<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/" version="2.0" xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/"><channel><title><![CDATA[Infobae.com]]></title><link>https://www.infobae.com</link><atom:link href="https://www.infobae.com/arc/outboundfeeds/rss/tags_slug/medicina-prepaga/" rel="self" type="application/rss+xml"/><description><![CDATA[Infobae.com News Feed]]></description><lastBuildDate>Sat, 09 May 2026 00:30:18 +0000</lastBuildDate><language>es</language><ttl>1</ttl><sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod><sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency><item><title><![CDATA[Un innovador plan de medicina prepaga incentiva la actividad física con reintegros y beneficios para deportistas]]></title><link>https://www.infobae.com/salud/2026/04/27/un-innovador-plan-de-medicina-prepaga-incentiva-la-actividad-fisica-con-reintegros-y-beneficios-para-deportistas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/salud/2026/04/27/un-innovador-plan-de-medicina-prepaga-incentiva-la-actividad-fisica-con-reintegros-y-beneficios-para-deportistas/</guid><description><![CDATA[La nueva propuesta ofrece cobertura ampliada, acceso a descuentos exclusivos y devolución de gastos en gimnasios y otras actividades ]]></description><pubDate>Mon, 27 Apr 2026 22:35:54 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>La <b>Organización Mundial de la </b><a href="https://www.infobae.com/salud/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/"><b>Salud</b></a> sostiene que la <b>actividad física regular</b> es determinante tanto para la salud física como mental. Entre los adultos, contribuye a la prevención y control de enfermedades no transmisibles, como las cardiovasculares, distintos tipos de cáncer y la diabetes. </p><p>Además, disminuye l<b>os síntomas de depresión y ansiedad,</b> y promueve la salud cerebral y el bienestar general. En el caso de niños y adolescentes, fomenta la formación de huesos saludables, impulsa el desarrollo óptimo de músculos y favorece tanto el crecimiento físico como el desarrollo motor y cognitivo, de acuerdo al organismo internacional.</p><h2>El nuevo plan que premia la actividad física regular</h2><p>En ese contexto, la <b>compañía Swiss Medical</b> anunció el lanzamiento de <b>Sport Plan</b>, una variante en su oferta de medicina prepaga diseñada específicamente para quienes realizan deporte de manera regular. </p><p>Este nuevo esquema responde a la creciente alianza entre hábitos saludables y propuestas de las empresas de salud a nivel internacional. Varios estudios científicos han comprobado una reducción del riesgo de muerte entre 20% y 35% en personas que practican ejercicio habitual, junto con mejoras evidentes en el bienestar psicológico y la calidad de vida. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QXIPNUODIRHE3NGRUV4UKOYAZI.png?auth=627dd7180959c6ecdc6cc55a2df4913bb24416f22b49d52005f5944f721695b5&smart=true&width=1408&height=768" alt="La Organización Mundial de la Salud destaca que la actividad física regular ayuda a prevenir enfermedades no transmisibles como cardiovasculares, cáncer y diabetes   (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La iniciativa de <b>Swiss Medical</b> no es aislada en el panorama argentino, sino que forma parte de una transformación mayor que busca integrar la vida activa con el acceso a servicios sanitarios de calidad. El <b>vicepresidente de Swiss Medical</b>, <b>Facundo Belocopitt,</b> indicó al medio que el objetivo central de la empresa es propiciar que las personas <b>“vivan más y mejor”</b>, y subrayó que <b>alentar la práctica deportiva regular</b> es una de las herramientas más eficaces para concretarlo.</p><p>Sport Plan introduce como innovación central el <b>reintegro de gastos en gimnasios y actividades deportivas diversas</b>. Belocopitt detalló: “Lo interesante es que el reintegro puede usarse tanto para cubrir parte de la cuota de un gimnasio como para cualquier actividad deportiva: clases de pádel, tenis, yoga, pilates, o lo que sea que a la persona le guste hacer”. Una <b>característica sobresaliente</b> de la propuesta es que no se acota a una disciplina única. La cobertura reconoce y estimula todos los formatos de ejercicio físico, incluyendo prácticas individuales o grupales, formales o recreativas.</p><h2>La evidencia internacional respalda el efecto del deporte en la longevidad</h2><p>La visión de <b>Swiss Medical</b> se sustenta en estudios como el <b>Copenhagen City Heart Study</b>, que identificaron en actividades específicas del deporte un impacto significativo en la esperanza de vida. Por ejemplo, la práctica de tenis puede asociarse, según esa investigación, a un <b>aumento de hasta 9,7 años</b> en la expectativa de vida.</p><p>A escala operativa, <b>Sport Plan</b> amplía la cobertura en áreas médicas fundamentales para quienes practican deporte: incluye consultas sin límite y reintegros en especialidades como <b>nutrición, traumatología, kinesiología y rehabilitación</b>. También abarca estudios orientados a la mejora del rendimiento físico. Los usuarios tendrán acceso a exámenes especializados y a servicios enfocados en la prevención de lesiones y el acompañamiento integral de la actividad física.</p><p>En complemento a los servicios médicos habituales, Sport Plan suma <b>beneficios exclusivos</b> para deportistas. Entre ellos, figuran descuentos en indumentaria deportiva, acceso a productos de recuperación como <b>saunas, baños de frío o botas de presoterapia</b>, además de la posibilidad de realizar estudios especializados como el análisis biomecánico de la marcha.</p><p>Una de las preguntas centrales que responde el nuevo programa es de qué modo un plan médico puede incentivar la actividad física y aportar beneficios concretos a sus miembros. </p><p>Según los datos informados por <i>Swiss Medical</i>, Sport Plan permite acceder a reintegros en gimnasios y otras actividades deportivas, amplía la cobertura en especialidades clave para quienes practican deporte y suma descuentos en insumos y tecnologías de recuperación. Además, incorpora estudios de diagnóstico vinculados al desempeño físico, configurando una opción integral pensada para quienes sostienen rutinas de ejercicio frecuentes. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UEB722LVSNERVCYKEBNWPRFZWI.png?auth=bec429f8249b92d2ee926764c8bbdcbdfbe845ea39a294dc06a042577122260b&smart=true&width=1408&height=768" alt="El plan de Swiss Medical amplía la cobertura médica para quienes practican deporte, incluyendo consultas ilimitadas en nutrición, kinesiología y traumatología (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La confluencia entre salud y actividad física, validada por organismos como la <b>OMS</b> y sustentada en investigaciones de referencia, es el eje conceptual que articula la iniciativa.</p><p>El lanzamiento de Sport Plan ocurre en el marco de un proceso de desarrollo institucional más amplio. <i>Swiss Medical</i> inauguró recientemente un nuevo centro médico en <b>Recoleta</b>, con una capacidad de atención que supera <b>las 40.000 personas mensuales</b>. Esta apertura se integra a otras realizadas en <b>Pilar</b> y al <b>Sanatorio Nordelta</b>, consolidando la estrategia de crecimiento y diversificación de servicios de la compañía en el mercado argentino.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UEB722LVSNERVCYKEBNWPRFZWI.png?auth=bec429f8249b92d2ee926764c8bbdcbdfbe845ea39a294dc06a042577122260b&amp;smart=true&amp;width=1408&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1408"><media:description type="plain"><![CDATA[El plan de Swiss Medical amplía la cobertura médica para quienes practican deporte, incluyendo consultas ilimitadas en nutrición, kinesiología y traumatología (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Cómo es el nuevo centro médico inaugurado en Recoleta que atenderá a más de 40.000 pacientes por mes]]></title><link>https://www.infobae.com/economia/2026/04/24/como-es-el-nuevo-centro-medico-inaugurado-en-recoleta-que-atendera-a-mas-de-40000-pacientes-por-mes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/economia/2026/04/24/como-es-el-nuevo-centro-medico-inaugurado-en-recoleta-que-atendera-a-mas-de-40000-pacientes-por-mes/</guid><description><![CDATA[El nuevo establecimiento de Swiss Medical estará conformado por un equipo de más de 450 especialistas y dispondrá de equipamiento avanzado para diagnóstico y asistencia médica integral]]></description><pubDate>Fri, 24 Apr 2026 18:50:36 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MBRZNRZM2JFFDMXNBZPR7KCZGM.jpg?auth=a39134c4f670a40bbc045df7c71540aebd022eb971126a0582b8476285959927&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Swiss Medical inauguró un nuevo centro médico en Recoleta con capacidad para atender a 40.000 pacientes por mes." height="1080" width="1920"/><p><b>Swiss Medical</b> inauguró su centro médico número 47 en la Ciudad de <b>Buenos Aires</b>, con capacidad para recibir a más de 40.000 pacientes cada mes. La apertura del establecimiento en la calle Larrea 1177, en el barrio porteño de Recoleta, consolida su red de atención ambulatoria en la capital argentina.</p><p>El flamante centro está equipado con tecnología de última generación, orientada tanto al diagnóstico por imágenes como a la atención médica integral. La instalación dispone de resonancia magnética nuclear, mamografía, ecografía, ecografía mamaria y otros estudios de alta complejidad, lo que amplía el alcance y la precisión de los diagnósticos ofrecidos a los pacientes de la compañía de medicina prepaga.</p><p>Según informaron de la empresa, más de 450 profesionales y personal administrativo forman parte del equipo que dará soporte a la nueva sede. Esta dotación permitirá ampliar la cantidad de turnos disponibles y mejorar la experiencia de quienes asisten al centro. </p><p>En tal sentido, <b>Swiss Medical </b>subrayó que la apertura busca optimizar la prestación de servicios. “Es una demostración más de nuestro trabajo diario para ofrecer la mejor experiencia a nuestros pacientes”, expresó <b>Facundo Belocopitt</b>, vicepresidente de la firma. Al mismo tiempo subrayó que el centro permitirá atender a “más de 40.000 pacientes por mes, lo que implica una mayor disponibilidad de turnos y mejor servicio”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KHOGGTKY3RDYFHPQKRSPW54QIE.jpg?auth=017ed1d16aabaf177a4ab49a154079e14f415376774e5584aefb75b44545c1cc&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Más de 450 profesionales y personal administrativo forman parte del equipo que dará soporte a la nueva sede." height="1080" width="1920"/><p>La instalación fue proyectada desde cero con el objetivo de integrar excelencia clínica, espacios adaptados al entorno familiar y un seguimiento constante de la experiencia del paciente. La compañía destacó en su comunicado que la infraestructura se apoya en la incorporación de nuevas tecnologías y la ampliación de la red de atención en puntos estratégicos del país.</p><p>El centro cuenta con consultorios de diversas especialidades, como clínica médica, pediatría, odontología general y pediátrica, otorrinolaringología, cardiología y ginecología. Esta variedad permite que personas de todas las edades accedan a una cobertura médica integral sin necesidad de desplazarse a diferentes sitios para completar sus consultas y estudios.</p><p>La apertura en <b>Recoleta</b> se suma a otras iniciativas recientes de <b>Swiss Medical</b>. En los últimos meses, la empresa inauguró un sanatorio en Nordelta, orientado al cuidado integral del paciente, y un centro médico en Pilar con capacidad para abordar más de 40 especialidades. Ambos espacios refuerzan la presencia de la compañía en la zona norte del conurbano bonaerense y ratifican su apuesta por la innovación, la calidad médica y el acceso a servicios de salud de alto nivel.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QG4FHKCO2FAWTLHUT2T6YKV7BE.jpg?auth=b4d3262d781040416477cc8c371188e07208b5e3bbe66b2cf547c9a75a337c7f&smart=true&width=1920&height=2560" alt="La apertura en Recoleta se suma a otras iniciativas recientes de Swiss Medical." height="2560" width="1920"/><p>El centro de Pilar, ubicado en el complejo <b>Tortugas Open Mall (TOM)</b>, incluye tecnología avanzada para estudios de resonancia magnética, radiografía, ecografía, mamografía y radiografía panorámica odontológica. Además, la atención cardiológica se realiza en colaboración con profesionales del Instituto Cardiovascular de Buenos Aires (ICBA).</p><p>La estrategia de crecimiento de <b>Swiss Medical</b> se caracteriza por la inversión en infraestructura sanitaria y la incorporación de tecnología de avanzada para responder a la demanda creciente de servicios médicos. Con la inauguración del centro de <b>Recoleta</b>, la compañía amplía su cartilla y mejora la disponibilidad de turnos en la ciudad.</p><p>La compañía enfatizó que sus espacios están diseñados para asegurar una experiencia de usuario que combine eficiencia, atención personalizada y recursos técnicos de última generación. El nuevo centro médico en el barrio porteño busca posicionarse como uno de los más modernos de la red y como referencia en la atención ambulatoria de la Ciudad de Buenos Aires.</p><p>“Esta nueva apertura es una demostración más de nuestro trabajo diario para ofrecer la mejor experiencia a nuestros pacientes”, afirmó <b>Facundo Belocopitt</b> en el comunicado oficial difundido por la empresa. “Más de 40.000 pacientes por mes, lo que implica una mayor disponibilidad de turnos y mejor servicio”, concluyo el directivo sobre el impacto de la ampliación del servicio.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MBRZNRZM2JFFDMXNBZPR7KCZGM.jpg?auth=a39134c4f670a40bbc045df7c71540aebd022eb971126a0582b8476285959927&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[El Gobierno inhabilitó otras cuatro prepagas: la lista completa de las empresas de salud que ya dio de baja]]></title><link>https://www.infobae.com/economia/2026/04/21/el-gobierno-inhabilito-otras-cuatro-prepagas-la-lista-completa-de-las-empresas-de-salud-que-ya-dio-de-baja/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/economia/2026/04/21/el-gobierno-inhabilito-otras-cuatro-prepagas-la-lista-completa-de-las-empresas-de-salud-que-ya-dio-de-baja/</guid><description><![CDATA[Desde el comienzo de la gestión de Milei, y en el contexto de un proceso de auditoría y regulación, se excluyó a más de 160 entidades]]></description><pubDate>Tue, 21 Apr 2026 19:04:54 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VGIL724UKNDSLJNDPL5SCNQ6KU.jpg?auth=e0f95ae4f56c67320d67420945e8ec14a4ae9d267842d94063409adb902874ab&smart=true&width=1456&height=816" alt="El Gobierno ya dio de baja 166 empresas de medicina prepaga que no desarrollaban operaciones efectivas. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El <b>Gobierno dio de baja otras </b><a href="https://www.infobae.com/politica/2026/03/13/el-gobierno-discontinuo-el-servicio-de-otras-10-prepagas-el-listado-completo/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/politica/2026/03/13/el-gobierno-discontinuo-el-servicio-de-otras-10-prepagas-el-listado-completo/"><b>cuatro empresas de medicina prepaga</b></a>, por lo que el total de entidades que perdieron su actividad durante la actual gestión alcanza los <b>166</b>. La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) denegó la inscripción definitiva en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga a cuatro organizaciones que no demostraron haber cumplido con los requisitos establecidos por la normativa actual, según un edicto publicado hoy en el Boletín Oficial.</p><p>“Esta decisión se tomó en el marco del reordenamiento del sistema de salud y precisamente en la depuración del padrón de agentes que lleva adelante el organismo, con el objetivo de garantizar transparencia, información confiable para los usuarios y reglas claras para los Agentes del Seguro de Salud”, indicaron desde la SSS. A continuación, se enumeran las cuatro prepagas que fueron dadas de baja:</p><ul><li><b>Su Medicina Asistencia S.A.</b> (R.N.E.M.P. Nº 1-1167-4)</li><li><b>Instituto Panamericano de Salud S.A.</b> (R.N.E.M.P. Nº 1-1602-0)</li><li><b>Imedical S.A. </b>(R.N.E.M.P. Nº 1-1517-1)</li><li><b>Seres</b> (R.N.E.M.P. Nº 1-1579-9)</li></ul><p>Estas acciones forman parte de los controles implementados por la Superintendencia, cuyo objetivo es “asegurar que<b> el padrón refleje únicamente a entidades que acrediten actividad real</b>, cuenten con afiliados y compitan libremente en el mercado”.</p><p>Desde el inicio de la gestión de Javier Milei, <b>166 entidades resultaron excluidas de este proceso regulatorio</b>. A fines de enero, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) ya había dispuesto 13 bajas. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IUJEICJOMRFCRLLW4I3OLUJMZY.png?auth=473d7bbd218648938ee137ee4ae95b1beddc57d3b5c178969bd97f16a98d5890&smart=true&width=1024&height=768" alt="La decisión forma parte de una serie de medidas que se lleva a cabo desde comienzos de 2024 (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1024"/><p>Fuentes oficiales explicaron a Infobae en ese momento: “<b>Las auditorías realizadas detectaron que se trataba de agentes ´fantasmas´, inscriptos en el registro, pero sin actividad, sin afiliados y sin documentación respaldatoria</b>“. “El objetivo es contar con un registro transparente, integrado únicamente por agentes que compitan libremente y brinden prestaciones de calidad a sus afiliados”, añadieron.</p><p>La revisión se inició en los primeros meses de la actual administración, luego de comprobar que el listado oficial contenía numerosas entidades habilitadas que no realizaban actividades concretas. En varios casos, correspondían a <b>prepagas sin afiliados, sin estructura y sin la documentación básica exigida por la normativa</b>. </p><p>La SSS aclaró que estas bajas no afectan a las compañías que continúan prestando servicios ni a los usuarios. Desde el Gobierno remarcaron que la medida adoptada no impacta en los afiliados del sistema de salud privado, ya que las entidades excluidas carecían de beneficiarios activos y no ofrecían prestaciones al momento de las inspecciones.</p><h2>El listado completo</h2><ul><li>Prepasa S.A. Prestadora para la Salud</li><li>Grupo Proyectar S.R.L.</li><li>Clínica Espora S.A.</li><li>Emergencias Médicas Fueguinas S.A.</li><li>SEM Olavarría S.R.L.</li><li>Emergencia Médica Privada S.A.</li><li>Grupo IE Traslados S.A.</li><li>Sanatorios Acreditados Integrados S.A.</li><li>Medinals S.A.</li><li>Del Sol S.A.</li><li>Veramed SRL</li><li>Cardioblas S.A.</li><li>Formar Salud S.A.</li><li>VFMH Desarrollos S.A.</li><li>Salud Patagónica S.A.</li><li>UB Asistencial S.A.</li><li>Cobertmed SRL</li><li>Azul Salud S.A.</li><li>Alianza Mediterránea de Salud S.A.</li><li>Premium Traslados S.R.L.</li><li>Carmed S.R.L.</li><li>Coop de Viv, Crédito y Consumo del Rosario Ltda.</li><li>Usina Popular Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y Sociales Ltda. de Necochea</li><li>Cooperativa de Trabajo 16 de Diciembre Limitada</li><li>Cooperativa de Trabajo Seinsa Ltda.</li><li>Cooperativa Bienestar Ltda.</li><li>Cooperativa de Trabajo Junto a Ti Ltda.</li><li>Firenze Cooperativa de Crédito, Consumo, Vivienda, Turismo y Servicios Asistenciales Ltda.</li><li>Cooperativa de Previsión y Crédito de Villa María Limitada</li><li>Asociación Mutual Bomberos Voluntarios de Villa Ballester</li><li>Asociación Mutual San Isidro Labrador</li><li>Asociación Mutual Médica Gualeguaychú</li><li>Asociación Mutual 24 de Octubre Cobertura Total</li><li>Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad Cultura Acción Social</li><li>Mutual del Círculo Médico del Departamento La Paz</li><li>Asociación Mutual Trabajo y Progreso</li><li>Asociación Mutual Renacer</li><li>Asociación Mutual 22 de Julio</li><li>Asociación Mutual Bancaria</li><li>Mutual Agua y Energía Salta</li><li>Mutual de Docentes Privados</li><li>Asociación Mutual Crecer</li><li>Centro Gallego Sociedad Mutual</li><li>Asociación Mutual Triángulo</li><li>Mutual de Integración Latinoamericana</li><li>Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos, Jubilados y Pensionados</li><li>Asociación Mutual Voluntarios por la Vida</li><li>Asociación Mutual Mercantil del Noroeste</li><li>Asociación Mutual Todos Unidos</li><li>Asociación Mutual de Servicios 14 de Diciembre de la Provincia de San Juan</li><li>Asociación Mutual para el Desarrollo y Crecimiento Social Crecer</li><li>Unión Mutualista de Jubilados y Pensionados de Córdoba</li><li>Asociación Mutual del Personal de Comercio y Actividades Civiles de la Ciudad de Oberá y L. N. Alem</li><li>Asociación Mutual Pedro Campos</li><li>Mutual de Directivos, Ex Directivos, Funcionarios y Ex Funcionarios de Mutuales de Bancos Privados de la RA</li><li>Círculo de Suboficiales de la Prefectura Naval Argentina Protección Recíproca</li><li>Mutual Mediterránea de Servicios Integrales</li><li>Mutual Solidaria Génesis</li><li>Magna Salud S.R.L.</li><li>OMSA Prosal S.A.</li><li>Sanatorio San Jerónimo Norte S.R.L.</li><li>Emergencias Médicas Santa María S.A.</li><li>Medicina Asistencial Privada S.R.L.</li><li>Medycin S.R.L.</li><li>IE Emergencias Chivilcoy S.A.</li><li>Emesec Emergencias Médicas Esteban Echeverría S.A.</li><li>Compañía Global de Salud S.A.</li><li>Vivir Medicina Privada S.A.</li><li>Medical S.R.L.</li><li>Servicio de Urgencias Médicas Ushuaia S.R.L.</li><li>Siempre S.R.L.</li><li>Merli Elva Ana y Lanter Patricio Eduardo S.H.</li><li>Roma Salud S.A.</li><li>Opsal S.A.</li><li>Master Med System S.R.L.</li><li>Coseguro Total S.R.L.</li><li>Centro Médico del Parque SDH</li><li>Mitre Medical Network S.A.</li><li>Salud Total S.A.</li><li>Confederada Salud SRL</li><li>Noba Pampa Salud SRL</li><li>Quince</li><li>MPN Medical International S.A.</li><li>Compañía Mediterránea de Salud S.A.</li><li>Gerenciar Salud SRL</li><li>Medicin Care Servicios Médicos Domiciliarios S.A.</li><li>Prepaga SRL</li><li>Aio Care S.R.L.</li><li>Medicina Privada San Juan Bautista S.A.</li><li>Centro Salud S.A.</li><li>Medicina Argentina S.A.</li><li>Sid Medical S.A.</li><li>Acarti S.A.</li><li>Comi Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios en el Área de la Salud</li><li>Comese Coop. Ltda.</li><li>Cooperativa Argentina de Medicina Integral-CAMI- de Trabajo Ltda.</li><li>Cooperativa de Trabajo de Medicina Asistencial Integrada de Diamante Limitada</li><li>Mutual del Círculo Médico del Departamento Federación</li><li>Mutual de Activos y Pasivos</li><li>Asociación Mutual Ciudadanos Bonaerenses</li><li>Asociación Mutual de Profesionales de la Salud de la República Argentina</li><li>Asociación Mutual de Asistencia a la Tercera Edad</li><li>Mutual Doce de Enero</li><li>Asociación Mutual de Óptica Integral</li><li>Asociación Mutual Versailles</li><li>Mutual de Servicios Médicos y Tratamiento de la Hipoacusia</li><li>Asociación Mutual Los Andes</li><li>Amtapra</li><li>Asociación Mutual Arquitas</li><li>Asociación Mutual Veteranos Argentinos</li><li>Mutual Ibatin</li><li>Círculo Médico de 25 de Mayo (SAMI 25 de Mayo)</li><li>Staff Médico S.A.,</li><li>Sancor Medicina Privada S.A</li><li>Obra Social del Personal Aeronáutico</li><li>Asociación Mutual Trabajadores Actividad Repostería – Servicios Relacionados con la Salud Humana</li><li>Mutual Persona John Deere Argentina</li><li>Asistencia Mutual Aeronavegante</li><li>Instituto Médico Asistencial IMA</li><li>Centro Médico Mar del Plata Asociación Civil</li><li>Obra Social de la Cámara de la Industria Curtidora Argentina</li><li>Asociación Mutual Integral de Consumos y Servicios</li><li>Asociación Mutual de Comerciantes Bartolomé Mitre</li><li>Gran Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo Ltda.</li><li>Asociación Mutual Bs. As. Staff de Medicina y Servicios</li><li>Asociación Mutual Intercooperativa</li><li>Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Villa Cañas Limitada</li><li>Instituto Materno Infantil S.A.</li><li>Empy SRL</li><li>Asociación Mutual del Personal del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación</li><li>Austral Organización Médica Integral</li><li>Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Créditos Cuenca del Salado Ltda</li><li>Plural Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda</li><li>IE Emergencias Médicas Bolivar S.A.</li><li>Cardio S.A.</li><li>Mutual de Ayuda entre Profesionales del Arte de Curar del Sanatorio Garay</li><li>Asociación Mutual Mercantil del Personal de la Asociación Gremial de Empleados de Comercio de Córdoba</li><li>Plan Odontológico Integral S.A.</li><li>Cámara de Tabaco de Misiones</li><li>Codime S.A.</li><li>Mapfre Salud S.A.</li><li>Sociedad Médica Universitaria S.A.</li><li>Carra Salud S.A.</li><li>Huinca Salud</li><li>Rescate Centro S.A.</li><li>Emergencia Río Cuarto (Aspurc)</li><li>Emergencias Médicas Punilla S.A.</li><li>Grupo Gerenciador G4 S.A.</li><li>Emergencia Cardio Asistencial S.A.</li><li>Pangea S.A.</li><li>Obra Social del Personal de la Industria Lechera (Atilra)</li><li>Armiento S.A. (Grupo A Mano)</li><li>Círculo Médico de San Luis</li><li>Círculo Médico de Bragado</li><li>Policlínico Lomas Medicina Prepaga Sociedad Anónima</li><li>Protección Médica SRL</li><li>ECSA Salud</li><li>Obra Social de la Federación de Cámaras y Centro Comerciales Zonales de la República Argentina</li><li>And the Yellow Too S.A.</li><li>Asociación Mutual de Trabajadores Municipales de Rosario</li><li>Asociación Española de Socorros Mutuos-Villa Constitución </li><li>Mutual Odontológica Argentina</li><li>Su Medicina Asistencia S.A. </li><li>Instituto Panamericano de Salud S.A.</li><li>Imedical S.A. </li><li>Seres </li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/VGIL724UKNDSLJNDPL5SCNQ6KU.jpg?auth=e0f95ae4f56c67320d67420945e8ec14a4ae9d267842d94063409adb902874ab&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[El Gobierno ya dio de baja 166 empresas de medicina prepaga que no desarrollaban operaciones efectivas. (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Gobierno dio de baja el servicio de otras 10 prepagas: el listado completo]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2026/03/13/el-gobierno-discontinuo-el-servicio-de-otras-10-prepagas-el-listado-completo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2026/03/13/el-gobierno-discontinuo-el-servicio-de-otras-10-prepagas-el-listado-completo/</guid><description><![CDATA[Desde el inicio de la gestión de Milei, y en el marco de un proceso regulatorio, ya fueron excluidas más de 162 entidades]]></description><pubDate>Fri, 13 Mar 2026 13:27:35 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IUJEICJOMRFCRLLW4I3OLUJMZY.png?auth=473d7bbd218648938ee137ee4ae95b1beddc57d3b5c178969bd97f16a98d5890&smart=true&width=1024&height=768" alt="La decisión forma parte de una serie de medidas que se lleva a cabo desde comienzos de 2024 (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1024"/><p>La <b>Superintendencia de Servicios de Salud de Argentina</b> resolvió inscribir a la <b>Obra Social de Comisarios Navales</b> en el <b>registro oficial de entidades de medicina prepaga</b> y, en paralelo, desvincular a diez empresas del sistema, como parte de un plan de fiscalización del sector, según se consignó en el Boletín Oficial.