<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/" version="2.0" xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/"><channel><title><![CDATA[Infobae.com]]></title><link>https://www.infobae.com</link><atom:link href="https://www.infobae.com/arc/outboundfeeds/rss/tags_slug/lucum/" rel="self" type="application/rss+xml"/><description><![CDATA[Infobae.com News Feed]]></description><lastBuildDate>Thu, 07 May 2026 00:39:12 +0000</lastBuildDate><language>es</language><ttl>1</ttl><sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod><sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency><item><title><![CDATA[El rey Juan Carlos visita Galicia en vísperas del acto de conciliación con Revilla]]></title><link>https://www.infobae.com/espana/agencias/2025/05/12/el-rey-juan-carlos-visita-galicia-en-visperas-del-acto-de-conciliacion-con-revilla/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/espana/agencias/2025/05/12/el-rey-juan-carlos-visita-galicia-en-visperas-del-acto-de-conciliacion-con-revilla/</guid><dc:creator><![CDATA[Newsroom Infobae]]></dc:creator><description><![CDATA[El rey emérito Juan Carlos I llega a Galicia para participar en eventos de vela y asistir al acto de conciliación con el expresidente Miguel Ángel Revilla en Santander]]></description><pubDate>Tue, 13 May 2025 16:00:31 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>Vigo, 12 may (EFE).- El rey em&#233;rito Juan Carlos tiene previsto regresar este lunes a Galicia para pasar con sus amigos del deporte de vela el resto de la semana, una visita que se produce en v&#237;speras del acto de conciliaci&#243;n con el expresidente c&#225;ntabro Miguel &#193;ngel Revilla, que se celebrar&#225; el viernes en Santander.</p><p>El em&#233;rito vuelve a la comunidad aut&#243;noma gallega apenas quince d&#237;as despu&#233;s de su anterior viaje a Espa&#241;a, el primero de 2025, donde lleg&#243; a navegar en la r&#237;a de Pontevedra con el velero &#39;Bribon&#39;. </p><p>El avi&#243;n en el que viaja Juan Carlos I tiene previsto aterrizar en Vigo este lunes por la tarde, seg&#250;n fuentes pr&#243;ximas al em&#233;rito, para, posteriormente, desplazarse a la localidad tur&#237;stica de Sanxenxo, en la r&#237;a de Pontevedra.</p><p>La tripulaci&#243;n del &#39;Bribon&#39; prev&#233; participar en la tercera serie de la Liga Espa&#241;ola de la modalidad de 6 metros de eslora, programada del viernes al domingo. </p><p>El viernes, en Santander, se celebrar&#225; el acto de conciliaci&#243;n entre el em&#233;rito y Revilla por la demanda interpuesta por Juan Carlos I por derecho al honor por las &quot;expresiones calumniosas e injuriosas&quot; que entiende que verti&#243; el expresidente de Cantabria contra &#233;l en diversos medios de comunicaci&#243;n de mayo de 2022 a enero de 2025. </p><p>Adem&#225;s, reclama a Revilla la rectificaci&#243;n de manera p&#250;blica y por los mismos medios de sus manifestaciones y una indemnizaci&#243;n de 50.000 euros por los da&#241;os morales causados, que, de serle abonados, ser&#225;n donados a C&#225;ritas. </p><p>Podr&#225;n acudir ellos mismos o por medio de sus procuradores y, en el caso del expresidente c&#225;ntabro, su abogado ha confirmado que Revilla s&#237; asistir&#225; al acto.</p><p>La semana pasada trascendi&#243; que el Tribunal Supremo rechaz&#243; una querella interpuesta por un grupo de juristas, en ejercicio de la acci&#243;n popular, contra el rey Juan Carlos por los mismos presuntos delitos contra la Hacienda P&#250;blica respecto a los que la Fiscal&#237;a Anticorrupci&#243;n acord&#243; ya en su d&#237;a el archivo.</p><p>La querella sosten&#237;a que el rey em&#233;rito habr&#237;a cometido cinco delitos fiscales relacionados con rentas y donaciones no declaradas a trav&#233;s de fundaciones como Zagatka y Lucum. EFE</p>]]></content:encoded></item><item><title><![CDATA[IU cree que el rechazo del TS a investigar al rey emérito muestra un pacto de impunidad]]></title><link>https://www.infobae.com/espana/agencias/2025/05/05/iu-cree-que-el-rechazo-del-ts-a-investigar-al-rey-emerito-muestra-un-pacto-de-impunidad/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/espana/agencias/2025/05/05/iu-cree-que-el-rechazo-del-ts-a-investigar-al-rey-emerito-muestra-un-pacto-de-impunidad/</guid><dc:creator><![CDATA[Newsroom Infobae]]></dc:creator><description><![CDATA[IU critica la decisión del Tribunal Supremo de archivar la querella contra el rey Juan Carlos por delitos fiscales, acusando de un pacto de impunidad en las instituciones del Estado]]></description><pubDate>Wed, 07 May 2025 16:15:31 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>Madrid, 5 may (EFE).