobantes de nómina. Para emitir un CFDI, el SAT precisa que únicamente se requieren cuatro datos: la clave del RFC, el nombre o razón social, el código postal y el régimen fiscal.</p><p>Condicionar la emisión de una factura a la entrega de la constancia constituye una infracción conforme al artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación. La sanción va de <b>MXN $21.420 a MXN $122.440</b>.</p><h2>Dónde sí se puede exigir</h2><p>Pese al cambio normativo, bancos, empleadores e instituciones públicas y privadas siguen solicitando la CSF de forma legítima en ciertos trámites.</p><p>Los casos más frecuentes son: apertura de cuentas bancarias, inicio de una relación laboral, y actualización de datos ante organismos públicos o privados. En estos contextos, la constancia funciona como documento corroborador de información fiscal.</p><h2>Cómo obtenerla: los 5 canales oficiales</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR5OEY7KA5BQHB4OEFAT2PB524.png?auth=10bd48b9b6c8f36c4d9cff3ca3613adf212102c335f025cdd2a3410a3101e090&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Un funcionario revisa documentos en un expediente de papel sobre su escritorio en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><b>Canal 1 — Portal sat.gob.mx</b> (personas físicas y morales con contraseña o e.firma):</p><p>1. Ingresa a sat.gob.mx e inicia sesión en el apartado de tu tipo de contribuyente.</p><p>2. Selecciona “Trámites del RFC”.</p><p>3. Elige “Constancia de Situación Fiscal”.</p><p>4. Haz clic en “Generar Constancia”.</p><p>5. Descarga o imprime el PDF con tus datos actualizados.</p><p>Disponible las 24 horas, los 7 días de la semana.</p><p><b>Canal 2 — SAT ID</b> (personas físicas sin contraseña ni e.firma):</p><p>1. Descarga la app SAT ID desde App Store o Google Play.</p><p>2. Selecciona “Constancia de Situación Fiscal con CIF” y acepta los términos.</p><p>3. Ingresa tu RFC de 13 dígitos, correo electrónico y número de celular.</p><p>4. Captura el token que recibirás en tu correo.</p><p>5. Adjunta una fotografía o PDF de tu identificación oficial vigente (INE por ambos lados, cédula profesional o pasaporte).</p><p>6. Graba el video de validación de identidad frente a la cámara, leyendo la frase que aparece en pantalla.</p><p>7. Verifica la información, firma en el recuadro y descarga el PDF.</p><p>El documento llega al correo en un plazo de hasta <b>cinco días hábiles</b>.</p><p><b>Canal 3 — App SAT Móvil</b> (con RFC y contraseña):</p><p>1. Descarga la aplicación SAT Móvil para Android o iOS.</p><p>2. Inicia sesión con tu RFC de 13 dígitos y contraseña del portal SAT.</p><p>3. Toca “Documentos” y selecciona “Constancia de Situación Fiscal (CSF)”.</p><p>4. Descarga el documento o envíalo directamente a tu correo electrónico.</p><p><b>Canal 4 — Chat uno a uno del SAT</b> (con asesor en línea):</p><p>1. Ingresa al Centro de Contacto SAT en chat.sat.gob.mx.</p><p>2. Selecciona “Cédula de Identificación Fiscal”.</p><p>3. Llena el formulario con tus datos y acepta que la información es verídica.</p><p>4. Guarda tu número de ticket, valida tus datos y confirma.</p><p>5. Descarga el documento mediante el enlace que el asesor te compartirá.</p><p>Disponible de lunes a viernes, de <b>9:00 a 18:00 horas</b>.</p><p><b>Canal 5 — Oficinas y módulos itinerantes del SAT</b> (sin cita):</p><p>1. Localiza la oficina o módulo del SAT más cercano. El SAT cuenta con <b>161 oficinas</b> en todo el país, además de módulos itinerantes con horario de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas.</p><p>2. Acude con tu identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional). No se requiere cita previa para este trámite.</p><p>3. Solicita la constancia en el módulo de atención. El personal puede validar tu identidad con huella digital si está registrada en el sistema.</p><p>4. Recibe la constancia impresa en el momento.</p><p>En los módulos itinerantes también se puede tramitar la inscripción al RFC, la e.firma y recibir orientación sobre obligaciones fiscales, todo de forma gratuita.</p><h2>Vigencia y cuándo actualizarla</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XTA5UTUMUBC3XLBKXL4QOUNSTA.jpg?auth=9cf2820192f7d67afeee017644e4df232a7812a13ac9cfa0ce447e847b6eca94&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Antonio Martínez Dadnino, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), aseguró que no es necesaria la Constancia de Situación Fiscal (Especial)" height="1080" width="1920"/><p>La CSF <b>no tiene vigencia definida</b> y el trámite es completamente gratuito. No es necesario renovarla con periodicidad fija.</p><p>Solo debe actualizarse cuando el contribuyente registre cambios en su información ante el SAT: modificación del domicilio fiscal, cambio de régimen fiscal o actividades económicas, o incorporación y corrección de la CURP. Cada vez que se genera una nueva constancia, el sistema produce un PDF con los datos más recientes.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Esta es la manera en que puedes generar la Constancia de Situación Fiscal sin e.firma Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT puede cancelar tu RFC sin que lo sepas: qué consecuencias tiene y cómo reactivarlo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/13/el-sat-puede-cancelar-tu-rfc-sin-que-lo-sepas-que-consecuencias-tiene-y-como-reactivarlo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/13/el-sat-puede-cancelar-tu-rfc-sin-que-lo-sepas-que-consecuencias-tiene-y-como-reactivarlo/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Recuperar el RFC reactiva la obligación de emitir facturas, declarar IVA e ISR mensuales, presentar declaración anual y, si es necesario, renovar el Certificado de Sello Digital antes de volver a facturar]]></description><pubDate>Mon, 13 Jul 2026 13:17:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y77CQ5RL4FD4RFTLMZHMW2GMYY.png?auth=af7a033e5d96d6a28f2eaa1febcf4d2c269d07dc762749b95c08f486167ec768&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Cuatro personas se llevan las manos a la cabeza al recibir avisos de suspensión de su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El SAT</b> puede<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/13/para-que-sirve-el-rfc-y-por-que-es-importante-tenerlo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/13/para-que-sirve-el-rfc-y-por-que-es-importante-tenerlo/"> <b>cancelar o suspender el RFC</b></a> de un contribuyente mexicano sin que este reciba una notificación directa, dejándolo imposibilitado para facturar, contratar con el gobierno o acceder a servicios financieros. Conocer las causas, las consecuencias y los pasos para reactivar el registro puede evitar multas y auditorías.</p><p>El<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/06/plan-maestro-del-sat-2026-lo-que-debes-saber-para-no-tener-sanciones-ni-contratiempos-guia-completa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/06/plan-maestro-del-sat-2026-lo-que-debes-saber-para-no-tener-sanciones-ni-contratiempos-guia-completa/"> <b>Servicio de Administración Tributaria</b></a> (SAT) cuenta con cuatro causas principales para dar de baja un Registro Federal de Contribuyentes (RFC): el cese definitivo de actividades económicas, el fallecimiento del contribuyente, la existencia de registros duplicados y la detección de operaciones simuladas o facturas falsas.</p><p>En este último caso, la autoridad puede actuar con base en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), que permite presumir la inexistencia de operaciones y anular los comprobantes fiscales emitidos por esos RFC.</p><h2>Suspensión o cancelación: no es lo mismo</h2><p>Antes de buscar una solución, el contribuyente debe identificar qué le ocurrió a su registro, porque el trámite de recuperación es distinto en cada caso.</p><p>La <b>suspensión de actividades</b> congela las obligaciones fiscales periódicas —declaraciones mensuales, emisión de CFDI— pero el RFC permanece activo. La <b>cancelación</b>, en cambio, es una baja definitiva que solo procede cuando el contribuyente cesa por completo su actividad sin intención de retomarla, como al liquidar una empresa.</p><p>Si el RFC fue suspendido, la solución es presentar un aviso de reanudación de actividades. Si fue cancelado, el procedimiento es más complejo y el SAT lo evalúa caso por caso.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2D55X7TVINFWJMYG4WLH7RUZF4.jpg?auth=a4b3712c4621741f8ae48085292032fc3b8d01cd649e0b2d965e35ebb967e56d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="as consecuencias más frecuentes incluyen la imposibilidad de emitir CFDI, la restricción o cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) —sin el cual ningún Proveedor Autorizado de Certificación puede timbrar facturas (Cuartoscuro/ Imagen ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><h2>Qué consecuencias trae un RFC inactivo</h2><p>Un RFC cancelado o suspendido sin que el contribuyente lo sepa puede generar un efecto en cadena sobre su operación fiscal y financiera.</p><p>Las consecuencias más frecuentes incluyen la <b>imposibilidad de emitir CFDI</b>, la restricción o cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) —sin el cual ningún Proveedor Autorizado de Certificación puede timbrar facturas—, y la pérdida de la opinión de cumplimiento positiva exigida por el artículo 32-D del CFF para contratar con dependencias de gobierno.</p><p>A eso se suman multas por omisión de avisos al RFC y la apertura de procesos de revisión o auditoría, dado que el SAT cruza información con los PAC y detecta ingresos o facturas emitidas por contribuyentes con obligaciones inactivas.</p><h2>Cómo reactivar el RFC paso a paso</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/66RMY5UWMVGSVL4DZ7ZC2P5AYM.jpg?auth=de7eb3778229f6024c6c813f68af15f50b208f0ce3973abc56b771705b165053&smart=true&width=1012&height=571" alt="Si la e.firma está vencida, es necesario renovarla primero en una oficina del SAT antes de iniciar el proceso en línea. El cambio de estatus se refleja en el sistema entre 24 y 72 horas hábiles. (elcontribuyente.mx)" height="571" width="1012"/><p>El trámite de reanudación de actividades es <b>gratuito</b> y está disponible en dos modalidades: en línea a través de sat.gob.mx o de forma presencial en cualquier oficina del SAT con cita previa.</p><p>Para el trámite en línea, el contribuyente debe ingresar al portal oficial, seleccionar “Otros trámites y servicios”, luego “Actualización en el RFC” y elegir “Presenta tu aviso de reanudación de actividades”. Se requiere RFC, contraseña del SAT o e.firma vigente, identificación oficial y CURP. Al confirmar, el sistema genera un <b>acuse de recibo</b> que debe guardarse como comprobante.</p><p>Si la e.firma está vencida, es necesario renovarla primero en una oficina del SAT antes de iniciar el proceso en línea. El cambio de estatus se refleja en el sistema entre 24 y 72 horas hábiles.</p><h2>Obligaciones que se reactivan con el aviso</h2><p>Presentar el aviso de reanudación no solo recupera el RFC: también reactiva todas las obligaciones fiscales del régimen correspondiente desde la fecha indicada.</p><p>Esto incluye la emisión de CFDI por cada ingreso o servicio, la presentación de <b>declaraciones mensuales de IVA e ISR</b>, la declaración anual y el envío de contabilidad electrónica cuando el SAT lo requiera. Si el CSD venció durante el periodo de inactividad, el contribuyente deberá solicitar uno nuevo antes de emitir su primera factura.</p><p>El sistema permite señalar una fecha de reanudación retroactiva, pero eso genera obligaciones fiscales pendientes desde ese momento, con los pagos de IVA e ISR que correspondan.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4QQCBQ44M5GYBNR55OILPCSBJ4.jpg?auth=e230066ca577ae7be2a1504f01190b32d7f8d162bdc42dd31ec55d9774c8235d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Retomar la actividad económica sin notificar al SAT no pasa desapercibido. La autoridad fiscal cruza datos del buzón tributario, reportes de terceros y registros de los PAC para detectar facturas emitidas por contribuyentes con obligaciones suspendidas. (Infobae/Jesús Aviles)" height="1080" width="1920"/><h2>El riesgo de operar sin haber presentado el aviso</h2><p>Retomar la actividad económica sin notificar al SAT no pasa desapercibido. La autoridad fiscal cruza datos del buzón tributario, reportes de terceros y registros de los PAC para detectar facturas emitidas por contribuyentes con obligaciones suspendidas.</p><p>Las sanciones por no presentar el aviso de reanudación a tiempo van desde <b>multas por omisión</b> hasta requerimientos formales y auditorías por diferencias entre los ingresos detectados y las declaraciones presentadas. La pérdida de la opinión de cumplimiento positiva también cierra el acceso a licitaciones públicas y a ciertos productos financieros.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y77CQ5RL4FD4RFTLMZHMW2GMYY.png?auth=af7a033e5d96d6a28f2eaa1febcf4d2c269d07dc762749b95c08f486167ec768&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Cuatro personas se llevan las manos a la cabeza al recibir avisos de suspensión de su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Procesan a cuñado de Inés Gómez Mont por presunta defraudación fiscal: irá a prisión preventiva ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/12/procesan-a-cunado-de-ines-gomez-mont-por-presunta-defraudacion-fiscal-ira-a-prision-preventiva/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/12/procesan-a-cunado-de-ines-gomez-mont-por-presunta-defraudacion-fiscal-ira-a-prision-preventiva/</guid><dc:creator><![CDATA[Andrés García S. ]]></dc:creator><description><![CDATA[Alejandro “N”, hermano del empresario Víctor Álvarez Puga, es señalado por la presunta omisión del pago del ISR correspondiente a 2016; la FGR aclaró que este caso es independiente del proceso de extradición que enfrenta el matrimonio en Estados Unidos]]></description><pubDate>Sun, 12 Jul 2026 19:18:19 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WBAKOWSCVRGFBK43UIPLGEJMO4.png?auth=a70bc8e473a8a07a0c819e901c7eb4ce4b69667c2285f38f617275bc0ca32e30&smart=true&width=1058&height=578" alt="(Imagen ilustrativa generada con IA | Infobae México)" height="578" width="1058"/><p>Un juez federal vinculó a proceso a <b>Alejandro “N”</b>, cuñado de la conductora Inés Gómez Mont, por su probable responsabilidad en el<b> delito de defraudación fiscal</b> relacionado con la presunta omisión del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal de <b>2016.</b></p><p>Durante la audiencia inicial, el juez consideró que existían datos de <b>prueba suficientes</b> para iniciar el proceso penal en su contra. Además, le impuso la medida cautelar de <b>prisión preventiva</b> y fijó un plazo de cuatro meses para el cierre de la investigación complementaria.</p><p>La Fiscalía General de la República (<b>FGR</b>) informó que Alejandro “N” fue detenido en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en un <b>operativo</b> realizado por agentes de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), con apoyo de elementos de la <b>Secretaría de Marina</b>.</p><p>De acuerdo con la investigación, el imputado es señalado por un presunto<b> perjuicio al fisco</b> federal derivado del incumplimiento de sus obligaciones fiscales durante el ejercicio de 2016.</p><h2>FGR marca distancia con el caso de Inés Gómez Mont</h2><p>Tras informar sobre la resolución judicial, la FGR subrayó que el proceso contra Alejandro “N” <b>no guarda relación </b>con los <b>procedimientos de extradición </b>que enfrentan Inés Gómez Mont y su esposo, el empresario Víctor Álvarez Puga, quienes son<b> requeridos por autoridades mexicanas </b>por su probable participación en los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.</p><p>La dependencia detalló que Víctor Álvarez Puga permanece sujeto a un procedimiento migratorio en Estados Unidos desde septiembre de 2025. Aunque obtuvo su libertad mediante el pago de una fianza y el uso de un dispositivo de geolocalización, la <b>próxima audiencia</b> de su caso está programada para <b>noviembre de 2026.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/C6QFMNU7HRARBHW75YBV7LH6NA.jpg?auth=49c71ba25d083521b6036d25d860a8f3db2d0a43bbf9f7f465ea1fd7c92345f9&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La FGR subrayó que el proceso contra Alejandro “N” no guarda relación con los procedimientos de extradición que enfrentan Inés Gómez Mont (en la imagen) y su esposo, el empresario Víctor Álvarez Puga (también en la imagen). (Crédito: Facebook)" height="1080" width="1920"/><p>Respecto a Inés Gómez Mont, la Fiscalía señaló que también presentó una <b>solicitud de detención provisional </b>con fines de extradición. No obstante, indicó que el Departamento de Justicia de Estados Unidos solicitó la petición formal correspondiente, la cual continúa <b>integrándose </b>para cumplir con los requisitos exigidos por ese país.</p><p>La resolución dictada contra Alejandro “N” corresponde exclusivamente a la <b>investigación por presunta defraudación fiscal</b>. Conforme al principio de presunción de inocencia, deberá ser considerado inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme emitida por un juez.</p><h2>Así fue la captura en Cancún la noche del 9 de julio</h2><p>Alejandro Álvarez Puga fue detenido la noche del 9 de julio en la zona hotelera de Cancún, Quintana Roo, en cumplimiento de una<b> orden de aprehensión</b>. Tras su captura, fue trasladado para quedar a disposición de un juez federal con sede en el Centro de Justicia Penal Federal del<b> Reclusorio Sur, en la Ciudad de México.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/F2UN6JBINJAOHFTRZQJEVQKOGM.jpg?auth=35da3d5bf0ae0e60fd170a0397d7219ff0e8f8b4f5a6e19bbdc630f918a463d4&smart=true&width=1141&height=1270" alt="(Crédito: X | @FGRMexico)" height="1270" width="1141"/><p>El empresario, hermano de Víctor Álvarez Puga y cuñado de Inés Gómez Mont, ha sido mencionado en <b>distintas investigaciones </b>de la Fiscalía General de la República por presuntos <b>delitos fiscales y financieros</b>. En una de ellas, la dependencia sostiene que una red de empresas habría triangulado alrededor de 2 mil 950 millones de pesos mediante contratos celebrados por el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS). <b>Esa indagatoria es distinta </b>al proceso por presunta defraudación fiscal por el que ahora fue vinculado a proceso.</p><p>La captura de Alejandro Álvarez Puga ocurre<b> casi cinco años después </b>de que las investigaciones contra la familia y su círculo cercano cobraron relevancia pública. Desde entonces, distintas indagatorias federales han derivado en <b>órdenes de aprehensión, procesos penales y solicitudes de extradición</b> por presuntos delitos fiscales y operaciones con recursos de procedencia ilícita.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WBAKOWSCVRGFBK43UIPLGEJMO4.png?auth=a70bc8e473a8a07a0c819e901c7eb4ce4b69667c2285f38f617275bc0ca32e30&amp;smart=true&amp;width=1058&amp;height=578" type="image/png" height="578" width="1058"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen ilustrativa generada con IA | Infobae México)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Cuánto pagas de impuestos si recibes una herencia en México y qué debes hacer]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/cuanto-pagas-de-impuestos-si-recibes-una-herencia-en-mexico-y-que-debes-hacer/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/cuanto-pagas-de-impuestos-si-recibes-una-herencia-en-mexico-y-que-debes-hacer/</guid><dc:creator><![CDATA[Samantha Godínez ]]></dc:creator><description><![CDATA[El tratamiento fiscal proviene del numeral 93, fracción XXII, de la LISR, que clasifica las herencias como ingresos exentos para efectos de ISR]]></description><pubDate>Thu, 09 Jul 2026 20:04:59 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FAZ5MIWPQFFSNJ2TEANRXKPT3I.png?auth=ede1dfc4e02290d35df86d65e84e6e2b638a4a0177a6745fdf9823d361214997&smart=true&width=1408&height=768" alt="Herencia en México (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Ante la polémica por la propuesta de la ministra de la <b>Suprema Corte de Justicia de la Nación</b>, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/07/ministra-lenia-batres-respalda-impuestos-a-afores-y-herencias-aclara-que-la-decision-corresponde-al-congreso/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/07/ministra-lenia-batres-respalda-impuestos-a-afores-y-herencias-aclara-que-la-decision-corresponde-al-congreso/"><b>Lenia Batres</b></a>, sobre el pago de impuestos a las herencias, muchos ciudadanos se preguntan cuánto tendrían que pagar al recibir un legado.</p><p>De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/sat-aclara-cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-en-2026-y-cuando-debes-usar-transferencia/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/sat-aclara-cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-en-2026-y-cuando-debes-usar-transferencia/"><b>SAT</b></a>), en México, las <b>regulaciones fiscales </b>al patrimonio está regulado de manera precisa por la Ley del Impuesto sobre la Renta (<b>LISR</b>) y el Código Civil Federal. El artículo 1281 del Código Civil define este proceso como la sucesión en todos los bienes, derechos y obligaciones del difunto que no se extinguen con su <b>fallecimiento</b>.</p><p>El tratamiento fiscal proviene del numeral 93, fracción XXII, de la LISR, que clasifica las herencias como ingresos exentos para efectos de <b>ISR</b>, siempre que se declare en los términos establecidos por la ley cuando el monto rebasa los 500 mil pesos mexicanos. Esta clausula establece la obligación de informar en la<b> declaración anual </b>la recepción de ingresos superior a ese monto. </p><p>De cumplirse este requisito, el ingreso permanece exento del Impuesto Sobre la Renta, aun cuando se trate de una operación exenta, los beneficiarios deben inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (<b>RFC</b>)<b> </b>e informar el monto heredado cuando excede el umbral antes mencionado.</p><p>En el caso de recibir un <b>bien inmueble</b> por herencia, el beneficiario no debe pagar el impuesto en ese momento. Sin embargo, al formalizar la sucesión se genera el <b>Impuesto sobre la Adquisición de Inmuebles (ISAI)</b>, cuya tasa varía entre entidades de la República, rondando entre 2 y 4.5% del valor de la vivienda. Este gravamen corresponde a un impuesto local y se fija por cada entidad federativa.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PLWJGPRAUVD77PJBDS4ARCIMUU.jpg?auth=a36a0b3283fa07f41a13ae37281fcb63b56c484671e128f7c443709a288f408d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Lenia Batres  (FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM)" height="1080" width="1920"/><h2>Debate en la SCJN: ¿deben pagar impuestos las Afores heredadas?</h2><p>Lenia Batres<b> </b>expresó su respaldo a la posibilidad de aplicar impuestos a las herencias, legados y recursos de las <b>Afores </b>que reciben los beneficiarios de trabajadores fallecidos. La funcionaria judicial manifestó que aunque considera justa la recaudación de estos <b>gravámenes</b>, la decisión corresponde exclusivamente al<b> Congreso de la Unión</b>, pues la Corte solo interpreta la legislación vigente.</p><p>El debate surgió ante criterios opuestos en tribunales federales sobre si los fondos heredados deben pagar Impuesto Sobre la Renta o estar exentos, como ocurre con legados. Mientras que la ministra defendió que estos ingresos representan patrimonio transferido y no fruto del trabajo directo del beneficiario, la mayoría del Pleno de la SCJN rechazó el proyecto que proponía gravarlos. </p><p>La postura predominante entre los ministros fue que los recursos acumulados en una cuenta individual forman parte del patrimonio generado por la persona trabajadora, y deben asegurar protección económica a los beneficiarios, sin crear diferencias injustificadas en el tratamiento fiscal.</p><p>En México, las herencias siguen exentas del ISR, los recursos de las Afores mantienen un régimen distinto pendiente de clarificación legal. Batres recordó que, históricamente, el país aplicó impuestos a herencias hasta 1961 y que la <b>OCDE </b>reúne a 24 países que hoy los mantienen. Por ahora, cualquier reforma depende de una decisión legislativa y no judicial.</p><p>La presidenta <b>Claudia Sheinbaum</b>, durante la mañanera del pueblo de este 9 de julio en Palacio Nacional, declaró no estar de acuerdo con aplicar impuestos a herencias y recursos de Afores heredados, desmarcándose de la propuesta defendida por la ministra mexicana. </p><p>Asimismo, la jefa de Estado descartó promover un debate legislativo al respecto y señaló que, aunque en otros países estos gravámenes existen, su gobierno no considera necesario implementarlos. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/FAZ5MIWPQFFSNJ2TEANRXKPT3I.png?auth=ede1dfc4e02290d35df86d65e84e6e2b638a4a0177a6745fdf9823d361214997&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Herencia en México (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT aclara cuánto dinero puedes pagar en efectivo en 2026 y cuándo debes usar transferencia]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/sat-aclara-cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-en-2026-y-cuando-debes-usar-transferencia/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/09/sat-aclara-cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-en-2026-y-cuando-debes-usar-transferencia/</guid><dc:creator><![CDATA[Lorna Huitrón]]></dc:creator><description><![CDATA[En algunos casos, la Ley Antilavado prohíbe liquidar compras con dinero en efectivo cuando rebasan ciertos montos]]></description><pubDate>Thu, 09 Jul 2026 18:11:13 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WL2NPJQQRBBHFKT56TJ4ASE7XU.jpg?auth=88f1b841d7ea85e83a1ed5242dcb5567c5d168e4623ccc8d1ff5ef1a5a7c7ef4&smart=true&width=1920&height=1080" alt="En algunos casos, la Ley Antilavado prohíbe liquidar compras con dinero en efectivo cuando rebasan ciertos montos" height="1080" width="1920"/><p>En México es común pensar que el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> establece un monto máximo para realizar cualquier <b>pago en efectivo.</b> Sin embargo, la realidad es distinta: <b>no existe un límite único aplicable a todas las operaciones</b>.</p><p>Las restricciones varían dependiendo del tipo de compra o servicio y tienen como objetivo prevenir el lavado de dinero, además de garantizar la transparencia en las operaciones de alto valor.</p><p>Por ello, algunos pagos únicamente pueden realizarse mediante transferencias bancarias, cheques nominativos, tarjetas u otros medios financieros cuando rebasan determinados montos.</p><p>Para 2026, estos límites se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor es de <b>117.31 pesos</b>.</p><h2>Estos son los límites para pagar en efectivo en 2026</h2><p>La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como Ley Antilavado, establece topes para determinadas actividades consideradas vulnerables.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DWWKEHE54ZFJNMS63BUHH3KBTU.png?auth=ffcd5296fa2146ee98ea56339301aa4658b747c19950cb0cae44005acf040f73&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El SAT recuerda que los pagos en efectivo tienen límites dependiendo del tipo de operación y que, en algunos casos, es obligatorio utilizar transferencias u otros medios bancarios para cumplir con la legislación vigente" height="1536" width="2752"/><p>En el caso de la <b>compraventa de bienes inmuebles</b>, como casas, departamentos o terrenos, el pago en efectivo no puede utilizarse cuando la operación supera las <b>8 mil 025 UMA</b>, equivalentes a <b>941 mil 412.75 pesos</b>.</p><p>Por otra parte, el límite es menor para otras operaciones. La compra de <b>vehículos nuevos o usados</b>, así como de <b>joyas, relojes, metales y piedras preciosas, obras de arte, boletos de sorteos o juegos con apuestas, acciones y partes sociales</b>, además del <b>arrendamiento de bienes inmuebles o vehículos</b>, no puede liquidarse en efectivo cuando el monto rebasa las <b>3 mil 210 UMA</b>, es decir, <b>376 mil 565.10 pesos</b>.</p><p>Cuando una operación supera esos límites, las partes deberán utilizar medios de pago autorizados, como transferencias electrónicas, cheques nominativos u otros instrumentos del sistema financiero.</p><p>Estas medidas buscan reducir el uso de efectivo en operaciones de alto valor y fortalecer los mecanismos para prevenir el lavado de dinero.</p><h2>¿Cuándo es obligatorio pagar mediante transferencia para deducir impuestos?</h2><p>Además de las restricciones previstas en la Ley Antilavado, el SAT aplica reglas específicas para quienes desean deducir gastos en su declaración anual o en el cálculo de impuestos.</p><p>De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), <b>cualquier pago superior a 2 mil pesos que pretenda ser deducible debe realizarse mediante un medio electrónico o bancario</b>.</p><p>Entre las formas de pago permitidas se encuentran:</p><ul><li>Transferencia electrónica de fondos. </li><li>Tarjeta de débito. </li><li>Tarjeta de crédito. </li><li>Cheque nominativo. </li><li>Monedero electrónico autorizado. </li></ul><p>Si una persona paga <b>más de 2 mil pesos en efectivo</b>, aunque solicite factura (CFDI), ese gasto <b>no podrá considerarse deducible</b> para efectos fiscales.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5FLXS5LK2VF47BGJ7BXWPN36WE.png?auth=8dd00d510a6c6bf17a791f84c7580bf1820d9a8da6b8e94a05828468e841acd3&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT recuerda que los pagos en efectivo tienen límites dependiendo del tipo de operación y que, en algunos casos, es obligatorio utilizar transferencias u otros medios bancarios para cumplir con la legislación vigente" height="1024" width="1536"/><h2>Depósitos en efectivo: qué deben saber los contribuyentes</h2><p>Otro aspecto que suele generar dudas es el relacionado con los depósitos bancarios en efectivo.</p><p>El SAT <b>no establece un límite para depositar dinero en una cuenta bancaria</b>. Sin embargo, las instituciones financieras tienen la obligación de reportar a la autoridad fiscal los <b>depósitos en efectivo que superen los 15 mil pesos acumulados durante un mismo mes</b>.</p><p>Este reporte no implica automáticamente el cobro de impuestos ni la imposición de sanciones. Su finalidad es proporcionar información para que la autoridad pueda verificar, en caso de ser necesario, que el origen de los recursos sea lícito y coincida con los ingresos declarados por el contribuyente.</p><p>Por ello, especialistas en materia fiscal recomiendan conservar documentación que respalde el origen del dinero y privilegiar el uso de medios bancarios en operaciones de alto valor.</p><p>El SAT no fija un monto general para pagar en efectivo, sino que la legislación mexicana establece distintos límites según el tipo de operación. Asimismo, cuando se busca obtener beneficios fiscales mediante deducciones, el uso de transferencias, tarjetas o cheques deja de ser una opción y se convierte en un requisito indispensable para cumplir con la normativa vigente.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WL2NPJQQRBBHFKT56TJ4ASE7XU.jpg?auth=88f1b841d7ea85e83a1ed5242dcb5567c5d168e4623ccc8d1ff5ef1a5a7c7ef4&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[En algunos casos, la Ley Antilavado prohíbe liquidar compras con dinero en efectivo cuando rebasan ciertos montos]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/IA</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Tener una deuda en el SAT sin saberlo es posible: cómo se genera un crédito fiscal sin que hayas recibido ninguna notificación ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/08/tener-una-deuda-en-el-sat-sin-saberlo-es-posible-como-se-genera-un-credito-fiscal-sin-que-hayas-recibido-ninguna-notificacion/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Código Fiscal de la Federación establece que una vez que el SAT deposita un aviso de crédito fiscal en el Buzón Tributario, la notificación se considera realizada al cuarto día hábil, aunque el usuario no entre al sistema]]></description><pubDate>Wed, 08 Jul 2026 12:45:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC23QBR2RDAFF2AY6UJEL37NU.png?auth=f3065f08a7d8c9f3852ed487b172c2a2d92becef792051c0ffcb5677a4f9acb5&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El mecanismo es legal, automático y corre en su contra desde el momento en que la notificación se deposita en el Buzón Tributario (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>Un contribuyente mexicano puede tener una deuda registrada ante el SAT</b> sin haber recibido ningún aviso perceptible. </p><p>El mecanismo es legal, automático y corre en su contra desde el momento en que la notificación se deposita en<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/02/te-llego-un-correo-del-sat-la-multa-de-mas-de-10-mil-pesos-que-podrias-pagar-si-no-activas-tu-buzon-tributario-este-mes/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/02/te-llego-un-correo-del-sat-la-multa-de-mas-de-10-mil-pesos-que-podrias-pagar-si-no-activas-tu-buzon-tributario-este-mes/"><b> el Buzón Tributario</b></a>, aunque nunca la haya abierto. Así lo establecen el artículo 4 y el artículo 17-K del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/"><b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>.</a></p><h2>Qué dice la ley cuando la notificación fue irregular</h2><p>El principio rector en materia fiscal es que ningún acto administrativo puede surtir efectos legales en perjuicio de un particular si no le fue debidamente notificado. Así lo establece el artículo 129 del CFF, que obliga a la autoridad a analizar los vicios de <b>notificación antes</b> de entrar al estudio de fondo del crédito.</p><p>El contribuyente puede solicitar la declaración de nulidad de la notificación como agravio principal dentro del recurso que interponga. Si la notificación resulta nula, las gestiones de cobro derivadas de ella también pierden efecto legal.</p><h2>Qué es un crédito fiscal y cómo se origina</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6ZAM6DH2YVF5DAJLDRW7BH4GSE.jpg?auth=840adb586812dfbcbad6d047e56548b4b714d37d4604576bbb013a8dd10a5796&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Ese adeudo puede nacer de dos formas. La primera es la autodeterminación: el contribuyente declara un impuesto —ISR, IVA o IEPS— y no lo paga, con lo que el saldo queda registrado como crédito a su cargo. (Infobae/Jovani Pérez)" height="1080" width="1920"/><p>Conforme al artículo 4 del CFF, un crédito fiscal es toda cantidad que el Estado tiene derecho a cobrar por contribuciones, multas o recargos no cubiertos. No se trata de un aviso genérico: es una deuda con monto determinado y exigible.</p><p>Ese adeudo puede nacer de dos formas. La primera es la autodeterminación: el contribuyente declara un impuesto —ISR, IVA o IEPS— y no lo paga, con lo que el saldo queda registrado como crédito a su cargo. La segunda ocurre cuando el <b>SAT</b> ejerce sus facultades de comprobación —revisión de gabinete, visita domiciliaria o revisión electrónica— y emite una resolución con el monto adeudado.</p><p>También el <b>Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)</b> y el <b>Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)</b> pueden generar créditos fiscales cuando detectan incumplimientos en cuotas de seguridad social o aportaciones para vivienda.</p><h2>Situaciones que generan el adeudo con mayor frecuencia</h2><p>Entre las personas físicas, las causas más comunes son las declaraciones presentadas fuera de plazo —el SAT aplica multas automáticas desde el momento en que determina la sanción— y las diferencias en el IVA por errores de cálculo en operaciones con tasas mixtas del 0% y el 16%.</p><p>Las inconsistencias entre los ingresos declarados y los depósitos bancarios registrados también activan revisiones. Si la autoridad detecta una brecha, emite una resolución determinativa con el importe a pagar, lo que constituye un crédito fiscal desde ese instante.</p><p>En el caso de personas morales, la omisión de retenciones de nómina es uno de los supuestos más graves: si una empresa retiene el ISR de sus empleados pero no lo entera al fisco, ese dinero —que nunca perteneció a la empresa— se convierte en crédito fiscal exigible. Las multas por este concepto pueden alcanzar el 75% del monto omitido.</p><h2>El Buzón Tributario y la notificación que corre aunque no se lea</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="A partir de ese momento, el plazo de 30 días hábiles para pagar o impugnar el crédito —establecido en el artículo 65 del CFF— comienza a correr sin importar si el contribuyente leyó o no el documento. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Un contribuyente puede desconocer que tiene una deuda ante el SAT porque el sistema de notificación oficial opera de forma que no exige la lectura efectiva del documento. Cuando el SAT deposita un aviso en el Buzón Tributario, envía una alerta al correo o teléfono registrado. Si el contribuyente no abre la notificación dentro de los tres días hábiles siguientes, el artículo 17-K del CFF la tiene por realizada al cuarto día.</p><p>A partir de ese momento, el plazo de <b>30 días hábiles</b> para pagar o impugnar el crédito —establecido en el artículo 65 del CFF— comienza a correr sin importar si el contribuyente leyó o no el documento. Tener el Buzón Tributario desactivado o con datos de contacto desactualizados no suspende ese plazo.</p><h2>Cómo crece la deuda y las consecuencias de ignorarla</h2><p>El crédito fiscal no permanece estático. Se actualiza mensualmente con base en el <b>Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)</b> y acumula recargos por mora del <b>2.07% mensual</b>, conforme a la Ley de Ingresos de la Federación vigente en 2026. En 2025, esa tasa era del 1.47%.</p><p>Si el plazo de 30 días hábiles vence sin respuesta, el SAT puede iniciar el <b>Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</b>. El artículo 156-Bis del CFF faculta a la autoridad para ordenar la inmovilización de cuentas bancarias directamente ante la institución financiera, sin notificar primero al titular. El banco tiene hasta tres días hábiles para ejecutar el bloqueo; solo entonces el SAT avisa al contribuyente.</p><p>Las consecuencias adicionales incluyen el bloqueo del sello digital —lo que paraliza la facturación— y una <b>Opinión de Cumplimiento</b> negativa, que puede impedir la celebración de contratos y el cobro de pagos corporativos.</p><h2>Cómo verificar si existe un crédito fiscal</h2><p>Cualquier contribuyente puede consultar sus adeudos en sat.gob.mx ingresando con su RFC y contraseña o e.firma, en la sección “Mi Portal → Créditos Fiscales”. Otra vía es revisar la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, prevista en el artículo 32-D del CFF: si el resultado es negativo, hay algún pendiente registrado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La tercera opción es el Programa de Regularización Fiscal 2026, que permite eliminar hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución para adeudos del ejercicio 2024 y anteriores Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><h2>Opciones de regularización disponibles en 2026</h2><p>Ante un crédito fiscal determinado, el CFF contempla tres alternativas. La primera es el pago inmediato dentro del plazo de notificación, generando una línea de captura en el Buzón Tributario. La segunda es el pago en parcialidades: el artículo 66 del CFF permite hasta 36 mensualidades con un enganche del 20% del adeudo actualizado.</p><p>La tercera opción es el <b>Programa de Regularización Fiscal 2026</b>, que permite eliminar hasta el <b>100% de multas, recargos y gastos de ejecución</b> para adeudos del ejercicio 2024 y anteriores. </p><p>Pueden acceder personas físicas y morales cuyos ingresos totales en 2024 no hayan excedido los $300,000,000 MXN. El pago puede realizarse en una sola exhibición o en hasta seis parcialidades antes del 30 de noviembre de 2026, mediante el trámite en “Mi Portal → Estímulo Fiscal LIF 2026”.</p><p>De acuerdo con el artículo 146 del CFF, el crédito fiscal prescribe en un plazo de cinco años contados desde que el pago pudo ser legalmente exigido, aunque ese término puede interrumpirse si el SAT realiza gestiones de cobro notificadas al contribuyente.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC23QBR2RDAFF2AY6UJEL37NU.png?auth=f3065f08a7d8c9f3852ed487b172c2a2d92becef792051c0ffcb5677a4f9acb5&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una familia mexicana afronta documentos del SAT por deudas y desalojo, al tiempo que una propiedad similar se exhibe en una subasta de bienes inmuebles del INDEP en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Plan Maestro del SAT 2026: lo que debes saber para no tener sanciones ni contratiempos, guía completa]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/06/plan-maestro-del-sat-2026-lo-que-debes-saber-para-no-tener-sanciones-ni-contratiempos-guia-completa/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/06/plan-maestro-del-sat-2026-lo-que-debes-saber-para-no-tener-sanciones-ni-contratiempos-guia-completa/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Plan Maestro 2026 del SAT introduce auditorías preventivas usando inteligencia artificial y da a conocer los criterios que activan una revisión. Se incluye denuncia penal y bloqueo inmediato para emisores de facturas simuladas, aplicable en todo México]]></description><pubDate>Mon, 06 Jul 2026 12:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Lleva módulos itinerantes a colonias y municipios de todo el país para que cualquier persona tramite su RFC, e.firma o Constancia de Situación Fiscal sin cita previa, mientras endurece la fiscalización con criterios de auditoría públicos, inteligencia artificial y consecuencias penales para las facturas falsas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/26/sat-presenta-plan-maestro-2026-para-mejorar-atencion-y-combatir-facturas-falsas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/26/sat-presenta-plan-maestro-2026-para-mejorar-atencion-y-combatir-facturas-falsas/"> <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b></a> transformó en 2026 su forma de operar en dos frentes simultáneos: lleva módulos itinerantes a colonias y municipios de todo el país para que cualquier persona tramite su RFC, e.firma o Constancia de Situación Fiscal sin cita previa, mientras endurece la fiscalización con<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/"> <b>criterios de auditoría públicos</b></a>, inteligencia artificial y consecuencias penales para las facturas falsas.</p><p>Ambas medidas forman parte del <b>Plan Maestro 2026</b>, presentado el 26 de enero por el titular del organismo, Antonio Martínez Dagnino, con una meta de recaudación histórica de 5.8 billones de pesos.</p><h2>El giro más profundo en años</h2><p>En 2024 y 2025, el SAT operó en modo reactivo: cobró adeudos de grandes contribuyentes, limpió el padrón de importadores e introdujo mejoras al <b>Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)</b>. El plan de 2025 organizaba sus revisiones por sectores económicos de alto riesgo.</p><p>El Plan Maestro 2026 abandona esa lógica por completo. La autoridad fiscal adoptó un modelo preventivo y predictivo, apoyado en analítica de datos masivos y aprendizaje automático, para identificar patrones de riesgo antes de que deriven en evasión consolidada. Las auditorías ya no se activan por incumplimientos detectados a posteriori, sino por señales que el sistema cruza en tiempo real contra las declaraciones y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de cada contribuyente.</p><p>El cambio estructural más notable es que, por primera vez, el SAT <b>publica de forma anticipada y explícita los criterios</b> que activan una auditoría. En planes previos, los contribuyentes solo conocían los motivos de una revisión cuando esta ya había comenzado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MRRTSCJNT5AX3EEA5N5MPDNTRI.jpg?auth=3559ec0d86dbaa069b2cb330e6df18b1c242f815fbdcf98369e94d2e9ebf4a39&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El programa Oficina Móvil se extiende de forma ininterrumpida a los 32 estados durante todo 2026.  (Imagen Ilustrativa Infobae/Cuartoscuro)" height="1080" width="1920"/><h2>Más oficinas, módulos en los 32 estados y atención en lenguas indígenas</h2><p>El plan contempla la apertura de <b>nueve nuevas oficinas</b> en Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo y Yucatán, la expansión de infraestructura de atención más amplia desde la creación del organismo en 1997.</p><p>El programa <b>Oficina Móvil</b> se extiende de forma ininterrumpida a los 32 estados durante todo 2026. Estos módulos itinerantes acercan trámites esenciales a comunidades sin acceso a oficinas permanentes, donde trasladarse a una sede fija puede implicar varias horas de viaje. El calendario de sedes se publica cada semana en sat.gob.mx: durante la semana del 29 de junio al 3 de julio, los módulos operaron en <b>19 estados</b> con una meta de 8,600 trámites y atención a 4,500 contribuyentes.</p><p>El Servicio de Aclaración al Contribuyente se transforma en la <b>Ventana Virtual de Atención</b> para resolver controversias de forma más ágil y conclusiva. El sistema de citas se amplía para orientar a contribuyentes en proceso de auditoría sobre sus derechos y obligaciones, y se incorpora asistencia en lenguas originarias —maya, mixteco y zapoteco— para integrar a comunidades indígenas al sistema fiscal formal.</p><h2>Qué trámites ofrece el módulo y qué documentos llevar</h2><p>En cada módulo itinerante los contribuyentes pueden realizar cuatro gestiones de forma gratuita y sin cita: inscripción al RFC, generación y renovación de la e.firma, emisión de la Constancia de Situación Fiscal (CSF) y orientación sobre obligaciones fiscales.</p><p>El horario general de atención es de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 horas y los viernes de 9:00 a 15:00 horas, aunque algunas sedes operan con horarios diferenciados.</p><p>Para cualquier trámite presencial se requiere <b>identificación oficial vigente</b> con fotografía —credencial del Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional— y la Clave Única de Registro de Población (CURP). Para tramitar la e.firma por primera vez se necesita además un comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses y una memoria USB con al menos 1 megabyte libre. Durante la cita, el personal recaba datos biométricos: huellas dactilares, escaneo de iris, fotografía y firma autógrafa.</p><p>La inscripción al RFC exige también el acta de nacimiento certificada. El formato R-1 se llena en el propio módulo.</p><h2>Trámites en línea: sin salir de casa</h2><p>Quienes ya cuenten con RFC y contraseña pueden obtener la Constancia de Situación Fiscal por tres canales digitales. El primero es el portal <b>sat.gob.mx</b>, donde basta iniciar sesión, ingresar a “Trámites del RFC” y seleccionar “Generar Constancia” para descargar el documento en PDF.</p><p>El segundo es la aplicación <b>SAT Móvil</b> —disponible para Android e iOS—, que permite obtener la constancia en menos de cinco minutos. El tercero es <b>SAT ID</b>, que utiliza reconocimiento biométrico facial sin requerir e.firma: el contribuyente graba un video de validación y recibe el documento en su correo en un plazo de hasta cinco días hábiles.</p><p>La renovación de la e.firma, si está vigente o venció hace menos de un año, también puede realizarse en línea desde SAT ID sin cita presencial.</p><h2>A quién audita el SAT en 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT garantiza criterios uniformes en cualquier oficina del país para partidas como descuentos, depósitos no identificados, materialidad, mercadotecnia e importaciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Las revisiones se concentran en contribuyentes que encajen en alguno de <b>12 criterios de conducta</b>, sin distinción de sector. Quedan bajo la mira quienes operen con factureras o nomineras, presenten pérdidas fiscales recurrentes, simulen deducciones, obtengan ingresos no declarados, abusen de estímulos fiscales o muestren inconsistencias entre lo que importan o compran y lo que venden.</p><p>También activan una revisión la subvaluación en importaciones, el incumplimiento en retenciones de nómina, las operaciones con paraísos fiscales, las devoluciones improcedentes, una tasa efectiva de impuesto por debajo del promedio sectorial y el incumplimiento de regulaciones no arancelarias.</p><p>El SAT garantiza <b>criterios uniformes en cualquier oficina del país</b> para partidas como descuentos, depósitos no identificados, materialidad, mercadotecnia e importaciones. La misma operación recibe el mismo tratamiento en Ciudad de México, Monterrey o Mérida. Para quienes cumplen correctamente y a tiempo, el plan es explícito: <b>no se emitirán actos de fiscalización</b> en su contra.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BBEBDYE3SFAZ3ISZO3FUACCWJY.png?auth=f8a891bc1a40963109dbf982f9fd3d48ace8165de37c4b364b1e0deeb24f7281&smart=true&width=1408&height=768" alt="El combate a los comprobantes fiscales apócrifos operaba en planes anteriores como un procedimiento principalmente administrativo con plazos amplios. El Plan Maestro 2026 endurece cada etapa. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Facturas falsas: denuncia penal y 30 días para regularizarse</h2><p>El combate a los comprobantes fiscales apócrifos operaba en planes anteriores como un procedimiento principalmente administrativo con plazos amplios. El Plan Maestro 2026 endurece cada etapa.</p><p>Ante una empresa detectada como emisora de facturas falsas, el SAT practica una <b>visita domiciliaria inmediata</b> y suspende el certificado de sello digital desde el primer día. Si se confirma la simulación, presenta denuncia ante el <b>Ministerio Público</b> bajo un nuevo tipo penal de defraudación fiscal calificada, sin suspender el procedimiento administrativo en paralelo.</p><p>La medida más drástica es la “muerte civil corporativa”: el SAT negará la inscripción al RFC a nuevas empresas cuyos representantes, socios o accionistas hayan participado previamente en compañías emisoras de comprobantes falsos. El antecedente persigue a las personas, no a las razones sociales.</p><p>Para quienes compraron esas facturas, el plazo es de <b>30 días para corregir su situación fiscal</b> una vez declarados falsos los comprobantes. A diferencia de procedimientos anteriores, en este esquema el contribuyente no puede probar ante el SAT la materialidad de las operaciones dentro de ese lapso. Si no se regulariza, pierde su sello digital.</p><h2>Beneficios para quien cumple: devoluciones más rápidas y descuento total en multas</h2><p>Dos medidas sin precedente directo en planes anteriores favorecen a los contribuyentes en regla. Los plazos de devolución de impuestos se reducen a <b>cinco días</b> para personas físicas y <b>30 días</b> para personas morales, frente a tiempos que en años previos podían extenderse por meses.</p><p>Un programa de regularización fiscal, dirigido a contribuyentes con ingresos anuales de hasta <b>35 millones de pesos</b>, ofrece una reducción del <b>100%</b> en multas, recargos y gastos de ejecución para quienes corrijan adeudos de forma voluntaria. El <b>RESICO</b> recibe facilidades administrativas adicionales para atraer a más contribuyentes hacia un esquema de tasas de ISR reducidas basado en flujo de efectivo facturado.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Revisa el calendario: el SAT visita municipios, universidades y ferias de empleo con módulos de atención gratuita]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/05/revisa-el-calendario-el-sat-visita-municipios-universidades-y-ferias-de-empleo-con-modulos-de-atencion-gratuita/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/05/revisa-el-calendario-el-sat-visita-municipios-universidades-y-ferias-de-empleo-con-modulos-de-atencion-gratuita/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Consulta las fechas, horarios y puntos exactos donde el SAT instalará módulos gratuitos en plazas públicas, ferias de empleo y centros comunitarios en todo el país, con atención presencial y asesoría personalizada este mes]]></description><pubDate>Sun, 05 Jul 2026 12:00:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WH6UPZDV3NGLZDW6LMH4GUAKI4.png?auth=3d21e03eb3e0d23e01fc41868ec8efcf691312a26dd75224f13fc5f97ed78b27&smart=true&width=953&height=530" alt="" height="530" width="953"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/26/sat-presenta-plan-maestro-2026-para-mejorar-atencion-y-combatir-facturas-falsas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/26/sat-presenta-plan-maestro-2026-para-mejorar-atencion-y-combatir-facturas-falsas/"><b>Servicio de Administración Tributaria</b> (<b>SAT</b>)</a> lleva sus servicios fiscales directamente a municipios, universidades, centros de trabajo y ferias de empleo de todo el país a través de su programa <b>Oficina Móvil</b>, que opera módulos de atención gratuita y sin cita previa. </p><p>Las jornadas de julio abarcan del <b>1 al 10</b> en diferentes entidades de la república, con el calendario completo de fechas, horarios y ubicaciones disponible en <a href="https://www.sat.gob.mx/minisitio/OficinaMovil/index.html" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.sat.gob.mx/minisitio/OficinaMovil/index.html">el portal oficial</a></p><p>El programa forma parte del<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/"> <b>Plan Maestro 2026</b></a> del organismo encabezado por <b>Antonio Martínez Dagnino</b>, cuyo primer eje estratégico establece como prioridad una “atención honesta, cercana y con calidez”. Bajo ese lineamiento, el SAT reforzó el despliegue de módulos itinerantes en las 32 entidades federativas para reducir la brecha de acceso a servicios tributarios en zonas con menor infraestructura institucional.</p><h2>Qué es la Oficina Móvil y a quién atiende</h2><p>La Oficina Móvil instala<b> módulos temporales en plazas públicas</b>, presidencias municipales, centros comunitarios y recintos de fácil acceso. Puede establecerse en municipios y localidades alejadas de zonas urbanas, comunidades indígenas, universidades, centros de trabajo, ferias de empleo y eventos de instituciones públicas o privadas.</p><p>La atención está dirigida principalmente a personas físicas de las comunidades anfitrionas. Dependiendo del evento o la sede, también puede atenderse al público en general, sujeto a los protocolos de cada institución organizadora.</p><p>Desde su implementación en 2022, el programa ha brindado atención a <b>más de 216 mil contribuyentes</b> en todo el país, combinando trámites con asesoría personalizada y sesiones de cultura contributiva.</p><h2>Trámites disponibles y qué documentos llevar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BSD3WM3VIFGWBAS7ZYHMO47FBI.jpg?auth=0338971349fc5eb9cfb53731109888ceec14b6a838baa20ba369ad1da1336f8d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Cualquier contribuyente es susceptible de recibir una visita domiciliaria del SAT.