</p><p>De acuerdo a la Resolución 446/2026, y un edicto firmado por <b>Silvia Noemí Viazzi</b>, secretaria general del organismo, esta medida responde al nuevo marco de fiscalización oficial, donde se busca que solo operen entidades que demuestren actividad real, cumplan requisitos legales y fortalezcan la transparencia y la competencia en el mercado argentino.</p><p>La norma se fundamenta en la reactivación de inscripciones, tras una suspensión implementada en 2020 por emergencia sanitaria. El procedimiento para las nuevas altas, a su vez, exige la presentación de documentación completa y el cumplimiento de varios requisitos.</p><p>En cuanto a la exclusión de diez empresas de <b>medicina prepaga, l</b>as entidades desvinculadas son: Círculo Médico de San Luis, Círculo Médico de Bragado, Policlínico Lomas Medicina Prepaga Sociedad Anónima, Protección Médica SRL, ECSA Salud, Obra Social de la Federación de Cámaras y Centro Comerciales Zonales de la República Argentina, And the Yellow Too S.A., Asociación Mutual de Trabajadores Municipales de Rosario, Asociación Española de Socorros Mutuos-Villa Constitución y Mutual Odontológica Argentina.</p><p>Desde el inicio de la gestión de Javier Milei, más de <b>162 entidades</b> fueron excluidas en este proceso regulatorio. A finales de enero, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) <a href="https://www.infobae.com/politica/2026/01/29/el-gobierno-oficializo-la-baja-de-otras-13-empresas-de-medicina-prepaga/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2026/01/29/el-gobierno-oficializo-la-baja-de-otras-13-empresas-de-medicina-prepaga/">ya había dado 13 bajas.</a> “<b>Las auditorías realizadas detectaron que se trataba de agentes ´fantasmas´, inscriptos en el registro, pero sin actividad, sin afiliados y sin documentación respaldatoria</b>“, afirmaron fuentes oficiales a <b>Infobae</b> en aquel momento.</p><p>“El objetivo es contar con un registro transparente, integrado únicamente por agentes que compitan libremente y brinden prestaciones de calidad a sus afiliados”, agregaron desde el Gobierno.</p><p>La lista completa</p><ul><li>Prepasa S.A. Prestadora para la Salud</li><li>Grupo Proyectar S.R.L.</li><li>Clínica Espora S.A.</li><li>Emergencias Médicas Fueguinas S.A.</li><li>SEM Olavarría S.R.L.</li><li>Emergencia Médica Privada S.A.</li><li>Grupo IE Traslados S.A.</li><li>Sanatorios Acreditados Integrados S.A.</li><li>Medinals S.A.</li><li>Del Sol S.A.</li><li>Veramed SRL</li><li>Cardioblas S.A.</li><li>Formar Salud S.A.</li><li>VFMH Desarrollos S.A.</li><li>Salud Patagónica S.A.</li><li>UB Asistencial S.A.</li><li>Cobertmed SRL</li><li>Azul Salud S.A.</li><li>Alianza Mediterránea de Salud S.A.</li><li>Premium Traslados S.R.L.</li><li>Carmed S.R.L.</li><li>Coop de Viv, Crédito y Consumo del Rosario Ltda.</li><li>Usina Popular Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y Sociales Ltda. de Necochea</li><li>Cooperativa de Trabajo 16 de Diciembre Limitada</li><li>Cooperativa de Trabajo Seinsa Ltda.</li><li>Cooperativa Bienestar Ltda.</li><li>Cooperativa de Trabajo Junto a Ti Ltda.</li><li>Firenze Cooperativa de Crédito, Consumo, Vivienda, Turismo y Servicios Asistenciales Ltda.</li><li>Cooperativa de Previsión y Crédito de Villa María Limitada</li><li>Asociación Mutual Bomberos Voluntarios de Villa Ballester</li><li>Asociación Mutual San Isidro Labrador</li><li>Asociación Mutual Médica Gualeguaychú</li><li>Asociación Mutual 24 de Octubre Cobertura Total</li><li>Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad Cultura Acción Social</li><li>Mutual del Círculo Médico del Departamento La Paz</li><li>Asociación Mutual Trabajo y Progreso</li><li>Asociación Mutual Renacer</li><li>Asociación Mutual 22 de Julio</li><li>Asociación Mutual Bancaria</li><li>Mutual Agua y Energía Salta</li><li>Mutual de Docentes Privados</li><li>Asociación Mutual Crecer</li><li>Centro Gallego Sociedad Mutual</li><li>Asociación Mutual Triángulo</li><li>Mutual de Integración Latinoamericana</li><li>Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos, Jubilados y Pensionados</li><li>Asociación Mutual Voluntarios por la Vida</li><li>Asociación Mutual Mercantil del Noroeste</li><li>Asociación Mutual Todos Unidos</li><li>Asociación Mutual de Servicios 14 de Diciembre de la Provincia de San Juan</li><li>Asociación Mutual para el Desarrollo y Crecimiento Social Crecer</li><li>Unión Mutualista de Jubilados y Pensionados de Córdoba</li><li>Asociación Mutual del Personal de Comercio y Actividades Civiles de la Ciudad de Oberá y L. N. Alem</li><li>Asociación Mutual Pedro Campos</li><li>Mutual de Directivos, Ex Directivos, Funcionarios y Ex Funcionarios de Mutuales de Bancos Privados de la RA</li><li>Círculo de Suboficiales de la Prefectura Naval Argentina Protección Recíproca</li><li>Mutual Mediterránea de Servicios Integrales</li><li>Mutual Solidaria Génesis</li><li>Magna Salud S.R.L.</li><li>OMSA Prosal S.A.</li><li>Sanatorio San Jerónimo Norte S.R.L.</li><li>Emergencias Médicas Santa María S.A.</li><li>Medicina Asistencial Privada S.R.L.</li><li>Medycin S.R.L.</li><li>IE Emergencias Chivilcoy S.A.</li><li>Emesec Emergencias Médicas Esteban Echeverría S.A.</li><li>Compañía Global de Salud S.A.</li><li>Vivir Medicina Privada S.A.</li><li>Medical S.R.L.</li><li>Servicio de Urgencias Médicas Ushuaia S.R.L.</li><li>Siempre S.R.L.</li><li>Merli Elva Ana y Lanter Patricio Eduardo S.H.</li><li>Roma Salud S.A.</li><li>Opsal S.A.</li><li>Master Med System S.R.L.</li><li>Coseguro Total S.R.L.</li><li>Centro Médico del Parque SDH</li><li>Mitre Medical Network S.A.</li><li>Salud Total S.A.</li><li>Confederada Salud SRL</li><li>Noba Pampa Salud SRL</li><li>Quince</li><li>MPN Medical International S.A.</li><li>Compañía Mediterránea de Salud S.A.</li><li>Gerenciar Salud SRL</li><li>Medicin Care Servicios Médicos Domiciliarios S.A.</li><li>Prepaga SRL</li><li>Aio Care S.R.L.</li><li>Medicina Privada San Juan Bautista S.A.</li><li>Centro Salud S.A.</li><li>Medicina Argentina S.A.</li><li>Sid Medical S.A.</li><li>Acarti S.A.</li><li>Comi Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios en el Área de la Salud</li><li>Comese Coop. Ltda.</li><li>Cooperativa Argentina de Medicina Integral-CAMI- de Trabajo Ltda.</li><li>Cooperativa de Trabajo de Medicina Asistencial Integrada de Diamante Limitada</li><li>Mutual del Círculo Médico del Departamento Federación</li><li>Mutual de Activos y Pasivos</li><li>Asociación Mutual Ciudadanos Bonaerenses</li><li>Asociación Mutual de Profesionales de la Salud de la República Argentina</li><li>Asociación Mutual de Asistencia a la Tercera Edad</li><li>Mutual Doce de Enero</li><li>Asociación Mutual de Óptica Integral</li><li>Asociación Mutual Versailles</li><li>Mutual de Servicios Médicos y Tratamiento de la Hipoacusia</li><li>Asociación Mutual Los Andes</li><li>Amtapra</li><li>Asociación Mutual Arquitas</li><li>Asociación Mutual Veteranos Argentinos</li><li>Mutual Ibatin</li><li>Círculo Médico de 25 de Mayo (SAMI 25 de Mayo)</li><li>Staff Médico S.A.,</li><li>Sancor Medicina Privada S.A</li><li>Obra Social del Personal Aeronáutico</li><li>Asociación Mutual Trabajadores Actividad Repostería – Servicios Relacionados con la Salud Humana</li><li>Mutual Persona John Deere Argentina</li><li>Asistencia Mutual Aeronavegante</li><li>Instituto Médico Asistencial IMA</li><li>Centro Médico Mar del Plata Asociación Civil</li><li>Obra Social de la Cámara de la Industria Curtidora Argentina</li><li>Asociación Mutual Integral de Consumos y Servicios</li><li>Asociación Mutual de Comerciantes Bartolomé Mitre</li><li>Gran Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo Ltda.</li><li>Asociación Mutual Bs. As. Staff de Medicina y Servicios</li><li>Asociación Mutual Intercooperativa</li><li>Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Villa Cañas Limitada</li><li>Instituto Materno Infantil S.A.</li><li>Empy SRL</li><li>Asociación Mutual del Personal del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación</li><li>Austral Organización Médica Integral</li><li>Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Créditos Cuenca del Salado Ltda</li><li>Plural Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda</li><li>IE Emergencias Médicas Bolivar S.A.</li><li>Cardio S.A.</li><li>Mutual de Ayuda entre Profesionales del Arte de Curar del Sanatorio Garay</li><li>Asociación Mutual Mercantil del Personal de la Asociación Gremial de Empleados de Comercio de Córdoba</li><li>Plan Odontológico Integral S.A.</li><li>Cámara de Tabaco de Misiones</li><li>Codime S.A.</li><li>Mapfre Salud S.A.</li><li>Sociedad Médica Universitaria S.A.</li><li>Carra Salud S.A.</li><li>Huinca Salud</li><li>Rescate Centro S.A.</li><li>Emergencia Río Cuarto (Aspurc)</li><li>Emergencias Médicas Punilla S.A.</li><li>Grupo Gerenciador G4 S.A.</li><li>Emergencia Cardio Asistencial S.A.</li><li>Pangea S.A.</li><li>Obra Social del Personal de la Industria Lechera (Atilra)</li><li>Armiento S.A. (Grupo A Mano)</li><li>Círculo Médico de San Luis</li><li>Círculo Médico de Bragado</li><li>Policlínico Lomas Medicina Prepaga Sociedad Anónima</li><li>Protección Médica SRL</li><li>ECSA Salud</li><li>Obra Social de la Federación de Cámaras y Centro Comerciales Zonales de la República Argentina</li><li>And the Yellow Too S.A.</li><li>Asociación Mutual de Trabajadores Municipales de Rosario</li><li>Asociación Española de Socorros Mutuos-Villa Constitución </li><li>Mutual Odontológica Argentina</li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/IUJEICJOMRFCRLLW4I3OLUJMZY.png?auth=473d7bbd218648938ee137ee4ae95b1beddc57d3b5c178969bd97f16a98d5890&amp;smart=true&amp;width=1024&amp;height=768" type="image/png" height="768" width="1024"><media:description type="plain"><![CDATA[La decisión forma parte de una serie de medidas que se lleva a cabo desde comienzos de 2024 (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu"></media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Neuquén: la Justicia ordenó a una prepaga cubrir medicación y vuelo para una joven trasplantada de corazón]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/20/neuquen-la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-medicacion-y-vuelo-para-una-joven-trasplantada-de-corazon/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/20/neuquen-la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-medicacion-y-vuelo-para-una-joven-trasplantada-de-corazon/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description></description><pubDate>Fri, 20 Feb 2026 07:07:54 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AG53TDRRZVDYRNSD7VJVYMOVJ4.png?auth=94cde6b42282eb0d09d5b1522aa3e74a361229882c378816e682375e33bd91af&smart=true&width=1408&height=768" alt="La Justicia Federal de Neuquén ordenó a una empresa de medicina prepaga cubrir medicación inmunosupresora y traslados aéreos para una joven trasplantada de corazón (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La Justicia Federal de Neuquén ordenó a una empresa de <a href="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/"><b>medicina prepaga</b></a> que, en el plazo de un día, entregue la <b>medicación inmunosupresora</b> que necesita para sobrevivir una joven de <b>29 años</b> <a href="https://www.infobae.com/tag/transplante-de-corazon/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/transplante-de-corazon/"><b>trasplantada de corazón</b></a>, autorice un estudio cardíaco de control y cubra pasajes aéreos, alojamiento y traslados para que pueda atenderse en un hospital privado de la Ciudad de Buenos Aires. La decisión fue dictada como <b>medida cautelar</b> ante el riesgo de rechazo del órgano.</p><p>La resolución fue firmada este jueves por la titular del Juzgado Federal N°1 de esa provincia, <b>María Carolina Pandolfi</b>, en el marco de una <a href="https://www.infobae.com/tag/accion-de-amparo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/accion-de-amparo/"><b>acción de amparo</b></a><b> </b>promovida por la afiliada por medio de sus <b>apoderados</b>, con el objetivo de que se restablezca la <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/27/la-justicia-ordeno-a-una-obra-social-cubrir-una-formula-especial-para-una-bebe-con-alergia-alimentaria-severa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/27/la-justicia-ordeno-a-una-obra-social-cubrir-una-formula-especial-para-una-bebe-con-alergia-alimentaria-severa/"><b>cobertura médica </b></a>que, según denunció, estaba bloqueada en el sistema de autorizaciones.</p><p>De acuerdo con lo relatado en el fallo, al que tuvo acceso <b>Infobae</b>, el 6 de junio de 2025 la joven se había realizado <b>estudios prequirúrgicos</b> para una intervención menor, “en los que se confirmó la inexistencia de <b>patologías</b> de base”. Sin embargo, tres días después, durante la operación, se produjo -según se expuso- “una falla de coordinación gravísima de parte del<b> personal médico</b> que la asistió”, lo que derivó en “una<b> </b>falla cardíaca irreversible”. El cuadro obligó a un <a href="https://www.infobae.com/salud/2026/01/22/no-podia-salir-de-la-cama-y-hoy-puedo-correr-la-historia-detras-de-un-caso-emblematico-de-trasplante-cardiaco/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/2026/01/22/no-podia-salir-de-la-cama-y-hoy-puedo-correr-la-historia-detras-de-un-caso-emblematico-de-trasplante-cardiaco/"><b>trasplante cardíaco</b></a><b> de urgencia</b> y a eso se sumó una “isquemia severa” que derivó en la amputación de su pierna derecha por encima de la rodilla.</p><p>Desde entonces, dijo la paciente a través de sus apoderados, su vida depende de controles permanentes y de un tratamiento farmacológico de por vida. En la <b>historia clínica</b> acompañada al expediente se la identifica como “trasplantada cardíaca del día 17/06/2025” y se indica la prescripción de “<b>Tacrolimus 1</b> mg -cáps- 4 mg cada 12 horas” y “<b>Micofenolato sódico</b> 360 mg -1 comps. cada 12 horas”, medicación que debe administrarse “(…) <b>de por vida</b>, dependiendo de evolución del paciente y criterio médico”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UOCAT3KUI5BJTH4RAWLRRMMPCU.jpg?auth=08547e86eeaa0645cd713595ef9017e88da59c278c986a32459f9e0b684bf345&smart=true&width=1080&height=706" alt="La medida cautelar exige la entrega urgente de inmunosupresores para evitar el rechazo del órgano trasplantado (Foto ilustrativa: EsSalud)" height="706" width="1080"/><p>Se trata de <b>medicación inmunosupresora</b>, es decir, fármacos que reducen la respuesta del <b>sistema inmunológico</b> para impedir que el organismo ataque al órgano recién trasplantado. En <b>pacientes cardíacos</b>, la suspensión del tratamiento puede desencadenar en un rechazo agudo. En su presentación judicial, la afiliada precisó que la medicación no era “opcional ni postergable”, ya que sin ella el sistema inmunológico “atacará el <b>corazón trasplantado</b> provocando el rechazo agudo del órgano y la <b>consecuente muerte</b> en cuestión de días”.</p><p>El 2 de febrero de 2026 demandó la <b>cobertura de los medicamentos</b> a través de la aplicación de la prepaga. Según consta en el expediente, los pedidos figuraban en estado “Observado”, situación que demostró con distintas <b>capturas de pantalla</b>. Para la magistrada que intervino en el amparo, con la “precariedad que demanda esta <b>etapa inicial</b> del proceso”, estaban acreditadas la condición médica de la actora, la <b>prescripción del tratamiento</b> y la negativa de la empresa de salud a brindar las prestaciones.</p><p>Pero además del tratamiento farmacológico, la paciente debe realizarse el 9 de marzo una <b>biopsia endomiocárdica</b> y un <b>ecodoppler de vasos del cuello</b> en el Hospital Italiano de la Ciudad de Buenos Aires. La biopsia, en rigor, consiste en extraer una pequeña muestra del <b>músculo cardíaco</b> para detectar posibles signos de rechazo, un estudio habitual en <b>personas trasplantadas</b>. Para poder asistir a esos controles, la demandante solicitó <b>pasajes aéreos ida y vuelta </b>entre Neuquén y Aeroparque, alojamiento y traslados especiales para ella y un acompañante.</p><p>En el fallo se señala que el <b>traslado aéreo</b> “sería el único medio de transporte idóneo”, teniendo en cuenta que se trata de una <b>paciente trasplantada</b> <b>y amputada</b>, en una situación de “extrema vulnerabilidad”. Si bien no se acompañó constancia formal del pedido de cobertura de los estudios y traslados, la jueza Pandolfi recordó un precedente según el cual, en esta misma <b>etapa cautelar</b>, no se requiere “certeza sino solamente la <b>apariencia suficiente</b>” de que la gestión fue realizada, en tanto “no se explicaría el capricho del actor de no hacerlo disponiendo de los elementos”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ATKBR4TR4RF5DNB2RI6GF52INQ.jpeg?auth=7dd42fe9f9ec7ef9e5f3aceeeb353da17c37c0b7b8cca4f00c1dc31e629dd4d3&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El fallo también obliga a la prepaga a autorizar una biopsia endomiocárdica en el Hospital Italiano y cubrir el vuelo entre Neuquén y Aeroparque (Gentileza: X)" height="1080" width="1920"/><p>Al analizar los requisitos de la <b>medida cautelar</b>, la titular del Juzgado Federal de Neuquen N°1 destacó el “elevado rango del <b>derecho constitucional</b> en juego –derecho a la salud–”, tratándose de una persona alcanzada por la <b>ley 24.901</b> y protegida por la <b>ley 26.928</b>, que establece que las entidades de <b>medicina prepaga</b> “deben brindar (…) cobertura del ciento por ciento <b>(100%)</b> en la <b>provisión de medicamentos</b>, <b>estudios diagnósticos</b> y <b>prácticas de atención </b>de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante”. También citó la <b>ley 27.447</b>, que reconoce a los<b> pacientes receptores de órganos</b> el “Derecho a la cobertura integral del tratamiento y del seguimiento posterior”.</p><p>Respecto al <b>peligro en la demora</b>, necesario para avalar la solicitud de la afiliada, subrayó que el inmunosupresor es un fármaco que “no debe suspender ni modificar”, lo que “<b>evidencia la urgencia del pedido</b>”.</p><p>Con todo, la jueza resolvió hacer lugar a la medida cautelar y ordenó que, en el plazo de un día, la empresa entregue la <b>medicación inmunosupresora</b>, emita los pasajes aéreos entre Neuquén y Buenos Aires, garantice el alojamiento y los traslados especiales, y autorice la <b>biopsia endomiocárdica</b> y el ecodoppler programados. </p><p>La cobertura deberá extenderse “hasta que exista sentencia firme”, siempre que se mantenga la <b>prescripción médica</b>, bajo apercibimiento de aplicar sanciones en caso de incumplimiento.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UOCAT3KUI5BJTH4RAWLRRMMPCU.jpg?auth=08547e86eeaa0645cd713595ef9017e88da59c278c986a32459f9e0b684bf345&amp;smart=true&amp;width=1080&amp;height=706" type="image/jpeg" height="706" width="1080"><media:description type="plain"><![CDATA[La medida cautelar exige la entrega urgente de inmunosupresores para evitar el rechazo del órgano trasplantado (Foto ilustrativa: EsSalud)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Qué es la cirugía robótica y cómo revoluciona los tratamientos de problemas de próstata en Argentina]]></title><link>https://www.infobae.com/salud/ciencia/2026/02/04/que-es-la-cirugia-robotica-y-como-revoluciona-los-tratamientos-de-problemas-de-prostata-en-argentina/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/salud/ciencia/2026/02/04/que-es-la-cirugia-robotica-y-como-revoluciona-los-tratamientos-de-problemas-de-prostata-en-argentina/</guid><description><![CDATA[El uso de tecnología avanzada en intervenciones ha permitido reducir riesgos, acortar los tiempos de recuperación y optimizar la precisión quirúrgica]]></description><pubDate>Wed, 04 Feb 2026 20:24:42 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WYBOFWUOQVF6FLHDNIHFIQTM24.jpeg?auth=206d7988d4ca92227e76a3e164279ec1756bd5fa07a52822ffd00d2c53b7f06c&smart=true&width=1507&height=841" alt="Gracias a la visión tridimensional en alta definición que ofrece el sistema robótico Toumai, los cirujanos pueden ampliar el campo quirúrgico hasta diez veces, mejorando la precisión y los resultados clínicos en las intervenciones prostáticas (Sanatorio Agote)" height="841" width="1507"/><p>La irrupción de la <b>cirugía robótica</b> ha transformado el abordaje de problemas de próstata en <b>Argentina</b>, marcando una nueva era de tratamientos con menores riesgos, mejor recuperación y una eficiencia quirúrgica sin precedentes. </p><p>La incorporación del <b>sistema robótico </b>Toumai en el Sanatorio Agote, con un valor superior a <b>USD 2,5 millones</b>, consagra al país como referente en la adopción de tecnología sanitaria de vanguardia, al facilitar resultados superiores en la recuperación de la continencia urinaria, la preservación de la función sexual y la disminución de los periodos posoperatorios.</p><p>El sistema tiene una dotación de funcionalidades que lo distingue en el plano internacional. Su capacidad de conectividad 5G y una <b>latencia inferior a 40 milisegundos</b> habilitan la <b>telecirugía en tiempo real</b>, por la cual especialistas de distintos países pueden colaborar o supervisar intervenciones a distancia. </p><p>Este avance, al que se sumará próximamente la integración de <b>inteligencia artificial,</b> permite que la experiencia clínica más sofisticada sea accesible en cualquier lugar, elevando significativamente la calidad de atención para los pacientes argentinos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3F2XGSP4I5EWLMV3YSYCZO4XJM.jpeg?auth=869a2e4916e7185909f9a6ca8cef16c5b19cc4b34c9687f7f4ebbf6965b3492f&smart=true&width=1507&height=841" alt="El 98% de los pacientes sometidos a cirugía robótica de próstata con Toumai recuperan el control urinario en etapas tempranas, según datos del Sanatorio Agote, lo que refleja el impacto positivo de esta tecnología en la calidad de vida" height="841" width="1507"/><p>La <b>próstata </b>es una glándula del sistema reproductor masculino, ubicada justo debajo de la vejiga, que produce el líquido que forma parte del semen. Según <i>Medline Plus</i>, el sitio de la Biblioteca Nacional de Medicina de <b>Estados Unidos</b>, cualquier persona con próstata puede presentar problemas prostáticos, aunque ciertos factores aumentan el riesgo. </p><p>La probabilidad de desarrollar prostatitis es mayor en quienes han tenido infecciones en las vías urinarias inferiores, lesiones o cirugías que dañaron los nervios del tracto urinario, o situaciones de <b>estrés emocional</b>. Por otro lado, el riesgo de agrandamiento de la próstata (HPB) se incrementa a partir de los 40 años, si existen antecedentes familiares de hiperplasia prostática benigna o condiciones de salud como <b>obesidad, enfermedad cardíaca, problemas circulatorios o diabetes tipo 2</b>, así como en personas que no realizan suficiente ejercicio.</p><p>Los beneficios concretos proporcionados por el mencionado sistema se reflejan en los resultados clínicos. Según datos del propio <b>Sanatorio Agote</b>, <b>el 98% de los pacientes</b> sometidos a cirugía robótica prostática con Toumai logran recuperar el control urinario total en etapas tempranas, lo cual se atribuye a una visión tridimensional de alta definición, capaz de ampliar el campo quirúrgico hasta diez veces.</p><h2>Datos clave y resultados</h2><p>La experiencia del paciente se optimiza aún más por la preservación de los nervios encargados de la erección, gracias a la precisión que proporciona el Toumai. El doctor <b>Fernando Monti</b>, jefe de Urología del Sanatorio Agote, explicó que esta tecnología facilita la preservación de <b>estructuras nerviosas microscópicas</b>, cruciales para mantener la función sexual tras una intervención de próstata. </p><p>“El gran diferencial está en que nos permite realizar procedimientos extremadamente precisos y preservar nervios clave que, de otro modo, serían imposibles de proteger”, afirmó el especialista.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2IB7RQCPSVGXTCWB652NMKSVNE.jpeg?auth=81e0c0182c8d35424005138c66933953cd4f41751e7e3aef4fe454cce1281762&smart=true&width=1600&height=899" alt="El Toumai, instalado en el Sanatorio Agote, incorpora conectividad 5G y latencia menor a 40 milisegundos, lo que facilita la telecirugía internacional en tiempo real, posibilitando la colaboración remota de especialistas de diferentes países" height="899" width="1600"/><p>De acuerdo con las cifras del centro médico, esta precisión milimétrica logra reducir la incidencia de impotencia hasta en un <b>80% en relación con la cirugía abierta</b>. Además, la utilización de brazos robóticos—controlados en todo momento por el cirujano desde una consola—proporciona mayor flexibilidad y acceso a áreas anatómicas difíciles, sin que el robot opere de manera autónoma. “La destreza del médico sigue siendo determinante, aunque la herramienta nos da una ventaja incomparable para acceder con menor trauma y mayor seguridad”, sostuvo Monti.</p><p>Uno de los factores diferenciales del sistema Toumai es su variedad de tecnologías aplicadas: <b>feedback hepático</b>, consola abierta, supresión de temblores y visualización en <b>3D HD</b>. Estas características, junto a la opción de telecirugía por conectividad 5G aprobada, lo convierten en un sistema apto no solo para urología, sino también para cirugía general, ginecología y tórax, expandiendo su potencial a múltiples especialidades.</p><p>La eficiencia en el quirófano evidencia otra de sus ventajas: los procedimientos asistidos por robótica logran una <b>reducción del tiempo quirúrgico del 25%</b>, lo que se traduce en menor permanencia bajo anestesia y una reincorporación acelerada a la vida cotidiana. En la práctica, esto implica que muchos pacientes reciben el alta médica entre <b>24 y 48 horas después de la operación</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7ER6BSCUPVBVDFSLAIUADBB4TI.jpg?auth=8c5001a6f74844dba96e407bc2e1a74eed2d9aa7d8d2f7143a84b66ae464eaed&smart=true&width=1456&height=818" alt="La próstata, glándula clave del sistema reproductor masculino ubicada bajo la vejiga, puede presentar problemas cuyo riesgo aumenta con la edad, antecedentes familiares, obesidad, enfermedad cardíaca, problemas circulatorios y diabetes tipo 2 (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="818" width="1456"/><p>La tecnología robótica, especialmente para el tratamiento de <b>cáncer de próstata</b> o hiperplasia benigna severa, elimina muchos de los riesgos históricamente asociados a la cirugía convencional. La precisión de las incisiones y la reducción del trauma quirúrgico contribuyen a una mejor preservación del tejido y una menor necesidad de asistencia postoperatoria.