- IU considera que la decisi&oacute;n del Tribunal Supremo de rechazar una querella interpuesta por un grupo de juristas contra el rey Juan Carlos por delitos contra la Hacienda P&uacute;blica, archivados ya por Anticorrupci&oacute;n, muestra "el pacto de impunidad que existe".</p><p>El auto de la Sala Segunda, del que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, acuerda el archivo de las actuaciones, en sinton&iacute;a con el criterio del Ministerio Fiscal, al considerar que los hechos no constituyen il&iacute;cito penal, se encuentran prescritos o fueron objeto de regularizaci&oacute;n tributaria.</p><p>Para esta formaci&oacute;n, "se repite la jugada que ya se ejecut&oacute; hace poco m&aacute;s de cuatro a&ntilde;os con la querella presentada por Izquierda Unida, el PCE y el Foro de Abogados y Abogadas de Izquierdas por delitos similares y tambi&eacute;n con el pol&eacute;mico magistrado Marchena como ponente", se&ntilde;ala en un comunicado.</p><p>La querella sosten&iacute;a que el rey em&eacute;rito habr&iacute;a cometido cinco delitos fiscales relacionados con rentas y donaciones no declaradas a trav&eacute;s de fundaciones como Zagatka y Lucum, que las regularizaciones tributarias practicadas no cumpl&iacute;an los requisitos legales para exonerar la responsabilidad penal y que los delitos no habr&iacute;an prescrito.</p><p>IU lamenta que "la nueva decisi&oacute;n del TS de dar portazo a investigar si el anterior jefe del Estado, Juan Carlos de Borb&oacute;n, pudo cometer hasta cinco delitos fiscales contra la Hacienda P&uacute;blica por la gesti&oacute;n de importantes cantidades de dinero a trav&eacute;s de estructuras opacas en el extranjero muestra de nuevo el pacto de impunidad que existe a nivel de distintas estructuras del Estado en relaci&oacute;n con el ahora rey em&eacute;rito". EFE</p>]]></content:encoded></item><item><title><![CDATA[El Tribunal Supremo rechaza la querella contra el Rey Juan Carlos por cinco delitos fiscales]]></title><link>https://www.infobae.com/america/agencias/2025/05/05/el-tribunal-supremo-rechaza-la-querella-contra-el-rey-juan-carlos-por-cinco-delitos-fiscales/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/america/agencias/2025/05/05/el-tribunal-supremo-rechaza-la-querella-contra-el-rey-juan-carlos-por-cinco-delitos-fiscales/</guid><dc:creator><![CDATA[Newsroom Infobae]]></dc:creator><description><![CDATA[El Tribunal Supremo desestima la querella presentada por magistrados y fiscales contra el Rey Juan Carlos por delitos fiscales, afirmando que no hay delito o que ha prescrito]]></description><pubDate>Wed, 07 May 2025 01:00:59 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PBRORDLNUJH5HGFRF37YHSINDE.jpg?auth=27534e615935f63932351fbacdb5ac4b39ef449aa1d3e296c64eefdcd38d158a&smart=true&width=1920&height=1440" alt="" height="1440" width="1920"/><p>En el punto de mira por sus recientes denuncias contra Miguel Ángel Revilla y Corinna Larsen por las declaraciones injuriosas y difamatorias que habrían hecho en su contra en los últimos años, el Rey Juan Carlos respira aliviado.</p><p>Y es que tal y como hemos conocido este lunes, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre la querella que presentaron el pasado noviembre contra el Emérito magistrados jubilados, fiscales anticorrupción retirados y varios intelectuales por cinco delitos fiscales contra la Hacienda Pública, rechazando la apertura de una causa penal contra el padre de Felipe VI.</p><p>Al igual que concluyó la Fiscalía Anticorrupción sobre la fortuna de Don Juan Carlos -se abrieron diligencias contra el Monarca el 2020, archivándose la causa el 2 de marzo de 2022 tras una "exhaustiva investigación"- el Supremo apunta que o bien no hay delito o bien de haber existido ya ha prescrito, y los pagos que realizó en su día para regularizar su situación fiscal llegaron a tiempo para evitar la apertura de un proceso penal.