Crédito: Cuartoscuro/Imagen Ilustrativa Infobae" height="1080" width="1920"/><p>Los módulos itinerantes cubren los cuatro servicios fiscales más solicitados por personas físicas. A continuación, los requisitos específicos para cada uno:</p><p><b>Inscripción al RFC:</b> Se requiere identificación oficial vigente, CURP impreso y actualizado, comprobante de domicilio con antigüedad máxima de tres meses, acta de nacimiento certificada y correo electrónico activo. El formato de inscripción R-1 se llena directamente en el módulo.</p><p><b>Generación o renovación de e.firma:</b> Además de los documentos generales, se debe llevar una memoria USB para guardar los archivos del certificado. Para la renovación, conviene tener a la mano los archivos anteriores (.cer y .key) y la contraseña de la firma vigente, en caso de recordarla. La primera generación de e.firma es un trámite <b>exclusivamente presencial</b>.</p><p><b>Constancia de Situación Fiscal (CSF):</b> Se tramita con RFC vigente e identificación oficial. Si se realiza en línea, se requiere además e.firma o contraseña del SAT; en el módulo, el personal imprime el documento directamente.</p><p><b>Orientación fiscal:</b> El personal brinda asesoría para habilitar el <b>Buzón Tributario</b>, activar o actualizar medios de contacto y resolver dudas sobre facturación electrónica con el <b>Comprobante Fiscal Digital por Internet</b> (CFDI).</p><p>Como documentos de identificación oficial, el SAT acepta credencial para votar (INE/IFE), pasaporte mexicano, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional. Para el comprobante de domicilio son válidos recibos de luz (CFE), agua, gas natural, teléfono fijo o estados de cuenta bancarios, siempre a nombre del contribuyente y con vigencia no mayor a tres meses.</p><h2>El Plan Maestro 2026: más oficinas y tecnología fiscal</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una mujer realiza el registro de sus datos biométricos en una oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México, con un empleado que procesa su información en el escritorio. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Más allá de los módulos itinerantes, el Plan Maestro 2026 contempla la apertura de <b>nueve nuevos módulos de atención fija</b> en puntos estratégicos: Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo y Yucatán. La medida responde a la saturación de citas en zonas de alto crecimiento económico.</p><p>En materia digital, las aplicaciones <b>SAT Móvil</b> y <b>Factura SAT Móvil</b> recibirán actualizaciones para que micro y pequeños empresarios puedan facturar, consultar su situación fiscal y generar constancias desde el teléfono celular. El plan también perfecciona el prellenado automático de declaraciones a partir de los CFDI emitidos y recibidos por cada contribuyente.</p><p>Otra medida del plan es la <b>Ventana Virtual de Aclaraciones</b>, una plataforma que busca agilizar la resolución de controversias y reducir los tiempos de espera en aclaraciones administrativas. En materia de inclusión, el SAT ofrecerá asistencia en lenguas originarias —entre ellas maya, mixteco y zapoteco— para integrar a comunidades indígenas al sistema formal.</p><h2>Regularización fiscal y combate a facturas falsas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una imagen editorial muestra a dos personas en una oficina que examinan documentos y una computadora portátil con el logo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una inspección fiscal en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El Plan Maestro 2026 incluye un <b>Programa de Regularización Fiscal</b> dirigido a personas físicas y morales con ingresos anuales de hasta 35 millones de pesos. El beneficio consiste en una reducción del <b>100% en multas, recargos y gastos de ejecución</b> para quienes corrijan adeudos de forma voluntaria.</p><p>En paralelo, el SAT refuerza el combate a las empresas que emiten o deducen facturas de operaciones simuladas. Quienes reciban una factura declarada posteriormente como falsa tendrán <b>30 días para corregir su situación fiscal</b>; de lo contrario, enfrentarán la restricción de sus certificados de sello digital, lo que impediría seguir facturando.</p><p>Para la detección de irregularidades, el organismo utilizará modelos de analítica de datos e inteligencia artificial orientados a identificar contribuyentes con pérdidas fiscales recurrentes injustificadas, tasas de impuesto por debajo del promedio sectorial o inconsistencias entre ingresos facturados e IVA declarado.</p><h2>Horarios y cómo evitar contratiempos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GUKRBOMJQ5A3VGWFD7OZXYPMVA.jpg?auth=0414002d7833bdc52ac36bd7abf2fb8d40872176436b686cbfefe783370438f2&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La app SAT Móvil cuenta con un lector QR integrado para escanear documentos oficiales. (Captura de pantalla/SAT Móvil Play Store)" height="1080" width="1920"/><p>El horario general de atención en los módulos es de 9:00 a 17:00 horas de lunes a jueves, y de 9:00 a 15:00 horas los viernes. Algunas sedes operan con horarios diferenciados según el evento o la institución anfitriona.</p><p>El SAT recomienda llegar con anticipación, verificar el calendario antes del traslado y llevar originales y copias de todos los documentos —las copias quedan en poder del organismo. Los martes y miércoles por la mañana suelen registrar menor tiempo de espera en oficinas fijas, criterio que puede aplicarse también a los módulos itinerantes.</p><p>Todos los servicios son <b>estrictamente gratuitos</b>. Cualquier cobro por citas o trámites debe denunciarse al correo denuncias@sat.gob.mx</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WH6UPZDV3NGLZDW6LMH4GUAKI4.png?auth=3d21e03eb3e0d23e01fc41868ec8efcf691312a26dd75224f13fc5f97ed78b27&amp;smart=true&amp;width=953&amp;height=530" type="image/png" height="530" width="953"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Gobierno de México</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Qué es VUCEM?: la nueva ventanilla única de comercio exterior que reemplaza al SAT para trámites aduanales]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/03/que-es-vucem-la-nueva-ventanilla-unica-de-comercio-exterior-que-reemplaza-al-sat-para-tramites-aduanales/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/03/que-es-vucem-la-nueva-ventanilla-unica-de-comercio-exterior-que-reemplaza-al-sat-para-tramites-aduanales/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Con el decreto publicado en el Diario Oficial, la ATDT centraliza la recepción y gestión de trámites aduanales. Las empresas deben utilizar la nueva plataforma digital para permisos, certificados y declaraciones]]></description><pubDate>Fri, 03 Jul 2026 14:45:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QYG4SDNJDJHGNELDCJD6JV5DQI.jpg?auth=bb3c63976ce62099844455949d8feebd0cbbadb82a08b64de0d6d36129665c73&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La VUTCE es el único punto de entrada digital para que empresas, agentes aduanales y operadores logísticos presenten ante las autoridades la información y documentación requerida para importar o exportar bienes desde México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>La <b>Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior</b> (VUTCE) es la nueva plataforma digital del gobierno federal mexicano que centraliza <b>más de 130 trámites de importación y exportación</b> en un solo punto de entrada. Su creación, formalizada mediante decreto el 4 de mayo de 2026, transfirió la administración del sistema del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/pasaporte-mexicano-permite-subir-documentos-digitales-antes-de-la-cita-presencial-en-la-sre/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/pasaporte-mexicano-permite-subir-documentos-digitales-antes-de-la-cita-presencial-en-la-sre/"><b>Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones</b></a> (ATDT).</p><p>La VUTCE es el único punto de entrada digital para que empresas, agentes aduanales y operadores logísticos presenten ante las autoridades la información y documentación requerida para importar o exportar bienes desde México. </p><p>En un solo trámite electrónico, la plataforma coordina la validación de documentos, la autorización de permisos y la consulta de regulaciones no arancelarias de 10 dependencias: SAT, Secretaría de Economía (SE), SADER, SEMARNAT, SEDENA, Salud, SENER, PROFEPA, INBA e INAH, además de dos organismos reguladores.</p><h2>El decreto que transfirió el control a la ATDT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FWMPDRRQX5AMNLEXXVXL5DRHAU.jpg?auth=e910161756a8a647806eda21d13a160d2f0230291bb75a07b6a040d18ce9481a&smart=true&width=4160&height=2309" alt="La integración tecnológica y la modernización de aduanas en el AIFA permiten disminuir tiempos de tránsito y optimizan el comercio exterior mexicano. Crédito: Secretaría de Relaciones Exteriores" height="2309" width="4160"/><p>El decreto del 4 de mayo habilita la VUTCE como sucesora operativa de la Ventanilla Digital Mexicana de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/carlos-slim-ve-solida-la-relacion-comercial-entre-mexico-y-eu-pese-a-la-incertidumbre-sobre-el-t-mec/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/carlos-slim-ve-solida-la-relacion-comercial-entre-mexico-y-eu-pese-a-la-incertidumbre-sobre-el-t-mec/"><b>Comercio Exterio</b></a><b>r </b>(VUCEM), plataforma creada en 2011 y administrada durante 15 años por el SAT. La nueva ventanilla entró en vigor el <b>5 de mayo de 2026</b> y se enmarca en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, dentro de su Eje Transversal 2 de “Innovación Pública para el Desarrollo Tecnológico Nacional”.</p><p>El texto del decreto establece la VUTCE como el <b>único medio oficial</b> para que la SE, el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) reciban, gestionen y resuelvan los trámites a su cargo. La VUCEM no desaparece de inmediato: continúa operando como infraestructura tecnológica durante el período de transición, hasta que su transferencia del SAT a la ATDT se complete en los plazos que ambas autoridades determinen.</p><p>El decreto también crea el <b>Expediente Único de Comercio Exterior</b> (EUCE), un repositorio digital interoperable que reúne los documentos de cada persona física o moral para que las autoridades los consulten sin exigir los mismos archivos más de una vez. Si la SE ya cuenta con un documento en el expediente electrónico, el SAT no puede solicitarlo nuevamente.</p><p>La ATDT asume facultades amplias: emitir lineamientos de operación, supervisar que los trámites se resuelvan en los plazos legales, coordinar la interoperabilidad de sistemas entre dependencias, gestionar bajas o suspensiones de padrones de importación y exportación, y brindar asesoría a los usuarios durante todo el ciclo del trámite.</p><h2>Cómo funciona la plataforma</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7ELET362RJCVNJT3PGTEURYVC4.png?auth=2b08a275e351e9012e637a43d43b6d7dff72e8f83b1524d402af4258553a7cf9&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El decreto también crea el Expediente Único de Comercio Exterior (EUCE), un repositorio digital interoperable que reúne los documentos de cada persona física o moral para que las autoridades los consulten sin exigir los mismos archivos más de una vez. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El flujo comienza cuando el usuario ingresa al sistema con su certificado de<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/"> <b>e.firma</b></a> vigente y carga la documentación según el tipo de operación. El sistema valida automáticamente los datos contra diversas bases de datos gubernamentales mediante intercambio electrónico de datos.</p><p>Una vez validada la información, la VUTCE se conecta con el <b>Sistema de Operación Integral Aduanera</b> (SOIA) y el <b>Sistema Automatizado Aduanero Integral</b> (SAAI) para continuar el proceso. Esos sistemas interconectados permiten el seguimiento en tiempo real de cada trámite, desde la clasificación arancelaria inicial hasta la liberación final de la mercancía en la aduana.</p><p>Para operar en la plataforma, la persona interesada debe estar inscrita en el <b>Registro Federal de Contribuyentes</b> (RFC). Las notificaciones electrónicas tienen plena validez jurídica: se consideran legalmente realizadas al generarse el acuse de recibo electrónico y surten efectos el día hábil siguiente a aquel en que estén disponibles en la ventanilla.</p><h2>Trámites y obligaciones vigentes en 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MFOWZELIWFCL5GBMF7RNBEB6KE.jpg?auth=0a32f5dc083b7f202a0df05f04e85885a5d9f17fbc442e50116afe86267e87e6&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los camiones esperan en una larga cola para el control aduanero fronterizo para cruzar hacia EEUU en el Puente de Comercio Mundial en Nuevo Laredo, México, 30 de junio de 2020. REUTERS / Daniel Becerril/ Foto de archivo" height="1080" width="1920"/><p>La VUTCE es el canal obligatorio para solicitudes de permisos previos de importación y exportación, certificados de origen, manifiestos electrónicos y declaraciones ante la SADER. Toda persona física o moral que realice operaciones de comercio exterior en México está obligada a utilizarla.</p><p>A partir del <b>31 de julio de 2026</b>, se suma una nueva obligación: la Manifestación de Valor Electrónica (MVE), derivada de la Regla 1.5.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior y del artículo 59 de la Ley Aduanera. Mediante ese formato, el importador declara factura por factura cómo determinó el valor en aduana de sus mercancías y con qué documentos lo respalda.</p><p>La declaración exige conciliar facturas, documentos de transporte, certificados de origen y comprobantes de valor. La normativa establece que <b>la responsabilidad sobre la veracidad de los datos recae directamente en el importador</b>: una inconsistencia entre documentos puede derivar en demoras en el despacho o en sanciones.</p><h2>Transición tecnológica y obligaciones para los usuarios</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/X32XUYKMPBAGRG6BXTYMUDTBFM.png?auth=d6ad00489d66d562de470b7d2a59ec54a29037012336aaedfe60d99c0ba6e95a&smart=true&width=2752&height=1536" alt="En materia de obligaciones, los usuarios deben proporcionar información completa, legible, veraz y actualizada; mantener activos los mecanismos de notificación que disponga la plataforma, y responder por los actos de sus representantes legales y terceros autorizados.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La transferencia de la VUCEM del SAT a la ATDT se realizará en los plazos que ambas autoridades determinen, conforme al Artículo Tercero Transitorio del decreto. La ATDT contó con un plazo no mayor a <b>15 días hábiles</b> desde la entrada en vigor para habilitar la VUTCE para la recepción de trámites.</p><p>Los trámites iniciados antes de la entrada en vigor del decreto —permisos previos de importación, certificados de origen, programas IMMEX u otros— migran al nuevo entorno tecnológico, pero se resuelven bajo el marco normativo vigente al momento de su presentación original. No se pierden ni se reinician.</p><p>En materia de obligaciones, los usuarios deben proporcionar información completa, legible, veraz y actualizada; mantener activos los mecanismos de notificación que disponga la plataforma, y responder por los actos de sus representantes legales y terceros autorizados. La ATDT implementará protocolos de ciberseguridad y monitoreo continuo para proteger la integridad y confidencialidad de la información.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/QYG4SDNJDJHGNELDCJD6JV5DQI.jpg?auth=bb3c63976ce62099844455949d8feebd0cbbadb82a08b64de0d6d36129665c73&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[SCJN desecha un recurso y deja firme la anulación de un adeudo al SAT de 2 mil 868 millones de pesos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/03/scjn-desecha-un-recurso-y-deja-firme-la-anulacion-de-un-adeudo-al-sat-de-2-mil-868-millones-de-pesos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/03/scjn-desecha-un-recurso-y-deja-firme-la-anulacion-de-un-adeudo-al-sat-de-2-mil-868-millones-de-pesos/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[El Máximo Tribunal cierra la vía extraordinaria de la que la autoridad hacendaria, por lo que queda intocado el cobro del ISR]]></description><pubDate>Fri, 03 Jul 2026 02:28:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2C3NR53DCNHNRIDAWLUDMTQXNY.png?auth=e4abf4c26e35fb53bdc483d652b39b62091925ce16e71b239157c9a80424f8cc&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La resolución impide que la autoridad hacendaria combata por esa vía el cobro de ISR, actualizaciones, recargos y multas del ejercicio fiscal 2011. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La Suprema Corte de Justicia de la Nación (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/recursos-de-afore-por-fallecimiento-podrian-quedar-exentos-de-isr-perfila-la-corte/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/recursos-de-afore-por-fallecimiento-podrian-quedar-exentos-de-isr-perfila-la-corte/"><b>SCJN</b></a>) desechó el <b>Recurso de revisión </b>fiscal 5/2025 y dejó firme una <b>sentencia </b>del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (<b>TFJA</b>) que anuló un <b>crédito </b>fiscal por <b>2 mil 868 millones de pesos</b>, con lo que la <b>autoridad </b>hacendaria ya no podrá <b>combatir </b>en esa vía el <b>cobro </b>de <b>ISR</b>, actualizaciones, recargos y <b>multas </b>correspondientes al ejercicio fiscal de 2011.</p><p>La ministra <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/17/lenia-batres-consigue-registrar-la-marca-ministra-del-pueblo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/17/lenia-batres-consigue-registrar-la-marca-ministra-del-pueblo/"><b>Lenia Batres</b></a> sostuvo en un <b>mensaje </b>público de este 2 de julio que ese <b>monto </b>equivale al pago de <b>441 mil</b> <b>pensiones </b>para personas adultas mayores o de <b>299 mil becas</b> del programa Jóvenes Construyendo el Futuro. En ese mismo posicionamiento dijo que <b>votó en contra</b> de la decisión del Pleno.</p><p>De acuerdo con el comunicado de la <b>Suprema Corte </b>de este 2 de julio, el <b>recurso </b>promovido por la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/"><b>autoridad hacendaria</b></a> era un<b> medio de impugnación </b>excepcional. Su procedencia, explicó el Máximo Tribunal, solo opera en los <b>supuestos previstos </b>expresamente en la ley y cuando el <b>asunto </b>tiene <b>importancia </b>y trascendencia jurídica.</p><p>La <b>resolución </b>del <b>tribunal </b>administrativo que anuló el <b>crédito </b>fiscal no entró al fondo del cobro. Según la <b>SCJN</b>, la <b>nulidad </b>se apoyó en <b>razones formales</b>: las facultades de la <b>autoridad hacendaria </b>para determinar el <b>crédito </b>ya habían <b>caducado </b>conforme al artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, y además la <b>resolución </b>se basó en un <b>acto previo </b>que después fue declarado nulo con carácter de cosa juzgada.</p><h2>Sostuvo la Corte que la revisión fiscal no procede cuando solo hay vicios formales</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IXHUPAHCMBEAXOOWGXYBG2EPVU.png?auth=465875b139ef801fdff5e4201c56334be635600502f131466569f7f2c0c02374&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Lenia Batres informó este 2 de julio que votó en contra y comparó el monto con 441 mil pensiones para personas adultas mayores. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La <b>SCJN</b> precisó que su <b>jurisprudencia </b>establece que, cuando una <b>sentencia </b>únicamente declara la <b>nulidad </b>de un <b>acto </b>administrativo por <b>vicios </b>formales, el <b>recurso </b>de revisión fiscal es <b>improcedente</b>. Bajo ese criterio, no se cumplen los <b>requisitos </b>de <b>importancia </b>y trascendencia que permiten abrir esa instancia extraordinaria.</p><p>Por esa razón, el <b>Pleno </b>desechó el <b>recurso </b>y dejó firme la <b>sentencia </b>emitida por el <b>TFJA</b> que declaró <b>nulo </b>el <b>crédito </b>fiscal. Ni el comunicado ni la <b>ministra Batres </b>identificaron a la <b>empresa </b>beneficiada por esa decisión, sin embargo, en redes sociales circularon reportes que señalan que la empresa involucrada sería <b>Femsa</b>.</p><p><b>Batres cuestionó </b>ese criterio y afirmó en <b>redes sociales</b>: <i>“Con un </i><i><b>criterio superado</b></i><i>, la </i><i><b>Corte </b></i><i>exonera a una </i><i><b>empresa </b></i><i>de pagar </i><i><b>2,868 millones de pesos</b></i><i> de </i><i><b>impuestos</b></i><i>"</i>. También señaló que la <b>mayoría </b>del <b>Pleno </b>decidió<b> no analizar</b> el asunto con base en un criterio de la extinta Segunda Sala, según el cual la <b>revisión </b>de estos casos <b>no procede </b>cuando se trata de temas procesales.</p><p>La ministra agregó que, a su juicio, la <b>última reforma </b>a la <b>Ley </b>Federal de <b>Procedimiento </b>Contencioso <b>Administrativo sí permite revisar </b>este tipo de asuntos cuando el monto de un <b>crédito </b>fiscal excede <b>2 millones 38 mil pesos</b>. En su mensaje identificó el expediente como <i>“Recurso de revisión administrativa 5/2025”</i>.</p><p>El <b>Pleno </b>de la <b>SCJN</b> no <b>revocó </b>directamente la <b>nulidad </b>dictada por el <b>tribunal </b>administrativo, sino que cerró la <b>posibilidad </b>de <b>revisarla </b>por esa vía extraordinaria. El efecto práctico es que queda firme la <b>sentencia </b>que <b>anuló </b>el <b>crédito </b>fiscal determinado por concepto de ISR, actualizaciones, recargos y multas del ejercicio 2011.</p><h2>Suprema Corte perfila exentar del ISR la AFORE</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CBZNPSDJB5EI5ONBLZ3DSCBLYU.jpg?auth=e47b8f10c2cbef757a2b1274eb392fef4fd635433612e6e5a7987528606c750c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La SCJN perfiló que los recursos de AFORE entregados por fallecimiento a personas beneficiarias quedarían exentos de ISR. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO" height="1080" width="1920"/><p>La <b>SCJN</b> perfiló este 2 de julio que los <b>recursos </b>de <b>Afore</b> entregados por <b>fallecimiento </b>a personas <b>beneficiarias quedarían</b> <b>exentos </b>de <b>ISR</b>, al considerar de forma mayoritaria que esos <b>fondos </b>forman parte del <b>patrimonio </b>generado por la persona <b>trabajadora </b>y conservan una <b>función </b>de <b>protección </b>económica para quienes tienen ese <b>derecho</b>.</p><p>Cabe destacar que la <b>definición final </b>sigue pendiente porque el <b>Pleno </b>retiró el <b>asunto </b>para elaborar un <b>nuevo proyecto</b>. Antes de eso, durante la misma sesión, ministras y <b>ministros </b>expusieron una <b>postura </b>mayoritaria <b>contra gravar </b>esos <b>recursos </b>cuando pasan a beneficiarias o beneficiarios de una persona fallecida.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/2C3NR53DCNHNRIDAWLUDMTQXNY.png?auth=e4abf4c26e35fb53bdc483d652b39b62091925ce16e71b239157c9a80424f8cc&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[La resolución impide que la autoridad hacendaria combata por esa vía el cobro de ISR, actualizaciones, recargos y multas del ejercicio fiscal 2011. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Auditorías exprés con video y audio del SAT: ¿Cómo funcionan y en qué casos aplica?]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/02/el-sat-puede-suspender-tu-sello-en-una-visita-expres/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Desde este 1 de enero de 2026, la autoridad fiscal está facultada para llegar a un local, grabar la inspección y frenar la emisión de CFDI mientras revisa si las operaciones fueron reales]]></description><pubDate>Thu, 02 Jul 2026 12:00:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RDYPXXODYFBHTHOX4Q46OD3CVI.png?auth=929c6f7125261445d1843098a23f7ccd5fc10e4049902029ddc6e3633923ec24&smart=true&width=1408&height=768" alt="El instrumento es el artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025. Su propósito: verificar si los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que emite un contribuyente amparan operaciones que realmente ocurrieron. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Desde el <b>1 de enero de 2026</b>, el<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/"> <b>Servicio de Administración Tributaria</b> </a>cuenta con un mecanismo legal para presentarse en cualquier negocio, bodega o local comercial, grabar todo lo que encuentre y bloquear la capacidad de<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/"> facturar del contribuyente el mismo día de la visita</a>, sin necesidad de una auditoría tradicional.</p><p>El instrumento es el <b>artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación</b> (CFF), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025. Su propósito: verificar si <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/">los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)</a> que emite un contribuyente amparan operaciones que realmente ocurrieron.</p><h2>Qué cambió con la reforma fiscal de 2026</h2><p>La fracción IX incorporada al artículo 29-A del CFF establece que todo CFDI debe amparar “operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales”. El que no cumpla ese requisito se considera falso, aunque haya sido timbrado correctamente y cuente con todos los campos técnicos en orden.</p><p>Un comprobante puede estar perfectamente formateado en XML, haber pasado las validaciones del SAT y aun así ser declarado falso si la transacción que lo origina no puede demostrarse con documentos.</p><p>Antes de esta reforma, la validez de una factura se evaluaba por su estructura técnica. Ahora también se evalúa por la realidad de la operación que la origina.</p><h2>Cómo opera la visita domiciliaria exprés</h2><p>Las visitas no son masivas ni aleatorias. El SAT opera modelos algorítmicos que cruzan en tiempo real los CFDI emitidos y recibidos, las declaraciones fiscales, los registros patronales ante el <b>Instituto Mexicano del Seguro Social</b> (IMSS), la información bancaria y los datos de comercio exterior.</p><p>Cuando esos cruces detectan inconsistencias, la autoridad puede iniciar el procedimiento del artículo 49 Bis. Los visitadores deben identificarse oficialmente y entregar la orden al contribuyente, a su representante legal o al encargado del establecimiento.</p><p>A partir de ese momento, están autorizados para fotografiar y grabar audio y video de forma inmediata. Las inspecciones pueden realizarse en domicilios fiscales, sucursales, oficinas, bodegas, almacenes, locales comerciales y puestos fijos o semifijos en la vía pública.</p><h2>La facturación se bloquea desde el primer día</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="Sin el CSD, es imposible emitir cualquier factura electrónica nueva hasta que el procedimiento concluya. Para un negocio que opera con clientes que exigen CFDI, eso equivale a una detención de operaciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El golpe más inmediato del procedimiento no es la multa: es la parálisis operativa. Desde el momento en que se notifica la orden de visita, el <b>Certificado de Sello Digital</b> (CSD) del contribuyente queda suspendido de forma automática.</p><p>Sin el CSD, es imposible emitir cualquier factura electrónica nueva hasta que el procedimiento concluya. Para un negocio que opera con clientes que exigen CFDI, eso equivale a una detención de operaciones.</p><p>El plazo total del proceso no puede superar <b>24 días hábiles</b>: cinco para que el contribuyente presente sus pruebas y 15 adicionales para que la autoridad emita su resolución.</p><h2>Qué debe probar el contribuyente y en qué tiempo</h2><p>La reforma invierte la carga de la prueba: no es el SAT quien debe demostrar que la operación fue falsa, sino el contribuyente quien debe acreditar que fue real. Según los criterios del SAT y la regla 2.9.19 de la <b>Resolución Miscelánea Fiscal 2026</b>, el expediente de “materialidad” debe demostrar cuatro elementos:</p><p><b>Sustancia económica:</b> la operación debe tener un propósito de negocio real, no solo un beneficio fiscal.</p><p><b>Capacidad operativa del proveedor:</b> personal inscrito en el IMSS suficiente para ejecutar el servicio, infraestructura verificable, domicilio fiscal localizable y actividad económica registrada congruente con lo facturado.</p><p><b>Evidencia de prestación:</b> entregables, reportes, fotografías del trabajo realizado, bitácoras, correos electrónicos con metadatos, órdenes de compra y minutas.</p><p><b>Trazabilidad financiera:</b> los pagos deben realizarse mediante transferencia electrónica (SPEI) o cheque nominativo. <b>Los pagos en efectivo superiores a $2,000 pesos no acreditan materialidad</b>, sin importar que exista factura de por medio.</p><h2>Qué pasa si el SAT declara falsas las facturas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WGD2LIPJT5AEVPV46KXOXP3H6Q.jpg?auth=6ba541cb70abbbfd12fe66100408a669115bceae0468930be08608f742f9ea60&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Dentro de los 45 días hábiles siguientes, el nombre y el RFC del emisor se publican en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Si el contribuyente no logra desvirtuar la presunción en el plazo establecido, el SAT emite una resolución que declara los CFDI falsos. Las operaciones que amparan dejan de tener efectos fiscales y el CSD se cancela de forma definitiva.</p><p>Dentro de los <b>45 días hábiles</b> siguientes, el nombre y el RFC del emisor se publican en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación.</p><p>En casos graves, la reforma tipifica como delito la expedición, adquisición o uso de comprobantes fiscales falsos, con <b>penas de 2 a 9 años de prisión</b> y multas de hasta el 55% del monto total facturado.</p><h2>El riesgo se extiende a quienes recibieron esas facturas</h2><p>Las consecuencias no se limitan al emisor. Los contribuyentes que recibieron los CFDI declarados falsos y los usaron para deducir gastos o acreditar IVA tienen <b>30 días naturales</b> desde la publicación en el DOF para presentar una declaración complementaria y revertir esos efectos fiscales.</p><p>Quienes no actúen en ese plazo también arriesgan la restricción temporal de su propio Certificado de Sello Digital, lo que los deja sin capacidad de facturar aunque nunca hayan sido investigados directamente.</p><p>Para 2026, el SAT tiene programadas más de <b>16,200 auditorías</b> con criterios uniformes aplicados en las 32 entidades federativas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/RDYPXXODYFBHTHOX4Q46OD3CVI.png?auth=929c6f7125261445d1843098a23f7ccd5fc10e4049902029ddc6e3633923ec24&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Una agente del SAT México realiza una inspección en la Panadería La Esperanza, revisando documentos con el dueño del negocio. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Buró de Crédito no avisa, el banco no llama: cómo una deuda olvidada puede derivar en un embargo sin previo aviso]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/01/el-buro-de-credito-no-avisa-el-banco-no-llama-como-una-deuda-olvidada-puede-derivar-en-un-embargo-sin-previo-aviso/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/01/el-buro-de-credito-no-avisa-el-banco-no-llama-como-una-deuda-olvidada-puede-derivar-en-un-embargo-sin-previo-aviso/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Buró de Crédito no ejecuta embargos, pero el registro de atraso se mantiene hasta seis años. Solo mediante demanda judicial, un juez puede ordenar un embargo en bienes registrados a nombre del deudor]]></description><pubDate>Wed, 01 Jul 2026 12:20:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XQWH22T5FFJDK3AK2AJ4HRGWE.png?auth=6834a2d82c6dbf86632dcc2389bbb96c10d554ca114ea433918448210e3af864&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El Buró de Crédito no es un ente que persigue deudas ni activa procedimientos judiciales. Su función es registrar el comportamiento de pago de personas y empresas ante bancos, tiendas departamentales y otras entidades financieras.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Una deuda bancaria olvidada en México puede terminar en<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/29/sat-puede-inmovilizar-cuentas-de-nomina-sin-aviso-previo-en-que-casos-y-como-afecta-a-los-trabajadores-mexicanos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/29/sat-puede-inmovilizar-cuentas-de-nomina-sin-aviso-previo-en-que-casos-y-como-afecta-a-los-trabajadores-mexicanos/"> embargo judicial </a>sin que el titular haya recibido una llamada del banco ni una alerta del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/"><b>Buró de Crédito</b></a>: la ley no obliga a ninguna de las dos instituciones a advertir al deudor antes de que un proceso legal avance.</p><p>El Buró de Crédito no es un ente que persigue deudas ni activa procedimientos judiciales. Su función es registrar el comportamiento de pago de personas y empresas ante bancos, tiendas departamentales y otras entidades financieras. No decide si se otorga o niega un crédito, y tampoco avisa cuando una cuenta entra en mora.</p><p>El registro negativo aparece tras<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/que-hacer-si-recibes-una-notificacion-de-embargo-sobre-tu-casa-pasos-legales-para-defenderte/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/que-hacer-si-recibes-una-notificacion-de-embargo-sobre-tu-casa-pasos-legales-para-defenderte/"> <b>tres meses de atraso</b></a> y puede permanecer en el historial hasta seis años, dependiendo del monto adeudado.</p><h2>Cómo escala una deuda hasta el juzgado</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/V4RLFLEL6FG5FAYZQWT5LLFO5A.png?auth=4a82b7b344385a0ca18a940567c76cc1a70e73b8872ff931d73ad0323f45b3a0&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Solo cuando la institución presenta una demanda ante un juez —generalmente a través de un juicio ejecutivo mercantil (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Cuando una persona deja de pagar una tarjeta de crédito o un préstamo personal, la primera respuesta del acreedor es la cobranza extrajudicial: llamadas, correos y propuestas de negociación. Estas acciones no tienen facultad legal para embargar bienes.</p><p>Solo cuando la institución presenta una demanda ante un juez —generalmente a través de un <b>juicio ejecutivo mercantil</b>— el proceso adquiere consecuencias patrimoniales reales. Ese procedimiento incluye pasos obligatorios que la ley no permite saltarse:</p><p>Presentación de la demanda</p><p>Revisión del caso por un juez</p><p>Notificación formal al deudor por un actuario</p><p>Requerimiento de pago en ese acto</p><p>Si el deudor cubre el adeudo en el momento del requerimiento, el embargo no se ejecuta. El proceso completo puede durar meses o años.</p><h2>Por qué el deudor puede no enterarse a tiempo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZLMM5LSZMZBIBEHJ3ZTRDAPF3M.png?auth=ea7374d06a0fde716401500094a726c1071677f0ae22a562c41f3dfc1e3f1a32&smart=true&width=2752&height=1536" alt="En México, una deuda bancaria impaga puede derivar en embargo sin que el titular lo perciba con anticipación porque ni el banco ni el Buró de Crédito están obligados a emitir una advertencia directa antes de demandar. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>En México, una deuda bancaria impaga puede derivar en embargo sin que el titular lo perciba con anticipación porque ni el banco ni el Buró de Crédito están obligados a emitir una advertencia directa antes de demandar. La notificación formal llega cuando ya hay un juicio en curso, a través de un actuario judicial. Si el deudor no actualiza su domicilio o ignora las comunicaciones del acreedor, el proceso puede avanzar sin que tenga conocimiento real de ello.</p><p>En el caso del <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b>, el mecanismo es aún más directo: el artículo 156-Bis del <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b> faculta a la autoridad para ordenar la inmovilización de cuentas bancarias sin notificar primero al contribuyente. El oficio se dirige directamente al banco, que tiene hasta tres días hábiles para ejecutar el bloqueo. Solo entonces el SAT notifica al titular.</p><h2>Qué puede embargarse y qué queda protegido</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/F5VSD4GOVVFI5A7JX64ESNZ2H4.png?auth=069f105daf91edd84831c1e0ffef006058555557de905f095ddb791085c79b6d&smart=true&width=1408&height=768" alt="Solo una autoridad judicial puede ordenar un embargo, y este recae únicamente sobre bienes registrados a nombre del deudor (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La ley establece que el embargo debe ser proporcional a la deuda. Una obligación de $50,000 pesos no justifica asegurar bienes por cientos de miles de pesos si existen otras opciones suficientes para cubrir el adeudo.</p><p><b>Solo una autoridad judicial puede ordenar un embargo</b>, y este recae únicamente sobre bienes registrados a nombre del deudor. Quedan expresamente excluidos:</p><p>Bienes de familiares</p><p>Artículos indispensables: cama, ropa y herramientas de trabajo</p><p>Cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE), incluidas las aportaciones voluntarias</p><p>Ningún despacho de cobranza privado tiene facultad para ejecutar un embargo por cuenta propia. Si alguien ingresa a un domicilio sin orden judicial, el afectado puede presentar una denuncia por <b>allanamiento de morada</b>.</p><h2>El historial crediticio: daño que persiste años</h2><p>Los plazos de permanencia en el Buró de Crédito dependen del monto de la deuda. Con el valor de la Unidad de Inversión (UDI) al 30 de junio de 2026 en $8.82 pesos, los rangos en moneda corriente son los siguientes:</p><p>Deudas de hasta <b>$220 pesos</b>: se eliminan al año</p><p>Deudas de entre $220 y <b>$4,408 pesos</b>: se borran a los dos años</p><p>Deudas de entre $4,408 y <b>$8,816 pesos</b>: desaparecen a los cuatro años</p><p>Deudas superiores a <b>$8,816 pesos</b>: no se eliminan de forma automática</p><p>Las deudas con un proceso judicial activo tampoco desaparecen aunque transcurran los plazos. Pagar una deuda no la borra del historial de inmediato: el registro cambia a estatus “liquidado”, lo que mejora la calificación pero no elimina la huella del incumplimiento.</p><h2>Derechos del deudor y vías de defensa</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GBNUGKUPSREDHALN2Z3XNACNF4.png?auth=cac0be0e2f1a9d732cfd571411324cc18b99ed5f9060de5cac101a4608ccc398&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La excepción ocurre cuando existe fraude o un delito patrimonial comprobable —como proporcionar información falsa al solicitar un crédito o pagar con cheque sin fondos—, contemplados en el artículo 386 del Código Penal Federal. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El artículo 17 de la <b>Constitución Mexicana</b> prohíbe la prisión por deudas de carácter civil. La <b>Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)</b> confirma que esto aplica para tarjetas departamentales, préstamos personales, créditos bancarios y financiamientos similares con instituciones como BBVA, HSBC y Banamex.</p><p>La excepción ocurre cuando existe fraude o un delito patrimonial comprobable —como proporcionar información falsa al solicitar un crédito o pagar con cheque sin fondos—, contemplados en el artículo 386 del <b>Código Penal Federal</b>.</p><p>Si el acreedor no reclama la deuda en un plazo de <b>10 años</b>, el derecho a cobrar prescribe y el embargo deja de proceder legalmente, aunque los despachos de cobranza puedan continuar con intentos extrajudiciales. Quienes reciban amenazas extralegales pueden acudir a la Profeco o a la <b>Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef)</b> para solicitar orientación.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XQWH22T5FFJDK3AK2AJ4HRGWE.png?auth=6834a2d82c6dbf86632dcc2389bbb96c10d554ca114ea433918448210e3af864&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre visiblemente angustiado se toma la cabeza mientras revisa facturas y un aviso de desalojo en su hogar de Ciudad de México, reflejando la grave crisis de vivienda. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Morena aplicará filtro a candidaturas de 2027 a través de la UIF, SAT y la Secretaría de Seguridad]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/07/01/morena-aplicara-filtro-a-candidaturas-de-2027-a-traves-de-la-uif-sat-y-la-secretaria-de-seguridad/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/07/01/morena-aplicara-filtro-a-candidaturas-de-2027-a-traves-de-la-uif-sat-y-la-secretaria-de-seguridad/</guid><dc:creator><![CDATA[Jaqueline Viedma]]></dc:creator><description><![CDATA[Ariadna Montiel dio a conocer los distintos mecanismos que aplicará el partido oficialista para elegir a los aspirantes a gubernatura]]></description><pubDate>Wed, 01 Jul 2026 03:22:22 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MAPZ6QZLF5HOJDPNVQZKZU3DIU.png?auth=2e266e5bcd45d3d50208cdd7708cee5b44a30672d7441687dc5bdb85fe940529&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Morena aplicará filtro a candidaturas de 2027 a través de la UIF, SAT y la Secretaría de Seguridad. (Foto: Morena)" height="1080" width="1920"/><p>La presidenta nacional de <b>Morena</b>, <b>Ariadna Montiel</b>, anunció que el partido aplicará <b>filtros de seguridad e inteligencia financiera</b> a sus aspirantes antes de definir candidaturas para las <b>17 elecciones a gubernaturas </b>de 2027, en un mecanismo que calificó de voluntario pero que el partido asumirá como obligatorio.</p><p>El anuncio llegó tras el cierre del registro de aspirantes al proceso interno para definir las coordinaciones estatales de defensa de la transformación, en el que participan también el Partido del Trabajo (<b>PT</b>) y el Partido Verde Ecologista de México (<b>PVEM</b>).</p><h2>El papel de la UIF, el SAT y la Secretaría de Seguridad</h2><p>El filtro implicará una consulta directa al gabinete de seguridad federal. “Vamos a pedirle al <b>Gabinete de Seguridad </b>que revise los perfiles, ¿por qué decimos que al gabinete de seguridad? Porque es la <b>UIF</b>, el <b>SAT</b>, la <b>Secretaría de Seguridad Públic</b>a”, precisó Montiel en conferencia de prensa este martes.</p><p>La revisión no busca exponer antecedentes de los aspirantes, sino evitar su postulación si presentan irregularidades. El objetivo declarado es, en palabras de la dirigente, “<b>cumplir con el compromiso</b> con el pueblo de México de presentar a los mejores candidatos”.</p><p>Montiel aclaró que el mecanismo es de aplicación interna y posterior al proceso de encuestas. “<b>Eso va a hacer Morena internamente</b>, posteriormente ya en el proceso electoral del próximo año, como se planteó en la reforma legal que presentó nuestra presidenta”, señaló.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NNGGCGLZ5GTTKK4U3SJOEBJJ4.png?auth=144243e38a3076679cdda37a263c6bccc350969831eceee8ea7da005d71ab391&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Morena cerrará registro de aspirantes a gubernatura con más de 270 postulaciones. (Foto: Morena)" height="1080" width="1920"/><h2>Encuestas, cursos de género y el debate sobre paridad</h2><p>Quienes superen las encuestas internas deberán también completar <b>cursos de género</b>, con la finalidad de hacerle frente al machismo.</p><p>Sobre la distribución de candidaturas entre hombres y mujeres, la dirigente desmintió listas que circularon en redes sociales con supuestas asignaciones por entidad. Aclaró que primero se aplicarán todas las encuestas y que solo si los resultados lo requieren se harán ajustes de paridad. “<b>Qué tal que ganan 17 mujeres y ya no hay que ajustar nada</b>. Es mi convicción. Que sean solo mujeres”, afirmó.</p><p>Montiel extendió además la lógica formativa a toda la militancia, no solo a los aspirantes. Planteó pedirle al instituto electoral que refuerce la capacitación en temas de género con quienes aspiran a candidaturas y con la base del partido en general.</p><h2>Morena, Verde y PT inician proceso rumbo al 2027 sin alianza concreta en SLP</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6BTX5Z2A3FEU7KGYFKFUQBF6PI.png?auth=3f321a4b5f76895827724cf6def3c1845b7f7eb66c742a7c969ef2a0119a69a8&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Ilustración en acuarela de una figura política sonriente con micrófono, enmarcada por los logotipos desgarrados de los partidos Morena y Verde Ecologista de México, reflejando una dinámica de alianzas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/morena-y-el-verde-no-coinciden-por-nepotismo-ruth-gonzalez-no-se-registrara-a-proceso-interno-por-slp/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/morena-y-el-verde-no-coinciden-por-nepotismo-ruth-gonzalez-no-se-registrara-a-proceso-interno-por-slp/"><b>Morena</b>, el <b>Partido Verde</b> y el <b>PT</b> </a>arrancan por separado los registros de aspirantes a las coordinaciones estatales de cara a la gubernatura de <b>San Luis Potosí</b> en 2027. La fractura se origina en la figura de <b>Ruth González</b> Silva, esposa del gobernador <b>Ricardo Gallardo</b> Cardona, a quien el Verde no descarta postular pese a la política antinepotismo de su aliado.</p><p>El coordinador nacional electoral del Verde, <b>Arturo Escobar</b>, confirmó que la medida antinepotismo es exclusiva de Morena y no vincula a su partido, cabe destacar que, en San Luis Potosí, <b>Ruth González encabeza las opciones del Verde </b>para la candidatura al gobierno estatal.</p><p>La posibilidad de una coalición no está descartada. Escobar señaló que “<b>hasta que no se agote la fecha límite legal</b>, que será seguramente a mediados de enero, siempre hay una viabilidad de construir un acuerdo”. Morena, por su parte, mantiene su postura: dirigentes como Ariadna Montiel y Citlalli Hernández sostienen que la política del partido es no respaldar a familiares directos del gobernante en turno para cargos de elección popular.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MAPZ6QZLF5HOJDPNVQZKZU3DIU.png?auth=2e266e5bcd45d3d50208cdd7708cee5b44a30672d7441687dc5bdb85fe940529&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/png" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Morena aplicará filtro a candidaturas de 2027 a través de la UIF, SAT y la Secretaría de Seguridad. (Foto: Morena)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Ingresos del Gobierno Federal crecen 36 mil mdp en 2026; recaudación del IVA e ISR impulsa las finanzas públicas]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/ingresos-del-gobierno-federal-crecen-36-mil-mdp-en-mayo-recaudacion-del-iva-e-isr-impulsa-las-finanzas-publicas/</guid><dc:creator><![CDATA[Nadia Virgilio]]></dc:creator><description><![CDATA[En su más reciente comunicado, el SAT detalló que los ingresos tributarios ascendieron a 2 billones 477 mil 738 millones de pesos entre enero y mayo de 2026]]></description><pubDate>Tue, 30 Jun 2026 19:39:07 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7MNUFAZRRZE23ARRA2WYRA7LKQ.png?auth=3d4f58ec5549e719bebb0bf757fcdbfbd1fa4082f3d78aaafb941acd3553f04f&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una ilustración conceptual señala el crecimiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México, con gráficos ascendentes y el escudo nacional del país. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Los <b>ingresos tributarios</b> en México mantienen una tendencia positiva durante 2026. El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> informó que, de enero a mayo, el <b>Gobierno Federal</b> obtuvo ingresos por <b>2 billones 781 mil 646 millones de pesos</b>, cifra que representa un incremento nominal de <b>35 mil 994 millones de pesos</b> respecto al mismo periodo del año anterior.</p><p>De acuerdo con el organismo, el crecimiento se explica principalmente por el buen desempeño de la recaudación de impuestos como el <b>Impuesto sobre la Renta (ISR)</b>, el <b>Impuesto al Valor Agregado (IVA)</b> y el <b>Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)</b>, recursos que financian programas sociales, infraestructura, salud, educación y otras acciones del gasto público.</p><h2>Ingresos tributarios superan los 2.47 billones de pesos</h2><p>En su más reciente comunicado, el <b>SAT</b> detalló que los <b>ingresos tributarios</b> ascendieron a <b>2 billones 477 mil 738 millones de pesos</b> entre enero y mayo de 2026.</p><p>Esto significa un incremento nominal de <b>65 mil 848 millones de pesos</b> respecto a los primeros cinco meses de 2025, consolidando a la recaudación fiscal como una de las principales fuentes de financiamiento del Gobierno mexicano.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/L63W6RAFLJBJJLL2GLKAUJXCQM.png?auth=7d7d42cac3449790cc67747cee962c495baa6e1374feadda594d1eaa37200f8b&smart=true&width=909&height=409" alt="" height="409" width="909"/><p>El reporte también destaca el comportamiento de los principales impuestos:</p><ul><li><b>ISR:</b> 1 billón 345 mil 229 millones de pesos recaudados.</li><li><b>IVA:</b> 703 mil 351 millones de pesos, con un aumento de <b>49 mil 809 millones</b> respecto al mismo periodo de 2025.</li><li><b>IEPS:</b> 298 mil 799 millones de pesos, equivalente a un incremento de <b>30 mil 351 millones de pesos</b> frente al año anterior.</li></ul><h2>SAT reconoce el cumplimiento de los contribuyentes</h2><p>El organismo encabezado por la <b>Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)</b> reconoció a las personas físicas y morales que cumplen oportunamente con sus obligaciones fiscales.</p><p>Según explicó el <b>SAT</b>, el pago de impuestos permite obtener recursos que posteriormente se destinan al <b>desarrollo económico</b>, la prestación de servicios públicos y el <b>bienestar de la población mexicana</b>.</p><p>Además, la gráfica incluida en el comunicado muestra que los ingresos del Gobierno Federal han mantenido una tendencia de crecimiento durante los últimos años. Entre enero y mayo de 2020 se registraban <b>1.78 billones de pesos</b>, mientras que para el mismo periodo de 2026 la cifra alcanzó <b>2.78 billones</b>, reflejando un aumento acumulado cercano al billón de pesos en seis años.</p><h2>¿Qué impuestos aportan más recursos al Gobierno de México?</h2><p>La mayor parte de los ingresos tributarios proviene de tres gravámenes:</p><ul><li><b>Impuesto sobre la Renta (ISR):</b> grava los ingresos de trabajadores, empresas y personas con actividad económica, por lo que suele representar la mayor fuente de recaudación.</li><li><b>Impuesto al Valor Agregado (IVA):</b> se aplica al consumo de bienes y servicios y constituye el segundo impuesto más importante para las finanzas públicas.</li><li><b>Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS):</b> se cobra sobre productos específicos como combustibles, bebidas alcohólicas, cigarros, refrescos y alimentos con alta densidad calórica.</li></ul><p>El desempeño de estos impuestos suele utilizarse como un indicador de la actividad económica y del consumo interno. Cuando la economía mantiene un ritmo favorable, la recaudación también tiende a incrementarse.</p><h2>¿En qué se utilizan los impuestos que recauda el SAT?</h2><p>Los recursos obtenidos mediante la recaudación tributaria integran una parte fundamental del presupuesto del <b>Gobierno Federal</b>.</p><p>Entre otros rubros, el dinero recaudado permite financiar:</p><ul><li><b>Programas sociales</b> y pensiones.</li><li><b>Servicios de salud</b> y adquisición de medicamentos.</li><li><b>Educación pública</b> en todos los niveles.</li><li><b>Infraestructura carretera, hidráulica y de transporte.</b></li><li><b>Seguridad pública</b> y procuración de justicia.</li><li>Operación de dependencias federales y organismos públicos.</li></ul><p>Un mayor nivel de recaudación también puede reducir la necesidad de contratar deuda pública para cubrir el gasto gubernamental, fortaleciendo la estabilidad de las finanzas nacionales.</p><p>Con el reporte correspondiente a enero-mayo de 2026, el <b>SAT</b> destacó que la recaudación continúa mostrando resultados positivos gracias al cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, así como a las acciones de fiscalización y eficiencia administrativa implementadas durante el año.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/7MNUFAZRRZE23ARRA2WYRA7LKQ.png?auth=3d4f58ec5549e719bebb0bf757fcdbfbd1fa4082f3d78aaafb941acd3553f04f&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una ilustración conceptual señala el crecimiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México, con gráficos ascendentes y el escudo nacional del país. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Regularización fiscal 2026: el SAT elimina hasta el 100% de tus multas y recargos si cumples estos requisitos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/regularizacion-fiscal-2026-el-sat-elimina-hasta-el-100-de-tus-multas-y-recargos-si-cumples-estos-requisitos/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[Las personas físicas y las empresas con deudas previas pueden cubrir solo el gravamen original si cumplen plazos, topes de ingresos y requisitos según el origen del crédito fiscal]]></description><pubDate>Tue, 30 Jun 2026 19:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR5OEY7KA5BQHB4OEFAT2PB524.png?auth=10bd48b9b6c8f36c4d9cff3ca3613adf212102c335f025cdd2a3410a3101e090&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El Programa de Regularización Fiscal 2026 tiene fechas límite distintas según el tipo de adeudo del contribuyente. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) pone en marcha en 2026 un programa que permite a personas físicas y empresas con <b>adeudos</b> de años anteriores pagar solo el impuesto original <b>sin multas</b> ni recargos.</p><p>El programa arrancó el 1 de enero de 2026 y tiene <b>fechas límite</b> distintas según el tipo de adeudo. </p><p>Quien no actúe a tiempo pierde el beneficio y deberá cubrir el monto completo, incluidos <b>recargos y sanciones</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El programa está dirigido a personas físicas y a micro, pequeñas y medianas empresas con adeudos pendientes ante el SAT o la ANAM. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Lo que el SAT no adelanta es cuánto puede ahorrar un contribuyente ni cuáles son las condiciones exactas que determinan si la reducción es del<b> 100% o del 90%</b>. Eso depende del <b>tipo de deuda</b> y de cómo se originó.</p><h2>Así se calcula cuánto te descuenta el SAT: 100% o 90% según el tipo de deuda</h2><p>El programa cubre adeudos de ejercicios <b>2024 o anteriores</b> determinados tanto por el SAT como por la Agencia Nacional de Aduanas de México <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/01/hacienda-uif-y-aduanas-protegen-el-comercio-exterior-firman-convenio-contra-el-contrabando/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/01/hacienda-uif-y-aduanas-protegen-el-comercio-exterior-firman-convenio-contra-el-contrabando/">(ANAM)</a>. </p><p>Incluye multas por infracciones a <b>leyes fiscales</b>, <b>aduaneras</b> y de <b>comercio exterior</b>, así como multas con agravantes.</p><p>Según el <a href="https://www.sat.gob.mx/minisitio/RegularizacionFiscal/RegularizacionFiscal/index.html" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/minisitio/RegularizacionFiscal/RegularizacionFiscal/index.html">portal oficial</a> del SAT, la reducción del <b>100%</b> aplica cuando el crédito fiscal incluye contribuciones federales omitidas —propias, retenidas o trasladadas—, aprovechamientos o <b>cuotas compensatorias</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/A53NN7NQQJHAZHJASDHFFYF6GU.png?auth=e08dc4d095e75a515e71ca8c30b17b053ae9df3bf86faca3de90d5b7a60e0854&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El estímulo fiscal no se considera ingreso acumulable para efectos del ISR y no genera devolución, compensación ni saldo a favor.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>En ese caso, las multas, los recargos y los<b> gastos de ejecución </b>asociados desaparecen del monto a pagar.</p><p>La reducción baja al <b>90%</b> cuando el crédito fiscal está integrado exclusivamente por multas derivadas del <b>incumplimiento </b>de obligaciones distintas al pago, por ejemplo, no presentar una<b> declaración informativa</b>.</p><p>En ese caso, el porcentaje de disminución aplica siempre que el contribuyente<b> cumpla la obligación</b> omitida que dio origen a la multa.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ET2GUZLAVRG7RNNW2SJB2JCKVU.png?auth=97db251583b64b809d9cc4b2cfbaa5a9ac0bfd5a976dbb0504ee13c98047c506&smart=true&width=1408&height=768" alt="El pago de contribuciones no puede realizarse en especie ni mediante compensación.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Tu situación fiscal determina cuál de las tres vías debes seguir para obtener el beneficio</h2><p>El SAT establece tres vías de <b>acceso al beneficio</b>, según la situación fiscal del contribuyente.</p><p>El primero aplica a quienes<b> detectan su propio adeudo</b> sin que la autoridad lo haya determinado. </p><p>Deben presentar la declaración correspondiente en el <a href="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home">portal del SAT</a>, seleccionar la opción “Estímulo de regularización fiscal” en el campo de estímulos y realizar el pago en una sola exhibición antes del <b>31 de diciembre </b>de 2026.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2TVACINCZJE3NBJT4DEQ3EU4OA.png?auth=2d13fcd41d3f9c0957fecc124b6352f59d400fd88b8cfe6f6b4026523c20b54e&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía explica las tres vías de acceso que el SAT ofrece para la regularización de adeudos fiscales en México, detallando sus plazos y condiciones hasta 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El segundo corresponde a contribuyentes que ya están bajo facultades de comprobación, es decir, en medio de una <b>auditoría</b>. </p><p>Pueden acceder al beneficio si se autocorrigen y pagan dentro del plazo que fije la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/07/quienes-recibiran-auditorias-del-sat-este-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/07/quienes-recibiran-auditorias-del-sat-este-2026/">autoridad revisora</a>, antes de que se emita la <b>resolución definitiva</b> y a más tardar el último día del año. </p><p>El tercero es para quienes ya tienen un crédito fiscal firme <b>notificado</b>, incluso si lo impugnaron. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/V4RLFLEL6FG5FAYZQWT5LLFO5A.png?auth=4a82b7b344385a0ca18a940567c76cc1a70e73b8872ff931d73ad0323f45b3a0&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Los contribuyentes en auditoría pueden acceder al beneficio si se autocorrigen antes de que la autoridad emita la resolución definitiva. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Deben ingresar a <a href="https://www.sat.gob.mx/portal/private/aplicacion/mi-portal" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/portal/private/aplicacion/mi-portal">Mi Portal</a>, seleccionar la opción ESTIMULO FISCAL LIF 2026 y presentar la solicitud antes del <b>31 de octubre </b>de 2026. </p><p>Si el adeudo está impugnado, deben adjuntar el acuse de desistimiento. </p><p>En este supuesto, el pago puede hacerse hasta en seis parcialidades, con la última a más tardar el <b>30 de noviembre </b>de 2026.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt=" Quienes detectan su propio adeudo deben realizar el pago en una sola exhibición a más tardar el 31 de diciembre de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>Requisitos y condiciones que excluyen del programa</h2><p>El beneficio aplica a contribuyentes cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal 2024 no excedieron los <b>300 millones de pesos </b>mexicanos.</p><p>El SAT<b> excluye</b> a quienes recibieron condonaciones en programas generalizados anteriores al<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/suprema-corte-rechaza-atraer-amparo-de-fofo-marquez-sentenciado-a-17-anos-por-tentativa-de-feminicidio/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/suprema-corte-rechaza-atraer-amparo-de-fofo-marquez-sentenciado-a-17-anos-por-tentativa-de-feminicidio/"> amparo </a>del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2019.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="La reducción del 100% aplica cuando el crédito fiscal incluye contribuciones federales omitidas, aprovechamientos o cuotas compensatorias. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Tampoco pueden solicitar el beneficio quienes <b>ya fueron beneficiados</b> por el estímulo del Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2025.</p><p>También quedan fuera quienes tengan <b>sentencia condenatoria </b>firme por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/la-secretaria-anticorrupcion-lleva-a-juicio-a-cuatro-servidores-publicos-por-contratos-ilicitos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/30/la-secretaria-anticorrupcion-lleva-a-juicio-a-cuatro-servidores-publicos-por-contratos-ilicitos/">delitos fiscales</a>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YIW6QIP5TFA3FM4CLFE3UJKN4Q.png?auth=8ddccd4582b205c22edcd2ec1c41d8739b178e4e508e3bfdc1dfc2120b09e574&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una infografía detalla los requisitos de ingresos y consentimiento de adeudo, junto con las exclusiones para acceder al estímulo fiscal del SAT en México para 2024. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Lo mismo aplica para las instituciones y organismos que ejecutan<b> gasto federal</b>, referidos en el artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.</p><p>El SAT advierte que al presentar la solicitud de créditos firmes, el contribuyente<b> consiente íntegramente </b>el adeudo. Si después lo impugna, el estímulo <b>pierde efectos</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR5OEY7KA5BQHB4OEFAT2PB524.png?auth=10bd48b9b6c8f36c4d9cff3ca3613adf212102c335f025cdd2a3410a3101e090&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Un funcionario revisa documentos en un expediente de papel sobre su escritorio en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria de México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT puede inmovilizar cuentas de nómina sin aviso previo: en qué casos y cómo afecta a los trabajadores mexicanos]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/29/sat-puede-inmovilizar-cuentas-de-nomina-sin-aviso-previo-en-que-casos-y-como-afecta-a-los-trabajadores-mexicanos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/29/sat-puede-inmovilizar-cuentas-de-nomina-sin-aviso-previo-en-que-casos-y-como-afecta-a-los-trabajadores-mexicanos/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El SAT tiene facultad legal para ordenar a bancos y la CNBV el bloqueo de cuentas bancarias por deudas fiscales firmes o impugnadas sin que se requiera notificación anticipada al titular, según el Código Fiscal de la Federación]]></description><pubDate>Mon, 29 Jun 2026 12:16:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DIQT5UXP4JF3ZGTTOG7ZZXU7UE.png?auth=bd4d2bf681bae4aba21d9ad205e4998b6ed3b78904cb4759b7f4e6d137e039d4&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Cuando se trata de pensiones alimenticias, la protección opera de forma distinta: el embargo puede aplicarse sobre la totalidad del excedente del salario mínimo, sin el límite del 30%. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/25/embargo-de-cuentas-bancarias-por-el-sat-en-que-casos-procede-y-cuales-fondos-estan-protegidos-segun-la-ley/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/25/embargo-de-cuentas-bancarias-por-el-sat-en-que-casos-procede-y-cuales-fondos-estan-protegidos-segun-la-ley/"><b>La cuenta de nómina puede ser embargada</b> </a>en México, aunque la ley fija límites precisos que la mayoría de trabajadores y patrones desconoce. El salario mínimo es inembargable por mandato constitucional, pero el excedente sí puede retenerse, bajo condiciones y porcentajes estrictamente regulados.</p><p>El artículo 112 de la <b>Ley Federal del Trabajo (LFT)</b> establece que los salarios no podrán ser embargados, salvo en el caso de pensiones alimenticias decretadas por autoridad competente. No obstante, la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/bloqueos-de-cuentas-bancarias-solo-deben-proceder-con-orden-judicial-en-ciertos-casos-proponen-diputados/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/bloqueos-de-cuentas-bancarias-solo-deben-proceder-con-orden-judicial-en-ciertos-casos-proponen-diputados/"><b>Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)</b></a> precisó el alcance real de esa protección: una autoridad jurisdiccional sí puede ordenar el embargo sobre el excedente del salario mínimo para garantizar obligaciones de carácter civil o mercantil, pero únicamente hasta el 30% de ese excedente.</p><p>Cuando se trata de pensiones alimenticias, la protección opera de forma distinta: el embargo puede aplicarse sobre la totalidad del excedente del salario mínimo, sin el límite del 30%.</p><h2>El salario mínimo, el único monto intocable</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VUHGOWE2F5EVBOVKRWARZIESCU.png?auth=35336e355b70a50590a8e8efc5c53176d32c3c957b1f96bd78e77d9021668a37&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Solo la parte del ingreso que supera ese mínimo entra en el cómputo del embargo. Y aun sobre ese excedente, la ley no permite retener la totalidad: fija el 30% como techo general, salvo en materia de alimentos. (Imagen de referencia IA)" height="1536" width="2752"/><p>La fracción VIII del artículo 123 de la <b>Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</b> establece que el salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento. Ese umbral es el punto de partida de cualquier cálculo.</p><p>Solo la parte del ingreso que supera ese mínimo entra en el cómputo del embargo. Y aun sobre ese excedente, la ley no permite retener la totalidad: fija el 30% como techo general, salvo en materia de alimentos.</p><p>La SCJN también aclaró que, si el salario ya está parcialmente afectado por una pensión alimenticia, la protección del 30% se aplica únicamente sobre la fracción del excedente que no está comprometida por esa pensión.</p><h2>El SAT puede bloquear la cuenta sin avisar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NHI7UQNXIRA65EX23UEB3ETRSE.png?auth=ae5c2a3b967f46fafe825bf736111ab51b857ac4d6a675c63877131ad24196b2&smart=true&width=1408&height=768" alt="El oficio de bloqueo se dirige directamente a la institución financiera o a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). El banco tiene hasta tres días hábiles para ejecutar la medida. Solo entonces, en un plazo máximo de otros tres días, el SAT notifica al titular vía buzón tributario, estrados o edictos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El <b>artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF)</b> faculta al <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> para ordenar la inmovilización de depósitos bancarios en cualquier tipo de cuenta —incluidas las de nómina— sin notificar primero al titular.</p><p>El oficio de bloqueo se dirige directamente a la institución financiera o a la <b>Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)</b>. El banco tiene hasta tres días hábiles para ejecutar la medida. Solo entonces, en un plazo máximo de otros tres días, el SAT notifica al titular vía buzón tributario, estrados o edictos.</p><p>La autoridad puede actuar así en dos supuestos: cuando el crédito fiscal ya es firme —es decir, una deuda determinada, notificada y no impugnada en tiempo— o cuando el crédito está impugnado pero no garantizado y el contribuyente no es localizable, la garantía es insuficiente o los bienes embargados previamente no cubren el adeudo.</p><h2>Qué cuentas pueden bloquearse y cuáles están protegidas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/T4CJFKXW7RAXLFXLGXX66NV72E.png?auth=752ea766e1dffbdc85a0a89265e9b4401c21c51f9c72f09963725dd40a33821d&smart=true&width=1408&height=768" alt="La ley excluye expresamente las cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE), incluidas las aportaciones voluntarias, hasta por el monto de las aportaciones realizadas conforme a la ley de la materia. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Son susceptibles de embargo las cuentas de cheques, ahorro, nómina, inversiones y cualquier depósito en moneda nacional o extranjera registrado a nombre del contribuyente en entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.</p><p>La ley excluye expresamente las <b>cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE)</b>, incluidas las aportaciones voluntarias, hasta por el monto de las aportaciones realizadas conforme a la ley de la materia.</p><p>La SCJN emitió recientemente una resolución que abre una excepción: las cuentas AFORE sí pueden ser embargadas cuando el titular adeuda pensión alimenticia,<b> no posee otros bienes embargables</b> y se encuentra sin empleo formal. En ese caso, el monto máximo a retener será el menor entre 75 días del salario base de cotización de los últimos cinco años o el 10% del saldo total acumulado en la subcuenta de retiro.</p><h2>La obligación del patrón y sus límites</h2><p>El artículo 112 de la LFT precisa que los patrones <b>no están obligados a cumplir ninguna otra orden judicial o administrativa de embargo</b> que no provenga de autoridad competente en materia de pensiones alimenticias.</p><p>Eso significa que, ante una orden de embargo por deuda civil o mercantil, el patrón no tiene obligación legal de retener el salario del trabajador directamente en nómina. La medida recae sobre la cuenta bancaria, no sobre el empleador.</p><p>El monto bloqueado por el SAT corresponde al adeudo fiscal actualizado, más recargos, multas y gastos de ejecución. La ley prohíbe que el embargo exceda ese importe, ya sea que recaiga sobre una sola cuenta o sobre varias.</p><h2>Derechos del trabajador ante un embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La autoridad tiene un plazo máximo de cinco días para resolver y notificar si acepta o rechaza la garantía. Si no lo hace en ese término, la entidad financiera debe levantar la inmovilización. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El CFF reconoce al contribuyente el derecho de designar los bienes a embargar, siempre que siga el orden legal: primero dinero y depósitos bancarios, luego acciones y valores, después bienes muebles y, al final, bienes inmuebles.</p><p>Si ya se ejecutó el bloqueo de una cuenta, el titular puede ofrecer una garantía sustituta para liberar los fondos. El artículo 141 del CFF acepta depósito en dinero o carta de crédito bancaria, prenda o hipoteca, fianza de institución autorizada, obligación solidaria de tercero solvente, embargo en vía administrativa, y títulos valor o cartera de créditos propios.</p><p>La autoridad tiene un plazo máximo de cinco días para resolver y notificar si acepta o rechaza la garantía. Si no lo hace en ese término, la entidad financiera debe levantar la inmovilización.</p><h2>Vías para impugnar el bloqueo</h2><p>Ante un embargo que el contribuyente considere indebido, el CFF y la legislación procesal fiscal prevén tres vías: el recurso de revocación ante el propio SAT, el juicio de nulidad ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b> y el juicio de amparo, cuando se alegan violaciones a derechos constitucionales.</p><p>El artículo 151 del CFF establece que no procede el embargo respecto de créditos fiscales que hayan sido impugnados en sede administrativa o jurisdiccional y se encuentren debidamente garantizados conforme a las disposiciones legales aplicables.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DIQT5UXP4JF3ZGTTOG7ZZXU7UE.png?auth=bd4d2bf681bae4aba21d9ad205e4998b6ed3b78904cb4759b7f4e6d137e039d4&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un trabajador mexicano con la cabeza entre las manos observa la pantalla de un cajero automático que indica el embargo de su cuenta bancaria por el SAT y el rechazo de su operación. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Exfuncionario del SAT es inhabilitado un año por ocultar más de 1.5 millones de pesos en su patrimonio]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/exfuncionario-del-sat-es-inhabilitado-un-ano-por-ocultar-mas-de-15-millones-de-pesos-en-su-patrimonio/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/exfuncionario-del-sat-es-inhabilitado-un-ano-por-ocultar-mas-de-15-millones-de-pesos-en-su-patrimonio/</guid><dc:creator><![CDATA[Fernando Ortiz]]></dc:creator><description><![CDATA[La Secretaría Anticorrupción advirtió que continuará investigando a servidores y ex servidores públicos ]]></description><pubDate>Sun, 28 Jun 2026 23:05:50 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ROWIN4Q2AFEIPGHGGPWE2V34AI.png?auth=af5116b738944a25c5df05f0653f834ac2c6383186d27a57eba4f70999054918&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Exfuncionario del SAT es inhabilitado un año por ocultar más de un millón de pesos en su patrimonio. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa</b> inhabilitó por un año a Jaime “N”, exadministrador de la <b>Aduana de Lázaro Cárdenas</b>, Michoacán, por <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/09/nuevo-procesamiento-para-julio-de-vido-casanello-lo-acuso-de-enriquecimiento-ilicito-y-trabo-un-embargo-por-998-millones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/09/nuevo-procesamiento-para-julio-de-vido-casanello-lo-acuso-de-enriquecimiento-ilicito-y-trabo-un-embargo-por-998-millones/">falsear sus declaraciones</a> de situación patrimonial para ocultar un incremento de 1 millón 532 mil 452 pesos que no pudo explicar ni justificar ante las autoridades federales.</p><p>La sanción fue anunciada este domingo por la<b> Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno </b>(SABG) a través del Comunicado 070. La dependencia precisó que Jaime “N” era ex servidor público del <a href="https://www.infobae.com/politica/2026/03/13/el-gobierno-creo-un-consejo-para-prevenir-el-enriquecimiento-ilicito-y-el-lavado-de-activos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2026/03/13/el-gobierno-creo-un-consejo-para-prevenir-el-enriquecimiento-ilicito-y-el-lavado-de-activos/">Servicio de Administración Tributaria (SAT) </a>y que su conducta fue calificada como una infracción grave.</p><p>El caso representa uno de los resultados más recientes del trabajo de fiscalización patrimonial que lleva a cabo la <b>SABG</b> sobre ex funcionarios federales, en el que las declaraciones de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/vinculan-a-proceso-a-exfuncionarios-del-imss-y-el-cicese-por-enriquecimiento-ilicito/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/vinculan-a-proceso-a-exfuncionarios-del-imss-y-el-cicese-por-enriquecimiento-ilicito/">situación patrimonial</a> funcionan como principal instrumento de detección.</p><h2>La investigación que destapó el caso</h2><p>La Unidad de Combate a la Impunidad de la SABG condujo la indagatoria que permitió acreditar la irregularidad ante el tribunal. El organismo demostró que el exfuncionario faltó deliberadamente a la veracidad en sus declaraciones patrimoniales con el propósito de disimular un aumento en su patrimonio que no correspondía a sus ingresos reportados.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TP6TPD2AW5CUHIZZUXFIU6VUSI.png?auth=5a521e95bf44b77fd846192689cb08c1da83e84f9f64bd32fb911457eec2bfce&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El incremento de más de 1.5 millones de pesos no contó con respaldo documental ni con una explicación válida durante el proceso de investigación. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El incremento de más de 1.5 millones de pesos no contó con respaldo documental ni con una explicación válida durante el proceso de investigación. La SABG concluyó que la omisión no fue accidental, sino una acción deliberada para ocultar bienes ante las autoridades.</p><h2>El exfuncionario y su aduana</h2><p>Jaime “N” se desempeñó como administrador de la <b>Aduana de Lázaro Cárdenas</b>, ubicada en el estado de <b>Michoacán</b>. El comunicado de la SABG no estableció ningún vínculo entre la sanción administrativa y operaciones ilícitas en ese recinto aduanero.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AGV7ZOZ6MJFEJOQMCBQ6JE4ZZ4.jpg?auth=5a6fe43c3106943ac861e0ab94af2feff39dfe6435e2c218a9a03e5c39c5ae39&smart=true&width=1280&height=854" alt="Aduana de Lázaro Cárdenas. Créditos: SEDECO" height="854" width="1280"/><p>La dependencia tampoco proporcionó detalles sobre el periodo en que Jaime “N” ocupó el cargo ni sobre las circunstancias en que concluyó su función como servidor público del SAT.</p><h2>Sanción firme, pero impugnable</h2><p>La <b>SABG</b> aclaró que Jaime “N” tiene derecho a impugnar la resolución del <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa</b> ante las instancias que correspondan. No obstante, la dependencia anticipó que, de presentarse ese escenario, defenderá el fallo “con la misma firmeza con que fue investigado”, según el texto compartido por la dependencia.</p><p>La inhabilitación por un año le impide al ex funcionario ocupar cargos, empleos o comisiones dentro del servicio público federal durante ese plazo.</p><h2>Sanciones por ocultar bienes en una declaración patrimonial</h2><p>En <b>México</b>, ocultar o falsear bienes en la declaración patrimonial constituye una falta administrativa grave sancionada por el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa</b>. Las consecuencias van desde inhabilitación de tres meses hasta 20 años, destitución del cargo, multas de hasta tres veces el monto ocultado y, si el caso lo amerita, denuncia penal ante la <b>FGR</b> por enriquecimiento ilícito. </p><p>La autoridad también puede ordenar un embargo precautorio sobre el patrimonio del implicado durante el proceso, según establecen la <b>Ley General de Responsabilidades Administrativas</b> y la <b>Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos</b>.</p><h2>Denuncia ciudadana, parte del mecanismo</h2><p>La dependencia convocó a la ciudadanía a reportar posibles actos de corrupción a través del <b>Sistema Integral de Denuncias Ciudadanas</b>, disponible en denuncias.gob.mx. En el comunicado sostuvo que denunciar “no solo es un derecho: es también un deber cívico para proteger los recursos públicos”.</p><p>La <b>SABG</b> subrayó que la vigilancia sobre el uso del erario no recae exclusivamente en las instituciones del Estado, y que la participación de la sociedad resulta necesaria para fortalecer los mecanismos de control.</p><p>La dependencia reiteró que continuará investigando conductas irregulares de servidores y ex servidores públicos, al considerar que <b>“quien se corrompe en el ejercicio de una función pública traiciona la confianza del pueblo y debe enfrentar consecuencias”</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ROWIN4Q2AFEIPGHGGPWE2V34AI.png?auth=af5116b738944a25c5df05f0653f834ac2c6383186d27a57eba4f70999054918&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Exfuncionario del SAT es inhabilitado un año por ocultar más de un millón de pesos en su patrimonio. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Buen Gobierno informa que se cumplió una orden de aprehensión contra un trabajador del SAT por presunto enriquecimiento ilícito]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/buen-gobierno-informa-que-se-cumplio-una-orden-de-aprehension-contra-un-trabajador-del-sat-por-presunto-enriquecimiento-ilicito/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/buen-gobierno-informa-que-se-cumplio-una-orden-de-aprehension-contra-un-trabajador-del-sat-por-presunto-enriquecimiento-ilicito/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[Dicha acción deriva de una denuncia presentada en noviembre de 2022 ante la FGR]]></description><pubDate>Sun, 28 Jun 2026 22:15:10 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMIDLINHLBAQZIPATW4ZRNFAWA.png?auth=fe9284fc7c4686f8ebded3dc6ebce671c8a00dc12b88098f55df571a698e5523&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El comunicado refiere a lo difundido por la FGR sobre la detención de Héctor “N”, es servidor público del SAT, por una orden de aprehensión vinculada a una investigación. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La Secretaría <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/15/buen-gobierno-sanciona-a-39-servidores-publicos-entre-los-castigos-esta-una-multa-de-mil-millones-de-pesos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/15/buen-gobierno-sanciona-a-39-servidores-publicos-entre-los-castigos-esta-una-multa-de-mil-millones-de-pesos/"><b>Anticorrupción</b> </a>y Buen Gobierno informó este 28 de junio que se cumplió una <b>orden de aprehensión</b> contra <b>Héctor “N”</b>, ex servidor público del <b>SAT</b> que ocupó un <b>cargo </b>entre 2011 y 2018, de acuerdo con un comunicado y en referencia a lo difundido por la <b>FGR</b>.</p><p>Según la dependencia, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/"><b>SAT </b></a>presentó en noviembre de 2022 una <b>denuncia </b>de hechos ante la <b>FGR </b>contra el ex trabajador por el delito de enriquecimiento ilícito, tras detectar irregularidades durante un procedimiento de verificación de situación patrimonial.</p><p><b>Anticorrupción </b>y Buen Gobierno precisó que la <b>carpeta de investigación</b> sigue en curso en la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/tigres-un-lince-y-caballos-el-hallazgo-de-la-fgr-en-durango-tras-un-reporte-de-personas-armadas-y-animales-exoticos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/28/tigres-un-lince-y-caballos-el-hallazgo-de-la-fgr-en-durango-tras-un-reporte-de-personas-armadas-y-animales-exoticos/"><b>Fiscalía </b></a>Especializada en Materia de Combate a la Corrupción, y subrayó que se presume la <b>inocencia </b>de la persona <b>señalada </b>mientras no exista <b>sentencia </b>condenatoria de una <b>autoridad </b>judicial competente.</p><p>Además, la <b>Secretaría </b>reafirmó su compromiso contra la corrupción al concluir que<i> “</i><i><b>nadie </b></i><i>podrá </i><i><b>obtener</b></i><i>, </i><i><b>manejar </b></i><i>ni </i><i><b>beneficiarse </b></i><i>de </i><i><b>recursos ilícitos </b></i><i>y que cualquier </i><i><b>conducta indebida </b></i><i>será </i><i><b>investigada </b></i><i>y </i><i><b>sancionada </b></i><i>conforme a la ley.”</i></p><h2>FGR aprehende a un ex funcionario del SAT por posible enriquecimiento ilícito</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WQOZHY6DLBDQFAT4MTG5KXPVQU.jpg?auth=fcb294acff30e8be48e78eac11c7d34ce32e6cecfee8af77cc25eb28baa0dda1&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La denuncia que origina la investigación se presentó en noviembre de 2022 y la carpeta permanece abierta en la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción. 