</p><p>El impacto también se observa en el abordaje de otras enfermedades urológicas, como las de riñón. Al minimizar los tiempos de isquemia y permitir incisiones sumamente precisas, el Toumai posibilita la conservación del tejido renal sano y disminuye el riesgo futuro de diálisis.</p><p>Esta revolución en la atención médica está empezando a ser reconocida por el sistema de salud argentino. Algunas empresas de medicina prepaga ya han implementado políticas de <b>hasta un 20% de cobertura o descuento</b> para quienes opten por la cirugía robótica, dado que la evidencia de una recuperación acelerada y menos complicaciones resulta convincente para los financiadores.</p><p>Aunque la <b>urología</b> se mantiene a la vanguardia en la adopción de estos recursos, el Sanatorio Agote planea expandir su empleo a otras áreas, entre ellas la cirugía del colon, recto, estómago, así como en ginecología para intervenciones de útero y ovarios. El doctor Monti destacó la promesa de este horizonte, al señalar: “La meta es mantener siempre el mismo nivel de excelencia, garantizando procedimientos menos traumáticos, con menos dolor y cicatrices mínimas”.</p><p>El diseño modular del sistema, junto con la posibilidad de formar “hubs” de capacitación quirúrgica a distancia, anticipa una transformación en la formación médica en Argentina y toda la región. La colaboración remota no solo amplía el acceso a los tratamientos más sofisticados, sino que también favorece la actualización del conocimiento y las mejores prácticas en tiempo real.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3F2XGSP4I5EWLMV3YSYCZO4XJM.jpeg?auth=869a2e4916e7185909f9a6ca8cef16c5b19cc4b34c9687f7f4ebbf6965b3492f&amp;smart=true&amp;width=1507&amp;height=841" type="image/jpeg" height="841" width="1507"><media:description type="plain"><![CDATA[El 98% de los pacientes sometidos a cirugía robótica de próstata con Toumai recuperan el control urinario en etapas tempranas, según datos del Sanatorio Agote, lo que refleja el impacto positivo de esta tecnología en la calidad de vida]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Gobierno oficializó la baja de otras 13 empresas de medicina prepaga]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2026/01/29/el-gobierno-oficializo-la-baja-de-otras-13-empresas-de-medicina-prepaga/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2026/01/29/el-gobierno-oficializo-la-baja-de-otras-13-empresas-de-medicina-prepaga/</guid><description><![CDATA[La Superintendencia de Servicios de Salud publicó en el Boletín Oficial la exclusión de nuevas compañías prestadoras. Es en el marco de un proceso de revisión reglamentaria que endurece los controles sobre el sistema privado de atención sanitaria]]></description><pubDate>Thu, 29 Jan 2026 12:03:28 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IUJEICJOMRFCRLLW4I3OLUJMZY.png?auth=473d7bbd218648938ee137ee4ae95b1beddc57d3b5c178969bd97f16a98d5890&smart=true&width=1024&height=768" alt="La decisión forma parte de una serie de medidas que se lleva a cabo desde comienzos de 2024 (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1024"/><p>El proceso de <b>depuración impulsado por el Gobierno</b> para transparentar el sistema de salud privado sumó una nueva etapa: la <b>Superintendencia de Servicios de Salud</b> (SSS) resolvió la <b>baja de otras 13 nuevos agentes de seguro</b>. </p><p>La publicación efectuada por la SSS constituye una <b>notificación formal</b> a los usuarios de las compañías involucradas. “Las auditorías realizadas detectaron que se trataba de <b>agentes ´fantasmas´</b>, inscriptos en el registro, pero <b>sin actividad, sin afiliados y sin documentación respaldatoria</b>“, afirmaron fuentes oficiales a <b>Infobae</b>.</p><p>El acto administrativo rechazó la inscripción definitiva de aquellas entidades que no completaron el proceso requerido según la Ley 26.682. “El objetivo es <b>contar con un registro transparente</b>, integrado únicamente por agentes que compitan libremente y brinden prestaciones de calidad a sus afiliados”, agregaron desde el Gobierno.</p><p>En el último tramo del año, el Gobierno ya había avanzado en este sentido: el 20 de enero se informó la baja de cuatro empresas, llevando entonces el total a <b>27 compañías excluidas del sistema de medicina prepaga en 2026</b>. Y, aclararon que “<b>se continúan con las auditorías </b>por lo que es posible que en los próximos meses se <b>den de baja más prepagas</b>”. </p><p>La reciente disposición amplía el alcance del plan de revisión iniciado en 2024, cuando el Poder Ejecutivo definió públicamente la medida como un “reordenamiento”.</p><h2>Cuáles fueron las prepagas afectadas</h2><p>Las empresas en esta oportunidad son <b>Codime S.A., Mapfre Salud S.A., Sociedad Médica Universitaria S.A., Carra Salud S.A., Huinca Salud, Rescate Centro S.A., Emergencia Río Cuarto (Aspurc), Emergencias Médicas Punilla S.A., Grupo Gerenciador G4 S.A., Emergencia Cardio Asistencial S.A., Pangea S.A., la Obra Social del Personal de la Industria Lechera (Atilra) y Armiento S.A. (Grupo A Mano)</b>.</p><p>De acuerdo con la resolución firmada por <b>Silvia Noemí Viazzi</b>, secretaria general del organismo, la medida impacta directamente sobre entidades que figuraban con inscripción provisoria o cuyos trámites de registro definitivo aún estaban incompletos.</p><p>El proceso administrativo iniciado tras el edicto contempla la baja de los registros provisorios junto al rechazo de las inscripciones definitivas. Estas 13 firmas se suman a las <b>cuatro inhabilitadas el 20 de enero </b>de este año: <b>Mutual del Sanatorio Garay, Mutual de la Asociación Gremial de Empleados de Comercio de Córdoba, Plan Odontológico Integral y Cámara de Tabaco de Misiones</b>.</p><h2>La lista completa</h2><p>En lo que va de la gestión ya <b>se dieron de baja 152 empresas de medicina prepaga irregulares</b>. Son las siguientes:</p><ul><li>Prepasa S.A. Prestadora para la Salud</li><li>Grupo Proyectar S.R.L.</li><li>Clínica Espora S.A.</li><li>Emergencias Médicas Fueguinas S.A.</li><li>SEM Olavarría S.R.L.</li><li>Emergencia Médica Privada S.A.</li><li>Grupo IE Traslados S.A.</li><li>Sanatorios Acreditados Integrados S.A.</li><li>Medinals S.A.</li><li>Del Sol S.A.</li><li>Veramed SRL</li><li>Cardioblas S.A.</li><li>Formar Salud S.A.</li><li>VFMH Desarrollos S.A.</li><li>Salud Patagónica S.A.</li><li>UB Asistencial S.A.</li><li>Cobertmed SRL</li><li>Azul Salud S.A.</li><li>Alianza Mediterránea de Salud S.A.</li><li>Premium Traslados S.R.L.</li><li>Carmed S.R.L.</li><li>Coop de Viv, Crédito y Consumo del Rosario Ltda.</li><li>Usina Popular Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y Sociales Ltda. de Necochea</li><li>Cooperativa de Trabajo 16 de Diciembre Limitada</li><li>Cooperativa de Trabajo Seinsa Ltda.</li><li>Cooperativa Bienestar Ltda.</li><li>Cooperativa de Trabajo Junto a Ti Ltda.</li><li>Firenze Cooperativa de Crédito, Consumo, Vivienda, Turismo y Servicios Asistenciales Ltda.</li><li>Cooperativa de Previsión y Crédito de Villa María Limitada</li><li>Asociación Mutual Bomberos Voluntarios de Villa Ballester</li><li>Asociación Mutual San Isidro Labrador</li><li>Asociación Mutual Médica Gualeguaychú</li><li>Asociación Mutual 24 de Octubre Cobertura Total</li><li>Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad Cultura Acción Social</li><li>Mutual del Círculo Médico del Departamento La Paz</li><li>Asociación Mutual Trabajo y Progreso</li><li>Asociación Mutual Renacer</li><li>Asociación Mutual 22 de Julio</li><li>Asociación Mutual Bancaria</li><li>Mutual Agua y Energía Salta</li><li>Mutual de Docentes Privados</li><li>Asociación Mutual Crecer</li><li>Centro Gallego Sociedad Mutual</li><li>Asociación Mutual Triángulo</li><li>Mutual de Integración Latinoamericana</li><li>Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos, Jubilados y Pensionados</li><li>Asociación Mutual Voluntarios por la Vida</li><li>Asociación Mutual Mercantil del Noroeste</li><li>Asociación Mutual Todos Unidos</li><li>Asociación Mutual de Servicios 14 de Diciembre de la Provincia de San Juan</li><li>Asociación Mutual para el Desarrollo y Crecimiento Social Crecer</li><li>Unión Mutualista de Jubilados y Pensionados de Córdoba</li><li>Asociación Mutual del Personal de Comercio y Actividades Civiles de la Ciudad de Oberá y L. N. Alem</li><li>Asociación Mutual Pedro Campos</li><li>Mutual de Directivos, Ex Directivos, Funcionarios y Ex Funcionarios de Mutuales de Bancos Privados de la RA</li><li>Círculo de Suboficiales de la Prefectura Naval Argentina Protección Recíproca</li><li>Mutual Mediterránea de Servicios Integrales</li><li>Mutual Solidaria Génesis</li><li>Magna Salud S.R.L.</li><li>OMSA Prosal S.A.</li><li>Sanatorio San Jerónimo Norte S.R.L.</li><li>Emergencias Médicas Santa María S.A.</li><li>Medicina Asistencial Privada S.R.L.</li><li>Medycin S.R.L.</li><li>IE Emergencias Chivilcoy S.A.</li><li>Emesec Emergencias Médicas Esteban Echeverría S.A.</li><li>Compañía Global de Salud S.A.</li><li>Vivir Medicina Privada S.A.</li><li>Medical S.R.L.</li><li>Servicio de Urgencias Médicas Ushuaia S.R.L.</li><li>Siempre S.R.L.</li><li>Merli Elva Ana y Lanter Patricio Eduardo S.H.</li><li>Roma Salud S.A.</li><li>Opsal S.A.</li><li>Master Med System S.R.L.</li><li>Coseguro Total S.R.L.</li><li>Centro Médico del Parque SDH</li><li>Mitre Medical Network S.A.</li><li>Salud Total S.A.</li><li>Confederada Salud SRL</li><li>Noba Pampa Salud SRL</li><li>Quince</li><li>MPN Medical International S.A.</li><li>Compañía Mediterránea de Salud S.A.</li><li>Gerenciar Salud SRL</li><li>Medicin Care Servicios Médicos Domiciliarios S.A.</li><li>Prepaga SRL</li><li>Aio Care S.R.L.</li><li>Medicina Privada San Juan Bautista S.A.</li><li>Centro Salud S.A.</li><li>Medicina Argentina S.A.</li><li>Sid Medical S.A.</li><li>Acarti S.A.</li><li>Comi Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios en el Área de la Salud</li><li>Comese Coop. Ltda.</li><li>Cooperativa Argentina de Medicina Integral-CAMI- de Trabajo Ltda.</li><li>Cooperativa de Trabajo de Medicina Asistencial Integrada de Diamante Limitada</li><li>Mutual del Círculo Médico del Departamento Federación</li><li>Mutual de Activos y Pasivos</li><li>Asociación Mutual Ciudadanos Bonaerenses</li><li>Asociación Mutual de Profesionales de la Salud de la República Argentina</li><li>Asociación Mutual de Asistencia a la Tercera Edad</li><li>Mutual Doce de Enero</li><li>Asociación Mutual de Óptica Integral</li><li>Asociación Mutual Versailles</li><li>Mutual de Servicios Médicos y Tratamiento de la Hipoacusia</li><li>Asociación Mutual Los Andes</li><li>Amtapra</li><li>Asociación Mutual Arquitas</li><li>Asociación Mutual Veteranos Argentinos</li><li>Mutual Ibatin</li><li>Círculo Médico de 25 de Mayo (SAMI 25 de Mayo)</li><li>Staff Médico S.A.,</li><li>Sancor Medicina Privada S.A</li><li>Obra Social del Personal Aeronáutico</li><li>Asociación Mutual Trabajadores Actividad Repostería – Servicios Relacionados con la Salud Humana</li><li>Mutual Persona John Deere Argentina</li><li>Asistencia Mutual Aeronavegante</li><li>Instituto Médico Asistencial IMA</li><li>Centro Médico Mar del Plata Asociación Civil</li><li>Obra Social de la Cámara de la Industria Curtidora Argentina</li><li>Asociación Mutual Integral de Consumos y Servicios</li><li>Asociación Mutual de Comerciantes Bartolomé Mitre</li><li>Gran Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo Ltda.</li><li>Asociación Mutual Bs. As. Staff de Medicina y Servicios</li><li>Asociación Mutual Intercooperativa</li><li>Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Villa Cañas Limitada</li><li>Instituto Materno Infantil S.A.</li><li>Empy SRL</li><li>Asociación Mutual del Personal del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación</li><li>Austral Organización Médica Integral</li><li>Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Créditos Cuenca del Salado Ltda</li><li>Plural Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda</li><li>IE Emergencias Médicas Bolivar S.A.</li><li>Cardio S.A.</li><li>Mutual de Ayuda entre Profesionales del Arte de Curar del Sanatorio Garay</li><li>Asociación Mutual Mercantil del Personal de la Asociación Gremial de Empleados de Comercio de Córdoba</li><li>Plan Odontológico Integral S.A.</li><li>Cámara de Tabaco de Misiones</li><li>Codime S.A.</li><li>Mapfre Salud S.A.</li><li>Sociedad Médica Universitaria S.A.</li><li>Carra Salud S.A.</li><li>Huinca Salud</li><li>Rescate Centro S.A.</li><li>Emergencia Río Cuarto (Aspurc)</li><li>Emergencias Médicas Punilla S.A.</li><li>Grupo Gerenciador G4 S.A.</li><li>Emergencia Cardio Asistencial S.A.</li><li>Pangea S.A.</li><li>Obra Social del Personal de la Industria Lechera (Atilra)</li><li>Armiento S.A. (Grupo A Mano)</li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MMLR3ADOCJHZJPL2DQTK7SKXUM.jpg?auth=f5bf502bd3e865c1845ac6d97f46abedb977f6531d578d071b5ae295c7093e3c&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1079" type="image/jpeg" height="1079" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(shutterstock)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Gobierno dio de baja 20 prepagas: una por una, cuáles son y los motivos detrás de la medida]]></title><link>https://www.infobae.com/economia/2026/01/16/el-gobierno-dio-de-baja-24-prepagas-una-por-una-cuales-son-y-los-motivos-detras-de-la-medida/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/economia/2026/01/16/el-gobierno-dio-de-baja-24-prepagas-una-por-una-cuales-son-y-los-motivos-detras-de-la-medida/</guid><description><![CDATA[Con esta decisión, ya son 139 las firmas de la salud dadas de baja desde el inicio de la gestión. La decisión no afectará a los usuarios de otras empresas del sector]]></description><pubDate>Fri, 16 Jan 2026 15:48:10 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2M7BA46C4ZH63NTEGFLBD7PABQ.png?auth=fc924a7bf9b0758069f14c98ef0c3513d38c7189ac863ee16fd3431ee98ace1e&smart=true&width=960&height=540" alt="La medida se enmarca en el reordenamiento del registro de Agentes del Seguro de Salud impulsado por el Gobierno (Freepik)" height="540" width="960"/><p>La <b>Superintendencia de Servicios de Salud</b> avanzó con un nuevo paso en el reordenamiento del registro de Agentes del Seguro de Salud y oficializó el inicio del procedimiento de baja de <b>otras 20 empresas de medicina prepaga</b> que se encontraban inscriptas, pero no registraban actividad. La medida fue formalizada este jueves mediante la publicación de un edicto en el<b> Boletín Oficial</b>.</p><p>Según informaron fuentes oficiales, las auditorías realizadas detectaron que se trataba de firmas sin afiliados, sin prestaciones en funcionamiento y sin documentación respaldatoria que acreditara su operatoria. </p><p>Este nuevo procedimiento se suma a la baja de <a href="https://www.infobae.com/economia/2026/01/14/el-gobierno-dio-de-baja-otras-tres-prepagas-cuales-son-y-por-que-se-tomo-la-medida/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/economia/2026/01/14/el-gobierno-dio-de-baja-otras-tres-prepagas-cuales-son-y-por-que-se-tomo-la-medida/"><b>otras tres prepagas</b> dispuesta a comienzos de la semana</a>. Con estas decisiones, el total de empresas eliminadas del registro asciende a <b>139 en lo que va de la gestión</b>, todas sin actividad efectiva.</p><h2>Un proceso de depuración del padrón</h2><p>Desde la Superintendencia explicaron que el objetivo del proceso es depurar el registro y contar con un padrón actualizado de agentes que efectivamente operen dentro del sistema de salud.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RLSOVVPDPRAJDDJVQJODVLWVAM.jpg?auth=562454e4c934414da28c97bd907c7f2f05b72bbb3d013f3ddf9e84afbda59fea&smart=true&width=1824&height=1026" alt="Las empresas alcanzadas por la baja no tenían afiliados ni prestaciones en funcionamiento, según informó la Superintendencia (Andina)" height="1026" width="1824"/><p>El reordenamiento del padrón comenzó en los primeros meses de la actual gestión, luego de detectar que la nómina oficial incluía un número significativo de entidades que figuraban formalmente habilitadas, pero que no desarrollaban ninguna actividad real. En muchos casos, se trataba de empresas sin afiliados, sin estructura operativa y sin presentación de información básica exigida por la normativa vigente.</p><p>Desde el organismo aclararon que las bajas<b> no afectan a empresas que se encuentren prestando servicios ni generan consecuencias para los usuarios del sistema. </b></p><h2>Las nuevas empresas alcanzadas</h2><p>El decreto publicado este jueves da inicio al procedimiento administrativo de baja para 20 agentes del seguro de salud. A continuación, el listado de <b>las compañías</b> alcanzadas por la medida:</p><ul><li>Asociación Mutual Trabajadores Actividad Repostería – Servicios Relacionados con la Salud Humana</li><li>Mutual Persona John Deere Argentina</li><li>Asistencia Mutual Aeronavegante</li><li>Instituto Médico Asistencial IMA</li><li>Centro Médico Mar del Plata Asociación Civil</li><li>Obra Social de la Cámara de la Industria Curtidora Argentina</li><li>Asociación Mutual Integral de Consumos y Servicios</li><li>Asociación Mutual de Comerciantes Bartolomé Mitre</li><li>Gran Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo Ltda.</li><li>Asociación Mutual Bs. As. Staff de Medicina y Servicios</li><li>Asociación Mutual Intercooperativa</li><li>Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Villa Cañas Limitada</li><li>Instituto Materno Infantil S.A.</li><li>Empy SRL</li><li>Asociación Mutual del Personal del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación</li><li>Austral Organización Médica Integral</li><li>Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Créditos Cuenca del Salado Ltda</li><li>Plural Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda</li><li>IE Emergencias Médicas Bolivar S.A.</li><li>Cardio S.A.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UHNFBTUXWZETVCFP6RBKPNG5P4.jpg?auth=1709f303a710d45316400ff75299904662725fe0f16bc17f34556d2dc7b0e0c2&smart=true&width=1456&height=816" alt="La Superintendencia de Seguros de Salud ya dio de baja a 139 prepagas desde la asunción de Javier Milei. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><h2>Sin impacto sobre los afiliados</h2><p>Uno de los puntos que el Gobierno buscó aclarar es que la medida<b> no genera impacto sobre los afiliados del sistema de salud privado</b>. Las empresas alcanzadas por las bajas no contaban con beneficiarios registrados ni brindaban prestaciones al momento de las auditorías.</p><p>En ese sentido, desde el organismo señalaron que la eliminación de agentes inactivos permite contar con información más precisa sobre el universo real de prestadores y fortalece la supervisión del sistema. Al mismo tiempo, indicaron que <b>el proceso de depuración continuará</b> mientras se detecten entidades que no cumplan con los requisitos mínimos para operar como agentes del seguro de salud.</p><p>Las auditorías incluyeron la verificación de afiliados, la revisión de documentación contable y administrativa y la constatación de la prestación efectiva de servicios médicos. </p><p>Fuentes del sector remarcaron que el reordenamiento del padrón es una condición necesaria para avanzar en otras políticas vinculadas al sistema de salud, ya que permite trabajar sobre una base depurada y actualizada. “El objetivo es contar con un registro transparente”, insistieron.</p><p><!DOCTYPE html>
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</html></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/2M7BA46C4ZH63NTEGFLBD7PABQ.png?auth=fc924a7bf9b0758069f14c98ef0c3513d38c7189ac863ee16fd3431ee98ace1e&amp;smart=true&amp;width=960&amp;height=540" type="image/png" height="540" width="960"><media:description type="plain"><![CDATA[La medida se enmarca en el reordenamiento del registro de Agentes del Seguro de Salud impulsado por el Gobierno (Freepik)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia Federal dictó tres cautelares y obligó a una prepaga a cubrir tratamientos críticos]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/15/la-justicia-federal-dicto-tres-cautelares-y-obligo-a-una-prepaga-a-cubrir-tratamientos-criticos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/15/la-justicia-federal-dicto-tres-cautelares-y-obligo-a-una-prepaga-a-cubrir-tratamientos-criticos/</guid><description><![CDATA[Las resoluciones incluyeron un medicamento oncológico rechazado, una paciente con esclerosis múltiple y una adolescente que debía ser operada]]></description><pubDate>Thu, 15 Jan 2026 21:25:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CYVM7UGDMJADTFMJR53GUE7HCQ.jpg?auth=333661272df699846e2df5ef26c9fddf30064ca356125be827cb54dd6da27653&smart=true&width=1456&height=816" alt="La Justicia Federal ordenó en los últimos días a una prepaga garantizar cobertura médica integral en tres casos de alta complejidad (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>La Justicia Federal dictó en los últimos días tres <b>medidas cautelares</b> contra una empresa de <a href="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/"><b>medicina prepaga</b></a>, a la que ordenó garantizar “cobertura médica integral y urgente” en casos que involucran <b>un tratamiento oncológico de alta complejidad</b>, una paciente con <b>esclerosis múltiple </b>y una adolescente que debe ser operada por una grave <b>malformación torácica</b> con compromiso cardíaco.</p><p>Las resoluciones fueron adoptadas por el juez federal en lo Civil y Comercial Patricio Maraniello, en el marco de diferentes <a href="https://www.infobae.com/tag/recurso-de-amparo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/recurso-de-amparo/"><b>recursos de amparo</b></a>. En los tres expedientes, el magistrado reiteró un criterio jurisprudencial ya consolidado en los tribunales: cuando está en juego el <b>derecho a la salud</b>, debe prevalecer la <b>indicación médica </b>por sobre las <b>decisiones administrativas o económicas </b><a href="https://www.infobae.com/tag/obras-sociales/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/obras-sociales/"><b>de las prestadoras</b></a>.</p><p>Uno de los fallos tuvo como eje a una paciente con <b>cáncer colorrectal metastásico en estadio IV</b>, a quien su médico le indicó el medicamento "<b>Fruquintinib</b>" como quinta línea de tratamiento, luego de que estudios recientes evidenciaran la <a href="https://www.infobae.com/tag/cancer/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cancer/"><b>progresión de la enfermedad</b></a>. Pese a la prescripción, la prepaga había rechazado la cobertura del fármaco.</p><p>En su resolución, el juez ordenó a la entidad de salud <b>proveer de manera inmediata y al 100% el medicamento indicado</b>, al estimar que la negativa carecía de sustento médico. Para resolver de esa forma, el juez valoró especialmente el dictamen del <b>Cuerpo Médico Forense</b>, que consideró que la indicación era “válida y acorde a la evidencia disponible” para el <b>estadio de la enfermedad</b> que atravesaba la paciente en cuestión.</p><p>Maraniello advirtió además que cualquier dilación en el acceso al tratamiento podía comprometer en términos graves <b>la salud y la expectativa de vida</b> de la amparista, lo que volvía procedente la tutela urgente solicitada. En ese contexto fue que sostuvo que las <b>controversias administrativas</b> sobre coberturas no pueden anteponerse al “derecho fundamental a la salud” cuando existe una prescripción profesional fundada.</p><p>El segundo caso analizado por el juzgado benefició a una mujer de <b>46 años diagnosticada con esclerosis múltiple</b>, una enfermedad neurodegenerativa progresiva e incurable, incluida dentro del listado oficial de “<b>enfermedades poco frecuentes</b>”. La afiliada había sido medicada durante años con <b>Dimetilfumarato (Tecfidera)</b>, en una marca específica indicada por su neurólogo tratante.</p><p>Sin embargo, la prepaga dispuso el reemplazo del medicamento por otros productos equivalentes, lo que derivó -según se tuvo por acreditado en el expediente- en una serie de <b>efectos adversos severos</b>, entre ellos <b>hemorragias oculares</b>. Ante esa situación, el juez ordenó a la demandada <b>cubrir el 100% del medicamento prescripto, en la marca indicada</b>, y abstenerse de imponer sustituciones contrarias al criterio médico.</p><p>En su resolución, el juez federal señaló que no era procedente<b> forzar cambios de drogas</b> cuando estos generan <b>riesgos concretos </b>para el paciente y se apartan de la indicación del profesional a cargo del tratamiento. También destacó que, tratándose de una <b>enfermedad crónica y progresiva</b>, la continuidad terapéutica resulta un factor central para evitar retrocesos en la evolución clínica.</p><p>El tercer expediente, en tanto, involucró a una <b>adolescente de 14 años</b> diagnosticada con una <b>malformación esterno-condro-costal</b>, una patología que le provoca <b>compresión cardíaca</b> y que requiere una <b>cirugía toracoscópica compleja</b>. La intervención ya había sido programada, pero debió ser suspendida porque la entidad de salud <b>no había entregado los insumos quirúrgicos necesarios</b>.</p><p>Ante ese escenario, el magistrado ordenó a la prepaga <b>la cobertura inmediata del 100% de los materiales requeridos para la cirugía</b>, y subrayó que la demora en la provisión implicaba “un riesgo cierto” para la salud de la menor. En el fallo, el magistrado remarcó que, al tratarse de una adolescente con discapacidad, correspondía aplicar una <b>protección reforzada de sus derechos</b>, conforme la legislación vigente y los tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional.</p><p>En ese sentido, recordó que el <b>derecho a la salud de niños, niñas y adolescentes</b> impone a los prestadores una obligación particularmente estricta, y que las demoras injustificadas en tratamientos o intervenciones médicas pueden constituir una <b>vulneración grave</b> de derechos fundamentales.