<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/" version="2.0" xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/"><channel><title><![CDATA[Infobae.com]]></title><link>https://www.infobae.com</link><atom:link href="https://www.infobae.com/arc/outboundfeeds/rss/tags_slug/justicia-federal/" rel="self" type="application/rss+xml"/><description><![CDATA[Infobae.com News Feed]]></description><lastBuildDate>Tue, 14 Apr 2026 08:38:16 +0000</lastBuildDate><language>es</language><ttl>1</ttl><sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod><sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency><item><title><![CDATA[Un adolescente de Florida será juzgado como adulto por el asesinato y abuso sexual de su hermanastra en un crucero]]></title><link>https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/04/13/un-adolescente-de-florida-sera-juzgado-como-adulto-por-el-asesinato-y-abuso-sexual-de-su-hermanastra-en-un-crucero/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/04/13/un-adolescente-de-florida-sera-juzgado-como-adulto-por-el-asesinato-y-abuso-sexual-de-su-hermanastra-en-un-crucero/</guid><dc:creator><![CDATA[Francesco Enrico]]></dc:creator><description><![CDATA[El fallecimiento de Anna Kepner durante un viaje familiar a bordo del Carnival Horizon ha conmocionado a su entorno más cercano, mientras la justicia federal avanza con un proceso judicial abierto y la comunidad exige respuestas]]></description><pubDate>Mon, 13 Apr 2026 18:18:28 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H7MPALUSEJF23CY4QJIGDXHMAU.webp?auth=b073edcccb4d87cdc8a9cb311f02790141c64c890606e295f887c41e2dd4c6ed&smart=true&width=1175&height=661" alt="El adolescente acusado por el asesinato y abuso sexual de Anna Kepner enfrenta cargos de homicidio en primer grado como adulto en Florida (NBC Miami)" height="661" width="1175"/><p>Un adolescente de 16 años de <b>Titusville, Florida</b>, fue acusado como adulto por el <a href="https://www.infobae.com/estados-unidos/2025/11/12/el-fbi-investiga-la-muerte-de-una-joven-de-18-anos-a-bordo-del-crucero-carnival-horizon/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/estados-unidos/2025/11/12/el-fbi-investiga-la-muerte-de-una-joven-de-18-anos-a-bordo-del-crucero-carnival-horizon/"><b>asesinato y abuso sexual agravado de su hermanastra</b> <b>Anna Kepner</b></a> durante un viaje a bordo del crucero <i>Carnival Horizon</i> en 2023, según informó la <b>Oficina del Fiscal Federal del Distrito Sur de Florida</b>. </p><p>El hecho ocurrió el <b>7 de noviembre</b>, cuando <b>Kepner</b>, de <b>18 años</b>, fue hallada muerta por asfixia bajo la cama que compartía con su hermano en la cabina del barco, que se encontraba en aguas internacionales rumbo a <b>Miami</b>.</p><p>La investigación de la <b>Fiscalía Federal</b> concluyó que Anna Kepner murió por homicidio tras ser asfixiada, lo que derivó en la imputación de su hermanastro, identificado como <b>T.H.</b>, quien enfrenta cargos de <b>homicidio en primer grado</b> y abuso sexual. </p><p>El menor estaba inicialmente bajo proceso juvenil, pero, debido a la gravedad de los hechos y la decisión del <b>gran jurado federal</b>, será juzgado como adulto. De ser hallado culpable, la pena prevista es la <b>cadena perpetua</b>.</p><p>El caso ha generado conmoción tanto en <b>Florida</b> como en la comunidad de cruceros internacionales, pues la muerte sucedió mientras el <i>Carnival Horizon</i> navegaba en aguas internacionales, lo que llevó a que la jurisdicción pasara a manos de autoridades federales. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CFKJJQPKPFGYLAA5SGFN2KHXTU.jpg?auth=5f34448cb4f006c634560787066aea99c6fa87ff42973c6bccaec3535d7da3a2&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La muerte de Anna Kepner en el crucero Carnival Horizon ocurrió en aguas internacionales durante un viaje familiar rumbo a Miami (Instagram/Anna Kepner)" height="1080" width="1920"/><p>Según la <b>Oficina del Fiscal Federal del Distrito Sur de Florida</b>, la acusación formal fue emitida a partir de la prueba reunida por agentes del FBI y de la Guardia Costera, quienes intervinieron en el lugar al arribar el barco al puerto de <b>Miami</b>.</p><p>El fiscal federal <b>Jason A. Reding Quiñones</b> explicó en un comunicado: <b>“Un gran jurado federal ha devuelto una acusación por delitos graves que presuntamente ocurrieron a bordo de una embarcación en aguas internacionales. Presentaremos las pruebas en la corte y seguiremos este caso con profesionalismo y cuidado”</b>. </p><p>El proceso judicial permanecerá abierto al público, dado que el acusado será tratado como adulto, en consonancia con la normativa federal para crímenes graves cometidos fuera del territorio continental de Estados Unidos.</p><h2>Quién era Anna Kepner y el impacto en su familia</h2><p><b>Anna Kepner</b>, de 18 años, estaba a punto de graduarse de la escuela secundaria y viajaba en el crucero junto a su padre, abuelos, madrastra y los hijos de su madrastra, entre ellos el presunto agresor. </p><p>Según reconstruyó la familia en entrevistas previas con medios estadounidenses, el viaje familiar había sido planificado para celebrar el cierre de su etapa escolar y compartir tiempo juntos antes de que Anna iniciara la universidad.</p><p>El padre biológico de la víctima, <b>Christopher Kepner</b>, expresó su pedido de justicia tras la imputación del adolescente. En diálogo con <i>NBC News</i>, manifestó: <b>“Debe ser arrestado en este momento. Ahora es un adulto y debe ser arrestado. Esa es la posición de la familia. Se debe hacer justicia”</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3LYM3HEAFBFOLL45RBGEVC7SEI.jpg?auth=852d9169cf5f6b0f0f6ffed344fb65ac3841048ba40b5d91f481c7a7d7848747&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La autopsia confirmó que Anna Kepner, de 18 años, murió por asfixia intencional bajo circunstancias violentas a bordo de la embarcación (Instagram/@anna.kepner16)" height="1080" width="1920"/><p>La familia Kepner, que reside en <b>Titusville</b>, ha recibido apoyo de la comunidad local y sigue de cerca cada avance del proceso judicial.</p><p>La muerte de Anna <b>fue reportada inicialmente como un posible caso médico</b>. La autopsia realizada por el forense del condado de Miami-Dade confirmó que la causa fue <b>asfixia intencional</b>, lo que motivó la intervención inmediata de autoridades federales. </p><p>El hecho de que el crimen ocurriera en aguas internacionales generó desafíos jurisdiccionales y obligó a la coordinación entre agencias estatales y federales.</p><h2>Antecedentes del caso y repercusión en medios</h2><p>Desde el fallecimiento de Anna Kepner, el caso ha recibido cobertura en medios nacionales e internacionales, incluyendo <i>Infobae</i>, que en noviembre de 2023 publicó un informe detallado sobre la investigación y las primeras declaraciones de familiares y autoridades. </p><p>En ese momento, la noticia tuvo repercusión no solo por la gravedad del crimen, sino por la decisión inusual de imputar como adulto a un adolescente de 16 años, algo poco frecuente en la justicia federal de Estados Unidos.</p><p>Durante los meses siguientes, la familia Kepner reiteró la necesidad de que el acusado enfrentara las máximas penas previstas por la ley, subrayando el impacto irreparable que la muerte de Anna tuvo en sus vidas. </p><p>Organizaciones de apoyo a víctimas de crímenes violentos han seguido el caso, advirtiendo que situaciones semejantes suceden en cruceros con mayor frecuencia de la reportada oficialmente por el carácter internacional de muchas travesías.</p><p>De acuerdo con la <b>Oficina del Fiscal Federal</b>, la próxima audiencia se realizará en el tribunal del Distrito Sur de Florida en las próximas semanas, donde se presentarán <b>pruebas adicionales recogidas tanto en el barco como en los análisis forenses</b>. </p><p>La defensa del acusado no ha emitido declaraciones públicas, y los documentos judiciales están reservados en detalles para proteger la identidad de los menores involucrados.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KJXS2NWH2BGX3LMUPMGLSDTNJQ.png?auth=44d47073c82a7fbd35d6c0dde4f667bd7ba5b00aa72d7fe19708a083bd945166&smart=true&width=1919&height=884" alt="El crimen generó repercusión nacional e internacional, destacando los desafíos legales y la rara imputación como adulto de un menor en Estados Unidos (Captura NBC Miami)" height="884" width="1919"/><h2>Justicia federal estadounidense y crímenes en aguas internacionales</h2><p>El crimen que terminó con la vida de <b>Anna Kepner</b> evidenció los retos legales que enfrentan las autoridades de <b>Estados Unidos</b> cuando delitos graves se registran en aguas internacionales. </p><p>En estos casos, la jurisdicción federal asume el mando y juzgar a menores como adultos exige la intervención de un gran jurado y la presentación de pruebas contundentes.</p><p>Las investigaciones conjuntas entre Guardia Costera, FBI y fiscalía buscan determinar con precisión los hechos y asegurar un proceso judicial transparente. </p><p>El caso ha impulsado debates sobre la seguridad en cruceros y la protección de menores durante estos viajes, además de instalar la discusión sobre la responsabilidad de las compañías navieras ante hechos de violencia a bordo.</p><p>La familia Kepner persiste en su demanda de justicia y acompaña cada etapa del proceso judicial, mientras la comunidad de <b>Titusville</b> sigue expectante el avance del caso, que aún no tiene fecha de juicio confirmada.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/H7MPALUSEJF23CY4QJIGDXHMAU.webp?auth=b073edcccb4d87cdc8a9cb311f02790141c64c890606e295f887c41e2dd4c6ed&amp;smart=true&amp;width=1175&amp;height=661" type="image/webp" height="661" width="1175"><media:description type="plain"><![CDATA[El adolescente acusado por el asesinato y abuso sexual de Anna Kepner enfrenta cargos de homicidio en primer grado como adulto en Florida (NBC Miami)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Cecilia Goyeneche quedó entre las candidatas elegibles para ocupar un cargo en la Justicia Federal ]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/04/02/cecilia-goyeneche-quedo-entre-las-candidatas-elegibles-para-ocupar-un-cargo-en-la-justicia-federal/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/04/02/cecilia-goyeneche-quedo-entre-las-candidatas-elegibles-para-ocupar-un-cargo-en-la-justicia-federal/</guid><dc:creator><![CDATA[Juan A. Bracco]]></dc:creator><description><![CDATA[Hace menos de un mes que fue repuesta en su cargo de Procuradora Adjunta de la provincia de Entre Ríos]]></description><pubDate>Thu, 02 Apr 2026 18:18:21 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OERBIC2CTFBE3FS6VFJZYUHDPE.jpg?auth=27be45c8c79039db3577cce66d0feced2a28e7b21ee72366979b081aac895487&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El Consejo de la Magistratura lleva adelante el proceso de selección para el TOF de Paraná, que atraviesa una renovación total de sus miembros por jubilaciones y edad reglamentaria (Gentileza Diario Uno)" height="1080" width="1920"/><p><a href="https://www.infobae.com/tag/cecilia-goyeneche/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cecilia-goyeneche/"><b>Cecilia Goyeneche</b></a> está ubicada cuarta en el orden de mérito provisorio del concurso que realiza el <b>Consejo de la Magistratura para el Tribunal Oral Federal (TOF)</b> de la capital entrerriana. Este Tribunal está en proceso de renovación total. Dos de sus integrantes, Roberto López Arango y Lilia Graciela Carnero, ya se jubilaron. La restante, Noemí Berros, está próxima a los 75 años. Al alcanzar esa edad, deberá ser ratificada por el Senado a instancias del Poder Ejecutivo.</p><p>El TOF de Paraná ha llevado adelante juicios importantes en materia de <b>derechos humanos </b>y de <b>narcotráfico</b>. Su jurisdicción abarca los procesos de la capital provincial y de los juzgados de primera instancia de Victoria y Concordia.</p><p>La exfiscal anticorrupción de Entre Ríos <b>logró llegar a 149,10 puntos en las dos etapas iniciales del proceso de selección</b>. Se trata del examen de oposición y de la evaluación de antecedentes. Aún resta dilucidar qué pasará con algunas impugnaciones que deberán analizarse. Luego, quedarán por asignar 20 puntos de la entrevista personal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IB3ULJPK45CEZLIQIZ36HL4FPI.jpeg?auth=64cee5c695edc5912dc6c847e0324a17ce4eafbb5098437ae9cab69291c18ac5&smart=true&width=1599&height=1066" alt="Goyeneche logró 149,10 puntos en las etapas iniciales del concurso federal, pendientes aún las impugnaciones y la asignación final por entrevista personal" height="1066" width="1599"/><p>El plenario para cerrar el proceso debía reunirse el pasado 3 de febrero. Pero el Jurado pidió una prórroga. A cargo del concurso están el integrante de Casación Penal Federal, <b>Juan Carlos Geminiani; José Luis Ortiz; Claudio Contreras y Carolina Martínez Andújar</b>.</p><p>Geminiani es coprovinciano de Goyeneche. Es un personaje controvertido dentro de <b>Comodoro Py</b>. Por un mensaje de contenido misógino estuvo a punto de ser sancionado por el Consejo de la Magistratura. Se le iba a aplicar una multa. Pero la decisión no reunió los dos tercios necesarios y quedó descartada.</p><p>Si su nombre permanece en los primeros lugares y pasa a integrar la terna final, deberá definir dónde continuar su carrera: si en los estrados provinciales o en el fuero federal.</p><h2>Qué rol ocupa Goyeneche hoy</h2><p>La funcionaria judicial <b>fue repuesta en el cargo de Procuradora Adjunta semanas atrás</b>. La medida llegó luego de que el <b>Superior Tribunal de Justicia</b> (STJ) provincial anulara el proceso por el que había sido destituida. La determinación se tomó a instancias de la <b>Corte Suprema</b> (CSJN).</p><p>El máximo tribunal <b>anuló el fallo del Jurado de Enjuiciamiento</b> que dispuso su remoción por mal desempeño. La decisión estribó en una cuestión formal y no de fondo. El Jury había decidido correr a todos los fiscales entrerrianos de la acusación en el proceso. Para cumplir ese rol, citó a un abogado que integraba la lista de conjueces. La CSJN decidió que ese paso violó el debido proceso y echó todo por tierra.</p><p>La resolución del STJ habilitó al Procurador General, <b>Jorge García</b>, a reintegrarla a las funciones de las que había sido sacada en 2021.</p><p>Sin embargo, <b>Goyeneche no podrá volver a ocupar el rol de fiscal anticorrupción</b>. Ella llegó a ese lugar por una medida administrativa de García ante la falta de reglamentación legislativa de ese cargo creado por la Constitución de 2008.</p><p>En el ínterin en que estuvo fuera del cargo, la Legislatura entrerriana sancionó la ley correspondiente. Y dispuso que la titularidad de esa fiscalía solo podía ser ocupada a través de un concurso del Consejo de la Magistratura. La norma obtura, de manera explícita, la posibilidad de que el cargo sea subrogado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DBIFC73YN5AGBL5G2DTF6PNARI.jpeg?auth=773d91af74dd87a8a962a2b8e4cf857d0330561fb522e7872edce622692770a4&smart=true&width=948&height=632" alt="La Fiscalía Anticorrupción, desde la que Goyeneche intervino en causas emblemáticas como la condena al exgobernador Urribarri, requiere ahora concurso público tras nueva legislación entrerriana" height="632" width="948"/><h2>Las causas</h2><p>El caso de Goyeneche cobró relevancia nacional debido a que se trató de la remoción de una fiscal que <b>había llevado adelante varias de las causas de corrupción más importantes de Entre Ríos</b>.</p><p>Algunas de ellas son las que terminaron con la condena que recibió el exgobernador justicialista <b>Sergio Urribarri</b>.</p><p>El Jury al que se la sometió tuvo características peculiares. En primer lugar, fue impulsado por dos abogados radicales (Guillermo Mulet y Rubén Pagliotto). Ambos fueron los denunciantes de los casos que luego Goyeneche llevó hasta las últimas consecuencias.</p><p>Además, las acusaciones tuvieron como centro la actuación en la investigación de los desvíos de fondos de la Legislatura a través de contratos fraudulentos. Se le achacó que no avanzó contra los responsables políticos y que solo había apuntado a los escalones medios y bajos de la organización. En este sentido, también se le reprochó la relación que ella y su esposo mantenían con uno de los principales imputados.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/OERBIC2CTFBE3FS6VFJZYUHDPE.jpg?auth=27be45c8c79039db3577cce66d0feced2a28e7b21ee72366979b081aac895487&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(Gentileza Diario Uno, Entre Ríos)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Juan Ignacio Pereira</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Condenaron con prisión en suspenso a un mapuche que usurpó propiedades en Villa Mascardi pero lo dejaron en libertad]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/2026/03/26/condenan-con-prision-en-suspenso-a-mapuche-que-usurpo-en-villa-mascardi-y-le-dejan-en-libertad/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/2026/03/26/condenan-con-prision-en-suspenso-a-mapuche-que-usurpo-en-villa-mascardi-y-le-dejan-en-libertad/</guid><dc:creator><![CDATA[Francisco Poppe]]></dc:creator><description><![CDATA[La Justicia Federal condenó a Juan Pablo Colhuan, miembro de Lafken Winkul Mapu, a dos años y seis meses de prisión en suspenso por usurpación en Villa Mascardi]]></description><pubDate>Thu, 26 Mar 2026 18:21:10 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EHZ5HUJPXJDSZHZ33ROHY623SU.jpeg?auth=786a910316acc328499ff4eb268c50fb0da1e7e5fd890fd72083ad691201f738&smart=true&width=1152&height=560" alt="El episodio ocurrido en mayo de 2020 incluyó violencia con armas de fuego y el posterior incendio intencional de la propiedad usurpada" height="560" width="1152"/><p>Uno de los integrantes de la comunidad <b>Lafken Winkul Mapu</b>, responsable de las usurpaciones en <b>Villa Mascardi</b> desde 2017 hasta 2022, fue condenado por la <b>Justicia Federal</b> a la pena de prisión en suspenso durante 2 años y seis meses, al encontrarlo responsable de la irrupción en un predio situado dentro del mismo paraje turístico, mediante el uso de un arma de fuego.</p><p><b>Juan Pablo Colhuan</b> estuvo prófugo hasta octubre de 2025, cuando personal de la <b>Policía de Chubut</b> lo identificó en inmediaciones del paraje <b>Cushamen</b>, en esa provincia, cuando transitaba una ruta provincial a pie, con síntomas de deshidratación.</p><p>Colhuan está involucrado en distintos expedientes que tramita la <b>Justicia Federal</b> y el fuero de la provincia de <b>Río Negro</b>.</p><p>El titular del <b>Tribunal Oral Federal de General Roca</b>, Alejandro Silva, lo condenó este jueves a la pena de 2 años y seis meses de prisión en suspenso, al encontrarlo responsable de la irrupción en un predio perteneciente al personal jerárquico de la ex Gas del Estado, donde mediante el uso de armas de fuego y en complicidad con otros tres individuos, <b>amenazó al cuidador y lo obligó a retirarse, para tomar el control del predio</b>.</p><p>El hecho ocurrió el 21 de mayo de 2020 entre las 16.30 y las 20 horas cuando Colhuan, cubriendo su rostro con un tapabocas, amenazó al cuidador con un arma de fuego y lo obligó a retirarse.</p><p>Cuando se iba le arrojó piedras y provocó el estallido de un vidrio del vehículo que conducía la víctima. En declaraciones posteriores, el afectado aseguró haber reconocido al mapuche cuando, por un descuido, el tapaboca se cayó y le permitió identificar sus facciones.</p><p>Durante la instancia de alegatos, el fiscal federal <b>Fernando Arrigo</b> consideró probada la participación de Colhuan en el atentado y pidió una pena de 3 años y siete meses de prisión.</p><p>“Los hechos enrostrados fueron probados. Colhuan junto a otras tres personas usurparon la propiedad que custodiaba Fernando Uribe Oyarzo, donde irrumpió junto a otros sujetos portando un arma larga”, aseguró el representante del <b>Ministerio Público</b> este miércoles, durante su alegato.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/M37O5KJNWZA5FCFLKSVBTFXMMQ.jpg?auth=2783efe4253c199269b3ec7a8e07baf571b3165368e6c455e0bfba971a3b5f67&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La victimización incluye agresiones físicas y amenazas contra vecinos y fuerzas de seguridad durante distintos episodios de toma de tierras en Villa Mascardi" height="1080" width="1920"/><p><b>Uribe Oyarzo denunció que escuchó piedras golpeando el techo y poco después fue sorprendido por los cuatro encapuchados que lo amenazaron con un arma larga, otra corta, cuchillos y boleadoras.</b></p><p>Colhuan, puntualmente, era quien portaba el arma larga.</p><p><b>La víctima tuvo que huir para no resultar herido y minutos más tarde los intrusos provocaron un incendio intencional para destruir la propiedad.</b></p><p>Durante el proceso declararon efectivos de la <b>Policía de Río Negro</b>, quienes coincidieron en el testimonio y afirmaron haber identificado a Colhuan cuando se alejaba del lugar. Dijeron que conducía un vehículo Chevrolet Aveo, aunque el acusado se defendió asegurando que no sabe manejar ni cuenta con registro para hacerlo.</p><p>“La carga probatoria es indiscutible”, sostuvo Arrigo durante su presentación.</p><p><b>Gustavo Franquet</b>, integrante de la <b>Gremial de Abogados y Abogadas de la República Argentina</b>, en ejercicio de la defensa de Colhuan, desacreditó los testimonios y aseguró que no existían elementos para confirmar la presencia de Colhuan en el lugar.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7EO3AXQEGVF57DEJNGSW7VRX6Y.jpg?auth=3a4a6180bcc29039014a6db79e963d83e8081c9425deeeaa65eb5e82ced0f115&smart=true&width=1851&height=1041" alt="El condenado es hermano de la machi Betiana Colhuan, líder espiritual de la comunidad Lafken Winkul Mapu y también procesada por usurpaciones" height="1041" width="1851"/><p>Habló de persecución política al pueblo mapuche y pidió la falta de mérito, haciendo eje en la escasa contundencia de las pruebas presentadas.</p><p>Los cargos que le atribuyó Silva al mapuche son por despojo agravado por ser cometido mediante el empleo de un arma de fuego y le impuso reglas de conducta que deberá cumplir durante el tiempo que se extienda la condena.</p><p>Además, dispuso la libertad del detenido, quien permanecía alojado en la unidad penitenciaria 6 de la localidad chubutense de <b>Rawson</b>.</p><p>Colhuan es uno de los hermanos de la autoridad espiritual de la comunidad <b>Lafken Winkul Mapu</b>, la “machi” <b>Betiana Colhuan</b>, condenada tiempo atrás por la usurpación de lotes públicos y privados en <b>Villa Mascardi</b>.</p><p>Cursó todo el proceso judicial prófugo de la <b>Justicia</b> e incluso cuando fue recapturado, uno de los expedientes habría prescripto. Sin embargo, adeudaba otros legajos por los que permanecía detenido.</p><p>En 2022 debía enfrentar dos audiencias judiciales aunque decidió ausentarse a ambas. <b>La primera de ellas en el marco de un juicio oral y público por los delitos de resistencia a la autoridad y lesiones leves, que le atribuyó la fiscalía, cometidas contra un policía al que habría agredido el 6 de febrero de 2020, en cercanías del predio de Parques Nacionales ocupado por miembros de la autodenominada comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu.</b></p><p>La segunda, una audiencia de formulación de cargos por una agresión a Diego Frutos, vecino y ex presidente de la <b>Junta Vecinal de Villa Mascardi</b>, a quien Colhuan junto a cómplices agredió al reconocerlo durante un corte de la ruta 40.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/EHZ5HUJPXJDSZHZ33ROHY623SU.jpeg?auth=786a910316acc328499ff4eb268c50fb0da1e7e5fd890fd72083ad691201f738&amp;smart=true&amp;width=1152&amp;height=560" type="image/jpeg" height="560" width="1152"><media:description type="plain"><![CDATA[El episodio ocurrido en mayo de 2020 incluyó violencia con armas de fuego y el posterior incendio intencional de la propiedad usurpada]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Cámara de Casación reabrió la causa por lavado contra la viuda de Daniel Muñoz]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/19/la-camara-de-casacion-reabrio-la-causa-por-lavado-contra-la-viuda-de-daniel-munoz/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/19/la-camara-de-casacion-reabrio-la-causa-por-lavado-contra-la-viuda-de-daniel-munoz/</guid><description><![CDATA[El máximo tribunal penal del país rechazó el planteo de Carolina Pochetti y habilitó que continúe la investigación por blanqueo ilegal de activos vinculada de manera conexa a la causa “Cuadernos”]]></description><pubDate>Thu, 19 Mar 2026 22:55:51 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CZHLNP52ABF7DJE7S4FPI3YA74.jpg?auth=f0fade333247043378665b5d82695015a8ee466d8c158ce79bdb23c900b1fb60&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Casación rechazó el planteo de la defensa de Carolina Pochetti y habilitó que continúe la causa por lavado vinculada a Daniel Muñoz" height="1080" width="1920"/><p>La <b>Cámara Federal de Casación Penal</b> resolvió este jueves que debe continuar una causa por presunto <b>lavado de activos</b> vinculada al exsecretario presidencial<a href="https://www.infobae.com/tag/daniel-munoz/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/daniel-munoz/"><b> Daniel Muñoz</b></a> -fallecido en 2016- y a su viuda, <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/10/24/la-plata-de-los-cuadernos-de-las-coimas-todos-los-caminos-conducen-a-carolina-pochetti/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/10/24/la-plata-de-los-cuadernos-de-las-coimas-todos-los-caminos-conducen-a-carolina-pochetti/"><b>Carolina Pochetti</b></a>, al rechazar el planteo de la defensa que buscaba mantener cerrado el expediente. De este modo, el máximo tribunal penal del país despejó una cuestión central: la investigación no está alcanzada por el principio que impide juzgar dos veces los mismos hechos (ne bis in idem) y, por lo tanto, puede seguir adelante.</p><p>En este contexto, el expediente se inscribe como una<b> causa conexa</b> a la investigación conocida como “<a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/19/juicio-cuadernos-oscar-centeno-el-remisero-arrepentido-volvio-a-tribunales-pero-se-negaria-a-declarar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/19/juicio-cuadernos-oscar-centeno-el-remisero-arrepentido-volvio-a-tribunales-pero-se-negaria-a-declarar/"><b>Cuadernos de las coimas</b></a>”, donde actualmente se indaga un presunto sistema de recaudación ilegal durante los gobiernos kirchneristas. En ese entramado, Muñoz -exsecretario privado de <a href="https://www.infobae.com/tag/nestor-kirchner/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/nestor-kirchner/"><b>Néstor Kirchner</b></a>- aparece mencionado como uno de los posibles intermediarios en el<b> manejo de dinero</b> que, según la tesis acusatoria, luego habría sido canalizado a través de <b>estructuras financieras</b> destinadas a su ocultamiento.</p><p>Sin embargo, el foco de esta causa no está puesto en el origen de los fondos sino en su destino, es decir, si fueron objeto de maniobras de <b>lavado de dinero </b>mediante su ingreso al circuito económico formal a través de sociedades, inversiones o adquisiciones de bienes. En ese punto, la investigación adquiere una particularidad: <b>Muñoz falleció en 2016 </b>sin haber sido juzgado, por lo que el proceso se concentra en la trazabilidad de los activos y en la posible intervención de terceros, entre ellos Pochetti.</p><p>En ese marco, el recorrido del expediente muestra una secuencia de avances y retrocesos. La causa se inició a partir de distintas denuncias, entre ellas la de <b>Miriam Quiroga</b>, ex secretaria de <b>Néstor Kirchner</b> y ex empleada del área de <b>Ceremonial de la Casa Rosada</b>, quien declaró sobre supuestos<b> traslados de bolsos</b> <b>con dinero </b>desde la sede del Gobierno hacia la provincia de Santa Cruz. A esos testimonios se sumaron informes de la <b>Unidad de Información Financiera (UIF)</b>, que identificaron movimientos patrimoniales compatibles con maniobras de <b>lavado de activos</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NWPPIDEFGZE35CTNVJLL4GTBMA.jpg?auth=bb6d3f696388ea164d3c44e51b64b5f29255344fe867419ae587d0a89aa994d7&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Cámara de Casación habilitó que continúe la causa por lavado contra Carolina Pochetti, viuda de Daniel Muñoz, en un expediente vinculado a los cuadernos de las coimas" height="1080" width="1920"/><p>El primer hito relevante se produjo el 10 de julio de 2015, cuando el Juzgado Federal N°9 dictó el sobreseimiento de <b>Muñoz, Pochetti y otros involucrados</b>. Esa decisión, que quedó firme, marcó el eje de la estrategia defensiva actual de la mujer: la imposibilidad de reabrir el caso por aplicación del principio de “ne bis in idem”. Dicho pronunciamiento había sido firmado por el juez <b>Luis Rodríguez</b> -quien renunció al cargo en abril de 2023-, cuya actuación en el expediente fue posteriormente cuestionada. En ese marco, y ya en la causa de los <b>cuadernos de las coimas</b>, Pochetti declaró como imputada colaboradora ante los fiscales <b>Carlos Stornelli</b> y <b>Carlos Rívolo </b>que habría entregado dinero -a través de su entonces abogado- para frenar la investigación sobre el<b> patrimonio de su esposo</b> y garantizar que el expediente no avanzara; el magistrado, por su parte, rechazó esas acusaciones y las calificó como falsas.</p><p>Sin embargo, el escenario comenzó a modificarse con las revelaciones de los <b>Panama Papers</b> en 2016. Esa investigación internacional identificó a Muñoz y Pochetti como titulares de <b>sociedades offshore</b> en las <b>Islas Vírgenes Británicas</b>, lo que derivó en la reactivación de una pesquisa que había quedado paralizada. Posteriormente, con los <b>Pandora Papers</b> y otras medidas judiciales, se fue reconstruyendo un entramado de firmas y testaferros que habría sido utilizado para <b>canalizar fondos</b> de manera ilegal hacia el exterior.</p><p>De acuerdo con distintos expedientes y declaraciones de imputados colaboradores, ese circuito incluiría la adquisición de al menos <b>15 propiedades en Miami</b> y <b>dos en Nueva York</b> por unos 73 millones de dólares, a través de sociedades pantalla. Parte de esos activos habría sido luego vendida y reorientada hacia nuevas inversiones, entre ellas un emprendimiento inmobiliario en <b>Turks and Caicos </b>que no llegó a concretarse. En esa línea, distintos testigos describieron mecanismos periódicos de <b>extracción de dinero </b>en efectivo que luego era transferido fuera del país.</p><p>Fue en ese contexto que, en 2016, la <b>UIF</b> solicitó la reapertura del expediente y el decomiso de bienes. Si bien el planteo fue rechazado en primera instancia, la <b>Sala II</b> de la Cámara Federal porteña revocó esa decisión en noviembre de ese mismo año, reconoció al organismo como querellante y habilitó la continuidad de la investigación.</p><p>Frente a ello, la defensa de <b>Carolina Pochetti </b>apeló ese criterio y obtuvo un primer resultado favorable en marzo de 2018, cuando la <b>Cámara de Casación</b> -con otra integración- restableció el cierre del expediente al considerar que el <b>sobreseimiento previo</b> tenía efecto de <b>cosa juzgada</b>. No obstante, esa interpretación fue revisada por la <b>Corte Suprema de Justicia</b>, que el <b>28 de octubre de 2025</b> dejó sin efecto ese fallo y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.</p><p>En cumplimiento de ese mandato, la<b> Sala III </b>de la <b>Cámara Federal de Casación Penal</b> volvió a analizar el caso en la resolución dictada este jueves. El voto que abrió el acuerdo, a cargo del juez <b>Diego Barroetaveña</b>, retomó el dictamen del Procurador General y sostuvo que no se configuraba una violación a las garantías procesales. Tanto <b>Javier Carbajo</b> como su colega <b>Guillermo Yacobucci</b> adhirieron a la postura del primer camarista.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KKVFFBGAERFM7EYTDAMSBN6ZYQ.jpg?auth=b35f622078562205b04d6ea476aeca43bf4e3b59fa1449f61f2feccd350d324b&smart=true&width=2618&height=1746" alt="La causa por lavado que involucra a Carolina Pochetti y Daniel Muñoz llegó a la Cámara Federal de Casación Penal, con sede en Comodoro Py, que habilitó la continuidad de la investigación (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
" height="1746" width="2618"/><p>En ese contexto, Barroetaveña en su voto consideró oportuno transcribir fragmentos del dictamen del procurador <b>Eduardo Casal</b>, en tanto “la interpretación más amplia -aquella según la cual <b>el archivo</b> de estas actuaciones es definitivo al existir un obstáculo para proceder, por haber sido los hechos juzgados con anterioridad- queda desvirtuada por la circunstancia de que el proceso anterior, que culminó con el <b>sobreseimiento de Muñoz</b> por considerarse que su patrimonio no había crecido de manera injustificada durante su paso por la función pública, se refiere a las <b>variaciones patrimoniales</b> observadas entre la fecha de su ingreso en 2003 y el 31 de diciembre de 2009 (...), mientras que la presente causa referida a la investigación interna de la UIF <b>trata de operaciones posteriores</b>, como la citada compra de <b>U$D 188.842</b> efectuada por Muñoz a través del Banco de Santa Cruz el 23 de diciembre de 2011 (...) y la compra de una decena de vehículos para la empresa DS Mayer S.A. entre marzo de 2008 y el 28 de junio de 2011, entre los que se destacan dos caminos con acoplado adquiridos por la suma de <b>$1.000.000</b> en una operación reportada como sospechosa”.</p><p>“Pues bien -continuó el camarista-, a la luz de lo que surge de las constancias de autos y de los argumentos expuestos en el <b>dictamen del Procurador General de la Nación</b> -a cuyos fundamentos, insistimos, remitió el alto Tribunal-, consideramos que lo decidido por la <b>Cámara Federal de Apelaciones </b>se encuentra adecuadamente sustentado y debe ser convalidado en esta instancia”.</p><p>Y concluyó: “Es que lo resuelto por el máximo Tribunal deja en evidencia que la <b>revocatoria del archivo</b> <b>objetada </b>por la <b>defensa de Pochetti, no vulneró las garantías constitucionales </b>invocadas y no se advierten, de momento, obstáculos de esa índole para que se continúe con el trámite de las actuaciones, en los términos en los que fuera dispuesto".</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CZHLNP52ABF7DJE7S4FPI3YA74.jpg?auth=f0fade333247043378665b5d82695015a8ee466d8c158ce79bdb23c900b1fb60&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Carolina Pochetti]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Cámara de Mar del Plata confirmó el rechazo de un amparo laboral de un empleado público que invocó protección gremial]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/18/la-camara-de-mar-del-plata-confirmo-el-rechazo-de-un-amparo-laboral-de-un-empleado-publico-que-invoco-proteccion-gremial/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/18/la-camara-de-mar-del-plata-confirmo-el-rechazo-de-un-amparo-laboral-de-un-empleado-publico-que-invoco-proteccion-gremial/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El tribunal de alzada entendió que no estaba acreditada la cobertura sindical al momento del despido y señaló que el caso contra el Estado Nacional debe resolverse por otra vía judicial]]></description><pubDate>Wed, 18 Mar 2026 21:58:54 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XNH3REFRA5HR5CHEN7RS73CA3M.jpg?auth=ae83a3a49d30a9ed0349a79745cca26454155423a30c86a5976ac9224362a85b&smart=true&width=1920&height=1280" alt="La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó el rechazo del amparo de un empleado público contra el Estado Nacional por falta de protección gremial al momento del despido (Foto ilustrativa: RS Fotos)" height="1280" width="1920"/><p>La <b>Cámara Federal de Mar del Plata</b> confirmó el rechazo de una <a href="https://www.infobae.com/tag/accion-de-amparo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/accion-de-amparo/"><b>acción de amparo</b></a> presentada por un trabajador contra el <b>Estado Nacional</b>, quien buscó en tribunales hacer valer la protección especial que la ley otorga a los<b> </b><a href="https://www.infobae.com/tag/gremialistas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/gremialistas/"><b>representantes gremiales</b></a><b> </b>frente a un despido. El tribunal de alzada concluyó que el demandante no logró acreditar que contaba con esa <a href="https://www.infobae.com/tag/sindicatos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/sindicatos/"><b>cobertura sindical</b></a> al momento de la finalización de su <b>vínculo laboral</b> y que el reclamo en cuestión excedía los alcances de esa vía judicial excepcional.</p><p>La decisión fue adoptada por los camaristas <b>Eduardo Pablo Jiménez</b> y <b>Alejandro Osvaldo Tazza</b>, quienes ratificaron la sentencia dictada en primera instancia por el juez <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/28/avanza-el-expediente-contra-un-juez-federal-por-presuntas-expresiones-antisemitas-en-redes-sociales/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/28/avanza-el-expediente-contra-un-juez-federal-por-presuntas-expresiones-antisemitas-en-redes-sociales/"><b>Alfredo Eugenio López</b></a>, a cargo del <b>Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata</b>.</p><p>El expediente se inició el 18 de abril de 2024, cuando <b>Jorge Gómez</b> promovió la acción contra la <b>Subsecretaría de Pesca y Agricultura de la Nación </b>-actual Secretaría de Bioeconomía del Ministerio de Economía-, solicitando su <b>reinstalación laboral</b> y el dictado de una <b>medida cautelar</b> para que se ordene su reincorporación inmediata.</p><p>Según su relato, se desempeñaba desde hacía más de <b>20 años</b> como <a href="https://www.infobae.com/tag/inspectores-de-pesca/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/inspectores-de-pesca/"><b>inspector de pesca</b></a> y el 26 de febrero de 2024 “el Estado le negó el ingreso para <b>prestar servicios</b> sin causa alguna y sin tener en cuenta su<b> condición sindical</b>”. Dijo además que no había sido notificado “de ninguna decisión sobre su situación laboral”.</p><p>El demandante también precisó que había sido designado como “<b>miembro paritario</b>" de <b>ATE</b>, y que el Estado había sido notificado “mediante carta cinco días antes de la <b>negativa a su ingreso</b>”, quedando así de “de manera manifiesta la <b>discriminación sufrida</b>”.</p><p>A su vez, cuestionó la <b>modalidad de contratación</b> bajo la cual se desempeñaba. Explicó que, aunque formalmente figuraba como contratado, en la práctica cumplía funciones permanentes y continuas, propias de un <b>empleado estable del Estado</b>. Desde esa perspectiva, advirtió que su desvinculación no podía producirse sin respetar las garantías constitucionales que protegen la <b>estabilidad laboral</b>.</p><p>Indicó que la decisión de la empleadora resultó “<b>arbitraria y discriminatoria</b>” en tanto le negó “<b>tareas habituales </b>y <b>normales </b>en <b>fraude a la ley</b>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NTKYJF6GMNGGLDV2QYUC2Z7OEU.jpg?auth=3c93d7ce6ffafe8f714c1648fba8897d1e63c5f7f53d968870fd63b544384f21&smart=true&width=1920&height=1280" alt="El empleado público alegó su condición de miembro paritario de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), pero la Cámara Federal de Mar del Plata rechazó el amparo al no acreditarse protección gremial vigente al momento del despido (Foto ilustrativa: RS Fotos)" height="1280" width="1920"/><p>El planteo se apoyó en la ley 23.551 de<b> asociaciones sindicales</b>, que habilita el <b>uso del</b> <b>amparo</b> cuando se obstaculiza el ejercicio de <b>derechos gremiales</b>. En ese marco, el trabajador reclamó -junto a su reincorporación- el pago de <b>salarios caídos </b>y una <a href="https://www.infobae.com/tag/indemnizaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/indemnizaciones/"><b>indemnización por daño moral</b></a> por un monto de <b>16.515.008,64</b> pesos.</p><p>La demanda fue contestada por una apoderada del <b>Estado Nacional</b>, que negó la existencia de la <b>protección sindical</b> al momento del despido. En efecto, la abogada alegó que la relación contractual había finalizado el <b>19 de febrero de 2024</b>, mientras que la comunicación de la designación como <b>representante gremial</b> se produjo el <b>21 de febrero</b>, es decir, dos días después. En ese orden, remarcó que al momento de la desvinculación el trabajador no contaba con la <b>cobertura </b>invocada.</p><p>En primera instancia, el juez <b>Alfredo López</b> desestimó la <b>acción de amparo </b>tras evaluar la secuencia temporal del caso, ya que “del examen de la<b> documental aportada</b> por la actora se desprende que efectivamente existe una nota fechada el día <b>21 de febrero de 2024</b> por la cual dos integrantes -el Secretario General y el Secretario de Convenios Colectivos de Trabajo- de la Asociación de Trabajadores del Estado comunican al Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, <b>Ing. Fernando Vilella</b>, que el Sr. Gómez ha sido designado <b>miembro paritario</b> para representar a dicha <b>asociación sindical</b> en la delegación de la <b>Comisión de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo</b> –<b>CYMAT</b>-<b> </b>en la <b>Subsecretaría de Pesca</b>, <b>Regional Mar del Plata</b>.</p><p>Luego, agregó: “La<b> designación</b> indicada precedentemente no fue negada por la accionada, sin embargo ha objetado su oportunidad ya que como se dijo la misma fue <b>posterior a la finalización de la contratación que las vinculaba</b>. En efecto, en la documental aportada por el <b>Estado Nacional</b> se observa que en los <b>listados de contrataciones</b> la última correspondiente al Sr. Gómez abarcaba el período comprendido <b>entre 1º de enero de 2024 al 19 de febrero de 2024</b>, con lo cual, teniendo en cuenta que la comunicación efectuada a la Secretaría data del día 21 de febrero de 2024 sin que en la misma <b>se hubiera consignado fecha alguna de su designación como paritario ni fueron aportados otros elementos que permitieran establecer tal circunstancia </b>estimo que la tutela solicitada no puede ser acordada“.</p><p>Sobre esa base, el magistrado dispuso la denegación del planteo e impuso las costas al trabajador.</p><p>Gómez apeló la decisión. En su recurso cuestionó la fecha de <b>finalización del contrato</b>, aseguró que no fue debidamente notificado de su baja y reiteró que su vínculo con el Estado debía ser considerado como una <b>relación laboral permanente</b>, con estabilidad protegida por la <b>Constitución Nacional</b>.</p><p>Así las cosas, radicado el expediente en el tribunal de alzada, el camarista <b>Eduardo Jiménez</b> fue el encargado de liderar el acuerdo donde, al exponer su voto, optó por <b>confirmar la sentencia </b>de primera instancia. Para eso señaló que el actor “no probó en la causa <b>los extremos necesarios para hacer lugar a dicha tutela</b>” y<b> </b>subrayó que la <b>carga de la prueba </b>recaía sobre quien promovió la acción sindical.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZI57CCWEEBACDEGWJ24EKWXRMY.jpg?auth=a9214bce6aa6387e9e11efdc6b1629ea14df32ea9cd62ead08dbc8caa902016b&smart=true&width=1600&height=1067" alt="Los camaristas Eduardo Pablo Jiménez y Alejandro Osvaldo Tazza confirmaron el rechazo del amparo del trabajador y descartaron la existencia de protección gremial a su favor (Foto: La Capital MDP)" height="1067" width="1600"/><p>Por otro lado, el juez entendió que resultaba determinante que la designación como <b>representante gremial </b>hubiera sido comunicada con posterioridad a la finalización del vínculo laboral, en tanto “resulta a todas luces evidente que tal <b>certificación carece de valor</b> desde que fue posterior a la fecha de finalización de la contratación que vinculaba a las partes”.</p><p>“Reitero -precisó el magistrado-, el contrato fenecía el <b>19/2/2024</b>, mientras que la certificación reza la fecha <b>21/2/2024</b>, es decir, dos días después. A mayor abundamiento, nótese que tal comunicación no posee en su cuerpo de escritura ninguna referencia a una <b>eventual designación</b> en fecha anterior a la consignada”.</p><p>Y añadió: “Tales consideraciones, que tuvo en cuenta el <i>a quo </i>para rechazar la demanda, son compartidas por el firmante ya que no queda lugar a dudas que la <b>nota confeccionada por ATE </b>no posee la virtualidad que le asigna la amparista y por lo tanto resulta insuficiente para fundamentar la tutela peticionada”</p><p>El camarista también abordó el planteo sobre la <b>naturaleza del vínculo laboral</b> y concluyó que esa discusión -esto es, si el trabajador debía ser considerado como <b>empleado permanente </b>o contratado del Estado- requería de un análisis probatorio más amplio, incompatible con el <b>marco del</b> <b>amparo</b>. En ese sentido, postuló que se trataba de una cuestión que debía canalizarse por otra vía judicial “<b>más idónea</b>”.</p><p>El juez <b>Alejandro Tazza</b>, a su turno, adhirió en todos sus<b> términos</b> al voto de su colega, por lo que la Cámara Federal de Mar del Plata dejó firme la sentencia que rechazó la acción de<b> amparo sindical </b>contra la Subsecretaría de Pesca y Agricultura de la Nación.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/XNH3REFRA5HR5CHEN7RS73CA3M.jpg?auth=ae83a3a49d30a9ed0349a79745cca26454155423a30c86a5976ac9224362a85b&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1280" type="image/jpeg" height="1280" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó el rechazo del amparo de un empleado público contra el Estado Nacional por falta de protección gremial al momento del despido (Fotografía: RS Fotos)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Casación habilitó revisar la multa millonaria contra el abogado Jorge Chueco en la causa “Ruta del dinero K”]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/16/casacion-habilito-revisar-la-multa-millonaria-contra-el-abogado-jorge-chueco-en-la-causa-ruta-del-dinero-k/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/16/casacion-habilito-revisar-la-multa-millonaria-contra-el-abogado-jorge-chueco-en-la-causa-ruta-del-dinero-k/</guid><description><![CDATA[La Sala IV concedió un recurso de la defensa para analizar el cálculo de una sanción equivalente a USD 219 millones impuesta al abogado vinculado al entramado financiero del empresario Lázaro Báez]]></description><pubDate>Mon, 16 Mar 2026 22:23:14 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2LS5V6JNYBAVPE2P4IGJHD7BWE.jpg?auth=35ff5bb605ea0077b6656b44a5efeeec5dde697ce159e1649c62bf1f26961281&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Cámara Federal de Casación Penal habilitó revisar la multa millonaria impuesta al abogado Jorge Chueco en la causa por lavado de dinero conocida como “la ruta del dinero K”, donde el principal condenado es Lázaro Báez (NA)" height="1080" width="1920"/><p>La Cámara Federal de Casación habilitó la revisión de una multa millonaria fijada contra el abogado <a href="https://www.infobae.com/tag/jorge-chueco/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/jorge-chueco/"><b>Jorge Oscar Chueco</b></a>, uno de los condenados en la causa por lavado de dinero conocida como “<a href="https://www.infobae.com/tag/ruta-del-dinero-k/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/ruta-del-dinero-k/"><b>la ruta del dinero K</b></a>”, cuyo principal protagonista fue el empresario patagónico <a href="https://www.infobae.com/tag/lazaro-baez/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/lazaro-baez/"><b>Lázaro Báez</b></a>.</p><p>La decisión fue adoptada por la <b>Sala IV </b>del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces <b>Javier Carbajo</b>, <b>Gustavo Hornos</b> y <b>Mariano Borinsky</b>, quienes hicieron lugar a una queja presentada por la defensa pública de Chueco tras el rechazo de un recurso previo.</p><p>El planteo se originó en una resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 porteño, que en diciembre de 2025 fijó el <b>monto</b> de <b>una multa</b> impuesta al abogado en el marco de la <b>ejecución de la condena </b>dictada en la causa donde fue hallado culpable. En esa decisión, el tribunal estableció que Chueco debía pagar una suma equivalente a <a href="https://www.infobae.com/politica/2019/10/30/el-abogado-jorge-chueco-declaro-que-no-conocia-el-origen-ilicito-de-la-fortuna-de-lazaro-baez-la-final-de-la-davis-y-el-contrato-frustrado/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2019/10/30/el-abogado-jorge-chueco-declaro-que-no-conocia-el-origen-ilicito-de-la-fortuna-de-lazaro-baez-la-final-de-la-davis-y-el-contrato-frustrado/"><b>219.491.466,76 dólares</b></a>, convertida a pesos al tipo de cambio oficial vigente al momento del pago.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QANSPCV5AVEOZLWWJLM5G6I6V4.jpg?auth=2461c0fafc619c821e7672332f4ce59e347a4c31a1b175fcd7163ea8af49ffa2&smart=true&width=4896&height=3264" alt="La investigación por la ruta del dinero K determinó maniobras financieras que permitieron mover al menos USD 55 millones al exterior mediante sociedades vinculadas al entorno del empresario Lázaro Báez. (EFE/Carlota Ciudad)
" height="3264" width="4896"/><p>La defensa intentó impugnar ese cálculo mediante un <b>recurso de casación</b>, pero el tribunal oral rechazó concederlo. Frente a esa negativa, acudió directamente a la instancia superior mediante un <b>recurso de queja</b>.</p><p>Al analizar ese planteo, los camaristas consideraron que el recurso había sido presentado en tiempo y forma y que los agravios invocados permitían habilitar la <b>revisión del caso</b>. En consecuencia, resolvieron declarar<b> erróneamente</b> <b>denegado </b>el planteo y concederlo para que sea analizado.</p><p>La decisión, en rigor, no se pronunció sobre el <b>monto de la sanción económica fijada</b>, sino que permitió que ese cuestionamiento sea examinado por la instancia de casación.</p><p>La causa conocida como “<a href="https://www.infobae.com/tag/ruta-del-dinero-k/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/ruta-del-dinero-k/"><b>la ruta del dinero K</b></a>” investigó un esquema de <b>lavado de activos</b> que permitió mover millones de dólares al exterior mediante <b>sociedades </b>y <b>operaciones financieras</b> destinadas a ocultar el origen de los fondos y reintroducirlos luego en el <b>circuito económico formal</b>.</p><p>El principal condenado en ese expediente es <b>Lázaro Báez</b>, empresario de la construcción oriundo de la provincia de Santa Cruz y fundador del <b>grupo Austral</b>, que durante años fue uno de los principales contratistas de obra pública en esa región.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/74HBIJ76Q5CQHGHNDDW3GFZLIE.jpg?auth=f7c77cbe3017619e7ede05785177eb366659fdd07ef5962a78141b7792b76bd3&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El abogado Jorge Oscar Chueco fue condenado a seis años de prisión por lavado de activos en la causa conocida como “la ruta del dinero K” y a tres años y seis meses en el expediente “El Entrevero”, vinculado a la compra de una estancia en Uruguay con fondos asociados a Báez (NA)" height="1080" width="1920"/><p>En febrero de 2021, el Tribunal Oral Federal 4 lo condenó a <b>12 años de prisión por lavado de activos agravado</b>, mientras que Chueco recibió <b>ocho años de cárcel</b> por su participación en el circuito financiero investigado.</p><p>La sentencia fue revisada en 2023 por la <b>Cámara Federal de Casación</b>, que confirmó las responsabilidades penales pero redujo varias penas. En ese fallo, la condena de Báez quedó fijada en <b>10 años de cárcel</b> y la de Chueco en <b>seis años</b>.</p><p>Posteriormente, la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible un <b>recurso extraordinario</b> presentado por la defensa de Báez, lo que dejó firme la sentencia y dio inicio a la <b>etapa de ejecución</b> de las diferentes condenas.</p><p>Chueco fue señalado en la investigación como parte de la <b>estructura jurídica </b>utilizada para canalizar parte de las operaciones financieras bajo análisis. Su nombre apareció en las primeras etapas del caso vinculadas a la <b>financiera SGI</b> -conocida como “<b>La Rosadita</b>”- y a la firma <b>Helvetic Service Group</b>, implicadas en las maniobras para mover al menos <b>USD 55 millones </b>al exterior.</p><p>Durante el juicio oral, el abogado -hoy de 74 años- sostuvo que había sido contratado para realizar <b>tareas de asesoramiento </b>y que desconocía el <b>origen ilícito</b> del dinero. También afirmó que su vínculo con Báez se había iniciado a través del contador <b>Daniel Pérez Gadín</b>.</p><p>Además de esta causa, Chueco también fue condenado en el expediente conocido como “<a href="https://www.infobae.com/tag/el-entrevero/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/el-entrevero/"><b>El Entrevero</b></a>”, relacionado con la compra de una estancia en Uruguay por <b>14 millones de dólares</b> mediante una estructura de sociedades utilizada para canalizar fondos vinculados al empresario. </p><p>En ese caso recibió una pena de <b>tres años y seis meses </b>de prisión, mientras que Báez fue condenado a <b>cuatro años y seis meses</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/2LS5V6JNYBAVPE2P4IGJHD7BWE.jpg?auth=35ff5bb605ea0077b6656b44a5efeeec5dde697ce159e1649c62bf1f26961281&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(NA)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Casación revisará si ARCA puede ser querellante en la causa contra el “Señor del Tabaco”]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/16/casacion-revisara-si-arca-puede-ser-querellante-en-la-causa-contra-el-senor-del-tabaco/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/16/casacion-revisara-si-arca-puede-ser-querellante-en-la-causa-contra-el-senor-del-tabaco/</guid><description><![CDATA[El máximo tribunal penal federal habilitó el análisis del recurso presentado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para intervenir como acusador en la investigación por presunto lavado de activos que involucra al empresario Pablo Otero, presidente de Tabacalera Sarandí]]></description><pubDate>Mon, 16 Mar 2026 20:56:25 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/G35EVOYZ5VDMBPVNDYIIKQHUZM.png?auth=4476ea72bf7e10ff1052f45b23b8822a5ed5a483ce1cc511cf0f1a62df6c2784&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Cámara Federal de Casación Penal revisará si ARCA puede intervenir como querellante en la causa por presunto lavado de activos contra Pablo Otero, presidente de Tabacalera Sarandí" height="1080" width="1920"/><p>La <b>Cámara Federal de Casación Penal</b> habilitó este lunes la revisión de una decisión que había excluido a la <b>Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)</b> del expediente en el que se investiga al empresario <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/07/04/arca-pidio-ser-querellante-en-la-causa-por-lavado-contra-el-senor-del-tabaco/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/07/04/arca-pidio-ser-querellante-en-la-causa-por-lavado-contra-el-senor-del-tabaco/"><b>Pablo Marcelo Otero</b></a>, presidente de <a href="https://www.infobae.com/tag/tabacalera-sarandi/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/tabacalera-sarandi/"><b>Tabacalera Sarandí S.A.</b></a>, por una presunta maniobra de <b>lavado de activos</b> vinculada a la comercialización de cigarrillos. </p><p>La decisión fue dictada este lunes por la <b>Sala IV </b>del máximo tribunal penal del país, integrada por los camaristas <b>Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky</b>, quienes resolvieron hacer lugar a una <b>queja</b> presentada por el <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/06/26/arca-pedira-revisar-la-desestimacion-fiscal-de-la-denuncia-contra-tabacalera-sarandi-por-lavado/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/06/26/arca-pedira-revisar-la-desestimacion-fiscal-de-la-denuncia-contra-tabacalera-sarandi-por-lavado/">organismo recaudador</a> y conceder, así, el recurso de casación con el que busca discutir su aptitud para intervenir como <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/07/04/arca-pidio-ser-querellante-en-la-causa-por-lavado-contra-el-senor-del-tabaco/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/07/04/arca-pidio-ser-querellante-en-la-causa-por-lavado-contra-el-senor-del-tabaco/"><b>querellante</b> </a>en el proceso.</p><p>Se trata de un expediente que se originó el <b>3 de abril de 2025</b> con una denuncia de <b>Felicitas Achábal</b>, jefa de la División Penal Tributaria de la Dirección de Operaciones de Grandes Contribuyentes Nacionales de ARCA. La presentación se apoyó en informes elaborados por la <b>División Fiscalización Externa II</b> de la entidad estatal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LGENDQTHVNA6DIVQBCXDFAWPW4.jpg?auth=984f5589b5faf2e942a37fee939f391813e3d8f9d747ced08b785f42d87ad587&smart=true&width=1000&height=666" alt="La denuncia de ARCA sostiene que Tabacalera Sarandí recibió más de $33.600 millones entre 2021 y 2023 por ventas de cigarrillos a distribuidores con perfil fiscal irregular (Foto: Shutterstock)" height="666" width="1000"/><p>Según esa documentación, entre 2021 y 2023<b> </b><a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/08/14/reves-para-el-senor-tabaco-la-corte-suprema-resolvio-que-las-tabacaleras-deben-pagar-un-impuesto-interno-que-fija-la-ley/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/08/14/reves-para-el-senor-tabaco-la-corte-suprema-resolvio-que-las-tabacaleras-deben-pagar-un-impuesto-interno-que-fija-la-ley/"><b>Tabacalera Sarandí</b> </a>percibió <b>$33.632.240.575,17</b> por ventas de cigarrillos a <b>23 distribuidores mayoristas</b>. De acuerdo con el análisis contable, ese monto representó cerca del <b>31% de la facturación total</b> de la empresa en ese período.</p><p>El organismo identificó entre los compradores a personas humanas y jurídicas que, según planteó, presentaban un “<b>perfil fiscal irregular</b>” y carecían de capacidad económica, operativa o financiera para sostener operaciones de ese volumen. Entre los casos señalados aparecieron <b>Ever Friends Distribuciones</b>, con compras por <b>$5.095.283.149,12</b>, y el contribuyente <b>Gustavo Gabriel Palacios</b>, con adquisiciones por <b>$3.190.482.025,88</b>, entre otros ejemplos.</p><p>Los <b>informes técnicos</b> también describieron patrones que, a criterio de <a href="https://www.infobae.com/tag/arca/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/arca/"><b>ARCA</b></a>, resultaban inconsistentes con la operatoria comercial habitual. Entre ellos mencionaron <b>facturas emitidas con intervalos de pocos segundos</b>, ventas mayoristas a compradores no identificados, <b>pagos en efectivo sin registros bancarios ni tributarios asociados</b>, y firmas que no registraban empleados ni infraestructura operativa.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/R23GQD532NAQ7JZNCSMIDZWHL4.jpg?auth=650d84582d15b0e2671cfdc7bed52f4b0d261483c7bbdf91bc39d9e407a69317&smart=true&width=727&height=445" alt="El empresario Pablo Otero, conocido públicamente como el “Señor del Tabaco”, preside Tabacalera Sarandí, empresa investigada en el expediente" height="445" width="727"/><p>Sobre esa base, la denuncia planteó la hipótesis de que parte de esos fondos habría sido incorporada al <b>sistema financiero</b> mediante depósitos en efectivo en cuentas de la compañía, lo que -según la presentación- permitiría reintroducir en el circuito formal recursos cuya <b>trazabilidad no podía verificarse</b>.</p><p>Durante la investigación preliminar, Achábal ratificó la denuncia ante el <b>Ministerio Público Fiscal</b> y precisó que su hipótesis se sustentaba en registros técnicos “de fiscalizaciones que se adjuntaron como prueba documental que son reflejo de los términos expuestos en el escrito de inicio”. En esa declaración añadió que “se constató <b>un perfil irregular</b> <b>de 23 empresas fiscalizadas</b>, porque no registran pagos tributarios ni acreditaciones bancarias o acreditaciones mínimas”.</p><p>También prestó declaración la inspectora <b>Laura Cecilia Alonso</b>, quien explicó que “a través del sistema <b>e-FISCO módulo de facturación electrónica ‘A’</b> se detectó que <b>Tabacalera Sarandí</b> emitió comprobantes de venta de cigarrillos a personas humanas y jurídicas (...), las cuales presentan un <b>perfil fiscal irregular</b>, ya que carecen de capacidad económica, infraestructura operativa y personal adecuado para tal actividad”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QQOSUMPKRQICGXLQNLDGKAXISY.jpg?auth=183539922476a68f963feb631ac63a82bb940a2fec91751063e6e991c4aafdac&smart=true&width=3710&height=2473" alt="Según la denuncia de ARCA, Tabacalera Sarandí registró ventas de cigarrillos por $33.632.240.575,17 a 23 distribuidores mayoristas entre 2021 y 2023, operaciones que representan cerca del 31% de la facturación de la empresa en ese período (AP Foto/Jeff Chiu, Archivo)" height="2473" width="3710"/><p>El empresario <a href="https://www.infobae.com/tag/pablo-otero/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/pablo-otero/"><b>Pablo Otero</b></a> respondió al planteo con un <b>pedido de desestimación</b>. En su presentación afirmó que no existían “elementos suficientes para iniciar o continuar una investigación penal respecto de los supuestos hechos denunciados, ya que no se identifican hechos concretos, determinados en tiempo, modo y lugar, que configuren delitos”.</p><p>Además remarcó que “la denuncia no cuestiona la materialidad de las ventas -ni sus cobros- de <b>cigarrillos a sus distribuidores</b>”, ni atribuye a la empresa “irregularidad o deficiencia formal y/o documental alguna”. Bajo esa premisa indicó que “<b>Tabacalera Sarandí S.A.</b> es una empresa legalmente constituida<b> </b>que desarrolla su <b>actividad productiva e industrial dentro del marco normativo argentino</b>”, y que “realiza ventas anuales de <b>atados de cigarrillos</b> por montos sustanciales en<b> moneda nacional </b>cuyas operaciones son debidamente facturadas, registradas y fiscalizadas”.</p><p>El fiscal federal <b>Eduardo Taiano</b>, titular de la <b>Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3</b>, evaluó esos argumentos y resolvió <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/06/25/desestiman-una-denuncia-por-lavado-de-activos-contra-el-senor-del-tabaco/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/06/25/desestiman-una-denuncia-por-lavado-de-activos-contra-el-senor-del-tabaco/"><b>desestimar la denuncia</b></a>. En su dictamen concluyó que no advertía “motivos para suponer que la empresa <b>Tabacalera Sarandí</b> se encuentra involucrada en operaciones tendientes a legitimar <b>activos de origen delictivo</b>, por cuanto no se ha incorporado indicio alguno que verifique una eventual procedencia ilícita de ese dinero”.</p><p>El representante del Ministerio Público también destacó que las operaciones habían sido “<b>debidamente facturadas, registradas y fiscalizadas</b>” y consideró que “la emisión de <b>facturas electrónicas</b> por las ventas realizadas, incluso a sujetos que presentan un perfil fiscal irregular, demuestra una voluntad clara de <b>transparentar la actividad económica desarrollada</b>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4NFGF6EAI5GMRJUS3P34WPYDOM.jpg?auth=5b4d36470de4468ccab56b12585f3901a8cd8bd716b6968bc87a23f70ff9ba62&smart=true&width=1920&height=1301" alt="El fiscal federal Eduardo Taiano desestimó inicialmente la denuncia al considerar que no había indicios suficientes de lavado de activos (Maximiliano Luna)" height="1301" width="1920"/><p>En la misma línea, dijo que “<b>no le corresponde a la compañía indagar sobre la situación fiscal, económica y/o patrimonial de sus clientes</b>, en tanto las funciones de inspección y fiscalización son competencias exclusivas del Estado”. Añadió además que “la eventual existencia de <b>inconsistencias fiscales</b> en las operaciones efectuadas por las distribuidoras <b>no puede ser imputada a la firma</b>, ni utilizada como fundamento para sostener presuntas actividades de <a href="https://www.infobae.com/tag/lavado-de-activos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/lavado-de-activos/"><b>blanqueo de capitales</b></a>”.</p><p>Tras esa decisión se abrió un debate procesal acerca de la posibilidad de que <b>ARCA</b> intervenga en el expediente para impugnar el criterio de la fiscalía. La discusión llegó a la <b>Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional</b>, cuya Sala II resolvió revocar el <b>fallo apelado </b>y, de esa manera, apartar “a la <b>Agencia de Recaudación y Control Aduanero </b>del<b> rol de querellante </b>que le fuera otorgado en autos”.</p><p>Frente a ese pronunciamiento, el organismo intentó recurrir en <b>casación</b>. Ante la denegatoria de ese planteo, acudió en <b>queja</b> directamente ante la <b>Cámara Federal de Casación Penal</b>.</p><p>Al analizar ese recurso, la <b>Sala IV</b> recordó que quien pretende ejercer el <b>rol de querellante</b> conserva la facultad de cuestionar judicialmente una decisión que le niega esa intervención. En ese sentido advirtió que “a quien se le ha denegado <b>su pretensión para asumir tal función procesal (querellante) </b>no agota su<b> capacidad recursiva</b> en la apelación ante la segunda instancia correspondiente, sino que, en búsqueda de una decisión fundada por parte del Tribunal que se ha pronunciado, derecho innegable que se ampara en la <b>garantía constitucional del debido proceso </b>contemplado en el art. 18 de nuestra Constitución Nacional, tiene la facultad de acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través del <b>recurso extraordinario</b>, y, lógicamente, a esta Cámara Nacional de Casación Penal a través del recurso de casación”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LNVIGPKL7VENJGDV43UBMPTQCQ.jpg?auth=b47858e23e852ba5476ed4c448e94b28861e00521d7636ffefa587497e05bd51&smart=true&width=1200&height=732" alt="La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, habilitó revisar la exclusión de ARCA como querellante en la causa contra Tabacalera Sarandí" height="732" width="1200"/><p>Los magistrados agregaron que “<b>la naturaleza federal </b>de los agravios planteados por la parte recurrente que, en principio, lucen razonablemente fundados (...) permite equiparar la resolución atacada a un pronunciamiento de carácter definitivo y<b> habilitar así esta instancia</b>”.</p><p>La Sala IV aclaró, sin embargo, que el pronunciamiento no implicaba resolver la cuestión de fondo debatida en las actuaciones.</p><p>Con todo, la máxima instancia penal federal decidió por unanimidad <b>hacer lugar </b>al planteo de ARCA, “declarar erróneamente denegado el <b>recurso de casación </b>respectivo y, en consecuencia, concederlo sin costas”. Así, este tribunal deberá definir si el organismo recaudador tiene <b>legitimación </b>para participar como <b>acusador particular</b> en la causa que analiza las operaciones comerciales de <b>Tabacalera Sarandí</b> y la presunta maniobra de <b>lavado de activos</b> denunciada.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/G35EVOYZ5VDMBPVNDYIIKQHUZM.png?auth=4476ea72bf7e10ff1052f45b23b8822a5ed5a483ce1cc511cf0f1a62df6c2784&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/png" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[La justicia condena a una pareja por acoso y extorsión que llevó al suicidio de un empleado con discapacidad en Carolina del Norte]]></title><link>https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/03/15/la-justicia-condena-a-una-pareja-por-acoso-y-extorsion-que-llevo-al-suicidio-de-un-empleado-con-discapacidad-en-carolina-del-norte/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/03/15/la-justicia-condena-a-una-pareja-por-acoso-y-extorsion-que-llevo-al-suicidio-de-un-empleado-con-discapacidad-en-carolina-del-norte/</guid><dc:creator><![CDATA[Joaquín Bahamonde]]></dc:creator><description><![CDATA[El tribunal impuso penas de prisión y una restitución económica a dos jóvenes responsables de un plan de hostigamiento y extorsión que desembocó en la muerte de un empleado de una cadena de restaurantes en Charlotte]]></description><pubDate>Sun, 15 Mar 2026 15:09:31 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/G3X4K744JRGGLPL2FH3KBVSG6E.png?auth=54c7a56b25b4964545a66a5ce93cf892e9b4d88762e5eb06242235ce287d489f&smart=true&width=723&height=830" alt="Una pareja organizó un plan de extorsión digital contra un hombre con discapacidad intelectual que terminó con su vida y provocó un debate sobre el alcance de la justicia para personas vulnerables (Kenneth W. Poe Funeral Services)" height="830" width="723"/><p>Una pareja de <a href="https://www.infobae.com/tag/carolina-del-sur/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/carolina-del-sur/"><b>Carolina del Sur</b></a> fue <b>condenada a penas de prisión</b> tras ejecutar un plan de <a href="https://www.infobae.com/tag/acoso/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/acoso/"><b>acoso</b></a><b> y </b><a href="https://www.infobae.com/tag/extorsion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/extorsion/"><b>extorsión</b></a> que, según la fiscalía federal, <b>llevó al </b><a href="https://www.infobae.com/tag/suicidio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/suicidio/"><b>suicidio</b></a><b> a un empleado de</b> <b>Chick-fil-A</b> <b>con </b><a href="https://www.infobae.com/tag/discapacidad-intelectual/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/discapacidad-intelectual/"><b>discapacidad intelectual</b></a>. </p><p>La justicia federal les impuso sentencias y ello <b>generó conmoción entre familiares y amigos de la víctima</b>, además de abrir un debate sobre la <b>protección jurídica</b> de personas vulnerables.</p><h2>Los condenados deberán pagar USD 26.700 de indemnización y enfrentar supervisión tras dejar la prisión</h2><p>Además de las condenas de <b>3 años y 5 meses para Trysten Anthony Cullon</b> y <b>2 años y 3 meses para Jade Ashlynn Stone</b>, ambos de 27 años, el tribunal federal de distrito estableció la obligación de <b>cumplir tres años bajo libertad supervisada al finalizar la prisión</b>, así como <b>abonar USD 26.700 en concepto de restitución</b>.</p><p>Según consignó el medio <i>Daily Mail</i>, el fallo emitido el 14 de marzo de 2026 estuvo a cargo del juez federal <b>Max O. Cogburn Jr</b>. Cullon y Stone admitieron haber tramado el plan en septiembre de 2024, aprovechando la confianza de <b>Christopher John Tsoulos</b>, de 37 años, quien tenía discapacidad intelectual y trabajaba de anfitrión en el local de Chick-fil-A, en Charlotte, <b>Carolina del Norte</b>. </p><p>El incidente desencadenante ocurrió el 5 de septiembre, cuando Cullon ingresó al restaurante y solicitó el teléfono móvil de Tsoulos “por un acto de bondad” del empleado, relataron los familiares y la fiscalía federal a <i>Daily Mail</i>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NG6BOUZOJJBLPIMEFLMN5FWQDM.png?auth=393290a8c1a300abd431387b58841917321de5b03a6d4e331231a98f924cd9bb&smart=true&width=777&height=822" alt="La acusada, de 27 años, recibió una condena de prisión tras admitir su participación en el acoso y las amenazas que llevaron a la víctima al límite (Charleston County Sheriff)" height="822" width="777"/><p>Al obtener acceso al aparato, la pareja intentó intervenir las cuentas bancarias y aplicaciones de pago de Tsoulos, como <b>Cash App</b> y <b>PayPal</b>, pero ante la imposibilidad de apropiarse del dinero directamente <b>recurrieron al acoso virtual</b>. </p><p>Descargaron su lista de contactos y procedieron a enviar mensajes amenazantes a familiares, en los que <b>acusaban falsamente a Tsoulos de conducta sexual inapropiada</b> y advertían que <b>revelarían la calumnia a la empresa si no recibían dinero</b>. </p><p>Fiscales y la familia sostienen que estas amenazas <b>devastaron el ánimo de Tsoulos</b>, quien terminó quitándose la vida el 8 de septiembre, bajo la creencia infundada de que <b>perdería el empleo o sería encarcelado</b>.</p><p>A lo largo de la investigación, la fiscalía federal presentó ante el tribunal mensajes donde los extorsionadores reclamaban <b>USD 300 a cambio de no difundir falsas acusaciones</b>, sumando transferencias desde las cuentas de la víctima que rotulaban como <b>alquiler</b>, <b>gasolina y pago de automóvil</b>. </p><p>El padre de Tsoulos, <b>Michael Tsoulos</b>, expresó en su declaración que su hijo <b>no podía comprender la falsedad de los ataques</b>, dada su discapacidad, y dependía de su familia para tareas cotidianas como la gestión económica. La madre, <b>Patricia Buckingham</b>, contó durante la audiencia que el joven <b>aguardaba con ilusión un viaje familiar a Grecia</b> y era aficionado a los entrenamientos de <b>béisbol</b>, situaciones que ilustran su carácter infantil y bondadoso.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DZOTQQ2KIZHGNBFAUT4NLEIMRY.png?auth=7a082a20580d56e4173b2430e74d146070cdace9616629e183fa1a6ba1aa34ac&smart=true&width=780&height=511" alt="Christopher Tsoulos se desempeñaba como anfitrión en un local de Chick-fil-A, donde era apreciado por su trato amable y su dedicación a los clientes (Federal Court Documents)" height="511" width="780"/><h2>Un acoso de tres días tuvo consecuencias irreversibles para la víctima</h2><p>La campaña de hostigamiento y falsas imputaciones, que duró apenas <b>del 5 al 8 de septiembre de 2024</b>, resultó letal para Tsoulos. </p><p>Los mensajes enviados a su madre y hermano lo acusaban de <b>acoso y consumo de prostitución</b>, denuncias que la familia le mostró para advertirle del chantaje y que devastaron su capacidad de discernimiento.</p><p>El <b>fallecimiento de Tsoulos</b>, producto de un disparo en el porche de su vivienda, fue descubierto por su padre a la mañana siguiente. El juez Cogburn describió la agresión como “especialmente grave por haber conducido a la víctima al suicidio”.</p><p>Durante la audiencia, ambos condenados <b>leyeron cartas de disculpa</b>, mientras la familia del fallecido recordó la <b>personalidad generosa de Christopher</b>, quien también había trabajado en el restaurante familiar <i>John’s Family Restaurant</i> y era valorado por <b>su trato afectuoso con clientes</b>. Su necrológica lo describió como “una luz brillante en la vida de todos los que lo conocieron”, destacó <i>Daily Mail</i>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/C74TJ5MLGJAO3G2MPEKVG2QGXA.png?auth=1b18eb93f13c78c1a635cd0a8978d199373c09bd3fccc1ae2cda46609b8e5636&smart=true&width=623&height=837" alt="Las intimidaciones y calumnias enviadas en mensajes durante apenas 72 horas impactaron de forma devastadora en la estabilidad emocional del trabajador (Facebook)" height="837" width="623"/><p>La sala estuvo repleta de más de <b>sesenta amigos y parientes</b>, según consignó el medio <i>Charlotte Observer</i>. Algunos asistentes <b>debieron quedarse fuera</b> por falta de espacio. El padre de la víctima agradeció en redes sociales el apoyo y el reconocimiento del tribunal al daño causado, señalando que “la justicia fue servida en parte“.</p><p>El fiscal federal <b>Russ Ferguson</b> condenó la acción de la pareja y afirmó: “Cullon y Stone recurrieron a explotar a los más vulnerables para alimentar su adicción a las drogas“. </p><p>El agente especial <b>Reid Davis</b>, del <b>FBI</b>, sumó: ”Esta pareja atormentó deliberadamente a un joven con una discapacidad intelectual por beneficio personal“.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PE6YHY7B4RDHTEF3HJYEFLMY5Y.png?auth=eec69678dad1ae8668ff350ae40bfdccfb381ca5f625436c04bc711646c6b0ba&smart=true&width=630&height=842" alt="Cullon, también de 27 años, fue sentenciado luego de aceptar los cargos por su rol en la manipulación y explotación de la víctima (York County Sheriff)" height="842" width="630"/><h2>Las condenas contrastan con el máximo legal de 45 años y ponen el foco en la protección judicial de personas con discapacidad intelectual</h2><p>De acuerdo con <i>Daily Mail</i>, Cullon y Stone <b>enfrentaban inicialmente</b> <b>hasta 45 años de prisión</b> por cargos de conspiración para fraude electrónico, extorsión y acoso cibernético. La declaración de culpabilidad por conspirar para cometer ciberacoso redujo el castigo a los <b>3 años y 5 meses</b> para Cullon y <b>2 años y 3 meses</b> para Stone.</p><p><b>Christopher John Tsoulos</b>, de 37 años, era un hombre con discapacidad intelectual severa. Trabajaba como anfitrión en un restaurante de <b>Chick-fil-A</b> en Charlotte, dependía de la asistencia familiar para sus actividades cotidianas y era recordado por su amabilidad. </p><p>El acoso y la extorsión digitados por Cullon y Stone entre el 5 y el 8 de septiembre de 2024 causaron su suicidio. La sentencia incluye <b>prisión</b>, <b>libertad supervisada y el pago conjunto de USD 26.700 en indemnización</b>, aunque los acusados enfrentaron cargos con penas mucho más graves.</p><p><i>Daily Mail</i> destaca que el caso dejó en evidencia la <b>vulnerabilidad estructural</b> de personas con discapacidad intelectual frente a esquemas de acoso y chantaje, y demostró la respuesta judicial ante delitos cuyo resultado es irreversible.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SR7444HXBBCT5J63T6BIXHTGR4.png?auth=54eb61ae2c0132c77ea69982f8ba62a00e3394edb4f2800e1fb9a58931ef1f26&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/png" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Una pareja organizó un plan de extorsión digital contra un hombre con discapacidad intelectual que terminó con su vida y provocó un debate sobre el alcance de la justicia para personas vulnerables (York County Sheriff/Charleston County Sheriff)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Confirmaron la absolución de la ex diputada Aída Ayala en una causa por presunta corrupción]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/13/confirmaron-la-absolucion-de-la-ex-diputada-aida-ayala-en-una-causa-por-presunta-corrupcion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/13/confirmaron-la-absolucion-de-la-ex-diputada-aida-ayala-en-una-causa-por-presunta-corrupcion/</guid><description></description><pubDate>Fri, 13 Mar 2026 13:04:36 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AQMQEGA4HNGLRM72GTJNXJQQZ4.jpg?auth=084ffca15ea5b6bca81dac86f0ee590f194256802bd75812aba1841b6faff532&smart=true&width=2048&height=1152" alt="La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la absolución de la ex diputada nacional Aída Ayala en la causa por presunto direccionamiento de un subsidio al municipio de Quitilipi cuando era secretaria de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior (Adrián Escandar)" height="1152" width="2048"/><p>La <b>Cámara Federal de Casación Penal</b> confirmó este jueves la absolución de la<b> ex diputada nacional </b><a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/08/04/absolvieron-a-aida-ayala-ex-funcionaria-de-cambiemos-acusada-de-corrupcion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/08/04/absolvieron-a-aida-ayala-ex-funcionaria-de-cambiemos-acusada-de-corrupcion/"><b>Aída Ayala</b></a> en una causa que investigaba presuntas irregularidades en la entrega de un subsidio nacional al municipio chaqueño de <b>Quitilipi</b> en 2016, cuando la funcionaria se desempeñaba como <b>secretaria de Asuntos Municipales </b>del Ministerio del Interior durante el gobierno de <a href="https://www.infobae.com/tag/mauricio-macri/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/mauricio-macri/"><b>Mauricio Macri</b></a>. Por mayoría, la <b>Sala IV </b>rechazó el recurso del Ministerio Público Fiscal y dejó firme el fallo que había desvinculado de <b>responsabilidad penal</b> a la dirigente radical.</p><p>La decisión fue adoptada por los jueces <b>Javier Carbajo</b> y <b>Gustavo Hornos</b>, mientras que <b>Mariano Borinsky</b> votó en disidencia. El máximo tribunal penal del país resolvió, así, mantener el pronunciamiento que había absuelto a la histórica política chaqueña y también a los coimputados <b>Matías Balmaceda Paiva</b> y <b>Miguel Ángel Vilte</b>.</p><p>La investigación se originó en una operatoria ocurrida en 2016. Según la acusación, Ayala -entonces titular de la <b>Secretaría de Asuntos Municipales</b>- firmó el 28 de julio de ese año un convenio con el <b>intendente de</b> <b>Quitilipi</b>, <b>Sergio Carlos Casalboni</b>, mediante el cual se otorgó a esa comuna de Chaco un subsidio de<a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/08/04/absolvieron-a-aida-ayala-ex-funcionaria-de-cambiemos-acusada-de-corrupcion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/08/04/absolvieron-a-aida-ayala-ex-funcionaria-de-cambiemos-acusada-de-corrupcion/"> <b>$998.537</b></a> destinado a la compra de herramientas y maquinaria.</p><p>Para el <b>Ministerio Público Fiscal</b>, ese financiamiento habría sido utilizado para direccionar la compra hacia la firma <b>Service Hogar</b>, propiedad de <b>Claudio Tolosa</b>, mediante una operatoria irregular que habría provocado un <b>perjuicio económico</b> al Estado.</p><p>En el requerimiento de elevación a juicio se sostuvo que Ayala, “valiéndose de su función de <b>Secretaria de Asuntos Municipales direccionó la contratación con el municipio de Quitilipi</b>” a través de Balmaceda Paiva y Vilte, quienes trabajaban en esa comuna y tenían vínculos previos con la dirigente. Según la hipótesis fiscal, la operación permitió que se pagaran valores “<b>manifiestamente más elevados que los establecidos por el mercado</b>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/D34FAG5IU5EI3MH6FCFOWPWOCM.jpg?auth=a5c3420adb59aba6ff16c38c213a7fd490b2c4b2426e5ac95314a82b62f61248&smart=true&width=1920&height=1079" alt="La ex diputada nacional Aída Ayala fue absuelta en la causa que investigaba el otorgamiento de un subsidio al municipio de Quitilipi cuando se desempeñaba como secretaria de Asuntos Municipales durante el gobierno de Mauricio Macri (NA)" height="1079" width="1920"/><p>La acusación también señaló desmanejos en el procedimiento administrativo, entre ellas la <b>falta de licitación pública</b> exigida por la normativa municipal y el pago correspondiente al proveedor antes de la entrega de los bienes.</p><p>El caso llegó a debate ante el <b>Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia</b>, que dictó sentencia <b>el 7 de julio de 2025</b> y resolvió la <b>absolución de Aída Ayala</b> y de los otros encausados al considerar que no se había probado la existencia de algún delito. El fiscal de juicio, <b>Federico Carniel</b>, había pedido una condena de<b> cinco años de cárcel</b> para la imputada, al encontrarla autora penalmente responsable por el ilícito de defraudación en perjuicio de la administración pública.</p><p>Los jueces de esa instancia sostuvieron que la iniciativa para <b>solicitar los fondos</b> y <b>presentar el presupuesto </b>correspondiente había sido del entonces intendente Casalboni. También destacaron que el <b>trámite administrativo del subsidio</b> había atravesado distintas instancias dentro del <b>Ministerio del Interior</b> y que no se acreditó que la cotización presentada por el proveedor fuera apócrifa o engañosa.</p><p>Contra esa decisión, el <b>Ministerio Público Fiscal</b> interpuso un recurso ante la <b>Cámara de Casación</b>. Ante esa instancia intervino el fiscal general <b>Javier De Luca</b>, quien sostuvo la impugnación y pidió revocar la sentencia tras evaluar que el tribunal oral había realizado una valoración “fragmentaria” de la prueba producida en el debate.</p><p>Así las cosas, llegado el expediente a la Sala IV, el primero en votar fue el juez <b>Mariano Borinsky</b>, quien coincidió con el planteo fiscal y se pronunció a favor de anular el fallo y dictar una nueva resolución.</p><p>Para el camarista, la <b>sentencia absolutoria </b>presentaba deficiencias en su fundamentación y que el análisis de la prueba había sido incompleto. Según explicó, el fallo “se sostiene en una <b>argumentación aparente</b> que no encuentra apoyatura en el <b>examen integral de las concretas circunstancias del caso </b>de acuerdo con la totalidad de los elementos de prueba reunidos a lo largo del debate oral”.</p><p>También advirtió que los indicios habían sido evaluados de forma aislada, ya que el tribunal de juicio “procedió, paradójicamente”, a valorarlos “de manera <b>individual y escindida</b>”, dando cuenta de una metodología que “<b>desvirtúa la esencia del medio probatorio indiciario</b> y presta al fallo un sustento solo aparante, al conducir a la <b>omisión valorativa</b> de indicios que, si se analizan conjuntamente, podrían ser decisivos para alcanzar un resultado distinto en la causa".</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EE57I5TAHRAK5CAFPZCTM5U2ZQ.jpg?auth=2f6a4b89d5b24d01726c48485d31d4f36f58b05278dec53e04980856406722c6&smart=true&width=1920&height=1079" alt="Aída Ayala, dirigente de la UCR chaqueña, fue intendenta de Resistencia durante tres mandatos y luego diputada nacional tras pasar por la Secretaría de Asuntos Municipales de la Nación" height="1079" width="1920"/><p>Sobre esa base propuso hacer lugar al <b>recurso fiscal</b>, <b>anular la absolución</b> y reenviar el caso para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Sin embargo, su posición quedó en minoría.</p><p>El juez <b>Javier Carbajo</b>, cuyo voto definió la mayoría, concluyó que los agravios presentados por la fiscalía no demostraban “arbitrariedad” en la sentencia del tribunal oral.</p><p>De acuerdo a su postura, “la evaluación practicada por el a quo de los <b>elementos de convicción </b>pertinentes para arribar a la <b>solución desincriminatoria </b>de Ayala, Vilte y Balmaceda Paiva, aparece como razonable y razonada y no se advierte atisbo de arbitrariedad en su apreciación cuando se la confronta con los agravios traídos por el Ministerio Público Fiscal".</p><p>Carbajo también analizó los distintos indicios mencionados por la acusación-entre ellos la supuesta <b>existencia de sobreprecios</b> <b>y el vínculo previo entre los imputados</b>- y consideró que ninguno permitía demostrar la existencia del delito.</p><p>Respecto de la relación política entre los acusados, afirmó que esa circunstancia “<b>permanece como neutra</b>l, sin que pueda aseverarse que se vincularon con el objetivo de realizar la maniobra que el fiscal les atribuyó”. A su vez, destacó que el trámite administrativo del subsidio atravesó diferentes dependencias del <b>Ministerio del Interior</b>, lo que debilitaba la hipótesis de un <b>direccionamiento deliberado</b> de los fondos bajo estudio.</p><p>El juez <b>Gustavo Hornos</b> adhirió a esa posición. En su voto expresó que el “<b>cúmulo de evidencias </b>no permite inferir, con el <b>grado de certeza </b>que demanda un veredicto de condena, que los acusados hayan cometido el ilícito que les fuera imputado”.</p><p>Luego agregó: “Como ya fuera detallado en el voto cuyos fundamentos comparto, en la <b>contratación bajo escrutinio </b>intervinieron no solo el área que manejaba la<b> acusada Ayala</b>, sino también diversas dependencias del <b>Ministerio del Interior de la Nación</b>, entre las cuales se destaca lo expresado por la <b>Dirección de Asuntos Jurídicos</b>, que aseveró que ‘no encuentran objeciones jurídicas que formular que obsten a la prosecución del trámite, conforme lo previsto en la Resolución del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda N°1 de fecha 14 de enero de 2016 (...)’“.</p><p>Hornos también precisó que las irregularidades detectadas en la operatoria correspondían al ámbito de la <b>administración municipal de Quitilipi</b> y que no se había demostrado una intervención penalmente relevante de los funcionarios nacionales involucrados en el trámite del subsidio.</p><p>Así las cosas, con los votos de Carbajo y Hornos, la <b>Cámara Federal de Casación Penal</b> resolvió confirmar la <b>absolución </b>dictada por el tribunal de juicio. </p><p>Ayala tiene 72 años y es un cuadro histórico de la <b>Unión Cívica Radical (UCR)</b> en la provincia del <b>Chaco</b>. Fue presidenta del <b>Concejo Municipal de Resistencia</b> entre 1999 y 2003, luego intendenta de esa ciudad entre <b>2003 y 2015</b>, con dos reelecciones consecutivas. Posteriormente se desempeñó como <b>secretaria de Asuntos Municipales </b>del Ministerio del Interior entre 2015 y 2017 y más tarde fue <b>diputada nacional</b> por el Chaco entre<b> 2017 y 2021</b>.</p><p>En 2024 recibió <b>una condena a tres años </b>de ejecución condicional por un <b>caso de corrupción</b>, ya que fue declarada culpable por otorgarle de manera irregular a la empresa <b>PIMP S.A.</b> -entre otras- el<b> negocio de la recolección de basura en Resistencia</b>, con contratos por 260 millones de pesos. La sentencia incluyó la <b>inhabilitación especial perpetua </b>para el ejercicio de funciones públicas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/AQMQEGA4HNGLRM72GTJNXJQQZ4.jpg?auth=084ffca15ea5b6bca81dac86f0ee590f194256802bd75812aba1841b6faff532&amp;smart=true&amp;width=2048&amp;height=1152" type="image/jpeg" height="1152" width="2048"><media:description type="plain"><![CDATA[Diputada Aída Ayala (Adrián Escandar)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia desestimó un planteo e irá a juicio un presunto fraude con el ATP durante la pandemia]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/12/la-justicia-desestimo-un-planteo-e-ira-a-juicio-un-presunto-fraude-con-el-atp-durante-la-pandemia/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/12/la-justicia-desestimo-un-planteo-e-ira-a-juicio-un-presunto-fraude-con-el-atp-durante-la-pandemia/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El Tribunal Oral Federal Nº 4 de San Martín rechazó la nulidad pedida por dos empresarios y habilitó que continúe el proceso penal por la presunta obtención irregular de subsidios estatales creados para sostener salarios durante la emergencia sanitaria del Covid-19]]></description><pubDate>Thu, 12 Mar 2026 05:12:50 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LGENDQTHVNA6DIVQBCXDFAWPW4.jpg?auth=984f5589b5faf2e942a37fee939f391813e3d8f9d747ced08b785f42d87ad587&smart=true&width=1000&height=666" alt="La investigación se inició a partir de una denuncia presentada por la AFIP -actual ARCA- por la presunta obtención irregular de fondos del programa ATP durante la pandemia (Foto: Shutterstock)" height="666" width="1000"/><p>El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4 de San Martín rechazó un planteo de nulidad presentado por la defensa de <b>dos empresarios acusados de defraudación </b>contra la administración pública por la presunta obtención fraudulenta de fondos del programa <a href="https://www.infobae.com/economia/2020/04/01/oficial-el-gobierno-creo-el-programa-de-asistencia-de-emergencia-al-trabajo-y-la-produccion-para-ayudar-a-las-empresa-a-pagar-sueldos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/economia/2020/04/01/oficial-el-gobierno-creo-el-programa-de-asistencia-de-emergencia-al-trabajo-y-la-produccion-para-ayudar-a-las-empresa-a-pagar-sueldos/">Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción</a> (ATP) durante la <a href="https://www.infobae.com/tag/covid-19/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/covid-19/">pandemia de <b>COVID-19</b></a>. La decisión judicial, en consecuencia, habilitó que la causa continúe su trámite hacia la etapa de juicio.</p><p>La investigación gira en torno al acceso al <a href="https://www.infobae.com/tag/programa-de-asistencia-de-emergencia-al-trabajo-y-la-produccion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/programa-de-asistencia-de-emergencia-al-trabajo-y-la-produccion/">programa <b>ATP</b></a> por parte de <b>Necho S.A.</b>,<b> </b>una compañía de productos de consumo masivo, cuyos responsables al momento de los hechos eran <b>Nemesio Filipuzzi </b>(72),<b> </b>presidente de la firma, y su hijo <b>Rodolfo (43)</b>, director y gerente general. Ambos están acusados de haber obtenido ese <b>beneficio estatal</b> sin cumplir con los requisitos fijados por la normativa que regulaba el beneficio.</p><p>El programa en cuestión fue implementado por el Estado nacional para asistir a empresas afectadas por las <b>restricciones sanitarias</b> derivadas de la entonces incipiente <b>pandemia</b>. Fue creado mediante el <b>Decreto de Necesidad y Urgencia </b><a href="https://www.infobae.com/economia/2020/04/01/oficial-el-gobierno-creo-el-programa-de-asistencia-de-emergencia-al-trabajo-y-la-produccion-para-ayudar-a-las-empresa-a-pagar-sueldos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/economia/2020/04/01/oficial-el-gobierno-creo-el-programa-de-asistencia-de-emergencia-al-trabajo-y-la-produccion-para-ayudar-a-las-empresa-a-pagar-sueldos/"><b>332/2020</b></a>, firmado el <b>1° de abril</b> de ese año por el entonces presidente <b>Alberto Fernández</b>, junto al jefe de Gabinete <b>Santiago Cafiero</b> y el resto de los ministros del gabinete.</p><p>Entre otras medidas, el ATP contemplaba el <b>pago de parte de los salarios de trabajadores del sector privado</b>, la <b>reducción o postergación de contribuciones patronales</b> y distintos mecanismos de asistencia estatal destinados a empresas cuya actividad se había visto afectada por la<a href="https://www.infobae.com/tag/covid-19/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/covid-19/"><b> emergencia sanitaria</b></a>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ITINBOMMCFEQLFTTYYMUSMLE2Q.jpg?auth=c0004babc92f331a6b5448f728daf853f7646a1ba97947042e3101dffd38f44b&smart=true&width=3000&height=2000" alt="El programa ATP fue creado durante la pandemia por el DNU 332/2020, firmado por el entonces presidente Alberto Fernández y su Gabinete, a cargo de Santiago Cafiero, para asistir a empresas y sostener salarios en el sector privado (Telam/Dpa)