Créditos: Cuartoscuro/PROFECO" height="1080" width="1920"/><p>La <b>FGR</b> informó la aprehensión de <b>Héctor</b> “N”, ex funcionario del <b>SAT</b> entre 2011 y 2018, por su posible participación en el delito de <b>enriquecimiento ilícito</b>; el caso se originó en una <b>denuncia </b>presentada en noviembre de 2022 y la <b>investigación </b>sigue <b>abierta </b>en la <b>Fiscalía </b>Especializada en Materia de Combate a la <b>Corrupción</b> (<b>FEMCC</b>).</p><p>De acuerdo con la información del Gabinete de Seguridad compartida el pasado 13 de junio, la <b>captura </b>se realizó en un domicilio de la colonia <b>Felipe Carrillo Puerto</b>, en el municipio de <b>Xalapa</b>, <b>Veracruz</b>. De acuerdo con la <b>FGR</b>, el operativo se ejecutó después de <b>vigilancias fijas </b>y móviles en distintos <b>días </b>y <b>horarios </b>para confirmar su presencia en ese lugar.</p><h2>La investigación se desprende de una denuncia presentada en noviembre de 2022</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QWHA2EERDJBD3O35ED2HBB2CWY.jpg?auth=b77509f73542d040c2aaf4d268bf360daf47f511ce89ec6318d13b7b593005f7&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La FGR indicó que el detenido probablemente habría recibido un bien inmueble como pago por un contrato de prestación de servicios que no fue realizado. 
Credito: Cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p>Según la <b>FGR</b>, elementos de la Agencia de <b>Investigación Criminal </b>desarrollaron técnicas de <b>investigación</b>, <b>análisis </b>patrimonial, verificación de <b>domicilios </b>y trabajos de <b>inteligencia </b>que permitieron cumplimentar la <b>orden </b>de <b>aprehensión</b>. La dependencia añadió que el <b>Ministerio Público </b>Federal adscrito a la <b>FEMCC</b> solicitó y obtuvo el mandamiento judicial con base en los datos de prueba reunidos.</p><p>La <b>acusación </b>sostiene que <b>Héctor “N” posiblemente incrementó </b>su <b>patrimonio </b>sin <b>justificación</b>. La FGR también indicó que probablemente habría recibido un <b>bien inmueble </b>como pago por un <b>contrato </b>de prestación de <b>servicios </b>que no fue <b>realizado</b>.</p><p>Ese es el señalamiento central del caso: la autoridad federal lo buscó por su presunta <b>participación </b>en hechos que, a partir de la <b>indagatoria </b>patrimonial, podrían constituir <b>enriquecimiento ilícito</b>. La carpeta de investigación permanece en curso en la fiscalía especializada.</p><p>La <b>FGR </b>señaló que el <b>arresto </b>se llevó a cabo con apoyo de <b>autoridades </b>del <b>Gabinete de Seguridad</b>. Después de su <b>aseguramiento</b>, la persona <b>detenida </b>fue puesta a <b>disposición </b>de la <b>autoridad </b>competente.</p><p>Durante la aprehensión, agregó la <b>fiscalía</b>, se le leyó la <b>Cartilla de Derechos </b>de las Personas en <b>Detención</b>. La dependencia sostuvo que en el procedimiento se garantizó el <b>debido proceso </b>y el respeto a sus derechos humanos.</p><h2>La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno sanciona a 39 servidores públicos por faltas graves y no graves</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CW7TUZNV7BFJHPAVVKRU7GFULM.jpg?auth=5db1bb17d6c91d093928f1d70a4633b3dc62f352eac768c674ba749d11ab8d78&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La multa más alta (más de mil millones de pesos) recayó en cuatro exfuncionarios de CFE por la contratación en 2017 de 82 mil optimizadores de tensión que no eran necesarios. 
Credito: cuartoscuro" height="1080" width="1920"/><p><b>Anticorrupción </b>y Buen Gobierno informó el pasado 14 de junio que sancionó a <b>39</b> <b>personas servidoras </b>públicas por faltas <b>graves </b>y <b>no graves </b>en <b>dependencias </b>federales, con castigos que incluyen <b>amonestaciones</b>, <b>suspensiones</b>, <b>inhabilitaciones </b>de hasta <b>20 años</b> y una <b>multa </b>solidaria de <b>1 mil 192 millones 500 mil pesos</b>; en los casos graves, las <b>resoluciones </b>las impuso el <b>TFJA</b>, y en los no graves actuó la propia <b>dependencia </b>con base en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.</p><p>La <b>sanción económica </b>más alta recae en cuatro <b>exfuncionarios </b>de <b>CFE</b> por la <b>contratación</b>, en 2017, de 82 mil <b>optimizadores </b>de tensión que no eran <b>necesarios </b>para la prestación del suministro eléctrico. Además de la multa solidaria, tres de ellos fueron <b>inhabilitados </b>por 20 años y uno por 10.</p><p>En el <b>SAT</b>, Rubén D., adscrito a la Administración Desconcentrada de <b>Auditoría </b>Fiscal de Quintana Roo “2”, fue suspendido <b>90 días </b>por la <b>emisión </b>fuera de plazo de un <b>crédito fiscal </b>por <b>205 millones de pesos </b>por ISR, IVA, recargos y multas en 2018.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMIDLINHLBAQZIPATW4ZRNFAWA.png?auth=fe9284fc7c4686f8ebded3dc6ebce671c8a00dc12b88098f55df571a698e5523&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[El comunicado refiere a lo difundido por la FGR sobre la detención de Héctor “N”, es servidor público del SAT, por una orden de aprehensión vinculada a una investigación. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Qué hacer si recibes una notificación de embargo sobre tu casa: pasos legales para defenderte]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/que-hacer-si-recibes-una-notificacion-de-embargo-sobre-tu-casa-pasos-legales-para-defenderte/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/26/que-hacer-si-recibes-una-notificacion-de-embargo-sobre-tu-casa-pasos-legales-para-defenderte/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La autoridad fiscal activa el cobro forzoso cuando vence el plazo para pagar o asegurar el adeudo, pero antes debe agotar efectivo, cuentas bancarias y otros activos]]></description><pubDate>Fri, 26 Jun 2026 12:00:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7NC23QBR2RDAFF2AY6UJEL37NU.png?auth=f3065f08a7d8c9f3852ed487b172c2a2d92becef792051c0ffcb5677a4f9acb5&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una familia mexicana afronta documentos del SAT por deudas y desalojo, al tiempo que una propiedad similar se exhibe en una subasta de bienes inmuebles del INDEP en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/"><b>El SAT puede embargar tu casa</b></a> en México sin necesidad de una orden judicial: el organismo tributario está facultado para iniciar un cobro forzoso sobre el patrimonio del deudor —incluidos los inmuebles— y rematarlos en subasta pública hasta cubrir el total del adeudo. El proceso opera bajo el <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b> y los plazos corren desde el día siguiente a la notificación.</p><p>Ignorar la notificación es el error más común y el más costoso. Los plazos para actuar son cortos y su incumplimiento puede agravar la situación hasta el punto de perder el inmueble sin posibilidad de recurso.</p><h2>Qué ocurre desde el momento de la notificación</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LMNXU6BCGZGIZLOGS2CDKVJ3LE.png?auth=c5dcfe2f615fadd6c57c68b24782e83f22c7303877299301858c182e7223f60f&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Una familia visiblemente angustiada se enfrenta a la creciente pila de facturas, avisos de deuda y una amenaza de desalojo, evidenciando el severo impacto del estrés financiero en los hogares. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Desde que surte efectos el aviso del crédito fiscal, el contribuyente tiene <b>30 días hábiles</b> para pagar el adeudo o garantizarlo ante la autoridad. Si ese plazo vence sin ninguna acción, el SAT queda facultado para activar el <b>Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</b>, el mecanismo que abre la puerta al cobro forzoso.</p><p>El primer instrumento que emite la autoridad es el mandamiento de ejecución. Con ese documento, funcionarios fiscales pueden presentarse en el domicilio del contribuyente y requerir comprobante de pago en ese momento. Si no se acredita el pago, el embargo se ejecuta de forma inmediata.</p><p>El CFF establece un orden de prelación para el embargo: primero el dinero en efectivo, metales preciosos y depósitos bancarios; luego acciones, bonos y créditos de fácil cobro; después bienes muebles como vehículos y maquinaria; y en cuarto lugar, <b>los bienes inmuebles</b>, incluida la vivienda. Esto significa que el SAT debe haber agotado las opciones anteriores antes de llegar al inmueble.</p><h2>Herramientas legales para frenar el proceso</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QO64SV3ZONHR5F7SWF4RQIAC3A.png?auth=f5e8b5a6dffb478bff69fbec4e1e349b7945403ac7f81002f2fa539089622fe1&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Participantes levantan paletas con números durante una subasta de inmuebles organizada por el INDEP, con el objetivo de devolver bienes al pueblo mexicano. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El contribuyente dispone de varias vías para detener el embargo antes de que avance. La más directa es liquidar el adeudo dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación.</p><p>Una opción menos difundida, pero igual de eficaz, es <b>garantizar el adeudo</b>. Las formas aceptadas por el SAT, según el artículo 141 del CFF, son: billete de depósito, carta de crédito, prenda o hipoteca, fianza y obligación solidaria de tercero. Garantizar suspende el PAE mientras el contribuyente negocia, aclara o impugna el crédito.</p><p>Quienes consideren incorrecta la determinación del SAT pueden interponer un <b>recurso de revocación</b> ante la propia autoridad, con un plazo de 30 días hábiles desde que surte efectos la notificación. También está disponible el juicio de nulidad ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>, con un plazo de entre 30 y 45 días hábiles.</p><h2>Embargo bancario: un proceso que sí requiere un juez</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H5MDUWEOYFF33IA6LXH7PTSRH4.png?auth=96157e0b41432fdfac14bfa00e2d95bab268b654857baa8554661bf639c78d35&smart=true&width=1408&height=768" alt="El proceso formal suele iniciarse entre el tercer y el sexto mes de impago, aunque el incumplimiento se computa desde la primera mensualidad no cubierta. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>A diferencia del <b>SAT</b>, un banco o institución financiera <b>no puede embargar una vivienda por su propia voluntad</b>. El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares es claro: solo un juez puede ordenar el embargo, tras un proceso legal en el que se acrediten la deuda y el incumplimiento. Ninguna llamada de cobranza, carta o amenaza extrajudicial tiene validez para retener bienes.</p><p>El proceso formal suele iniciarse entre el tercer y el sexto mes de impago, aunque el incumplimiento se computa desde la primera mensualidad no cubierta. Antes de llegar a esa instancia, la mayoría de las instituciones ofrecen alternativas de reestructura o convenios de pago, pues un juicio resulta costoso y prolongado para ambas partes.</p><h2>El cambio de reglas que entró en vigor en 2026</h2><p>Hasta 2025, interponer un recurso de revocación eximía al contribuyente de garantizar el crédito durante la tramitación. Esa facilidad desapareció con la <b>Ley de Ingresos de la Federación 2026</b>.</p><p>Ahora, quien presente el recurso debe constituir una garantía del interés fiscal en un plazo de <b>seis meses</b>, o en <b>10 días hábiles</b> si la resolución llega antes de ese término. Se trata de un cambio que reduce el margen de maniobra de los deudores que antes podían impugnar sin comprometer bienes adicionales.</p><p>Una tercera vía es acudir a la <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b>, que puede actuar como intermediaria cuando detecta irregularidades en el procedimiento fiscal. Su intervención puede derivar en la suspensión temporal del embargo mientras se revisa el caso.</p><h2>Bienes que el SAT no puede tocar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KZBWHQYP5RGOHIJVOQ7BILJF6Q.png?auth=ec6a4f75d6d2eba6473e46c5da315b3d7c179c0dcb6fba436531ca9f985b6583&smart=true&width=1671&height=940" alt="En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado más sus accesorios legales. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="940" width="1671"/><p>El artículo 157 del CFF establece un listado de bienes inembargables. Entre ellos figuran las cuentas individuales de ahorro para el retiro (<b>AFORE</b>), incluidas las aportaciones voluntarias; sueldos, salarios y pensiones de cualquier tipo; recursos vinculados a programas sociales del gobierno federal; el lecho cotidiano y los vestidos del deudor y su familia; los muebles de uso indispensable del hogar que no sean de lujo; y los libros, instrumentos y mobiliario necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor.</p><p>En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado más sus accesorios legales.</p><h2>Qué hacer si el embargo ya fue ejecutado</h2><p>Una vez embargado el inmueble, peritos del SAT determinan su valor comercial mediante avalúo. Luego, la autoridad publica una convocatoria de remate al menos <b>10 días</b> antes de la subasta, con un precio mínimo equivalente a dos terceras partes del valor del avalúo.</p><p>Si el monto obtenido en la subasta cubre la totalidad del adeudo, el procedimiento se cierra y la deuda queda liquidada. Cuando el valor de los bienes rematados resulta insuficiente, el SAT emite un nuevo requerimiento, amplía el embargo y puede retener más bienes del contribuyente hasta cubrir <b>el crédito fiscal por completo.</b></p><p>Especialistas en derecho fiscal recomiendan reunir desde el primer momento toda la documentación disponible: estados de cuenta, contratos, facturas y cualquier comunicación previa con la autoridad. Esos registros son la base de cualquier defensa, ya sea administrativa o ante los tribunales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/QO64SV3ZONHR5F7SWF4RQIAC3A.png?auth=f5e8b5a6dffb478bff69fbec4e1e349b7945403ac7f81002f2fa539089622fe1&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Participantes levantan paletas con números durante una subasta de inmuebles organizada por el INDEP, con el objetivo de devolver bienes al pueblo mexicano. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Embargo de cuentas bancarias por el SAT: en qué casos procede y cuáles fondos están protegidos según la ley]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/25/embargo-de-cuentas-bancarias-por-el-sat-en-que-casos-procede-y-cuales-fondos-estan-protegidos-segun-la-ley/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/25/embargo-de-cuentas-bancarias-por-el-sat-en-que-casos-procede-y-cuales-fondos-estan-protegidos-segun-la-ley/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Procedimiento Administrativo de Ejecución inicia con un mandamiento y puede terminar en el embargo de cuentas en cualquier banco. El contribuyente puede ofrecer garantías o impugnar ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa]]></description><pubDate>Thu, 25 Jun 2026 13:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U7COL4WE7ZCTRLZ4LGECVQBHKM.png?auth=acaab9cf04e95850bc2af1d9aa318e2ef005b8e5db12afa5d7a9e7fddbe9b7b8&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El oficio de inmovilización se dirige directamente a la institución financiera o a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>El SAT</b> puede<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/"> <b>embargar tu cuenta bancaria sin avisarte</b></a> antes: el <b>Código Fiscal de la Federación</b> lo permite expresamente, siempre que exista una deuda fiscal firme o impugnada sin garantía suficiente. El bloqueo se ejecuta directamente con el banco, y la notificación al titular llega hasta después.</p><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/"><b>artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF)</b></a> faculta al <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> para ordenar la inmovilización de depósitos bancarios en cualquier tipo de cuenta —en moneda nacional o extranjera— sin notificar primero al contribuyente.</p><p>El oficio de inmovilización se dirige directamente a la institución financiera o a la <b>Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)</b>. El banco tiene hasta tres días hábiles para ejecutar el bloqueo. Solo entonces, en un plazo máximo de otros tres días, el SAT notifica al titular vía buzón tributario, estrados o edictos.</p><h2>Cuándo puede aplicarse el embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ON4L45ROKBBLFCH4IU7BRDRJOA.png?auth=2e86743ab7550f0fa7d9478bbacd13fc3d6a52bda5623cb56c28b3c59b544420&smart=true&width=2752&height=1536" alt="En ninguno de los dos supuestos el SAT está obligado a avisar al contribuyente antes de ordenar el bloqueo a la institución financiera. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La ley contempla dos supuestos. El primero ocurre cuando el crédito fiscal ya es <b>firme</b>: <b>una deuda determinada, notificada y no impugnada en tiempo</b>, o que agotó todos los medios de defensa disponibles.</p><p>El segundo aplica cuando el crédito está impugnado pero <b>no garantizado</b>, y se cumple al menos una de estas condiciones adicionales:</p><p>El contribuyente <b>no es localizable en su domicilio</b> fiscal registrado ante el SAT</p><p><b>La garantía ofrecida es insuficiente</b> para cubrir el adeudo y sus accesorios</p><p>El contribuyente no amplió la garantía cuando la autoridad lo requirió</p><p>Los <b>bienes embargados</b> previamente no alcanzan a cubrir el interés fiscal</p><p>En ninguno de los dos supuestos el SAT está obligado a avisar al contribuyente antes de ordenar el bloqueo a la institución financiera.</p><h2>Las causas que pueden derivar en un embargo de cuenta</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DIQT5UXP4JF3ZGTTOG7ZZXU7UE.png?auth=bd4d2bf681bae4aba21d9ad205e4998b6ed3b78904cb4759b7f4e6d137e039d4&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El monto bloqueado corresponde al adeudo fiscal actualizado, más recargos, multas y gastos de ejecución. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El SAT puede iniciar el <b>Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</b> cuando detecta incumplimientos fiscales. Entre los más frecuentes que la autoridad vincula con esta medida:</p><p>Omisión en la presentación de declaraciones fiscales mensuales o anuales</p><p>Falta de pago de impuestos dentro del plazo legal</p><p>No interponer medios de defensa ni ofrecer garantías ante un crédito firme</p><p>Ingresos declarados que no coinciden con los movimientos bancarios registrados</p><p>Uso de facturas falsas, simulación de operaciones o actividades inexistentes</p><p>El monto bloqueado corresponde al adeudo fiscal actualizado, más recargos, multas y gastos de ejecución. La ley prohíbe que el embargo exceda ese importe, ya sea que recaiga sobre una sola cuenta o sobre varias.</p><h2>Cómo se ejecuta el procedimiento, paso a paso</h2><p>Antes de llegar al embargo de cuentas, el SAT sigue una cadena de pasos establecida en el artículo 145 y siguientes del CFF. Primero emite un <b>mandamiento de ejecución</b>; luego un ejecutor designado acude al domicilio fiscal del contribuyente para requerir el pago.</p><p>Si el contribuyente no acredita en ese acto haber pagado, el ejecutor levanta un acta de embargo de inmediato. En el caso de cuentas bancarias, no es necesaria la presencia física: el SAT gira el oficio directamente al banco o a la CNBV.</p><p>Según el documento oficial del SAT sobre el PAE, si el contribuyente no es encontrado en su domicilio, el ejecutor deja citatorio para el día hábil siguiente. Si tampoco se le localiza entonces, la diligencia se entiende con quien se encuentre en el lugar.</p><h2>Qué cuentas pueden ser bloqueadas y cuáles no</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3JWXSWEK4BGLPKOGIQ7CLSNE6Q.jpg?auth=31f90643e5231e6cc49018bdabefab089299c86b5833ca6e01e08d1309a7871f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La ley excluye expresamente las cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE), incluidas las aportaciones voluntarias (Infobae/Jovani Pérez)" height="1080" width="1920"/><p>Son susceptibles de embargo las cuentas de cheques, ahorro, nómina, inversiones y cualquier depósito en moneda nacional o extranjera registrado a nombre del contribuyente en entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.</p><p>La ley excluye expresamente las <b>cuentas individuales de ahorro para el retiro (AFORE)</b>, incluidas las aportaciones voluntarias, hasta por el monto de las aportaciones realizadas conforme a la ley de la materia.</p><h2>Qué derechos tiene el contribuyente ante un embargo</h2><p>El CFF reconoce al contribuyente el derecho de <b>designar los bienes a embargar</b>, siempre que siga el orden legal: primero dinero y depósitos bancarios, luego acciones y valores, después bienes muebles y, al final, bienes inmuebles.</p><p>Si ya se ejecutó el bloqueo de una cuenta, el titular puede ofrecer una garantía sustituta para liberar los fondos. El artículo 141 del CFF acepta como garantías: depósito en dinero o carta de crédito bancaria, prenda o hipoteca, fianza de institución autorizada, obligación solidaria de tercero solvente, embargo en vía administrativa, y títulos valor o cartera de créditos propios.</p><p>La autoridad tiene un plazo máximo de cinco días para resolver y notificar si acepta o rechaza la garantía ofrecida. Si no lo hace en ese término, la entidad financiera debe levantar la inmovilización.</p><h2>Las vías legales para impugnar el embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LGFQS6ZH75CLZJWNST6NUSOD2A.png?auth=f4dacc5613a2d2c1925caf46bce921405339ab388f20a54a7650cef7064550e3&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El artículo 151 del CFF establece además que no procede el embargo respecto de créditos fiscales que hayan sido impugnados en sede administrativa o jurisdiccional y se encuentren debidamente garantizados conforme a las disposiciones legales aplicables. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Ante un embargo que el contribuyente considere indebido, el CFF y la legislación procesal fiscal prevén tres vías. La primera es el <b>recurso de revocación</b> ante el propio SAT. La segunda es el <b>juicio de nulidad</b> ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>. La tercera es el <b>juicio de amparo</b>, cuando se alegan violaciones a derechos constitucionales.</p><p>El artículo 151 del CFF establece además que no procede el embargo respecto de créditos fiscales que hayan sido impugnados en sede administrativa o jurisdiccional y se encuentren debidamente garantizados conforme a las disposiciones legales aplicables.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/U7COL4WE7ZCTRLZ4LGECVQBHKM.png?auth=acaab9cf04e95850bc2af1d9aa318e2ef005b8e5db12afa5d7a9e7fddbe9b7b8&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre en un cajero automático intenta retirar dinero de su cuenta bancaria bloqueada por un embargo del SAT México, mientras un aviso indica "Operación Denegada". (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Nuevas estafas con falsas papeletas de Sutran: ola de fraudes digitales alerta a miles de conductores]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/06/24/nuevas-estafas-con-falsas-papeletas-de-sutran-ola-de-fraudes-digitales-alerta-a-miles-de-conductores/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/06/24/nuevas-estafas-con-falsas-papeletas-de-sutran-ola-de-fraudes-digitales-alerta-a-miles-de-conductores/</guid><dc:creator><![CDATA[Manuel Rojas Berríos]]></dc:creator><description><![CDATA[Delincuentes envían mensajes fraudulentos que simulan notificaciones oficiales, exigiendo pagos por supuestas multas y capturando información personal]]></description><pubDate>Wed, 24 Jun 2026 21:25:58 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SH6Z567FUNC43BP2DSMQYUQJLU.jpg?auth=ef88c7cb31982da5adc34af9cd56a58f93dac2c9a5a4b1900d4dfa439dc34f25&smart=true&width=1920&height=1080" alt="(Andina)" height="1080" width="1920"/><p>Una nueva modalidad de&nbsp;<b>fraude electrónico</b>&nbsp;afecta a conductores en todo el país. Delincuentes envían&nbsp;<b>correos electrónicos</b>&nbsp;y mensajes de&nbsp;<b>WhatsApp</b>&nbsp;que simulan ser notificaciones oficiales de la&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/05/28/sutran-saco-de-circulacion-a-31-unidades-que-brindaban-servicio-informal-de-transporte-en-lima/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/05/28/sutran-saco-de-circulacion-a-31-unidades-que-brindaban-servicio-informal-de-transporte-en-lima/">Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías</a> (<b>Sutran</b>). </p><p>El objetivo de los estadores es&nbsp;<b>engañar a los usuarios con supuestas órdenes de captura vehicular por deuda de papeletas</b>, exigiendo <b>pagos indebidos</b> o la <b>entrega de datos personales y bancarios</b>.</p><p>Según explicó&nbsp;<b>Ronald Power</b>, vocero de&nbsp;<b>Sutran</b>, “estas comunicaciones se anexan a estas comunicaciones links de pago para realizar este pagos a través de plataformas o a través de códigos QR para también redireccionar a plataformas de pago y realizar pagos por presunta comisión de infracciones”. </p><p>Los mensajes utilizan el logotipo, la paleta de colores institucional y hasta la imagen de la&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/06/24/el-crimen-que-condeno-a-35-anos-de-carcel-a-el-monstruo-secuestro-rescate-y-un-policia-asesinado/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/06/24/el-crimen-que-condeno-a-35-anos-de-carcel-a-el-monstruo-secuestro-rescate-y-un-policia-asesinado/">Policía Nacional del Perú </a>(<b>PNP</b>)&nbsp;para aumentar la credibilidad. En algunos casos, los montos solicitados alcanzan los <b>2.800 soles</b>, aunque también se han detectado cobros de <b>500 soles </b>por un supuesto acumulado de multas.</p><p>Los estafadores han desarrollado <b>portales web falsos</b> y guías paso a paso para que el proceso parezca legítimo. “Ese mensaje lo ponen los falsificadores. Uno va a encontrar un paso por paso para realizar, validar la información y finalmente el último es el procedimiento de pago”, detalló Power en&nbsp;<i>RPP.</i> </p><p>Esta estrategia busca generar urgencia y temor a los usuarios para que realicen el pago sin verificar la autenticidad de la notificación.</p><p>La&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;subrayó que solo utiliza dos mecanismos oficiales para notificar sanciones: la casilla electrónica de cada usuario, donde solo se envía un mensaje de texto informativo, y las notificaciones físicas en el domicilio declarado.&nbsp;</p><p>“Sutran realiza comunicaciones por dos mecanismos. Uno, a través de depositar comunicaciones a través de la casilla electrónica mediante el cual un usuario se ha afiliado previamente. Y, en segundo lugar, estamos hablando de comunicaciones que realizamos a través de comunicaciones en los domicilios”, precisó Power.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z6SBVDHUS5FSRIZPVCLQPT4HYA.png?auth=95d20069fc9502f5922dd0d5183c027e7dc4e80f15cbcb8f96f0a84b7aff3579&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Supuesto aviso de infracción vehicular que solicita escanear un código QR para "ver la multa". Según expertos en seguridad digital, esta es una nueva modalidad de estafa que busca obtener datos personales o bancarios de los usuarios. Fotocomposición: Infobae Perú" height="1080" width="1920"/><p>En lo que va de 2026,&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;ha detectado 11 casos de esta modalidad a nivel nacional. El procurador público de la entidad ya inició acciones legales y cuatro expedientes han sido derivados a la&nbsp;<b>Fiscalía</b>. “Uno ya tiene, por ejemplo, una sentencia condenatoria donde se ha determinado una responsabilidad a un delincuente”, añadió Power.</p><p>La institución recalcó que nunca emite&nbsp;<b>órdenes de captura vehicular</b>&nbsp;por deudas de papeletas. En un comunicado oficial, señaló: “Se ha identificado que personas inescrupulosas vienen utilizando indebidamente el nombre, logotipo e imagen institucional de la Sutran para intentar engañar a los ciudadanos y obtener pagos indebidos o información personal”.</p><h2>SAT también alerta multas y deudas falsas</h2><p>El&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/06/01/sunat-la-recaudacion-tributaria-en-peru-crece-177-en-mayo-y-suma-24-meses-de-expansion/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/peru/2026/06/01/sunat-la-recaudacion-tributaria-en-peru-crece-177-en-mayo-y-suma-24-meses-de-expansion/">Servicio de Administración Tributaria&nbsp;</a>(<b>SAT</b>)&nbsp;detectó un aumento de mensajes falsos dirigidos a contribuyentes, simulando notificaciones de multas con enlaces a portales fraudulentos. La recomendación principal es consultar únicamente el sitio web oficial (www.gob.pe/satlima) o usar los canales verificados como Aló SAT (01) 315 2400 y el correo asuservicio@sat.gob.pe.</p><p>Para validar notificaciones, la&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;habilitó la central telefónica (01) 200 4555 y el correo comunicate@sutran.gob.pe, donde los usuarios pueden consultar la autenticidad de cualquier documento recibido. Además, la entidad recuerda que los mensajes oficiales siempre provienen del dominio sutran.gob.pe.</p><p>Entre las recomendaciones para evitar ser víctima de&nbsp;<b>fraude electrónico</b>, la&nbsp;<b>Sutran</b>&nbsp;y el&nbsp;<b>SAT de Lima</b>&nbsp;sugieren:</p><ul><li>No abrir enlaces ni descargar archivos adjuntos de correos o mensajes sospechosos.</li><li>No realizar pagos solicitados mediante comunicaciones no verificadas.</li><li>No compartir información personal, bancaria o de sus vehículos.</li><li>Verificar cualquier información únicamente a través de los canales oficiales.</li><li>Reportar cualquier intento de fraude o suplantación de identidad.</li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/YMYTFYOTWZE3RH2HXU56R4PM2Q.jpg?auth=3ba6804199b4a8b1e18f5d08b22fba0bcb3c96d6839ddd4e5e6b7ca47d5ea468&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[El SAT puede embargar tu casa: qué debes hacer antes de que ocurra]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/24/el-sat-puede-embargar-tu-casa-que-debes-hacer-antes-de-que-ocurra/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El SAT ejecuta el cobro forzoso siguiendo un orden: primero busca dinero, después bienes muebles y finalmente puede tomar tu casa si lo anterior no cubre el adeudo. Todo está regulado en el Código Fiscal de la Federación.]]></description><pubDate>Wed, 24 Jun 2026 12:00:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XQWH22T5FFJDK3AK2AJ4HRGWE.png?auth=6834a2d82c6dbf86632dcc2389bbb96c10d554ca114ea433918448210e3af864&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Recibir una notificación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) activa de inmediato un proceso legal con consecuencias patrimoniales (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/"><b>El SAT puede embargar tu casa</b></a> si no atiendes a tiempo una notificación de crédito fiscal: el organismo tributario está facultado para iniciar un cobro forzoso, retener bienes —incluidos inmuebles— y rematarlos en subasta pública hasta cubrir el total del adeudo. El proceso, regulado por el <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>, opera sin orden judicial y con plazos que corren desde el día siguiente a la notificación.</p><p>Recibir una notificación del <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> activa de inmediato un proceso legal con consecuencias patrimoniales. No se trata de una carta informativa: es el reconocimiento formal de una deuda que obliga al contribuyente a actuar dentro de plazos estrictos.</p><h2>Los 30 días hábiles que definen todo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El primer instrumento que emite la autoridad es el mandamiento de ejecución. Con ese documento, funcionarios fiscales pueden presentarse en el domicilio del contribuyente (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Desde que surte efectos la notificación del crédito fiscal, el contribuyente cuenta con <b>30 días hábiles</b> para pagar el adeudo o garantizarlo ante la autoridad.</p><p>Si ese plazo vence sin ninguna acción, el SAT queda facultado para iniciar el <b>Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)</b>, el mecanismo legal que abre la puerta al cobro forzoso sobre el patrimonio del deudor.</p><p>El primer instrumento que emite la autoridad es el mandamiento de ejecución. Con ese documento, funcionarios fiscales pueden presentarse en el domicilio del contribuyente —o donde se encuentren sus bienes— y requerir comprobante de pago en ese momento. Si no se acredita el pago, el embargo se ejecuta de forma inmediata.</p><h2>Qué puede embargar el SAT y en qué orden</h2><p>El SAT no toma cualquier bien de forma arbitraria. El CFF establece un orden de prelación para el embargo:</p><p>Dinero en efectivo, metales preciosos y depósitos bancarios</p><p>Acciones, bonos y créditos de fácil cobro</p><p>Bienes muebles: vehículos y maquinaria</p><p><b>Bienes inmuebles</b>, incluida la vivienda</p><p>La casa, entonces, no es el primer objetivo del fisco, pero sí puede serlo si los bienes anteriores no alcanzan para cubrir el monto total del crédito fiscal actualizado con recargos y multas.</p><p>Una vez embargado un inmueble, peritos determinan su valor comercial mediante avalúo. Luego, el SAT publica una convocatoria de remate al menos 10 días antes de la subasta, con un precio mínimo equivalente a dos terceras partes del valor del avalúo.</p><h2>Qué pasa si el remate no alcanza para pagar la deuda</h2><p>Si el monto obtenido en la subasta cubre la totalidad del adeudo, el procedimiento se cierra y la deuda queda liquidada.</p><p>Cuando el valor de los bienes rematados resulta insuficiente, el SAT no da por terminado el caso. Emite un nuevo requerimiento, amplía el embargo y puede retener más bienes del contribuyente hasta cubrir el crédito fiscal por completo.</p><h2>El embargo precautorio: una amenaza que llega antes</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LMNXU6BCGZGIZLOGS2CDKVJ3LE.png?auth=c5dcfe2f615fadd6c57c68b24782e83f22c7303877299301858c182e7223f60f&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT puede recurrir a ella cuando detecta riesgo de insolvencia, presume que el contribuyente podría ocultar bienes o estima que existe riesgo de evasión de pago (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Existe una modalidad aún más temprana: el <b>embargo precautorio</b>. A diferencia del PAE, esta medida puede aplicarse incluso antes de que el crédito fiscal quede totalmente firme.</p><p>El SAT puede recurrir a ella cuando detecta riesgo de insolvencia, presume que el contribuyente podría ocultar bienes o estima que existe riesgo de evasión de pago. Su alcance incluye cuentas bancarias, vehículos, maquinaria, inventario comercial y bienes inmuebles.</p><p>La medida es temporal y debe ser proporcional al monto estimado del adeudo. Puede levantarse si el contribuyente presenta pruebas, aporta documentación o garantiza el interés fiscal.</p><h2>Qué hacer antes de que llegue el embargo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="Una opción menos conocida, pero igual de efectiva para detener el cobro, es garantizar el adeudo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El contribuyente dispone de varias herramientas para frenar el proceso antes de que avance al embargo formal. La más directa es pagar el adeudo dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación.</p><p>Una opción menos conocida, pero igual de efectiva para detener el cobro, es <b>garantizar el adeudo</b>. Las formas aceptadas por el SAT, según el artículo 141 del CFF, son: billete de depósito, carta de crédito, prenda o hipoteca, fianza y obligación solidaria de tercero. Garantizar suspende el PAE mientras el contribuyente negocia, aclara o impugna el crédito.</p><p>Quienes consideren que la determinación del SAT es incorrecta pueden interponer un <b>recurso de revocación</b> ante la propia autoridad, con un plazo de 30 días hábiles desde que surte efectos la notificación. También está disponible el juicio de nulidad ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>, con un plazo de 30 a 45 días hábiles.</p><p>Un cambio relevante en 2026 afecta directamente esta estrategia de defensa: hasta 2025, interponer un recurso de revocación eximía al contribuyente de garantizar el crédito durante la tramitación. Esa facilidad desapareció con la <b>Ley de Ingresos de la Federación 2026</b>. Ahora, quien presente el recurso debe constituir una garantía del interés fiscal en un plazo de seis meses, o en 10 días hábiles si la resolución llega antes.</p><p>Una tercera vía es acudir a la <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b>, que puede actuar como intermediaria cuando detecta irregularidades en el procedimiento fiscal.</p><h2>Bienes que el SAT no puede tocar</h2><p>El artículo 157 del CFF establece un listado de bienes inembargables. Entre ellos figuran:</p><p>Las cuentas individuales de ahorro para el retiro (<b>AFORE</b>), incluidas las aportaciones voluntarias</p><p>Sueldos, salarios y pensiones de cualquier tipo</p><p>Recursos vinculados a programas sociales del gobierno federal</p><p>El lecho cotidiano y los vestidos del deudor y su familia</p><p>Los muebles de uso indispensable del hogar que no sean de lujo</p><p>Los libros, instrumentos y mobiliario indispensable para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor</p><p>En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado más sus accesorios legales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XQWH22T5FFJDK3AK2AJ4HRGWE.png?auth=6834a2d82c6dbf86632dcc2389bbb96c10d554ca114ea433918448210e3af864&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre visiblemente angustiado se toma la cabeza mientras revisa facturas y un aviso de desalojo en su hogar de Ciudad de México, reflejando la grave crisis de vivienda. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿El SAT visitará casas y negocios en 2026? Lo que realmente dice el Plan de Fiscalización]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/el-sat-visitara-casas-y-negocios-en-2026-lo-que-realmente-dice-el-plan-de-fiscalizacion/</guid><dc:creator><![CDATA[Lorna Huitrón]]></dc:creator><description><![CDATA[Aunque en redes sociales se ha difundido la versión de que el SAT realizará visitas masivas y sorpresa a domicilios y comercios en 2026, la realidad es distinta]]></description><pubDate>Sat, 20 Jun 2026 14:40:52 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WGD2LIPJT5AEVPV46KXOXP3H6Q.jpg?auth=6ba541cb70abbbfd12fe66100408a669115bceae0468930be08608f742f9ea60&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>En las últimas semanas, diversos rumores han generado preocupación entre <b>contribuyentes</b> al asegurar que el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> visitará casas, negocios y empresas de manera generalizada durante 2026. Sin embargo, especialistas fiscales coinciden en que esta interpretación es exagerada y no refleja con precisión el alcance del nuevo <b>Plan Maestro de Fiscalización.</b></p><p>La idea de que inspectores del <b>SAT recorrerán colonias </b>enteras realizando revisiones sorpresa o tocando puertas al azar es falsa. Las autoridades fiscales aclararon que no existen operativos masivos de este tipo ni programas de inspección indiscriminada dirigidos a la población en general.</p><p>Lo que sí está ocurriendo es una transformación en la manera en que el SAT realiza sus auditorías. Bajo un <b>modelo de “Fiscalización Inteligente”,</b> la autoridad busca aprovechar herramientas de análisis de datos, automatización y tecnología digital para detectar posibles irregularidades con mayor precisión y rapidez.</p><h2>La materialidad será clave en las nuevas auditorías</h2><p>Uno de los cambios más relevantes para 2026 es que el SAT ya no se limitará a revisar facturas electrónicas o documentación administrativa. Ahora el enfoque estará en comprobar la llamada “materialidad” de las operaciones.</p><p>Esto significa que la autoridad buscará verificar que los bienes o servicios facturados realmente existieron y fueron prestados. En otras palabras, no bastará con contar con un CFDI emitido correctamente; también será necesario demostrar que la operación tuvo sustento económico real.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHIN4BYQKFAR3KN366D3OHXEYM.png?auth=35c7e22341a3956f265f1e3778da5037aa843579f79cfb7f6f55a2666f9518fe&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Personal fiscal realiza una verificación documental durante una visita de auditoría, una de las herramientas que el SAT contempla dentro de su estrategia de fiscalización para comprobar la autenticidad de las operaciones reportadas por los contribuyentes" height="1536" width="2752"/><p>Por ejemplo, una empresa deberá acreditar que cuenta con instalaciones, personal, maquinaria, inventarios o cualquier otro elemento relacionado con la actividad económica que reporta ante el fisco.</p><h2>Tecnología, fotografías y grabaciones durante las visitas</h2><p>Otro aspecto que ha generado polémica es el uso de cámaras durante las inspecciones.</p><p>Las nuevas facultades permiten que, dentro de una auditoría formalmente iniciada, los verificadores documenten las diligencias mediante fotografías, grabaciones de audio y video, incluyendo dispositivos similares a cámaras corporales o de solapa.</p><p>El objetivo es generar evidencia que permita corroborar la existencia de bienes, instalaciones o actividades económicas relacionadas con las operaciones revisadas. Estas herramientas no representan una autorización para ingresar libremente a cualquier domicilio, sino que forman parte de procedimientos fiscales regulados por la ley.</p><h2>Alertas electrónicas y auditorías más rápidas</h2><p>La estrategia de fiscalización también contempla una mayor automatización de los procesos.</p><p>Gracias al uso de bases de datos y cruces de información, el SAT podrá detectar inconsistencias específicas y emitir alertas electrónicas a través del <b>Buzón Tributario. </b>Estas notificaciones permitirán solicitar aclaraciones sobre determinados movimientos sin necesidad de iniciar auditorías extensas que durante años podían prolongarse por meses.</p><p>Cuando se detecte alguna discrepancia relevante, los contribuyentes podrían recibir requerimientos con plazos relativamente cortos, generalmente de entre 15 y 20 días, para presentar documentación y aclarar la situación.</p><h2>El combate a las facturas falsas será la prioridad</h2><p>Uno de los principales objetivos del <b>Plan Maestro de Fiscalización 2026 </b>es <b>combatir las llamadas “factureras”</b>, es decir, empresas que simulan operaciones para emitir comprobantes fiscales sin respaldo real.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ROWIN4Q2AFEIPGHGGPWE2V34AI.png?auth=af5116b738944a25c5df05f0653f834ac2c6383186d27a57eba4f70999054918&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Personal fiscal realiza una verificación documental durante una visita de auditoría, una de las herramientas que el SAT contempla dentro de su estrategia de fiscalización para comprobar la autenticidad de las operaciones reportadas por los contribuyentes" height="1024" width="1536"/><p>La autoridad pondrá especial atención en las cadenas de proveedores y clientes vinculados con este tipo de esquemas. Si un contribuyente realiza operaciones con empresas identificadas como emisoras de facturas falsas, podría ser requerido para demostrar la autenticidad de las transacciones realizadas.</p><p>En determinados casos, el SAT podrá solicitar correcciones, imponer sanciones administrativas o iniciar procedimientos más severos cuando existan elementos que apunten a una posible simulación de operaciones.</p><h2>¿Quiénes tienen más probabilidades de ser auditados?</h2><p>Las auditorías estarán dirigidas principalmente a contribuyentes que presenten señales de riesgo, como discrepancias entre ingresos y gastos, operaciones con empresas cuestionadas, deducciones inusuales, devoluciones improcedentes o movimientos financieros inconsistentes con lo declarado.</p><p>Por ello, expertos recomiendan conservar contratos, comprobantes de pago, estados de cuenta y cualquier documento que respalde las actividades económicas realizadas.</p><p>El SAT no realizará visitas masivas casa por casa durante 2026. Lo que sí ocurrirá es una fiscalización más tecnológica, enfocada en detectar irregularidades concretas y comprobar que las operaciones reportadas por los contribuyentes sean reales, dentro de los procedimientos legales establecidos por la autoridad fiscal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WGD2LIPJT5AEVPV46KXOXP3H6Q.jpg?auth=6ba541cb70abbbfd12fe66100408a669115bceae0468930be08608f742f9ea60&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/IA</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[E.firma del SAT: cómo tramitarla por primera vez y cada cuánto se debe renovar]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/20/efirma-del-sat-como-tramitarla-por-primera-vez-y-cada-cuanto-se-debe-renovar/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La renovación de la e.firma se puede realizar en línea si está vigente o mediante la app SAT ID si venció hace menos de un año. Conoce los requisitos y las opciones disponibles desde 2026 en México]]></description><pubDate>Sat, 20 Jun 2026 14:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6JYSTNS5EVEKHBOUXFTRTXGY3M.jpg?auth=2147343b2fbd6f8700ad4f489f3b48d07ed2495e273324999e64658cafe35148&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El certificado digital equivale, en términos jurídicos, a la firma autógrafa del contribuyente y es obligatorio para cualquier persona física o moral que necesite cumplir trámites fiscales en México
(Imagen Ilustrativa Infobae/Cuartoscuro)" height="1080" width="1920"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/"><b>La e.firma del SAT</b> </a>es uno de los documentos más importantes para los contribuyentes, tiene una vigencia de <b>cuatro años</b> y su obtención por primera vez es un trámite 100% presencial que no admite excepciones: el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/06/como-actualizar-tu-efirma-sat-y-ahorrar-tiempo-en-el-tramite-para-realizar-la-declaracion-anual-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/06/como-actualizar-tu-efirma-sat-y-ahorrar-tiempo-en-el-tramite-para-realizar-la-declaracion-anual-2026/"><b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b></a> requiere la captura de datos biométricos —huellas dactilares, fotografía y registro de pupila— en alguno de los 67 módulos habilitados en la República Mexicana.</p><p>El certificado digital equivale, en términos jurídicos, a la firma autógrafa y es obligatorio para cualquier persona física o moral que necesite cumplir trámites fiscales en México. Desde 2026, el SAT lo exige para todas las devoluciones superiores a $10,000 pesos mexicanos (MXN), un umbral que amplió el rango de contribuyentes obligados a contar con él.</p><h2>Qué documentos se necesitan para tramitarla por primera vez</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDD3A2QLYFHNBGIAA46MA2K7AM.jpg?auth=8d7ee111724c9ab9e77101722a41109cd30c99c146060295fd3e6fe2ff9c1b97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Para personas morales, los requisitos incluyen además el acta constitutiva, poder notarial y documentación que acredite la representación legal. Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Para acudir al módulo del SAT, la persona física debe reunir los siguientes documentos:</p><p>Identificación oficial vigente: INE, pasaporte o cédula profesional con fotografía.</p><p>CURP certificada (descargable en gob.cada mx/curp).</p><p>Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses (recibo de luz, agua, teléfono fijo, gas o predial).</p><p>Correo electrónico activo al que se tenga acceso inmediato.</p><p>Memoria USB nueva o limpia con al menos 1 GB de espacio libre.</p><p>Para personas morales, los requisitos incluyen además el acta constitutiva, poder notarial y documentación que acredite la representación legal.</p><h2>Cómo agendar la cita en el SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMX2HRHX2ZE7LMFNIGZCG4SGHI.png?auth=788b9080a1535d8bbaedf6e845b81a369c47615018537a60054f6ca035204789&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si no hay disponibilidad inmediata, el portal ofrece la Fila Virtual: el sistema envía un token al correo del usuario cuando se libera un espacio (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Las citas se realizan exclusivamente a través del portal <b>citas.sat.gob.mx</b>. El sistema libera nuevos espacios cada día a las 7:00 horas (tiempo de México) para los siguientes 14 días.</p><p>Los pasos son:</p><p>1. Ingresar a citas.sat.gob.mx y aceptar los avisos del sistema.</p><p>2. Seleccionar el tipo de contribuyente (persona física o moral).</p><p>3. Elegir el trámite “e.firma — Primera vez” y el estado y módulo más cercano.</p><p>4. Capturar CURP o RFC, correo electrónico y teléfono celular.</p><p>5. Seleccionar fecha y hora disponibles en el calendario.</p><p>6. Confirmar y descargar el comprobante en PDF.</p><p>Si no hay disponibilidad inmediata, el portal ofrece la <b>Fila Virtual</b>: el sistema envía un token al correo del usuario cuando se libera un espacio.</p><h2>Qué ocurre en el módulo del SAT</h2><p>En la cita, el personal del SAT verifica la identidad del contribuyente mediante comparación biométrica —huella dactilar y fotografía— y coteja los documentos presentados. La cita tiene una duración estimada de entre 20 y 40 minutos.</p><p>Al finalizar, el SAT entrega en la memoria USB tres archivos: el certificado digital (<b>.cer</b>), la llave privada (<b>.key</b>) y un comprobante en PDF. El certificado queda activo en el momento de su emisión.</p><p>Es indispensable guardar los archivos <b>.cer</b> y <b>.key</b> en al menos dos lugares seguros —USB y respaldo en nube cifrada— y conservar la contraseña de la clave privada. Si se pierden los archivos o se olvida la contraseña, el proceso debe iniciarse desde cero.</p><h2>Cada cuánto se renueva y qué opciones existen</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BIPEESHIWREQLM55VLVT2QXORM.jpg?auth=4f129ca19e29bc170992c4e8f5d30786c133001bb1d7488300cd3e02e2f1c087&smart=true&width=1456&height=816" alt="Si la e.firma aún está vigente, la renovación es completamente en línea mediante el programa Certifica y el portal CertiSAT Web, sin necesidad de acudir al SAT - (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>La e.firma debe renovarse cada cuatro años. El procedimiento varía según el estado del certificado al momento de hacer el trámite.</p><p><b>Si la e.firma aún está vigente</b>, la renovación es completamente en línea mediante el programa <b>Certifica</b> y el portal <b>CertiSAT Web</b>, sin necesidad de acudir al SAT:</p><p>1. Descargar el software Certifica desde sat.gob.mx → Herramientas → Certifica.</p><p>2. Abrir Certifica y seleccionar “Solicitud de renovación de Certificado de e.firma”.</p><p>3. Cargar el archivo <b>.key</b> e ingresar la contraseña de clave privada.</p><p>4. Crear una nueva contraseña y mover el ratón de forma aleatoria hasta completar la barra de progreso.</p><p>5. El sistema genera un archivo <b>.ren</b> (solicitud de renovación). Guardarlo.</p><p>6. Ingresar a CertiSAT Web con la e.firma actual, subir el archivo <b>.ren</b> y descargar los nuevos archivos <b>.cer</b> y <b>.key</b>.</p><p>El nuevo certificado tiene vigencia de cuatro años desde la fecha de emisión.</p><h2>Renovación si la e.firma ya venció (menos de un año)</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2D55X7TVINFWJMYG4WLH7RUZF4.jpg?auth=a4b3712c4621741f8ae48085292032fc3b8d01cd649e0b2d965e35ebb967e56d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El SAT valida la identidad mediante biometría y envía una respuesta al correo registrado en un plazo máximo de cinco días hábiles. (Cuartoscuro/ Imagen ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Si el certificado caducó hace <b>menos de 12 meses</b>, el trámite puede realizarse sin cita presencial a través de la aplicación <b>SAT ID</b>, disponible para iOS y Android:</p><p>1. Abrir SAT ID e ingresar el RFC.</p><p>2. Seleccionar “Renovación de e.firma”.</p><p>3. Subir foto de la identificación oficial y realizar la prueba de vida: grabar un video corto repitiendo una frase aleatoria que el sistema indica.</p><p>4. Firmar la solicitud en pantalla y guardar el número de folio.</p><p>El SAT valida la identidad mediante biometría y envía una respuesta al correo registrado en un plazo máximo de <b>cinco días hábiles</b>. Si la solicitud es aprobada, el usuario debe regresar al programa Certifica y a CertiSAT Web para generar y descargar los archivos finales.</p><h2>Cuándo es obligatorio ir al SAT en persona</h2><p>Existen tres situaciones en las que la renovación presencial es ineludible:</p><p>La e.firma venció hace <b>más de 12 meses</b>.</p><p>El usuario no cuenta con los archivos <b>.cer</b> y <b>.key</b> de la firma anterior.</p><p>Se olvidó la contraseña de la clave privada.</p><p>En estos casos, el trámite sigue los mismos pasos y requiere los mismos documentos que la obtención por primera vez. Las citas deben agendarse con anticipación, ya que en temporadas de declaración anual —marzo y abril— la disponibilidad se agota con rapidez.</p><h2>Cómo verificar si la e.firma está vigente</h2><p>Existen tres formas de consultar el estado del certificado:</p><p><b>Portal del SAT:</b> Ingresar a sat.gob.mx con RFC y contraseña, ir a “Trámites y servicios” → “Otros trámites y servicios” → CertiSAT Web, e ingresar el RFC para consultar el estatus.</p><p><b>Archivo .cer:</b> Abrirlo con cualquier visor de certificados digitales; el archivo contiene la fecha exacta de vencimiento.</p><p><b>MarcaSAT:</b> Llamar al 55 627 22 728 para consulta telefónica.</p><p>El trámite de obtención y renovación de la e.firma ante el SAT es <b>completamente gratuito</b>. El SAT no cobra ninguna tarifa por la expedición ni por la renovación del certificado.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/6JYSTNS5EVEKHBOUXFTRTXGY3M.jpg?auth=2147343b2fbd6f8700ad4f489f3b48d07ed2495e273324999e64658cafe35148&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El SAT está facultado para hacer visitas a los domicilios de los contribuyentes.