</p><p>Las tres decisiones judiciales hicieron hincapié en que el <b>Programa Médico Obligatorio (PMO)</b> establece “un piso mínimo” de prestaciones a cargo de las entidades de salud, que no puede <b>ser utilizado como un límite rígido</b> ante necesidades del paciente que exijan una mayor cobertura.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CYVM7UGDMJADTFMJR53GUE7HCQ.jpg?auth=333661272df699846e2df5ef26c9fddf30064ca356125be827cb54dd6da27653&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia ordenó a una prepaga cubrir un tratamiento por ludopatía en un centro fuera de su cartilla]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/14/la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-un-tratamiento-por-ludopatia-en-un-centro-fuera-de-su-cartilla/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/14/la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-un-tratamiento-por-ludopatia-en-un-centro-fuera-de-su-cartilla/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó que la entidad de salud deberá garantizar la continuidad de una terapia especial indicada para un joven con problemas de juego]]></description><pubDate>Wed, 14 Jan 2026 04:53:08 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LKOR3JLBUVF5PA6UFHO45GYCVQ.png?auth=d6e82cc622960b9ef3345c1aabb29228a28a6324b49895ddf7b80206ace25717&smart=true&width=2114&height=1182" alt="La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó que una empresa de medicina privada debe cubrir un tratamiento intensivo por adicción a las apuestas, indicado por los médicos tratantes" height="1182" width="2114"/><p>La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó una sentencia que obligó a una <b>prepaga</b> a brindar cobertura integral a un afiliado de 20 años que padece <a href="https://www.infobae.com/tag/adicciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/adicciones/"><b>adicción a las apuestas</b></a>, para que continúe un tratamiento intensivo de rehabilitación en una institución especializada que no integra su <a href="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/"><b>red de prestadores</b></a>. El tribunal de alzada, de ese modo, rechazó el recurso de apelación presentado por la entidad de salud y ratificó que debe hacerse cargo del <b>abordaje terapéutico</b> indicado por los <b>médicos tratantes</b>, junto con la <b>medicación prescripta</b>.</p><p>El caso se originó a partir de un <b>recurso de amparo </b>promovido por E.N.M., afiliado a la entidad de salud, quien presenta un <a href="https://www.infobae.com/tag/ludopatia/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/ludopatia/"><b>diagnóstico de ludopatía </b></a>y “<a href="https://www.infobae.com/tendencias/2025/10/30/el-circulo-de-la-adiccion-placer-dolor-y-la-neurociencia-detras-de-la-busqueda-incesante-de-alivio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tendencias/2025/10/30/el-circulo-de-la-adiccion-placer-dolor-y-la-neurociencia-detras-de-la-busqueda-incesante-de-alivio/">tendencias <b>depresivas/adictivas</b></a> vinculadas a los juegos de azar”. Según surge del expediente, el joven inició <b>su tratamiento en 2023</b> y, de acuerdo con los informes médicos incorporados a la causa, mostró una evolución favorable y una adecuada adherencia dentro de un <b>programa terapéutico particular </b>desarrollado en un centro especializado en <b>rehabilitación de adicciones</b>.</p><p>En primera instancia, el juez hizo lugar a la demanda y ordenó a la empresa de medicina privada otorgar la cobertura integral del tratamiento de rehabilitación en esa institución <b>externa a la cartilla</b>, en virtud de las indicaciones médicas dadas o las que eventualmente determinen los profesionales del caso. </p><p>Contra esa decisión, la entidad demandada interpuso un recurso de apelación. En sus agravios, negó haber rechazado la <b>cobertura de la terapia</b> y sostuvo que su objeción se limitaba al <b>establecimiento elegido </b>por el paciente, al no tratarse de un <b>prestador contratado</b>. A su vez, argumentó que el afiliado tenía a disposición distintos <b>centros médicos</b> incluidos en su cartilla para atender la totalidad del abordaje y afirmó que nunca incurrió en una <b>conducta “arbitraria o ilegal”</b>.</p><p>Además, la empresa remarcó que la resolución de primera instancia carecía de objeto específico, al entender que no existía una lesión manifiesta de <b>derechos constitucionales ni peligro en la demora</b>. Al respecto, consideró que el demandante no se encontraba en una <b>situación de desamparo</b>, por lo que no era procedente, a su criterio, el <b>amparo de salud</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LSPESYPLKJGGFM7RCMLRCNDLMY.png?auth=82fc3abef10c2c56986fe7d8dd609d7c60a5e2e71d5374a9164de2f9e7a4d4fb&smart=true&width=2110&height=1184" alt="El fallo rechazó la apelación de la prepaga y sostuvo que la continuidad del tratamiento por ludopatía no puede verse interrumpida por razones administrativas" height="1184" width="2110"/><p>Impugnado el fallo el expediente quedó radicado en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, cuya sentencia publicó este martes el portal <i>Micro Juris</i>. Al analizar el recurso, el tribunal de alzada advirtió que la demandada, en sus agravios, “se limitó a reiterar argumentos del mismo tenor a los planteados en sus presentaciones anteriores”, oponiéndose a <b>brindar cobertura en un prestador ajeno</b> y ofreciendo de manera genérica <b>instituciones de su cartilla</b>.</p><p>El fallo destacó que la entidad no controvirtió “con debido sustento las <b>indicaciones médicas</b>, que avalaban la necesidad del actor de <b>continuar el tratamiento, ni la idoneidad de los médicos tratantes</b>”. También precisó que la demandada no hizo mención a “las circunstancias particulares del <b>cuadro del amparista</b>”, e incluso aludió a <b>patologías</b> “completamente ajenas al caso”.</p><p>En ese marco, se tuvo por acreditado que el afiliado, actualmente de 20 años, <b>padece ludopatía </b>y requiere un <b>tratamiento integral e intensivo</b>, según las órdenes médicas incorporadas al expediente. Tampoco estuvo en discusión la necesidad de la <b>prestación médica</b> ni la recomendación del equipo profesional de sostener la continuidad de la terapia en función de la <b>evolución registrada </b>desde el inicio del tratamiento.</p><p>En rigor, el caso se encuadró en la <b>Ley de Salud Mental</b> <b>N° 26.657</b>, cuyo artículo 4° dispone que las <b>adicciones deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental</b>. También operó la <b>Ley N° 26.934</b>, que creó el <b>Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos</b>, donde se establece que “las entidades de <b>medicina prepaga </b>deberán brindar gratuitamente las prestaciones para la cobertura integral del tratamiento de las personas que padecen algún consumo problemático”, incorporadas al <b>Programa Médico Obligatorio</b>.</p><p>Desde esa perspectiva, el tribunal consideró que la cobertura total del procedimiento en el centro de salud elegido por el joven “se halla justificada”, en tanto estaba acreditada la <b>necesidad y la eficacia del abordaje</b>. En ese sentido, reiteró que, en estos casos, siempre debe estarse a la <b>recomendación del médico tratante</b>, quien realiza el seguimiento periódico del paciente y es responsable del tratamiento indicado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XEMQQQY3A5GQXH6RSBTTJLTML4.jpeg?auth=954da998622c9c437212e39fba544663ea0ac11facb7fddbcb214e085e85181a&smart=true&width=5996&height=3998" alt="La Cámara remarcó que las adicciones forman parte de la salud mental y están incluidas dentro de las prestaciones obligatorias que deben garantizar las empresas de salud (Adobe Stock)" height="3998" width="5996"/><p>La Cámara señaló además que, aun cuando el <b>prestador </b>no forme parte de la <b>cartilla</b>, “no es posible desentenderse de las mentadas indicaciones cuando no existe en la causa documento alguno que las controvierta”. Agregó que la demandada no acreditó contar con un <b>centro propio o contratado </b>que garantice un tratamiento equivalente ni explicó las consecuencias que podría generar la interrupción del <b>proceso terapéutico </b>en curso.</p><p>Por último, la sentencia valoró que el afiliado asiste al <b>centro especializado desde 2023</b>, donde ya se encuentra adaptado “y con buena adherencia”al programa, según los informes adjuntados a la causa.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LKOR3JLBUVF5PA6UFHO45GYCVQ.png?auth=d6e82cc622960b9ef3345c1aabb29228a28a6324b49895ddf7b80206ace25717&amp;smart=true&amp;width=2114&amp;height=1182" type="image/png" height="1182" width="2114"/></item><item><title><![CDATA[Amparo de salud: una jueza ordenó reafiliar a una paciente y cubrir una cirugía pancreática urgente]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/03/amparo-de-salud-una-jueza-ordeno-reafiliar-a-una-paciente-y-cubrir-una-cirugia-pancreatica-urgente/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/03/amparo-de-salud-una-jueza-ordeno-reafiliar-a-una-paciente-y-cubrir-una-cirugia-pancreatica-urgente/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La decisión se dictó en el marco de un reclamo contra una obra social y fijó un plazo de 12 horas para cumplir la medida cautelar]]></description><pubDate>Sat, 03 Jan 2026 04:52:55 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/F5P7RUMQSNA3HOLYCTVQL3RHNA.png?auth=bf8d6e52f1f3e2cca228a8deea26bec3244d68a5aab4a82a52a6cb08c8de3cb9&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Una jueza federal ordenó a una obra social restablecer la afiliación de una paciente y cubrir una cirugía oncológica en un plazo de 12 horas" height="1080" width="1920"/><p>Una jueza federal de <a href="https://www.infobae.com/tag/neuquen/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/neuquen/"><b>Neuquén</b></a><b> </b>ordenó a una <b>obra social</b> restablecer de manera inmediata la afiliación de una paciente y garantizar la <a href="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/"><b>cobertura integral de una cirugía</b></a><b> </b>para tratar <b>un tumor en el páncreas</b>, al hacer lugar parcialmente a una <b>medida cautelar</b> dictada en el marco de un <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/25/la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-un-cuidador-domiciliario-las-24-horas-para-un-jubilado-con-parkinson/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/25/la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-un-cuidador-domiciliario-las-24-horas-para-un-jubilado-con-parkinson/"><b>amparo de salud</b></a>. La resolución estableció un <b>plazo de 12 horas</b> hábiles para su cumplimiento y se fundó en la protección reforzada que merece el <b>derecho a la salud</b>, frente a una situación administrativa que había dejado a la mujer sin cobertura.</p><p>La decisión fue adoptada el <b>31 de diciembre </b>pasado por la jueza federal <b>María Carolina Pandolfi</b>, titular del Juzgado Federal N° 1 de Neuquén, al revisar un <a href="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/">nuevo planteo cautelar</a> presentado luego de que una primera resolución -dictada el <b>29 de diciembre</b>- rechazara el pedido inicial por falta de acreditación suficiente sobre la vigencia del vínculo con la obra social.</p><p>El caso, en rigor, se originó a partir de un recurso judicial promovido por una mujer diagnosticada con un "<a href="https://www.infobae.com/salud/2025/11/20/cancer-de-pancreas-por-que-es-clave-el-diagnostico-temprano-y-cuales-son-los-sintomas-de-alerta/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/2025/11/20/cancer-de-pancreas-por-que-es-clave-el-diagnostico-temprano-y-cuales-son-los-sintomas-de-alerta/"><b>tumor quístico pancreal</b></a>“, quien reclamó que la entidad le restableciera su condición de afiliada y asumiera los gastos de una <b>pancreatectomía corporocaudal con linfadectomía</b>, indicada por su equipo médico. La demandante no era <b>afiliada directa</b>, sino que estaba incorporada dentro de un plan familiar en calidad de <b>conviviente del afiliado titular</b>.</p><p>El conflicto se desató luego de que el <a href="https://www.infobae.com/salud/2025/11/20/cancer-de-pancreas-por-que-es-clave-el-diagnostico-temprano-y-cuales-son-los-sintomas-de-alerta/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/2025/11/20/cancer-de-pancreas-por-que-es-clave-el-diagnostico-temprano-y-cuales-son-los-sintomas-de-alerta/">afiliado titular</a><b> </b>fuera desvinculado<b> de su trabajo </b>el 7 de octubre de 2025. A partir de esa fecha, la obra social dio de baja la afiliación de la conviviente, pese a que la legislación vigente establece que, tras la extinción del <b>contrato de trabajo</b>, el trabajador y su<b> grupo </b>conservan la cobertura <b>durante tres meses sin obligación de aportar</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3CEFXHNN2NCJTKEL7NDEO3W2CY.jpg?auth=15aa595a46bbe544831dbcaad118f02a14eff9c881dd342f8b419b6330472f87&smart=true&width=5616&height=3744" alt="El fallo se dictó en el marco de un amparo de salud para acceder a una cirugía oncológica" height="3744" width="5616"/><p>En una primera resolución, el juzgado había rechazado la cautelar al considerar que no estaba acreditado que el <b>afiliado titular</b> se encontrara aún dentro de ese <b>período de cobertura</b> posterior al despido, lo que impedía tener por configurada la <b>verosimilitud del derecho</b>, uno de los requisitos centrales para habilitar una medida de ese tipo.</p><p>Sin embargo, al día siguiente, el <b>30 de diciembre</b>, el afiliado titular se presentó en el expediente, adhirió formalmente a la demanda y acompañó <b>documentación</b> que acreditaba la fecha de su desvinculación laboral. Con esa nueva pieza, solicitó el <b>replanteo de la cautelar</b>, tanto para la <b>reafiliación de su conviviente</b> como para la cobertura de la intervención quirúrgica.</p><p>Al analizar el nuevo pedido, la jueza Pandolfi recordó que las <b>medidas cautelares innovativas</b> -por anticipar los efectos de una eventual sentencia definitiva- deben ser examinadas con <b>especial prudencia</b>. Sin embargo, destacó que en el caso se encontraba comprometido un <b>derecho de jerarquía constitucional</b>, como es “el <b>derecho a la preservación de la salud</b>“, lo que implicaba imponer un estándar de protección reforzado.</p><p>En ese marco, la magistrada dio por válido que, con “el <b>escaso grado de certeza</b>“<b> </b>propio de esta etapa preliminar, el afiliado titular aún se encontraba dentro del <b>plazo legal de tres meses de cobertura</b> previsto por la ley, y que la mujer había ingresado como beneficiaria bajo el <b>grupo familiar</b>. También valoró “la condición” de la demandante en virtud de la <b>prescripción </b>de su médico cirujano, que consignó la necesidad de “contar la intervención quirúrgica oncológica pancreatectomía corporocaudal (...)”, una <b>cirugía </b>indicada para tratar un <b>tumor quístico</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RFYEW4ROWBE3VENZFO62YW6PHA.jpg?auth=c297d0d6ee83f7ba014b15d291006c3e3169fd577ebf9642d39a5f148aebbfe0&smart=true&width=1920&height=1281" alt="La magistrada priorizó el derecho a la salud y habilitó una medida cautelar para garantizar la cobertura del tratamiento" height="1281" width="1920"/><p>Con esos elementos, la jueza ordenó a la demandada <b>restaurar el alta de la paciente</b> y garantizarle la cobertura total del<b> procedimiento médico</b>, fijando un <b>plazo de 12 horas</b> -hábiles- para cumplir ambas obligaciones. Esta medida cautelar tendrá vigencia mientras se mantenga la <b>prescripción médica</b> y hasta el vencimiento del período de cobertura posterior al despido, previsto para <b>el próximo 7 de enero</b>.</p><p>La resolución rechazó, en cambio, el pedido de cobertura de otros “<b>tratamientos complementarios</b>”, al considerar que no habían sido suficientemente individualizados ni justificados en esta etapa del proceso.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/RFYEW4ROWBE3VENZFO62YW6PHA.jpg?auth=c297d0d6ee83f7ba014b15d291006c3e3169fd577ebf9642d39a5f148aebbfe0&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1281" type="image/jpeg" height="1281" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Quirófano.
SALUD
SANTYPAN/ ISCTOK
]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">SANTYPAN/ ISCTOK</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia ordenó a una prepaga cubrir un cuidador domiciliario las 24 horas para un jubilado con Parkinson]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/25/la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-un-cuidador-domiciliario-las-24-horas-para-un-jubilado-con-parkinson/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/25/la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-un-cuidador-domiciliario-las-24-horas-para-un-jubilado-con-parkinson/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[Un juzgado federal de la Ciudad de Buenos Aires condenó a una empresa de medicina prepaga a brindar cobertura integral de asistencia domiciliaria permanente, medicación e insumos a un afiliado con discapacidad severa, al hacer lugar a un amparo por derecho a la salud]]></description><pubDate>Thu, 25 Dec 2025 20:32:56 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K6YNEWNJCZF6RAJAJLYYCAIOTU.png?auth=1f6618b1b18397884162ec0b2bec1ce143be9514909385b84b5a6bbc8555d14d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Un juzgado federal porteño ordenó a una prepaga cubrir asistencia domiciliaria permanente y tratamiento médico integral a un afiliado con Parkinson y discapacidad severa (Foto ilustrativa: Canva)" height="1080" width="1920"/><p>En el marco de un <a href="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/"><b>amparo de salud</b></a>, un juzgado federal de la Ciudad de Buenos Aires ordenó a una empresa de <b>medicina prepaga</b> brindar cobertura integral a un jubilado con <a href="https://www.infobae.com/tag/enfermedad-de-parkinson/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/enfermedad-de-parkinson/"><b>enfermedad de Parkinson</b></a> y <b>discapacidad severa</b>, al dar por acreditado que necesita asistencia domiciliaria permanente las <b>24 horas</b>, además de <b>medicación</b> e <b>insumos esenciales</b> para su tratamiento.</p><p>La decisión fue adoptada por el juez federal <b>Gonzalo Auguste</b>, titular del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 10 porteño, quien hizo lugar parcialmente a una demanda<b> </b>iniciada por <b>L.A.G.</b> y condenó a la <b>entidad de salud</b> a cubrir el 100% de un <a href="https://www.infobae.com/tag/cuidados-domiciliarios/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cuidados-domiciliarios/"><b>cuidador domiciliario</b></a> los siete días de la semana, junto con un <b>esquema farmacológico</b> específico y elementos para la <b>incontinencia</b>, conforme la <b>prescripción médica</b>.</p><p>El proceso se inició el 19 de febrero pasado, cuando el afiliado promovió la <b>acción judicial</b> luego de no obtener respuesta a una intimación cursada mediante <b>carta documento</b>. En su presentación, solicitó que la firma asumiera de <a href="https://www.infobae.com/tag/cobertura-medica/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cobertura-medica/"><b>manera integral</b></a> el pago de un <b>asistente domiciliario</b> fijo, así como diversos medicamentos -entre ellos <b>rasagilina</b>, <b>levodopa con benserazida</b>, <b>enalapril</b> y <b>mirabegrón</b>- y <b>200 pañales </b>mensuales, además de apósitos para <b>incontinencia extrema</b>.</p><p>El actor acreditó <b>ser afiliado</b> a la <b>firma demandada</b> desde hacía varios años y acompañó el <b>Certificado Único de Discapacidad</b> expedido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el que consta el diagnóstico de “anormalidades de la marcha y de la movilidad. <b>Enfermedad de Parkinson</b>”, con orientación prestacional en rehabilitación. Según explicó, su<b> estado de salud </b>le impide desenvolverse de manera autónoma y requiere asistencia continua para las actividades básicas de la <b>vida diaria</b>.</p><p>La demanda estuvo respaldada por una <b>orden médica </b>firmada el 29 de enero por su <b>neurólogo tratante</b>. En ese documento, el profesional indicó la necesidad de un <b>cuidador domiciliario</b> las <b>24 horas</b> y fundamentó el pedido en la<b> evolución clínica</b> del paciente. Allí consignó que el actor<b> padece la enfermedad</b> desde hace más de una década y que, tras sufrir <b>sucesivas caídas </b>en 2024, fue sometido a cirugías de <b>reemplazo de cadera </b>y de <b>fémur izquierdo</b>.</p><p>El certificado médico incorporado al expediente detalló que, durante ambas internaciones, el paciente presentó “<b>cuadros confusionales con alucinaciones</b>” y que actualmente tenía “dependencia total” en las actividades de higiene, alimentación y vestido. En ese marco, el médico señaló que el grado de compromiso motor “le ocasiona <b>una dependencia</b> tal que requiere de asistencia en forma permanente para garantizar el cumplimiento de la <b>toma de la medicación</b>, <b>asistencia del paciente</b> (...) y evitar complicaciones relacionadas con <b>caídas y/o accidentes</b>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HPFBXCEUHFH7LPK3VW4NYDKDOQ.jpg?auth=97f128221759dde122af77932c721e11eb761d8adee95812cefdef3819b099e6&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El fallo sostuvo que la indicación del neurólogo tratante debe prevalecer frente a los criterios administrativos de las empresas de medicina prepaga (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>El profesional agregó que esos cuidados no podían ser suplidos<b> por familiares</b>, no solo por el <b>impacto emocional</b> de una enfermedad prolongada, sino también porque el <b>grupo familiar </b>debía mantener su <b>actividad laboral</b> para asegurar su <b>sustento económico</b>. A ello sumó que la complejidad del cuadro impedía delegar la asistencia “a cualquier<b> adulto responsable </b>sin <b>entrenamiento pertinente</b>”, por lo que indicó una <b>internación domiciliaria</b> con cuidadores permanentes.</p><p>Al inicio del trámite, y como <b>medida cautelar</b> de carácter preliminar, el juez de primera instancia ordenó que la demandada brindara de inmediato la <b>cobertura integral</b> de la <b>medicación</b> y los <b>insumos solicitados</b>. En cuanto al cuidador con dedicación exclusiva, estableció provisoriamente que la cobertura sería total si la prestación era brindada por "<b>efectores</b>"<b> propios </b>y, en caso contrario, conforme los valores previstos en el nomenclador nacional para la prestación “<b>hogar permanente</b>”, con los adicionales correspondientes por dependencia, mientras se sustanciaba el proceso principal.</p><p>En su informe respecto al caso específico, la demandada reconoció <b>la afiliación</b> y la <b>discapacidad del actor</b>, pero indicó que no había existido un rechazo formal del pedido. Alegó que el afiliado no había completado los <b>trámites administrativos internos</b> y que debía acompañar determinada documentación para que la solicitud fuera auditada.</p><p>La firma también argumentó que la <b>cobertura contratada</b> por el reclamante era de “carácter cerrado” y que la<b> prestación de cuidador</b> <b>domiciliario </b>no se otorgaba <b>por 24 horas</b>, salvo en supuestos excepcionales. Según su postura, <b>la responsabilidad primaria del cuidado recaía en el grupo familiar</b> y, de autorizarse horas de acompañamiento, la cobertura se limitaba a <b>un máximo de 12 horas diarias </b>y exclusivamente con prestadores propios.</p><p>El juez Auguste rechazó todos esos planteos tras declarar la causa de puro derecho y analizar la documentación incorporada al expediente. En su fallo definitivo, firmado esta semana, destacó que no estaba controvertido que el actor era afiliado ni que presentaba una <b>discapacidad acreditada</b>, y precisó que la cuestión central consistía en determinar si la <b>entidad de salud </b>estaba obligada a brindar la cobertura integral solicitada.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EHTOE5CSHZED3CFBVOK7B4IPIQ.jpg?auth=5b005f75979af70089226ea03fd94d26d024cd1b5ade25d3868b787049734a4f&smart=true&width=6000&height=4000" alt="La sentencia definitiva consideró acreditada la necesidad de un cuidador las 24 horas y la provisión total de medicación e insumos esenciales en favor del jubilado que interpuso la demanda" height="4000" width="6000"/><p>Al abordar el fondo del asunto, el magistrado recordó que el <b>derecho a la salud</b> es “imprescindible para el ejercicio de la<b> autonomía personal</b>” y que, según la <b>Corte Suprema</b>, una persona gravemente enferma no puede optar libremente por <b>su propio plan de vida</b>. En ese sentido, citó precedentes del máximo tribunal y tratados internacionales de <b>derechos humanos con jerarquía constitucional </b>que reconocen el <b>derecho a la asistencia médica</b> y a la <b>preservación de la salud</b>.</p><p>El fallo repasó el marco normativo aplicable a las <b>personas con discapacidad </b>y a los <b>adultos mayores</b>, y subrayó que la ley 24.901 impone a las obras sociales y empresas de medicina prepaga la cobertura total de las <b>prestaciones básicas</b> que esas personas necesiten. Recordó que “la cobertura integral de rehabilitación se deberá brindar con los<b> recursos humanos</b>, <b>metodologías y técnicas</b> que fuere menester, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera”.</p><p>En relación con la <b>indicación médica</b>, el juez concluyó que debía prevalecer la <b>prescripción del neurólogo</b>, quien es el <b>responsable último del tratamiento</b> del paciente. Advirtió que no resultaba aconsejable introducir cambios cuando el tratamiento ya había comenzado y que el <b>objetivo del amparo</b> era asegurar la continuidad y eficacia de la asistencia sanitaria.</p><p>Al analizar específicamente la prestación de <b>cuidador particular</b>, Auguste consideró prudente asimilarla a la categoría de “<b>hogar permanente con centro de día</b>” del nomenclador nacional, con los adicionales previstos por dependencia. Para eso, aclaró que la <b>cobertura debía ser integral</b>, con prestadores propios o contratados por la demandada, y que, de no contar con ellos, el actor podía elegir un <b>prestador externo</b>.</p><p>En cuanto a la <b>medicación e insumos</b>, la sentencia definitiva ordenó la plena cobertura del esquema indicado, incluidos los <b>fármacos </b>y los <b>elementos para la incontinencia</b>, “conforme las características indicadas por el profesional” y “<b>hasta que el médico así lo indique</b>”.