" height="2000" width="3000"/><p>Según la acusación del <b>Ministerio Público Fiscal</b>, los responsables de la firma apuntada habrían presentado <b>información falsa </b>ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) -actualmente <b>ARCA</b>- para acceder al <b>subsidio</b> correspondiente al período <b>abril de 2020</b>.</p><p>Dicha maniobra habría provocado un <b>perjuicio económico al Estado </b>estimado en <b>2.794.334,34 pesos</b>, correspondiente al beneficio percibido en el marco de la ayuda estatal.</p><p>En el expediente se atribuye a los empresarios haber intervenido en una maniobra destinada a obtener ese monto mediante la presentación de una <b>declaración jurada falsa</b>, conducta que fue encuadrada bajo el delito de <b>defraudación contra la administración pública</b>, previsto en el artículo 174 inciso 5 del <b>Código Penal</b>.</p><h2>El planteo de la defensa</h2><p>La defensa de los imputados solicitó la <b>nulidad del requerimiento de elevación a juicio</b>, al sostener que la acusación habría sido modificada durante el desarrollo de la investigación.</p><p>El abogado <b>Diego Siman</b> argumentó que esa situación vulneró el "<b>principio de congruencia</b>“, que exige que una persona sea juzgada por los mismos hechos que le fueron imputados al momento de prestar <b>declaración indagatoria</b>. Para el defensor, los empresarios habrían sido indagados inicialmente por una <b>descripción del hecho</b> <b>diferente</b> de la que luego fue incluida en el <b>requerimiento de elevación a juicio</b>. </p><p>En particular, cuestionó que la acusación incorporara como elemento central de la maniobra la existencia de una <a href="https://www.infobae.com/tag/declaracion-jurada/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/declaracion-jurada/"><b>declaración jurada falsa</b></a>, circunstancia que -a su criterio- no habría formado parte de la imputación original.</p><p>De acuerdo con esta postura, dicha variación habría afectado la posibilidad de preparar adecuadamente la <b>estrategia procesal</b>, ya que el caso avanzaría hacia el <b>juicio oral</b> sobre la base de una hipótesis distinta de aquella por la cual los acusados <b>prestaron declaración</b> en su momento.</p><p>En esa línea, el abogado advirtió que la modificación de la acusación habría generado una situación de "<b>indefensión estructural</b>“.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SPD7IFJUFRG3XEVRZS6FYVDA7I.jpg?auth=0e9d990dc5cb36f65e6fd5fffecc69d255045e947cb2d20cf8d3ca08a5f90d87&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La causa investiga la presunta presentación de una declaración jurada falsa para acceder al beneficio estatal del programa ATP durante la pandemia (Foto ilustrativa: Freepik)" height="1080" width="1920"/><h2>La postura de la fiscalía</h2><p>El <b>Ministerio Público Fiscal</b> solicitó el rechazo del planteo de nulidad y sostuvo que el pedido de la defensa constituía una “reiteración” de cuestionamientos ya analizados durante la <b>etapa de instrucción</b> y descartados por los tribunales que intervinieron previamente.</p><p>El fiscal expresó que la imputación se mantuvo estable durante toda la pesquisa y siempre se refirió a la <b>obtención fraudulenta del beneficio ATP</b>, sin cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente.</p><p>También dijo que las <b>nulidades procesales</b> deben interpretarse de manera restrictiva y solo proceden cuando se acredita un <b>perjuicio concreto para el derecho de defensa</b>.</p><h2>El recorrido de la causa</h2><p>La investigación, en efecto, se inició en marzo de 2024 tras una denuncia presentada por <b>Sebastián Bogao</b>, entonces jefe interino de la Sección Penal “A” de la Dirección de Contencioso de los Recursos de la Seguridad Social de la <b>AFIP </b>(actual <b>ARCA</b>). La presentación señalaba la presunta obtención fraudulenta del beneficio del <b>programa ATP</b>, al considerar que la empresa no habría cumplido con los criterios establecidos por la normativa que regulaba el<b> acceso a ese subsidio estatal</b>.</p><p>Tras el impulso fiscal de la investigación, se realizaron diversas medidas de prueba. En ese contexto, en julio de 2024 el titular del <b>Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 de San Martín</b> fijó audiencia para recibir <b>declaración indagatoria</b> a los imputados. Sin embargo, esas sesiones no se concretaron inicialmente debido a que la defensa presentó una <b>excepción de falta de acción</b>, junto con un pedido de <b>sobreseimiento</b>.</p><p>Ese planteo fue rechazado en octubre de 2024 en primera instancia y luego confirmado en noviembre de ese mismo año por la <b>Cámara Federal de Apelaciones de San Martín</b>. La defensa intentó recurrir esa decisión, pero ese mismo mes la Cámara rechazó el <b>recurso de casación</b>. Posteriormente, en marzo de 2025, la <b>Sala II </b>de la <b>Cámara Federal de Casación Penal</b> declaró “inadmisible” la <b>queja presentada </b>contra esa resolución.</p><p>Superadas estas incidencias procesales, el juzgado instructor avanzó con la investigación y, tras la producción de distintas medidas probatorias, en agosto de 2025 dictó el <b>procesamiento de los empresarios</b> como presuntos coautores del delito de <b>defraudación contra la administración pública</b>. Ese fallo fue confirmado en septiembre de 2025 por la <b>Cámara Federal de Apelaciones de San Martín</b>, lo que permitió avanzar hacia la etapa final de la pesquisa.</p><p>Tiempo después, la fiscalía federal presentó el requerimiento de elevación a juicio, y la causa quedó radicada ante el<b> Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) Nº 4 de San Martín</b>. En ese marco, la defensa formuló un <b>planteo de nulidad</b> contra la acusación.</p><h2>La decisión del tribunal</h2><p>Al analizar el planteo, el juez de cámara<b> Matías Mancini</b>, integrante del TOCF 4, concluyó que no existió <b>una alteración sustancial de los hechos imputados</b> a lo largo del proceso.</p><p>En la resolución de este miércoles, el magistrado sentenció: “no advierto, bajo ninguna índole, que el <b>sustrato fáctico</b> <b>atribuido </b>a Nemesio Jesús Filipuzzi y Rodolfo Filipuzzi hubiera sido modificado a lo largo el proceso, afectando al <b>principio de congruencia</b> y menos aún que ello derive en la <b>declaración de nulidad </b>de todo lo actuado”.</p><p>En ese sentido, subrayó que lo planteado por el Ministerio Público Fiscal al momento de requerir la <b>elevación de la causa a juicio </b>“no afecta el <b>principio de congruencia</b>, dado que <b>no hay alteración de la base fáctica</b>, que no fue objeto de modificaciones -sobre todo en lo atinente a la calificación jurídica asignada-”.</p><p>A su vez, recordó que el sistema de <b>nulidades procesales</b> debe interpretarse de manera restrictiva y que solo procede cuando se acredita un perjuicio concreto para el <b>derecho de defensa</b>.</p><p>“Por lo demás -concluyó Mancini-, el <b>debate oral y</b> <b>público </b>resulta ser el ámbito adecuado para confrontar la acusación y, en su caso, la oportunidad de atacar a elección de aquella <b>figura -penal-</b>”.</p><p>Con esos fundamentos, el juez rechazó el <b>planteo defensivo </b>y dispuso continuar con el proceso hacia el juicio, fijando una audiencia para el próximo <b>viernes 27 de marzo</b>, que se realizará de manera virtual.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SPD7IFJUFRG3XEVRZS6FYVDA7I.jpg?auth=0e9d990dc5cb36f65e6fd5fffecc69d255045e947cb2d20cf8d3ca08a5f90d87&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La causa investiga la presunta presentación de una declaración jurada falsa para acceder al beneficio estatal del programa ATP durante la pandemia (Foto ilustrativa: Freepik)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Corte Suprema dejó firmes condenas en la causa “Mafia del oro”, un fraude fiscal investigado desde los años 90]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/11/la-corte-suprema-dejo-firmes-condenas-en-la-causa-mafia-del-oro-un-fraude-fiscal-investigado-desde-los-anos-90/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/11/la-corte-suprema-dejo-firmes-condenas-en-la-causa-mafia-del-oro-un-fraude-fiscal-investigado-desde-los-anos-90/</guid><description><![CDATA[El Máximo Tribunal rechazó recursos extraordinarios y confirmó un fallo de la Cámara de Casación que ratificó penas de tres años de prisión en suspenso por asociación ilícita en el expediente por exportaciones simuladas]]></description><pubDate>Wed, 11 Mar 2026 19:17:17 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/B5YWVKR4QBBDLF6UW775YV4KMQ.jpg?auth=cb16f8afa288dc285a240be8fa49f661d4d5a828a5370d0e19516fd8590ee63f&smart=true&width=1920&height=1280" alt="La Corte Suprema dejó firmes condenas en la causa “Mafia del oro”, un caso de fraude fiscal vinculado a exportaciones simuladas investigado desde la década de 1990" height="1280" width="1920"/><p>La Corte Suprema de Justicia dejó firme una serie de condenas y sobreseimientos en la causa conocida como la “<a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/09/16/fui-un-ladron-de-cuello-blanco-y-por-suerte-un-dia-me-metieron-preso-2/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/09/16/fui-un-ladron-de-cuello-blanco-y-por-suerte-un-dia-me-metieron-preso-2/"><b>Mafia del oro</b></a>”, una investigación iniciada en la <b>década de 1990</b> por un esquema de fraude fiscal vinculado a exportaciones simuladas que permitió obtener reintegros indebidos de impuestos. El Máximo Tribunal rechazó por inadmisibles distintos <b>recursos extraordinarios</b> y confirmó así una decisión de la Cámara Federal de Casación Penal que había ratificado penas de tres años de prisión en suspenso por <b>asociación ilícita</b>.</p><p>La resolución fue firmada por los jueces <b>Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti</b>, quienes desestimaron los planteos presentados en el expediente “<b>Roggenbau, Edgardo Enrique y otros s/ incidente de recurso extraordinario”</b>. Con esa decisión quedaron ratificadas las condenas a <b>tres años de cárcel </b>prisión de <b>ejecución condicional </b>por asociación ilícita para <b>Mario Jorge Grinschpun</b>,<b> Luis Eduardo Ricigliano</b>,<b> Edgardo Enrique Roggenbau </b>y<b> Carlos Axel Augspach</b>.</p><p>Al mismo tiempo, la resolución consolidó los <b>sobreseimientos por prescripción del delito de administración fraudulenta</b> respecto de <b>Mario De Laurentis, Alberto Atilio Giusti y de los propios Roggenbau y Ricigliano</b>.</p><h2>La maniobra investigada</h2><p>La causa investigó maniobras realizadas entre <b>1993 y 1995</b> vinculadas a las actividades del denominado <b>“</b><a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/09/16/fui-un-ladron-de-cuello-blanco-y-por-suerte-un-dia-me-metieron-preso-2/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/09/16/fui-un-ladron-de-cuello-blanco-y-por-suerte-un-dia-me-metieron-preso-2/"><b>Grupo Piana</b></a><b>”</b>, alrededor de la empresa <b>Casa Piana S.A.</b>. Según se determinó en el expediente, los acusados montaron una estructura empresarial destinada a <b>simular operaciones comerciales vinculadas a exportaciones de metales</b>, con el objetivo de obtener <b>reintegros indebidos del Impuesto al Valor Agregado (IVA)</b> y otros beneficios fiscales previstos para las exportaciones.</p><p>El mecanismo consistía en declarar <b>exportaciones con valores inflados o directamente inexistentes</b>, mediante el uso de facturas apócrifas y operaciones simuladas entre distintas empresas. A partir de esas maniobras se solicitaban <b>reintegros fiscales</b> por impuestos que en realidad nunca habían sido ingresados al Estado.</p><p>De acuerdo con la investigación judicial, el perjuicio económico ocasionado al fisco fue estimado en <b>alrededor de 20 millones de dólares</b>.</p><h2>Los juicios orales</h2><p>El expediente atravesó diversas instancias judiciales durante más de dos décadas y derivó en distintos juicios orales.</p><p>En uno de los principales debates, realizado ante el <b>Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1</b>, fueron juzgados los directivos de <b>Casa Piana</b>. En <b>2014</b>, ese tribunal condenó al empresario <b>Enrique Piana</b> a <b>seis años de prisión</b> por defraudación a la administración pública y asociación ilícita. La pena fue posteriormente unificada en <b>ocho años y dos meses de prisión</b> debido a una condena previa por contrabando.</p><p>En ese mismo proceso también fue condenado <b>Miguel Seligman</b>, directivo de la empresa, quien recibió <b>tres años de prisión en suspenso</b> por su participación en la organización.</p><p>Otro tramo del caso llegó posteriormente a juicio oral ante el <b>Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4</b>, donde en <b>2017</b> se juzgó a empresarios y colaboradores vinculados a la<b> estructura societaria</b> utilizada en las maniobras investigadas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LR3OJBTT2VD5HPYLQ6UNHVZW5A.jpg?auth=cfad6c593e7ef4d31bc6406a55ad4e56653b4242c1e8cad005368b8e75d29549&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron recursos extraordinarios y confirmaron condenas por asociación ilícita" height="1080" width="1920"/><p>En ese debate fueron condenados a tres años de prisión de ejecución condicional por asociación ilícita <b>Carlos Axel Augspach, Guillermo Jorge Campbell, Mario Jorge Grinschpun, Edgardo Enrique Roggenbau y Luis Eduardo Ricigliano</b>. En tanto, <b>Marcelo De Laurentis</b> y <b>Alberto Giusti</b> recibieron penas de <b>dos años de prisión en suspenso</b> por su participación necesaria en el delito de defraudación a la administración pública, mientras que otros imputados fueron absueltos.</p><h2>El recorrido por Casación y la Corte</h2><p>Las defensas apelaron esas decisiones y el expediente llegó a la <b>Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal</b>, que revisó las condenas y analizó los distintos delitos atribuidos en la causa.</p><p>En 2022, Casación dictó un fallo que confirmó las condenas por <b>asociación ilícita</b> y examinó la situación del delito de <b>administración fraudulenta contra la administración pública</b>. Esa sentencia fue posteriormente revisada por la Corte Suprema, que la anuló por considerar que carecía de una adecuada <b>“unidad lógico-jurídica”</b>, lo que obligó al tribunal penal a dictar un nuevo pronunciamiento.</p><p>En esa segunda resolución, la Casación concluyó que el delito de <b>administración fraudulenta</b> se encontraba <b>prescripto</b>, pero sostuvo las condenas por <b>asociación ilícita</b>, al considerar que respecto de ese delito no se había superado el "<b>plazo razonable</b>"<b> de juzgamiento</b>.</p><p>Contra ese fallo se presentaron nuevos recursos extraordinarios ante la Corte Suprema, tanto por parte de las defensas como de la querella representada por ARCA. Sin embargo, el máximo tribunal resolvió <b>rechazar esos planteos mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación</b>, una herramienta procesal que permite declarar inadmisibles los recursos sin ingresar en el análisis de fondo.</p><p>Con ese pronunciamiento, se dio por cerrado uno de los expedientes judiciales más extensos vinculados a <b>fraudes fiscales</b> asociados a<b> operaciones de exportación </b>durante la <b>década de 1990</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/B5YWVKR4QBBDLF6UW775YV4KMQ.jpg?auth=cb16f8afa288dc285a240be8fa49f661d4d5a828a5370d0e19516fd8590ee63f&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1280" type="image/jpeg" height="1280" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La Corte Suprema dejó firmes condenas en la causa “Mafia del oro”, un caso de fraude fiscal vinculado a exportaciones simuladas investigado desde la década de 1990]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Cuadernos: el tribunal define si continúa el juicio contra Cristina Kirchner, ex funcionarios y empresarios]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/10/cuadernos-el-tribunal-define-si-continua-el-juicio-contra-cristina-kirchner-ex-funcionarios-y-empresarios/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/10/cuadernos-el-tribunal-define-si-continua-el-juicio-contra-cristina-kirchner-ex-funcionarios-y-empresarios/</guid><description><![CDATA[El Tribunal Oral Federal N°7 resolverá este martes las cuestiones preliminares planteadas por las defensas en el juicio iniciado por las anotaciones del chofer Oscar Centeno, donde se analizan presuntos sobornos en la obra pública entre 2003 y 2015]]></description><pubDate>Tue, 10 Mar 2026 04:39:01 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Q7WHQVKPHZDRBJNYKY2IE6R54I.jpg?auth=7b11eff45857e01583988dd5796c2b24be0e75499d983ac0cd819c9f3c4def47&smart=true&width=5015&height=3337" alt="El Tribunal Oral Federal N°7 reanudará este martes el juicio por la causa Cuadernos, que investiga presuntos sobornos en la obra pública durante los gobiernos kirchneristas (RS Fotos)" height="3337" width="5015"/><p>El <b>juicio por la causa Cuadernos</b> se reanudará este martes a las 9 ante el <b>Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°7</b>, en una audiencia que aparece como determinante para el rumbo inmediato del proceso. Los magistrados deberán resolver las <b>cuestiones preliminares</b> planteadas durante el último mes por las defensas de los imputados, que incluyen pedidos de <b>nulidad absoluta del expediente</b>, planteos de <b>prescripción</b>, recusaciones y solicitudes de <b>sobreseimiento</b>.</p><p>El debate está en manos de los jueces <b>Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero</b>, y tramita bajo el <b>expediente N° 9608/2018</b>, caratulado “<b>Fernández, Cristina Elisabet </b>y otros s/ <b>asociación ilícita</b> y otros”. Se trata, en efecto, de una de los casos judiciales más relevantes vinculados a presuntos hechos de <b>corrupción en la obra pública</b> durante los gobiernos kirchneristas.</p><p>El proceso comenzó formalmente el <b>6 de noviembre de 2025</b> y desde entonces se lleva adelante bajo <b>modalidad virtual</b>, con audiencias programadas los <b>martes y jueves</b>. Durante las primeras jornadas se realizó la lectura de los <b>requerimientos de elevación a juicio</b> elaborados en la etapa de instrucción, un trámite que se extendió a lo largo de varias audiencias y demandó más de <b>veinte horas de exposición de acusaciones</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HEM63J5GTRB4ZJE5FZ3WFNDYSQ.jpg?auth=2de83678b2073618c2d4d0ce812f77efeaa2386042c6ed6c4e41d25ddce170ad&smart=true&width=4173&height=2782" alt="En el proceso están imputados Cristina Fernández de Kirchner, Julio De Vido y José López, junto a empresarios acusados en la investigación por corrupción en la obra pública (EFE/Matías Martin Campaya)" height="2782" width="4173"/><p>Finalizada esa instancia, el expediente ingresó en el tramo de <b>cuestiones preliminares</b>, etapa en la que las defensas formularon diversos cuestionamientos vinculados con la validez del proceso y la continuidad del debate oral. Entre los planteos presentados se incluyeron pedidos de nulidad, objeciones sobre la prescripción de hechos investigados, recusaciones contra funcionarios judiciales y solicitudes de sobreseimiento.</p><p>Las audiencias destinadas a este segmento se extendieron durante aproximadamente <b>un mes</b>. La <b>fiscal general Fabiana León</b>, representante del <b>Ministerio Público Fiscal</b>, rechazó cada uno de los planteos y solicitó al tribunal que los desestime para permitir que el proceso avance hacia sus fases centrales.</p><p>En caso de que los jueces desestimen los planteos, quedarán habilitados para fijar, si lo consideran necesario, un <b>nuevo cronograma</b> que organice fechas y modalidad de las próximas audiencias.</p><p>En ese contexto, la fiscal León anticipó que insistirá en una cuestión adicional: que el debate se realice de manera <b>presencial</b> en los tribunales federales de <b>Comodoro Py</b>, en lugar de continuar bajo la modalidad virtual vigente desde su inicio. Según indicaron fuentes cercanas a la acusación, el <b>Ministerio Público Fiscal</b> considera que la realización del proceso en una sala de audiencias podría aportar mayor claridad al desarrollo del caso.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DLVPXLAXRRADZNTPYURLMINVY4.jpg?auth=87f8f7ee398c588ad230712d9907c898912e263d8d5c5eb192c89785ac4c7683&smart=true&width=921&height=614" alt="La fiscal general Fabiana León pidió rechazar los planteos de nulidad y avanzar con el juicio por la causa Cuadernos" height="614" width="921"/><p>Las mismas fuentes señalaron además que la fiscalía entiende que <b>ninguno de los planteos de nulidad</b> presentados por las diferentes defensas debería prosperar. También advirtieron que, desde su perspectiva, existe <b>riesgo de prescripción</b> respecto de algunos de los delitos investigados si el trámite se dilata como consecuencia de lo que consideran <b>estrategias dilatorias</b>.</p><p>Mientras el tribunal se prepara para resolver esas cuestiones, en las últimas horas se abrió un <b>incidente reservado</b> vinculado al estado de salud del ex secretario de <b>Obras Públicas José López</b>, uno de los imputados en la causa y además <b>imputado colaborador</b> durante la investigación.</p><p>De acuerdo con fuentes del caso, se trata de un planteo orientado a determinar si el exfuncionario se encuentra en condiciones de continuar afrontando el proceso por <b>razones médicas</b>. La solicitud fue presentada por su defensora oficial, <b>Pamela Bisserier</b>, quien pidió que <b>López sea apartado del debate</b> al sostener que actualmente no estaría en condiciones de ejercer plenamente su derecho de defensa.</p><p>La cuestión deberá ser analizada por los magistrados en un incidente separado que se tramita con <b>carácter reservado</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SRBQ7OIH3FF57OB4U4GW3P3TZE.png?auth=7676d62e1120ada08ff9b3c37ba9b0ca93c1fa9e8656729f5a6981a5cd0effe0&smart=true&width=680&height=375" alt="El ex secretario de Obras Públicas José López, imputado y arrepentido en la causa Cuadernos, enfrenta un incidente judicial por su estado de salud" height="375" width="680"/><p>López ocupa un lugar central dentro de la investigación. Durante la etapa de instrucción se acogió al régimen del <b>imputado colaborador</b>, previsto en la <b>Ley del Arrepentido</b>, y aportó información sobre el presunto funcionamiento del sistema de corrupción investigado. En audiencias anteriores había anticipado su intención de declarar durante el juicio.</p><p>El ex secretario de Obras Públicas del kirchnerismo adquirió notoriedad pública en <b>2016</b>, cuando fue detenido mientras intentaba ocultar <b>bolsos con millones de dólares</b> en un convento de la localidad bonaerense de <b>General Rodríguez</b>. Actualmente cumple una condena firme de <b>seis años de prisión</b> en la causa conocida como <b>Vialidad</b>.</p><p>En lo que respecta a la <b>causa Cuadernos</b>, el proceso reúne a <b>86 imputados</b>: <b>19 exfuncionarios</b>, <b>65 empresarios</b> y <b>dos choferes</b>, entre ellos <b>Oscar Centeno</b>, autor de las anotaciones que dieron origen a la pesquisa.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/W4QWK3OL3VBHJLOEBROHMQDGFM.jpg?auth=1fb0d8f1084fa5b689e4d722320d5d6a081ccd836d0d7b01a8c5e4d97c9c15f1&smart=true&width=541&height=304" alt="Oscar Centeno, ex chofer del Ministerio de Planificación, es el autor de los cuadernos que dieron origen a la causa Cuadernos por presunta corrupción en la obra pública" height="304" width="541"/><p>Entre los principales acusados se encuentran la ex presidenta <b>Cristina Fernández de Kirchner </b>y el ex ministro de <b>Planificación Federal Julio De Vido</b>,<b> </b>junto a numerosos empresarios de distintos sectores. En rigor, para la fiscalía habría funcionado, entre 2003 y 2015, un esquema de <b>recaudación ilegal</b> proveniente de empresas de la construcción, energía y transporte a cambio de <b>contratos estatales o beneficios en la obra pública</b>.</p><p>Durante el último mes varias defensas cuestionaron la legalidad del proceso. La defensa de <b>Fernández de Kirchner</b>, encabezada por los abogados <b>Carlos Beraldi y Ary Llernovoy</b>, solicitó la <b>nulidad total del expediente</b> tras afirmar que la causa había estado viciada desde su origen por irregularidades en la asignación del caso y por la utilización indebida de la figura del <b>imputado colaborador</b>.</p><p>Beraldi también cuestionó la intervención del fallecido juez federal <b>Claudio Bonadio</b> y del fiscal <b>Carlos Stornelli</b>, al entender que la investigación había sido direccionada para quedar en manos de esos funcionarios judiciales, lo que -según su argumento- vulneró el <b>principio del juez natural</b>. Otros imputados se alinearon con esta postura.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SPRSKL4JENFKJPBYOPXMMO5COM.jpg?auth=0d4b772853ca60f9b33f59a1525d17956a1386f8bf67491b46e84c570775a8e4&smart=true&width=5560&height=3707" alt="El abogado Carlos Beraldi, defensor de Cristina Fernández de Kirchner, pidió la nulidad del expediente en el juicio por la causa Cuadernos (REUTERS/Matias Baglietto)" height="3707" width="5560"/><p>Con ese escenario, en la audiencia de este martes el TOF 7 deberá desgranar cada planteo para determinar su procedencia. Si los jueces desestiman las objeciones y disponen la <b>continuidad del juicio</b>, el debate dará curso a las <b>declaraciones indagatorias </b>de los imputados.</p><p>En caso de que los acusados opten por no declarar, el tribunal podrá avanzar directamente con la recepción de la <b>prueba testimonial</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Q7WHQVKPHZDRBJNYKY2IE6R54I.jpg?auth=7b11eff45857e01583988dd5796c2b24be0e75499d983ac0cd819c9f3c4def47&amp;smart=true&amp;width=5015&amp;height=3337" type="image/jpeg" height="3337" width="5015"><media:description type="plain"><![CDATA[El Tribunal Oral Federal N°7 reanudará este martes el juicio por la causa Cuadernos, que investiga presuntos sobornos en la obra pública durante los gobiernos kirchneristas (RS Fotos)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu"></media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Casación rechazó cerrar una causa por los disturbios frente al Congreso durante el debate de la Ley Bases]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/06/casacion-rechazo-cerrar-una-causa-por-los-disturbios-frente-al-congreso-durante-el-debate-de-la-ley-bases/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/06/casacion-rechazo-cerrar-una-causa-por-los-disturbios-frente-al-congreso-durante-el-debate-de-la-ley-bases/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El tribunal confirmó que un acusado deberá ir a juicio oral por los incidentes ocurridos en junio de 2024 mientras el Senado debatía el proyecto impulsado por el Gobierno. La defensa había ofrecido pagar una reparación económica para extinguir la acción penal]]></description><pubDate>Fri, 06 Mar 2026 19:41:05 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EXHXH2TB3JH2FIWD4YKOUDBWTM.jpg?auth=67a576e730cbd04103f8d310466e7fe18fed76cc015f215152eb87607d0c6a6f&smart=true&width=800&height=533" alt="La Cámara Federal de Casación Penal rechazó cerrar la causa mediante una reparación económica y confirmó que el acusado deberá enfrentar un juicio oral por los disturbios frente al Congreso durante el debate de la Ley Bases (REUTERS/Mariana Nedelcu)" height="533" width="800"/><p>La <b>Cámara Federal de Casación Penal</b> rechazó este viernes el planteo de un acusado que buscaba cerrar su causa mediante el pago de una suma de dinero y confirmó que deberá enfrentar un <b>juicio oral</b> por su presunta participación en los <a href="https://www.infobae.com/politica/2024/06/12/ley-bases-en-el-senado-en-vivo-ultimas-noticias-del-debate-del-proyecto-y-el-paquete-fiscal-en-el-congreso/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2024/06/12/ley-bases-en-el-senado-en-vivo-ultimas-noticias-del-debate-del-proyecto-y-el-paquete-fiscal-en-el-congreso/"><b>disturbios </b></a>ocurridos frente al Congreso durante una protesta mientras el Senado debatía la denominada <a href="https://www.infobae.com/politica/2024/06/28/ley-bases-el-texto-definitivo-aprobado-por-diputados-y-el-senado-articulo-por-articulo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2024/06/28/ley-bases-el-texto-definitivo-aprobado-por-diputados-y-el-senado-articulo-por-articulo/"><b>Ley de Bases</b></a>. </p><p>La decisión fue adoptada por la Sala IV del máximo tribunal penal del país. Por unanimidad, desestimó la salida alternativa invocada por la defensa -una <b>reparación integral del daño </b>prevista en el artículo 59 inciso 6 del <b>Código Penal</b>- tras considerar que no resultaba aplicable ese mecanismo cuando los hechos investigados afectan <b>bienes jurídicos colectivos</b>, como el <b>orden público</b> o el funcionamiento de las <b>instituciones del Estado</b>.</p><p>El imputado es <b>Walter Gabriel Quiroga</b>, quien fue enviado a juicio por hechos ocurridos el <b>12 de junio de 2024</b> durante una manifestación frente al Congreso de la Nación, en momentos en que la Cámara Alta debatía el proyecto denominado “<a href="https://www.infobae.com/tag/ley-bases/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/ley-bases/"><b>Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos</b></a>”.</p><p>Ese día, miles de manifestantes se concentraron en las inmediaciones del Parlamento para rechazar el texto impulsado por el gobierno de <a href="https://www.infobae.com/tag/javier-milei/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/javier-milei/"><b>Javier Milei</b></a>. Durante la jornada se registraron duros enfrentamientos entre <b>manifestantes</b> y <b>fuerzas de seguridad</b> frente al edificio legislativo y en las calles cercanas a la Plaza del Congreso.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WYC5YOZ47JCVZPOJBY4ZKEISA4.jpeg?auth=ffd381fec85a56999d7082ea11ea7e40c084d1613759191ef3a9ce788e150b8f&smart=true&width=900&height=506" alt="Los incidentes ocurrieron el 12 de junio de 2024 frente al Congreso, cuando manifestantes se enfrentaron con fuerzas de seguridad durante la sesión del Senado en la que se debatía el proyecto de ley enviado por Javier Milei" height="506" width="900"/><p>Según los reportes oficiales de ese momento, los incidentes se intensificaron a medida que avanzaba la sesión en el Senado. Manifestantes <b>arrojaron piedras</b>,<b> botellas </b>y otros objetos contundentes contra el cordón policial desplegado en la zona, mientras las <b>fuerzas de seguridad </b>respondieron con <b>camiones hidrantes</b>, <b>balas de goma </b>y <b>gases lacrimógenos </b>para dispersar a los grupos más violentos.</p><p>Los disturbios se extendieron durante varias horas y provocaron <b>destrozos en vehículos</b> y<b> mobiliario urbano</b>. Al menos cinco efectivos de seguridad resultaron heridos y 27 personas fueron detenidas en el marco de los incidentes.</p><p>En ese contexto, la acusación sostiene que Quiroga participó de las agresiones y arrojó elementos contundentes contra <b>fuerzas de seguridad</b> que custodiaban el Congreso y contra el propio edificio parlamentario. Por ese motivo fue enviado a juicio acusado de <b>intimidación pública </b>en concurso ideal con <b>atentado contra la autoridad agravado</b>.</p><p>Durante el trámite previo al <b>debate oral</b>, la defensa ofreció el pago de <b>250.000 pesos </b>para reparar el supuesto <b>daño ocasionado</b> y solicitó que se extinguiera la <b>acción penal</b> en su contra mediante el mecanismo de reparación integral previsto en el Código Penal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RZPIFWWIIBHFLALZIX3P7NJ32I.jpg?auth=85a7ac9b10e9784fb6b75378738bceff0e543d8f280998d62c71218c1bab5ca6&smart=true&width=3977&height=2651" alt="La defensa del acusado ofreció pagar $250.000 como reparación integral del daño para extinguir la acción penal, pero el planteo fue rechazado por los tribunales (Foto: TOMAS CUESTA / AFP)" height="2651" width="3977"/><p>En su presentación ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 3 de la Ciudad de Buenos Aires, la defensa había formulado una propuesta que constituía “un ofrecimiento meramente reparador del presunto daño causado y no un allanamiento a las acusaciones que se le dirigen”. En esa instancia, además, explicó que el imputado había reunido el dinero con <b>ayuda de personas</b> <b>de su entorno</b> debido a su “ajustada <b>economía familiar</b>”, y que ese hecho reflejaba “la <b>voluntad superadora del conflicto</b> por parte de Quiroga”.</p><p>Sin embargo, tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella -que representa al <b>Senado de la Nación</b>- se opusieron a esa salida procesal alternativa. Ambas partes argumentaron que la conducta investigada tenía una <b>relevancia institucional</b> que hacía necesario que el caso fuera discutido en un <b>juicio oral y público</b>.</p><p>La querella también señaló que los incidentes ocurrieron “durante el desarrollo del <b>ejercicio de la democracia</b>” y remarcó que los hechos analizados en la causa “han ido más allá de los límites del<b> derecho a la protesta</b> y constituyeron en parte, un <b>atentado contra la democracia</b>”.</p><p>El Tribunal Oral rechazó el planteo por mayoría en octubre de 2025. Los jueces<b> Fernando Machado Pelloni</b> y <b>Andrés Fabián Basso </b>consideraron atendibles las objeciones formuladas por las partes acusadoras y concluyeron que el conflicto debía resolverse con un debate oral. El único voto en disidencia fue el del juez <b>Javier Feliciano Ríos</b>, quien votó que correspondía aceptar la <b>reparación económica</b> ofrecida por la defensa para que deposite el <b>monto de 250 mil pesos </b>“en favor del Hospital de Pediatría SAMIC ‘<b>Prof. Dr. Juan P. Garrahan’</b>”.</p><p>Contra esa decisión la defensa recurrió ante la<b> Cámara Federal de Casación Penal</b>, alegando arbitrariedad y una interpretación restrictiva del instituto. En consecuencia, el expediente quedó radicado en la Sala IV del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces <b>Gustavo Hornos</b>, <b>Javier Carbajo </b>y <b>Mariano Hernán Borinsky</b>, quienes coincidieron al desestimar el planteo y ratificar la resolución del tribunal oral.</p><p>En el voto que lideró el acuerdo, Hornos explicó que el mecanismo de reparación integral no puede aplicarse de manera automática. Según indicó, “la reparación no es un <b>derecho absoluto</b> del imputado, sino una herramienta de <b>política criminal </b>cuya aplicación debe ponderarse en cada caso concreto”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QIZB4ENSKBCRNAAP5OUU5LTXXY.jpg?auth=7b031b9dad0e8e5894873ce5a6f66ad510ee64ced4da215a1721621f4203026a&smart=true&width=5472&height=3648" alt="La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal sostuvo que el mecanismo de reparación integral no corresponde cuando los hechos investigados afectan bienes jurídicos colectivos como el orden público (Foto: TOMAS CUESTA / AFP)" height="3648" width="5472"/><p>El magistrado precisó a su vez que el mecanismo está pensado principalmente para <b>resolver conflictos entre particulares</b> y que presenta límites cuando el <b>delito afecta intereses colectivos</b>. En ese sentido, afirmó que “en las figuras delictivas que protegen <b>bienes jurídicos colectivos </b>o <b>supraindividuales la víctima es la sociedad en su conjunto</b>. El titular del bien jurídico es <b>la comunidad</b>, y su representación en el proceso penal es ejercida por el Estado a través del Ministerio Público Fiscal".</p><p>A partir de ese razonamiento, el camarista concluyó que la <b>reparación económica </b>ofrecida por la defensa resultaba “insuficiente para atender el daño social que comportan los hechos, encontrándose, como se dijo, comprometidos bienes jurídicos supraindividuales como lo son el <b>orden público</b> y la <b>administración pública</b>”.</p><p>El voto también advirtió que admitir la extinción de la<b> acción penal</b> mediante el pago de dinero en este tipo de casos podría afectar los fines del derecho penal. Según argumentó Hornos, “la extinción de la acción penal a cambio de una suma de dinero anula por completo esta<b> </b>función preventiva y<b> transmite el mensaje de que los delitos contra el orden público</b> y <b>la administración pública se traducen en conductas ‘monetizables’</b>”.</p><p>El juez <b>Javier Carbajo</b> coincidió con ese criterio y sostuvo que la naturaleza del hecho imputado y el contexto en el que ocurrió justifican que el caso avance hacia el juicio oral. Por su parte, <b>Mariano Borinsky </b>también votó por rechazar el recurso y destacó que la oposición fundada del <b>Ministerio Público Fiscal </b>constituía un obstáculo para aplicar este tipo de mecanismos.</p><p>Con estos argumentos, la Sala IV resolvió rechazar el recurso del imputado y confirmar la decisión del tribunal anterior. La causa, así, seguirá su curso hacia la realización del juicio oral.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/EXHXH2TB3JH2FIWD4YKOUDBWTM.jpg?auth=67a576e730cbd04103f8d310466e7fe18fed76cc015f215152eb87607d0c6a6f&amp;smart=true&amp;width=800&amp;height=533" type="image/jpeg" height="533" width="800"><media:description type="plain"><![CDATA[La Cámara Federal de Casación Penal rechazó cerrar la causa mediante una reparación económica y confirmó que el acusado deberá enfrentar un juicio oral por los disturbios frente al Congreso durante el debate de la Ley Bases (REUTERS/Mariana Nedelcu)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Mariana Nedelcu</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Juicio por el ARA San Juan: el ex jefe de la Fuerza de Submarinos dijo que las acusaciones son “injustas” y se declaró inocente]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/06/juicio-por-el-ara-san-juan-el-ex-jefe-de-la-fuerza-de-submarinos-dijo-que-las-acusaciones-son-injustas-y-se-declaro-inocente/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/06/juicio-por-el-ara-san-juan-el-ex-jefe-de-la-fuerza-de-submarinos-dijo-que-las-acusaciones-son-injustas-y-se-declaro-inocente/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description></description><pubDate>Fri, 06 Mar 2026 03:42:51 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CBAAB6QAHRCXFEWSH4BC4AHLMI.jpg?auth=249aba583b22dca7ced8b72833e1ef01f12894673a09eaa39ac39a0305b7e5f5&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El ex jefe de la Fuerza de Submarinos Claudio Villamide declaró en la segunda audiencia del juicio por el hundimiento del ARA San Juan, que provocó la muerte de 44 tripulantes (Créditos: Netflix)" height="1080" width="1920"/><p>El capitán de navío destituido <a href="https://www.infobae.com/politica/2022/11/14/exclusivo-habla-villamide-tome-la-decision-de-confiar-en-el-comandante-del-ara-san-juan-y-volveria-a-hacerlo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2022/11/14/exclusivo-habla-villamide-tome-la-decision-de-confiar-en-el-comandante-del-ara-san-juan-y-volveria-a-hacerlo/"><b>Claudio Villamide</b></a>, ex comandante de la Fuerza de Submarinos de la Armada Argentina, declaró ante el Tribunal Oral Federal<b> </b>con asiento en <b>Río Gallegos</b> durante la <b>segunda audiencia</b> del juicio por el hundimiento del submarino <a href="https://www.infobae.com/sociedad/2022/11/14/los-44-caras-e-historias-de-los-tripulantes-del-ara-san-juan/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=20993778607&amp;gbraid=0AAAAADmqXxTi5bY6n9BQ2gPGHoKEBXCD8&amp;gclid=Cj0KCQiA8KTNBhD_ARIsAOvp6DJ4ampTdSt8OArL_aot4RI0SUSJR_brM7j3Lf2-G2DLym_Wg40y3ooaAsSREALw_wcB" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/2022/11/14/los-44-caras-e-historias-de-los-tripulantes-del-ara-san-juan/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=20993778607&amp;gbraid=0AAAAADmqXxTi5bY6n9BQ2gPGHoKEBXCD8&amp;gclid=Cj0KCQiA8KTNBhD_ARIsAOvp6DJ4ampTdSt8OArL_aot4RI0SUSJR_brM7j3Lf2-G2DLym_Wg40y3ooaAsSREALw_wcB"><b>ARA San Juan</b></a>, ocurrido el 15 de noviembre de 2017 en el Atlántico Sur y que provocó la muerte de sus 44 tripulantes. En su <b>declaración indagatoria</b>, el ex oficial sostuvo que las acusaciones en su contra son “<b>injustas</b>”, afirmó ser <b>inocente</b> y defendió el estado operativo del buque y las decisiones adoptadas por la conducción naval antes de la última misión de la nave.</p><p>El debate oral <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/03/el-hundimiento-del-ara-san-juan-a-juicio-comienza-el-debate-con-cuatro-jefes-militares-en-el-banquillo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/03/el-hundimiento-del-ara-san-juan-a-juicio-comienza-el-debate-con-cuatro-jefes-militares-en-el-banquillo/"><b>comenzó el martes</b></a> ante el tribunal federal santacruceño y tiene como objetivo determinar eventuales <b>responsabilidades penales</b> dentro de la cadena de mando militar por el naufragio.</p><p>“Soy el ex capitán <a href="https://www.infobae.com/politica/2022/11/14/exclusivo-habla-villamide-tome-la-decision-de-confiar-en-el-comandante-del-ara-san-juan-y-volveria-a-hacerlo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2022/11/14/exclusivo-habla-villamide-tome-la-decision-de-confiar-en-el-comandante-del-ara-san-juan-y-volveria-a-hacerlo/"><b>Claudio Javier Villamide</b></a>,<b> </b>que durante el año<b> 2017 </b>me desempeñé como comandante de la <b>Fuerza de Submarinos </b>al momento de naufragar el submarino San Juan<b>. Los cargos que se me hacen son injustos, son falsos y yo soy inocente</b>. Cumplí con mi deber, cumplí con la doctrina de submarinos, con los reglamentos y con los procedimientos”, aseveró el ex oficial al inicio de su declaración ante los jueces <b>Mario Reynaldi</b>, <b>Enrique Baronetto </b>y <b>Luis Giménez</b>.</p><p>En ese marco, el imputado insistió varias veces que la embarcación se encontraba en condiciones de navegar cuando comenzó su última navegación. “<b>El submarino San Juan cumplió las normas y los requisitos reglamentarios establecidos para hacerse a la mar. Es falso que no estaba en condiciones de navegar</b>”, expresó al empezar su exposición, tras convertirse en el <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/03/empezo-el-juicio-por-el-ara-san-juan-aun-rige-el-secreto-militar-y-habra-una-negociacion-por-los-testigos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/03/empezo-el-juicio-por-el-ara-san-juan-aun-rige-el-secreto-militar-y-habra-una-negociacion-por-los-testigos/">primero de los acusados</a> en prestar declaración durante el debate.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QJY6MJM55BA4RGE2YCIR67PUJM.jpg?auth=3049dc653b0f3687107f60e233eff1c39bae50fd7294f726644c751c6a36fcaf&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El debate oral se desarrolla en el Tribunal Oral Federal de Río Gallegos, tiene cuatro imputados y busca determinar responsabilidades penales por la tragedia ocurrida en noviembre de 2017" height="1080" width="1920"/><p>Villamide compareció como uno de los cuatro imputados en el proceso. Junto a él son juzgados <b>Luis Enrique López Mazzeo</b>, ex comandante del Comando de Alistamiento y Adiestramiento de la Armada; <b>Héctor Aníbal Alonso</b>, ex jefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos; y <b>Hugo Miguel Correa</b>, responsable del área de operaciones de comunicaciones submarinas. Los tres primeros llevaron a cabo sus exposiciones frente al estrado durante las dos últimas jornadas.</p><p>La acusación, en efecto, es sostenida por el fiscal federal de Caleta Olivia <b>Lucas Alberto Colla</b> y por la fiscal <b>María Garmendia Orueta</b>, de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), quienes atribuyen a los imputados los delitos de <b>incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte</b>.</p><p>Los familiares de las víctimas participan del proceso a través de dos querellas: una representada por la abogada <b>Valeria Carreras</b> y otra encabezada por el abogado <b>Luis Alberto Tagliapietra</b>, quien además es padre de <b>Alejandro Tagliapietra</b>, uno de los tripulantes fallecidos.</p><h2>La declaración del ex jefe de la Fuerza de Submarinos</h2><p>Durante su extensa indagatoria, realizada este miércoles, Villamide defendió las decisiones adoptadas por la <b>conducción naval</b> antes de la <b>última misión</b> del<b> ARA San Juan</b> e insistió que el submarino había cumplido con los procedimientos reglamentarios<b> exigidos por la Armada </b>antes de iniciar su travesía.</p><p>“Sí sabemos que el buque cumplió sus requerimientos reglamentarios establecidos para <b>hacerse a la mar</b>, desde el <b>mantenimiento planificado</b>, <b>las pruebas de 48 horas </b>(...), <b>la preparación de mecanismos</b>, <b>el cumplimiento de roles</b>”, enumeró el ex capitán de navío, quien aseveró que la información disponible en aquel momento no indicaba que la nave debiera quedar fuera de servicio. </p><p>“<b>Ni la tripulación ni nadie en el Estado Mayor, ni nadie en la Armada consideraba que el San Juan no podía navegar. No había papeles que dijeran que no podía navegar</b>”, dijo ante la mirada de todas las partes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LXTR4KQTQVGXDK5WFIWC2DFSBU.png?auth=b9ba4be1a476f894d8fd5e6cd6d1a6bc109c3ec7283535c7d8805815e9cb58ec&smart=true&width=1918&height=1032" alt="Durante su declaración indagatoria, el ex capitán de navío afirmó que las acusaciones en su contra son “injustas” y que actuó conforme a los reglamentos de la Armada (Captura de pantalla)" height="1032" width="1918"/><p>En su relato también reconstruyó las comunicaciones mantenidas con el submarino durante las horas previas a la pérdida de contacto con la embarcación. De acuerdo con su versión, el<b> 14 de noviembre de 2017</b> se reportó un <b>ingreso de agua de mar</b> que provocó un <b>cortocircuito </b>en el sistema de baterías de proa que, según manifestó, la tripulación consiguió controlar en un primer momento.</p><p>“Sabemos que el buque resolvió inicialmente la contingencia, <b>la emergencia que se le planteó y salió a superficie</b>;<b> </b>pudo resolver sin inconvenientes ese tema, <b>porque subió a superficie, normalizó la maniobra, cargó aire, ventiló el buque y nuevamente volvió a inmersión</b>”, explicó.</p><p>El <b>último reporte </b>indicaba que la nave continuaba navegando hacia <b>Mar del Plata</b>. Sin embargo, luego se produjo un período sin comunicaciones.</p><p>“Tenemos un <b>vacío de información </b>alrededor de las<b> 8:45 hasta 10:51</b>, donde <b>se desencadenó algo que provocó la incapacitación parcial o total de la tripulación </b>y la pérdida de control del submarino”, precisó el acusado.</p><h2>Las hipótesis sobre el naufragio</h2><p>Villamide sostuvo ante los magistrados que, hasta el momento, no existe una <a href="https://www.infobae.com/politica/2021/01/06/los-papeles-secretos-del-ara-san-juan-la-noche-mas-oscura-la-perdida-de-contacto/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2021/01/06/los-papeles-secretos-del-ara-san-juan-la-noche-mas-oscura-la-perdida-de-contacto/">explicación concluyente</a> sobre el evento que desencadenó la tragedia. Y aseguró: “No aconteció que el buque se inundará; no se rompió ninguna tubería de refrigeración ni falló ninguna válvula en casco, porque no fue encontrado así. Pero sí pasó lo siguiente: por alguna causa que desconocemos -hasta ahora sólo se han formulado hipótesis-, <b>la tripulación perdió el control de la profundidad del submarino y el submarino se fue a pique. </b>En algún momento, al alcanzar su <b>profundidad de colapso, el buque implotó y naufragó a 907 metros de profundidad</b>”.</p><p>Según su exposición, distintos especialistas elaboraron múltiples <b>hipótesis técnicas</b> sobre lo ocurrido, aunque ninguna logró determinar con certeza la causa final del siniestro.</p><p>En sus palabras, el oficial destituido dijo: “<b>La realidad es que no sabemos qué pasó. Ninguno de los autores </b>-de las distintas hipótesis- tampoco vinculó las novedades existentes al <b>causal que provocó el naufragio del submarino</b>. A fin de cuentas, no sabemos lo que ha ocurrido hasta ahora”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MXS5CRQYEVEA3ITP5NZGPHIOJU.png?auth=3258add337290ccfae66b4ea03eb0649907cf87e7f68f4655b5b7cdac84558a1&smart=true&width=1918&height=1020" alt="Villamide se convirtió en el primer imputado en declarar frente al tribunal de juicio, con sede en Rio Gallegos (Captura de pantalla)" height="1020" width="1918"/><p>A su vez, manifestó: “No sabemos qué es lo que originó esto. Tampoco sabemos, porque no hemos podido determinarlo, <b>porqué ingreso el agua</b>, pero sí sabemos el circuito que recorrió. No sabemos a qué profundidad ocurrió <b>el hecho desencadenante</b> que originó la <b>ida a pique del submarino. Tampoco sabemos si se ingresó o no al tanque de baterías</b>. La realidad es que nadie puede asegurar con certeza lo que le ocurrió al submarino. Solo manejamos hipótesis, con distintas probabilidades de ocurrencia". </p><h2>Las preguntas de la querella</h2><p>Tras su exposición, la fiscalía decidió <b>no formular preguntas</b>, al igual que la querella representada por la abogada Carreras. En cambio, el querellante <b>Luis Tagliapietra</b> intervino para realizar, vía Zoom, una serie de consultas vinculadas con incidentes ocurridos durante navegaciones previas.</p><p>“<b>Si el capitán quiere responderme, tengo algunas preguntas para hacerle</b>”, introdujo el abogado.</p><p>Tagliapietra recordó que durante una navegación realizada en <b>julio de 2017</b> se produjo un <b>ingreso de agua </b>por el esnórquel, incidente que el entonces comandante <b>Pedro Martín Fernández </b>había atribuido a una supuesta falta de “estanqueidad” de la válvula <b>E-19</b>.</p><p>“En esa misma navegación de julio se produjo el<b> ingreso de agua por el esnórquel, que no llegó al balcón de baterías, como pasó en la última navegación (…)</b>. Mi pregunta es si se tomó algún otro temperamento o medida a los efectos de verificar cuál fue finalmente el motivo de esa entrada de agua”, planteó.</p><p>Villamide respondió que ese episodio se atribuyó a un error operativo, ya que “la <b>entrada de agua del 6 de julio se produjo porque la válvula E-19 estaba incorrectamente cerrada, y así lo declaró un tripulante</b>”.</p><p>Ante la observación del querellante -“<b>Lo dieron por cierto</b>”-, el imputado sostuvo que la situación ya había quedado aclarada en su momento.</p><p>“Naturalmente, si <b>la válvula</b> estaba incorrectamente cerrada, se procedió a cerrarla. El buque volvió a navegar, realizó esnórqueles a lo largo de la navegación de agosto, del 6 al 19, todos esos días, con condiciones distintas metereológicas, y después fue hasta Ushuaia, también con <b>condiciones meteorológicas adversas</b>, y <b>nunca ingresó agua</b>. Sabemos que debe haber realizado alrededor de <b>30 esnórqueles</b>, y la válvula había sido encontrada mal cerrada: no había ninguna medida que tomar“, afirmó Villamide.</p><p>Tagliapietra también lo interrogó sobre la reacción de la <b>conducción naval</b> tras el reporte de <b>ingreso de agua </b>y el<b> principio de incendio</b> <b>eléctrico </b>durante la última navegación de noviembre.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PMVLJI4EUFBZRFFZWT5FEFGKLI.jpg?auth=48c55934e21d570ae5c0429c83acdfbabd49db0742dedc7f000636f901e6cd3b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El submarino ARA San Juan naufragó el 15 de noviembre de 2017 en el Atlántico Sur; sus 44 tripulantes murieron tras la implosión de la nave, cuyo hundimiento es objeto del juicio que se desarrolla en Río Gallegos (Créditos: Netflix)" height="1080" width="1920"/><p>“¿Conformó un<b> comité de crisis o convocó especialistas en electricidad o máquinas</b> (…) para asesorarlo a usted y al capitán Fernández?”, indagó el abogado querellante.</p><p>Villamide respondió que no tomó esa decisión en esa oportunidad.</p><p>“No convoqué en ese momento. A mí me informó el parte mi <b>jefe de Estado Mayor </b>(…)<b> </b>Hablé con el <b>capitán Fernández </b>-el comandante del submarino-,<b> </b>que disponía, si no recuerdo mal, <b>de nueve electricistas a bordo</b>”, explicó. Ante esa novedad, continuó el acusado, resolvió cancelar la misión de patrullaje y ordenar el regreso a base del submarino.</p><p>“En ese momento consideré oportuno (…) la<b> cancelación de la patrulla, cambiarle la misión al buque y que regrese a Mar del Plata </b>ante esta novedad que había ocurrido”, indicó. </p><p>Luego aclaró que el comandante del submarino no había caracterizado la situación como una emergencia. “Permítame decirle que el <b>capitán Fernández </b>nunca <b>declaró emergencia ni tampoco calificó de ‘grave’ la situación</b>.</p><h2>El momento en que recordó a la tripulación</h2><p>En otro de los tramos de su declaración, Villamide evocó a varios de los integrantes de la <b>tripulación del ARA San Juan</b> con quienes había compartido distintos destinos dentro de la Armada. Durante ese momento -según se observó en la audiencia- <b>su voz se quebró</b>.</p><p>“Se me ha señalado a mí, a mi comandante, y a mis subordinados, como que no nos importara <b>nuestra gente</b>. <b>Ellos eran colegas nuestros</b>. Los conocíamos. Yo conocía al capitán Fernández desde el año 98, había navegado con él, le tenía aprecio, respeto profesional y absoluta confianza. Lo conocía al capitán Bergallo; conocía al teniente Villarreal, había sido subordinado mío en el buque hidrográfico <b>Comodoro Rivadavia</b> y en el submarino <b>Santa Cruz</b>”, mencionó Villamide en su exposición.</p><p>Además, precisó: “Ese año en el<b> Santa Cruz</b> también fue oficial mío Wagner y el teniente Mendoza, que era oficial alumno. Los conocía a todos estos oficiales y había sido jefe en la <b>Escuela Naval </b>de <b>Mealla </b>y <b>Tagliapietra</b>. Tenía un conocimiento personal. Conocía 11 de los <b>suboficiales</b>: a Gallardo, a Rodríguez, a Real, a Fernández, a Vallejos, que había sido <b>suboficial sonarista</b> mío. (...) Tenía un conocimiento cercano de ellos, que eran camaradas nuestros”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MZH7L22JBRDHRP6RPSZGCKD5ZE.jpg?auth=0ab54c9c2cf79279d4692f912682d0ea45366f245fe7e96498f1d53f7c5f1ad1&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El juicio comenzó este martes y se prevé que se extenderá hasta mediados de julio (Créditos: Netflix)" height="1080" width="1920"/><p>Luego añadió: “<b>Afirmar que los dejamos zarpar con el buque sin estar en condiciones es falso</b>. <b>Eso es mentira. </b>Yo mismo me embarqué en Ushuaia y me fui a inmersión. Tenía confianza en el buque, confianza en su tripulación. Como les dije: <b>el buque había cumplido los reglamentariamente establecido para hacerse a la mar</b>“.</p><p>Y completó: “Sostener que el submarino San Juan <b>no se encontraba en condiciones de navegar</b>, y que le permitimos irse a la mar con el buque fuera de norma, fuera de estado, <b>es indignante</b>. Y lo peor es que esa afirmación menosprecia la <b>idoneidad profesional</b> del señor capitán Fernández y de toda su tripulación”</p><h2>La postura de la acusación</h2><p>La reconstrucción planteada por la fiscalía difiere de la explicación presentada por Villamide. Según el Ministerio Público Fiscal, el hundimiento del ARA San Juan fue consecuencia de <b>una cadena de fallas técnicas</b> iniciada por el ingreso de agua de mar a través <b>del sistema de ventilación</b>, que alcanzó el tanque de baterías número tres y provocó <b>un cortocircuito seguido de un principio de incendio</b>.</p><p>Ese proceso habría generado una reacción química que liberó <b>hidrógeno</b>, un gas altamente explosivo que se acumuló dentro del submarino hasta producir <b>una explosión interna</b> que habría incapacitado a la tripulación. Sin posibilidad de ejecutar maniobras de emergencia, la nave habría perdido el control de profundidad y descendido hasta superar la resistencia estructural del casco, lo que derivó en la <b>implosión del submarino en aguas profundas</b>.</p><p>Para la fiscalía, el siniestro también se vincula con <b>deficiencias operativas y retrasos en tareas de mantenimiento</b>, entre ellos el incumplimiento del plazo reglamentario para ingresar a <b>dique seco </b>y las <b>restricciones de inmersión</b> que pesaban sobre el buque antes de su última navegación.</p><p>Villamide -quien fue destituido por “negligencia” de la Armada por un <b>Consejo General de Guerra </b>en marzo de 2021- rechazó esa interpretación e insistió en la aptitud del submarino para operar.</p><h2>Otras declaraciones</h2><p>Este jueves, en el marco de la tercera audiencia, el tribunal de Río Gallegos recibió las indagatorias del <b>contralmirante Luis López Mazzeo</b>, titular del Comando de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada al momento del <b>naufragio</b>, quien negó “todas y cada una de las imputaciones” en su contra en una sesión que duró cerca de seis horas. El oficial retirado reconstruyó las comunicaciones previas a la <b>desaparición de la nave</b>, relató que fue informado de un <b>principio de incendio</b> <b>controlado </b>y describió las gestiones de la Armada para activar la búsqueda, al tiempo que cuestionó la instrucción judicial tras considerar que fue acusado “<b>sin pruebas</b>” y que aún no se realizaron <b>pericias concluyentes</b> para determinar qué ocurrió.</p><p>Luego fue el turno del capitán de navío retirado <b>Héctor Alonso</b>, jefe del Estado Mayor del<b> Comando de la Fuerza de Submarinos</b>, dedicado, según indicó, a asesorar a Villamide en sus funciones. Dijo estar acusado en virtud de un <b>reglamento orgánico </b>de la fuerza de submarinos que estaba “desactualizado” y “caduco”. </p><p>“El reglamento orgánico de las fuerzas de submarinos fue editado en el año 1992, con lo cual <b>estaba desactualizado</b> y <b>no tenía correcciones</b>, causa por la cual la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia me imputó una serie de falencias debido a esa reglamentación”, explicó el tercer imputado en declarar ante los magistrados.</p><p>El cuarto acusado -capitán de fragata (RE)<b> Hugo Correa</b>- brindará su declaración este viernes a las 9, cuando se reanude la audiencia tras el cuarto intermedio dictado por el presidente del tribunal <b>Mario Gabriel Reynaldi</b>. </p><h2>Los tripulantes del ARA San Juan</h2><p>La dotación del submarino San Juan estaba compuesta por: el comandante <b>Pedro Fernández</b>; el segundo comandante <b>Jorge Bergallo</b>; los oficiales <b>Fernando Villarreal</b>,<b> Fernando Mendoza</b>,<b> Diego Wagner</b>,<b> Eliana Krawczyk</b>,<b> Víctor Maroli</b>,<b> Adrián Meoqui</b>,<b> Renzo Silva</b>,<b> Jorge Mealla </b>y<b> Alejandro Tagliapietra</b>; y los suboficiales y cabos <b>Javier Gallardo</b>,<b> Walter Real</b>,<b> Hernán Rodríguez</b>,<b> Cayetano Vargas</b>,<b> Roberto Medina</b>,<b> Celso Vallejos</b>,<b> Hugo Herrera</b>,<b> Víctor Coronel</b>,<b> Víctor Enríquez</b>,<b> Ricardo Alfaro Rodríguez</b>,<b> Luis Leiva</b>,<b> Jorge Monzón</b>,<b> Jorge Valdez</b>,<b> Cristian Ibáñez</b>,<b> Mario Toconas</b>,<b> Franco Espinoza</b>,<b> Jorge Ortiz</b>,<b> Hugo Aramayo</b>,<b> Luis García</b>,<b> Sergio Cuellar</b>,<b> Fernando Santilli</b>,<b> Alberto Arjona</b>,<b> Enrique Castillo</b>,<b> Luis Nolasco</b>,<b> David Melián</b>,<b> Germán Suárez</b>,<b> Daniel Polo</b>,<b> Leandro Cisneros</b>,<b> Luis Niz</b>,<b> Fabricio Alcaraz Coria</b>,<b> Aníbal Tolaba</b>,<b> Alberto Sánchez </b>y <b>Daniel Fernández</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CBAAB6QAHRCXFEWSH4BC4AHLMI.jpg?auth=249aba583b22dca7ced8b72833e1ef01f12894673a09eaa39ac39a0305b7e5f5&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El ex jefe de la Fuerza de Submarinos Claudio Villamide declaró en la segunda audiencia del juicio por el hundimiento del ARA San Juan, que provocó la muerte de 44 tripulantes (Créditos: Netflix)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Courtesy of Netflix / 2024</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[La Corte definió que la denuncia contra Bullrich por un operativo policial en el Congreso siga en la justicia federal]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/05/la-corte-definio-que-la-denuncia-contra-bullrich-por-un-operativo-policial-en-el-congreso-siga-en-la-justicia-federal/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/05/la-corte-definio-que-la-denuncia-contra-bullrich-por-un-operativo-policial-en-el-congreso-siga-en-la-justicia-federal/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El expediente por presuntos apremios ilegales y abuso de autoridad durante la protesta en el Congreso contra el veto de la Ley de Movilidad Jubilatoria continuará bajo la órbita del juez Marcelo Martínez De Giorgi]]></description><pubDate>Thu, 05 Mar 2026 19:45:37 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WOZNHQCNKZC6LGEWADFAPE64OY.jpg?auth=9ce6a90184ef4899bf3efd7a0e47b6b712b210ac7b4bd4ee79d783acb374a121&smart=true&width=3794&height=2527" alt="La Corte Suprema resolvió que el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi continúe con la investigación de la denuncia contra Patricia Bullrich por el operativo policial realizado durante una marcha frente al Congreso en contra del veto presidencial de la ley de movilidad jubilatoria (Jaime Olivos)" height="2527" width="3794"/><p>La <b>Corte Suprema de Justicia</b> resolvió que el juez federal <b>Marcelo Martínez De Giorgi</b> deberá investigar la denuncia presentada contra la ex ministra de Seguridad, hoy senadora nacional y jefa del bloque de La Libertad Avanza, <a href="https://www.infobae.com/tag/patricia-bullrich/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/patricia-bullrich/"><b>Patricia Bullrich</b></a>, por presuntos <b>apremios ilegales y abuso de autoridad</b> vinculados con un operativo policial desplegado en los alrededores del Congreso <a href="https://www.infobae.com/politica/2024/09/04/comenzo-la-marcha-de-piqueteros-en-el-congreso-en-rechazo-al-veto-de-la-ley-jubilatoria-que-calles-afecta/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2024/09/04/comenzo-la-marcha-de-piqueteros-en-el-congreso-en-rechazo-al-veto-de-la-ley-jubilatoria-que-calles-afecta/"><b>durante una marcha</b></a><b> </b>realizada en septiembre de 2024 en favor de<b> los jubilados</b>.</p><p>La decisión fue adoptada este jueves por los ministros <b>Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti</b>, en línea con el dictamen de la Procuración General de la Nación, al resolver un conflicto de competencia entre el juzgado federal a cargo de Martínez De Giorgi y el <b>Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 28</b>.</p><p>La causa se originó a partir de una denuncia presentada por el diputado <b>Horacio Pietragalla</b>, quien responsabilizó a Bullrich por el operativo de seguridad realizado el <b>4 de septiembre de 2024</b> en las inmediaciones del <a href="https://www.infobae.com/politica/2025/09/24/se-realizo-una-nueva-marcha-de-jubilados-en-el-congreso-hubo-disturbios-y-la-policia-tiro-gases/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2025/09/24/se-realizo-una-nueva-marcha-de-jubilados-en-el-congreso-hubo-disturbios-y-la-policia-tiro-gases/"><b>Congreso de la Nación</b></a>. Según el escrito, el despliegue policial llevó adelante un operativo donde “se ejerció violencia contra un <b>grupo de manifestantes</b>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/B7YPP2Y4U5HVHPZ5WNMV23DKT4.JPG?auth=2ce21a4108428a8c8b6e40cf12b7d213d5c7b9234ed2af6d7ad452a4544c8740&smart=true&width=3479&height=2319" alt="La causa se originó a partir de una denuncia presentada por el diputado Horacio Pietragalla contra la ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich por el operativo policial desplegado en los alrededores del Congreso durante una marcha por los jubilados (REUTERS/Agustin Marcarian)" height="2319" width="3479"/><p>Ese día, organizaciones sociales, agrupaciones piqueteras y jubilados autoconvocados se movilizaron frente al Congreso en rechazo al <b>veto presidencial a</b> la <b>Ley de Movilidad Jubilatoria</b>. Durante la protesta, los manifestantes ocuparon la calzada y las fuerzas de seguridad federales aplicaron el <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/29/la-justicia-declaro-la-nulidad-del-protocolo-antipiquetes-aplicado-por-el-gobierno-en-manifestaciones-y-cortes-de-calle/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/29/la-justicia-declaro-la-nulidad-del-protocolo-antipiquetes-aplicado-por-el-gobierno-en-manifestaciones-y-cortes-de-calle/"><b>protocolo antipiquetes</b></a> para liberar la circulación.</p><p>La jornada registró incidentes en distintos puntos del palacio legislativo. Hubo enfrentamientos entre manifestantes y agentes de seguridad y el operativo dejó <b>una treintena de personas heridas, entre ellas ocho periodistas</b>. La entonces ministra de Seguridad siguió el desarrollo del operativo desde el centro de monitoreo de su cartera.</p><p>El expediente se inició en el juzgado federal de Martínez De Giorgi. El magistrado consideró que el objeto del caso se vinculaba “en última instancia, sobre la validez de la <b>resolución N° 943/2023 del Ministerio de Seguridad</b> -que estableció un protocolo de actuación ante el corte de vías de circulación-” y, por ese motivo, decidió <b>declinar su competencia</b> a favor de un juzgado del fuero ordinario.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4EYKY6EG35GU7KPEUZAA25G2MY.jpeg?auth=d2d4f1c348119ff88728af57b75e0daac56195074d6a72012778f7848ce13ea9&smart=true&width=1024&height=768" alt="El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi deberá seguir interviniendo en la causa tras la decisión de la Corte Suprema que dirimió el conflicto de competencia" height="768" width="1024"/><p>En su resolución sostuvo que la cuestión ya había sido planteada en una causa anterior iniciada bajo la forma de <b>habeas corpus preventivo</b> en la que se discutía la legalidad de ese <b>procedimiento antipiquetes</b>.</p><p>Sin embargo, el juzgado nacional rechazó intervenir en el expediente. Para eso, destacó que “el objeto, la pretensión y el trámite que corresponden a la causa CNE 10514/2023 (...) es completamente diferente al de una <b>denuncia por delito de acción pública</b> y que, por lo tanto, no se da ningún supuesto del artículo 41 del código procesal”.</p><p>También subrayó que “las reglas de conexidad no se aplican entre jueces de distinto fuero y que la investigación de la conducta de quien se desempeña como <b>ministra de la Nación</b> por un acto propio de su función es de indudable<b> competencia federal</b>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U4X5LTPJLRGFPEICVZ4SHKW2IA.jpg?auth=420a561f438215b26eaf1c6454685d0839c7f0167c9f8d82f4a601b9a2b989d7&smart=true&width=4528&height=3016" alt="La protesta frente al Congreso se realizó contra el veto presidencial a la Ley de Movilidad Jubilatoria y derivó en incidentes entre manifestantes y fuerzas de seguridad durante el operativo policial" height="3016" width="4528"/><p>El conflicto llegó así a la Corte Suprema. En su dictamen, el procurador general interino, <b>Eduardo Casal</b>, consideró que la posición del juzgado nacional resultaba correcta, en tanto las “razones expuestas por el <b>juez de instrucción de la Capital</b> dan respuesta correcta a la declinatoria del juez federal”. </p><p>Además, agregó que, dadas “las diferencias categóricas en cuanto a la pretensión y el trámite de cada una de las causas”, la eventual coincidencia en el <b>debate jurídico </b>“en modo alguno altera las <b>reglas de competencia</b> ni debe confundirse con supuestos que habilitan la acumulación de expedientes”.</p><p>Con base en ese dictamen, el Máximo Tribunal resolvió que el expediente continúe tramitando ante el <b>juzgado federal de Marcelo Martínez De Giorgi</b>, que deberá seguir adelante con la investigación de la denuncia contra <b>Patricia Bullrich</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WOZNHQCNKZC6LGEWADFAPE64OY.jpg?auth=9ce6a90184ef4899bf3efd7a0e47b6b712b210ac7b4bd4ee79d783acb374a121&amp;smart=true&amp;width=3794&amp;height=2527" type="image/jpeg" height="2527" width="3794"><media:description type="plain"><![CDATA[(Jaime Olivos)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Consejo de la Magistratura avanza con la investigación contra el juez Maraniello por el fallo que prohibió difundir audios de Karina Milei]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/05/el-consejo-de-la-magistratura-avanza-con-la-investigacion-contra-el-juez-maraniello-por-el-fallo-que-prohibio-difundir-audios-de-karina-milei/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/05/el-consejo-de-la-magistratura-avanza-con-la-investigacion-contra-el-juez-maraniello-por-el-fallo-que-prohibio-difundir-audios-de-karina-milei/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El organismo tomó cuatro declaraciones testimoniales en el expediente disciplinario abierto contra el titular del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 5. El magistrado fue denunciado por presunto mal desempeño tras dictar una cautelar que ordenó frenar la difusión de audios vinculados a la causa ANDIS]]></description><pubDate>Thu, 05 Mar 2026 18:35:46 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FDJREP6L2JGM7FECMWSQ2VJ2TY.jpeg?auth=1608754d4886cd48d4942deb0ef80e02369f5f6f761c8e6bbbeb9a8109621009&smart=true&width=4160&height=2773" alt="El Consejo de la Magistratura tomó declaraciones testimoniales en el expediente que investiga al juez Alejandro Maraniello por presunto mal desempeño (Foto ilustrativa: Consejo de la Magistratura)" height="2773" width="4160"/><p>Con la recepción de declaraciones testimoniales, el <a href="https://www.infobae.com/tag/consejo-de-la-magistratura/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/consejo-de-la-magistratura/"><b>Consejo de la Magistratura</b></a><b> </b>avanzó este jueves con el trámite disciplinario contra el juez federal <a href="https://www.infobae.com/tag/patricio-maraniello/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/patricio-maraniello/"><b>Alejandro Patricio Maraniello</b></a>, titular del <b>Juzgado Civil y Comercial Federal N° 5</b>, denunciado por presunto <b>mal desempeño</b> tras el fallo que prohibió la difusión de audios atribuidos a la secretaria general de la Presidencia, <a href="https://www.infobae.com/tag/karina-milei/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/karina-milei/"><b>Karina Milei</b></a>.</p><p>El expediente <b>N° 154/25</b> se encuentra radicado en la <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/05/comodoro-py-le-cerro-la-puerta-al-juez-salmain-su-caso-continuara-en-los-tribunales-de-rosario/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/05/comodoro-py-le-cerro-la-puerta-al-juez-salmain-su-caso-continuara-en-los-tribunales-de-rosario/"><b>Comisión de Acusación</b></a><b> </b>del organismo encargado de seleccionar y eventualmente remover a los magistrados, presidida por el consejero <b>Alberto Maques</b>, y tiene como instructor al senador <b>Luis Juez</b>. En ese marco, desde la mañana de este jueves<b> </b>se escucharon <b>cuatro testimonios </b>requeridos por la defensa del juez civil, una diligencia que forma parte de la <b>etapa de producción de prueba </b>dentro del proceso administrativo.</p><p>El caso tiene su origen en la <a href="https://www.infobae.com/america/agencias/2025/09/01/un-juez-federal-argentino-prohibe-la-difusion-de-las-grabaciones-a-karina-milei/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/america/agencias/2025/09/01/un-juez-federal-argentino-prohibe-la-difusion-de-las-grabaciones-a-karina-milei/"><b>medida cautelar</b></a> que Maraniello dictó el 1° de septiembre del año pasado en el expediente “<b>Milei, Karina Elizabeth s/ medidas cautelares</b>”, mediante la cual dispuso el cese de la <b>difusión de audios </b>atribuidos a la hermana del Presidente<b> </b>en medios de comunicación, redes sociales y plataformas digitales. La orden judicial incluyó además la notificación al <b>Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM)</b> para comunicar el alcance de la decisión.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5HWFNGENM5EPHIKV5VVPQSR72U.jpg?auth=89fd06b81c77abb381c617b680805e4e2679bd13b689451cd665884eec96865f&smart=true&width=1876&height=1188" alt="El juez Alejandro Maraniello, titular del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 5" height="1188" width="1876"/><p>Esa resolución se conoció en medio de la repercusión pública generada por una serie de grabaciones vinculadas con la investigación periodística que derivó en la denominada <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/26/causa-andis-spagnuolo-y-los-demas-procesados-apelaron-y-el-caso-ya-esta-en-la-camara-federal/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/26/causa-andis-spagnuolo-y-los-demas-procesados-apelaron-y-el-caso-ya-esta-en-la-camara-federal/"><b>causa ANDIS</b></a>, que analiza presuntas irregularidades en la <b>Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS)</b> durante la gestión de su entonces titular, <b>Diego Spagnuolo</b>.</p><p>En los fundamentos del fallo, Maraniello consideró que, de acuerdo a las actuaciones, “los mencionados audios habrían sido obtenidos de <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/26/causa-andis-spagnuolo-y-los-demas-procesados-apelaron-y-el-caso-ya-esta-en-la-camara-federal/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/26/causa-andis-spagnuolo-y-los-demas-procesados-apelaron-y-el-caso-ya-esta-en-la-camara-federal/"><b>forma ilegal y clandestina</b></a>, incluso pudiendo haber sido grabados dentro de la propia <b>Casa de Gobierno</b>, y en el contexto de una reunión privada del grupo de trabajo de la <b>Sra. Milei</b>. En consecuencia, es necesario equilibrar la debida protección de la <b>libertad de prensa </b>y la prohibición de la<b> censura previa</b> -elementos fundamentales para el mantenimiento del sistema republicano y el bien jjurídico tutelado que es la democracia- frente a las graves consecuencias que la <b>difusión de información por cualquier medio</b> podría tener sobre las posibiles investigaciones en curso”.</p><p>Y explicó: “Esto implica que el derecho a la libertad de expresión -entendido de manera amplia y en todos sus aspectos- debe ceder ante las <b>graves repercusiones que podría conllevar la difusión </b>solamente de los audios grabados en Casa de Gobierno atribuidos a la Sra. Karina Elizabeth Milei, anunciados el día 29/08/25. Tal situación configura <b>un daño de difícil</b> o<b> imposible reparación ulterior</b>, lo que da lugar al concepto de peligro en la demora (...)“.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/B5NISDEXPFHCZIDPOQBQCEUKWM.JPG?auth=bd8dbfb9dabfc5e4715bb0daff1c35b9b2b6571fdbbba32bf274ee54141fc7ac&smart=true&width=5500&height=3748" alt="La denuncia contra el magistrado se originó tras el fallo que ordenó frenar la difusión de audios atribuidos a Karina Milei (REUTERS/Agustin Marcarian)" height="3748" width="5500"/><p>La decisión generó críticas en distintos ámbitos políticos, jurídicos y periodísticos. A partir de ese pronunciamiento judicial, <b>Jonatan Baldiviezo, María Eva Koutsovitis, Claudio Lozano y Alejandro Zelaya</b> presentaron una denuncia ante el Consejo de la Magistratura para que se analice la conducta del juez por presunto <b>mal desempeño </b>en el ejercicio de sus funciones y, eventualmente, promover su remoción del cargo.</p><p>En la presentación, los denunciantes sostuvieron que el fallo constituía un supuesto de censura previa incompatible con el <b>orden constitucional</b>. Bajo esos términos, aseveraron que la medida implicó “una de las violaciones más graves al sistema de derechos y garantías en una sociedad democrática”. A su vez, denunciaron que la justificación que realizó el juez federal “para imponer la censura -que la difusión ‘podría’ conllevar ‘<b>graves repercusiones</b>’- se basa, por su propia confesión, en <b>una mera especulación</b>“.</p><p>Y advirtieron: “Un acto judicial, para ser válido, debe estar fundado en hechos comprobados y en una aplicación razonada del derecho. Una decisión basada en la hipótesis de un <b>daño potencial </b>de un contenido que <b>se desconoce </b>es la antítesis de la fundamentación; es un acto de pura voluntad, desprovisto de sustento fáctico y jurídico. Es, en definitiva, un acto <b>manifiestamente arbitrario que degrada la función judicial </b>y la convierte en un ejercicio de poder discrecional e irrazonable. <b>Censurar ‘por si acaso</b>’, como lo calificó un experto, es una práctica inadmisible en un <b>Estado de Derecho</b>“.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/T6AEPSL42VDPHOIKWZB2B2MMDM.jpeg?auth=5954b05016c9aa946eaff4ed3cf0863acc0c21f4e2e3d10e41c8f6292d1d4883&smart=true&width=3082&height=3082" alt="El expediente disciplinario contra el juez del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 5 es instruido por el senador Luis Juez en la Comisión de Acusación que preside Alberto Maques (Consejo de la Magistratura)" height="3082" width="3082"/><p>Con ese escrito se inició un expediente que quedó bajo la órbita de la Comisión de Acusación, órgano que tiene entre sus atribuciones examinar la conducta de los magistrados federales. Durante esta etapa, el<b> consejero instructor</b> puede disponer diligencias probatorias, convocar testigos y requerir informes antes de elaborar<b> un dictamen</b> sobre el caso.</p><p>Si la comisión concluye que existen elementos suficientes para avanzar con el caso, podría podrá promover una <b>acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento</b>, el cuerpo constitucional encargado de determinar la eventual remoción de jueces federales.</p><p>Maraniello enfrenta, por lo demás, otras acusaciones ante el Consejo de la Magistratura. El <b>sindicato de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación (UEJN)</b> formuló, en su contra, imputaciones por <b>acoso sexual, violencia de género y maltrato laboral</b>, hechos que -según la organización gremial- habrían sido padecidos por trabajadores de su juzgado. Todas las presentaciones se encuentran bajo examen.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5HWFNGENM5EPHIKV5VVPQSR72U.jpg?auth=89fd06b81c77abb381c617b680805e4e2679bd13b689451cd665884eec96865f&amp;smart=true&amp;width=1876&amp;height=1188" type="image/jpeg" height="1188" width="1876"/></item><item><title><![CDATA[A cinco años de la muerte de Oyarbide, la causa por enriquecimiento ilícito quedó a un paso de la prescripción]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/03/a-cinco-anos-de-la-muerte-de-oyarbide-la-causa-por-enriquecimiento-ilicito-quedo-a-un-paso-de-la-prescripcion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/03/a-cinco-anos-de-la-muerte-de-oyarbide-la-causa-por-enriquecimiento-ilicito-quedo-a-un-paso-de-la-prescripcion/</guid><dc:creator><![CDATA[Camilo Cagnacci]]></dc:creator><description><![CDATA[La Cámara Federal revocó una resolución de primera instancia al considerar que un pedido del fiscal no frena los plazos de la ley. La decisión beneficiaría al viudo del exjuez, Claudio Blanco, y al empresario Ariel Roperti, acusados de actuar como testaferros]]></description><pubDate>Tue, 03 Mar 2026 22:17:58 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UM2HQT53MBCEREMKOXLBMZYM6E.jpg?auth=1f6a05ec513e6e1aa35486fd74f7025c8d911e8ea85ed2327f8f7c3ecf9fdd54&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El ex juez Oyarbide falleció el 1º de septiembre de 2021" height="1080" width="1920"/><p>Un fallo de la Sala I de la <b>Cámara Federal porteña </b>dejó la causa por enriquecimiento ilícito contra el fallecido exjuez <b>Norberto Oyarbide</b> y sus <b>presuntos testaferros</b> al borde de la <b>prescripción</b>. Los jueces <b>Leopoldo Bruglia </b>y <b>Pablo Bertuzzi </b>revocaron una resolución de primera instancia que mantenía activa la investigación y <b>advirtieron que la acción penal se encamina a la extinción por el paso del tiempo.</b></p><p><b>El tribunal no firmó el sobreseimiento, pero le marcó el camino al juzgado de origen</b> –el Federal Nº 12, hoy subrogado por el juez <b>Julián Ercolini</b>–, que deberá pedir<b> informes al Registro Nacional de Reincidencia</b> para corroborar si los imputados cometieron algún otro delito en estos años. <b>En caso de que el resultado fuera negativo, el magistrado deberá acatar los lineamientos de la Cámara</b> y dictar la prescripción de la causa.</p><p><b>El expediente investiga el posible enriquecimiento ilícito del exmagistrado y la participación de su entorno para ocultar el dinero.</b> El período bajo sospecha va desde el año 2010 hasta el 2017. Como Oyarbide dejó su cargo el siete de abril de 2016, la ley extiende la lupa sobre sus bienes hasta dos años después, es decir, hasta abril de 2018. El extitular del Juzgado Federal Nº 5<i> </i><a href="https://www.infobae.com/politica/2021/09/02/murio-el-ex-juez-federal-norberto-oyarbide-estaba-internado-por-coronavirus/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=20993778607&amp;gbraid=0AAAAADmqXxQpoJ0oWlNQv_6sAPUA1FzZY&amp;gclid=CjwKCAiAqprNBhB6EiwAMe3yhrtGbaTm6vqrAZ9VcML5a96lADkJdzDaoDSedGfmxIST6i_c1zagKBoCIQQQAvD_BwE" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/politica/2021/09/02/murio-el-ex-juez-federal-norberto-oyarbide-estaba-internado-por-coronavirus/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=20993778607&amp;gbraid=0AAAAADmqXxQpoJ0oWlNQv_6sAPUA1FzZY&amp;gclid=CjwKCAiAqprNBhB6EiwAMe3yhrtGbaTm6vqrAZ9VcML5a96lADkJdzDaoDSedGfmxIST6i_c1zagKBoCIQQQAvD_BwE"><i><b>falleció el 1º de septiembre de 2021.