</p><p>La resolución recuerda que la querella sostenía que el Emérito habría cometido cinco delitos fiscales relacionados con rentas y donaciones no declaradas a través de fundaciones como Zagatka y Lucum. Y explica que el grupo de juristas querellantes defendían que las regularizaciones tributarias practicadas no cumplían los requisitos legales para exonerar la responsabilidad penal y que los delitos no habrían prescrito, al tratarse de hechos agravados por la utilización de estructuras opacas en el extranjero.</p><p>Sin embargo, los magistrados del Supremo sostienen que los hechos investigados ya fueron objeto de archivo razonado por parte de la Fiscalía Anticorrupción, y que la querella presentada no aporta nuevos datos, pruebas ni documentos que justifiquen reabrir la investigación porque nada ha cambiado "en términos jurídicos" en los últimos tres años, como señalan en su escrito, para "alzar la razonada y congruente decisión de la Fiscalía y acordar la apertura de un proceso penal".</p><p>Así, el tribunal concluye que admitir la querella "supondría convertir a los querellantes en entusiastas valedores de unos intereses tributarios que ya han sido satisfechos, así lo ha confirmado la Hacienda Pública, y hacerlo para la persecución de unos hechos que el Ministerio Fiscal considera que conceptualmente no son ya constitutivos de delito".</p><p>El auto enumera las razones por las cuales los hechos no son perseguibles penalmente: en algunos casos por haberse producido la prescripción de los delitos fiscales investigados, en otros porque la regularización tributaria efectuada -aunque con errores formales- tuvo efectos exoneradores conforme al artículo 305.4 del Código Penal, al haberse realizado antes de que existiera un conocimiento formal de las infracciones fiscales obeto de regularización.</p><p>Cabe recordar que en marzo de este año, la Fiscalía indicaba que en el decreto de archivo emitido por Anticorrupción se hacía constar que "pese a que la investigación desarrollada (...) no permite ejercitar acción penal alguna contra" el Rey Emérito por, "básicamente, la insuficiencia de indicios incriminatorios, la prescripción del delito, la inviolabilidad del Jefe del Estado o la regularización fiscal", fue la actuación de la Fiscalía "la que ha permitido recuperar 5.095.148 euros para las arcas públicas". Una cuantía correspondiente, según recordaba, "a las cuotas tributarias adeudadas por Juan Carlos de Borbón a la Hacienda Pública, incluyendo los oportunos recargos e intereses de demora".</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/PBRORDLNUJH5HGFRF37YHSINDE.jpg?auth=27534e615935f63932351fbacdb5ac4b39ef449aa1d3e296c64eefdcd38d158a&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1440" type="image/jpeg" height="1440" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[El TS rechaza investigar al rey emérito por los delitos fiscales que ya archivó Fiscalía]]></title><link>https://www.infobae.com/espana/agencias/2025/05/05/el-ts-rechaza-investigar-al-rey-emerito-por-los-delitos-fiscales-que-ya-archivo-fiscalia/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/espana/agencias/2025/05/05/el-ts-rechaza-investigar-al-rey-emerito-por-los-delitos-fiscales-que-ya-archivo-fiscalia/</guid><dc:creator><![CDATA[Newsroom Infobae]]></dc:creator><description><![CDATA[El Tribunal Supremo da por cerrada la denuncia popular contra el rey Juan Carlos por delitos fiscales, respaldando el archivo previo de la Fiscalía Anticorrupción y destacando la falta de nuevos argumentos]]></description><pubDate>Tue, 06 May 2025 17:46:12 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>Madrid, 5 may (EFE).- El Tribunal Supremo ha rechazado una querella interpuesta por un grupo de juristas, en ejercicio de la acci&#243;n popular, contra el rey Juan Carlos por los mismos presuntos delitos contra la Hacienda P&#250;blica respecto a los que la Fiscal&#237;a Anticorrupci&#243;n acord&#243; ya en su d&#237;a el archivo.</p><p>El auto de la Sala Segunda, del que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, acuerda el archivo de las actuaciones, en sinton&#237;a con el criterio del Ministerio Fiscal, al considerar que los hechos no constituyen il&#237;cito penal, se encuentran prescritos o fueron objeto de regularizaci&#243;n tributaria.