</p><p>Con todo, el juez hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la prepaga a otorgar cobertura completa respecto al cuidador y a todos de los insumos reclamados. También ordenó que la entidad acredite el cumplimiento de las obligaciones ante la <b>autoridad de control del sistema de salud.</b></p><p>El fallo podrá ser revisado por la Cámara del fuero en caso de apelación.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/EHTOE5CSHZED3CFBVOK7B4IPIQ.jpg?auth=5b005f75979af70089226ea03fd94d26d024cd1b5ade25d3868b787049734a4f&amp;smart=true&amp;width=6000&amp;height=4000" type="image/jpeg" height="4000" width="6000"><media:description type="plain"><![CDATA[La sentencia definitiva consideró acreditada la necesidad de un cuidador las 24 horas y la provisión total de medicación e insumos esenciales en favor del jubilado que interpuso la demanda]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">eugene barmin</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Medicina prepaga: presentan un plan especial para jóvenes]]></title><link>https://www.infobae.com/inhouse/2025/10/20/medicina-prepaga-presentan-un-plan-especial-para-jovenes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/inhouse/2025/10/20/medicina-prepaga-presentan-un-plan-especial-para-jovenes/</guid><description><![CDATA[En un evento realizado en Córdoba, OSDE lanzó Flux. Herramientas digitales, flexibilidad y soporte emocional marcan la diferencia en una cobertura creada para quienes priorizan la inmediatez y el autocuidado]]></description><pubDate>Mon, 20 Oct 2025 03:01:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>La <b>cobertura de salud</b> dejó de ser sólo asistencia médica y atención de urgencias. Hoy los jóvenes valoran servicios que los ayuden a prevenir, lograr el bienestar emocional y mantenerse activos sin perder tiempo en trámites. </p><p>En ese marco, <b>OSDE</b> lanzó <b>FLUX</b>, su más reciente plan de salud que amplía su portfolio de planes Binarios y se dirige especialmente a un público joven, activo y digital. La presentación se llevó a cabo en la ciudad de <b>Córdoba</b> e incluyó la presencia de referentes locales y nacionales de distintas disciplinas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KOS5TJKH4ZBMVFBJUEWLRPKRDY.jpg?auth=369cf0bb6c366b1b49700f48e48e142464e729bbbd9e820f96bdb954bdde72be&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El conductor e influencer Nacho Elizalde participó de la presentación del plan de salud de OSDE, FLUX (Mario Sar)" height="1080" width="1920"/><h2>Un producto adaptado a una nueva generación</h2><p>El plan <b>FLUX</b> se suma a la oferta existente de <b>OSDE</b>, sin reemplazar las alternativas actuales. El objetivo es acompañar los cambios en los estilos de vida y responder a nuevas expectativas de una sociedad donde los jóvenes buscan soluciones simples, rápidas y confiables.</p><p>Esta nueva propuesta pone énfasis en la<b> agilidad operativa</b>, desde la instancia de contratación hasta las gestiones cotidianas. La cobertura también <b>incluye prestaciones pensadas para el bienestar físico y mental</b>, dos ejes que la marca considera clave de la salud integral en los tiempos actuales.</p><p>“Flux nos habla de un cambio, de una capacidad de adaptación por la que todos tuvimos que pasar con la transformación digital. Pero para los más jóvenes, ya es algo adquirido, lo llevan consigo desde siempre”, dijo Martín Pochat, presidente de OSDE.</p><h2>Cómo fue la avant-première</h2><p>El evento de presentación realizado en <b>Córdoba</b> reunió a referentes de diversas actividades, quienes compartieron los beneficios de esta novedosa propuesta de <b>OSDE</b>. “Es un plan que entendió que la salud no es importante solo cuando estás mal, sino hacer todas esas cosas para estar mejor”, expresó el humorista <b>Pablo Albella</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/57UFT3TOIFD65ATBE2MCKTODYA.jpg?auth=a75365318a77b6c8af0d86990ffc0cb1715b428691eaf944f7dac0fb4ebc19d4&smart=true&width=1920&height=1080" alt="“Este plan entendió un poco que la salud no es importante solo cuando estás mal, sino hacer todo para estar mejor", dijo el humorista Pablo Albella (Mario Sar)" height="1080" width="1920"/><p>Por su parte, el <i>streamer</i> <b>Nacho Elizalde </b>remarcó la importancia de entender que no todos los rangos etarios necesitan lo mismo y destacó que Flux estuviera enfocado en la salud mental, en el deporte, en el bienestar".</p><p>“Creo que lo principal de un plan de salud es que tiene que ser dinámico y fácil de adquirir. Las prestaciones tienen que estar en línea con cosas muy relacionadas a la gente joven como nosotros”, reflexionó <b>Delfina Merino</b>, exjugadora de hockey de Las Leonas. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LYVTSASKKVAS5AOJSYQUSTIFFA.jpg?auth=e17e62a2b8e5a4adcf3b4c58402164801c1b3c4f0ca534898e85cf6def61c574&smart=true&width=1920&height=1080" alt="“Flux es para jóvenes como nosotros, que somos deportistas, que estamos en movimiento”, aseguró la exjugadora de hockey Delfina Merino (Mario Sar)" height="1080" width="1920"/><h2>Cobertura digital, costos y nuevas plataformas</h2><p>Durante la <i>avant-première</i>, <b>Cristian García Sarubbi</b>, director general de <b>Grupo OSDE</b>, brindó detalles sobre el funcionamiento tecnológico y los costos del plan: “Tenemos una cartilla totalmente digitalizada, un buscador de prestadores con la ayuda de la inteligencia artificial y un costo inferior al que actualmente estaban pagando por servicios similares”.</p><p>El directivo puntualizó algunos beneficios vinculados a una visión integral de la salud: remarcó que aborda a la salud como un concepto integral y que hace hincapié en el bienestar emocional. </p><p>“Este producto te ofrece una <b>cantidad ilimitada de coberturas de psicología</b>, que te bajes una aplicación para aprender a hacer <i>mindfulness</i> y bajar un cambio en tu día a día o que tengas una app de Sport Club para hacer gimnasia sin cargo desde tu casa. Todos estos beneficios hacen que los jóvenes vean a Flux como una muy buena opción de sentirse libres y protegidos", concluyó <b>García Sarubbi</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SAPS5K2XBVBTZOK3Q3HFICAT24.jpg?auth=a6d17c78bb9466f2e6de831950a4b5d55a91f6b08a2048ad62ec19772367997c&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El exrugbier Javier Ortega Desio junto a la influencer Ayelén Bastianelli (Mario Sar)" height="1080" width="1920"/><p>Quien también estuvo presente en el lanzamiento de este producto en Córdoba fue el exrugbier <b>Javier Ortega Desio</b>. En diálogo con <b>Infobae</b>, puntualizó en la inmediatez que brinda esta cobertura: “Hoy queremos todo rápido y al alcance del teléfono. Lo bueno es que vas a poder manejar todo de manera digital”.</p><p>El evento de lanzamiento en Córdoba finalizó con la presentación de Flux como una alternativa enfocada especialmente en quienes optan por una vida ágil y sencilla. <b>OSDE</b> refuerza así su estrategia de innovación sumando un producto que, según lo anunciado, apunta a responder a las nuevas demandas de los jóvenes adultos en la Argentina, con herramientas digitales y un fuerte compromiso con el bienestar integral.</p><p>Para más información, se puede ingresar <a href="https://www.osde.com.ar/planes/flux" target="_blank" rel="">aquí</a>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/7VZVZUGRYVDMVHPLRCIKNF3IWE.jpg?auth=097eb10cd22c2ee040bcded74c218f282096a0c5a41dc1d1f85f395f75f5f8c1&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Ordenaron cubrir un tratamiento de fertilización asistida adicional a los tres previstos por la norma]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/10/17/ordenaron-cubrir-un-tratamiento-de-fertilizacion-asistida-adicional-a-los-tres-previstos-por-la-norma/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/10/17/ordenaron-cubrir-un-tratamiento-de-fertilizacion-asistida-adicional-a-los-tres-previstos-por-la-norma/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La Cámara Federal de La Plata hizo lugar al recurso de una pareja y dispuso que la empresa de medicina prepaga cubra en forma integral un nuevo procedimiento de alta complejidad, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo del amparo]]></description><pubDate>Fri, 17 Oct 2025 05:08:18 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/S5FJCFIYY5FT7LOY2JU7XDEQ5Y.jpg?auth=8d9f316782510d6b840844ddc7449ecf9eb73250421f52a3ccba344cff270dcd&smart=true&width=1456&height=816" alt="La Cámara Federal de La Plata revocó una resolución del Juzgado Federal de Junín y ordenó a una empresa de medicina prepaga cubrir en forma integral un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad solicitado por una pareja (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>En el marco de un <a href="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/"><b>amparo de salud</b></a>, la Cámara Federal de La Plata revocó este jueves una resolución del Juzgado Federal de Junín y ordenó a una empresa de <b>medicina prepaga</b> cubrir en forma integral y sin demoras un <a href="https://www.infobae.com/tag/fertilizacion-asistida/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/fertilizacion-asistida/"><b>tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad</b> </a>(ICSI) solicitado por una pareja con diagnóstico de “<b>baja reserva ovárica</b>” e “<b>infertilidad secundaria</b>”, pese a que la demandada alegó haber alcanzado el <b>límite de tres tratamientos</b> previsto por la normativa vigente. El tribunal de Alzada, en un voto compartido, dispuso que la <a href="https://www.infobae.com/tag/cobertura-medica/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cobertura-medica/"><b>cobertura incluya</b></a> el procedimiento prescripto, la medicación y los gastos que demande el proceso, “hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”.</p><p>El expediente a la Sala II, integrada por los camaristas <b>Jorge Di Lorenzo y César Álvarez </b>luego del recurso de apelación presentado por <b>los amparistas</b> contra la resolución de primera instancia que había rechazado la <a href="https://www.infobae.com/sociedad/2022/01/09/que-es-una-medida-cautelar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/2022/01/09/que-es-una-medida-cautelar/"><b>medida cautelar</b> solicitada</a>. La demanda pedía que la empresa cubriera “a favor de N. Y.A. y J.P.G. el <b>costo del</b> <b>tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad</b> ICSI <a href="https://www.infobae.com/tag/fertilidad-asistida/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/fertilidad-asistida/"><b>con técnica Zymot al semen e Ionóforo de calcio</b></a>, sin límite de extensión de cobertura y hasta tres veces por año, incluyendo la medicación y gastos que ello demande y la <b>eventual criopreservación de embriones</b> con mantenimiento anual” en un <b>centro de fertilidad específico</b>.</p><p>El procedimiento indicado corresponde a una técnica de fertilización asistida de alta complejidad (ICSI, por sus siglas en inglés de <b>Inyección Intracitoplasmática de Espermatozoides</b>), que consiste en la <b>microinyección de un espermatozoide</b> dentro del óvulo para favorecer la fecundación. Según la <b>prescripción médica </b>obrante en la causa, se indicó además el uso del<b> dispositivo Zymot </b>para la selección de espermatozoides con mejores índices, y la aplicación de <b>Ionóforo de calcio</b>, destinado a facilitar <a href="https://www.infobae.com/salud/ciencia/2025/10/14/un-procedimiento-experimental-permite-generar-ovulos-humanos-desde-celulas-cutaneas-un-avance-que-podria-transformar-la-fertilidad/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/ciencia/2025/10/14/un-procedimiento-experimental-permite-generar-ovulos-humanos-desde-celulas-cutaneas-un-avance-que-podria-transformar-la-fertilidad/"><b>la activación del óvulo</b></a> tras la inyección.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/F4RVL7I2YBDFNOC54OB2IW6UZI.jpg?auth=5a11bbc15fa82731e561401106cd6782936f79bb0733473225327b3470bd0ba5&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El tribunal de Alzada dispuso que la cobertura se mantenga “hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”, pese a que la empresa alegó haber alcanzado el límite de tres tratamientos previsto por la normativa vigente (Foto ilustrativa: Archivo)" height="1080" width="1920"/><p>El juez de primera instancia había rechazado la cautelar tras considerar que “toda decisión que conlleve satisfacer en todo o en parte dicha pretensión <b>objeto del pleito</b>, aun cuando no sea sino provisionalmente, escapa al campo de las <b>medidas cautelares</b> (…) para entrar en un campo de distinta naturaleza: <b>la anticipatoria</b>”. A su vez sostuvo que “la <b>obra social</b> brindó tratamientos de reproducción médicamente asistida <b>de alta complejidad</b> y la pareja tiene un hijo (...), por lo que <b>no surge un riesgo inminente para el derecho a ser padres de los actores</b>”. De ese modo, entendió que el caso merecía “<b>un estudio especial</b>” por medio de una sentencia que resolviera la cuestión de fondo.</p><p>La pareja presentó un recurso de apelación donde alegó que “se encuentra palmariamente acreditada la <b>verosimilitud del derecho reclamado</b> y sustentado con la documentación acompañada, que consigna la <b>necesidad del tratamiento cuya cobertura del 100% solicita a través del dictado de la medida cautelar de innovar</b>”. En ese planteo hizo hincapié, además, en el “<b>peligro en la demora</b>, atento el <b>diagnóstico de infertilidad secundaria</b>, baja reserva ovárica y factor masculino severo, sumado a esto la <b>edad materna avanzada</b> de la amparista (36 años)”.</p><p>En los agravios, la defensa de los demandantes aseveró que “la documentación acompañada es lo suficientemente demostrativa como para inferir que el <b>transcurso del tiempo puede afectar la salud reproductiva</b>, así como la <b>estabilidad emocional y psicológica </b>de los amparistas”.</p><p>La empresa de salud, por su parte, contestó el recurso, solicitó que “se declare desierta la apelación” y pidió su rechazo. Argumentó que el límite de <b>tres tratamientos </b>previsto en el <b>decreto reglamentario 956/2013</b> ya había sido alcanzado, y que los actores ya habían recibido previamente <b>procedimientos de alta complejidad cubiertos </b>por la firma.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZUWSG2AIAFBBBHS52CLRL4S7EI.jpg?auth=3c1881ad25dbfc6ff0f0a658376b54ffdaa21034107688d418f9b99beea1c458&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El tratamiento ICSI consiste en la microinyección de un espermatozoide dentro del óvulo para favorecer la fecundación en casos de infertilidad de alta complejidad (Foto ilustrativa: Archivo)" height="1080" width="1920"/><p>Así las cosas, el expediente quedó radicado en la <b>Sala II </b>del tribunal de Alzada de La Plata, cuyos magistrados, a la hora de <b>dirimir el conflicto suscitado entre las partes</b>, tuvieron por acreditado “con el grado de certeza requerido en esta etapa” que “los amparistas son afiliados” a la prepaga demandada y que, asimismo, presentaban un <b>diagnóstico médico </b>realizado por una especialista en fertilidad, ginecología y obstetricia, quien consignó: “Pareja con esterilidad 2°. Han realizado tratamientos de alta complejidad con Zymot en marzo de 2023, agosto de 2023 y agosto de 2024. Todos los test son negativos.<b> Debe realizar tratamiento con Zymot y Ionóforo de Calcio, para mejorar chances vs. ovodonoación y espermadonación</b>. Pareja que tiene diagnóstico de BAJA RESERVA OVÁRICA y FACTOR MASCULINO SEVERO”. </p><p>En las actuaciones también se adjuntaron las “<b>cartas documento</b> intercambiadas por las partes”, donde se verificó la “<b>intimación a</b> <b>proveer cobertura</b>” de los amparistas y el “<b>rechazo de la demandada</b> fundado en que se agotaron los <b>tres tratamientos de por vida</b> previstos como límite en el Decreto 956/2013”.</p><p>En su análisis normativo, la Cámara recordó que “el objeto de la <b>Ley 26.862 </b>-reglamentada por el <b>decreto 956/2013-</b> es garantizar el <b>acceso integral a los procedimientos </b>y <b>técnicas médico-asistenciales</b> de reproducción médicamente asistida (art. 1°)” y que “toda persona mayor de edad que haya explicitado su consentimiento informado” tiene derecho a acceder a ellos. Según el fallo, el artículo 8° de esa normativa dispone que “una persona podrá acceder a un máximo de <b>cuatro tratamientos anuales</b> (…) <b>de baja complejidad</b> y hasta tres tratamientos (…) <b>de alta complejidad</b>, con intervalos mínimos de tres meses entre cada uno de ellos”. </p><p>En esa línea, la Sala citó el precedente “Y.,M.V. y otro” sobre un <b>amparo de salud</b>, en el que la Corte Suprema “concluyó que la única interpretación admisible de la reglamentación examinada (…) es la que habilita a los interesados a acceder a <b>tres tratamientos anuales de reproducción médicamente asistida </b>con técnicas de alta complejidad”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RPBVRVSHAFG5LEYTJAQIFHQFQY.jpg?auth=fb2e594df0354d245c5ec61c50fba7d364f9505b184e9cf3c7e9199d3bbf3b66&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los camaristas Jorge Di Lorenzo y César Álvarez sostuvieron que “el peligro en la demora se encuentra acreditado”, en atención a la edad de la amparista y al diagnóstico de “baja reserva ovárica” y “factor masculino severo” (Gentileza Tiempo Judicial)" height="1080" width="1920"/><p>Corroborado el requisito de la “<b>verosimilitud del derecho</b>” para darle cauce al pedido cautelar, el tribunal de segunda instancia destacó que también estaba cumplida la exigencia del "<b>peligro en la demora</b>“, ya que ”esta causa requiere una pronta decisión <b>en función de la edad de la amparista (hoy de 37 años)</b>, lo que junto a la prolongación temporal del trámite pone en riesgo la realización del derecho reclamado”.</p><p>Bajo esos términos, los jueces consideraron que era necesario revocar “la resolución apelada y <b>hacer lugar a la medida cautelar requerida</b>“.</p><p>Y agregaron: ”En consecuencia, cabe ordenar a la demandada que, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, proceda a <b>cubrir en forma integral el tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad ICSI</b>, con el alcance establecido en la ley 26.862 y su reglamentación, de acuerdo a la prescripción realizada por la doctora (...), la que deberá presentarse actualizada. <b>Ordenar su cumplimiento inmediato a la demandada</b>, previa caución juratoria que deberán prestar los accionantes en la instancia de origen".</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/F4RVL7I2YBDFNOC54OB2IW6UZI.jpg?auth=5a11bbc15fa82731e561401106cd6782936f79bb0733473225327b3470bd0ba5&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El tribunal de Alzada dispuso que la cobertura se mantenga “hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”, pese a que la empresa alegó haber alcanzado el límite de tres tratamientos previsto por la normativa vigente (Foto ilustrativa: Archivo)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Las prepagas ya definieron sus aumentos de agosto: cómo es la nueva herramienta para comparar los distintos planes]]></title><link>https://www.infobae.com/economia/2025/07/18/las-prepagas-ya-definieron-sus-aumentos-de-agosto-como-es-la-nueva-herramienta-para-comparar-los-distintos-planes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/economia/2025/07/18/las-prepagas-ya-definieron-sus-aumentos-de-agosto-como-es-la-nueva-herramienta-para-comparar-los-distintos-planes/</guid><dc:creator><![CDATA[Natalia Donato]]></dc:creator><description><![CDATA[Desde este viernes, está disponible una web pública donde los usuarios acceden a las nuevas tarifas y detalles actualizados de cada plan ofrecido por las empresas del sector. Los valores de cada una para el mes próximo]]></description><pubDate>Fri, 18 Jul 2025 17:19:37 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CFYJLG2LLFFMZPGAF3RD5OKP4M.jpg?auth=2a41352488aaca9371e960159024133bcca4d8d6bd42200ca8289efa92ac2463&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los principales ajustes de precios anunciados por las empresas de medicina privada para agosto se reflejan desde hoy en la plataforma oficial del Estado
 (Getty Images)" height="1080" width="1920"/><p>Las principales empresas de medicina privada en la Argentina ya informaron <b>los aumentos previstos en las cuotas</b> de sus planes para agosto, con valores que, en promedio, se ubican en <b>1,6% respecto al mes anterior</b>, en línea con la inflación de junio dada a conocer en los últimos días. Al mismo tiempo, una<b> nueva plataforma digital de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS)</b> entró en funcionamiento y habilita por primera vez la posibilidad de comparar, en línea y bajo supervisión estatal, el costo de los diferentes planes según edad, ubicación y características específicas.</p><p>El sector prepago se compone de empresas con gran cantidad de afiliados y amplia cobertura nacional. Entre ellas, <b>Swiss Medical</b> dispuso un ajuste escalonado: quienes cuentan con servicios que incluyen copagos enfrentarán un aumento de <b>1,3%</b>, mientras que para los afiliados sin copagos la suba llegará al <b>1,9%</b>. En el caso de <b>Medicina Esencial</b>, la suba será <b>1,5%</b>, lo que la posiciona cerca del promedio sectorial.</p><p>Por su parte, <b>Hospital Italiano</b>, <b>Sancor Salud</b> y <b>Federada Cobertura</b> aplicarán un aumento del <b>1,6%</b> en todas las modalidades. Esta cifra coincide con la variación mensual más reciente del Índice de Precios al Consumidor publicado oficialmente. Desde hace años, el segmento de la medicina privada ocupa un lugar central en el presupuesto de los hogares, y la posibilidad de consultar los valores y características en línea suma transparencia a un mercado históricamente complejo y fragmentado.</p><p>La lista de ajustes informados se completa con <b>Avalian</b> (<b>1,75%</b>), <b>OSDE</b> (<b>1,93%</b>) y <b>Galeno</b> (<b>1,95%</b>). Cada empresa cargó los datos en la plataforma estatal, en cumplimiento con la <b>resolución 645/2025 de la SSS</b>. Esta norma exige que todas las prepagas informen mensualmente los valores de sus planes y los publiquen en la web oficial, dentro de los cinco días posteriores al anuncio del IPC. El organismo dispone que los usuarios encuentren información desagregada por región, edad y plan.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CLFXWYY6YBH3FA4TOASJK7K6CY.jpg?auth=390255ab3e929a4e441ad5bce3bf4624895a9780db29661f02ec155928a49fbb&smart=true&width=1920&height=1277" alt="Los planes de Swiss Medical subirán 1,9% y 1,3% para los que tienen copagos" height="1277" width="1920"/><p><b>La entrada en vigencia de esta normativa</b> representa un cambio relevante en el modo en que los usuarios interactúan con las compañías médicas. A partir de la habilitación de la nueva web, cualquier persona puede acceder a los valores actualizados de cada servicio, lo que permite realizar comparaciones entre cientos de alternativas disponibles y elegir aquellas que mejor se ajusten a las necesidades de cada grupo familiar o individuo. La pauta de actualización mensual procuró, desde su lanzamiento, que los valores sigan la evolución de la inflación.</p><h2>Cómo funciona la web para comparar planes</h2><p>La Superintendencia explicó que la iniciativa de cargar los datos mensualmente en la web<b> (https://cuadrostarifarios.sssalud.gob.ar/)</b> busca fomentar un esquema más transparente y competitivo en el ecosistema de la medicina privada. Además, permite a los usuarios conocer en detalle qué servicios abarca cada plan, la cantidad de prestadores, el sistema de copagos y cómo influyen la edad y el lugar de residencia en la cuota mensual.</p><p>Cada ajuste anunciado responde a la actualización de precios establecida en la política pública de control y supervisión sectorial. Las empresas informaron los porcentajes con antelación y, una vez publicada la inflación del último mes, cargaron la información definitiva en la plataforma oficial. Según la reglamentación, cualquier usuario puede ver los valores y las condiciones vigentes de los grandes prestadores del mercado.</p><p>De acuerdo con la regulación, la obligación de brindar información clara y en tiempo real busca “favorecer la competencia leal” entre los agentes y brindar herramientas para que los usuarios tomen decisiones informadas. El procedimiento establece que las compañías deben mantener actualizado el tablero con todos los cambios de precios y condiciones en la web oficial, lo que elimina la posibilidad de diferencias arbitrarias entre afiliados según el canal de información utilizado.</p><p>En total, el sector ofrece <b>cientos de planes diferentes</b>. El usuario puede navegar por el sitio estatal y hallar fácilmente opciones tanto en grandes conglomerados urbanos como en ciudades pequeñas o localidades del interior. De acuerdo con las instrucciones regulatorias, cada dato que aparece en pantalla corresponde a un valor realmente vigente y debidamente informado, con las condiciones fiscales y contractuales establecidas por las normas nacionales.</p><h2>En línea con la inflación</h2><p>Durante los primeros meses del año, la inflación impactó con fuerza sobre los costos de las prepagas, que enfrentaron incrementos significativos en rubros como insumos médicos, honorarios profesionales, servicios tercerizados y alquileres. Esa situación derivó en una serie de aumentos acumulados que generaron fuerte malestar en sectores de la clase media, especialmente en los segmentos sin subsidio ni cobertura parcial por obras sociales.</p><p>Sin embargo, con la desaceleración de los precios que se registró a partir de marzo, sumado a los pedidos del Gobierno para moderar los ajustes, las empresas comenzaron a revisar sus estrategias. En junio, varias de ellas decidieron aplicar ajustes mínimos o incluso congelar algunas de sus líneas de planes para evitar una mayor erosión en su cartera de clientes. Esa tendencia se mantuvo en julio y lo mismo sucederá para agosto, de acuerdo a las primeras cifras registradas en la web oficial. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CFYJLG2LLFFMZPGAF3RD5OKP4M.jpg?auth=2a41352488aaca9371e960159024133bcca4d8d6bd42200ca8289efa92ac2463&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Los principales ajustes de precios anunciados por las empresas de medicina privada para agosto se reflejan desde hoy en la plataforma oficial del Estado