</b></i></a></p><p>En los últimos años, la discusión principal en el expediente giró en torno a los tiempos de la causa. La defensa de <b>Claudio Blanco</b>, viudo de Oyarbide, <b>planteó que el plazo legal de seis años para perseguir el delito venció a fines del año 2023 o en abril de 2024. Pero la Justicia lo rechazó el 11 de diciembre de 2025</b>, al considerar que el pedido del fiscal Ramiro González para indagar a los acusados era suficiente para frenar el reloj judicial.</p><p><b>Los camaristas descartaron ese criterio.</b> Bruglia señaló que el Código Penal detalla de forma estricta qué actos interrumpen los plazos. Explicó que la ley no menciona el pedido de un fiscal, sino la decisión directa de un juez de llamar a declarar a los acusados. <b>Al no existir esta convocatoria formal, el tribunal concluyó que el tiempo se agotó.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RYUV5SQJRNDLNHV6NDNRF4HIYE.jpg?auth=4dc2a75d90953b959873ddfe7dabc616daec2b1270570fb6685c3c1d983e4ea9&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, jueces de la Cámara Federal porteña." height="1080" width="1920"/><p><b>“La previsión taxativa del art. 67 in fine b), no hace alusión a ese acto procesal, sino a la disposición del Juez que efectivamente la viabiliza”</b>, sostuvo el fallo. Para los camaristas, la lectura que hizo la instancia inferior fue demasiado amplia y contraria a las garantías constitucionales.</p><h2>El origen de la causa</h2><p>La historia de este expediente se remonta a una investigación preliminar del fiscal <b>José María Campagnoli</b>. Las averiguaciones comenzaron tras distintas publicaciones periodísticas enfocadas en <b>el estilo de vida de Oyarbide.</b> Ese nivel de gastos chocaba con su único ingreso declarado en la Justicia federal.</p><p>La pesquisa puso el foco en <b>Blanco, pareja del exjuez desde 2010</b>. El hombre aparecía como <b>socio en tres empresas constituidas ese mismo año</b>: “Cuasares S.R.L.”, “Consorcio Creba S.A.” y “Krakenlab S.R.L.”.</p><p>Esa red de sociedades resultó irregular para la fiscalía. La investigación apuntó también a la figura del contador<b> Ariel Roperti</b>, señalado como el arquitecto financiero que manejaba el dinero de Oyarbide. Su exmujer, <b>María Martha Cavallero</b>, relató que ella y su marido conocieron a la pareja en 2010 en el restaurante “Mirasoles”. A partir de allí <b>forjaron una relación comercial y de amistad que incluyó viajes y padrinazgos.</b></p><p>La división de bienes tras <b>el divorcio de Roperti y Cavallero destapó varias propiedades de lujo. </b>La lista incluía una casa en el country Abril, un departamento en el Hotel Faena y una residencia en Cariló. <b>La hipótesis judicial apuntó a que esa fortuna no pertenecía realmente al contador.</b> Para los investigadores, esos bienes representaban el enriquecimiento ilícito de Oyarbide, oculto a través de sus testaferros. Estos datos engrosaron el expediente radicado en los tribunales de Comodoro Py. <b>En 2018, el fiscal Jorge Di Lello, hoy fallecido, entendió que existía un incremento patrimonial apreciable y exigió a los implicados explicaciones sobre el origen de los fondos.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VQ6D4L6WHVCFZFON54X5INXXHQ.jpg?auth=78ab0b696bf6888bad28229d59facaa060fe86327e288dec909bafbc7b4b4588&smart=true&width=1920&height=1080" alt="José María Campagnoli dio inicio a la investigación sobre el patrimonio de Oyarbide (NA)" height="1080" width="1920"/><p><b>Ninguno de los acusados justificó el origen de ese patrimonio. </b>Las defensas <b>reclamaron directamente el cierre de la causa</b> porque consideraban que no había delito. El actual ministro de Justicia de la Nación,<b> </b>Mariano Cúneo Libarona, quien en aquel momento ejercía como abogado de Roperti, <b>sostuvo que el único obligado a justificar su patrimonio era Oyarbide.</b></p><p>“Si quien debe justificar es exclusivamente el autor. Ariel Osvaldo Roperti no puede participar en tal omisión, <b>es solo considerado la persona interpuesta que no debe justificar el patrimonio del autor”</b>, dijo el letrado. Añadió que “aquí no se configuró el delito. Norberto Oyarbide no justificó su patrimonio y, por lo tanto, no se llegó a configurar”.<b> </b>La defensora oficial Florencia Plazas, en representación de Blanco, adhirió a esta postura y<b> explicó que la muerte del exjuez impedía probar el delito respecto a sus supuestos testaferros.</b></p><p><b>El fiscal González tomó el caso tras la muerte de Di Lello y rechazó los planteos. </b>Aseguró que el silencio del exjuez evidenció que simplemente no quiso justificar sus bienes. Remarcó que el rol del testaferro es independiente y debe ser investigado igual. <b>El juez Ariel Lijo, quien subrogaba el juzgado en ese momento, respaldó a la fiscalía. </b>“En el caso que nos ocupa, es objetivo y claro que el incremento patrimonial del ex juez Norberto Oyarbide, siguiendo la hipótesis trazada en la acusación, sería un enriquecimiento por demás ‘apreciable’ y se habría reunido la prueba necesaria para que así sea considerado”, sostuvo el magistrado.</p><p><b>La Cámara Federal convalidó esa continuidad de la investigación en septiembre de 2023.</b> En aquel momento, la Sala I consideró que la causa demandaba el desarrollo completo del proceso judicial. <b>El juez Bruglia votó en contra.</b> Él expuso que la muerte del autor principal imponía una barrera imposible de sortear para investigar al resto. Luego, en octubre de ese mismo año, el tribunal rechazó una apelación de la defensa de Blanco.</p><p><b>Este nuevo fallo, dictado el pasado viernes 27 de febrero, dejó atrás esas discusiones de fondo. </b>El paso del tiempo y la falta de llamados a indagatoria firmados por el juez de instrucción dejaron el expediente al borde del archivo.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UM2HQT53MBCEREMKOXLBMZYM6E.jpg?auth=1f6a05ec513e6e1aa35486fd74f7025c8d911e8ea85ed2327f8f7c3ecf9fdd54&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El ex juez Oyarbide falleció el 1º de septiembre de 2021]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Cámara de Casación dejó firme el procesamiento del gendarme que disparó contra el fotógrafo Pablo Grillo]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/03/la-camara-de-casacion-dejo-firme-el-procesamiento-del-gendarme-que-disparo-contra-el-fotografo-pablo-grillo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/03/la-camara-de-casacion-dejo-firme-el-procesamiento-del-gendarme-que-disparo-contra-el-fotografo-pablo-grillo/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El máximo tribunal penal declaró inadmisible un recurso de Héctor Guerrero y confirmó la acusación por lesiones gravísimas agravadas y abuso de armas por el disparo con gas lacrimógeno en la marcha de jubilados frente al Congreso en marzo del año pasado]]></description><pubDate>Tue, 03 Mar 2026 20:54:05 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7JD45FNLRRC5FPBWK3WJ2GZBA4.jpeg?auth=7b511a5ac63216232d0a53bc78f272ade9cac7e38e15099b8d2c8403722b2e4a&smart=true&width=1600&height=1065" alt="La Cámara de Casación dejó firme el procesamiento del gendarme acusado de disparar contra el fotógrafo Pablo Grillo" height="1065" width="1600"/><p>La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme este martes el procesamiento del cabo primero de la Gendarmería Nacional <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/26/confirmaron-el-procesamiento-al-gendarme-que-le-disparo-a-pablo-grillo-actuo-disparando-contra-personas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/26/confirmaron-el-procesamiento-al-gendarme-que-le-disparo-a-pablo-grillo-actuo-disparando-contra-personas/"><b>Héctor Jesús Guerrero</b></a>, acusado de haber disparado una granada de gas lacrimógeno que impactó en la cabeza del fotógrafo <a href="https://www.infobae.com/tag/pablo-grillo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/pablo-grillo/"><b>Pablo Nahuel Grillo</b></a> durante la marcha en favor de los jubilados del 12 de marzo de 2025, frente al Congreso de la Nación, y le provocó lesiones que pusieron en riesgo su vida.</p><p>La decisión fue adoptada por la<b> </b><a href="https://www.infobae.com/tag/casacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/casacion/"><b>Sala II</b></a><b> </b>del cuerpo, integrada por <b>Guillermo Yacobucci</b>, <b>Angela Ledesma </b>y <b>Alejandro Slokar</b>, que declaró inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa del efectivo. Con ese pronunciamiento, el máximo tribunal penal del país rechazó revisar el caso y dejó firme el procesamiento que ya había sido confirmado por la Cámara Federal porteña.</p><p>Guerrero está imputado por lesiones gravísimas agravadas por <b>abuso de su función </b>como integrante de una <a href="https://www.infobae.com/tag/gendarmeria-nacional/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/gendarmeria-nacional/"><b>fuerza de seguridad</b></a>, en concurso real con abuso de armas reiterado en cinco oportunidades. También quedó firme el embargo sobre sus bienes por <b>203 millones</b> de pesos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GVLL44ZMERHB7LAFQ7KW7T7UZQ.jpg?auth=2f3607de57b7f6a13c9c4f892a3a53a379d7db2323f8d5d59b774974872bd818&smart=true&width=1980&height=1080" alt="Pablo Nahuel Grillo resultó gravemente herido tras recibir el impacto de una granada de gas lacrimógeno en la cabeza durante la marcha frente al Congreso de marzo del año pasado" height="1080" width="1980"/><p>El caso se inició a partir de las graves heridas que sufrió el fotoperiodista aquella tarde de marzo, cuando cubría la manifestación convocada en apoyo a jubilados en las inmediaciones del Congreso. Según la reconstrucción judicial, entre las 17:14 y las 17:22 el gendarme efectuó seis disparos con una <b>pistola lanzagases</b> marca FM desde la intersección de Hipólito Yrigoyen y Solís, donde estaba desplegada la <b>Sección de Empleo Inmediato del Destacamento Móvil 6</b>. El cuarto disparo, realizado a las 17:18:05,<b> impactó en la</b> <b>cabeza del fotógrafo</b>, que se encontraba a unos 50 metros de distancia, agachado detrás de una estructura de madera incendiada, tomando imágenes.</p><p>El procesamiento dictado en primera instancia fue firmado en octubre del año pasado por la jueza federal<b> María Servini</b>. La defensa del gendarme apeló esa decisión, pero el 26 de diciembre de 2025 la <b>Sala II</b> de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal -integrada por <b>Martín Irurzun</b>, <b>Eduardo Guillermo Farah</b> y <b>Roberto José Boico</b>- confirmó el auto de mérito y el embargo. Ahora, Casación cerró el camino recursivo tras considerar que no se trataba de una sentencia definitiva ni equiparable y que ya existía “doble conformidad judicial”.</p><p>En su fallo de diciembre, la <b>Cámara Federal</b> dio por acreditado -con el grado de probabilidad exigido en esta instancia- que Guerrero disparó seis veces municiones de <b>gas lacrimógeno</b> y que uno de esos proyectiles calibre 38 mm candela “CN” impactó en el <b>cráneo de Grillo</b>, ocasionándole fractura expuesta, hematomas intracraneales y lesiones graves y gravísimas que pusieron en peligro su vida, según dictaminó el <b>Cuerpo Médico Forense</b>.</p><p>Los camaristas Irurzun y Farah valoraron en conjunto videos periodísticos, filmaciones de drones, registros oficiales y peritajes médicos y balísticos, que calificaron como “coherentes y complementarios”. Según esa reconstrucción, el tiro fue efectuado de manera antireglamentaria y “de forma <b>prácticamente horizontal</b>, en dirección <b>hacia los cuerpos de los manifestantes</b>, y golpeó a Grillo luego de atravesar la estructura de madera que tenía delante".</p><p>En los momentos anteriores al impacto de la <b>granada de gas</b>, la víctima estaba sacando fotos al cordón de las fuerzas de seguridad, a 50 metros de distancia. Para los camaristas, Grillo se encontraba detrás de una estructura de madera en cuclillas, a 70 centímetros del suelo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WGCY5KHZYBGOFLOAAO5OROAMMI.jpeg?auth=a237aed7e13efa6fbc3c9ab023af642b7d3e707debb3cb2500d28b202a9476f2&smart=true&width=1600&height=904" alt="ablo Grillo estaba tomando imágenes cuando el proyectil impactó en su cráneo y le provocó lesiones que, según los peritos, pusieron en riesgo su vida" height="904" width="1600"/><p>La defensa había sostenido que el arma no era de precisión y que su trayectoria podía resultar errática, además de cuestionar la autoría material del disparo. Pero la Cámara Federal rechazó esos argumentos al advertir que el hecho de que el arma no fuese de precisión no impedía dirigir el disparo hacia un lugar determinado, y que la <b>reiteración de disparos</b> en posición horizontal revelaba un <b>patrón de conducta incompatible</b> con un error o una contingencia. También descartó que el impacto previo de la granada en una barricada de madera hubiera alterado decisivamente su trayectoria: las filmaciones, indicaron los jueces, daban cuenta de que el proyectil atravesó la estructura y continuó hasta el cráneo del fotógrafo.</p><p>El tribunal de alzada ponderó, además, que no existía habilitación reglamentaria para disparar de ese modo. Citando el manual del fabricante y estándares internacionales, afirmó que en ningún caso los cartuchos deben ser disparados apuntando hacia personas, dado<b> el riesgo de provocar lesiones graves o incluso la muerte</b>. Para los camaristas, el accionar atribuido configuró un apartamiento de los deberes funcionales propio del <b>abuso de autoridad agravado</b>.</p><p>En su voto, Boico añadió que el imputado tenía pleno conocimiento del <b>carácter ofensivo del arma</b> y <b>voluntad de disparar</b> contra el conjunto de personas que integraban la manifestación. “No dirigió los disparos a un individuo determinado, pero expuso de manera objetiva a un grupo de personas a un peligro concreto, con plena conciencia de ese riesgo”, escribió, y consideró necesario profundizar la investigación respecto de eventuales responsabilidades de la <b>cadena de mando del operativo</b>.</p><p>Con la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal, el procesamiento quedó firme en esta etapa y la causa continuará su trámite en el juzgado de Servini. No obstante, la defensa aún podría intentar llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia mediante un recurso extraordinario federal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/7JD45FNLRRC5FPBWK3WJ2GZBA4.jpeg?auth=7b511a5ac63216232d0a53bc78f272ade9cac7e38e15099b8d2c8403722b2e4a&amp;smart=true&amp;width=1600&amp;height=1065" type="image/jpeg" height="1065" width="1600"/></item><item><title><![CDATA[Tras casi 30 años, un tribunal de Salta sobreseyó a tres acusados por presuntas afiliaciones irregulares a una AFJP]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/02/tras-casi-30-anos-un-tribunal-de-salta-sobreseyo-a-tres-acusados-por-presuntas-afiliaciones-irregulares-a-una-afjp/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/02/tras-casi-30-anos-un-tribunal-de-salta-sobreseyo-a-tres-acusados-por-presuntas-afiliaciones-irregulares-a-una-afjp/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La decisión se basó en la garantía constitucional de plazo razonable y puso fin a un expediente iniciado en 1995 por presuntas maniobras en el sistema jubilatorio privado del Correo Argentino]]></description><pubDate>Mon, 02 Mar 2026 23:42:43 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/76WSCELAWJASFEUMG7FT5G4MUU.JPG?auth=d09a0ba62dbc2701e01e80e3be0ddc113b10a6d2d70213e8b6bc7e9c330798d3&smart=true&width=968&height=548" alt="El Tribunal Oral Federal de Salta declaró la extinción de la acción penal por violación del plazo razonable y sobreseyó a tres imputados en una causa por presuntas afiliaciones irregulares a una AFJP iniciada en 1995" height="548" width="968"/><p>El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Salta declaró extinguida la acción penal y dispuso el sobreseimiento total y definitivo de tres imputados en una causa iniciada en 1995 por <b>presuntas afiliaciones irregulares</b> de empleados del Correo Argentino al sistema privado de jubilaciones. La decisión se apoyó en la garantía constitucional de ser juzgado en un plazo razonable, luego de que transcurrieran casi tres décadas sin que se realizara el juicio oral.</p><p>La resolución benefició a <b>Guillermo Flores</b>, <b>Argentina Elizabeth Argañaraz </b>y <b>Ramón Narciso Gómez</b>, quienes habían sido procesados por los <b>delitos de estafa</b> en grado de tentativa, defraudación contra la administración pública, falsificación de instrumento privado y violación a la libertad de elección de administradora de fondos de jubilaciones y pensiones.</p><p>La causa, en rigor, se originó el 30 de enero de 1995 a partir de la denuncia de un empleado de la entonces <b>Empresa Nacional de Correos y Telégrafos S.A.</b> (ENCOTESA-Correo Argentino). Según consta en el expediente, el trabajador había optado por el <b>régimen estatal de reparto</b>, pero meses después recibió una notificación de la <b>AFJP Previnter S.A.</b> informándole su incorporación al <b>sistema de capitalización individual</b>.</p><p>Al consultar en la <b>ANSeS</b>, le confirmaron que figuraba afiliado al régimen privado desde el 1° de diciembre de 1994. El denunciante sostuvo que nunca había elegido esa administradora y que su afiliación habría sido fraguada. De acuerdo con la acusación, los imputados habrían <b>adulterado fichas de afiliación</b> u obligado a empleados a incorporarse a la <b>AFJP </b>sin respetar su verdadera voluntad.</p><p>Durante 1995 se tomaron <b>declaraciones indagatorias </b>y el 8 de agosto de ese año los acusados fueron procesados. El 5 de diciembre de 1996 se formuló el <b>requerimiento de elevación a juicio</b> y el 26 de diciembre de 1996 se dictó el <b>decreto de citación a juicio</b>, considerado el último acto procesal con capacidad para interrumpir la prescripción de la acción penal.</p><p>Sin embargo, el debate oral nunca se llevó a cabo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YV4IQSK32VACRBKBZEN73MVZLE.jpg?auth=8e7b18266521aab855202396f5a292003ea4eb1b63f607a5bd96b2ddb801ff09&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El denunciante consultó en la ANSES y allí le confirmaron que figuraba incorporado al régimen privado desde diciembre de 1994, pese a haber optado por el sistema estatal de reparto" height="1080" width="1920"/><p>El expediente registró movimientos hasta septiembre de 2006, pero luego permaneció sin impulso procesal durante casi <b>dos décadas</b>. Recién en octubre de 2025 la defensa solicitó la <b>extinción de la acción penal</b> por el tiempo transcurrido. El Ministerio Público Fiscal acompañó el planteo y consideró que el proceso había excedido ampliamente los plazos razonables.</p><p>A la hora de analizar las actuaciones, el Tribunal Oral Federal N° 1 de Salta -integrado por las juezas<b> Marta Liliana Snopek</b>, <b>María Alejandra Cataldi</b> y<b> Gabriela Elisa Catalano</b>- encuadró la cuestión en la <b>garantía constitucional</b> de plazo razonable prevista en el artículo 18 de la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional.</p><p>Las magistradas señalaron que “han transcurrido <b>veintinueve años</b> desde el último acto procesal con virtualidad para dar impulso a la acción penal (…) sin que se hubiese celebrado un juicio para definir la cuestión de fondo”. También remarcaron que la causa no presentaba una complejidad tal que justificara una demora de<b> esa magnitud</b> y que no se verificaron conductas dilatorias atribuibles a los tres imputados de la causa.</p><p>El tribunal sostuvo además que “la falta de impulso procesal hasta su culminación no puede redundar en un perjuicio hacia los encausados”, quienes durante <b>casi treinta años </b>no obtuvieron una definición judicial sobre su situación judicial. La resolución citó jurisprudencia de la <b>Corte Interamericana de Derechos Humanos</b> para recordar que el imputado “no es responsable de velar por la celeridad de la actuación de las autoridades en el desarrollo del <b>proceso penal</b>”.</p><p>Por unanimidad, las juezas dispusieron el “sobreseimiento total y definitivo” de los tres acusados, sin costas, al considerar vulnerada la garantía de ser juzgados en un plazo razonable. En consecuencia, quedó cerrada una causa iniciada en los primeros años del <b>sistema de AFJP</b>, durante la vigencia del <b>régimen mixto de jubilaciones</b>, que había sido elevada a juicio en 1996 pero nunca llegó a debate oral.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/76WSCELAWJASFEUMG7FT5G4MUU.JPG?auth=d09a0ba62dbc2701e01e80e3be0ddc113b10a6d2d70213e8b6bc7e9c330798d3&amp;smart=true&amp;width=968&amp;height=548" type="image/jpeg" height="548" width="968"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Martino,Tomas Maria</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Casación confirmó una condena de 10 años por intentar exportar casi 200 kilos de cocaína desde Bahía Blanca]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/02/casacion-confirmo-una-condena-de-10-anos-por-intentar-exportar-casi-200-kilos-de-cocaina-desde-bahia-blanca/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/03/02/casacion-confirmo-una-condena-de-10-anos-por-intentar-exportar-casi-200-kilos-de-cocaina-desde-bahia-blanca/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description></description><pubDate>Mon, 02 Mar 2026 23:09:16 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NVC5IJLRMZEIFF2E5TYVO5VYOA.jpg?auth=76552ba030616f2d8bdc34869ebaaea90261247cac213860ba225a74ead09b0c&smart=true&width=870&height=420" alt="La Cámara de Casación dejó firme la condena por el intento de exportar casi 200 kilos de cocaína desde el puerto de Bahía Blanca" height="420" width="870"/><p>La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este lunes la condena a 10 años de prisión contra un hombre acusado de intentar sacar del país casi <b>200 kilos</b> de cocaína a través del puerto de Bahía Blanca. Tras analizar los agravios, la <b>Sala IV</b> rechazó el recurso de la defensa y dejó firme la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal de esa ciudad en una causa por <b>tentativa de contrabando</b> agravado vinculada al <b>tráfico internacional de estupefacientes</b>.</p><p>El cargamento en cuestión estaba compuesto por <b>196,36 </b>kilos de <b>clorhidrato de cocaína</b> con una pureza cercana al <b>80%</b>. La droga fue hallada en junio de 2022 en la ría de <b>Bahía Blanca </b>y en sectores costeros próximos al <b>complejo portuario</b>, luego de que apareciera a la deriva un semirrígido sin tripulación en el canal de acceso al puerto.</p><p>El condenado es <b>Aureliano Villalba Cabrera</b>, a quien el tribunal de juicio consideró <b>partícipe primario</b> de la maniobra tras entender que aportó los medios logísticos indispensables para ejecutar el intento de exportación de la sustancia ilegal.</p><h2>El hallazgo que activó la investigación</h2><p>Las actuaciones se iniciaron cuando la <b>Prefectura Naval Argentina</b> encontró flotando el bote “<b>ALI LAFKEN II</b>” en el canal de acceso al puerto bahiense. En los días posteriores comenzaron a aparecer <b>bolsos herméticos</b> que contenían panes rectangulares de cocaína con la inscripción “<b>PATRÓN</b>”, tanto en distintos puntos de la ría como en una playa cercana a la <b>Base de Infantería de Marina Baterías</b>.</p><p>Las <b>pericias químicas</b> confirmaron que el total del cargamento ascendía a 196,36 kilos.</p><p>El análisis de cámaras de seguridad, registros de navegación GPS y movimientos vehiculares permitió reconstruir que el semirrígido había sido trasladado en tráiler desde la localidad bonaerense de <b>Florencio Varela</b> hasta Bahía Blanca con el objetivo de ingresar a la ría y <b>transferir la droga</b> a un <b>buque de ultramar </b>para venderla en el exterior. La operación no llegó a completarse.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WYA445GX4RCDNDLS2265KJTSVQ.jpg?auth=b81627abb7c676bc8b8561bfc7f0047fa0c29aaca34972a6ee6d53a7a9b045b5&smart=true&width=1600&height=1142" alt="El cargamento de cocaína fue hallado por Prefectura en la ría bahiense tras aparecer a la deriva un semirrígido sin tripulación (Foto ilustrativa: Facebook)" height="1142" width="1600"/><p>El 12 de mayo de 2025, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó a <b>Villalba Cabrera</b> como <b>partícipe primario</b> del delito de tentativa de contrabando agravado por tratarse de estupefacientes destinados inequívocamente a la <b>comercialización </b>y por la intervención de tres o más personas. Los fundamentos se dieron a conocer el 19 de mayo de ese año.</p><p>Los jueces tuvieron por acreditado que el imputado era el propietario real del semirrígido utilizado en la maniobra y de la camioneta Ford Ranger que permitió su traslado hasta la <b>zona portuaria </b>del sur de la provincia. Consideraron que su aporte fue esencial para la ejecución del hecho.</p><p>Valoraron, además, que la embarcación presentaba modificaciones compatibles con el <b>traslado de carga pesada </b>y <b>sistemas de izado</b> preparados para transferir bultos a buques de mayor porte en aguas profundas. También registraba cortes en los pontones que fueron interpretados como parte de un<b> abandono deliberado</b> destinado a encubrir la operación.</p><p>La sentencia ponderó que el acusado había obtenido su <b>licencia de timonel</b> pocas semanas antes del hecho junto a otros implicados, lo que evidenciaba planificación de la banda narco.</p><h2>Los agravios ante Casación</h2><p>Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación y cuestionó, entre otros puntos, la legitimación de la <b>Agencia de Recaudación y Control Aduanero</b> (ARCA) como querellante del proceso, la <b>valoración de la prueba</b> y <b>la pena</b> de 10 años de cárcel, a la que calificó de desproporcionada.</p><p>El acuerdo en la Sala IV fue liderado por el juez <b>Javier Carbajo</b>, quien abrió el voto proponiendo rechazar el recurso.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LNVIGPKL7VENJGDV43UBMPTQCQ.jpg?auth=b47858e23e852ba5476ed4c448e94b28861e00521d7636ffefa587497e05bd51&smart=true&width=1200&height=732" alt="Los camaristas de la Sala IV: Javier Carbajo -izquierda, Gustavo Hornos -centro- y Mariano Borinsky -derecha-" height="732" width="1200"/><p>Carbajo sostuvo que el tribunal oral había fundado la condena en una “<b>red de indicios plural</b>, precisa y convergente” que permitía alcanzar el grado de certeza exigido en materia penal. En relación con la pena, afirmó que “el <b>monto impuesto</b> ha sido correctamente fundado por el tribunal de juicio y es la justa medida”, y que “los defectos señalados por la defensa son insuficientes para descalificar la sentencia como acto jurisdiccional válido”.</p><p>El juez <b>Mariano Borinsky</b> declaró formalmente admisible el recurso pero coincidió en su rechazo. Recordó que la <b>nulidad procesal </b>exige un perjuicio concreto y que “no procede su declaración en el sólo interés del formal cumplimiento de la ley”. También afirmó que la sentencia condenatoria constituía “un acto jurisdiccional válido derivado del análisis lógico y razonado de las constancias” y que la prueba configuró “un <b>cuadro cargoso </b>suficiente para alcanzar la certeza apodíctica que exige un pronunciamiento de condena”.</p><p>Por su parte, el juez <b>Gustavo Hornos</b> adhirió al voto inicial y destacó que el tribunal de juicio realizó “un examen global y abarcativo de los distintos elementos probatorios”, evitando fragmentarlos. En cuanto a la pena, ponderó que “no resulta en modo alguno evidente” una desproporción frente a la magnitud del cargamento y la logística desplegada.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/NVC5IJLRMZEIFF2E5TYVO5VYOA.jpg?auth=76552ba030616f2d8bdc34869ebaaea90261247cac213860ba225a74ead09b0c&amp;smart=true&amp;width=870&amp;height=420" type="image/jpeg" height="420" width="870"><media:description type="plain"><![CDATA[La Cámara de Casación dejó firme la condena por el intento de exportar casi 200 kilos de cocaína desde el puerto de Bahía Blanca]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Casación mantuvo vigente la condena única de 15 años por la Ruta del Dinero K y Vialidad contra Lázaro Báez]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/27/casacion-mantuvo-vigente-la-condena-unica-de-15-anos-por-la-ruta-del-dinero-k-y-vialidad-contra-lazaro-baez/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/27/casacion-mantuvo-vigente-la-condena-unica-de-15-anos-por-la-ruta-del-dinero-k-y-vialidad-contra-lazaro-baez/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El máximo tribunal penal rechazó un planteo promovido por la defensa y sostuvo la sentencia que compaginó las condenas por lavado de activos y fraude en la obra pública]]></description><pubDate>Fri, 27 Feb 2026 20:27:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XUSZWFDSEVD6JKVB7R3OC6BLWA.jpg?auth=d59b4af1effde0058d66d8c5278a14c8da1673657b644e46a47fb2ccac443f52&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el planteo de nulidad y sostuvo la pena única de 15 años impuesta al empresario Lázaro Báez (Gustavo Gavotti)" height="1080" width="1920"/><p>La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes un recurso presentado por la defensa del empresario <b>Lázaro Báez</b> y mantuvo vigente la pena única de 15 años de prisión en su contra que le fue impuesta tras la unificación de las condenas dictadas en las causas conocidas como la <b>Ruta del Dinero K</b>, por lavado de activos, y <b>Vialidad</b>, por fraude en la adjudicación de 51 obras públicas en Santa Cruz.</p><p>La decisión fue adoptada de manera unánime por la <b>Sala IV </b>del máximo tribunal penal, integrada por los camaristas <b>Javier Carbajo</b>, <b>Gustavo Hornos</b> y <b>Mariano Borinsky</b>. En la resolución, los magistrados resolvieron rechazar “in limine el <b>planteo de nulidad</b> efectuado por la defensa particular de <b>Lázaro Antonio Báez</b>; con costas”. También desestimaron el pedido de apartamiento del juez Carbajo.</p><p>En rigor, la pena de 15 años de cárcel había sido fijada en julio de 2025 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de la ciudad de Buenos Aires, que compaginó la <b>condena de 10 años </b>impuesta al empresario por <b>lavado de dinero</b> con la de 6 años dictada en el expediente de Vialidad, donde compartió juicio con la ex presidenta <b>Cristina Fernández de Kirchner </b>y otros imputados. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LSCZI6II5ZFJJF52TVNK7VPVEY.jpg?auth=a259b2135d208aac474ea05d183b15151dd1a00aaf3f0af8cebb67306985c0fb&smart=true&width=903&height=602" alt="El ex titular del grupo Austral continúa detenido mientras se tramita el recurso extraordinario ante la Corte Suprema" height="602" width="903"/><p>En el primero de esos casos, la Justicia determinó que el entonces titular del <b>grupo Austral</b> participó en maniobras para blanquear más de <b>54 millones de dólares</b> mediante sociedades constituidas en el exterior. En el segundo, fue hallado culpable por <b>fraude </b>a la administración pública en el direccionamiento de contratos de <b>obra vial </b>en favor de sus empresas de construcción.</p><p>Tras el rechazo del <b>recurso de casación </b>en diciembre pasado, la defensa de quien fuera amigo del matrimonio Kirchner promovió un <b>incidente de nulidad</b> contra esa resolución. En su escrito sostuvo que la sentencia había sido dictada con “integración irregular del tribunal” por la intervención del juez Carbajo, quien previamente se había excusado de intervenir en la <b>causa Vialidad </b>al considerar comprometida su <b>imparcialidad</b>.</p><p>Sin embargo, la <b>Sala IV</b> concluyó que la nulidad “no puede prosperar en la medida en que no constituye un <b>remedio procesal idóneo</b> para impugnar los pronunciamientos de esta Cámara”. Recordó que, como regla, las decisiones de Casación no son susceptibles de nulidad o reconsideración y que la vía prevista para su eventual revisión es el <b>recurso extraordinario federal</b>.</p><p>Los camaristas también señalaron que la excusación del magistrado había sido resuelta en el marco de la <b>causa de Vialidad</b>, mientras que la resolución cuestionada fue dictada en el proceso de unificación de pena. En ese contexto, precisaron que la defensa no llegó a demostrar “inobservancia legal alguna” que justificara invalidar la sentencia adoptada.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KKVFFBGAERFM7EYTDAMSBN6ZYQ.jpg?auth=b35f622078562205b04d6ea476aeca43bf4e3b59fa1449f61f2feccd350d324b&smart=true&width=2618&height=1746" alt="a Sala IV desestimó el recurso contra la unificación de condenas en las causas Ruta del Dinero K y Vialidad (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
" height="1746" width="2618"/><p>Además, los jueces remarcaron que el condenado y su abogada conocían la integración del tribunal al momento de la audiencia oral celebrada el 5 de noviembre de 2025. Según consta en el acta y el registro fílmico, los nombres de los magistrados fueron dados a conocer “a viva voz por el Presidente, antes de comenzar la audiencia”. Por eso, remarcaron que la <b>nulidad pretendida</b> “no constituye un remedio procesal idóneo para reclamar ahora la invalidez de la constitución del tribunal -ya consentida- que dictó la sentencia”.</p><p>La Sala IV, por otro lado, también rechazó el pedido de apartamiento de Carbajo por considerarlo “extemporáneo” y porque la excusación en la<b> causa Vialidad</b> no resultaba extrapolable a este <b>trámite de unificación</b>. En ese punto, el fallo precisó que, tal como sostuvo la propia defensa de Báez, “la unificación no importa revisión de los hechos ni reapertura del <b>juicio de culpabilidad</b> ya concluido”.</p><p>Con todo, el máximo tribunal penal del país dispuso dar trámite al <b>recurso extraordinario federal</b> del empresario y ordenó correr traslado al Ministerio Público Fiscal y a las querellas. Eso significa que la pena única de 15 años continúa vigente, aunque la decisión podría ser revisada por la <b>Corte Suprema</b> de Justicia el recurso es concedido.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/XUSZWFDSEVD6JKVB7R3OC6BLWA.jpg?auth=d59b4af1effde0058d66d8c5278a14c8da1673657b644e46a47fb2ccac443f52&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Lázaro Báez (Gustavo Gavotti)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Tras secuestrar 425 kilos de cocaína en Salta, enviaron a juicio a seis acusados por narcotráfico]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/27/tras-secuestrar-425-kilos-de-cocaina-en-salta-enviaron-a-juicio-a-seis-acusados-por-narcotrafico/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/27/tras-secuestrar-425-kilos-de-cocaina-en-salta-enviaron-a-juicio-a-seis-acusados-por-narcotrafico/</guid><description><![CDATA[La droga estaba escondida dentro de neumáticos de camión en una gomería de General Mosconi. La Justicia federal de Orán confirmó el juicio oral y la fiscalía pedirá penas de hasta 18 años de prisión]]></description><pubDate>Fri, 27 Feb 2026 20:24:51 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JUJ7MAIX3RFZROHXI47BLJ3T2M.jpg?auth=93744273f51dbd09911ab3d0e6bdb05f12dec120579ae4c7e47db803d9d058d6&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Justicia federal de Orán envió a juicio oral a seis acusados por el traslado y acopio de 425 kilos de cocaína en Salta (Gentileza: Ministerio Público Fiscal)" height="1080" width="1920"/><p>El juez federal de Revisión de Orán, <b>Alejandro Castellanos</b>, envió a juicio oral a seis hombres acusados de integrar una banda criminal dedicada al traslado y acopio de <b>425 kilos </b>de <b>cocaína </b>en Salta, uno de los mayores cargamentos secuestrados en la región en el último tiempo. La <b>droga</b> fue detectada en mayo pasado, escondida dentro de neumáticos de camión en una gomería de General Mosconi, en el marco de una investigación encabezada por la fiscal <b>Lucía Orsetti</b>, titular de la Sede Fiscal Descentralizada Tartagal.</p><p>Los imputados -<b>Eduardo Tizón</b>, <b>José Ruiz</b>, <b>Néstor González</b>, <b>José Ávalos</b>, <b>Rubén Galván </b>y <b>Marcos Martínez</b>- deberán enfrentar cargos como presuntos coautores del delito de <b>transporte</b> y<b> almacenamiento de estupefacientes </b>agravado por la intervención de varias personas, informó este viernes el portal del Ministerio Público Fiscal. A Ávalos y González también se les atribuyen hechos vinculados a la tenencia y<b> portación ilegal de armas</b>.</p><p>Aunque las defensas cuestionaron el encuadre legal y la solidez de la prueba acumulada en la causa, el magistrado consideró que había elementos suficientes para avanzar hacia la etapa de <b>juicio oral</b>. La fiscalía, por su parte, adelantó que en caso de condena solicitará penas de entre <b>16 y 18 años</b> de cárcel.</p><h2>El inicio de la investigación</h2><p>El caso comenzó el 8 de mayo de 2025 a partir de un informe del <b>Escuadrón 52</b> de <b>Gendarmería Nacional </b>que reunía <b>denuncias anónimas</b>. Esas presentaciones señalaban a <b>Néstor González </b>como uno de los organizadores de una maniobra vinculada al ingreso y resguardo de <b>cocaína</b> en la zona de frontera con <b>Bolivia</b>. Los datos daban cuenta de domicilios, puntos de encuentro y referencias a un establecimiento rural -la estancia “Don Pedro”, en <b>Salvador Mazza</b>- donde se habrían coordinado los movimientos del cargamento.</p><p>Con esos indicios, se desplegaron <b>tareas de seguimiento</b> y <b>vigilancia</b> en Salvador Mazza y General Mosconi. Además, el análisis de <b>registros migratorios</b> detectó reiterados cruces hacia Bolivia por parte de González y personas de su entorno, lo que reforzó la hipótesis de que la droga provenía del país vecino.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Q6VAMZMZ5NHA7KJKIEXU7KBUFI.jpg?auth=11a1aac7c2055ad7215917f0f71df38f886e50241832fc0674e5942ea4baec67&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El cargamento fue descubierto por Gendarmería en una gomería de General Mosconi, oculto dentro de cubiertas de camión (Gentileza: Ministerio Público Fiscal)" height="1080" width="1920"/><p>El 16 de mayo del mismo año se realizó un <b>seguimiento simultáneo</b>. González circulaba en una camioneta Volkswagen Amarok junto a <b>Rubén Galván</b>, mientras que desde Aguaray salió un camión Ford Cargo manejado por <b>José Ávalos</b>. Ambos se encontraron en el <b>paraje Piquirenda</b> y continuaron por la <b>ruta nacional 34</b>. De acuerdo a lo que tuvo por acreditado la acusación, la camioneta cumplía un rol de apoyo y durante el trayecto hubo cambios de conductores y movimientos coordinados que, dijo, denotó una logística previamente organizada.</p><p>Con autorización del juez federal de Garantías de Orán, <b>Gustavo Montoya</b>, Gendarmería detuvo el camión a la altura del<b> kilómetro 1466</b>. Un perro entrenado para detectar sustancias ilegales marcó la parte de atrás del camión y, al revisarlo, los efectivos encontraron un <b>doble fondo </b>en la caja. En la cabina, debajo del asiento del acompañante, había además un <b>revólver calibre .44</b> con <b>seis cartuchos</b>. Ávalos fue detenido en el lugar, mientras que González y Galván lograron escapar en ese momento.</p><h2>El hallazgo en la gomería</h2><p>Al día siguiente se hicieron <b>allanamientos </b>en la gomería de <b>General Mosconi </b>y en otros inmuebles asociados a la causa. En el taller -ubicado sobre la ruta 34- los agentes encontraron un total de <b>siete cubiertas de camión</b> que contenían <b>400 paquetes </b>de cocaína, con un peso total de <b>425,975</b> kilos.</p><p>La sustancia tenía una pureza superior al <b>70%</b>, lo que permitiría fraccionarla en casi <b>2,8 millones de dosis</b>, publicó el sitio oficial del Ministerio. La División Aduana Pocitos estimó su valor en el <b>mercado ilegal </b>en más de seis <b>millones de dólares</b>. Los paquetes estaban envueltos en material amarillo con el<b> emblema de Ferrari</b> y los panes de droga llevaban grabado <b>un</b> <b>delfín </b>en relieve.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KSLS6GAU4NGGJNW4MZ7OJUGZR4.jpg?auth=d14bc756f8bf990266b150cf3b05da5c51b27b5df3c2f258faccffa5200c81fa&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Los panes de cocaína llevaban grabado un delfín en relieve, uno de los sellos hallados en el operativo (Gentileza: Ministerio Público Fiscal)" height="1080" width="1920"/><p>En ese procedimiento fueron detenidos Tizón, dueño del local, y Ruiz, quien, según la investigación, cumplía <b>tareas de vigilancia</b>. En la finca sospechada como<b> punto de reunión</b> también se secuestraron <b>armas largas </b>y <b>municiones</b>. González quedó detenido días después tras presentarse ante la Justicia federal, mientras que Galván cayó en junio en la localidad de Salvador Mazza. Martínez fue hallado en septiembre en el paraje<b> Senda Hachada</b>, en otro procedimiento en el que transportaba <b>417 kilos de droga</b>.</p><p>Para la fiscalía, los seis integraban un esquema con roles definidos. Un proveedor radicado en Bolivia -que permanece <b>prófugo</b>- habría garantizado el abastecimiento, mientras que su hijo coordinaba la logística en territorio argentino. Según la acusación, González organizaba el traslado desde Salvador Mazza hasta la gomería de General Mosconi, con la colaboración de Galván y Ávalos; Martínez intervenía en el acopio; Tizón facilitaba el lugar para guardar y <b>acondicionar la droga</b> <b>dentro de las cubiertas</b>; y Ruiz se encargaba de vigilarla hasta su siguiente etapa de distribución.</p><p>El expediente será remitido a sorteo para que se defina el <b>tribunal oral</b> que llevará adelante el juicio.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/JUJ7MAIX3RFZROHXI47BLJ3T2M.jpg?auth=93744273f51dbd09911ab3d0e6bdb05f12dec120579ae4c7e47db803d9d058d6&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La Justicia federal de Orán envió a juicio oral a seis acusados por el traslado y acopio de 425 kilos de cocaína en Salta (Gentileza: Ministerio Público Fiscal)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Corte Suprema confirmó la extradición a Brasil de un argentino acusado de abuso sexual de su hija]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/26/la-corte-suprema-confirmo-la-extradicion-a-brasil-de-un-argentino-acusado-de-abuso-sexual-de-su-hija/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/26/la-corte-suprema-confirmo-la-extradicion-a-brasil-de-un-argentino-acusado-de-abuso-sexual-de-su-hija/</guid><description><![CDATA[El Máximo Tribunal dejó firme la entrega solicitada por el país vecino para que el imputado sea juzgado por presunto delito contra la integridad sexual. Rechazó los planteos sobre presunción de inocencia y temor por su seguridad]]></description><pubDate>Thu, 26 Feb 2026 20:10:22 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U6Y5GADD4VG3ZFKSMNGV3QYTJ4.jpg?auth=f7f607225b7a44cc893a300e5945957bcaf000c145fc350afed67549cd2b0843&smart=true&width=1323&height=992" alt="La Corte Suprema, con la firma de sus tres ministros, confirmó la extradición a Brasil de un ciudadano argentino acusado de abuso sexual contra su hija" height="992" width="1323"/><p>La Corte Suprema de Justicia confirmó este jueves la procedencia de la <b>extradición</b> de un ciudadano argentino requerido por la <b>República Federativa de Brasil </b>para ser juzgado por la presunta comisión de un delito contra la integridad sexual en perjuicio de su hija. Con la firma de los ministros <b>Horacio Rosatti</b>, <b>Carlos Rosenkrantz </b>y <b>Ricardo Lorenzetti</b>, el Máximo Tribunal dejó firme la decisión que habilita su entrega a las autoridades del país vecino.</p><p>El<b> pedido de extradición</b> describe hechos que habrían ocurrido desde 2019. Según la solicitud brasileña, la víctima -su hija- habría sido<b> abusada</b> por su padre primero mediante tocamientos y luego con <b>acceso carnal</b>. En función de esa imputación,<b> Brasil </b>requirió su entrega para someterlo a <b>proceso penal</b>.</p><p>La solicitud fue analizada en primera instancia por el <b>Juzgado Federal de Paso de los Libres</b>, con sede en la provincia de Corrientes, que “declaró procedente la extradición del S.A.B.P., solicitada por la República Federativa de Brasil para <b>someterlo a proceso</b> por la presunta comisión de un delito contra la<b> integridad sexual</b> en perjuicio de su hija”.</p><p>El requerido presentó una apelación donde sostuvo que se vulneraban garantías como la <b>presunción de inocencia</b> y pidió permanecer en la Argentina mientras se sustanciara el proceso en su contra en Brasil. También manifestó “temor” por las <b>condiciones de seguridad</b> que podría enfrentar durante <b>su detención</b> en ese país. </p><p>A la hora de intervenir, el procurador general de la Nación interino, <b>Eduardo Casal</b>, solicitó la confirmación de la sentencia impugnada.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JAB2MRRPFJBWDJLYHCSXG6PWIU.jpeg?auth=68ce3e37d443431de0276f18600f654d5e66a1edd2ab3097a0b363f77100e29a&smart=true&width=1280&height=853" alt="El procurador Eduardo Casal bregó por la confirmación de la extradición" height="853" width="1280"/><p>La Corte Suprema recordó al abordar el caso que el <b>procedimiento de extradición</b> no tiene por finalidad juzgar la culpabilidad. En ese plano explicó que el planteo vinculado a la <b>presunción de inocencia</b> se formuló “desatendiendo, por un lado, las expresas garantías que dio el país requirente con relación a lo previsto en el artículo XIV del<b> Tratado de Extradición</b> entre la República Federativa de Brasil y la República Argentina (aprobado por <b>ley 17.272</b>) y, por el otro, los expresos términos de la sentencia apelada que precisó con claridad el alcance de lo resuelto así como también que, conforme, consolidada <b>jurisprudencia del Tribunal</b>, no es finalidad de esta clase de procedimientos la determinación de la <b>culpabilidad del sujeto</b> requerido”.</p><p>A su vez, rechazó el pedido de <b>permanecer en el país </b>tras sostener que la defensa lo formuló “sin siquiera intentar refutar el fundamento del fallo en cuanto a que, satisfechos los requisitos formales y materiales establecidos en el tratado, debía declararse la procedencia de la extradición en virtud del compromiso asumido por el Estado”. Recordó que la extradición “es un acto de <b>asistencia jurídica internacional</b> cuyo fundamento radica en el <b>interés común a todos los Estados</b> en que los<b> delincuentes sean juzgados</b>,<b> y eventualmente castigados</b>, por el país a cuya jurisdicción corresponde el conocimiento de los respectivos hechos delictuosos”.</p><p>En cuanto al temor por las condiciones de<b> detención en Brasil</b>, el Máximo Tribunal aseveró que “la parte no ha intentado siquiera mínimamente controvertir lo resuelto por el a quo en la medida que, en su memorial, soslayó toda referencia a que el país requirente brindó las <b>garantías suficientes</b> <b>y necesarias</b> para salvaguardar la integridad física, psíquica y moral del requerido y no ha tampoco explicado por qué, en las circunstancias del caso, esas garantías serían insuficientes”.</p><p>La Corte también consideró “tardíos” los reclamos vinculados a “la <b>detención cautelar</b> ordenada respecto del requerido durante el trámite del proceso y a la eficacia del intérprete del<b> idioma portugués</b> que intervino durante el debate”. Al respecto, los ministros expresaron: “No se advierte, ni la parte tampoco siquiera alega, una razón de orden público que justifique adoptar <b>otro temperamento </b>respecto de su intempestividad (...), motivo por el cual corresponde rechazarlos”.</p><p>Con esos fundamentos, y “de conformidad en lo pertinente con lo dictaminado por el señor <b>Procurador General de la Nación</b> interino”, la máxima instancia judicial del país resolvió confirmar el fallo apelado “en cuanto <b>declaró procedente</b> <b>la extradición</b> de S.A.B.P. solicitada (...), para ser sometido a<b> proceso por el delito</b> en que se sustentó el pedido”. Así, quedó firme la entrega del imputado para que sea juzgado en Brasil.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LR3OJBTT2VD5HPYLQ6UNHVZW5A.jpg?auth=cfad6c593e7ef4d31bc6406a55ad4e56653b4242c1e8cad005368b8e75d29549&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[El fiscal Stornelli denunció a Ricardo Quintela por presunta instigación tras sus críticas al Gobierno]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/26/el-fiscal-stornelli-denuncio-a-ricardo-quintela-por-presunta-instigacion-tras-sus-criticas-al-gobierno/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/26/el-fiscal-stornelli-denuncio-a-ricardo-quintela-por-presunta-instigacion-tras-sus-criticas-al-gobierno/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La presentación judicial se originó luego de que el mandatario riojano advirtiera que el Ejecutivo nacional “no puede llegar hasta el 10 de diciembre de 2027”]]></description><pubDate>Thu, 26 Feb 2026 00:12:40 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/POLTNVD35VAMJG6CQY2KJVKBGM.jpg?auth=069c84a0c10fc75587b5adf13ec22bcccb89410808690207d526605e622d406b&smart=true&width=2998&height=1958" alt="El fiscal federal Carlos Stornelli denunció al gobernador Ricardo Quintela por sus declaraciones sobre la continuidad del mandato de Javier Milei hasta 2027, en una causa que quedó radicada en la Justicia Federal de Comodoro Py (Maximiliano Luna)" height="1958" width="2998"/><p>El fiscal federal <b>Carlos Stornelli</b> denunció este miércoles al gobernador de La Rioja, <b>Ricardo Quintela</b>, por las declaraciones que realizó en un programa de radio en las que afirmó que el gobierno de<b> Javier Milei</b> “no puede llegar hasta el 10 de diciembre del 2027” y sostuvo que “hay sacrificios que valen la pena” al evocar la crisis de 2001. La presentación quedó radicada en los tribunales federales de<b> Comodoro Py</b> y apunta a que se investigue la posible comisión de delitos como el de la incitación a la <b>violencia colectiva</b> y la <b>amenaza de sedición.</b></p><p>En el escrito de 4 páginas, al que tuvo acceso <b>Infobae</b>, el titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 4 relató que tomó conocimiento “en razón de haber tomado <b>estado público</b>” de los hechos y promovió la denuncia judicial “a fin de que mediante la pertinente <b>instrucción sumarial</b> sea investigado y, de acreditarse su materialidad, se deslinde la <b>responsabilidad penal </b>que pudiera corresponder”.</p><p>Según la presentación del fiscal, este martes 23 de febrero Quintela “habría exteriorizado diversas <b>manifestaciones públicas</b> que, prima facie, podrían ser susceptibles de adecuación típica en figuras vinculadas a la<b> incitación a la violencia colectiva</b>, la eventual instigación a cometer delitos y la posible afectación del <b>orden constitucional</b>, entre otros, adquiriendo mayor trascendencias y <b>gravedad institucional </b>por tratarse de un <b>funcionario público</b> en ejercicio de altas responsabilidades”. Los dichos a los que se refirió Stornelli fueron realizados en el programa “Mañana Sylvestre”, conducido por el periodista <b>Gustavo Sylvestre</b> y emitido por Radio 10.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NPHMVKOVHZAVBKEVGU6BG5P4VQ.jpg?auth=6876aa0d4ecdb02017a1a30e8f1bf26360380d4aa4fbf24d5c8e6496d51a646a&smart=true&width=6048&height=4024" alt="El fiscal Carlos Stornelli denunció al gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela (Gaston Taylor)" height="4024" width="6048"/><p>El fiscal transcribió en forma textual los dichos del <b>mandatario provincial</b>:</p><p>“...eso lo he planteado a mis <b>colegas gobernadores </b>y a los tres que conducen la <b>CGT</b>, que estaban acompañados por <b>Héctor Daer </b>y por el secretario general de <b>UPCN</b>, <b>Andrés Rodríguez</b>. Estábamos todos juntos y yo le planteé esto, tenemos que tomar decisiones, fuertes decisiones. Me dijeron: Sí, bueno, pero acordate, digo, en el <b>año 2001</b> tomamos decisiones y avanzamos en la reconstrucción de un país que estaba destruido, con el <b>que se vayan todos</b>. Sí, tuvimos <b>36 compañeros muertos</b>, es cierto, <b>39 compañeros muertos</b>, ciudadanos argentinos muertos, es cierto, es cierto, pero <b>hay sacrificios que valen la pena</b>, porque si no vamos a tener un <b>genocidio social enorme</b>, como lo estamos teniendo (...) <b>este gobierno no puede llegar hasta el 10 de diciembre del 2027</b>, si llegamos así llegamos con un país totalmente destruido, entregado, guarda, guarda...”.</p><p>Para Stornelli, esas expresiones implican una “comparación explícita con los hechos ocurridos en el año 2001” y una alusión a la eventual necesidad de adoptar “fuertes decisiones”, “incluso frente a la posibilidad de<b> víctimas fatales</b>”, con “proyección sobre la coyuntura presente”.</p><p>En el apartado de calificación legal, el denunciante indicó que el hecho podría encuadrar bajo los delitos previstos en los artículos 209 (<b>instigación a cometer delitos</b>), 211 (<b>intimidación pública</b>), 212 (<b>incitación a la violencia colectiva</b>), 213 (<b>apología del crimen</b>) y 226 bis (<b>amenaza de sedición</b>) del Código Penal.</p><p>Además, solicitó que se incorporen como prueba “un fragmento del programa ‘Mañana Sylvestre’ (...), correspondiente al día del 23 de febrero del corriente año; como así también un <b>recorte del mismo programa </b>el cual fuera publicado en la <b>red social X</b> (...)”, y que se adopten “las <b>medidas urgentes </b>del caso para la debida preservación de los registros audiovisuales mencionados precedentemente”.</p><p>También pidió que, en su oportunidad, “reciba V.S. <b>declaración indagatoria</b> a Ricardo Clemente Quintela, en los términos del <b>art. 294</b> del Código Procesal Penal de la Nación".</p><p>El expediente ahora deberá ser sorteado para determinar qué juzgado federal intervendrá y resolver si corresponde impulsar o no la investigación solicitada por el Ministerio Público Fiscal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/BPTAYBGWR5AENCI5E5WCIL4FPU.jpeg?auth=d93c74513b6c28b623c9e778ac7a9ed8f2fd1bf9ee7afa591921d668c9a7bfd7&amp;smart=true&amp;width=4160&amp;height=2768" type="image/jpeg" height="2768" width="4160"><media:description type="plain"><![CDATA[(Juliana Torres)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia de Corrientes amplió el procesamiento contra 13 miembros del Tren de Aragua por asociación ilícita]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/02/25/la-justicia-de-corrientes-amplio-el-procesamiento-contra-13-miembros-del-tren-de-aragua-por-asociacion-ilicita/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/02/25/la-justicia-de-corrientes-amplio-el-procesamiento-contra-13-miembros-del-tren-de-aragua-por-asociacion-ilicita/</guid><description></description><pubDate>Wed, 25 Feb 2026 18:19:42 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WD64JPFX4NDW3G5GYTHDCVY6WA.PNG?auth=1cfcebb6ced0279417684a52d84f80cbe2aa39f77cdce1bdbf0988701771f8a4&smart=true&width=791&height=530" alt="Una de las propiedades allanadas y donde se produjeron detenciones en la localidad platense de Gonnet. - Foto: Policía Federal" height="530" width="791"/><p>La justicia federal de <b>Corrientes</b> ordenó ampliar los procesamientos de trece imputados ligados a la organización criminal <a href="https://www.infobae.com/tag/tren-de-aragua/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/tren-de-aragua/"><b>Tren de Aragua</b></a>, a quienes ahora se les atribuyó también el delito de asociación ilícita.<b> Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPF), </b>la decisión fue adoptada el lunes por el <b>Juzgado Federal N°1 de Corrientes</b>, que resolvió incorporar la figura de “organización criminal” a los cargos de<b> lavado de activos y financiamiento del terrorismo</b> que ya pesaban sobre los acusados, quienes permanecen bajo prisión preventiva.</p><p>La medida alcanza a <b>Guillermo Rafael Boscán Bracho</b>, considerado el principal referente local del <b>Tren de Aragua</b> y líder de la llamada “Banda del Yiyi”, junto con otras doce personas. En septiembre de 2025, el grupo había sido procesado por<b> delitos económicos y vinculados al terrorismo</b>, aunque la Cámara Federal de Corrientes reformuló luego el alcance de esas imputaciones. Tras nuevas indagatorias y la profundización de la pesquisa, el tribunal federal incluyó el delito de asociación ilícita, previsto en el artículo 210 ter del Código Penal, que contempla penas de<b> 8 a 20 años.</b></p><p>Según indicó el <b>MPF</b>, las investigaciones determinaron que la organización operaba en territorio argentino desde al menos 2019, con una estructura <b>jerárquica, división de tareas y capacidad financiera</b> considerable pese a la ausencia de ingresos formales. Los acusados coordinaban movimientos de dinero, bienes y comunicaciones, y adquirieron propiedades rurales en Corrientes y locales comerciales en Buenos Aires y La Plata. Entre las pruebas recabadas se encuentran registros de llamadas, anotaciones y documentación sobre operaciones de compraventa de bienes por más de <b>120 millones de pesos</b>. Parte de estos fondos, según el MPF, se habría utilizado para financiar actividades ilícitas fuera del país.</p><p>La causa se inició tras la detención de <b>Boscán Bracho</b> el 2 de octubre de 2023, ejecutada por personal de <b>INTERPOL</b> de la Policía Federal Argentina en Riachuelo, Corrientes. El venezolano tenía una orden de captura internacional por delitos graves, entre ellos extorsión y homicidio, y fue calificado de “alto riesgo”. Permanecía alojado en el Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza desde esa fecha. Los otros doce imputados resultaron detenidos en allanamientos realizados en domicilios de Buenos Aires, La Plata y Corrientes.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6DVAZR4BSVFC3AQKKKHR366MSM.PNG?auth=9e449d270a7c81f23d73999b18fc6cb83e9948234874575401b138987dd6976c&smart=true&width=794&height=508" alt="Una de las propiedades adquiridas por la organización y allanadas fue un campo a 30 kilómetros de la ciudad de Corrientes. - Foto: Policía Federal" height="508" width="794"/><p>La resolución, firmada por el juez federal subrogante <b>Gustavo Del Corazón de Jesús Fresneda</b>, sostuvo que “corresponde tener por semiplenamente probado la existencia en el territorio nacional de una organización criminal liderada por Guillermo Rafael Boscán Bracho”. El avance de la investigación estuvo a cargo del fiscal general <b>Carlos Schaefer</b>, el fiscal federal <b>Flavio Ferrini</b>, la fiscal subrogante <b>Melina Perborell</b>, la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO) y la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC). Según el MPF, la estructura local respondía a directivas del <b>Tren de Aragua</b>, organización criminal originaria de Venezuela y con presencia en varios países de la región.</p><p>En febrero de 2025, el grupo fue incluido en el <b>Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo</b> (RePET), de acuerdo con la Resolución 186/2025 del Ministerio de Seguridad. Las pruebas reunidas incluyen cuadernos y anotaciones con menciones a “bala” y “rescate”, así como documentación sobre la compra de automóviles y propiedades en diferentes provincias. De acuerdo a la acusación, la organización local mantenía vínculos y comunicaciones con la estructura internacional del Tren de Aragua, dedicada a delitos como tráfico de armas, extorsión, secuestros y homicidios.</p><p>El proceso judicial prevé la continuidad de la prisión preventiva para los trece acusados, mientras avanza la producción de pruebas y la posible elevación a juicio oral.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/WD64JPFX4NDW3G5GYTHDCVY6WA.PNG?auth=1cfcebb6ced0279417684a52d84f80cbe2aa39f77cdce1bdbf0988701771f8a4&amp;smart=true&amp;width=791&amp;height=530" type="image/png" height="530" width="791"><media:description type="plain"><![CDATA[Una de las propiedades allanadas y donde se produjeron detenciones en la localidad platense de Gonnet. - Foto: Policía Federal]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Humanizar a la Justicia: el desafío de pasar del expediente a la empatía ]]></title><link>https://www.infobae.com/opinion/2026/02/23/humanizar-a-la-justicia-el-desafio-de-pasar-del-expediente-a-la-empatia/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/opinion/2026/02/23/humanizar-a-la-justicia-el-desafio-de-pasar-del-expediente-a-la-empatia/</guid><dc:creator><![CDATA[Milagros  Grassi]]></dc:creator><description><![CDATA[El tránsito de lo estrictamente procedimental a una visión sensible evidencia la necesidad de adaptar el sistema judicial a demandas sociales que reclaman mayor humanidad y reconocimiento de experiencias diversas]]></description><pubDate>Mon, 23 Feb 2026 04:57:43 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z3S76CPDTBE6RGPRT6DMEA7QJE.jpg?auth=086d00284aaa378914afd4aff38cd458f04535cd1202c55c64f868d32d62a22a&smart=true&width=1456&height=816" alt="La experiencia vital fuera de la estructura judicial impulsa una reflexión sobre los límites del modelo tradicional y la urgencia de integrar nuevas sensibilidades en la defensa de la dignidad humana (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>Hace dos años tomé una decisión que marcó un antes y un después en mi vida profesional: <b>dejar la Justicia Federal</b>. Habían sido ocho años como funcionaria, formándome en la lógica interna del sistema, aprendiendo sus tiempos, sus silencios y también sus rigideces.<b> Salir no fue una renuncia al Derecho, sino una forma de volver a mirarlo con honestidad, desde otro lugar y, sobre todo, desde mi identidad como mujer</b>.</p><p>Como funcionaria judicial, <b>la Justicia se percibía como una estructura cerrada, vertical, donde el procedimiento ocupaba el centro de la escena</b>. El expediente ordenaba el mundo: plazos, escritos, providencias. El contacto con el litigante y con el justiciable era indirecto, mediado, distante. Esa distancia no siempre era malintencionada; <b>muchas veces era el resultado de una cultura institucional que prioriza la forma por sobre la persona</b>. Una cultura históricamente diseñada por y para varones, donde lo emocional se considera debilidad y la empatía, una distracción.</p><p>Desde ese lugar, ser mujer implicaba adaptarse. Bajar el tono, endurecer el gesto, demostrar constantemente capacidad. Aprender a no incomodar. En muchos ámbitos de la Justicia, lo femenino todavía es leído como exceso: demasiada sensibilidad, demasiada firmeza, demasiada presencia. Nunca el punto justo.</p><p>Hoy, como abogada penalista litigante, la Justicia se vive de otro modo. Ya no es una estructura abstracta, sino una experiencia concreta que se atraviesa con el cuerpo. Litigar es poner la cara, sostener la palabra, mirar a los ojos. Es explicar decisiones difíciles, acompañar dolores ajenos, insistir cuando la respuesta no llega. Y en ese ejercicio, lo femenino aparece no como desventaja, sino como potencia.</p><p><b>Ser mujer litigante en el fuero penal es un verdadero desafío</b>. Las audiencias siguen estando pobladas mayoritariamente por hombres; los códigos implícitos también. <b>Muchas veces hay que hablar más fuerte para ser escuchada, saber más para ser respetada, y demostrar el doble para que no se dude</b>. Pero también hay algo profundamente transformador en ocupar ese espacio sin pedir permiso. En no masculinizarse para encajar. En ejercer la defensa desde una autoridad que no copia modelos, sino que construye otros.</p><p>Lo más interesante de este camino es poder hacer valer el género femenino como una forma distinta de ejercer el Derecho: una mirada más atenta a las consecuencias reales del proceso penal, una escucha más profunda, una sensibilidad que no niega la técnica, sino que la enriquece. Defender no es solo argumentar; también es comprender el impacto que una decisión judicial tiene en la vida concreta de las personas.</p><p>Ambas miradas —la de la funcionaria y la de la litigante— comparten un punto esencial: la convicción de que el Derecho Penal no puede perder de vista la dignidad humana. Pero difieren en algo clave. Desde adentro, la Justicia tiende a mirarse a sí misma; desde afuera, se la padece y se la enfrenta. Desde el escritorio, el tiempo es procesal; desde la defensa, el tiempo es vital.</p><p><b>No se trata de cambiarlo todo ni de dinamitar el sistema. Se trata de humanizarlo</b>. De acercar la Justicia al justiciable, de entenderla como un servicio público y no como un ámbito de poder autosuficiente. De admitir que incorporar miradas femeninas —reales, no declamativas— puede mejorar los procesos sin debilitarlos.</p><p><b>Lo que me duele de la Justicia argentina es que muchas injusticias sigan siendo toleradas como parte del paisaje</b>. Lo que me enorgullece es que todavía haya mujeres y hombres dispuestos a incomodar, a cuestionar y a luchar por una Justicia más justa.</p><p>Dos años “del otro lado del mostrador” me permitieron algo fundamental: <b>ejercer el Derecho sin perder la humanidad. Y hacerlo, además, desde un lugar que durante mucho tiempo intentó ser silenciado</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z3S76CPDTBE6RGPRT6DMEA7QJE.jpg?auth=086d00284aaa378914afd4aff38cd458f04535cd1202c55c64f868d32d62a22a&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Neuquén: la Justicia ordenó a una prepaga cubrir medicación y vuelo para una joven trasplantada de corazón]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/20/neuquen-la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-medicacion-y-vuelo-para-una-joven-trasplantada-de-corazon/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/20/neuquen-la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-medicacion-y-vuelo-para-una-joven-trasplantada-de-corazon/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description></description><pubDate>Fri, 20 Feb 2026 07:07:54 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AG53TDRRZVDYRNSD7VJVYMOVJ4.png?auth=94cde6b42282eb0d09d5b1522aa3e74a361229882c378816e682375e33bd91af&smart=true&width=1408&height=768" alt="La Justicia Federal de Neuquén ordenó a una empresa de medicina prepaga cubrir medicación inmunosupresora y traslados aéreos para una joven trasplantada de corazón (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="768" width="1408"/><p>La Justicia Federal de Neuquén ordenó a una empresa de <a href="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/"><b>medicina prepaga</b></a> que, en el plazo de un día, entregue la <b>medicación inmunosupresora</b> que necesita para sobrevivir una joven de <b>29 años</b> <a href="https://www.infobae.com/tag/transplante-de-corazon/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/transplante-de-corazon/"><b>trasplantada de corazón</b></a>, autorice un estudio cardíaco de control y cubra pasajes aéreos, alojamiento y traslados para que pueda atenderse en un hospital privado de la Ciudad de Buenos Aires. La decisión fue dictada como <b>medida cautelar</b> ante el riesgo de rechazo del órgano.</p><p>La resolución fue firmada este jueves por la titular del Juzgado Federal N°1 de esa provincia, <b>María Carolina Pandolfi</b>, en el marco de una <a href="https://www.infobae.com/tag/accion-de-amparo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/accion-de-amparo/"><b>acción de amparo</b></a><b> </b>promovida por la afiliada por medio de sus <b>apoderados</b>, con el objetivo de que se restablezca la <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/27/la-justicia-ordeno-a-una-obra-social-cubrir-una-formula-especial-para-una-bebe-con-alergia-alimentaria-severa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/27/la-justicia-ordeno-a-una-obra-social-cubrir-una-formula-especial-para-una-bebe-con-alergia-alimentaria-severa/"><b>cobertura médica </b></a>que, según denunció, estaba bloqueada en el sistema de autorizaciones.</p><p>De acuerdo con lo relatado en el fallo, al que tuvo acceso <b>Infobae</b>, el 6 de junio de 2025 la joven se había realizado <b>estudios prequirúrgicos</b> para una intervención menor, “en los que se confirmó la inexistencia de <b>patologías</b> de base”. Sin embargo, tres días después, durante la operación, se produjo -según se expuso- “una falla de coordinación gravísima de parte del<b> personal médico</b> que la asistió”, lo que derivó en “una<b> </b>falla cardíaca irreversible”. El cuadro obligó a un <a href="https://www.infobae.com/salud/2026/01/22/no-podia-salir-de-la-cama-y-hoy-puedo-correr-la-historia-detras-de-un-caso-emblematico-de-trasplante-cardiaco/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/2026/01/22/no-podia-salir-de-la-cama-y-hoy-puedo-correr-la-historia-detras-de-un-caso-emblematico-de-trasplante-cardiaco/"><b>trasplante cardíaco</b></a><b> de urgencia</b> y a eso se sumó una “isquemia severa” que derivó en la amputación de su pierna derecha por encima de la rodilla.</p><p>Desde entonces, dijo la paciente a través de sus apoderados, su vida depende de controles permanentes y de un tratamiento farmacológico de por vida. En la <b>historia clínica</b> acompañada al expediente se la identifica como “trasplantada cardíaca del día 17/06/2025” y se indica la prescripción de “<b>Tacrolimus 1</b> mg -cáps- 4 mg cada 12 horas” y “<b>Micofenolato sódico</b> 360 mg -1 comps. cada 12 horas”, medicación que debe administrarse “(…) <b>de por vida</b>, dependiendo de evolución del paciente y criterio médico”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UOCAT3KUI5BJTH4RAWLRRMMPCU.jpg?auth=08547e86eeaa0645cd713595ef9017e88da59c278c986a32459f9e0b684bf345&smart=true&width=1080&height=706" alt="La medida cautelar exige la entrega urgente de inmunosupresores para evitar el rechazo del órgano trasplantado (Foto ilustrativa: EsSalud)" height="706" width="1080"/><p>Se trata de <b>medicación inmunosupresora</b>, es decir, fármacos que reducen la respuesta del <b>sistema inmunológico</b> para impedir que el organismo ataque al órgano recién trasplantado. En <b>pacientes cardíacos</b>, la suspensión del tratamiento puede desencadenar en un rechazo agudo. En su presentación judicial, la afiliada precisó que la medicación no era “opcional ni postergable”, ya que sin ella el sistema inmunológico “atacará el <b>corazón trasplantado</b> provocando el rechazo agudo del órgano y la <b>consecuente muerte</b> en cuestión de días”.</p><p>El 2 de febrero de 2026 demandó la <b>cobertura de los medicamentos</b> a través de la aplicación de la prepaga. Según consta en el expediente, los pedidos figuraban en estado “Observado”, situación que demostró con distintas <b>capturas de pantalla</b>. Para la magistrada que intervino en el amparo, con la “precariedad que demanda esta <b>etapa inicial</b> del proceso”, estaban acreditadas la condición médica de la actora, la <b>prescripción del tratamiento</b> y la negativa de la empresa de salud a brindar las prestaciones.</p><p>Pero además del tratamiento farmacológico, la paciente debe realizarse el 9 de marzo una <b>biopsia endomiocárdica</b> y un <b>ecodoppler de vasos del cuello</b> en el Hospital Italiano de la Ciudad de Buenos Aires. La biopsia, en rigor, consiste en extraer una pequeña muestra del <b>músculo cardíaco</b> para detectar posibles signos de rechazo, un estudio habitual en <b>personas trasplantadas</b>. Para poder asistir a esos controles, la demandante solicitó <b>pasajes aéreos ida y vuelta </b>entre Neuquén y Aeroparque, alojamiento y traslados especiales para ella y un acompañante.</p><p>En el fallo se señala que el <b>traslado aéreo</b> “sería el único medio de transporte idóneo”, teniendo en cuenta que se trata de una <b>paciente trasplantada</b> <b>y amputada</b>, en una situación de “extrema vulnerabilidad”. Si bien no se acompañó constancia formal del pedido de cobertura de los estudios y traslados, la jueza Pandolfi recordó un precedente según el cual, en esta misma <b>etapa cautelar</b>, no se requiere “certeza sino solamente la <b>apariencia suficiente</b>” de que la gestión fue realizada, en tanto “no se explicaría el capricho del actor de no hacerlo disponiendo de los elementos”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ATKBR4TR4RF5DNB2RI6GF52INQ.jpeg?auth=7dd42fe9f9ec7ef9e5f3aceeeb353da17c37c0b7b8cca4f00c1dc31e629dd4d3&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El fallo también obliga a la prepaga a autorizar una biopsia endomiocárdica en el Hospital Italiano y cubrir el vuelo entre Neuquén y Aeroparque (Gentileza: X)" height="1080" width="1920"/><p>Al analizar los requisitos de la <b>medida cautelar</b>, la titular del Juzgado Federal de Neuquen N°1 destacó el “elevado rango del <b>derecho constitucional</b> en juego –derecho a la salud–”, tratándose de una persona alcanzada por la <b>ley 24.901</b> y protegida por la <b>ley 26.928</b>, que establece que las entidades de <b>medicina prepaga</b> “deben brindar (…) cobertura del ciento por ciento <b>(100%)</b> en la <b>provisión de medicamentos</b>, <b>estudios diagnósticos</b> y <b>prácticas de atención </b>de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante”. También citó la <b>ley 27.447</b>, que reconoce a los<b> pacientes receptores de órganos</b> el “Derecho a la cobertura integral del tratamiento y del seguimiento posterior”.</p><p>Respecto al <b>peligro en la demora</b>, necesario para avalar la solicitud de la afiliada, subrayó que el inmunosupresor es un fármaco que “no debe suspender ni modificar”, lo que “<b>evidencia la urgencia del pedido</b>”.</p><p>Con todo, la jueza resolvió hacer lugar a la medida cautelar y ordenó que, en el plazo de un día, la empresa entregue la <b>medicación inmunosupresora</b>, emita los pasajes aéreos entre Neuquén y Buenos Aires, garantice el alojamiento y los traslados especiales, y autorice la <b>biopsia endomiocárdica</b> y el ecodoppler programados. </p><p>La cobertura deberá extenderse “hasta que exista sentencia firme”, siempre que se mantenga la <b>prescripción médica</b>, bajo apercibimiento de aplicar sanciones en caso de incumplimiento.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UOCAT3KUI5BJTH4RAWLRRMMPCU.jpg?auth=08547e86eeaa0645cd713595ef9017e88da59c278c986a32459f9e0b684bf345&amp;smart=true&amp;width=1080&amp;height=706" type="image/jpeg" height="706" width="1080"><media:description type="plain"><![CDATA[La medida cautelar exige la entrega urgente de inmunosupresores para evitar el rechazo del órgano trasplantado (Foto ilustrativa: EsSalud)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Tucumán: congelan bienes y criptoactivos en una causa por presunto lavado del Comando Vermelho]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/14/tucuman-congelan-bienes-y-criptoactivos-en-una-causa-por-presunto-lavado-del-comando-vermelho/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/14/tucuman-congelan-bienes-y-criptoactivos-en-una-causa-por-presunto-lavado-del-comando-vermelho/</guid><description><![CDATA[La Justicia Federal incautó más de 200 mil USDT y propiedades en el exterior. Investigan una red que canalizaría fondos ilícitos de la organización brasileña mediante el trading]]></description><pubDate>Sat, 14 Feb 2026 06:22:29 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XHQIE5SQ35GPZGAGYO4SE64PDY.jpeg?auth=c0e9b899987defca2a013d5ccd2ddac80025e50c9c85433e0b82e4fb805b10a0&smart=true&width=1340&height=956" alt="El juez federal José Manuel Díaz Vélez ordenó el congelamiento de más de USDT 208.000 en criptoactivos y el embargo de bienes vinculados a una presunta red de lavado conectada al Comando Vermelho" height="956" width="1340"/><p>En una resolución que marca un hito en la lucha contra las finanzas criminales en el norte argentino, el juez <b>José Manuel Díaz Vélez</b>, a cargo del Juzgado Federal N°1 de Tucumán, ordenó el congelamiento masivo de criptoactivos y bienes de una organización bajo sospecha. La medida, dictada a pedido del Ministerio Público Fiscal, busca desarticular una compleja estructura de <b>presunto lavado de activos</b> que, según la hipótesis de los investigadores, operaba como una terminal financiera para canalizar fondos de la organización narcocriminal brasileña denominada <b>Comando Vermelho</b>.</p><p>La investigación es impulsada por el titular de la Fiscalía Federal N°2 de Tucumán, <b>Agustín Chit</b>, y tuvo su génesis en una denuncia de la <b>PROCELAC</b> (Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos), bajo la dirección del fiscal general <b>Diego Velasco</b>. La pesquisa puso bajo la lupa a un grupo de personas acusadas de movilizar fondos provenientes de delitos graves, con especial énfasis en la narcocriminalidad transnacional, utilizando una arquitectura financiera que combinaba el mundo digital con el tradicional.</p><h2>Del efectivo al <i>trading</i></h2><p>De acuerdo con los elementos reunidos en el expediente, los imputados habrían montado un sistema de “diversificación” de fondos para borrar el rastro del dinero. La maniobra consistía en la recepción de activos —cuyo origen no podía ser justificado mediante perfiles patrimoniales o fiscales— y su posterior canalización a través de una red de múltiples contrapartes. Para ello, se valían de <b>plataformas digitales, billeteras virtuales y operaciones de trading de criptomonedas</b>.</p><p>El <i>trading</i> no era una actividad financiera legítima, sino una herramienta de lavado: permitía que los activos fluyeran rápidamente entre diversas carteras digitales, dificultando la trazabilidad manual de los fondos. Según la fiscalía, esta operatoria permitía un eventual retorno de los capitales al beneficiario final de la estructura: <b>Marcelo Clayton Alves de Sousa</b>. Se trata de un ciudadano brasileño que actualmente se encuentra prófugo y que posee antecedentes y procesos abiertos tanto en Argentina como en Brasil por delitos vinculados al tráfico de estupefacientes y el blanqueo de capitales.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/RMJTPYMRJ5CR3JLNXNKFXL4IUU.jpg?auth=c934d32d3a0862dba15b9880bdf0cea1f5515f27e16857d48ef57127ab1f6cda&smart=true&width=1254&height=836" alt="Los imputados habrían montado un sistema de “diversificación” de fondos para borrar el rastro del dinero." height="836" width="1254"/><p>Para los investigadores, Alves de Sousa es la pieza clave que conecta la célula tucumana con el <b>Comando Vermelho</b>, una de las organizaciones criminales más antiguas y poderosas del continente. La hipótesis fiscal sugiere que la red operaba en nuestro país como una vía de escape y legitimación de los activos ilícitos generados por la organización en territorio brasileño y en las rutas del narcotráfico regional.</p><h2>El despliegue técnico del Ministerio Público</h2><p>Dada la complejidad tecnológica de la causa, la fiscalía de Agustín Chit requirió la colaboración de las áreas más especializadas del Ministerio Público Fiscal (MPF). El éxito del congelamiento de activos se basó en el trabajo coordinado de tres direcciones clave:</p><ul><li><b>SIFRAI:</b> La Secretaría para la Investigación Financiera y el Recupero de Activos Ilícitos, a cargo de María Fernanda Bergalli, se encargó de la trazabilidad técnica de las operaciones digitales.</li><li><b>DGRADB:</b> La Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes, cuya titular es María del Carmen Chena, trabajó en la identificación de los bienes físicos y su embargo preventivo.</li><li><b>DAFI:</b> La Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero, dirigida por Fabián Matilla, realizó el análisis de los perfiles fiscales y la inconsistencia de los montos operados frente a los ingresos declarados por los sospechosos.</li></ul><p>A partir del cruce de información con diferentes operadoras de criptomonedas, la Justicia logró confirmar y bloquear saldos por un total de <b>USDT 208.693</b> (un activo digital anclado al valor del dólar estadounidense). Estos fondos quedaron incautados bajo la figura de depósito judicial, a la espera de los avances en el proceso penal.</p><h2>Un patrimonio internacional bajo la lupa</h2><p>La resolución del juez Díaz Vélez no se limitó al entorno digital. La magnitud de la organización bajo sospecha quedó reflejada en el listado de bienes y activos financieros que fueron cautelados, muchos de los cuales se encuentran fuera de las fronteras argentinas, lo que demuestra la capacidad logística de la red:</p><ul><li><b>Sociedades y acciones:</b> Se ordenó el bloqueo de ocho participaciones sociales, de las cuales siete corresponden a firmas radicadas en el extranjero.</li><li><b>Inmuebles:</b> Se dispuso la cautela de diez propiedades ubicadas fuera del país.</li><li><b>Productos bancarios:</b> Se congelaron alrededor de 50 cuentas y productos financieros, varios de ellos en el exterior.</li><li><b>Vehículos:</b> La medida alcanzó a cuatro rodados, uno de los cuales también se encuentra fuera de la Argentina.</li></ul><h2>Estándares internacionales y seguridad financiera</h2><p>Este procedimiento se inscribe en el marco de los compromisos asumidos por el país ante el <b>Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)</b>. Específicamente, el MPF subrayó que la investigación se ajusta a las <b>Recomendaciones N°4 y N°30</b> de dicho organismo. La primera promueve el decomiso efectivo de las ganancias del delito para desfinanciar a las bandas, mientras que la segunda exige que las autoridades tengan un rol proactivo y especializado en la persecución del crimen económico.</p><p>Para la justicia federal, este caso no solo representa un avance en la investigación penal individual, sino que fortalece la integridad del sistema financiero nacional frente a la infiltración de capitales de la narcocriminalidad. La recuperación de<b> activos ilícitos </b>y la aplicación de <b>multas millonarias </b>se consolidan así como políticas de Estado prioritarias en la lucha contra el crimen organizado transnacional.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/XHQIE5SQ35GPZGAGYO4SE64PDY.jpeg?auth=c0e9b899987defca2a013d5ccd2ddac80025e50c9c85433e0b82e4fb805b10a0&amp;smart=true&amp;width=1340&amp;height=956" type="image/jpeg" height="956" width="1340"/></item><item><title><![CDATA[La Justicia Federal indicó que el segundo venezolano detenido en Corrientes no tendría vinculación con el Tren de Aragua ]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2026/02/11/la-justicia-federal-indico-que-el-segundo-venezolano-detenido-en-corrientes-no-tendria-vinculacion-con-el-tren-de-aragua/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2026/02/11/la-justicia-federal-indico-que-el-segundo-venezolano-detenido-en-corrientes-no-tendria-vinculacion-con-el-tren-de-aragua/</guid><dc:creator><![CDATA[Juan A. Bracco]]></dc:creator><description><![CDATA[Permanecerá retenido por orden de la Dirección de Migraciones hasta tanto se concrete su expulsión del país. El hombre entró a la Argentina por un paso clandestino]]></description><pubDate>Wed, 11 Feb 2026 12:05:07 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZM5QICTT75CJHC3Q3UYRWGKFFU.jpeg?auth=fc4bfd326a9767cc9a1fce7ff74d2e80178c1d86129e0c81b92fc237a80ce525&smart=true&width=1600&height=899" alt="La Justicia Federal constató que el segundo venezolano detenido en Corrientes no tendría vinculación con el Tren de Aragua " height="899" width="1600"/><p>Los informes de <b>Interpol</b> y de otras agencias internacionales vinculadas a la seguridad dieron cuenta de que <b>D. J. A. Z.</b> no tendría relación con el <b>Tren de Aragua</b>. Toda esta documentación fue recabada por la <b>Fiscalía Federal de Corrientes</b> luego de su detención el viernes 30 de enero.</p><p>Una de las fuentes principales fue un oficial de enlace de <b>Gendarmería </b>destinado en <b>Colombia</b>. Fue quien confirmó que el individuo no tendría relación con la organización terrorista. Solo registraba problemas migratorios en <b>Chile </b>y Colombia.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z7653GPN7VHPLGBMU6FCVXUOSM.jpg?auth=1408b213a2e1f5080908c0aad623690531276bd673f1a10904a0cd05929ce913&smart=true&width=1920&height=3413" alt="Hombre venezolano detenido en Corrientes" height="3413" width="1920"/><p>El hombre estuvo detenido durante unos días en el destacamento de <b>Prefectura</b>. Pero al poco tiempo, personal de la <b>Policía Federal</b> lo trasladó a <b>Buenos Aires</b>. </p><p>Entre los integrantes de la Fiscalía hubo fuertes sospechas de que el detenido también estaba enrolado en el Tren de Aragua. Había elementos que sostenían esta hipótesis. El principal: un tatuaje en forma de rosa. Además, era venezolano indocumentado, <b>una coincidencia doble con José Félix Peñalver Veliz, detenido 40 días antes y con vínculos comprobados con la organización criminal</b>.</p><p>Por otro lado, los dos eran hombres jóvenes. El primer detenido tenía 35 años y el segundo, 32.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WI3OSC246JFHTLDKV3UWKAE3KA.jpg?auth=260ac0a14b15674cbcf7c30ac37625b6357f3a59516ae53c084685a4a4e78b48&smart=true&width=1920&height=3413" alt="Hombre venezolano detenido en Corrientes" height="3413" width="1920"/><h2>Prontuarios</h2><p>D. J. A. Z. fue capturado en la zona de <b>Ita-Ibaté</b>. Estaba deambulando. Cuando fue abordado por fuerzas de seguridad, confesó no tener documentación personal. También manifestó que era venezolano y que <b>entró a la Argentina por un paso clandestino</b>. En ese momento, aseguró que pretendía regresar a pie a su patria y consignó que había salido de Mar del Plata antes de arribar a Ita-Ibaté.</p><p>La localidad está ubicada en el norte de la provincia, a 160 km de <b>Corrientes Capital</b>. Es ribereña del río Paraná, que actúa de frontera natural con <b>Paraguay</b>. A corta distancia de la costa vecina, está la ciudad de Panchito López.</p><p>Una alta fuente de Fiscalía comentó a <b>Infobae </b>que los antecedentes del segundo ciudadano venezolano detenido poco tenían que ver con los que registraba <b>Peñalver Veliz</b>. En el primer caso, se trataba de un<b> ex militar que escapó de Venezuela, donde tenía cargos por homicidio y otros delitos</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/Z66AF4BM6JAF5NB4WDHHFO65JY.png?auth=232f9589d7c8a01bc0d0017242e61de2f3db58a0a7fef215ceef1a95d597a3e4&smart=true&width=847&height=481" alt="Algunos de los tatuajes de José Féliz Peñalver Veliz" height="481" width="847"/><p>Además, se mantuvo en la clandestinidad en casi todos los países de <b>América Latina</b> y fue expulsado de<b> Estados Unidos</b> por integrar el Tren. Era buscado por agresión en <b>Canadá</b>. Cuando se le hizo la revisión corporal, se constató que tenía 20 heridas de arma blanca y una bala alojada en el abdomen.