</p><p>La querella sosten&#237;a que el rey em&#233;rito habr&#237;a cometido cinco delitos fiscales relacionados con rentas y donaciones no declaradas a trav&#233;s de fundaciones como Zagatka y Lucum. </p><p>Los querellantes defend&#237;an que las regularizaciones tributarias practicadas no cumpl&#237;an los requisitos legales para exonerar la responsabilidad penal y que los delitos no habr&#237;an prescrito, al tratarse de hechos agravados por la utilizaci&#243;n de estructuras opacas en el extranjero.</p><p>Sin embargo, el Tribunal Supremo asume el criterio del Ministerio Fiscal, contrario a la admisi&#243;n de la querella, y se&#241;ala que los hechos investigados ya fueron objeto de archivo razonado por parte de la Fiscal&#237;a Anticorrupci&#243;n, y que la querella presentada no aporta nuevos datos, pruebas ni documentos que justifiquen reabrir la investigaci&#243;n.</p><p>En su auto, considera que “la selecci&#243;n fragmentada e interesada” del decreto de archivo de la Fiscal&#237;a “no puede ser ahora la causa determinante de la apertura de un proceso penal contra el aforado. En t&#233;rminos jur&#237;dicos, nada ha cambiado tres a&#241;os despu&#233;s para alzar la razonada y congruente decisi&#243;n de la Fiscal&#237;a y acordar la apertura de un proceso penal”.</p><p>Un decreto de archivo -precisan los magistrados- “no puede ser reformateado para hacerle decir lo que no dice, para transmutar las razones del cierre de una exhaustiva investigaci&#243;n en motivos para la apertura de una causa penal”.</p><p>El tribunal concluye que admitir la querella “supondr&#237;a convertir a los querellantes en entusiastas valedores de unos intereses tributarios que ya han sido satisfechos -as&#237; lo ha confirmado la Hacienda P&#250;blica-, y hacerlo para la persecuci&#243;n de unos hechos que el Ministerio Fiscal considera que conceptualmente no son ya constitutivos de delito”.</p><p>Se&#241;ala que los argumentos por los que la Fiscal&#237;a justific&#243; la decisi&#243;n de archivo de las diligencias abiertas hace dos a&#241;os son “razonables, coherentes con el resultado de las investigaciones y cierran la puerta a la apertura de una investigaci&#243;n judicial sobre unos hechos que, ya desde ahora se advierte, en sinton&#237;a con el criterio del Fiscal, que no son constitutivos de delito, est&#225;n prescritos o fueron regularizados”.</p><p>El auto enumera las razones por las cuales los hechos no son perseguibles penalmente: en algunos casos por haberse producido la prescripci&#243;n de los delitos fiscales investigados, en otros porque la regularizaci&#243;n tributaria efectuada -aunque con errores formales- tuvo efectos exoneradores conforme al art&#237;culo 305.4 del C&#243;digo Penal, al haberse realizado antes de que existiera un conocimiento formal de las infracciones fiscales objeto de regularizaci&#243;n.</p><p>Recuerda el tribunal que no cabe abrir un proceso penal por hechos que no alcanzan los umbrales econ&#243;micos que exige el delito fiscal. Asimismo, invoca tambi&#233;n la doctrina consolidada sobre los l&#237;mites de la acci&#243;n popular, que no puede sustituir la iniciativa del Ministerio Fiscal ni de los &#243;rganos p&#250;blicos competentes cuando estos han descartado la existencia de delito.</p><p>La Sala destaca la imprecisi&#243;n y falta de claridad que la Fiscal&#237;a aprecia en el relato de hechos de la querella. “Estas dificultades formales (…) se hacen todav&#237;a m&#225;s intensas a la vista de la ausencia de toda aportaci&#243;n documental que pueda respaldar los hechos imputados. El relato f&#225;ctico se limita a una glosa cr&#237;tica de las decisiones de la Fiscal&#237;a, sin contrarrestar los argumentos que fundamentaron el archivo con alg&#250;n apoyo documental de contraste”.</p><p>Para el tribunal, los querellantes “no rebaten ninguna de estas razones, se limitan a instar de esta Sala que repita la investigaci&#243;n, que reclame todos los documentos que han dado apoyo a la decisi&#243;n de archivo del Fiscal y que, a partir de ah&#237;, recalculemos los plazos de prescripci&#243;n o del expediente de regulaci&#243;n”.</p><p>La Sala ha estado compuesta por los magistrados Manuel Marchena (presidente y ponente), Andr&#233;s Palomo, Ana Mar&#237;a Ferrer, Vicente Magro, Javier Hern&#225;ndez. EFE</p>]]></content:encoded></item></channel></rss>