 (Getty Images)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia anuló los aumentos que realizó una prepaga a una usuaria desde 2023]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/05/26/la-justicia-anulo-los-aumentos-que-realizo-una-prepaga-a-una-usuaria-desde-2023/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/05/26/la-justicia-anulo-los-aumentos-que-realizo-una-prepaga-a-una-usuaria-desde-2023/</guid><description><![CDATA[La Cámara Civil y Comercial Federal falló a favor de una paciente que había demandado a Omint. Si bien la resolución tiene efecto sobre un caso particular, sirve como antecedente para otros reclamos]]></description><pubDate>Mon, 26 May 2025 16:11:13 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RXABPBUQLRF55NXRLCBL4TDPSI.jpg?auth=32cf989da1dca747839df91d851d88055afd3580b30fa9bc5baa8dbf8c689b32&smart=true&width=1456&height=816" alt="La Cámara Civil y Comercial Federal declaró la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023 - (Imagen Ilustrativa Infobae)." height="816" width="1456"/><p>El<b> DNU 70/2023</b> sufrió otro revés en la Justicia. En los últimos días, la Sala II de la <b>Cámara Civil y Comercial Federal</b> declaró la<b> </b>inconstitucionalidad de los<b> artículos 267 y 269 de ese decreto</b>, que habían eliminado el control estatal sobre los <a href="https://www.infobae.com/economia/2025/04/18/las-prepagas-se-preparan-para-aplicar-en-mayo-menores-aumentos-a-los-anunciados-por-pedido-del-gobierno/" target="_blank">aumentos en las cuotas</a> de las empresas de medicina <a href="https://www.infobae.com/tag/prepagas/" target="_blank">prepaga</a>. El fallo se dio a partir del reclamo de una usuario contra la obra social <b>Omint</b>.</p><p>La decisión, firmada por los jueces <b>Florencia Nallar</b> y <b>Eduardo Daniel Gottardi</b>, revocó una sentencia de primera instancia y ordenó <b>anular todos los aumentos que se hayan cobrado desde diciembre de 2023</b>. Esto afectará puntualmente a la relación contractual entre las partes, pero también<b> sienta un precedente relevante</b> para otros afiliados en situación similar.</p><p>Sucede que las subas que se dieron a partir de la desregulación ocurrieron sin intermediación de la <b>Superintendencia de Servicios de Salud (S.S.S.). </b>Por eso la Justicia las consideró ilegítimas y dispuso que, en adelante, cualquier aumento deberá contar con la aprobación previa de una autoridad de control.</p><p>En primera instancia, un juez había rechazado la demanda y consideró innecesario analizar la constitucionalidad del DNU, al entender que la empresa había ajustado sus aumentos al <b>Índice de Precios al Consumidor (IPC)</b> y que la cuestión se encontraba resuelta por acuerdos administrativos y judiciales previos. Sin embargo, la Cámara revocó esa decisión y consideró que el reclamo de la actora no podía ser desestimado por la existencia de <b>acuerdos en los que no participó y que solo tenían efectos temporales.</b></p><p>Omint defendió la legalidad de los aumentos y sostuvo que la causa había perdido actualidad por el acuerdo alcanzado en una causa paralela donde ya se había establecido la<b> devolución de montos cobrados en exceso y la limitación de aumentos al IPC por seis meses.</b> La empresa también argumentó que existía un retraso en los valores facturados a los usuarios y que la desregulación era necesaria para la competitividad del sector.</p><h2>Los fundamentos de la Cámara</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/J5NVB4CC2ZGSDIKCDULW6WXFKM.png?auth=d1f5233c30b362a37a07355c2230ed8f8d684d0d808a79350cc39e60033317f6&smart=true&width=1379&height=776" alt="El fallo se dio a partir de una demanda de una afiliada de Omint" height="776" width="1379"/><p>La Cámara analizó en profundidad el marco constitucional y legal de los decretos de necesidad y urgencia, así como los antecedentes parlamentarios de la Ley 26.682, que establecía el control estatal sobre los aumentos de cuotas de medicina prepaga. El tribunal citó los debates legislativos y destacó el consenso alcanzado en el Congreso sobre <b>la necesidad de proteger a los usuarios frente a incrementos arbitrarios.</b></p><p>La Cámara consideró que el DNU 70/2023 no justificó la existencia de circunstancias excepcionales que impidieran el trámite legislativo ordinario, ni acreditó una emergencia sanitaria vinculada al sector de medicina prepaga. “Ese silencio no se compadece con la exigencia de la Ley N° 26.122”, cuestiona la resolución.</p><p>Además, el tribunal sostuvo: “<b>Las apreciaciones generales sobre la situación económica y social del país no guardan estricta vinculación con las medidas cuestionadas en el presente</b>, como así tampoco se invoca una situación de emergencia sanitaria que guarde vinculación con las empresas de medicina prepaga y los precios de los servicios que prestan”.</p><p>La sentencia cita jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre los <b>requisitos para el dictado de un DNU</b>: “Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes [...] podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia”. La Cámara concluyó que el Poder Ejecutivo no demostró la existencia de tales circunstancias excepcionales en el caso de la desregulación de la medicina prepaga.</p><h2>Efectos de la sentencia</h2><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WOIDGCKHKFCK7M4ZZ2OXLEAOC4.jpg?auth=2f17db938488e0c1402097dd596b4a3890b82c047b01a0e661246d62fdf906d9&smart=true&width=1920&height=1080" alt="" height="1080" width="1920"/><p>La decisión de la Cámara implica que los aumentos de cuotas aplicados por Omint desde diciembre de 2023, sin autorización de la S.S.S., <b>son ilegítimos</b>. Además, la empresa deberá tramitar ante la autoridad de control cualquier nuevo incremento, y hasta tanto no obtenga la aprobación, <b>no podrá modificar el valor de la cuota de la actora.</b></p><p>El fallo también establece que<b> la Superintendencia deberá fiscalizar y autorizar los aumentos</b> en este contrato particular, en los términos del artículo 17 de la Ley 26.682, restablecido por la declaración de inconstitucionalidad del DNU.</p><p>Ya hubo casos similares que alcanzaron fallos judiciales en favor de los afiliados. También la Superintendencia de Servicios de Salud cambió su esquema de comunicación de los aumentos de las prepagas, aunque <b>el Gobierno sigue sin intervenir directamente </b>en la actualización del precio de las cuotas.</p><p><br/></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/RXABPBUQLRF55NXRLCBL4TDPSI.jpg?auth=32cf989da1dca747839df91d851d88055afd3580b30fa9bc5baa8dbf8c689b32&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[La Cámara Civil y Comercial Federal declaró la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023 - (Imagen Ilustrativa Infobae).]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Qué dice la nueva medida que regula la comunicación de aumentos en las cuotas de medicina prepaga]]></title><link>https://www.infobae.com/salud/2025/05/16/que-dice-la-nueva-medida-que-regula-la-comunicacion-de-aumentos-en-las-cuotas-de-medicina-prepaga/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/salud/2025/05/16/que-dice-la-nueva-medida-que-regula-la-comunicacion-de-aumentos-en-las-cuotas-de-medicina-prepaga/</guid><dc:creator><![CDATA[Daniela Blanco]]></dc:creator><description><![CDATA[Antes de que los usuarios reciban aviso sobre subas en sus planes de salud, las empresas del sector deberán cumplir con un nuevo paso obligatorio ante el Estado. Fuentes de la Superintendencia de Servicios de Salud explicaron a Infobae los detalles de la normativa]]></description><pubDate>Fri, 16 May 2025 14:47:19 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/66IF2W3U6FAGBPHQWDSGHU3BOU.jpg?auth=67097a071a4ec395e854cd8ecadbcd0977ae39264cb14903b8b5f1cd0b58129f&smart=true&width=1456&height=816" alt="A partir de ahora, las empresas de medicina prepaga deberán presentar ante la Superintendencia de Servicios de Salud todos los datos vinculados a los aumentos de cuotas antes de comunicar cualquier suba a sus afiliados, según fuentes oficiales
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>La <b>Superintendencia de Servicios de Salud</b> modificó el esquema de comunicación de los incrementos en los valores de los planes de<a href="https://www.infobae.com/tag/prepagas/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/tag/prepagas/"><b> medicina prepaga</b></a>, según la <b>Resolución 645/2025 </b>publicada hoy en el <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/325428/20250516?busqueda=2" target="_blank" rel="" title="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/325428/20250516?busqueda=2">Boletín Oficial</a>. </p><p>A partir de ahora, según pudo saber <b>Infobae </b>de fuentes de la cartera de Salud, <b>las empresas del sector deberán remitir al organismo toda la información referida a los aumentos antes de notificarlos a sus afiliados. </b></p><p>El nuevo procedimiento deberá cumplirse dentro de los cinco días posteriores a la publicación del <b>Índice de Precios al Consumidor (IPC) mensual elaborado por el INDEC.</b></p><p>Desde esta modificación<b>, deberán subir los valores de los planes a la web de la Superintendencia en ese mismo lapso de cinco días.</b> La presentación se realizará mediante los canales electrónicos del organismo, respetando la normativa vigente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NS35R5Z5TRDX5EB7S7DIFXGTZU.jpg?auth=ee2bcd091cf85dcf020e2f85800556dbc50d8b5341fb8e5571cd331ff41286db&smart=true&width=1456&height=816" alt="El nuevo esquema establece que las prepagas tienen cinco días desde la publicación del IPC del INDEC para informar al organismo regulador los valores actualizados, respetando el procedimiento electrónico y los plazos previstos por la normativa vigente
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>La nueva serie de medidas redefine la relación entre las <b>empresas de medicina prepaga, los usuarios y el Estado.</b> La publicación anticipada de los aumentos en la web oficial y la obligación de transparentar los criterios de fijación de precios <b>buscan reforzar el acceso a la información para los beneficiarios del sistema.</b></p><p><b>¿Qué información deberán presentar? </b>No se trata de una simple declaración. Según lo establecido, las entidades comprendidas en el artículo 1° de la <b>Ley N° 26.682</b> deberán entregar:<b> el texto completo de la comunicación</b> que dirigen a los usuarios para informar el aumento, <b>el porcentaje de variación que aplicarán</b> y <b>el nuevo valor de la cuota mensual discriminado por plan,</b> franja etaria y zona geográfica, <b>el cuadro tarifario vigente</b>, y el <b>detalle de los copagos por prestación</b>, si correspondiera.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LR7ZSMFV4RCPREKPR4636JCEGI.jpg?auth=5b4f4448d5679fc4997aab848d7242cfe109c9bf2aba531c502bbc88a3d8e5c0&smart=true&width=1456&height=816" alt="La normativa exige que las empresas detallen el nuevo valor de la cuota mensual por plan, franja etaria y zona geográfica, además del cuadro tarifario vigente y los copagos por prestación, si correspondiera, como parte de la documentación obligatoria
 (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>Además, el envío de esta información debe respetar lo previsto en el artículo 17 del Anexo del Decreto N° 1993/2011. Esto implica<b> un aviso con al menos treinta días corridos de antelación al vencimiento del pago de la obligación.</b> </p><p>El incumplimiento será considerado una falta formal, sin perjuicio de la invalidez de la notificación, según detallaron.</p><p>La alineación entre los ajustes y los indicadores económicos más recientes ayuda a mantener un equilibrio entre la sostenibilidad financiera de las entidades y la capacidad de pago de los usuarios, según información a la que accedió <b>Infobae.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JTW665TM2NAW7KEWCSS4QJV46U.jpg?auth=b3027b8e56486c93f49585e545f795c17088376cd59f6a6971577c9fc7cf92ab&smart=true&width=1456&height=816" alt="Según lo dispuesto, el aviso de aumento a los afiliados deberá respetar lo establecido por el artículo 17 del Anexo del Decreto N° 1993/2011, que exige una notificación con al menos treinta días corridos de anticipación al vencimiento de la obligación
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><h2>Cambios normativos previos: aumentos diferenciados</h2><p>Esta nueva resolución se suma a una serie de medidas implementadas durante los últimos meses para modificar el régimen de precios del sector. </p><p><b>En febrero de 2025, el Decreto 102/2025 </b><a href="https://www.infobae.com/economia/2025/02/14/el-gobierno-quiere-que-las-prepagas-apliquen-aumentos-diferentes-a-cada-uno-de-sus-planes-para-abaratar-las-cuotas/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/economia/2025/02/14/el-gobierno-quiere-que-las-prepagas-apliquen-aumentos-diferentes-a-cada-uno-de-sus-planes-para-abaratar-las-cuotas/"><b>oficializó una flexibilización en la actualización de cuotas.</b></a><b> </b>A partir de esa norma, las empresas pueden aplicar incrementos diferenciados, en lugar de utilizar un porcentaje uniforme para todos los afiliados.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/73XRSJ3Q3RF7XNFUD62VTJHR7A.jpg?auth=36f95076f3e370d78ceec853340d028834f801fc9b2da21dd13ed8d353fc1dee&smart=true&width=1456&height=816" alt="La Superintendencia busca reforzar el acceso a la información de los usuarios mediante la publicación anticipada en su web de las subas autorizadas y la obligación de transparentar los criterios utilizados para fijar los nuevos valores de los planes
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El texto introdujo un cambio clave en el mismo artículo 17 del decreto reglamentario de 2011. Allí se estableció que “los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la Ley N° 26.682 y sus modificaciones podrán establecer libremente los valores de las cuotas de los planes de salud ofrecidos durante toda la vigencia del contrato.<b> El porcentaje de ajuste podrá variar según las características específicas de cada plan de salud que comercialicen”.</b></p><p>La disposición incluyó un límite a la segmentación por edad. <b>El valor de la cuota de la última franja etaria no podrá superar el triple del valor de la cuota de la primera franja etaria</b>. Según detallaron, los planes de cobertura para la última franja etaria deben estar disponibles sin límites de edad máxima, ya sea para la admisibilidad de nuevos usuarios o la permanencia de los existentes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VIWINMM2SBGI5L7YVU57WT6VNU.jpg?auth=7bd81925110deeccd8d62239a49b9c989eac1a4689ecd9a7819cd7be73fbecf9&smart=true&width=1456&height=816" alt="La disposición publicada en febrero de 2025 mediante el Decreto 102/2025 habilitó a las prepagas a establecer ajustes diferenciados por plan, dejando atrás la aplicación de porcentajes uniformes para todos los afiliados en cada período
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>En paralelo, una resolución anterior publicada en el Boletín Oficial en septiembre de 2024, bajo el número 2155/2024, ya había autorizado a las empresas a aplicar aumentos diferenciados según el plan contratado y la región en la que se preste el servicio. También en este caso, el plazo para definir las subas se fijó en cinco días a partir de la publicación del IPC.</p><p>Según la medida, las cuotas “pueden aplicarse de manera variable conforme las condiciones del plan (con o sin copagos) y las regiones o zonas en las que se brinda la atención médico asistencial”. En ese sentido, se dispuso que las empresas <b>“deberán informar a la Superintendencia de Servicios de Salud sobre dichos aumentos, especificando los criterios utilizados para cada zona o región, así como la existencia o no de sistemas de copagos”.</b></p><p>El documento oficial remarcó que “permitir esta diferenciación en los valores de las cuotas según el tipo de plan y la región contribuye a una aplicación más adecuada de los incrementos tarifarios”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MNR25MI3FZGKXJE5PCNXXLXAYU.jpg?auth=6d89e7f773e3a75362b7cb5eceaf33cc44e94ea8b7004a1abfa0e80710596c59&smart=true&width=1456&height=816" alt="Las empresas del sector están obligadas a informar un desglose detallado en cada factura mensual, incluyendo el costo base del plan, los cargos adicionales, los ajustes por edad, los aportes recibidos y los impuestos aplicables, sin tecnicismos
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>Además, las entidades deberán notificar a sus afiliados un desglose completo de los conceptos incluidos en cada factura mensual. Este detalle debe incluir el costo base del plan, los cargos adicionales por coberturas específicas, los ajustes por edad o riesgo, los aportes o cápitas recibidas y los impuestos aplicables.</p><p>La norma exige que esta información sea <b>“presentada de manera clara y comprensible, utilizando un lenguaje sencillo y evitando tecnicismos innecesarios”. </b>Y establece que “cualquier cambio en los conceptos facturados deberá ser notificado al afiliado con al menos de 30 días de anticipación, explicando las razones de dicha modificación”.</p><h2>Reordenar y transparentar el sistema</h2><p>El ministro de Salud, <b>Mario Lugones</b>, mantuvo reuniones individuales a fines del año pasado con representantes de las principales empresas de medicina prepaga del país. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KLNAMUUQXVE6NFMOQ57OLGLD4I.jpg?auth=ae9e3fdd3993bc10cf57741996ff6ea2b46702cb5669a49413113a9b8cb7e294&smart=true&width=1456&height=816" alt="A partir del 1 de diciembre de 2024, todas las entidades que ofrezcan planes financiados con recursos de la seguridad social debieron registrarse en el Registro de Agentes del Seguro de Salud, bajo el encuadre definido por la Ley N° 23.660.
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El objetivo fue anticiparles que, a partir del 1 de diciembre de 2024, <b>todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados total o parcialmente con recursos de la seguridad social debieron inscribirse en el Registro de Agentes del Seguro de Salud,</b> bajo el encuadre del inciso I del artículo 1° de la Ley N° 23.660.</p><p>La decisión implicó <a href="https://www.infobae.com/salud/2024/10/04/el-gobierno-obligara-a-las-prepagas-a-abandonar-la-triangulacion-de-fondos-con-las-obras-sociales/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/salud/2024/10/04/el-gobierno-obligara-a-las-prepagas-a-abandonar-la-triangulacion-de-fondos-con-las-obras-sociales/">el fin del esquema de triangulación </a>de fondos entre las prepagas y las obras sociales.</p><p>La descentralización forma parte del esquema de gestión impulsado por el presidente <b>Javier Milei</b> y busca trasladar la responsabilidad operativa a las provincias, mientras que el Estado Nacional se concentrará en la formulación y coordinación de políticas. </p><p>El<a href="https://www.infobae.com/salud/2024/10/30/como-avanza-la-idea-de-la-descentralizacion-en-el-sistema-de-salud-en-argentina/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/salud/2024/10/30/como-avanza-la-idea-de-la-descentralizacion-en-el-sistema-de-salud-en-argentina/"> nuevo sistema </a>apunta a evitar la superposición de funciones entre distintos niveles de gobierno y a mejorar la eficiencia en contextos críticos, como la distribución de vacunas. <b>Esta estructura es monitoreada a través del COFESA,</b> con el objetivo de optimizar la gestión de insumos estratégicos y facilitar un acceso más ágil y ordenado a los servicios esenciales. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/S4DQ33EXVJDE3LYKDVJ46UY3WA.jpg?auth=6efe5e726e7bf973e2be2fea9eab53f4f5217e6a803706e3f2426e1f5f55e97e&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Clase media en 2025: los servicios subirán más que los bienes]]></title><link>https://www.infobae.com/opinion/2025/02/15/clase-media-en-2025-los-servicios-subiran-mas-que-los-bienes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/opinion/2025/02/15/clase-media-en-2025-los-servicios-subiran-mas-que-los-bienes/</guid><dc:creator><![CDATA[Damián Di Pace]]></dc:creator><description><![CDATA[Aunque la inflación se desacelera, los costos de vivienda, salud y educación siguen subiendo en términos reales. Un análisis sobre el impacto en el presupuesto familiar]]></description><pubDate>Sat, 15 Feb 2025 10:39:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KDMFTCZH4VEUFFSAPAXVPBMU24.jpg?auth=c79c2155e7f5d52bc99bc61534690065180bc9344a21dc8ab7d73451554ea736&smart=true&width=4500&height=2999" alt="El recorte del gasto público, si bien apuntó a mejorar las cuentas fiscales, también generó tensiones en la estructura social, que todavía enfrenta una alta desigualdad en la distribución del ingreso (Foto: Bloomberg)" height="2999" width="4500"/><p>El primer año de la presidencia de <a href="https://www.infobae.com/economia/2025/02/10/el-presidente-defendio-el-tipo-de-cambio-y-aseguro-que-el-pais-esta-en-deflacion-hace-meses/" target="_blank"><b>Javier Milei</b></a> marcó un cambio significativo en la economía argentina, con medidas orientadas al sinceramiento de los precios, el control de la inflación y una reestructuración profunda del gasto público. Este período se caracterizó por un enfoque en la reducción del déficit fiscal, acompañado de ajustes estructurales que buscaron alinear los precios relativos de la economía con el mercado, en un intento por generar un marco de mayor previsibilidad y estabilidad a largo plazo.</p><p>Sin embargo, estos esfuerzos se dieron en un contexto de desafíos complejos. En el primer semestre de 2024, el <a href="https://www.infobae.com/economia/2025/02/11/por-la-desaceleracion-de-precios-la-pobreza-cayo-por-debajo-del-40-y-habria-alcanzado-su-nivel-mas-bajo-desde-2019/" target="_blank">índice de pobreza</a> alcanzó el 52,9%, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), reflejando un aumento de 12,8 puntos porcentuales en comparación con el mismo período de 2023. Para el tercer trimestre de 2024, el Ministerio de Capital Humano proyectó una disminución al 38,9%, señalando una moderación parcial, pero aún revelando las dificultades para lograr equidad distributiva en un entorno de ajustes económicos. Lograr equidad distributiva es un eje fundamental para construir una sociedad más feliz y cohesionada.</p><p>Este sinceramiento de precios, aunque necesario desde la perspectiva de muchos analistas, tuvo un impacto directo en el costo de vida, especialmente en los sectores más vulnerables. El recorte del gasto público, si bien apuntó a mejorar las cuentas fiscales, también generó tensiones en la estructura social, que todavía enfrenta una alta desigualdad en la distribución del ingreso.</p><q>El sinceramiento de precios, aunque necesario desde la perspectiva de muchos analistas, tuvo un impacto directo en el costo de vida, especialmente en los sectores más vulnerables</q><p>En este contexto, resulta esencial examinar el comportamiento del precio de la canasta de servicios básicos, que sigue siendo un indicador clave para evaluar cómo las transformaciones macroeconómicas repercuten en la vida diaria de los argentinos.</p><p>Aunque la inflación ya no ocupa el mismo rol predominante como problema central, muchos servicios siguen registrando incrementos que superan el nivel de inflación general y hay otros que, intervenidos o regulados, se ajustan de manera más contenida.</p><p>Este análisis, que compara los valores proyectados de noviembre de 2024 a marzo de 2025, ofrecerá una perspectiva más clara sobre las dinámicas de ajuste en el corto plazo y su impacto en los hogares del país. Para ejemplificar consideramos una <a href="https://www.infobae.com/economia/2025/02/11/sos-de-clase-media-cuanto-debe-ganar-una-familia-tipo-portena-para-pertencer-a-ese-estrato-social/" target="_blank">familia tipo, de cuatro integrantes</a> (dos adultos y dos niños en edad escolar). El costo de alquilar un departamento de tres ambientes en la zona del Gran Buenos Aires refleja con claridad cómo los ajustes macroeconómicos afectan a los hogares.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UJW7ZOV3PNCKTNHZE2PVF27MHE.jpg?auth=9b0653df9a67e4e014f661730a83864e4a8a704393d6f4872d9f3265c3c27361&smart=true&width=1920&height=1280" alt="El costo de alquilar un departamento de tres ambientes en la zona del Gran Buenos Aires refleja con claridad cómo los ajustes macroeconómicos afectan a los hogares (Foto: Europa Press)" height="1280" width="1920"/><p>En noviembre de 2024, el <b>precio promedio de alquiler</b> se ubicaba en $601.300, y, según las proyecciones de inflación, este monto ascendería a $662.425 en marzo de 2025. Este aumento sigue de cerca la tendencia inflacionaria, pero no es el único factor que impacta en los costos de vivienda.</p><p>A esto se suman las expensas, que registraron un notable aumento a lo largo de 2024. Entre enero y noviembre de ese año subieron 115%, impulsadas principalmente por el incremento en los salarios de los encargados de edificios, el mayor componente de este gasto. En noviembre de 2024, estas alcanzaron un promedio de $169.236, y para marzo se proyecta que asciendan a $192.572, un aumento del 13 por ciento.</p><p>Este contexto evidencia cómo, incluso con una inflación más controlada, los costos asociados al acceso a la vivienda siguen creciendo por encima de los ingresos de muchos hogares.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/G6QAJFG3RNCHDILLFPGQVJEBR4.jpg?auth=0cf4efb8a20c3e5037b1973e25025e334703a1a1726db811b5b7b5f772bd887d&smart=true&width=1920&height=1689" alt="Fuente: Focus Market" height="1689" width="1920"/><p>El costo de los <b>servicios básicos</b> continúa siendo un componente relevante del gasto familiar, incluso en un contexto de ajustes y moderaciones tarifarias orientadas a “normalizar la economía”.</p><p>En noviembre de 2024, la boleta promedio de <b>agua</b> ascendía a $22.920. Si bien en diciembre aumentó un 3%, para enero la Secretaría de Obras Públicas anunció un incremento excepcional del 1%, argumentando que AySA había alcanzado el “equilibrio económico-operativo”. A partir de febrero 2025, sin embargo, se espera un retorno a incrementos cercanos al 3% mensual, llevando el promedio a $25.123 en marzo de 2025 para el Zonal Medio.</p><q>En cuanto a la electricidad, una familia que pagaba $32.072 en noviembre de 2024, afrontará un promedio de $35.021 en marzo próximo</q><p>En cuanto a la <b>electricidad</b>, una familia que pagaba $32.072 en noviembre de 2024, afrontará un promedio de $35.021 en marzo de 2025. Este aumento responde a la actualización tarifaria autorizada por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad, que estableció un ajuste promedio del 1,6 por ciento.