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/L5WATQ4IBFA55EFG6WTRAXJD6I.jpeg?auth=507b7007f06969f78d67cdaf6afb40fca48a1e65304a551ccee63372075fa811&smart=true&width=1280&height=960" alt="Expulsaron del país a José Félix Peñalver Veliz, el venezolano vinculado al Tren de Aragua que había sido detenido en Corrientes" height="960" width="1280"/><h2>La presencia del Tren en Corrientes</h2><p>La situación de D. J. A. Z. fue diferente. Cuando se lo demoró, estaba en un avanzado estado de intoxicación. Esto evitó que pudiera ser llevado ante el <b>Juzgado Federal de Garantías</b> para ser indagado. </p><p>El magistrado que tenía jurisdicción es <b>Gustavo Fresneda</b>, quien tuvo una participación activa en casos relacionados con el Tren, detectados en Corrientes. Primero fue la “<b>Banda de Yiyi</b>”. Y luego <b>Peñalver Veliz</b>, quien fue expulsado de la Argentina y llevado a Venezuela la semana pasada. En el mismo vuelo se iba a ubicar a D. J. A. Z., pero eso no ocurrió.</p><p>“Yiyi” es el alias de <b>Guillermo Rafael Boscán Bracho</b>. El hombre lideraba una banda de 13 personas con ramificaciones en la provincia del litoral, <b>Ezeiza </b>y <b>La Plata</b>. Su organización estaba relacionada con el Tren. La operación se dividía en dos células criminales: una a cargo de su pareja y la otra de su primo.</p><p>Está detenido en el <b>Penal de Ezeiza</b>. Permanece alojado en el Pabellón 20. Su día transcurre casi por completo dentro de la celda. Solo tiene 4 horas fuera. Su expulsión ya fue pedida por <b>Migraciones </b>y está en proceso de concretarse.</p><p>El <b>Tren de Aragua </b>entró en la calificación de <b>organización terrorista</b> el año pasado por una resolución de la ex ministra de Seguridad Nacional, <b>Patricia Bullrich</b>. La decisión tomada por el Gobierno nacional se dio en consonancia con la determinación del presidente norteamericano <b>Donald Trump</b> de poner al Tren en la lista de organizaciones de este tipo. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CEW24GAIKFGYJEXVFM4QYGXF7Y.jpeg?auth=89bfc725bb7bc40ec1ee19455d1757506c7c38a334e431d0d09cc20ea2d1dd4a&amp;smart=true&amp;width=1600&amp;height=1068" type="image/jpeg" height="1068" width="1600"/></item><item><title><![CDATA[Condenaron a 18 años de prisión al ex juez Walter Bento por corrupción judicial]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/07/condenaron-a-18-anos-de-prision-al-ex-juez-walter-bento-por-corrupcion-judicial/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/07/condenaron-a-18-anos-de-prision-al-ex-juez-walter-bento-por-corrupcion-judicial/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El Tribunal Oral Federal N° 2 de Mendoza fijó la pena tras declararlo culpable de liderar una asociación ilícita para el cobro de coimas. Su esposa y uno de sus hijos también fueron condenados]]></description><pubDate>Sat, 07 Feb 2026 00:41:31 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WS3B77PIBZAJNCEOI5Z5DFZV7A.jpg?auth=7e8e34114781d9b96067fe927c1240297cd31ea92d6a90f2bf1de5a6bb89b26f&smart=true&width=1920&height=1081" alt="El exjuez federal de Mendoza, Walter Bento, condenado a prisión este viernes por liderar una asociación ilícita destinada al cobro de coimas a cambio de beneficios procesales en expedientes bajo su cargo (Adrián Escandar)" height="1081" width="1920"/><p>El Tribunal Oral Federal N° 2 de Mendoza condenó a <b>Walter Ricardo Bento </b>a <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/05/la-fiscalia-pidio-18-anos-anos-de-prision-para-el-ex-juez-walter-bento-por-corrupcion-judicial/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/05/la-fiscalia-pidio-18-anos-anos-de-prision-para-el-ex-juez-walter-bento-por-corrupcion-judicial/"><b>18 años de prisión</b></a>, inhabilitación absoluta<b> y </b>perpetua para ejercer cargos públicos y al pago de una multa superior a los <b>540 millones de pesos</b>, al considerarlo <b>jefe de </b><a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/03/condenaron-al-ex-juez-walter-bento-por-liderar-una-asociacion-ilicita-y-lavar-dinero/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/03/condenaron-al-ex-juez-walter-bento-por-liderar-una-asociacion-ilicita-y-lavar-dinero/"><b>una asociación ilícita</b></a> dedicada al <b>cobro de coimas</b> a cambio de beneficios procesales en causas penales bajo su cargo. La decisión puso fin al juicio de cesura abierto tras el veredicto de culpabilidad dictado el martes pasado.</p><p>En rigor, por unanimidad se declaró a Bento, de 63 años, responsable del delito de <b>asociación ilícita en calidad de jefe</b>, en concurso real con <b>cohecho pasivo</b> en <b>ocho hechos</b>, <b>enriquecimiento ilícito</b>, <b>lavado de activos agravado</b> por haber sido cometido como miembro de una banda y en ejercicio de su función pública, <b>falsedad ideológica</b> en <b>dos hechos</b> y <b>ocultamiento e inutilización de un objeto destinado a servir como prueba</b>.</p><p>Además, el pedido de su defensa para purgar la pena en <b>prisión domiciliaria</b> fue diferido por el tribunal, por lo que será analizado más adelante. El exjuez seguirá así detenido en el complejo penitenciario federal de <b>Cacheuta</b>, en Luján de Cuyo. En tanto, su esposa<b> Marta Boiza </b>recibió una condena 6 años de cárcel tras ser hallada culpable por <b>lavado de activos</b>,<b> enriquecimiento ilícito</b> y <b>falsedad ideológica</b>. Uno de los hijos del matrimonio, <b>Nahuel Agustín Bento Boiza</b>, recibió una condena de cinco años de prisión, también por <b>lavado de activos agravado</b> por haber sido cometido como miembro de una banda.</p><p>El fallo fue dictado por unanimidad por el <b>Tribunal Oral Federal N° 2 de Mendoza</b>, que durante esta última etapa del proceso determinó el monto de las penas y la modalidad de cumplimiento para los <b>17 imputados</b> hallados responsables en la megacausa por corrupción judicial que sacudió a la provincia de Mendoza.</p><p>El juicio oral se desarrolló ante el Tribunal 2, integrado por las juezas <b>Gretel Diamante</b>, <b>María Carolina Pereira </b>y <b>Eliana Beatriz Rattá Rivas</b>. El debate comenzó en julio de 2023 y se extendió por más de <b>130 audiencias</b>, con la declaración de alrededor de <b>300 testigos</b> y el análisis de un voluminoso cuerpo de prueba documental y digital.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/J7UAEUVPXZECVA2BNFHXFYAOQA.jpg?auth=3868ae39f7ddf82d01328eb233ed8dc9098482d5699977316e548d6dc816889a&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Walter Bento pronunció sus últimas palabras esta tarde, antes del veredicto (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>En representación del Ministerio Público Fiscal intervinieron la fiscal general <b>María Gloria André</b>, el fiscal general <b>Dante Vega</b>, y los fiscales de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (<b>PROCELAC</b>) <b>Diego Velasco y Laura Roteta</b>. La acusación sostuvo que Bento ocupó un rol central e insustituible dentro de una estructura criminal estable, con división de roles y permanencia en el tiempo, orientada a obtener dinero y bienes a cambio de decisiones judiciales ilegítimas.</p><p>Según se tuvo por acreditado en el veredicto, la organización funcionó al menos desde 2007 y operó principalmente en expedientes complejos -entre ellos causas por <b>narcotráfico y contrabando</b>- tramitados en el juzgado a cargo de Bento. El mecanismo incluía el <b>cobro de sobornos</b> para otorgar libertades, morigeraciones de prisiones preventivas, recalificaciones legales, faltas de mérito o sobreseimientos. De acuerdo con la estimación de la fiscalía especializada, el circuito de coimas habría movilizado <b>al menos 1,7 millones de dólares</b>, además de bienes muebles e inmuebles.</p><p>Bento fue declarado culpable por <b>asociación ilícita en calidad de jefe</b>, en concurso real con <b>cohecho pasivo</b>, <b>enriquecimiento ilícto</b>, <b>lavado de activos agravado</b>, <b>falsedad ideológica</b> y <b>ocultamiento de prueba</b>, entre otros delitos. El tribunal consideró probado que el exmagistrado definía las estrategias, autorizaba los beneficios procesales, fijaba los montos a cobrar y ordenaba el curso de las maniobras, apoyado por abogados, intermediarios y contactos en el ámbito policial.</p><p>En cuanto al capítulo patrimonial, las juezas tuvieron por acreditado un <b>entramado familiar</b> destinado a ocultar y legitimar el origen ilícito de los fondos, mediante operaciones inmobiliarias, vehículos de alta gama y otras inversiones.</p><p>Durante la audiencia de cesura, todas las defensas expusieron sus pedidos antes de la decisión final. La fiscalía había solicitado <b>18 años de prisión efectiva</b> para el exjuez, además de la inhabilitación perpetua y una multa millonaria. La defensa de Bento reclamó una reducción sustancial de la pena y pidió <b>prisión domiciliaria</b>, invocando razones familiares vinculadas al cuidado de su hijo con discapacidad. También se escucharon los planteos de las defensas de los restantes condenados.</p><p>En sus últimas palabras, previas a la imposición de las penas, <b>Nahuel Bento </b>expresó: “En el uso de estas últimas palabras de esta audiencia de cesura, simplemente quiero decirles que este proceso ha arruinado mi vida; permítanme rehacerla”. Por su parte, su padre, el exjuez, sostuvo: “De todo lo que acabamos de escuchar se evidencia <b>una causa trágica</b> que ha mellado no solamente a quienes estamos imputados sino a nuestros núcleos familiares. Como confío en la justicia, solamente tengo para decir que voy a seguir luchando, que no voy a bajar los brazos”.</p><p>Bento había asumido al frente del <b>Juzgado Federal N° 1 de Mendoza</b>, con competencia penal y electoral, en <b>septiembre de 2006</b>, tras un concurso. El juzgado se encontraba vacante desde 2002. Su nombramiento se produjo durante el gobierno de <b>Néstor Kirchner</b>. La investigación que derivó en la megacausa se reactivó en <b>marzo de 2020</b>, cuando una pesquisa por <b>narcotráfico </b>a cargo del Ministerio Público Fiscal reveló comunicaciones en las que se aludía al “juez”, al “número uno” o al “gran jefe”, en presunta referencia al entonces magistrado.</p><p>Con la lectura de la sentencia de cesura, el Tribunal Oral Federal N° 2 dio por concluida la etapa de determinación de penas. Los <b>fundamentos completos del veredicto</b> serán dados a conocer en una resolución posterior.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/AGKWJKSOKNE7JPAAGHVZU4DVOM.jpg?auth=a2a6653c76ec7c4482d0097f842d89399e1d820036dcd022c8c2b9c15963f3f6&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Adrián Escandar]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Fraude en el PAMI: pidieron elevar a juicio una causa por recetas truchas que generó un perjuicio millonario]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2026/02/06/fraude-en-el-pami-pidieron-elevar-a-juicio-una-causa-por-recetas-truchas-que-genero-un-perjuicio-millonario/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2026/02/06/fraude-en-el-pami-pidieron-elevar-a-juicio-una-causa-por-recetas-truchas-que-genero-un-perjuicio-millonario/</guid><dc:creator><![CDATA[Andrés Klipphan]]></dc:creator><description><![CDATA[Los imputados son un médico y una farmacéutica. Están acusados de emitir más de 600 órdenes apócrifas. Nuevas auditorías ya habían detectado esta modalidad]]></description><pubDate>Fri, 06 Feb 2026 04:51:55 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AKL7JTKJFFAMJJQ5MATJ7B54QY.jpg?auth=3a398e4f0ecda47e9ac3e3c2a58c246a29d01a3ce0bed7c9d8090cbf7c87ed4b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Fraude en el PAMI: la Justicia avanza sobre prestadores que emitieron recetas electrónicas apócrifas" height="1080" width="1920"/><p>La <b>Justicia Federal de Rafaela</b>, provincia de <b>Santa Fe</b>, avanza en una causa que expone una de las modalidades de fraude más recurrentes detectadas en el sistema de salud de los jubilados. <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/10/24/rafaela-procesaron-a-una-farmaceutica-y-a-un-medico-por-defraudar-al-pami-con-la-emision-de-recetas-falsas/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/10/24/rafaela-procesaron-a-una-farmaceutica-y-a-un-medico-por-defraudar-al-pami-con-la-emision-de-recetas-falsas/">Un médico y una farmacéutica fueron acusados de haber montado un esquema de emisión de recetas electrónicas falsas</a>, que generó un perjuicio millonario al <b>PAMI</b>.</p><p>El fiscal federal <b>Jorge Gustavo Onel</b> solicitó formalmente la elevación a juicio de la causa contra <b>A. J. M.</b>, un médico de 72 años, y <b>G. V. B.</b>, farmacéutica y titular de un comercio del rubro, por el delito de <b>defraudación contra la administración pública</b>. El pedido fue presentado ante el juez federal subrogante de Rafaela, <b>Aurelio Cuello Murúa</b>.</p><p>Según la investigación, los profesionales confeccionaron recetas apócrifas con el objetivo de simular la provisión de medicamentos a afiliados del PAMI. <b>En total, se detectaron 636 prescripciones emitidas a nombre de 78 jubilados que no pertenecían a la cápita del médico imputado.</b></p><p>Las maniobras quedaron al descubierto tras un análisis técnico que permitió establecer que las recetas electrónicas fueron cargadas desde computadoras ubicadas en la farmacia de la imputada. Las direcciones IP coincidían con las asignadas por la empresa de telefonía al domicilio del comercio, un dato clave que terminó de cerrar el circuito probatorio.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AWPIANVMANAQ7J47YQ45FW43CM.jpg?auth=f1a409f723340e9096c71a77f859da528a6e1c1bc79ccadeb1c105c8b471f53a&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El titular del PAMI ordenó nuevas auditorías que detectaron focos de corrupción" height="1080" width="1920"/><p>Para los investigadores, el rol de cada acusado estuvo claramente delimitado. El fiscal sostuvo que<b> la farmacéutica actuó como autora del fraude</b>, al utilizar el sistema informático del PAMI para generar disposiciones patrimoniales indebidas en su favor. <b>El médico, en tanto, fue considerado partícipe necesario</b>, ya que habría facilitado su usuario y clave de acceso al sistema de receta electrónica, un aporte sin el cual la maniobra no hubiera sido posible.</p><p>El perjuicio económico causado al <b>Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados</b> habría sido percibido de manera irregular por la farmacia a través del circuito habitual de facturación.</p><h2>El origen de la causa penal </h2><p>La investigación que ahora se encamina al juicio oral tuvo su punto de partida en una alerta interna. La Unidad Fiscal especializada en delitos vinculados al PAMI (<b>UFI-PAMI</b>), a cargo del fiscal federal <b>Javier Arzubi Calvo</b>, recibió un correo electrónico enviado por el área legal del organismo que advertía sobre presuntas inconsistencias en la dispensa de medicamentos en una farmacia de Rafaela.</p><p><b>El disparador fue la denuncia de una afiliada que detectó diferencias entre los medicamentos que figuraban como recetados a su nombre y los que efectivamente había solicitado.</b> Según relató, en la farmacia le entregaron una copia de su cuenta corriente donde aparecían fármacos que nunca le habían sido prescriptos. Al analizar el caso, se constató que las recetas habían sido emitidas por un médico que no era su profesional de cabecera y a quien dijo no conocer.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U6SDJSBO75ASPNG7H4RKRYXVXU.jpg?auth=c0f64e6aeef03703a8a990ae7fb8c45491a87e90f802c21651bba7600d0e5fb5&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Una farmacia y un médico, las claves de la investigación de fraude contra el PAMI" height="1080" width="1920"/><p>A partir de ese dato, tomó intervención la <b>Sede Fiscal Descentralizada Rafaela</b>, que comenzó a revisar documentación digital surgida de auditorías administrativas del PAMI. El relevamiento incluyó entrevistas al azar a otros afiliados de la ciudad, quienes <b>en su mayoría desconocieron al médico investigado y negaron haber recibido o consumido los medicamentos que figuraban en el sistema como prescriptos y dispensados.</b></p><p>Los cruces de información permitieron establecer que el patrón se repetía: jubilados que no conocían al profesional, recetas emitidas sin consulta previa y medicamentos facturados como entregados, aunque los propios afiliados negaban haberlos recibido o afirmaban consumirlos en menor cantidad.</p><p>La pesquisa avanzó con un dato técnico clave. Un informe de una empresa de telecomunicaciones confirmó que las recetas electrónicas habían sido emitidas desde computadoras cuyas direcciones IP estaban asociadas al domicilio comercial de la farmacia. Esa información fue corroborada luego por tareas de campo de la <b>Gendarmería Nacional</b>, permitiendo identificar tanto el domicilio real como el comercial de la farmacéutica.</p><p>Con autorización judicial, se realizaron allanamientos en la farmacia y se secuestraron ocho gabinetes de computadoras, que fueron peritados por personal especializado. Del análisis surgió información relevante que fortaleció la hipótesis de una maniobra coordinada entre ambos profesionales para simular prestaciones médicas inexistentes.</p><p><b>En paralelo, el PAMI avanzó con un sumario administrativo que derivó en una sanción económica contra el médico</b>. En ese expediente interno también se entrevistó a 10 afiliados; todos aseguraron no conocerlo ni haber adquirido medicamentos en la farmacia involucrada.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/M35VJGVS4FAUNB6WZEX3WLC5QI.jpg?auth=815cf3a671641015b9c6d00ceb843aee3fee2beaa211c14ff0e789dc727f18e0&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Gendarmería Nacional realizó los allanamientos sobre la farmacia y el consultorio médico involucrados (Foto: Adrián Escandar)" height="1080" width="1920"/><p>Tras reunir la evidencia, el fiscal <b>Onel</b> pidió la indagatoria de los imputados. Si bien en febrero de 2024 un juez federal dictó la falta de mérito, la decisión fue apelada y revisada por la <b>Cámara Federal de Apelaciones de Rosario</b>. En agosto pasado, los camaristas consideraron acreditado, con el grado de probabilidad exigido, que <b>existió una maniobra sistemática para provocar un gasto indebido al Estado</b>.</p><p>Con ese respaldo, y tras descartar que se tratara de hechos aislados por la magnitud del caso, el juez <b>Cuello Murúa</b> dictó el procesamiento de ambos imputados, sin prisión preventiva, por defraudación contra la administración pública. <b>Esa resolución es la que ahora habilitó el pedido de elevación a juicio oral.</b></p><h2>Auditorías que encendieron todas las alarmas en el PAMI</h2><p>El caso se inscribe en un escenario mucho más amplio de controles y auditorías que el PAMI viene profundizando desde el año pasado y que <b>dejaron al descubierto prácticas sistemáticas de fraude en distintas áreas sensibles del sistema de salud de los jubilados</b>.</p><p>Relevamientos internos a los que tuvo acceso <b>Infobae</b> revelaron volúmenes de prestaciones médicas incompatibles con cualquier jornada laboral razonable y con la infraestructura declarada por los propios prestadores. En uno de los episodios más llamativos, <b>un centro de gastroenterología con apenas dos quirófanos informó haber realizado 283 prácticas en solo cinco horas</b>, un número considerado materialmente imposible por los auditores.</p><p>Situaciones similares se detectaron en el módulo de cardiología. Allí se identificaron prestadores que, actuando como personas físicas, transmitieron cientos de órdenes médicas electrónicas en un solo día. En algunos casos <b>se registraron hasta 689 órdenes asociadas a más de 300 pacientes en 24 horas</b>, lo que implicaría jornadas de trabajo de más de 80 y hasta 100 horas diarias.</p><p>Las auditorías también expusieron turnos superpuestos, consultas asignadas en el mismo horario a un mismo profesional para prácticas distintas y el uso compartido de credenciales para emitir recetas y órdenes médicas, una práctica que vulnera los controles básicos del sistema de trazabilidad.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OWONUJZWOBDHZDCLRFX33SXCII.jpg?auth=feb1d6ef495e5ae04182bfd5da09b1649ecce5e1449569d88a44ee655760791b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El PAMI descubrió recetas electrónicas falsas, facturación de prestaciones inexistentes, uso indebido de datos personales de afiliados y la emisión de órdenes sin que mediara atención médica real" height="1080" width="1920"/><p>Según los informes oficiales, estas irregularidades forman parte de un entramado más complejo que incluye recetas electrónicas falsas, facturación de prestaciones inexistentes, uso indebido de datos personales de afiliados y la emisión de órdenes sin que mediara atención médica real. <b>En muchos casos, los jubilados figuraban como pacientes atendidos sin haber recibido nunca la consulta, el tratamiento o el medicamento.</b></p><p>Las máximas autoridades del organismo, encabezadas por su director ejecutivo <b>Esteban Leguízamo</b>, impulsaron denuncias penales ante la Justicia Federal por defraudación a la administración pública. Los montos involucrados serían millonarios, aunque el daño total aún está siendo cuantificado en sede judicial.</p><p>Frente a este panorama, <b>el PAMI puso en marcha un esquema de control más estricto</b> que incluye auditorías permanentes, monitoreo de umbrales prestacionales, uso obligatorio del turnero digital, cruce de datos para detectar patrones irregulares y penalizaciones automáticas ante desvíos injustificados. También se centralizaron las compras de insumos desde <b>PAMI Central</b>, con el objetivo de eliminar sobrecostos y cerrar circuitos opacos heredados de gestiones anteriores.</p><p>Desde el organismo aseguran que el foco no está puesto en recortar prestaciones, sino en desarticular los mecanismos de fraude, fortalecer la transparencia y garantizar que los recursos del sistema lleguen efectivamente a los afiliados.</p><p>Con causas judiciales abiertas, sumarios administrativos en marcha y auditorías activas, el <b>PAMI </b>intenta reordenar una de las cajas más sensibles del Estado y recuperar la confianza en un sistema históricamente atravesado por irregularidades.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/AKL7JTKJFFAMJJQ5MATJ7B54QY.jpg?auth=3a398e4f0ecda47e9ac3e3c2a58c246a29d01a3ce0bed7c9d8090cbf7c87ed4b&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Fraude en el PAMI: la Justicia avanza sobre prestadores que emitieron recetas electrónicas apócrifas]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Procuración del Tesoro dejará de ser querellante en la causa por la deuda solicitada al FMI en 2018 ]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2026/02/06/la-procuracion-del-tesoro-dejara-de-ser-querellante-en-la-causa-por-la-deuda-solicitada-al-fmi-en-2018/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2026/02/06/la-procuracion-del-tesoro-dejara-de-ser-querellante-en-la-causa-por-la-deuda-solicitada-al-fmi-en-2018/</guid><description><![CDATA[Luego de que consideraran que el organismo no contaba con las herramientas penales necesarias para seguir con el proceso, el Gobierno afirmó que el Ministerio Público Fiscal estaba capacitado para asumir el rol]]></description><pubDate>Fri, 06 Feb 2026 04:09:03 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KZDLQ3RLORA5JEX4VRPM4E47UA.jpg?auth=af1df895bef26c09695d3ddd73d66f3e665697904e482e2655c018b9a530222b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Nicolas Dujovne y Christine Lagarde durante el anuncio del acuerdo firmado en Nueva York durante 2018" height="1080" width="1920"/><p>A casi cinco años de que la<b> </b><a href="https://www.infobae.com/tag/procuracion-del-tesoro/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/procuracion-del-tesoro/"><b>Procuración del Tesoro de la Nación</b></a> fuera aceptada como querellante en la causa que investiga presuntas irregularidades en la <a href="https://www.infobae.com/economia/2018/09/26/el-nuevo-acuerdo-con-el-fmi-es-por-un-total-de-57-100-millones-de-dolares/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/economia/2018/09/26/el-nuevo-acuerdo-con-el-fmi-es-por-un-total-de-57-100-millones-de-dolares/"><b>deuda que fue solicitada al Fondo Monetario Internacional (FMI) en 2018</b></a>, el Gobierno nacional anunció que el organismo estatal cesará su intervención en la instancia penal.</p><p>Se trata de la<b> causa N° 3.561/2019</b>, en la cual se acusó al ex presidente <b>Mauricio Macri</b>, el ex ministro de Hacienda <b>Nicolás Dujovne</b>, el actual ministro de Economía <b>Luis Caputo</b>, el ex jefe de Gabinete <b>Marcos Peña</b>, al por entonces presidente del Banco Central <b>Federico Sturzenegger</b> y otros funcionarios de su gestión por presuntamente haber incurrido en los delitos de <b>defraudación por administración y defraudación contra la administración pública</b>.</p><p>La decisión fue anunciada por <b>Javier Milei </b>y el ministro de Justicia, <b>Mariano Cúneo Libarona</b>, tras haber firmado el Decreto N° 87/2026. <b>“Instrúyese a la Procuración del Tesoro de la Nación a cesar su intervención como querellante particular en la Causa N° 3561/2019″</b>, establecieron.</p><p>De esta manera, quedó derogado el Decreto N° 239/2021, que había habilitado al organismo estatal a representar al Estado Nacional en calidad de querellante durante el proceso judicial, que era investigado por el <b>Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 5</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NOWB4DSATZAWXBODV75JRY74AM.jpg?auth=65660df5b0bf445e717b5502aaf7abb975cd04fc5aac7a60f376c9a194218540&smart=true&width=1920&height=1200" alt="El ex presidente Mauricio Macri junto a la ex directora del FMI Christine Lagarde y el ex ministro de Hacienda Nicolás Dujovne" height="1200" width="1920"/><p>Según se había asentado en ese documento, la misión del organismo estatal consistía en promover “la acción penal con el fin de determinar a las presuntas y los presuntos responsables de los delitos de acción pública que en ese proceso se investigan y que podrían haber damnificado al Estado Nacional”.</p><p>Desde el Gobierno explicaron que la renuncia por parte del Estado a continuar con el rol fue consecuencia de la desición de la magistrada que lleva el caso. <b>“La jueza interviniente resolvió archivar la causa en cuestión, considerando que no se cometieron los delitos denunciados”</b>, indicaron.</p><p>En este sentido, la magistrada argumentó que la acusación respecto a la<b> “carta de intención” enviada por el ex ministro de Hacienda y el titular del Banco Central al FMI para solicitar nuevos fondos </b>en el marco de un acuerdo stand-by, que se había estipulado que duraría 36 meses, carecía de fundamentos.</p><p>A partir de esta petición, la entidad financiera internacional había otorgado a la administración liderada por Macri un monto valuado en<b> 50 mil millones de dólares</b>. No obstante, habían establecido el desembolso de 15 mil millones, mientras que el resto iba a ser considerado como “apoyo presupuestario precautorio”.</p><p><!DOCTYPE html>
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</p><p><b>“Se trataba de decisiones sujetas a control jurisdiccional en tanto constituían el ejercicio de facultades discrecionales de las que goza el Poder Ejecutivo Nacional para llevar a cabo su política económica”</b>, sostuvo la jueza federal, tras señalar que los efectos macroeconómicos que hubieran producido no permitían reconducir el caso hacia el ámbito del derecho penal.</p><p>Respecto a la actuación de la Procuración del Tesoro de la Nación, la Justicia consideró que había cumplido con los parámetros del debido proceso, pese a que hicieron hincapié en que su participación suele darse en “los fueros contencioso administrativo, civil y comercial federal, siendo excepcional su participación en litigios penales”.</p><p>Por este motivo, apuntaron que el organismo no contaba con una dirección nacional que estuviera especializada en litigios penales y, sobre todo, en casos que involucraran delitos económicos complejos. Asimismo, <b>subrayaron que el Ministerio Público Fiscal (MPF) se encontraba “en la mejor posición técnica para impulsar la investigación en la referida Causa N° 3561/2019″</b>.</p><p>Así, el Gobierno accedió a retirarse del litigio, tras sostener que “corresponde priorizar un uso eficiente, eficaz y racional de los recursos públicos”. En ese sentido, consideraron que esta decisión evitaría las “superposiciones de funciones e intervenciones que no respondan al área de especialidad técnica de los organismos o que puedan ser utilizadas para interferir en la actuación propia de otro Poder del Estado con una finalidad de persecución política”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/254OM3XO7NG6ZMLCXSGJRROGSE.JPG?auth=6db1a96a5bfa0d1f96536bfc1a39fef2fe6d230adbfd42b44bd425b3aad6d75d&smart=true&width=3500&height=2234" alt="Anteriormente, la Justicia Federal archivó otra causa que acusaba al gobierno de Macri por presunta fuga de capitales (REUTERS)" height="2234" width="3500"/><p>Previo a esto, la Justicia Federal también había resuelto archivar una investigación penal impulsada para saber quiénes habían realizado las mayores compras de dólares y quiénes transfirieron mayores montos de la divisa norteamericana al exterior durante la gestión de Macri.</p><p>Así, la investigación, que analizaba una posible <b>“fuga de capitales”</b> entre 2016 y 2019 por <b>un total de 86 mil millones de dólares</b>, quedó sin efecto en marzo de 2019. Se trataba de una de las causas que había sido anexada a la causa por el préstamo solicitado al FMI.</p><p>Según la información a la que accedió <b>Infobae</b><i>, </i>la jueza <b>María Eugenia Capuchetti</b> había considerado innecesario continuar, ya que no se había detectado ninguna operación sospechosa que motivara la apertura del caso, sino que el análisis respondía a una búsqueda “especulativa” de eventuales delitos como evasión tributaria o lavado de activos, al no haber indicios concretos que justificaran el escrutinio sobre un amplio grupo de personas físicas y jurídicas.</p><p>Finalmente, la decisión fue confirmada por los jueces <b>Mariano Llorens</b>, <b>Pablo Bertuzzi</b> y <b>Leopoldo Bruglia</b> de la <b>Sala I de la Cámara Federal</b>, quienes avalaron la postura de la magistrada ante los recursos presentados por el fiscal <b>Franco Picardi</b> y la <b>AFIP </b>(actual ARCA), que advertían que el cierre era prematuro y restaba analizar documentación.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/KZDLQ3RLORA5JEX4VRPM4E47UA.jpg?auth=af1df895bef26c09695d3ddd73d66f3e665697904e482e2655c018b9a530222b&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Nicolas Dujovne y Christine Lagarde durante el anuncio del acuerdo firmado en Nueva York durante 2018]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Absuelven a un productor agropecuario acusado de explotación laboral y servidumbre en una finca azucarera de Jujuy]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/05/absuelven-a-un-productor-agropecuario-acusado-de-explotacion-laboral-y-servidumbre-en-una-finca-azucarera-de-jujuy/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/05/absuelven-a-un-productor-agropecuario-acusado-de-explotacion-laboral-y-servidumbre-en-una-finca-azucarera-de-jujuy/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy dictó la absolución tras un extenso juicio oral y sostuvo que no se acreditaron mecanismos de coerción ni afectación de la libertad de los trabajadores rurales]]></description><pubDate>Thu, 05 Feb 2026 21:29:58 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SPMIDSO25DX2TKWTDAI5X7ES34.jpg?auth=acd06513cc945fb8383e3e1aabbb2020e5e1c9f30b09c686ff388f53479285cf&smart=true&width=800&height=563" alt="El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy absolvió por unanimidad a un productor agropecuario acusado de explotación laboral y reducción a la servidumbre (Foto ilustrativa: REUTERS/Luisa González)" height="563" width="800"/><p>El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy absolvió este jueves a un <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/04/un-empresario-ira-a-juicio-en-jujuy-acusado-por-tres-decadas-de-abusos-en-una-finca-azucarera/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/04/un-empresario-ira-a-juicio-en-jujuy-acusado-por-tres-decadas-de-abusos-en-una-finca-azucarera/"><b>empresario agropecuario</b></a> acusado de haber sometido durante más de dos décadas a dos <b>trabajadores rurales</b> a condiciones de<b> </b><a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/02/05/la-plata-rescataron-a-tres-ninos-y-un-bebe-que-eran-explotados-por-una-red-de-trata-infantil/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/02/05/la-plata-rescataron-a-tres-ninos-y-un-bebe-que-eran-explotados-por-una-red-de-trata-infantil/"><b>explotación laboral</b></a> y <b>reducción a la servidumbre</b> en una <b>finca azucarera</b> del este provincial. La decisión, adoptada por unanimidad, se produjo tras un debate oral en el que se recibieron más de <b>20 declaraciones testimoniales</b> y se analizaron inspecciones administrativas, peritajes y documentación técnica<b> </b>incorporada durante la investigación.</p><p>En la resolución de 95 páginas, a la que tuvo acceso <b>Infobae</b>, se identificó al imputado como G.A.R., un <b>productor agropecuario </b>y <b>contador público </b>de 50 años, y a los trabajadores como <b>J.C.V.</b> y <b>F.A.</b>, vinculados desde la década de 1990 a una explotación de <a href="https://www.infobae.com/tag/cana-de-azucar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cana-de-azucar/"><b>caña de azúcar</b></a> ubicada en <b>Arroyo Colorado</b>, localidad de <b>Santa Clara</b>, en el departamento jujeño de <b>Santa Bárbara</b>. La finca, dedicada al cultivo cañero, integra una <b>estructura empresaria de carácter familiar</b> con actividad citrícola. El fallo, en tanto, fue dictado por las juezas <b>María Alejandra Cataldi</b> y <b>Marta Liliana Snopek</b>, y el juez <b>Diego Martín Matteucci</b>, integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy.</p><p><a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/04/un-empresario-ira-a-juicio-en-jujuy-acusado-por-tres-decadas-de-abusos-en-una-finca-azucarera/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/04/un-empresario-ira-a-juicio-en-jujuy-acusado-por-tres-decadas-de-abusos-en-una-finca-azucarera/">El caso</a> tuvo su origen en una <b>denuncia anónima</b> recibida en julio de 2023 por el <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/08/14/aprobaron-un-nuevo-protocolo-de-deteccion-de-casos-de-trata-de-personas-en-pasos-fronterizos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/08/14/aprobaron-un-nuevo-protocolo-de-deteccion-de-casos-de-trata-de-personas-en-pasos-fronterizos/"><b>Comité Ejecutivo Nacional de Lucha contra la Trata</b></a>, que dio lugar a inspecciones administrativas y, posteriormente, a un <b>allanamiento</b> realizado en diciembre de ese año en el predio rural. A partir de esas actuaciones, la <b>fiscalía</b> imputó al empresario haber reducido a los trabajadores a una situación de servidumbre, aprovechando su <b>vulnerabilidad social y económica</b>.</p><p>En septiembre del año pasado, y en el marco de una <b>audiencia de control acusatorio</b>, la Cámara Federal de Salta ordenó la apertura del juicio tras evaluar formalmente admisible la acusación por presunta <b>explotación laboral</b> y <b>hacinamiento</b> de los dos trabajadores de la finca azucarera. Esa decisión habilitó la elevación del expediente al Tribunal Oral en lo Criminal Federal y dio inicio a la etapa de <b>debate oral</b>, que concluyó ahora con la absolución del imputado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FTGFE53H24WONGSQN4J4AKEGNE.jpg?auth=4e0aee6e5d7db313d91fd0c439380ecfdc6ed68f8c652db03c083d2667d77383&smart=true&width=800&height=533" alt="La sentencia sostuvo que no se acreditaron mecanismos de coerción ni una afectación penalmente relevante de la libertad de los trabajadores rurales (Foto ilustrativa: REUTERS/Paulo Whitaker)" height="533" width="800"/><p>De acuerdo con la hipótesis acusatoria, <b>J.C.V.</b> y <b>F.A.</b> habrían trabajado durante años en <b>jornadas extensas</b>, de lunes a domingo, sin descansos adecuados ni pago de <b>horas extras</b>, percibiendo salarios por debajo de los<b> mínimos legales</b>. También se les atribuyó haber residido junto a sus familias dentro del predio rural en <b>condiciones habitacionales precarias</b>, con <b>acceso irregular al agua potable</b>, instalaciones eléctricas deficientes y uso de baños improvisados, ubicados a considerable distancia de las viviendas.</p><p>El Ministerio Público describió esas condiciones como parte de un <a href="https://www.infobae.com/tag/explotacion-laboral/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/explotacion-laboral/"><b>régimen sostenido de explotación</b></a>, reforzado -según su planteo- mediante <b>sanciones disciplinarias</b>, <b>suspensiones sin goce de sueldo</b> y la <b>amenaza de despido y desalojo</b>. En ese contexto, precisó que la permanencia de los empleados en el establecimiento rural a lo largo de los años no había respondido a una <b>elección libre</b>, sino a la <b>ausencia de alternativas reales</b>, en un escenario de <b>pobreza estructural</b> y <b>bajo nivel de alfabetización</b>.</p><p>Durante el debate oral se detalló que <b>J.C.V.</b> habría realizado <b>tareas físicas extenuantes</b>, como el macheteo de surcos de gran extensión, la limpieza de acequias y labores de riego, incluso en edades avanzadas y con <b>problemas de salud</b>. En el caso de <b>F.A.</b>, se remarcó <b>su</b> <b>analfabetismo</b> y la presunta imposibilidad de comprender los <b>recibos de sueldo</b> que firmaba, algo que -de acuerdo a la fiscalía- lo colocaba en una situación de <b>especial indefensión </b>frente a la parte empleadora.</p><p>También se describieron las viviendas del sector conocido como “<b>conventillo</b>” como construcciones precarias, con <b>techos de chapa</b>, <b>pisos de cemento o tierra</b> y <b>conexiones eléctricas expuestas</b>. Según la acusación, en algunos períodos los trabajadores debían <b>abastecerse de agua</b> mediante mangueras desde la red del pueblo, bañarse con <b>agua de acequia</b> y utilizar <b>baños </b>sin las condiciones mínimas de <b>higiene y seguridad</b>.</p><p>La <b>defensa</b>, por su parte, sostuvo desde el inicio que el caso no configuraba un delito penal sino, en todo caso, un <b>conflicto laboral</b>, agravado tras el <b>despido</b> de <b>J.C.V.</b> en <b>2023</b>. Alegó que ambos trabajadores estuvieron <b>registrados</b>, percibieron salarios conforme a <a href="https://www.infobae.com/tag/convenios-colectivos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/convenios-colectivos/"><b>convenios colectivos</b></a>, contaron con <b>obra social, ART, vacaciones y licencias</b>, y que cualquier irregularidad debía tramitarse por vías <b>administrativas o laborales</b>.</p><p>Durante el juicio se incorporaron <b>recibos de sueldo</b>, <b>constancias de aportes previsionales</b>, <b>facturas de servicios públicos</b> y <b>peritajes técnicos</b>. La defensa explicó que las sanciones disciplinarias aplicadas a <b>J.C.V.</b> respondieron, en efecto, a <b>incumplimientos laborales</b> y que los <b>descuentos salariales</b> detectados en algunos períodos se vincularon con esas sanciones y con <b>ausencias injustificadas</b>.</p><p>En relación con las <b>condiciones habitacionales </b>de sus empleados, aseveró que la finca contaba con <b>energía eléctrica</b> provista por la empresa distribuidora provincial, <b>agua corriente</b> de la red de Arroyo Colorado y <b>baños de material</b> disponibles para el personal. También expresó que las letrinas <b>precarias fotografiadas</b> durante los allanamientos se encontraban en un <b>predio lindante</b>, fuera de la propiedad del imputado, y que habían sido construidas por los propios trabajadores.</p><p>El fallo reconstruyó la evolución de la <b>relación laboral</b> y dio por acreditado que ambos trabajadores ingresaron a la finca a comienzos de la <b>década de 1990</b>, cuando la explotación estaba a cargo del padre del imputado. Tras su fallecimiento, en <b>2014</b>, <b>G.A.R.</b> asumió la dirección plena de la empresa. En ese contexto, <b>J.C.V.</b> fue designado <b>capataz</b> y trasladado a una vivienda de mejores condiciones dentro del predio, conocida como <b>“la Sala”</b> o <b>“casa del capataz”</b>, mientras que <b>F.A.</b> continuó residiendo en el sector destinado a los peones.</p><p>Uno de los ejes centrales de la sentencia recayó en la valoración de la presunta “<b>voluntad anulada</b>” de los trabajadores. En ese sentido, los magistrados señalaron que un<b> </b>“<b>sujeto reducido a la servidumbre no tiene la autonomía necesaria para litigar contra su supuesto explotador</b>”, y destacaron que <b>J.C.V.</b> contrató abogados “para litigar contra su supuesto explotador”, envió <b>telegramas laborales</b>, promovió <b>demandas judiciales</b> y se trasladó fuera de la finca tras su despido.</p><p>Respecto de <b>F.A.</b>, los fundamentos de la resolución puntualizaron que, luego de los allanamientos de <b>diciembre de 2023</b>, decidió <b>continuar trabajando</b> para la empresa y fue trasladado a otra vivienda en la localidad de <b>Santa Clara</b>, circunstancia que -según se indicó- resultaba<b> </b>“incompatible” con "<b>un régimen de sometimiento permanente</b>“.</p><p>Los jueces también evaluaron las <b>inspecciones estatales</b> realizadas a lo largo de los años y advirtieron que no se habían registrado <b>sanciones administrativas firmes</b> por explotación laboral. Bajo esos términos, consideraron que la<b> </b>“<b>orfandad probatoria </b>genera la <b>falta de certeza</b>, ya que, si bien existen elementos de cargo aportados por la Fiscalía, también encontramos <b>pruebas </b>que permiten interpretar el hecho de <b>modo exculpatorio”</b>.</p><p>En uno de los tramos centrales del documento, el tribunal precisó que el análisis debía realizarse conforme al <b>régimen penal de la trata de personas</b>, con especial atención a la eventual afectación de la <b>libertad de movimiento</b>, de la <b>libre autodeterminación</b> y a la existencia de <b>mecanismos de coacción, amenaza o sometimiento</b>. Desde esa perspectiva, sostuvo que “no puede tenerse por acreditado que las <b>presuntas víctimas</b> hayan visto restringida su <b>libertad ambulatoria ni su capacidad de decidir libremente</b> sobre su vida y su trabajo”, y añadió que “de la prueba rendida no surge que hayan sido <b>sometidas a torturas, humillaciones sistemáticas, tratos degradantes </b>ni que hayan sido utilizadas como meros objetos”. </p><p>Si bien reconoció la existencia de un <b>contexto de vulnerabilidad social y económica</b>, concluyó que “no se ha logrado acreditar, con la <b>certeza requerida, un aprovechamiento penalmente relevante </b>de dicha situación por parte del imputado”.</p><p>De ese modo, por unanimidad, los magistrados resolvieron dictar la absolución del acusado y dejar sin efecto las <b>medidas restrictivas</b> que pesaban sobre él. La sentencia fue notificada a las partes y podrá ser recurrida ante la <b>Cámara Federal de Casación Penal</b>, de acuerdo los plazos previstos por el <b>Código Procesal</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SPMIDSO25DX2TKWTDAI5X7ES34.jpg?auth=acd06513cc945fb8383e3e1aabbb2020e5e1c9f30b09c686ff388f53479285cf&amp;smart=true&amp;width=800&amp;height=563" type="image/jpeg" height="563" width="800"><media:description type="plain"><![CDATA[El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy absolvió por unanimidad a un productor agropecuario acusado de explotación laboral y reducción a la servidumbre (Foto ilustrativa: REUTERS/Luisa González)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">LUISA GONZALEZ</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Milei pidió al Senado renovar el acuerdo del juez Carlos Mahiques para que siga en Casación]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/04/milei-pidio-al-senado-renovar-el-acuerdo-del-juez-carlos-mahiques-para-que-siga-en-casacion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/04/milei-pidio-al-senado-renovar-el-acuerdo-del-juez-carlos-mahiques-para-que-siga-en-casacion/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[El Presidente solicitó un nuevo acuerdo para que el magistrado, que cumplirá 75 años en noviembre, pueda continuar otros cinco años como vocal del máximo tribunal penal del país, conforme al artículo 99 de la Constitución Nacional]]></description><pubDate>Wed, 04 Feb 2026 23:31:36 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3OH44T6PNZBU7KUECOQTUCDXGA.jpg?auth=1c2b57fb1ca3a2e32d6410c431b77b0977c41911d4df3df832bef07ec493e8c9&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Carlos Alberto Mahiques. El juez de 74 años integra la Cámara Federal de Casación Penal y el Poder Ejecutivo solicitó al Senado un nuevo acuerdo para que pueda continuar en el cargo por otros cinco años (Adrián Escandar)" height="1080" width="1920"/><p>El presidente <a href="https://www.infobae.com/tag/javier-milei/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/javier-milei/"><b>Javier Milei</b></a> solicitó al Senado un nuevo acuerdo para que el juez <b>Carlos Alberto Mahiques</b>, de 74 años, pueda permanecer otros cinco años como vocal de la <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/16/la-camara-federal-de-casacion-penal-designo-autoridades-para-el-2026-diego-barroetavena-sera-el-nuevo-presidente/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/16/la-camara-federal-de-casacion-penal-designo-autoridades-para-el-2026-diego-barroetavena-sera-el-nuevo-presidente/"><b>Cámara Federal de Casación Penal</b></a>, el máximo tribunal penal del país. El pedido se encuadra en lo dispuesto por el artículo 99, inciso 4, de la<b> Constitución Naciona</b>l, que exige un nuevo nombramiento con acuerdo de la Cámara alta para los magistrados federales que alcanzan la <b>edad límite</b> prevista.</p><p>La nota fue firmada por Milei y por el ministro de Justicia,<b> Mariano Cúneo Libarona</b>, el <b>martes</b>, e ingresó este miércoles a las 08:25 en la Dirección de Mesa de Entradas del <b>Honorable Senado de la Nación</b>, según consta en el <b>registro parlamentario</b>. Con ese envío, el <b>Poder Ejecutivo</b> dio inicio formal al trámite para renovar el acuerdo del camarista de la <b>Sala I</b>.</p><p>En el mensaje dirigido a la Cámara alta, el Ejecutivo solicitó “el acuerdo correspondiente con el fin de posibilitar un nuevo nombramiento, en los términos del artículo 99, inciso 4, tercer párrafo de la Constitución Nacional”, <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/03/02/el-juez-carlos-mahiques-recibio-en-nueva-york-el-premio-klinghoffer-por-su-fallo-sobre-la-amia/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/03/02/el-juez-carlos-mahiques-recibio-en-nueva-york-el-premio-klinghoffer-por-su-fallo-sobre-la-amia/">para <b>Mahiques</b></a>, actual vocal de la <b>Vocalía VII </b>de Casación. El texto recordó que el juez fue designado originalmente en noviembre de 2013<b> </b>como vocal de la <b>Sala III</b> de la <b>Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional</b>, y que en julio de 2018 fue trasladado a la <b>Cámara Federal de Casación </b>para desempeñar el cargo que ocupa en la actualidad, en ambos casos con acuerdo del Senado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2TW5TWRS6YTVYJ4Y7FLVTWB5NQ.jpg?auth=d727e9e20407e05f9c9b6282fe4d60f5a803ab9ae4711274d71034287a7facc1&smart=true&width=5500&height=3676" alt="Pedido formal. La nota enviada al Senado lleva las firmas del presidente Javier Milei y del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y dio inicio al trámite para la renovación del acuerdo del magistrado (REUTERS/Agustin Marcarian)" height="3676" width="5500"/><p>La Constitución Nacional establece que el Presidente de la Nación “nombra los demás jueces de los <b>tribunales federales inferiores </b>en base a una propuesta vinculante en terna del <b>Consejo de la Magistratura</b>, con acuerdo del Senado, en sesión pública, en la que se tendrá en cuenta la <b>idoneidad de los candidatos</b>”. Agrega además que “<b>un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo</b>, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la <b>edad de setenta y cinco años</b>”, y que “<b>todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años</b>, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite”.</p><p>Mahiques cumplirá 75 años en noviembre, por lo que el Gobierno impulsó el <b>pedido de acuerdo</b> antes de que alcance el <b>umbral etario</b> fijado en la Constitución. De obtener la anuencia del Senado, el juez podrá continuar en funciones por un <b>nuevo período de cinco años</b> en el máximo tribunal penal del país, donde recogió el aval de todos sus colegas.</p><p>El magistrado cuenta con una extensa trayectoria en el ámbito judicial. Abogado egresado de la Universidad Nacional de La Plata y doctor en Ciencias Jurídicas, desarrolló su carrera tanto en la <b>justicia provincial</b> -es oriundo de <b>Mercedes</b>- como en la nacional y federal. A lo largo de los años se desempeñó como juez de primera instancia, fiscal de cámara, juez de tribunales orales y magistrado del <b>Tribunal de Casación Penal </b>bonaerense, además de ejercer la docencia universitaria y participar en actividades académicas vinculadas al <b>derecho penal </b>y <b>procesal penal</b>.</p><p>Además, y de acuerdo con información publicada en su <b>sitio web personal</b>, Mahiques intervino en decisiones de alto impacto institucional en los últimos años. En <b>2024</b>, por ejemplo, la <b>Cámara Federal de Casación Penal que presidió</b> dictó sentencia en la causa por el atentado terrorista contra la <b>AMIA de 1994</b>, calificó el ataque -que provocó 85 muertos y cientos de heridos- como <b>crimen de lesa humanidad</b>, lo atribuyó a <b>Hezbollah </b>con apoyo de <b>Irán</b> y condenó a los responsables del <b>encubrimiento institucional</b>. Ese mismo año, el tribunal reabrió, en aplicación del principio de jurisdicción universal, una denuncia presentada por una <b>ONG uigur </b>por presunto genocidio en la región china de <b>Xinjiang</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KKVFFBGAERFM7EYTDAMSBN6ZYQ.jpg?auth=b35f622078562205b04d6ea476aeca43bf4e3b59fa1449f61f2feccd350d324b&smart=true&width=2618&height=1746" alt="Los tribunales de Comodoro Py, sede de la Cámara Federal de Casación Penal (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
" height="1746" width="2618"/><p>En <b>2023</b>, Casación confirmó <b>54 condenas por 789 hechos</b> de tortura, desaparición forzada y los denominados “<b>vuelos de la muerte</b>” vinculados al <b>complejo clandestino</b> de la ESMA; en <b>2022</b>, ratificó sanciones a la cúpula de la organización CNU por homicidios políticos; y en <b>2021</b> intervino en causas por delitos de<b> lesa humanidad</b>, <b>lavado de activos</b> y <b>narcotráfico</b>, entre ellas las vinculadas al denominado <b>Clan Ale</b> y a la banda rosarina <b>Los Monos</b>. En <b>2018</b>, absolvió al expresidente <b>Carlos Menem</b> en la causa por la exportación ilegal de armas a Croacia y Ecuador.</p><p>Mahiques es además padre de <b>Juan Bautista Mahiques</b>, de 45 años, fiscal general porteño desde octubre de 2019, y de <b>Ignacio Mahiques</b>, de 40 años, actual vicepresidente de la <b>Sala III</b> de la Cámara Nacional de Apelaciones del fuero Penal, Contravencional y de Faltas.</p><p>El trámite iniciado por el <b>Poder Ejecutivo</b> deberá ahora continuar su curso en el Senado conforme el mecanismo constitucional vigente, en un contexto en el que persiste aproximadamente un tercio de los<b> cargos judiciales vacantes</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3OH44T6PNZBU7KUECOQTUCDXGA.jpg?auth=1c2b57fb1ca3a2e32d6410c431b77b0977c41911d4df3df832bef07ec493e8c9&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Carlos Alberto Mahiques. El juez de 74 años integra la Cámara Federal de Casación Penal y el Poder Ejecutivo solicitó al Senado un nuevo acuerdo para que pueda continuar en el cargo por otros cinco años (Adrián Escandar)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">ADRIAN ESCANDAR</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Un informe advierte que la Justicia Federal opera sin autoridades titulares y con un tercio de sus cargos vacantes]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/03/un-informe-advierte-que-la-justicia-federal-opera-sin-autoridades-titulares-y-con-un-tercio-de-sus-cargos-vacantes/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/03/un-informe-advierte-que-la-justicia-federal-opera-sin-autoridades-titulares-y-con-un-tercio-de-sus-cargos-vacantes/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La alerta pública difundida por el INECIP señaló que jueces, fiscales y defensores federales enfrentan un sistema con acefalías, demoras en las designaciones y altos niveles de cargos sin cubrir en el Poder Judicial y los ministerios públicos]]></description><pubDate>Tue, 03 Feb 2026 04:02:35 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LR3OJBTT2VD5HPYLQ6UNHVZW5A.jpg?auth=cfad6c593e7ef4d31bc6406a55ad4e56653b4242c1e8cad005368b8e75d29549&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Justicia federal. Un informe del INECIP alertó sobre la acefalía institucional en los principales organismos judiciales y el alto nivel de vacantes judiciales" height="1080" width="1920"/><p>De acuerdo a un informe elaborado por <b>Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)</b>, la Justicia federal atraviesa una situación de “<b>extrema gravedad institucional</b>”, ya que sus principales organismos funcionan <b>sin autoridades titulares </b>o con asientos cubiertos de manera interina y con un nivel estructural de <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/02/vacantes-judiciales-y-concursos-las-claves-de-los-proyectos-para-reformar-la-seleccion-de-jueces/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/02/vacantes-judiciales-y-concursos-las-claves-de-los-proyectos-para-reformar-la-seleccion-de-jueces/"><b>vacantes judiciales</b></a> que alcanza a un tercio de los cargos. El diagnóstico fue difundido este lunes como una "<b>alerta pública</b>" tendiente a analizar las causas del fenómeno, sus consecuencias institucionales y las posibles vías de mejora.</p><p>En palabras del documento, con “el fin del mandato de la<b> Defensora General de la Nación</b> -<a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/01/stella-maris-martinez-dejo-de-ser-la-defensora-general-de-la-nacion-y-con-el-cargo-vacante-asumio-julian-langevin/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/01/stella-maris-martinez-dejo-de-ser-la-defensora-general-de-la-nacion-y-con-el-cargo-vacante-asumio-julian-langevin/"><b>Stella Maris Martínez</b></a>-, las cabezas de los cuatro organismos que componen el <b>sistema de justicia federal</b>, junto con otros dos directamente vinculados a su funcionamiento, se encuentran hoy vacantes, interinas o en una situación irregular”. A ese cuadro agregó “un <b>dato estructural alarmante</b>: uno de cada tres cargos de <b>jueces</b>, <b>fiscales </b>y <b>defensores federales</b> se encuentra vacante”.</p><p>La advertencia fue elaborada por el centro de estudios especializados, activo desde 1989 y presidido por el jurista <b>Alberto Binder</b>, que desarrolló un relevamiento integral sobre el funcionamiento del <b>Poder Judicial de la Nación</b> y de los <b>ministerios públicos</b>, con foco en la continuidad institucional, la cobertura de puestos relevantes y la capacidad operativa del sistema.</p><p>El texto se encargó rápido de aclarar un punto a la hora de iniciar su análisis: “<b>El proceso de acefalía</b> <b>no es nuevo ni repentino</b>”. Allí se dedicó a mencionar distintos casos que tejieron un “deterioro sostenido” a lo largo de más de una década, con <b>vacancias prolongadas</b> e<b> interinatos extendidos</b>. El primer antecedente identificado fue el de la <b>Defensoría del Pueblo de la Nación</b>, vacante desde 2009. A ese caso se sumó la <b>Procuración General de la Nación</b>, cubierta por el procurador <b>Eduardo Casal</b> de modo interino desde 2018.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JAB2MRRPFJBWDJLYHCSXG6PWIU.jpeg?auth=68ce3e37d443431de0276f18600f654d5e66a1edd2ab3097a0b363f77100e29a&smart=true&width=1280&height=853" alt="Procuración General. El informe recordó que el procurador Eduardo Casal ejerce el cargo en forma interina desde 2018, en un contexto de "acefalía" y vacantes estructurales en la Justicia federal" height="853" width="1280"/><p>El estudio también mencionó la situación de la <b>Corte Suprema de Justicia</b>, que “se encuentra integrada por solo tres de los cinco miembros que le corresponden”, tras las salidas de<b> Elena Highton de Nolasco</b> en 2021 y de <b>Juan Carlos Maqueda</b> en 2024. En ese mismo año, recordó el INECIP, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad de la ley que regulaba al <b>Consejo de la Magistratura</b> desde 2006 y otorgó al Congreso un plazo de <b>120 días</b> corridos para sancionar una nueva norma.</p><p>“Desde entonces -continuó el análisis- han transcurrido <b>1.873 días</b>: más de quince veces el plazo fijado por el máximo tribunal, sin que el Congreso haya cumplido con su <b>obligación constitucional</b>. En consecuencia, el Consejo continúa funcionando bajo una ley derogada hace exactamente veinte años y, de manera paradójica, se encuentra presidido por el propio presidente de la <b>Corte Suprema</b>, quien asumió ese rol en virtud de un fallo dictado por el tribunal que integra".</p><p>El relevamiento incluyó el caso de la <b>Procuración Penitenciaria de la Nación</b>, cuyo titular <b>Francisco Mugnolo</b> falleció en 2023 tras ejercer desde 2000 el puesto de manera transitoria a pesar del <b>proceso de designación</b> contemplado en una ley orgánica dictada en 2003. Además, señaló que con el vencimiento del mandato este domingo de la defensora <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/01/stella-maris-martinez-dejo-de-ser-la-defensora-general-de-la-nacion-y-con-el-cargo-vacante-asumio-julian-langevin/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/01/stella-maris-martinez-dejo-de-ser-la-defensora-general-de-la-nacion-y-con-el-cargo-vacante-asumio-julian-langevin/"><b>Stella Maris Martínez</b></a>, “se produjo el ‘cartón lleno’”, en tanto “el <b>sistema de justicia federal </b>quedó completamente privado de <b>autoridades titulares</b> en todos sus<b> órganos centrales</b>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PV3KM7DOJRGNXC2U4GBWGE3Y7A.jpg?auth=decaddd4419d55b4817b566cfba0aa4770aad64ec7004e1436037c8d263d8e8e&smart=true&width=1920&height=1278" alt="Stella Maris Martínez dejó su cargo al frente de la Defensoría General de la Nación este domingo tras llegar a la edad jubilatoria (Foto: Charly Diaz Azcue/ Comunicación Senado)" height="1278" width="1920"/><p>Un párrafo después, el centro de estudios abordó el problema de “los cargos inferiores, con un<b> 33%</b> de vacantes en el <b>Poder Judicial de la Nación </b>y más del <b>40%</b> en el <b>Ministerio Público Fiscal</b>”. Este cuadro, advirtió el escrito, “se agrava por <b>prácticas que erosionan</b> aún más la capacidad del sistema: jueces y juezas que, pese a registrar <b>graves retrasos </b>en sus propios juzgados, aceptan una o <b>más subrogancias </b>en otros tribunales para percibir los correspondientes <b>incentivos salariales</b>, o que incluso desarrollan <b>actividades incompatibles</b> con la función judicial, como integrar <b>tribunales de disciplina de la AFA</b>, o desempeñar tareas docentes o personales impropias de <b>un contexto de emergencia judicial</b>“.</p><p>Y aseveró: “En este escenario, la <b>ética judicial</b> carece de <b>controles externos efectivos</b> y se encuentra sometida a un profundo desorden interno". </p><p>En el apartado dedicado a las <b>causas</b>, el documento subrayó que la responsabilidad era “<b>colectiva</b>” porque no podía endilgársele “a <b>un partido en particular</b>”. “Se trata de un proceso que se ha desarrollado a lo largo de más de una década, atravesando <b>cuatro gobiernos de distintos signos políticos</b>“, expresó, y llamó a “toda la dirigencia política, en su justa medida”, a “asumirla y hacerse cargo de revertirla”.</p><p>Entre los factores centrales, se identificó la persistencia de estrategias de <b>nombramientos judiciales</b> que no se adaptan a un escenario de creciente “polarización política y atomización parlamentaria”. Según el informe, los <b>gobiernos de turno</b> se dedicaron a implementar maniobras para imponer “<b>candidatos propios</b>”, muchas veces sin capacidad real de generar <b>consensos amplios</b>. A ello se suma, añadió, una “<b>tendencia regional preocupante</b>” en la que los esquemas judiciales “se han convertido en campos de <b>disputa de poder</b>, no solo entre <b>partidos políticos</b>, sino también entre <b>corporaciones económicas, organizaciones criminales y distintos grupos sociales</b>, algunos de ellos legítimamente interesados en ser oídos”.</p><p>“En ese contexto -advirtió el informe-, los <b>procesos de designación</b> se tornan más complejos, con múltiples actores e intereses en juego, y la <b>vieja estrategia de la imposición</b> pierde toda viabilidad”.</p><p>El documento pasó luego a enumerar distintas <b>consecuencias institucionales</b> vinculadas al “<b>sistema judicial acéfalo</b>“. La primera dio cuenta de la posibilidad de un “<b>poder sin control</b>”, en el que las <b>decisiones políticas</b> o <b>económicas</b> quedan habilitadas para ejercerse “<b>sin límites ni controles efectivos</b>”, cuya lógica “profundiza las desigualdades sociales y habilita la vigencia de la ley del más fuerte, en la que quienes cuentan con mayores recursos logran imponer <b>sus intereses sin contrapesos</b>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5H7WSFKHT5BW5EWIBHFJ7NRV6U.jpg?auth=fc37c05fc944746364f5191fb7c8ca77598de9d67e3310a82db128ce76960c75&smart=true&width=2618&height=1746" alt="Tribunales federales de Comodoro Py. La falta de autoridades titulares, los interinatos prolongados y un tercio de cargos sin cubrir configuran, para el instituto de estudios comparados, un escenario de gravedad institucional (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
" height="1746" width="2618"/><p>“Un ejemplo de ello es la falta de respuesta de la <b>Corte Suprema</b> frente a la utilización abusiva y sistemática de los <b>Decretos de Necesidad y Urgencia</b> por parte del Poder Ejecutivo”, mencionó la <b>organización no gubernamental</b> dedicada -según su web- a “contribuir a la consolidación y el progresivo fortalecimiento del <b>Estado de Derecho</b> en los países de América Latina y el Caribe”.</p><p>La segunda consecuencia señalada se refirió a la <b>impunidad del crimen de alto impacto</b>. Según la alerta, un Poder Judicial federal debilitado se vuelve “incapaz de perseguir eficazmente los <b>delitos más graves</b> que afectan a la sociedad”, a saber, la corrupción, el narcotráfico, la criminalidad económica, entre otros.</p><p>En ese marco, la entidad aseveró que la “ausencia de un <b>Procurador General legitimado</b> para diseñar e implementar una <b>política de persecución penal estratégica</b> constituye, en este sentido, una excelente noticia para los <b>mercados ilegales</b> y las <b>organizaciones criminales</b>”.</p><p>A su vez, el texto alertó que el fenómeno descripto era capaz de impactar también en la <b>seguridad jurídica</b> y en los objetivos de <b>inserción internacional</b>, acceso a los mercados y cumplimiento de estándares exigidos por organismos como el <b>Grupo de Acción Financiera Internacional</b>, en tanto “la <b>debilidad judicial</b> no es compatible con el desarrollo económico ni con la inserción internacional".</p><p>Para salir de esta suerte de <b>bloqueo institucional</b>, el documento <b>planteó</b> como primera condición la necesidad de postular “<b>candidaturas intachables e insospechables</b>”, al advertir que el reparto de cargos entre<b> fuerzas políticas</b> se volvía inviable cuando las personas propuestas no reunían la “idoneidad, trayectoria, integridad, perspectiva de género y compromiso con los <b>derechos humanos </b>y los <b>valores democráticos </b>necesarios para el ejercicio de su función”. En un contexto de <b>fragmentación legislativa</b>, señaló que resultaba imposible alcanzar mayorías para <b>cargos de enorme poder</b> y <b>duración prolongada</b> “si los candidatos generan <b>sospechas razonables de incompetencia</b>,<b> sumisión política o potencial sometimiento</b> frente a <b>intereses espurios</b>, incluidos, como se observa en la región, los del <b>crimen organizado</b>“.</p><p>Como segunda condición, el informe <b>sostuvo</b> que la única vía para lograr designaciones con legitimidad suficiente era la implementación de “<b>procesos transparentes, abiertos y participativos</b>”, capaces de despejar dudas y generar consensos en torno a las postulaciones. En ese sentido, sugirió que intentar lo contrario ya no podía ser leído “como una práctica tolerable de ‘<b>rosca política</b>’, sino como la <b>persistencia necia</b> en herramientas obsoletas que vienen fracasando desde hace más de una década<b>"</b>. Desde la <b>sociedad civil</b>, aseguró el texto, “nos comprometemos a apoyar activamente estos procesos y a<b> monitorear</b> <b>su cumplimiento</b>, conforme a las reglas mínimas de una democracia saludable”. </p><p>Luego concluyó: “Las recientes <b>renuncias </b>y <b>suspensiones </b>de <b>jueces federales</b> vinculados al <b>crimen organizado </b>demuestran que el punto de no retorno que ya atraviesan otros países de la región no se encuentra tan lejos. La <b>dirigencia política</b> debe demostrar que está a la altura de las circunstancias”.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LR3OJBTT2VD5HPYLQ6UNHVZW5A.jpg?auth=cfad6c593e7ef4d31bc6406a55ad4e56653b4242c1e8cad005368b8e75d29549&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Detectaron prácticas incompatibles en el PAMI: un prestador facturó como si el día tuviese 108 horas]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2026/02/03/detectaron-practicas-incompatibles-en-el-pami-un-prestador-facturo-como-si-el-dia-tuviese-108-horas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2026/02/03/detectaron-practicas-incompatibles-en-el-pami-un-prestador-facturo-como-si-el-dia-tuviese-108-horas/</guid><dc:creator><![CDATA[Andrés Klipphan]]></dc:creator><description><![CDATA[Se llevaron a cabo auditorías que revelaron volúmenes de atención incompatibles con la infraestructura y los recursos de los prestadores, lo que derivó en investigaciones administrativas, sanciones y presentaciones judiciales]]></description><pubDate>Tue, 03 Feb 2026 03:51:25 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/WRPGH225KZABLOKVGV2PCVP3V4.jfif?auth=b42da148cc0a3c71e8d27f761d4f2ef3085ea4c487c09a683c8ba5257e02f4c9&smart=true&width=2048&height=1362" alt="El instituto presentaba irregularidades en la facturación" height="1362" width="2048"/><p>Las <a href="https://www.infobae.com/tag/pami/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/pami/"><i>nuevas auditorías realizadas por el </i><i><b>PAMI</b></i></a> en áreas sensibles como <b>cardiología</b> y <b>gastroenterología</b> encendieron todas las alarmas dentro del sistema de salud de los jubilados. Los relevamientos internos, a los que <b>Infobae</b> tuvo acceso exclusivo, detectaron volúmenes de prestaciones médicas imposibles de justificar, incompatibles con cualquier jornada laboral razonable y con la infraestructura declarada por los prestadores.</p><p>Uno de los casos más llamativos se registró en el área de <b>gastroenterología</b>: un prestador que cuenta con solo dos quirófanos <b>declaró haber realizado 283 prácticas en 95 pacientes en apenas cinco horas</b>, un número que, según los auditores, excede de manera evidente la capacidad operativa del establecimiento.</p><p>Las irregularidades detectadas se suman a denuncias ya presentadas por las máximas autoridades del organismo, a cargo de<b> Esteban Leguízamo, que incluyen fraude, sobrefacturación y recetas truchas, </b>y que derivaron en una batería de controles más estrictos, sumarios administrativos, sanciones y denuncias penales por maniobras millonarias.</p><p>A mediados de junio de 2025, por ejemplo, el Instituto puso fin a la modalidad de retiro por farmacia de los Higiénicos Absorbentes Descartables (pañales). </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OWONUJZWOBDHZDCLRFX33SXCII.jpg?auth=feb1d6ef495e5ae04182bfd5da09b1649ecce5e1449569d88a44ee655760791b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El PAMI avanza con controles y auditorías para detectar irregularidades" height="1080" width="1920"/><p>“En otro paso firme hacia la verdadera transformación del Estado, el <b>Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)</b> pone fin a uno de los negocios más vergonzosos. <b>Durante años, un puñado de proveedores amigos del poder cartelizaba el precio y se enriquecían a costa de los jubilados,</b> en un esquema sin control, sin competencia y plagado de privilegios", explicaron en su momento voceros del PAMI al ser consultados por este medio. Y recordaron que “los pañales se comprarán mediante licitación pública” y aseguraron que “este nuevo mecanismo le generará al PAMI <b>un ahorro anual estimado de $5.000 millones </b>con reglas claras y transparencia total, privilegiando administrar con eficiencia y responsabilidad".</p><h2>Qué revelaron las últimas auditorías<b> </b></h2><p>En el marco del análisis sobre los prestadores que brindan el módulo de <b>cardiología</b>, los equipos de auditoría del <b>INSSJP</b>, detectaron una serie de patrones reiterados que levantaron sospechas:</p><ul><li>Prestadores contratados como personas físicas que transmitieron órdenes médicas electrónicas (OME) en cantidades incompatibles con una jornada laboral posible.</li><li>Casos en los que se registraron 689 órdenes médicas electrónicas en un solo día, asociadas a 326 pacientes distintos. <b>Teniendo en cuenta que el tiempo promedio de atención por paciente oscila entre 15 y 20 minutos, esas cifras implicarían una carga horaria diaria de entre 81,5 y 108,7 horas, algo materialmente imposible</b>.</li><li>Turnos otorgados en un mismo día y en el mismo horario a un mismo profesional para consultas o prácticas médicas diferentes, una situación que vulnera los criterios básicos de trazabilidad y control.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TUUNMK3QNRGMNNQO54RNWUBURE.jpg?auth=e27eb64813e618faf876c7edf682569a171382856d213ad89dfe05f15cd16142&smart=true&width=4896&height=3264" alt="Director ejecutivo del PAMI Esteban Leguízamo (foto PAMI)" height="3264" width="4896"/><h2>Sobrefacturación y recetas truchas</h2><p>Estos hallazgos se inscriben en un contexto más amplio de fraude estructural que el <b>PAMI</b> viene investigando desde el año pasado. Las auditorías internas permitieron detectar:</p><ul><li>Órdenes médicas electrónicas truchas, emitidas sin que existiera atención efectiva.</li><li>Recetas electrónicas falsas, confeccionadas a nombre de jubilados que nunca solicitaron medicamentos.</li><li>Facturación de prestaciones inexistentes.</li><li>Uso indebido de datos personales de afiliados.</li><li>Manipulación del sistema de trazabilidad mediante el uso compartido de credenciales y la emisión múltiple de órdenes médicas desde un mismo usuario.</li></ul><p>En muchos casos, los jubilados figuraban como <b>pacientes atendidos sin haber recibido nunca la consulta, el tratamiento o el medicamento correspondiente</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ICKYILSE5NGAJLBMPCYDUD5ARA.png?auth=ae7729f262b75f7ccb03200543b473f65eac7e043f1af9b7f65e3f417b51c65c&smart=true&width=614&height=390" alt="Una auditoría en el PAMI reveló irregularidades en la compra de pañales para adultos" height="390" width="614"/><h2>Denuncias penales y causas judiciales</h2><p>Las irregularidades detectadas derivaron en denuncias penales ante la <b>Justicia federal</b>, bajo la hipótesis de defraudación contra la administración pública. Según los informes internos, los montos involucrados son multimillonarios, aunque el perjuicio total aún se encuentra en proceso de cuantificación judicial.</p><p>Las causas se encuentran en etapa de <b>investigación</b>, con auditorías activas, sumarios administrativos en curso y sanciones ya aplicadas a algunos prestadores y agentes.</p><h2>Nuevos controles y endurecimiento del sistema</h2><p>Frente a este escenario, la conducción del organismo puso en marcha un nuevo esquema de control y fiscalización que incluye:</p><ul><li>Monitoreo permanente de los umbrales prestacionales.</li><li>Uso obligatorio del turnero digital del PAMI.</li><li>Auditorías continuas sobre la conducta de los prestadores según su capacidad declarada.</li><li>Cruce de datos para detectar patrones irregulares, repeticiones y desvíos.</li><li>Penalizaciones automáticas ante excedentes injustificados.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DVGRUBW6MVCPXIYTGELJW3S6SA.png?auth=42c23a910cb6e2a14123b0de4ea7ba47430d2929a21e2c46989f475a0b1d1a69&smart=true&width=1920&height=1920" alt="En el PAMI auditorías revela más irregularidades en áreas sensibles como cardiología" height="1920" width="1920"/><p>Desde el <b>Instituto</b> remarcan que el objetivo<b> no es recortar prestaciones, sino cerrar los canales de fraude</b>, fortalecer la transparencia y garantizar que cada peso del sistema se utilice en beneficio de los afiliados.</p><p>La administración de Leguizamo también optimizó el mecanismo de compra de efectores propios. “Hoy todas las licitaciones de insumos se hacen y distribuyen desde <b>PAMI Central</b>, mientras que en el sistema anterior las compras se realizaban por efector. Esto no solo las hacía más difíciles de controlar, sino incluso más costosas", sostuvieron las autoridades de <b>La Libertada Avanza</b>.</p><p>El objetivo, según aseguraron los funcionarios de la obra social de los jubilados es <b>“romper con los kioscos”</b> que, como capas de cebollas, vienen de gestiones anteriores.</p><p>Con auditorías en marcha y causas judiciales abiertas, el PAMI busca reordenar un sistema históricamente opaco, blindar sus mecanismos de control y recuperar la confianza en una de las cajas más sensibles del Estado.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/GVOJASBHFZDNRDYEWXZFD5WTWQ.jfif?auth=1b45175a4ebae6fe8b4efc754f15c1aae0ae164fe3c317af63c7d71c71c0aa7a&amp;smart=true&amp;width=2048&amp;height=1152" type="image/jpeg" height="1152" width="2048"><media:description type="plain"><![CDATA[El instituto presentaba irregularidades en la facturación]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu"></media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Vacantes judiciales y concursos: las claves de los proyectos para reformar la selección de jueces]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/02/vacantes-judiciales-y-concursos-las-claves-de-los-proyectos-para-reformar-la-seleccion-de-jueces/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/02/vacantes-judiciales-y-concursos-las-claves-de-los-proyectos-para-reformar-la-seleccion-de-jueces/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[Con más del 35% de los cargos vacantes en la justicia federal, el Consejo de la Magistratura de la Nación analiza un paquete de iniciativas reglamentarias que propone cambios en los concursos públicos, la evaluación de exámenes, antecedentes y entrevistas para la designación de magistrados]]></description><pubDate>Mon, 02 Feb 2026 20:57:15 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TILO4HGQDVDVDFVW6IXVETMW4E.jpeg?auth=87a307607a29094ed6fc83e7635d1eba321622c7258af82ddab95ba2354c2a82&smart=true&width=1280&height=621" alt="Consejo de la Magistratura de la Nación. Con más del 35% de vacantes en la justicia federal, el funcionamiento del sistema de selección de jueces está bajo revisión institucional" height="621" width="1280"/><p>Con un nivel de <a href="https://www.infobae.com/tag/vacantes-judiciales/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/vacantes-judiciales/"><b>vacantes judiciales</b></a> que supera el 35% en la <b>justicia federal</b> y alcanza porcentajes aún mayores en fueros sensibles, el funcionamiento del sistema de selección de jueces quedó nuevamente bajo análisis institucional. En ese contexto, ingresó al <a href="https://www.infobae.com/tag/consejo-de-la-magistratura/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/consejo-de-la-magistratura/"><b>Consejo de la Magistratura</b></a> un conjunto de proyectos reglamentarios que proponen modificar distintos aspectos de los <b>concursos públicos de oposición y antecedentes</b> -desde la elaboración y corrección de exámenes hasta la evaluación de antecedentes, las entrevistas personales y la conformación del orden de mérito- con el objetivo de introducir criterios más explícitos, estandarizados y trazables en el proceso de <b>designación de magistrados</b>.</p><p>La magnitud de las vacancias constituye uno de los datos estructurales más relevantes del sistema judicial argentino. Según evaluaciones internacionales, alrededor del <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/10/advierten-sobre-postulantes-cuestionados-en-concursos-judiciales-y-reclaman-mayores-controles-antes-de-enviar-ternas-al-ejecutivo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/10/advierten-sobre-postulantes-cuestionados-en-concursos-judiciales-y-reclaman-mayores-controles-antes-de-enviar-ternas-al-ejecutivo/"><b>35% de los cargos</b></a><b> </b>de la justicia federal se encuentran sin cubrir. En el fuero de <b>seguridad social</b>, el porcentaje supera el <b>58%</b>, mientras que en el <b>fuero penal económico</b> ronda el <b>38%</b>. A esto se suma la situación del <b>Ministerio Público Fiscal</b>, donde en áreas vinculadas a <b>delitos económicos</b> complejos las vacantes alcanzan niveles cercanos al <b>60%</b>.</p><p>Ese escenario fue señalado en informes del Grupo de Trabajo sobre Cohecho de la <b>Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (</b><a href="https://www.infobae.com/tag/ocde/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/ocde/"><b>OCDE</b></a><b>)</b>, que examinó puntualmente la capacidad del Estado argentino para investigar <b>corrupción </b>y <b>delitos económicos complejos</b>. En sus evaluaciones, el organismo internacional identificó como ejes que hacen a la arquitectura del esquema judicial: el nivel de <b>vacancias</b>, <b>la opacidad </b>y <b>lentitud de los procesos</b> <b>de selección </b>de magistrados y la falta de estadísticas públicas confiables. Por otro lado llamó la atención respecto al retraso en la implementación del sistema procesal acusatorio y advirtió por los déficits en materia de<b> ética judicial</b>. </p><p>En ese marco, durante <b>2025</b> ingresó formalmente al Consejo un paquete de iniciativas reglamentarias cuyo tratamiento podría comenzar en el transcurso de este período. Las propuestas fueron presentadas por la consejera <a href="https://www.infobae.com/autor/jimena-de-la-torre/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/autor/jimena-de-la-torre/"><b>Jimena de la Torre</b></a> en su carácter de vicepresidenta de la Comisión de Selección y Escuela Judicial y en representación del <b>estamento de la abogacía</b> del organismo. Los textos abarcan cinco ejes centrales del sistema de concursos y parten de un diagnóstico común: la existencia de márgenes amplios de <b>discrecionalidad</b>, falta de homogeneidad en los <b>criterios de evaluación</b> y debilidades en la <b>trazabilidad de las decisiones</b> a la hora de conformar las ternas que se elevan para su acuerdo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UDN3JHRY6VDJRJJY62DZIZM6ZM.jpg?auth=080c864be4a5aa8ca26a071aa9a08cab80a4267075c1844ac991cba039cb7cf7&smart=true&width=1920&height=1279" alt="Concursos judiciales. Los proyectos proponen cambios en la elaboración y corrección de exámenes, la evaluación de antecedentes y la conformación del orden de mérito (Crédito: Consejo de la Magistratura)" height="1279" width="1920"/><p>El mecanismo vigente para la <b>selección de jueces</b> se estructura, en rigor, a través de concursos públicos de oposición y antecedentes. El <b>procedimiento </b>comienza con la inscripción de los postulantes y la presentación de sus antecedentes profesionales y académicos. Luego se toma una <b>prueba de oposición escrita</b>, de carácter anónimo, en la que los aspirantes deben resolver un caso práctico vinculado a la función jurisdiccional. Posteriormente se evalúan los antecedentes y se realiza una <b>entrevista personal</b>. Con los resultados de esas etapas, la <b>Comisión de Selección</b> elabora un <b>orden de mérito</b> y eleva una terna al <b>Plenario del Consejo</b>, que decide su posterior remisión al Ejecutivo.</p><p>Uno de los proyectos propone la <b>publicación de las pruebas de oposición</b>, junto con sus correcciones e informes de calificación, una vez producida la “<b>desanonimización </b>de los exámenes". En la nota presentada ante el organismo se afirma que la medida apunta a “<b>garantizar la transparencia del procedimiento</b>, asegurar el acceso a la <b>información pública </b>y permitir el <b>efectivo control ciudadano</b> sobre el proceso de selección de magistradas y magistrados del <b>Poder Judicial de la Nación</b>”. La iniciativa no modifica el contenido de los exámenes ni la modalidad de evaluación, sino que se circunscribe a la etapa posterior a su corrección.</p><p>Otra de las propuestas se refiere a la <b>determinación de criterios reglados para la evaluación y calificación de las pruebas de oposición</b>. El proyecto incorpora un documento anexo que desagrega los parámetros previstos en el reglamento vigente, con el objetivo de <b>homogeneizar pautas</b> entre jurados y concursos. Según se indica, el instrumento, que promueve la explicitación pública de los <b>criterios de corrección </b>de las evaluaciones, busca “<b>reducir márgenes de discrecionalidad</b> y promover una <b>calificación técnicamente fundada</b>, conforme con los más altos estándares éticos, normativos y jurisprudenciales”.</p><p>Un tercer eje está vinculado a la creación de un <b>Banco de Casos estandarizado, automatizado y público</b> para las pruebas de oposición, con apoyo de herramientas de <a href="https://www.infobae.com/tag/inteligencia-artificial/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/inteligencia-artificial/"><b>inteligencia artificial</b></a>. El repositorio funcionaría como un <b>archivo institucional</b> de casos prácticos, clasificados por fuero e instancia, con niveles de dificultad homogéneos y validados por unidades técnicas especializadas. En los fundamentos se mencionan problemas asociados al <b>uso de expedientes en papel</b>, <b>sorteos manuales </b>y exámenes con <b>trazabilidad limitada</b>, y se plantea que el banco permitiría <b>estandarizar </b>los insumos sin alterar el carácter anónimo de la evaluación.</p><p>Otro de los proyectos aborda la <b>evaluación de antecedentes profesionales y académicos</b> mediante la implementación de un <b>sistema automatizado de puntuación</b>. La propuesta prevé la digitalización estructurada de los legajos y la aplicación de <b>reglas algorítmicas </b>basadas en los parámetros reglamentarios vigentes, con generación de una calificación preliminar desagregada por rubros. “El consejero sorteado conserva la<b> facultad de revisar y ajustar el puntaje</b>, debiendo fundar toda modificación respecto de la <b>propuesta generada por el sistema</b>”, precisa el texto, que mantiene la intervención humana como instancia obligatoria de control.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/L6BHJU6PQRD5LKFOYAL6GLN4UA.jpeg?auth=a7f004623c93c5a04b0f1bdb1c69532a25de9d8df67425b969dc487b05762581&smart=true&width=1536&height=1121" alt="Jimena de la Torre. La consejera presentó los proyectos reglamentarios en el Consejo de la Magistratura en representación del estamento de la abogacía, con foco en reducir márgenes de discrecionalidad en los concursos" height="1121" width="1536"/><p>El quinto y último proyecto se concentra en la <b>entrevista personal</b> y propone reformar el reglamento para incorporar una <b>escala objetiva de evaluación</b>, con conceptos comunes aplicables a todos los postulantes. La entrevista se orientaría a valorar la <b>idoneidad</b>, la <b>aptitud funcional</b> y la <b>vocación democrática</b>, conforme a lo previsto en la Ley 24.937 del Consejo de la Magistratura. Entre los parámetros enumerados figuran la <b>integridad ética</b>, <b>la independencia</b>, <b>la capacidad de comunicación</b>, <b>las habilidades de gestión</b>, la responsabilidad institucional y el compromiso con los derechos humanos, cada uno con puntaje y fundamentación especial.</p><p>En relación con el <b>orden de mérito</b>, la propuesta introduce una nueva <b>fórmula de ponderación</b> entre las etapas del concurso: <b>50% para la prueba de oposición</b>, <b>30% para los antecedentes</b> y <b>20% para la entrevista personal</b>. En los fundamentos se sostiene que la prueba escrita, por su carácter anónimo y estandarizado, permite evaluar con <b>mayor objetividad</b> la capacidad real de los postulantes para ejercer la magistratura, mientras que los antecedentes y la entrevista cumplen funciones complementarias.</p><p>Los proyectos incluyen referencias a estándares internacionales sobre <b>independencia judicial</b>, como pronunciamientos de la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos y documentos de Naciones Unidas. En ese marco, se subraya la necesidad de contar con procedimientos basados en <b>criterios objetivos, públicos y verificables</b>, aplicados en condiciones de igualdad y con posibilidad de control institucional y ciudadano.</p><h2>Vacantes judiciales: el envío de pliegos quedaría habilitado a partir de marzo</h2><p>El fenómeno de las vacantes en el <b>sistema judicial </b>sumó un <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/21/seleccion-de-jueces-entre-la-promesa-de-rigor-tecnico-y-los-reclamos-por-las-vacantes/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/21/seleccion-de-jueces-entre-la-promesa-de-rigor-tecnico-y-los-reclamos-por-las-vacantes/">nuevo capítulo institucional</a> durante la feria judicial luego de que el Poder Ejecutivo no incluyera el tratamiento de acuerdos para la designación de jueces en el temario de las <b>sesiones extraordinarias del Congreso</b>, que comenzaron este lunes y tramitarán hasta el 27 de febrero, según lo dispuesto en el <b>decreto 24/2026</b>. De acuerdo con previsiones oficiales, el envío de pliegos al Senado podría iniciarse a partir de marzo y abarcaría <b>153 cargos de jueces federales</b>, además de <b>37 fiscales y 45 defensores públicos</b>. </p><p>Ese escenario generó alertas en el ámbito jurídico. Para el caso, el presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, <b>Ricardo Gil Lavedra</b>, sostuvo que el nivel de vacancias “<b>pone en serio riesgo la normal prestación del servicio de justicia</b>” y recordó la obligación constitucional del Poder Ejecutivo de remitir los pliegos al Senado. Datos del <b>Consejo de la Magistratura de la Nación</b> muestran que durante 2025 se elevaron solo <b>19 ternas</b>, la cifra más baja de los últimos años.