Crédito: Imagen Ilustrativa Infobae
Crédito: Cuartoscuro]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Mensajes falsos de multas y deudas: SAT advierte sobre nueva modalidad de estafa]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/06/18/mensajes-falsos-de-multas-y-deudas-sat-advierte-sobre-nueva-modalidad-de-estafa/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/06/18/mensajes-falsos-de-multas-y-deudas-sat-advierte-sobre-nueva-modalidad-de-estafa/</guid><dc:creator><![CDATA[Manuel Rojas Berríos]]></dc:creator><description><![CDATA[En los últimos días, usuarios denuncian mensajes engañosos a nombre del Servicio de Administración Tributaria para obtener datos personales y financieros. La entidad refuerza el llamado a verificar por canales oficiales y no acceder a enlaces sospechosos]]></description><pubDate>Thu, 18 Jun 2026 20:39:40 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MZI4SJIKL5GAJK2BRJIFSW5C4Q.jpg?auth=797448faa39fd6f81f3243f6f4136b438ef7d5c4c0bc00db28a1ac5839bf4a2d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Alertan sobre nuevo método de estafa a través de multas de tránsito." height="1080" width="1920"/><p>El&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/peru/2026/06/01/sunat-la-recaudacion-tributaria-en-peru-crece-177-en-mayo-y-suma-24-meses-de-expansion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/06/01/sunat-la-recaudacion-tributaria-en-peru-crece-177-en-mayo-y-suma-24-meses-de-expansion/">Servicio de Administración Tributaria </a>(<b>SAT</b>) de la <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/06/17/carlos-bruce-rafael-lopez-aliaga-planea-un-fraude-a-la-ley-para-volver-a-la-alcaldia-de-lima-desplazando-a-luis-rubio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/06/17/carlos-bruce-rafael-lopez-aliaga-planea-un-fraude-a-la-ley-para-volver-a-la-alcaldia-de-lima-desplazando-a-luis-rubio/">Municipalidad Metropolitana de Lima</a>&nbsp;(<b>MML</b>) lanzó una advertencia pública ante el incremento de mensajes falsos que circulan entre los contribuyentes. </p><p>La entidad detectó que ciberdelincuentes envían&nbsp;<b>comunicaciones fraudulentas</b>&nbsp;desde cuentas no oficiales, simulando notificaciones de&nbsp;<b>multas</b>&nbsp;o&nbsp;<b>papeletas</b>&nbsp;pendientes con el fin de robar información personal y financiera.</p><p>En los mensajes, los remitentes incluyen enlaces que aparentan ser del&nbsp;<b>portal oficial del SAT de Lima</b>, pero en realidad<b> redirigen a páginas fraudulentas</b> con pasarelas de pago falsas.&nbsp;</p><p><b>La institución aclaró que todas las notificaciones oficiales contienen datos personalizados del contribuyente y se envían únicamente desde sus canales verificados</b>. La recomendación principal consiste en no abrir los enlaces ni proporcionar datos personales ante mensajes sospechosos.</p><p><b>La Municipalidad de Lima</b>&nbsp;instó a la ciudadanía a consultar de forma directa el portal oficial (<b>www.gob.pe/satlima</b>) o los canales de atención como&nbsp;<b>Aló SAT (01) 315 2400</b>&nbsp;y el correo&nbsp;<b>asuservicio@sat.gob.pe</b>&nbsp;para confirmar cualquier deuda o papeleta real. La entidad también recibe denuncias sobre comunicaciones sospechosas a través de sus redes sociales oficiales.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BMTZ3MFV3JAWBPEOQT53OW2OHY.jpg?auth=0c4c649e40e96e7b699e50ab0714a301f89271c1bb52325cbae6f6aa83b23794&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Alertan sobre nuevo método de estafa a través de multas de tránsito." height="1080" width="1920"/><h2>Métodos de fraude digital evolucionan y amplían riesgos</h2><p>La problemática de los avisos falsos refleja una tendencia más amplia: los métodos de&nbsp;<b>fraude digital</b>&nbsp;se han sofisticado notablemente. Según explicó&nbsp;<b>Hobber Siccha</b>, director consultivo de la Maestría en Gerencia de Tecnologías de la Información de Centrum PUCP, los&nbsp;<b>ciberdelincuentes</b>&nbsp;aprovechan tecnologías actuales para perfeccionar sus estafas. </p><p>“Los delincuentes utilizan las mismas herramientas tecnológicas que facilitan nuestra vida diaria para cometer fraudes cada vez más sofisticados”, declaró Siccha para&nbsp;<i>Infobae Perú</i>.</p><p>Entre las modalidades emergentes se encuentra el&nbsp;<b>quishing</b>, una técnica que utiliza&nbsp;<b>códigos QR</b>&nbsp;para dirigir a los usuarios a sitios falsos y obtener&nbsp;<b>credenciales bancarias</b>&nbsp;o instalar programas maliciosos. </p><p>Los códigos QR, presentes en restaurantes, comercios y servicios digitales, se han convertido en un objetivo frecuente. “Lo que el delincuente busca es que la persona entregue información sensible o descargue un programa que permita acceder a sus datos”, puntualizó Siccha.</p><p>Otra táctica en auge es el&nbsp;<b>wangiri</b>, basada en llamadas perdidas desde números internacionales. El objetivo es que la víctima devuelva la llamada y, según el número marcado, los cargos pueden alcanzar&nbsp;<b>20 o 30 dólares</b>&nbsp;o más si la persona insiste en comunicarse.&nbsp;</p><p>En las últimas semanas se han multiplicado los reportes de llamadas desde países con los que los usuarios no tienen ningún vínculo, como&nbsp;<b>Bangladesh</b>,&nbsp;<b>Congo</b>,&nbsp;<b>Yemen</b>&nbsp;o&nbsp;<b>Irak</b>.</p><h2>Spoofing e inteligencia artificial</h2><p>El&nbsp;<b>caller ID spoofing</b>&nbsp;representa otro riesgo: mediante esta técnica se falsifica el identificador de llamadas para que en la pantalla del usuario aparezca el número de una entidad legítima, como un banco o una institución estatal. </p><p>Esto permite a los estafadores simular comunicaciones urgentes sobre bloqueos de cuentas o consumos sospechosos, buscando obtener contraseñas o inducir a transferencias.</p><p>La&nbsp;<b>ingeniería social</b>&nbsp;sigue siendo el eje de estos fraudes. Los delincuentes apelan a la urgencia y al miedo para que el usuario actúe sin verificar la autenticidad de los mensajes, según detalló Siccha para&nbsp;<i>Infobae Perú</i>. Además, el avance de la&nbsp;<b>inteligencia artificial</b>&nbsp;ha facilitado la clonación de voces y la creación de videos falsos, lo que dificulta distinguir entre una comunicación legítima y una estafa.</p><p>Las cifras reflejan la magnitud del problema:&nbsp;<b>más de 42 mil denuncias por ciberdelitos</b>&nbsp;se registran cada año en el Perú, según datos citados por Siccha. La principal herramienta de defensa sigue siendo la&nbsp;<b>prevención</b>. “Verificar antes de hacer clic, antes de escanear un código QR o antes de compartir información personal puede marcar la diferencia entre una operación segura y una pérdida económica importante”, aconsejó el especialista.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MZI4SJIKL5GAJK2BRJIFSW5C4Q.jpg?auth=797448faa39fd6f81f3243f6f4136b438ef7d5c4c0bc00db28a1ac5839bf4a2d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Alertan sobre nuevo método de estafa a través de multas de tránsito.]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT 2026: cuándo puede embargar cuentas bancarias y bienes de los contribuyentes]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-cuando-puede-embargar-cuentas-bancarias-y-bienes-de-los-contribuyentes/</guid><dc:creator><![CDATA[Lorna Huitrón]]></dc:creator><description><![CDATA[Conoce los casos en que puede actuar la autoridad es fundamental para evitar sanciones y mantener una situación fiscal regular]]></description><pubDate>Thu, 18 Jun 2026 19:08:46 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ABGFCKQDLVHUBJWK5GHLMZDGPA.jpg?auth=f9d1e490079627d83e92fc9d1771ddbb00dca69fe8402598391b281f29fad861&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>Durante 2026, el<b> Servicio de Administración Tributaria (SAT) </b>continuará fortaleciendo sus mecanismos de fiscalización con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las <b>obligaciones tributarias de personas físicas y morales</b>. Entre las facultades más relevantes de la autoridad fiscal se encuentra la posibilidad de <b>embargar cuentas bancarias y bienes de los contribuyentes</b>, aunque esta medida no se aplica de manera automática ni indiscriminada.</p><p>Contrario a lo que suelen afirmar algunas publicaciones difundidas en redes sociales, el SAT no puede congelar cuentas o incautar bienes únicamente porque una persona haya retrasado un trámite administrativo. Para que esto ocurra, debe existir un procedimiento legal previo y una causa debidamente fundamentada.</p><h2>¿En qué casos puede el SAT embargar cuentas bancarias?</h2><p>La principal razón por la que el<b> SAT puede ordenar la inmovilización de cuentas bancarias </b>es la existencia de créditos fiscales firmes. Esto ocurre cuando la autoridad determina oficialmente que un contribuyente tiene impuestos, multas, actualizaciones o recargos pendientes de pago y estos no son cubiertos dentro de los plazos establecidos.</p><p>Cuando la deuda fiscal ya no puede ser impugnada o el contribuyente no ejerce los medios de defensa correspondientes, el SAT puede iniciar acciones para recuperar los recursos adeudados.</p><p>En estos casos, la autoridad puede solicitar a las instituciones financieras la retención de fondos hasta por el monto necesario para cubrir la obligación pendiente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ5AOTGYS5E57MK7WTDAY5RU3I.png?auth=483ab039822ea1e711d5eb4d289f0655bdf059c912d465c725aec924c0bbe33d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El SAT puede ordenar la inmovilización de cuentas bancarias y el embargo de bienes únicamente cuando existen adeudos fiscales firmes o incumplimientos comprobados, siempre mediante los procedimientos legales establecidos" height="1536" width="2752"/><h2>Los movimientos bancarios que pueden generar revisiones</h2><p>Además de los adeudos fiscales, el SAT cuenta con herramientas para detectar inconsistencias entre los ingresos declarados y los movimientos financieros registrados en las cuentas bancarias.</p><p>Entre las operaciones que pueden llamar la atención de la autoridad destacan:</p><ul><li>Depósitos en efectivo sin documentación que acredite su origen.</li><li>Transferencias frecuentes provenientes de diversas personas.</li><li>Movimientos financieros que no corresponden con la actividad económica declarada.</li><li>Incrementos repentinos y significativos en los ingresos de una cuenta.</li><li>Recursos que no fueron reportados en declaraciones fiscales.</li></ul><p>La detección de alguno de estos movimientos no implica automáticamente una sanción. Sin embargo, sí puede derivar en requerimientos de información o auditorías para verificar la procedencia de los recursos y su correcta declaración ante el fisco.</p><h2>El Procedimiento Administrativo de Ejecución</h2><p>Cuando existe una deuda fiscal exigible y el contribuyente no regulariza su situación, el SAT puede recurrir al Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE).</p><p>Este mecanismo legal permite a la autoridad realizar acciones encaminadas al cobro de créditos fiscales, incluyendo la inmovilización de cuentas bancarias y, en casos necesarios, el embargo de bienes muebles o inmuebles.</p><p>Antes de llegar a esta etapa, el SAT debe notificar formalmente al contribuyente y otorgarle la oportunidad de cumplir con sus obligaciones o presentar las aclaraciones que considere pertinentes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El SAT puede ordenar la inmovilización de cuentas bancarias y el embargo de bienes únicamente cuando existen adeudos fiscales firmes o incumplimientos comprobados, siempre mediante los procedimientos legales establecidos" height="768" width="1408"/><h2>Derechos de los contribuyentes ante una fiscalización</h2><p>La legislación fiscal mexicana establece diversas garantías para los contribuyentes. Cualquier embargo debe estar debidamente fundado y motivado, además de ser notificado conforme a los procedimientos legales.</p><p>Asimismo, las personas sujetas a una revisión pueden presentar documentación para aclarar inconsistencias, interponer recursos de revocación o promover juicios ante las autoridades competentes si consideran que existe una actuación indebida.</p><p>También es posible ofrecer garantías alternativas, como fianzas o bienes inmuebles, para evitar la inmovilización de recursos financieros.</p><h2>Cómo evitar problemas con el SAT en 2026</h2><p>Especialistas en materia fiscal recomiendan mantener una administración ordenada de las finanzas personales y empresariales para reducir riesgos ante posibles revisiones.</p><p>Entre las principales medidas preventivas destacan presentar las declaraciones en tiempo y forma, mantener actualizado el <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC), </b>atender los mensajes enviados a través del <b>Buzón Tributario</b> y conservar comprobantes de operaciones como préstamos, donaciones, herencias, ventas o cualquier ingreso extraordinario.</p><p>Además, es importante evitar prestar cuentas bancarias a terceros, ya que los movimientos registrados serán atribuidos al titular de la cuenta y podrían generar cuestionamientos por parte de la autoridad fiscal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ABGFCKQDLVHUBJWK5GHLMZDGPA.jpg?auth=f9d1e490079627d83e92fc9d1771ddbb00dca69fe8402598391b281f29fad861&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Infobae/IA</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT 2026: los gastos médicos de tu día a día por los que te tienen que devolver dinero]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-los-gastos-medicos-de-tu-dia-a-dia-por-los-que-te-tienen-que-devolver-dinero/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/18/sat-2026-los-gastos-medicos-de-tu-dia-a-dia-por-los-que-te-tienen-que-devolver-dinero/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[La clave está en deducir consultas, hospitales, lentes y seguros con pago bancario y factura digital para reducir el ISR y generar un saldo a favor en la Declaración Anual]]></description><pubDate>Thu, 18 Jun 2026 17:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/COQNQWJEDBGEXP4UEWKFLTLPTI.png?auth=b85a11d6cded2d833a8d1c4ef07c72a790848dfe27332492f7e0d1a30e97991f&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los contribuyentes personas físicas pueden obtener un saldo a favor al presentar su declaración anual con deducciones personales.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El Servicio de Administración Tributaria <b>(SAT)</b> puede <b>devolver</b> dinero por<b> gastos médicos</b>.</p><p>El mecanismo funciona a través de la <b>Declaración Anual</b>. Al registrar estos gastos como <b>deducciones personales</b>, la base gravable del Impuesto Sobre la Renta (ISR) disminuye. </p><p>Si el empleador ya retuvo impuestos durante el año o el contribuyente realizó pagos provisionales, la diferencia puede convertirse en un <b>saldo a favor</b> que el <b>SAT </b>está obligado a <b>devolver</b>, de acuerdo con el portal oficial de la misma institución. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El SAT puede devolver dinero a quienes registren correctamente sus gastos médicos en la Declaración Anual.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Quién puede deducir y a favor de quién</h2><p>Según la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISR), artículo 151, los gastos médicos son <b>deducibles</b> cuando se realizan para el <b>propio contribuyente</b>, su <b>cónyuge</b> o pareja en concubinato, y para sus <b>padres</b>,<b> hijos </b>o <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/16/el-confuso-requisito-que-te-puede-dejar-fuera-de-las-pensiones-del-bienestar-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/16/el-confuso-requisito-que-te-puede-dejar-fuera-de-las-pensiones-del-bienestar-2026/">abuelos</a>.</p><p>En el caso de los<b> familiares</b>, la condición es que no hayan percibido ingresos iguales o superiores al<b> salario mínimo </b>general elevado al año.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NAJWXF373FBH7G76WEAACDARS4.png?auth=768f2478aca52b675da8e82fcc5dc3c9658ebee9efcad43e8825ae65a1ea264d&smart=true&width=1408&height=768" alt="Los gastos médicos deducibles también aplican para cónyuge, hijos y padres del contribuyente, bajo ciertas condiciones.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza <b>(RESICO)</b> no pueden aplicar <b>deducciones personales</b>, advierte el <b>SAT</b>. </p><p>Tampoco quienes obtienen ingresos por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/">plataformas tecnológicas</a>, salvo que presenten su <b>declaración anual</b> sobre ese ejercicio.</p><h2>Los gastos médicos de todos los días que sí puedes deducir</h2><p>El SAT reconoce como deducibles los honorarios de <b>médicos</b>, <b>dentistas</b>, <b>psicólogos </b>y<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/14/el-desayuno-tradicional-mexicano-que-los-expertos-en-nutricion-recomiendan-para-llenarte-de-energia-sin-subir-de-peso/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/14/el-desayuno-tradicional-mexicano-que-los-expertos-en-nutricion-recomiendan-para-llenarte-de-energia-sin-subir-de-peso/"> nutriólogos</a>, siempre que el profesional cuente con<b> título legalmente expedido</b> y registrado ante las autoridades educativas. </p><p>También entran los <b>gastos hospitalarios</b>, análisis clínicos, <b>estudios de laboratorio</b>, prótesis, y la compra o renta de aparatos para<b> rehabilitación</b>, según el <a href="https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeduccionesPersonales/gastos_medicos.html" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeduccionesPersonales/gastos_medicos.html">portal oficial</a>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JN7AQ2PUWRFGXN6336UAER5FBI.png?auth=80fcf594793fddc148f5e8f25cbb9efca1fb889a49b5b977245067f5bcaff335&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El artículo 151 de la LISR regula las deducciones personales que pueden aplicar las personas físicas en México.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Los<b> lentes ópticos graduados</b> también son deducibles, al igual que los honorarios al personal de enfermería. </p><p>Las primas de <b>seguros de gastos médicos</b> mayores aplican, pero deben declararse bajo el tipo D07 y no como gasto <b>médico directo</b>, aclara el SAT.</p><p>Las<b> medicinas recetadas </b>durante una hospitalización sí proceden, pero únicamente cuando aparecen dentro del comprobante del <b>hospital</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GMT6MKQRQJAXJKME27UPH4I7NM.png?auth=c1fd93d3cabdfe1878145f9b790d948365943acca76cb38bc8b6d262b965bfa7&smart=true&width=1408&height=768" alt="No todos los gastos médicos son deducibles ante el SAT; la forma de pago y la facturación determinan si proceden. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Las <b>compradas en farmacia </b>no son deducibles, de acuerdo con la institución. </p><h2>Sin estos requisitos, el SAT no reconoce el gasto</h2><p>La condición para que los gastos sean deducibles es que se hayan pagado con <b>transferencia</b>, <b>tarjeta </b>o <b>cheque nominativo</b>, según lo establece el artículo 151 de la LISR.</p><p>El contribuyente también debe contar con el comprobante fiscal digital, el <b>CFDI</b>, que respalde cada gasto.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UGRMHYMPIBBZTBWYCZC2WDMMVY.png?auth=ceca585a3c9caff9d3fd80978f0983989f88e6d8d2352a572da9ed564745a154&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Esta infografía detalla los requisitos del SAT para deducir gastos personales, incluyendo métodos de pago válidos, la obligatoriedad del CFDI y el cálculo del límite anual de deducciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El límite que fija la LISR para el total de deducciones personales es el que resulte <b>menor entre el 15%</b> de los ingresos anuales totales —incluyendo los exentos— o cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización <b>(UMA)</b>. </p><p>Así lo precisan tanto la LISR en su <b>artículo 151 </b>como el portal oficial del <b>SAT</b>.</p><p>El valor de la UMA diaria en 2026 es de <b>117.31 pesos mexicanos</b>, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/05/asi-esta-la-educacion-en-mexico-cuantos-anos-de-escuela-tiene-en-promedio-un-adulto/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/05/asi-esta-la-educacion-en-mexico-cuantos-anos-de-escuela-tiene-en-promedio-un-adulto/">(INEGI)</a>, lo que fija el tope máximo de deducción en más de 200 mil pesos mexicanos para este año.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7F2F6R5AA5EZNARUY4KBHZAW6Q.png?auth=2eea6168db6d48105afc718bc8a4e67a62e860e98821eaf540665e1414a80ed5&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El total de deducciones personales no puede rebasar el 15% de los ingresos anuales o cinco veces el valor anual de la UMA.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Lo que el SAT no acepta aunque tengas factura</h2><p>No todas las facturas médicas son válidas. El <b>SAT</b> rechaza comprobantes que incluyan conceptos no autorizados como coaseguros o <b>membresías de descuento</b>. </p><p>En hospitales, tampoco proceden cargos de <b>florería ni cafetería</b>, de acuerdo con el portal oficial.</p><p>El gasto debe pertenecer al mismo<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/sabes-que-dice-tu-contrato-de-trabajo-lo-que-muchos-firman-sin-leer-y-puede-costarles-caro/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/sabes-que-dice-tu-contrato-de-trabajo-lo-que-muchos-firman-sin-leer-y-puede-costarles-caro/"> ejercicio fiscal</a> de la declaración; los de <b>años anteriores</b> no aplican. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QC5VIFP2FRHMDCAWXIKKKZNDQI.png?auth=e951c631a71ccc141e7fc218691bc3aa5bdac30b54b7544a429cc58151fb8e1a&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las medicinas compradas en farmacia no son deducibles; solo proceden las recetadas durante una hospitalización y registradas en el comprobante del hospital. crédito Visuales IA Infobae" height="768" width="1408"/><p>Además, el cargo debe salir de una cuenta bancaria a nombre del <b>contribuyente</b>. </p><p>Los gastos <b>pagados en efectivo</b> pierden su<b> deducibilidad</b>, establece la LISR en su artículo 151, en su última reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2024.</p><p>En la factura, el SAT pide verificar que el RFC esté <b>escrito correctamente</b>, que el producto o servicio sea el correcto y que aparezca el <b>“Uso de CFDI”</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WHMFJE3EKFGHXBJU2JNFFA5OQE.png?auth=d3165abb26faf5a3488f7f0edffdf9ffe74f01e8ac7eefa5a3304f06ddbf83e3&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los gastos pagados en efectivo no son deducibles ante el SAT; se requiere transferencia, tarjeta o cheque nominativo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Las facturas se cargan automáticamente al sistema al momento de la declaración; si no aparecen, deben subirse <b>de forma manual</b> con apoyo de la guía tutorial del trámite, según el<a href="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home" target="_blank" rel="" title="https://www.sat.gob.mx/portal/public/home"> portal oficial </a>del SAT. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/COQNQWJEDBGEXP4UEWKFLTLPTI.png?auth=b85a11d6cded2d833a8d1c4ef07c72a790848dfe27332492f7e0d1a30e97991f&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[La ilustración muestra dinero y medicamentos que caen en un bolsillo, simbolizando los elevados costos de la atención médica y los productos farmacéuticos. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT estrena liderazgo en Grandes Contribuyentes: Congreso ratifica a Jennifer Krystel Castillo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/17/sat-estrena-liderazgo-en-grandes-contribuyentes-congreso-ratifica-a-jennifer-krystel-castillo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/17/sat-estrena-liderazgo-en-grandes-contribuyentes-congreso-ratifica-a-jennifer-krystel-castillo/</guid><dc:creator><![CDATA[Alexa Cirel]]></dc:creator><description><![CDATA[La nueva funcionaria impulsará auditorías focalizadas en operaciones de riesgo y promete mayor certeza jurídica para los contribuyentes]]></description><pubDate>Wed, 17 Jun 2026 21:46:56 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3A2BQ3D5HNE5PHV5HCOXEUDBAM.png?auth=3ba9d06e3bb4be3964fd099dc969fa8639e4393b6ad8c3d4a053786284641f37&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El Congreso ratificó a Jennifer Krystel Castillo Madrid al frente de una de las áreas más estratégicas del SAT." height="1536" width="2752"/><p>La Comisión Permanente del Congreso de la Unión ratificó a <b>Jennifer Krystel Castillo Madrid</b> como titular de la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/"> Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria (SAT)</a>, luego de obtener <b>26 votos a favor</b> y <b>8 en contra</b>. </p><p>La funcionaria fue propuesta por la <b>presidenta Claudia Sheinbaum Pardo</b> para encabezar una de las áreas más relevantes en materia de <b>recaudación fiscal</b> del país.</p><p>Durante su comparecencia ante la <b>Tercera Comisión de Asuntos Económicos</b>, <b>Castillo Madrid</b> presentó las principales <b>líneas de trabajo</b> que impulsará al frente del organismo, con énfasis en una <b>fiscalización estratégica</b> basada en <b>inteligencia fiscal</b>, <b>análisis de datos</b> y <b>certeza jurídica</b> para los <b>contribuyentes</b>.</p><h2>Auditorías a grandes contribuyentes se enfocarán en operaciones de riesgo</h2><p>La nueva titular explicó que las <b>auditorías</b> dejarán de estar basadas en <b>revisiones generalizadas</b> para concentrarse en <b>operaciones</b> consideradas de <b>alto riesgo</b>. Para ello, el <b>SAT</b> utilizará <b>sistemas automatizados</b> que cruzan <b>información</b> y generan <b>indicadores</b> para detectar posibles <b>irregularidades</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Q5D5PO65HZAPROJC2VNU4AYVHY.jpg?auth=ec0cd81424de3d237fffa1f63982ee82dd64118774bd74163c40bfce2b402840&smart=true&width=750&height=536" alt="Castillo Madrid plantea reducir tiempos de respuesta y agilizar devoluciones a contribuyentes." height="536" width="750"/><p>Según detalló, las <b>revisiones</b> estarán dirigidas principalmente a <b>contribuyentes</b> vinculados con <b>empresas</b> que simulan <b>operaciones</b>, conocidas como “<b>factureras</b>”, así como a quienes reporten <b>pérdidas fiscales recurrentes</b>, presenten <b>abusos en deducciones</b>, registren <b>ingresos no declarados</b> o muestren <b>inconsistencias</b> entre <b>compras</b>, <b>importaciones</b> y <b>ventas</b>.</p><p><b>Castillo Madrid</b> aseguró que el objetivo es combatir la <b>evasión fiscal</b> sin generar <b>cargas innecesarias</b> para quienes cumplen con sus <b>obligaciones tributarias</b>.</p><p><b>Datos clave sobre los grandes contribuyentes en México</b></p><ul><li>México cuenta con más de <b>67 millones de contribuyentes activos</b>.</li><li>De ellos, <b>15 mil 644</b> pertenecen al segmento de <b>grandes contribuyentes</b>.</li><li>Este grupo representa apenas el <b>0.02%</b> del <b>padrón nacional</b>.</li><li>Sin embargo, aporta alrededor del <b>52%</b> de la <b>recaudación federal</b>.</li><li>Entre <b>2023 y 2025</b> se realizaron <b>2 mil 480 auditorías o revisiones ágiles</b> a este sector.</li><li>Sólo cerca del <b>6%</b> de los <b>grandes contribuyentes</b> fue sujeto a algún <b>acto de fiscalización</b> durante ese periodo.</li></ul><h2>Recaudación fiscal mantiene crecimiento sin aumentar impuestos</h2><p>Durante su exposición, la <b>funcionaria</b> destacó que los <b>ingresos tributarios</b> continúan siendo la principal fuente de <b>financiamiento</b> del <b>sector público</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JVK6QYT4PND7RL6SP4OWTKI2HM.jpg?auth=a56616359cf9c176d3b5ecf1cc8fbc1c76027575a18520edba7245305745607d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los grandes contribuyentes aportan más de la mitad de la recaudación federal en México." height="1080" width="1920"/><p>Recordó que en <b>2025</b> la <b>recaudación</b> alcanzó los <b>5.3 billones de pesos</b>, cifra que representó un <b>crecimiento real de 4%</b> respecto al año anterior.</p><p>Además, señaló que al cierre del <b>primer trimestre de 2026</b> los <b>ingresos tributarios</b> representaron el <b>70.8%</b> de los <b>recursos captados</b> por el <b>sector público</b>, reflejando la importancia de fortalecer los <b>mecanismos de cumplimiento fiscal</b> sin recurrir a incrementos en las <b>tasas impositivas</b>.</p><h2>Transparencia y certeza jurídica, ejes de la nueva administración</h2><p>Como parte de su <b>plan de trabajo</b>, <b>Castillo Madrid</b> planteó mejorar los <b>procesos de recaudación</b> mediante <b>auditorías más eficientes</b>, acelerar las <b>devoluciones</b> a <b>contribuyentes</b> y reducir los <b>tiempos de resolución</b> de <b>consultas</b>, <b>autorizaciones</b> y <b>procedimientos administrativos</b>.</p><p>Asimismo, propuso fortalecer los <b>criterios de programación</b> de <b>auditorías</b> para evitar <b>duplicidades</b> y <b>auditorías simultáneas</b> sobre un mismo <b>contribuyente</b>. También anunció que se buscará solicitar únicamente <b>información representativa</b> para cada <b>revisión</b>, con el fin de reducir <b>cargas administrativas</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OFP7NS7NC5G2PMHAZGVVOI4ZMQ.jpg?auth=2242817ebf63916238385a55d8cd88c68ad8407161374d669b4f277816c5c1fe&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Transparencia y certeza jurídica serán los pilares de la nueva gestión en el SAT.
Crédito: VICTORIA VALTIERRA/CUARTOSCURO" height="1080" width="1920"/><p>La <b>funcionaria</b> subrayó que se uniformarán los <b>criterios de revisión</b> y se respetarán los <b>plazos legales</b>, los <b>tratados internacionales</b> para evitar la <b>doble tributación</b> y las <b>reglas de caducidad</b> en las <b>facultades de comprobación</b> de la <b>autoridad fiscal</b>.</p><h2>¿Quién es Jennifer Krystel Castillo Madrid?</h2><p><b>Jennifer Krystel Castillo Madrid</b> cuenta con <b>18 años de experiencia</b> en la <b>administración pública</b>. </p><p>A lo largo de su <b>trayectoria</b> ha ocupado <b>cargos estratégicos</b> en las <b>secretarías de Administración y Finanzas</b> y de <b>Educación</b> del <b>Gobierno de la Ciudad de México</b>, además de desempeñarse en la <b>Oficialía Mayor capitalina</b> y en la <b>Secretaría de Energía</b> del <b>Gobierno federal</b>.</p><p>Es <b>licenciada en Derecho</b>, cuenta con <b>estudios de posgrado en Administración Pública</b> y ha cursado diversos <b>diplomados en derecho tributario</b>, <b>auditoría</b> y <b>finanzas</b>. Además, actualmente es <b>candidata a doctora en el área de finanzas</b>.</p><p>Tras rendir <b>protesta</b> ante la <b>Comisión Permanente</b>, la nueva <b>administradora general de Grandes Contribuyentes</b> reiteró su compromiso de conducir esta área del <b>SAT</b> con apego a la <b>legalidad</b>, <b>eficiencia</b>, <b>transparencia</b> y <b>certeza jurídica</b>, buscando fortalecer la <b>confianza</b> entre la <b>autoridad fiscal</b> y los <b>contribuyentes</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3A2BQ3D5HNE5PHV5HCOXEUDBAM.png?auth=3ba9d06e3bb4be3964fd099dc969fa8639e4393b6ad8c3d4a053786284641f37&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[El Congreso ratificó a Jennifer Krystel Castillo Madrid al frente de una de las áreas más estratégicas del SAT.]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Sheinbaum señala ‘punto rojo’ en Jalisco de empresas fantasma y facturas falsas]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/16/sheinbaum-senala-punto-rojo-en-jalisco-de-empresas-fantasma-y-facturas-falsas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/16/sheinbaum-senala-punto-rojo-en-jalisco-de-empresas-fantasma-y-facturas-falsas/</guid><dc:creator><![CDATA[Fernanda López Castro]]></dc:creator><description><![CDATA[La presidenta indicó que hubo “una detención muy importante” realizada por la FGR tras una denuncia del SAT]]></description><pubDate>Tue, 16 Jun 2026 18:09:58 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PMHI6KGRCNDA7NRZTMTXCGZH7M.jpg?auth=8eca6bd2333a3f7dea8e0f247a03eb16e62e2ce88d8cb64debf89670d75fa10d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Sheinbaum dijo que la mayoría de las empresas sancionadas están en Jalisco. | Presidencia" height="1080" width="1920"/><p>La presidenta <b>Claudia Sheinbaum Pardo </b>señaló<b> </b>que <b>Jalisco </b>concentra la mayoría de los casos detectados de personas que falsifican facturas, en el marco del combate a las empresas que facturan operaciones simuladas <b>(EFOS)</b>, a las que se vincula con prácticas de evasión fiscal.</p><p>En su conferencia ‘La Mañanera del Pueblo’, la mandataria confirmó que recientemente la Fiscalía General de la República (FGR) ejecutó “una detención muy importante”, la cual “es la primera en la historia” que se hace por denuncia del SAT, resaltando que su gobierno solicitará más información sobre el caso.</p><p>“Sí, hubo una detención muy importante por parte de la Fiscalía General de la República a denuncia del SAT. Es la primera en la historia que se hace de detenciones de personas que falsificaban facturas, la mayoría en Jalisco, la mayoría de ellas en Jalisco. Y vamos a pedir a la Fiscalía que pueda informar con mayor detalle”, dijo en Palacio Nacional.</p><p>Sheinbaum aseguró que el SAT hace una revisión permanente junto con la Procuraduría Fiscal, para evitar las facturas falsas, resaltando que aún son un mecanismo para no pagar impuestos.</p><p>“Y está permanentemente el SAT haciendo una revisión junto con la Procuraduría Fiscal, y permanentemente quitando sellos, y algunas otras medidas que han tomado para evitar las facturas falsas, que es todavía una manera de evadir los impuestos, de evadir el pago de impuestos”, concluyó.</p><p>Ayer, Gari Flores, administrador general de Recaudación del SAT, informó que se suspendieron los sellos digitales de <b>7 mil 300 contribuyentes </b>vinculados a estos esquemas a <b>empresas </b>que facturan operaciones simuladas (<b>EFOS</b>). </p><p>En conferencia de prensa, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos informaó que, durante los últimos tres meses, se observó un incremento en el número de contribuyentes incluidos en los listados que publica el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> en el <i>Diario Oficial de la Federación (DOF)</i> los días 30 de abril, 15 de mayo y 5 de junio de 2026. En cada publicación, precisa el organismo, se incorporan <b>más de 100 EFOS</b>.</p><p>Las EFOS, conocidas como “factureras”, son empresas que emiten comprobantes fiscales por operaciones inexistentes o simuladas.</p><p>El IMCP sostuvo que el combate a las factureras se fortalece después de una baja en años recientes y detalló que en 2018 se registraron alrededor de <b>3 mil</b> en la lista definitiva, mientras que en 2022 y 2023 la cifra es inferior a <b>100</b>. </p><p>En los listados más recientes del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), agregó, se observa una tendencia creciente.</p><h2>Prevén aumento en padrón de EFOS</h2><p>El IMCP estimó que al cierre de 2025 el número de contribuyentes señalados como EFOS será casi de <b>14 mil</b>, de los cuales aproximadamente <b>12 mil</b> ya forman parte de la lista definitiva. También prevé que durante 2026 continúe el fortalecimiento de las acciones de combate a las factureras.</p><p>El organismo indicó que este esfuerzo se complementa con la aplicación de la reforma fiscal relativa al artículo 49-Bis del CFF, que contempla visitas exprés dirigidas a emisores de esos comprobantes fiscales.</p><p>Ante este escenario, recomendó a los contribuyentes <b>verificar periódicamente el listado 69-B del CFF</b>, acreditar la materialidad de sus operaciones si están en revisión y evitar estrategias fiscales que puedan considerarse indebidas, por sus posibles consecuencias administrativas y penales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/PMHI6KGRCNDA7NRZTMTXCGZH7M.jpg?auth=8eca6bd2333a3f7dea8e0f247a03eb16e62e2ce88d8cb64debf89670d75fa10d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Sheinbaum dijo que la mayoría de las empresas sancionadas están en Jalisco. | Presidencia]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[FGR detiene a Héctor Taurino, exfuncionario del SAT, por enriquecimiento ilícito]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/fgr-detiene-a-hector-taurino-exfuncionario-del-sat-por-enriquecimiento-ilicito/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/fgr-detiene-a-hector-taurino-exfuncionario-del-sat-por-enriquecimiento-ilicito/</guid><dc:creator><![CDATA[Juan Castillo]]></dc:creator><description><![CDATA[El exadministrador central de Grandes Contribuyentes fue capturado en Xalapa, Veracruz]]></description><pubDate>Sat, 13 Jun 2026 23:48:07 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DOCZWCOPZBD3ZE3BGQOXWSXWQE.jpg?auth=3be7c92c1a3da9b302f6f97f95038020b670fc3bcb4a1785783f6ecfa45a591b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La captura fue realizada en Veracruz: Crédito: FGR" height="1080" width="1920"/><p>La <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/papas-de-los-43-rechazan-criminalizacion-tras-presunto-hallazgo-de-explosivos-piden-a-fgr-retomar-lineas-clave-de-investigacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/papas-de-los-43-rechazan-criminalizacion-tras-presunto-hallazgo-de-explosivos-piden-a-fgr-retomar-lineas-clave-de-investigacion/"><b>Fiscalía General de la República</b></a> <b>(FGR)</b> anunció este sábado 13 de junio la detención de <b>Héctor Taurino Landa Cabrera</b>, exadministrador central de Coordinación Estratégica de la Administración General de <b>Grandes Contribuyentes</b> del Servicio de Administración Tributaria<b> (SAT)</b>, por su posible participación en el delito de <b>enriquecimiento ilícito</b>. </p><p>La aprehensión se ejecutó en la colonia<b> Felipe Carrillo Puerto</b>, en <b>Xalapa</b>, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/periodistas-asesinados-y-desaparecidos-en-veracruz-los-casos-que-antecedieron-a-roxana-guzman/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/periodistas-asesinados-y-desaparecidos-en-veracruz-los-casos-que-antecedieron-a-roxana-guzman/"><b>Veracruz</b></a>, luego de que la <b>FGR </b>obtuviera una orden judicial en su contra.</p><p>La investigación determinó que<b> Landa Cabrera</b>, quien ocupó el cargo entre 2011 y 2018, habría incrementado su patrimonio de manera injustificada. Además, habría recibido un bien inmueble como pago por un contrato de prestación de servicios que no fue realizado.</p><p>Actualmente se encuentra en el <b>Reclusorio Sur de la CDMX</b>, en espera de su audiencia inicial.</p><p>El detenido entró al SAT en 2011, durante el sexenio de <b>Felipe Calderón</b>, y salió en 2018, al cierre del gobierno de <b>Enrique Peña Nieto.</b></p><p><b>Landa Cabrera </b>intentó frenar el proceso en su contra al señalar que la tipificación del delito prejuzgaba el origen de su patrimonio. En mayo de 2023, la <b>SCJN</b> negó por unanimidad el amparo. </p><h2>Análisis patrimonial y trabajo de inteligencia precedieron la detención</h2><p>Las autoridades revelaron tras la detención de <b>Taurino </b>que elementos de la Agencia de Investigación Criminal <b>(AIC) </b>desarrollaron técnicas de investigación, análisis patrimonial, verificación de domicilios y trabajos de inteligencia para localizar al ex funcionario. </p><p>El operativo contó con el acompañamiento del <b>SAT</b>, institución en la que <b>Landa Cabrera</b> trabajó durante siete años como responsable de la coordinación estratégica de la Administración General de Grandes Contribuyentes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EUB3XDQLS5CBFEMOPMZUHH2YNI.jpg?auth=335fdb60de29eb52cfa3cc88df5d31e27fab98471118c43eb2d82bd366066e3a&smart=true&width=432&height=576" alt="Fue detenido la noche del pasado 11 de junio. Crédito: FGR" height="576" width="432"/><p>El Ministerio Público Federal <b>(MPF)</b> adscrito a la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción<b> (FEMCC)</b> solicitó y obtuvo la orden de aprehensión con base en los datos de prueba recabados por la <b>AIC</b>. </p><p>Fue la propia institución tributaria la que acompañó a la <b>AIC </b>en la obtención de información que derivó en la investigación penal contra su ex funcionario.</p><p>Vigilancias fijas y móviles, realizadas en distintos días y horarios, confirmaron la presencia de<b> Landa Cabrera</b> en un domicilio ubicado en la calle <b>Juan Rodríguez Clara</b>, entre <b>Reforma </b>y <b>Mártires de Xalapa</b>, municipio de <b>Xalapa</b>. Con esa información, la <b>FGR </b>diseñó un operativo controlado para su aseguramiento.</p><h2>La Policía Federal Ministerial ejecutó el operativo de noche</h2><p>El jueves 11 de junio, a las 8:29 de la noche, la <b>Policía Federal Ministerial</b> <b>(PFM)</b> ejecutó la detención con apoyo de autoridades del Gabinete de Seguridad, en estricto apego al Plan Estratégico de Procuración de Justicia y la Estrategia Nacional de Seguridad. </p><p>Autoridades afirmaron que al momento de la aprehensión, se le leyó a <b>Landa Cabrera</b> la Cartilla de Derechos de las Personas en Detención, con lo que la <b>FGR </b>garantizó el debido proceso y el respeto a sus derechos humanos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6V3MDG7E5BCS7IIYENUFIRKGVQ.png?auth=c4a2d2e37e73e0ea4327ef3ba0a23abbf05d35eac597b8dadd687c5d2a9219c3&smart=true&width=502&height=647" alt="Taurino es señalado como un exalto mando del SAT. Crédito: RND" height="647" width="502"/><p>El Registro Nacional de Detenciones<b> (RND)</b> describe a <b>Landa Cabrera</b> con tez clara, complexión regular, estatura de 1.80 metros, cabello corto y vestimenta compuesta por camisa a cuadros azul, saco caqui, pantalón caqui y zapatos negros. La ficha no consignó ningún alias.</p><p>Tras su aseguramiento, <b>Landa </b>quedó a disposición de un juez federal en el Centro de Justicia Penal Federal <b>(CJPF) </b>con sede en el <b>Reclusorio Sur</b>, en la<b> Ciudad de México</b>, donde se celebrará su audiencia inicial.</p><p>La <b>FGR </b>precisó que a <b>Héctor Taurino</b> se le presume inocente mientras no exista una sentencia condenatoria emitida por la autoridad judicial competente.</p><p>Su área en el <b>SAT </b>tenía como función vigilar que las grandes empresas del país cumplieran con sus obligaciones fiscales. <b>Landa Cabrera </b>coordinaba las investigaciones que determinaban cuánto dinero perdía el fisco por posibles delitos tributarios, y era quien ordenaba auditorías y embargos de cuentas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DOCZWCOPZBD3ZE3BGQOXWSXWQE.jpg?auth=3be7c92c1a3da9b302f6f97f95038020b670fc3bcb4a1785783f6ecfa45a591b&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La captura fue realizada en Veracruz: Crédito: FGR]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Registro Celular con CURP: ¿Cómo se realiza para empresas y personas morales en más de una línea?]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/registro-celular-con-curp-como-se-realiza-para-empresas-y-personas-morales-en-mas-de-una-linea/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/13/registro-celular-con-curp-como-se-realiza-para-empresas-y-personas-morales-en-mas-de-una-linea/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[A diferencia de los usuarios individuales, las personas morales pueden asociar todos sus servicios con una misma identificación fiscal, siempre que el representante legal valide la solicitud ante la operadora]]></description><pubDate>Sat, 13 Jun 2026 14:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BIPJ76NT35GHNHJSMNSUOTTKM4.png?auth=3da91900693bce4007468280983beb77c2256a5ab734eeadbb427b1c137f66a9&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El proceso arrancó el 9 de enero de 2026 y aplica a todas las líneas activas en el país: prepago, pospago, SIM física y eSIM. Al 13 de mayo, solo 48 de los 144 millones de líneas activas en México habían completado la vinculación, según declaró la comisionada presidenta Norma Solano Rodríguez en el foro M360 de la GSMA. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><b>Las empresas en México tienen hasta el 30 de junio de 2026 para </b><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/12/inapam-o-curp-biometrica-sirven-para-registrar-tu-celular-esto-dice-la-comision-reguladora/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/12/inapam-o-curp-biometrica-sirven-para-registrar-tu-celular-esto-dice-la-comision-reguladora/"><b>registrar sus líneas celulares</b></a> ante el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, un trámite que para personas morales no se realiza con CURP sino con RFC, razón social y documentación que acredite la representación legal. </p><p>La <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/09/puedo-recuperar-mi-linea-si-realizo-el-registro-de-mi-numero-despues-de-la-fecha-limite/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/09/puedo-recuperar-mi-linea-si-realizo-el-registro-de-mi-numero-despues-de-la-fecha-limite/"><b>Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT)</b> </a>advirtió que no habrá prórroga y que las líneas sin vincular serán suspendidas automáticamente a partir del 1 de julio.</p><p>El proceso arrancó el 9 de enero de 2026 y aplica a todas las líneas activas en el país: prepago, pospago, SIM física y eSIM. Al 13 de mayo, solo 48 de los 144 millones de líneas activas en México habían completado la vinculación, según declaró la comisionada presidenta <b>Norma Solano Rodríguez</b> en el foro M360 de la GSMA. Eso deja aproximadamente 96 millones de líneas sin registro a menos de tres semanas del cierre.</p><h2>Por qué existe esta obligación</h2><p>La medida se sustenta en los artículos 103 y 164, fracción III de la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/22/registro-de-celular-con-curp-como-realizarlo-en-todas-las-companias-telefonicas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/22/registro-de-celular-con-curp-como-realizarlo-en-todas-las-companias-telefonicas/"><b>Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión</b></a>, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de julio de 2025.</p><p>Su objetivo declarado es eliminar el anonimato detrás de llamadas de extorsión, fraude y otros delitos que se cometen desde líneas sin titular identificado.</p><p>La norma obliga tanto a personas físicas como a personas morales —empresas, organismos y cualquier entidad con personalidad jurídica propia— a vincular cada línea a una identidad verificable.</p><h2>Qué necesitan las empresas para registrar sus líneas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7OJUSNFHFVCTZO5F7ADPSEV4UM.png?auth=7081050575e1d50fd48f614596e43ea2e5d5c15300d3b207fd8f11883f428b70&smart=true&width=1536&height=1024" alt=" Las empresas deben presentar su RFC y razón social, la identificación oficial vigente del representante legal y el documento que acredite su personalidad jurídica ante la operadora. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Para las personas morales, el trámite no se realiza con CURP. Las empresas deben presentar su <b>RFC y razón social</b>, la identificación oficial vigente del representante legal y el documento que acredite su personalidad jurídica ante la operadora.</p><p>Varias operadoras solicitan además la <b>e.firma</b> —Firma Electrónica Avanzada del SAT— como mecanismo para validar esa representación en los portales digitales, aunque los lineamientos del DOF establecen como requisito el documento acreditativo sin especificar el soporte tecnológico.</p><p>A diferencia de las personas físicas, que tienen un tope de 10 líneas por CURP, las personas morales <b>no tienen límite</b> en la cantidad de líneas que pueden registrar bajo un mismo RFC.</p><p>Existe además una figura intermedia: personas físicas con actividad empresarial, o quienes ya contaban con 10 o más líneas de pospago antes de la entrada en vigor de los lineamientos, pueden superar ese tope presentando su constancia de situación fiscal.</p><h2>Paso a paso: cómo registrar las líneas de una empresa</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4VFX6UPRIRH5DPGS4OI5XIOGMU.png?auth=1aeaca453b25cdd6967a080da66254fdc830313a571de3a0381fe2deeb387d9f&smart=true&width=1408&height=768" alt="El usuario dispone de 3 intentos en línea, según los lineamientos publicados en el DOF. Si los agota sin completar el proceso, deberá acudir presencialmente a un centro de atención con todos los documentos. (Imagen ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El trámite puede completarse en línea o de forma presencial en cualquier centro de atención de la operadora. Estos son los pasos confirmados por la CRT:</p><p><b>Paso 1 — Reunir los documentos</b> Antes de iniciar, el representante legal debe tener a la mano el RFC de la empresa, la razón social, su identificación oficial vigente y el documento que acredite su representación legal. Quienes opten por el canal digital deben verificar con su operadora si requieren e.firma para completar la autenticación en línea.</p><p><b>Paso 2 — Ingresar al portal oficial</b> Acceder a <b>portal.crt.gob.mx/gestion-de-lineas-telefonicas-moviles</b> o al portal de la operadora correspondiente. Las compañías también envían un enlace por SMS para iniciar la vinculación directamente desde el teléfono, con un formato que varía según cada operadora.</p><p><b>Paso 3 — Capturar los datos de la empresa</b> Ingresar el RFC, la razón social y los datos del representante legal según lo solicite el sistema de la operadora.</p><p><b>Paso 4 — Cargar la documentación</b> Subir imagen clara de la identificación oficial del representante legal por ambos lados. En algunos portales se solicita también la prueba de vida —fotografía en tiempo real— para confirmar que la persona coincide con el documento.</p><p><b>Paso 5 — Acreditar la representación legal</b> Completar la autenticación con el documento que acredite la personalidad del representante. Este paso distingue el proceso empresarial del trámite individual y es obligatorio para vincular las líneas a nombre de la empresa.</p><p><b>Paso 6 — Guardar el folio de confirmación</b> Una vez validada la información, el sistema genera un folio de registro. Ese comprobante acredita que la línea quedó vinculada y debe conservarse.</p><p>El usuario dispone de <b>3 intentos en línea</b>, según los lineamientos publicados en el DOF. Si los agota sin completar el proceso, deberá acudir presencialmente a un centro de atención con todos los documentos.</p><h2>Operadoras con registro habilitado</h2><p>El trámite está disponible en las siguientes compañías: <b>Telcel</b>, <b>AT&amp;T</b>, <b>Movistar</b>, <b>Bait</b>, <b>Altán Redes</b>, <b>Izzi Móvil</b>, <b>Mega Móvil</b> y <b>Unefon</b>.</p><p>Cada operadora cuenta con su propio portal de vinculación, accesible también desde el portal central de la CRT. Los requisitos específicos para personas morales pueden variar entre compañías, por lo que conviene verificar con cada operadora antes de iniciar el trámite.</p><h2>Qué pasa si una empresa no registra sus líneas antes del plazo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H5ZAOE6MIVGMPBZQ2ASU27R4SM.png?auth=014a83d262e3ff7d5866f9dd2a302f117713fe68e4117ae5254b751f699b6142&smart=true&width=1408&height=768" alt="El número y el saldo acumulado no se pierden: el servicio permanece bloqueado hasta que se complete el registro, momento en que se reactivan todas las funciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La consecuencia es la suspensión automática del servicio a partir del <b>1 de julio de 2026</b>, sin multa económica directa para el titular.</p><p>Una línea sin registrar quedará bloqueada para realizar llamadas, enviar o recibir mensajes SMS, usar datos móviles, recibir códigos de verificación para banca móvil y aplicaciones gubernamentales, y tramitar portabilidad numérica.</p><p>Solo conservará acceso a los números de emergencia —<b>911, 074, 079, 088 y 089</b>— y al servicio de atención al cliente de la operadora para regularizar la situación.</p><p>El número y el saldo acumulado no se pierden: el servicio permanece bloqueado hasta que se complete el registro, momento en que se reactivan todas las funciones. Las empresas con planes de pospago deben considerar que la suspensión <b>no exime del pago mensual</b> del plan ni del costo del equipo contratado, según lo establecido en la normativa.</p><h2>Datos que ninguna empresa o portal puede exigir</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z4N2FJMNT5DSZPOKROHNLETQVU.png?auth=de6410f64e1f0b0981674ce18b71a2d09b7645f9474edfac5686bed27327eea0&smart=true&width=1408&height=768" alt="La prueba de vida —fotografía y movimiento de cabeza que algunos portales solicitan— únicamente verifica que la persona coincida con su documento en el momento del trámite y no implica almacenamiento de datos biométricos, según la CRT. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La ley prohíbe expresamente solicitar datos biométricos durante este trámite. Ninguna compañía ni portal puede pedir huellas dactilares, escaneo de iris, reconocimiento facial biométrico almacenado, grabación de voz, firma digital manuscrita ni comprobante de domicilio.</p><p>La prueba de vida —fotografía y movimiento de cabeza que algunos portales solicitan— únicamente verifica que la persona coincida con su documento en el momento del trámite y no implica almacenamiento de datos biométricos, según la CRT.</p><p>Cualquier solicitud de los datos prohibidos bajo el argumento de “registrar tu línea” constituye un fraude o una violación a la ley.</p><h2>Cómo verificar las líneas ya registradas y reportar irregularidades</h2><p>Desde el 7 de febrero de 2026, la CRT habilitó un portal de consulta en <b>portal.crt.gob.mx/plataformas-de-consulta</b> para verificar qué líneas están asociadas a un RFC o CURP.</p><p>La consulta se realiza operadora por operadora; no existe un padrón único centralizado.</p><p>Si se detecta una línea desconocida vinculada al RFC o CURP de la empresa o su representante legal, debe solicitarse la desvinculación inmediata a la operadora. Las inconsistencias también pueden reportarse ante el <b>Registro Nacional de Población (Renapo)</b>, que permite corregir usos indebidos de la CURP en la titularidad de números telefónicos.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/BIPJ76NT35GHNHJSMNSUOTTKM4.png?auth=3da91900693bce4007468280983beb77c2256a5ab734eeadbb427b1c137f66a9&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Una persona completa el formulario para el registro obligatorio de líneas telefónicas prepago, mientras una laptop muestra el proceso de verificación de datos para garantizar la seguridad. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Lista completa de pensionados IMSS e ISSSTE que quedan libres de impuestos este 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/12/lista-completa-de-pensionados-imss-e-issste-que-quedan-libres-de-impuestos-este-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/12/lista-completa-de-pensionados-imss-e-issste-que-quedan-libres-de-impuestos-este-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[El beneficio fiscal no cubre cualquier monto sin límite: la autoridad suma todos los depósitos por retiro de una persona y únicamente cobra sobre la parte que excede lo permitido]]></description><pubDate>Fri, 12 Jun 2026 13:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3QLPDCIJABGLDDY4G2DQQO3JGE.png?auth=a970701b6d995aab93623dcc0312c8ed7fd40ad0f4d92365cc92f4c738d4ed54&smart=true&width=2752&height=1536" alt="En México, no todos los ingresos están sujetos al pago de impuestos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Miles de personas pagan impuestos, pero lo que no todos saben es que hay algunos que <b>pueden librar este cobro</b> por completo gracias a las protecciones que otorga la propia ley. </p><p>Para quienes dedicaron su vida al trabajo, el verdadero beneficio radica en comprender las<b> reglas del juego fiscal</b>, una clave indispensable para descubrir <b>qué depósitos llegan intactos</b> y sin un solo descuento.</p><h2>El impuesto que vigila tus ingresos: lo que debes saber</h2><p>El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un <b>impuesto federal </b>que grava los ingresos de personas físicas y morales en México. </p><p>Lo pagan <b>empleados</b>, empresarios, <b>arrendadores</b> y, en ciertos casos, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/02/no-es-una-pension-el-tramite-del-inapam-para-asegurar-un-ingreso-de-9-mil-pesos-este-mes/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/02/no-es-una-pension-el-tramite-del-inapam-para-asegurar-un-ingreso-de-9-mil-pesos-este-mes/">pensionados</a>. </p><p>Es un <b>impuesto anual</b>, aunque los pagos provisionales se realizan mes a mes, a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo correspondiente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Q2L5WGCSBBH47H272ZO7YUPD7U.png?auth=e1a4d987cc696963a860639de90f2a261cadb5ecc0946718e67bb261248bbc22&smart=true&width=1408&height=768" alt="El sistema fiscal mexicano contempla distintas tasas según el tipo de ingreso. (Imagen Ilustrativa Infobae) " height="768" width="1408"/><p>Para personas físicas, la tasa va del 1.92% al 35%, según el <b>nivel de ingresos </b>gravables.</p><p>Los<b> ingresos gravables</b> son todos aquellos<b> </b>sobre los que <b>sí</b> se deben pagar impuestos.</p><p>Lo relevante para los <b>jubilados</b> es que la Ley del ISR no descuenta todos los ingresos por igual. </p><p>Existe una lista de <b>ingresos exentos</b>, es decir, montos que la ley expresamente libera del pago. Las pensiones por jubilación están en esa lista, con <b>condiciones específicas</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/T6A4XTJFIZB5ZDDHNPIZXA4TVU.png?auth=0bd393dae2fa6bdc30f056cda6eb90a7c2dcef85902543c9a5af5767c75e74fc&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Existen ingresos que la ley expresamente libera del pago de impuestos. (Imagen Ilustrativa Infobae) " height="1024" width="1536"/><h2>El escudo legal: el artículo de la ley que protege el dinero de tu retiro</h2><p>El <b>artículo 93 </b>de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece <b>qué ingresos quedan exentos</b> del pago de ISR para personas físicas. </p><p>En el tema de las<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/09/pension-bienestar-2026-las-fechas-exactas-de-junio-para-registrarte-y-recibir-mas-de-6-mil-pesos-cada-dos-meses/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/09/pension-bienestar-2026-las-fechas-exactas-de-junio-para-registrarte-y-recibir-mas-de-6-mil-pesos-cada-dos-meses/"> pensiones</a>, la regla es muy sencilla: los pagos que recibes del <b>IMSS o del ISSSTE</b> por jubilación, retiro o invalidez<b> no pagan ni un solo peso </b>de impuesto, siempre y cuando el dinero que te depositan al día no supere el límite equivalente a 15 veces el valor oficial establecido por la ley.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LPZ2BEKXSFBF3ACZEUTFA5ZOAE.png?auth=0030f0ead4a51617fd808e1d6deb8e13db9a85ec8fce697b4499238cfc53ce02&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta regula las exenciones para personas físicas. (Imagen Ilustrativa Infobae) " height="1024" width="1536"/><p>Si la pensión rebasa ese límite, <b>el impuesto no se aplica</b> sobre el total. Solo la parte que excede el tope queda sujeta al ISR.</p><h2>¿Qué sucede para quienes reciben más de una pensión?</h2><p>El mismo artículo añade una precisión que afecta a quienes <b>reciben más de una pensión</b>: el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/">SAT </a>no revisa cada pago por separado.</p><p>Lo que hace la autoridad es <b>juntar todos los ingresos </b>por retiro en una sola bolsa y medir el tamaño total.</p><p>Si la suma de todas las pensiones juntas pasa del límite permitido, entonces <b>sí tocará pagar</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/V7ZHYEYUQBDR5GTI6D5EFH24NU.png?auth=67c01f29e160b2635dd8673ea227bc181c91425e74223ad8ba6943fe84fa6aac&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si la pensión supera el límite, el ISR solo se aplica sobre el excedente, no sobre el total del ingreso. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El SAT suma todas las pensiones que recibe una persona, sin importar<b> quién las pague</b>, y compara ese total contra el límite permitido. </p><p>Solo si el conjunto<b> supera el tope</b> debe aplicar la retención, y únicamente <b>sobre el excedente</b>.</p><h2>La lista de beneficiarios que reciben su dinero sin descuentos del ISR</h2><p>De acuerdo con el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los siguientes tipos de pensión pueden hacer que sus beneficiarios <b>queden exentos del ISR</b> dentro del límite que establece la ley:</p><ul><li>Jubilaciones.</li><li>Pensiones por <b>retiro</b>.</li><li>Haberes de retiro.</li><li>Pensiones vitalicias.</li><li>Pensiones por<b> invalidez </b>o incapacidad.</li><li>Pensiones por cesantía en edad avanzada y vejez.</li><li>Pensiones por <b>muerte</b> del trabajador.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MHN5QTONOVGATO55SEOE7JHA4M.png?auth=fbf19e2b29b44a2b0b6bff7b610bfdafc18b5ccd8962858cb1884ba54d03b182&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La infografía detalla los tipos de pensiones exentas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México, incluyendo jubilaciones, invalidez y fallecimiento, así como los posibles fondos de origen. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Estas pensiones pueden provenir de la subcuenta del seguro de retiro prevista en la Ley del Seguro Social, de la <b>subcuenta de retiro</b>, cesantía en <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/si-ya-cumpliste-60-anos-asi-es-como-debes-recibir-el-apoyo-del-inapam-este-mes/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/si-ya-cumpliste-60-anos-asi-es-como-debes-recibir-el-apoyo-del-inapam-este-mes/">edad avanzada y vejez</a>, o de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro del <b>ISSSTE</b>.</p><h2>Cuándo sí se paga ISR y sobre qué monto</h2><p>Si la pensión supera el límite diario que fija la ley, el ISR no afecta el total: solo la parte que <b>rebasa el tope</b>.</p><p>Esto significa que <b>ningún pensionado paga impuestos</b> sobre el cien por ciento de su ingreso, aunque su pensión sea alta.</p><p>Además, la ley exenta a los<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/cuanto-dinero-recibira-al-ano-un-adulto-mayor-con-la-pension-bienestar-en-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/cuanto-dinero-recibira-al-ano-un-adulto-mayor-con-la-pension-bienestar-en-2026/"> pensionados</a> de presentar <b>declaración anual</b> cuando solo reciben ingresos de un único pagador. </p><p>La <b>obligación de declarar</b> surge en tres casos: </p><ul><li>Cuando se tienen<b> dos o más fuentes</b> de pensión.</li><li>Cuando los ingresos anuales superan los <b>400 mil pesos</b> mexicanos.</li><li>Cuando se obtienen<b> ingresos adicionales</b> por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/asi-puedes-vivir-en-guadalajara-por-menos-de-15-mil-pesos-las-cinco-colonias-con-mejor-precio/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/asi-puedes-vivir-en-guadalajara-por-menos-de-15-mil-pesos-las-cinco-colonias-con-mejor-precio/">arrendamiento</a> o actividad empresarial. </li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JP4LRQJGH5EZRGXZ5LA5W4UQF4.png?auth=d2411e6e78214431dcb6db025da17a4497a236f5c433e221e228fbae6314d069&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las pensiones por invalidez, cesantía, vejez y muerte del trabajador también están incluidas en la exención del ISR.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>En todos los demás casos, el pensionado recibe su ingreso íntegro, sin retención, de acuerdo con la <b>ley vigente</b>. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3QLPDCIJABGLDDY4G2DQQO3JGE.png?auth=a970701b6d995aab93623dcc0312c8ed7fd40ad0f4d92365cc92f4c738d4ed54&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una pareja de adultos mayores sonríe mientras cuenta billetes de pesos mexicanos, con una alcancía y monedas sobre la mesa, y los logos de IMSS e ISSSTE al fondo. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Renuncia director del SAT Quintana Roo tras polémica por asistencia a las finales de la NBA en Nueva York]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/renuncia-director-del-sat-quintana-roo-tras-polemica-por-asistencia-a-las-finales-de-la-nba-en-nueva-york/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/renuncia-director-del-sat-quintana-roo-tras-polemica-por-asistencia-a-las-finales-de-la-nba-en-nueva-york/</guid><dc:creator><![CDATA[Alexa Cirel]]></dc:creator><description><![CDATA[Héctor Contreras deja el cargo en medio de cuestionamientos por su presencia en una zona VIP del Madison Square Garden