</p><p>Los incrementos variaron según el nivel de ingresos: los usuarios de ingresos altos tuvieron una suba del 0,9%, los de ingresos medios 1,4%, y los de ingresos bajos, con bonificaciones, 1,7%. Respecto al <b>gas</b>, la boleta promedio fue de $18.853 en noviembre y, considerando los aumentos del 1,6% en enero, junto con los de febrero y marzo, alcanzará $20.546. Así, para marzo de 2025, el costo total en servicios básicos (agua, luz y gas) alcanzará a 80.691 pesos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DQWNRH45VVFIPB6XQ4RVUQVDAE.jpg?auth=fe9a56fa6b38de3d7a482f547b49afdd61a4bfa6fc3020dd3306f0821395f3f6&smart=true&width=7360&height=4912" alt="El gasto en transporte también aumenta (Fuente: Franco Fafasuli)" height="4912" width="7360"/><p>El gasto en transporte también aumenta. En noviembre de 2024 el costo del servicio público, considerando cinco combinaciones diarias de tren y colectivo para el jefe o jefa de familia y el acompañamiento del otro adulto en los viajes escolares en tren para los hijos, era $49.373 mensuales. Para marzo de 2025, se proyecta que aumente a $54.329, asumiendo el uso de una tarjeta SUBE nominalizada. Sin embargo, para quienes no utilizan esta modalidad, el costo sería 68% más alto, llegando a 91.442 pesos.</p><p>El <b>uso del automóvil</b> para fines de semana y esparcimiento también se ve impactado por los ajustes en el precio de los combustibles. La nafta súper, cuyo precio en noviembre era de $1.086,92 por litro, alcanzaría $1.200 en marzo de 2025 según los aumentos anunciados por YPF. En términos mensuales, esto significaría un gasto promedio de $98.156, considerando una ruta típica desde el Gran Buenos Aires hasta CABA. A esto se le suma el costo del seguro obligatorio del vehículo, donde la cobertura mínima pasaría de $85.993 en noviembre de 2024 a $97.012 en marzo.</p><q>El uso del automóvil para fines de semana y esparcimiento también se ve impactado por los ajustes en el precio de los combustibles</q><p>Además, considerando el uso ocasional de taxis para cubrir imprevistos, en noviembre de 2024, el costo por viaje desde el GBA a CABA era de $22.368, pero para marzo de 2025 se estima que subirá a $24.641, lo que representa un gasto mensual de $98.567 para cuatro viajes.</p><p>El acceso a la<b> educación y la salud</b>, también se ve afectado. En el caso de los colegios privados de nivel intermedio, el costo promedio para dos niños en edad escolar era de $256.460 en noviembre de 2024. Con aumentos del 3,6% en noviembre y del 3,8% en diciembre, proyecta alcanzar $355.402 para marzo. Este incremento, supera significativamente el ritmo de los ingresos previstos para muchas familias.</p><p>En cuanto a la salud, el casto medio de una prepaga para una familia tipo era en noviembre de $349.814. Sin embargo, con incrementos mensuales que oscilaron entre 3,5% y 6,9%, en algunos casos duplicando la inflación, se estima que en marzo alcanzará a 409.830 pesos.</p><p>Los servicios de <b>telefonía, internet</b>, cable y streaming también reflejan aumentos destacados. En noviembre de 2024 el servicio básico de telefonía celular para dos personas costaba en promedio $20.800. Para marzo se proyecta suba a $23.071. El servicio de internet de 600 megas, utilizado frecuentemente por las familias para trabajo, educación y entretenimiento, tenía un costo promedio de $26.799 en noviembre, con un aumento estimado a $30.489 en marzo. El precio de acceso a la plataforma de streaming era de $13.383 en noviembre, pero con la eliminación del Impuesto PAIS a partir del 23 de diciembre de 2024, se reduciría a $9.358 en marzo.</p><p>La canasta básica de servicios para noviembre de 2024 fue de $1.845.128, un monto superior al de la canasta básica de bienes, que ascendió a $1.001.466. Para marzo de 2025, se estima que el costo de la canasta básica de servicios aumentará a $2.124.135 para una familia de cuatro integrantes, lo que representa un incremento del 15,1%. Este gasto, claramente superior al de la canasta de bienes actual, supera las capacidades de muchas familias argentinas, a pesar de que aún no se ha publicado el dato definitivo de Indec sobre el umbral de pobreza en diciembre de 2024.</p><p>Si se compara el período de marzo de 2024 a marzo de 2025, el aumento interanual proyectado en la canasta de servicios será de aproximadamente 63,7 por ciento.</p><p><i><b>El autor es Analista económico y director de la consultora Focus Market</b></i></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/KDMFTCZH4VEUFFSAPAXVPBMU24.jpg?auth=c79c2155e7f5d52bc99bc61534690065180bc9344a21dc8ab7d73451554ea736&amp;smart=true&amp;width=4500&amp;height=2999" type="image/jpeg" height="2999" width="4500"><media:description type="plain"><![CDATA[Shoppers browse products at a supermarket in the Belgrano neighborhood of Buenos Aires, Argentina, on Thursday, April 27, 2023. Argentina's parallel exchange rate, known as the blue-chip swap, is in free-fall as locals rush to buy the US dollar amid rampant inflation, falling reserves and speculation over a devaluation of the official peso. Photographer: Sarah Pabst/Bloomberg]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Sarah Pabst</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[“Terminamos con el negocio histórico”, aseguró Mario Lugones tras la eliminación de la triangulación en el sistema de salud]]></title><link>https://www.infobae.com/salud/2025/01/31/terminamos-con-el-negocio-historico-aseguro-mario-lugones-tras-la-eliminacion-de-la-triangulacion-en-el-sistema-de-salud/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/salud/2025/01/31/terminamos-con-el-negocio-historico-aseguro-mario-lugones-tras-la-eliminacion-de-la-triangulacion-en-el-sistema-de-salud/</guid><description><![CDATA[El ministro de Salud señaló que la medida transparenta el sistema y le genera un ahorro real al beneficiario. Ahora contarán con 60 días para elegir a dónde van a destinar sus aportes ]]></description><pubDate>Fri, 31 Jan 2025 16:51:36 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZG36HWTWGRBNJPBENRQM4QUY3E.jpg?auth=ebe3fc64166a4c2217276a5d9a00685f2f0b70062eef0cb8cd8d08e0f10e0a8d&smart=true&width=1920&height=1081" alt="Mario lugones, ministro de Salud" height="1081" width="1920"/><p>Tras dictar la resolución que <a href="https://www.infobae.com/salud/2025/01/31/como-es-la-medida-que-redefinira-el-acceso-a-las-prepagas-de-mas-de-14-millones-de-argentinos/" target="_blank"><i><b>obliga a 1.400.000 afiliados a obras sociales a que empiecen a aportar </b></i></a>y depender directamente de la empresa de medicina prepaga que les presta servicio, el ministro de Salud, <b>Mario Lugones</b>, se expresó sobre la medida y dijo que viene a terminar con un <b>“negocio histórico”.</b></p><p>En sus redes sociales, el funcionario señaló que<b> la eliminación de la triangulación</b> en el sistema significa que se terminan los costos adicionales que “solo existieron para que quienes no ofrecían ningún servicio de salud, se queden con una parte de los aportes y contribuciones de la gente”.</p><p>“Este sistema funcionó insólitamente de manera legal los últimos 30 años en el país. A partir de ahora, el afiliado deja de pagar el costo de la intermediación. Estamos hablando de más de<b> 30 mil millones de pesos por mes. </b>Unos 360 millones de dólares al año", remarcó Lugones en su cuenta de Twitter.</p><p>Y agregó: “Todo esto durante 30 años. Resulta imposible dimensionar la cantidad de dinero que le sacaron al afiliado y al sistema de salud durante todo este tiempo”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZKZX5XEZUJBRZIMIYD5VFJ4IPU.jpg?auth=67311d307724529b679d1ff09d3dee2c03fb3b1b47e2e3ea618af68241dbed15&smart=true&width=1920&height=1310" alt=""Hoy terminamos con el negocio histórico de las intermediaciones en el sistema de salud de nuestro país", dijo el ministro" height="1310" width="1920"/><p>En este sentido, el funcionario<b> ratificó su misión de terminar con la antigua manera de gestionar el área</b> de salud y subrayó que seguirá trabajando para “terminar con los privilegios”.</p><p>“Esta decisión, que es la última de una serie de medidas que tomamos, transparenta el sistema y le genera un ahorro real al beneficiario. Además, y producto de esta decisión, estamos convencidos que verá una disminución en el valor de la cuota de su prepaga en los próximos meses”.</p><p>El sistema de salud se financia con un aporte del salario de los trabajadores (3%) y de las empresas empleadoras (6%). Cada trabajador puede optar por derivar esos fondos a una obra social o a una prepaga a cambio de una cobertura médica.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AXC573OYK5CJVCK7LTJCNCYCRQ.jpg?auth=981f6950aabefb871d74d9d42f8c96c1b67f7420a704e28330bf701ed079883f&smart=true&width=1920&height=1896" alt="El tuit de Mario Lugones tras la resolución" height="1896" width="1920"/><p>Hasta ahora, el trabajador en relación de dependencia que optaba por una empresa de medicina privada estaba obligado a derivar una fracción de sus aportes a una obra social que actuaba como intermediaria y se quedaba con una comisión de entre el tres y el diez por ciento.</p><p>Con la nueva resolución se termina ese negocio, que según fuentes oficiales había permitido la creación de 20 sellos de goma que simplemente se constituían para quedarse con el dinero de la intermediación.</p><p>Los trabajadores que no quieran que sus aportes sean derivados automáticamente a la prepaga que les presta servicio tendrán 60 días para formalizar su decisión. <b>La obra social elegida tendrá la obligación de hacerse cargo de la cobertura de salud, pero no podrán girar dinero a una prepaga como lo hacen actualmente.</b></p><p>La nueva disposición acelera un mecanismo que ya se encontraba vigente desde febrero de 2024, cuando el Poder Ejecutivo habilitó un trámite en la web de ARCA para eliminar la intermediación de las obras sociales; sin embargo, fueron muy pocos contribuyentes los que ejecutaron la opción.</p><p>La nueva disposición (1/25) está anclada en una resolución que entró en vigencia el 1° de diciembre pasado. <b>Determina que todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente con fondos provenientes de la seguridad social, deberán estar inscriptas en el Registro.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DXXW3X2FFNHH3FPJZGJNCIWXDQ.jpg?auth=95dda3acc066770cd497aee86c6b97c14b678048ea6997114082b082f3229327&smart=true&width=1456&height=816" alt="La Resolución 3284/24 busca garantizar transparencia y control sobre los fondos destinados a la salud.
(Imagen Ilustrativa Infobae)." height="816" width="1456"/><h2>Las obras sociales involucradas</h2><p>Desde la SSS, a cargo del superintendente Gabriel Oriolo y el gerente general Claudio Stivelman detallaron algunas de las obras sociales con actividad mínima o irregular en relación con la cantidad de afiliados registrados:</p><ul><li>OSCNA (Comisarios Navales): Cuatro empleados activos con 161.000 afiliados.</li><li>OSSDEB (Serenos de Buques): Ocho trabajadores para 60.000 afiliados.</li><li>OSTVLA (Técnicos de Vuelo): 16 empleados para 81.976 afiliados.</li><li>OSCEAR (Empresarios de Remises): Ingresos mensuales de 5.500 millones de pesos con 63 empleados.</li><li>La Obra Social de Árbitros Deportivos de la República Argentina (OSADRA), recauda $1.200 millones por mes y tiene 7 empleados.</li><li>La Obra Social de Técnicos de Vuelo (OSTVLA) tiene 16 empleados para 81.976 afiliados.</li><li>La Obra Social Capataces Estibadores Portuarios (OSCEP) tiene 14 empleados para 71.897 afiliados.</li><li>OSCOMM, la Obra Social de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante Capitanes de Ultramar recibe $3.650 millones mensuales y tiene 35 empleados.</li></ul><p><b>Desde el Ministerio de Salud precisan que cinco empresas de salud eran las que más reciben afiliados que triangulan con “obras sociales fantasma”.</b></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZG36HWTWGRBNJPBENRQM4QUY3E.jpg?auth=ebe3fc64166a4c2217276a5d9a00685f2f0b70062eef0cb8cd8d08e0f10e0a8d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1081" type="image/jpeg" height="1081" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Mario lugones, ministro de Salud]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Gobierno eliminó la “triangulación” en el sistema de salud y los trabajadores derivarán sus aportes directamente a las prepagas]]></title><link>https://www.infobae.com/salud/2025/01/31/como-es-la-medida-que-redefinira-el-acceso-a-las-prepagas-de-mas-de-14-millones-de-argentinos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/salud/2025/01/31/como-es-la-medida-que-redefinira-el-acceso-a-las-prepagas-de-mas-de-14-millones-de-argentinos/</guid><dc:creator><![CDATA[Andrés Klipphan]]></dc:creator><description><![CDATA[La regulación publicada este viernes en el Boletín oficial elimina a los intermediarios y  a los denominados “sellos de goma”. Los beneficiarios contarán con 60 días para elegir a dónde van a destinar sus aportes para la salud]]></description><pubDate>Fri, 31 Jan 2025 14:30:04 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5UWMNTTC6BHYPOZKPUGSLTYCTI.jpg?auth=79c7c961bf592c1257a68d720f1ca2c74f1addf0f53bbb242a92bbc5ae7917b5&smart=true&width=1456&height=816" alt="La eliminación de la triangulación permitirá un uso más eficiente de los recursos y un ahorro para los beneficiarios, afirman desde la Superintendencia de Salud.
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>En el marco del reordenamiento del sistema de salud, el <b>Ministerio</b> a cargo de <b>Mario Lugones</b> dictó una resolución que obliga a 1.400.000 afiliados a obras sociales a que empiecen a aportar y depender directamente de la empresa de medicina prepaga que les presta servicio. Para entender la decisión, hay que repasar cómo funciona actualmente el sistema de salud para los trabajadores en relación de dependencia.</p><p>El sistema se financia con un aporte del salario de los trabajadores (3%) y de las empresas empleadoras (6%). Cada trabajador puede optar por derivar esos fondos a una obra social o a una prepaga a cambio de una cobertura médica.</p><p>Hasta ahora, el trabajador en relación de dependencia que optaba por una empresa de medicina privada estaba obligado a derivar una fracción de sus aportes a una obra social que actuaba como intermediaria y se quedaba con una comisión de entre el tres y el diez por ciento. Con la nueva resolución se termina ese negocio, que según fuentes oficiales había permitido la creación de 20 sellos de goma que simplemente se constituían para quedarse con el dinero de la intermediación.</p><p>Los trabajadores que no quieran que sus aportes sean derivados automáticamente a la prepaga que les presta servicio tendrán 60 días para formalizar su decisión. <b>La obra social elegida tendrá la obligación de hacerse cargo de la cobertura de salud, pero no podrán girar dinero a una prepaga como lo hacen actualmente.</b></p><p>La nueva disposición acelera un mecanismo que ya se encontraba vigente desde febrero de 2024, cuando el Poder Ejecutivo habilitó un trámite en la web de ARCA para eliminar la intermediación de las obras sociales, sin embargo fueron muy pocos contribuyentes los que ejecutaron la opción.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DXXW3X2FFNHH3FPJZGJNCIWXDQ.jpg?auth=95dda3acc066770cd497aee86c6b97c14b678048ea6997114082b082f3229327&smart=true&width=1456&height=816" alt="La Resolución 3284/24 busca garantizar transparencia y control sobre los fondos destinados a la salud.
(Imagen Ilustrativa Infobae)." height="816" width="1456"/><p>La nueva disposición (1/25) está anclada en una resolución que entró en vigencia el 1° de diciembre pasado. <b>Determina que todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente con fondos provenientes de la seguridad social, deberán estar inscriptas en el Registro.</b></p><p>Para los funcionarios del gobierno de <b>Javier Milei</b>, la decisión de <b>Lugones</b> instrumentada a través de la Superintendencia de Servicios de Salud (<b>SSS</b>) “termina para siempre con el curro de las obras sociales ‘sello de goma’, transparenta el sistema y le genera al beneficiario un ahorro, ya que al girarse sus aportes de manera directa a la prepaga dejará de pagar la intermediación, que representaba entre un 3% y 10% y generaba cajas millonarias con la que subsistían las obras sociales fantasmas”, la mayoría de ellas sindicales. <b>“Básicamente -explican en Salud- la casta le robaba el dinero de manera legal a los beneficiarios con un sistema perverso diseñado para alimentar cajas negras.”</b></p><p>De acuerdo a lo expresado por el ente nacional, esta acción permite que los aportes se dirijan directamente a las entidades que gestionan los planes de salud. Según detallaron, <b>“los beneficiarios ahora tendrán un acceso más directo a los servicios de salud, lo que simplifica el proceso de vinculación”</b>, ya que “tendrán la libertad para elegir durante los próximos 60 días si quieren continuar derivando sus aportes a la prepaga o prefieren volver a la obra social”.</p><h2>El fin de la triangulación en el sistema de salud</h2><p>De acuerdo a lo expresado por el gobierno nacional, esta medida se implementa en el marco del reordenamiento del sistema de salud impulsado por el Ministerio de Salud, en el cual la Superintendencia de Servicios de Salud tomó la decisión trascendental. Según señalaron fuentes de la Superintendencia a <b>Infobae</b>, “el anterior sistema permitió que <b>se concentraran más de 30 mil millones de pesos al mes, es decir, 300 millones de dólares al año. Este esquema operó de esta manera durante los últimos 20 años</b>”.</p><p>“Con una resolución publicada en el Boletín Oficial, la Superintendencia determinó el pasaje de casi 1.400.000 millones de titulares que todavía no habían hecho el trámite para terminar con la triangulación, algo permitido con la Resolución 3284/24 que entró en vigencia el 1/12/2024″, destacaron.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PA4VKJVBVVDLTJEZIOITTM3FBA.jpg?auth=d3b477145dd8bba0ed14737889c689fbf45d17c3cf237dc44c81e55b790e8a05&smart=true&width=1456&height=816" alt="Las entidades que no cumplan con el registro obligatorio enfrentarán la prohibición de comercializar planes y posibles sanciones.
(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>Este cambio también apunta a beneficiar económicamente a los usuarios del sistema, según señalaron desde la Superintendencia a Infobae: “La medida busca <b>transparentar el sistema y le genera al beneficiario un ahorro</b>, ya que al enviarse sus aportes de manera directa a la prepaga, dejará de pagar la intermediación, que representaba entre un 3% y 10% y sostenía esquemas que no cumplían con las funciones esperadas de las obras sociales”.</p><p>Además, remarcaron que esta resolución busca devolver la libertad de elección a los ciudadanos. “El beneficiario tendrá <b>60 días para elegir </b>si se queda en la prepaga donde deriva sus aportes o prefiere regresar a la Obra Social con la que triangulaba”, detallaron las fuentes a Infobae.</p><p>Desde el Ministerio de Salud destacaron su compromiso con la transparencia: “Trabajaremos para <b>erradicar las irregularidades</b> que afectan el sistema de salud”. Según indicaron, la medida forma parte de las metas del gobierno para devolver el control de los aportes a los trabajadores.</p><p>Ante este nuevo escenario, el oficialismo aspira a que las prepagas, ante la menor burocracia “no sólo no aumenten la cuota que le cobran a sus clientes, si no que la bajen en los próximos meses. La medida -afirman- está pensada para terminar con un curro histórico y favorecer a la clase media con un sistema más transparente que va a generarle un ahorro al beneficiario”.</p><h2>Las obras sociales involucradas</h2><p>Desde la SSS, a cargo del superintendente Gabriel Oriolo y el gerente general Claudio Stivelman detallaron algunas de las obras sociales con actividad mínima o irregular en relación con la cantidad de afiliados registrados:</p><ul><li>OSCNA (Comisarios Navales): Cuatro empleados activos con 161.000 afiliados.</li><li>OSSDEB (Serenos de Buques): Ocho trabajadores para 60.000 afiliados.</li><li>OSTVLA (Técnicos de Vuelo): 16 empleados para 81.976 afiliados.</li><li>OSCEAR (Empresarios de Remises): Ingresos mensuales de 5.500 millones de pesos con 63 empleados.</li><li>La Obra Social de Árbitros Deportivos de la República Argentina (OSADRA), recauda $1.200 millones por mes y tiene 7 empleados.</li><li>La Obra Social de Técnicos de Vuelo (OSTVLA) tiene 16 empleados para 81.976 afiliados.</li><li>La Obra Social Capataces Estibadores Portuarios (OSCEP) tiene 14 empleados para 71.897 afiliados.</li><li>OSCOMM, la Obra Social de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante Capitanes de Ultramar recibe $3.650 millones mensuales y tiene 35 empleados.</li></ul><p><b>Desde el Ministerio de Salud precisan que cinco empresas de salud eran las que más reciben afiliados que triangulan con “obras sociales fantasma”.</b></p><p><br/></p><h2>El texto de la resolución</h2><p>La nueva disposición, que está firmada por <b>Roberto Luis Olivieri Pinto</b> a cargo de la Unidad de Gabinete de Asesores del <b>Ministerio de Salud</b>, “también permite a la <b>Superintendencia de Servicios de Salud</b> ejercer un control efectivo sobre la administración de los recursos provenientes de la seguridad social”. La resolución también destaca que con la medida se protege <b>“el principio de libre competencia, evitando prácticas que distorsionen el funcionamiento de los mercados y asegurando igualdad de condiciones para todos los Agentes del Seguro de Salud”</b>.</p><p>Y aclara que: <b>“Para garantizar el principio de libre elección, resulta necesario contemplar la posibilidad de que los beneficiarios ejerzan su derecho de permanencia en la Obra Social”</b> y que <b>“la implementación de esta medida deberá contar con un período razonable que garantice que los interesados puedan expresar de forma clara su voluntad de recibir únicamente las prestaciones médicas brindadas por la Obra Social a la cual se encuentran afiliados”</b>.</p><p>La Resolución 1/2025 también aclara que: Es necesario garantizar que los beneficiarios -<b>cuyos aportes y contribuciones o cotizaciones sean derivados a las entidades contratadas- mantengan sus derechos en igualdad de condiciones, y evitar cualquier modificación que pudiera perjudicar su situación contractual con la entidad contratada o el acceso a prestaciones médicas”</b>.</p><p>La nueva disposición que entra en vigencia hoy, está integrada por siete artículos. El primero de ellos dispone <b>“la derivación directa de los aportes y contribuciones de los trabajadores bajo relación de dependencia, del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, y las cotizaciones de los beneficiarios adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes, a la entidad contratada oportunamente por el beneficiario a través del procedimiento de derivación de aportes”</b>.</p><p>También destaca que: <b>“Solo podrán recibir estas derivaciones aquellas entidades que se encuentren debidamente inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro con encuadre en el inciso i) del artículo 1° de la Ley N° 23.660, así como las que hayan participado oportunamente de este procedimiento y estuvieran inscriptas en dicho registro”</b>.</p><p>Por su parte, el <b>Artículo 3°</b> instruye <b>“a la Gerencia de Sistemas de Información de la SSS a desarrollar las herramientas necesarias para garantizar la derivación directa de los aportes y contribuciones o cotizaciones hacia las entidades contratadas por los beneficiarios. Asimismo, deberán coordinarse las acciones pertinentes para comunicar de forma segura y eficiente dichas derivaciones a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)”</b>.</p><p>La decisión del gobierno de <b>Javier Milei</b> de terminar con la triangulación de fondos con las obras sociales -tal como adelantó este medio- había sido anunciada por el ministro de Salud, <b>Mario Lugones</b>, en una reunión con los jugadores líderes de las empresas de <b>medicina prepaga</b> más importantes del país. Además, se dio en el marco del anuncio de que la empresa <b>Swiss Medical</b> haya iniciado el proceso para que los aportes de sus afiliados no triangulen con obras sociales y vayan directo a la empresa de salud.El Gobierno viene avanzando en la implementación del <b>DNU 70/2023</b> introduciendo cambios en la regulación de las obras sociales con el fin de fomentar la competencia en el sistema de salud.</p><p>La normativa propuesta establece un aporte uniforme del 15% al <b>Fondo Solidario de Redistribución</b> para todos los agentes del Sistema Nacional del <b>Seguro de Salud (SSS)</b>, buscando otorgar mayor equidad y eficiencia. Esta medida, destacada en el <b>decreto 600/2024</b> de la <b>Superintendencia de Servicios de Salud</b>, forma parte de una serie de reformas del <b>Ministerio de Salud de la Nación</b>, orientadas a reordenar el sistema.</p><p>Desde su llegada al gobierno nacional, <b>Javier Milei</b> busca profundizar la desregulación del sistema de salud, tal como lo viene haciendo, y por eso estableció que las <b>prepagas puedan adecuar libremente las actualizaciones de las cuotas de los planes de salud</b> independientemente del plan que comercialicen, algo que no estaba permitido. Hasta ahora, las <b>prepagas</b> sólo podían establecer el valor de la cuota que quisieran, pero el porcentaje de aumento era el mismo para todos los planes, lo que generaba una gran asimetría, ya que los más económicos terminaban financiando a los más caros.</p><p><br/></p><p><!DOCTYPE html>