</p><p>Desde el Gobierno, en tanto, señalaron que la estrategia para cubrir las vacantes se orientará a respetar el <b>orden de mérito</b> de los concursos, con un criterio de “purismo” en la<b> evaluación técnica</b> de los antecedentes. El objetivo declarado es avanzar en un envío amplio de pliegos una vez retomada la <b>actividad legislativa ordinaria</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/TILO4HGQDVDVDFVW6IXVETMW4E.jpeg?auth=87a307607a29094ed6fc83e7635d1eba321622c7258af82ddab95ba2354c2a82&amp;smart=true&amp;width=1280&amp;height=621" type="image/jpeg" height="621" width="1280"/></item><item><title><![CDATA[Rechazaron la excarcelación de un acusado reclamado en extradición por México por un doble homicidio]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/01/rechazaron-la-excarcelacion-de-un-acusado-reclamado-en-extradicion-por-mexico-por-un-doble-homicidio/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/01/rechazaron-la-excarcelacion-de-un-acusado-reclamado-en-extradicion-por-mexico-por-un-doble-homicidio/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La Cámara Federal de Tucumán confirmó la continuidad de la detención del imputado tras considerar que el encierro formaba parte del proceso de cooperación penal internacional ]]></description><pubDate>Sun, 01 Feb 2026 05:46:37 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GNNGIFFWTJFARDCRMLB5ZAVQSM.jpg?auth=5e6df31502ab1383d8d6a765c2d0d0fc075a04be20c1ea3c946270891959f2ca&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Cámara Federal de Tucumán rechazó la excarcelación de un acusado reclamado en extradición por México por un doble homicidio y confirmó su detención en el marco de un proceso de cooperación penal internacional (Foto ilustrativa: Archivo)" height="1080" width="1920"/><p>La <b>Cámara Federal de Tucumán</b> rechazó el pedido de <b>excarcelación</b> interpuesto por un acusado reclamado en <b>extradición por México</b> por un <a href="https://www.infobae.com/tag/doble-homicidio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/doble-homicidio/"><b>doble homicidio</b></a>, quien planteó que llevaba más tiempo detenido en <a href="https://www.infobae.com/tag/prision-preventiva/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/prision-preventiva/"><b>prisión preventiva</b></a> que el máximo previsto por la <b>legislación argentina</b> sin <b>sentencia firme</b>. El tribunal de alzada confirmó, de ese modo, la continuidad del encierro mientras se tramita la <b>remisión al país reclamante</b>, al considerar que la detención del imputado se inscribe en un proceso de <a href="https://www.infobae.com/america/america-latina/2025/10/15/fiscalias-de-veinte-paises-de-iberoamerica-refuerzan-la-cooperacion-contra-el-delito-de-trata-de-personas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/america/america-latina/2025/10/15/fiscalias-de-veinte-paises-de-iberoamerica-refuerzan-la-cooperacion-contra-el-delito-de-trata-de-personas/"><b>cooperación penal internacional</b></a> y resulta necesaria para garantizar la “eficacia en la <b>persecución penal transnacional</b>”.</p><p>La decisión fue adoptada este jueves tras resolver un <b>recurso de apelación</b> contra un fallo del <b>Juzgado Federal N° 1 de Santiago del Estero</b>, que había rechazado tanto un<b> reclamo de inconstitucionalidad</b> como la <b>solicitud de libertad </b>del presidiario, quien se encuentra detenido desde el <b>5 de julio de 2022</b> bajo el marco de un <a href="https://www.infobae.com/tag/extradicion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/extradicion/"><b>trámite de extradición</b></a> formulado por las autoridades de los <b>Estados Unidos Mexicanos</b>, donde enfrenta cargos por un <b>doble homicidio</b> cometido en el estado de <b>Sinaloa</b>. Ese delito prevé una <b>pena de hasta 40 años de cárcel</b>.</p><p>En su escrito, la <b>defensa</b> indicó que el acusado ya acumulaba <b>tres años y cinco meses de encierro</b> sin condena firme, excediendo los plazos máximos establecidos por la <b>Ley 24.390</b>, que fija un límite general de dos años de <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/01/30/rescataron-a-una-mujer-en-granadero-baigorria-en-el-marco-de-una-causa-por-trata-de-personas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/01/30/rescataron-a-una-mujer-en-granadero-baigorria-en-el-marco-de-una-causa-por-trata-de-personas/"><b>prisión preventiva</b></a>, con posibilidad de una prórroga excepcional de un año. Bajo ese argumento, esgrimió que la situación de su defendido iba en contra del artículo 7.5 de la <a href="https://www.infobae.com/mexico/2024/03/15/la-convencion-americana-de-derechos-humanos-su-origen-y-situacion-actual/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/mexico/2024/03/15/la-convencion-americana-de-derechos-humanos-su-origen-y-situacion-actual/"><b>Convención Americana sobre Derechos Humanos</b></a>, que consagra el derecho a ser juzgado en un plazo razonable o a recuperar la libertad.</p><p>A su vez, sostuvo que no se verificaban <b>riesgos procesales</b> que justificaran la continuidad del encierro, ya que el <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/15/la-camara-federal-portena-ordeno-resolver-sobre-el-pedido-de-extradicion-de-nicolas-maduro-a-la-argentina/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/15/la-camara-federal-portena-ordeno-resolver-sobre-el-pedido-de-extradicion-de-nicolas-maduro-a-la-argentina/"><b>juicio de extradición</b></a> había tenido lugar el <b>17 de julio de 2025</b>, por lo que no subsistían <b>medidas probatorias pendientes</b> susceptibles de ser entorpecidas o afectadas. En ese contexto, la defensa destacó el <b>arraigo domiciliario, laboral y familiar</b> del imputado en la provincia de <b>Santiago del Estero</b>, así como la inexistencia de <b>antecedentes penales</b>.</p><p>Otro de los agravios planteados en el <b>recurso de apelación</b> se centró en la impugnación del artículo 26 de la<b> </b><a href="https://www.infobae.com/opinion/2024/08/23/el-nuevo-codigo-penal-y-su-rol-en-la-justicia-internacional/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/opinion/2024/08/23/el-nuevo-codigo-penal-y-su-rol-en-la-justicia-internacional/"><b>Ley de Cooperación Internacional en Material Penal </b></a><b>(24.767)</b>, norma que dispone que, una vez concedida <b>la</b> <b>extradición</b>, “el requerido” debe permanecer detenido hasta su entrega al <b>Estado </b>“<b>solicitante</b>”. Para la defensa técnica, esa previsión resultaba incompatible con la <b>Constitución Nacional</b> y no podía legitimar una <b>restricción prolongada de la libertad</b>, al sostener que la situación debía evaluarse según <b>estándares constitucionales internos</b> y no a criterios propios de <b>procesos extranjeros</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QHU22LYGXNAX5FPVQQBIIZOJZY.jpg?auth=6ec578c42a2d54792adb3d1df19b0a69d17172ee932b1f8b19074d4614558a07&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El tribunal sostuvo que la detención del imputado, requerido por la Justicia mexicana, es una medida necesaria para garantizar la eficacia de la extradición y la persecución penal transnacional (Foto ilustrativa: EFE/Antonio Lacerda)" height="1080" width="1920"/><p>El planteo incorporó además menciones a <b>informes periodísticos internacionales</b>, publicados por <a href="https://www.infobae.com/america/agencias/2026/01/30/mexico-asegura-que-no-van-a-parar-hasta-localizar-a-diez-mineros-secuestrados-en-sinaloa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/america/agencias/2026/01/30/mexico-asegura-que-no-van-a-parar-hasta-localizar-a-diez-mineros-secuestrados-en-sinaloa/"><b>medios de comunicación mexicanos</b></a>, de acuerdo a los cuales un ciudadano de ese país habría asumido la <b>autoría del</b> <b>doble crimen</b> investigado en <a href="https://www.infobae.com/tag/sinaloa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/sinaloa/"><b>Sinaloa</b></a>. Para el abogado del detenido, esa versión pública, junto con la ausencia de <b>prueba directa</b> en el <b>expediente de extradición</b>, erosionaba la solidez de la imputación en su contra y volvía procedente la <b>inmediata liberación </b>del acusado.</p><p>Al abordar el fondo del asunto, la <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2023/03/10/narcotrafico-la-camara-de-tucuman-revoco-un-fallo-que-habia-ordenado-devolver-usd40-mil-secuestrados-en-un-procedimiento/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2023/03/10/narcotrafico-la-camara-de-tucuman-revoco-un-fallo-que-habia-ordenado-devolver-usd40-mil-secuestrados-en-un-procedimiento/">Cámara Federal de Tucumán</a> reseñó la situación del imputado, <b>Eduardo Daniel Soria</b>, actualmente detenido en <b>Argentina</b> en virtud de “un <b>proceso de extradición</b> solicitado por las <b>autoridades judiciales de los Estados Unidos Mexicanos</b>”. De acuerdo con el fallo, sobre Soria pesa una <a href="https://www.infobae.com/tag/orden-de-captura-internacional/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/orden-de-captura-internacional/"><b>orden de captura internacional</b></a> emitida en ese país por el delito de “<a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/01/29/una-mujer-murio-tras-caer-de-un-departamento-durante-una-violenta-discusion-de-pareja-detuvieron-al-novio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/01/29/una-mujer-murio-tras-caer-de-un-departamento-durante-una-violenta-discusion-de-pareja-detuvieron-al-novio/"><b>homicidio calificado</b></a>”, presuntamente llevado a cabo “con <b>premeditación y ventaja</b> con el propósito de un <b>robo</b>“.</p><p>El tribunal de alzada puso de relieve que “el delito por el cual <b>se lo requiere</b>"<b> </b>está reprimido por el<b> Código Penal</b> del <b>Estado de Sinaloa</b> con una pena de <b>40 años de cárcel</b>, un dato que resultó decisivo al ponderar el "<b>riesgo de fuga</b>" y la conveniencia de mantener <b>la detención</b> hasta concretar la entrega del acusado a las <b>autoridades mexicanas</b>.</p><p>Respecto del planteo de <b>inconstitucionalidad</b>, los magistrados recordaron que la invalidez de una norma constituye una medida de <b>carácter excepcional</b>, reservada para supuestos de contradicción manifiesta con la Constitución. En esa línea, remarcaron que la <b>Corte Suprema de Justicia </b>ya había convalidado la validez del artículo 26 de la <b>Ley 24.767</b> en precedentes como “<b>Sánchez Viamonte</b>” y “<b>N.M.D.</b>”.</p><p>La Cámara explicó, por lo demás, que el <b>procedimiento de</b> <b>extradición</b> “no constituye un<b> proceso penal interno</b>, sino un<b> mecanismo de cooperación internacional</b>, fundado en compromisos asumidos por el Estado argentino frente a la comunidad internacional, <b>principios de reciprocidad</b>,<b> buena fe</b> y <b>eficacia </b>en la <b>persecución penal transnacional</b>”.</p><p>Bajo esos parámetros, la sentencia subrayó que la detención prevista en el artículo cuestionado “<b>no persigue fines punitivos”</b>, sino que apunta a “asegurar el cumplimiento efectivo de <b>una decisión soberana del Estado argentino </b>que accede a la entrega del requerido”. En consecuencia, aclaró que el <b>artículo 26 </b>“no regula una prisión preventiva en sentido estricto, sino una <b>medida de aseguramiento posterior </b>a una decisión judicial firme que <b>declara procedente la extradición”</b>.</p><p>El tribunal de alzada también descartó que la situación del acusado configurara una <b>detención </b>“<b>arbitraria</b>" en los términos de la <b>Convención Americana</b>, al señalar que su artículo 7.5 “<b>no prohíbe toda forma de detención obligatoria, sino aquellas que sean arbitrarias</b>”. En el caso, puntualizó, esta restricción de la libertad estaba apoyada en una "<b>ley formal</b>“, dispuesta por <b>autoridad judicial competente</b> y en consonancia con un "<b>fin legítimo</b>" reconocido a <b>nivel internacional</b>.</p><p>Desde esa perspectiva, la <b>Cámara Federal tucumana</b> consideró que no podía calificarse al encierro como arbitrario, “sino como una restricción permitida dentro del margen de apreciación estatal”, cuya finalidad apuntaba a “<b>preservar la eficacia del procedimiento internacional </b>y cumplir con los compromisos de colaboración asumidos por <b>Argentina </b>en materia penal".</p><p>El fallo fue suscripto por <b>Marina Cossio</b> y <b>Mario Rodolfo Leal</b>, junto al conjuez <b>Federico Bothamley</b>, quienes decidieron “<b>no hacer lugar al recurso de apelación</b>” y <b>ratificar</b> la resolución que había denegado la <b>excarcelación del acusado</b>, con la aclaración de que el caso continuará sometido a <b>control judicial</b> ante la eventual aparición de <b>situaciones excepcionales</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/GNNGIFFWTJFARDCRMLB5ZAVQSM.jpg?auth=5e6df31502ab1383d8d6a765c2d0d0fc075a04be20c1ea3c946270891959f2ca&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(Foto: Archivo)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Confirmaron la prisión preventiva de una mujer acusada de integrar una red de trata que operaba con turistas]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/30/confirmaron-la-prision-preventiva-de-una-mujer-acusada-de-integrar-una-red-de-trata-que-operaba-con-turistas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/30/confirmaron-la-prision-preventiva-de-una-mujer-acusada-de-integrar-una-red-de-trata-que-operaba-con-turistas/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La Cámara Federal de Corrientes rechazó la excarcelación y el arresto domiciliario solicitados por la defensa y sostuvo que subsistían los riesgos procesales en una causa que investiga una presunta explotación de víctimas en condiciones vulnerables]]></description><pubDate>Fri, 30 Jan 2026 20:10:39 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MCGO3DLIBJDQFFLV4PISKOQLR4.jpeg?auth=a60e9554170110da8b8c02eea587a3464ab75dbf8370511dc169ff7000deb2c9&smart=true&width=8897&height=5292" alt="La Cámara Federal de Corrientes confirmó la prisión preventiva de una mujer acusada de formar parte, bajo un rol clave, de una organización dedicada a la trata de personas con fines de explotación sexual (Adobe Stock)" height="5292" width="8897"/><p>La <b>Cámara Federal de Corrientes</b> confirmó este viernes la <a href="https://www.infobae.com/tag/prision-preventiva/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/prision-preventiva/"><b>prisión preventiva</b></a> de una mujer imputada por integrar una organización dedicada a la <a href="https://www.infobae.com/opinion/2024/02/26/la-trata-de-personas-en-argentina-una-realidad-que-desafia-la-conciencia-nacional/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/opinion/2024/02/26/la-trata-de-personas-en-argentina-una-realidad-que-desafia-la-conciencia-nacional/"><b>trata de personas</b></a> con fines de explotación sexual, investigada por ofrecer <b>servicios a turistas</b> que visitaban la provincia a través de un esquema coordinado de<b> </b>captación, traslado y<b> </b><a href="https://www.infobae.com/tag/explotacion-sexual/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/explotacion-sexual/"><b>explotación de mujeres</b></a>. Al rechazar el <b>recurso de apelación</b> presentado por su defensa, el tribunal de alzada ratificó la decisión que había denegado la <b>excarcelación</b> y otras <b>medidas alternativas</b>, al considerar que subsistían riesgos <b>de fuga y de entorpecimiento </b>de la investigación en una causa que se encuentra en una etapa inicial.</p><p>El fallo fue adoptado <b>por mayoría</b>, con los votos de los camaristas <b>Eduardo Belforte</b> y <b>Ramón González</b>, mientras que el juez <b>Rubén Quiñones</b> se pronunció en <b>disidencia</b>. Además de convalidar la detención actual, la Cámara Federal dispuso sostener la intervención del <b>Consejo Provincial de la Niñez, Adolescencia y Familia</b>, del <a href="https://www.infobae.com/tag/desarrollo-social/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/desarrollo-social/"><b>Ministerio de Desarrollo Social</b></a> y del <b>Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N° 3 de Corrientes</b>, en atención a la situación del <b>hijo menor de la imputada</b>.</p><p>De acuerdo con la <b>acusación</b> formulada en el expediente, la mujer habría ocupado un <b>rol estratégico</b> dentro de una <b>estructura criminal</b> integrada por al menos cinco personas, dedicada a la <b>trata de personas</b> con fines de explotación sexual. La pesquisa permitió reconstruir un <b>mecanismo de funcionamiento</b> que operaba principalmente en la localidad correntina de <a href="https://www.infobae.com/tag/paso-de-la-patria/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/paso-de-la-patria/"><b>Paso de la Patria</b></a>, donde <a href="https://www.infobae.com/tag/guias-de-turismo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/guias-de-turismo/"><b>guías turísticos</b></a> ofrecían a visitantes <b>servicios sexuales</b> de mujeres en <b>situación de vulnerabilidad</b>.</p><p>A partir de ese primer contacto, la organización coordinaba <b>encuentros en cabañas u hoteles</b> de la zona y disponía los <b>traslados de las víctimas</b> mediante distintos vehículos, cuyos conductores actuaban como <b>remiseros</b>. Según la investigación, la imputada no se limitaba a tareas accesorias, sino que asumía <b>funciones centrales</b>: organizaba los desplazamientos, mantenía el <b>vínculo con los clientes</b>, administraba los <b>pagos</b> y distribuía el <b>dinero </b>proveniente de la<b> explotación sexual</b>.</p><p>Las actuaciones judiciales consignaron que, a través de <b>comunicaciones telefónicas</b>, la mujer impartía <b>instrucciones</b> a otros integrantes de la banda, fijaba condiciones para los <b>encuentros sexuales</b> y supervisaba la <b>logística general</b> del circuito. Ese conjunto de elementos fue valorado por el juzgado de primera instancia como indicativo de una <b>participación activa </b>dentro del <b>entramado delictivo </b>investigado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PPQSJJ6VUZBYZBFGJSC6JR54JE.jpg?auth=c40112994cd0c58199079ae3d9d509e14c46ddf965e935e40c92614c3e2c95ed&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Según el expediente que llegó a las manos de la Cámara Federal correntina, las mujeres explotadas eran trasladadas y ofrecidas a turistas que visitaban la provincia" height="1080" width="1920"/><p>Por estos hechos, el <b>Juzgado Federal</b> interviniente le atribuyó el delito de <b>trata de personas con fines de explotación sexual</b> (artículo 145 bis del Código Penal), <b>agravado</b> por el <b>aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad</b> de las víctimas, la <b>pluralidad de sujetos pasivos afectados</b> y la <b>intervención de múltiples sujetos activos</b>, todo ello en carácter de <b>coautora</b>. En ese marco, el magistrado de primera instancia subrayó que la <b>escala penal</b> prevista para esa calificación excluyía, en abstracto, la posibilidad de una <b>condena de ejecución condicional</b>.</p><p>Al analizar el pedido de <b>excarcelación</b> y de otras <b>medidas de morigeración</b> presentado a comienzos de enero, dicho juez estimó que persistían "<b>riesgos procesales</b>"<b> concretos</b>. En particular, ponderó la <b>gravedad de los hechos imputados</b>, la <b>envergadura y escala de la organización </b>y la <b>expectativa de la pena</b>, factores que -a su criterio- incrementaban el "<a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/28/la-justicia-confirmo-que-el-ceo-de-wenance-alejandro-muszak-continuara-detenido-en-una-carcel-comun/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/28/la-justicia-confirmo-que-el-ceo-de-wenance-alejandro-muszak-continuara-detenido-en-una-carcel-comun/"><b>peligro de fuga</b></a>“. A su vez, advirtió que la causa se encontraba en una <b>fase incipiente</b> y que la imputada, en libertad, podría interferir en la<b> producción de prueba </b>referida al caso.</p><p>En ese sentido, sostuvo que la eventual liberación de la acusada podría <b>obstaculizar declaraciones testimoniales</b> del personal actuante y de las víctimas, así como de otras diligencias clave como el análisis <b>pericial de celulares</b>.</p><p>La <b>defensa</b> recurrió esa decisión cuestionando su <b>razonabilidad</b>. En sus agravios, aseveró que la resolución carecía de una "<b>fundamentación concreta y razonada</b>“, al apoyarse -según expresó- en apreciaciones <b>genéricas</b>, centradas casi exclusivamente en la <b>gravedad del ilícito</b> y en la <b>pena en abstracto</b>. También planteó que no se habían individualizado "<b>elementos objetivos</b>“ que acreditaran un <b>riesgo real de fuga</b> o <b>de entorpecimiento</b>.</p><p>Además, la defensa precisó que la investigación penal no presentaba una <b>complejidad significativa</b> y que las pruebas ya se encontraban bajo <b>custodia judicial</b>, por lo que no existían diligencias pendientes que justificaran la continuidad de una medida tan <b>restrictiva de la libertad </b>como la que pesaba sobre su defendida. En ese marco, destacó la <b>conducta colaborativa</b> de su clienta y su "<b>arraigo familiar, social y laboral</b>“.</p><p>Uno de los ejes centrales del planteo defensivo estuvo vinculado a la <b>situación de su hijo </b>de cuatro años. La defensa expuso que la mujer solicitó el <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/28/casacion-concedio-la-prision-domiciliaria-a-un-condenado-por-el-agravamiento-de-su-diabetes-en-prision/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/28/casacion-concedio-la-prision-domiciliaria-a-un-condenado-por-el-agravamiento-de-su-diabetes-en-prision/"><b>arresto domiciliario</b></a> para poder retomar su actividad laboral como <b>peluquera</b> y generar así <b>ingresos económicos</b> que le permitieran mantener<b> al menor</b>. Según argumentó, la privación de la libertad le impedía trabajar, profundizaba la <b>desorganización económica del hogar</b> y afectaba el <b>vínculo cotidiano</b> con su hijo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U76CPCWMMJDSDLN7QLJZAVOGIU.jpeg?auth=99b559b8bf184163bc0b268b8dbffbb5115af7c3d8b229710785dccb427a0c04&smart=true&width=2738&height=1540" alt="2. La Cámara Federal ratificó la detención de una imputada por trata sexual y destacó la explotación de mujeres vulnerables (Foto ilustrativa: Adobe Stock)" height="1540" width="2738"/><p>En esa línea, cuestionó que la resolución apelada se hubiera apartado “sin motivación suficiente” del <b>dictamen </b>preparado por<b> </b>la <b>asesora de menores</b>, quien había advertido una afectación al <a href="https://www.infobae.com/tag/interes-superior-del-nino/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/interes-superior-del-nino/"><b>interés superior del niño</b></a>. También alegó que<b> el progenitor</b> no se encontraba en condiciones de brindar un <b>sostén adecuado</b>, ya que estaba atravesando un <b>tratamiento psiquiátrico</b> y carecía de <b>ingresos estables</b>. Por último, afirmó que la decisión judicial prescindió de “una <b>perspectiva de género</b>" y desconoció <b>estándares constitucionales y convencionales</b> aplicables a su caso.</p><p>La <b>Cámara Federal</b> <b>de Corrientes</b> desestimó todos esos agravios. Al abordar el recurso, los jueces de la mayoría entendieron que la sentencia de primera instancia se encontraba <b>debidamente motivada</b> y que había evaluado los <b>riesgos procesales</b> conforme a los parámetros establecidos en los artículos<b> </b>210, 221 y 222 del<b> </b><a href="https://www.infobae.com/tag/codigo-procesal-penal/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/codigo-procesal-penal/"><b>Código Procesal Penal Federal</b></a>. En ese sentido, consideraron que la impugnación expresaba “una <b>mera discrepancia</b>" con la solución adoptada.</p><p>En relación con el <b>peligro de fuga</b>, la alzada remarcó que el análisis tuvo en cuenta “<b>las circunstancias y naturaleza del hecho</b>”, en tanto existían <b>elementos objetivos</b> que vinculaban a la imputada con un delito de <b>extrema gravedad</b> y con un <b>rol fundamental</b> dentro de una organización dedicada a la trata de personas. También ponderó que la <b>calificación legal</b> y la <b>pena en expectativa</b> constituyían factores legítimos a estudiar en este estadio del proceso.</p><p>Respecto de la <b>situación del niño</b>, la Cámara tuvo presente que, al momento de la detención de su madre, el menor se encontraba bajo el <b>cuidado de su progenitor</b> y que una resolución dictada en diciembre por el <b>Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N° 3 de Corrientes</b> le había otorgado el "<b>cuidado personal unilateral provisorio</b>“, con prohibición de modificar el ”<b>centro de vida</b>" sin autorización judicial. Los <b>informes psicológicos y socioambientales</b> incorporados al expediente indicaron que el niño se encontraba <b>escolarizado</b>, recibía <b>acompañamiento terapéutico</b> y contaba con una <b>red familiar de contención</b>, sin que se advirtiera “una situación de desamparo”.</p><p>Con esos fundamentos, la mayoría ponderó que “permanecen vigentes al momento de resolver la existencia de <b>peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación</b>”, lo que impedía conceder la excarcelación u otras <b>medidas alternativas </b>menos gravosas, y que la <b>prisión preventiva</b> resultaba, por el momento, la herramienta más adecuada para neutralizar dichos riesgos.</p><p>En <b>disidencia</b>, el juez <b>Rubén Quiñones </b>indicó que la detención cautelar no debía constituir “la <b>regla general</b>" y que el ordenamiento procesal exigía justificar por qué otras <b>medidas menos restrictivas</b> no resultaban suficientes. En sus propios términos, recordó que “la <b>prisión preventiva </b>de las personas que hayan de ser juzgadas no debe ser la regla general” y enfatizó que debía aplicarse como “<b>última ratio</b>”, conforme a estándares del <b>derecho internacional</b> y a una <b>perspectiva de género</b> contemplativa del <b>interés superior del niño</b>. A su criterio, la resolución apelada omitió explicar por qué la imposición individual o combinada de otras diligencias no alcanzaban para “conjurar” los<b> riesgos procesales </b>en cuestión, por lo que propuso revocar lo decidido y devolver las actuaciones al <b>juez de origen</b>.</p><p>Así las cosas, por mayoría, la Cámara Federal correntina <b>rechazó la apelación</b>, confirmó la prisión preventiva y mantuvo la<b> </b>intervención de los <b>organismos de protección de la niñez y del fuero de familia</b>, en un expediente que continuará su trámite en la etapa de investigación.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MCGO3DLIBJDQFFLV4PISKOQLR4.jpeg?auth=a60e9554170110da8b8c02eea587a3464ab75dbf8370511dc169ff7000deb2c9&amp;smart=true&amp;width=8897&amp;height=5292" type="image/jpeg" height="5292" width="8897"><media:description type="plain"><![CDATA[Las víctimas de trata y explotación sexual se enfrentan a problemas de salud mental como ansiedad, alteraciones en el sueño, pérdida de la autoestima o trastorno de estrés postraumático (Adobe Stock)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Autorizaron escuchas telefónicas en una causa por narcomenudeo en La Rioja: operaban desde un local de bebidas]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/28/autorizaron-escuchas-telefonicas-en-una-causa-por-narcomenudeo-en-la-rioja-operaban-desde-un-local-de-bebidas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/28/autorizaron-escuchas-telefonicas-en-una-causa-por-narcomenudeo-en-la-rioja-operaban-desde-un-local-de-bebidas/</guid><description><![CDATA[La investigación apunta a una pareja acusada de comercializar estupefacientes al menudeo y utilizar un comercio como pantalla. También se analiza la posible participación de un proveedor]]></description><pubDate>Wed, 28 Jan 2026 22:20:27 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR65BTEZZ5CBDDYREJU5RPMRFU.png?auth=7e24d4fb6a0cf085f2aa9108a82d5e409878bc909173f191233daa60e4623e97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Un juez federal de La Rioja autorizó escuchas telefónicas y la intervención de mensajes de WhatsApp en una causa por narcomenudeo en Chilecito (Foto ilustrativa: Reuters)" height="1080" width="1920"/><p>La Justicia federal de La Rioja autorizó <a href="https://www.infobae.com/politica/2018/04/09/asi-funciona-el-organismo-que-realiza-las-escuchas-telefonicas-que-ordena-la-justicia/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2018/04/09/asi-funciona-el-organismo-que-realiza-las-escuchas-telefonicas-que-ordena-la-justicia/"><b>escuchas telefónicas</b></a> en una causa por <a href="https://www.infobae.com/tag/narcomenudeo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/narcomenudeo/"><b>narcomenudeo</b> </a>que investiga a una <b>pareja sospechada de vender drogas</b> desde una vivienda particular en la ciudad de Chilecito y de utilizar un <b>comercio de bebidas</b> como pantalla para la actividad ilegal. La decisión se dictó en el marco de una investigación por presunta infracción a la <a href="https://www.infobae.com/opinion/2025/11/01/el-narcotrafico-en-la-reforma-del-codigo-penal-como-el-proyecto-endurece-la-persecucion-a-estas-organizaciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/opinion/2025/11/01/el-narcotrafico-en-la-reforma-del-codigo-penal-como-el-proyecto-endurece-la-persecucion-a-estas-organizaciones/"><b>ley de drogas</b> </a>(Ley 23.737) y habilitó la intervención de<b> tres celulares</b>, mensajes de WhatsApp, registros de llamadas y datos de geolocalización para avanzar en el esclarecimiento del caso.</p><p>La medida fue dispuesta durante la feria judicial por el juez federal <b>Mario Eduardo Martínez</b>, a pedido del Ministerio Público Fiscal, luego de considerar que el material reunido hasta el momento configura un cuadro de sospecha suficiente sobre una operatoria de <a href="https://www.infobae.com/tag/venta-de-droga/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/venta-de-droga/"><b>venta de estupefacientes</b></a><b> </b>en pequeña escala, desarrollada de manera sostenida y organizada.</p><p>Según surge del fallo, la causa se inició el 18 de febrero de 2025 a partir de un informe del <b>Grupo de Operaciones, Investigaciones y Procedimientos </b>(GOIP) de <a href="https://www.infobae.com/tag/gendarmeria-nacional/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/gendarmeria-nacional/"><b>Gendarmería Nacional</b></a>, Escuadrón 24 “Chilecito”. La fuerza tomó conocimiento, a través de fuentes humanas que solicitaron reserva por temor a represalias, de que una pareja se dedicaría a la <b>venta de sustancias ilegales</b> tanto desde su domicilio como en la<b> vía pública</b>, en el distrito San Miguel, departamento Chilecito.</p><p>A partir de esa información, los investigadores identificaron el domicilio señalado -ubicado sobre la calle Santa Rosa al 900- y comenzaron <b>tareas de vigilancia</b>. Vecinos de la zona confirmaron que en el lugar residía la pareja y señalaron que la actividad principal que allí se desarrollaba no era la <b>venta de bebidas</b> que se anunciaba, sino la <b>comercialización de estupefacientes</b>, utilizando ese rubro como fachada.</p><p>Durante las <b>tareas de campo</b>, el personal de Gendarmería observó de manera reiterada una misma modalidad: jóvenes que llegaban al domicilio eran atendidas a través de <b>una ventana que da a la calle</b>, se producía un intercambio rápido de manos y luego se retiraban sin llevar productos compatibles con una compra lícita. Esa mecánica fue interpretada por los investigadores como típica de <b>narcomenudeo</b>, en la modalidad conocida como “<b>pasamanos</b>”.</p><p>Uno de los episodios documentados ocurrió la noche del 18 de febrero de 2025, cuando dos personas<b> se detuvieron frente al local</b> y mantuvieron un breve contacto con el ocupante del lugar. Minutos después, otra persona arribó en moto al domicilio y se produjo un <b>nuevo intercambio similar</b>. Situaciones de la misma naturaleza fueron observadas los días 19, 20 y 21 de febrero, siempre con la misma dinámica y sin evidencia de una <b>transacción comercial regular</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CRRCSPGWNJESZIDCG6RFJUQ45Q.jpg?auth=efc26779b8bdcd50619898e5344c8db6fe5f53196b6edac4c17b52a231c950ac&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La investigación se inició tras un informe de Gendarmería Nacional que alertó sobre la venta de drogas desde una vivienda particular (Foto ilustrativa: Gendarmería Nacional)" height="1080" width="1920"/><p>En función de esas observaciones, los investigadores identificaron a la pareja como <b>D.L.V.</b> y <b>P.S.O.S</b>., quienes -según la hipótesis fiscal- llevarían adelante la <b>venta de drogas al menudeo</b> desde su domicilio y mediante contactos coordinados por teléfono. La investigación avanzó luego con <b>operaciones </b>que incluyeron el <b>análisis de redes sociales</b>, consultas a bases oficiales y el rastreo de movimientos asociados a aplicaciones de <b>pago electrónico</b>.</p><p>Ese trabajo permitió <b>detectar los perfiles</b> utilizados por ambos en <b>redes sociales</b>, confirmar su vínculo personal y asociar<b> números telefónicos</b> a<b> transferencias digitales</b>. En paralelo, los investigadores identificaron un <b>comercio de bebidas</b>, ubicado en el barrio Los Sarmientos de Chilecito, que estaría vinculado a la operatoria investigada y funcionaría como <b>punto de apoyo</b> <b>logístico</b>.</p><p>Por otro lado, durante una vigilancia realizada el 27 de febrero del año pasado, los efectivos observaron la llegada de un hombre al domicilio de la pareja, quien mantuvo un breve contacto con uno de los investigados antes de retirarse. A partir de un <b>seguimiento controlado</b> y posteriores <b>cruces de información</b>, la pesquisa vinculó ese episodio con el comercio mencionado y con <b>un tercer sospechoso</b>, identificado como <b>F.J.R.</b>, sobre quien recaen sospechas de actuar como proveedor dentro del circuito de <b>tráfico de drogas</b>.</p><p>Según Gendarmería, distintos números telefónicos estarían siendo utilizados para coordinar la <b>venta de estupefacientes</b>, el suministro de la sustancia y los movimientos de dinero vinculados a la <b>actividad ilegal</b>. En base a ese conjunto de elementos -observaciones directas, testimonios vecinales, análisis de redes sociales, registros de transferencias electrónicas y cruces de datos-, la fiscalía a cargo del caso solicitó la autorización de <b>escuchas telefónicas</b> para profundizar la investigación.</p><p>Al resolver, el juez de la feria sostuvo que la incorporación de <b>intervenciones telefónicas</b>, registros de llamadas, mensajes SMS y WhatsApp, datos de celdas y <b>ubicación geográfica</b> resultaba “imprescindible” para avanzar en el esclarecimiento de una posible <b>infracción a la ley de drogas</b> y determinar el alcance de la maniobra.</p><p>Además, ordenó librar oficio a la<b> empresa de telefonía</b> para que informe la titularidad de las líneas investigadas, la existencia de otros números asociados, datos de los equipos utilizados, historiales de comunicaciones, registros de <b>tráfico de datos y direcciones IP</b>, y dispuso que toda esa información sea remitida con <b>carácter urgente</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/HR65BTEZZ5CBDDYREJU5RPMRFU.png?auth=7e24d4fb6a0cf085f2aa9108a82d5e409878bc909173f191233daa60e4623e97&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/png" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[No es la primera vez que WhatsApp enfrenta intentos de espionaje de alto nivel. (Reuters)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia ordenó a una obra social cubrir una fórmula especial para una bebé con alergia alimentaria severa]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/27/la-justicia-ordeno-a-una-obra-social-cubrir-una-formula-especial-para-una-bebe-con-alergia-alimentaria-severa/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/27/la-justicia-ordeno-a-una-obra-social-cubrir-una-formula-especial-para-una-bebe-con-alergia-alimentaria-severa/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[Un juzgado federal de San Martín dictó una medida cautelar y obligó a garantizar la provisión integral y regular de una fórmula nutricional indicada a una niña de 14 meses con trastornos gastrointestinales, ante la falta de respuesta administrativa de la entidad de salud]]></description><pubDate>Tue, 27 Jan 2026 18:37:37 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PFG5X7OFVVC4PKNVOT5ZOYJA3Y.jpg?auth=1211e95255676ea24c87b84ced0f7ee67ae944ea449b5bf0859be40c9e5a5e78&smart=true&width=7484&height=4990" alt="Un juez federal ordenó a una obra social garantizar la cobertura integral e inmediata de una fórmula nutricional para una bebé con APLV, al considerar acreditado el riesgo para su salud (Foto ilustrativa: Freepik)" height="4990" width="7484"/><p>El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín hizo lugar este martes a una <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/25/la-camara-federal-de-la-plata-avalo-una-cautelar-por-desbordes-cloacales-en-villa-fiorito/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/25/la-camara-federal-de-la-plata-avalo-una-cautelar-por-desbordes-cloacales-en-villa-fiorito/"><b>medida cautelar</b></a> y ordenó a una <b>obra social </b>brindar la "<b>cobertura integral, inmediata y regular</b>" de una fórmula nutricional específica indicada a una bebé de <b>14 meses</b> que padece <a href="https://www.infobae.com/noticias/2023/05/09/alergia-alimentaria-causas-sintomas-y-tratamiento/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/noticias/2023/05/09/alergia-alimentaria-causas-sintomas-y-tratamiento/">"<b>alergia alimentaria</b></a><b> </b>severa múltiple", entre ellas a la <b>proteína de la leche de vaca</b> (<a href="https://www.infobae.com/salud/2025/07/08/alergia-a-la-proteina-de-la-leche-de-vaca-por-que-es-clave-tratarla-a-tiempo-y-sin-interrupciones/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/2025/07/08/alergia-a-la-proteina-de-la-leche-de-vaca-por-que-es-clave-tratarla-a-tiempo-y-sin-interrupciones/">APLV</a>).</p><p>La decisión fue adoptada por el juez <b>Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto</b>, en el marco de una <a href="https://www.infobae.com/tag/recurso-de-amparo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/recurso-de-amparo/"><b>acción de amparo</b></a> promovida por el padre de la menor en su representación, ante la falta de respuesta de la entidad de salud al planteo para cubrir el <b>tratamiento prescripto </b>por una pediatra.</p><p>Según surge del fallo, la niña se encuentra afiliada a la demandada y fue diagnosticada con <b>APLV</b> por una especialista en <a href="https://www.infobae.com/salud/2022/07/19/que-es-la-alergia-a-la-proteina-de-la-leche-de-vaca-una-condicion-que-afecta-a-mas-de-15-mil-bebes-por-ano-en-la-argentina/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/2022/07/19/que-es-la-alergia-a-la-proteina-de-la-leche-de-vaca-una-condicion-que-afecta-a-mas-de-15-mil-bebes-por-ano-en-la-argentina/"><b>gastroenterología infantil</b></a>, quien indicó la necesidad de complementar su alimentación con una <b>fórmula a base de aminoácidos</b>, en una cantidad de <b>10 latas mensuales de 400 gramos cada una</b>, conforme a la prescripción médica acompañada al expediente.</p><p>En la resolución, el magistrado reconstruyó el <a href="https://www.infobae.com/salud/2023/08/21/en-argentina-nacen-mas-de-40-bebes-al-dia-con-alergia-a-la-proteina-de-la-leche/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/2023/08/21/en-argentina-nacen-mas-de-40-bebes-al-dia-con-alergia-a-la-proteina-de-la-leche/"><b>cuadro clínico</b></a> previo al inicio del tratamiento y señaló que la bebé presentaba <b>malestar digestivo persistente, deposiciones líquidas frecuentes y compromiso nutricional</b>, lo que había generado un <b>retraso relativo en su desarrollo</b>, producto de un “estado constante de incomodidad, debilidad y malestar que interfería negativamente en su desempeño cotidiano”.</p><p>De acuerdo con lo acreditado en la causa, el padre había solicitado administrativamente la prestación del insumo ante su <a href="https://www.infobae.com/tag/obra-social/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/obra-social/"><b>obra social</b></a>, pero <b>no obtuvo una respuesta satisfactoria</b>, más allá de una autorización limitada a los parámetros fijados por una resolución interna del organismo. Frente a esa situación, promovió el <b>recurso</b> <b>de amparo </b>y requirió el dictado de una cautelar para garantizar la continuidad del tratamiento de su hija.</p><p>Al analizar el pedido en plena feria judicial, el juez de primera instancia recordó que las medidas cautelares<b> </b>no exigen un “<b>examen de certeza sobre la existencia del derecho pretendido</b>”, sino únicamente “su <b>verosimilitud</b>“, y consideró que ese requisito se encontraba cumplido a partir de los <b>certificados médicos </b>incorporados y de la indicación formulada por una <b>profesional especialista</b>. En ese sentido, advirtió que el tratamiento indicado “<b>resulta ser el más eficaz en la opinión de la médica tratante</b>, quien es un especialista en la materia (<b>Pediatra-Alergia</b> (<b>infantil</b>) y describe su necesidad frente a los antecedentes de su paciente".</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H7LXVB2GTZFJHP4J4MHCXNKTWQ.jpg?auth=b8b11463af4b030bb7176de253c375d7573cc1ab019e47a294be85a9779aaaa7&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La medida cautelar fue dictada en el marco de un amparo de salud y priorizó el interés superior del niño ante la falta de respuesta administrativa de la obra social (Foto ilustrativa: Shutterstock)" height="1080" width="1920"/><p>A su vez, el fallo subrayó que la normativa vigente impone a los agentes del sistema de salud el deber de otorgar <b>cobertura integral de la </b>“<a href="https://www.infobae.com/salud/2024/12/17/el-42-de-los-ninos-con-alergias-y-trastornos-metabolicos-no-recibe-la-leche-recetada-las-razones-y-que-implica-para-su-salud/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/salud/2024/12/17/el-42-de-los-ninos-con-alergias-y-trastornos-metabolicos-no-recibe-la-leche-recetada-las-razones-y-que-implica-para-su-salud/"><b>leche medicamentosa</b></a>" a quienes padecen <b>alergia a la proteína de la leche vacuna</b>, prestación que se encuentra incluida dentro del <a href="https://www.infobae.com/tag/programa-medico-obligatorio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/programa-medico-obligatorio/"><b>Programa Médico Obligatorio </b></a><b>(PMO)</b>. Al respecto, el magistrado enfatizó que dichos servicios de salud deben ser brindados de manera “<b>rápida, eficaz, integral, igualitaria y humanizada</b>”, a fin de asegurar a los beneficiarios “<b>servicios suficientes y oportunos</b>”, con especial consideración del<a href="https://www.infobae.com/tag/interes-superior-del-nino/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/interes-superior-del-nino/"> <b>interés superior del niño</b></a>.</p><p>Con base en esos fundamentos, el titular del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N°1 ordenó cautelarmente a la demandada <b>proveer la fórmula indicada en la cantidad prescripta</b>, de manera <b>regular e inmediata</b>, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el proceso. También fijó pautas concretas para el cumplimiento de la medida, entre ellas la obligación de actuar "<b>sin demoras burocráticas</b>“, bajo el denominado <b>“criterio de ventanilla única”</b>, garantizando una provisión oportuna y precisa del insumo.</p><p>Además, el juez exhortó a ambas partes a <b>establecer un único canal de comunicación extrajudicial</b>, como una casilla de correo electrónico o línea telefónica específica, con el objetivo de facilitar un <b>diálogo ágil</b> y evitar retrasos en un tratamiento que requiere continuidad.</p><p>Finalmente, la resolución destacó que, ante un eventual incumplimiento de la cautelar, se podrá <b>avanzar directamente con las medidas de ejecución previstas en el Código Procesal</b>, y fijó una <b>caución juratoria</b> a cargo del progenitor, en atención a la naturaleza de la acción. También solicitó a la obra social demandada la presentación del <b>informe circunstanciado</b> previsto por la ley de amparo, dentro del plazo legal de cinco días.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/PFG5X7OFVVC4PKNVOT5ZOYJA3Y.jpg?auth=1211e95255676ea24c87b84ced0f7ee67ae944ea449b5bf0859be40c9e5a5e78&amp;smart=true&amp;width=7484&amp;height=4990" type="image/jpeg" height="4990" width="7484"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Juri Pozzi</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Fue condenado por trata de personas, se fugó y años después la Justicia declaró prescripta la pena]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/26/fue-condenado-por-trata-de-personas-se-fugo-y-anos-despues-la-justicia-declaro-prescripta-la-pena/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/26/fue-condenado-por-trata-de-personas-se-fugo-y-anos-despues-la-justicia-declaro-prescripta-la-pena/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La condena a seis años contra un hombre en Santa Cruz nunca llegó a cumplirse. Tras una detención ocurrida varios años después, el tribunal entendió que la facultad estatal para hacerla efectiva se encontraba extinguida]]></description><pubDate>Mon, 26 Jan 2026 20:57:13 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YLV7G3NRLRHWLH5UBIDV57MKXM.jpg?auth=61dfea268c34be2d1b1e098a1a0743e7ce799cb85d0f581ae651ed663e226218&smart=true&width=5387&height=3592" alt="El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz declaró prescripta la pena de seis años de prisión impuesta en una causa por trata de personas y dejó sin efecto la orden de captura vigente desde 2019 (Freepik)" height="3592" width="5387"/><p>Con citas del ex ministro de la Corte <a href="https://www.infobae.com/tag/eugenio-zaffaroni/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/eugenio-zaffaroni/"><b>Eugenio Zaffaroni</b></a>, el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz declaró prescripta la pena de seis años de prisión impuesta a un condenado en una causa por <b>trata de una persona mayor de edad</b> <a href="https://www.infobae.com/tag/explotacion-sexual/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/explotacion-sexual/"><b>con fines de explotación sexual</b></a>, al considerar que transcurrió el plazo legal para ejecutar una sentencia firme dictada en 2018 y que el Estado perdió la potestad para hacerla cumplir. La decisión dejó sin efecto la <a href="https://www.infobae.com/tag/orden-de-captura/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/orden-de-captura/"><b>orden de captura</b></a><b> </b>y la <b>declaración de rebeldía </b>que se encontraban vigentes desde fines de 2019.</p><p>La resolución lleva la firma del juez de Cámara <b>Luis Alberto Giménez</b>, integrante del órgano que intervino en el caso. El pronunciamiento se produjo tras un planteo de la <b>defensa oficial</b>, que solicitó la <b>prescripción de la pena</b> privativa de la libertad y la multa impuesta a su cliente. Ese pedido también fue acompañado por el <b>Ministerio Público Fiscal</b>.</p><p>De acuerdo con los antecedentes reseñados en el fallo, la <b>sentencia condenatoria</b> había sido dictada en <b>julio de 2018</b>, cuando el tribunal declaró la <b>responsabilidad penal</b> del acusado por el delito previsto en el artículo <b>145 bis</b> del Código Penal, incorporado por la <b>Ley 26.364</b>. Esa norma reprime a “el que <b>captare</b>, <b>transportare </b>o <b>trasladare</b>, dentro del país o desde o hacia el exterior, <b>acogiere </b>o <b>recibiere</b> personas mayores de dieciocho años de edad, cuando mediare <b>engaño</b>, <b>fraude</b>, <b>violencia</b>, <b>amenaza</b> o cualquier otro medio de <b>intimidación o coerción</b>, <b>abuso de autoridad</b> o de una <b>situación de vulnerabilidad</b>, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, <b>con fines de explotación</b>”.</p><p>El ilícito establece una escala de prisión de <b>tres a seis años</b>. En el caso, el tribunal fijó la pena <b>máxima prevista por la ley</b>, fijando seis años de cárcel de efectivo cumplimiento, además de una sanción pecuniaria de <b>40.000 pesos </b>y el pago de las costas del proceso.</p><p>Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso en su momento una impugnación ante la <a href="https://www.infobae.com/tag/camara-federal-de-casacion-penal/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/camara-federal-de-casacion-penal/"><b>Cámara Federal de Casación Penal</b></a>, cuya <b>Sala II</b> rechazó en <b>abril de 2019 </b>y, con posterioridad, declaró inadmisible el <b>recurso extraordinario </b>para llegar hasta la Corte Suprema. Ese hecho dejó firme la condena y, en noviembre de ese mismo año, el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz ordenó la inmediata <a href="https://www.infobae.com/tag/condena-de-prision/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/condena-de-prision/"><b>detención del condenado</b></a><b> </b>para que comenzara a purgar su pena.</p><p>Así las cosas, al momento de ejecutarse la <b>orden judicial</b>, la persona condenada no fue hallada en su domicilio de la <b>ciudad de Río Gallegos</b>. Frente a esa situación, el tribunal oral lo consideró<b> fugado de la Justicia</b> y <b>declaró su rebeldía </b>en diciembre de 2019 con orden de arresto incluida.</p><p>La situación procesal volvió a tener novedades al 13 de enero pasado, cuando personal de la policía de <b>Puerto Madryn</b>, en la <b>provincia de Chubut</b>, informó la <b>detención del condenado</b>. Al día siguiente, asumió su defensa un defensor público coadyuvante, quien solicitó formalmente que se <b>declarara la prescripción</b> de la pena dictada en su contra.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PKGO5TDOJJD5TLCFVRJOW5K7PQ.jpg?auth=d962e8b71d08137ff6e3799e2e36733ca58149887df3d6cbef6acfbcd6131975&smart=true&width=1920&height=1280" alt="El ex juez Eugenio Zaffaroni, uno de los doctrinarios a los que acudió el juez para dictar la prescripción de la pena en un caso de trata" height="1280" width="1920"/><p>El planteo defensivo se basó en que, desde el momento en que la <b>sentencia condenatoria</b> quedó firme -el 31 de octubre de 2019-, había transcurrido el plazo previsto en los artículos 65 inciso 3 y 66 del<b> Código Penal</b>. El primero establece que la <b>pena temporal </b>prescribe en un tiempo igual al de <b>la condena</b>, mientras que el segundo dispone que “la prescripción de la pena empezará a correr desde la medianoche del día en que se notificare el reo la sentencia o desde el <b>quebrantamiento de la condena</b>, si ésta hubiese empezado a cumplirse”.</p><p>Corrida vista al <b>Ministerio Público Fiscal</b>, se solicitó inicialmente la remisión de los antecedentes penales. El informe del <b>Registro Nacional de Reincidencia </b>indicó que el condenado no registraba <b>nuevos antecedentes ni procesos penales</b> en trámite y, con ese resultado, el fiscal ad hoc de la UFIS de <b>Río Gallegos</b> ante el <b>Tribunal Oral Federal</b> dictaminó favorablemente a la declaración de prescripción de las penas, tanto <b>la de prisión</b> como la <b>económica</b>.</p><p>A la hora de resolver el pedido, el juez de cámara<b> Luis Alberto Giménez</b> compartió “el <b>temperamento liberador</b> de la <b>sanción penal</b> que propone el <b>Ministerio Público Fiscal</b>, en tanto ”el transcurso del tiempo de los plazos legales impide al poder de hacer ejecutar una pena ya impuesta, sea por no haberse empezado a cumplir –como es el caso- o por haber sido quebrantada".</p><p>El fallo incorporó fundamentos doctrinarios vinculados a la “racionalidad” de la pena. Al respecto citó expresamente a <b>Eugenio Raúl Zaffaroni</b>, <b>Alejandro Alagia </b>y <b>Alejandro Slokar</b>, quienes en un libro sugieren que “transcurrido un considerable lapso entre la<b> sentencia y su ejecución</b>, el sujeto que se halla ante la agencia de ejecución penal no es el mismo sujeto al que el tribunal condenó, como tampoco lo es el tribunal ni la agencia ejecutiva, ni los afectados y, sobre todo, <b>el conflicto que deja de ser vivenciado, para pasar a ser meramente histórico</b>...”.</p><p>A su vez, el magistrado mencionó la postura que asocia la prescripción con el "<b>desinterés del Estado</b>" en la ejecución de la pena. En ese sentido, citó a <b>Oscar N. Vera Barrios</b>, quien explicó que lo que ”prescribe no es ni la sentencia -acto jurídico procesal donde la pena es impuesta- ni la pena en sí, sino la <b>acción del Estado</b> para hacerla ejecutar”.</p><p>De ese modo, el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz resolvió declarar la extinción de <b>las penas por el paso del tiempo</b>, dejar sin efecto la <b>declaración de rebeldía </b>y la orden de captura dictadas en diciembre de 2019, disponer las comunicaciones correspondientes y archivar las actuaciones.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/YLV7G3NRLRHWLH5UBIDV57MKXM.jpg?auth=61dfea268c34be2d1b1e098a1a0743e7ce799cb85d0f581ae651ed663e226218&amp;smart=true&amp;width=5387&amp;height=3592" type="image/jpeg" height="3592" width="5387"><media:description type="plain"><![CDATA[Día Mundial contra la trata de personas. (Freepik)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia le negó la domiciliaria a un acusado por narcotráfico en la causa de la banda de “Yiyo” Ramallo]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/20/la-justicia-le-nego-la-domiciliaria-a-un-acusado-por-narcotrafico-en-la-causa-de-la-banda-de-yiyo-ramallo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/20/la-justicia-le-nego-la-domiciliaria-a-un-acusado-por-narcotrafico-en-la-causa-de-la-banda-de-yiyo-ramallo/</guid><description><![CDATA[El Tribunal Oral Federal N° 2 rechazó el pedido de morigeración del encierro de un imputado por venta de drogas y destacó la gravedad de los cargos y la proximidad del juicio oral]]></description><pubDate>Tue, 20 Jan 2026 21:24:06 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHBVVY3CJVDEXCUCJSS4RNVIM4.jpg?auth=cf5cbae8cdad7bcfe346684c8f26ab82b78db01a0795822cd64efde2a338e4aa&smart=true&width=800&height=486" alt="El TOF N° 3 de Córdoba había condenado a perpetua a Gil y a 4 años a Ramírez" height="486" width="800"/><p>El <b>Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba</b> rechazó el pedido de <a href="https://www.infobae.com/tag/prision-domiciliaria/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/prision-domiciliaria/"><b>prisión domiciliaria</b></a> presentado por uno de los imputados en la causa que investiga a la <b>banda narco </b>liderada por <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/08/28/condenaron-a-perpetua-a-un-preso-de-alto-perfil-alojado-en-ezeiza-acusado-de-ordenar-homicidios-y-otros-delitos-graves/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/08/28/condenaron-a-perpetua-a-un-preso-de-alto-perfil-alojado-en-ezeiza-acusado-de-ordenar-homicidios-y-otros-delitos-graves/"><b>Evelio “Yiyo” Ramallo</b></a>, un <b>preso de alto perfil</b> acusado de dirigir la organización desde el <b>penal federal de Ezeiza</b>. La decisión, adoptada por el juez <b>José Asís</b>, mantuvo la detención preventiva al considerar que persistían <b>riesgos de fuga y de entorpecimiento del proceso</b> en una investigación por <b>narcotráfico interprovincial</b> que tuvo como eje <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/03/23/desarticularon-una-banda-narco-que-funcionaba-en-santa-fe-y-cordoba-era-liderada-desde-el-penal-de-ezeiza/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=21937287514&amp;gbraid=0AAAAADmqXxQQv42mNKhpyIFRGbRWswWee&amp;gclid=CjwKCAiA7LzLBhAgEiwAjMWzCP3vOhgZu6djSFFFVF6dcZKGCDW7LrWjfi_gCZzfNq7V3g398dMUVhoCEmQQAvD_BwE" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/03/23/desarticularon-una-banda-narco-que-funcionaba-en-santa-fe-y-cordoba-era-liderada-desde-el-penal-de-ezeiza/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=21937287514&amp;gbraid=0AAAAADmqXxQQv42mNKhpyIFRGbRWswWee&amp;gclid=CjwKCAiA7LzLBhAgEiwAjMWzCP3vOhgZu6djSFFFVF6dcZKGCDW7LrWjfi_gCZzfNq7V3g398dMUVhoCEmQQAvD_BwE"><b>un megaoperativo</b></a><b> </b>realizado en marzo de 2024 en Córdoba y Santa Fe, con un saldo de <b>22 detenidos</b>.</p><p>La resolución se dictó a partir de un planteo formulado durante la feria judicial por la defensa de <b>Carlos Alberto Basualdo Jaimez</b>, quien solicitó habilitar el receso para tratar con urgencia un pedido para revisar las condiciones de su detención. El imputado, en rigor, se encuentra privado de la libertad desde aquel <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/03/23/desarticularon-una-banda-narco-que-funcionaba-en-santa-fe-y-cordoba-era-liderada-desde-el-penal-de-ezeiza/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=21937287514&amp;gbraid=0AAAAADmqXxQQv42mNKhpyIFRGbRWswWee&amp;gclid=CjwKCAiA7LzLBhAgEiwAjMWzCP3vOhgZu6djSFFFVF6dcZKGCDW7LrWjfi_gCZzfNq7V3g398dMUVhoCEmQQAvD_BwE" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/03/23/desarticularon-una-banda-narco-que-funcionaba-en-santa-fe-y-cordoba-era-liderada-desde-el-penal-de-ezeiza/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=21937287514&amp;gbraid=0AAAAADmqXxQQv42mNKhpyIFRGbRWswWee&amp;gclid=CjwKCAiA7LzLBhAgEiwAjMWzCP3vOhgZu6djSFFFVF6dcZKGCDW7LrWjfi_gCZzfNq7V3g398dMUVhoCEmQQAvD_BwE"><b>marzo de 2024</b></a> y está acusado como <b>coautor</b> del delito de <a href="https://www.infobae.com/tag/venta-de-drogas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/venta-de-drogas/"><b>comercialización de estupefacientes</b></a>, agravado por la intervención de más de tres personas y por <b>el uso de violencia</b>, en concurso real con <b>tenencia ilegítima de armas de fuego</b>.</p><p>La defensora pública <b>Ana María Blanco</b> aclaró que no solicitaba la excarcelación de su asistido, sino una <b>morigeración del encierro</b>, y fundó el pedido en <b>razones humanitarias y de salud</b> vinculadas a la situación de la esposa del imputado. Según expuso, la mujer padece <b>diabetes tipo II, hipertensión arterial</b>, <b>obesidad </b>y <b>una pérdida progresiva de la visión</b>, y en 2024 sufrió la amputación de una <b>falange de un miembro inferior</b>, lo que afectaba su movilidad diaria y dificultaba sus visitas al <b>establecimiento penitenciario</b>. También sostuvo que Basualdo Jaimez no registraba<b> antecedentes penales </b>y<b> </b>contaba con domicilio fijo en la <b>ciudad de Rafaela</b>,<b> Santa Fe</b>,<b> </b>por lo que no cabía la posibilidad de entorpecer la<b> causa penal</b> en su contra.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TCGIWXAEHJBDNPSTBRA4GNPX7U.JPG?auth=aa8dde9c3fb4590377922f0ea59ceb4fcfc1d69a5d05c2f28ff59f1298d660a2&smart=true&width=617&height=322" alt="En febrero de 2024, el Ministerio de Seguridad de la Nación difundió el traslado de "Yiyo" Ramallo desde Rawson al penal de Ezeiza" height="322" width="617"/><p>El planteo fue contestado por el Ministerio Público Fiscal, que se opuso a la concesión de la medida. En su dictamen, el fiscal <b>Carlos Gonella</b> consideró que la situación familiar invocada <b>no encuadraba en las causales previstas por la ley</b> para autorizar la prisión domiciliaria y que del <b>informe interdisciplinario</b> incorporado al expediente surgía la existencia de <b>familiares en condiciones de asistir</b> a la esposa del imputado sin necesidad de su presencia permanente.</p><p>El fiscal también detalló <b>el rol atribuido a Basualdo Jaimez dentro de la organización criminal</b>. De acuerdo con la acusación, habría cumplido funciones de <b>logística y transporte de droga y dinero</b> entre distintas localidades de <b>Córdoba y Santa Fe</b>, con amplia capacidad de desplazamiento. Además, se le atribuye una <b>vinculación con el manejo de armas</b>, circunstancia que -según el Ministerio Público- incrementaba los riesgos procesales como el de <b>entorpecimiento</b>, debido al potencial para intimidar testigos o interferir en la causa.</p><p>A la hora de resolver este martes, el juez <b>José Fabián Asís</b> recordó que la <b>prisión domiciliaria no se trataba de una medida automática</b>, sino una forma excepcional de coerción que debía evaluarse en sincronía con los riesgos procesales del caso. En sus términos, explicó que “<b>el arresto domiciliario </b>previsto en el art. 210 del C.P.P.F no es de aplicación automática, sino que obedece a<b> irrenunciables imperativos humanitarios </b>que deben ser evaluados por el magistrado que lo concede, junto con <b>la existencia o no de riesgo procesal</b>”.</p><p>El magistrado repasó que Basualdo Jaimez fue <b>procesado con prisión preventiva en mayo de 2024</b>, medida que fue <b>revisada y confirmada</b> en octubre de ese año. La causa quedó <b>radicada ante el tribunal oral </b>en junio de 2025 y ya tiene <b>fecha </b>de inicio de <b>juicio fijada</b> para el <b>18 de febrero próximo</b>, lo que, a criterio del juez, reforzaba el riesgo de fuga del solicitante.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JD3QSU3P2FC7NGUR56342W4YG4.jpeg?auth=b0d48a9d18a89eb90425ab23b0ae17e378a95118dadd42a057fd0b24eaf0bac5&smart=true&width=1920&height=1079" alt="Fiscal federal Carlos Gonella" height="1079" width="1920"/><p>En otro tramo del fallo al que tuvo acceso <b>Infobae</b>, el juez del tribunal oral cordobés planteó que los riesgos identificados no podían ser<b> </b>“<b>neutralizados</b>”<b> </b>con otras medidas alternativas. A su vez ponderó que la <b>pena en expectativa</b> no habilitaba una ejecución condicional para el acusado, y que ese dato permitía “presumir un <b>incentivo de fuga</b>”. También destacó que había imputados <b>cuya detención aún no se había hecho efectiva</b>, lo que incrementaba el peligro de propiciar <b>contactos indebidos</b> si se modificaba el <b>régimen de encierro</b>.</p><p>La decisión judicial se inscribe en una investigación de mayor alcance que tuvo un punto central con un <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/03/23/desarticularon-una-banda-narco-que-funcionaba-en-santa-fe-y-cordoba-era-liderada-desde-el-penal-de-ezeiza/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=21937287514&amp;gbraid=0AAAAADmqXxQQv42mNKhpyIFRGbRWswWee&amp;gclid=CjwKCAiA7LzLBhAgEiwAjMWzCP3vOhgZu6djSFFFVF6dcZKGCDW7LrWjfi_gCZzfNq7V3g398dMUVhoCEmQQAvD_BwE" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/03/23/desarticularon-una-banda-narco-que-funcionaba-en-santa-fe-y-cordoba-era-liderada-desde-el-penal-de-ezeiza/?gad_source=1&amp;gad_campaignid=21937287514&amp;gbraid=0AAAAADmqXxQQv42mNKhpyIFRGbRWswWee&amp;gclid=CjwKCAiA7LzLBhAgEiwAjMWzCP3vOhgZu6djSFFFVF6dcZKGCDW7LrWjfi_gCZzfNq7V3g398dMUVhoCEmQQAvD_BwE"><b>megaoperativo</b></a><b> </b>coordinado por distintas <b>fuerzas de seguridad</b>,<b> </b>cuando se llevaron adelante <b>46 allanamientos simultáneos</b> en las provincias de Córdoba y Santa Fe. En territorio cordobés, los procedimientos se desplegaron en <b>Morteros, Brinkmann y Porteña</b>, mientras que en Santa Fe alcanzaron a <b>Rafaela, Sauce Viejo, Suardi y Frontera</b>. Las medidas estuvieron a cargo de la <b>Fuerza Policial Antinarcotráfico de Córdoba</b>, <b>Gendarmería Nacional</b> y fuerzas provinciales, con intervención de la <b>Fiscalía Federal de San Francisco</b>, la <b>Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR)</b> y fiscales de ambas jurisdicciones.</p><p>Según la hipótesis principal, la banda era dirigida por <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/03/23/yiyo-y-bro-los-presos-vinculados-a-los-monos-que-dirigian-bandas-narco-desde-las-carceles-de-ezeiza-y-villa-devoto/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/03/23/yiyo-y-bro-los-presos-vinculados-a-los-monos-que-dirigian-bandas-narco-desde-las-carceles-de-ezeiza-y-villa-devoto/"><b>Evelio Horacio “Yiyo” Ramallo</b></a>, un capo narco con antecedentes<b> </b>por <b>tráfico de drogas</b> <b>y homicidios </b>y con conexiones con <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/01/16/en-una-zona-de-rosario-donde-operaban-los-monos-cayo-una-banda-narco-vinculada-a-un-triple-crimen-hay-11-detenidos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/01/16/en-una-zona-de-rosario-donde-operaban-los-monos-cayo-una-banda-narco-vinculada-a-un-triple-crimen-hay-11-detenidos/"><b>Los Monos</b></a>, que habría continuado coordinando la operatoria ilegal desde su celda en Ezeiza. La droga ingresaba al país por <b>Misiones</b>, procedente de <b>Paraguay</b>, y luego era trasladada hacia <b>Santa Fe</b> mediante personas que la transportaban en colectivos o a través de <b>envíos postales</b>, para finalmente ser almacenada y distribuida en distintos puntos.</p><p>En el expediente también se encuentra imputada la ex pareja de “Yiyo”, <b>Eunice Febe Trossero</b>, señalada como <b>coautora</b> del delito de comercialización de estupefacientes, con funciones vinculadas a la <b>administración de la distribución de la droga y al control de la recaudación</b>, incluso desde su lugar de detención.</p><p>Ramallo cuenta con una condena a <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/08/28/condenaron-a-perpetua-a-un-preso-de-alto-perfil-alojado-en-ezeiza-acusado-de-ordenar-homicidios-y-otros-delitos-graves/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/08/28/condenaron-a-perpetua-a-un-preso-de-alto-perfil-alojado-en-ezeiza-acusado-de-ordenar-homicidios-y-otros-delitos-graves/"><b>prisión perpetua</b></a><b> </b>dictada en agosto de 2025 por un tribunal de <b>Rafaela </b>por instigar una serie de<b> homicidios </b>y organizar una<b> asociación ilícita </b>desde la cárcel.</p><p>Con ese panorama, el magistrado del <b>Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba</b> resolvió <b>no hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria</b> de <b>Basualdo Jaimez</b>, quien continuará detenido a la espera del<b> </b>comienzo del <b>juicio</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/DHBVVY3CJVDEXCUCJSS4RNVIM4.jpg?auth=cf5cbae8cdad7bcfe346684c8f26ab82b78db01a0795822cd64efde2a338e4aa&amp;smart=true&amp;width=800&amp;height=486" type="image/jpeg" height="486" width="800"><media:description type="plain"><![CDATA[El TOF N° 3 de Córdoba había condenado a perpetua a Gil y a 4 años a Ramírez]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Un juez federal negó una cautelar para detener trenes de carga por presunto peligro de incendios]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/19/un-juez-federal-nego-una-cautelar-para-detener-trenes-de-carga-por-presunto-peligro-de-incendios/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/19/un-juez-federal-nego-una-cautelar-para-detener-trenes-de-carga-por-presunto-peligro-de-incendios/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La presentación buscaba frenar la circulación ferroviaria en Médanos, partido de Villarino, por el estado de las vías y el riesgo ambiental, pero el magistrado consideró que no se acreditaron la urgencia ni la verosimilitud del derecho]]></description><pubDate>Mon, 19 Jan 2026 22:39:53 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4CQI3MYLWFBLZP3BY66HKIBKGU.jpg?auth=3fc5e3be22323e6a43f1436737c1f0b68074e1b30b7f6cf8bd32ef215e6d0950&smart=true&width=1000&height=667" alt="Un juez federal rechazó frenar la circulación de trenes de carga en Médanos al considerar que no se acreditó un riesgo inminente de incendios (Foto ilustrativa: Shutterstock)" height="667" width="1000"/><p>El <b>Juzgado Federal de Bahía Blanca N° 1</b> rechazó una medida cautelar para detener la circulación de<b> </b><a href="https://www.infobae.com/tag/trenes-de-cargas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/trenes-de-cargas/"><b>trenes de carga</b></a> en un tramo ferroviario que atraviesa la localidad de <b>Médanos</b>, cabecera del partido de <b>Villarino</b>, en el <b>sur de la provincia de Buenos Aires</b>, ante el presunto <a href="https://www.infobae.com/tag/incendios/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/incendios/"><b>riesgo de incendios</b></a><b> </b>provocado por el estado de abandono de las vías, la acumulación de vegetación seca y condiciones climáticas adversas. El juez a cargo de la decisión concluyó que no se<b> </b>habían acreditado <b>ni la urgencia ni la verosimilitud del derecho </b>para imponer una resolución de ese alcance.</p><p>La presentación fue realizada por un vecino de la zona contra la empresa <a href="https://www.infobae.com/economia/2025/09/10/el-gobierno-prorrogo-la-concesion-del-transporte-de-carga-en-la-linea-roca/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/economia/2025/09/10/el-gobierno-prorrogo-la-concesion-del-transporte-de-carga-en-la-linea-roca/"><b>Ferrosur Roca S.A.</b></a>, y solicitó además que se notificara a la <a href="https://www.infobae.com/tag/comision-nacional-de-regulacion-de-transporte/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/comision-nacional-de-regulacion-de-transporte/"><b>Comisión Nacional de Regulación del Transporte</b></a><b> (CNRT)</b> para que garantizara el cumplimiento de una eventual orden judicial y fiscalizara las <b>tareas de seguridad</b>. El reclamo apuntaba a frenar el tránsito ferroviario en el trayecto comprendido entre la intersección de las <b>rutas nacionales 22 y 3</b> y el sector <b>Médanos-Puente de Arroyo Sauce Chico</b>, “hasta tanto se ejecuten las tareas de desmalezamiento y cortafuegos necesarias para <b>garantizar la seguridad pública</b>”.</p><p>Para fundar su pedido, el reclamante sostuvo que las vías se encontraban en <b>estado de abandono</b>, sin mantenimiento desde las <a href="https://www.infobae.com/tag/inundaciones-en-bahia-blanca/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/inundaciones-en-bahia-blanca/"><b>inundaciones de marzo de 2025</b></a>, y que los trenes de carga circulaban sobre un tendido “<b>sumergido en material combustible</b>”. A ese cuadro agregó un <b>contexto meteorológico adverso</b>, con <a href="https://www.infobae.com/america/ciencia-america/2025/12/30/crearon-un-mapa-que-revela-donde-las-olas-de-calor-ponen-en-jaque-al-corazon-en-argentina/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/america/ciencia-america/2025/12/30/crearon-un-mapa-que-revela-donde-las-olas-de-calor-ponen-en-jaque-al-corazon-en-argentina/"><b>altas temperaturas</b></a><b>, sequedad y viento</b>, que -según afirmó- incrementaría el <b>riesgo de incendios rurales y urbanos</b> en una zona caracterizada por amplias extensiones rurales.</p><p>En cuanto a la urgencia de la medida invocada, remarcó que “<b>cada minuto que una formación ferroviaria transita por la traza en crisis es una invitación a la catástrofe</b>” y que la demora judicial “<b>no se mide en plazos procesales, sino en hectáreas incendiadas y vidas en riesgo</b>”. En ese marco, aseveró que estaban comprometidos derechos de jerarquía constitucional como la vida, la integridad física y el patrimonio de los habitantes de Médanos, hoy -dijo- “<b>supeditados a la conducta omisiva de Ferrosur Roca S.A. y a la falta de fiscalización de la CNRT</b>”.</p><p>Como respaldo, el vecino acompañó un video y anunció prueba fotográfica. También solicitó, como medida probatoria, que se convocara a los <a href="https://www.infobae.com/tag/bomberos-voluntarios/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/bomberos-voluntarios/"><b>Bomberos Voluntarios</b></a><b> de Médanos</b> para que informaran sobre el riesgo existente en la zona.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LW44EEJY5VEMJI27GROZGKKJMI.jpg?auth=16a6845c6e7ece3a6bd0fdb69a8e1ca3365cc27ce0ed9a82222a953327924aaf&smart=true&width=1000&height=562" alt="El reclamo judicial apuntaba al presunto abandono de las vías ferroviarias y a la acumulación de vegetación seca en el sur bonaerense (Foto ilustrativa: Shutterstock)" height="562" width="1000"/><p>El expediente llegó al fuero federal luego de que un juzgado provincial se declarara incompetente por razón de la materia, al considerar que el objeto del reclamo estaba vinculado al <b>estado de la infraestructura ferroviaria </b>y al<b> transporte de carga </b>por parte de<b> una empresa nacional</b>. Una vez asumida la competencia, el Juzgado Federal de Bahía Blanca N°1 pasó a estudiar el caso.</p><p>Al resolver el planteo en un fallo de ocho páginas al que accedió <b>Infobae</b>, el juez de primera instancia <b>Walter López Da Silva</b> recordó que las "<b>medidas autosatisfactivas</b>" son de carácter excepcional y requieren un estándar probatorio elevado. Señaló que este tipo de procesos “<b>procura solucionar coyunturas urgentes, se agota en sí mismo y requiere un alto grado de certeza</b>”, además de la verificación de la “verosimilitud del derecho” y el “peligro en la demora”.</p><p>Bajo esos términos, el magistrado advirtió una <b>insuficiencia probatoria </b>para darle cauce al planteo. En particular, precisó que el video aportado -de 16 segundos- mostraba un camino de tierra con vegetación y postes de luz, pero “sin que se advierta concretamente <b>ninguna vía férrea</b>, ni tampoco resulte posible <b>localizar el lugar</b> en donde se realiza la filmación”. También observó que <b>las fotografías </b>mencionadas en su escrito inicial no habían sido incorporadas al<b> expediente digital</b>.</p><p>Tampoco consideró acreditadas las <b>condiciones climáticas extremas</b> invocadas. En ese punto, destacó que no se acompañaron informes del <b>Servicio Meteorológico Nacional</b> u otras constancias objetivas que respaldaran <b>temperaturas superiores</b> a los <b>30 o 40 grados</b>, ni <b>la sequía extrema </b>o los <b>vientos desecantes </b>alegados. Por el contrario, indicó que los <b>pronósticos oficiales </b>para Médanos mostraban temperaturas sensiblemente menores a las descriptas por el actor.</p><p>El fallo subrayó además que <b>no se probó una omisión en el deber de fiscalización por parte de la CNRT </b>-dependiente de la <b>Secretaría de Transporte</b>-, ya que no se acreditó que el demandante hubiera denunciado formalmente ante ese organismo la supuesta <b>falta de mantenimiento</b> y <b>limpieza de las vías</b>.</p><p>Otro punto central fue que el pedido de frenar la circulación de los trenes de carga se formuló <b>sin precisar quién debía realizar las tareas de desmalezamiento y cortafuegos, en qué plazos ni de qué manera</b>, lo que -según el juez- excedía el marco de una <b>medida autosatisfactiva</b> y se inscribía en el ámbito de responsabilidad propio de la <b>empresa ferroviaria</b>.</p><p>El magistrado consideró que, más allá de la <b>grave situación general de riesgo de incendios</b>, las constancias aportadas <b>no resultaban suficientes</b> para disponer la interrupción del tránsito ferroviario “al menos en los términos en que fue solicitado y con las pruebas acompañadas”. </p><p>En consecuencia, rechazó la medida, con costas a la parte actora, y dispuso <b>comunicar la decisión a la CNRT</b> para que adopte las medidas que estime pertinentes.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/4CQI3MYLWFBLZP3BY66HKIBKGU.jpg?auth=3fc5e3be22323e6a43f1436737c1f0b68074e1b30b7f6cf8bd32ef215e6d0950&amp;smart=true&amp;width=1000&amp;height=667" type="image/jpeg" height="667" width="1000"><media:description type="plain"><![CDATA[Un juez federal rechazó frenar la circulación de trenes de carga en Médanos al considerar que no se acreditó un riesgo inminente de incendios (Foto ilustrativa: Shutterstock)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Fue declarado moroso por un crédito que no solicitó y la Justicia ordenó al banco pagarle un resarcimiento]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/16/fue-declarado-moroso-por-un-credito-que-no-solicito-y-la-justicia-ordeno-al-banco-pagarle-un-resarcimiento/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/16/fue-declarado-moroso-por-un-credito-que-no-solicito-y-la-justicia-ordeno-al-banco-pagarle-un-resarcimiento/</guid><description><![CDATA[En un caso de robo de identidad, un juez exigió a la entidad abonar una compensación tras comprobar que se utilizó documentación falsa para obtener un préstamo, lo que generó consecuencias negativas en el historial crediticio del afectado]]></description><pubDate>Fri, 16 Jan 2026 04:20:12 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/T66I2C46TNBOZLSY3TAZXHGP5Q.jpg?auth=f5d1a03d39fb22b5fad7e9e17491d667264d2278b022be1bb06bba9e602e1b3b&smart=true&width=1456&height=816" alt="La Justicia federal de Eldorado condenó a un banco a indemnizar con 500.000 pesos a un hombre víctima de usurpación de identidad y fraude crediticio. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>Un hombre <b>obtuvo un fallo favorable tras haber sido incluido de manera indebida en la base de datos de deudores morosos</b>, debido a la utilización de su identidad en la contratación fraudulenta de un crédito bancario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Juzgado Federal de Eldorado, Misiones, condenó al banco involucrado a pagarle una indemnización de 500.000 pesos por daño moral.</p><p>El caso tuvo como protagonista a un hombre de esa provincia que, cuando intentó ampliar el límite de su tarjeta de crédito en una sucursal bancaria de Eldorado, fue informado de que figuraba como deudor moroso en el sistema Veraz debido a una deuda originada en otra entidad financiera.</p><p>Al investigar el motivo de su inclusión en la base de deudores, el afectado descubrió que una persona desconocida había gestionado un préstamo personal por 55.000 pesos <b>utilizando un documento nacional de identidad falso con sus datos personales</b>. El préstamo fue solicitado en una sucursal bancaria porteña, y como las cuotas nunca se abonaron, se lo reportó como moroso en el Banco Central y en el sistema Veraz.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GXT6LRQ6Q5F5HLBPIT5BFXXJRI.jpg?auth=f262b0927cc322c37c379d135ce50996d16f7b71a16195e49a4d1cc22669ee44&smart=true&width=1456&height=816" alt="El afectado descubrió su inclusión indebida en el sistema Veraz tras intentar ampliar el límite de su tarjeta de crédito en Misiones. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El demandante sostuvo que jamás perdió su documento ni realizó gestiones para renovarlo, por lo que aseguró que el trámite se concretó mediante la falsificación de su identidad. Como consecuencia, no solo debió afrontar la imposibilidad de acceder a nuevos créditos, sino que también enfrentó gestiones judiciales para defenderse de una deuda que no contrajo, además de soportar llamadas y amenazas de ejecución por parte del banco.</p><p>Durante el proceso judicial, la defensa del banco negó cualquier responsabilidad, argumentando que cumplió con los procedimientos establecidos y que la presentación del documento de identidad era suficiente para acreditar la identidad del solicitante. La entidad sostuvo que, en todo caso, también resultó damnificada por el fraude y que no existía un incumplimiento de sus deberes de verificación.</p><p>No obstante, el juzgado federal analizó la prueba documental y pericial recolectada y determinó que existieron múltiples irregularidades en el otorgamiento del crédito. Según la sentencia, los empleados bancarios <b>no realizaron verificaciones básicas sobre la autenticidad de la información y documentación presentada </b>por quien se hizo pasar por el demandante.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3ROFHX3D3ZD7RIVMCUSNTLKCAM.jpg?auth=6cbf689ae0c19cbdb6ec6eeb1887dc6f0f82e2495a2bca1a6c8a372076e4ff7b&smart=true&width=1456&height=816" alt="El fallo judicial resaltó que el banco no realizó controles básicos sobre la autenticidad de los datos y documentos presentados durante la solicitud. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El fallo consideró que la comprobación del domicilio resultó insuficiente, ya que el solicitante consignó direcciones y datos laborales inexistentes o falsos, que no fueron objeto de un control adecuado por parte de la entidad financiera. De acuerdo al expediente, la empresa que figuraba como empleadora no existía y el número telefónico laboral correspondía a otra persona. El domicilio real del demandante nunca estuvo vinculado con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>La sentencia también resaltó que la firma en el formulario de solicitud de crédito no coincidía con la del verdadero titular, según lo estableció una pericia caligráfica. Además, la factura de servicios presentada no correspondía ni en fecha, ni en monto, ni en titularidad a los datos aportados por el falso solicitante.</p><p>A pesar de que el demandante denunció penalmente la usurpación de su identidad en la Justicia federal, el banco continuó con la ejecución judicial de la deuda ante tribunales civiles de Buenos Aires, lo que generó una profundización de los daños sufridos.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3UI2SNHYLZA45OFG3CROX2UCEE.jpg?auth=9810c424bc9ac4009b974ce1a56cb11f1b8d79e84c125210d4f4e7a264fa0867&smart=true&width=1456&height=816" alt="Entre las irregularidades comprobadas figuran firmas no coincidentes, direcciones inexistentes y empleadores falsos en la solicitud de crédito. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El juez federal que intervino en la causa evaluó que la entidad demandada incurrió en responsabilidad tanto objetiva como subjetiva. Consideró que la falta de controles y la omisión de medidas adecuadas para evitar el fraude y para corregir la situación cuando fue advertida, <b>constituyeron conductas negligentes que habilitan el reclamo de daño moral</b>.</p><p>La resolución judicial se fundó en la normativa vigente al momento de los hechos, que imponía a las entidades financieras un deber estricto de diligencia en la identificación de los solicitantes de préstamos y en la verificación de sus datos personales y laborales. Según la sentencia, la entidad bancaria no acreditó haber cumplido con estos estándares mínimos.</p><p>El fallo subrayó que todo comerciante especializado, como lo es una entidad bancaria, <b>debe aplicar mecanismos rigurosos para prevenir fraudes y proteger los derechos de terceros</b>, especialmente cuando un error puede derivar en consecuencias graves para la reputación y el acceso al crédito de las personas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6GPCSEAVSBBT5DECF4J2E4GSVU.jpg?auth=d73f36bef56371d8fef8d88e5ac7bf60222b8948eaded52fce89424f8a2a2e0f&smart=true&width=1456&height=816" alt="La sentencia destacó la responsabilidad de los bancos en prevenir fraudes y en reparar el daño ocasionado por fallas en sus controles internos. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El juez destacó que el daño moral en este caso se configuró por la afectación a la paz, tranquilidad y honor del damnificado, quien debió afrontar una situación de incertidumbre y angustia derivada de su inclusión injustificada como deudor moroso. Además, se ponderó el tiempo dedicado a trámites judiciales y administrativos para limpiar su historial y el perjuicio generado por la imposibilidad de acceder al crédito.</p><p>En la sentencia quedó plasmado que la sola verificación del hecho antijurídico y la titularidad del derecho por parte del accionante hacen presumir el daño moral, sin necesidad de una prueba adicional sobre los padecimientos sufridos.</p><p>El monto de la indemnización, fijado en 500.000 pesos más intereses, se estableció considerando la gravedad de la lesión y el principio de reparación integral. El juez señaló que la suma responde a la necesidad de compensar los padecimientos físicos y espirituales sufridos por el demandante.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3Q6N6WVEPBFH3PHVSCQWZLSYCA.jpg?auth=6c88bace28682bb5fba731cbca2bfa1521dddabfca6c259de1e7eb2df5076263&smart=true&width=1456&height=816" alt="El juez destacó que el daño moral en este caso se configuró por la afectación a la paz, tranquilidad y honor del damnificado. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>La condena incluyó, además, la imposición de las costas (gastos) del proceso a cargo de la entidad financiera y el diferimiento de la regulación de honorarios profesionales para una instancia posterior.</p><p>La resolución judicial puso el acento en <b>la obligación de los bancos de mantener estándares elevados de control </b>en todas las etapas de sus operaciones y en la importancia de actuar con rapidez para enmendar errores que puedan causar daños a terceros.</p><p>El expediente deja constancia de que el demandante tuvo que realizar numerosas gestiones y trámites, incluyendo la contratación de abogados, para demostrar que nunca solicitó el crédito y que su inclusión en las bases de morosos se debió a una maniobra fraudulenta ajena a su voluntad.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2T7DDCWPCVGM3LWRYCFLP5LBB4.jpg?auth=507721b6ed5572184f4d2a6292f91c515d26a2b6fac46b4650768c604c3b04b7&smart=true&width=1456&height=816" alt="El demandante tuvo que realizar numerosas gestiones y trámites, incluyendo la contratación de abogados, para demostrar que nunca solicitó el crédito. (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>En el proceso se comprobó que la información errónea sobre la presunta deuda circuló durante meses, lo que generó múltiples consecuencias negativas en la vida personal y financiera del afectado.</p><p>El juez valoró que, aun después de haber sido notificada la denuncia penal por usurpación de identidad, el banco demoró la adopción de medidas correctivas y mantuvo la acción judicial por cobro de la deuda, agravando la situación.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/T66I2C46TNBOZLSY3TAZXHGP5Q.jpg?auth=f5d1a03d39fb22b5fad7e9e17491d667264d2278b022be1bb06bba9e602e1b3b&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[Persona, inflación, estanflación, economía, problemas económicos, salarios, sueldo, gastos, ahorro energético, hogar, casa, departamento, edificio, cuentas a pagar, deuda, servicios - (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia Federal dictó tres cautelares y obligó a una prepaga a cubrir tratamientos críticos]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/15/la-justicia-federal-dicto-tres-cautelares-y-obligo-a-una-prepaga-a-cubrir-tratamientos-criticos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2026/01/15/la-justicia-federal-dicto-tres-cautelares-y-obligo-a-una-prepaga-a-cubrir-tratamientos-criticos/</guid><description><![CDATA[Las resoluciones incluyeron un medicamento oncológico rechazado, una paciente con esclerosis múltiple y una adolescente que debía ser operada]]></description><pubDate>Thu, 15 Jan 2026 21:25:00 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CYVM7UGDMJADTFMJR53GUE7HCQ.jpg?auth=333661272df699846e2df5ef26c9fddf30064ca356125be827cb54dd6da27653&smart=true&width=1456&height=816" alt="La Justicia Federal ordenó en los últimos días a una prepaga garantizar cobertura médica integral en tres casos de alta complejidad (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>La Justicia Federal dictó en los últimos días tres <b>medidas cautelares</b> contra una empresa de <a href="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/medicina-prepaga/"><b>medicina prepaga</b></a>, a la que ordenó garantizar “cobertura médica integral y urgente” en casos que involucran <b>un tratamiento oncológico de alta complejidad</b>, una paciente con <b>esclerosis múltiple </b>y una adolescente que debe ser operada por una grave <b>malformación torácica</b> con compromiso cardíaco.