]]></description><pubDate>Thu, 11 Jun 2026 21:03:09 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JR2RVEK5ANCMPBJDINRLJJPF5E.png?auth=aed809dc63fad175631d9cc9454223592d4d47a68dcf0d5145d39a60867fe629&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Renuncia director del SATQ tras polémica en la NBA." height="1536" width="2752"/><p><b>Héctor José Contreras Mercader</b> presentó su <b>renuncia</b> como director general del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/captan-a-hector-contreras-titular-del-sat-quintana-roo-en-zona-vip-de-partido-de-la-nba-junto-a-trump/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/captan-a-hector-contreras-titular-del-sat-quintana-roo-en-zona-vip-de-partido-de-la-nba-junto-a-trump/"><i>Servicio de Administración Tributaria del Estado de Quintana Roo (SATQ)</i></a>, luego de la <b>controversia</b> generada por su asistencia a un <b>partido</b> de las <b>Finales de la NBA</b> en <b>Nueva York</b>, donde fue captado en una <b>zona preferencial</b> del <b>Madison Square Garden</b>.</p><p>La <b>dimisión</b> fue anunciada mediante un <b>comunicado</b> dirigido a la opinión pública, en el que el ahora exfuncionario señaló que su decisión busca evitar que la situación continúe generando <b>señalamientos</b> que distraigan el <b>trabajo institucional</b> de la administración estatal.</p><p>“Esta determinación tiene como único propósito no entorpecer el buen funcionamiento de la <b>administración pública</b> ni dar lugar a señalamientos que distraigan el trabajo institucional”, expresó Contreras Mercader.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AA3U3CBHXBETREWYFTGEZKJIIE.jpg?auth=1d425465722dc980fc80d054df4f6fcafd44be816aae28fd955a453a441552f0&smart=true&width=1036&height=1295" alt="Anunció su salida del cargo a través de un comunicado oficial." height="1295" width="1036"/><p>Asimismo, sostuvo que su asistencia al <b>encuentro deportivo</b> ocurrió en el ámbito <b>personal</b> y sin relación con sus <b>responsabilidades</b> como servidor público.</p><h2>La polémica surgió tras su aparición en transmisión internacional</h2><p>El caso tomó relevancia nacional luego de que, durante la <b>transmisión</b> del <b>tercer juego</b> de las Finales de la NBA entre los <b>New York Knicks</b> y los <b>San Antonio Spurs</b>, las cámaras enfocaran una de las zonas exclusivas del recinto neoyorquino donde se encontraba Contreras Mercader.</p><p>Las <b>imágenes</b> mostraron al funcionario acompañado de un joven identificado por diversos medios como su <b>hijo</b>, ambos portando <b>playeras</b> de los Knicks. </p><p>La atención aumentó debido a que se encontraban cerca del <b>palco</b> ocupado por el <b>presidente de Estados Unidos, Donald Trump</b>, cuya presencia en el encuentro también fue ampliamente difundida.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DRQCZ6UI4NAUNEOLAREYTWHQDU.jpg?auth=75ebe8b0438e9855503a4e3e41c493b885ad18246ded6300c366f230db0ea87d&smart=true&width=1440&height=1427" alt="Héctor Contreras, titular del SAT Quintana Roo, en partido de la NBA, cerca de Donald Trump.  (Redes sociales)" height="1427" width="1440"/><p>La difusión de las imágenes en <b>redes sociales</b> generó diversas <b>reacciones</b> y cuestionamientos sobre el <b>costo</b> de los boletos para ese sector del estadio, considerado uno de los más exclusivos del inmueble.</p><h2>Costos de los boletos generaron debate en redes sociales</h2><p>Diversos <b>reportes</b> señalaron que los <b>asientos</b> en esa área del Madison Square Garden alcanzaron <b>precios</b> de hasta <b>20,000 dólares</b> en plataformas de <b>reventa</b>, equivalentes a cerca de <b>350,000 pesos mexicanos</b>.</p><p>Incluso, algunos portales especializados reportaron que ciertos lugares en zonas cercanas a la <b>cancha</b> superaron ampliamente esa cifra debido a la alta <b>demanda</b> generada por las Finales de la NBA y la asistencia de personalidades de relevancia internacional.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WUQKH3ZS2JEHRGUCZ4GZSLYFMA.JPG?auth=66c3c36ae2d7b3d1aa7d16418e03e4f04aa0a0a778b136a805bcb98bf1b07e8f&smart=true&width=2795&height=1572" alt="La polémica se intensificó tras revelarse el alto costo de los boletos en la zona donde fue captado. Crédito obligatorio: Vincent Carchietta-Imagn Images" height="1572" width="2795"/><h2>Contexto del caso</h2><ul><li>Contreras Mercader fue captado durante el Juego 3 de las Finales de la NBA.</li><li>Se encontraba en una zona preferencial del Madison Square Garden.</li><li>Medios estimaron que algunos boletos en ese sector alcanzaron hasta 20,000 dólares.</li><li>Las imágenes se viralizaron en redes sociales y generaron debate público.</li><li>El funcionario afirmó que asistió al evento en calidad de particular y sin utilizar recursos públicos.</li><li>Tres días después de la difusión del caso presentó su renuncia al SATQ.</li><li>Héctor Contreras defendió el carácter privado de su viaje</li></ul><p>Ante las <b>críticas</b> surgidas tras la difusión de las imágenes, Contreras Mercader sostuvo que su presencia en el evento deportivo correspondió exclusivamente a <b>actividades personales</b>.</p><p>En su mensaje de despedida reiteró que actuó bajo los principios de <b>transparencia</b>, <b>responsabilidad</b> y <b>rendición de cuentas</b>, al tiempo que agradeció la <b>confianza</b> que le fue otorgada durante el tiempo que permaneció al frente del organismo encargado de la <b>recaudación estatal</b>.</p><p>La renuncia ocurre en un contexto de intenso <b>escrutinio público</b> sobre el comportamiento y las actividades de los <b>funcionarios</b> fuera de sus labores gubernamentales.</p><h2>¿Quién es Héctor Contreras Mercader?</h2><p>Contreras Mercader es <b>licenciado en Finanzas y Contaduría Pública</b>. A lo largo de su trayectoria ha ocupado diversos cargos dentro de la <b>administración pública municipal y estatal</b> de Quintana Roo.</p><p>Fue <b>regidor</b> del Ayuntamiento de <b>Benito Juárez</b>, además de desempeñarse como <b>oficial mayor</b> y <b>asesor financiero</b> en distintas dependencias gubernamentales. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3RDQLR64YRDPXPPVCHB6S6VME4.png?auth=0dc587c411f2db52d859e85d53a61d445d73aeebcf6915d8cef5123c093e3045&smart=true&width=312&height=268" alt="Corresponde exclusivamente a actividades de carácter personal, ajenas a sus funciones públicas. (Captura de pantalla)" height="268" width="312"/><p>Posteriormente, con el inicio de la administración estatal encabezada por la <b>gobernadora Mara Lezama</b>, asumió la dirección general del SATQ.</p><p>Durante su gestión impulsó proyectos enfocados en la <b>digitalización de trámites fiscales</b> y la <b>modernización</b> de los procesos tributarios de la entidad.</p><h2>Gobierno de Quintana Roo aún no informa relevo definitivo</h2><p>Hasta el momento, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/08/mara-lezama-descarta-riesgo-de-tsunami-en-quintana-roo-tras-sismo-en-cuba/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/08/mara-lezama-descarta-riesgo-de-tsunami-en-quintana-roo-tras-sismo-en-cuba/">Gobierno de Quintana Roo</a> no ha dado a conocer quién asumirá de manera <b>permanente</b> la dirección del Servicio de Administración Tributaria estatal.</p><p>Mientras tanto, la <b>salida</b> de Contreras Mercader pone fin a una controversia que durante varios días mantuvo la <b>atención pública</b> y abrió el debate sobre la <b>percepción ciudadana</b> respecto a los <b>servidores públicos</b> y la rendición de cuentas en el <b>ejercicio de sus funciones</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/JR2RVEK5ANCMPBJDINRLJJPF5E.png?auth=aed809dc63fad175631d9cc9454223592d4d47a68dcf0d5145d39a60867fe629&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Renuncia director del SATQ tras polémica en la NBA.]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La regla del SAT que pocos contribuyentes conocen y podría ahorrarte una multa]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/la-regla-del-sat-que-pocos-contribuyentes-conocen-y-podria-ahorrarte-una-multa/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/11/la-regla-del-sat-que-pocos-contribuyentes-conocen-y-podria-ahorrarte-una-multa/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La figura legal permite a ciudadanos regularizar obligaciones fiscales sin sanción si se actúa antes de recibir notificación por el Buzón Tributario; los recargos y actualizaciones sí se deben pagar según el procedimiento oficial]]></description><pubDate>Thu, 11 Jun 2026 03:12:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UHFCCNRWFJFA3KH22ELAXXQE6Y.png?auth=717343ff49d7d9b6bab33bc08a3e184e3edad376f075cae723771673b6209046&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La figura se llama cumplimiento espontáneo y está prevista en el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación (CFF), aunque la mayoría de los contribuyentes desconoce su existencia. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/"><b>El SAT</b></a> puede no cobrarte multa si corriges un error fiscal antes de que la autoridad lo detecte, pero la ventana para hacerlo se cierra en cuestión de horas o días.</p><p>La figura se llama cumplimiento espontáneo y está prevista en el <b>artículo 73 del Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>, aunque la mayoría de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/">los contribuyentes</a> desconoce su existencia.</p><p>La regla es simple: quien presenta una declaración omitida, corrige un dato incorrecto o paga una contribución fuera de plazo —sin que el SAT lo haya detectado ni notificado— solo cubre el monto original más actualización y recargos. <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/"><b>La multa es cero.</b></a></p><h2>Cuándo se pierde el beneficio</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="En la práctica, el umbral más frecuente es el segundo. Si ya hay un aviso en el Buzón Tributario, la espontaneidad se extingue de inmediato. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El CFF establece tres situaciones en las que la corrección deja de considerarse espontánea y, por tanto, la multa sí procede.</p><ul><li>La primera: cuando la omisión ya fue descubierta por las autoridades fiscales. </li><li>La segunda: cuando el SAT notificó una orden de visita domiciliaria, un requerimiento o cualquier otra gestión de comprobación antes de que el contribuyente actuara. </li><li>La tercera: cuando la corrección se presenta más de diez días después de que un contador público registrado entregó el dictamen de estados financieros ante el SAT y la omisión quedó asentada en ese documento.</li></ul><p>En la práctica, el umbral más frecuente es el segundo. <b>Si ya hay un aviso en el Buzón Tributario, la espontaneidad se extingue de inmediato.</b></p><h2>Cuánto cuesta no actuar a tiempo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KYFQZ7VUQ5HEHAWJU6DRARHWN4.png?auth=d10df355110bfc69409fd73dff1e2e5f5bba93841dab3666c865f357557d5df0&smart=true&width=1408&height=768" alt="Si el contribuyente corrige durante el ejercicio de facultades de comprobación —es decir, ya iniciada una auditoría—, puede acceder a una multa reducida equivalente al 20% de las contribuciones omitidas (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La diferencia entre corregir antes o después de una notificación es significativa. Según la tabla de penalizaciones del CFF vigente en 2026, quien declara de forma voluntaria paga $0.00 en multas. </p><p>Quien espera a que el SAT lo requiera enfrenta sanciones de entre <b>$1,810 y $44,790 pesos</b> por obligación incumplida, dependiendo del tipo de infracción.</p><p>Si el contribuyente corrige durante el ejercicio de facultades de comprobación —es decir, ya iniciada una auditoría—, puede acceder a una multa reducida equivalente al <b>20% de las contribuciones omitidas</b>, conforme al artículo 17 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente. </p><p><b>No es lo mismo</b> que espontaneidad, pero representa un ahorro frente a la sanción plena.</p><h2>Qué obligaciones cubre y cómo actuar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HCFRCNZ3YZEZ3KUVFXSAOWOJYA.png?auth=c54a96469ca3e344b21411b867207a134cfbf60d6e53277b9b1272fecb5cef57&smart=true&width=1408&height=768" alt="El proceso no requiere cita ni trámite especial. Todo se tramita en línea desde sat.gob.mx, en la sección “Declaraciones”. Si la obligación nunca fue presentada, el contribuyente selecciona la opción “Normal”; si ya existía una declaración pero con datos incorrectos, elige “Complementaria” (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El cumplimiento espontáneo aplica a prácticamente cualquier obligación fiscal: declaraciones anuales o provisionales no presentadas, pagos omitidos, avisos al <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC)</b> entregados fuera de plazo y correcciones a datos ya declarados.</p><p>El proceso no requiere cita ni trámite especial. Todo se tramita en línea desde <b>sat.gob.mx</b>, en la sección “Declaraciones”. Si la obligación nunca fue presentada, el contribuyente selecciona la opción “Normal”; si ya existía una declaración pero con datos incorrectos, elige “Complementaria”. El portal calcula automáticamente los recargos y la actualización, y genera una línea de captura con el total a pagar.</p><p>La línea de captura tiene vigencia limitada, generalmente unas horas. Si no se liquida el mismo día, los recargos se recalculan y es necesario generarla de nuevo.</p><p>Cuando el monto total no puede cubrirse de inmediato, los especialistas recomiendan presentar la declaración de todas formas antes de pagar: una declaración entregada sin pago genera recargos sobre el impuesto, pero evita la multa por omisión. El contribuyente puede solicitar después un convenio de pago en parcialidades al amparo del artículo 66 del CFF, con un plazo máximo de 36 meses.</p><p>Un punto que pocos consideran: las notificaciones enviadas al <b>Buzón Tributario </b>se tienen por legalmente realizadas una vez que transcurren <b>cinco días hábiles </b>desde el envío del aviso, independientemente de si el contribuyente las consultó. Por eso, revisar el buzón antes de iniciar cualquier corrección es el primer paso que los asesores fiscales consideran indispensable.</p><h2>Las omisiones que el SAT detecta primero</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="La discrepancia fiscal es el detonante más frecuente: ocurre cuando los gastos facturados, los depósitos en cuenta o los pagos con tarjeta no coinciden con los ingresos declarados. El sistema presume ingresos omitidos y abre una revisión sin que el contribuyente lo advierta de inmediato. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La autoridad fiscal no revisa de forma aleatoria. En 2026, el <b>SAT</b> opera con sistemas de inteligencia de datos que cruzan automáticamente la información de facturas electrónicas, depósitos bancarios, retenciones y declaraciones para identificar inconsistencias antes de emitir cualquier notificación.</p><p>La discrepancia fiscal es el detonante más frecuente: ocurre cuando los gastos facturados, los depósitos en cuenta o los pagos con tarjeta no coinciden con los ingresos declarados. El sistema presume ingresos omitidos y abre una revisión sin que el contribuyente lo advierta de inmediato.</p><p>Otros patrones que concentran la atención del fisco son las pérdidas fiscales declaradas de forma recurrente sin sustento económico lógico, las retenciones de ISR o IVA no enteradas al SAT, y las tasas efectivas de impuesto significativamente por debajo del promedio del sector. Este último criterio se aplica tanto a personas físicas como a empresas.</p><p>En el plano operativo, los errores de facturación también activan revisiones. Datos incorrectos del receptor en el <b>Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)</b>, cancelaciones de facturas fuera de plazo y declaraciones en cero cuando existen CFDI de ingresos vigentes son señales que los algoritmos del SAT procesan de forma automática.</p><p>Un punto que los especialistas consideran especialmente crítico es e <b>Buzón Tributario </b>inactivo o con datos de contacto desactualizados. Aunque la <b>Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026 </b>prorrogó la aplicación de multas económicas —que van de $3,850 a $11,540 pesos— hasta enero de 2027, la obligación de mantenerlo activo es vigente. Un buzón sin medios de contacto válidos habilita al SAT para notificar por estrados y puede derivar en la restricción del Certificado de Sello Digital, lo que impide emitir facturas de forma inmediata.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UHFCCNRWFJFA3KH22ELAXXQE6Y.png?auth=717343ff49d7d9b6bab33bc08a3e184e3edad376f075cae723771673b6209046&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre feliz muestra su aprobación mientras un calendario digital de la Declaración Anual 2025 del SAT se ve en su escritorio, indicando que el proceso es sencillo. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Superintendencia en Guatemala vigilará el cumplimiento fiscal ante el ‘boom’ en la venta de productos deportivos por el Mundial 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/guatemala/2026/06/11/superintendencia-en-guatemala-vigilara-el-cumplimiento-fiscal-ante-el-boom-en-la-venta-de-productos-deportivos-por-el-mundial-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/guatemala/2026/06/11/superintendencia-en-guatemala-vigilara-el-cumplimiento-fiscal-ante-el-boom-en-la-venta-de-productos-deportivos-por-el-mundial-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Jessica García]]></dc:creator><description><![CDATA[La autoridad tributaria anunció un operativo nacional para vigilar obligaciones fiscales y frenar el contrabando de mercancía alusiva al torneo, ante el repunte del consumo que suele acompañar este tipo de eventos internacionales]]></description><pubDate>Thu, 11 Jun 2026 01:18:57 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/74SRB42HABHEVM4CAHE5CPBUCA.jpg?auth=01b67d2a0c2a8c40e6707567946afab769e99fcb73c3b599c36acde7e6f422f1&smart=true&width=1613&height=907" alt="Las revisiones subirán en pasos limítrofes y zonas urbanas, con foco en artículos alusivos al torneo sin papelería en regla y patrones detectados en años anteriores (Foto cortesía SAT)" height="907" width="1613"/><p>Con el inicio de la <b>Copa Mundial de la FIFA 2026</b>, la <b>Superintendencia de Administración Tributaria (SAT)</b> anunció este miércoles <b>un operativo especial</b> en comercios y aduanas de <b>Guatemala</b> para controlar el cumplimiento fiscal y frenar el ingreso de mercancía mundialista de contrabando. </p><p>El superintendente Werner Ovalle Ramírez señaló que estos eventos elevan el consumo y requieren una mayor presencia de la autoridad tributaria, tal como consignó <i>Canal Antigua</i>.</p><p>Durante una conferencia, Ovalle subrayó: “Es una fecha importante, es un mes donde se da un incremento de consumo, al igual que en otras fechas importantes que se dan en el plano nacional. Así que con ello, a nivel nacional, la administración tributaria, a través de las áreas de fiscalización, estará haciendo presencias fiscales para garantizar que todos estén cumpliendo con sus obligaciones tributarias como tal. Así que esto <b>es parte de los esfuerzos que tenemos que generar y aprovecho el espacio para invitar a todos los establecimientos para que cumplan con sus obligaciones tributarias</b>”.</p><p>La SAT indicó que los controles se intensificarán en puntos fronterizos y comercios urbanos, con prioridad en la detección de productos alusivos al Mundial que ingresen sin la documentación correspondiente. Según la entidad, la medida responde a patrones identificados en años previos, cuando eventos internacionales impulsaron la circulación de bienes importados y los intentos de evasión.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5NVAJ7DJ5FDFNOEAMBCRUJF464.jpg?auth=6656d66ab3393341c834fe65220313cbb02e217e3e2630560e9177e654888350&smart=true&width=1617&height=910" alt="La modernización habilita altas de usados y reposición de distintivos vía Agencia Virtual, con expedientes electrónicos y verificación automática, mientras los registros oficiales muestran cómo se movieron las gestiones desde agosto de 2025 (Foto cortesía SAT)" height="910" width="1617"/><h2>Digitalización de trámites tributarios</h2><p>En paralelo al anuncio de mayores controles, <b>la SAT presentó acciones de transformación digital para simplificar trámites de los contribuyentes</b>. Werner Ovalle Ramírez detalló que la modernización del <b>Registro Fiscal de Vehículos</b> (RFV Digital) permite ahora la inscripción de vehículos usados y la reposición de distintivos desde la Agencia Virtual.</p><p>Según datos oficiales, desde el lanzamiento del RFV Digital en agosto de 2025 para vehículos nuevos, se han gestionado <b>472.046 trámites</b>, de los cuales <b>72%</b> ya se realiza bajo este esquema digital. El mecanismo redujo la duración del trámite de inscripción de hasta 30 días a <b>5 minutos</b>.</p><p>La digitalización también incluye la inscripción de vehículos usados y la reposición de distintivos, con expedientes electrónicos y validación automatizada de requisitos. La SAT confirmó además la migración de formularios tributarios de Declaraguate hacia la Agencia Virtual para contribuyentes especiales grandes, medianos y regionales, con <b>6.438 usuarios</b> en esta primera fase.</p><p>Entre los primeros formularios a migrar figuran el <b>SAT-1311 ISR Opcional Mensual</b> y el <b>SAT-2237 IVA General</b>. A partir del 1 de septiembre, los contribuyentes del Régimen General del IVA deberán utilizar los formularios digitales desde la Agencia Virtual, que incorpora declaraciones propuestas y reduce la carga administrativa.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6B47G45EUNGA7A4Y4QNYSOJXHI.jpg?auth=53387495037e856b78a04e732c66be567a55026481634f0ca93e0930164de441&smart=true&width=3575&height=2383" alt="Una primera fase ya incorpora miles de perfiles entre grandes, medianos y regionales, e incluye planillas como ISR Opcional Mensual y IVA General, además de declaraciones propuestas para recortar carga administrativa (Foto cortesía SAT)" height="2383" width="3575"/><h2>Alcance de la estrategia institucional</h2><p>La SAT reafirmó su compromiso de facilitar los procesos a los contribuyentes, tanto en tributos internos como en comercio exterior y en el <b>Registro Fiscal de Vehículos</b>. Según la entidad, la estrategia combina innovación tecnológica y fiscalización en momentos como la <b>Copa Mundial</b>.</p><p>Werner Ovalle Ramírez reiteró la invitación a los comercios a cumplir con sus obligaciones y aprovechó la ocasión para mostrar avances en la digitalización, que buscan “reducir requisitos y tiempos, facilitando el cumplimiento voluntario”.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/74SRB42HABHEVM4CAHE5CPBUCA.jpg?auth=01b67d2a0c2a8c40e6707567946afab769e99fcb73c3b599c36acde7e6f422f1&amp;smart=true&amp;width=1613&amp;height=907" type="image/jpeg" height="907" width="1613"><media:description type="plain"><![CDATA[Las revisiones subirán en pasos limítrofes y zonas urbanas, con foco en artículos alusivos al torneo sin papelería en regla y patrones detectados en años anteriores (Foto cortesía SAT)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Captan a Héctor Contreras, titular del SAT Quintana Roo, en zona VIP de partido de la NBA junto a Trump ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/captan-a-hector-contreras-titular-del-sat-quintana-roo-en-zona-vip-de-partido-de-la-nba-junto-a-trump/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/captan-a-hector-contreras-titular-del-sat-quintana-roo-en-zona-vip-de-partido-de-la-nba-junto-a-trump/</guid><dc:creator><![CDATA[Anayeli  Tapia Sandoval ]]></dc:creator><description><![CDATA[El funcionario fue captado en una exclusiva donde los boletos para las Finales de la NBA alcanzarían hasta 20 mil dólares]]></description><pubDate>Wed, 10 Jun 2026 07:17:35 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SHJ44UJXQ5ARNP3GD6SIQ3LFTQ.jpg?auth=d6561359b52ae4cba4eeee9c5f644a4b2a9fd0e6f089eb7807652b5e421393ca&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Héctor Contreras Mercader, funcionario del SAT en Quintana Roo, aparece en las transmisiones del Juego 3 de las Finales de la NBA en Nueva York, en una zona VIP donde los boletos superan los 20,000 dólares — más de cinco meses de su sueldo reportado. (SAUL LOEB / AFP)" height="1080" width="1920"/><p><b>Héctor Contreras</b>, titular del Servicio de Administración Tributaria (<b>SAT</b>) en <b>Quintana Roo</b>, fue captado la noche del lunes 8 de junio en una zona VIP del <b>Madison Square Garden</b> de Nueva York durante el tercer partido de las Finales de la NBA entre los Knicks y los Spurs, en un área donde los boletos alcanzaron precios de hasta <b>20,000 dólares </b>(casi 350 mil pesos mexicanos) por asiento. </p><p>El funcionario apareció en las transmisiones internacionales justo debajo del palco del <b>presidente de Estados Unidos, Donald Trump</b>, quien acudió al evento. </p><p>Las imágenes se viralizaron en redes sociales luego de que los medios internacionales enfocaran a Trump —el primer mandatario estadounidense en asistir a unas Finales de la NBA, acompañado de su nieta Kai Trump— y en el encuadre quedara visible <b>Héctor Contreras Mercader,</b> vestido con el jersey de los Knicks y acompañado de un joven que ha sido identificado como su hijo. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AZJNNCSL6JG5JP22SHQSIRDOSM.jpeg?auth=dfd2d32f869d559c5a07c6ee2ec0c5de1c639519b4ebff83d038d96184039e27&smart=true&width=1200&height=992" alt="El director del SAT de Quintana Roo fue visto en el Madison Square Garden el pasado lunes. (Foto: Radio Cultural del Ayuntamiento de Cancún)" height="992" width="1200"/><p>Hasta el momento, ni el funcionario ni el SAT Quintana Roo han emitido posicionamiento público sobre su presencia en el evento y los recursos con los que adquirió los boletos.</p><p>La cifra del costo aproximado de los boletos dista del ingreso neto que el titular del SAT reporta en la <b>Plataforma Nacional de Transparencia</b>, que es de <b>64,650 pesos mensuales</b>. Para pagar un solo boleto, el funcionario habría necesitado ahorrar más de cinco meses de su sueldo íntegro.</p><h2>El boleto más barato en esa zona superó los 10,000 dólares</h2><p>Los precios en el Madison Square Garden para el Juego 3 de las Finales escalaron de forma acelerada tras la confirmación de la asistencia de Trump. El boleto de entrada más económico en el recinto llegó a costar <b>3,940 dólares </b>el lunes por la mañana, mientras que los asientos en la zona baja del estadio alcanzaron hasta <b>104,000 dólares</b>, de acuerdo con datos del portal <i>Vivid Seats</i>. </p><p>En dicho partido, los Spurs ganaron el partido 115 a 111 sobre los Knicks, resultado que dejó la serie 2 a 1 a favor de Nueva York. </p><h2>¿Quién es Héctor Contreras? </h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3RDQLR64YRDPXPPVCHB6S6VME4.png?auth=0dc587c411f2db52d859e85d53a61d445d73aeebcf6915d8cef5123c093e3045&smart=true&width=312&height=268" alt="Héctor Contreras, titular del SAT en Quintana Roo, no ha dicho nada sobre los hechos. (Captura de pantalla)" height="268" width="312"/><p><b>Héctor José Contreras Mercader</b> es licenciado en Finanzas y Contaduría Pública. Inició su carrera como auxiliar contable en empresas privadas y del sector público, de acuerdo con información del <b>Gobierno de Cancún.</b></p><p>Entre <b>2011 y 2013</b> fue jefe de departamento en la XV Regiduría del Ayuntamiento de <b>Benito Juárez</b>. En 2013 ganó su primer cargo de elección popular como <b>regidor </b>de ese municipio. Posteriormente ocupó la Dirección General de Solución Integral de Residuos Sólidos de Cancún y trabajó como asesor financiero en distintas dependencias públicas.</p><p>Entre <b>2016 y 2018</b> fue oficial mayor del mismo ayuntamiento. En octubre de 2018, la entonces presidenta municipal <b>Mara Lezama</b> lo ratificó en ese cargo. Tras la victoria de Lezama en la gubernatura de Quintana Roo, Contreras Mercader fue nombrado titular del SAT en la entidad, cargo que ocupa actualmente.</p><p>La aparición del funcionario en una de las zonas más exclusivas del <b>Madison Square Garden</b> generó cuestionamientos en redes sociales por el contraste con el <b>discurso de austeridad republicana </b>que ha sido bandera de los gobiernos emanados de Morena. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SHJ44UJXQ5ARNP3GD6SIQ3LFTQ.jpg?auth=d6561359b52ae4cba4eeee9c5f644a4b2a9fd0e6f089eb7807652b5e421393ca&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Héctor Contreras Mercader, funcionario del SAT en Quintana Roo, aparece en las transmisiones del Juego 3 de las Finales de la NBA en Nueva York, en una zona VIP donde los boletos superan los 20,000 dólares — más de cinco meses de su sueldo reportado. (SAUL LOEB / AFP)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT publicó su lista negra de facturas inválidas: así puedes revisar si te afecta]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/10/el-sat-publico-su-lista-negra-de-facturas-invalidas-asi-puedes-revisar-si-te-afecta/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El Servicio de Administración Tributaria publicó la lista definitiva de Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas el 5 de junio, abarcando 20 estados y sectores desde construcción hasta espectáculos. Consulta cómo identificar a los involucrados y evitar sanciones fiscales]]></description><pubDate>Wed, 10 Jun 2026 03:15:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BT2RENQDQZFQPPHCKOIEGAFM7I.png?auth=db343c07e0ddbb8aea3902c5dc4e6b726ed91b4d7b83473917b1468543acfb14&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El propio oficio justifica la medida con un argumento de interés público: “es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes”, así como que la sociedad conozca a quienes llevan a cabo ese tipo de operaciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/"><b>El Servicio de Administración Tributaria</b></a> confirmó la <b>inclusión definitiva </b>de <b>89 contribuyentes</b> en el listado del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), lo que <b>invalida las facturas </b>emitidas por esas empresas y expone a quienes operaron con ellas a perder deducciones y créditos fiscales.</p><p>El organismo emitió el oficio <b>500 05 00 00 00 2026 11587</b> el 15 de abril de 2026. Lo firmó el licenciado en contaduría <b>Rubén Martín López Rodríguez</b>, Administrador Central de Fiscalización Estratégica, adscrito a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF). La publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se concretó el 5 de junio.</p><p>El propio oficio justifica la medida con un argumento de interés público: <b>“es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes”</b>, así como que la sociedad conozca a quienes llevan a cabo ese tipo de operaciones.</p><h2>Qué son los EFOS y por qué sus facturas no tienen validez</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="Un detalle que genera confusión frecuente: la factura en sí cumple con los requisitos formales del sistema tributario. Lo que es falso es la operación detrás del documento, que en realidad no existió. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/">Las empresas y personas físicas</a> incluidas en este listado reciben el nombre de EFOS: Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas. El SAT acreditó que emitieron comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material para respaldar las transacciones que amparaban.</p><p>Un detalle que genera confusión frecuente: la factura en sí cumple con los requisitos formales del sistema tributario. Lo que es falso es la operación detrás del documento, que en realidad no existió.</p><h2>89 contribuyentes de 20 estados, en sectores muy distintos</h2><p>Los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/"><b>89 contribuyentes</b></a> incluidos en el Anexo 1 del oficio son personas físicas y morales domiciliadas en al menos 20 estados: Ciudad de México, Estado de México, Chihuahua, Nuevo León, Jalisco, Tamaulipas, Coahuila de Zaragoza, Guerrero, Veracruz, Baja California, Sinaloa, Tabasco, Guanajuato, San Luis Potosí, Durango, Campeche, Oaxaca, Querétaro, Sonora y Zacatecas.</p><p>Los sectores involucrados abarcan desde construcción, consultoría administrativa, servicios de cómputo, comercialización de hidrocarburos y transporte, hasta gasolineras, fabricación farmacéutica, joyería y espectáculos. El documento registra cuatro motivos formales para la inclusión en el listado: ausencia de activos, ausencia de personal, falta de infraestructura y falta de capacidad material.</p><h2>El proceso que llevó a la lista definitiva</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SAAZGYECWVBWFJG5J3UYGIGDVM.png?auth=1fadd434347e6b9092f18f837896731f996f08dc73f81834358c2b120b95aa7c&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal en cada estado emitieron oficios de presunción individuales a cada contribuyente, con los hechos que motivaban la sospecha. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El procedimiento contempló varias etapas. Las Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal en cada estado emitieron oficios de presunción individuales a cada contribuyente, con los hechos que motivaban la sospecha. La coordinación del listado global de presunción y la publicación definitiva correspondió a la Administración Central de Fiscalización Estratégica.</p><p>Tras esa notificación individual, el SAT publicó el listado global en su portal y en el DOF, con un plazo de <b>15 días hábiles</b> para que los afectados presentaran pruebas y argumentos. El CFF también permite solicitar una prórroga de cinco días adicionales vía buzón tributario.</p><p>Ninguno de los 89 contribuyentes se apersonó ante la autoridad ni entregó documentación dentro del plazo. El SAT emitió entonces resoluciones definitivas y, conforme al artículo 69-B del CFF, no procedió a la publicación definitiva sino hasta después de <b>30 días hábiles</b> posteriores a la notificación de dichas resoluciones, sin que se reportara suspensión, nulidad ni revocación judicial a favor de ninguno de los incluidos.</p><h2>El riesgo para empresas y personas que operaron con esos proveedores</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SLOPLRPYQ5CWDGEEHURQPBEWAM.png?auth=c56c3bd156c310351e9ad4214367969ceb8ef414a50a9a932a722e0042ebab70&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si no actúa dentro de ese plazo, el SAT puede determinar créditos fiscales, rechazar deducciones, imponer multas y recargos, y en casos graves derivar el asunto a consecuencias penales. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La consecuencia más directa no recae solo sobre los EFOS, sino sobre quienes contrataron sus servicios o adquirieron sus bienes. Cualquier empresa o persona física que haya dado efectos fiscales a facturas emitidas por un contribuyente ahora en la lista definitiva queda automáticamente bajo sospecha como <b>EDOS</b>: Empresas que Deducen Operaciones Simuladas.</p><p>Las deducciones aplicadas y los créditos fiscales obtenidos con esas facturas pueden ser rechazados por el SAT. El artículo 69-B del CFF establece que el contribuyente afectado cuenta con <b>30 días hábiles</b> a partir de la publicación definitiva para tomar una de dos vías: acreditar ante la autoridad que la operación fue real, con documentación que pruebe la materialidad de la transacción, o corregir su situación fiscal mediante declaraciones complementarias.</p><p>Si no actúa dentro de ese plazo, el SAT puede determinar créditos fiscales, rechazar deducciones, imponer multas y recargos, y en casos graves derivar el asunto a consecuencias penales.</p><h2>Cómo verificar si un proveedor está en la lista</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BBEBDYE3SFAZ3ISZO3FUACCWJY.png?auth=f8a891bc1a40963109dbf982f9fd3d48ace8165de37c4b364b1e0deeb24f7281&smart=true&width=1408&height=768" alt=" Los contribuyentes pueden descargarlo en formato .csv, consultable desde Excel, con búsqueda por RFC o razón social. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El listado completo está disponible en el portal oficial del SAT en <b>sat.gob.mx</b> y en el DOF. Los contribuyentes pueden descargarlo en formato .csv, consultable desde Excel, con búsqueda por RFC o razón social.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/BT2RENQDQZFQPPHCKOIEGAFM7I.png?auth=db343c07e0ddbb8aea3902c5dc4e6b726ed91b4d7b83473917b1468543acfb14&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Ilustración que representa el proceso de insolvencia fraudulenta, desde el juicio civil hasta la maniobra de vaciamiento de una empresa para evadir deudas, culminando en la trituración de facturas impagas y la aplicación del Código Penal. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Tu deuda con el SAT ahora crece al doble: los recargos por mora subieron 40% en 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/tu-deuda-con-el-sat-ahora-crece-al-doble-los-recargos-por-mora-subieron-40-en-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/tu-deuda-con-el-sat-ahora-crece-al-doble-los-recargos-por-mora-subieron-40-en-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Con el ajuste publicado en el Diario Oficial de la Federación, cualquier contribuyente que retrase sus pagos verá incrementados los intereses, superando ahora el 25% anual adicional sobre el saldo original.]]></description><pubDate>Sun, 07 Jun 2026 15:10:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZT7YYUFZPJDSFDWZLHLAQWMIWE.png?auth=0cdeef1cc4de4bfb51ee788e07c815eebf37d51136626bd0584ae5bb566f0e95&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El cambio tiene respaldo en dos instrumentos oficiales. El primero es la LIF 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de noviembre de 2025, que fijó la nueva tasa en su artículo 11.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/"><b>El SAT</b></a> cobró <b>40% más en recargos</b> por mora desde el 1 de enero de 2026: una deuda de $100,000 pesos que antes generaba $1,470 mensuales en intereses ahora produce $2,070 cada mes, conforme a la nueva tasa del 2.07% establecida en la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/"> <b>Ley de Ingresos de la Federación (LIF)</b></a> para este ejercicio fiscal.</p><p>El cambio tiene respaldo en dos instrumentos oficiales. El primero es la LIF 2026, publicada en el <b>Diario Oficial de la Federación (DOF)</b> el 7 de noviembre de 2025, que fijó la nueva tasa en su artículo 11. </p><p>El segundo es la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/sigues-esperando-tu-devolucion-de-impuestos-estas-son-las-principales-razones-por-las-que-el-sat-retiene-saldos-a-favor/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/sigues-esperando-tu-devolucion-de-impuestos-estas-son-las-principales-razones-por-las-que-el-sat-retiene-saldos-a-favor/"> <b>Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026</b></a>, publicada también en el DOF el 28 de diciembre de 2025 y vigente desde el 1 de enero, que la formalizó en su Regla 2.1.20.</p><h2>Cuánto cuesta ahora deberle al fisco</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4BM3GEC2XVBCXG5PUFMLIJXXNI.png?auth=be75e39ce5149efbd3e7d928724ba8b4edd430af6a2facd23dbe3b766367ba4f&smart=true&width=1408&height=768" alt="El incremento equivale a 0.60 puntos porcentuales, pero su efecto se amplifica con el tiempo: un adeudo que se deja sin pagar durante un año acumula una carga adicional del 25% sobre el monto original (2.07% × 12 meses). (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La tasa de recargos por mora —la que aplica cuando un contribuyente paga sus impuestos fuera del plazo legal— pasó de <b>1.47% a 2.07% mensual</b>. </p><p>El incremento equivale a 0.60 puntos porcentuales, pero su efecto se amplifica con el tiempo: un adeudo que se deja sin pagar durante un año acumula una carga adicional del <b>25%</b> sobre el monto original (2.07% × 12 meses).</p><p>El <b>Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP)</b> precisó que el objetivo declarado de la reforma es eliminar el incentivo perverso que existía cuando resultaba más económico deberle al fisco que a una institución financiera. Luis Carlos Figueroa, vicepresidente fiscal del IMCP, confirmó el alza del 40% al medio El Economista en noviembre de 2025.</p><h2>La escala completa de recargos</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UITHQQRTZ5BVRJZ6G7PHCITYSU.png?auth=43fb502688be308ef49fc2df198fae15596c9930f9b1a7dd8e51bb460bcf00af&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los recargos se calculan de forma automática desde el primer día de atraso sobre el saldo insoluto actualizado, sin necesidad de que el SAT emita un aviso previo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La mora no es el único concepto que subió. Toda la tabla de recargos se actualizó para 2026:</p><p><b>Prórroga</b> (plazo autorizado para pagar después del vencimiento): de 0.98% a <b>1.38% mensual</b></p><p><b>Parcialidades hasta 12 meses:</b> de 1.26% a <b>1.42% mensual</b></p><p><b>Parcialidades de 13 a 24 meses:</b> de 1.53% a <b>1.63% mensual</b></p><p><b>Parcialidades de más de 24 meses o pago diferido:</b> de 1.82% a <b>1.97% mensual</b></p><p>Los recargos se calculan de forma automática desde el primer día de atraso sobre el saldo insoluto actualizado, sin necesidad de que el SAT emita un aviso previo.</p><h2>El perfil del contribuyente más expuesto</h2><p>Las personas físicas con declaración anual son el grupo de mayor riesgo inmediato: el plazo para presentarla venció el <b>30 de abril de 2026</b>, y cualquier saldo pendiente desde esa fecha ya acumula recargos a la tasa del 2.07% mensual.</p><p>También quedan expuestos quienes tienen convenios de pago en parcialidades firmados antes de 2026, ya que las nuevas tasas aplican sobre los saldos vigentes del ejercicio en curso. Las empresas con adeudos en <b>ISR</b>, <b>IVA</b> o <b>IEPS</b> enfrentan el mismo esquema.</p><h2>El marco de la estrategia fiscal más ambiciosa del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El titular del organismo, Antonio Martínez Dagnino, presentó la estrategia en enero de 2026 bajo la premisa de no crear nuevos impuestos (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El endurecimiento de los recargos forma parte del <b>Plan Maestro 2026</b> del <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b>, que fijó una meta de recaudación de <b>6.448 billones de pesos</b> para este año, la cifra más elevada de la que se tenga registro. </p><p>El titular del organismo, <b>Antonio Martínez Dagnino</b>, presentó la estrategia en enero de 2026 bajo la premisa de no crear nuevos impuestos, sino aumentar el costo del incumplimiento y ampliar la base de contribuyentes activos.</p><p>La RMF 2026 estará vigente del <b>1 de enero al 31 de diciembre de 2026</b>, según lo establece su primer artículo transitorio.</p><h2>Cómo pagar un adeudo fiscal ante el SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BUOLYC6UTBEPNCB4TTGXZFSXFQ.png?auth=25ae53c662425867939ec5c4a3cfb48564f7378979342e87cb9ba9cfa042abef&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Nota: si la línea de captura vence antes de concretar el pago, presenta una declaración complementaria para obtener una nueva. El sistema recalcula automáticamente los recargos y la actualización acumulados. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El trámite es gratuito en todos los casos. Su fundamento legal está en los artículos 2, 4, 6, 17-A, 20, 21 y 65 del <b>Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>. El portal oficial es <b>sat.gob.mx</b>.</p><h3>Opción 1: Pago total en una sola exhibición</h3><p>Ingresa a Mi Portal con RFC y contraseña</p><p>Selecciona Créditos Fiscales / Servicios / Formato para pago (total)</p><p>Genera la línea de captura</p><p>Paga en ventanilla bancaria o desde tu portal de banca en línea</p><p><b>Nota:</b> si la línea de captura vence antes de concretar el pago, presenta una declaración complementaria para obtener una nueva. El sistema recalcula automáticamente los recargos y la actualización acumulados.</p><h3>Opción 2: Pago en parcialidades o diferido (artículos 66 y 66-A del CFF)</h3><p>Plazo máximo en parcialidades: <b>36 meses</b></p><p>Plazo máximo en pago diferido: <b>12 meses</b></p><p><b>Por internet:</b></p><p>Ingresa a Mi Portal con RFC y contraseña</p><p>Selecciona Servicios por internet / Servicios o solicitudes / Solicitud</p><p>Elige la opción “Pago a plazos 66 y 66-A CFF”</p><p>Especifica el monto del adeudo, número de parcialidades o fecha del pago diferido</p><p>Adjunta el comprobante del pago inicial de <b>al menos el 20% del total adeudado</b></p><p>Envía la solicitud y conserva el número de folio</p><p>El SAT tiene <b>15 días hábiles</b> para responder. Si requiere información adicional, el contribuyente cuenta con <b>cinco días hábiles</b> para entregarla; de lo contrario, la solicitud queda cancelada.</p><p><b>Presencial:</b></p><p>Acude a la Administración Desconcentrada de Recaudación (ADR) más cercana a tu domicilio fiscal</p><p>Presenta los siguientes documentos:</p><p>Identificación oficial vigente</p><p>Escrito libre con RFC, domicilio fiscal, número de resolución del adeudo y correo electrónico</p><p>Comprobante del pago inicial del 20%</p><p>Recibe tu acuse de recibo</p><p>Espera la respuesta por buzón tributario o correo electrónico registrado</p><h3>Opción 3: Programa de Regularización Fiscal 2026</h3><p>Permite condonar hasta el <b>100% de recargos</b>, multas y gastos de ejecución sobre adeudos del ejercicio 2024 o anteriores.</p><p><b>Requisitos para acceder:</b></p><p>Ingresos totales en 2024 no superiores a <b>300 millones de pesos</b></p><p>No figurar en los listados de los artículos 69-B o 69-B Bis del CFF</p><p>No contar con sentencia firme por delitos fiscales</p><p>No haber recibido condonaciones en programas generalizados previos</p><h2>Fechas clave</h2><p>Solicitud: hasta el <b>31 de octubre de 2026</b></p><p>Pago una vez autorizado: máximo <b>15 días naturales</b></p><p>Última parcialidad (créditos firmes): antes del <b>30 de noviembre de 2026</b></p><p>El trámite se presenta en <b>sat.gob.mx</b> o de forma presencial en la ADR correspondiente. El incumplimiento de cualquier línea de captura implica la pérdida automática del beneficio.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZT7YYUFZPJDSFDWZLHLAQWMIWE.png?auth=0cdeef1cc4de4bfb51ee788e07c815eebf37d51136626bd0584ae5bb566f0e95&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Ejecutivo, finanzas, economia, balance, impuestos, pyme, negocios, (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El SAT lleva trámites sin cita a la UNAM y 18 estados a través de módulos móviles]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/07/el-sat-lleva-tramites-sin-cita-a-la-unam-y-18-estados-a-traves-de-modulos-moviles/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Un módulo especial en la Facultad de Contaduría y Administración ofrece apoyo a la comunidad estudiantil, dentro del despliegue nacional que también incluye sedes rurales y convenios locales]]></description><pubDate>Sun, 07 Jun 2026 13:01:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GOF4YW5X55DF3BEO3FPBQ3OU3A.jpg?auth=e8d8a5861ca9e3b929889f8babcefe7df8caf4681b1f43e50fae72ba21636d15&smart=true&width=1920&height=1080" alt=" La iniciativa buscó reducir las barreras de acceso para contribuyentes que viven lejos de las administraciones desconcentradas del organismo (SAT/Cortesía)" height="1080" width="1920"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/06/adultos-mayores-deberan-pagar-un-impuesto-especial-por-sus-pensiones-esto-dice-el-sat/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/06/adultos-mayores-deberan-pagar-un-impuesto-especial-por-sus-pensiones-esto-dice-el-sat/">El SAT</a><b> desplegó oficinas móviles</b> en 18 estados de México durante la primera semana de junio para acercar trámites fiscales a comunidades rurales y zonas con acceso limitado a sus sedes permanentes. </p><p>El operativo, impulsado por el titular del organismo, <b>Antonio Martínez Dagnino</b>, proyectó atender a unas 4,500 personas mediante 11,600 tramites <b>entre el 1 y el 5 de junio</b>, sin necesidad de cita previa.</p><p>El Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó el despliegue en coordinación c<b>on autoridades federales, estatales y municipales.</b> La iniciativa buscó reducir las barreras de<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/"> acceso para contribuyentes</a> que viven lejos de las administraciones desconcentradas del organismo, en particular en municipios rurales y localidades apartadas.</p><h2>Trámites disponibles en los módulos itinerantes</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JHYCB2JU3FENPA2WGYAVNZ7QVY.png?auth=b8ee8ff832c6194719be3e5aebeb70490ca91e32b36e6b53ede42810f11d4e86&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los módulos ofrecieron los servicios fiscales de mayor demanda entre personas físicas, trabajadores y estudiantes. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Los módulos ofrecieron los servicios fiscales de mayor demanda entre personas físicas, trabajadores y estudiantes. Entre ellos: inscripción y actualización en el <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC)</b>, generación y renovación de la firma electrónica (e.firma), emisión de la <b>Constancia de Situación Fiscal (CSF)</b>, generación de contraseña SAT, cambio de domicilio fiscal y orientación tributaria presencial.</p><p>La atención sin cita previa fue uno de los aspectos más relevantes del operativo, dado que la agenda en oficinas permanentes del SAT suele representar una de las principales quejas entre los contribuyentes.</p><h2>Cobertura: de Baja California a Quintana Roo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BBEBDYE3SFAZ3ISZO3FUACCWJY.png?auth=f8a891bc1a40963109dbf982f9fd3d48ace8165de37c4b364b1e0deeb24f7281&smart=true&width=1408&height=768" alt="Entre las sedes específicas figuraron Tlatlauquitepec en Puebla, el municipio de Isla en Veracruz, Loreto en Baja California Sur, Dzidzantún en Yucatán, General Francisco R. Murguía en Zacatecas y Benito Juárez en Quintana Roo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Los módulos itinerantes operaron en Puebla, Veracruz, Ciudad de México, Baja California Sur, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas, Quintana Roo, Hidalgo, Chihuahua, Oaxaca, Sinaloa, Coahuila, Baja California, Tamaulipas, Michoacán, Nuevo León y Morelos.</p><p>Entre las sedes específicas figuraron Tlatlauquitepec en Puebla, el municipio de Isla en Veracruz, Loreto en Baja California Sur, Dzidzantún en Yucatán, General Francisco R. Murguía en Zacatecas y Benito Juárez en Quintana Roo.</p><p>En Ciudad de México, el SAT instaló un módulo especial en la <b>Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)</b>, con atención dirigida a la comunidad estudiantil. En Torreón, Coahuila, el módulo operó en las instalaciones de la <b>Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (Canacoservytur)</b>, donde se requirió prerregistro previo.</p><h2>Articulación con programas sociales</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El horario general fue de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 horas y los viernes de 9:00 a 15:00 horas. En Tamaulipas, Michoacán, Nuevo León y Morelos, algunas sedes operaron con horarios diferenciados según las actividades comunitarias locales. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Varios módulos se integraron a iniciativas locales ya en marcha. En Hidalgo, la atención se vinculó a las Rutas de la Transformación; en Oaxaca, a Campañas de Formalización; en Michoacán, a Ferias de Bienestar, y en Nuevo León, a las Ferias de Paz.</p><p>El horario general fue de lunes a jueves de<b> 9:00 a 17:00 horas </b>y los viernes de 9:00 a 15:00 horas. En Tamaulipas, Michoacán, Nuevo León y Morelos, algunas sedes operaron con horarios diferenciados según las actividades comunitarias locales.</p><h2>Un operativo que se repite y crece</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="La expansión a 18 entidades en junio forma parte de una estrategia sostenida de descentralización del servicio fiscal, orientada a poblaciones que no cuentan con oficinas permanentes del organismo en su área de residencia. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El despliegue de junio no fue un evento aislado. En mayo, el SAT ya había llevado módulos itinerantes a 15 estados del país con un catálogo de servicios similar.</p><p>La expansión a 18 entidades en junio forma parte de una <b>estrategia sostenida de descentralización</b> del servicio fiscal, orientada a poblaciones que no cuentan con oficinas permanentes del organismo en su área de residencia.</p><h2>Por qué estos trámites son cada vez más urgentes</h2><p>La <b>Constancia de Situación Fiscal</b>, el RFC y la e.firma dejaron de ser documentos exclusivos del ámbito tributario. Hoy son requisitos habituales en procesos de contratación laboral, inscripción a plataformas digitales, apertura de actividades económicas y validación de datos ante instituciones financieras.</p><p>Esa expansión en el uso cotidiano de los documentos fiscales explica la alta demanda que enfrentan las oficinas permanentes del SAT y, con ella, la necesidad de llevar los servicios directamente a las comunidades.</p><h2>Qué llevar al módulo del SAT</h2><p>Para aprovechar la atención en los módulos itinerantes, el <b>SAT</b> requiere una identificación oficial vigente —INE o pasaporte—, la Clave Única de Registro de Población (CURP), un comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses y un correo electrónico activo.</p><p>Quienes acudan a tramitar o renovar la e.firma deben sumar a esos documentos un número de teléfono celular y una memoria USB vacía, ya que los archivos de la firma electrónica se entregan en ese dispositivo. Sin la USB, el trámite no puede completarse en el módulo.</p><p>En el caso de personas morales o representantes legales, se requiere además el acta constitutiva o el poder notarial correspondiente. La atención es gratuita en todos los casos.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/GOF4YW5X55DF3BEO3FPBQ3OU3A.jpg?auth=e8d8a5861ca9e3b929889f8babcefe7df8caf4681b1f43e50fae72ba21636d15&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">SAT</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Adultos mayores deberán pagar un impuesto especial por sus pensiones? Esto dice el SAT]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/06/adultos-mayores-deberan-pagar-un-impuesto-especial-por-sus-pensiones-esto-dice-el-sat/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/06/adultos-mayores-deberan-pagar-un-impuesto-especial-por-sus-pensiones-esto-dice-el-sat/</guid><dc:creator><![CDATA[Fernanda López Castro]]></dc:creator><description><![CDATA[El SAT indicó que la gran mayoria de los pensionados están libres del pago de ISR por dicho concepto]]></description><pubDate>Sat, 06 Jun 2026 19:18:04 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RSLXCHL65NARZNFLTQ32AZHBDE.png?auth=f2da531a4df2cdaa98ebbbf6195e700d134e53f6d0061920fd8f3d48b4a3880c&smart=true&width=2752&height=1536" alt="En una sucursal del Banco del Bienestar, un anciano mexicano sostiene su tarjeta Bienestar con incertidumbre mientras es atendido por una cajera de expresión seria, reflejando las dificultades en la atención al cliente. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Este semana se difundió información sobre un supuesto<b> nuevo pago de impuestos </b>que deberán realizar este año los <b>adultos mayores</b>, por el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/cuanto-dinero-recibira-al-ano-un-adulto-mayor-con-la-pension-bienestar-en-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/cuanto-dinero-recibira-al-ano-un-adulto-mayor-con-la-pension-bienestar-en-2026/">pago que de la Pensión del Bienestar</a>, la cual actualmente es de 6 mil 400 pesos bimestrales.</p><p>Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria<b> (SAT) </b>aclaró los rumores y explicó qué pensiones están excentas del pago de impuestos.</p><p>En un comunicado, el SAT dijo que “es totalmente falso” que las personas adultas mayores deberán realizar el pago del impuesto sobre la renta (ISR) y en este sentido, también rechazó haber confirmado el cobro, como se especuló. </p><p>En el mismo documento, explicó que la <b>Ley del ISR</b> “establece claramente” cuáles son las pensiones que están exentas y cuáles deben presentar declaración anual y pagar dicho gravamen.</p><p>“Cabe mencionar que la gran mayoría de los pensionados en nuestro pais están libres del pago de ese impuesto por los ingresos que reciban por concepto de pensión”, agregó.</p><p>Precisó que en el artículo 93 de la Ley del ISR se señala que las pensiones estan exentas de pagar ISR cuando no superan el equivalente a 15 UMAs diarias; es decir, un monto de 53 mil 493 pesos al mes.</p><p>En este sentido, el SAT indicó que “también es falso que quienes reciben la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores deberán pagar este impuesto”.</p><p>“En el artículo 90 de la Ley del ISR se establece que no se consideran ingresos por los que se esté obligado al pago de dicho impuesto, los apoyos economicos o monetarios que reciban los contribuyentes, a través de los programas previstos en los presupuestos de egresos de la Federación o de las entidades federativas”, puntualizó.</p><p>Finalmente, hizo un llamado a la población en general de mantenerse informados a través de los canales oficiales de disfusión, como sus cuentas de redes sociales y números de atención. </p><p>“Este órgano tributario rechaza cualquier intención de generar confusión entre la ciudadania, mediante información falsa. Por ello, invita a la población a mantenerse informada a través de sus medios oficiales: Portal del SAT: sat.gob.mx, Facebook: SAT México, X: @SATMX, Instagram: satmx, YouTube y TikTok: @satmx</p><p>“Para cualquier duda o aclaracion las personas pueden comunicarse a MarcaSAT al numero 55 627 22 728, o bien, al Chat uno a uno en chat.sat.gob.mx para recibir asesoria”, concluyó.</p><h2>¿Qué pensionados pagan el ISR?</h2><p>Si tu pensión es superior a 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA), debes pagar el ISR sobre el excedente. Actualmente, esto equivale a 52 mil 789.5 pesos al mes. </p><p>Es importante que sepas que las primeras 15 UMAs de tu pensión están exentas de impuestos; solo pagarás ISR sobre el monto que exceda este límite.</p><h2>¿Cuánto gana un adulto mayor al año con la Pensión del Bienestar?</h2><p>Actualmente, las pensiones del Bienestar de las Personas Adultas Mayores otorga 38 mil 400 pesos mexicanos al año a cada beneficiario. </p><p>Este apoyo está dirigido a personas mayores de 65 años con nacionalidad mexicana y residencia permanente en el país. </p><p>El monto no depende de años cotizados ni de historial laboral formal y se deposita de manera bimestral, con entregas de 6 mil 400 pesos cada dos meses directamente a una tarjeta bancaria.</p><p>El programa está diseñado especialmente para quienes no cuentan con una pensión contributiva ni con otros mecanismos de protección social. </p><p>Para acceder, se requiere identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y el Formato Único de Bienestar. </p><p>No obstante, la inscripción al padrón no garantiza la permanencia indefinida, ya que existen diversas causas de baja establecidas por la Secretaría de Bienestar, como el fallecimiento del titular, entrega de documentos falsos, duplicidad de registros, ausencia durante visitas domiciliarias, incumplimiento de reglas o solicitud voluntaria de baja.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/RSLXCHL65NARZNFLTQ32AZHBDE.png?auth=f2da531a4df2cdaa98ebbbf6195e700d134e53f6d0061920fd8f3d48b4a3880c&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[En una sucursal del Banco del Bienestar, un anciano mexicano sostiene su tarjeta Bienestar con incertidumbre mientras es atendido por una cajera de expresión seria, reflejando las dificultades en la atención al cliente. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La factura ya no basta: el SAT exige “materialidad” de las operaciones]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/05/la-factura-ya-no-basta-el-sat-exige-materialidad-de-las-operaciones/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Quienes no acrediten la realidad de una operación enfrentan cancelación definitiva de su Certificado de Sello Digital, multas de hasta 55% del monto facturado y penas de prisión, según el comunicado del 16 de enero de 2026]]></description><pubDate>Fri, 05 Jun 2026 01:39:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="Dos manos anónimas sostienen un formulario fiscal del SAT con un sello rojo de "Revisión" y elementos gráficos que simbolizan alerta y escrutinio en un contexto tributario. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>En México, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/18/sat-puede-multar-por-mas-de-120-mil-pesos-por-condicionar-facturas-a-quienes-aplica-y-como-denunciar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/18/sat-puede-multar-por-mas-de-120-mil-pesos-por-condicionar-facturas-a-quienes-aplica-y-como-denunciar/"><b>tener una factura electrónica ya no es suficiente</b></a> para acreditar una deducción o un crédito fiscal. Desde el 1 de enero de 2026, una reforma al<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/facturas-vencidas-y-otros-limites-del-sat-que-la-suprema-corte-podria-tumbar-en-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/facturas-vencidas-y-otros-limites-del-sat-que-la-suprema-corte-podria-tumbar-en-2026/"> <b>Código Fiscal de la Federación</b></a> obliga a cualquier contribuyente a demostrar que cada Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) ampara una operación que realmente ocurrió. </p><p><b>Quien no pueda probarlo </b>enfrenta desde la suspensión inmediata de su capacidad de facturar hasta cargos penales con penas de hasta nueve años de prisión. El cambio proviene de la fracción IX incorporada al artículo 29-A del CFF, publicada en el<b> Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025. </b></p><p>La norma establece que los comprobantes deben amparar “operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales”. Si no cumplen ese requisito, se consideran falsos —incluso si fueron timbrados válidamente por el propio SAT o por un proveedor autorizado de certificación.</p><h2>La materialidad: de criterio de auditoría a obligación legal</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UXGDE3GSBJEVJEGQLMRX75OMIU.png?auth=539ec8bb63cf05be56324a73763806e0098bfba4cbc3889b89c19ba93d7e46f9&smart=true&width=1408&height=768" alt="Con la reforma 2026, ese concepto —junto con los de sustancia económica, razón de negocios y fecha cierta— quedó incorporado directamente al CFF (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Hasta 2025, la “materialidad de operaciones” era un concepto que el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> aplicaba de forma interpretativa durante sus revisiones. Los tribunales lo habían avalado, pero no existía un texto legal expreso que lo exigiera al momento de emitir o recibir una factura.</p><p>Con la reforma 2026, ese concepto —junto con los de sustancia económica, razón de negocios y fecha cierta— quedó incorporado directamente al CFF. La consecuencia es que la validez de un CFDI ya no se evalúa únicamente por su estructura técnica o su correcto timbrado, sino por la realidad de la transacción que lo origina.</p><p>Un comprobante puede estar perfectamente formateado en XML, contar con todos los campos requeridos y haber pasado las validaciones del SAT, y aun así ser declarado falso si la operación que ampara no puede demostrarse.</p><h2>El artículo 49 Bis: visita exprés y facturación bloqueada desde el primer día</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="El mecanismo arranca con una presunción en contra del contribuyente: la orden de visita señala expresamente por qué el SAT sospecha que los CFDI emitidos son falsos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Para hacer cumplir la nueva obligación, la reforma creó el artículo 49 Bis del CFF, un procedimiento de verificación que opera de forma radicalmente distinta a una auditoría tradicional.</p><p>El mecanismo arranca con una presunción en contra del contribuyente: la orden de visita señala expresamente por qué el SAT sospecha que los CFDI emitidos son falsos. Desde el momento en que se notifica esa orden, el <b>Certificado de Sello Digital (CSD)</b> queda suspendido de forma inmediata, lo que impide emitir cualquier nueva factura hasta que se resuelva el procedimiento.</p><p>La visita puede realizarse en el domicilio fiscal, en bodegas, oficinas, puntos de venta fijos o semifijos, o en cualquier lugar vinculado a las operaciones facturadas. Durante la inspección, los visitadores del SAT están facultados para documentar sus hallazgos con fotografías, grabaciones de audio y video.</p><h2>Cinco días para probar, 24 para resolver</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JSBANN3DRND2HBWQ45GKZWSUKI.jpg?auth=30997c7e060645c3515df68922aa07d6e1505175c676b9f2d022a66523c7219d&smart=true&width=1456&height=816" alt="Desde el 1 de enero de 2026, el SAT puede verificar si las transacciones registradas en un CFDI son reales, solicitar evidencia al contribuyente y, si determina que el comprobante es falso, publicar el nombre y el RFC del emisor en su portal y en el Diario Oficial de la Federación. - (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>Una vez iniciada la visita, el contribuyente cuenta con <b>5 días hábiles</b> para presentar las pruebas que desvirtúen la presunción de falsedad. La autoridad tiene <b>15 días hábiles</b> adicionales para emitir su resolución. El proceso completo puede concluir en menos de un mes.</p><p>Desde el 1 de enero de 2026, el <b>SAT</b> puede verificar si las transacciones registradas en un CFDI son reales, solicitar evidencia al contribuyente y, si determina que el comprobante es falso, publicar el nombre y el RFC del emisor en su portal y en el Diario Oficial de la Federación. El procedimiento completo puede resolverse en 24 días hábiles, un plazo que los especialistas consideran extraordinariamente breve para reunir la documentación exigida.</p><p>Si el contribuyente no logra desvirtuar la presunción, los CFDI se declaran falsos con efectos generales y el CSD se cancela de forma definitiva.</p><h2>Qué documentos exige ahora el SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Y6TI4IKPSNHWPK7PVAGFXFMEAQ.png?auth=59d8ce8f8e0c0493206714b3135411d7c475691fe85f6f1ac534a995ceb57754&smart=true&width=1408&height=768" alt="La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) emitió el 16 de enero de 2026 un comunicado en el que instó a los contribuyentes a conservar y organizar toda esa documentación (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Contratos, estados de cuenta y facturas son apenas el punto de partida. Según los criterios del SAT y la regla 2.9.19 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, el expediente de materialidad debe demostrar cuatro elementos:</p><p><b>Sustancia económica:</b> la operación debe tener un propósito de negocio real, no solo un beneficio fiscal.</p><p><b>Capacidad operativa del proveedor:</b> personal inscrito en el IMSS suficiente para ejecutar el servicio, infraestructura verificable, domicilio fiscal localizable y actividad económica registrada congruente con lo facturado.</p><p><b>Evidencia de prestación:</b> entregables, reportes, fotografías del trabajo realizado, bitácoras, correos electrónicos con metadatos, órdenes de compra y minutas.</p><p><b>Trazabilidad financiera:</b> pagos mediante transferencia electrónica (SPEI) o cheque nominativo. Los pagos en efectivo superiores a $2,000 MXN no acreditan materialidad. Además, los contratos deben estar protocolizados ante fedatario público para garantizar la fecha cierta.</p><p>La <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b> emitió el 16 de enero de 2026 un comunicado en el que instó a los contribuyentes a conservar y organizar toda esa documentación —tanto física como digital— antes de que llegue una notificación del SAT, no después.