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</html></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5UWMNTTC6BHYPOZKPUGSLTYCTI.jpg?auth=79c7c961bf592c1257a68d720f1ca2c74f1addf0f53bbb242a92bbc5ae7917b5&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[Sanatorio, hospital, centro médico, centro de medicina, sistema de salud, turnos médicos  (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Gobierno avanza para dar de baja a  56 prepagas: los motivos y el listado completo de las empresas]]></title><link>https://www.infobae.com/economia/2024/09/23/el-gobierno-avanza-para-dar-de-baja-a-56-prepagas-los-motivos-y-el-listado-completo-de-las-empresas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/economia/2024/09/23/el-gobierno-avanza-para-dar-de-baja-a-56-prepagas-los-motivos-y-el-listado-completo-de-las-empresas/</guid><description><![CDATA[La Superintendencia de Servicios de Salud informó mediante una publicación en el Boletín Oficial que comenzó el mismo proceso que ya había encarado previamente con otras 58 empresas. Hablan de “empresas fantasmas”. Cuáles son las inconsistencias detectadas]]></description><pubDate>Mon, 23 Sep 2024 20:20:29 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EEIW5XXITNHQHHYJD7RRRVAZII.jpg?auth=72ea20b5cda624ecdeb4b2684df1fd4cab8942fcc0c7b118444a123e54d8c20e&smart=true&width=1456&height=816" alt="(Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>En línea con las acciones que viene encarando desde que comenzó el año para reordenar el sistema de salud, la <b>Superintendencia de Servicios de la Salud</b> comunicó este lunes, mediante una publicación en el Boletín Oficial, que comenzó con el procedimiento para dar de baja a unas <b>56 empresas de medicina prepaga</b> que, según las autoridades, con empresas “fantasmas” que, luego de inscribirse, “jamás presentaron un papel en el organismo fiscalizador. Ni padrones, ni planes, ni estados contables, ni cartillas. Absolutamente nada”, remarcaron desde el organismo oficial.</p><p>“Desde que comenzó el año, la Superintendencia de Servicios de Salud avanza firmemente con el reordenamiento del sistema de Salud, en línea con lo que plantea el Ministerio de Salud de la Nación. A partir de esto, y a través del Boletín Oficial, hoy el organismo comunicó oficialmente a 56 Empresas de medicina prepaga que tienen un plazo de quince días de corrido para acreditar el cumplimiento de las normativas y/o formular un descargo. De no ocurrir, se darán de baja y se cancelará su inscripción provisoria”, remarcó el comunicado de la entidad que conduce <b>Gabriel Oriolo</b>.</p><p>Semanas atrás, la Superintendencia dio de baja definitivamente a 58 empresas del Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) ya que, al igual que estas 56 que comunicó este lunes, tampoco cumplían la normativa vigente, al no haber presentado padrón de usuarios, planes de cobertura, cuadros tarifarios, estados contables ni balances generales.</p><p>De acuerdo con el comunicado, “en estos nueve meses de gestión, la SSSalud recuperó su rol fiscalizador y comenzó a exigirles a las empresas la documentación obligatoria que debían presentar y no lo hacían. Así detectó que decenas figuraban inscriptas como Prepagas, pero que en la práctica no lo eran, ya que jamás habían presentado ningún tipo de documentación ante el organismo”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3YQDNNA6GJGUZPCJL42FEF5BLE.jpg?auth=d666f69ede1b19e542fefd4ede4d2fe6b261332c7c249444e73b994a161e0f64&smart=true&width=1920&height=3105" alt="Este es el listado de empresas de medicina prepaga que está en la mira del Gobierno y que se darían de baja en dos semanas, si no cumplen con los requisitos solicitados por la Superintendencia de Servicios de Salud" height="3105" width="1920"/><p>Agregó, en el comunicado, que “el cumplimiento de las normativas es esencial y fundamental para el Gobierno Nacional. Esto significa que las entidades que forman parte del sistema deben ser aquellas que cumplan con la ley, compitan entre sí y brinden prestaciones de calidad a sus beneficiarios”. “Esta medida tiene como objetivo que los beneficiarios accedan a un mercado más transparente, donde se garantice el acceso a prestaciones de calidad a partir de la libre competencia entre los Agentes del Seguro de Salud y la libertad de elección de los usuarios”.</p><h2>Motivos de las bajas</h2><p>Los principales motivos que ya llevaron a la clausura definitiva de 58 empresas del sector, y que se repiten en el caso de las 56 nuevas, incluyen:</p><ul><li><b>Irregularidades en la inscripción</b>: De las 661 empresas de medicina prepaga registradas en Argentina, solo 10 tenían su inscripción completa y cumplieron con todos los requisitos establecidos por la normativa vigente. Las otras 651 compañías contaban con inscripciones transitorias, y un alto porcentaje de ellas no presentó la documentación requerida, como contratos y balances contables.</li><li><b>Falta de respuesta a las notificaciones</b>: A pesar de las advertencias emitidas por la Superintendencia, muchas de las empresas no respondieron a las solicitudes de regularización. Solo tres empresas de las clausuradas dieron respuesta a las notificaciones; dos de ellas solicitaron la baja voluntaria, ya que no estaban en actividad.</li></ul><p>El objetivo de estas acciones, que<a href="https://www.infobae.com/economia/2024/08/26/el-gobierno-analiza-dar-de-baja-a-un-tercio-de-las-obras-sociales/" target="_blank"> habían sido adelantadas por Oriolo en declaraciones radiales luego de una exhaustiva auditoría</a>, es garantizar que las empresas que operan en el sistema de salud cumplan con los requisitos necesarios para ofrecer una cobertura adecuada y transparente, eliminando aquellas que presenten irregularidades o no estén en condiciones de prestar los servicios acordados.</p><p>“Estamos reordenando el sistema. Lo que estamos buscando es la libre competencia y, sobre todo, la libertad para que los trabajadores puedan elegir a dónde derivar sus aportes”, afirmó el Superintendente durante una entrevista radial, el mes pasado. Además, dijo: “Nos encontramos con sorpresas muy importantes. Tenemos hoy registradas 661 empresas de medicinas prepagas, de las cuales solo diez están inscritas definitivamente. Las otras 651 solo tienen una inscripción transitoria provisoria”.</p><p>Según Oriolo, el análisis de la Superintendencia reveló que 127 de estas empresas no presentaron ninguna documentación desde su inscripción. “Nunca presentaron un solo papel. Cuando hablamos de papel, estamos hablando de cartillas, contratos, la parte contable y administrativa. Es decir, no han presentado nada”, enfatizó.</p><h2>La lista de las empresas</h2><ul><li>MAGNA SALUD S.R.L.</li><li>OMSA PROSAL S.A.</li><li>SANATORIO SAN JERÓNIMO NORTE S.R.L.</li><li>EMERGENCIAS MEDICAS SANTA MARIA S.A.</li><li>MEDICINA ASISTENCIAL PRIVADA S.R.L.</li><li>INSTITUTO PRIVADO DE CLINICA Y CIRUGIA DE LOBOS S.A.</li><li>MEDYCIN S.R.L.</li><li>IE EMERGENCIAS CHIVILCOY SA</li><li>EMESEC EMERGENCIAS MEDICAS ESTEBAN ECHEVERRIA S.A.</li><li>COMPAÑIA GLOBAL DE SALUD S.A.</li><li>VIVIR MEDICINA PRIVADA S.A.</li><li>MEDICAL S.R.L.</li><li>SERVICIO DE URGENCIAS MÉDICAS USHUAIA S.R.L.</li><li>SIEMPRE S.R.L.</li><li>MERLI ELVA ANA Y LANTER PATRICIO EDUARDO S.H.</li><li>ROMA SALUD S.A.</li><li>OPSAL S.A.</li><li>MASTER MED SYSTEM S.R.L.</li><li>COSEGURO TOTAL S.R.L.</li><li>CENTRO MEDICO DEL PARQUE SDH</li><li>MITRE MEDICAL NETWORK S.A</li><li>SALUD TOTAL S.A.</li><li>CONFEDERADA SALUD SRL</li><li>NOBA PAMPA SALUD SRL</li><li>QUINCE</li><li>MPN MEDICAL INTERNATIONAL S.A.</li><li>COMPAÑIA MEDITERRANEA DE SALUD S.A.</li><li>GERENCIAR SALUD SRL</li><li>MEDICIN CARE SERVICIOS MEDICOS DOMICILIARIOS S.A.</li><li>PREPAGA SRL</li><li>AIO CARE S.R.L.</li><li>MEDICINA PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA S.A.</li><li>CENTRO SALUD S.A.</li><li>MEDICINA ARGENTINA S.A.</li><li>SID MEDICAL S.A.</li><li>ACARTI S.A.</li><li>COMI COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISION DE SERVICIOS EN EL AREA DE LA SALUD</li><li>COOPERATIVA ARGENTINA DE MEDICINA INTEGRAL-CAMI- DE TRABAJO LTDA.</li><li>COOPERATIVA DE TRABAJO DE MEDICINA ASISTENCIAL INTEGRADA DE DIAMANTE LIMITADA</li><li>MUTUAL DEL CIRCULO MEDICO DEL DEPARTAMENTO FEDERACION</li><li>MUTUAL DE ACTIVOS Y PASIVOS</li><li>ASOCIACIÓN MUTUAL CIUDADANOS BONAERENSES</li><li>ASOCIACIÓN MUTUAL DE PROFESIONALES DE LA SALUD DE LA REPUBLICA ARGENTINA</li><li>ASOCIACIÓN MUTUAL DE ASISTENCIA A LA TERCERA EDAD</li><li>MUTUAL DOCE DE ENERO</li><li>ASOCIACIÓN MUTUAL DE OPTICA INTEGRAL</li><li>ASOCIACIÓN MUTUAL VERSAILLES</li><li>MUTUAL DE SERVICIOS MEDICOS Y TRATAMIENTO DE LA HIPOACUSIA</li><li>A.M.U.K.R.A.</li><li>ASOCIACIÓN MUTUAL LOS ANDES</li><li>AMTAPRA</li><li>ASOCIACIÓN MUTUAL ARQUITAS</li><li>ASOCIACION MUTUAL VETERANOS ARGENTINOS</li><li>MUTUAL IBATIN</li><li>CIRCULO MÉDICO DE 25 DE MAYO (SAMI 25 DE MAYO)</li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/EEIW5XXITNHQHHYJD7RRRVAZII.jpg?auth=72ea20b5cda624ecdeb4b2684df1fd4cab8942fcc0c7b118444a123e54d8c20e&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Las prepagas podrán realizar aumentos según el plan y la región, pero tendrán que detallar los costos a sus afiliados]]></title><link>https://www.infobae.com/economia/2024/09/03/las-prepagas-podran-realizar-aumentos-segun-el-plan-y-la-region-pero-tendran-que-detallar-los-costos-a-sus-afiliados/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/economia/2024/09/03/las-prepagas-podran-realizar-aumentos-segun-el-plan-y-la-region-pero-tendran-que-detallar-los-costos-a-sus-afiliados/</guid><description><![CDATA[Según una resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) publicada este martes en el Boletín Oficial, las empresas deberán informar las subas en un plazo no mayor a 5 días desde la publicación de la inflación del Indec]]></description><pubDate>Tue, 03 Sep 2024 17:32:39 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IG6QPFMDENCY5DQJLD4H65MHPU.jpg?auth=418755ab9e41eb7ffe22b40789c093661710570907e0501dd4afe93519a533e7&smart=true&width=1456&height=816" alt="La resolución 2155 de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) estableció que las prepagas podrán aplicar subas diferenciales de acuerdo al tipo de plan o a la región (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El Gobierno autorizó a las <b>prepagas </b>a realizar aumentos diferenciales según las condiciones del plan o la región en la que se ofrezcan, pero dispuso que deberán<b> definir las subas con un plazo no mayor a 5 días de la publicación de la inflación </b>mensual y que tendrán que detallar los costos facturados a los usuarios.</p><p>La medida, que se conoció este martes a través de la Resolución 2155/2024 publicada en el Boletín Oficial, dispuso que los <b>aumentos </b>en las cuotas de los<b> planes de cobertura </b>ofrecidos por las empresas de medicina prepaga “pueden aplicarse de manera variable conforme las condiciones del plan (con o sin <b>copagos</b>) y las regiones o zonas en las que se brinda la atención médico asistencial”.</p><p>A su vez, determinó que las entidades “deberán informar a la<b> Superintendencia de Servicios de Salud </b>sobre dichos aumentos, especificando los criterios utilizados para cada zona o región, así como la existencia o no de sistemas de copagos”.</p><p>En este sentido, el texto oficial explicó que “permitir esta diferenciación en los valores de las cuotas según el tipo de plan y la región contribuye a una aplicación más adecuada de los incrementos tarifarios”.</p><p>En relación al plazo estipulado para comunicar los ajustes en el valor de las cuotas, la normativa estableció que deberá ser “dentro de los 5 días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mensualmente realiza el Instituto Nacional de Estadística y Censos”, indicando que “deberá realizarse de manera clara y destacada, detallando el porcentaje de aumento aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual”.</p><p>Esta iniciativa parte de la noción de que “valerse de datos actualizados no solo mejora la transparencia del proceso de ajuste, sino que también contribuye a una mayor comprensión por parte de los usuarios de la justificación detrás de los cambios”. En tanto que también se considera que “la alineación entre los ajustes y los indicadores económicos más recientes ayuda a mantener un equilibrio entre la sostenibilidad financiera de las entidades y la capacidad de pago de los usuarios”.</p><p>Además, la normativa fijó que las <b>empresas “deberán proporcionar a sus afiliados un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas que facturan mensualmente</b>, cumpliendo, con los siguientes requisitos mínimos: a) Costo base del plan contratado, b) Costos adicionales por coberturas específicas, c) Ajustes por edad o factores de riesgo, d) Aportes, cotizaciones y/o cápitas recibidos y e) Impuestos y/o tasas aplicables”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ENNYBHT4ZNFARC4GIBFF634XG4?auth=63e05a928e4f4cb4aeeed14486997170089114f467964156746c34c3ae22552a&smart=true&width=1170&height=658" alt="La normativa fijó que las empresas deberán proporcionar a sus afiliados un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas que facturan mensualmente" height="658" width="1170"/><p>Al respecto, precisó que “el desglose deberá presentarse de manera clara y comprensible, utilizando un lenguaje sencillo y evitando tecnicismos innecesarios” y aclaró que “cualquier cambio en los conceptos facturados deberá ser notificado al afiliado con al menos de 30 días de anticipación, explicando las razones de dicha modificación”.</p><p>En este aspecto, la decisión gubernamental se basa en que “el desglose detallado de los conceptos facturados permitirá a los usuarios comparar de manera más efectiva las diferentes opciones disponibles en el mercado de la medicina prepaga, facilitando la elección de planes que mejor se ajusten a sus necesidades y presupuesto, y fomentando una competencia más informada y eficiente”.</p><p>Continuando en esa línea, se consideró que “es necesario establecer estándares mínimos de información que deben proporcionarse a los usuarios para garantizar la uniformidad y claridad en la comunicación de los costos asociados a los servicios de salud, lo que contribuirá a un mercado más ordenado”.</p><p>La Resolución de la SSS advirtió que “el incumplimiento de estas disposiciones será considerado una infracción grave y estará sujeto a las sanciones establecidas en la Ley N° 26.682″ y especificó que “comenzará a regir a partir del primer día hábil siguiente al de su publicación”.</p><p>Al fundamentar la puesta en marcha de las mencionadas disposiciones, el documento oficial manifestó que “la implementación de estas medidas fomentará la competencia entre las entidades señaladas, beneficiando a los usuarios del sistema y asegurando que los ajustes tarifarios sean comprendidos y aceptados de manera equitativa”.</p><p>Asimismo, recordó que “es responsabilidad de los organismos fiscalizadores garantizar que las prácticas comerciales sean claras, éticas y orientadas a maximizar el valor para los consumidores, en un entorno de mercado libre y competitivo”.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/IG6QPFMDENCY5DQJLD4H65MHPU.jpg?auth=418755ab9e41eb7ffe22b40789c093661710570907e0501dd4afe93519a533e7&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Prepagas: cómo devolverán las empresas lo que cobraron de más tras el acuerdo con el Gobierno]]></title><link>https://www.infobae.com/economia/2024/05/29/prepagas-como-devolveran-las-empresas-lo-que-cobraron-de-mas-tras-el-acuerdo-con-el-gobierno/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/economia/2024/05/29/prepagas-como-devolveran-las-empresas-lo-que-cobraron-de-mas-tras-el-acuerdo-con-el-gobierno/</guid><description><![CDATA[Habrá un saldo que las compañías reitegrarán a los usuarios y que tendrá actualización con una tasa de interés. Qué pasará con los usuarios que fueron desafiliados por falta de pago]]></description><pubDate>Wed, 29 May 2024 05:14:23 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PBRPTPYP2FHJBBPUMHH62NTWBE.jpg?auth=e322e2312ee3ce4622f33f197cb0594cf1b71946ff365df02f5c50169af40eda&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Las empresas de medicina prepaga aceptaron pagar en 12 cuotas los saldos cobrados por encima de la inflación entre diciembre y mayo.  REUTERS " height="1080" width="1920"/><p>Las extensas negociaciones que el Gobierno y las principales empresas de <b>medicina prepaga </b>sostuvieron en las últimas semanas terminó con un acuerdo ante la justicia para que las compañías devuelvan a sus afiliados <b>saldos cobrados por encima</b> de lo que el Poder Ejecutivo considera que correspondió desde diciembre, a cambio de <b>“liberar” los precios</b> de las cuotas mensuales a partir de julio.</p><p>El acuerdo incluye puntos muy relevantes para los usuarios en los próximos meses, entre ellos cómo se instrumentará la devolución de los montos “mal” cobrados, cómo se actualizarán esos saldos para evitar un efecto de licuación por la inflación y qué sucederá en el futuro con el precio de las boletas.</p><p>“Es un acuerdo que sabe a poco. <b>Para los afiliados no es demasiado beneficioso</b>. Esto se devuelve desde junio ajustado en 12 cuotas con tasa pasiva del Banco Nación. Las cuotas son caras aún con el reajuste de este acuerdo, las cuotas siguen siendo costosas. La baja de afiliados es constante y las ganadoras son las prepagas que tienen su padrón ‘depurado’. ¿El sistema de salud público está preparado para recibir a esa gente? Es un tema”, planteó <b>Gisela Mercanti</b>, abogada del estudio Falcone, en declaraciones a <i>LN+</i>.</p><h2>Punto por punto, qué debe saber el usuario</h2><p><b>Devolución:</b> las empresas que firmaron el acuerdo deberán, desde julio, reintegrar a sus clientes los montos que hayan <b>cobrado de más</b> en su factura, entendido como los porcentajes por encima del índice de inflación del mes anterior, que es el criterio que fijó el Ministerio de Economía para limitar los aumentos. El ministro <b>Luis Caputo</b> llegó a hablar de una<b> “guerra contra la clase media”</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/P7YC3VZPMRCURLU7DDSND62QJY.jpg?auth=4fd7d71ed6db59192a8b3cf4660c003e731576d180043dc3a1a9a409d60c54f6&smart=true&width=1920&height=2601" alt="El acta firmada entre el Gobierno y las empresas de medicina prepaga para la devolución de saldos " height="2601" width="1920"/><p><b>Cómo se devolverá:</b> el reintegro se activará <b>desde julio </b>y con un esquema de <b>12 cuotas iguales mensuales</b>, especifica el acta.</p><p><b>Tasa de interés: </b>el monto que cada usuario debe recuperar <b>se descontará del precio de la factura </b>que le llegue cada mes. Y estará actualizada por una tasa de interés, que es la <b>tasa pasiva del Banco Nación</b>, es decir el interés que paga esa entidad financiera por los depósitos a plazo fijo a 30 días. Esa tasa pasiva es del <b>30% anual</b>. O sea, si se la mensualiza, la actualización sería de <b>2,47%</b>, cuando el último dato de inflación arrojó 8,8 por ciento y para este mes los analistas privados estiman entre <b>5 y 6 por ciento</b>.<b> </b>De esa forma, la actualización perderá en términos reales con la inflación de los próximos meses.</p><p><b>Cómo fue el sobrecosto: </b>el Gobierno había decidido que las empresas de <b>medicina prepaga </b>alcanzadas por la medida de retroceso de precios podrán aplicar un aumento en mayo que no supere el <b>114,6% </b>en comparación con el valor que cobraron a sus clientes en diciembre pasado, según anunció la Secretaría de Comercio.</p><p>“En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1+ la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Indec vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023)”, indicaron.</p><p><b>Qué pasará en el futuro: </b>el acta firmada especifica que <b>desde julio “las cuotas de los afiliados se ajustarán libremente</b>, conforme estructuras de costos y debido cálculo actuarial de cada una de las empresas”. Habrá que ver si, en esa instancia, el Gobierno vuelve a considerar que los incrementos que activen las empresas vuelven a ser objetables por considerarlos excesivos y fruto de un comportamiento coordinado. Esto implica que el reintegro de los saldos por encima de la inflación comenzará el mismo mes en que quedarían liberadas las empresas para poner los precios que consideren.</p><q>El acta firmada especifica que desde julio “las cuotas de los afiliados se ajustarán libremente”. Habrá que ver si, en esa instancia, el Gobierno vuelve a considerar que los incrementos que activen las empresas vuelven a ser objetables por considerarlos excesivos</q><p>Otro punto relevante para los próximos meses tiene que ver con lo que sucederá con los usuarios de medicina prepaga que hayan sido desafiliados por falta de pago. “Las empresas de medicina prepaga aceptan <b>reincorporar en iguales condiciones y sin restricción ni penalización</b> alguna a quienes hayan sido dados de baja por falta de pago debido a los incrementos” que estuvieron bajo impugnación oficial.</p><p>Por otra parte, la Superintendencia de Servicios de Salud se comprometió ante las empresas a desistir “de la presente acción” ante la justicia. “Queda a cargo de la SSS el seguimiento, control y ejecución del cumplimiento del presente acuerdo en el marco de sus atribuciones legales y reglamentarias. Y sobre el expediente abierto por la comisión de defensa de la competencia por colusión, el acta menciona que “dará intervención y trámite (...) a fin de que se expida (...) con relación a la tutela anticipada impuesta”. Desde el área no hicieron comentarios ante una consulta de <b>Infobae</b>.</p><p><br/></p><p><br/></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SMD6ZMGNYFD3ROXBLAHJFE3KYA.jpg?auth=420beea4ecb2a87cf63085369098f6ae739a218b5bbbe06609f9b509c700f941&amp;smart=true&amp;width=5120&amp;height=2880" type="image/jpeg" height="2880" width="5120"><media:description type="plain"><![CDATA[Doctores en mitad de una operación en un quirófano (Shutterstock)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Prepagas: se postergó el plazo para que las empresas definan cómo devolverán parte de lo cobrado a los clientes]]></title><link>https://www.infobae.com/economia/2024/05/10/prepagas-se-postergo-el-plazo-para-que-las-empresas-definan-como-devolveran-parte-de-lo-cobrado-a-los-clientes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/economia/2024/05/10/prepagas-se-postergo-el-plazo-para-que-las-empresas-definan-como-devolveran-parte-de-lo-cobrado-a-los-clientes/</guid><description><![CDATA[La justicia obligó a las compañías a efectuar reintegros, tras la decisión del Gobierno de establecer topes por inflación a la actualización de las cuotas mensuales. La fecha original era hoy pero fue aplazada para el lunes 20]]></description><pubDate>Fri, 10 May 2024 04:26:04 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BPR7FTUWUFBGXDX63CO73LNHDA?auth=d0903d9766b6df7af6ae6f7f027ab902182050121c5a9c0bd4e958eec3dd819e&smart=true&width=4446&height=2501" alt="El sistema de salud privado podría tener problemas de sostenibilidad financiera tras la medida del gobierno, aseguran las empresas. EFE 
" height="2501" width="4446"/><p>Las empresas de <b>medicina prepaga</b> tendrán diez días más de lo previsto para<b> </b>definir cómo será el esquema de <b>devolución del dinero cobrado </b>en las boletas de los últimos meses tras la decisión de la Secretaría de Comercio que las obligó a<b> retrotraer los precios </b>y recalcular el máximo de incrementos permitidos sobre las tarifas a sus clientes. El plazo original era hoy pero finalmente se pasó para el lunes 20, aseguraron fuentes del sector, que aseguran que la medida del Ministerio de Economía tendrá un<b> impacto financiero en el sistema</b> privado de salud.</p><p>Un edicto de la Justicia porteña, que en los hechos fue un primer paso antes de que las compañías del sector hicieran pública una manera de instrumentar la devolución de los fondos, <b>estableció las pautas </b>con las que deberán actuar. La intervención de la justicia se explica porque Comercio no tiene autoridad para obligar a esos reintegros, solo a la implementación de un esquema con topes de acuerdo a la evolución inflacionaria.</p><p>El edicto determinó “hacer lugar a la medida cautelar y ordenar a las demandadas que<b> se abstengan de efectuar aumentos</b> de las cuotas en todos los planes prestacionales sin excepción, y <b>retrotraigan el monto</b> de los valores a las cuotas vigentes al mes de diciembre de 2023, los que deberán actualizarse de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor que elabora mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos”.</p><q>Un edicto de la Justicia porteña, que en los hechos fue un primer paso antes de que las compañías del sector hicieran pública una manera de instrumentar la devolución de los fondos, estableció las pautas con las que deberán actuar</q><p>Por otra parte, consideró necesario “establecer que en caso de que los afiliados hubieran abonado las facturas con los incrementos dejados sin efecto por esta decisión, la diferencia resultante entre dicho importe y el cálculo de actualización fijado, constituye<b> un crédito a favor</b> de cada uno de ellos”, menciona en el punto más determinante del edicto.</p><p>“Fijar el plazo de cinco (5) días para que cada Agente del Sistema de Salud demandado presente un plan de acción para efectivizar la restitución dineraria que en el punto anterior se ordena, bajo apercibimiento de tomar las medidas necesarias tendientes a lograr su cumplimiento”, determinó la justicia porteña.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GBOZW2D3ZBBR7KDWGAN7A2XBM4.jpg?auth=7b0e1f4ee67dc8ed6eccb589f2381e48413e7bc6fb3afb4cdcbd6c1cce0f1834&smart=true&width=1920&height=1217" alt="Tras la medida hacia las prepagas, Caputo dijo que "no controlamos precios, sino conductas"" height="1217" width="1920"/><p>Las prepagas advirtieron que la medida del Gobierno tiene “un impacto que <b>pone en riesgo el funcionamiento mismo del sistema de salud privado</b>” en la Argentina. Según las empresas, “los incrementos no fueron resultado de una decisión cartelizada, sino de<b> la necesidad imperiosa de recomponer los honorarios </b>de los prestadores afectados por decisiones del gobierno anterior”. También se destinaron a reforzar los honorarios de los médicos, “en algunos casos con aumentos por encima de la inflación”.</p><p>Hace una semana, el Gobierno había decidido que las empresas de <b>medicina prepaga </b>alcanzadas por la medida de retroceso de precios podrán aplicar un aumento en mayo que no supere el <b>114,6% en comparación con el valor que cobraron a sus clientes en diciembre pasado</b>, según anunció este jueves la Secretaría de Comercio.</p><q>El plazo original era este viernes pero finalmente se pasó para el lunes 20, aseguraron fuentes del sector, que aseguran que la medida del Ministerio de Economía tendrá un impacto financiero en el sistema privado de salud</q><p>“En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, <b>independientemente de su fecha de pago o facturación</b>”, mencionó un comunicado de Comercio.</p><p>“En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1+ la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Indec vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023)”, indicaron.</p><p><br/></p><p><br/></p><p><br/></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/HP4GOFI7RJADVO43EUCMEISYQA.jpg?auth=8a4bd504d83a44da0166cf8b61b647fc57a9b6dbd88fb931bcd233d6c1e3914f&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Maximiliano Luna]]></media:description></media:content></item></channel></rss>