</p><p>Las resoluciones fueron adoptadas por el juez federal en lo Civil y Comercial Patricio Maraniello, en el marco de diferentes <a href="https://www.infobae.com/tag/recurso-de-amparo/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/recurso-de-amparo/"><b>recursos de amparo</b></a>. En los tres expedientes, el magistrado reiteró un criterio jurisprudencial ya consolidado en los tribunales: cuando está en juego el <b>derecho a la salud</b>, debe prevalecer la <b>indicación médica </b>por sobre las <b>decisiones administrativas o económicas </b><a href="https://www.infobae.com/tag/obras-sociales/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/obras-sociales/"><b>de las prestadoras</b></a>.</p><p>Uno de los fallos tuvo como eje a una paciente con <b>cáncer colorrectal metastásico en estadio IV</b>, a quien su médico le indicó el medicamento "<b>Fruquintinib</b>" como quinta línea de tratamiento, luego de que estudios recientes evidenciaran la <a href="https://www.infobae.com/tag/cancer/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cancer/"><b>progresión de la enfermedad</b></a>. Pese a la prescripción, la prepaga había rechazado la cobertura del fármaco.</p><p>En su resolución, el juez ordenó a la entidad de salud <b>proveer de manera inmediata y al 100% el medicamento indicado</b>, al estimar que la negativa carecía de sustento médico. Para resolver de esa forma, el juez valoró especialmente el dictamen del <b>Cuerpo Médico Forense</b>, que consideró que la indicación era “válida y acorde a la evidencia disponible” para el <b>estadio de la enfermedad</b> que atravesaba la paciente en cuestión.</p><p>Maraniello advirtió además que cualquier dilación en el acceso al tratamiento podía comprometer en términos graves <b>la salud y la expectativa de vida</b> de la amparista, lo que volvía procedente la tutela urgente solicitada. En ese contexto fue que sostuvo que las <b>controversias administrativas</b> sobre coberturas no pueden anteponerse al “derecho fundamental a la salud” cuando existe una prescripción profesional fundada.</p><p>El segundo caso analizado por el juzgado benefició a una mujer de <b>46 años diagnosticada con esclerosis múltiple</b>, una enfermedad neurodegenerativa progresiva e incurable, incluida dentro del listado oficial de “<b>enfermedades poco frecuentes</b>”. La afiliada había sido medicada durante años con <b>Dimetilfumarato (Tecfidera)</b>, en una marca específica indicada por su neurólogo tratante.</p><p>Sin embargo, la prepaga dispuso el reemplazo del medicamento por otros productos equivalentes, lo que derivó -según se tuvo por acreditado en el expediente- en una serie de <b>efectos adversos severos</b>, entre ellos <b>hemorragias oculares</b>. Ante esa situación, el juez ordenó a la demandada <b>cubrir el 100% del medicamento prescripto, en la marca indicada</b>, y abstenerse de imponer sustituciones contrarias al criterio médico.</p><p>En su resolución, el juez federal señaló que no era procedente<b> forzar cambios de drogas</b> cuando estos generan <b>riesgos concretos </b>para el paciente y se apartan de la indicación del profesional a cargo del tratamiento. También destacó que, tratándose de una <b>enfermedad crónica y progresiva</b>, la continuidad terapéutica resulta un factor central para evitar retrocesos en la evolución clínica.</p><p>El tercer expediente, en tanto, involucró a una <b>adolescente de 14 años</b> diagnosticada con una <b>malformación esterno-condro-costal</b>, una patología que le provoca <b>compresión cardíaca</b> y que requiere una <b>cirugía toracoscópica compleja</b>. La intervención ya había sido programada, pero debió ser suspendida porque la entidad de salud <b>no había entregado los insumos quirúrgicos necesarios</b>.</p><p>Ante ese escenario, el magistrado ordenó a la prepaga <b>la cobertura inmediata del 100% de los materiales requeridos para la cirugía</b>, y subrayó que la demora en la provisión implicaba “un riesgo cierto” para la salud de la menor. En el fallo, el magistrado remarcó que, al tratarse de una adolescente con discapacidad, correspondía aplicar una <b>protección reforzada de sus derechos</b>, conforme la legislación vigente y los tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional.</p><p>En ese sentido, recordó que el <b>derecho a la salud de niños, niñas y adolescentes</b> impone a los prestadores una obligación particularmente estricta, y que las demoras injustificadas en tratamientos o intervenciones médicas pueden constituir una <b>vulneración grave</b> de derechos fundamentales.</p><p>Las tres decisiones judiciales hicieron hincapié en que el <b>Programa Médico Obligatorio (PMO)</b> establece “un piso mínimo” de prestaciones a cargo de las entidades de salud, que no puede <b>ser utilizado como un límite rígido</b> ante necesidades del paciente que exijan una mayor cobertura.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/CYVM7UGDMJADTFMJR53GUE7HCQ.jpg?auth=333661272df699846e2df5ef26c9fddf30064ca356125be827cb54dd6da27653&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[(Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia autorizó a trabajar en Punta del Este a una empleada doméstica acusada de robar una bebé]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/01/13/la-justicia-autorizo-que-una-empleada-domestica-acusada-de-robar-a-una-bebe-trabaje-en-punta-del-este/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2026/01/13/la-justicia-autorizo-que-una-empleada-domestica-acusada-de-robar-a-una-bebe-trabaje-en-punta-del-este/</guid><dc:creator><![CDATA[Federico Fahsbender]]></dc:creator><description><![CDATA[La decisión fue tomada por la Cámara Federal en San Martín, en un caso que comenzó en 2015. Se cree que habría hecho pasar a la menor por su propia hija. La mujer, cuyo jefe es un prestigioso abogado, cobrará 500 dólares por casi un mes de tareas]]></description><pubDate>Tue, 13 Jan 2026 14:39:57 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AA2YOZ7KEVEKXNCT3TRWLJC6KY.jpg?auth=68f8be8b33c4b10f8999b0c29de40100b2dafc3fdf6fdbc59a0fe2646a558f15&smart=true&width=1920&height=1079" alt="Vista de la playa de La Barra, donde trabajará la empleada doméstica acusada (AFP)" height="1079" width="1920"/><p>La Justicia tomó<b> una decisión en un llamativo caso</b> a comienzos de esta semana. El <b>Tribunal Oral Federal N°3 de San Martín</b>, integrado por el magistrado Walter Venditti, <b>autorizó a una empleada doméstica a viajar a Punta del Este.</b> </p><p>Allí, según su pedido,<b> trabajará durante poco más de un mes </b>para su jefe, un reconocido abogado. Lo hará <b>en una casa de la exclusiva zona de La Barra</b>, según documentos del caso, por la suma de 500 dólares. </p><p>Muchas cosas fueron puestas en la balanza del juez Venditti para tomar esta decisión. La mujer de 58 años, nacida en Paraguay, vecina de Ciudadela,<b> se sometió a un informe socioambiental</b> requerido por la Procuración y realizado por la DUOF Tres de Febrero de la Policía Federal, que descartó cualquier riesgo. </p><p>Su defensa presentó <b>una nota de su jefe,</b> donde detallaba el viaje y el sueldo, con pasajes de Buquebus incluídos. <b>La fiscalía general del caso se dio por satisfecha. </b>La Justicia, por otra parte, ya le había permitido a la empleada doméstica viajar en otra ocasión.</p><p>Así, el magistrado autorizó a la mujer a viajar desde el 14 de enero hasta el 18 de enero. Deberá<b> presentarse en el Tribunal en el primer día hábil </b>tras su regreso.</p><p>Ahora, ¿por qué <b>tanto trámite para autorizar</b> a una empleada doméstica a que trabaje, una mujer que trabaja once horas por día y ayuda todos los sábados en una sede de Cáritas, según su propio testimonio? Simple: por el delito que se la acusa. <b>La empleada doméstica está imputada por robar a una bebé, el delito de supresión de identidad de una menor y falsedad ideológica. </b>Hoy, la bebé en cuestión es una mujer de 19 años.</p><h2>Una cuestión de registro</h2><p>La acusación<b> comenzó en 2015</b> en la Justicia federal de San Martín. El expediente fue archivado en 2021 por el Juzgado Federal N°2 de San Martín, luego desarchivado por orden de la Sala II de la Cámara Federal tras un fuerte planteo de la fiscalía.</p><p>Quien denunció a la empleada doméstica fue <b>una ex amiga suya</b>, oriunda de Paraguay también, que aseguró que le confió en guarda a su hija. En su denuncia, aseguró que la bebé, <b>“nació el 13 de octubre de 2004″</b>, dice un documento del caso, aunque la fecha de nacimiento que puede leerse en los registros nacionales data del 2 de febrero de 2006. </p><p>“Sin embargo, el nacimiento recién se habría inscripto en el Registro Civil de Rosario, Loma San Pedro de la República del Paraguay el 11 de mayo del 2012. Es decir, <b>casi ocho años después de nacida</b>”, continúa el documento.</p><p>La empleada tiene su propio certificado. Con respecto al acta <b>“que la emplaza como progenitora”</b>, este documento “indica que dicho registro se produjo el 7 de enero del 2011 ante el Registro Civil de J. Augusto Saldivar de la República del Paraguay”.</p><p>La República de Paraguay respondió en el expediente: aseguró que <b>ambas actas son verídicas. </b></p><p>La empleada doméstica fue entrevistada por el equipo interdisciplinario de la Defensoría General de la Nación. Las inconsistencias fueron obvias. “Entre diversos aspectos, en el item “vinculación madre-hija”, se resaltó que <b>no he observado fotografías del embarazo ni de los primeros años de la niña</b>, siendo la primera –en alusión a las fotos- de su bautismo, en el que tendría 3 o 4 años”, asegura otro documento del expediente. A esa edad, precisamente, es que la denunciante asegura haberle entregado a la niña. </p><p>Sin embargo, el informe posterior concluyó que “es importante <b>contemplar las diferencias socio-culturales y grupos de pertenencia</b>, para evitar erróneas estigmatizaciones”.</p><p><b>Ahora, todo esto podría resolverse con un simple estudio de ADN.</b> El estudio fue requerido, de acuerdo a todos estos documentos analizados. “La medida a cumplir que conforma <b>el eje central de la impugnación (estudio de ADN) </b>y cuyo cumplimiento se requirió el 8 de enero de 2016, guarda estricta relación con <b>el objeto investigativo de autos vinculado a la presunta supresión de la identidad de un menor de edad </b>y la consecuente falsedad ideológica que podría afectar a la documental obtenida en nuestro país". </p><p>Los documentos relevados, por lo pronto, no incluyen un resultado del supuesto estudio. Aún así,<b> la empleada doméstica fue elevada a juicio</b> luego de la reactivación de la causa en su contra.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/AA2YOZ7KEVEKXNCT3TRWLJC6KY.jpg?auth=68f8be8b33c4b10f8999b0c29de40100b2dafc3fdf6fdbc59a0fe2646a558f15&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1079" type="image/jpeg" height="1079" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(AFP)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">MIGUEL ROJO</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Por qué el gobierno quiere mantener preso a Jones Huala y la dificultad de la Justicia para incriminar a la RAM en atentados]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2026/01/06/por-que-el-gobierno-quiere-mantener-preso-a-jones-huala-y-la-dificultad-de-la-justicia-para-incriminar-a-la-ram-en-atentados/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2026/01/06/por-que-el-gobierno-quiere-mantener-preso-a-jones-huala-y-la-dificultad-de-la-justicia-para-incriminar-a-la-ram-en-atentados/</guid><dc:creator><![CDATA[Francisco Poppe]]></dc:creator><description><![CDATA[El fuero federal investiga vínculos de la Resistencia Ancestral Mapuche con delitos e incendios en la Patagonia argentina]]></description><pubDate>Tue, 06 Jan 2026 19:58:03 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZKQWCZXYZZDZTKHAZM5TFYEJ34.jpeg?auth=b641cbd2033244552299b940e566e25810127e42e8d81b54bcdb8f8993ec2860&smart=true&width=694&height=397" alt="Facundo Jones Huala es el único detenido en el marco de la causa que busca incriminar a la RAM por hechos vandálicos" height="397" width="694"/><p>El <b>gobierno nacional</b> quiere que el líder de la <b>Resistencia Ancestral Mapuche (RAM)</b>, <b>Facundo Jones Huala</b>, siga detenido en una cárcel de máxima seguridad. La <b>Justicia Federal</b>, con dificultad, busca elementos para incriminar a la RAM en atentados e incendios.</p><p>La existencia de la <b>Resistencia Ancestral Mapuche (RAM)</b> parece debatirse entre la construcción discursiva de Facundo Jones Huala y su verdadera dimensión en los hechos.</p><p>El mapuche está preso desde junio pasado, denunciado por su relato durante la presentación de un libro que escribió desde la cárcel. El <b>gobierno nacional</b> y luego el de Río Negro lo denunciaron por incitar a la violencia colectiva y presunta asociación ilícita.</p><p>Cuando socializó el escrito, al que bautizó “Entre Rejas, Antipoesía Incendiaria”, brigadistas y combatientes luchaban contra las llamas en distintos puntos de la Patagonia. <b>Jones Huala justificó los atentados incendiarios y celebró la lucha anticapitalista a través de “cualquier método”. Incluso incendios.</b></p><p>El video que grabó su mamá Isabel Huala y subió a las redes, lo llevó a prisión hasta la actualidad. Está alojado en la cárcel de máxima seguridad de <b>Rawson</b>, en <b>Trelew</b>, a pesar de la insistencia de sus abogados de que quede libre o, en el peor de los casos, que sea alojado en una cárcel de seguridad media, en <b>Esquel</b>.</p><p>Jones Huala sostiene la existencia de la RAM pero sus abogados lo contradicen y sostienen que no es real. El convicto es el único que admite su pertenencia a esa organización e incluso es el único detenido en el marco de la investigación que impulsa la <b>Justicia Federal</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UCYFPMDVSRFLRL7X22IG6AL2Z4.JPG?auth=faf96b3c91a776065ad375708d0f1f8b416c11e8e88356857a6efe3061607320&smart=true&width=983&height=598" alt="Jones Huala detenido" height="598" width="983"/><p>El <b>gobierno nacional</b> rechazó el pedido judicial de trasladarlo a la unidad penitenciaria de Esquel, a pesar de la decisión del magistrado <b>Gustavo Zapata</b> de gestionar un cupo en esa dependencia.</p><p>Adujo razones de seguridad aunque en los últimos informes oficiales sobre su estadía en esa cárcel, obtuvo calificaciones positivas por su buena conducta.</p><p>“Es una clara demostración de que el <b>Gobierno</b> lo quiere preso, en una cárcel de máxima seguridad y donde no se cumplen en absoluto sus derechos ancestrales. No hay elementos para que siga detenido e incluso contradice lo que ordena la <b>Justicia</b>” aseguran desde su entorno.</p><p>La causa por la que permanece detenido fue configurada como investigación compleja, por lo que podría permanecer detenido hasta mediados de 2027.</p><p>La <b>Fiscalía Federal</b>, a cargo de <b>Angela Pagano Mata</b>, admitió en las últimas audiencias que trabaja a ritmo lento en la recopilación de pruebas y aseguró que “el objetivo es incriminar a la <b>RAM</b> en distintos atentados y hechos vandálicos”.</p><p>La principal dificultad investigativa es que Jones Huala no fue detenido durante la comisión de esos hechos, sino que en algunos atentados incendiarios aparecieron leyendas en las que la RAM se adjudicó esos episodios.</p><p>Para la defensa del mapuche, esos escritos “son insuficientes” para incriminar a Jones Huala e insistieron en que la existencia de la RAM “es ficticia”.</p><p>Durante su reclusión en <b>Rawson</b>, el activista hizo declaraciones aunque – a diferencia de otras apariciones públicas en prisión– no hizo alusiones violentas ni llamamientos a cometer delitos.</p><p>“Nosotros defendemos nuestra tierra mapuche. Por eso hoy nos ayudamos, nos respaldamos. <b>Soñamos con trabajar en defender nuestra tierra, nuestro trabajo mapuche, nuestro conocimiento, buscamos un camino correcto y una palabra correcta. No escuchen a los mentirosos y malvados. Tengan fuerza, hay fuerza en nuestros territorios, a esa fuerza pídanle</b>” dijo desde prisión.</p><p>La preventiva del “lonko” se extenderá hasta marzo, luego de prorrogarse a mediados de diciembre por 90 días. En la audiencia prevista para los primeros días de ese mes, los abogados insistirán en la libertad de su defendido y la <b>Fiscalía</b>, se cree, volverá a pedir la prórroga por otros tres meses más.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZKQWCZXYZZDZTKHAZM5TFYEJ34.jpeg?auth=b641cbd2033244552299b940e566e25810127e42e8d81b54bcdb8f8993ec2860&amp;smart=true&amp;width=694&amp;height=397" type="image/jpeg" height="397" width="694"/></item><item><title><![CDATA[A más de un año de la desaparición de Luciana Muñoz en Neuquén, la causa será investigada por la Justicia Federal ]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/12/31/a-mas-de-un-ano-de-la-desaparicion-de-luciana-munoz-en-neuquen-la-causa-sera-investigada-por-la-justicia-federal/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/12/31/a-mas-de-un-ano-de-la-desaparicion-de-luciana-munoz-en-neuquen-la-causa-sera-investigada-por-la-justicia-federal/</guid><description><![CDATA[Ante la falta de datos certeros sobre su paradero, la querella presentó una solicitud para que se analice si la joven habría sido víctima de trata de personas]]></description><pubDate>Wed, 31 Dec 2025 06:51:28 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PIV3KWVRLJGNDF7JAEAOKTFL5U.jpg?auth=a928b453c7dee79af899bdc3dce4e16aaf3c0ad63b1757591265079323346439&smart=true&width=1980&height=1080" alt="Por el momento, no hay rastros del paradero de la joven de 21 años (Facebook)" height="1080" width="1980"/><p><a href="https://www.infobae.com/tag/luciana-munoz/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/luciana-munoz/"><b>Luciana Muñoz</b></a> lleva casi un año y medio desaparecida. La última vez que la vieron con vida fue el 13 de julio de 2024 en la provincia de <a href="https://www.infobae.com/tag/neuquen/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/neuquen/"><b>Neuquén</b></a>, pero en el tiempo que transcurrió no se obtuvieron datos certeros sobre su paradero. Ahora, el caso será investigado por la <b>Justicia Federal </b>bajo la hipótesis de que la joven hubiera sido víctima de <b>trata de personas</b>.</p><p>El paso del expediente del fuero provincial al federal fue consecuencia de que la familia y el Ministerio Público Fiscal (MPF) solicitaran que el caso se investigue bajo la hipótesis de trata de personas. De esta manera, se presumiría la comisión de un delito de tipo federal, que excedería a la Fiscalía que llevaba a cabo la causa desde su apertura.</p><p>Este giro respondió no solo a la falta de resultados en las búsquedas, sino también a<b> la existencia de factores de vulnerabilidad</b>, entre ellos, la <b>pobreza</b>, el<b> consumo problemático de estupefacientes</b> y la <b>prostitución</b>. La mezcla de estas condiciones habrían incrementado el riesgo para la joven frente a posibles redes de trata, según la Fiscalía neuquina.</p><p>Fue así que este martes, el juez de garantías <b>Lucas Yancarelli</b> resolvió declarar la incompetencia de la Justicia provincial y remitir la causa al fuero federal, atendiendo el pedido del abogado de la familia y la adhesión fiscal. Ambas partes sostuvieron que existen elementos que justifican investigar la desaparición de la joven como un presunto delito federal de trata de personas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MSKJLDMIA5CEPB3LWE22MTTC5E.jpg?auth=67ba18f81ab5a7a1015705d6a2f9c688f1fb93718ebec918a8bf3e13e040e3a9&smart=true&width=526&height=679" alt="La mamá de Luciana recibió el diploma del secundario, tras un año sin saber en donde se encuentra su hija (Mujeres por la Libertad-Neuquén)" height="679" width="526"/><p>Según la información publicada por <i>LM Neuquén</i>, la transferencia implicará que<b> la Fiscalía federal revise el expediente completo</b>, evaluar las medidas adoptadas hasta el momento y definir nuevas acciones dirigidas a esclarecer el destino de Luciana.</p><p>Desde la Fiscalía neuquina remarcaron que, junto a la falta de pistas en los operativos y rastrillajes realizados, pesa la consideración de un contexto de especial vulnerabilidad que podría haber facilitado la captación de la joven por organizaciones delictivas.</p><p>Un punto todavía sin esclarecer en la investigación es el papel de <b>M. A.</b>, quien fue identificado como la ex pareja de Luciana. La Justicia lo imputó en agosto del año pasado por <b>falso testimonio</b> en dos oportunidades.</p><p>La formulación de los cargos en su contra se dieron luego de que se comprobara que declaró <b>no haber estado con Luciana el día de la desaparición. </b>No obstante, distintos testigos y peritajes tecnológicos lo ubicaron en las inmediaciones del domicilio de la joven ese mismo día.</p><p>Por este motivo, el acusado será llevado a juicio por haber mentido a los investigadores, mientras sigue siendo la pieza central —y hasta el momento única— con la que cuenta la Fiscalía para intentar desentrañar lo ocurrido. Pues, se cree que habría sido una de las últimas personas en haberla visto.</p><h2>Continúan activas las recompensas por información de Luciana Muñoz</h2><p>En octubre, el <b>Ministerio de Seguridad de la Nación</b> formalizó la nacionalización de la búsqueda de Luciana Muñoz y estableció una <b>recompensa de 10 millones de pesos</b> destinada a quienes aporten información útil sobre su paradero.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VITJ6X343BHVVPLMLEK3SK77XQ.PNG?auth=0276512b3724d0f3c0098afc8e71253dc240b157d42f549f73190814da7a69d9&smart=true&width=774&height=1070" alt="Actualmente, hay dos recompensas activas por el paradero de la joven" height="1070" width="774"/><p>La resolución, firmada por la ex titular de la cartera <b>Patricia Bullrich</b> y publicada el 31 de octubre en el Boletín Oficial, dispuso además la difusión de su imagen en todo el país, a través de la <b>Policía Federal Argentina</b>. Esta decisión fue impulsada por la familia de Luciana y la Asamblea por Luciana, que en agosto viajaron a Buenos Aires para reclamar la aplicación del Protocolo de Palermo y lograr que el caso trascendiera las fronteras provinciales.</p><p>Previo a esto, el <b>Ministerio de Seguridad de Neuquén</b> había aumentado la recompensa ofrecida por información fehaciente sobre su paradero. El incremento a<b> 100 millones pesos</b> se oficializó al cumplirse un año de su desaparición, sin embargo, esta no habría arrojado resultados positivos.</p><p>La familia de Luciana denunció su desaparición, luego de que la joven abandonara la vivienda de su abuela <b>Mirta Muñoz</b> durante la madrugada del <b>13 de julio de 2024</b>. El último registro visual de ella fueron obtenidos <b>de cámaras de seguridad</b>, en las que se la observó <b>caminando sola y desorientada</b> por las calles 8 de Diciembre y 1° de Enero. Vestía <b>camisa negra, jeans claros y zapatillas negras</b>.</p><p>Las tareas de búsqueda abarcaron <b>más de 1.000 hectáreas</b> e incluyeron <b>sobrevuelos en helicóptero durante 120 kilómetros</b>, además de un <b>patrullaje exhaustivo de 45 kilómetros</b> de los ríos <b>Limay</b> y <b>Neuquén</b> mediante <b>embarcaciones y buzos tácticos</b>. También se examinaron más de 800 horas de grabaciones de cámaras públicas y privadas.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/PIV3KWVRLJGNDF7JAEAOKTFL5U.jpg?auth=a928b453c7dee79af899bdc3dce4e16aaf3c0ad63b1757591265079323346439&amp;smart=true&amp;width=1980&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1980"><media:description type="plain"><![CDATA[Por el momento, no hay rastros del paradero de la joven de 21 años (Facebook)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Neuquén: la Justicia define el posible desalojo de una comunidad mapuche que obstruye el avance de una ruta ]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2025/12/30/neuquen-la-justicia-define-el-posible-desalojo-de-una-comunidad-mapuche-que-obstruye-el-avance-de-una-ruta/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2025/12/30/neuquen-la-justicia-define-el-posible-desalojo-de-una-comunidad-mapuche-que-obstruye-el-avance-de-una-ruta/</guid><dc:creator><![CDATA[Francisco Poppe]]></dc:creator><description><![CDATA[Se trata de la ruta de Circunvalación que rodea a Villa la Angostura. El litigio judicial lleva más de 10 años y el avance de la traza se interrumpió por la existencia de un asentamiento ilegal mapuche. La Justicia Federal podría ordenar el desalojo para garantizar el avance de la obra]]></description><pubDate>Tue, 30 Dec 2025 06:43:21 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZUWFKZ4TRZAQLFZEAMCHGBUDGI.jpeg?auth=9b1876b576240cd3774d3edc140ae46726808c16c2759c33c748b97b2871a211&smart=true&width=992&height=558" alt="Neuquén: la Justicia define el posible desalojo de una comunidad mapuche que obstruye el avance de una ruta (Imágen ilustrativa)" height="558" width="992"/><p>La comunidad mapuche Paicil Antriao podría ser desalojada de un sector cercano a <b>Villa la Angostura</b>, debido a que el asentamiento obstaculiza el avance de la obra vial más relevante de la localidad neuquina, cuya ejecución está paralizada por el litigio territorial. <b>Se trata de una ruta de 6,1 kilómetros de extensión, en cuatro carriles, que fue planificada para evitar la circulación de camiones de gran porte por el centro de la localidad turística.</b></p><p>Los vehículos de carga que utilizan el paso fronterizo Cardenal Samoré para cruzar la frontera entre ambos países, transitan por el casco urbano de la “Villa”. La ejecución de la obra presenta un avance importante, aunque en el tramo conocido como “Los Álamos” se mantiene un litigio territorial por la existencia de una comunidad mapuche, que mantiene otra docena de conflictos similares. Los mapuches defienden su preexistencia en el tramo por donde avanzará la ruta. Los lugareños, en cambio, sostienen que se instalaron allí cuando conocieron el recorrido que planificaron los ingenieros de <b>Vialidad Nacional</b>, como parte de una clara especulación inmobiliaria.</p><p>El caso está en manos de la <b>Justicia Federal</b>, con sede en <b>Zapala</b>. La misma comunidad sostiene otros conflictos similares, en los que defiende su presunta preexistencia ancestral y defiende su ubicación con ese argumento. <b>“Es una clara maniobra de expansión intencionada, que no tiene otra finalidad con una especulación inmobiliaria y económica” aseguraron a Infobae fuentes con acceso al expediente.</b></p><p>El litigio comenzó antes de 2017, año en el que comenzaron los trabajos. La misma comunidad se adjudicó ataques vandálicos a la empresa que ganó el proceso licitatorio para ejecutar la obra. En octubre de 2022, dos hombres encapuchados emboscaron al cuidador del campamento vial y bajo amenaza lo obligaron a retirarse de allí. Incluso, según el relato de la víctima, gatillaron en reiteradas oportunidades, pero no lo lesionaron.</p><p>Momentos más tarde, varias máquinas pesadas que eran utilizadas para la construcción, fueron incendiadas. En el lugar aparecieron escritos en los que la <b>Resistencia Ancestral Mapuche (RAM)</b> se adjudicaron el atentado. El atentado se produjo horas después del desalojo masivo de <b>Villa Mascardi</b>, en el que siete mujeres de la agrupación <b>Lafken Winkul Mapu</b> fueron detenidas durante el operativo que comandó la <b>Policía Federal</b>.</p><p>En uno de los escritos, los autores pedían por la liberación de las mujeres e hicieron alusión a otros conflictos territoriales de la <b>Patagonia</b>. “Fuera winka (hombre blanco) capitalista”, decía el texto antes de enumerar la constructora <b>IRSA</b> y empresarios con negocios en la zona como el británico <b>Joe Lewis</b> y las familias <b>Benetton</b>, <b>Roemmers</b> y el basquetbolista <b>Manu Ginóbili</b>, entre otros. “Nawel Wapi es territorio de la nación mapuche”, afirmaba el documento bajo el logo de la <b>RAM</b>.</p><p>Desalojo inminente Los lugareños confían en que la <b>Justicia Federal</b> ordenará el desalojo mapuche. La causa se instruyó por la presentación que realizó <b>Vialidad Nacional</b> para solicitar la liberación del recorrido. El magistrado <b>Ezequiel Andreani</b> cuenta en su escritorio con un informe que elaboró <b>Gendarmería Nacional</b>, en el que la fuerza brinda información sobre la conformación del asentamiento.</p><p>Andreani dio por concluida la etapa probatoria y quedó habilitado para dictar sentencia, una resolución que podría destrabar o redefinir el proyecto de infraestructura más importante de la localidad en los últimos años. El informe de <b>Gendarmería</b> incluye un relevamiento territorial, registros audiovisuales, identificación de habitantes, mediciones con GPS y vuelos con drones.</p><p>Según el informe, en el lugar se constataron más de 20 viviendas, muchas de carácter precario, ocupadas por familias completas, con niños y adolescentes. <b>Cuando Vialidad Nacional solicitó el desalojo mapuche, la comunidad utilizó la misma estrategia de siempre como argumento e hizo alusión a su preexistencia en el territorio.</b></p><p>La misma comunidad tiene una orden de desalojo vigente en un predio perteneciente al municipio de <b>Villa la Angostura</b>, en la costa del lago <b>Correntoso</b>, y otros reclamos similares, la mayoría de los cuales tienen sentencia firme de desalojo.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZUWFKZ4TRZAQLFZEAMCHGBUDGI.jpeg?auth=9b1876b576240cd3774d3edc140ae46726808c16c2759c33c748b97b2871a211&amp;smart=true&amp;width=992&amp;height=558" type="image/jpeg" height="558" width="992"><media:description type="plain"><![CDATA[Neuquén: la Justicia define el posible desalojo de una comunidad mapuche que obstruye el avance de una ruta ]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia ordenó a una prepaga cubrir un cuidador domiciliario las 24 horas para un jubilado con Parkinson]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/25/la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-un-cuidador-domiciliario-las-24-horas-para-un-jubilado-con-parkinson/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/12/25/la-justicia-ordeno-a-una-prepaga-cubrir-un-cuidador-domiciliario-las-24-horas-para-un-jubilado-con-parkinson/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[Un juzgado federal de la Ciudad de Buenos Aires condenó a una empresa de medicina prepaga a brindar cobertura integral de asistencia domiciliaria permanente, medicación e insumos a un afiliado con discapacidad severa, al hacer lugar a un amparo por derecho a la salud]]></description><pubDate>Thu, 25 Dec 2025 20:32:56 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K6YNEWNJCZF6RAJAJLYYCAIOTU.png?auth=1f6618b1b18397884162ec0b2bec1ce143be9514909385b84b5a6bbc8555d14d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Un juzgado federal porteño ordenó a una prepaga cubrir asistencia domiciliaria permanente y tratamiento médico integral a un afiliado con Parkinson y discapacidad severa (Foto ilustrativa: Canva)" height="1080" width="1920"/><p>En el marco de un <a href="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/amparo-de-salud/"><b>amparo de salud</b></a>, un juzgado federal de la Ciudad de Buenos Aires ordenó a una empresa de <b>medicina prepaga</b> brindar cobertura integral a un jubilado con <a href="https://www.infobae.com/tag/enfermedad-de-parkinson/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/enfermedad-de-parkinson/"><b>enfermedad de Parkinson</b></a> y <b>discapacidad severa</b>, al dar por acreditado que necesita asistencia domiciliaria permanente las <b>24 horas</b>, además de <b>medicación</b> e <b>insumos esenciales</b> para su tratamiento.</p><p>La decisión fue adoptada por el juez federal <b>Gonzalo Auguste</b>, titular del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 10 porteño, quien hizo lugar parcialmente a una demanda<b> </b>iniciada por <b>L.A.G.</b> y condenó a la <b>entidad de salud</b> a cubrir el 100% de un <a href="https://www.infobae.com/tag/cuidados-domiciliarios/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cuidados-domiciliarios/"><b>cuidador domiciliario</b></a> los siete días de la semana, junto con un <b>esquema farmacológico</b> específico y elementos para la <b>incontinencia</b>, conforme la <b>prescripción médica</b>.</p><p>El proceso se inició el 19 de febrero pasado, cuando el afiliado promovió la <b>acción judicial</b> luego de no obtener respuesta a una intimación cursada mediante <b>carta documento</b>. En su presentación, solicitó que la firma asumiera de <a href="https://www.infobae.com/tag/cobertura-medica/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cobertura-medica/"><b>manera integral</b></a> el pago de un <b>asistente domiciliario</b> fijo, así como diversos medicamentos -entre ellos <b>rasagilina</b>, <b>levodopa con benserazida</b>, <b>enalapril</b> y <b>mirabegrón</b>- y <b>200 pañales </b>mensuales, además de apósitos para <b>incontinencia extrema</b>.</p><p>El actor acreditó <b>ser afiliado</b> a la <b>firma demandada</b> desde hacía varios años y acompañó el <b>Certificado Único de Discapacidad</b> expedido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el que consta el diagnóstico de “anormalidades de la marcha y de la movilidad. <b>Enfermedad de Parkinson</b>”, con orientación prestacional en rehabilitación. Según explicó, su<b> estado de salud </b>le impide desenvolverse de manera autónoma y requiere asistencia continua para las actividades básicas de la <b>vida diaria</b>.</p><p>La demanda estuvo respaldada por una <b>orden médica </b>firmada el 29 de enero por su <b>neurólogo tratante</b>. En ese documento, el profesional indicó la necesidad de un <b>cuidador domiciliario</b> las <b>24 horas</b> y fundamentó el pedido en la<b> evolución clínica</b> del paciente. Allí consignó que el actor<b> padece la enfermedad</b> desde hace más de una década y que, tras sufrir <b>sucesivas caídas </b>en 2024, fue sometido a cirugías de <b>reemplazo de cadera </b>y de <b>fémur izquierdo</b>.</p><p>El certificado médico incorporado al expediente detalló que, durante ambas internaciones, el paciente presentó “<b>cuadros confusionales con alucinaciones</b>” y que actualmente tenía “dependencia total” en las actividades de higiene, alimentación y vestido. En ese marco, el médico señaló que el grado de compromiso motor “le ocasiona <b>una dependencia</b> tal que requiere de asistencia en forma permanente para garantizar el cumplimiento de la <b>toma de la medicación</b>, <b>asistencia del paciente</b> (...) y evitar complicaciones relacionadas con <b>caídas y/o accidentes</b>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HPFBXCEUHFH7LPK3VW4NYDKDOQ.jpg?auth=97f128221759dde122af77932c721e11eb761d8adee95812cefdef3819b099e6&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El fallo sostuvo que la indicación del neurólogo tratante debe prevalecer frente a los criterios administrativos de las empresas de medicina prepaga (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="1080" width="1920"/><p>El profesional agregó que esos cuidados no podían ser suplidos<b> por familiares</b>, no solo por el <b>impacto emocional</b> de una enfermedad prolongada, sino también porque el <b>grupo familiar </b>debía mantener su <b>actividad laboral</b> para asegurar su <b>sustento económico</b>. A ello sumó que la complejidad del cuadro impedía delegar la asistencia “a cualquier<b> adulto responsable </b>sin <b>entrenamiento pertinente</b>”, por lo que indicó una <b>internación domiciliaria</b> con cuidadores permanentes.</p><p>Al inicio del trámite, y como <b>medida cautelar</b> de carácter preliminar, el juez de primera instancia ordenó que la demandada brindara de inmediato la <b>cobertura integral</b> de la <b>medicación</b> y los <b>insumos solicitados</b>. En cuanto al cuidador con dedicación exclusiva, estableció provisoriamente que la cobertura sería total si la prestación era brindada por "<b>efectores</b>"<b> propios </b>y, en caso contrario, conforme los valores previstos en el nomenclador nacional para la prestación “<b>hogar permanente</b>”, con los adicionales correspondientes por dependencia, mientras se sustanciaba el proceso principal.</p><p>En su informe respecto al caso específico, la demandada reconoció <b>la afiliación</b> y la <b>discapacidad del actor</b>, pero indicó que no había existido un rechazo formal del pedido. Alegó que el afiliado no había completado los <b>trámites administrativos internos</b> y que debía acompañar determinada documentación para que la solicitud fuera auditada.</p><p>La firma también argumentó que la <b>cobertura contratada</b> por el reclamante era de “carácter cerrado” y que la<b> prestación de cuidador</b> <b>domiciliario </b>no se otorgaba <b>por 24 horas</b>, salvo en supuestos excepcionales. Según su postura, <b>la responsabilidad primaria del cuidado recaía en el grupo familiar</b> y, de autorizarse horas de acompañamiento, la cobertura se limitaba a <b>un máximo de 12 horas diarias </b>y exclusivamente con prestadores propios.</p><p>El juez Auguste rechazó todos esos planteos tras declarar la causa de puro derecho y analizar la documentación incorporada al expediente. En su fallo definitivo, firmado esta semana, destacó que no estaba controvertido que el actor era afiliado ni que presentaba una <b>discapacidad acreditada</b>, y precisó que la cuestión central consistía en determinar si la <b>entidad de salud </b>estaba obligada a brindar la cobertura integral solicitada.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EHTOE5CSHZED3CFBVOK7B4IPIQ.jpg?auth=5b005f75979af70089226ea03fd94d26d024cd1b5ade25d3868b787049734a4f&smart=true&width=6000&height=4000" alt="La sentencia definitiva consideró acreditada la necesidad de un cuidador las 24 horas y la provisión total de medicación e insumos esenciales en favor del jubilado que interpuso la demanda" height="4000" width="6000"/><p>Al abordar el fondo del asunto, el magistrado recordó que el <b>derecho a la salud</b> es “imprescindible para el ejercicio de la<b> autonomía personal</b>” y que, según la <b>Corte Suprema</b>, una persona gravemente enferma no puede optar libremente por <b>su propio plan de vida</b>. En ese sentido, citó precedentes del máximo tribunal y tratados internacionales de <b>derechos humanos con jerarquía constitucional </b>que reconocen el <b>derecho a la asistencia médica</b> y a la <b>preservación de la salud</b>.</p><p>El fallo repasó el marco normativo aplicable a las <b>personas con discapacidad </b>y a los <b>adultos mayores</b>, y subrayó que la ley 24.901 impone a las obras sociales y empresas de medicina prepaga la cobertura total de las <b>prestaciones básicas</b> que esas personas necesiten. Recordó que “la cobertura integral de rehabilitación se deberá brindar con los<b> recursos humanos</b>, <b>metodologías y técnicas</b> que fuere menester, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera”.</p><p>En relación con la <b>indicación médica</b>, el juez concluyó que debía prevalecer la <b>prescripción del neurólogo</b>, quien es el <b>responsable último del tratamiento</b> del paciente. Advirtió que no resultaba aconsejable introducir cambios cuando el tratamiento ya había comenzado y que el <b>objetivo del amparo</b> era asegurar la continuidad y eficacia de la asistencia sanitaria.</p><p>Al analizar específicamente la prestación de <b>cuidador particular</b>, Auguste consideró prudente asimilarla a la categoría de “<b>hogar permanente con centro de día</b>” del nomenclador nacional, con los adicionales previstos por dependencia. Para eso, aclaró que la <b>cobertura debía ser integral</b>, con prestadores propios o contratados por la demandada, y que, de no contar con ellos, el actor podía elegir un <b>prestador externo</b>.</p><p>En cuanto a la <b>medicación e insumos</b>, la sentencia definitiva ordenó la plena cobertura del esquema indicado, incluidos los <b>fármacos </b>y los <b>elementos para la incontinencia</b>, “conforme las características indicadas por el profesional” y “<b>hasta que el médico así lo indique</b>”.</p><p>Con todo, el juez hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la prepaga a otorgar cobertura completa respecto al cuidador y a todos de los insumos reclamados. También ordenó que la entidad acredite el cumplimiento de las obligaciones ante la <b>autoridad de control del sistema de salud.</b></p><p>El fallo podrá ser revisado por la Cámara del fuero en caso de apelación.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/EHTOE5CSHZED3CFBVOK7B4IPIQ.jpg?auth=5b005f75979af70089226ea03fd94d26d024cd1b5ade25d3868b787049734a4f&amp;smart=true&amp;width=6000&amp;height=4000" type="image/jpeg" height="4000" width="6000"><media:description type="plain"><![CDATA[La sentencia definitiva consideró acreditada la necesidad de un cuidador las 24 horas y la provisión total de medicación e insumos esenciales en favor del jubilado que interpuso la demanda]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">eugene barmin</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Caso Loan: por qué la unificación de la causa y su elevación a juicio marcan un antes y un después]]></title><link>https://www.infobae.com/opinion/2025/11/28/caso-loan-por-que-la-unificacion-de-la-causa-y-su-elevacion-a-juicio-marcan-un-antes-y-un-despues/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/opinion/2025/11/28/caso-loan-por-que-la-unificacion-de-la-causa-y-su-elevacion-a-juicio-marcan-un-antes-y-un-despues/</guid><dc:creator><![CDATA[Alejandro Vecchi]]></dc:creator><description><![CDATA[Las pruebas del expediente serán analizadas en un debate público. La Justicia federal dispuso que la audiencia preliminar se haga el próximo 27 de febrero]]></description><pubDate>Fri, 28 Nov 2025 19:40:12 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4IJG3B2Z7VE35MOTPCCADGVG4Q.JPG?auth=74149ea9d45fc06cbfc016f4d5ea5f50687d8f91b723860b6ca1caf37bb33b9f&smart=true&width=678&height=381" alt="Loan Danilo Peña" height="381" width="678"/><p>La elevación a juicio oral del <a href="https://www.infobae.com/tag/loan-danilo-pena/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/loan-danilo-pena/"><b>caso Loan </b></a>marcó un antes y un después en la causa. Con esa decisión, la Justicia Federal frenó otras posibilidades, unificó expedientes y encendió de nuevo la búsqueda de un niño que hace más de dos años no aparece. Se acabaron los atajos y los cuentos. Ahora, quienes ocultaron, mintieron o demoraron el avance del expediente deberán explicarse frente al tribunal. El mensaje es claro: con un chico desaparecido, <b>no hay tregua, no hay pactos y no hay impunidad posible.</b></p><p>La desaparición de Loan Danilo Peña sigue siendo una herida abierta. Pasaron casi dos años y el niño continúa sin aparecer. Y recién en las últimas semanas, por primera vez desde aquel 13 de junio de 2024, la Justicia Federal envió una señal institucional, simple y contundente: el caso no se detiene, no vuelve atrás y no será desviado por maniobras defensivas. </p><p>La elevación a juicio oral y la unificación de los expedientes fueron una definición de fondo: cuando desaparece un menor de cinco años, <b>el proceso penal debe avanzar</b>, aún frente a la presión mediática, el desgaste social y los intentos de frenar el expediente.</p><p>La acusación por <b>“sustracción y ocultamiento de un menor de 10 años”</b> (art. 146 CP) no es una etiqueta simbólica; es una figura que obliga al Estado a investigar hasta el final. La conducta es permanente, comienza con el alejamiento del niño y continúa hasta que su paradero se conozca.</p><p>Esto significa que no hay prescripción, no hay archivo, no hay plazos de gracia mientras el niño permanezca desaparecido. La Justicia federal aplicó ese criterio con precisión técnica, devolviendo previsibilidad a un expediente marcado desde el inicio por contradicciones, ocultamientos y testimonios inverosímiles.</p><p>Desde que la causa cambió de hipótesis —de trata a sustracción— surgieron intentos por devolver el expediente al fuero provincial. La Cámara de Casación frenó esa presión y reforzó un dato que en Corrientes ya nadie discute: la investigación de un niño desaparecido requiere jurisdicción federal.</p><p>No es una cuestión formal; es una garantía de imparcialidad. En palabras simples: sin la Justicia Federal interviniendo, el caso podría haberse diluido o fragmentado.</p><p>La elevación a juicio significa que todas las pruebas —pericias, reconstrucciones, testimonios, contradicciones y supuestas coartadas— serán analizadas en un debate público, con contradicción real y control judicial.</p><p>En tiempos donde proliferan teorías, operaciones y lecturas interesadas, el juicio oral es el único escenario donde la verdad procesal puede consolidarse.</p><p>Es también el único lugar donde se determinará si la maniobra imputada —una sustracción deliberada y un ocultamiento posterior— existió, como sostiene la fiscalía, o si la defensa logra desmontar ese cuadro.</p><p>El caso Loan dejó al descubierto las debilidades de un sistema que, por momentos, reaccionó tarde y con falta de coordinación. También mostró el uso de estrategias de dilación que buscaban trasladar el expediente, frenar la investigación o dispersar la competencia. </p><p>Pero al mismo tiempo reveló fortalezas:</p><ul><li>La recuperación del control procesal por parte de la Justicia Federal.</li><li>La coherencia de la fiscalía al sostener la calificación y la competencia.</li><li>La aplicación correcta de criterios dogmáticos sobre delitos permanentes y deberes especiales del Estado frente a menores desaparecidos.</li></ul><p>En un país donde demasiadas causas se apagan en silencio, esta vez ocurrió lo contrario: la Justicia encendió la búsqueda otra vez. El mensaje de fondo: no se negocia con la desaparición de un niño</p><p>Loan Peña es, ante todo, un niño. Y su derecho a ser buscado no está sujeto a consensos políticos, calendarios electorales ni presiones mediáticas.</p><p>La elevación a juicio no reemplaza la aparición del menor, pero fija un límite claro: no habrá impunidad procesal mientras el niño siga desaparecido.</p><p>El sistema penal respondió con el único gesto que la sociedad podía exigirle: avanzar, sin ceder ante las chicanas ni retroceder ante la complejidad del caso.</p><p>El mensaje es fuerte y necesario. Y, por primera vez en mucho tiempo, es también esperanzador: la Justicia argentina demostró que, cuando quiere, puede actuar con firmeza, coherencia y responsabilidad frente a un niño que todavía espera ser encontrado.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/4IJG3B2Z7VE35MOTPCCADGVG4Q.JPG?auth=74149ea9d45fc06cbfc016f4d5ea5f50687d8f91b723860b6ca1caf37bb33b9f&amp;smart=true&amp;width=678&amp;height=381" type="image/jpeg" height="381" width="678"><media:description type="plain"><![CDATA[Loan Danilo Peña]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Etienot, Federico</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Los expedientes del yaguareté: de la caza en el Norte a las pieles en Buenos Aires, el delito que casi nunca llega a juicio]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/28/los-expedientes-del-yaguarete-de-la-caza-en-el-norte-a-las-pieles-en-buenos-aires-el-delito-que-casi-nunca-llega-a-juicio/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/28/los-expedientes-del-yaguarete-de-la-caza-en-el-norte-a-las-pieles-en-buenos-aires-el-delito-que-casi-nunca-llega-a-juicio/</guid><dc:creator><![CDATA[Florencia Illbele]]></dc:creator><description><![CDATA[En la Argentina quedan cerca de 250 yaguaretés. A pesar de haber sido declarado Monumento Natural Nacional y especie en peligro crítico de extinción, su principal amenaza no está solo en el monte, sino también en los tribunales: casi todas las causas por caza o tráfico ilegal terminan archivadas]]></description><pubDate>Fri, 28 Nov 2025 13:18:50 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZN3ZQZ6LDBHINK5RQPNOZQNBNA.jpg?auth=98ef06cb1f09c30dbaf9a8d42ab0270876a0f06ee5e131cc966fcee074a3556f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="En Argentina quedan cerca de 250 yaguaretés distribuidos entre la Selva Paranaense, los Esteros de Iberá, las Yungas y el Gran Chaco" height="1080" width="1920"/><p>La desaparición de <b>Acaí</b>, la yaguareté reintroducida en el Parque Nacional <i>El Impenetrable</i> (Chaco) —de la que se perdió rastro el 25 de octubre de 2025— volvió a poner en evidencia la fragilidad extrema de la especie en la Argentina. Mientras sigue su búsqueda (aunque, presumen, fue muerta por cazadores), <a href="https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/20/desaparicion-de-la-yaguarete-acai-en-chaco-valuaron-el-dano-ambiental-en-2700-millones-y-podrian-ofrecer-recompensa/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/20/desaparicion-de-la-yaguarete-acai-en-chaco-valuaron-el-dano-ambiental-en-2700-millones-y-podrian-ofrecer-recompensa/"><i><b>la Administración de Parques Nacionales (APN) valuó el daño ambiental causado por este solo espécimen en casi $ 2.700 millones</b></i></a> y la Justicia analiza una recompensa para avanzar con la investigación. El caso, en tanto, reabrió una pregunta urgente: <b>si matar un yaguareté es un delito, ¿por qué el sistema penal rara vez logra una condena?</b> </p><p>Para tratar de contestar esta pregunta, la siguiente <a href="https://expedientesyaguarete.fopea.org/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://expedientesyaguarete.fopea.org/"><i><b>investigación periodística</b></i></a><i> </i>—elaborada en el <i>Data Journalism Visualization Bootcamp</i> del Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), con apoyo de la Embajada de Suiza en la Argentina—<i> </i>reconstruyó, por primera vez, los expedientes del yaguareté a partir de un <a href="https://drive.google.com/file/d/1F43qfPxBwF9AUKVY2wZKqeyRJG_y7oik/view" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://drive.google.com/file/d/1F43qfPxBwF9AUKVY2wZKqeyRJG_y7oik/view"><i><b>pedido de acceso a la información pública</b></i></a> y de múltiples fuentes relacionadas con el tema. </p><p>Entre todos los casos relevados, la única excepción a la impunidad —y el único antecedente conocido en nuestro país— ocurrió en agosto de 2025, cuando <b>cuatro hombres fueron condenados a dos años de prisión por cazar y carnear a un felino</b> en un campo de Ibarreta (Formosa). Se trata de Máximo Cisneros, Walter Hugo Ponce De León, Claudio Cisneros y Viterman Ponce De León. Según relataron, actuaron en represalia después de que el animal matara una vaca lechera y se acercara de forma amenazante a ellos. En el juicio admitieron el hecho y negaron ser cazadores furtivos. <b>“Nunca supimos que el yaguareté era tan protegido. No teníamos idea… Pero tuvimos que decidir: era la vida del bicho o la nuestra”</b>, dijo Claudio Cisneros, días antes, en un reportaje con <a href="https://www.infobae.com/sociedad/2025/07/28/la-historia-de-los-cuatro-acusados-de-cazar-y-carnear-a-un-yaguarete-en-formosa-quienes-son-y-como-esperan-el-juicio/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/2025/07/28/la-historia-de-los-cuatro-acusados-de-cazar-y-carnear-a-un-yaguarete-en-formosa-quienes-son-y-como-esperan-el-juicio/"><i><b>Infobae</b></i></a>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YUX2SBSDJZFG3DG5OBY5FP25YM.jpg?auth=ff2845694988b7971532d2e715a6228ecad5f7c1c8b00255eaf31d8a6139b4fb&smart=true&width=1886&height=870" alt="La condena a dos años de prisión a los cuatro cazadores de yaguareté de Ibarreta (Formosa) marcó un antecedente en la justicia argentina" height="870" width="1886"/><p>Si bien se trató de una <a href="https://www.infobae.com/sociedad/2025/08/13/fallo-historico-cuatro-acusados-de-cazar-y-carnear-a-un-yaguarete-en-formosa-acordaron-un-juicio-abreviado/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/2025/08/13/fallo-historico-cuatro-acusados-de-cazar-y-carnear-a-un-yaguarete-en-formosa-acordaron-un-juicio-abreviado/"><i><b>sanción histórica</b></i></a>, también fue un episodio aislado. Antes de este caso hubo decenas de causas similares que se perdieron en el camino: <b>entre 2010 y 2023 la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente (UFIMA)</b>, la fiscalía federal creada en 2006 para perseguir delitos que afectan el medio ambiente en todo el país, <b>abrió 46 investigaciones preliminares vinculadas al yaguareté</b>. Desde la Red Yaguareté, ONG fundada en 2001 dedicada a la conservación del felino, sin embargo, aseguran que el número real es mayor: la organización sigue más de 75 casos y sospecha que muchos otros nunca llegaron a judicializarse.</p><p>Un análisis del recorrido judicial de esos expedientes muestra que la caza se concentra en el norte del país —con Salta (6 casos), Formosa (4) y Misiones (2) a la cabeza—, mientras que la <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/08/28/incautaron-mas-de-120-prendas-de-animales-en-extincion-en-un-local-donde-cristina-kirchner-compraba-camperas-de-cuero/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/08/28/incautaron-mas-de-120-prendas-de-animales-en-extincion-en-un-local-donde-cristina-kirchner-compraba-camperas-de-cuero/"><i><b>comercialización de pieles</b></i></a> aparece con fuerza en Buenos Aires (8) y CABA (3), es decir, donde está el mercado. </p><p>Otro dato relevante: <b>tres de cada diez causas corresponden al delito de caza y, de ellas, casi la mitad terminó archivada</b>. ¿Los motivos? Falta de pruebas; dificultad para identificar a los responsables; versiones contradictorias sobre el hecho o prescripción por el paso del tiempo. Los pocos casos donde hubo sanción —al menos dos por tenencia de cueros de yaguareté— fueron de carácter administrativo y no penal, impuestas por organismos ambientales y no por la Justicia Federal, lo que probablemente reforzó la percepción de que el delito podía “arreglarse” con dinero.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BLUWAAYJUFBFVNPTWOIGUYFADE.jpg?auth=319b426faf9e18a93feb295f57a3ce2c7c68b8b8a7cec377207a461c96aa7574&smart=true&width=1887&height=717" alt="“Nunca supimos que el yaguareté era tan protegido. No teníamos idea… Pero tuvimos que decidir: era la vida del bicho o la nuestra”, dijo uno de los condenados" height="717" width="1887"/><h2>¿Qué camino hacen las denuncias?</h2><p>Todo empieza con una <b>investigación preliminar</b>. Se trata de la etapa inicial que realiza la UFIMA para comprobar si un hecho vinculado a la desprotección del yaguareté podría constituir un delito ambiental. En esta fase se recolectan pruebas y, si hay evidencia suficiente, se da intervención al Poder Judicial —según la jurisdicción que corresponda— para su trámite como causa penal. Sin embargo, <b>se desconoce el estado actual de muchos expedientes</b>, porque no hay información sobre su avance o resolución. Un ejemplo es la causa iniciada en 2020 por presunta caza de yaguareté en el río Bermejo, que —según se pudo constatar— aún continúa “en trámite”.</p><p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7DWYPXV4XNDKBOVCFQP47UZRBY.jpg?auth=23a76247d4f1ea10d56599dcd33e2f14231adbf116220281023044a5aff7a84c" alt="infografia" class="responsive">
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}</style></p><h2>La trastienda judicial de los delitos ambientales</h2><p>La protección de la <i><b>fauna silvestre</b></i> es una actividad de importancia crítica en la Argentina. Según el fiscal <b>Ramiro González</b>, titular de la UFIMA, desde la creación del organismo, hace casi dos décadas, <b>el 42% de las investigaciones preliminares que llevan adelante están vinculadas a delitos que afectan a especies autóctonas y protegidas</b>. “Nuestro trabajo no solo busca sancionar, sino también proteger bienes colectivos”, resume.</p><p>De acuerdo con González, la mayoría de las investigaciones por presuntas caza de yaguareté o tenencia de cuero del animal se inician a partir de <b>denuncias de ciudadanos o de organizaciones ambientalistas</b>, como Red Yaguareté, que aportan información clave. Si bien el auge de las redes sociales facilitó la detección de casos (muchas personas comercializan especies o suben fotos de caza a Facebook a modo de “trofeo”) no siempre es sencillo dar con los responsables. “Los usuarios suelen operar con nombres de fantasía y solo se puede requerir información mediante un oficio judicial firmado por un juez”, dice el fiscal. </p><p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HZYDVKB3SJHORKQOW6G2JKBHFU.jpg?auth=22dbfe1c45315354beb8761c7552fdc5dd97d2a98d7eeb867c99e3c7b2fb2609 " alt="infografia" class="responsive">
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}</style></p><p>Una vez que la UFIMA logra reunir pruebas suficientes, <b>la investigación preliminar puede derivar en una causa judicial</b>. “No hay un tiempo estimado: intentamos judicializar los casos lo antes posible, pero para ello es necesario contar con una denuncia sólida que contenga suficientes elementos probatorios”, dice González. Las principales limitaciones antes de llegar a esa instancia están vinculadas a la dificultad de obtener evidencias contundentes. “Durante la investigación preliminar solo podemos realizar medidas informativas o de fiscalización. Para avanzar con allanamientos o imputaciones formales es necesario que la causa esté judicializada”, dice el fiscal. </p><p><b>Cuando el expediente pasa al ámbito judicial, la UFIMA deja de intervenir</b>. “Solo realizamos el seguimiento con fines estadísticos y de análisis”, dice González.</p><p>En este contexto, el fallo de Ibarreta en Formosa constituyó un avance histórico en la judicialización de delitos contra la fauna silvestre en la Argentina, pero ¿es suficiente? ¿En qué medida la Ley 22.421 de Conservación de la Fauna (sancionada en 1981) responde a los estándares actuales de protección de biodiversidad y derechos ambientales? <b>“Sería necesario incrementar las sanciones y agravar la figura de la caza cuando se trata de un yaguareté”</b>, sostiene el titular de la UFIMA. </p><p>Según González, una persecución más efectiva del delito ambiental requiere de una reforma integral: incorporar tipos ambientales al Código Penal; crear juzgados especializados, y fortalecer la coordinación entre el Poder Judicial, el Ministerio Público y los organismos ambientales, entre otras cuestiones. “La pérdida de especies no es un daño menor: afecta directamente a los ecosistemas y a la calidad de vida de todos”, concluye.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FO5QP4Z6GBBGRGP55H6HEDM2KI.jpg?auth=d2e8f3b0f77b2f22461e591616dbb67f31bec97003e1e40d19c099f982185900&smart=true&width=1536&height=1024" alt="El yaguareté está protegido por dos leyes nacionales: la 22.421 establece penas de prisión por su caza; la 25.463, que lo declara Monumento Natural Nacional, no fija sanciones" height="1024" width="1536"/><h2>Leyes que lo protegen</h2><p>Matar yaguaretés es ilegal en todo el país y se castiga con penas privativas de la libertad. La <a href="https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-22421-38116/texto" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-22421-38116/texto"><i><b>Ley N° 22.421 de Conservación de la Fauna</b></i></a> establece, en el artículo 25, entre cuatro meses y tres años de prisión para quien cace animales protegidos, además de la inhabilitación para el uso de armas de cinco a diez años. En los hechos eso se traduce en penas leves que, en la mayoría de los casos, terminan en suspenso.</p><p>Si bien hubo varios intentos por actualizar esta normativa, ninguno prosperó. Tras la mediatización del caso de Ibarreta y el fallo de Formosa, que marcó un precedente en la Justicia argentina, el diputado nacional del PRO, <b>Damián Arabia</b>, presentó un proyecto que —aunque no reforma la normativa en su conjunto— busca endurecer las penas por caza de yaguareté: las eleva a un rango de cuatro a ocho años de prisión, lo que implicaría el cumplimiento efectivo en todos los casos. </p><p>En el plano judicial hay, también, una causa clave que sigue abierta: la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene en trámite un amparo judicial presentado por <i>Greenpeace</i> en nombre y representación del yaguareté, para exigir la protección de su territorio y hábitat en el Gran Chaco. La demanda alcanza a las provincias de Chaco, Formosa, Salta y Santiago del Estero y, aunque fue admitida, su avance permanece prácticamente detenido desde 2019. Según explicó el abogado ambientalista <b>Enrique Viale</b>, el planteo busca mayores garantías para la supervivencia de la especie en una región donde quedarían apenas alrededor de veinte ejemplares. </p><p>En paralelo, hay avances concretos en la conservación de la especie: <b>Rewilding Argentina</b> trabaja en la reintroducción del <i>Panthera onca </i>en áreas donde había desaparecido, como los Esteros del Iberá (Corrientes) y el Parque Nacional <i>El Impenetrable</i> (Chaco) mediante la cría de cachorros, la restauración del hábitat y corredores biológicos, con seguimiento por collares satelitales y cámaras trampa.</p><p>En Misiones, además, el Ministerio de Ecología y el Instituto Misionero de Biodiversidad impulsan un programa para reducir atropellamientos de fauna silvestre en rutas mediante señalización y controles de velocidad, una medida clave en una provincia que registró varios yaguaretés muertos por colisión vehicular. En 2023, la urgencia llevó a la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la ONG Red Yaguareté a presentar en forma conjunta una acción de <b>amparo ambiental </b>para exigir medidas efectivas de prevención, entre ellas <a href="https://drive.google.com/file/d/1AfQ9MlEBCR_ibEMNSPTus1PIEEejfplL/view" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://drive.google.com/file/d/1AfQ9MlEBCR_ibEMNSPTus1PIEEejfplL/view"><i><b>sistemas de identificación vehicular</b></i></a>, portales con paneles luminosos que informen velocidades máximas, radares, fotografías para exceso de velocidad y cobro de las multas. En todos los casos, el objetivo de fondo es que la especie vuelva a ocupar su rol de rey de los depredadores y contribuya al equilibrio del ecosistema. Pero sobre todas las cosas, <b>evitar que el yaguareté se extinga en la Argentina</b>.</p><p><i><b>*Para leer la investigación completa y acceder a su visualización, clic </b></i><a href="https://expedientesyaguarete.fopea.org/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://expedientesyaguarete.fopea.org/"><i><b>acá</b></i></a><i>. Créditos. Investigación periodística: Florencia Illbele. Diseño: Guadalupe Pesqueira y Jésica Oldani. Ilustración: Trabajadas con inteligencia artificial en base a fotografías de Greenpeace, Fundación Vida Silvestre, Facebook, La Voz de Misiones y una captura de videollamada. Análisis de datos: Ignacio Suárez. Programación: Cristhian Rodrigo Sosa Zurita. Mentoría: Mariana Trigo Viera. Liderazgo de DJV Bootcamp: Irene Benito. Supervisión de FOPEA: Amelia Corazza (directora ejecutiva) y Paula Moreno Román (presidenta). Coordinación de Comunicación: Sol Clemente. </i></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZN3ZQZ6LDBHINK5RQPNOZQNBNA.jpg?auth=98ef06cb1f09c30dbaf9a8d42ab0270876a0f06ee5e131cc966fcee074a3556f&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Pedirán prisión domiciliaria para el mapuche Jones Huala que está detenido en una cárcel de máxima seguridad]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2025/11/28/pediran-prision-domiciliaria-para-el-mapuche-jones-huala-que-esta-detenido-en-una-carcel-de-maxima-seguridad/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2025/11/28/pediran-prision-domiciliaria-para-el-mapuche-jones-huala-que-esta-detenido-en-una-carcel-de-maxima-seguridad/</guid><dc:creator><![CDATA[Francisco Poppe]]></dc:creator><description><![CDATA[La extensión del encarcelamiento preventivo expira a principio de diciembre. La Fiscalía Federal pedirá que continúe privado de su libertad, mientras busca evidencia para vincularlo con atentados mapuches. El encuadre como investigación compleja podría extender la detención hasta 2027]]></description><pubDate>Fri, 28 Nov 2025 00:30:19 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UCYFPMDVSRFLRL7X22IG6AL2Z4.JPG?auth=faf96b3c91a776065ad375708d0f1f8b416c11e8e88356857a6efe3061607320&smart=true&width=983&height=598" alt="Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche, podría permanecer detenido hasta junio de 2027 por asociación ilícita" height="598" width="983"/><p>El líder de la <b>Resistencia Ancestral Mapuche (RAM)</b>, <b>Facundo Jones Huala</b>, podría seguir detenido hasta junio de 2027, aunque a principio de diciembre se realizará una nueva audiencia en la que su defensa solicitará autorización para que cumpla prisión domiciliaria mientras avanza la investigación.</p><p>El 6 de diciembre expira el plazo de la prisión preventiva que dispuso la <b>Justicia Federal</b>, por pedido del <b>Ministerio Público Fiscal</b>, en paralelo al progreso de la causa por el delito de asociación ilícita.</p><p>En las primeras audiencias, la fiscalía admitió dificultades para avanzar en la investigación argumentando la extensión territorial donde la RAM habría cometido hechos vandálicos y atentados.</p><p>Basa el trabajo en los episodios en los que los autores reivindicaron los hechos con leyendas de la RAM. Sin embargo, se desconoce si Jones Huala estuvo detrás de los mismos o si las leyendas fueron implantadas por otras comunidades mapuches.</p><p>La <b>Resistencia Ancestral Mapuche</b> se identifica como el brazo político militar del <b>Movimiento Mapuche Autónomo del Puel Mapu</b>, con fuerte arraigo en Chile. Integra el listado que confeccionó el <b>Gobierno Nacional</b> como organización vinculada al terrorismo.</p><p>Pero el único que admite formar parte de esa agrupación es Jones Huala. Varios de los atentados que investiga la Justicia ocurrieron mientras su líder estaba detenido en Chile, cumpliendo una condena por un atentado incendiario, o en Esquel, en la etapa previa al juicio de extradición.</p><p>El <b>Ministerio de Seguridad de la Nación</b> lo denunció por asociación ilícita, cuando reivindicó los sabotajes y ataques incendiarios, durante la presentación de un libro de su autoría que, paradójicamente, llamó Entre rejas, antipoesía incendiaria.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6XQRHRQH4FGLLKUB3PX25LSL6I.jpeg?auth=fa49dc2d800cc18db0a80fb47f1cc62a3626250ebcbe20839adf7a72fc8a174c&smart=true&width=694&height=397" alt="La Justicia Federal evalúa si Jones Huala continuará en prisión preventiva o accederá a la prisión domiciliaria en diciembre" height="397" width="694"/><p>Por esa causa está detenido desde junio en la cárcel de máxima seguridad de Rawson. Sus abogados solicitaron su traslado a Esquel, otra unidad penitenciaria que depende del Ministerio de Seguridad, aunque de menor seguridad que la anterior. El pedido fue autorizado por la Justicia aunque luego se retractó cuando el gobierno nacional objetó su derivación, argumentando razones de seguridad.</p><p>Los abogados que lo defienden sostienen que la negativa es una “clara decisión política” que no tiene justificación, ya que cuando Jones Huala estuvo detenido, tuvo puntaje 10 sobre 10 por su conducta durante la reclusión.</p><p>El pedido depende ahora de una decisión administrativa, a cargo de la <b>Dirección de Régimen Correccional</b>, que dilata la respuesta aunque, por lógica, será rechazado.</p><p>El encuadre como investigación compleja podría mantener a Jones Huala detenido durante un período de dos años, es decir, hasta junio de 2027.</p><p>La defensa, ejercida por la <b>Gremial de Abogados y Abogadas de la República Argentina</b>, diseña su estrategia para la audiencia de diciembre.</p><p>En primer término solicitará autorización para agotar ese lapso de investigación bajo el régimen de reclusión domiciliaria “para estar cerca de su familia”. En caso de negativa, insistirá ante el juez <b>Gustavo Zapata</b> su derivación a la U14 de Esquel, con el mismo argumento, aunque el magistrado podría atribuir la negativa a la dilatada respuesta de la Dirección de Régimen Correccional.</p><p>“Es un disparate y una decisión muy pobre de justificación” sostienen los allegados a Jones Huala, quienes cuestionan el pedido de la fiscalía de prolongar la domiciliaria en una cárcel de seguridad extrema.</p><p>Aseguran que “la única argumentación es la falta de arraigo de Facundo (Jones Huala), debido a que por sus ocupaciones, suele recorrer distintos domicilios, pero no significa que no pueda ser ubicado”.</p><p>La respuesta judicial es el antecedente de que el “lonko”, cuando logró el beneficio de libertad condicional en Chile – que luego revirtió la Corte Suprema de ese país – se dio a la fuga y estuvo durante más de un año en clandestinidad.</p><p><b>Logró cruzar la Cordillera de los Andes a través de un paso no habilitado y fue detenido a los 12 meses en El Bolsón, vestido de mujer, en el galpón de una vivienda particular.</b></p><p>Para exigir su traslado a Esquel, el mapuche inició una huelga de hambre que abandonó cuando obtuvo el aval judicial para concretarlo. Zapata solicitó un cupo en la U14 para su traslado pero luego se retrotrajo cuando el Ministerio de Seguridad de la Nación objetó la derivación.</p><p>Retomó la medida de fuerza pero la volvió a abandonar “en acompañamiento” a <b>Juan Pablo Colhuan</b>, autoridad de la comunidad mapuche <b>Lafken Winkul Mapu</b>, que fue detenido tras permanecer prófugo durante tres años.</p><p>Ambos comparten celda en la U6 de Rawson, donde aguardan flexibilidad judicial para ser trasladados a Esquel o, en el mejor de los casos, obtener el permiso de libertad condicional.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UCYFPMDVSRFLRL7X22IG6AL2Z4.JPG?auth=faf96b3c91a776065ad375708d0f1f8b416c11e8e88356857a6efe3061607320&amp;smart=true&amp;width=983&amp;height=598" type="image/jpeg" height="598" width="983"><media:description type="plain"><![CDATA[Jones Huala detenido]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Di Lodovico, Cecilia</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[La Corte Suprema rechazó dos recursos que pretendían que la causa Cuadernos pasara a la Justicia Electoral]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/11/27/la-corte-suprema-rechazo-dos-recursos-que-pretendian-que-la-causa-cuadernos-pasara-a-la-justicia-electoral/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/11/27/la-corte-suprema-rechazo-dos-recursos-que-pretendian-que-la-causa-cuadernos-pasara-a-la-justicia-electoral/</guid><dc:creator><![CDATA[Silvana Boschi]]></dc:creator><description><![CDATA[El tribunal desestimó los planteos de empresarios que buscaban trasladar el expediente al fuero electoral, con el argumento de que los fondos investigados correspondían a aportes de campaña y no a sobornos]]></description><pubDate>Thu, 27 Nov 2025 20:32:23 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UUPURWD46RDLFBM2Y5VZ6WEON4.jpg?auth=9ada1b56de387a8f461c2a3885c83b083756c8dc808c0fce9ba784e400a9fe5b&smart=true&width=1920&height=960" alt="Las anotaciones del ex chofer Oscar Centeno que dieron origen a la causa de los Cuadernos de las Coimas" height="960" width="1920"/><p>El rechazo de la <b>Corte Suprema</b> a los recursos presentados por varios empresarios en la <a href="https://www.infobae.com/juicio-por-la-causa-de-los-cuadernos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/juicio-por-la-causa-de-los-cuadernos/"><b>causa conocida como “Cuadernos de las coimas”</b> </a>reafirma la competencia de la Justicia Federal en esa causa, que este jueves llevó adelante <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/11/27/causa-cuadernos-empezo-la-quinta-audiencia-del-juicio-a-cristina-kirchner-con-eje-en-la-acusacion-fiscal/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/11/27/causa-cuadernos-empezo-la-quinta-audiencia-del-juicio-a-cristina-kirchner-con-eje-en-la-acusacion-fiscal/"><b>la quinta jornada del juicio oral y público</b></a><b>. </b></p><p>La decisión, que afecta a los empresarios <b>Jorge Balán, Hugo Dragonetti y Armando Loson</b>, deja sin efecto los intentos de trasladar el caso al fuero electoral <b>bajo el argumento de que los fondos investigados correspondían a aportes de campaña</b> y no a sobornos.</p><p>En estas presentaciones, los jueces de la Corte Suprema <b>Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimaron por falta de sentencia definitiva </b>los recursos presentados contra la decisión que rechazó los planteos de incompetencia en favor de la justicia electoral, por lo que dicha decisión quedó firme. </p><h2>El origen de la causa</h2><p>La investigación, que involucra a la ex presidenta <b>Cristina Fernández de Kirchner</b>, al ex ministro de Planificación Federal <b>Julio de Vido</b> y a un grupo numeroso de ex funcionarios y empresarios, se originó a partir de las anotaciones realizadas por <b>Oscar Centeno</b>, quien fuera chofer de De Vido. En esos registros, Centeno detalló supuestos pagos ilegales destinados a asegurar la adjudicación de licitaciones públicas, lo que dio lugar a una de las causas judiciales más extensas y de mayor repercusión política de los últimos años.</p><p>Los recursos rechazados por el máximo tribunal habían sido interpuestos por Balán y Dragonetti, ambos elevados a juicio por el delito de cohecho reiterado, así como por Loson, también procesado por la misma figura. En todos los casos, los recurrentes sostenían que<b> los hechos investigados no constituían sobornos, sino aportes de campaña,</b> y, por tanto, correspondía que la causa fuera tramitada por la justicia electoral.</p><p>Así, el <b>máximo tribunal</b> desestimó estos planteos por considerar que no existía una sentencia definitiva que habilitara su intervención, lo que implica que <b>la investigación continuará bajo la órbita de la justicia federal.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AELSYFFEANCZHG3FEIETO6OPZI.jpg?auth=4a247eaffd0ddcdc94dca675b87ab74c0138d471be1f0f2d63fc20420ae9d126&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La audiencia por los Cuadernos de la coimas desarrolló este jueves su quinta jornada de juicio oral y público, a través de la platforma Zoom" height="1080" width="1920"/><p>Con esta resolución, queda firme el rechazo a los pedidos de incompetencia y se ratifica la línea de investigación que apunta a la existencia de<b> un esquema sistemático de pago de coimas a funcionarios públicos. </b>La causa, que desde su inicio ha involucrado a figuras centrales del poder político y empresarial, mantiene así su curso en el fuero federal, donde se analizan las responsabilidades penales derivadas de los hechos consignados en los denominados “cuadernos de las coimas”.</p><h2>La fiscalía acusó a Cristina Kirchner de ser la “destinataria final” de las coimas</h2><p>En la quinta jornada del juicio oral y público que se lleva a cabo de la conocida <a href="https://www.infobae.com/tag/cuadernos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/cuadernos/"><b>causa Cuadernos</b></a>, el fiscal federal <b>Carlos Stornelli</b> acusó hoy a <b>Cristina Kirchner</b> ser quien "<b>recibió sumas de dinero en su domicilio</b>" proveniente del pago de coimas por parte de empresarios durante su Gobierno. </p><p>“La principal receptora resultó ser Cristina Elisabet Fernández, quien más allá de ser la Presidenta de la Nación Argentina, <b>era quien tomaba posesión final de la mayoría del dinero </b>otorgado por los privados”, continúa el requerimiento de elevación a juicio.</p><p>El departamento de la calle Uruguay, en Recoleta, donde vivió Cristina Kirchner, era uno de los centros de “acopio” de los pagos ilegales por parte de los empresarios, agrega la acusación del fiscal de instrucción.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PLC3ZB2QT5EUFFGLLNBOZ7PXVA.png?auth=eac4bc7bee75ef02a948874f83180cfc8e2d588edd99a2659a82dda120b0ae1c&smart=true&width=261&height=143" alt="Cristina Kirchner en una de las audiencias virtuales