</p><h2>El efecto dominó sobre quienes recibieron las facturas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HS3KCRHK7FGJPHHT7TMVAF4X2M.png?auth=7ee6b647e394cfe60e77600487f226c2e19a6aea4e98d5c7c9a34c99c38ec0df&smart=true&width=1408&height=768" alt="Su única salida es presentar una declaración complementaria dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el Diario Oficial, revirtiendo todos los efectos fiscales aplicados. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Las consecuencias no se limitan al emisor del comprobante declarado falso. Los contribuyentes que recibieron esos CFDI —y los utilizaron para deducir gastos o acreditar IVA— pierden la posibilidad de demostrar por su cuenta la materialidad de las operaciones.</p><p>Su única salida es presentar una declaración complementaria dentro de los <b>30 días naturales</b> siguientes a la publicación en el Diario Oficial, revirtiendo todos los efectos fiscales aplicados. Si no lo hacen en ese plazo, el SAT restringe también su propio Certificado de Sello Digital, dejándolos sin capacidad de facturar.</p><p>La reforma tipifica como delito —con penas de <b>2 a 9 años de prisión</b>— la expedición, adquisición, compra o uso de comprobantes fiscales falsos, tanto para quienes los emiten como para quienes les dan efectos fiscales a sabiendas. Las multas pueden alcanzar el 55% del monto total facturado.</p><h2>Algoritmos e inteligencia artificial: el SAT ya sabe a quién visitar</h2><p>La selección de contribuyentes sujetos al artículo 49 Bis no es aleatoria. El SAT opera modelos algorítmicos que cruzan en tiempo real los CFDI emitidos y recibidos, las declaraciones de impuestos, los registros patronales ante el <b>Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)</b>, la información bancaria y los datos de comercio exterior.</p><p>Cuando ese cruce detecta inconsistencias —por ejemplo, un proveedor que factura servicios de ingeniería sin trabajadores registrados ante el IMSS, o una empresa con deducciones que superan cuatro veces el monto de sus créditos fiscales pendientes— el sistema genera una alerta que puede derivar en la activación automática del procedimiento expedito.</p><p>El punto más relevante para el contribuyente es la inversión de la carga probatoria: no es el SAT quien debe demostrar que la operación fue falsa, sino el contribuyente quien debe probar que fue real. Para 2026, la autoridad tiene programadas más de <b>16,200 auditorías</b>, con criterios uniformes aplicados en las 32 entidades federativas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Dos manos anónimas sostienen un formulario fiscal del SAT con un sello rojo de "Revisión" y elementos gráficos que simbolizan alerta y escrutinio en un contexto tributario. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Vinculan a proceso a 8 integrantes “Del Caballito”, banda dedicada al lavado de dinero en al menos cinco estados del país]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/vinculan-a-proceso-a-8-integrantes-del-caballito-banda-dedicada-al-lavado-de-dinero-en-al-menos-cinco-estados-del-pais/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/vinculan-a-proceso-a-8-integrantes-del-caballito-banda-dedicada-al-lavado-de-dinero-en-al-menos-cinco-estados-del-pais/</guid><dc:creator><![CDATA[Juan Castillo]]></dc:creator><description><![CDATA[La red es investigada supuesta expedición de comprobantes fiscales falsos y operaciones con recursos de procedencia ilícita]]></description><pubDate>Thu, 04 Jun 2026 22:31:03 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZMER7NA3XVDSZB7EP3XYQXSESU.jpg?auth=7e57b27130e98bdccfc5dc1579a337a30b13db542b33d7956e8856d73443eabb&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Mapa criminal de la estructura de "El Caballito". Crédito: FGR" height="1080" width="1920"/><p>Un <b>juez de control vinculó</b> a <b>proceso</b> a ocho presuntos integrantes de la red delictiva <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/02/fgr-revela-como-operaba-el-esquema-de-la-red-de-lavado-de-dinero-de-el-caballito/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/02/fgr-revela-como-operaba-el-esquema-de-la-red-de-lavado-de-dinero-de-el-caballito/"><b>“Del Caballito”</b></a> por su participación en la<b> expedición de comprobantes fiscales falsos </b>y<b> operaciones con recursos de procedencia ilícita,</b> delitos que habrían generado facturas por más de <b>12 mil millones de pesos</b> en al menos<b> tres años de operación</b> en <b>cinco estados del país.</b></p><p>La autoridad judicial también ratificó la medida cautelar de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/29/fgr-desmantela-red-de-lavado-de-dinero-y-facturas-falsas-del-caballito-hay-8-detenidos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/29/fgr-desmantela-red-de-lavado-de-dinero-y-facturas-falsas-del-caballito-hay-8-detenidos/"><b>prisión preventiva oficiosa</b></a> en su contra y estableció <b>dos meses </b>como plazo para la investigación complementaria. </p><p>La vinculación a proceso de los ocho integrantes fue confirmada este 4 de junio por la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/detienen-a-antonio-molina-diaz-hombre-ligado-a-genaro-garcia-luna-y-excoordinador-de-carceles-federales/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/detienen-a-antonio-molina-diaz-hombre-ligado-a-genaro-garcia-luna-y-excoordinador-de-carceles-federales/"><b>Fiscalía General de la República</b></a> <b>(FGR)</b>, quien no reveló el sitio donde se encuentran recluidos. Sin embargo, medios nacionales han indicado que sería el <b>Penal Federal de Michoacán.</b></p><h2>La FGR presentó los datos de prueba</h2><p>Según información oficial, la defensa de los imputados se acogió a la duplicidad del término constitucional, lo que obligó a la <b>Fiscalía General de la República</b> a exponer datos de prueba adicionales ante el juez. </p><p>El Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especial en Investigación de Delitos Fiscales y del Sistema Financiero sostuvo la acusación con el respaldo de la Agencia de Investigación Criminal <b>(AIC)</b>, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Unidad de Inteligencia Financiera y el Servicio de Administración Tributaria.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/C4HYGIU7CVBJPEYUCPR2BSQOQI.jpg?auth=1d948d0265522ee528d2a90ef1b650d9578d4a6cbb10e786c3f581a7f4b2ee94&smart=true&width=1275&height=1100" alt="Inmueble asegurado por las autoridades. Crédito: FGR" height="1100" width="1275"/><p>Tras exponer las pruebas suficientes, el juez dictó la vinculación a proceso de las siguientes ocho personas:</p><ul><li>Maikol “N”</li><li>Salvador “N”</li><li>Laura “N”</li><li>Luis “N”</li><li>Manuel “N”</li><li>Elda “N”</li><li>Montserrat “N” </li><li>Lilia “N”</li></ul><p>Las investigaciones de la <b>FGR </b>señalaron a <b>Maikol </b>“N” y a <b>Salvador “N”</b> como los presuntos líderes de la organización. </p><p>Las ocho órdenes de aprehensión fueron cumplimentadas en cateos ejecutados en <b>Jalisco, Colima, Sonora, Aguascalientes, Quintana Roo y Michoacán.</b></p><h2>Así operaba la banda Del Caballito</h2><p>El vocero de la <b>FGR</b>, <b>Ulises Lara López</b>, explicó el 1 de junio que la red se acercaba a empresas reales para ofrecerles mecanismos de evasión fiscal. </p><p><i>“Estas personas se acercaban a las empresas, les presentaban esquemas de comercialización y mecanismos de evasión fiscal y hacían las operaciones falsas para justificar la emisión de facturas falsas”</i>, declaró.</p><p>La organización constituía empresas fachada, realizaba deducciones legítimas por clientes reales y distribuía los beneficios. </p><p>Para darle apariencia de legalidad, también operaba una asociación civil que ofrecía asesoramiento en materia de planeación laboral. </p><p>El esquema permitía a las empresas beneficiadas evitar el pago del Impuesto Sobre la Renta <b>(ISR)</b> y ocultar el origen de los recursos.</p><p>Las 15 empresas y asociaciones civiles identificadas tenían domicilios fiscales en <b>Jalisco, Michoacán, Sinaloa, Sonora y Quintana Roo</b>. </p><p>Uno de los inmuebles asegurados contaba con una placa en la fachada que simulaba un caballito de ajedrez en dorado, símbolo que presuntamente da el nombre a la red.</p><h2>El operativo desplegó 440 elementos en nueve estados</h2><p>La desarticulación de la red fue revelada el 29 de mayo tras un operativo en el que participaron <b>440 elementos</b> distribuidos en nueve estados. </p><p>Las autoridades ejecutaron cateos simultáneos en 30 inmuebles ubicados en Jalisco, Guanajuato, Colima, Durango, Quintana Roo, Sonora, Sinaloa, Aguascalientes y Coahuila.</p><p>El operativo permitió asegurar 11 domicilios, 14 vehículos y dos motocicletas, además de divisas en siete monedas: </p><ul><li>1 millón 90 mil 550 pesos</li><li>106 mil yenes</li><li>Mil 700 libras esterlinas</li><li>370 soles</li><li>Mil 570 euros</li><li>Mil 50 coronas danesas</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CBEVG6MMLND7TFETL4CHULKX2Y.jpg?auth=a79f40f4b766b80b50afb92c8d6a6b8503869042be398da0c081fad208d7a9e0&smart=true&width=1275&height=1100" alt="Parte del dinero asegurado en los cateos federales. Crédito: FGR" height="1100" width="1275"/><p>Entre los efectivos participantes hubo peritos especializados en criminología, informática forense, fotografía, video y contabilidad forense.</p><p><b>Lara López </b>advirtió que las investigaciones continúan y que podrían hallarse más elementos vinculados a delincuencia organizada, lo que derivaría en un cambio en la pena.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZMER7NA3XVDSZB7EP3XYQXSESU.jpg?auth=7e57b27130e98bdccfc5dc1579a337a30b13db542b33d7956e8856d73443eabb&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Mapa criminal de la estructura de "El Caballito". Crédito: FGR]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT podría frenar la llegada de Guillermo Almada al América]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/sat-podria-frenar-la-llegada-de-guillermo-almada-al-america/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/sat-podria-frenar-la-llegada-de-guillermo-almada-al-america/</guid><dc:creator><![CDATA[Víctor Cisneros]]></dc:creator><description><![CDATA[El organismo institucional investiga al estratega uruguayo por presunta evasión de impuestos durante su periodo como director técnico del Club Santos Laguna]]></description><pubDate>Thu, 04 Jun 2026 14:16:38 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QYRXC3NKINGHFEJNQ6D3EG7J5Y.jpg?auth=a34be8427b52a7862bf19482461de8f905e89f26508b8312d2354b4c40934762&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El director técnico Guillermo Almada, potencial sucesor de André Jardine. (Infobae México Especial)" height="1080" width="1920"/><p>El técnico uruguayo <b>Guillermo Almada</b> es la primera opción del <b>América</b> para suplir a <a href="https://www.infobae.com/mexico/deportes/2026/06/03/reportan-la-salida-de-andre-jardine-como-tecnico-del-america-guillermo-almada-apunta-a-ser-su-relevo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/deportes/2026/06/03/reportan-la-salida-de-andre-jardine-como-tecnico-del-america-guillermo-almada-apunta-a-ser-su-relevo/">André Jardine tras la inesperada salida del brasileño de la institución</a>. El 3 de junio, a través de sus cuentas oficiales, el club anunció la desvinculación laboral de común acuerdo. El sudamericano deja al equipo tras 6 torneos cortos en los que consiguió el <b>tricampeonato de la Liga MX</b>, <b>un Campeón de Campeones</b>, <b>una Supercopa de la Liga MX </b>y<b> un Campeones Cup</b>.</p><h2>SAT, un obstáculo entre Almada y el América</h2><p>De acuerdo con reportes de <i>ESPN</i>, <i>Récord</i> y <i>AS México</i>, Guillermo Almada es la primera opción de la directiva. Sin embargo, dos temas podrían impedir la llegada del uruguayo al banquillo de Las Águilas.</p><p>El periodista Carlos Ponce de León informó que los representantes de Almada buscan que América eleve la oferta salarial de <b>2.5 a 3 millones de dólares anuales</b>. Por su parte, <i>Fox Sports </i>reportó que fuentes cercanas al club confirmaron que el técnico sudamericano pretende incluir una cláusula de liberación que le permita dirigir a la selección de Uruguay si la federación de su país lo solicita.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/23LUBVQORVHRTD3X4ZHM3OPVKQ.jpg?auth=4719c9110d3a99b10bf21978093fe5ce3948ffc6df122fa3ac764d1aa20db80e&smart=true&width=2694&height=1796" alt="Guillermo Almada llegaría al América tras dirigir en la Liga de España. EFE/Enric Fontcuberta
" height="1796" width="2694"/><p>Ignacio <i>“El Fantasma”</i> Suárez, periodista de investigación, añadió otro factor que ha trabado las negociaciones: el litigio que Guillermo Almada mantiene con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por presunta evasión fiscal, factor que influyó para que el uruguayo no firmara contrato con Club Cruz Azul en 2025.</p><p>El conflicto de Almada surgió porque la directiva de Santos se comprometió a gestionar y pagar los impuestos de los jugadores y el técnico, pero no cumplió, dejando una deuda con el SAT de aproximadamente <b>12 millones de pesos</b>. </p><blockquote><p>“Almada tiene un requerimiento de Hacienda y está litigando porque lo requirieron por un pago mayor de 12 millones de pesos. Cuando dirigió al Club Santos, tenía dos contratos; él tenía el contrato que era libre de impuestos, pues alguien no pagó y fue requerido fiscalmente. Ahora dice: “Bueno, yo regreso, pero ayúdenme también a destrabar, a destrabar eso que tiene pendiente”.</p></blockquote><p>En ese mismo espacio, el comunicador Luis Castillo indicó que el directivo Bernardo Gómez, en representación de Grupo Ollamani y General Atlantic, establecería un puente entre la organización deportiva y el gobierno federal. </p><blockquote><p>“El señor Gómez es el que hablará directo. Al estilo del PRI, O sea, ‘hablo directamente con la presidenta y la presidenta arregla ese asunto y Guillermo Almada puede regresar al futbol mexicano’”, indicó.</p></blockquote><p>Se espera que las negociaciones finalicen este jueves para que el Club América haga el anuncio oficial el viernes 5 de junio, una semana antes del inicio del Mundial 2026.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BBR3QNHLXFHJPHAIYAVBBYBNOM.jpg?auth=fc7ada644f76420c82ef2733597d0e46373f869f277ca1431e920146d3bd3151&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Jardine se marcha del América como el DT más ganador en la historia del club." height="1080" width="1920"/><h2>¿Por qué se fue André Jardine?</h2><p>Guillermo Almada llegaría con la misión de emular el éxito de André Jardine, el técnico con más títulos en la historia del América. León Lecanda, reportero de <i>ESPN</i>, informó en el programa <i>Enfocados</i> que el estratega brasileño tenía la intención de cumplir el año de contrato que mantenía con la institución.</p><p>No obstante, su proyecto no convenció al nuevo director general del club, <b>Ferran Reverter</b>, quien habría tomado la decisión de no darle continuidad al brasileño y rescindir su contrato tras no obtener ningún título en los últimos 18 meses.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/QYRXC3NKINGHFEJNQ6D3EG7J5Y.jpg?auth=a34be8427b52a7862bf19482461de8f905e89f26508b8312d2354b4c40934762&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El director técnico Guillermo Almada, potencial sucesor de André Jardine, es visto frente a un fondo que combina el edificio del SAT y la afición vibrante del Club América. (Infobae México Especial)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Adiós a las cuentas compartidas? Así es como el SAT revisará tus plataformas digitales]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/04/adios-a-las-cuentas-compartidas-asi-es-como-el-sat-revisara-tus-plataformas-digitales/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[La medida obliga a empresas como Netflix, Uber y Airbnb a abrir datos fiscales permanentes, aunque Hacienda asegura que no entra al contenido que consumen los usuarios ni a su actividad personal]]></description><pubDate>Thu, 04 Jun 2026 13:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3OQXIYDMHRFHFL3Q3A27HJ6KYM.png?auth=2efafe429ebe222bee927dda4f2908718979371ac41734464496b039ad8f3f87&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La obligación aplica a cualquier plataforma que preste servicios digitales a usuarios en México, sin importar su país de origen.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Hay una nueva regla que cambia la forma en que el gobierno mexicano interactúa con las <b>plataformas digitales </b>que operan en el país. </p><p>No es un rumor ni una propuesta: <b>ya está en vigor</b>. </p><p>Desde el 1 de abril de 2026, las<a href="https://www.infobae.com/espana/elcorner/2026/02/17/comparativa-de-las-mejores-plataformas-de-streaming-de-video-de-2026-contenidos-ventajas-y-precios/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/espana/elcorner/2026/02/17/comparativa-de-las-mejores-plataformas-de-streaming-de-video-de-2026-contenidos-ventajas-y-precios/"> plataformas de streaming</a> de entretenimiento, así como las <b>aplicaciones de movilidad</b> y <b>hospedaje</b> temporal deben abrir sus bases de datos al Servicio de Administración Tributaria <b>(SAT) </b>de forma permanente y en tiempo real. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KRP3IPMRTRA6RDAZOFQ7E24GFE.png?auth=95abc591111a193f674263f71ef1a5734300d5616eada5b060866dd850191b87&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las plataformas deben habilitar una interfaz técnica propia y entregar credenciales de acceso al SAT. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La pregunta que muchos se hacen es si eso significa que alguien en Hacienda puede ver <b>qué series consumes</b> o <b>con quién compartes tu cuenta</b>.</p><h2>La norma que lo hace posible</h2><p>La respuesta corta es no, el SAT no puede ver con quién compartes tu cuenta o las series que consumes, pero lo que <b>sí cambia es relevante</b>, y conviene entenderlo bien.</p><p>El fundamento está en el <b>artículo 30-B </b>del Código Fiscal de la Federación <b>(CFF)</b>, adicionado el 7 de noviembre de 2025 y vigente desde el primer día de abril de este año.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="El artículo 30-B del CFF entró en vigor el 1 de abril de 2026 y obliga a las plataformas digitales a dar acceso permanente al SAT. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El texto es directo: los contribuyentes que presten <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/02/oleada-de-fraudes-y-extorsiones-digitales-en-mexico-van-casi-9-mil-victimas-en-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/02/oleada-de-fraudes-y-extorsiones-digitales-en-mexico-van-casi-9-mil-victimas-en-2026/">servicios digitales en México</a> deben permitir a las autoridades fiscales “en forma permanente, el acceso en línea y en <b>tiempo real </b>únicamente a la información que permita comprobar el debido cumplimiento de las <b>obligaciones fiscales</b>”.</p><p>La norma aplica a cualquier plataforma que opere bajo los artículos 1o.-A BIS y 18-B de la <b>Ley del IVA</b>: <b>streaming</b>, <b>transporte</b>, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/rentas-en-monterrey-desde-15-mil-pesos-las-mejores-colonias-con-precios-bajos-para-vivir/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/rentas-en-monterrey-desde-15-mil-pesos-las-mejores-colonias-con-precios-bajos-para-vivir/">hospedaje</a>, comercio electrónico, educación en línea y cualquier <b>servicio digital</b> con usuarios en México.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QESQ6FTRLRAB7JJFHJI7HBU6IU.png?auth=1046e7b28f06aa9867a3982500b3027889890b3ab860f7554c91a47dafce18f2&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El SAT aclara que la medida no constituye espionaje digital ni acceso a datos personales de usuarios.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p> No importa si la empresa tiene oficinas en el país o si opera desde el extranjero. Si sus <b>usuarios están en México</b>, la obligación aplica.</p><h2>Lo que el SAT puede y no puede ver</h2><p>El SAT aclaró en su <a href="https://www.gob.mx/sat/prensa/tarjeta-informativa-13?idiom=es" target="_blank" rel="" title="https://www.gob.mx/sat/prensa/tarjeta-informativa-13?idiom=es">Tarjeta Informativa 13 </a>que la medida no constituye espionaje digital: “En ningún momento se establece que el SAT podrá <b>acceder a la información</b> de los usuarios o a la actividad que tengan en las plataformas, ni mucho menos se incluyen <b>fines de vigilancia </b>a las personas”.</p><p>Lo que sí puede consultar la autoridad es <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/">información fiscal</a> de las plataformas como entidades comerciales: montos de operaciones, IVA trasladado, ISR retenido y<b> métodos de pago</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AOQLG5RYFVD6DM7CUWT23FDQGU.png?auth=2d67bb3ae732f3ca26486d3fae5d502611756ba9ee6f80e18024899496eb5d4b&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El acceso del SAT se limita exclusivamente a información fiscal: montos, retenciones y métodos de pago.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>En el caso de <b>plataformas de intermediación</b> (puentes para compras entre terceros) el acceso incluye datos del vendedor, anfitrión o prestador de servicio: nombre, RFC, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/03/05/tu-curp-ya-esta-certificada-por-renapo-ve-como-verificarla-y-obtenerla-sin-costo/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/03/05/tu-curp-ya-esta-certificada-por-renapo-ve-como-verificarla-y-obtenerla-sin-costo/">CURP</a>, CLABE bancaria y el desglose de cada <b>transacción</b>.</p><p>El acceso a esos datos no es mediante reportes periódicos. La plataforma debe habilitar una<b> interfaz técnica propia</b> y entregar al SAT un usuario y contraseña para consultarla. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IUONVEFIXBBRNMJPAN4NU6DIVM.png?auth=5dbb1a477aca46f57e4aa1350c2ba7e50ccf5c7284c01773115dc938e82b577e&smart=true&width=1408&height=768" alt="El incumplimiento puede activar el bloqueo temporal del servicio digital para usuarios en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La información debe estar disponible a más tardar <b>al día siguiente </b>de cada operación.</p><h2>Qué sectores están en la mira</h2><p>La obligación abarca a todos los prestadores de servicios digitales, pero los sectores con mayor exposición <b>son cuatro</b>: </p><ol><li>Entretenimiento y <a href="https://www.infobae.com/tecno/2026/05/25/lista-de-televisores-sin-netflix-a-partir-del-1-de-junio-de-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/tecno/2026/05/25/lista-de-televisores-sin-netflix-a-partir-del-1-de-junio-de-2026/">streaming </a>.</li><li>Comercio electrónico.</li><li>Transporte y entregas.</li><li><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/asi-puedes-vivir-en-guadalajara-por-menos-de-15-mil-pesos-las-cinco-colonias-con-mejor-precio/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/asi-puedes-vivir-en-guadalajara-por-menos-de-15-mil-pesos-las-cinco-colonias-con-mejor-precio/">Hospedaje</a>.</li></ol><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6GI7RYH6TVBMLGPQDEFGKDE2NI.png?auth=d17f1b0b6ec57ad3bee6b9f854d068b5647ea36f3fa45f3a19a756cd6b7d4160&smart=true&width=1408&height=768" alt="En caso de incumplimiento el bloqueo se ejecutará a través de los concesionarios de la red pública de telecomunicaciones.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Las consecuencias de no cumplir</h2><p>El artículo 30-B del CFF <b>no deja margen de maniobra </b>para las plataformas que se nieguen. </p><p>El incumplimiento activa los artículos de la Ley del <a href="https://www.infobae.com/economia/2026/06/01/la-recaudacion-tributaria-supero-a-la-inflacion-por-primera-en-nueve-meses-por-el-cobro-de-ganancias/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/economia/2026/06/01/la-recaudacion-tributaria-supero-a-la-inflacion-por-primera-en-nueve-meses-por-el-cobro-de-ganancias/">IVA</a>: <b>bloqueo temporal del servicio digital</b> en todo el territorio nacional, ejecutado a través de los concesionarios de la red pública de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/28/carlos-slim-opera-tramo-estrategico-de-tren-que-busca-conectar-el-centro-y-norte-de-mexico/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/28/carlos-slim-opera-tramo-estrategico-de-tren-que-busca-conectar-el-centro-y-norte-de-mexico/">telecomunicaciones</a>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IW7CCOI4H5HGNAKI6OAGVYIR64.png?auth=2a65e1eabd5bc6b3353931572299b976995c724c7bf9eeb7b69dd1260bfdad22&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El SAT puede ordenar el bloqueo temporal de servicios digitales en México a plataformas que no cumplan con requisitos fiscales, detallando el proceso de activación, bloqueo nacional y desbloqueo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El SAT publicará en el Diario Oficial de la Federación y en su sitio web el nombre de la <b>plataforma bloqueada </b>y la fecha de inicio de la medida. </p><p>El desbloqueo solo ocurre una vez que la plataforma <b>regularice su situación</b>, y esa resolución también se hará pública.</p><h2>Qué cambia para el usuario común</h2><p>Si alguien consume estas plataformas sin vender ni prestar servicios a través de ellas, esta norma <b>no afecta</b> de forma directa. </p><p>El foco está en <b>quienes generan ingresos</b>: <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/23/que-necesitas-para-conducir-una-moto-en-cdmx-en-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/23/que-necesitas-para-conducir-una-moto-en-cdmx-en-2026/">conductores</a>, <b>anfitriones</b>, <b>vendedores</b> o cualquier persona física <b>que cobre</b> a través de estas plataformas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DQF5VU2FQNGFZGGDD7OT4CT6WE.jpg?auth=8242d43a405534e0dd308779ec178537bfe2c859f2b64e52416f248456c55ed1&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Cada transacción registrada en estas plataformas ya es visible para el fisco en tiempo real.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Para ellos, el cambio es sustancial. Con el artículo 30-B del CFF, el SAT <b>ya no espera la declaración anual</b> para detectar ingresos no reportados: <b>los tiene en tiempo real</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3OQXIYDMHRFHFL3Q3A27HJ6KYM.png?auth=2efafe429ebe222bee927dda4f2908718979371ac41734464496b039ad8f3f87&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una persona ve una serie en streaming en una gran pantalla de televisión en una sala de estar acogedora y tenuemente iluminada, con la ciudad nocturna de fondo y el logo de SAT en la esquina inferior izquierda. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Heredaste una casa o dinero? La regla del SAT para no pagar impuestos por tu herencia este 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/04/10/heredaste-una-casa-o-dinero-la-regla-del-sat-para-no-pagar-impuestos-por-tu-herencia-este-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/04/10/heredaste-una-casa-o-dinero-la-regla-del-sat-para-no-pagar-impuestos-por-tu-herencia-este-2026/</guid><description><![CDATA[Recibir una herencia no implica pagar impuestos, pero sí cumplir con requisitos fiscales y reportes ante el SAT]]></description><pubDate>Wed, 03 Jun 2026 17:19:36 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IOL2MKG3JJE4BAFTEHNPNUUIKY.jpg?auth=0ab59991c2aabe45a23628ac48acf6bcf6c02d59407d1f74ff5c84ad9a276d2e&smart=true&width=1920&height=1080" alt="(Freepik)" height="1080" width="1920"/><p>Recibir una herencia en <b>México </b>no implica, en automático, el pago de <b>impuestos federales</b>. Sin embargo, el proceso sí conlleva ciertas <b>obligaciones fiscales</b> que deben cumplirse ante el <b>Servicio de Administración Tributaria </b>para evitar inconsistencias o sanciones, especialmente cuando se trata de <b>bienes de alto valor</b> o de futuras operaciones como la venta de propiedades.</p><p>De acuerdo con la legislación vigente, los ingresos por <b>herencias o legados</b> están exentos del <b>Impuesto Sobre la Renta (ISR)</b>, aunque esto no exime a los beneficiarios de reportar la información correspondiente en determinados casos.</p><h2>La regla del SAT sobre el ISR en herencias</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JVK6QYT4PND7RL6SP4OWTKI2HM.jpg?auth=a56616359cf9c176d3b5ecf1cc8fbc1c76027575a18520edba7245305745607d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>La Ley del Impuesto sobre la Renta establece, en su <b>artículo 93, fracción XXII</b>, que las personas físicas no deben pagar <b>ISR</b> por los ingresos obtenidos a través de herencias o legados.</p><p>Esto significa que recibir <b>dinero, una casa u otros bienes</b> no genera un impuesto directo por ese concepto. No obstante, la autoridad fiscal puede solicitar información para verificar el <b>origen y legalidad</b> de estos recursos.</p><h2>Cuándo debes reportar una herencia</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BU25DPCF2NB7XODWQKTVSFPB2E.jpg?auth=fba4c82d3ac2153617a510376579ef45e47f418197750eaf50f1ed2b944e6862&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>Aunque no se pague ISR, sí existe la obligación de reportar la herencia en la <b>declaración anual</b> cuando el valor individual de los bienes supera los <b>500 mil pesos</b>, especialmente en el caso de inmuebles.</p><p>Si el monto es menor, no es obligatorio incluirlo, pero se recomienda <b>conservar la documentación</b> que respalde la operación. No reportarlo cuando corresponde puede generar <b>discrepancias fiscales</b> ante el SAT.</p><h2>Otros impuestos y trámites a considerar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/I7LX27NOXRC3ZOKBF6UGCNLZ5A.jpg?auth=f6033ae9f613b469960a8cfb0341adb3c9a58b7c94b2c9076aa41d2edc0f2904&smart=true&width=1920&height=1080" alt="(MOISÉS PABLO/CUARTOSCURO/ARCHIVO)" height="1080" width="1920"/><p>Además del ISR, existen <b>impuestos locales</b> que pueden aplicarse según el tipo de bien heredado. Entre ellos destaca el <b>Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI)</b>, que puede ir del <b>2% al 4.5%</b> del valor de la propiedad, dependiendo de la entidad.</p><p>En algunos estados también se contempla un <b>impuesto sobre sucesiones</b>. Si el heredero decide vender un inmueble, deberá pagar <b>ISR por la ganancia</b> obtenida en la operación.</p><p>Asimismo, cualquier ingreso adicional generado por los bienes heredados, como <b>intereses o rendimientos</b>, sí está sujeto a impuestos y debe reportarse.</p><p>Para formalizar el proceso, el heredero o albacea debe presentar documentos como el <b>acta de defunción</b>, identificación oficial, <b>poder notarial</b>, el formato correspondiente del <b>RFC</b> y el documento que acredite la aceptación del cargo. Tras completar el trámite, el SAT emite un <b>acuse oficial</b> como constancia.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/IOL2MKG3JJE4BAFTEHNPNUUIKY.jpg?auth=0ab59991c2aabe45a23628ac48acf6bcf6c02d59407d1f74ff5c84ad9a276d2e&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(Freepik)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Sigues esperando tu devolución de impuestos? Estas son las principales razones por las que el SAT retiene saldos a favor ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/sigues-esperando-tu-devolucion-de-impuestos-estas-son-las-principales-razones-por-las-que-el-sat-retiene-saldos-a-favor/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/sigues-esperando-tu-devolucion-de-impuestos-estas-son-las-principales-razones-por-las-que-el-sat-retiene-saldos-a-favor/</guid><dc:creator><![CDATA[Samantha Godínez ]]></dc:creator><description><![CDATA[La autoridad fiscal no puede limitarse a señalar que existe una “inconsistencia”, debe fundamentar el motivo de la negativa o retraso]]></description><pubDate>Wed, 03 Jun 2026 16:42:04 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&smart=true&width=1408&height=768" alt="Una persona aguarda frente a una laptop con el logo difuso del SAT al fondo, rodeada de relojes y papeles flotantes que simbolizan la espera y los trámites burocráticos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Durante 2025, más de <b>10.8 millones de personas físicas</b> en México presentaron su<b> declaración anual</b> con la expectativa de recibir un <b>reembolso de impuestos</b> por parte del Servicio de Administración Tributaria (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/"><b>SAT</b></a>). </p><p>Para una parte considerable de estos <b>contribuyentes</b>, el proceso resulta más largo de lo previsto, con demoras que pueden extenderse durante semanas e incluso meses. Otros, en cambio, reciben la notificación de que su saldo a favor ha sido rechazado o sometido a revisión.</p><p>Las causas detrás de estas postergaciones suelen generar incertidumbre entre los solicitantes. La Dra. <b>Guadalupe Santos Moreno</b>, académica de la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/juventudes-si-ahorran-pero-enfrentan-un-futuro-economico-mas-incierto-asegura-experta-de-la-ibero/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/juventudes-si-ahorran-pero-enfrentan-un-futuro-economico-mas-incierto-asegura-experta-de-la-ibero/"><b>Universidad Iberoamericana</b></a>, señaló que rara vez existe una única razón para que una devolución se detenga. El organismo emplea mecanismos de control que cruzan la información declarada con la que se encuentra en sus bases de datos, en busca de discrepancias que puedan explicar la negativa.</p><p>El objetivo de estos filtros es claro: proteger las<b> finanzas públicas</b> e impedir <b>devoluciones </b>indebidas. No obstante, la especialista advirtió que la autoridad debe comunicar con precisión las razones de cualquier rechazo, fundamentando y motivando la decisión más allá de señalar simples inconsistencias.</p><h2>¿Por qué el SAT no me ha devuelto mis impuestos?</h2><p>La devolución de saldos a favor puede verse obstaculizada por diversas situaciones, algunas de las cuales están directamente relacionadas con la información presentada por el propio contribuyente. Entre los problemas detectados con mayor frecuencia se encuentran:</p><ul><li>Diferencias en los ingresos declarados&nbsp;frente a los datos registrados por el SAT.</li><li>Errores en las retenciones&nbsp;reportadas por empleadores o instituciones financieras.</li><li>Deducciones personales&nbsp;que no cumplen los requisitos legales establecidos.</li><li>Inconsistencias en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).</li><li>Datos incorrectos en la cuenta bancaria&nbsp;proporcionada para el depósito.</li></ul><p>Estos controles están diseñados para evitar pagos improcedentes, pero deben ir acompañados de explicaciones claras y detalladas. La autoridad fiscal no puede limitarse a señalar que existe una “inconsistencia”, debe fundamentar el motivo de la negativa o retraso.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EN2YVK4H3ZHBJLPU7LJEGOHRWY.png?auth=bd37db3af206544b7e68556ccf713d5f71454d35848c358253769eba00f8e637&smart=true&width=1408&height=768" alt="Dos manos anónimas sostienen un formulario fiscal del SAT con un sello rojo de "Revisión" y elementos gráficos que simbolizan alerta y escrutinio en un contexto tributario. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>¿Cuáles son las razones por las que el SAT niega o demora una devolución de impuestos? </h2><p>La mayoría de los rechazos, según la académica, se origina en equivocaciones por las personas que realizaron su declaración anual. Los motivos más habituales incluyen: </p><ul><li>Deducciones mal documentadas&nbsp;o sin los soportes necesarios.</li><li>CFDI’s con información incorrecta.</li><li>Omisión de ingresos&nbsp;relevantes en la declaración.</li><li>Diferencias entre lo declarado y lo reportado por terceros.</li></ul><p>En ocasiones, los<b> sistemas automatizados del SAT</b> identifican diferencias que pueden aclararse o corregirse. En esos casos, se suspende la devolución automática y se solicita al contribuyente presentar documentación adicional o realizar el trámite de forma manual.</p><p>Para evitar esta situación que puede terminar en una auditoría o en requerimientos fiscales futuros, es necesario prestar atención a ciertas <b>señales de alerta</b>:</p><ul><li>Declarar ingresos diferentes a los registrados por la autoridad fiscal.</li><li>Solicitar devoluciones que no corresponden al nivel de ingresos.</li><li>Omitir ingresos por plataformas digitales, inversiones, arrendamientos o préstamos.</li><li>Realizar depósitos bancarios cuya procedencia no pueda demostrarse.</li></ul><p>Una devolución rechazada no implica necesariamente una falta grave, pero si existen inconsistencias importantes, el SAT puede iniciar procedimientos de comprobación y revisar la situación fiscal del contribuyente. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRBSBNREGREYHMEQEA2LFIR3Y4.png?auth=f93cb981bf67eeb21413ecb0e6963b7a21d28c6033b0d32a80c56a096e9ac2dc&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Una persona aguarda frente a una laptop con el logo difuso del SAT al fondo, rodeada de relojes y papeles flotantes que simbolizan la espera y los trámites burocráticos. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu"></media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Estos son los motivos por los cuáles el SAT podría congelar tus cuentas bancarias en junio del 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/06/03/estos-son-los-motivos-por-los-cuales-el-sat-podria-congelar-tus-cuentas-bancarias-en-junio-del-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación permite al SAT congelar fondos por impuestos no pagados o declaraciones omitidas, sin requerir sentencia. La medida se extiende a instituciones financieras mexicanas y extranjeras que operen en México]]></description><pubDate>Wed, 03 Jun 2026 02:12:27 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HDSYFCFMENDHPFBGCRNV24TD2U.png?auth=55761b78e789ecd5bf0a256ca222dfb5a7fb4bed35645c4c8cdb53b2bdcae4af&smart=true&width=1408&height=768" alt="La medida alcanza a cualquier institución financiera que opere en México, sin importar su origen. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria</b> aplica en junio como todos los meses de 2026<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/09/coparmex-inversion-en-mexico-se-puede-ver-afectada-por-fallo-de-la-scjn-que-permite-bloqueo-de-cuentas-por-la-uif/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/09/coparmex-inversion-en-mexico-se-puede-ver-afectada-por-fallo-de-la-scjn-que-permite-bloqueo-de-cuentas-por-la-uif/"> <b>inmovilizaciones de cuentas bancarias</b></a> a personas físicas y morales con adeudos fiscales pendientes, en un procedimiento mensual que no requiere orden judicial ni sentencia previa. </p><p>La medida alcanza a cualquier institución financiera que opere en México, sin importar su origen.</p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/06/suprema-corte-ratifica-poder-de-la-uif-para-congelar-cuentas-sin-orden-judicial/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/06/suprema-corte-ratifica-poder-de-la-uif-para-congelar-cuentas-sin-orden-judicial/">El SAT puede congelar depósitos bancarios</a>, inversiones y seguros con base en el <b>artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF)</b>. </p><p>La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa han confirmado la legalidad de esta facultad. Solo se bloquea el monto equivalente al crédito fiscal más recargos y multas:<a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/02/sat-congelara-cuentas-bancarias-en-diciembre-de-2025-quienes-seran-afectados/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/02/sat-congelara-cuentas-bancarias-en-diciembre-de-2025-quienes-seran-afectados/"><b> la cuenta completa no puede quedar inmovilizada</b>.</a></p><h2>Causas que activan el bloqueo</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VUHGOWE2F5EVBOVKRWARZIESCU.png?auth=35336e355b70a50590a8e8efc5c53176d32c3c957b1f96bd78e77d9021668a37&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La omisión de declaraciones fiscales, tanto mensuales como anuales, es otra causa frecuente. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La primera causal es la <b>falta de pago de impuestos</b> —ISR, IVA u otras contribuciones— dentro de los plazos oficiales. Cuando un adeudo se convierte en crédito fiscal firme, es decir, cuando el contribuyente agotó los plazos para impugnarlo o simplemente no lo hizo, el SAT queda habilitado para ordenar la retención de fondos de forma directa.</p><p>La omisión de declaraciones fiscales, tanto mensuales como anuales, es otra causa frecuente. El organismo cruza la información de bancos, emisores de facturas y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para detectar a quienes reciben ingresos sin reportarlos. Si el sistema detecta esa discrepancia, puede iniciar un cobro coactivo que incluye el congelamiento de cuentas.</p><p>Ignorar los requerimientos formales del <b>Buzón Tributario</b> —solicitudes de documentación, comparecencias o auditorías— también puede escalar hasta el bloqueo. Lo que comienza como<b> un requerimiento administrativo</b> puede derivar en una inmovilización si el contribuyente no responde.</p><p>Dos causales adicionales son las <b>discrepancias entre ingresos declarados y movimientos bancarios</b>, y el uso de facturas falsas o simulación de operaciones. Esta última es la más grave y puede activar sanciones penales además del bloqueo.</p><h2>Nuevo requisito de garantía en 2026</h2><p>Hasta 2025, interponer un recurso de revocación ante el SAT eximía al contribuyente de garantizar el crédito fiscal durante la tramitación. Esa facilidad desapareció con la <b>Ley de Ingresos de la Federación 2026</b>.</p><p>El artículo vigésimo noveno transitorio de esa ley establece que quien presente un recurso de revocación debe constituir una garantía del interés fiscal. </p><p>El plazo para hacerlo es de <b>seis meses</b> a partir de la presentación del recurso, o de 10 días hábiles si la resolución llega antes de ese plazo. Las formas de garantía aceptadas, en orden de prelación, son: billete de depósito, carta de crédito, prenda o hipoteca, fianza y obligación solidaria de tercero. Los títulos valor y la cartera de créditos ya no son válidos.</p><h2>Qué cuentas no pueden ser bloqueadas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H7G5LCXA4FH3XK44XIEFOVTGQQ.png?auth=56131e251f6aa920245b95955b78ef9fc0c26c25175399c6ce38502357990878&smart=true&width=1536&height=1024" alt="También quedan protegidas las cuentas de nómina donde se depositan sueldos, salarios y pensiones, así como los recursos vinculados a programas sociales del gobierno federal. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El artículo 157 del CFF protege ciertos fondos de forma expresa. Las cuentas individuales de ahorro para el retiro (<b>AFORE</b>), incluidas las aportaciones voluntarias, están fuera del alcance de la inmovilización.</p><p>También<b> quedan protegidas las cuentas de nómina donde se depositan sueldos, salarios y pensiones</b>, así como los recursos vinculados a programas sociales del gobierno federal. En ningún caso el SAT puede inmovilizar un monto mayor al del crédito fiscal actualizado más sus accesorios legales.</p><h2>Cómo opera el procedimiento</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/E3RD5YFLLZEETMWBYOV2AVO57I.png?auth=e775b49d630425cecfe1f388bf6a8172039c078c3b2caf223de17e5abf1a4214&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Si el monto bloqueado supera el crédito fiscal, el SAT debe ordenar la liberación del excedente dentro de los tres días posteriores a que tenga conocimiento del error (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Una vez que el SAT emite la orden, la entidad financiera tiene <b>tres días hábiles</b> para ejecutar la inmovilización y notificarlo al organismo. El SAT, a su vez, debe informar al contribuyente en los tres días siguientes, a través del Buzón Tributario, por estrados o por edictos.</p><p>Si el monto bloqueado supera el crédito fiscal, el SAT debe ordenar la liberación del excedente dentro de los tres días posteriores a que tenga conocimiento del error. No existe un plazo máximo legal para mantener la inmovilización: los fondos permanecen retenidos hasta que el contribuyente pague, ofrezca garantía suficiente o un tribunal ordene el levantamiento.</p><h2>El rumor viral que el SAT desmintió</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HSCHLWJQ6RGXBCHUX5ML3XSGXA.png?auth=859e87062fb9478630f807539afe441ab5ebdd1b2d3043c3b3ce33ca19f58487&smart=true&width=1408&height=768" alt="La noticia circuló bajo el nombre de “Ley de Moneda Digital Obligatoria 2026” con la afirmación de que permitiría al SAT congelar automáticamente las cuentas de quienes tuvieran más de $50,000 pesos en efectivo o en aplicaciones financieras. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Un video publicado en TikTok en abril de 2026 acumuló más de <b>529 mil reproducciones</b> al afirmar que la llamada “Ley de Moneda Digital Obligatoria 2026” permitiría al SAT congelar automáticamente las cuentas de quienes tuvieran más de $50,000 pesos en efectivo o en aplicaciones financieras.</p><p>La plataforma de verificación Verificado.com.mx y el propio SAT desmintieron la afirmación. El Diario Oficial de la Federación, la Cámara de Diputados, el Senado y el Sistema de Información Legislativa no registran ninguna norma con ese nombre ni ninguna iniciativa relacionada. En enero de 2026, el organismo tributario aclaró que <b>“es totalmente falso”</b> que cuente con atribuciones para ejecutar bloqueos masivos de cuentas por supuestos incumplimientos o por el monto de los depósitos.</p><h2>Cómo recuperar el acceso a una cuenta bloqueada</h2><p>El primer paso es acudir a la sucursal bancaria para obtener el número de<b> oficio que ordenó la inmovilización y el monto exacto reclamado</b>. Con esos datos, el contribuyente debe agendar una cita en el portal oficial del SAT bajo el concepto de<b> “Adeudos Fiscales” o “Aclaraciones”.</b></p><p>Para desbloquear la cuenta, el contribuyente puede<b> liquidar el adeudo</b> en una sola exhibición, solicitar un convenio de pago en parcialidades —si el SAT lo autoriza— o presentar una garantía válida. El proceso de liberación tarda entre tres y <b>10 días hábiles</b> una vez regularizada la situación.</p><p>Existen tres vías de defensa legal: el recurso de revocación ante el propio SAT, con un plazo de 30 días hábiles; el juicio de nulidad ante el <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)</b>, con un plazo de 30 a 45 días hábiles; y la intervención de la <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)</b>, que puede actuar como intermediaria cuando detecta irregularidades en el procedimiento.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/HDSYFCFMENDHPFBGCRNV24TD2U.png?auth=55761b78e789ecd5bf0a256ca222dfb5a7fb4bed35645c4c8cdb53b2bdcae4af&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Varios fajos de billetes de 100 dólares están atados con cadenas y un candado, simbolizando la inmovilización o el control de fondos. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Alertan por la caída del nivel tras eliminar el examen de ingreso en la Universidad de California ]]></title><link>https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/06/02/alertan-por-la-caida-del-nivel-tras-eliminar-el-examen-de-ingreso-en-la-universidad-de-california/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/06/02/alertan-por-la-caida-del-nivel-tras-eliminar-el-examen-de-ingreso-en-la-universidad-de-california/</guid><dc:creator><![CDATA[Luciana Rivera]]></dc:creator><description><![CDATA[Una carta firmada por más de 1.100 docentes sostiene que los ingresantes muestran brechas formativas, sobre todo en matemáticas y ciencias, y que se destina tiempo de clase a contenidos de secundaria]]></description><pubDate>Tue, 02 Jun 2026 11:53:10 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QYOGCAUFERBVDG6OOCQYRJLI6M.jpg?auth=ad6bfe66126295c62846d804f1647c07d332d1df99e555debd8955040c3d060f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Más de 1.100 profesores de la Universidad de California piden restablecer el SAT como requisito de admisión para mejorar la preparación académica. (AP)" height="1080" width="1920"/><p>Más de <b>1.100 profesores del </b><a href="https://www.infobae.com/america/agencias/2026/05/26/eeuu-denuncia-a-la-universidad-de-california-en-los-angeles-ucla-por-no-abordar-el-antisemitismo-en-su-campus/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/america/agencias/2026/05/26/eeuu-denuncia-a-la-universidad-de-california-en-los-angeles-ucla-por-no-abordar-el-antisemitismo-en-su-campus/"><b>sistema universitario californiano</b> </a>pidieron restablecer la Prueba de Evaluación Académica (<b>SAT</b>, por sus siglas en inglés) como <b>requisito de ingreso</b>. Los docentes aseguran que la ausencia de exámenes estandarizados derivó en un descenso del nivel académico. </p><p>La medida de eliminar el SAT buscaba beneficiar a grupos históricamente desfavorecidos. Los docentes advierten que la ausencia de esa prueba ha generado problemas, especialmente en carreras científicas, y señalan que los efectos negativos se extienden a toda la comunidad universitaria, según informó el diario estadounidense, <i>The Wall Street Journal</i>. </p><h2>El reclamo de los docentes de la Universidad de California</h2><p>En una carta entregada la semana pasada, profesores de matemáticas y ciencias de la UC advirtieron sobre "<b>graves deficiencias en la preparación</b>" de los nuevos ingresantes. Según el texto, casi un tercio de los estudiantes que ingresaron a cálculo en UC Berkeley mostraron carencias educativas que obligaron a los docentes a repasar contenidos de secundaria en vez de avanzar en los programas universitarios. </p><p>“La UC cuenta con recursos limitados y solo puede ayudar a un número reducido de estudiantes”, señalan los firmantes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QUGNJE7ITFBX5GWV4FUKEWB4MA.jpg?auth=df0225f9c7914543bb413de69c67990de94e3fa6433bd1c3957dadc969a4ab8e&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El debate sobre los exámenes estandarizados divide a las universidades, con MIT, Dartmouth y Yale restableciendo el SAT en sus procesos de admisión (AP)" height="1080" width="1920"/><p>El reclamo central apunta a que, si no se corrige el rumbo, la economía tecnológica de <a href="https://www.infobae.com/video/tecno/estudiante-de-ucla-celebra-su-graduacion-mostrando-como-uso-chatgpt-para-aprobar/Y39wfLpB/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/video/tecno/estudiante-de-ucla-celebra-su-graduacion-mostrando-como-uso-chatgpt-para-aprobar/Y39wfLpB/">California </a>podría verse dañada por la falta de graduados suficientemente preparados en áreas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (CTIM). Los profesores plantean que la sobrecarga de trabajo y el uso intensivo de recursos afectan a toda la comunidad académica.</p><h2>¿Por qué se eliminó el SAT y cómo impacta a los estudiantes vulnerables?</h2><p>La Universidad de California eliminó en 2020 el requisito del SAT o ACT para el ingreso, siguiendo una tendencia nacional que se aceleró durante la pandemia. Críticos como Harry Feder, director ejecutivo de FairTest, argumentan que<b> las pruebas estandarizadas “limitan las oportunidades de los estudiantes negros, hispanos y de bajos recursos”</b> porque muchas veces no reflejan el potencial de quienes provienen de contextos desfavorecidos.</p><p>Actualmente, <b>más del 90%</b> de las universidades de Estados Unidos no solicita pruebas estandarizadas, según datos citados por Feder a <i>The Wall Street Journal</i>. Sin embargo, algunos profesores advirtieron que eliminar el SAT dificulta comparar objetivamente a los postulantes, sobre todo ante la inflación de calificaciones en la secundaria.</p><h2>Consecuencias en la preparación académica</h2><p>Desde que la UC eliminó los exámenes, creció la proporción de estudiantes que deben cursar clases de refuerzo en matemáticas antes de avanzar a niveles superiores. Un informe de la Universidad de California en San Diego reveló que entre 2020 y 2025 el porcentaje de alumnos inscritos en cursos remediales subió de <b>0,5% a 8,5%</b>.</p><p>Esto implica que cada vez más estudiantes <b>ingresan sin los conocimientos necesarios </b>para afrontar la carga académica de <b>carreras científicas y técnicas</b>. La carta de los profesores expone que, para avanzar en materias como cálculo, los docentes deben repasar conceptos de secundaria, lo que retrasa el avance académico.</p><h2>El debate sobre equidad y acceso</h2><p>La intención de eliminar el SAT fue ampliar el acceso universitario y reducir las barreras para los grupos tradicionalmente excluidos. </p><p>Sin embargo, el debate persiste: aunque la medida buscó beneficiar a estudiantes negros, hispanos y de bajos recursos, algunos expertos y docentes plantean que la ausencia de pruebas objetivas puede dificultar la identificación de talento en esos mismos grupos, especialmente cuando las calificaciones de las escuelas secundarias no son comparables entre sí.</p><p>Mientras la Universidad de California mantiene un sistema de admisión “sin exámenes”, otras instituciones han comenzado a revertir la tendencia. El MIT restableció el SAT en 2022 para medir mejor la preparación de los postulantes y detectar talento en entornos desfavorecidos. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OLY6BFAVBJAL3G5UYRR5H4IINE.jpg?auth=ea68dcfbe752d65d186e95d091c03ee43730182cb86e8b1590ec1634fb2e0c1f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La falta de pruebas objetivas como el SAT complica la identificación de talento académico y agrava la inflación de calificaciones en secundaria (Reuters)" height="1080" width="1920"/><p>Dartmouth College también <b>volvió a exigirlo en 2024</b>. Yale, que había eliminado los exámenes en 2020, decidió en 2024 volver a requerir una puntuación del SAT o ACT, formalizando el requisito para las próximas generaciones.</p><p>Por el contrario, las instituciones del sistema de la Universidad de California no consideran las calificaciones de exámenes estandarizados ni recopilan esos datos durante el proceso de admisión.</p><h2>El argumento de los docentes y el futuro del SAT en California</h2><p>“Ya estamos viendo las señales de alerta: trayectorias más largas para completar los cursos prerrequisito, menor preparación para los cursos avanzados y una creciente presión para diluir el rigor cuantitativo”, advierten los docentes.</p><p>Los profesores insisten en que, si la tendencia no se revierte, habrá una disminución en las tasas de graduación, un mayor tiempo para obtener el título universitario y menos egresados en carreras CTIM, lo que <b>impactaría directamente en la fuerza laboral </b>calificada del estado.</p><p>El presidente del Senado Académico de la UC, Ahmet Palazoglu, informó que el organismo está revisando las políticas y requisitos de admisión. </p><p>Mientras tanto, la universidad aconseja a los aspirantes dedicar el tiempo que antes invertían en la preparación para exámenes estandarizados a fortalecer su desempeño en las clases, participar en actividades extracurriculares y elaborar ensayos de calidad, según el portal oficial de UCLA.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/QYOGCAUFERBVDG6OOCQYRJLI6M.jpg?auth=ad6bfe66126295c62846d804f1647c07d332d1df99e555debd8955040c3d060f&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Más de 1.100 profesores de la Universidad de California piden restablecer el SAT como requisito de admisión para mejorar la preparación académica. (AP)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Top 5 de los distritos de Lima con más autos nuevos: SJL, SMP y Ate están entre los primeros puestos]]></title><link>https://www.infobae.com/peru/2026/05/28/top-5-de-los-distritos-de-lima-con-mas-autos-nuevos-sjl-smp-y-ate-estan-entre-los-primeros-puestos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/peru/2026/05/28/top-5-de-los-distritos-de-lima-con-mas-autos-nuevos-sjl-smp-y-ate-estan-entre-los-primeros-puestos/</guid><dc:creator><![CDATA[Carlos Espinoza]]></dc:creator><description><![CDATA[El SAT de Lima informó que este viernes 29 de mayo vence el plazo para pagar la segunda cuota del impuesto al patrimonio vehicular y precisó que en Lima Metropolitana hay 189 993 vehículos registrados cuyos propietarios deben cumplir con este tributo]]></description><pubDate>Thu, 28 May 2026 21:08:30 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ3HMMDI2JD7BC4Y4SRQCKZVPM.png?auth=dc0e0175b6084dd5d68c18d812f3482771c9eae62b72ba8472c4d8c89c6e8894&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Una imagen muestra un mapa de la zona costera de Lima y Callao, con un círculo superpuesto que presenta una vista aérea de cientos de vehículos nuevos estacionados. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria (</b><a href="https://www.infobae.com/peru/2026/04/16/convocatoria-laboral-del-sat-organismo-busca-desde-estudiantes-hasta-titulados-para-ocupar-estas-vacantes-en-lima/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/04/16/convocatoria-laboral-del-sat-organismo-busca-desde-estudiantes-hasta-titulados-para-ocupar-estas-vacantes-en-lima/"><b>SAT</b></a><b>) de Lima</b> informó que este <b>viernes 29 de mayo</b> vence el plazo para pagar la <b>segunda cuota del impuesto al patrimonio vehicular</b>. En ese marco, la entidad difundió el ranking de distritos con más vehículos afectos al tributo, un indicador que refleja qué jurisdicciones concentraron más <b>vehículos nuevos</b> en los últimos tres años.</p><p>De acuerdo con el <b>SAT de Lima</b>, en Lima Metropolitana hay <b>189 993 vehículos</b> registrados cuyos propietarios deben cancelar este impuesto, que grava la propiedad de automóviles, camionetas, station wagons, camiones, remolcadores o tracto camiones, buses y ómnibuses.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4OID5YKDV5BJRHKOCURSMRN4XA.png?auth=7b561decc5d12440ae98d0e0fdd17ad3cfb29ebf9d0b6f78385a8fb6b16dfa6c&smart=true&width=1284&height=832" alt="Top 5 de los distritos de Lima con más autos nuevos: SJL, SMP y Ate están entre los primeros puestos" height="832" width="1284"/><h2>Top 5 de distritos con más vehículos nuevos: Surco, SJL y SMP a la cabeza</h2><p>Según el reporte difundido por el <b>SAT de Lima</b>, el liderazgo lo mantiene <b>Santiago de Surco</b> y, detrás, aparecen distritos de Lima Este y Lima Norte. Este es el <b>top 5</b>:</p><ol><li><a href="https://www.infobae.com/peru/2026/04/23/calendario-2026-en-peru-cuando-es-el-unico-feriado-de-mayo-y-por-que-se-conmemora/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/04/23/calendario-2026-en-peru-cuando-es-el-unico-feriado-de-mayo-y-por-que-se-conmemora/"><b>Santiago de Surco</b></a><b>:</b>&nbsp;<b>19 164</b>&nbsp;unidades.</li><li><b>San Juan de Lurigancho (SJL):</b>&nbsp;<b>11 604</b>&nbsp;unidades.</li><li><b>San Martín de Porres (SMP):</b>&nbsp;<b>11 596</b>&nbsp;unidades.</li><li><b>Ate:</b>&nbsp;<b>10 054</b>&nbsp;unidades.</li><li><b>La Molina:</b>&nbsp;<b>8607</b>&nbsp;unidades.</li></ol><p>En el siguiente bloque del ranking se ubicaron <b>Miraflores (8577)</b>, <b>Comas (7256)</b>, <b>Cercado de Lima (7174)</b> y <b>Los Olivos (6923)</b>. Con esos datos, el registro muestra que <b>SJL, SMP y Ate</b> figuran entre los distritos que concentraron más unidades nuevas afectas al impuesto, por encima de <b>Miraflores</b> y también por encima de <b>La Molina</b>, aunque este último distrito sí aparece dentro del <b>top 5</b>.</p><h2>Vence el 29 de mayo: qué se paga y quién está obligado</h2><p>El <b>impuesto al patrimonio vehicular</b> es de periodicidad anual y se paga durante <b>tres años</b>, contados a partir del año siguiente al que se realizó la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular, según la información institucional del SAT.</p><p>La obligación recae en el <b>propietario del vehículo al 1 de enero</b> de cada año en que corresponda tributar. La <b>tasa</b> del impuesto es <b>1%</b> de la base imponible. El SAT precisó que el monto a pagar <b>no puede ser inferior al 1.5% de la UIT</b> vigente al 1 de enero del año al que corresponde el impuesto.</p><p>La base imponible, además, se construye a partir del valor original de adquisición, importación o ingreso al patrimonio, y <b>no puede ser menor</b> a la tabla referencial que aprueba cada año el Ministerio de Economía y Finanzas, con un ajuste por antigüedad del vehículo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DSP7UMGFYZDXHAYQO6FWFJVWTY.jpg?auth=cc52dae8a63aacc11298be8114f87dc7563b4fd378548ddcb9e815bc81ccdb8c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Revisa los requisitos para postular a esta entidad en Lima. - Crédito SAT Lima" height="1080" width="1920"/><h2>Cómo consultar y pagar desde casa: web del SAT, bancos y Yape</h2><p>Para facilitar el trámite y evitar colas, el <b>SAT de Lima</b> recordó que la consulta del monto y el pago pueden hacerse de forma <b>100 % digital</b>.</p><p>El contribuyente puede ingresar a <b>www.sat.gob.pe</b> y elegir la opción <b>“Paga tus tributos y papeletas”</b> para realizar la <b>consulta rápida</b>. El pago, según la entidad, puede completarse desde la <b>web del SAT</b>, mediante plataformas de <b>bancos afiliados</b> o con la billetera digital <a href="https://www.infobae.com/peru/2026/05/20/yape-lanza-nueva-herramienta-para-menores-de-edad-padres-podran-controlar-los-gastos-y-movimientos-desde-su-celular/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/peru/2026/05/20/yape-lanza-nueva-herramienta-para-menores-de-edad-padres-podran-controlar-los-gastos-y-movimientos-desde-su-celular/"><b>Yape</b></a>.</p><p>El SAT también indicó que los ciudadanos pueden usar la <b>Agencia Virtual SAT</b> las 24 horas para realizar operaciones de manera rápida y segura.</p><h2>Sorteo por pagar a tiempo: gift cards, vales y un Smart TV</h2><p>Como incentivo para el cumplimiento, el <b>SAT de Lima</b>, con el auspicio de <b>Yape</b>, anunció un sorteo virtual entre los contribuyentes que paguen dentro del plazo. Los premios incluyen <b>gift cards de S/1000</b> y <b>S/500</b>, <b>vales de combustible por S/100</b> y un <b>Smart TV de 75”</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DJ3HMMDI2JD7BC4Y4SRQCKZVPM.png?auth=dc0e0175b6084dd5d68c18d812f3482771c9eae62b72ba8472c4d8c89c6e8894&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una imagen muestra un mapa de la zona costera de Lima y Callao, con un círculo superpuesto que presenta una vista aérea de cientos de vehículos nuevos estacionados. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[¿Qué hizo Aquivaldo Mosquera? FGR investiga al excapitán del América por presunta defraudación fiscal]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/que-hizo-aquivaldo-mosquera-fgr-investiga-al-excapitan-del-america-por-presunta-defraudacion-fiscal/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/22/que-hizo-aquivaldo-mosquera-fgr-investiga-al-excapitan-del-america-por-presunta-defraudacion-fiscal/</guid><dc:creator><![CDATA[Anayeli  Tapia Sandoval ]]></dc:creator><description><![CDATA[Los registros oficiales señalan irregularidades detectadas en los ejercicios fiscales de seis años]]></description><pubDate>Fri, 22 May 2026 05:01:20 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H6ZEFZCVZJFTHLTXSBFONYPFI4.jpg?auth=575298d48067e09e8559d62bea105bb618e58e48813607b744a2ed0f2a87894e&smart=true&width=1920&height=1080" alt="FGR indaga presunta falsedad en domicilio fiscal del examericanista. (CUARTOSCURO)" height="1080" width="1920"/><p>La <b>Fiscalía General de la República (FGR) </b>abrió una investigación contra <b>Aquivaldo Mosquera</b>, exjugador de futbol y excapitán del <b>América</b>, por el presunto delito de <b>defraudación fiscal.</b> </p><p>En los próximos días, las autoridades definirán qué juzgado llevará el proceso, luego de que el caso fuera turnado de un tribunal administrativo a uno penal en la <b>Ciudad de México</b>.</p><p>Según reportes judiciales, <b>Mosquera</b> promovió un amparo ante la indagatoria que realiza el Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especial en Investigación de Delitos Fiscales y del Sistema Financiero. El expediente corresponde al número <b>FED/FECOC/UEIDFF/CDMX/0000305/2022</b> y se relaciona con presuntas irregularidades fiscales en los ejercicios de <b>2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019</b>. La carpeta de investigación fue abierta en <b>2022</b>.</p><h2>¿Por qué lo acusan? </h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3ZL43FZB6NCBHGKW2YVHJFRN2I.jpg?auth=a375701095eb510c4078baf610425d2469f971c3412e972b09e56549111bd12a&smart=true&width=1249&height=1920" alt="
FOTO: SÁSHENKA GUTIÉRREZ/CUARTOSCURO.COM" height="1920" width="1249"/><p>La acusación principal apunta a una posible <b>irregularidad en el domicilio fiscal</b> reportado por <b>Mosquera</b> durante su etapa en el futbol mexicano. Versiones cercanas al caso señalan que el problema estaría relacionado con un aspecto administrativo en la gestión de su<b> dirección fiscal,</b> y no con una conducta dolosa. </p><p><b>Mosquera</b> ha declarado que nunca<b> tuvo problemas con el SAT</b> y que cualquier requerimiento previo se resolvió a través de su contador: <i>“Llegó un requerimiento una vez, se aclaró el tema de que habían puesto algo mal y ya, fue todo, desde que llegué acá a México, estuve al día con todos esos temas con el contador, quién sabe qué puede ser, pero para eso estamos aquí”, </i>dijo en mayo de 2021. </p><p>En marzo pasado, los abogados que representan al exdefensor confiaban en que el caso pudiera solucionarse mediante justicia alternativa, ya que este tipo de delitos admite acuerdos con el <b>SAT</b> para regularizar la situación fiscal. </p><p><b>Mosquera</b> promovió un <b>amparo </b>para protegerse de la investigación. El trámite llegó primero al Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, pero ese tribunal rechazó el caso: consideró que el asunto no es de naturaleza administrativa sino penal, por lo que no le correspondía resolverlo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VXG77D5S2NAP7NF5ALTPKC5W4E.jpg?auth=5061de94431b803bb9aaf53e4b77c82af175e573e775d864b950d7c335ee0968&smart=true&width=1920&height=1279" alt="MÉXICO, D.F., 07ENERO2014.- Jugadores del América entrenan en Coapa al mando del director técnico Antonio Mohamed. En la imagen los jugadores Miguel Layun y Aquivaldo Mosquera.