" height="143" width="261"/><p>La ex mandataria escuchó la lectura de la acusación en su contra <b>conectada a la audiencia vía Zoom desde San José 1111</b>, el departamento donde cumple el arresto domiciliario por la condena a seis años de prisión en el <b>caso Vialidad</b>.</p><p>Está procesada en la causa central como supuesta jefa de asociación ilícita y cohecho en 22 oportunidades.</p><p>Durante la lectura se enumeraron diferentes episodios de un total de 128 hechos de pago de sobornos y se concluyó que “los eslabones convergen así en un solo punto”, la ex presidenta.</p><p>Para la fiscalía, “específicamente se encuentra acreditado que Cristina Fernández recibió sumas de dinero en sus domicilios, y <b>a través de Héctor Daniel Muñoz, de parte de los empresarios”.</b></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/UUPURWD46RDLFBM2Y5VZ6WEON4.jpg?auth=9ada1b56de387a8f461c2a3885c83b083756c8dc808c0fce9ba784e400a9fe5b&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=960" type="image/jpeg" height="960" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Las anotaciones del ex chofer Oscar Centeno que dieron origen a la causa de los Cuadernos de las Coimas]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Intimaron a casi 3.000 personas que figuran en el padrón electoral de Salta pero en realidad vivirían en Bolivia]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2025/11/25/intimaron-a-casi-3000-personas-que-figuran-en-el-padron-electoral-de-salta-pero-en-realidad-vivirian-en-bolivia/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2025/11/25/intimaron-a-casi-3000-personas-que-figuran-en-el-padron-electoral-de-salta-pero-en-realidad-vivirian-en-bolivia/</guid><description><![CDATA[Tienen plazo hasta el próximo viernes para validar su domicilio en territorio argentino, de lo contrario serán eliminados del padrón. Una investigación determinó que en Aguas Blancas, la localidad limítrofe, hay más electores que habitantes]]></description><pubDate>Tue, 25 Nov 2025 23:57:02 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SWNLIXIZYNEFTCHUOJVLBDWZGM.jpg?auth=fe9f91c788fa40fb1438408c99bb15237a4d6867244e512e69fd4953f37dc9e6&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El operativo judicial exige que 2.864 personas acrediten su domicilio real en Aguas Blancas o serán eliminadas del registro de electores" height="1080" width="1920"/><p>La localidad fronteriza de <b>Aguas Blancas</b>, en el norte de <b>Salta</b>, se encuentra en el centro de una investigación por el crecimiento inusual de su padrón electoral. La <b>Justicia Federal</b> ordenó que 2.864 personas, vinculadas a posibles empadronamientos irregulares, acrediten su domicilio real en el municipio limítrofe con <b>Bolivia</b> en los próximos días. Si los requeridos no logran demostrar su residencia en territorio argentino antes del viernes, serán eliminados del listado oficial de votantes, según confirmaron fuentes judiciales a <b>Infobae</b>.</p><p>La medida surge luego de que saliera a la luz una diferencia llamativa entre las cifras del <b>Censo 2022</b> y el registro de electores habilitados. Según datos oficiales, en Aguas Blancas residen 3.648 habitantes, pero constan 5.736 ciudadanos en condiciones de sufragar, lo que representa un 57% más votantes que habitantes. <b>La brecha generó sospechas sobre el llamado “turismo electoral”, mediante el cual cientos de personas cruzan desde Bermejo, en el país vecino, o de otras jurisdicciones sólo en períodos de elecciones.</b></p><p>La resolución judicial requirió que la <b>Gendarmería Nacional</b> difunda listados en las principales calles, el <b>Centro de Salud</b> y la <b>Aduana</b> de la ciudad. Los involucrados pueden presentarse personalmente ante el Juzgado Federal o responder por correo electrónico para ratificar su residencia en el municipio. El objetivo es depurar el padrón de ciudadanos que fijaron allí un domicilio con fines electorales pero en realidad viven fuera del país o en otras localidades.</p><p>La investigación fue impulsada por el <b>fiscal Ricardo Toranzos</b>, en el juzgado federal con competencia electoral en el distrito <b>Salta</b> a cargo del <b>juez Julio Leonardo Bavio</b>. El funcionario judicial encabezó un operativo de verificación domiciliaria que incluyó relevamientos casa por casa y la utilización de un dron para tomar imágenes aéreas, desplegando a 60 efectivos de la Policía de Salta y 40 miembros de Gendarmería, bajo la supervisión del <b>Ministerio de Seguridad</b> provincial. El informe presentado por el representante del <b>Ministerio Público Fiscal</b> concluyó que existen más de 2.000 inscripciones irregulares y que la mayoría de los domicilios declarados carecen de numeración oficial, reforzando la hipótesis de maniobras ilícitas para “inflar” el caudal electoral.</p><p><b>Las anomalías se concentran en cuatro arterias ubicadas en las cercanías del río Bermejo.</b> Según constató la fiscalía en trabajo de campo, la calle <b>20 de Febrero</b>, de 619 metros, cuenta con 793 electores registrados, aunque en el lugar hay espacios baldíos, hoteles y depósitos, en número muy inferior al de personas empadronadas. Situaciones similares fueron detectadas en las calles <b>25 de Mayo</b>, <b>9 de Julio</b>, <b>Rivadavia</b> y otras intersecciones donde la cantidad de electores supera abrumadoramente las viviendas reales.</p><p>“El ingreso de ciudadanos provenientes de Bolivia para gestionar DNI argentino y acceder a subsidios y beneficios sociales, además de quedar empadronados en la localidad, distorsiona la representación democrática y el uso de recursos estatales”, señala el informe reproducido por <i>Fiscales.gob</i>. <b>La investigación reveló que, durante las elecciones presidenciales de 2023, entre 300 y 400 personas ingresaron desde el país vecino en cada jornada de votación, lo que en elecciones nacionales tiene un impacto acotado pero resulta decisivo para la composición de autoridades municipales y concejales.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6MOHV4XUWBFJ7I6JPSDWOETPJE.jpg?auth=3354c6e18a8fe8437a9cf263323ff2aa9226876ebb264b03768520dd49b009c1&smart=true&width=921&height=614" alt="La fiscalía identificó calles en las que supuestamente vivían centenares de votantes pero había muy pocas casas" height="614" width="921"/><p>El interventor del municipio, <b>Adrián Zigarán</b>, admitió públicamente la gravedad de la situación. En palabras recogidas por <i>Qué Pasa Salta</i>, aseguró que “no llegamos a 4.000 habitantes y tenemos 5.700 electores. Hay mínimo 2.800 votantes truchos”. </p><p>La intervención judicial en <b>Aguas Blancas</b>, formalizada desde septiembre de 2024, coincide con la reestructuración administrativa del municipio, incluyendo la asignación de numeración formal a los inmuebles y la actualización de documentos de identidad. A pesar de los llamados públicos para renovar el <b>DNI</b> y consignar el domicilio con número oficial, sólo un pequeño porcentaje de habitantes se presentó a regularizar la situación, lo que refuerza las sospechas del Ministerio Público Fiscal sobre el empadronamiento ficticio como mecanismo habitual en la zona.</p><p>El origen del caso remite a una denuncia radicada en 2023 por el dirigente político <b>Santiago Alberdi</b>, quien alertó sobre el cruce masivo de personas durante las jornadas electorales a través del paso internacional. El requerimiento judicial apunta a restituir la legitimidad institucional y garantizar que las autoridades de los departamentos <b>Orán</b> y <b>San Martín</b> sean elegidas por residentes genuinos.</p><p>La fiscalía avanza, además, en la identificación de eventuales responsables de las maniobras irregulares, investigando si hubo uso de documentación apócrifa y deficiencias administrativas que permitieron la inscripción de personas en domicilios ambiguos o inexistentes. Las cifras oficiales constatan que el crecimiento del padrón desde la creación del municipio, en 2015, fue del 74,6%, pese a que la población censada aumentó un 52,3% en 12 años, lo que implica un desfasaje estadístico evidente.</p><p>Hasta el momento, las autoridades locales y la <b>Justicia</b> han coincidido en la necesidad de depurar los listados para que sean representativos de la ciudadanía real, alejando prácticas que perjudiquen el funcionamiento democrático y la correcta asignación de los recursos estatales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SWNLIXIZYNEFTCHUOJVLBDWZGM.jpg?auth=fe9f91c788fa40fb1438408c99bb15237a4d6867244e512e69fd4953f37dc9e6&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[“La mafia de los desmontes en Chaco”: Casación anuló un fallo de tribunales locales y ordenó que la causa avance]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/17/la-mafia-de-los-desmontes-en-chaco-casacion-anulo-un-fallo-de-tribunales-locales-y-ordeno-que-la-causa-avance/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/17/la-mafia-de-los-desmontes-en-chaco-casacion-anulo-un-fallo-de-tribunales-locales-y-ordeno-que-la-causa-avance/</guid><description><![CDATA[Se trata de una denuncia contra empresarios y funcionarios, acusados de arrasar bosque nativo hasta convertirlo en “un páramo desértico” que mató animales y vegetación. Con la firma del juez Gustavo Hornos, el máximo tribunal penal indicó que la investigación continúe]]></description><pubDate>Mon, 17 Nov 2025 20:23:33 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KWL3USALYRCNNAPOEUSKRGXAHI.jpg?auth=e2c648d07ef419fa164ba82f0f8eaa1b4ad8a9436649ab2643b1e5e69680d6dd&smart=true&width=3500&height=1967" alt="Funcionarios y empresarios chaqueños son investigados por destrucción de bosque nativo y daño ecológico regional" height="1967" width="3500"/><p>El máximo tribunal penal del país ordenó la continuidad de la causa conocida como la “mafia del desmonte” en la provincia de <b>Chaco</b>, luego de anular una decisión de tribunales locales que había frenado la investigación. La resolución, rubricada por el juez Gustavo Marcelo Hornos, restablece la intervención de la <b>Justicia Federal</b> para avanzar en los hechos denunciados, que involucran a funcionarios y empresarios acusados de destruir áreas completas de bosque nativo y afectar el equilibrio ecológico regional. El expediente tuvo su origen en la denuncia de la <b>Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas</b>, que apuntó a una operatoria presuntamente compleja destinada a habilitar el avance de maquinarias pesadas sobre zonas protegidas, eliminando de forma masiva flora, fauna y especies en peligro.</p><p>La causa judicial se inició tras la presentación de un extenso informe donde se señalaban posibles delitos cometidos tanto por autoridades provinciales como por particulares y empresas, configurando figuras como abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, malversación de fondos públicos y asociación ilícita. Los denunciantes sostienen que los responsables habrían utilizado la estructura estatal para otorgar o prorrogar permisos de desmonte con base en interpretaciones laxas de la normativa, e incluso mediante la alteración fraudulenta de procedimientos administrativos. </p><p><b>El resultado, según lo expuesto en el expediente, fue la conversión de amplios sectores de selva chaqueña en regiones desérticas, con consecuencias directas en la extinción de especies y la alteración de los sistemas naturales.</b></p><p>El fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal se conoció tras los recursos de casación presentados por el Ministerio Público Fiscal, encabezado por el fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, <b>Federico Martín Carniel</b>, y la querella, representada por <b>Enrique Viale</b>, presidente de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas. Ambos alegaron que la decisión de declarar incompetente a la justicia federal —dictada inicialmente por el Juzgado Federal de Resistencia nº 1 y confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia— era prematura, arbitraria y carecía de fundamentación tanto en el derecho como en la valoración de la prueba reunida. Destacaron que los hechos investigados tienen repercusión sobre al menos dos provincias y afectan ecorregiones compartidas, justificando así la intervención federal en base a la normativa vigente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NOS5GPCYS5CVJP35WPPBJPMRRY.jpg?auth=8a5475def386eced28ba244f7b815512fc5e56980cbffe67ab94706560b8ebd0&smart=true&width=2500&height=1669" alt="La denuncia de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas expone la habilitación irregular de desmontes en zonas protegidas" height="1669" width="2500"/><p>La resolución firmada por Hornos se fundamenta en la necesidad de proteger el bien jurídico ambiental, considerando la trascendencia pública que implica el derecho constitucional de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. El juez advirtió que, en la etapa actual de la investigación, todavía no existe un peritaje técnico definitivo que determine el impacto total del desmonte ni la magnitud real del daño ecológico. Sin embargo, enfatizó que esta falta de estudios concluyentes no debe ser obstáculo para que la causa continúe bajo la órbita federal, ya que existen múltiples indicios de que los efectos podrían alcanzar otras jurisdicciones y comprometer recursos ambientales de carácter interprovincial.</p><p>En el análisis de la causa, la <b>Casación</b> puntualizó la relevancia de considerar los informes científicos y documentos oficiales incorporados, como las guías de transporte de madera que probarían el traslado de recursos forestales desde diferentes provincias hasta plantas industriales, además de informes interdisciplinarios sobre la destrucción de hábitats. <b>Estos elementos, a juicio del tribunal, exhiben la dimensión interjurisdiccional del daño ambiental denunciado, un aspecto central para determinar la competencia de la Justicia Federal en la materia.</b></p><p>Además, en la investigación está bajo análisis la presunta malversación de fondos de origen nacional asignados para la protección de montes nativos, así como otros delitos conexos, entre los que se encuentran lavado de activos y tráfico de influencias. La resolución reconoce que estos extremos aún no han sido plenamente corroborados con peritajes y análisis de pruebas secuestradas, pero remarca que la etapa vigente del expediente exige la recolección y valoración exhaustiva de todos los elementos que permitan establecer el alcance real de las maniobras investigadas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FHB24MY2JNEZDHBJCWLNLARDBI.jpg?auth=da3246f96f433ad3d812c12fab8aedd1fde819e1d9dc67d5e468f052718378c8&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Chaco se encuentra en emergencia forestal, desde la sanción de la Ley de Bosques en 2007 " height="1080" width="1920"/><p>En el cierre de su resolución, el juez Hornos destacó que la investigación puede comprometer recursos de una ecorregión determinada por la Estrategia Nacional sobre Diversidad Biológica, avalada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, valorando que la afectación denunciada trasciende el interés exclusivamente provincial. </p><p>La sentencia, firmada el 17 de noviembre de 2025, deja sin efecto las resoluciones anteriores y dispone que la causa continúe en sede federal. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/NOS5GPCYS5CVJP35WPPBJPMRRY.jpg?auth=8a5475def386eced28ba244f7b815512fc5e56980cbffe67ab94706560b8ebd0&amp;smart=true&amp;width=2500&amp;height=1669" type="image/jpeg" height="1669" width="2500"><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Osvaldo Tesoro</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Cuadernos: los abogados defensores no participarán en la reunión para discutir la modalidad de las audiencias ]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/11/14/cuadernos-los-abogados-defensores-no-participaran-en-la-reunion-para-discutir-la-modalidad-de-las-audiencias/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/11/14/cuadernos-los-abogados-defensores-no-participaran-en-la-reunion-para-discutir-la-modalidad-de-las-audiencias/</guid><dc:creator><![CDATA[Silvana Boschi]]></dc:creator><description><![CDATA[La Cámara Federal de Casación Penal notificó que el encuentro del 18 de noviembre será solo para magistrados del Tribunal Oral Federal 7, rechazando el pedido de los abogados de los imputados, en medio de críticas al formato y frecuencia del juicio]]></description><pubDate>Fri, 14 Nov 2025 19:13:38 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U2HHDIHX4VHJ5GPSYFH4SM2JUY.jpg?auth=8049e91103de77e9ae09195d40b47248408bda5bd5ca4d2aec89c118beb22f5a&smart=true&width=5387&height=3584" alt="La estrecha sala donde se realizaron las dos primeras audiencias del juicio oral, con los imputados por Zoom (RS Fotos)" height="3584" width="5387"/><p>La decisión de la <b>Cámara Federal de Casación Penal</b> de excluir a los abogados de los imputados de la reunión convocada para el martes próximo <b>marca un nuevo capítulo en la extensa causa de los Cuadernos de las coimas</b>. La misma fue adoptada en respuesta al pedido de los defensores de algunos de los 87 imputados en este proceso, quienes el jueves pasado habían reclamado a los jueces del Tribunal Oral federal 7 <b>poder participar de la reunión convocada por Casación.</b></p><p>En una notificación firmada por el secretario general de esa Cámara, Juan Manuel Montesano Rebón, a la que accedió <i>Infobae</i>, se comunicó a los jueces del Tribunal Oral Federal N° 7 que la reunión convocada <b>es exclusiva para magistrados</b> y que no se permitirá la intervención de abogados defensores ni de los imputados. </p><p>El texto oficial precisa: “Se hace saber que la reunión citada para el día martes 18 de noviembre próximo, se trata de una convocatoria para magistrados,<b> sin intervención de las partes del proceso”.</b></p><h2>Contexto de cuestionamientos</h2><p>La exclusión de los defensores se produce en un contexto de intensos cuestionamientos al esquema de audiencias virtuales implementado por el <b>TOF N° 7</b>. El tribunal, compuesto por <b>Enrique Méndez Signori</b>, <b>Fernando Canero</b> y <b>Germán Castelli</b>, había defendido la modalidad remota, argumentando la dificultad logística de reunir a todas las partes y señalando que, en esta etapa inicial dedicada a la lectura de los requerimientos de elevación a juicio, no resultaba imprescindible modificar el formato virtual.</p><p>Frente a la persistencia de las críticas, los jueces del TOF N° 7 <b>anunciaron el jueves una serie de medidas para responder a las demandas</b> de mayor presencialidad y eficiencia. En la apertura de la última audiencia, el presidente del tribunal, <b>Méndez Signori</b>, leyó una resolución <b>respaldada por sus colegas Castelli y Canero</b>, en la que defendieron su metodología de trabajo, subrayaron los seis años de reclamos por recursos ante la Corte Suprema y otras instancias, y reafirmaron su independencia jurisdiccional. </p><p>“Este Tribunal <b>ha realizado múltiples reclamos a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Consejo de la Magistratura y a la Cámara Federal de Casación Penal, </b>requiriendo recursos humanos, espacio físico que incluya la adaptación de puestos de trabajo, gestión de expedientes sorteados o por sortearse, que fueron satisfechos sólo parcialmente por el Alto Tribunal en 2022 y 2024, a través de la autorización de contratación de personal, <b>pero que resulta insuficiente en función de lo solicitado</b>”, expusieron los magistrados.</p><h2>Las nuevas medidas</h2><p>Entre las novedades, <b>el tribunal dispuso que las indagatorias se realizarán bajo un esquema mixto: </b>el acusado que declare, junto al tribunal, la fiscalía y la defensa, estarán presentes físicamente, mientras que el resto de las partes y el público seguirán la audiencia por Zoom. Para ello, el TOF N° 7 solicitó a la <b>Corte Suprema</b> la habilitación de la <b>Sala de Derechos Humanos</b> en la planta baja del Palacio de Justicia, gestionando la petición a través de la Cámara Federal de Casación Penal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PLC3ZB2QT5EUFFGLLNBOZ7PXVA.png?auth=eac4bc7bee75ef02a948874f83180cfc8e2d588edd99a2659a82dda120b0ae1c&smart=true&width=261&height=143" alt="Cristina Fernández de Kirchner junto a su abogado, Carlos Beraldi, en la audienca del 6 de noviembre pasado" height="143" width="261"/><p>Otra medida relevante es el adelantamiento de la frecuencia de audiencias:<b> desde el 25 de noviembre, el juicio se celebrará los martes y jueves </b>de cada semana,<b> </b>duplicando la periodicidad inicialmente prevista para marzo de 2026. Hasta ahora, las sesiones se realizaban solo una vez por semana.</p><p>El tribunal <b>detalló el extenso recorrido de gestiones y obstáculos enfrentados desde el sorteo del expediente</b>, el 20 de septiembre de 2019. Durante seis años, los jueces han solicitado recursos y espacios adecuados para llevar adelante un proceso de la magnitud de la causa Cuadernos, obteniendo respuestas parciales y afrontando dificultades que, según relataron, solo pudieron superar gracias al esfuerzo del personal judicial. </p><p>El TOF N° 7 también expuso las dificultades logísticas para celebrar audiencias presenciales o mixtas<b>. La sala de audiencias “Sala Amia”</b>, ofrecida por la presidencia de Casación, <b>no está disponible por remodelaciones</b> y el tribunal carece de oficinas y espacios adecuados en la sede de Comodoro Py, donde además se encuentra toda la documentación y expedientes del caso. Por ello, debieron utilizar la pequeña sala del tribunal, <b>donde se archiva la documentación, para iniciar el juicio.</b></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EDXK2TZCH5GOHAUUM5ZRDFWERE.jpg?auth=fcd7ac4cea26a98998686d5d53fcda056f1d77c22baf37de79e559161a302412&smart=true&width=6048&height=4024" alt="La documentación de la causa Cuadernos, apilada en la sala de audiencias (RS Fotos)" height="4024" width="6048"/><p>Los jueces remarcaron que, desde la fijación de la fecha de audiencia, no han recibido propuestas de los tribunales superiores para optimizar el desarrollo del juicio. Y que<b> la anunciada mudanza del TOF N° 7 al edificio de Comodoro Py, prevista desde 2020, sigue sin concretarse.</b></p><h2>La convocatoria de Casación</h2><p>El 11 de noviembre de 2025, la Cámara Federal de Casación convocó al tribunal para una reunión destinada a mejorar la eficacia y celeridad del juicio. Los jueces indicaron que aprovecharán esa instancia para reiterar sus pedidos históricos de recursos y espacios.</p><p>Como recordó esta semana, el TOF N° 7 enfrenta, además, <b>una sobrecarga de trabajo significativa. </b>Desde el 19 de mayo de 2025, lleva adelante el juicio “Odebrecht”, con veintiséis imputados y doscientos noventa testigos, cuya duración se proyecta en más de un año y medio. La Cámara de Casación también ha instado al tribunal a fijar fecha para el juicio de lesa humanidad “Orihuela y otros”, con seis imputados en arresto domiciliario y ciento nueve testigos, programado para los miércoles y con una duración estimada de ocho meses. </p><p>Además, a comienzos del próximo año, está previsto el inicio del juicio “Pochetti”, con quince imputados y doscientos ocho testigos, los viernes de cada semana. <b>El tribunal, además, registra treinta y nueve causas en condiciones de debate</b> —tres con detenidos— y un total de ciento veintidós causas en trámite. Pese a esta agenda, los jueces aseguraron que adoptarán todas las medidas necesarias para maximizar el rendimiento de cada jornada y dar la mayor celeridad posible al juicio de los Cuadernos. </p><p>En esta extensa investigación <b>está imputada la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner junto a otros 86 ex funcionarios y empresarios</b>. En la causa se juzga la existencia de una asociación ilícita que habría montado, entre 2003 y 2015, <b>un circuito de recaudación de dinero </b>de constructoras y diversas empresas, beneficiadas con la adjudicación de contratos estatales.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/U2HHDIHX4VHJ5GPSYFH4SM2JUY.jpg?auth=8049e91103de77e9ae09195d40b47248408bda5bd5ca4d2aec89c118beb22f5a&amp;smart=true&amp;width=5387&amp;height=3584" type="image/jpeg" height="3584" width="5387"><media:description type="plain"><![CDATA[La estrecha sala donde se realizaron las dos primeras audiencias del juicio oral, con los imputados por Zoom/RS Fotos]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Descarrilamiento del tren Sarmiento: qué resultados arrojaron los test toxicológicos que le realizaron al motorman]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/12/descarrilamiento-del-tren-sarmiento-que-resultados-arrojaron-los-test-toxicologicos-que-le-realizaron-al-motorman/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/12/descarrilamiento-del-tren-sarmiento-que-resultados-arrojaron-los-test-toxicologicos-que-le-realizaron-al-motorman/</guid><description><![CDATA[La Justicia llevó a cabo los análisis de alcohol y drogas al conductor de la formación que se salió de las vías a la altura de Liniers. El servicio continúa con demoras y hay reclamos por parte de los usuarios]]></description><pubDate>Wed, 12 Nov 2025 21:47:17 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p>A un día de lo que fue el <a href="https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/12/descarrilamiento-del-tren-sarmiento-como-sigue-la-causa-y-que-sucedera-con-el-motorman/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/2025/11/12/descarrilamiento-del-tren-sarmiento-como-sigue-la-causa-y-que-sucedera-con-el-motorman/"><b>impresionante descarrilamiento de una formación del tren Sarmiento</b></a> a la altura de la estación de Liniers, la Justicia Federal dio a conocer los resultados de los test de alcohol y drogas que se le realizaron al motorman. Mientras tanto, el <b>servicio continúa con demoras</b> y todavía no se normaliza por los trabajos que hacen en la zona. </p><p>Según se conoció, El juez <b>Julián Ercolini</b>, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, tomó la decisión de iniciar el expediente por “interrupción a los medios de transporte” tras la intervención de la <b>Policía Federal</b> y la existencia de personas heridas. Tras esto, las pericias realizadas sobre el conductor que manejaba la formación que descarriló arrojaron un <b>resultado negativo en los exámenes de alcoholemia y toxicológicos</b>, por lo que se descartó que la falla haya sido humana. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5L5S72HJWVGRPHW5LMI4TTN52U.jpg?auth=f77557390915be53ad41a03ce4f83252719d7b83c50de3a09221269bc042602a&smart=true&width=1760&height=1173" alt="El tren se descarriló en el mediodía de este martes y se desplegó un fuerte operativo en la zona (RS Fotos)" height="1173" width="1760"/><p>El descarrilamiento se produjo el pasado 11 de noviembre, cerca de las 15:50, cuando el tren, identificado como formación 3358, se dirigía desde <b>Moreno</b> hacia <b>Once</b>. El incidente ocurrió en el cruce de <b>Barragán</b>, a la altura de la estación Liniers, donde al menos <b>20 pasajeros resultaron heridos con politraumatismos </b>y recibieron asistencia médica en el lugar. </p><p>El servicio de emergencias médicas coordinado por el <b>SAME</b> desplegó 40 móviles y varios de los heridos fueron derivados a los hospitales Santojanni, Álvarez, Vélez Sársfield y Cecilia Grierson. “Lo más importante es que no hay víctimas fatales, que es lo que tenemos que llevar a todos los familiares”, aseguró <b>Alberto Crescenti</b>, titular del SAME, en contacto con los medios.</p><p>En las primeras horas tras el accidente, el operativo de evacuación fue acompañado por cuatro dotaciones de la <b>Brigada de Bomberos de la Ciudad</b>, según declaró el jefe de la estación 9° ante la prensa: “Concurrimos al lugar con 4 dotaciones, se apersonaron inmediatamente al lugar donde quedó la formación”. Testigos relataron momentos de tensión y la presencia de densa humareda dentro de los vagones después del incidente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AMEXLPOFS5HFBEATYFCC563H6E.JPG?auth=2a92726b42ee7df7b75b15452298c774633876183f2a6fa9e7732e4795573325&smart=true&width=5472&height=3648" alt="Se realizó un fuerte operativo en la zona (RS Fotos)" height="3648" width="5472"/><p>Tras el incidente, el sistema de operación ferroviaria fue objeto de un exhaustivo análisis pericial. De acuerdo con especialistas citados en la investigación, el sistema en la zona afectada “tiene cerrojo y traba de palanca”, lo que impide que la vía pueda ser modificada o accionada mientras circula una formación. Asimismo, el personal técnico que inspeccionó la infraestructura en el sitio del siniestro constató que <b>la caja de control de cambio de vías se encontraba cerrada y sin señales de manipulación externa</b>. En consecuencia, la hipótesis provisional es que el descarrilamiento no obedeció a una alteración en el accionamiento de las vías durante el paso del tren.</p><p>Junto con el conductor, los <b>banderilleros</b> que participaron en la operación del tren también se sometieron a las mismas pruebas, cuyos resultados fueron igualmente negativos. Según fuentes de <b>Trenes Argentinos</b>, el protocolo operativo establece controles previos de alcoholemia y drogas a cada conductor en el inicio del turno, procedimiento que en este caso fue cumplido. A pesar de ello, la investigación mantiene abiertas todas las líneas para determinar el origen exacto de la falla.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZWB6S6EGIRARDNAWAY6SGWERK4.JPG?auth=3751791d02c0b5cfa1f9ed100ac58cea2f58b4735e259606b13d3789bf3b524d&smart=true&width=5472&height=3648" alt="Al menos 20 heridos tuvieron que ser atendidos por el SAME (RS Fotos)" height="3648" width="5472"/><p>Algunas fuentes vinculadas a la operadora ferroviaria señalaron que en la zona se habían realizado trabajos de remodelación en las vías durante las semanas previas al accidente. El circuito de cambio de vías, explican empleados del sector, se ejecuta rutinariamente en el mismo punto y horario, lo que genera interrogantes sobre si pudo haber una incidencia derivada de la infraestructura, una posible falla en las obras recientes o un defecto en la señalización.</p><p>Tras el hecho, Ercolini abrió la causa de oficio al considerar el interés público y la gravedad de los hechos, y dispuso el seguimiento por parte de la Policía Federal y peritos especializados. El expediente se centra en la figura de “interrupción a los medios de transporte”, mientras se aguardan los resultados definitivos del análisis técnico.</p><h2>Hay demoras en el servicio</h2><p>Si bien desde la noche del martes se logró normalizar la circulación entre las terminales de Moreno y Once, esa regularidad fue parcial: <b>hay dos vías que permanecen ocupadas por la formación que descarriló y el operativo de encarrilamiento implicó reducción de velocidad y demoras a la altura de Liniers</b>. </p><p>Según pudo saber<b> Infobae</b>, debido a la presencia de trabajadores en la zona para acondicionar las vías, las formaciones pasan a baja velocidad y eso genera demoras. </p><p>Además, en la zona se lleva a cabo un operativo que involucró a más de cuarenta trabajadores, con el apoyo de un tren de auxilio procedente de Haedo y la utilización de gatos hidráulicos para el reposicionamiento de los coches afectados.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YME6Q75ZAVFTNMGYQ3BTDFEICI.JPG?auth=64a38dd2028c2c54583d6a7a543bf8e5e94207a146d18d3a4dfde9f9a903f685&smart=true&width=2414&height=1609" alt="El servicio continúa con demoras (RS Fotos)" height="1609" width="2414"/><p>Durante la madrugada del miércoles, las tareas de encarrilado continuaron, seguidas por el traslado de los coches siniestrados hacia el taller correspondiente, donde serán objeto de reparación detallada. Simultáneamente, las pericias sobre vías, durmientes y sistema de señalización buscan descartar cualquier otra variable que haya podido incidir en el siniestro.</p><p>Una vez finalizado el proceso de remoción del tren, que se ejecuta con camión de vía y gatos hidráulicos, la formación será trasladada a los talleres que la empresa posee en Villa Luro para su revisión integral, y se iniciará la reparación del tendido ferroviario para recuperar el óptimo estado del sistema.</p><p>Mientras tanto, los reclamos de los usuarios aumentaron dado el continuo desfasaje en los tiempos y el descenso de velocidad, principales causas de las demoras que afectan a miles de pasajeros frecuentes de la línea Sarmiento. Este clima de tensión se vio reflejado en un incidente entre dos usuarios, quienes protagonizaron una pelea en una de las estaciones, resultado de la acumulación de malestar general.	</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5L5S72HJWVGRPHW5LMI4TTN52U.jpg?auth=f77557390915be53ad41a03ce4f83252719d7b83c50de3a09221269bc042602a&amp;smart=true&amp;width=1760&amp;height=1173" type="image/jpeg" height="1173" width="1760"><media:description type="plain"><![CDATA[El tren se descarriló en el mediodía de este martes y se desplegó un fuerte operativo en la zona (RS Fotos)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Sebastian Motta</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Archivaron 176 denuncias contra jueces federales: la mayoría no fueron revisadas o pasaron tres años sin actividad]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/10/18/archivaron-176-denuncias-contra-jueces-federales-la-mayoria-no-fueron-revisadas-o-pasaron-tres-anos-sin-actividad/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/10/18/archivaron-176-denuncias-contra-jueces-federales-la-mayoria-no-fueron-revisadas-o-pasaron-tres-anos-sin-actividad/</guid><dc:creator><![CDATA[Iago Vieyra]]></dc:creator><description><![CDATA[El Consejo de la Magistratura trató en el último Plenario casos que no prosperaron en las comisiones de Disciplina y Acusación. Dos consejeros reconocieron el mal desempeño del organismo a la hora de revisar la conducta de los magistrados]]></description><pubDate>Sat, 18 Oct 2025 04:09:45 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TILO4HGQDVDVDFVW6IXVETMW4E.jpeg?auth=87a307607a29094ed6fc83e7635d1eba321622c7258af82ddab95ba2354c2a82&smart=true&width=1280&height=621" alt="El Plenario del Consejo de la Magistratura se reunió el pasado miércoles y mantuvo una extensa reunión de cinco horas" height="621" width="1280"/><p>El plenario del Consejo de la Magistratura archivó el pasado miércoles <b>176 expedientes que contenían denuncias contra jueces federales</b>. En su gran mayoría fueron desestimadas <i>in límine</i> -sin ser analizadas en profundidad- o por caducidad, luego de que pasaran tres años sin avances desde su radicación.</p><p>Las comisiones de Disciplina y Acusación giraron al cuerpo más de un centenar de casos entre los que también se trataron <b>procesos devenidos en “abstractos” por jubilaciones o renuncias</b>, entre ellas la del ex juez de Rosario <b>Marcelo Bailaque</b>, investigado por múltiples delitos de corrupción y vínculos con el narcotráfico. </p><p>El senador <b>Luis Juez</b>, que preside la comisión de Acusación, calificó esta parte de la sesión como <b>“un papelón”</b>, producto de “haber escondido atrás de un biombo las causas que nos interesa que no pase nada. <b>Miramos para el costado, dejamos que el tiempo pase</b>”, recriminó ante sus pares.</p><p>Y admitió: “Me da vergüenza que tengamos institucionalizado este mecanismo”.</p><p>El consejero <b>César Grau</b>, quien está a cargo de Disciplina y ocupa una de las bancas en representación de los abogados, se pronunció en el mismo sentido: “<b>Se dejó correr un reloj de arena durante tres años</b>. Es una barbaridad, tenemos que asumir la responsabilidad y corregir hacia el futuro”.</p><p>En estas dos comisiones los consejeros tienen la misión de estudiar las denuncias contra los jueces, avanzar en la investigación de su conducta y, eventualmente, proponer al plenario sanciones disciplinarias.<b> Los castigos pueden ir desde descuentos en el salario hasta la remoción del cargo. </b>En Disciplina se tratan los casos más leves y en Acusación los más graves. </p><p><b>Fueron 58 de las 176 denuncias archivadas las que caducaron porque pasaron los tres años previstos</b> por el reglamento del Consejo. La comisión de Disciplina tenía 49 de ellas y Acusación las 9 restantes.</p><p>Dentro de este grupo estaban los expedientes que recriminaban la conducta del <b>juez Juan María Ramos Padilla</b>, presidente del Tribunal Oral Criminal y Correccional N° 29 porteño, quien en 2022 había convocado a manifestaciones populares contra la Corte Suprema de Justicia y magistrados de Comodoro Py. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3DQ26CLCY5FYZOKODRT4V6UKFA.jpeg?auth=d4f7bf1fa2e39d2e6e66a3dbe5a907f5606db9d578bb84e3329a6a1138300837&smart=true&width=1536&height=1128" alt="Alberto Lugones, juez de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, junto al senador Luis Juez" height="1128" width="1536"/><p><b>Otras 57 denuncias fueron desestimadas</b><i><b> in límine</b></i> por el Plenario, presidido por <b>Horacio Rosatti</b>. Son los casos que ni siquiera se discutieron por considerarse inadmisibles, ya sea por una improcedencia manifiesta o por defectos en la formulación. </p><p>Entre estos aparece uno contra<b> Alejo Ramos Padilla</b>, titular del Juzgado Federal N° 1 de La Plata, que había sido señalado por presunto falso testimonio durante una declaración que dio en el Congreso de la Nación, en el marco del juicio político a los ministros del máximo tribunal. </p><p><b>Luego se desestimaron otros 61 expedientes en los que sí se produjo prueba </b>dentro de sus respectivas comisiones -58 de Disciplina y 3 de Acusación-. </p><h2>Procesos de alto impacto político</h2><p>Entre estos había procesos de alto impacto político, como el que se impulsó contra los magistrados <b>Julián Ercolini</b>,<b> Carlos Mahiques</b>, <b>Pablo Cayssials </b>y<b> Pablo Yadarola</b> por el escándalo de Lago Escondido. </p><p>También una denuncia contra <b>Patricio Alejandro Maraniello</b>, del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5, quien prohibió la difusión de los audios clandestinos atribuidos a la secretaria general de la Presidencia <b>Karina Milei</b>. Antes de ese polémico episodio había recibido nueve denuncias, <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/01/el-juez-que-prohibio-publicar-audios-de-karina-milei-tiene-9-denuncias-en-contra-cinco-son-por-acoso-sexual/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/01/el-juez-que-prohibio-publicar-audios-de-karina-milei-tiene-9-denuncias-en-contra-cinco-son-por-acoso-sexual/">cinco de ellas por presunto acoso sexual. </a></p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/76HHRHMARRAABHBH2FKE6DAVWM.jpeg?auth=4516bf7b0d3775bc19b1c9b81b3bda6dcca31f87d6ab7417edee041a0a32933e&smart=true&width=1536&height=1024" alt="Horacio Rosatti es presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Magistratura" height="1024" width="1536"/><p>El listado sigue con otros magistrados como <b>Domingo Luis Altieri</b>, del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°18. Lo llevaron ante el Consejo de la Magistratura por <b>irregularidades a la hora de condenaron a un pedófilo.</b> Según la denuncia, el juez sentenció al acusado al mínimo de la pena, no permitió a la víctima ser querellante, no habilitó una serie de pericias solicitadas y tampoco aplicó la perspectiva de género en su fallo.</p><p>También quedó archivada una investigación contra <b>Gustavo del Corazón de Jesús Fresneda</b>, juez federal en Paso de los Libres, Corrientes.</p><p>De acuerdo a lo expuesto en la sesión por <b>Sebastián Amerio</b>, viceministro de Justicia y consejero, en un caso de narcotráfico este magistrado <b>demoró dos años entre la indagatoria y el procesamiento del principal acusado</b>, cuando el plazo previsto por la ley es de diez días. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HHLXSGOW55H4HIW2VSIDDZAMMI.jpeg?auth=709be6e0285d675e3b1c21f4fe6de0d780184c7d2506809ac43b1ecf38c393e9&smart=true&width=1280&height=1205" alt="Sebastián Amerio, secretario de Justicia y consejero" height="1205" width="1280"/><p>Justo antes de votar la desestimación de esta denuncia se hizo una pausa para esperar a una consejera que había ido al baño. Frente a lo que consideró una infracción alevosa, Amerio pidió a sus pares durante el intervalo que<b> “lo repensemos todos juntos, aunque sea un minuto, mientras aprovechamos el llamado de la naturaleza”.</b> La súplica no prosperó, aunque sumó un puñado de abstenciones. </p><p>El bloque disciplinario concluyó con<b> un único dictamen para tratar un proceso de remoción </b>contra un juez: Marcelo Bailaque. </p><p>El último 1 de julio el presidente de la Nación, <b>Javier Milei</b>, aceptó la renuncia del entonces titular del Juzgado Federal N° 4 de Rosario y así <b>su destitución devino en abstracta</b>.</p><p>Al renunciar, Bailaque se aseguró la posibilidad de tramitar la <b>jubilación de privilegio</b> con el régimen judicial de Santa Cruz, donde fue juez de instrucción.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/TILO4HGQDVDVDFVW6IXVETMW4E.jpeg?auth=87a307607a29094ed6fc83e7635d1eba321622c7258af82ddab95ba2354c2a82&amp;smart=true&amp;width=1280&amp;height=621" type="image/jpeg" height="621" width="1280"><media:description type="plain"><![CDATA[El Plenario del Consejo de la Magistratura se reunió el pasado miércoles y mantuvo una extensa reunión de cinco horas]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Las condiciones que Sean ‘Diddy’ Combs tendrá que cumplir tras salir de prisión: terapia, medicación y más ]]></title><link>https://www.infobae.com/entretenimiento/2025/10/15/las-condiciones-que-sean-diddy-combs-tendra-que-cumplir-tras-salir-de-prision-terapia-medicacion-y-mas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/entretenimiento/2025/10/15/las-condiciones-que-sean-diddy-combs-tendra-que-cumplir-tras-salir-de-prision-terapia-medicacion-y-mas/</guid><dc:creator><![CDATA[Evelin Meza Capcha]]></dc:creator><description><![CDATA[El músico fue sentenciado a 50 meses de prisión y a un periodo de libertad supervisada ]]></description><pubDate>Thu, 16 Oct 2025 14:22:04 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/W4FXMN5COVFFZO543S6PVRGAVA.jpg?auth=a1d028b830b67b38ad2003064a0e8875108cb6c9e14f792f3728d31a7a4599ad&smart=true&width=4605&height=3125" alt="Las condiciones impuestas incluyen la participación en un programa aprobado de violencia doméstica tras su liberación. (Foto AP/Kathy Willens, archivo)" height="3125" width="4605"/><p>El magnate del entretenimiento <b>Sean “Diddy” Combs</b> enfrenta una serie de condiciones especiales que deberá cumplir una vez que finalice su condena en prisión y entre en el periodo de <b>libertad supervisada</b>. Estas medidas fueron presentadas oficialmente como parte de la sentencia federal y su carácter ambulatorio marca un enfoque centrado más en la rehabilitación que en la mera restricción. A continuación se detalla el panorama judicial, las obligaciones que deberá respetar y el contexto que rodea este caso.</p><h2>Sentencia impuesta y panorama judicial</h2><p>El 3 de octubre de 2025, el juez federal Arun Subramanian condenó a Diddy a <b>50 meses de prisión</b> tras ser hallado culpable por dos cargos bajo la Ley Mann — transporte para fines de prostitución — aunque fue absuelto de los cargos más graves de trata sexual y conspiración por lavado de dinero o crimen organizado. </p><p>La sentencia incluyó también una multa de <b>500 000 dólares</b> y <b>cinco años de libertad supervisada</b> tras su salida de prisión. </p><p>El tribunal acreditó el tiempo que Diddy ya había pasado detenido — más de un año en el Metropolitan Detention Center en Brooklyn — lo que reduce el tiempo restante que deberá cumplir.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QCOAUUH6NNEEBHTK3RNEIMMITQ.JPG?auth=6acf4fd933d9e5a1ffed8ab7ce09e5e939c09e66b505aa3f22991bf9c7725f38&smart=true&width=3000&height=2250" alt="La defensa solicitó que el artista sea trasladado a la prisión federal FCI Fort Dix, en Nueva Jersey, por su cercanía con su familia. REUTERS/Jane Rosenberg" height="2250" width="3000"/><p>Durante el juicio, los fiscales sostuvieron que Diddy merecía una sentencia de 51 a 63 meses, pero la defensa solicitó una condena mucho más ligera, proponiendo incluso 14 meses. Aunque el juez no concedió esa petición, sí permitió que como parte de la sentencia se incorporaran condiciones especiales con énfasis en tratamiento y supervisión. </p><p>El juez expresó su deseo de que Diddy cumpla su condena “tan cerca como sea posible del área metropolitana de la ciudad de Nueva York”, lo que alienta el envío del condenado a un centro penitenciario en la región. </p><p>En ese sentido, los abogados de Diddy han solicitado formalmente que se le asigne al penal federal de baja seguridad <b>FCI Fort Dix</b>, en Nueva Jersey, que incluye programas de tratamiento de drogas y favorecería la cercanía a su residencia y visitas familiares. </p><h2>Condiciones especiales tras la liberación supervisada</h2><p>Las condiciones especiales que Diddy deberá cumplir durante los <b>cinco años de libertad supervisada</b> fueron presentadas como parte integral del fallo judicial. Estas medidas combinan obligaciones estándar con compromisos específicos relacionados con su rehabilitación. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IKLYUWZOOVFAXJQLLH2GYQWTUU.JPG?auth=4f503fc493fc0d728f55dc926f68758041a2a2ef44098b8155a899e4fba5b101&smart=true&width=3648&height=2432" alt="Durante la libertad supervisada, el rapero deberá evitar todo contacto con las víctimas y someterse a registros aleatorios. REUTERS/Jeenah Moon" height="2432" width="3648"/><p>Uno de los pilares centrales es que Diddy deberá participar en <b>programas ambulatorios de tratamiento para abuso de drogas y para condiciones de salud mental</b>. </p><p>En esos programas se le exigirá que <b>tome medicación recetada</b>, salvo que un proveedor de salud indique lo contrario.</p><p>Esta medida apunta a mantener un monitoreo continuo de su estado, con la finalidad de prevenir recaídas o conductas similares en el futuro. </p><h2>Programa aprobado de violencia doméstica</h2><p>Otra condición indispensable será su participación obligatoria en un <b>programa aprobado para víctimas de violencia doméstica</b>. </p><p>Esta exigencia guarda relación directa con uno de los episodios más notorios del caso: el incidente de agresión a Cassie en un pasillo de un hotel en Los Ángeles en 2016, ampliamente difundido en medios.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IPNMVS43LRH3RPRQKP7GTK2ZSU.JPG?auth=fcd77d527c42797fb14d01084dd411c377c9ca5fa50a080d8db0af639a127f47&smart=true&width=3000&height=2250" alt="El juez Arun Subramanian ordenó que el empresario cumpla programas obligatorios de rehabilitación por abuso de drogas y salud mental. REUTERS/Jane Rosenberg" height="2250" width="3000"/><h2>Restricciones estándar y supervisión</h2><p>Además de los requisitos de tratamiento, las condiciones incluyen obligaciones típicas de un régimen de supervisión:</p><ul><li><b>Someterse a registros</b> aleatorios o programados. </li><li><b>No comunicarse con las víctimas del caso</b> bajo ninguna circunstancia. </li><li><b>No poseer ni acceder a armas de fuego u otros dispositivos destructivos</b>.</li></ul><p>Estas condiciones son consistentes con lo habitual en casos de libertad supervisada cuando hay antecedentes de violencia o riesgo. </p><h2>Contexto previo: allanamientos y hallazgos</h2><p>Durante la investigación que precedió al juicio, agentes federales realizaron registros en las residencias de Diddy en <b>Miami, Los Ángeles y Nueva York</b>. En esos operativos se incautaron <b>múltiples armas</b>, algunas con los números de serie borrados, lo que reforzaba la posición de la fiscalía para defender medidas estrictas de control posterior. </p><p>Los hallazgos, junto con el historial de acusaciones por agresión, abuso y manipulación sexual a lo largo de años, forman el trasfondo del caso penal que enfrenta Diddy. </p><h2>Desafíos y consideraciones legales</h2><p>Aunque la sentencia ya fue dictada, aún subsisten elementos por resolver en la ejecución penal y supervisión:</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EQFOEG6OBVG7FEJ2I3PJYJWVS4.JPG?auth=10c7f64a0ae9ad76c768032f2fb011e2a23433563056a07fbf6a40a133484c20&smart=true&width=2499&height=1796" alt="Sean Combs fue sentenciado a 50 meses de prisión federal tras ser hallado culpable de violar la Ley Mann en un tribunal de Nueva York.he 61st Cannes Film Festival May 19, 2008.   REUTERS/Eric Gaillard/File Photo" height="1796" width="2499"/><ul><li>Aún no se ha determinado formalmente la prisión donde Diddy cumplirá la condena, aunque la recomendación de Fort Dix permanece como opción probable. </li><li>Su elegibilidad para programas dentro de prisión como <b>RDAP (Residential Drug Abuse Program)</b> podría permitirle reducir hasta un año de su condena si cumple con los requisitos. </li><li>La Oficina de Prisiones tomará decisiones finales sobre su ubicación, accesos a programas y transición al régimen de libertad supervisada.</li><li>Durante la libertad supervisada, la supervisión recaerá en autoridades federales (probation office), que monitorearán su cumplimiento y podrían revocar la libertad supervisada si incumple condiciones.</li></ul>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/R4T5DGHQSJGUFJPLGCKFUR22YA.jpg?auth=46dedabef43d072e5d0e41fd1e5fe6b4bedc804a8367c33a7f0fdb5c9d25bc94&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Las condiciones impuestas incluyen la participación en un programa aprobado de violencia doméstica tras su liberación. Reuters/File Photo]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Reuters</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Caso Odebrecht: la investigación por coimas en gasoductos seguirá abierta pese a un nuevo pedido de cierre]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/24/caso-odebrecht-la-investigacion-por-coimas-en-gasoductos-seguira-abierta-pese-a-un-nuevo-pedido-de-cierre/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/24/caso-odebrecht-la-investigacion-por-coimas-en-gasoductos-seguira-abierta-pese-a-un-nuevo-pedido-de-cierre/</guid><description></description><pubDate>Wed, 24 Sep 2025 20:26:18 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VYD3RMGXKJBRRP3TOBC7PUKCME.jpg?auth=5d8ac205d7f2ec96d58a3488751ebfb56d1afb51d9f8360d1439c5170a3660cc&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La jueza federal María Eugenia Capuchetti rechazó un nuevo planteo de la defensa de Marcio Faria Da Silva y la causa por los sobornos de Odebrecht en los gasoductos seguirá abierta" height="1080" width="1920"/><p>La justicia federal volvió a rechazar un intento de cerrar la causa que investiga presuntos sobornos pagados por la firma brasilera <b>Odebrecht </b>en los proyectos de ampliación de la <b>red de gasoductos</b> "<b>Transportadora de Gas del Sur</b>" (TGS) y "<b>Transportadora de Gas del Norte</b>" (TGN). La defensa de <b>Marcio Faria Da Silva</b>, ex vicepresidente de la constructora y uno de los directivos que confesó en Brasil el <b>pago de coimas</b>, había pedido la prescripción de la acción penal. La jueza <b>María Eugenia Capuchetti</b> resolvió que los plazos para clausurar el expediente no se encontraban cumplidos y que el expediente debía continuar.</p><p>Los abogados de Da Silva argumentaron que los cargos que afronta su cliente, <b>cohecho activo</b>, tiene una pena máxima de <b>seis años</b> y que los hechos que le atribuyen se ciernen a los años 2004 y 2006. Incluso tomando como referencia transferencias detectadas entre <b>2013 y 2014 </b>por el <b>Departamento de Justicia de Estados Unidos</b>, la defensa alegó que el tiempo transcurrido tornaba prescripta la investigación penal en su contra. Ese planteo fue acompañado por otros acusados y el fiscal del caso opinó en el mismo sentido. Sin embargo, la <b>Unidad de Información Financiera</b> (UIF), querellante en el expediente, se opuso al entender que los plazos para clausurar la pesquisa habían quedado suspendidos porque algunos de los imputados conservaron cargos en la <b>administración pública</b> hasta 2020.</p><p>Capuchetti coincidió con ese criterio. Señaló que <b>Cristian Folgar</b>, ex subsecretario de Energía, siguió trabajando en la Cámara de Diputados, y que <b>Julio De Vido</b> percibió su salario como <b>legislador </b>hasta diciembre de 2019. También recordó que los exrepresentantes de CAMMESA, <b>Luis Beuret</b> y <b>Julio Bragulat</b>, dejaron sus puestos en 2020 y 2017.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/C7MJZMQA5BCNXPS64MNRWA4DNU.jpg?auth=744fedc6ead02608f6dc5e51e98425ecfa0c6adb672c5e5ddb9abe056ed5a964&smart=true&width=1800&height=1212" alt="El expediente por la ampliación de los gasoductos TGS y TGN investiga presuntos pagos ilegales por 25 millones de dólares a exfuncionarios argentinos entre 2007 y 2014 (Foto: Andina)" height="1212" width="1800"/><p>La causa, abierta hace más de 17 años, forma parte de la investigación sobre las <b>presuntas coimas</b> canalizadas a través de la <b>División de Operaciones Estructuradas de Odebrecht</b> entre 2007 y 2014. Según reconoció la propia constructora en Brasil, el monto total de sobornos <b>por los gasoductos</b> ascendió a <b>25 millones de dólares</b>. Además de De Vido y Da Silva, están imputados el ex secretario de Energía <b>Daniel Cameron</b>, <b>Bautista Marcheschi</b>, <b>Folgar</b>, <b>Beuret</b>, <b>Bragulat</b> y el empresario <b>Armando Loson</b>.</p><p>No es el primer intento del exejecutivo brasileño para desvincularse del caso. En 2023, la Corte Suprema declaró inadmisible un recurso extraordinario en el que reclamaba la falta de acción. Antes, el juez <b>Daniel Rafecas</b>, la Cámara Federal y la Cámara de Casación habían rechazado planteos similares. El máximo tribunal confirmó aquellas decisiones por cuestiones formales.</p><p>Las actuaciones de los <b>gasoductos</b> se encuentran divididas en dos tramos. Uno fue elevado a <b>juicio oral</b> en 2019 por el <b>delito de negociaciones incompatibles</b> <b>con la función pública</b>. Allí se acusa a exfuncionarios de haber favorecido de manera irregular a <b>Odebrecht </b>y a <b>CAMMESA</b> en contratos por unos <b>2.300 millones de dólares</b>. El segundo tramo, todavía en instrucción, busca determinar el esquema de sobornos y se apoya en las confesiones de <b>Da Silva</b> y <b>Luiz Antonio Mameri</b>, quienes en Brasil reconocieron <b>pagos ilegales</b> en distintas <b>obras públicas</b> en Argentina.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ADTGBYPRUVGHZBRBATW5DKJUS4.jpg?auth=9552452a939062327e6940f63c6244f5484cc40c468f623b6ffe4e18ca075483&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El exministro de Planificación Federal, Julio de Vido, involucrado en el caso "Odebrecht"(Adrián Escandar)" height="1080" width="1920"/><p>Pero la "<b>trama Odebrecht</b>" en el país no se limita a los gasoductos. Otro frente relevante es el expediente por la adjudicación, en 2007, de dos grandes <b>proyectos de Agua y Saneamientos Argentinos</b> (AySA): la <b>planta potabilizadora</b> Paraná de las Palmas y la<b> planta depuradora</b> de la localidad de Berazategui. En esa causa, ya elevada a juicio, están imputados el ex ministro de Planificación Federal De Vido, su ex mano derecha <b>Roberto Baratta</b>, el ex secretario de Obras Públicas <b>José López</b>, ex ejecutivos de Odebrecht y de la empresa de agua.</p><p>El caso se inserta en el escándalo internacional conocido como “<b>Lava Jato</b>“, en el que Odebrecht admitió haber <b>pagado sobornos</b> en más de una docena de países para asegurarse distintos <b>proyectos de infraestructura</b>. En Brasil, Da Silva obtuvo beneficios procesales por colaborar con la justicia y llegó a declarar en 2017 que había participado en una reunión con el entonces presidente <b>Michel</b> <b>Temer</b>, en la que se discutió un pago ilegal de <b>40 millones de reales</b> vinculado a contratos de Petrobras.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/VYD3RMGXKJBRRP3TOBC7PUKCME.jpg?auth=5d8ac205d7f2ec96d58a3488751ebfb56d1afb51d9f8360d1439c5170a3660cc&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Odebrecht - Lava Jato]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Avanza la implementación del sistema acusatorio en Bahía Blanca tras la postergación por las inundaciones ]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/20/avanza-la-implementacion-del-sistema-acusatorio-en-bahia-blanca-tras-la-postergacion-por-las-inundaciones/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/20/avanza-la-implementacion-del-sistema-acusatorio-en-bahia-blanca-tras-la-postergacion-por-las-inundaciones/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La justicia federal del distrito iniciará el 29 de septiembre la aplicación del nuevo Código Procesal Penal Federal, luego de que el fuerte temporal dañara distintas sedes judiciales y obligara a diferir la puesta su marcha]]></description><pubDate>Sat, 20 Sep 2025 05:25:31 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/625YRVS24NFRXKWWPMBAUMERBU.jpg?auth=b8d824651b2e4d475526769bc717748a527d69e6ce9667364fc58b6fc98ab9ce&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca se prepara para comenzar a aplicar el sistema acusatorio" height="1080" width="1920"/><p>La jurisdicción federal de<b> Bahía Blanca</b> pondrá en marcha el nuevo <b>Código Procesal Penal Federal (CPPF)</b> el <b>29 de septiembre</b>, después de la postergación dispuesta a raíz del<b> </b><a href="https://www.infobae.com/tag/temporal-en-bahia-blanca/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/temporal-en-bahia-blanca/"><b>fuerte temporal</b></a> que inundó la ciudad y afectó las <b>sedes judiciales</b> en marzo de este año. A pocos días de su inicio, se registraron en ese distrito una serie de trabajos de <b>infraestructura</b> y <a href="https://www.infobae.com/tag/tecnologias/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/tecnologias/"><b>tecnología</b></a> para adaptar las sedes a un esquema que propone un nuevo paradigma en la tramitación de las causas.</p><p>La entrada en vigencia del <b>modelo</b> <b>procesal</b> creado por <b>Ley 27.063</b> -dictada en 2014- había sido dispuesta para las áreas de Mar del Plata y Bahía Blanca con fecha inicial el <b>5 de mayo de 2025</b> en virtud de la <b>Resolución 377/2024</b>, firmada en diciembre pasado por el ministro de Justicia <a href="https://www.infobae.com/tag/mariano-cuneo-libarona/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/mariano-cuneo-libarona/"><b>Mariano Cúneo Libarona</b></a>.</p><p>En ese documento, la cartera había señalado que la modificación del Código Procesal Penal Federal (CPPF) suponía “un avance significativo en el <b>enjuiciamiento penal</b>, pues incorpora definitivamente el <b>sistema acusatorio</b>, orientado según los principios de igualdad entre las partes, oralidad, publicidad, contradicción, concentración, inmediación, simplicidad, celeridad y desformalización”. También señaló que “el <b>estancamiento experimentado</b> por la <b>reforma procesal</b> iniciada en el año 2014 compromete seriamente los intereses del Estado Nacional. En lo principal, la vigencia simultánea de <b>dos</b> <b>regímenes procesales</b> y de diversas normas de distintos códigos en el orden federal desencadena problemas normativos y operativos que perjudican el funcionamiento del <b>sistema de justicia</b>”.</p><p>Pero el inicio en el distrito bahiense tuvo que ser postergado tras el <a href="https://www.infobae.com/sociedad/2025/03/07/furioso-temporal-en-bahia-blanca-suspendieron-todas-las-actividades-y-hay-decenas-de-familias-evacuadas/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/2025/03/07/furioso-temporal-en-bahia-blanca-suspendieron-todas-las-actividades-y-hay-decenas-de-familias-evacuadas/"><b>trágico temporal</b></a> ocurrido el 7 de marzo de este año, que dejó un tendal de damnificados con familias evacuadas, víctimas fatales y múltiples daños materiales. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GOOGRBULFJBE7OJEESPAEIKS7Q.jpeg?auth=414fba74b799c08cf4fc11d498b41882de971fdbfc4f2664c8390c9760ba1e49&smart=true&width=720&height=1280" alt="Distintas sedes judiciales de Bahía Blanca sufrieron graves daños por el temporal de marzo, con expedientes perdidos y oficinas inhabilitadas" height="1280" width="720"/><p>Para el caso, los edificios de los <b>Juzgados Federales N°1 y N°2</b>, el <b>Tribunal Oral en lo Criminal Federal</b> y las oficinas del <b>Ministerio Público Fiscal</b> y la <b>Defensa </b>quedaron gravemente perjudicados por los estragos de las lluvias que dejaron a la ciudad bajo el agua. En efecto, las inclemencias afectaron subsuelos y plantas bajas, provocaron la pérdida de <b>expedientes</b>, dañaron tableros eléctricos y dejaron a varias dependencias sin servicios básicos. </p><p>De acuerdo a los registros de la <b>Cámara Federal de Apelaciones</b> local, distintas sedes quedaron inhabilitadas y el personal quedó forzado a trabajar en condiciones de emergencia. La <b>Procuración General</b> informó a su vez que una de sus oficinas estaba inhabitable, mientras que la <b>Defensoría General</b> consignó pérdidas casi totales en dos de sus tres dependencias.</p><p>Frente a esa situación, el Ministerio de Justicia dictó la <b>Resolución 233/2025</b>, también firmada por <b>Cúneo Libarona</b>, donde estableció que “en virtud del <b>crítico escenario actual</b>, este Ministerio solicitó a los organismos intervinientes en la implementación del<b> Código Procesal Penal Federal</b> un informe acerca del estado de las dependencias ubicadas en la ciudad de Bahía Blanca y localidades cercanas, a fin de coordinar acciones y tomar las medidas necesarias para enfrentar la coyuntura de la manera más eficaz posible”. </p><p>Bajo ese marco, en su parte resolutiva dispuso: “Para garantizar una <b>implementación adecuada</b> del nuevo sistema procesal penal, corresponde diferir la entrada en vigencia del Código Procesal Penal Federal en el ámbito de la jurisdicción correspondiente a la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, para las <b>00:00 horas</b> del próximo <b>29 de septiembre </b>de 2025”.</p><p>Con la nueva fecha se llevaron a cabo <b>reparaciones edilicias</b>. Según información de la cartera de Justicia, en la sede de la <b>Cámara Federal de Apelaciones</b> de la calle Mitre se instaló mobiliario, señalética y sistemas de iluminación de emergencia. En el <b>Juzgado Federal N°1</b>, de Alsina 317, se cambió el piso, se colocaron equipos de aire acondicionado y se trasladó la sala de audiencias a la <b>Oficina Judicial</b>. En el <b>Juzgado Federal N°2</b>, de Belgrano 274, se repararon daños por humedad y se sumaron cortinas y mobiliario en las distintas oficinas. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/22WRE45DY5HLNJY6FIYZCMLKJA.jpeg?auth=f6204df3728b403dbc3e1009690d2c4f6a0333bd91137a27bb995feafe413ce4&smart=true&width=899&height=1599" alt="Tras las inundaciones que paralizaron la justicia en marzo, se realizaron obras de reparación para poner en marcha el nuevo sistema acusatorio" height="1599" width="899"/><p>Además, en el <b>Tribunal Oral Federal </b>de la calle Chiclana 402 se renovaron alfombras, luminarias y baños públicos, y se inició la licitación de un equipo central de climatización. En la <b>Oficina Judicial </b>ubicada en la calle Lamadrid se enviaron materiales eléctricos y varias salas fueron equipadas con sistemas audiovisuales por la <b>Dirección General de Tecnología</b>.</p><p>Junto con estas obras, se introdujeron <b>cambios organizativos</b>. Y es que la <b>Oficina Judicial</b> tendrá un rol central en la organización de las <b>audiencias orales</b>, con la coordinación de agendas, la asignación de salas y el control de los debates que se desarrollarán en los tribunales. Asimismo, personal de los <b>juzgados</b> será transferido a las <b>fiscalías</b>, en línea con el <b>modelo acusatorio</b> que otorga al <b>Ministerio Público Fiscal</b> la conducción plena de la investigación penal, mientras que los <b>jueces</b> quedarán a cargo de las funciones de control de las garantías del proceso.</p><p>Las <b>audiencias orales y públicas</b>, núcleo del nuevo <b>paradigma acusatorio</b>, cuya primera prueba se realizó en las provincias de Salta y Jujuy, requieren espacios adecuados, señalización, climatización y tecnología, aspectos que, según indicaron desde el Ministerio de Justicia, fueron incluidos en las <b>obras de readecuación </b>efectuadas con el propósito de dotar de efectividad al CPPF, articulado para propiciar “una política de <b>persecución penal estratégica</b>, dirigida a impactar en los <b>fenómenos criminales</b> que forman parte de la competencia material del fuero federal”, según los términos de la Resolución 377.</p><p>La entrada en vigencia del nuevo Código en Bahía Blanca se inscribe en el <b>cronograma nacional</b> que ya abarcó jurisdicciones como <b>Rosario</b>, <b>Mendoza</b>, <b>General Roca</b>, <b>Comodoro Rivadavia</b> y <b>Mar del Plata</b>, y que prevé su extensión progresiva al resto de los <b>distritos federales</b>. El Ministerio de Justicia postergó la aplicación en los <b>tribunales de Comodoro Py</b> hasta el 11 de noviembre.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/625YRVS24NFRXKWWPMBAUMERBU.jpg?auth=b8d824651b2e4d475526769bc717748a527d69e6ce9667364fc58b6fc98ab9ce&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca se prepara para comenzar a aplicar el sistema acusatorio]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Un juez condenó al Ejército a indemnizar a la viuda y los hijos de un oficial fallecido en un torneo de equitación]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/17/un-juez-condeno-al-ejercito-a-indemnizar-a-la-viuda-y-los-hijos-de-un-oficial-fallecido-en-un-torneo-de-equitacion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/09/17/un-juez-condeno-al-ejercito-a-indemnizar-a-la-viuda-y-los-hijos-de-un-oficial-fallecido-en-un-torneo-de-equitacion/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La sentencia estableció que la muerte del militar, de 34 años, fue un accidente durante un acto de servicio. El fallo rechazó la demanda contra la Federación Ecuestre Argentina y el Club Hípico Militar San Jorge]]></description><pubDate>Wed, 17 Sep 2025 16:20:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LY6WWRTMVRFWHCYRO2D2DORCJM.jpg?auth=ac17f4b23e260e79ae9bbde582f5b3496b916c32946e91bbafbca03a1484eed4&smart=true&width=1456&height=816" alt="El juez Gonzalo Auguste responsabilizó civilmente al Ejército Argentino por la muerte del oficial durante una competencia ecuestre (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>El juez <b>Gonzalo Auguste</b> condenó este martes al <a href="https://www.infobae.com/tag/ejercito-argentino/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/ejercito-argentino/"><b>Ejército Argentino</b></a> a indemnizar a la viuda y a los dos hijos de <a href="https://www.infobae.com/tag/militar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/militar/"><b>un oficial</b></a><b> </b>que murió durante una <b>competencia de equitación</b> con obstáculos, cuando el caballo que montaba tropezó y<b> cayó sobre él</b>. </p><p>La sentencia del titular del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 10 porteño fijó una reparación de <b>16 millones de pesos</b> para cada uno de los menores y 11 millones para su cónyuge.</p><p>La causa se inició en septiembre de 2018, cuando la abogada <b>Patricia Levaggi</b>, en representación de la mujer, <b>N.R., </b>y de sus hijos <b>J.Z.</b> y <b>F.Z.</b>, promovió una demanda por <a href="https://www.infobae.com/tag/danos-y-perjuicios/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/danos-y-perjuicios/"><b>daños y perjuicios</b></a> contra la <b>Federación Ecuestre Argentina </b>(FEA), el <b>Club Hípico Militar San Jorge</b> (CHMSJ) y la <b>Escuela Militar de Equitación</b> del Ejército. </p><p>En la presentación solicitó que las tres partes fueran condenadas de manera solidaria “al pago de los <b>resarcimientos </b>que les correspondían, con más los intereses a la tasa activa del <b>Banco de la Nación </b>Argentina (...)”.</p><p>La demandante señaló que <b>estaba casada</b> en primeras nupcias con<b> S.M.Z.</b>, un oficial de Caballería con el cargo de <b>Teniente Primero</b>, “del cual enviudó el 1° de octubre de 2016″ y con quien tuvo una hija y un hijo. El militar estaba destinado desde 2015 a la <a href="https://www.infobae.com/tag/escuela-militar/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/escuela-militar/"><b>Escuela Militar de Equitación</b></a> como parte del equipo que representaba a la fuerza.</p><p>Según explicó, en octubre de 2016 se celebraron en esa sede los Campeonatos Nacionales de<b> </b><a href="https://www.infobae.com/tag/deportes-ecuestres/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/deportes-ecuestres/"><b>Concurso Completo de Equitación</b></a>. S.M.Z. fue designado para competir en la prueba de <b>cross country</b> del 1° de octubre. Ese día, “siendo las 11.30 hs, -el oficial- participaba del concurso montando a R.P, <b>caballo de propiedad del Ejército Argentino</b>. Al llegar <b>al obstáculo</b> identificado como <b>18A</b>, <b>el caballo tropezó y derribó la valla, lo que ocasionó que </b>-el jinete- y el animal cayera sobre él, produciéndole la muerte”.</p><p>La mujer reseñó en su escrito que en ese torneo se encontraban como espectadores distintos familiares del damnificado, como su hija de cinco años, sus padres y su hermano, lo que había provocado una “<b>fuerte sensación de injusticia y angustia</b>”. Además, expresó que “del simple y objetivo relato de los hechos, se desprendía la <b>exclusiva responsabilidad</b> de los demandados en la <b>producción del evento</b> que motivaba este juicio y de los consecuentes daños sufridos por el fallecido”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/HK64S3A6VJGUVFDJEY5FHGDIDU.jpg?auth=0ebab0fd984be34132e46b27d1f3adf52c7e9e204c0e7ebac709b57a28256e86&smart=true&width=1920&height=1079" alt="La viuda y los hijos del teniente primero recibirán una indemnización por el accidente ocurrido en 2016 como "acto de servicio" dentro de la fuerza" height="1079" width="1920"/><p>En relación al Ejército, la parte actora le imputó responsabilidad “en su calidad de propietario <b>del caballo causante del infortunio</b>”. Respecto de la <b>FEA </b>y del <b>CHMSJ</b>, alegó que debían responder como “los organizadores del <b>espectáculo hípico</b> donde ocurrió el <b>trágico desenlace</b>”.</p><p>En la <b>etapa preliminar</b> del trámite civil se discutieron aspectos procesales. El CHMSJ objetó la capacidad para iniciar acciones por parte de la viuda y sus hijos, algo que el juez rechazó. El <b>Ejército</b>, por su parte, invocó <b>la prescripción</b> en los términos del artículo 2562 del Código Civil y Comercial, también descartado en la sentencia definitiva.</p><p>Luego se abrió la causa a prueba, donde se incorporaron diversos documentos oficiales de la fuerza, informes periciales y testimoniales. Una pericia técnica, solicitada para el caso por el CHMSJ, concluyó que era “<b>imposible determinar las causas del accidente</b>, <b>ya que hay muchas variantes, que solo recaerían en suposiciones</b>”. Esa conclusión, en efecto, reforzó la imposibilidad de imputar “culpa directa” al jinete.</p><p>En ese contexto, la Federación Ecuestre Argentina negó ser <b>organizadora del torneo</b>. Explicó que su rol era únicamente de fiscalización y no de organización. También afirmó que “no era organizadora de las <b>competencias ecuestres</b>, sino que se limitaba a sancionar los reglamentos a los cuales debían ajustarse”. A su vez, atribuyó el accidente a <b>una decisión de S.M.Z.</b> de continuar la competencia. </p><p>De acuerdo a su versión de los hechos, el militar “realizó sin inconveniente la <b>prueba de adiestramiento</b> del primer día. El segundo día, durante la competencia de <b>cross con obstáculos fijos</b>, el caballo se desempeñó con eficiencia durante los primeros <b>17 saltos</b>, <b>para luego rehusarse a saltar el obstáculo número 18</b>, <b>lo que daba cuenta de su cansancio al jinete</b>. El obstáculo 18 que el caballo se negó a saltar era justamente el obstáculo anterior al del accidente".</p><p>También ponderó que “para un <b>experto jinete</b> como lo era S.M.Z., debió ser más que suficiente este claro mensaje para <b>retirarse de la competencia</b>, pero adoptó la decisión contraria: <b>le exigió a su caballo que saltara el obstáculo que ya había rehusado</b> y, además, lo obligó a saltar el próximo”. Esa decisión, según postuló, había sido el desencadenante del accidente.</p><p>El Ejército también negó responsabilidad. Reconoció el deceso y la condición militar del fallecido, pero aseveró que el desenlace ocurrió “por un <b>comando a destiempo</b> impartido por el jinete, lo cual motivó un <b>salto deficiente</b> que no logró sortear el obstáculo”. Afirmó, por lo demás, que la equitación era “una <b>actividad de alto riesgo</b>, que el actor no desconocía al momento de suscribir su <b>compromiso de servicios</b>, al que adhirió voluntariamente”. Allí invocó la <b>Ley 19.101 de personal militar</b>, que establece compensaciones específicas y sus vías para tramitarlas.</p><p>El CHMSJ, en tanto, sostuvo que “la prueba hípica en cuestión no se desarrolló <b>en las instalaciones ni en la sede del Club</b>, que como ya había dicho tampoco la organizó”. Destacó que la vinculación del oficial con el club “no alcanzaba” para endilgarle responsabilidad por <b>daños civiles</b>. Recordó además que el <b>teniente primero</b> estaba federado y contaba con un seguro que fue ejecutado tras su fallecimiento.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/O66QLL3YC5CVHDA5COAOTIQVIA.jpg?auth=933b6a5426c565ad273c2614a592a0b8d1fc165083898275cf300dc6921e2b64&smart=true&width=1456&height=816" alt="El fallo rechazó la demanda contra la Federación Ecuestre Argentina y el Club Hípico Militar San Jorge (Imagen Ilustrativa Infobae)" height="816" width="1456"/><p>Llegadas las actuaciones a la etapa resolutoria, el juez <b>Gonzalo Auguste</b> estableció que estaba fuera de controversia el fallecimiento de S.M.Z. durante la prueba hípica. Subrayó que el propio Ejército, mediante resolución de su <b>Estado Mayor</b>, había reconocido que el siniestro y el deceso “guardan relación con los <b>actos del servicio</b>”.</p><p>Bajo esos términos, el magistrado destacó que esa resolución “importó el reconocimiento de que el accidente se produjo en el <b>ámbito natural de desempeño del actor</b>, sin que mediara de su parte grave negligencia o imprudencia”. Luego estudió la <b>pericia técnica </b>incorporada al expediente, que sostuvo: “desde lo escrito en autos es totalmente imposible que se pueda determinar si hubo un <b>arribo comprometido al obstáculo y consecuente culpa del jinete</b>” y que era “imposible<b> determinar las causas del accidente</b>, ya que hay muchas variantes, que solo recaerían en suposiciones”.</p><p>Frente a ello, el juez concluyó que “los intentos de los demandados de<b> hacer caer sobre la víctima la culpa en el evento dañoso </b>para desplazar la responsabilidad que la accionante les endilgaba<b> ha sido infructuosa</b>, por su propia conducta”.</p><p>El Ejército alegó que correspondía aplicar la <b>Ley 19.101 </b>sobre el <b>personal militar</b>, cuya regulación excluye la posibilidad de una <b>indemnización</b> por el “derecho común” civil. Sin embargo, el titular del Juzgado 10 porteño desestimó esa postura, ya que entendió que la muerte de S.M.Z. se produjo en un contexto “<b>claramente accidental</b>” y no en “<b>acciones bélicas</b>” ni “<b>enfrentamientos armados</b>”.</p><p>Como antecedente, citó la <b>jurisprudencia de la Corte Suprema</b> en la causa “García José Manuel c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa – Ejército Argentino” (2011), que reconoció la <b>procedencia del derecho común </b>para reclamar indemnizaciones en supuestos de <b>accidentes en actos de servicio</b>. También recordó otros precedentes en los que el Máximo Tribunal admitió <b>reclamos de integrantes</b> <b>de las fuerzas armadas</b> o de seguridad en contextos similares.</p><p>Así las cosas, en relación a la FEA y al CHMSJ, el juez consideró que no se había probado su carácter de realizadores del campeonato ecuestre. La actora había acompañado<b> un folleto de difusión</b> del torneo donde se mencionaba a <b>ambas instituciones</b> junto con la Escuela Militar de Equitación, pero el documento fue desconocido por las demandadas y no se incorporó otra prueba que lo confirmara.</p><p>“Esta circunstancia, sella la suerte de esta demanda contra la Federación Ecuestre y el CHMSJ, ya que no se ha probado en autos el <b>carácter de organizadores del evento</b>”, dijo Auguste en un fallo de 31 páginas al que tuvo acceso <b>Infobae</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EGHTQ7OBIJAWTIY6VH24UACVKI.JPG?auth=4b53b666d61c3ce4756e9a90b0aab95eb75e56375d46a03890803afcab1a19bc&smart=true&width=1920&height=1280" alt="Para fijar la indemnización, el fallo ponderó la trayectoria del teniente primero fallecido, con 16 años como oficial, más los años dentro del Colegio Militar" height="1280" width="1920"/><p>Pero el juez dio curso a la <b>responsabilidad por daños y perjuicios</b> del Ejército, tras concluir que el fallecimiento de S.M.Z. se produjo como un <b>accidente </b>ocurrido durante un <b>acto de servicio </b>de la fuerza. </p><p>Al momento de analizar los <b>rubros indemnizatorios</b>, el magistrado de primera instancia destacó la edad del oficial y su destacada trayectoria dentro de la fuerza. <b>S.M.Z</b>. tenía 34 años al momento de su muerte y, según expresó Auguste, era un <b>oficial de caballería</b> con 16 años de carrera -más los del<b> Colegio Militar de la Nación</b>- “con muy buenos antecedentes y reconocimiento, que venía de una<b> tradición familiar dentro del Ejército Argentino</b> –abuelo, padre y hermano militares y todos oficiales de caballería– lo que da cuenta de las altas probabilidades de <b>su crecimiento y ascenso</b> dentro de la fuerza”.</p><p>De ese modo, en concepto de <b>daño patrimonial</b>, el juez fijó “la suma de <b>$7.000.000</b> para cada uno de los hijos y <b>$5.000.000</b> para su cónyuge”.</p><p>Respecto al <b>daño moral</b>, consideró especialmente la situación de los menores, “privados en forma prematura, como consecuencia del fallecimiento de su padre, <b>de su asistencia espiritual y material a una edad (…) en la que ese sostén asume particular significación</b>”. Por ese concepto, el juez dispuso “la suma de <b>$9.000.000</b> para cada uno de los hijos y <b>$6.000.000</b> para su cónyuge”.</p><p>La liquidación final estableció una compensación de 16 millones de pesos para cada hijo y de 11 millones para su viuda, más el pago de intereses según la <b>tasa activa del Banco Nación</b>. Las costas del proceso fueron impuestas al Ejército como demandado vencido, mientras que respecto de la FEA y del CHMSJ se dispusieron “por su orden”.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LY6WWRTMVRFWHCYRO2D2DORCJM.jpg?auth=ac17f4b23e260e79ae9bbde582f5b3496b916c32946e91bbafbca03a1484eed4&amp;smart=true&amp;width=1456&amp;height=816" type="image/jpeg" height="816" width="1456"><media:description type="plain"><![CDATA[Un caballo Hannoveriano compite en los Juegos Olímpicos mostrando fuerza, elegancia y disciplina en la prueba ecuestre con su jinete. - (Imagen Ilustrativa Infobae)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Un nuevo análisis sobre el Código Penal de la Nación involucró a más de 90 especialistas]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/2025/08/13/un-nuevo-analisis-sobre-el-codigo-penal-de-la-nacion-involucro-a-mas-de-90-especialistas/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/2025/08/13/un-nuevo-analisis-sobre-el-codigo-penal-de-la-nacion-involucro-a-mas-de-90-especialistas/</guid><description><![CDATA[Ayer, en el Salón Azul de la Facultad de Derecho de la UBA, se presentó una obra de casi 4000 páginas que profundiza el aspecto doctrinal y jurisprudencial de la obra canónica del derecho penal argentino]]></description><pubDate>Wed, 13 Aug 2025 12:47:13 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/34YCDGOZ7JAEHOADU7N7HSS7KA.jpg?auth=38507e367cdcec797a90424cb5035a643cb773f0d520dd5894582a8a1c3e5b02&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La jueza Marcela De Langhe, directora de la obra, afirmó que esta obra "representa un compromiso personal pero sobre todo colectivo con la reflexión jurídica"" height="1080" width="1920"/><p>Un esfuerzo colectivo, sin precedentes, es el resultado del libro <i>Código Penal de la Nación Argentina. Análisis doctrinal y jurisprudencial, </i>en donde más de <b>90 autores</b> de distintas universidades y jurisdicciones del país aportaron sus <b>concepciones teóricas y estilos de escritura</b>, acerca de la obra madre del derecho penal local.</p><p>La obra, dirigida por la jueza del Tribunal Superior de Justicia porteño, <b>Marcela De Langhe</b>, y editada bajo el sello de la <b>Librería-Editorial Hammurabi</b> representa un “mosaico de perspectivas, lejos de ser un obstáculo, enriquece el análisis y permite al lector acceder a una pluralidad de miradas sobre el <b>Derecho Penal argentino</b>”, afirmó <b>Marcelo Lerman</b>, coordinador del nuevo trabajo, durante la presentación realizada en el <b>Salón Azul de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires</b>. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/7O7MZTHDB5BELCFP2GV2W5B3XU.jpg?auth=1e8f9c073c5580cfee01ad2a8391c8ae3688efb53102a0f3d99065858f90c76b&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Javier De Luca, Mary Beloff, Eugenio Sarrabayrouse, Omar Palermo, Marcela De Langhe, Maximiliano Rusconi y Marcelo Lerman" height="1080" width="1920"/><p>El evento, que reunió a figuras centrales del ámbito judicial y académico, marcó la aparición de una obra que busca convertirse en<b> referencia tanto para la práctica judicial como para la enseñanza del derecho en el país</b>.</p><p>Esta obra, compuesta por <b>cinco tomos y cerca de cuatro mil páginas</b>, representa el fruto de la colaboración de más de <b>80 juristas, magistrados, funcionarios judiciales y académicos</b> de distintas jurisdicciones, con el objetivo de ofrecer una visión federal y actualizada del Código Penal.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TYV43SQUH5BGJIEXXKON3HTLYY.jpg?auth=f61d6834ebe59697918c483226a0e450ee8ab010937949a0194a434d0eb6cd77&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La presentación se realizó en el Salón Azul de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires

" height="1080" width="1920"/><p>Durante la presentación, <b>Marcela De Langhe</b> subrayó el carácter colectivo y federal del proyecto, al señalar que el texto “<b>representa un compromiso personal pero sobre todo colectivo con la reflexión jurídica”</b>. La jueza enfatizó que la obra surgió de un trabajo conjunto entre integrantes del Poder Judicial, docentes y académicos de todo el país, lo que configura “un verdadero <b>mosaico federal de ideas, experiencias y miradas sobre nuestro Derecho Penal</b>”. </p><p>De Langhe también destacó el desafío que implica analizar el Código Penal desde una perspectiva que contemple tanto el <b>presente como el futuro de la disciplina, en un contexto de constante transformación y cuestionamiento social y político</b>. Según sus palabras, “el objetivo de la obra parece simple pero en verdad es tremendamente desafiante: estoy segura atraviesa el corazón de la legitimidad del sistema punitivo”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/27XI6DJXNBFWDDXQDAHC772WYQ.jpg?auth=313d4ab239afde89224eb827ce559f7aafbfcc78d56b164af5a3a9f33eac7258&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Marcela Millan, Santiago Otamendi, Marcela De Langhe, Carolina Stanley y Juan Bautista Mahiques" height="1080" width="1920"/><p>El volumen cuenta con un prólogo a cargo de <b>Jesús María Silva Sánchez</b>, catedrático de Derecho Penal de la Universitat Pompeu Fabra de Barcelona, lo que refuerza su proyección internacional y su aspiración a dialogar con las tendencias más actuales del derecho penal comparado. </p><p>La edición también incluyó la presentación de la nueva versión actualizada del <i>Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Análisis doctrinal y jurisprudencial</i>, igualmente dirigida por De Langhe, lo que evidencia la voluntad de ofrecer herramientas integrales para la interpretación y aplicación de la normativa penal en los distintos niveles jurisdiccionales.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/22FX7A7DPBFULHLPA2GX4LAU3Q.jpg?auth=e5a6283c8b8ae5abb3eede862c2ec4c35aac0655592451f7e9d4d17177e8a894&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El trabajo representa el fruto de la colaboración de más de 80 juristas, magistrados, funcionarios judiciales y académicos de distintas jurisdicciones" height="1080" width="1920"/><p>El acto de lanzamiento contó con la apertura del decano de la Facultad de Derecho, <b>Leandro Vergara</b>, y la intervención de los autores principales. Posteriormente, un panel académico integrado por los profesores titulares del Departamento de Derecho Penal y Criminología de la UBA, <b>Mary Beloff</b>, <b>Javier De Luca</b>, <b>Maximiliano Rusconi</b> y <b>Eugenio Sarrabayrouse</b>, junto al ministro de la Corte Suprema de Justicia de Mendoza, <b>Omar Palermo</b>.</p><p>La convocatoria reunió a autoridades judiciales de la <b>Justicia Federal</b> y de otras jurisdicciones, entre quienes se encontraban el juez de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, <b>Rodolfo Pociello Argerich</b>, el juez federal en lo Criminal y Correccional, <b>Julián Ercolini</b>, el juez de la Cámara Federal de Casación Penal, <b>Mariano Borinsky</b>, el fiscal general <b>Juan Bautista Mahiques</b>, el consejero del Consejo de la Magistratura de la Nación, <b>Alberto Maques</b>, el vicepresidente de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, <b>Sergio Torres</b>, y la ex ministra de Justicia y Derechos Humanos, <b>Marcela Losardo</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2JCHJTOJRNCATE23UAGK3XSMAE.jpg?auth=462549b79aea59676961fd0bd16d02474aa030bc46306c7b32b8731c97101a9a&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Ricardo Gil Lavedra, Marcela Millan, Mariano LLorens, Marcela De Langhe, Martin Ocampo y Carolina Stanley" height="1080" width="1920"/><p>También participaron representantes de los distintos poderes de la <b>Ciudad Autónoma de Buenos Aires</b>, como la presidenta del Consejo de la Magistratura porteño, <b>Karina Leguizamón</b>, los consejeros <b>Martín Converset</b> y <b>Lorena Clienti</b>, los jueces del Tribunal Superior de Justicia de la CABA, <b>Santiago Otamendi</b> y <b>Luis Lozano</b>, la Asesora General Tutelar, <b>Carolina Stanley</b>, la defensora general, <b>Marcela Millán</b>, el Procurador General, <b>Martín Ocampo</b> y el ministro de Seguridad, <b>Horacio Giménez</b>.</p><p>También el presidente de la Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas, <b>Jorge Franza</b>, el vicepresidente primero de la Cámara en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas, <b>Gonzalo Viña</b>, la vicepresidenta segunda de la Cámara en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas, <b>Carla Cavaliere</b>, la vicepresidenta de la Sala I de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas, <b>Elizabeth Marum</b>, el presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, <b>Ricardo Gil Lavedra</b>, y las legisladoras porteñas, <b>Aldana Crucitta</b> e <b>Inés Parry</b>.</p><p>El coordinador <b>Marcelo Lerman</b> valoró especialmente la diversidad de enfoques y estilos presentes en la obra, al señalar que “es positivo el resultado obtenido porque es una obra que le <b>permite ver al lector diferentes puntos de vista que eso es una cualidad sumamente enriquecedora</b>”.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/2JCHJTOJRNCATE23UAGK3XSMAE.jpg?auth=462549b79aea59676961fd0bd16d02474aa030bc46306c7b32b8731c97101a9a&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Juicio por jurados: la Justicia Federal puede saldar la deuda]]></title><link>https://www.infobae.com/opinion/2025/08/12/juicio-por-jurados-la-justicia-federal-puede-saldar-la-deuda/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/opinion/2025/08/12/juicio-por-jurados-la-justicia-federal-puede-saldar-la-deuda/</guid><dc:creator><![CDATA[Juan Nogueira]]></dc:creator><description><![CDATA[Reflexiones a partir del proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional en tiempos de implementación del modelo acusatorio]]></description><pubDate>Tue, 12 Aug 2025 08:20:42 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4W4Z2WELHJC3TNKKW4X2PRLOGI.jpg?auth=35e3169db23b45440520a384072266b99e998d25d690b13b73741e97b1febf97&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El modelo propuesto incluye doce ciudadanos, veredicto unánime y paridad de género. (Foto: Jovani Pérez Silva/Infobae México)" height="1080" width="1920"/><p>El juicio por jurados comienza a perfilarse como una realidad para la justicia federal argentina a más de 170 años de su consagración en la <b>Constitución Nacional</b>. Mientras numerosas provincias han avanzado con decisión en la implementación del juicio por jurados —con resultados ampliamente valorados según distintos informes y estudios—, la <b>Justicia Federal</b> sigue en deuda con un instituto previsto de forma expresa en la Constitución histórica de 1853. Durante años se sostuvo que el juicio por jurados había perdido vigencia, en lo que se conoce como la doctrina de la desuetudo. Sin embargo, tanto la reforma constitucional de 1994 como la sanción de la ley 27.063, que impulsó el modelo acusatorio al proceso penal federal en 2017, evidencian lo contrario: el jurado popular no solo no ha sido derogado, sino que hoy se muestra más vigente que nunca.En esta línea, la presentación de un proyecto de ley por parte del <b>Poder Ejecutivo Nacional</b> a fines de 2023 —primero como parte de la denominada “ley ómnibus” y luego como una iniciativa autónoma—, y su tratamiento legislativo durante 2024, marcan una oportunidad concreta para saldar esta deuda histórica.</p><h2>La propuesta: ejes principales</h2><p>La iniciativa propone un modelo clásico: doce ciudadanos seleccionados con paridad de sexos, deliberación secreta, veredicto unánime y juicio adversarial puro. También se establecen la obligatoriedad del jurado para todos los delitos con pena máxima superior a los cinco (5) años de prisión y reglas claras de selección (voir dire), de control probatorio y de litigación oral. El veredicto será unánime y declarará al acusado “no culpable”, “no culpable por razón de inimputabilidad” o “culpable”, sin ningún tipo de aclaración o aditamento. Se prevé la posibilidad de jurado estancado ―situación que se produce cuando sus miembros no se ponen de acuerdo y no alcanzan el consenso requerido por la ley―, con un solo nuevo juicio adicional luego de ello. Si el segundo jurado también se declarase estancado, el juez absolverá al acusado.También se destaca que el veredicto absolutorio será irrecurrible salvo prueba de coacción o corrupción —convalidando así la doctrina interamericana del fallo <b>VRP vs. Nicaragua (Corte IDH, 2018)</b>— y se admite la revisión de veredictos de culpabilidad si se verifica arbitrariedad manifiesta.Las instrucciones ocupan un lugar central para la comunicación del juez con el jurado, tanto al inicio del juicio como al final. Además, establece un andamiaje logístico que pretende solidez: incluye la creación de una <b>Oficina Central de Jurados</b> bajo la órbita de la <b>Corte Suprema</b>, que gestionará los padrones, capacitará a operadores judiciales y garantizará transparencia en el sorteo de jurados.</p><h2>Una transformación institucional profunda</h2><p>La incorporación del juicio por jurados al ámbito federal no es un simple ajuste procesal: representa un cambio de paradigma en la administración de justicia. <b>Supone desplazar el histórico monopolio del castigo que ha detentado la magistratura para habilitar una justicia más horizontal, deliberativa y participativa.</b>Tal como razonó la <b>Corte Suprema de Justicia de la Nación</b> en el fallo Canales (2019), el jurado popular encarna la conjunción entre el saber técnico y el sentido común de la ciudadanía, combinación que enriquece la toma de decisiones en el proceso penal.En ese mismo pronunciamiento, con cita de <b>Carlos Nino</b>, el tribunal destacó que ese proceso de discusión conjunta tiene un “valor epistemológico” en la construcción de consensos, cuyo impacto se extiende más allá del juicio y derrama beneficios sobre toda la comunidad, al fomentar el ejercicio activo de la ciudadanía.En suma, el juicio por jurados reafirma una premisa clave para cualquier sistema republicano: el valor epistemológico de la democracia como base para construir justicia.</p><h2>¿Por qué fracasaron los proyectos anteriores?</h2><p>La historia argentina está plagada de intentos frustrados que una y otra vez han caído en el vacío desde 1853. El modelo de jurados fue concebido, pero nunca concretado. ¿Por qué?Una de las razones fue la interpretación dominante de la cláusula constitucional como “programática”, es decir, no exigible en lo inmediato pero sí concebida como un proyecto a futuro. Así lo sostuvo nuestra <b>Corte Nacional</b> en el precedente Casal (2005) para establecer que el modelo a seguir fue desde siempre el acusatorio con participación popular. Pero lo cierto es que persistentemente se lo menospreció por resultar incómodo a las elites culturales y académicas. Así, a lo largo de las décadas, puede observarse una fuerte resistencia desde el poder judicial y académico, que privilegió una justicia cerrada, profesionalizada al extremo y desconectada del resto de la sociedad.Otra causa se asienta en el temor corporativo del poder político y judicial a ceder el monopolio del castigo. El juicio por jurados supone devolver la autoridad punitiva a la ciudadanía, lo que implica confiar en la capacidad de deliberación, de juzgamiento y decisión de la gente común. Algo que, para muchos, fue —y sigue siendo— muy incómodo.Este cambio se suma al que ya produce la implementación del modelo acusatorio, que redefine el rol del juez, limitándolo al control de las garantías constitucionales y apartándolo del impulso procesal y probatorio, que queda en manos del <b>Ministerio Público Fiscal</b>. Así, el juicio por jurados aparece como un nuevo paso en la redistribución del poder en el proceso penal.</p><h2>La legitimidad de una decisión ciudadana</h2><p>El secretario de Justicia de la Nación, <b>Sebastián Amerio</b>, lo expresó con claridad durante su exposición en el debate parlamentario: <b>“El veredicto por jurado goza de una legitimidad incuestionable”</b>. Y agregó: “No hay tribunal más independiente que el jurado, porque no tiene ambición propia. Es el único capaz de absorber las presiones sociales que afectan hoy a la Justicia”.Además, destacó y advirtió: <b>“Haber ignorado ese mandato durante 170 años nos convirtió en un país con una profunda fragilidad institucional y con un alto grado de descreimiento hacia la Justicia”</b>.En este sentido, esta reforma, además de devolverle centralidad al ciudadano, contribuye a la transparencia, a la celeridad de los juicios y al control del poder judicial por parte de la misma sociedad, que se hace responsable de una función que, por su propia naturaleza, le corresponde ejercer.</p><p>Antecedentes inmediatos El juicio por jurados fue tratado años atrás por el <b>Consejo Consultivo</b> creado por el DNU 635/2020, cuyo dictamen de mayoría propuso una ley de implementación progresiva, basada en tres pilares: obligatoriedad del modelo, veredicto por unanimidad y competencia según la gravedad del delito (penas de 12 años o más). En la misma línea, en marzo de 2021 la senadora <b>Anabel Fernández Sagasti</b> presentó un proyecto que sostiene el carácter obligatorio y la unanimidad, aunque eleva el umbral de aplicación a delitos con penas mayores a 15 años e incluye siempre la trata de personas.</p><h2>Hacia una justicia más democrática</h2><p>La experiencia de las provincias demuestra que el juicio por jurados no solo es viable sino deseable, porque mejora la deliberación, devuelve la confianza en el proceso y recupera su sentido original: ser un espacio público donde el conflicto se resuelve con reglas claras y participación activa de la sociedad.<b>En un escenario donde la desconfianza social hacia el sistema judicial es creciente, el juicio por jurados representa una herramienta poderosa para acercar la Justicia a la ciudadanía.</b> Incorporar a los ciudadanos al proceso penal no solo fortalece la legitimidad del sistema, sino que también renueva el pacto democrático desde su base: la participación activa del pueblo en las decisiones fundamentales.El juicio por jurados es, en definitiva, una garantía constitucional, un derecho colectivo y una herramienta democrática. Su incorporación en la justicia federal no traduce solo un avance técnico, sino un acto de reparación histórica. Es tiempo de confiar en la ciudadanía.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/4W4Z2WELHJC3TNKKW4X2PRLOGI.jpg?auth=35e3169db23b45440520a384072266b99e998d25d690b13b73741e97b1febf97&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La cuarentena ha demostrado que es necesario el paso a la justicia digital para complementar la presencial. (Foto: Jovani Pérez Silva/Infobae México)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Chubut: se entregó el mapuche Cruz Cárdenas, prófugo por usurpación y daños en el Parque Nacional Los Alerces]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/2025/07/29/chubut-se-entrego-el-mapuche-cruz-cardenas-profugo-por-usurpacion-y-danos-en-el-parque-nacional-los-alerces/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/2025/07/29/chubut-se-entrego-el-mapuche-cruz-cardenas-profugo-por-usurpacion-y-danos-en-el-parque-nacional-los-alerces/</guid><dc:creator><![CDATA[Francisco Poppe]]></dc:creator><description><![CDATA[El exbrigadista y líder de la comunidad lof Paillako, que era buscado por la justicia federal por graves delitos, se presentó en una dependencia policial. Podría ser alojado en la unidad 14, en el acceso a la ciudad de Esquel]]></description><pubDate>Tue, 29 Jul 2025 17:54:05 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.infobae.com/tag/cruz-cardenas/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/tag/cruz-cardenas/"><b>Cruz Ernesto Cárdenas</b></a>, ex combatiente de incendios forestales y autoproclamado líder de la comunidad mapuche <a href="https://www.infobae.com/tag/lof-paillako/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/tag/lof-paillako/"><b>lof Paillako</b></a>, se entregó finalmente a la policía en <b>Chubut</b> tras permanecer prófugo desde febrero.