FOTO: CUARTOSCURO.COM" height="1279" width="1920"/><p>El expediente fue entonces enviado al Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México. Sin embargo, ese juzgado tampoco aceptó la conclusión de su contraparte.</p><p>En acuerdo del <b>20 de mayo de 2026</b>, el tribunal penal devolvió el expediente al juzgado administrativo y le pidió que reconsiderara su postura: <b>“Este órgano jurisdiccional no comparte la conclusión a la que arribó el juzgado declinante. Remítase el expediente original al órgano jurisdiccional declinante, previa copia certificada que se obtenga de él”</b>.</p><p>En términos simples: <b>ninguno de los dos juzgados quiere asumir el caso</b>. Esa disputa de competencia es lo que mantiene en pausa la resolución del amparo de <b>Mosquera</b> y lo que se deberá definir en los próximos días.</p><h2>¿Quién es Aquivaldo Mosquera y cómo le afectó el caso? </h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JOVBKUM75JDDDKG4QAGTOS44FQ.jpg?auth=74ee863d730e18648d289111eaabd1d98026899dc1c3eeb654dc49c16b797698&smart=true&width=1275&height=1920" alt="
FOTO: FRANCISCO RODRÍGUEZ /CUARTOSCURO.COM" height="1920" width="1275"/><p><b>Aquivaldo Mosquera</b> tiene <b>44 años</b>, nació el 22 de junio de 1981. En México jugó para <b>Pachuca</b> y <b>América</b>, donde fue campeón y referente en la defensa. Es recordado por su liderazgo y por su participación en la final del Clausura 2013, cuando marcó un gol decisivo para el título de las Águilas.</p><p>El proceso judicial ha tenido consecuencias concretas en su vida profesional. <b>Mosquera</b> tenía prevista una actividad como embajador del América en <b>Estados Unidos</b>, pero la investigación le impidió concretarla: </p><p><b>“A mí me llevaban con América a ser embajador en Estados Unidos, y ahora ya no podré ir y se pierde la oportunidad de seguir vigente, y obviamente afectan muchas cosas”</b>, dijo en su momento. </p><p>El futuro legal del exjugador colombiano depende de la resolución sobre la competencia judicial y de la posible solución administrativa del tema fiscal. Mientras tanto, sigue pendiente la determinación de la autoridad responsable y la definición final del proceso. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/H6ZEFZCVZJFTHLTXSBFONYPFI4.jpg?auth=575298d48067e09e8559d62bea105bb618e58e48813607b744a2ed0f2a87894e&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[FGR indaga presunta falsedad en domicilio fiscal del examericanista. (CUARTOSCURO)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Visita exprés del SAT: Lo que debes saber en caso de recibir una inspección en tu domicilio o negocio]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/visita-expres-del-sat-lo-que-debes-saber-en-caso-de-recibir-una-inspeccion-en-tu-domicilio-o-negocio/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/visita-expres-del-sat-lo-que-debes-saber-en-caso-de-recibir-una-inspeccion-en-tu-domicilio-o-negocio/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La estrategia de fiscalización obliga a empresas y personas físicas a demostrar la realidad de sus operaciones con evidencia clara y ordenada]]></description><pubDate>Thu, 21 May 2026 21:26:13 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UXGDE3GSBJEVJEGQLMRX75OMIU.png?auth=539ec8bb63cf05be56324a73763806e0098bfba4cbc3889b89c19ba93d7e46f9&smart=true&width=1408&height=768" alt="El SAT señala que estas visitas no forman parte de operativos masivos ni inspecciones indiscriminadas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Durante 2026, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/20/tu-devolucion-del-sat-no-llega-por-un-error-en-la-clabe-como-corregirla-en-el-portal-sin-ir-a-una-oficina/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/20/tu-devolucion-del-sat-no-llega-por-un-error-en-la-clabe-como-corregirla-en-el-portal-sin-ir-a-una-oficina/"><b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> </a>implementa procedimientos de fiscalización que incluyen la figura de la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/02/sat-2026-quienes-seran-las-primeras-personas-en-recibir-visitas-a-domicilio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2025/12/02/sat-2026-quienes-seran-las-primeras-personas-en-recibir-visitas-a-domicilio/"><b>visita domiciliaria exprés</b></a>, de acuerdo con la reforma al <b>Código Fiscal de la Federación</b> y lo publicado en el <b>Diario Oficial de la Federación (DOF)</b>. </p><p>Esta modalidad, establecida en el <b>Artículo 49 Bis</b>, permite al SAT acudir a los domicilios fiscales de contribuyentes para verificar la autenticidad de operaciones y el cumplimiento de las obligaciones fiscales, especialmente en materia de <b>Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)</b>.</p><p>El SAT señala que estas visitas no forman parte de operativos masivos ni inspecciones indiscriminadas. La autoridad realiza la selección de los sujetos a través de análisis de<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/24/cuidado-asi-es-como-el-sat-puede-reportarte-al-buro-de-credito/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/24/cuidado-asi-es-como-el-sat-puede-reportarte-al-buro-de-credito/"> <b>riesgo fiscal y criterios objetivos</b></a><b>, </b>relacionados con discrepancias entre lo declarado y lo facturado o con inconsistencias detectadas por los sistemas internos del SAT. Pueden ser objeto tanto<b> personas físicas como morales</b>, en sus domicilios fiscales, sucursales, oficinas, bodegas o cualquier lugar registrado ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).</p><h2>En qué consisten las visitas exprés</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JGCHN6LSFNEVDO2NJBIMLGYA4I.png?auth=57d966ead42cac4dd88937127408e4e7bd26cedc6fdeb8b92fb75d22c3a0bb8b&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El procedimiento incluye la posibilidad de utilizar medios tecnológicos: los visitadores pueden tomar fotografías, videos y grabar audio para documentar la infraestructura, activos, personal, inventarios y cualquier elemento que respalde las actividades declaradas.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>Las <b>visitas domiciliarias exprés</b> permiten al SAT recabar evidencia física y documental para comprobar la existencia real del contribuyente y la materialidad de las operaciones facturadas. La autoridad puede solicitar acceso a contabilidad, documentos, bienes, mercancía y cualquier elemento vinculado a la actividad económica.</p><p>El procedimiento incluye la posibilidad de utilizar <b>medios tecnológicos</b>: los visitadores pueden tomar fotografías, videos y grabar audio para documentar la infraestructura, activos, personal, inventarios y cualquier elemento que respalde las actividades declaradas. Toda la evidencia digital se anexa al acta de visita para sustentar la revisión.</p><p>La reforma establece que, si durante la visita se identifican <b>irregularidades graves</b>, el SAT puede restringir temporalmente el uso del <b>Certificado de Sello Digital (CSD)</b>, lo que impide al contribuyente emitir facturas electrónicas. El proceso exprés permite que la autoridad agilice la detección de operaciones simuladas y combate el uso de <b>comprobantes fiscales apócrifos.</b></p><h2>Procedimiento y formalidades</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PHFYY6RDHZFOJP4Y3HYKJYO5WM.png?auth=63b01d4227c40716f066f1b4e883ae802bdcfe1e7c6215dd90f1ecf67cf4ff0d&smart=true&width=1408&height=768" alt="Durante la visita, el SAT puede solicitar acceso a documentos y evidencias que permitan corroborar la existencia de bienes, servicios, servicios prestados, contratos, bitácoras, fotografías, registros de personal y cualquier elemento que respalde la operación económica. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El personal del SAT debe cumplir con requisitos legales precisos para realizar una visita domiciliaria. La autoridad entrega una <b>orden de visita</b> debidamente fundada y motivada, que especifica el alcance y objeto de la diligencia. </p><p>Los visitadores deben identificarse oficialmente, exhibir la orden y entregar la <b>Carta de Derechos del Contribuyente Auditado</b> al inicio de la visita.</p><p>El contribuyente tiene derecho a solicitar la verificación de identidad de los funcionarios, nombrar testigos, recibir copias de las actas y aportar <b>pruebas o documentación</b> que respalden la existencia y veracidad de sus operaciones. La autoridad está obligada a respetar las formalidades establecidas en la ley y la inviolabilidad del domicilio, excepto cuando se cumplan todos los requisitos legales.</p><p>Durante la visita, el SAT puede solicitar acceso a documentos y evidencias que permitan corroborar la existencia de bienes, servicios, servicios prestados, contratos, bitácoras, fotografías, registros de personal y cualquier elemento que respalde la operación económica.</p><h2>Plazos y efectos de la visita exprés</h2><p>Una vez levantada el acta de la visita exprés, el contribuyente dispone de <b>cinco días hábiles</b> para presentar pruebas que desvirtúen las sospechas u observaciones formuladas por la autoridad. El SAT debe emitir una resolución en un plazo máximo de <b>15 a 24 días hábiles</b>.</p><p>Si la autoridad determina que existen operaciones simuladas, facturación sin sustento real o uso de comprobantes fiscales apócrifos, puede desconocer los efectos fiscales de los CFDI, determinar créditos fiscales, suspender o cancelar los sellos digitales e integrar expedientes para posibles delitos fiscales. </p><p>Las grabaciones, fotografías y demás evidencia digital recabada durante la visita pueden ser utilizadas como prueba dentro del procedimiento, pero <b>no constituyen sanción automática.</b></p><h2>Derechos y recomendaciones para contribuyentes</h2><p>El SAT y la <b>Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon)</b> destacan que los derechos constitucionales y las garantías legales del contribuyente permanecen vigentes durante todo el procedimiento. </p><p>El contribuyente debe recibir la <b>Carta de Derechos del Contribuyente Auditado</b> y puede solicitar asesoría de la Prodecon en caso de diferencias de criterio con la autoridad.</p><p>Entre las recomendaciones oficiales para enfrentar una visita domiciliaria exprés destacan: </p><ul><li>Mantener actualizado el domicilio fiscal</li><li>conservar organizada la documentación de materialidad <b>(contratos, bitácoras, registros, fotografías, evidencia de servicios)</b></li><li>Verificar que la operación real coincida con lo facturado y capacitar al personal sobre el protocolo ante la llegada de funcionarios del SAT.</li><li>El contribuyente puede consultar la autenticidad de los visitadores mediante el escaneo del código QR de sus credenciales en la aplicación oficial del SAT. </li><li>Toda <b>evidencia multimedia</b> recabada por la autoridad debe manejarse bajo protocolos de confidencialidad y exclusivamente para fines fiscales.</li></ul><p>Las visitas domiciliarias exprés no sustituyen los procedimientos tradicionales de fiscalización, pero<b> permiten a la autoridad actuar de manera más ágil </b>ante indicios de irregularidades, siempre bajo el marco legal y el respeto a los derechos del contribuyente.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UXGDE3GSBJEVJEGQLMRX75OMIU.png?auth=539ec8bb63cf05be56324a73763806e0098bfba4cbc3889b89c19ba93d7e46f9&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Una agente del SAT de México realiza una inspección de documentos en un pequeño negocio, mientras el propietario le señala un libro de registros. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT: cómo solicitar aclaración de adeudo reportado en Buró de Crédito desde casa]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/21/sat-como-solicitar-aclaracion-de-adeudo-reportado-en-buro-de-credito-desde-casa/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La solicitud exige que archivos electrónicos coincidan con los registros del SAT, que el reporte de crédito sea reciente, y que toda la información adjunta esté debidamente digitalizada y verificada, según las reglas vigentes]]></description><pubDate>Thu, 21 May 2026 14:20:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6HPGKIP245GBVOLI3UY7UN273U.png?auth=a4817550e4990af904a3f3ce581fda2c39fce3ff36aa9b9caacda44c4b45c17c&smart=true&width=1408&height=768" alt="Entre los requisitos principales se encuentra la necesidad de tener a la mano el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la Contraseña asociada. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Solicitar una <b>aclaración de adeudo reportado en el Buró de Crédito</b> por información del <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/20/tu-devolucion-del-sat-no-llega-por-un-error-en-la-clabe-como-corregirla-en-el-portal-sin-ir-a-una-oficina/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/20/tu-devolucion-del-sat-no-llega-por-un-error-en-la-clabe-como-corregirla-en-el-portal-sin-ir-a-una-oficina/"><b>SAT</b></a> es un trámite que puede realizarse en línea a través de la plataforma oficial. Para iniciar el proceso, los usuarios deben cumplir ciertos requisitos y seguir pasos específicos establecidos en un documento oficial sobre el tema.</p><p>Entre los requisitos principales se encuentra la necesidad de tener a la mano el<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-2026-como-utilizar-el-simulador-de-declaracion-anual-y-que-ventajas-ofrece/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-2026-como-utilizar-el-simulador-de-declaracion-anual-y-que-ventajas-ofrece/"> <b>Registro Federal de Contribuyentes (RFC)</b></a> y la <b>Contraseña</b> asociada. Además, es obligatorio contar con los archivos electrónicos que respalden la aclaración, lo cual puede incluir documentos fiscales, comprobantes de pago o cualquier otro soporte relacionado con el adeudo. Un elemento adicional indispensable es un <b>reporte de crédito</b> donde aparezca el adeudo atribuido al SAT, siempre que este documento no supere el mes de antigüedad.</p><p>Para quienes han sido reportados en el<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/24/cuidado-asi-es-como-el-sat-puede-reportarte-al-buro-de-credito/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/24/cuidado-asi-es-como-el-sat-puede-reportarte-al-buro-de-credito/"> <b>Buró de Crédito</b></a> por datos que provienen del <b>SAT</b>, el procedimiento para solicitar una aclaración en línea consta de cinco pasos. </p><p>El proceso inicia con el ingreso a la plataforma denominada <b>Mi portal</b> del SAT. El usuario debe acceder <b>utilizando su RFC y la contraseña </b>correspondiente, lo que garantiza que solo el titular de la información pueda avanzar en la solicitud.</p><h2>Requisitos para solicitar aclaración ante el Buró de Crédito</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RUNBCTBZRVAU3PIB4RPLUP54UI.png?auth=21c1bfdc29892da47a2384b9c9ba6a7d555e1cecb892815d63531f094f2b8126&smart=true&width=1408&height=768" alt="Otro requisito fundamental es el reporte de crédito. Este debe mostrar específicamente el adeudo reportado por el SAT y no debe tener una antigüedad mayor a treinta días. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El documento oficial detalla que los interesados deben reunir ciertos elementos antes de comenzar el trámite. Es obligatorio tener el <b>RFC</b> y la <b>Contraseña</b> activa para acceder a los servicios en línea. </p><p>También se requiere preparar los archivos electrónicos que sustenten la aclaración, como documentos que <b>demuestren el pago del adeudo</b> o alguna resolución emitida por el propio SAT.</p><p>Otro requisito fundamental es el <b>reporte de crédito</b>. Este debe mostrar específicamente el adeudo reportado por el SAT y <b>no debe tener una antigüedad mayor a treinta días</b>. </p><p>Si el reporte de crédito tiene más de un mes, será necesario solicitar uno nuevo antes de poder iniciar la aclaración. La documentación que respalde la solicitud debe estar digitalizada y lista para ser adjuntada durante el proceso.</p><h2>Pasos para realizar la solicitud en línea</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MFAMYTENGJHPNJ6J2L54XRBKSQ.png?auth=b81ee743021ab15b2f1a37387196094fb1ed79318186443c8480e9179701ab22&smart=true&width=1408&height=768" alt="Cada paso busca facilitar la identificación y resolución de adeudos que el SAT haya reportado al Buró de Crédito. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El procedimiento para aclarar un adeudo reportado por el SAT en el Buró de Crédito está detallado en cinco pasos principales. A continuación, los pasos que indica el documento:</p><p>Ingresar a <b>Mi portal</b> con el RFC y la contraseña correspondientes.</p><p>Localizar la opción <b>Servicios por Internet</b> en el menú principal.</p><p>Acceder al apartado <b>Aclaraciones</b> y seleccionar la opción <b>Solicitud</b>.</p><p>Elegir el trámite <b>BURÓ DE CRÉDITO</b> en la lista de trámites disponibles.</p><p>Capturar el motivo de la aclaración en el campo <b>Asunto</b> y detallar los números de adeudos en <b>Descripción</b>.</p><p>Adjuntar el reporte de crédito con antigüedad máxima de un mes y los archivos electrónicos que respalden la aclaración.</p><p>Hacer clic en el botón <b>Enviar</b> para formalizar la solicitud.</p><p>Cada paso busca facilitar la identificación y resolución de adeudos que el SAT haya reportado al Buró de Crédito.</p><h2>Documentos y recomendaciones para el trámite</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/THVCA7YTQ5FBLGBSIH62PJPDQE.png?auth=29ab9bb72148e3a2ee21612c966161353969d414e366417041c2adeb8e1dadaf&smart=true&width=1408&height=768" alt="La plataforma Mi portal permite al usuario dar seguimiento a la solicitud. El proceso de revisión puede requerir tiempo, por lo que se recomienda conservar los acuses y comprobantes generados durante el trámite. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El documento subraya la importancia de que toda la información proporcionada sea clara y verificable. Si la documentación no coincide con los registros del SAT o si el reporte de crédito está desactualizado, la solicitud podría no proceder.</p><p>La plataforma <b>Mi portal</b> permite al usuario dar seguimiento a la solicitud. El proceso de revisión puede requerir tiempo, por lo que se recomienda conservar los acuses y comprobantes generados durante el trámite. El seguimiento se realiza también de forma digital a través del mismo portal.</p><h2>Alcance del trámite</h2><p>La aclaración del adeudo aplica exclusivamente para casos en los que la información reportada al Buró de Crédito proviene del SAT. Usuarios que detecten algún adeudo en su historial crediticio con origen en otros entes deberán dirigirse a la institución correspondiente.</p><p>El procedimiento descrito tiene como objetivo ofrecer una ruta directa y verificable para corregir reportes erróneos en el Buró de Crédito cuando estos estén vinculados con datos fiscales.</p><p>Para más detalles o aclaraciones adicionales, el documento sugiere consultar directamente las plataformas oficiales del SAT y el Buró de Crédito, donde se mantienen actualizados los requisitos y pasos a seguir.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/6HPGKIP245GBVOLI3UY7UN273U.png?auth=a4817550e4990af904a3f3ce581fda2c39fce3ff36aa9b9caacda44c4b45c17c&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Un ejecutivo de negocios, vestido de traje, observa pensativo gráficos financieros en la pantalla de su portátil y documentos impresos sobre una mesa de oficina. La escena transcurre al atardecer, con rascacielos de fondo a través de grandes ventanales, reflejando el ambiente de toma de decisiones en el sector financiero. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Tu devolución del SAT no llega por un error en la CLABE: cómo corregirla en el portal sin ir a una oficina]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/20/tu-devolucion-del-sat-no-llega-por-un-error-en-la-clabe-como-corregirla-en-el-portal-sin-ir-a-una-oficina/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/20/tu-devolucion-del-sat-no-llega-por-un-error-en-la-clabe-como-corregirla-en-el-portal-sin-ir-a-una-oficina/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Un registro incorrecto o un estado de cuenta desactualizado son las causas comunes de que el trámite sea rechazado]]></description><pubDate>Wed, 20 May 2026 12:30:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U7U7BY6TRRCYVMEQWHGLSWJZ6Y.png?auth=5c82c3b394bbd18899a0453a777c852680c1b9d2be2ee15926c73cbd6f941184&smart=true&width=1408&height=768" alt="Los motivos más comunes de rechazo relacionados con la cuenta bancaria incluyen datos incorrectos en los dieciocho dígitos requeridos, cuentas canceladas, bloqueadas o que no están a nombre del solicitante. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La devolución de impuestos solicitada al<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/devolucion-sat-2026-que-hacer-si-tu-saldo-a-favor-no-ha-llegado-en-el-tiempo-prometido-y-como-acelerar-el-proceso/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/devolucion-sat-2026-que-hacer-si-tu-saldo-a-favor-no-ha-llegado-en-el-tiempo-prometido-y-como-acelerar-el-proceso/"> <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b></a> puede no llegar por un error en la <b>cuenta bancaria</b> registrada. Esta situación ocurre cuando el sistema detecta <b>inconsistencias</b> en los datos proporcionados, lo que impide completar el reembolso. </p><p>El SAT recomienda verificar si el motivo del rechazo corresponde a un dato erróneo en la cuenta y realizar la <b>corrección</b> directamente desde el portal, sin necesidad de acudir a una oficina.</p><p>Los motivos más comunes de rechazo relacionados con la cuenta bancaria incluyen datos incorrectos en los <b>dieciocho dígitos</b> requeridos, cuentas <b>canceladas</b>, <b>bloqueadas</b> o que no están a nombre del solicitante. Si el sistema marca este error, el usuario debe ingresar a la sección <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/23/declaracion-anual-2026-cuando-cae-el-saldo-a-favor/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/23/declaracion-anual-2026-cuando-cae-el-saldo-a-favor/">“Devoluciones y compensaciones”</a> en la página oficial del SAT. </p><p>Al seleccionar la opción para corregir la cuenta bancaria, el contribuyente introduce los nuevos datos y adjunta un <b>estado de cuenta</b> actualizado, donde se refleje el nombre completo, el <b>RFC</b> y el número de cuenta.</p><h2>Pasos para corregir la cuenta bancaria en el portal del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IJ7GHNUODRBKPDDCHG7Q6KN7OA.png?auth=cddb956b04bc5921cfa95fb44be4531fcf67f41306df3815a2b074b48a8759a2&smart=true&width=1408&height=768" alt="El SAT precisa que la corrección del dato puede hacerse siempre que el estatus de la devolución indique inconsistencia por cuenta bancaria. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Para modificar la cuenta registrada, la persona debe acceder al portal oficial y ubicar el trámite denominado “Presenta la corrección de cuenta para devoluciones no pagadas”. El procedimiento requiere:</p><ul><li>Ingresar con la <b>e.firma</b> o la contraseña del RFC</li><li>Capturar los datos bancarios correctos y subir el estado de cuenta digitalizado con una antigüedad no mayor a <b>tres meses</b>.</li><li>Una vez enviada la solicitud, el portal entrega un <b>acuse de recibo</b> y el trámite sigue su curso sin intervención presencial.</li><li>El SAT precisa que la corrección del dato puede hacerse siempre que el estatus de la devolución indique inconsistencia por cuenta bancaria. </li></ul><p>Este servicio está disponible para <b>personas físicas</b> y <b>morales</b>. El periodo estimado para procesar la devolución, una vez rectificados los datos, va de <b>diez</b> a <b>cuarenta días hábiles</b>, según la revisión de la documentación y la validación de la nueva información. </p><p>Durante ese lapso, el portal permite consultar el avance del trámite en el apartado “Seguimiento de Devoluciones” y recibir notificaciones a través del <b>Buzón Tributario</b>.</p><h2>Documentación y requisitos para la corrección</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/J4H5OWE7HZCYXBIROGHXCV224U.png?auth=265d7c7ed9942bec605604424abfd1b7e876c8de21dbc3ef740264a24a6347a7&smart=true&width=1408&height=768" alt="La documentación debe presentarse en formato digital, y el sistema solo admite archivos con una antigüedad máxima de tres meses. El trámite permite utilizar cualquier cuenta bancaria activa, siempre que el titular coincida exactamente con el RFC registrado ante el SAT. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El solicitante debe contar con <b>e.firma vigente</b>, RFC, contraseña de acceso y un estado de cuenta bancario donde se visualicen el RFC, el nombre completo del titular y el número de cuenta. </p><p>La documentación debe presentarse en formato digital, y el sistema solo admite archivos con una antigüedad máxima de tres meses. El trámite permite utilizar cualquier cuenta bancaria activa, siempre que el titular coincida exactamente con el RFC registrado ante el SAT.</p><p> Si el trámite se rechaza nuevamente, el usuario puede comunicarse con el SAT mediante el <b>chat en línea</b> o a través de <b>MarcaSAT</b> para recibir orientación sobre los motivos del rechazo y los pasos a seguir.</p><h2>Consulta y seguimiento del estatus de la devolución</h2><p>El portal del SAT ofrece <b>seguimiento en línea</b> sobre el estado de la devolución. Si la solicitud se rechaza otra vez, el sistema indica si persisten inconsistencias o si se requiere realizar una <b>declaración complementaria</b> para subsanar otros datos erróneos, como ingresos omitidos o deducciones no autorizadas. </p><p>El SAT señala la importancia de revisar a detalle los datos bancarios antes de enviar cualquier trámite para evitar demoras o rechazos adicionales.</p><h2>Requisitos previos y puntos a considerar antes de corregir la cuenta</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/A7ASSGER5FBVHFYQWHCZI4LEPI.png?auth=3cf266e414a7aa546a4f7bcc3c7b6f707f30098cf2f3edd68b7859c6a514389c&smart=true&width=1456&height=816" alt="El banco puede rechazar el pago si la cuenta está inactiva, cancelada o el nombre del titular no coincide con el RFC del solicitante. En estos casos, el sistema muestra el estatus “abono no efectuado” o “rechazada por el banco”. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>Antes de iniciar cualquier trámite de corrección, el SAT recomienda revisar que la cuenta bancaria esté <b>activa</b>, no tenga restricciones para recibir depósitos y se encuentre a nombre del solicitante. </p><p>El banco puede rechazar el pago si la cuenta está inactiva, cancelada o el nombre del titular no coincide con el RFC del solicitante. En estos casos, el sistema muestra el estatus “abono no efectuado” o “rechazada por el banco”.</p><p>La persona debe asegurarse de contar con la e.firma vigente, el RFC y la contraseña de acceso al portal. Para montos superiores a <b>$15.000</b>, el uso de la e.firma resulta obligatorio. Además, el estado de cuenta bancario debe estar en formato <b>PDF</b>, legible y sin alteraciones. La plataforma rechaza imágenes o capturas de pantalla.</p><h2>Procedimiento para corregir la cuenta paso a paso</h2><p>El usuario debe ingresar al <b>Buzón Tributario</b> del SAT con su RFC y contraseña. Elige el trámite “Modificar la cuenta asociada al trámite”, introduce la nueva cuenta bancaria y adjunta el estado de cuenta. El sistema solicita confirmación de los datos y genera un acuse de recibo electrónico, que respalda la actualización realizada. El trámite puede repetirse en caso de nuevos rechazos, siempre que la devolución no haya sido depositada.</p><p>El SAT también permite corregir la cuenta mediante el trámite de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/17/saldo-a-favor-sat-como-reclamar-los-intereses-moratorios-si-no-llega-tu-devolucion-a-tiempo-y-cuanto-dinero-te-entregan/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/17/saldo-a-favor-sat-como-reclamar-los-intereses-moratorios-si-no-llega-tu-devolucion-a-tiempo-y-cuanto-dinero-te-entregan/"><b>devolución manual</b> </a>si la transferencia electrónica falla por razones ajenas al contribuyente. En cada caso, el sistema especifica el motivo del rechazo y habilita la opción para ingresar la nueva información bancaria.</p><h2>Declaración complementaria en caso de rechazo persistente</h2><p>Si después de corregir la cuenta el rechazo persiste, el SAT sugiere presentar una <b>declaración complementaria</b>. Para ello, el contribuyente ingresa al portal y selecciona la opción de declaración complementaria, elige el motivo del cambio y actualiza los datos requeridos. </p><p>El sistema solicita adjuntar la documentación necesaria. El proceso de revisión puede tomar entre diez y cuarenta días hábiles.</p><p>El SAT recuerda que los rechazos pueden deberse no solo a errores bancarios, sino también a omisión de ingresos, deducciones improcedentes o <b>inconsistencias fiscales</b>. El contribuyente debe analizar cuidadosamente el motivo comunicado por la autoridad y subsanar en su caso la información.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/U7U7BY6TRRCYVMEQWHGLSWJZ6Y.png?auth=5c82c3b394bbd18899a0453a777c852680c1b9d2be2ee15926c73cbd6f941184&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Un cliente frustrado observa la pantalla de su computadora, donde se muestra un mensaje de error y un resumen de cobros dudosos, generando preocupación. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Saldo a favor SAT: cómo reclamar los intereses moratorios si no llega tu devolución a tiempo y cuánto dinero te entregan]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/17/saldo-a-favor-sat-como-reclamar-los-intereses-moratorios-si-no-llega-tu-devolucion-a-tiempo-y-cuanto-dinero-te-entregan/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/17/saldo-a-favor-sat-como-reclamar-los-intereses-moratorios-si-no-llega-tu-devolucion-a-tiempo-y-cuanto-dinero-te-entregan/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El procedimiento de reclamación ante el SAT incluye acreditar la fecha de solicitud, monitorear el Buzón Tributario y, en caso de negativa, presentar un recurso ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o la PRODECON]]></description><pubDate>Sun, 17 May 2026 12:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TYUWIN43RNEDXKA5C4USXMI7VA.jpg?auth=862fc8f4d24002155fff2ec84786488559af4da6120f7c5394bc7f2ef520f87d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La normativa establece derechos específicos para los contribuyentes y detalla el proceso de reclamación según el tipo de devolución, los plazos y la documentación necesaria. Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/devolucion-sat-2026-que-hacer-si-tu-saldo-a-favor-no-ha-llegado-en-el-tiempo-prometido-y-como-acelerar-el-proceso/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/devolucion-sat-2026-que-hacer-si-tu-saldo-a-favor-no-ha-llegado-en-el-tiempo-prometido-y-como-acelerar-el-proceso/"><b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b></a> está obligado, según el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF), a devolver los saldos a favor solicitados por <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-y-reparto-de-utilidades-2026-como-calculo-mis-utilidades-y-cuando-las-dan/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-y-reparto-de-utilidades-2026-como-calculo-mis-utilidades-y-cuando-las-dan/">los contribuyentes</a> en un plazo máximo de <b>40 días hábiles</b> a partir de la presentación de la declaración o solicitud correspondiente. </p><p>Si el SAT no cumple con este plazo y la solicitud fue presentada completa y en forma, el contribuyente tiene derecho a reclamar <b>intereses moratorios </b>conforme a la tasa oficial publicada en la Ley de Ingresos de la Federación para 2026.</p><p>El porcentaje de intereses moratorios se aplica únicamente cuando<b> la devolución no se realiza en el plazo legal</b> y el contribuyente no incurre en omisiones o errores en la documentación entregada. </p><p>El cálculo de intereses inicia automáticamente a partir del<b> día 41 hábil y continúa hasta el pago efectivo</b> de la devolución.sales de intereses moratorios</p><p>El artículo 22 del CFF establece que<b> el SAT tiene hasta 40 días hábiles </b>para efectuar la devolución a partir de la presentación de la solicitud. Si la autoridad solicita información adicional, el plazo se suspende y se reanuda después de que el contribuyente atienda el requerimiento. </p><h2>Porcentaje oficial de intereses moratorios que paga el SAT en 2026</h2><p>El SAT paga <b>2.07% mensual</b> de intereses moratorios sobre el monto no devuelto en tiempo a partir del día 41 hábil. </p><p>Este porcentaje está documentado en la Ley de Ingresos de la Federación 2026 y en el artículo 22-A del Código Fiscal de la Federación. </p><p>Para 2026, la tasa aumentó respecto al año anterior, cuando era de 1.47% mensual. El cálculo es automático y se aplica desde el día siguiente<b> al vencimiento del plazo legal</b> hasta la fecha de pago efectivo.</p><h2>Paso a paso para reclamar intereses moratorios al SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDSCYUJTYRBIFERSHMXB2XRU6M.png?auth=d877963384cde5482cd0bbab0070b2bf65794ae58611ef0b7c0e76616fd94419&smart=true&width=1408&height=768" alt="Para 2026, la tasa aumentó respecto al año anterior, cuando era de 1.47% mensual. El cálculo es automático y se aplica desde el día siguiente al vencimiento del plazo legal hasta la fecha de pago efectivo.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>1. Verifica la fecha de presentación de tu solicitud de devolución. El plazo de 40 días hábiles inicia al día siguiente de la presentación.</p><p>2. Revisa si el SAT emitió requerimiento de información. Si lo hizo, el plazo se suspende hasta que <b>atiendas el requerimiento.</b></p><p>3. Calcula el vencimiento del plazo. Si han pasado 40 días hábiles sin resolución ni depósito, tienes derecho a intereses moratorios.</p><p>4. Prepara tu documentación: acuse de recibo de la solicitud de devolución, constancias de retención, comprobantes fiscales, estados de cuenta y cualquier comunicación del SAT.</p><p>5. Presenta un escrito libre dirigido al SAT por medio del Buzón Tributario, solicitando el pago de intereses moratorios. Adjunta pruebas de la fecha de la solicitud y del incumplimiento del plazo.</p><p>6. Da seguimiento a tu trámite en el portal del SAT o mediante el Buzón Tributario. Guarda toda la correspondencia recibida y enviada.</p><p>7. Si el SAT niega la solicitud o no responde, puedes interponer un recurso de revocación ante el propio SAT o un juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa en un plazo de 30 días hábiles. La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente puede asesorarte sin costo.</p><p>8. Conserva toda la documentación <b>por al menos cinco años </b>para futuras revisiones o procedimientos.</p><h2>Fundamento normativo y derechos del contribuyente</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JHYCB2JU3FENPA2WGYAVNZ7QVY.png?auth=b8ee8ff832c6194719be3e5aebeb70490ca91e32b36e6b53ede42810f11d4e86&smart=true&width=1920&height=1080" alt=" Si el SAT no cumple con la devolución en tiempo, el contribuyente puede exigir el pago de intereses. El cálculo se realiza desde el día siguiente al vencimiento del plazo hasta la fecha de pago efectivo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Los derechos del contribuyente están protegidos por la normatividad fiscal. Si el SAT<b> no cumple con la devolución en tiempo,</b> el contribuyente puede exigir el pago de intereses. El cálculo se realiza desde el día siguiente al vencimiento del plazo hasta la fecha de pago efectivo. </p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/la-scjn-le-gano-al-sat-ya-puedes-cancelar-una-factura-aunque-se-haya-vencido-el-plazo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/la-scjn-le-gano-al-sat-ya-puedes-cancelar-una-factura-aunque-se-haya-vencido-el-plazo/"><b>La Suprema Corte de Justicia de la Nación</b></a> <b>resolvió en 2026 </b>que, en devoluciones por anulación de créditos fiscales, solo se pagan intereses si el tribunal lo ordena expresamente.</p><p>Esta resolución de la SCJN sobre créditos fiscales anulados y sus intereses sí forma parte del marco general de intereses moratorios del SAT, pero <b>no aplica a cualquier devolución</b>, sino únicamente a aquellas donde hubo un litigio y una sentencia de nulidad. </p><p>Para devoluciones ordinarias de saldo a favor, el interés moratorio <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-2026-como-utilizar-el-simulador-de-declaracion-anual-y-que-ventajas-ofrece/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-2026-como-utilizar-el-simulador-de-declaracion-anual-y-que-ventajas-ofrece/"><b>es automático si el SAT no cumple el plazo legal.</b></a></p><p>Ambos temas tratan sobre intereses moratorios, pero su aplicación, origen y requisitos <b>son diferentes</b>.</p><p>Estas normativas y organismos respaldan los derechos y pasos para reclamar intereses moratorios ante retrasos en devoluciones fiscales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/TYUWIN43RNEDXKA5C4USXMI7VA.jpg?auth=862fc8f4d24002155fff2ec84786488559af4da6120f7c5394bc7f2ef520f87d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La normativa establece derechos específicos para los contribuyentes y detalla el proceso de reclamación según el tipo de devolución, los plazos y la documentación necesaria. Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT 2026: cómo utilizar el simulador de declaración anual y qué ventajas ofrece]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-2026-como-utilizar-el-simulador-de-declaracion-anual-y-que-ventajas-ofrece/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-2026-como-utilizar-el-simulador-de-declaracion-anual-y-que-ventajas-ofrece/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[La herramienta está dirigida a personas físicas y distintos regímenes fiscales, con precarga automática de información proveniente de los CFDI y declaraciones previas. Permite corregir errores y visualizar el cálculo preliminar del impuesto]]></description><pubDate>Fri, 15 May 2026 13:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NAJWXF373FBH7G76WEAACDARS4.png?auth=768f2478aca52b675da8e82fcc5dc3c9658ebee9efcad43e8825ae65a1ea264d&smart=true&width=1408&height=768" alt="El acceso al simulador se realiza desde el sitio oficial del SAT. Los contribuyentes deben ingresar con RFC y contraseña o mediante la e.firma. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>El<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/facturas-vencidas-y-otros-limites-del-sat-que-la-suprema-corte-podria-tumbar-en-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/facturas-vencidas-y-otros-limites-del-sat-que-la-suprema-corte-podria-tumbar-en-2026/"> <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b></a> de México puso a disposición el <b>simulador para la declaración anual</b>, una herramienta digital que permite a los contribuyentes verificar y corregir su información fiscal antes de presentar la declaración oficial. </p><p>El simulador está disponible en el<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/18/que-no-se-te-pase-esta-sera-la-ultima-fecha-para-presentar-tu-declaracion-anual-ante-el-sat/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/18/que-no-se-te-pase-esta-sera-la-ultima-fecha-para-presentar-tu-declaracion-anual-ante-el-sat/"> <b>portal institucional</b></a> y busca mejorar la precisión de los datos reportados, reducir errores y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias.</p><p>El acceso al simulador se realiza desde el sitio oficial del SAT. Los contribuyentes deben ingresar con <b>RFC</b> y contraseña o mediante la <b>e.firma</b>. Una vez dentro, es posible revisar la información precargada sobre ingresos, deducciones, retenciones y pagos provisionales correspondientes al ejercicio fiscal 2025. </p><p>Esta opción no sustituye la declaración definitiva; su objetivo es ofrecer una vista previa y permitir que los usuarios identifiquen posibles <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/24/cuidado-asi-es-como-el-sat-puede-reportarte-al-buro-de-credito/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/24/cuidado-asi-es-como-el-sat-puede-reportarte-al-buro-de-credito/"><b>inconsistencias o faltantes.</b></a></p><h2>Paso a paso para utilizar el simulador del SAT</h2><ul><li>Ingresa al&nbsp;<b>portal oficial del SAT</b>&nbsp;desde tu navegador.</li><li>Haz clic en la sección “Declaración Anual” y selecciona la opción “Simulador”.</li><li>Accede con tu&nbsp;<b>RFC</b>&nbsp;y contraseña, o utiliza la&nbsp;<b>e.firma</b>&nbsp;si lo prefieres.</li><li>Verifica que tu&nbsp;<b>buzón tributario</b>&nbsp;esté activo y actualizado para poder avanzar.</li><li>Una vez dentro, revisa la&nbsp;<b>información precargada</b>&nbsp;de ingresos, deducciones, retenciones y pagos provisionales que muestra el sistema.</li><li>Si detectas errores, inconsistencias o información faltante, realiza las correcciones necesarias o prepara la documentación para aclaraciones.</li><li>Consulta el cálculo preliminar que el simulador arroja sobre impuesto a pagar o saldo a favor.</li><li>Si es necesario, elabora&nbsp;<b>declaraciones complementarias</b>&nbsp;desde el mismo portal para corregir datos previos.</li><li>Guarda los cambios y utiliza las opciones de descarga para conservar tu simulación.</li><li>Finaliza el proceso y repite la revisión si realizas modificaciones en tus datos antes de la fecha de presentación de la declaración formal.</li></ul><h2>Funcionamiento y acceso al simulador</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EQFZPHNP4FCQVNQTEL6SLXZAC4.jpg?auth=9dc72214f04055760a311cd2ec2362f790080f64cd51fe4cfb08af7ee6d698de&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Para ingresar, es necesario contar con un buzón tributario activo y actualizado. El sistema valida la identidad del usuario y muestra la información fiscal precargada, recolectada por el SAT a partir de los comprobantes fiscales digitales (CFDI) y declaraciones previas. (Infobae México)" height="1080" width="1920"/><p>El simulador está dirigido a <b>personas físicas</b>, incluidos quienes tributan bajo el régimen de sueldos y salarios, actividad empresarial, servicios profesionales, arrendamiento y plataformas digitales. </p><p>También pueden utilizarlo sociedades civiles, RESICO, asociaciones sin fines de lucro y contribuyentes en proceso de liquidación.</p><p>Para ingresar, es necesario contar con un buzón tributario activo y actualizado.<b> El sistema valida la identidad del usuario</b> y muestra la información fiscal precargada, recolectada por el SAT a partir de los comprobantes fiscales digitales (CFDI) y declaraciones previas. </p><p>Los contribuyentes pueden añadir deducciones personales o corregir datos antes de enviar la declaración definitiva cuando inicie el periodo oficial.</p><p>El <b>simulador de declaración anual 2026</b> permite a los usuarios visualizar el resumen de ingresos, deducciones autorizadas y pagos efectuados durante el año fiscal. </p><p>El sistema<b> alerta sobre inconsistencias, omisiones o datos que requieran aclaración</b>, facilitando la corrección anticipada para evitar multas o requerimientos futuros.</p><h2>Ventajas y novedades del simulador 2026</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UYLESE6QIJEVZKCVZOUP2T7L7Y.png?auth=c706e0c6b50b1ca806925b903f5586296bf91226da264cef8f200d838e0f2115&smart=true&width=1408&height=768" alt="El SAT indicó que el simulador contribuye a la transparencia y la cultura fiscal, permitiendo a los contribuyentes anticipar el resultado de su declaración y preparar la documentación necesaria. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Entre las ventajas principales del simulador para 2026 se encuentra la <b>precarga automatizada de información</b> y la posibilidad de revisar el cálculo preliminar del impuesto a pagar o a favor. El sistema incorpora nuevas funciones para identificar errores frecuentes, como deducciones duplicadas, ingresos omitidos y diferencias en las retenciones reportadas por terceros.</p><p>El SAT indicó que el simulador contribuye a la transparencia y la cultura fiscal, permitiendo a los contribuyentes<b> anticipar el resultado</b> de su declaración y preparar la documentación necesaria. </p><p>Además, reduce el riesgo de auditorías al detectar y solucionar inconsistencias antes de la presentación oficial.</p><p>El uso del simulador es voluntario, pero se recomienda su empleo para todos los contribuyentes obligados a declarar, ya que ayuda a <b>prevenir sanciones</b> y promueve el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales.</p><h2>Utilidad fiscal y prevención de errores</h2><p>El simulador ofrece la opción de presentar declaraciones complementarias si el usuario detecta errores en los datos precargados. </p><p>Esta función es escencial para quienes identifican diferencias entre los ingresos reportados por el SAT y los efectivamente percibidos, o para corregir <b>deducciones no reconocidas.</b></p><p>El SAT destaca que el uso del simulador permite a los contribuyentes evitar <b>multas, recargos y procedimientos de fiscalización</b>, ya que los errores pueden corregirse antes de la declaración formal. </p><p>Además, proporciona una guía paso a paso para quienes realizan la <b>declaración anual por primera vez</b>, con tutoriales y asistencia en línea desde el portal institucional.</p><p>La herramienta representa un avance para la administración tributaria digital en México, facilitando el cumplimiento fiscal y fortaleciendo la relación entre contribuyentes y la autoridad.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/NAJWXF373FBH7G76WEAACDARS4.png?auth=768f2478aca52b675da8e82fcc5dc3c9658ebee9efcad43e8825ae65a1ea264d&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[Una persona examina cuidadosamente documentos fiscales y cartas del IRS en su casa, utilizando una computadora portátil para la gestión de sus declaraciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT y reparto de utilidades 2026: ¿Cómo calculo mis utilidades y cuándo las dan?]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-y-reparto-de-utilidades-2026-como-calculo-mis-utilidades-y-cuando-las-dan/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/sat-y-reparto-de-utilidades-2026-como-calculo-mis-utilidades-y-cuando-las-dan/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[El proceso inicia con la entrega de la declaración anual y permite a empleados o sindicatos formular objeciones por escrito ante el SAT]]></description><pubDate>Fri, 15 May 2026 12:05:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MQIBVEFJHVBUFB5JGM44TRKY6I.png?auth=5e363fcd1ec1d86f2442070a17bc919e5af3e2975f21b4cefe81e628750a8877&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Las utilidades se calculan solo sobre el salario base; horas extras y gratificaciones quedan excluidas del reparto anual.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/">reparto de utilidades</a> es un <b>derecho constitucional</b> que obliga a los empleadores en México a entregar a sus trabajadores una parte de las ganancias obtenidas por la empresa cada año. </p><p>Este mecanismo está previsto en el <b>artículo 123</b> de la Constitución y el artículo<b> 120 de la Ley Federal del Trabajo</b>.</p><p>Por medio del reparto de utilidades, se reconoce la aportación de cada trabajador al crecimiento de la<b> empresa</b>, además de ser una <b>obligación legal</b> para los<b> empleadores</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U5NSQR3OCNB2TILKV4HTHC44K4.png?auth=640c7dc2a6efd933f0fc47edc89a6c9f68acd1c12ba44ebb2dc9fea22ea6fde1&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El empleador debe entregar copia de la declaración fiscal anual a los representantes sindicales o mayoría de empleados, dentro de diez días tras su presentación. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>¿Cómo se calcula el monto que corresponde a cada empleado?</h2><p>El monto que recibirás se determina a partir del <b>10% de las utilidades netas</b> que reportó la empresa en el año fiscal anterior.</p><p>Esta cantidad se reparte en <b>dos partes iguales</b>: la primera se distribuye según los<b> días trabajados en 2025</b>; la segunda, de forma proporcional al <b>salario </b>cobrado durante el año. </p><p>Solo se consideran los <b>salarios base</b>, es decir, lo que se recibe por <b>cuota diaria</b>, sin contar horas extras, primas ni gratificaciones. Si el salario es variable, se utiliza el <b>promedio anual</b>.</p><p>Para <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/04/harvard-lo-dice-esto-es-lo-que-separa-a-los-empleados-que-ascienden-de-los-que-se-quedan-estancados-en-su-carrera/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/04/harvard-lo-dice-esto-es-lo-que-separa-a-los-empleados-que-ascienden-de-los-que-se-quedan-estancados-en-su-carrera/">trabajadores de confianza</a>, existe un tope: su participación no puede superar el salario base anual más alto de los empleados sindicalizados o de base, <b>más un 20%</b>. </p><p>Además, el <b>SAT</b> establece que la cantidad máxima que se puede recibir por utilidades es de <b>tres meses de salario</b> o el promedio de las utilidades recibidas en los últimos tres años, el que resulte más favorable.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PDQRCZFITNA6JLNR7CINRALMEU.png?auth=b49f4c61dc92d7ca385334b9dd23a7ec94dfc9014f94186daf2db2e709ab5844&smart=true&width=1408&height=768" alt="Para trabajadores de confianza, el monto de utilidades no puede superar el salario base anual más alto de los sindicalizados, más un 20%. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La institución indica que el <b>empleador</b> debe entregar a los representantes de los trabajadores una<b> copia de la declaración fiscal anual</b>, donde se señala el <b>monto que corresponde a la participación de utilidades</b>. </p><p>Esta información debe estar disponible para consulta dentro de los <b>diez días siguientes</b> a la presentación <b>de la declaración</b>.</p><h2>¿Cuándo y cómo se pagan las utilidades?</h2><p>De acuerdo con el SAT, el pago de utilidades debe realizarse en tiempo y forma, dentro de los 60 días naturales posteriores a la fecha de pago del impuesto anual: entre el <b>1 de abril y el 30 de mayo de 2026</b> en el caso de empresas, y del <b>1 de mayo al 29 de junio</b> si se labora para una persona física.</p><p>Las empresas tienen hasta el <b>30 de mayo de 2026</b> para realizar el pago. Si trabajas para una persona física, el límite es el <b>29 de junio</b>. </p><p>El pago debe realizarse en <a href="https://www.infobae.com/america/mexico/2021/04/20/como-hacer-crecer-tu-dinero-asi-puedes-empezar-a-invertir-con-1000-pesos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/america/mexico/2021/04/20/como-hacer-crecer-tu-dinero-asi-puedes-empezar-a-invertir-con-1000-pesos/">moneda nacional</a>, directamente al trabajador. No es válido compensar este monto contra otras deudas <b>ni cederlo</b> al patrón o terceros.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KGHEPVCBOJABJN42ZEJMFQCXSA.jpg?auth=e11db04807909e1608bec24193cda583bf759f68056c7eccfd4a80b22cc7e5db&smart=true&width=1366&height=768" alt="El procedimiento de objeción ante el SAT exige acreditar la mayoría de los trabajadores, ya sea mediante inspección laboral o comprobantes formales. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1366"/><h2>Qué hacer si no se reciben utilidades o no se está de acuerdo con el pago</h2><p>Si no se recibe el pago o la<b> cantidad es menor</b> a la que corresponde o tienes dudas sobre el cálculo, puedes presentar una objeción ante el <b>SAT</b>. </p><p>El procedimiento inicia con la<b> entrega de la declaración fiscal </b>anual por parte del patrón al sindicato o <b>mayoría de trabajadores</b>, junto con los anexos necesarios. </p><p>Se tienen <b>30 días</b> hábiles para presentar el escrito de objeciones, contados a partir del fin del periodo para revisar las <b>declaraciones fiscales</b> entregadas por el patrón que debe contener las razones, los rubros objetados, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/14/infonavit-anuncia-nuevas-reglas-para-2026-con-100-puntos-ya-puedes-pedir-credito-pero-hay-una-condicion-que-pocos-conocen/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/14/infonavit-anuncia-nuevas-reglas-para-2026-con-100-puntos-ya-puedes-pedir-credito-pero-hay-una-condicion-que-pocos-conocen/">domicilio</a> para notificaciones y documentos que respalden <b>la petición</b>.</p><p>El <b>SAT</b> dispone de 30 días hábiles para admitir o descartar el escrito y puede requerir información adicional. Si la objeción determina un <b>pago adicional</b>, el patrón debe cubrirlo.</p><p>Para el caso<b> individual</b>, se cuenta con un plazo de un año para la reclamación, este proceso no lo lleva a cabo el SAT, se hace a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo <b>(PROFEDET)</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H7G5LCXA4FH3XK44XIEFOVTGQQ.png?auth=56131e251f6aa920245b95955b78ef9fc0c26c25175399c6ce38502357990878&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT es la autoridad receptora de inconformidades colectivas, mientras que las reclamaciones individuales se atienden ante la PROFEDET.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><h2>Obligaciones del empleador y protección de tu derecho</h2><p>El empleador debe realizar el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/trabajaste-todo-2026-y-aun-asi-no-te-tocan-utilidades-los-casos-en-que-la-ley-te-deja-fuera/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/trabajaste-todo-2026-y-aun-asi-no-te-tocan-utilidades-los-casos-en-que-la-ley-te-deja-fuera/">pago de utilidades</a>, presentar la declaración anual y entregar copia a los representantes de los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/07/trabajas-para-el-gobierno-ahora-podras-ganar-mas-de-580-pesos-diarios-igual-que-en-el-imss/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/07/trabajas-para-el-gobierno-ahora-podras-ganar-mas-de-580-pesos-diarios-igual-que-en-el-imss/">trabajadores</a>. </p><p>También debe poner a disposición de la <b>Comisión Mixta de utilidades</b> la lista de asistencia y otros elementos para elaborar el <b>proyecto de reparto</b>, fijándolo en <b>un lugar visible</b> del centro de trabajo.</p><p>La <b>PROFEDET</b> y el <b>SAT</b> son las instancias pertinentes para vigilar el cumplimiento, dependiendo del caso particular. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FNM2QFN46VC7HC2EFX34MLLJYQ.png?auth=753837eee4bfad48fbe5d2bb1b80ef41245d0f3b5977661943ab2ae9fdf132b8&smart=true&width=1408&height=768" alt="Si el patrón no entrega la declaración fiscal anual, los trabajadores pueden solicitar la intervención directa de la autoridad laboral.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MQIBVEFJHVBUFB5JGM44TRKY6I.png?auth=5e363fcd1ec1d86f2442070a17bc919e5af3e2975f21b4cefe81e628750a8877&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una mano cuenta billetes de 1000 pesos mexicanos apilados en una mesa de madera, junto a una calculadora, bolígrafos, un monedero y tazas de café. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La SCJN le ganó al SAT: si te notifican en sábado, domingo o día festivo, el plazo corre hasta el siguiente día hábil]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/la-scjn-le-gano-al-sat-si-te-notifican-en-sabado-domingo-o-dia-festivo-el-plazo-corre-hasta-el-siguiente-dia-habil/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/la-scjn-le-gano-al-sat-si-te-notifican-en-sabado-domingo-o-dia-festivo-el-plazo-corre-hasta-el-siguiente-dia-habil/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[El nuevo criterio responde a una contradicción de interpretaciones]]></description><pubDate>Fri, 15 May 2026 02:15:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EO2U67WKBNCBVCWQCTUDWRXSAQ.png?auth=dbd9f66ac8508df4c0d31a399fd665b0220476fa1e68639a7ef301c077696ffa&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Las notificaciones electrónicas generadas en días inhábiles, como fines de semana o festivos, tendrán validez a partir del primer minuto del día hábil siguiente. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>La Suprema Corte de Justicia de la Nación (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/la-scjn-valido-la-definicion-de-narcomenudeo-en-que-casos-comprar-droga-se-convierte-en-un-delito-contra-la-salud/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/15/la-scjn-valido-la-definicion-de-narcomenudeo-en-que-casos-comprar-droga-se-convierte-en-un-delito-contra-la-salud/"><b>SCJN</b></a>) estableció como jurisprudencia que las <b>notificaciones electrónicas </b>personales en juicios de <b>amparo</b>, cuando se generan durante un <b>día inhábil</b> —incluidos <b>fines de semana</b> o días <b>festivos</b>—, tendrán <b>efectos </b>legales a partir del primer minuto del <b>día hábil </b>siguiente.</p><p>Este <b>criterio </b>aplica si la <b>constancia </b>se emite porque la <b>persona consulta </b>el portal en una <b>fecha inhábil </b>o si el sistema la genera automáticamente por falta de <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/la-scjn-le-gano-al-sat-ya-puedes-cancelar-una-factura-aunque-se-haya-vencido-el-plazo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/la-scjn-le-gano-al-sat-ya-puedes-cancelar-una-factura-aunque-se-haya-vencido-el-plazo/"><b>consulta </b></a>dentro del plazo, de acuerdo con el <b>comunicado</b> de la<b> SCJN </b>del pasado 12 de mayo.</p><p>La resolución respondió a la Contradicción de Criterios 15/2026, discutida en sesión del Pleno, en la que dos <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/14/la-scjn-cerro-la-puerta-si-ya-perdiste-el-juicio-y-te-embargan-el-dinero-el-amparo-indirecto-no-te-protege/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/14/la-scjn-cerro-la-puerta-si-ya-perdiste-el-juicio-y-te-embargan-el-dinero-el-amparo-indirecto-no-te-protege/"><b>tribunales </b></a>colegiados sostenían <b>posturas opuestas</b>: mientras uno consideraba que los efectos de la <b>notificación </b>comenzaban al generarse la <b>constancia</b>, otro estimaba que debían arrancar hasta el <b>día hábil </b>posterior.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RUK4YGSJGRFB7LOGCQJBHUWR4A.jpg?auth=aca07d2a159ec89b5485dbba9ce1d32c7c02ee9ca101ee27b752a920652aaedb&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El Pleno de la SCJN prioriza la certeza procesal y prohíbe que los plazos de notificaciones electrónicas corran en días inhábiles. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO" height="1080" width="1920"/><p><b>SCJN</b> fundamentó su <b>decisión </b>en una <b>interpretación </b>sistemática de las reglas sobre <b>notificaciones </b>electrónicas y el <b>régimen </b>general de días hábiles de la <b>Ley de Amparo</b>. El Pleno concluyó que, aunque la <b>normativa </b>prevé que la <b>notificación </b>surte efecto con la generación de la <b>constancia</b>, ese principio debe armonizarse con la exigencia de <b>certeza procesal</b> para las partes y la prohibición de computar plazos en <b>días inhábiles</b>.</p><p>A partir de este fallo, la <b>Suprema Corte</b> unificó el <b>criterio </b>aplicable a tribunales federales y garantiza seguridad jurídica: los <b>plazos </b>procesales derivados de <b>notificaciones electrónicas iniciarán</b> exclusivamente en <b>días hábiles</b>.</p><h2>La Suprema Corte declara inconstitucional el plazo para cancelar facturas electrónicas</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7F2F6R5AA5EZNARUY4KBHZAW6Q.png?auth=2eea6168db6d48105afc718bc8a4e67a62e860e98821eaf540665e1414a80ed5&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La SCJN declaró inconstitucional el límite temporal para cancelar facturas electrónicas establecido en la Ley de Ingresos 2025. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El Pleno de la <b>SCJN</b> resolvió el pasado 30 de abril que las <b>limitaciones temporales</b> para la <b>cancelación </b>del Comprobante Fiscal Digital por Internet (<b>CFDI</b>) establecidas por la <b>Ley </b>de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 son <b>inconstitucionales</b>, pues <b>restringen </b>de forma irrazonable el <b>derecho </b>de los <b>contribuyentes</b> a <b>autocorregir </b>su <b>situación </b>fiscal, lo que afecta la <b>seguridad jurídica</b> durante procesos tributarios, de acuerdo con el fallo.</p><p>La <b>decisión </b>eliminó el <b>plazo </b>que obligaba a las <b>personas morales </b>a cancelar sus <b>CFDI</b> a más tardar el <b>31 de marzo</b> del año siguiente, y a las <b>personas físicas</b> hasta el <b>30 de abril</b>, ampliando la posibilidad de <b>modificar facturas </b>sin límite temporal. Esta sentencia protege el derecho de <b>autocorrección </b>fiscal, al reconocer que la complejidad de las <b>operaciones </b>comerciales en México exige mayor <b>flexibilidad</b>.</p><p>El amparo en revisión 397/2025 surgió después de que el <b>Juzgado </b>Noveno de Distrito en materia administrativa de la Ciudad de México negara la <b>protección </b>constitucional en mayo de 2025 a una tercera persona moral y a varias <b>sociedades </b>anónimas de <b>capital variable</b>. La quejosa <b>impugnó </b>la constitucionalidad del artículo 22, fracción VI, que exigía <b>plazos estrictos </b>para la cancelación de comprobantes fiscales digitales por Internet.</p><p>En su resolución, la <b>SCJN</b> dictaminó que <i>“resulta </i><i><b>incompatible </b></i><i>con la </i><i><b>dinámica </b></i><i>y </i><i><b>complejidad </b></i><i>de las operaciones comerciales”</i> imponer esta <b>restricción</b>. El Pleno señaló que la <b>norma </b>reclamada sustituía al artículo 29-A del <b>Código Fiscal de la Federación</b>, que solo permitía <b>cancelar facturas </b>en el mismo ejercicio en que se emitieron, mientras que la Ley de Ingresos 2025 autorizaba la <b>cancelación </b>solo hasta el último día del mes de la <b>declaración </b>anual.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/EO2U67WKBNCBVCWQCTUDWRXSAQ.png?auth=dbd9f66ac8508df4c0d31a399fd665b0220476fa1e68639a7ef301c077696ffa&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Las notificaciones electrónicas generadas en días inhábiles, como fines de semana o festivos, tendrán validez a partir del primer minuto del día hábil siguiente. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Por asignar citas con datos robados y saquear cuentas bancarias, inhabilitan hasta 10 años a ex funcionarios del SAT y Banbien]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/14/por-asignar-citas-con-datos-robados-y-saquear-cuentas-bancarias-inhabilitan-hasta-10-anos-a-ex-funcionarios-del-sat-y-banbien/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/14/por-asignar-citas-con-datos-robados-y-saquear-cuentas-bancarias-inhabilitan-hasta-10-anos-a-ex-funcionarios-del-sat-y-banbien/</guid><dc:creator><![CDATA[Juan Castillo]]></dc:creator><description><![CDATA[Cuatro exservidores públicos enfrentan sanciones que van de un año hasta una década fuera del servicio público, además de multas económicas]]></description><pubDate>Thu, 14 May 2026 00:05:15 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ERB7ZDI6F5DPVEZMVCSUQRF4SA.png?auth=9d10b3322e0b1440a943bddeb06c53dca6edacd9527eabbffe75cb639930130b&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Las sanciones fueron logradas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>Tribunal Federal de Justicia Administrativa</b> inhabilitó hasta por <b>10 años</b> a cuatro ex servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/facturas-vencidas-y-otros-limites-del-sat-que-la-suprema-corte-podria-tumbar-en-2026/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/facturas-vencidas-y-otros-limites-del-sat-que-la-suprema-corte-podria-tumbar-en-2026/"> <b>(SAT)</b> </a>y del Banco del Bienestar<b> (Banbien)</b> por faltas administrativas graves que incluyeron el robo de recursos de cuentahabientes y el uso indebido de datos personales de contribuyentes.</p><p>Las investigaciones contra los funcionarios fueron realizadas por los Órganos Internos de Control <b>(OIC)</b> de ambas instituciones y derivaron también en sanciones económicas de hasta 250 mil pesos.</p><p>Los casos en el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/como-usar-la-tarjeta-del-bienestar-en-todo-mexico-retiros-pagos-y-compras-en-tiendas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/como-usar-la-tarjeta-del-bienestar-en-todo-mexico-retiros-pagos-y-compras-en-tiendas/"><b>Banbien </b></a>involucraron el <b>retiro </b>de recursos de cuentas bancarias sin consentimiento de los titulares por un monto superior a 275 mil pesos, además de la elaboración de conciliaciones con información falsa. En el <b>SAT</b>, la irregularidad consistió en <b>asignar citas para trámites fiscales</b> con <b>datos personales</b> de <b>contribuyentes </b>que <b>no estaban registrados</b> en el portal oficial de la institución, lo que implicó el manejo no autorizado de información privada.</p><p>El caso fue revelado por la <b>Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG)</b>, encabezada por<b> Raquel Buenrostro Sánchez.</b></p><h2>Tres ex funcionarios del BANBIEN recibieron la sanción máxima de 10 años</h2><p>El exsubjefe de área <b>Juan “D”</b> y el exauxiliar de sucursal <b>Orlando “P”</b> fueron inhabilitados por 10 años y recibieron sanción económica tras acreditarse su participación en el retiro no autorizado de fondos de cuentas bancarias.</p><p>Las autoridades no revelaron la sucursal en la que laboraban los sancionados.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WJ5DSODSPFFFBAGJN3FF467TPI.jpg?auth=23666e0f7fd69dca3e5d80f9adf5927741e36d6a0ab44450fb6a252d2300c8d5&smart=true&width=1920&height=1080" alt="No se reveló la sucursal donde laboraban los tres sancionados. (Foto: Banco del Bienestar)" height="1080" width="1920"/><p>En el mismo banco, el exasistente administrativo<b> Marco “M</b>” también fue inhabilitado por una década y multado, en su caso por haber realizado <b>conciliaciones </b>con datos que no correspondían a la realidad.</p><p>Las sanciones económicas para los tres ex funcionarios del <b>Banbien </b>se encuentran dentro del rango establecido por el Tribunal, que fijó multas de entre 25 mil y 250 mil pesos. </p><p>La <b>SABG </b>precisó que las personas señaladas tienen derecho a impugnar las resoluciones, y que en ese caso la dependencia las <b>defenderá </b>con el respaldo de las evidencias recabadas durante las investigaciones.</p><h2>En el SAT, la inhabilitación fue de un año por uso irregular de datos de contribuyentes</h2><p>Un exsubadministrador de Servicios al Contribuyente del SAT, identificado como <b>Víctor “R”</b>, recibió una inhabilitación de un año para ejercer cargos en el servicio público. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/X5SRSX2AY5GK3C4RJUNWIF3YKA.jpg?auth=7a52a77542c599da11363eb8ccafc295bbe6c7e53c517a61f77a554bfb2128e2&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El hombre sancionado no podrá ejercer cargos públicos durante un año. 
Crédito: MOISÉS PABLO/CUARTOSCURO" height="1080" width="1920"/><p>El <b>OIC </b>del <b>SAT </b>documentó que utilizó datos personales de contribuyentes que no figuraban en el portal oficial de la institución para asignar citas de manera irregular, lo que constituyó una falta administrativa grave.</p><p>La <b>Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno</b> emitió el comunicado este 13 de mayo de 2026 e invitó a la ciudadanía a denunciar actos de corrupción en el sector público a través del Sistema Integral de Denuncias Ciudadanas, disponible en su sitio web.</p><h2>En otros hechos, fue inhabilitada distribuidora por falsificar documentos al IMSS</h2><p><b>La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno </b>inhabilitó por un año a <b>HIMA Promotions, S.A. de C.V.</b> y le impuso una multa de 643 mil 188 pesos tras detectar que presentó documentación falsa en un procedimiento de contratación con el <b>IMSS</b>. La sanción se derivó de la participación de la empresa en la Adjudicación Directa número AA-50-GYR-050GYR012-T-202-2023, para la adquisición de medicamentos, donde entregó una carta de respaldo supuestamente emitida por la titular del registro sanitario, que resultó falsa. </p><p>La notificación se realizó hace un mes, el 13 de abril, y la publicación apareció el pasado 6 de mayo en el Diario Oficial de la Federación. </p><p>La empresa, originaria de <b>Veracruz</b>, quedó inscrita en el registro de proveedores y contratistas sancionados, lo que le impide participar, por sí o mediante intermediarios, en procedimientos de contratación o celebrar contratos con el Gobierno de México durante un año. Si al concluir ese plazo no ha pagado la multa, la prohibición se mantiene vigente hasta que acredite el pago ante la Secretaría y se elimine el registro en Compras MX.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TO2G4HVU7VCDVGKLY75C47JP6M.png?auth=3f15a51b4e4a627dfc1170f2fcbcfc23cfad0f4c4655198ee304b0356229204f&smart=true&width=4800&height=2700" alt="La Secretaría Anticorrupción y buen Gobierno anunció la inhabilitación. (Infobae-Itzallana)" height="2700" width="4800"/><p>La circular publicada en el Diario Oficial instruyó a todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas públicas del Estado, la FGR, gobiernos estatales, municipios y alcaldías de la Ciudad de México a abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con <b>HIMA Promotions </b>durante el plazo de la inhabilitación. Los contratos ya adjudicados o formalizados antes de la publicación no se vieron afectados.</p><p>El historial de irregularidades de la empresa no era nuevo. En abril de 2024, la Cofepris la incluyó en su lista de distribuidores irregulares de medicamentos por incumplir la regulación vigente. En 2025 volvió a aparecer en esa lista, esta vez por falta de aviso de funcionamiento. Ese mismo año, <b>HIMA Promotions </b>había recibido un contrato del<b> IMSS Hidalgo </b>por 80 mil 694 pesos para suministrar <b>meropenem </b>solución inyectable. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ERB7ZDI6F5DPVEZMVCSUQRF4SA.png?auth=9d10b3322e0b1440a943bddeb06c53dca6edacd9527eabbffe75cb639930130b&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Las sanciones fueron logradas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Facturas vencidas y otros límites del SAT que la Suprema Corte podría tumbar en 2026]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/facturas-vencidas-y-otros-limites-del-sat-que-la-suprema-corte-podria-tumbar-en-2026/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/facturas-vencidas-y-otros-limites-del-sat-que-la-suprema-corte-podria-tumbar-en-2026/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[El fallo publicado en abril de 2026 reconoce el derecho de autocorrección fiscal, eliminando el plazo obligatorio y estableciendo un precedente para que otras restricciones del SAT puedan ser impugnadas]]></description><pubDate>Wed, 13 May 2026 21:44:44 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PW547SW5JZCXBBD6OJ72TR3IL4.jpg?auth=6b66bc4e04d81d5e48a840ae23ca3194bd939b6f6da83babd9d0cbf78f8e5c7d&smart=true&width=612&height=408" alt="La resolución, emitida el 30 de abril de 2026 en el amparo en revisión 397/2025, elimina la restricción que obligaba a los contribuyentes a cancelar los CFDI sólo hasta marzo o abril del año siguiente, según su régimen.  Foto: (iStock)" height="408" width="612"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/la-scjn-le-gano-al-sat-ya-puedes-cancelar-una-factura-aunque-se-haya-vencido-el-plazo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/la-scjn-le-gano-al-sat-ya-puedes-cancelar-una-factura-aunque-se-haya-vencido-el-plazo/"><b>La Suprema Corte de Justicia de la Nación </b></a>(SCJN) declaró inconstitucional el límite temporal que imponía <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/17/como-afectan-las-utilidades-a-tu-declaracion-anual-lo-que-debes-saber-segun-el-sat/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/17/como-afectan-las-utilidades-a-tu-declaracion-anual-lo-que-debes-saber-segun-el-sat/">el <b>SAT</b></a> para cancelar facturas electrónicas. </p><p>La resolución, emitida el 30 de abril de 2026 en el amparo en revisión 397/2025, elimina la restricción que obligaba a los contribuyentes a cancelar los <b>CFDI</b> sólo hasta marzo o abril del año siguiente, según su régimen. </p><p>El fallo protege el derecho de <b>autocorrección</b> fiscal y marca un precedente para otros límites similares que el <b>SAT</b> podría imponer en el futuro.</p><p>La decisión del Pleno de la <b>SCJN</b> se fundamentó en la incompatibilidad del artículo 22, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 con el principio de <b>seguridad jurídica</b>. </p><p>Establecer un plazo fijo, sostuvo la Corte, afecta el derecho de los contribuyentes<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/30/cuando-pagan-las-utilidades-2026-la-fecha-limite-para-recibir-tu-dinero-y-que-empresas-no-estan-obligadas-a-darlo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/30/cuando-pagan-las-utilidades-2026-la-fecha-limite-para-recibir-tu-dinero-y-que-empresas-no-estan-obligadas-a-darlo/"><b> a corregir su situación fiscal</b> </a>y no refleja la complejidad de las operaciones comerciales que realizan las empresas y personas físicas en México.</p><h2>Posibles efectos futuros y extensión a otros límites fiscales</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WAPCFSB5L5EATENQU24M3JELMA.jpg?auth=2994d583c758434112328c461e767b5441b62edae6254d459eefafa0fe7bf06c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La sentencia de la SCJN, por tanto, no sólo impacta la cancelación de CFDI vencidos, sino que marca una tendencia hacia la protección de derechos fundamentales frente a restricciones administrativas en materia fiscal en el país. (SAT)" height="1080" width="1920"/><p>La resolución de la <b>SCJN</b> podría tener efectos más allá de la cancelación de facturas. Al declarar inconstitucional el límite temporal, abre la puerta a impugnaciones de otras restricciones administrativas impuestas por el <b>SAT</b> que afecten derechos fundamentales como la <b>autocorrección</b> y la <b>seguridad jurídica</b>.</p><p>La sentencia de la <b>SCJN</b>, por tanto, no sólo impacta la cancelación de <b>CFDI</b> vencidos, sino que marca una tendencia hacia la protección de derechos fundamentales frente a<b> restricciones administrativas</b> en materia fiscal en el país.</p><h2>Fundamentos de la resolución de la SCJN</h2><p>El recurso fue promovido por <b>una persona moral y varias sociedades anónimas</b> de capital variable, luego de que el Juzgado Noveno de Distrito en materia administrativa en la Ciudad de México negara el amparo el 13 de mayo de 2025. </p><p>El argumento central aceptado por la Corte fue que la norma imponía una regla invariable: los contribuyentes obligados a expedir <b>CFDI</b> debían cancelarlos a más tardar el último día de marzo del año siguiente para personas morales, y hasta el 30 de abril para personas físicas.</p><p>La <b>SCJN</b> determinó que dicha temporalidad era irrazonable y contraria al derecho de <b>autocorrección</b> fiscal. El Pleno sostuvo que limitar la cancelación de <b>CFDI</b> a ese periodo resulta incompatible con la dinámica y complejidad de las operaciones comerciales. Esta sentencia sienta un precedente que podría impactar otros límites administrativos fijados por el <b>SAT</b>.</p><p>La disposición impugnada modificaba el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, el cual en 2025 establecía que las facturas sólo podían cancelarse en el ejercicio en el que se emitían. </p><p>En contraste, la Ley de Ingresos de 2025 autorizaba la cancelación hasta el último día del mes de la declaración anual, lo que la <b>SCJN</b> consideró insuficiente desde la perspectiva de la <b>seguridad jurídica</b>.</p><h2>Alcances de la sentencia y efectos para los contribuyentes</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4WYFIANR25FO7ASZ7UNLU3UOSE.jpg?auth=1217a42e6df9b94ca3c9e5fe80ec23bad5986e4044c54e6cd40a36931f4f682b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Esta decisión protege el derecho fundamental de los obligados fiscales a la autocorrección, un principio reconocido por la legislación mexicana. Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>El fallo de la <b>SCJN</b> elimina cualquier límite temporal para cancelar los <b>CFDI</b>, abriendo la posibilidad de que los contribuyentes puedan corregir su situación fiscal en cualquier momento. </p><p>Esta decisión protege el derecho fundamental de los obligados fiscales a la <b>autocorrección</b>, un principio reconocido por la legislación mexicana.</p><p>Con la nueva interpretación, los contribuyentes ya no están obligados a cancelar sus facturas electrónicas antes de marzo o abril del año siguiente, <b>dependiendo </b>de si son personas <b>morales o físicas</b>. </p><p>La medida representa un cambio significativo en la administración tributaria y puede influir en la manera en que el <b>SAT</b> regula otros procedimientos.</p><p>La sentencia advierte que cualquier restricción debe ser razonable y congruente con la naturaleza de las actividades económicas. El Pleno de la <b>SCJN</b> subrayó que fijar un plazo invariable para la cancelación de <b>CFDI</b> no es compatible con la dinámica comercial vigente en México.</p><h2>Algunos ejemplos de resoluciones de la SCJN que protegen al contribuyente</h2><p>Protección contra fiscalización arbitraria<b> (derecho a la privacidad):</b> La <b>SCJN</b> estableció que las autoridades fiscales solo pueden acceder a datos y movimientos bancarios de los contribuyentes bajo condiciones legales estrictas. </p><p>Cada requerimiento debe estar debidamente fundado y motivado, informando de manera clara los motivos y el alcance de la revisión. El acceso discrecional a información fiscal por gobiernos u otras autoridades quedó restringido,<b> exigiendo convenios de colaboración </b>y justificación legal.</p><p><b>Acceso a la justicia y debido proceso:</b> La <b>SCJN</b> validó y fortaleció el uso de herramientas digitales para el litigio fiscal. Los contribuyentes pueden presentar recursos y pruebas electrónicas sin necesidad de trasladarse a la<b> Ciudad de México</b>, lo que garantiza el acceso a la justicia y el debido proceso en procedimientos administrativos y fiscales. </p><p>Los tribunales deben aceptar promociones digitales y asegurar igualdad procesal.</p><p><b>Derecho a la dignidad humana y patrimonio moral:</b> La <b>SCJN</b> priorizó la protección del patrimonio moral y la dignidad humana por encima del secreto fiscal en casos de daño moral. El tribunal estableció reparaciones integrales cuando se acredita la divulgación indebida de información personal, distinguiendo entre información de interés público y datos personales cuya difusión afecta la reputación y la moral de los afectados.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/PW547SW5JZCXBBD6OJ72TR3IL4.jpg?auth=6b66bc4e04d81d5e48a840ae23ca3194bd939b6f6da83babd9d0cbf78f8e5c7d&amp;smart=true&amp;width=612&amp;height=408" type="image/jpeg" height="408" width="612"><media:description type="plain"><![CDATA[Comprar cosas en exceso incluso puede generar deudas uy difíciles de abonar. Foto: (iStock)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">JLco - Julia Amaral</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Trabajaste todo 2026 y aun así no te tocan utilidades: los casos en que la ley te deja fuera]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/trabajaste-todo-2026-y-aun-asi-no-te-tocan-utilidades-los-casos-en-que-la-ley-te-deja-fuera/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/13/trabajaste-todo-2026-y-aun-asi-no-te-tocan-utilidades-los-casos-en-que-la-ley-te-deja-fuera/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[Un repaso claro sobre los empleados que pueden reclamar este recurso y los grupos que quedan fuera del beneficio laboral anual]]></description><pubDate>Wed, 13 May 2026 17:47:33 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JPBB5CVD5NERRCTZ4VCCTGKIOU.png?auth=26b3ee720831f2c53e060c54e2c849847c780aa1a8841da2afb69865d0699695&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Las empresas exentas por ley —como el IMSS y aquellas en su primer año de operaciones— no están obligadas a repartir utilidades. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La <b>Participación de los Trabajadores en las Utilidades</b> (PTU) constituye un <b>derecho constitucional</b> en México, que permite a las personas trabajadoras recibir una parte de las <b>ganancias anuales</b> obtenidas por la empresa en la que laboran. </p><p>Este pago debe reclamarse dentro del año posterior al plazo marcado por la <b>Ley Federal del Trabajo</b>. </p><p>Para <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/los-cinco-consejos-de-la-mujer-mas-rica-de-mexico-para-hacer-crecer-tu-dinero/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/los-cinco-consejos-de-la-mujer-mas-rica-de-mexico-para-hacer-crecer-tu-dinero/">empresas</a> constituidas como persona moral, el pago debe realizarse entre el <b>1 de abril y el 30 de mayo de 2026</b>. Para personas físicas empleadoras, el periodo va del <b>1 de mayo al 29 de junio del año en curso</b>.</p><p>El beneficio aplica a empleados activos y a quienes hayan terminado la relación laboral, siempre que hayan laborado al menos <b>60 días</b>, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo <b>(PROFEDET)</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RIN5PWNR3FEJ5C5WSYSFH44PBQ.png?auth=d3e3ac695301d76bc2fe7924ad126cdbb3de98a15191333695ab87f7840b7963&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El plazo para reclamar utilidades inicia justo después de la fecha límite de pago y se extiende por un año, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>Estas personas no tienen derecho a cobrar utilidades en 2026</h2><p>La <b>Ley Federal del Trabajo</b> ampara el derecho al reclamo en caso de incumplimiento, pero establece <b>límites claros</b> para quienes quedan fuera de la lista de beneficiarios.</p><p>No tienen derecho a <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/">cobrar utilidades</a> estos trabajadores:</p><ol><li>Trabajadores <b>domésticos</b></li><li>Trabajadores <b>eventuales</b> que hayan trabajado menos de sesenta días en el ejercicio</li><li><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/04/harvard-lo-dice-esto-es-lo-que-separa-a-los-empleados-que-ascienden-de-los-que-se-quedan-estancados-en-su-carrera/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/04/harvard-lo-dice-esto-es-lo-que-separa-a-los-empleados-que-ascienden-de-los-que-se-quedan-estancados-en-su-carrera/">Directores</a>, Administradores y <b>Gerentes Generales</b>, así como socios o <b>accionistas </b>de la empresa, <b>aunque hayan laborado todo el año</b>. </li><li>Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de <b>honorarios</b> presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado</li><li>Quienes hayan trabajado bajo régimen de <b>subcontratación</b> sin cumplir los requisitos legales.</li></ol><p>Ni las personas que laboran en <b>empresas exentas por ley</b>: aquellas en su primer año de operaciones, el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/07/trabajas-para-el-gobierno-ahora-podras-ganar-mas-de-580-pesos-diarios-igual-que-en-el-imss/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/07/trabajas-para-el-gobierno-ahora-podras-ganar-mas-de-580-pesos-diarios-igual-que-en-el-imss/">IMSS</a>, instituciones públicas dedicadas a actividades<b> culturales</b>, asistenciales o de <b>beneficencia</b>, así como empresas cuyo capital sea<b> inferior al mínimo</b> fijado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social <b>(STPS)</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JODOFHYLMBABTDARWOAHC2UC2I.png?auth=cc6cbcfcacf771eb89b71bf3478f60fce25d3716c34193d30413abf618247d4f&smart=true&width=2752&height=1536" alt="La Ley Federal del Trabajo establece claramente qué grupos de trabajadores y tipos de empresas quedan excluidos del reparto de utilidades en México para el año fiscal 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><h2>Cómo se calculan y pagan las utilidades en 2026</h2><p>El <b>monto destinado</b> al reparto de utilidades se notifica a los empleados dentro de los diez días posteriores a la presentación de la <b>declaración anual de impuestos</b> del patrón. </p><p>El reparto se realiza en <b>dos partes iguales</b>: la primera se distribuye de manera equitativa entre<b> todo el personal</b> y la segunda en proporción al<b> salario percibido</b> durante el año.</p><p>Para empresas constituidas como <b>persona moral</b>, el pago debe realizarse entre el <b>1 de abril y el 30 de mayo</b>. Para personas físicas empleadoras, el periodo va del <b>1 de mayo al 29 de junio</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TFOJKPF7GZA7JHPFU5SGZ2PTME.png?auth=0bbef86322c91375ff8acca3775bf202f81ca4d1823f6e4b2c34ec5427ddce0c&smart=true&width=1408&height=768" alt="El cálculo de las utilidades excluye horas extras y bonificaciones, considerando solo el salario diario ordinario.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/">El cálculo las utilidades</a> toma únicamente el <b>salario diario ordinario</b>, excluyendo horas extras y bonificaciones.</p><p>Para salarios variables, la ley obliga a usar el <b>promedio anual</b>. Si se trata de personal de confianza, se toma el salario más alto de un trabajador sindicalizado o de base más un <b>20% adicional</b>.</p><p>Se consideran como días laborados los periodos en que el <b>trabajador</b> recibió sueldo sin prestar servicio, como <b>incapacidades temporales por accidente</b>, descansos semanales, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/visa-electronica-para-mexico-conoce-cuales-son-los-cuatro-paises-que-pueden-obtenerla-este-2026/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/visa-electronica-para-mexico-conoce-cuales-son-los-cuatro-paises-que-pueden-obtenerla-este-2026/">vacaciones</a>, días festivos y permisos con goce de sueldo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Q5IYKSS6ZJGMDFF44X4NDL22WM.png?auth=6bc0f34f1dc6ef76ec5b38d2402d52670cfda0de898a421e584b0db1a694d064&smart=true&width=1408&height=768" alt="Para personal con salario variable, la base del reparto es el promedio anual percibido.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>Qué hacer si no recibes el pago de utilidades correspondiente</h2><p>Toda persona trabajadora dispone de <b>un año</b> para reclamar el pago de utilidades faltante o incompleto.</p><p>El plazo inicia<b> el día siguiente a la fecha límite</b> de entrega establecida por la ley. Si la empresa cambia de razón social, el patrón sustituto debe responder por las obligaciones laborales durante los siguientes<b> seis meses</b>.</p><p>En caso de renuncia o despido, si la persona laboró más de <b>60 días</b>, <b>mantiene el derecho a recibir utilidades</b> y puede solicitar el pago en la última dirección laboral antes del <b>31 de mayo</b> de cada año.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PDQRCZFITNA6JLNR7CINRALMEU.png?auth=b49f4c61dc92d7ca385334b9dd23a7ec94dfc9014f94186daf2db2e709ab5844&smart=true&width=1408&height=768" alt="Multas por incumplir el pago de utilidades pueden superar los 500,000 pesos y se determinan en función de la UMA vigente. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Si el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/07/trabajas-para-el-gobierno-ahora-podras-ganar-mas-de-580-pesos-diarios-igual-que-en-el-imss/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/07/trabajas-para-el-gobierno-ahora-podras-ganar-mas-de-580-pesos-diarios-igual-que-en-el-imss/">trabajador </a>considera que el monto recibido no corresponde al que marca la ley, puede presentar una objeción ante la <b>Secretaría de Hacienda y Crédito Público</b>.</p><p>El incumplimiento en el pago puntual de utilidades puede derivar en <b>multas </b>para la empresa o el empleador. </p><p>La <b>sanción mínima</b> es de aproximadamente <b>29 mil 327 pesos </b>mexicanos<b> </b>y la <b>máxima </b>de<b> más de 500</b> <b>mil</b> pesos<b> </b>mexicanos, de acuerdo con datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ESTXIKRI7NHVFOPXWXHDKFMUYQ.png?auth=dc5b7e1bba4d4d615f405ea302ec6dc49399cf0a3a503681406bd7561917383a&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las incapacidades por maternidad, accidentes y permisos con goce de sueldo se consideran como días laborados para el cálculo de utilidades.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/JPBB5CVD5NERRCTZ4VCCTGKIOU.png?auth=26b3ee720831f2c53e060c54e2c849847c780aa1a8841da2afb69865d0699695&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Un empresario entrega sobres llenos de billetes mexicanos a varios empleados sonrientes de un restaurante, quienes visten uniformes, mientras otros clientes cenan en el fondo. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Devolución SAT 2026: qué hacer si tu saldo a favor no ha llegado en el tiempo prometido y cómo acelerar el proceso]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/devolucion-sat-2026-que-hacer-si-tu-saldo-a-favor-no-ha-llegado-en-el-tiempo-prometido-y-como-acelerar-el-proceso/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/devolucion-sat-2026-que-hacer-si-tu-saldo-a-favor-no-ha-llegado-en-el-tiempo-prometido-y-como-acelerar-el-proceso/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Las razones detrás de los retrasos y los errores más comunes que pueden frenar el reembolso]]></description><pubDate>Tue, 12 May 2026 22:35:07 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UHFCCNRWFJFA3KH22ELAXXQE6Y.png?auth=717343ff49d7d9b6bab33bc08a3e184e3edad376f075cae723771673b6209046&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El SAT tiene la obligación legal de devolver los saldos a favor dentro de un plazo de 40 días hábiles. Sin embargo, este año, la autoridad informó que muchas devoluciones automáticas se han procesado en un promedio de tres a cinco días hábiles (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>En 2026, la<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/23/declaracion-anual-2026-cuando-cae-el-saldo-a-favor/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/23/declaracion-anual-2026-cuando-cae-el-saldo-a-favor/"> <b>devolución del saldo a favor del SAT</b></a> se ha realizado en tiempo récord para miles de contribuyentes, pero existen casos en los que el depósito no llega en el plazo prometido. </p><p>Frente a esta situación, es fundamental conocer los pasos oficiales para resolver el atraso y las vías que ofrece el <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/05/sat-que-no-hacer-en-mayo-2026-despues-de-presentar-tu-declaracion-anual/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/05/sat-que-no-hacer-en-mayo-2026-despues-de-presentar-tu-declaracion-anual/">Servicio de Administración Tributaria (SAT)</a> para acelerar el proceso.</p><p>El SAT tiene la obligación legal de devolver los saldos a favor dentro de un plazo de <b>40 días hábiles</b>. Sin embargo, este año, la autoridad informó que muchas devoluciones automáticas se han procesado en un promedio de <b>tres a cinco días hábiles</b>, especialmente para quienes presentaron su declaración anual sin inconsistencias y con datos correctos. </p><p>A pesar de este avance, el hecho de no recibir el depósito rápido no implica el rechazo inmediato del saldo a favor, ya que cada trámite puede enfrentar revisiones específicas o requerimientos adicionales.</p><h2>Plazos y causas de retraso en la devolución del saldo a favor del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4LHW4YYVUJHEJPHYKOUS742UGE.png?auth=69f7bf96de1ec935d22b09f9c67595474f79a95ae80926f67dd744f8b97b38ad&smart=true&width=1812&height=877" alt="La página oficial del SAT señala que, al corte del 7 de abril, se han presentado 2 millones 628 mil 571. (Crédito: SAT)" height="877" width="1812"/><p>El tiempo máximo legal para que el SAT resuelva una solicitud de devolución es de 40 días hábiles, según el Código Fiscal de la Federación (artículo 22). En 2026, la autoridad mantiene el compromiso de procesar devoluciones automáticas a personas físicas en un promedio de <b>tres a cinco días hábiles</b>, aunque el plazo puede extenderse si se detectan inconsistencias o se requiere información adicional.</p><p>El SAT depositó más de <b>2 mil 179 millones de pesos de ISR</b> en solo tres días a contribuyentes que cumplieron con la declaración anual, pero advierte que cada caso pasa por filtros de validación, revisión de deducciones, verificación de CLABE interbancaria y cruce de datos fiscales. Por ello, aunque <b>el promedio es bajo,</b> algunos contribuyentes pueden recibir el pago <b>semanas después</b> o enfrentar revisiones puntuales.</p><p>Si no has recibido la devolución en el tiempo esperado, es posible que el trámite esté en revisión manual<b> debido a errores en la CLABE bancaria,</b> deducciones no reconocidas, e.firma vencida o diferencias entre lo declarado y lo registrado ante el SAT. La autoridad también puede emitir requerimientos de información, suspendiendo el conteo de días hasta que el contribuyente responda.</p><h2>Cómo consultar el estatus y detectar inconsistencias</h2><p>El primer paso ante un retraso es ingresar al portal oficial del SAT (sat.gob.mx), acceder a la sección de declaraciones y consultar el estatus de la devolución en el apartado<b> “Devoluciones y compensaciones”</b>. </p><p>Es imporntante revisar el buzón tributario, ya que el SAT comunica ahí <b>cualquier requerimiento</b>, rechazo o autorización.</p><p>Si el sistema indica que el saldo a favor no está registrado o la solicitud fue rechazada, puede deberse a errores en la declaración, CLABE interbancaria incorrecta, o deducciones sin comprobante fiscal digital (CFDI). </p><p>En ese caso, se recomienda presentar <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/24/declaracion-anual-2026-paso-a-paso-para-obtener-el-saldo-a-favor/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/24/declaracion-anual-2026-paso-a-paso-para-obtener-el-saldo-a-favor/"><b>una declaración complementaria </b></a>para corregir la información y volver a solicitar la devolución.</p><p>El SAT puede requerir documentación adicional —como estados de cuenta bancarios, constancias de retención o comprobantes de deducciones— a través del buzón tributario. Es fundamental responder en un plazo de <b>20 días hábiles</b> para evitar la cancelación de la solicitud.</p><h2>Motivos frecuentes de rechazo o revisión manual</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/E3C3NKIE3FGKHAJSLLQGZOTUME.jpg?auth=50bb218776ab30fb067bb9e9b7971d25135c9ebf4692049d6ca345d6e3b312b4&smart=true&width=1280&height=853" alt="Cuando la devolución automática no procede, el contribuyente debe presentar una solicitud manual mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED) (Pixbay)" height="853" width="1280"/><p>Entre los errores más comunes que generan retrasos o rechazos en la devolución destacan:</p><p><ul data-testid="YHPYPN26JVGIRAB7TBB6ZCCCII" class="Editor_editor-bulleted-list__uVuCi Editor_editor-bulleted-list_depth1__GqEP0"><li data-testid="DBNQQMNYKBD2FKMIK7MIFUJXR4">CLABE interbancaria incorrecta o cuenta bancaria no registrada a nombre del RFC del contribuyente.</li><li data-testid="XA2AINNRMNHFFHSUGJMXOU24T4">Deducciones personales sin comprobante fiscal válido.</li><li data-testid="KP4GLNALZVCIHPC42KXC23VVDA">Declaración sin saldo a favor declarado en el sistema.</li><li data-testid="3GBLCT7KEZFC7JLWUU5YDSORUI">E.firma vencida o contraseña incorrecta para devoluciones mayores a $10,000.</li><li data-testid="SKFTU7CVQBBFNJJTU7GCHMH4IE">Omisión de responder requerimientos del SAT.</li><li data-testid="VCSSOS3IPNDTJJNCCIHOFV5RFY">Diferencias entre datos precargados y lo declarado.</li></ul></p><p>Cuando la devolución automática no procede, el contribuyente debe presentar una solicitud manual mediante el<b> Formato Electrónico de Devoluciones (FED)</b>, anexando la documentación que respalda el saldo a favor.</p><h2>Opciones oficiales para acelerar el trámite</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TJIPGXW2RFEJDKO3VZ25OXM3YU.jpg?auth=11197885d9aff1475fd4ec9a9910835e06c82bf26101259a6f105b097d5a0233&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Para acelerar el proceso, verifica que la e.firma esté vigente, que la CLABE interbancaria sea correcta y que todos los CFDI de deducciones estén en orden.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>Si el SAT no ha realizado el depósito después de los <b>40 días hábiles</b>, el contribuyente puede exigir el pago de intereses moratorios sobre el monto adeudado, conforme al<b> artículo 22-A del Código Fiscal </b>de la Federación. El cálculo de intereses inicia desde el día 41 hábil tras la presentación de la solicitud.</p><p>Para acelerar el proceso, verifica que la e.firma esté vigente, que la CLABE interbancaria sea correcta y que todos los CFDI de deducciones estén en orden. </p><p>Si la<b> devolución fue rechazada o no avanza</b>, presenta una solicitud manual adjuntando los documentos requeridos. El seguimiento debe hacerse siempre<b> por el buzón tributario</b>; responder con prontitud a cualquier requerimiento es clave para evitar la cancelación.</p><h2>Recomendaciones y canales oficiales del SAT</h2><p>El SAT recomienda monitorear de forma regular <b>el buzón tributario</b> y el portal oficial para verificar el avance del trámite. Si se detecta algún requerimiento, atiéndelo en tiempo y forma. Para dudas o aclaraciones adicionales, el contribuyente puede acudir a las oficinas del SAT o consultar los canales digitales disponibles en sat.gob.mx.</p><p>Este año, el SAT ha destacado la rapidez en la devolución automática para la mayoría de los solicitantes. No obstante, en caso de no recibir el saldo a favor en el tiempo prometido, el organismo fiscal ofrece mecanismos claros y oficiales para reclamar, corregir inconsistencias y <b>asegurar el depósito correspondiente.</b></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UHFCCNRWFJFA3KH22ELAXXQE6Y.png?auth=717343ff49d7d9b6bab33bc08a3e184e3edad376f075cae723771673b6209046&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[Un hombre feliz muestra su aprobación mientras un calendario digital de la Declaración Anual 2025 del SAT se ve en su escritorio, indicando que el proceso es sencillo. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Alertan sobre páginas falsas del SAT que roban datos fiscales y financieros]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/alertan-sobre-paginas-falsas-del-sat-que-roban-datos-fiscales-y-financieros/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/alertan-sobre-paginas-falsas-del-sat-que-roban-datos-fiscales-y-financieros/</guid><dc:creator><![CDATA[Ingrid Scarlet Rubi Resendiz]]></dc:creator><description><![CDATA[La Policía de Investigación y la SSPC lanzaron una alerta nacional por el aumento de fraudes cibernéticos que suplantan al SAT mediante correos, mensajes de texto y sitios web apócrifos para obtener RFC, CURP, contraseñas y datos bancarios de los contribuyentes]]></description><pubDate>Tue, 12 May 2026 16:26:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JVK6QYT4PND7RL6SP4OWTKI2HM.jpg?auth=a56616359cf9c176d3b5ecf1cc8fbc1c76027575a18520edba7245305745607d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>La <b>Policía de Investigación</b>, en coordinación con la <b>Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC)</b>, lanzó una alerta nacional ante el aumento de fraudes cibernéticos que suplantan al <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> durante el actual periodo de cierre fiscal.</p><p>De acuerdo con las autoridades, los delincuentes aprovechan el contexto tributario para atacar a los contribuyentes con mayor eficacia. El esquema combina correos electrónicos, mensajes de texto y sitios web apócrifos diseñados para imitar la apariencia oficial del SAT.</p><p>Para evitar este tipo de prácticas, aquí te decimos cómo evitarlas.</p><h2>¿Cómo opera el engaño?</h2><p>Los sitios y mensajes fraudulentos replican con detalle el aspecto visual del SAT: logotipos, lenguaje institucional e imágenes oficiales. Ante esa apariencia de legitimidad, muchos contribuyentes entregan sus datos sin cuestionar la procedencia de la comunicación.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XDZI7GTKHRGF7PN7NKLUOL4TBE.png?auth=939610cc940a8b7b45bd3fa051a0ad5b70434d80ba5413b47e179bd13859fd0f&smart=true&width=1408&height=768" alt="Una mujer de mediana edad revisa su teléfono móvil con atención, sentada en un espacio público durante su rutina diaria. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Una vez que el usuario accede al enlace, se solicita la actualización de datos fiscales o el pago de adeudos que no existen. También promete devoluciones de impuestos que nunca se materializan, con el único fin de obtener información confidencial.</p><p>Los datos que los estafadores buscan son el RFC, la CURP, contraseñas de acceso y datos financieros. Con esa combinación, los criminales pueden suplantar la identidad del contribuyente o vaciar cuentas bancarias.</p><h2>El mensaje falso que circula</h2><p>Las autoridades difundieron un ejemplo concreto del tipo de señuelo que utilizan los estafadores. El texto del mensaje dice: <b>“NO PRESENTASTE LA DECLARACION DE ABRIL. ISR, IVA REVISA: www.sat.gob.mx// consultas/44083/consulta-tu=ormacion-fiscal”</b>.</p><p>La dirección web incluida en ese mensaje no corresponde al portal oficial del SAT. La URL legítima del organismo es únicamente <b>www.sat.gob.mx</b>, sin extensiones adicionales ni caracteres inusuales.</p><p>Los delincuentes también recurren a frases como “último aviso” o “acción inmediata requerida” para generar presión psicológica. Esa urgencia artificial busca que la persona actúe sin detenerse a verificar el origen del mensaje.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LUHNTKG255ECBFPGX7E6PPLDL4.png?auth=7a69cc16dc495892e91e131bd8bec969f90fa9eee64e285ff23ebb01e76b11b4&smart=true&width=1408&height=768" alt="Un hombre de mediana edad con expresión triste mira su teléfono celular mientras está sentado en el sofá de su casa, representando la soledad y el impacto de los vínculos virtuales en la salud mental. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>¿Qué hacer ante un mensaje sospechoso?</h2><p>La Policía de Investigación precisó que el SAT nunca solicita contraseñas, datos bancarios ni información personal a través de correos electrónicos o mensajes de texto. Ante cualquier comunicación de ese tipo, la recomendación es acceder directamente al portal oficial desde el navegador, sin pulsar ningún enlace externo.</p><p>Las autoridades también instaron a no compartir datos personales ni financieros en sitios web que no hayan sido verificados de forma independiente. La activación de la verificación en dos pasos en los servicios fiscales y bancarios es otra medida que reduce el riesgo.</p><h2>¿Cómo reportar un fraude?</h2><p>Quienes reciban mensajes sospechosos o detecten sitios apócrifos pueden comunicarse con la <b>Unidad de Policía Cibernética</b> al teléfono 55 5242 5100, extensión 5086. También está disponible el correo electrónico cibernetica@ssc.cdmx.gob.mx para reportes y orientación.</p><p>Las autoridades mantienen activas sus cuentas en redes sociales bajo los nombres @SSC_CDMX y @UCS_GCDMX para dar seguimiento a los casos reportados. La ciudadanía puede acudir a esos canales ante cualquier duda sobre la autenticidad de una comunicación que supuestamente provenga del SAT.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/JVK6QYT4PND7RL6SP4OWTKI2HM.jpg?auth=a56616359cf9c176d3b5ecf1cc8fbc1c76027575a18520edba7245305745607d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[La SCJN le ganó al SAT: ya puedes cancelar una factura aunque se haya vencido el plazo]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/la-scjn-le-gano-al-sat-ya-puedes-cancelar-una-factura-aunque-se-haya-vencido-el-plazo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/la-scjn-le-gano-al-sat-ya-puedes-cancelar-una-factura-aunque-se-haya-vencido-el-plazo/</guid><dc:creator><![CDATA[Joshua Espinosa]]></dc:creator><description><![CDATA[La decisión reconoce que la limitación temporal afecta la posibilidad de modificar la situación tributaria]]></description><pubDate>Tue, 12 May 2026 01:54:24 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/74DWCBP7UFAB3DUTQODGLAGFOY.png?auth=d0d7e1de6a9c7a3c905863348bc8e16ae49eb18fe7f1550dccc5a3fde8143a64&smart=true&width=1536&height=1024" alt="La sentencia de la SCJN protege el derecho de autocorrección fiscal al considerar irrazonables las restricciones temporales para cancelar CFDI. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>El <b>Pleno </b>de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/prohibido-llamarse-fuerzas-especiales-la-suprema-corte-respaldo-la-ley-que-impide-a-empresas-de-seguridad-copiar-nombres-del-ejercito/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/12/prohibido-llamarse-fuerzas-especiales-la-suprema-corte-respaldo-la-ley-que-impide-a-empresas-de-seguridad-copiar-nombres-del-ejercito/"><b>SCJN</b></a>) resolvió el pasado <b>30 de abril</b> el amparo en revisión 397/2025, que <b>impugnó </b>la <b>constitucionalidad </b>del artículo 22, fracción VI de la <b>Ley de Ingresos de la Federación</b> para el ejercicio fiscal 2025. </p><p>Ante este recurso, el principal argumento de la <b>Corte </b>fue que dicha disposición resulta <b>incompatible</b> con el<b> principio </b>de <b>seguridad jurídica</b> porque establece una <b>restricción </b>temporal para la <b>cancelación</b> de los comprobantes fiscales digitales por Internet (<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/20/el-sat-aclara-que-la-constancia-de-situacion-fiscal-no-es-obligatoria-para-facturar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/01/20/el-sat-aclara-que-la-constancia-de-situacion-fiscal-no-es-obligatoria-para-facturar/"><b>CFDI</b></a>), lo que afecta el <b>derecho </b>de los contribuyentes a la <b>autocorrección</b> y no se ajusta a la complejidad de las operaciones comerciales. </p><h2>La Corte concluye que el plazo para cancelar CFDI lesiona seguridad jurídica de contribuyentes</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CBZNPSDJB5EI5ONBLZ3DSCBLYU.jpg?auth=e47b8f10c2cbef757a2b1274eb392fef4fd635433612e6e5a7987528606c750c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El Pleno de la Corte resolvió que es inconstitucional exigir que los contribuyentes cancelen sus comprobantes fiscales digitales únicamente hasta marzo o abril del año siguiente. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO" height="1080" width="1920"/><p>La <b>SCJN analizó </b>el asunto tras recibir el recurso de revisión promovido por una <b>quejosa </b>en representación de una tercera <b>persona moral </b>y varias <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/25/el-reto-de-empresas-mexicanas-ante-la-ia-como-infraestructura/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/25/el-reto-de-empresas-mexicanas-ante-la-ia-como-infraestructura/"><b>sociedades anónimas</b></a><b> </b>de capital variable. El <b>recurso </b>se presentó luego de que el Juzgado Noveno de Distrito en materia administrativa en la Ciudad de México negara el <b>amparo </b>el 13 de mayo de 2025. </p><p>En su <b>resolución</b>, el Pleno concluyó que se encuentra <b>sustancialmente fundado</b> el <b>argumento </b>de la parte <b>quejosa </b>de que el<b> artículo 22</b>, fracción VI, es <b>contrario </b>al principio de <b>seguridad jurídica </b>en materia tributaria.</p><p>El <b>razonamiento </b>central es que la <b>norma </b>impone como regla que los <b>contribuyentes </b>obligados a expedir <b>CFDI </b>deban <b>cancelarlos </b>a más tardar el último <b>día de marzo</b> siguiente al año fiscal en cuestión, en el caso de <b>personas morales</b>, y hasta el<b> 30 de abril</b> para <b>personas físicas</b>. Esta temporalidad puede resultar <b>irrazonable</b>, según la Corte, porque no es congruente con el derecho a la <b>autocorrección </b>previsto en la legislación fiscal.</p><p>La <b>disposición </b>reclamada sustituye el contenido del <b>artículo 29-A </b>del Código Fiscal de la Federación, que en 2025 establece: <i>“sólo podrán </i><i><b>cancelarse </b></i><i>en el </i><i><b>ejercicio </b></i><i>en el que se expidan”</i>. La <b>Ley de Ingresos</b> para 2025, en contraste, permite la <b>cancelación </b>del <b>CFDI </b>hasta el<b> último día del mes</b> de la <b>declaración </b>anual: el 31 de marzo para personas morales o el 30 de abril para personas físicas. </p><p>El Pleno de la <b>SCJN falló en contra </b>del artículo 22, fracción VI de la <b>Ley de Ingresos de la Federación</b> para el ejercicio fiscal 2025. Por lo tanto, <b>no hay límite </b>para cancelar las <b>CFDI</b>.</p><h2>Los CFDI y su función en las obligaciones fiscales</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WQOZHY6DLBDQFAT4MTG5KXPVQU.jpg?auth=fcb294acff30e8be48e78eac11c7d34ce32e6cecfee8af77cc25eb28baa0dda1&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los CFDI son facturas electrónicas validadas por el SAT, fundamentales para acreditar las operaciones económicas ante el RFC. 
Créditos: Cuartoscuro/PROFECO" height="1080" width="1920"/><p>El <b>CFDI</b>, según los criterios reiterados por la <b>SCJN</b>, es una <b>factura </b>electrónica que <b>acredita </b>las <b>operaciones </b>comerciales realizadas por los contribuyentes inscritos en el <b>RFC</b>. La normatividad obliga a expedir estos <b>comprobantes </b>por actos o actividades que generen <b>ingresos </b>o retenciones, mediante <b>documentos </b>digitales validados por el <b>SAT</b>.</p><p>Este proceso implica que el <b>CFDI </b>debe <b>remitirse </b>al <b>SAT </b>para que valide el <b>cumplimiento </b>de los <b>requisitos </b>legales, asigne el folio correspondiente e incorpore el sello digital. Este <b>documento electrónico </b>debe estar disponible en formato <b>digital </b>para los clientes y, cuando se solicite, también en representación <b>impresa</b>.</p><p>De acuerdo con la <b>SCJN</b>, el <b>CFDI </b>cumple una <b>función dual</b>: permite a la <b>autoridad </b>fiscal tener <b>conocimiento </b>de las <b>operaciones </b>realizadas y a los <b>contribuyentes acreditar </b>sus <b>actividades </b>y operaciones para darles efectos fiscales dentro de los plazos legales.</p><p>La determinación de la <b>SCJN </b>estableció que cualquier <b>restricción </b>que limite el derecho de los <b>contribuyentes </b>a corregir su <b>situación </b>fiscal debe ser <b>razonable </b>y compatible con la naturaleza de las actividades económicas. El Pleno sostuvo: <i>“resulta </i><i><b>incompatible </b></i><i>con la dinámica y complejidad de las </i><i><b>operaciones comerciales</b></i><b>”</b> fijar un <b>plazo invariable </b>para la <b>cancelación </b>de <b>CFDI</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/74DWCBP7UFAB3DUTQODGLAGFOY.png?auth=d0d7e1de6a9c7a3c905863348bc8e16ae49eb18fe7f1550dccc5a3fde8143a64&amp;smart=true&amp;width=1536&amp;height=1024" type="image/png" height="1024" width="1536"><media:description type="plain"><![CDATA[La sentencia de la SCJN protege el derecho de autocorrección fiscal al considerar irrazonables las restricciones temporales para cancelar CFDI. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Reparto de Utilidades 2026: quiénes reciben y de cuánto es el pago ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/reparto-de-utilidades-2026-quienes-reciben-y-de-cuanto-es-el-pago/</guid><dc:creator><![CDATA[Kenya Saldaña]]></dc:creator><description><![CDATA[La normativa incluye fechas clave, requisitos específicos y alternativas en caso de que la empresa no cumpla con su obligación]]></description><pubDate>Mon, 11 May 2026 19:32:06 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LTPD4Q7LXFCZFIH3H36NZ6XLBU.png?auth=519cddae6e0e0029f7ca9b8337850c825e02e61d42e688e1bf3246029e5c0ab9&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El reparto de utilidades es una obligación anual para las empresas en México y su incumplimiento puede derivar en sanciones económicas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>El <b>pago de utilidades</b> representa un derecho garantizado para los <b>trabajadores</b> en México, quienes deben recibir una <b>porción de las ganancias</b> generadas por la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/los-cinco-consejos-de-la-mujer-mas-rica-de-mexico-para-hacer-crecer-tu-dinero/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/los-cinco-consejos-de-la-mujer-mas-rica-de-mexico-para-hacer-crecer-tu-dinero/">empresa</a> o persona física que los emplea, de acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.</p><p>La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) informa que el <b>30 de mayo es la fecha límite</b> para que las personas trabajadoras reciban el pago de utilidades correspondiente a las ganancias de las empresas durante 2025.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XX2BAL2WXVFAHBB2QLNVFZM67M.png?auth=91630bf11472177f1c38ba0f271a471384d9c9c33a5d7187287b86121ebcfc68&smart=true&width=1408&height=768" alt="Las personas trabajadoras que no reciban el pago de utilidades pueden presentar una reclamación ante la PROFEDET dentro de los 12 meses siguientes a la fecha límite.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>El reparto de utilidades es obligatorio para empresas y personas físicas</h2><p>El reparto de utilidades está regulado por el <b>artículo 123</b> de la Constitución y la Ley Federal del Trabajo. </p><p>Para este 2026, quienes laboran en una<a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/los-cinco-consejos-de-la-mujer-mas-rica-de-mexico-para-hacer-crecer-tu-dinero/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/los-cinco-consejos-de-la-mujer-mas-rica-de-mexico-para-hacer-crecer-tu-dinero/"> empresa </a>tienen derecho a recibir el pago de utilidades desde el 1 de abril y<b> hasta el 30 de mayo</b>, según la PROFEDET. </p><p>En el caso de quienes prestan servicios a una persona física, el periodo para el pago se extiende del <b>1 de mayo al 29 de junio</b>. </p><p>Esta prestación aplica tanto para personal de base como eventual, siempre que hayan trabajado al menos <b>60 días en 2025</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LWNCXXYAXBHRDIGW4OY3VMJYOQ.png?auth=1412f849852538d5c909640277d5db334033b5a4c442387a32e6cc5129f3fb0e&smart=true&width=1408&height=768" alt="Solo los salarios base forman parte del cálculo del reparto de utilidades; horas extras, primas y gratificaciones quedan excluidas de este beneficio. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la omisión en el pago de utilidades puede derivar en <b>sanciones económicas</b> de <b>250 a 5 mil UMAs </b>(Unidad de Medida y Actualización).</p><p>El monto a pagar se determina considerando dos factores: los <b>días laborados</b> durante el año anterior y los <b>salarios recibidos</b> por cada trabajador.</p><p>Si la empresa incumple, las y los empleados pueden <b>reclamar</b> la falta de pago o pagos incompletos hasta un año después de la fecha límite, sin perder el <a href="https://www.infobae.com/america/mundo/2026/05/10/la-premio-nobel-de-la-paz-irani-narges-mohammadi-fue-trasladada-de-urgencia-a-un-hospital-de-teheran-su-vida-pende-de-un-hilo/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/america/mundo/2026/05/10/la-premio-nobel-de-la-paz-irani-narges-mohammadi-fue-trasladada-de-urgencia-a-un-hospital-de-teheran-su-vida-pende-de-un-hilo/">derecho</a>.</p><h2>El cálculo y las reglas del reparto de utilidades en 2026</h2><p>La Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas establece que el porcentaje obligatorio de participación es de <b>10% de las utilidades netas</b>. </p><p>Este monto se divide en dos partes. La primera se reparte por igual entre <b>todas las personas empleadas</b>, tomando en cuenta los días laborados en 2025.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RIN5PWNR3FEJ5C5WSYSFH44PBQ.png?auth=d3e3ac695301d76bc2fe7924ad126cdbb3de98a15191333695ab87f7840b7963&smart=true&width=2752&height=1536" alt="El monto a recibir por utilidades depende tanto del tiempo laborado como del nivel salarial del trabajador durante el año fiscal anterior.(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La segunda parte se distribuye de forma proporcional al <b>salario percibido</b> durante el mismo periodo.</p><p>Para el cálculo, solo se consideran los salarios percibidos por cuota diaria; se excluyen ingresos como <b>horas extras</b>, gratificaciones, primas u otros conceptos adicionales. </p><p>Cuando el salario es variable, se utiliza el <b>promedio anual</b>. En el caso del personal de confianza, el tope salarial equivale al salario base anual más alto de los trabajadores sindicalizados o de base, más un 20%. </p><p>El reparto de utilidades debe realizarse en el lugar donde los <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/04/harvard-lo-dice-esto-es-lo-que-separa-a-los-empleados-que-ascienden-de-los-que-se-quedan-estancados-en-su-carrera/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/04/harvard-lo-dice-esto-es-lo-que-separa-a-los-empleados-que-ascienden-de-los-que-se-quedan-estancados-en-su-carrera/">trabajadores </a>prestan sus servicios.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MRNKGONL4VG47G3Z2VBEKA2AA4.png?auth=026ea36133dcb3988a54f133c43122791f839dc82d6de78a67b49bbe8c9b9535&smart=true&width=1408&height=768" alt="Empresas nuevas, organismos públicos y trabajadores por honorarios no tienen la obligación de pagar ni derecho a recibir utilidades. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><h2>¿Quiénes tienen derecho y quiénes quedan excluidos del pago de utilidades?</h2><p>Tienen derecho al reparto quienes actualmente laboran para una empresa y quienes hayan trabajado mínimo <b>60 días en 2025</b> en empresas con utilidades netas iguales o superiores a <b>300 mil pesos mexicanos</b>, según la declaración fiscal, y siempre que la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/los-cinco-consejos-de-la-mujer-mas-rica-de-mexico-para-hacer-crecer-tu-dinero/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/11/los-cinco-consejos-de-la-mujer-mas-rica-de-mexico-para-hacer-crecer-tu-dinero/">empresa </a>tenga más de un año en operación. </p><p>El beneficio también abarca a personas con <b>incapacidad temporal</b>, <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/10/la-sorprendente-verdad-de-las-madres-el-cerebro-materno-cambia-para-siempre-y-no-vuelve-a-ser-igual-incluso-sin-gestar-al-bebe/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/10/la-sorprendente-verdad-de-las-madres-el-cerebro-materno-cambia-para-siempre-y-no-vuelve-a-ser-igual-incluso-sin-gestar-al-bebe/">madres</a> con licencia de maternidad y padres con permiso de paternidad.</p><p>El reparto <b>no aplica</b> para <b>empleados domésticos</b>, directores, administradores y gerentes generales, ni para <b>profesionistas</b> y <b>técnicos</b> contratados por honorarios sin relación subordinada. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HS3KCRHK7FGJPHHT7TMVAF4X2M.png?auth=7ee6b647e394cfe60e77600487f226c2e19a6aea4e98d5c7c9a34c99c38ec0df&smart=true&width=1408&height=768" alt="La ley establece que el pago debe entregarse directamente al trabajador en efectivo o por transferencia, y no puede ser compensado por otras deudas patronales.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>Tampoco corresponde a entidades de reciente creación durante su primer año, al <b>IMSS</b>, organismos públicos descentralizados con <b>funciones culturales</b>, asistenciales o de beneficencia, empresas cuyo capital esté por debajo del umbral fijado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ni instituciones de asistencia privada orientadas a la beneficencia.</p><h2>Protección del derecho y reglas para el cobro</h2><p>La <b>Ley Federal del Trabajo</b> indica que, además de los días laborados, se consideran para el reparto los periodos en los que la persona recibe salario por disposición legal o contractual, incluyendo <b>incapacidades</b> temporales, <b>descansos semanales</b>, vacaciones, días festivos y<b> permisos con goce de sueldo</b>.</p><p>El<b> salario</b> por reparto es irrenunciable y debe entregarse directamente a la <b>persona trabajadora</b> en <a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/08/el-metodo-de-la-condusef-para-ahorrar-dinero-aunque-ganes-poco-y-tengas-gastos-fijos/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/05/08/el-metodo-de-la-condusef-para-ahorrar-dinero-aunque-ganes-poco-y-tengas-gastos-fijos/">pesos mexicanos</a>; solo puede cobrarlo un apoderado con carta poder cuando así lo designe el titular. </p><p>Las autoridades prohíben la cesión de utilidades al<b> patrón</b> o terceros, así como la <b>compensación</b> por otras obligaciones.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DAP7SZU53FET7AEAOZICTJLKAI.png?auth=759e4f6e034bc682119e84f5471aec1315cd0f107505cd2a4e03edd3217272b8&smart=true&width=1408&height=768" alt="Los días de incapacidad, vacaciones, descansos y licencias con goce de sueldo también se contabilizan para determinar el monto de utilidades.  (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LTPD4Q7LXFCZFIH3H36NZ6XLBU.png?auth=519cddae6e0e0029f7ca9b8337850c825e02e61d42e688e1bf3246029e5c0ab9&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una mujer revisa billetes de pesos mexicanos que extrae de un sobre, simbolizando el proceso de pago de utilidades en un entorno de oficina. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Qué pasa con las deudas que deja un fallecido: ¿Los herederos tienen que pagar?]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/06/que-pasa-con-las-deudas-que-deja-un-fallecido-los-herederos-tienen-que-pagar/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/06/que-pasa-con-las-deudas-que-deja-un-fallecido-los-herederos-tienen-que-pagar/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Las obligaciones financieras del difunto pueden afectar el reparto de bienes entre los herederos, y existen escenarios especiales según el tipo de crédito y la existencia de seguros]]></description><pubDate>Wed, 06 May 2026 13:00:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5DXFQCTWCBGE3I554YHERBJSSA.png?auth=6734a3b1b351b0a61c81c5251ab1204b0068ebfd49f8803433ca4609bf7b5ce1&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los herederos no están obligados a cubrir los adeudos con su propio dinero, salvo que hayan firmado como avales o coacreditados en algún contrato específico. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/30/mascotas-y-cuentas-de-netflix-en-los-testamentos-se-pueden-incluir-segun-las-leyes-mexicanas/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/30/mascotas-y-cuentas-de-netflix-en-los-testamentos-se-pueden-incluir-segun-las-leyes-mexicanas/">Cuando una persona fallece en México</a>, <b>las deudas no desaparecen automáticamente</b>. Según la legislación vigente y organismos como la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), <b>las obligaciones </b>pendientes se <b>integran </b>a la<b> masa hereditaria</b>. </p><p>Eso significa que, antes de repartir los bienes, el patrimonio del fallecido debe usarse para saldar esas deudas. </p><p><a href="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/15/donar-en-vida-o-dejar-testamento-la-opcion-mas-barata-y-segura-para-heredar-tu-casa-en-mexico-sin-dejar-problemas/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/mexico/2026/04/15/donar-en-vida-o-dejar-testamento-la-opcion-mas-barata-y-segura-para-heredar-tu-casa-en-mexico-sin-dejar-problemas/">Los herederos no están obligados a cubrir los adeudos</a> con su propio dinero,<b> salvo que hayan firmado como avales</b> o coacreditados en algún contrato específico.</p><h2>Heredar también significa heredar las deudas: lo que nadie te dice antes de aceptar</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QUFTN5ISZNFKTNULHXC3XYKFAU.png?auth=e83f932f0d0545c4c629a89f1c38f7fc24eec220c0dd2cd961604a42be274a7d&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Los acreedores tienen prioridad para ser pagados con los bienes de la sucesión, y solo el remanente, si lo hay, se entrega a los beneficiarios. (Imagen Ilustrativa Infobae)." height="1536" width="2752"/><p>El <b>Código Civil Federal</b> señala que la herencia incluye tanto bienes como derechos y obligaciones que no se extingan con la muerte. </p><p>El<b> artículo 1284 </b>limita la responsabilidad de los herederos hasta donde alcance el patrimonio heredado. </p><p>Los acreedores tienen<b> prioridad para ser pagados</b> con los bienes de la sucesión, y solo el remanente, si lo hay, se entrega a los beneficiarios.</p><p>Si los<b> bienes</b> no alcanzan todas<b> las deudas, los acreedores solo</b> pueden cobrar hasta el monto disponible. </p><p>Nadie está obligado a pagar con recursos propios, a menos que exista responsabilidad solidaria o se trate de un cónyuge con créditos mancomunados.</p><h2>Deudas bancarias y productos financieros</h2><p>Las <b>tarjetas de crédito</b> y muchos créditos bancarios suelen estar protegidos por un seguro de vida o de saldo deudor. Si el seguro está vigente y los pagos al corriente, la aseguradora liquida el saldo pendiente tras el fallecimiento. </p><p><b>En caso de no existir seguro</b>, el banco puede reclamar el pago a la sucesión, es decir, al patrimonio heredado. Es fundamental que los familiares notifiquen de inmediato a la institución financiera y presenten el acta de defunción para activar la cobertura.</p><p>En los <b>créditos hipotecarios</b>, la ley también requiere la existencia de un seguro de vida que, al activarse, libera el inmueble del gravamen. </p><p>Si el fallecido estaba <b>atrasado en pagos,</b> la aseguradora puede negar la cobertura dependiendo de las condiciones pactadas. </p><p>En créditos compartidos, como <b>los hipotecarios conyugales</b>, el seguro solo cubre la parte correspondiente al titular fallecido; el sobreviviente debe seguir pagando su proporción.</p><h2>Créditos personales, automotrices y departamentales</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/A357TPH4VFHNDB2PSUF4BQQCEU.png?auth=d6ba11d0b87547f2edeb53ad55984e2a6e0f85b363abdd7731776c98afeed684&smart=true&width=1536&height=1024" alt=" En créditos departamentales, el contrato mercantil y el Código de Comercio regulan la obligación. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1024" width="1536"/><p>Para los <b>préstamos personales y automotrices</b>, la existencia de un seguro depende de cada contrato. Cuando el seguro está incluido y vigente, la aseguradora paga el saldo pendiente. </p><p>Si no hay seguro, la deuda pasa a la masa hereditaria y puede <b>pagarse con la venta de bienes</b>, incluido el automóvil financiado. En créditos departamentales, el contrato mercantil y el Código de Comercio regulan la obligación.</p><h2>Deudas fiscales y obligaciones con el SAT</h2><p>Las <b>deudas fiscales</b> tampoco se extinguen con la muerte. El Código Fiscal de la Federación obliga a que el albacea o representante de la sucesión cubra los adeudos tributarios con los bienes del fallecido. </p><p>El<b> Servicio de Administración Tributaria</b> (SAT) puede ejercer embargo o remate de bienes heredados para recuperar créditos fiscales pendientes. </p><p>Si los bienes no son suficientes, la autoridad solo puede cobrar hasta donde alcance el patrimonio.</p><h2>Procedimiento sucesorio y pago de deudas</h2><p>El proceso de sucesión obliga al albacea a inventariar los bienes, identificar las deudas y pagar las obligaciones antes de repartir la herencia. </p><p>La documentación clave, como el acta de defunción, debe presentarse a las instituciones correspondientes. </p><p>La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros <b>(Condusef)</b> y la Procuraduría Federal del Consumidor <b>(Profeco) </b>recomiendan<b> buscar asesoría legal </b>si existen dudas sobre la validez de los seguros o la distribución de responsabilidades.</p><h2>Excepciones y casos particulares</h2><p>Si alguien firmó como <b>aval, deudor solidario o coacreditado</b>, puede ser requerido para cubrir la deuda en su totalidad. En créditos mancomunados, el cónyuge sobreviviente debe asumir su parte proporcional. </p><p>Los contratos y pólizas de seguro deben revisarse cuidadosamente para identificar exclusiones o límites de cobertura.</p><p>En conclusión, <b>en México,</b> los herederos solo responden por<b> </b>las <b>deudas</b> del fallecido<b> </b>hasta<b> el valor de los bienes heredados</b>; nunca con su propio patrimonio personal, excepto en casos de garantía solidaria o coacreditación. </p><p>La clave es notificar a las instituciones, revisar la existencia <b>de seguros y </b>cumplir con <b>el proceso sucesorio</b> legal antes de adjudicar bienes.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5DXFQCTWCBGE3I554YHERBJSSA.png?auth=6734a3b1b351b0a61c81c5251ab1204b0068ebfd49f8803433ca4609bf7b5ce1&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Una pareja mayor recibe asesoría financiera sobre la gestión de deudas y herencias, un tema crucial para las familias en México. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[SAT: qué no hacer en mayo 2026 después de presentar tu declaración anual ]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/05/sat-que-no-hacer-en-mayo-2026-despues-de-presentar-tu-declaracion-anual/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/05/sat-que-no-hacer-en-mayo-2026-despues-de-presentar-tu-declaracion-anual/</guid><dc:creator><![CDATA[Alexander Ortiz]]></dc:creator><description><![CDATA[Autoridades fiscales advierten 11 conductas de riesgo que pueden derivar en revisiones]]></description><pubDate>Tue, 05 May 2026 14:32:21 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JVK6QYT4PND7RL6SP4OWTKI2HM.jpg?auth=a56616359cf9c176d3b5ecf1cc8fbc1c76027575a18520edba7245305745607d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>El <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b> intensificó en <b>2026</b> su estrategia de <b>fiscalización</b> con revisiones más focalizadas y basadas en riesgo. </p><p>Tras el cierre de la <b>declaración anual</b>, la autoridad concentra en <b>mayo</b> la detección de inconsistencias mediante cruces de información bancaria, de plataformas digitales y de <b>comercio exterior</b>, lo que puede derivar en <b>auditorías electrónicas</b> y revisiones más precisas.</p><h2>Conductas que activan alertas del SAT</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HPGQXX2F6ZD73KZN4KV2JP2Q54.jpg?auth=d767266eead244146a4aadde4acddcba346a41b11df2bcb744b9a74a46915e47&smart=true&width=1456&height=816" alt="(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>De acuerdo con la autoridad fiscal, existen prácticas que elevan el <b>perfil de riesgo</b> tanto de <b>personas físicas</b> como <b>morales</b>:</p><ul><li>Operar con <b>factureras</b> o realizar <b>operaciones simuladas</b> sin materialidad.</li><li>Reportar <b>pérdidas fiscales recurrentes</b> sin sustento económico.</li><li>Aplicar <b>deducciones improcedentes</b> o exceder los límites legales.</li><li>Omitir o <b>subdeclarar ingresos</b> frente a información bancaria o de plataformas.</li><li>Utilizar <b>estímulos fiscales</b> fuera de criterio o de forma indebida.</li><li>Presentar inconsistencias entre <b>compras, importaciones y ventas</b>.</li><li>Incurrir en irregularidades en <b>comercio exterior</b>, como subvaluación.</li><li>No enterar <b>retenciones</b> de empleados (<b>ISR, IMSS o Infonavit</b>).</li><li>Realizar operaciones con <b>jurisdicciones de baja tributación</b>.</li><li>Solicitar <b>devoluciones improcedentes</b>.</li><li>Reportar una <b>tasa efectiva</b> muy por debajo del promedio del sector.</li></ul><h2>Fiscalización focalizada y recomendaciones</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EQFZPHNP4FCQVNQTEL6SLXZAC4.jpg?auth=9dc72214f04055760a311cd2ec2362f790080f64cd51fe4cfb08af7ee6d698de&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>Bajo el <b>Plan Maestro 2026</b>, el SAT prevé auditorías más específicas: una <b>revisión integral</b> por contribuyente cuando aplique, solicitudes de información puntuales y enfoque en hechos detectados mediante <b>análisis de datos</b>.</p><p>Para reducir riesgos, la autoridad recomienda revisar los <b>CFDI</b> de ingresos, egresos y nómina; realizar <b>conciliación bancaria</b>; verificar topes de deducciones y soporte documental; enterar retenciones en tiempo y forma; y mantener activo el <b>buzón tributario</b> para atender requerimientos.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/JVK6QYT4PND7RL6SP4OWTKI2HM.jpg?auth=a56616359cf9c176d3b5ecf1cc8fbc1c76027575a18520edba7245305745607d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Declaración patrimonial 2026: quiénes deben realizarla y de cuánto es la sanción por no hacerla]]></title><link>https://www.infobae.com/mexico/2026/05/01/declaracion-patrimonial-2026-quienes-deben-realizarla-y-de-cuanto-es-la-sancion-por-no-hacerla/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/mexico/2026/05/01/declaracion-patrimonial-2026-quienes-deben-realizarla-y-de-cuanto-es-la-sancion-por-no-hacerla/</guid><dc:creator><![CDATA[Selene Joselyn Miranda Lara]]></dc:creator><description><![CDATA[Algunos servidores se enfrentan a procesos formales y sanciones diversas, desde la suspensión hasta la inhabilitación para trabajar en el sector público]]></description><pubDate>Fri, 01 May 2026 01:02:59 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XVOGGSJIUNH7RP74PGVAKNQF2U.png?auth=b4451f109010fe24bdde9703f67b51a7f1965e0f1d54c38cc808c049e6fda1dc&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Esta exigencia está fundamentada en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La <b>declaración patrimonial 2026</b> en México es obligatoria para todas las <b>personas servidoras públicas</b> de los tres órdenes de gobierno, incluidos quienes trabajan en poderes ejecutivos, legislativos, judiciales, órganos autónomos y empresas productivas del Estado. </p><p>Esta exigencia está fundamentada en el <b>artículo 108</b> de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. </p><p>El trámite debe realizarse durante el periodo del <b>1 al 31 de mayo de 2026</b> a través de la plataforma Declaranet.</p><p>La omisión en la presentación de la declaración patrimonial y de intereses constituye una <b>falta administrativa</b>. Las sanciones previstas van desde la <b>suspensión</b>, <b>destitución</b> hasta la <b>inhabilitación</b> para ocupar cargos públicos. </p><p>Además, pueden imponerse <b>multas económicas</b> que, según el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, oscilan entre <b>2,050 y 50,710 pesos</b> por obligación no cumplida, y entre <b>19,460 y 38,890 pesos</b> si la omisión es por no declarar por medios electrónicos o por información incompleta.</p><h2>Quiénes deben presentar la declaración patrimonial y de intereses en México</h2><p>La obligación recae sobre las y los servidores públicos de todos los niveles, incluyendo personal de nuevo ingreso, quienes permanecen en funciones y quienes concluyen su encargo. </p><p>El objetivo es que el <b>órgano Interno de Control</b> pueda verificar la congruencia entre ingresos, egresos y bienes reportados para prevenir delitos como el enriquecimiento ilícito.</p><p>No solo los altos funcionarios <b>están obligados</b>: toda persona que perciba un salario del Estado debe cumplir con este requisito, sin importar su jerarquía. </p><p>La declaración debe contener información sobre bienes inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, inversiones, ingresos de la pareja y dependientes económicos, así como la relación <b>con empresas o fideicomisos</b>.</p><h2>Fechas, procedimientos y sanciones por no cumplir</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K2KCEWV6N5DLLIZROYDI6DCYRE.png?auth=20573c1f97d0fbf371654bca0ac7943d4395d4d94e5a3dd115260b83d301f343&smart=true&width=2752&height=1536" alt="Si un servidor público no presenta su declaración patrimonial, el procedimiento inicia con un requerimiento formal; si persiste la falta, se aplica la sanción correspondiente. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1536" width="2752"/><p>La presentación se realiza en línea mediante Declaranet, del 1 al 31 de mayo. La autoridad advierte que hacerlo en una plataforma equivocada puede ser considerado omisión. </p><p>Si un servidor público <b>no presenta su declaración patrimonial, </b>el procedimiento inicia con un requerimiento formal; si persiste la falta, se aplica la sanción correspondiente.</p><h2>Multas y sanciones por no presentar la declaración patrimonial 2026 en México</h2><p>Las consecuencias por incumplir con la <b>declaración patrimonial</b> y de intereses incluyen medidas administrativas y económicas. Según la ley y disposiciones fiscales vigentes, las sanciones son las siguientes:</p><p><ul data-testid="ZZT22GJUGBCZ7JKV4E2JVE4ETQ" class="Editor_editor-bulleted-list__uVuCi Editor_editor-bulleted-list_depth1__GqEP0"><li data-testid="6XO2OYNZRFHQPA5STK5PBNTSQM"><b>Suspensión temporal</b> del cargo público.</li><li data-testid="J3QTPA3GKVDHLOTPKC4PNCPFPA"><b>Destitución definitiva</b> del puesto.</li><li data-testid="NWAP2V4JDRBU3B5QZU3QRPVXCA"><b>Inhabilitación</b> para ocupar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.</li><li data-testid="RRGL5FJNSJBO3K6GVGFXAUC6DI"><b>Multas económicas</b>:</li></ul></p><p>- Por no presentar la declaración: entre <b>2,050 y 50,710 pesos</b> . </p><p>- Por omitir la declaración a través de medios electrónicos o por información incompleta: entre <b>19,460 y 38,890 pesos</b> .</p><p><ul data-testid="VPPBKRYWBZBZ5MHL3N3NWZ6SAA" class="Editor_editor-bulleted-list__uVuCi Editor_editor-bulleted-list_depth1__GqEP0"><li data-testid="SMNMFBDA5NF5NHQVWPLGLFGEZ4"><b>Prohibición</b> para participar en nuevos procesos de selección para cargos públicos, hasta que se regularice la situación.</li><li data-testid="OMNFMZTGTZBR7J7TCHFP67HUBM"><b>Pago de impuestos omitidos</b>, actualizaciones y recargos, en caso de que la falta se relacione con ingresos no declarados.</li></ul></p><p>Estas medidas buscan asegurar la transparencia y el control sobre la función pública.</p><h2>controversia sobre la obligación de declaración patrimonial para agentes aduanales</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7Q7FQE3KLJGI7GENJORLEQF6FY.png?auth=12d81a1f5bb515f552c4d0833ff7fe4d5bb551afc616b464abb457467ac14d22&smart=true&width=1408&height=768" alt="La reforma a la Ley Aduanera, aprobada en noviembre pasado, impuso a estos auxiliares del gobierno controles de rendición de cuentas similares a los de los servidores públicos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La <b>Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)</b> analiza si los <b>agentes aduanales</b> deben cumplir con la declaración patrimonial ante el <b>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</b>. </p><p>La reforma a la<b> Ley Aduanera</b>, aprobada en noviembre pasado, impuso a estos auxiliares del gobierno controles de rendición de cuentas similares a los de los servidores públicos.</p><p>La nueva obligación ha generado una ola de amparos en todo el país. Solo en la<b> Ciudad de México</b> se tramitan al menos <b>cuarenta recursos</b> promovidos por agentes aduanales o empresas que los emplean, mientras que otros casos se encuentran en diferentes estados.</p><p>La discusión jurídica se centra en que los agentes aduanales <b>no son servidores públicos, sino personas físicas</b> con patente para desahogar trámites de importación y exportación. </p><p>Sin embargo, la reforma los obliga a declarar <b>su evolución patrimonial cada marzo</b>. Algunos tribunales han sostenido que esta exigencia carece de base constitucional, mientras que otros consideran que su función estratégica justifica la medida.</p><p>El <b>SAT</b> ya presentó el caso ante la SCJN, que inició el trámite para emitir jurisprudencia definitiva<b> el 20 de abril de 2026. </b></p><p>Además de la declaración patrimonial, la reforma exige a los agentes integrar expedientes detallados sobre sus clientes y asumir responsabilidades adicionales, como la responsabilidad solidaria por impuestos omitidos.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/XVOGGSJIUNH7RP74PGVAKNQF2U.png?auth=b4451f109010fe24bdde9703f67b51a7f1965e0f1d54c38cc808c049e6fda1dc&amp;smart=true&amp;width=2752&amp;height=1536" type="image/png" height="1536" width="2752"><media:description type="plain"><![CDATA[Periodistas de diversos medios rodean a un funcionario público sentado en su escritorio, buscando respuestas sobre el acceso a la información en una conferencia de prensa. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item></channel></rss>