</p><p>La detención de Cárdenas pone fin a una búsqueda que se extendió durante meses y que involucró a la <b>Justicia Federal</b>, la <b>Casa Rosada</b> y el gobierno provincial. Como la orden de captura había perdido vigencia este lunes,<b> él se presentó voluntariamente en una dependencia policial</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/PEGL6QPHHREP7LAODEFGTJWWSI.jpg?auth=6fad3ea59b4e6fd83d901c810705fd136da4ad8236483d03a03c06920cd9e2c4&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El momento en que el acusado se entregó " height="1080" width="1920"/><p>La investigación judicial contempla la posibilidad de que Cárdenas sea alojado en la unidad 14, en el acceso a la ciudad de <b>Esquel</b>, donde reside su pareja y sus hijos, aunque no se descarta su traslado a la unidad 6 de <b>Comodoro Rivadavia</b>. </p><p>En esta última, podría coincidir con <a href="https://www.infobae.com/tag/facundo-jones-huala/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/tag/facundo-jones-huala/"><b>Facundo Jones Huala</b></a>, líder de la <b>RAM</b>, quien cumple prisión preventiva por apología del crimen, asociación ilícita e intimidación pública.</p><h2>Por qué era buscado</h2><p>El ex brigadista, que forjó vínculos con <b>María Belén Salinas </b>-cuya familia reside dentro del <b>Parque Nacional Los Alerces</b>-, está imputado por <b>usurpación en concurso ideal, daño agravado y atentado a la autoridad</b>. Además, enfrenta acusaciones por su presunta responsabilidad en los<b> incendios forestales </b>que devastaron miles de hectáreas en la provincia patagónica, según el medio.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NU6CIHAMQ5F3BIUL7KOS7KCB2E.jpg?auth=9479ad39b0959e19c980117d4b0a539282983e822a50150f14a451dcdbe41e21&smart=true&width=1920&height=864" alt="Patricia Bullrich al momento de recorrer los terrenos liberados en el Parque Nacional Los Alerces tras cinco años de usurpación mapuche" height="864" width="1920"/><p>El conflicto se remonta a la pandemia, cuando <b>Cárdenas</b> y la lof Paillako ocuparon tierras estatales dentro del parque. El 9 de enero de 2025, un operativo encabezado por la ministra de Seguridad, <b>Patricia Bullrich</b>, desalojó a la agrupación. </p><p>“Cruz Cárdenas, se te acabó la joda. En un mes te sacamos del Parque Nacional Los Alerces”, le había advertido <b>Cristian Larsen</b>, el por entonces presidente de <b>Parques Nacionales</b>, en un mensaje público dirigido al actual detenido. La frase, lanzada poco antes del operativo de desalojo, marcó el tono de un conflicto que escaló desde la ocupación de tierras fiscales hasta la acusación de delitos graves.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/FE5T2W67YBAJTPGLZKUBPBRZRM.jpeg?auth=7707265c25f7bb71c728e594a99bfaa1de4f2ef84d7252c705ac04ff17651fae&smart=true&width=1200&height=654" alt="Cruz Ernesto Cárdenas, quien se encontraba prófugo y había sido declarado en rebeldía por las autoridades del Chubut" height="654" width="1200"/><p>Pero tras las operaciones, la situación de Cárdenas se complicó: <b>debía presentarse periódicamente ante un escuadrón de Gendarmería Nacional, pero incumplió la orden</b>. Cuando la <b>Policía Federal</b> acudió al domicilio que había declarado junto a <b>Salinas</b>, ella afirmó desconocer su paradero y expresó: <b>“No regresó ni siquiera a ver a sus hijos”</b>.</p><h2>Prófugo en rebeldía</h2><p>La Justicia Federal, a cargo del magistrado <b>Enrique Baronetto</b>, <b>lo </b><a href="https://www.infobae.com/politica/2025/02/28/declararon-en-rebeldia-y-ordenaron-la-captura-de-uno-de-los-mapuches-que-fue-desalojado-de-los-alerces/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/politica/2025/02/28/declararon-en-rebeldia-y-ordenaron-la-captura-de-uno-de-los-mapuches-que-fue-desalojado-de-los-alerces/"><b>declaró en rebeldía </b></a><b>y emitió una orden de captura</b>. Durante su tiempo prófugo, Cárdenas utilizó las redes sociales para rechazar las acusaciones y desacreditarlas públicamente. En uno de los intercambios más tensos, respondió a <b>Larsen</b>: <b>“Cristian Larsen quien te conoce por esta tierra volvete a yankilandia”</b>.</p><p>El proceso judicial que enfrenta Cárdenas no se limita a la usurpación de tierras. Las autoridades nacionales y provinciales lo señalan como presunto responsable de los incendios forestales que arrasaron la región en los últimos años. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QU7SA65VL5GMDHWSEGCOL3FMLI.jpeg?auth=475431340edf9f02d84a1e34fa9c10e03e48d386a919f41d003edcaf89a5a8bf&smart=true&width=1280&height=720" alt="El expresidente de Parques Nacionales, Cristian Larsen, tuvo varios intercambios de mensajes con Cárdenas a quien calificó de "delincuente y terrorista" (Infobae en Vivo)" height="720" width="1280"/><p>El ex presidente de <b>Parques Nacionales</b> lo calificó de <b>“delincuente y terrorista”</b> y advirtió: <b>“Es peligroso para nuestros parques nacionales y para toda la Argentina”</b>.</p><p>La ocupación de tierras fiscales por parte de Cárdenas y Salinas incluyó <b>la toma de una seccional del organismo nacional </b>dentro del mismo predio. Según fuentes con acceso a la causa, ambos actuaron con hostilidad y violencia, <b>vandalizaron estructuras públicas y edificios estatales</b>. </p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/PEGL6QPHHREP7LAODEFGTJWWSI.jpg?auth=6fad3ea59b4e6fd83d901c810705fd136da4ad8236483d03a03c06920cd9e2c4&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Cómo está cambiando la Justicia Federal (y por qué es una buena noticia)]]></title><link>https://www.infobae.com/opinion/2025/07/05/como-esta-cambiando-la-justicia-federal-y-por-que-es-una-buena-noticia/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/opinion/2025/07/05/como-esta-cambiando-la-justicia-federal-y-por-que-es-una-buena-noticia/</guid><dc:creator><![CDATA[Jorge Monastersky]]></dc:creator><description><![CDATA[La implementación del sistema acusatorio marcará un punto de inflexión para los procesos penales, apostando por la celeridad y la transparencia ]]></description><pubDate>Sat, 05 Jul 2025 06:02:28 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LJCZFEGEA5DNPGDT2SXDD4D67E.jpg?auth=08fb5416ca9631d71d53e3a5270bd2fca320ebb7178313d2b3a0f535d371bc98&smart=true&width=1583&height=890" alt="Tribunales de Comodoro Py" height="890" width="1583"/><p>Durante décadas, el<b> proceso penal federal </b>argentino funcionó bajo un esquema escrito (lleno de papeles), oscuro, complejo y lento. En ese contexto, la implementación del <b>sistema acusatorio</b>, prevista en el Código Procesal Penal Federal (C.P.P.F.), representa uno de los avances más significativos de los últimos años. Este cambio —progresivo, técnico y respetuoso de los actores judiciales— se basa en un principio elemental: <b>lograr una justicia más accesible, clara y eficiente.</b></p><p>Impulsada con firmeza por el Ministro de Justicia de la Nación, Dr. Mariano Cúneo Libarona, acompañada institucionalmente por la Corte Suprema, la Procuración General de la Nación, la Defensoría Pública y muchos protagonistas, la implementación del nuevo modelo se encuentra en una etapa de avanzada. Actualmente ya rige en varias jurisdicciones del país y está previsto que por fin comience a regir en los <b>tribunales federales de Comodoro Py —y en el fuero penal económico— a partir del 11 de agosto.</b></p><p>El Sistema Acusatorio, cuya implementación fue dispuesta por la Ley 27.150 -sancionada en <b>2015-</b>, estará vigente en todo el país en el próximo año.</p><p><b>¿Qué propone el sistema acusatorio?</b></p><p>El Código Procesal Penal Federal trae mucho más que una reforma técnica. Se trata de una <b>nueva forma de entender la justicia penal: más ágil, más transparente, más rápida y más accesible para los justiciables. </b></p><p>El corazón del sistema acusatorio está en la <b>separación de roles</b>:</p><ul><li><i>El </i><i><b>fiscal</b></i><i> lidera la investigación, selecciona los casos y formula la acusación.</i></li><li><i>El </i><i><b>juez</b></i><i> actúa como árbitro imparcial, sin intervenir en la prueba, resolviendo conforme las pruebas y teorías del caso de cada parte. </i></li><li><i>La </i><i><b>defensa</b></i><i> participa desde el inicio y puede controlar el proceso en tiempo real.</i></li><li><i>La </i><i><b>víctima</b></i><i> tiene un lugar activo: puede ser oída, aportar prueba, participar. </i></li></ul><p>De esta manera, se logra que el expediente deje de ser una sucesión de escritos acumulados y se convierte en un <b>proceso dinámico, donde los argumentos se exponen frente a frente,</b> con más oralidad, inmediación, desformalización, visibilidad, control y menos margen para las dilaciones sin fundamento.</p><p><b>Resultados concretos:</b></p><p>Sin ánimos de crítica, todos conocemos alguna causa penal que, desde su inicio hasta su finalización, duró años o incluso décadas. <b>El nuevo sistema trae plazos razonables:</b></p><ul><li>Investigación preliminar: duración máxima de un año, con la posibilidad de habilitar seis meses de prórroga.</li><li>Etapa intermedia: hasta 30 días de extensión.</li><li>Etapa de juicio oral: hasta cinco meses.</li></ul><p>&nbsp;<b>Traducido: cualquier causa, por más compleja que sea, no podrá extenderse por más de cuatro años.</b></p><p>Los datos lo confirman. En distritos como Salta y Jujuy, el sistema acusatorio resolvió el 82 % de los casos en tres años y medio. Bajo el sistema mixto, ese número apenas alcanzaba el 43%. <b>Casi el doble de efectividad.</b></p><p>En Rosario, donde la implementación comenzó el 6 de mayo de 2024, los avances son medibles:</p><p>&nbsp;• Se duplicó la cantidad de causas finalizadas en un año.</p><p>&nbsp;• Más del 52 % de los casos se resolvieron mediante salidas alternativas (probation, juicio abreviado).</p><p>&nbsp;• Solo el 3 % llegó a juicio oral (en las causas importantes).</p><p>&nbsp;• Las audiencias preliminares se celebran, en promedio, a los cinco días hábiles del requerimiento.</p><p><b>Juicio por jurados: una política de Estado que acerca la Justicia a la gente</b></p><p>Otra herramienta que es importante para la Justicia y gana protagonismo es el juicio por jurados, impulsado por el Gobierno Nacional desde el Ministerio de Justicia, en una importante comisión asesora, como parte de una política criminal orientada a democratizar el proceso penal -cumpliendo con la manda constitucional vigente desde 1853-.</p><p>Los jurados no solo aportan diversidad y sentido común: <b>también refuerzan la legitimidad de los fallos y acercan el sistema judicial a una ciudadanía que muchas veces lo percibe como distante o inaccesible.</b></p><p><b>¿Por qué la sociedad tiene que saber esto?</b></p><p>El Código Procesal Penal Federal no es un tema reservado a especialistas. Nos afecta a todos.</p><p>Porque define cómo se investigan los delitos complejos como el narcotráfico, la trata de personas o la corrupción.</p><p>Porque determina si las causas se resuelven en meses o quedan atrapadas en laberintos procesales.</p><p>Porque una justicia que funciona bien no solo castiga cuando corresponde: también repara, previene y genera confianza.</p><p><b>El futuro ya empezó</b></p><p>Ignorar el cambio sería perpetuar un sistema que ya no responde a las demandas actuales. Por eso, este proceso de implementación progresiva —basado en planificación, coordinación interinstitucional y resultados medibles— debe ser entendido como una oportunidad. Nada debe impedirlo. Es falso que no existan recursos o estructura. Se puede. </p><p>La sociedad no solo se verá beneficiada con una Justicia más eficaz. También será, cada vez más, quien le exija a la Justicia que actúe, que funcione, que rinda cuentas.</p><p>Y eso, en tiempos de desconfianza generalizada, es una gran noticia.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/LJCZFEGEA5DNPGDT2SXDD4D67E.jpg?auth=08fb5416ca9631d71d53e3a5270bd2fca320ebb7178313d2b3a0f535d371bc98&amp;smart=true&amp;width=1583&amp;height=890" type="image/jpeg" height="890" width="1583"><media:description type="plain"><![CDATA[Tribunales de Comodoro Py]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Francos adelantó 926 respuestas de su informe de gestión en el Senado: alarma por 330 vacantes judiciales, casi un tercio del total]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2025/06/25/francos-adelanto-926-respuestas-de-su-informe-de-gestion-en-el-senado-alarma-por-330-vacantes-judiciales-casi-un-tercio-del-total/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2025/06/25/francos-adelanto-926-respuestas-de-su-informe-de-gestion-en-el-senado-alarma-por-330-vacantes-judiciales-casi-un-tercio-del-total/</guid><dc:creator><![CDATA[Mariano Casal]]></dc:creator><description><![CDATA[Los espacios sin ocupar corresponden a las justicia nacional y federal de CABA; y del interior. El jefe de Gabinete expondrá en el recinto mañana, desde las 11. Preocupación sobre la tasa de natalidad, pocos comentarios sobre $Libra y la curiosa implementación de la inteligencia artificial en el Estado]]></description><pubDate>Wed, 25 Jun 2025 04:39:03 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TA6XWQTOJJES7NXNC4OAREFMUM.jpg?auth=f1f1f495c11acb9ac27da406c75859c90255aa3727c386132fe5483b7f1460db&smart=true&width=2560&height=1706" alt="El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, durante la exposición que realizó el año pasado en la Cámara alta (Prensa Senado)" height="1706" width="2560"/><p>En el inicio de las 926 respuestas que envió al Senado, y previo al informe de gestión que ofrecerá mañana en el recinto -desde las 11-, el jefe de Gabinete, <b>Guillermo Francos</b>, puso en cifras un <b>alarmante dato sobre las vacantes judiciales</b> y pliegos que demora en enviar el Ejecutivo al Congreso y que se guarda como moneda da cambio: <b>hay 330 espacios sin ocupar en las justicias nacional y federal de CABA; y del interior. Es decir, casi un tercio (31,25%) del total de cargos vigentes</b>.</p><p>La consulta fue realizada semanas atrás por el radical <b>Maximiliano Abad</b> (Buenos Aires), quien en las últimas horas destiló furia por el veto presidencial a la emergencia en Bahía Blanca. “En relación con las designaciones, el Ministerio de Justicia informa que el Poder Ejecutivo se encuentra evaluando las ternas de candidatos remitidas por el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público Fiscal, con el fin de avanzar en la cobertura de las vacantes correspondientes”, aseguró Francos.</p><p>El jefe de Gabinete añadió: “Cabe señalar que, si bien el ordenamiento jurídico vigente <b>no establece un plazo específico para la culminación de este procedimiento, se dará curso al trámite para cubrir las vacantes existentes en la Justicia Nacional y Federal a la mayor brevedad posible</b>. En lo que respecta a lo consultado sobre cargos subrogados, se señala que la cuestión -esto es, la cantidad de cargos actualmente cubiertos por jueces subrogantes ya sea en juzgados de primera instancia o en cámaras- constituye una potestad exclusiva del Poder Judicial de la Nación”.</p><p>Seguido a ello, el funcionario libertario -una de las pocas líneas racionales del Ejecutivo con el Congreso- mostró tres cuadros que, sin dudas, <b>describen una bola de nieve que no para de crecer y que, en el fondo, es uno de los principales activos que tendrá el Ejecutivo para negociar con la oposición. Algunas butacas son más que delicadas</b>. Ni hablar de la incertidumbre por el futuro de la Corte Suprema, con dos cargos vacantes y una lenta discusión en el Senado sobre un potencial aumento en su integración.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BTPIMTVTPJHKDOIHGFCF76EXWY.jpeg?auth=3ea98aba6894784d4657def7f75aa50533dfbd5fb9e4e1601f69d196c9dff411&smart=true&width=1500&height=1000" alt="El senador radical Maximiliano Abad (Buenos Aires) fue uno de los que consultó al Ejecutivo sobre las vacantes en la justicia. Horas atrás, estalló en furia por el veto presidencial a la emergencia en Bahía Blanca" height="1000" width="1500"/><p>En la Justicia nacional de la Capital Federal, Francos indicó que, <b>de un total de 571 cargos, 178 están vacantes; en la federal de la Capital Federal, 46 de 159; y en la federal del interior del país, 106 de 326</b>.</p><h2>Otras definiciones del jefe de Gabinete</h2><p><b>*Corte Suprema</b>. “El Ministerio de Justicia señala que el Poder Ejecutivo <b>considera que el funcionamiento óptimo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) requiere su integración plena</b>. En este orden de ideas, y con el objetivo de asegurar el debido funcionamiento del Máximo Tribunal, se ha promovido la cobertura de las vacantes mediante el envío de nominaciones al Honorable Senado. Ante el rechazo reciente de dichas propuestas, se continúa con la búsqueda de perfiles adecuados para su integración completa”, manifestó el funcionario.</p><p>“Por otra parte, se informa que <b>la inclusión de mujeres para cubrir vacantes en la CSJN se encuentra contemplada entre los criterios de análisis que actualmente se tienen en cuenta para la eventual postulación de nuevas candidaturas</b>. En ese marco, se consideran diversos perfiles sin restringir la evaluación exclusivamente al género, sino integrando esta dimensión al análisis de la trayectoria, competencias y antecedentes profesionales. Desde el Ministerio de Justicia se afirma la importancia de contar con representación femenina en el Máximo Tribunal y tiene en consideración dicho criterio al momento de evaluar posibles candidaturas, sin perjuicio de ponderar también los antecedentes académicos, profesionales y aptitudes para el cargo de los postulantes”, sumó.</p><p><b>*Inteligencia Artificial</b>. “El Ministerio de Justicia informa que, en relación con el porcentaje de eficacia y optimización, los datos recabados por el Programa Nacional Integral de Inteligencia Artificial en la Justicia, mostraron que <b>la IA agilizó hasta un 30% las tareas administrativas, rutinarias y de menor complejidad como redactar documentos y buscar información. La IA logró una mejora del 17% en temas de complejidad media como analizar información y comparar textos. Para trabajos de mayor envergadura como identificar agravios en recursos, el impacto fue más limitado porque no sustituye el criterio humano</b>, sino que lo complementa”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/2RURVYR4FBHWBPDFQUBBYCFU5Y.JPG?auth=7e21da2d3ae1d14f398ce607cf5bb008fecedc2ce23dabe10551579324dd32c2&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Guillermo Francos junto a la vicepresidenta y titular de la Cámara alta, Victoria Villarruel, en noviembre pasado (Prensa Senado)" height="1080" width="1920"/><p><b>*Natalidad</b>. “El Ministerio de Salud informa que, <b>la tasa de natalidad para el país se redujo en un 46% en el período (últimos diez años). Las variaciones provinciales fueron desde 62% de reducción en Tierra del Fuego, hasta un 33% en Chaco</b>. En relación con la edad materna, el grupo de edad de mayor descenso en la cantidad de nacidos vivos fue el de menores de 25 años, con un 65% de reducción en el período considerado. Ese porcentaje desciende al aumentar la edad, hasta el grupo de 40 a 44 años. Para las mujeres de 45 años y más se registró un aumento en la cantidad de nacidos vivos”, sostuvo.</p><p>Francos continuó: “La variable incluida en el Informe estadístico de Nacido Vivo como proxy de nivel socioeconómico es el máximo nivel de instrucción alcanzado por la madre. En el período considerado, <b>el mayor descenso se produjo en las mujeres con bajo nivel de instrucción (67%) mientras que para las de mayor instrucción se registró un 28% de descenso</b>”.</p><p><b>*Guiño comercial</b>. “El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto comunica que <b>la región Asia-Pacifico es un área de especial importancia para la Argentina, debido a su economía creciente y su enorme peso demográfico</b>. A saber: es la región del mundo que más ha crecido desde un punto vista económico, demográfico y tecnológico en los últimos 40 años. Registró en 2024 una población estimada de 4.700 millones de personas, equivalentes al 60 % de la población mundial”, indicó el funcionario libertario.</p><p>Además, detalló: “La Argentina puede contribuir a la región a enfrentar los desafíos energéticos y alcanzar la seguridad alimentaria, en virtud de su desarrollo científico-tecnológico en áreas claves tales como: el espacial, el nuclear y agro-alimentario. Por ende, existe una gran complementariedad económica con enorme potencial entre la Argentina y Asia”.</p><p><b>*Régimen de Tierra del Fuego</b>. “Goza de condiciones promocionales únicas en el país, incluyendo un territorio aduanero especial, el diferimiento o exención de tributos nacionales, y un esquema diferencial en impuestos internos”, sentenció el jefe de Gabinete.</p><p><b>*$Libra</b>. Francos<b> remitió varias consultas a la versión taquigráfica de su disertación en el recinto de Diputados</b>, realizado meses atrás.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/TA6XWQTOJJES7NXNC4OAREFMUM.jpg?auth=f1f1f495c11acb9ac27da406c75859c90255aa3727c386132fe5483b7f1460db&amp;smart=true&amp;width=2560&amp;height=1706" type="image/jpeg" height="1706" width="2560"><media:description type="plain"><![CDATA[El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, durante la exposición que realizó el año pasado en la Cámara alta (Prensa Senado)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Gobierno impulsa un nuevo proyecto para el cierre definitivo del basural de Luján]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2025/06/24/el-gobierno-impulsa-un-nuevo-proyecto-para-el-cierre-definitivo-del-basural-de-lujan/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2025/06/24/el-gobierno-impulsa-un-nuevo-proyecto-para-el-cierre-definitivo-del-basural-de-lujan/</guid><dc:creator><![CDATA[Andrés Klipphan]]></dc:creator><description><![CDATA[La Subsecretaría de Ambiente le dio la razón a los vecinos de la localidad. La propuesta responde a las observaciones formuladas por la Justicia Federal, al estado actual de las actuaciones administrativas y a la necesidad de adecuar el proyecto a las condiciones reales del territorio]]></description><pubDate>Tue, 24 Jun 2025 06:36:59 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DROHLEMRUBBVZMNUCLGC43M2XY.jpg?auth=c70277d3903ad24c5e5eb39f4ca81e38e253a3021c161de146272cdbbdd49cdc&smart=true&width=1672&height=941" alt="El gobierno nacional elevó una nueva propuesta a la Municipalidad de Luján por el Basural a Cielo Abierto. Se ordena a la Intendencia cumplir con las disposiciones judiciales" height="941" width="1672"/><p>El <b>Gobierno nacional</b> presentó una nueva propuesta técnica y legal para cerrar de manera definitiva el vertedero a cielo abierto más grande del país ubicado en la localidad bonaerense de <b>Luján</b>. La iniciativa, elaborada por la <b>Subsecretaría de Ambiente</b>,<b> </b>a cargo de <b>Fernando Brom</b>,<b> </b>fue elevada formalmente al intendente <b>Leonardo Boto</b> y busca reemplazar el proyecto anterior, que fue financiado con fondos del <b>Banco Interamericano de Desarrollo (BID)</b>, pero que no se terminó de desarrollar y quedó demostrado que era perjudicial para los vecinos que presentaron un recurso de amparo y una denuncia penal por la contaminación que a lo largo de décadas produjo el basural en napas, suelo y aire.</p><p>“Hace cinco años y medio se sigue contaminando con residuos peligrosos y no se acata la manda judicial de la cámara Federal de San Martín que obliga a la Municipalidad de Luján a volcar los residuos sólidos urbanos a la CEAMSE”, le dijo a este medio <b>Viviana Novelle</b>, una de las firmantes del amparo contra el proyecto anterior y la causa penal. </p><p>La abogada ambientalista también destacó la voluntad de <b>La Libertad Avanza</b> para llevar una solución al problema de contaminación que afecta a las familias que viven en las inmediaciones y a la escuela lindante al basural a cielo abierto. “Lo importante es que el subsecretario Brom que le puso el cuerpo a un tema muy difícil; la buena voluntad de Nación y el apoyo de los amparistas en un proyecto que es viable y que además trae trabajo a los recuperadores con la planta de transferencia que es lo siempre debió hacerse. <b>Sucre, el proyecto anterior era inviable</b>”, expresó Novelle.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/D57SHTYRGBAWVHTQZNKWFBJ2RM.jpg?auth=e7376b217a2112e2fbc243c909982301a47d508b467a5baaab3a7b389bd8fa1d&smart=true&width=1920&height=2781" alt="Tal como adelantó Infobae, la justicia federal de Mercedes determinó la gravedad de la contaminaciónm del basural a cielo abierto de Luján" height="2781" width="1920"/><p>Según ordenó la Cámara Federal de San Martín, el intendente Botto debe trasladar las 3600 toneladas de basura que se genera en el municipio a la CEAMSE y dejar de arrojar los residuos urbanos en el vertedero. Sin embargo, y tal como denunciaron los vecinos en un nuevo escrito judicial, solo envía 150 toneladas.</p><p>La nueva propuesta de la <b>Subsecretaría de Ambiente de la Nación</b> responde a las observaciones formuladas por la justicia por el estado actual de las actuaciones administrativas, y a la necesidad de adecuar el proyecto a las condiciones reales del territorio. </p><p>“Nos dirigimos a Usted con el propósito de comunicar formalmente una propuesta superadora en el marco del expediente judicial de referencia, en virtud del estado actual de las actuaciones y del emplazamiento, de las necesidades territoriales y<b> para arribar a una solución definitiva para el Basural a Cielo Abierto (BCA) del Municipio de Luján</b>”,<b> </b>señala el documento al que accedió<b> Infobae</b>.</p><p>Entre los puntos principales la propuesta destaca:</p><ol><li>Reconversión del predio: una estación de transferencia de residuos La propuesta contempla la instalación de una <b>Estación de Transferencia de Residuos (ETT)</b> que funcionará en el predio acordado con el municipio. </li><li>Esta estación permitirá consolidar los residuos recolectados en el distrito y trasladarlos al <b>CEAMSE</b>, optimizando los procesos de disposición final y reduciendo el impacto ambiental del basural actual.</li><li>“Dicho anteproyecto contempla la instalación de una planta de transferencia de residuos, en el predio que convenimos con usted, con el objetivo de optimizar la calidad y eficiencia del servicio de gestión de residuos en el distrito”, afirma el documento.</li></ol><p>El plan incluye:</p><ul><li>Un área de administración.</li><li>Estación de transferencia con sistemas de compactación, pesaje y pavimentación.</li><li>Infraestructura para desagües cloacales e industriales.</li><li>Red de energía eléctrica y alumbrado público.</li><li>Instalaciones sanitarias para el personal. </li><li>Todas las obras previstas incluyen: “construcción del acceso con báscula para pesaje de camiones, área de administración, estación de transferencia por compactación, pavimentación, infraestructura para desagües cloacales e industriales, alumbrado general, red eléctrica de fuerza motriz e iluminación, e instalaciones sanitarias”.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZT2PWVNGKVC5BICU2YLXVK766Y.jpg?auth=dbaeb2878b966b4e6b9c453306a4917a060892ce8c25a3df157c171bb0291f2a&smart=true&width=1920&height=2536" alt="El documento que la Subsecretaría de Ambiente le envio al intendente de Luján, Leonardo Botto" height="2536" width="1920"/><p>Uno de los puntos centrales es el anunciado “cierre técnico del basural”, pero que a cinco años de comenzadas las obras con fondos del BID -se invirtieron 15 millones de dólares y no se logró el objetivo-. Por esa razón el nuevo proyecto contempla:</p><ol><li>El encapsulamiento y cierre definitivo del basural existente que abarca una superficie de 13,6 hectáreas.</li><li><b>Se ejecutará el cubrimiento, drenaje y revegetación de los residuos históricos acumulados durante más de 40 años.</b></li><li>“Completar la protección técnica del acopio de los pasivos ambientales del basural, hacer drenajes, colocar cobertura vegetal, finalizar proceso de revegetación y restringir el acceso”.</li></ol><p>La estrategia implica el sellado definitivo del sitio y su restricción como espacio operativo, a fin de consolidar <b>un cierre ambiental adecuado conforme a las exigencias del expediente judicial</b>.</p><p>El documento detalla tres alternativas para la implementación técnica de la estación de transferencia:</p><ul><li>Estación de transferencia en altura, con una capacidad de entre 120 y 200 toneladas diarias. Incluye dos tolvas, dos prensas, cintas de 6 a 8,5 metros, y un sistema de descarga hacia camiones tipo roll off con compartimentos cerrados. Este modelo ya opera en <b>Moreno</b> y <b>Quilmes</b> bajo gestión del <b>CEAMSE</b>.</li><li>Estación de transferencia en planta, con equipos de elevación vertical que vuelcan los residuos directamente en bateas. Contempla una pala cargadora y camiones con sistema walking floor para carga automática.</li><li>Estación de transferencia en plataforma, donde los residuos son volcados en una planicie y transferidos a camiones batea por una retroexcavadora especialmente asignada.</li></ul><h2>Perspectiva institucional y próximos pasos</h2><p>La carta del subsecretario de Ambiente también subraya que el proyecto fue reformulado considerando la situación jurídica y administrativa del expediente judicial vigente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/H2VL47YQQBGSLPQ4WRO7CCNLEE.jpg?auth=16974ddb37c7c980ba1de5b8a6ca758b07d3e9dcf5f4d972da988a0bb85ebad6&smart=true&width=1920&height=1147" alt="La propuesta del Gobierno Nacionalk para cerrar de manera definitiva el vertedero a cielo abierto más grande del país" height="1147" width="1920"/><p><b>“Esta propuesta implica un rediseño sustantivo de los contenidos del expediente de referencia, por lo que requerirá tramitar una nueva Declaración de Impacto Ambiental ante la autoridad competente”</b>,<b> </b>le advierte en el texto al intendente camporista.</p><p>Además, el <b>Gobierno nacional</b> propone abrir un canal formal de trabajo conjunto con el municipio: “Aguardamos vuestra acepción de recibo y dando inicio a una <b>mesa de negociación </b>y acuerdos sobre los detalles técnicos, tiempos de ejecución y demás cuestiones entre las partes involucradas”, concluye la nota firmada por el subsecretario <b>Brom</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YKCDX6HXW5BBDH2YWKCPYMLK6U.jpg?auth=a9dff32c7679b7ac47e6120d10f077ef75f17e61eca58293e7b83e525eb0beae&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Leandro Boto, intendente de Luján, junto a Axel Kicillof de recorrida por el malogrado basural que anunciaron cerrar" height="1080" width="1920"/><h2>Una deuda ambiental histórica </h2><p>El basural de <b>Luján</b> es uno de los más antiguos y grandes del país. Con una extensión superior a las 13 hectáreas, recibe residuos sin tratamiento desde hace más de cuatro décadas. <b>Su erradicación ha sido objeto de reclamos sociales, ambientales y judiciales.</b> En 2021, la <b>Justicia Federal</b> ordenó su cierre definitivo mediante una resolución que involucró a los tres niveles del Estado.</p><p>Con esta nueva propuesta, el <b>Gobierno</b> busca reencauzar el proceso administrativo y técnico para dar cumplimiento a la orden judicial y resolver una deuda ambiental pendiente con la comunidad de <b>Luján</b>.</p><p>El documento reconoce que el <b>municipio de Luján no cumplió con varios aspectos fundamentales del plan original para el saneamiento del basural</b>. Entre las falencias detectadas se destacan:</p><ul><li><b>Incumplimiento de la operatoria de disposición final</b>: la propuesta inicial contemplaba la construcción de un relleno sanitario en el mismo predio del basural, pero la justicia señaló <b>“la falta de avances concretos”</b> y observó que dicha solución no se ajustaba a los estándares ambientales requeridos.</li><li><b>Falta de ejecución del cierre técnico del basural</b>: el plan original no contemplaba medidas eficaces para encapsular los residuos acumulados ni para prevenir nuevos ingresos de desechos.</li><li><b>Inacción frente a observaciones judiciales</b>: el Gobierno nacional advierte en el nuevo documento que las acciones del municipio se vieron “neutralizadas” por las objeciones del Poder Judicial, que reclamó alternativas superadoras para cumplir con el fallo que ordena el cierre definitivo del basural.</li></ul><p>El documento refiere de manera explícita que la justicia federal <b>advirtió que el relleno sanitario propuesto inicialmente por el municipio no resultaba admisible ni técnica ni ambientalmente.</b> A raíz de ello, el Estado nacional indica que optó por reformular el proyecto, <b>eliminando la construcción del relleno y reemplazándolo por una estación de transferencia de residuos</b>.</p><p>“Frente a las observaciones del Poder Judicial, se optó por una solución que permita prescindir del relleno sanitario inicialmente previsto”, señala el texto firmado por la Subsecretaría de Ambiente.</p><p>Además, la Justicia instó a las partes a dar cumplimiento a una serie de requisitos:</p><ul><li>Garantizar la clausura efectiva del basural histórico.</li><li>Desarrollar obras de encapsulamiento y revegetación.</li><li>Instalar infraestructura para evitar nuevos ingresos de residuos.</li><li>Promover un acuerdo institucional y administrativo entre los distintos niveles de gobierno.</li></ul><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZXR5MKGHEREGRELMS7X6Y2GQ6A.jpeg?auth=f29bcc7a968d01e5bcc2aaa88231016b77dce07af030e78c31cf33bde25cefd6&smart=true&width=1600&height=900" alt="En el allanamiento al basural la justicia detecto la presencia de sustancias tóxicas y peligrosas, además de familias expustas a la contaminación" height="900" width="1600"/><p>El basural de Luján es objeto de una causa judicial penal. En una segunda pericia, cuyos resultados se incorporaron al expediente a cargo del juez federal de Mercedes <b>Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto </b>a fines de abril de este año<b> se confirmó niveles críticos de contaminación </b>producidos por el vertedero. Los estudios detectaron sustancias tóxicas en agua, suelo y aire, incluyendo <b>amonio, benceno y cobre</b>. Los niveles hallados <b>superan los límites legales</b>, y representan <b>riesgos graves para la salud como leucemia</b>,<b> daño neurológico y enfermedades respiratorias</b>. Los contaminantes encontrados están clasificados como residuos peligrosos bajo la <b>Ley 24.051</b>. Según las conclusiones de los químicos volcados en la causa “su persistencia en el ambiente podría extenderse por décadas”. </p><p>Los estudios periciales no hacen más que confirmar y complementar los análisis que fueron incorporados a la causa Nº FSM 9100/2011/CMF1, y que <b>representa un grave riesgo tanto para la salud humana como para el medioambiente.</b></p><p>Por estos hechos, el fiscal de la causa <b>Carlos Alberto Stagnaro</b> solicitó tres veces la declaración indagatoria del intendente de Luján, <b>Leandro Boto</b>, y a varios de sus funcionarios (<b>el 24 de mayo de 2024, el 8 de junio de 2024 y el 25 de octubre 2024</b>), pero el magistrado rechazó cada uno de esos pedidos y tomó a su cargo la investigación que estaba delegada en la fiscalía.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/QBSW2ZSGZNBGVDE3P6ZKRZ3HR4.jpg?auth=438b061c5eb123de07c6fbbdcd8158f8f010eb1d3c1fd8df7f6724b814c9ff0c&smart=true&width=1915&height=1077" alt="El proyecto, con fondos del BID para cerrar el basural nunca se concretró. La planta de tratamiento y relleno sanitario de Sucre no se terminó, era perjudicial para los vecinos que presentaron un amparo" height="1077" width="1915"/><p>En el expediente, al que accedió <b>Infobae</b>, consta la declaración testimonial del entonces jefe de <b>Delitos Ambientales de la PFA</b>, comisario inspector <b>Alberto Raúl Candia </b>quien declaró que la <b>Municipalidad de Luján </b>“no controla el volcado de residuos tóxicos”. En la segunda foja de su exposición, el oficial aseguró que en el Basural a Cielo Abierto de Luján <b>se vuelcan sistemáticamente y de manera ilegal residuos peligrosos </b>y opinó que esto sucede porque <b>“no hay control de ningún tipo de nada, como ser el ingreso de camiones, etc</b>”.</p><p>Ahora los vecinos de Luján esperan la respuesta de la comuna a la propuesta del Gobierno de La Libertad Avanza que impulsa una solución sustentable para la comunidad.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/5G62AEJWJVFE7E247WEBF5FY3E.jpg?auth=f3868b50d5f2fd33f29ff3131c00606f8d4c8fd475a58550d3db3e7be735dab2&amp;smart=true&amp;width=1671&amp;height=940" type="image/jpeg" height="940" width="1671"><media:description type="plain"><![CDATA[El Gobierno nacional elevó una nueva propuesta a la Municipalidad de Luján por el Basural a Cielo Abierto. Se ordena a la Intendencia cumplir con las disposiciones judiciales]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu"></media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[Cristina Kirchner ya está utilizando la tobillera electrónica: cómo funciona]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2025/06/19/como-funciona-la-tobillera-electronica-que-le-colocaran-a-cristina-kirchner/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2025/06/19/como-funciona-la-tobillera-electronica-que-le-colocaran-a-cristina-kirchner/</guid><description><![CDATA[Un comisario de la policía fue a su casa para que le coloquen el dispositivo.  Estará vinculado a una unidad transmisora instalada en el domicilio de la ex presidenta]]></description><pubDate>Thu, 19 Jun 2025 21:16:04 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3EDUSN3OCBA5PORUS6X6RZIVJI.jpg?auth=e872e7a8772228161b858d3b5577b7843520a1dd8976235e387643f4ca011e89&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La tobillera electrónica cuenta con dispositivos de monitoreo constante" height="1080" width="1920"/><p>La Justicia Federal dispuso que la expresidenta <a href="https://www.infobae.com/tag/cristina-kirchner/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/tag/cristina-kirchner/"><b>Cristina Kirchner</b></a> cumpla su condena bajo arresto domiciliario con una <a href="https://www.infobae.com/judiciales/2025/06/17/la-justicia-dispuso-la-prision-domiciliaria-para-cristina-kirchner-debera-usar-tobillera-electronica/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/judiciales/2025/06/17/la-justicia-dispuso-la-prision-domiciliaria-para-cristina-kirchner-debera-usar-tobillera-electronica/"><b>tobillera electrónica que portará durante seis años</b></a>,<b> </b>tras la ratificación de su condena en la <a href="https://www.infobae.com/tag/causa-vialidad/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/tag/causa-vialidad/">causa <b>Vialidad</b></a> por parte de la <b>Corte Suprema</b>.</p><p>La resolución, adoptada por el <b>Tribunal Oral Federal 2</b>, integrado por los jueces <b>Jorge Gorini</b>, <b>Andrés Basso</b> y <b>Rodrigo Giménez Uriburu</b>, establece que la exjefa de Estado deberá permanecer en su residencia de San José 1111 bajo estrictas reglas y con monitoreo constante. </p><p>En ese marco, durante la tarde de este jueves, el comisario de la dependencia 1-C de la Policía de la Ciudad fue a hacer la notificación del inicio del cómputo de la pena. En ese marco, la Justicia notificó el uso de la tobillera y se la colocó en esta jornada. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/A22XTHYQ2JEFJE2UGNT67SIRTE.jpg?auth=2a86db55cb4e41b4f494a0d9ee49ccc7e52707ffe5ed95366e5c5af055b39331&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Con la detención domiciliaria, la expresidenta no se podrá asomar más al balcón de su departamento (Gustavo Gavotti)" height="1080" width="1920"/><p>Además, este jueves, el Tribunal decidió que la ex mandataria pueda hacer uso del balcón del departamento en el que se encuentra cumpliendo prisión domiciliaria. </p><p>“Debemos recordar (aunque resulte ocioso) que <b>el tribunal no ha vedado a la Sra. Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, en principio, el uso y goce de ningún espacio específico de la arquitectura del inmueble en el que habita. </b>Y en cuanto al comportamiento que se le exige adoptar en el citado inciso, se espera de la solicitante el criterio, la prudencia y el sentido común suficientes para <b>discernir en qué contexto el uso del balcón resultará una acción inocua y en cuál podrá implicar una perturbación para la tranquilidad y la convivencia pacífica del vecindario y sus habitantes </b>(única y exclusiva situación que se pretende proteger con la regla de conducta en cuestión)”, señalaron en la resolución.</p><p>Mientras se completa el proceso, una delegación de la <b>Policía de la Ciudad</b> acudió al domicilio de la exmandataria (el martes, a las 21 horas), para <b>tomarle las huellas digitales de forma manual</b>. Además, le leyeron sus derechos y un acta en la que se le comunicó formalmente su detención domiciliaria y <b>las reglas de conducta que debe mantener</b>.</p><p>La tobillera solo podrá ser retirada por orden judicial. El <b>Servicio Penitenciario Federal</b>, dependiente del <b>Ministerio de Seguridad de la Nación</b>, será el encargado de la colocación y el monitoreo del dispositivo, una vez que reciba la notificación correspondiente.</p><h2>Cómo es el funcionamiento de la tobillera electrónica</h2><p>El dispositivo que portará Cristina Kirchner es <b>sumergible (hermético)</b>, una característica que responde a experiencias previas en las que personas detenidas intentaron eludir el control ingresando a piscinas. Además <b>es hipoalergénico, resistente al polvo y está diseñado para no interferir en las actividades cotidianas del usuario.</b></p><p>Este aparato, además, forma parte de un sistema que <b>combina una unidad transmisora —la tobillera— y una unidad domiciliaria instalada en la vivienda</b>, similar a un teléfono celular que se instala en su departamento y funciona como un localizador o GPS.</p><p>Ambos equipos se comunican en tiempo real con el <b>Centro de Monitoreo del Ministerio de Seguridad de la Nación</b>, que opera de manera continua, las 24 horas del día y los siete días de la semana. La unidad transmisora, que se reemplaza cada año, tiene una <b>vida útil de 104 semanas.</b></p><p>El sistema de radiofrecuencia <b>permitirá el monitoreo en tiempo real y está compuesto por dos teléfonos celulares</b>: uno que puede recibir llamadas en cualquier momento y que <b>la expresidenta debe atender obligatoriamente, y otro que controla el perímetro de movimiento</b>. Si se detecta una violación del arresto domiciliario, el sistema emite una alerta inmediata.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/OI2WPS532RG4NNG25DFYW7Q64Y.jpg?auth=2a1f1abbe23d4ecec51ff9072b3c7effeeca5a2c8968158e3b6592c2eb52795f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Un modelo similar de la tobillera electrónica que portará Cristina Kirchner" height="1080" width="1920"/><p>Además, la tobillera<b> transmite señales codificadas por radiofrecuencia</b>, informando si está correctamente colocada, si existen intentos de manipulación, el nivel de batería y si se mantiene dentro del rango de la unidad domiciliaria. Además, el dispositivo inicia <b>comunicaciones automáticas con los servidores del centro de monitoreo</b>, utilizando línea fija o celular, para reportar eventos relevantes como salidas no permitidas, ingresos a zonas prohibidas o desconexiones. </p><p>La unidad domiciliaria puede actualizarse de forma remota y dispone de una <b>batería de respaldo </b>para asegurar su funcionamiento ante eventuales cortes de energía. Además, <b>avisa con antelación cuando requiere ser reemplazada</b>, lo que le permite a las autoridades anticipar cualquier inconveniente técnico.</p><p>Actualmente, la <b>Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica</b> supervisa unos <b>5.000 casos</b> de personas que cumplen arresto domiciliario con este tipo de dispositivos, evaluando las condiciones técnicas y supervisando el funcionamiento del mecanismo.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SGTIZD72DRHQPDZ2J5TNFLBICU.jpg?auth=abb29320ad26fab9d95c7eb426fcd44edcb119eacf83273031ce75e4f4f534ae&amp;smart=true&amp;width=6240&amp;height=4160" type="image/jpeg" height="4160" width="6240"><media:description type="plain"><![CDATA[Former Argentinian President Cristina Fernandez de Kirchner gestures from the balcony of her home after Argentina's Supreme Court upheld her guilty verdict for defrauding the state, in Buenos Aires, Argentina, June 12, 2025. REUTERS/Alessia Maccioni]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">ALESSIA MACCIONI</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[El día que se abrió una investigación en Comodoro Py porque creyeron que Madeleine McCann estaba oculta en la Argentina ]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/2025/06/14/el-dia-que-se-abrio-una-investigacion-en-comodoro-py-porque-creyeron-que-madeleine-mccann-estaba-oculta-en-la-argentina/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/2025/06/14/el-dia-que-se-abrio-una-investigacion-en-comodoro-py-porque-creyeron-que-madeleine-mccann-estaba-oculta-en-la-argentina/</guid><dc:creator><![CDATA[Omar Lavieri]]></dc:creator><description><![CDATA[Hace casi 18 años se inició una causa judicial porque se detectó el ingreso a la Argentina de una niña muy parecida a la británica que era buscada en todo el mundo. Los detalles del expediente y el resultado del peritaje]]></description><pubDate>Sat, 14 Jun 2025 05:16:15 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/MPD2PAJWEFDBXA46ZF6Z3RWR5U?auth=6b79a93233b3599184c54be1a5a2d6b0e88704f8c14a48d9361085fe3a4a0a2d&smart=true&width=1920&height=1079" alt="La foto de la Madeleine McCann muestra una marca característica en su ojo derecho" height="1079" width="1920"/><p>El 23 de noviembre del año 2007 fue viernes. El dólar oficial tenía un valor de 3,16 pesos. El ejemplar de un diario de circulación nacional costaba 1,80 pesos. Varias casas de electrodomésticos ofrecían la consola Play Station 2 Slim junto al juego Winning Eleven Pro Evolution Soccer 2007 a 999 pesos. Y también un reproductor de audio y video Ran V de 2GB de memoria por 429 pesos. Un supermercado anunciaba la cerveza Palermo de un litro a 1,95 pesos. Mientras que otro tentaba a sus clientes al vender un juego de cuatro cubiertas Firestone a 155 pesos al contado.</p><p>Aquel día de noviembre estaba a cargo del país Néstor Kirchner. Unos días después, el 10 de diciembre <b>iba a asumir</b> la presidencia de la Nación Cristina Fernández de Kirchner. Ese día comenzaría el período de ocho años en la Casa Rosada que culminó en 2015. Una de las noticias más relevantes que se publicó aquel día fue la que daba cuenta de la detención del ex represor Luis Patti por siete delitos de lesa humanidad. También, la confirmación de Ramón Díaz como técnico de San Lorenzo después de haber coqueteado con River.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/KDURLP2GXNBOJGOG7XDPZHIVIY.jpg?auth=0af62711a60868c74d111c6f32cadd608bbf2aad59081695c3a16aba3308aea3&smart=true&width=962&height=1148" alt="Christian Brueckner, principal sospechoso por la desaparición de Madeleine McCann" height="1148" width="962"/><p>Aquel lejano viernes de noviembre, sin que fuera detectada por ningún medio de comunicación, <b>se inició una causa judicial</b> en los tribunales federales de Comodoro Py que lleva el número 17.013/2007. Ingresó por sorteo al Juzgado Federal 7 que por entonces estaba vacante por la renuncia de Guillermo Montenegro -hoy intendente de General Pueyrredón- y que subrogaba Sergio Torres quien, desde 2019, es juez de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.</p><p>La niña británica<b> Madeleine McCann había desaparecido misteriosamente en la ciudad balnearia de Praia da Luz</b>, en la región de Algarve al sur de Portugal el 3 de mayo de 2007. Se la buscaba por todo el mundo. Su foto se publicaba permanentemente en los medios de comunicación. Sus padres hablaban en una especie de cadena global. Su imagen estaba en todos y cada uno de los aeropuertos del planeta para que las autoridades prestaran especial atención a salidas y entradas de niñas cuya edad, <b>contextura física y rasgos coincidieran con los de la buscada</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AJCULVJ6GFBJDPCCJ2AMP5EJN4.png?auth=a8e9c06dd2f9467e46551a87729d756e70fb90e07a10ac06b6b8f90e1f77e603&smart=true&width=1920&height=1081" alt="Sergio Torres tuvo a cargo del caso en 2007 cuando era juez federal de la Capital. Desde 2019 integra la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires" height="1081" width="1920"/><p>En mayo de 2020 y en medio de la pandemia de coronavirus que asoló al mundo se conoció el nombre de un sospechoso por la desaparición de Maddie, como la llamaban sus padres. Es un alemán que cumple una condena de prisión de siete años por un caso de violación y que en la época de la desaparición de la niña vivía cerca del balneario portugués donde se la vio por última vez. <b>Su nombre es Christian Brueckner</b>, tiene 47 años y además posee antecedentes por agresiones, robos o asuntos relacionados con drogas.</p><p>En los últimos días, medios británicos dieron cuenta de hallazgos realizados por los investigadores del caso que reforzarían la hipótesis que señala a Brueckner como el autor del secuestro de Maddie. Entre el material obtenido en una propiedad vinculada al sospechoso, se encuentra un disco duro de una computadora que podría dar respuestas a la principal pregunta de la investigación: <b>¿Qué sucedió con Madeleine McCann?</b></p><p>Lo cierto es que 204 días después de la desaparición de la niña hubo una búsqueda de Madeleine en Argentina. Comenzó en aquella denuncia que entró en el juzgado federal 7 y que fue caratulada “NN sobre Averiguación de Ilícito” y la damnificada era la niña británica: Madeleine Beth Mc Cann.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/5PRGNSPH5RDUDEW7JPMSXQQINQ.jpg?auth=0cd748b36bb97db515591866f0a2c0747f8bc61f4b340a5ae4b074bd04bb1b38&smart=true&width=1920&height=3162" alt="La carátula del expediente iniciado hace casi 18 años" height="3162" width="1920"/><p>La denuncia fue realizada por el subcomisario de la Policía Fedral Marcelo Daniel El Haibe, quien por entonces era jefe de la sección Patrimonio Cultural de Interpol Argentina. La presentación policial para buscar a Madeleine McCann en el país se generó debido <b>a una advertencia</b> llegada desde la Dirección Nacional de Migraciones.</p><p>El 7 de noviembre de 2007 un empleado de Migraciones llamado Ignacio Lopes había intervenido en el trámite de radicación en el país de una niña, hija de un español y una argentina. El funcionario percibió -a partir de la foto de la menor que los padres aportaron al expediente del trámite- que la niña en cuestión<b> era muy parecida a Madeleine McCann</b>. El empleado dio aviso a sus jefes y ellos pusieron en funcionamiento el sistema de alerta. En aquel año encabezaba la Dirección Nacional de Migraciones, Ricardo Eusebio Rodríguez, que informó de la situación al comisario general Néstor Jorge Vallecca, quien fue Jefe de la Federal durante parte del gobierno de Néstor Kirchner.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EBKRL5RH4JG65HU44J64MC6HZQ.jpg?auth=0cd22358fd29ecd0e3e6f6cb143b00dede42f546196cdbbb08d7de6f549d2c42&smart=true&width=1920&height=1471" alt="El informe sobre el perfil de ADN de Madeleine McCann recibido en los tribunales de Buenos Aires" height="1471" width="1920"/><p>A partir de la denuncia <b>se inició una investigación judicial</b> para determinar si la niña (a la que Infobae llamará Mariela) era Madeleine McCann. Agentes de la Federal fueron hasta la casa de la familia en el partido de Morón y los vecinos ratificaron que efectivamente vivían en el departamento que habían fijado como domicilio en el trámite de radicación.<b> Y también dijeron que la niña se parecía mucho a Madeleine McCann</b>.</p><p>Como parte de la investigación se solicitaron muestras de ADN y de las huellas de manos y pies de Madeleine McCann a Madrid, Londres y Lisboa. Al mismo tiempo llegó desde España la información que ratificaba que la niña Mariela era hija biológica de sus padres y era quien sus documentos indicaban. Solo llegó el perfil de ADN de Madeleine McCann desde Londres.</p><p>Mientras en el expediente judicial se recibía la información desde el exterior, el juez Torres ordenó un peritaje <b>en el que dos expertos de la Federal compararon la foto del alerta amarilla </b>emitido por Interpol para hallar a Madeleine McCann con una fotocopia de la foto del expediente de Migraciones. El primer peritaje no resultó porque la fotocopia no permitía identificar detalles imprescindibles para una correcta identificación.</p><p>Entonces hubo que ordenar una ampliación del peritaje una vez que se consiguió la foto original de Mariela y recién se pudo completar la tarea. Obviamente no podían pedirle a la familia que entregara una foto o tomarle una a la niña.</p><p>Intervinieron en el peritaje la sargento María Gabriela Ferraro y el principal Diego Martín Maffia. Maffia, actualmente es comisario mayor y hasta principios de año fue el Director de la Policía Científica de la Federal. Los policías analizaron las fotos y enfocaron el estudio en distintos sectores de los rostros de ambas niñas. La foto de Madeleine McCann fue denominada A y la de Mariela adosada en el expediente de Migraciones fue llamada B. </p><p>Había un enorme parecido entre las fotos de Madeleine y de Mariela. Los expertos compararon el cabello y la frente, las cejas, los ojos, la nariz, la boca y el mentón de las imágenes de las dos niñas. Mientras se realizaba el peritaje-que fue un fin de semana- una brigada de Interpol vigilaba la casa de la familia en Morón.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UZI5X2P5HJCZNPF2WOMNWDOLQI.jpg?auth=1181f5d7b4923ca5b2eff78a9f4c9099cd17fd9e9776035df920a99473a30de0&smart=true&width=1920&height=2706" alt="La comparación de ambas fotos. La cara de la niña que vive en Argentina fue pixelada para proteger su identidad" height="2706" width="1920"/><p>En el caso de la comparación de los ojos, los peritos resaltaron una característica que allá por 2007 se tenía presente todo el tiempo cuando se intentaba encontrar a Madeleine. El informe de los peritos sobre los ojos de ambas niñas señalaba que “en la toma A como en B, ambos párpados describirían una forma curva que le aportan a los ojos morfología similar... Sin embargo contándose ahora con el original del elemento A, <b>se puede hacer mención que la marca característica que se ubica debajo del iris del ojo derecho</b> de la niña McCann, no es visible en el rostro de la menor Mariela”.</p><p>La conclusión de los peritos fue la siguiente: “Como resultado del estudio realizado entre A y B, se concluye que se trataría de distintas personas”. El caso fue archivado. Todo consta en una copia amarillenta de un viejo expediente de 121 páginas que este cronista obtuvo de fuentes judiciales.</p><p>El caso fue archivado el 3 de diciembre de 2007. Aquella nena cuya foto se comparó con la de Madeleine había nacido en marzo de 2005 en Valencia, España y ahora tiene 20 años. <b>Nada se sabe aún del paradero de Madeleine McCann.</b></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/MPD2PAJWEFDBXA46ZF6Z3RWR5U?auth=6b79a93233b3599184c54be1a5a2d6b0e88704f8c14a48d9361085fe3a4a0a2d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1079" type="image/jpeg" height="1079" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[  163]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[El Frente Renovador cuestionó el nuevo sistema acusatorio: “Sin recursos, la reforma no funcionará”]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2025/05/06/el-frente-renovador-cuestiono-el-nuevo-sistema-acusatorio-sin-recursos-la-reforma-no-funcionara/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2025/05/06/el-frente-renovador-cuestiono-el-nuevo-sistema-acusatorio-sin-recursos-la-reforma-no-funcionara/</guid><description><![CDATA[Los fiscales de Comodoro Py también criticaron al ministro de Justicia por tomar “decisiones unilaterales y no coordinadas institucionalmente”]]></description><pubDate>Tue, 06 May 2025 19:40:25 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3WSRZWOVCNFKFKTQLVZTU7HVFE.jpg?auth=67aa7220c8e811bc206e5ceb22466a4bd73b91a4dd08e967a9f7c087b7432688&smart=true&width=1920&height=1284" alt="Diego Giuliano junto a Sergio Massa
" height="1284" width="1920"/><p>La implementación del <b>sistema acusatorio</b> en los tribunales de <b>Comodoro Py</b> generó un fuerte rechazo por parte de varios dirigentes del <b>Frente Renovador</b>, quienes cuestionan la falta de <b>recursos</b> y <b>planificación</b> para su puesta en marcha. El sistema, que entrará en vigencia el <b>11 de agosto</b>, asigna a los <b>fiscales</b> la responsabilidad de llevar adelante las investigaciones penales y establece plazos más cortos para resolver los casos, con el fin de hacer más ágil el proceso judicial.</p><p><b>Cecilia Moreau</b>, <b>diputada nacional</b> y referente del Frente Renovador, expresó su preocupación por lo que considera una implementación apresurada. “El nuevo Código Procesal Penal Federal, resultado de un amplio consenso, debe implementarse. Pero como todo lo que hace este gobierno, lo hace mal. En las jurisdicciones donde ya se comenzó a aplicar, se encuentran colapsadas, y en las que faltan solo meses, ya advierten que será imposible hacerlo y resultará en una nueva frustración. ¿Por qué? Porque para que las cosas funcionen se necesitan recursos, y los únicos recursos que larga Economía son para pagar deuda”, afirmó Moreau. Además, la diputada exigió la suspensión de la puesta en marcha del sistema hasta contar con un <b>plan de inversión</b>, <b>recursos humanos</b>, y la constitución de la <b>Comisión Bicameral de Seguimiento</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SYFRSADHP5FKDCN4OSJQQMNCQE.jpg?auth=df648e749b97af34b793562113e5c5565a580cc34c97f699060e26686379437f&smart=true&width=2228&height=1542" alt="Cecilia Moreau, diputada nacional" height="1542" width="2228"/><p>Por su parte, <b>Diego Giuliano</b>, presidente del Frente Renovador y también <b>diputado nacional</b>, remarcó la falta de preparación para la implementación del sistema. “La justicia penal federal no puede ser otra víctima del ajuste. El nuevo Código Procesal Penal Federal es un avance necesario, pero su implementación sin recursos ni planificación lo condena al fracaso. En las jurisdicciones donde ya se aplica, el sistema está colapsado. En otras, advierten que sin inversión será inviable”, subrayó Giuliano. El legislador insistió en la necesidad de suspender la entrada en vigencia hasta contar con los elementos esenciales para su correcta ejecución.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U3KGQBRN7JFFNA6RYT5GZWD6WE.jpg?auth=0840c0ee1f5a5ec868ad76095d981c53eb4f5a47f66b19fc793f8dacce47d406&smart=true&width=2196&height=1522" alt="Diego Guliano, presidente del Frente Renovador" height="1522" width="2196"/><p><b>Marcela Passo</b>, <b>diputada nacional</b> por el Frente Renovador, también criticó duramente la decisión del gobierno de avanzar sin los recursos necesarios. “En tres meses comienza a regir el nuevo Código Federal Penal. No tiene presupuesto asignado, por lo tanto no se previeron recursos humanos, informáticos, ni la inversión necesaria para su efectiva implementación. La decisión del gobierno nacional de tener a la Argentina sin presupuesto 2025 tiene estas consecuencias nefastas. Un fracaso total”, expresó Passo.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JE25UGLZXNGTTL6QD6PEKAVTSE.jpg?auth=1048a31653822ba17938b14aed782e7c5e54d5b9724b071049553649c8116ed3&smart=true&width=1988&height=1072" alt="Marcela Passo, diputada del Frente Renovador" height="1072" width="1988"/><p>Además, <b>Mónica Litza</b>, otra de las voces del Frente Renovador, calificó la situación de “jueguito para la tribuna” y acusó al gobierno de intentar implementar una reforma sin el respaldo adecuado. “El Código Procesal Penal Federal, que introduce el sistema acusatorio, es el resultado de un gran consenso político. Una reforma necesaria, moderna, que va a agilizar los juicios penales y hacer más eficiente la administración de justicia. Ahora el gobierno busca que entre en vigencia sin el presupuesto necesario e imprescindible. Por falta de recursos públicos, al entrar en vigencia en tres meses, la reforma se va a frustrar”, señaló Litza.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/76VWHWBUNRFBTL672GVCONB6VE.jpg?auth=7857499d60e5483505aa321195fb1d4c9c02f0c2ebd842e4b602fd06764e6505&smart=true&width=2104&height=1542" alt="La diputada Mónica Litza" height="1542" width="2104"/><p>Finalmente, <b>Micaela Moran</b>, también <b>diputada nacional</b> del Frente Renovador, coincidió con sus compañeros y advirtió sobre el posible fracaso de la reforma si no se resuelven los problemas de financiación. “El sistema acusatorio en el Código Procesal Penal Federal fue una reforma necesaria y fruto de mucho trabajo para llegar a un gran consenso político. Uno de los objetivos principales fue agilizar los juicios penales y hacer más eficiente la administración de justicia. El gran problema que se presenta ahora es que cuando entre en vigencia no hay inversión pública que lo respalde y perderemos una oportunidad valiosa. Indefectiblemente, la reforma va rumbo al fracaso”, afirmó Moran.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VR6VQG74EBDHDHMRITN3J5W4JI.jpg?auth=0430c3c094a0293e8ef5a5fa3a40fced3ff1bcd1dbdb9c89696b464041bcc1de&smart=true&width=2046&height=1028" alt="El mensaje de Micaela Moran" height="1028" width="2046"/><p>El mensaje de los dirigentes del Frente Renovador se suma a la nota que enviaron los nueve fiscales federales de primera instancia de Comodoro Py al procurador Eduardo Casal, donde criticaron al ministro de Justicia de la Nación, <b>Mariano Cúneo Libarona</b>, por avanzar con la aplicación del nuevo sistema acusatorio <b>“sobre la base de decisiones unilaterales y no coordinadas institucionalmente” </b>y advirtieron sobre un déficit de recursos que podría hacer fracasar el sistema.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3WSRZWOVCNFKFKTQLVZTU7HVFE.jpg?auth=67aa7220c8e811bc206e5ceb22466a4bd73b91a4dd08e967a9f7c087b7432688&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1284" type="image/jpeg" height="1284" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Miembros de la Justicia Federal visitaron el Museo del Holocausto de Buenos Aires]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/03/11/miembros-de-la-justicia-federal-visitaron-el-museo-del-holocausto-de-buenos-aires/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/03/11/miembros-de-la-justicia-federal-visitaron-el-museo-del-holocausto-de-buenos-aires/</guid><description><![CDATA[Magistrados, funcionarios y empleados realizaron esta actividad como parte de un convenio firmado en 2024]]></description><pubDate>Tue, 11 Mar 2025 22:48:13 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VHICPGV5FZHFHCPTNUOMQJYW5M.jpeg?auth=915ededbbfd0ebec87a8511802065cb000900cf0fbac4d8e32c9a8560f11add6&smart=true&width=1920&height=1440" alt="La visita se dio en el marco de un convenio que busca combatir el racismo, la discriminación, la xenofobia y el antisemitismo" height="1440" width="1920"/><p>Miembros de la <b>Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Ciudad de Buenos Aires</b>, liderados por sus magistrados, <b>Pablo Bertuzzi</b> y <b>Mariano Llorens</b>, visitaron este martes el <b>Museo del Holocausto de Buenos Aires</b>. También formaron parte de la comitiva los funcionarios y empleados de dicha dependencia.</p><p>La actividad fue organizada por el director del Museo, <b>Jonathan Karszerbaum</b>, junto a <b>Laura Kvitko</b>, <b>Flora Acselrad</b> y Mariana <b>Kohan</b>, coordinadoras del convenio firmado el año pasado por el <b>Presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, doctor Mariano Hernán Borinsky</b>, la <b>fundación Memoria del Holocausto</b> y la <b>Asociación de Abogados Judíos de la República Argentina</b>. </p><p>El mencionado convenio tiene como objetivo la <b>cooperación entre las instituciones en contra del racismo, la discriminación, la xenofobia y el antisemitismo</b>, y forma parte de un proyecto llamado “Puentes Institucionales”, distinguido por la Organización de Estados Americanos (OEA), en el cual se pretende capacitar a operadores del Poder Judicial y de los Ministerios Públicos sobre el Holocausto, antirracismo, derecho a la igualdad y no discriminación y la identificación y abordaje de discursos de odio. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/6GRLYLDZG5EMXEDYKLIW3DD5CI.jpeg?auth=42c7386a04866577a7c99350863f0cfee202a3e00ea21ab129a818fa71e5fb92&smart=true&width=1920&height=1373" alt="Los miembros de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Ciudad de Buenos Aires que visitaron el Museo del Holocausto" height="1373" width="1920"/><p>Los acuerdos firmados entre los operadores de justicia y el Museo del Holocausto marcan un hito en la incorporación de programas de capacitación en antidiscriminación para magistrados, funcionarios y empleados del sistema judicial. Además, resultan de vital importancia en el contexto mundial actual.</p><p>La propuesta, aprobada por el Tribunal de Superintendencia de la Cámara Federal de Casación Penal el 8 de octubre de 2024, tiene como fin desarrollar y promover de manera conjunta actividades de cooperación, de capacitación, de investigación y de difusión. En particular, coordinar visitas programadas al Museo del Holocausto de Buenos Aires, así como cualquier otra acción que pueda resultar de interés, en miras a fortalecer el desempeño de las funciones de las instituciones. </p><p>El año pasado, en el marco de ese convenio, más de 200 integrantes de la Cámara Federal de Casación Penal y de otros tribunales visitaron el Museo y se capacitaron en antisemitismo y discursos de odio.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/C5LWJU7PCFEQNF3IVOHK5C3TQM.jpeg?auth=9da736996fea44520f29863a20755aa6c8906b7097dfa29298c3a2c430a911df&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1440" type="image/jpeg" height="1440" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(Fuente)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Policía Federal deberá indemnizar a un agente retirado por sufrir una serie de trastornos psíquicos ]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/02/24/la-policia-federal-debera-indemnizar-a-un-agente-retirado-por-sufrir-una-serie-de-trastornos-psiquicos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/02/24/la-policia-federal-debera-indemnizar-a-un-agente-retirado-por-sufrir-una-serie-de-trastornos-psiquicos/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description></description><pubDate>Mon, 24 Feb 2025 19:17:15 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SYB7R655QFDIVFUZHRNEJIUSFQ.jpg?auth=d3527a4e7bec8b240e197bbb05f433d0e8a6359498ac221868f5db991dfb99fd&smart=true&width=1980&height=1080" alt="La Policía Federal deberá indemnizar por una serie de trastornos a un agente retirado (Télam)" height="1080" width="1980"/><p>Lesiones por <b>disparos en un tiroteo</b>; <b>asfixia y ceguera</b> por recibir<a href="https://www.infobae.com/tag/gas-lacrimogeno/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/gas-lacrimogeno/"> <b>gases lacrimógenos</b></a><b> </b>en la cancha de Boca; quemaduras con ácido en un enfrentamiento con delincuentes. Estas son algunos de los episodios de la larga lista que sufrió un <b>sargento primero</b> de la Policía Federal Argentina (PFA) durante sus 26 años de servicio. En 2014, ya retirado a causa de sus constantes angustias y de sus “crisis nerviosas”, decidió demandar por <a href="https://www.infobae.com/tag/danos-y-perjuicios/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/danos-y-perjuicios/"><b>daños y perjuicios</b></a> a la fuerza de seguridad, cuya Junta Médica lo había diagnosticado con un “trastorno paranoide de personalidad con <a href="https://www.infobae.com/tag/trastorno-psicotico/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/trastorno-psicotico/"><b>episodios psicóticos breves</b></a>”. La primera instancia aceptó, en parte, su reclamo. Ahora, la Cámara Civil y Comercial Federal porteña confirmó que la institución deberá indemnizar al agente por los conceptos de <b>daño psíquico</b>, <b>gastos terapéuticos</b>, <b>tratamiento psicológico y psiquiátrico</b>, entre otros.</p><p>Se trata del caso de <b>N.S</b>., de 60 años, un <a href="https://www.infobae.com/tag/policia-federal-argentina/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/policia-federal-argentina/">policía</a> que demandó al <b>Estado Nacional</b>, representado en la PFA, por una batería de enfermedades y accidentes que sufrió desde que ingresó a la fuerza a sus 21 años, en 1986, hasta que las autoridades decidieron<b> pasarlo a situación de retiro</b>.</p><p>El proceso judicial, tramitado ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°4 de la Ciudad de Buenos Aires, recabó <b>pericias</b>, <b>análisis clínicos</b>, <b>legajos</b>, <b>entrevistas</b>, <b>testimonios</b>, entre otras diligencias practicadas dentro de unas actuaciones que tuvieron su primera resolución casi 10 años después, el 8 de noviembre de 2023.</p><p>En ese fallo, dictado por el juez <b>José Luis Cassinerio</b>, se dejó asentado que N.S., durante el ejercicio de su <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/02/21/un-policia-de-la-ciudad-salio-herido-de-un-enfrentamiento-con-motochorros-en-moron/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2025/02/21/un-policia-de-la-ciudad-salio-herido-de-un-enfrentamiento-con-motochorros-en-moron/">actividad policial</a>, había tenido los siguientes perjuicios ocurridos “<b>en servicio</b>”: lesiones por disparos de <b>arma de fuego</b> en 1995; <b>hipertensión arterial</b> con cuadro de descompensación en 1997; intoxicación y principio de<b> asfixia y ceguera </b>transitoria por <a href="https://www.infobae.com/tag/gas-lacrimogeno/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/gas-lacrimogeno/"><b>gases lacrimógenos</b></a> lanzados por la <b>guardia de infantería </b>mientras estuvo afectado al protocolo de seguridad del partido de fútbol entre <b>Boca Juniors y Racing </b>en 1999; <b>conjuntivitis química </b>por un líquido que le tiraron en la cara cuando sirvió como policía adicional en otro partido dentro del estadio de Boca, en 2001; contusiones por un enfrentamiento con delincuentes en el mismo año; <b>quemaduras con ácido </b>lanzado por ladrones que circulaban en moto e intentaron evitar el <b>control vehicular</b> al que N.S. estaba afectado.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JXYOLVKEXWX77UHCPNIDSFXX6I.jpg?auth=2a2d330f54baa73eb2ea4438a6f21ce5cf9976e103e3c763abba9f6dae209a6e&smart=true&width=800&height=529" alt="El demandante estuvo activo en la fuerza de seguridad federal durante 26 años (Foto ilustrativa: REUTERS/Agustin Marcarian)" height="529" width="800"/><p>También se corroboró que, respecto a su <b>salud mental</b>, el sargento primero había padecido distintos<b> trastornos de angustia</b> y <b>crisis nerviosas</b> desde 2009, que lo llevaron a someterse a un estudio de la <b>Junta Permanente de Reconocimientos Médicos </b>de la PFA, donde fue diagnosticado con “<b>trastorno paranoide de personalidad con episodios psicóticos breves</b>”. </p><p>El 3 de mayo de 2012, la institución policial tomó la decisión de otorgarle el retiro a N.S., a pesar de su intención de continuar activo dentro del escalafón. </p><p>En 2014, como se dijo, se presentó la demanda del agente ante los tribunales civiles. En 2023, el juez <b>Cassinerio</b> resolvió a su favor parcialmente, ya que condenó a la policía a pagarle una suma de <b>$ 1.427.000 </b>-más intereses- por <b>daños físico, </b><a href="https://www.infobae.com/tag/dano-moral/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/dano-moral/"><b>moral, psíquico</b></a><b> y gastos en terapia</b>, pero declaró prescriptos todos los hechos anteriores al 2004, en virtud del <b>plazo prescriptivo</b> <b>de 10 años</b> que establecía el Código Civil de Vélez Sársfield, aplicado en este proceso. </p><p>Esa sentencia fue apelada por la PFA por considerar que “ninguno de los <b>hechos dañosos</b> podía imputársele a título de dolo o culpa debido a que eran enteramente ajenos a su <b>actividad regular</b>” y que el demandante, al ingresar a la institución, se había sometido voluntariamente “al <b>régimen legal específico </b>de la <b>fuerza de seguridad</b> que integra”, lo que impedía aplicar el derecho civil para estos casos.</p><p>En esos términos, el expediente quedó en manos de la <b>Sala III</b> del tribunal civil de Alzada porteño, integrada por los jueces <b>Eduardo Gottardi</b>, <b>Fernando Uriarte </b>y <b>Guillermo Antelo</b>, quienes se expidieron por unanimidad en un fallo al que tuvo acceso <b>Infobae</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/IDUFGDO5NFGDJLJ5UPI7QYX2X4.png?auth=65207fb237456231b939cd8cbad807de6cf0910efe79a0378c71b81d944bc6c5&smart=true&width=626&height=418" alt="Gastos terapéuticos: uno de los conceptos que deberá solventar la Policía Federal por las crisis de angustia del agente retirado (Foto ilustrativa: Freepik)" height="418" width="626"/><p>“Es evidente que los argumentos expuestos no contribuyen a la defensa de la PFA porque, hace poco menos de tres décadas, la <b>Corte Suprema de Justicia de la Nación </b>juzgó que nada obsta a que los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad puedan <b>responsabilizar al </b><a href="https://www.infobae.com/tag/estado-nacional/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/estado-nacional/"><b>Estado Nacional</b></a><b> </b>con fundamento en el <b>derecho común </b>-civil- por los perjuicios que experimenten <b>durante el servicio</b>“, señalaron los camaristas al resolver.</p><p>Luego precisaron: “Es cierto que la posterior restricción de esa doctrina a los ‘<b>accidentes laborales</b>’ condujo a excluir del resarcimiento a los agentes muertos o heridos en cumplimiento de ‘misiones específicas’ –v.gr. la <b>represión del delito</b>- (...); pero también lo es que ella no favorece la posición del Estado Nacional porque los<b> eventos dañosos</b> encuadran en la primera de las categorías mencionadas, lo que se condice con su calificación que se les dio en <b>sede administrativa</b>“.</p><p>Y concluyeron: “Con tal comprensión del asunto, la idea del <b>sometimiento voluntario </b>carece de sustento jurídico al igual que la<b> falta de culpa</b> (es sabido que la <b>responsabilidad del empleador</b> es objetiva, sea por la tesis del ‘riesgo’, del ‘provecho’ o de una combinación de ambas)“.</p><p>En consecuencia, tras descartar otros agravios de la PFA y de la parte demandante, ligados estos últimos a la prescripción de determinados accidentes laborales, la Cámara decidió confirmar la resolución de primera instancia.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SYB7R655QFDIVFUZHRNEJIUSFQ.jpg?auth=d3527a4e7bec8b240e197bbb05f433d0e8a6359498ac221868f5db991dfb99fd&amp;smart=true&amp;width=1980&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1980"><media:description type="plain"><![CDATA[El presunto autor del crimen fue detenido este martes (Télam)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Confirmaron el procesamiento de un vecino por usurpación de tierras: la causa involucra a un dirigente del PJ]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/02/22/confirmaron-el-procesamiento-de-un-vecino-por-usurpacion-de-tierras-la-causa-involucra-a-un-dirigente-del-pj/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/02/22/confirmaron-el-procesamiento-de-un-vecino-por-usurpacion-de-tierras-la-causa-involucra-a-un-dirigente-del-pj/</guid><dc:creator><![CDATA[Tomás Martino]]></dc:creator><description><![CDATA[La Cámara Federal de Córdoba ratificó la imputación de Alan Báez por la toma de terrenos públicos en la localidad de Santa Catalina Holmberg, cerca de Río Cuarto. Su histórico ex intendente, Miguel Ángel “Minino” Negro, está acusado de instigar la ocupación]]></description><pubDate>Sat, 22 Feb 2025 04:29:31 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/K2KDV7VHENEPRAIAOTX4KJQ6XI.JPG?auth=d8685f910b3a2cadc41a04c496c741916c56bbf6346ccb22d39fc3bcb205fdbd&smart=true&width=1045&height=586" alt="El exintendente Miguel Angel "Minino" Negro gobernó durante 40 años la intendencia de Santa Catalina, a 10 kilómetros de Río Cuarto (Gentileza: Eldoce.tv)" height="586" width="1045"/><p>En el marco de una causa que tiene a un <b>histórico exintendente</b> cordobés imputado por la presunta instigación a la<a href="" target="_blank" rel="" title=""> <b>toma de terrenos públicos</b></a>, la Cámara Federal de Córdoba confirmó el procesamiento de un vecino acusado de llevar adelante la<b> </b><a href="https://www.infobae.com/tag/ocupacion-de-tierras/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/ocupacion-de-tierras/"><b>usurpación de las tierras</b></a> en coordinación con <b>dirigentes políticos</b> locales.</p><p>Se trata de un expediente que tramita un hecho ocurrido entre los meses de diciembre de 2022 y enero de 2023 en la localidad cordobesa de <b>Santa Catalina Holmberg</b>, a unos 10 kilómetros de <b>Río Cuarto</b>, en el cruce entre las rutas nacionales 8 y 35. En ese lugar, en esa época, un grupo de aproximadamente 50 personas ingresó a un <b>predio del Estado Nacional</b>, ubicado a la vera de las vías del <b>Ferrocarril de </b><a href="https://www.infobae.com/tag/trenes-argentinos/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/trenes-argentinos/"><b>Trenes Argentinos Cargas</b></a>, y se instaló demarcando lotes con<b> alambres y telas</b>.</p><p>El caso rápidamente adquirió <b>tintes políticos</b>. Y es que, en junio de 2023, el municipio de <b>Holmberg</b> celebraría elecciones. Dejaba su cargo, después de 40 años, el intendente justicialista <b>Miguel Ángel “Minino” Negro</b>, quien había gestionado desde la vuelta de la democracia y se había convertido, por ese pergamino, en una de las figuras de renombre en el <a href="https://www.infobae.com/tag/peronismo-cordobes/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/peronismo-cordobes/"><b>peronismo cordobés</b></a>. Para sucederlo, postuló a su alfil radical, <b>Ignacio Alaniz</b>, conformando un<b> armado electoral</b> sin antecedentes que se denominó <b>Unidos Santa Catalina</b>. </p><p>La denuncia por la <b>usurpación de los terrenos</b> la presentó el 18 de enero de 2023 el mismo “Minino” Negro, quien le atribuyó cierta <b>intencionalidad política</b> a la ocupación en virtud de la proximidad de las elecciones. La causa quedó en manos del juez federal de Río Cuarto, <b>Carlos Ochoa</b>, quien comenzó a reunir pruebas.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/CG2GGNW355AFPNLE4AR5Z2KI7Q.JPG?auth=13933d1b40bc31df1a5e6ad968675c335a734d9c8f64489d7e5300e395c3a2ee&smart=true&width=946&height=625" alt="El histórico dirigente del justicialismo cordobés junto a su candidato a sucederlo en 2023, Ignacio Alaniz (Gentileza: La Voz)" height="625" width="946"/><p>Para sorpresa del oficialismo, las elecciones municipales las ganó el <b>bloque opositor</b>, encabezado por el dirigente <b>Maximiliano Rossetto</b>, de <b>Hacemos Córdoba</b>. Para ese entonces, la Gendarmería había logrado desalojar de forma pacífica al medio centenar de ocupantes, que ante los medios locales ya habían hablado de un <b>problema habitacional</b> que procuraban resolver subdividiendo<b> </b>las <a href="https://www.infobae.com/tag/terrenos-tomados/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/terrenos-tomados/"><b>tierras ocupadas</b></a> en diferentes parcelas.</p><p>El juez dispuso una serie de medidas sobre el predio nacional. Allí se detectaron <b>conexiones eléctricas</b> cuya instalaciones no se podrían haber concretado sin la venia del municipio. Ese indicio llevó al fiscal <b>Rodolfo Cabanillas </b>a pedir<b> allanamientos </b>en la sede municipal y luego a secuestrar distintos celulares, entre ellos los de Negro y Alaniz, a quien días antes de las elecciones se lo había visto en una <a href="https://www.infobae.com/tag/camara-oculta/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/camara-oculta/"><b>cámara oculta</b></a> dialogando con un grupo de vecinos implicados en la usurpación.</p><p>En ese video, publicado por el diario<i> La Voz</i>, el candidato oficialista les promete comprarle al Estado esas <b>tierras fiscales </b>para dárselas a cambio de que levanten la toma y abandonen temporalmente el lugar.</p><p>Tanto “Minino” Negro como Alaniz, su ahijado político, fueron <a href="https://www.infobae.com/politica/2021/11/14/que-es-la-declaracion-indagatoria/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2021/11/14/que-es-la-declaracion-indagatoria/"><b>llamados a indagatoria</b></a><b> </b>en junio de ese año. Ambos quedaron imputados por solicitud del fiscal Cabanillas. En diciembre de 2024, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó sus procesamientos bajo la figura de <b>instigación al delito de usurpación</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/I2D3O2ZAG5F37KH6U4LYK6JVVA.jpg?auth=c0e0028b354e957df2867e3dfea24bffc5acad00f7892b59c184e5b50058e2bf&smart=true&width=918&height=551" alt="La Municipalidad de Santa Catalina (Holmberg), en Córdoba, fue objeto de allanamientos en la causa por la usurpación de tierras estatales (Gentileza: Cbahoy)" height="551" width="918"/><p>En ese contexto, llegó al mismo tribunal de Alzada el caso de <b>Alan Iván Báez</b>, un vecino de <b>Holmberg </b>procesado el 29 de julio pasado por el <b>juez federal de Río Cuarto</b> como <b>coautor del ilícito de usurpación</b>, contemplado en el artículo 181, 1° del Código Penal. La coautoría de la toma de <b>terrenos públicos </b>la compartió, según el magistrado, con dos vecinos llamados <b>Fernando Gabriel Romano </b>y <b>Mayra Desireé Garretón</b>. </p><p>Báez apeló su procesamiento por considerar que la <b>valoración de la prueba </b>en primera instancia había resultado “<b>selectiva y parcial</b>”, y que, en rigor, debería haberse dictado<b> su sobreseimiento</b>.</p><p>El legajo de apelación quedó listo para resolverse este jueves, donde la Sala B emitió un fallo de 13 páginas al que accedió <b>Infobae</b>. El primero en emitir su voto fue el camarista <b>Abel Sánchez Torres</b>, quien luego de hacer la reseña de las actuaciones señaló que las pruebas para imputar a Báez surgían de su <b>participación en un noticiero local</b>, donde daba cuenta de la ocupación, y de las <b>escuchas telefónicas </b>realizadas sobre su línea.</p><p>“Destaco, particularmente, lo informado por Gendarmería Nacional con fecha 23/01/2023 (...), donde los preventores señalan una <b>nota periodística</b> emitida en el noticiero ‘<i>Telediario</i>’ de esta ciudad, en la que se observa a Alan Iván Báez, resultando sindicado ya a esa fecha, <b>como uno de los presuntos ocupantes ilegítimos de los terrenos del ferrocarril</b>“, señaló el juez.</p><p>Luego precisó: “Cabe agregar, al respecto, que del mismo informe surge como resultado de las<b> tareas de campo </b>desarrolladas por los investigadores, <b>entrevistas </b>realizadas con vecinos de la <b>localidad de Holmberg</b>, que vincularían a Báez como uno de los <b>principales </b><a href="https://www.infobae.com/tag/usurpacion/" target="_blank" rel="noreferrer" title="https://www.infobae.com/tag/usurpacion/"><b>organizadores de la usurpación</b></a>”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3QJQPXQ4OZB3ZJOSTDXCFI5XIA.jpg?auth=48666317d3c56f6d02ef557e886cac729f3dd8e0d9cdd54bf3dbfd2a93e7b360&smart=true&width=1920&height=1440" alt="En el caso intervino la Sala B de la Cámara Federal de Córdoba (Gentileza: Tiempo Judicial)" height="1440" width="1920"/><p>El camarista también hizo foco en algunos de los audios incorporados en la instrucción, donde en una <b>charla telefónica</b> Báez da cuenta de una posible <b>complicidad con el poder de turno </b>previo a las elecciones de la Municipalidad: “Ellos nos dijeron que la cotorra se aseguró, <b>él dice que está seguro que va a ganar y que tiene pensado ganar</b> y ayudarnos a nosotros en darnos unos terrenos, para que nosotros podamos pagarlos en facilidad de pago y todas esas cosas... Y me dijeron que ellos querían que nosotros <b>salgamos en la prensa</b> a decir y también -a- decir a la gente que el <b>Municipio no tiene nada que ver</b>, <b>cuando ellos sí tenían algo que ver</b>... Así que bueno esas cosas, (...) ahí dijo que <b>él sí nos había dado el terreno para el marido</b>, los escombros para el ‘Mari’, sabía el ‘Lian’ y todo... <b>Es como que con nosotros se quieren tapar</b>“.</p><p>“Similar valoración -añadió el camarista Sánchez Torres en torno a un <b>posible vínculo</b> con quien fuera <b>40 años intendente</b>- corresponde efectuar respecto del audio obtenido del <b>celular de Báez</b>, enviado a una persona que se identificaría como ‘Gonza’, el cual expresa: ‘ahí fui a hablar con Mínimo, él me dijo que <b>el terreno vos si querés agarrá andá agarratelo </b>[sic]‘“.</p><p>Y afirmó: “Cabe destacar especialmente que las constancias antes referidas tienen un elevado<b> nivel de contundencia y relevancia</b>, puesto que lejos de tratarse de meros ‘testigos de oídas o de referencia’, han sido obtenidas a partir de<b> comunicaciones entre los propios implicados </b>en la usurpación como coautores”.</p><p>A su término, los magistrados <b>Eduardo Ávalos</b> y <b>Liliana Navarro </b>compartieron los argumentos de su colega para confirmar el procesamiento de Báez como <b>coautor de la usurpación</b>. El expediente volverá a primera instancia para que continúe la instrucción penal.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/K2KDV7VHENEPRAIAOTX4KJQ6XI.JPG?auth=d8685f910b3a2cadc41a04c496c741916c56bbf6346ccb22d39fc3bcb205fdbd&amp;smart=true&amp;width=1045&amp;height=586" type="image/jpeg" height="586" width="1045"><media:description type="plain"><![CDATA[El exintendente Miguel Angel "Minino" Negro gobernó durante 40 años la intendencia de Santa Catalina, a 10 kilómetros de Río Cuarto (Gentileza: Eldoce.tv)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Martino,Tomas Maria</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia Federal respaldó la intervención en la obra social de los trabajadores rurales]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2025/02/21/la-justicia-federal-respaldo-la-intervencion-en-la-obra-social-de-los-trabajadores-rurales/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2025/02/21/la-justicia-federal-respaldo-la-intervencion-en-la-obra-social-de-los-trabajadores-rurales/</guid><description></description><pubDate>Fri, 21 Feb 2025 20:17:48 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/SRSJXIASMRCIJHKHPXXV4OS62I.jpg?auth=204dc367695b2cdd9109f7c6cdd32587091cbeab49b32c6f88c10a036ce70ab6&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Crédito: GESTION SINDICAL" height="1080" width="1920"/><p>La sala VI de la <b>Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo</b> rechazó la medida cautelar que había interpuesto el secretario general de la <b>Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE)</b>, <b>José Antonio Voytenco</b>, y ratificó la intervención en <b>OSPRERA</b>, la obra social de ese sindicato.</p><p><b>José Antonio Voytenco</b> había pedido que se suspenda el decreto 1054/2024 que designó como interventor a <b>Marcelo Petroni</b> y además pretendía la reposición de las autoridades desplazadas y la revocación de resoluciones previas de la <b>Superintendencia de Servicios de Salud</b>. El tribunal, al compartir en el expediente Nº 52107/2024 el dictamen del Sr. Fiscal General Interino, resolvió rechazar la medida cautelar, <b>ratificando así el proceso de intervención sin expedirse aún sobre el fondo del asunto</b>.</p><p>Además, a pedido del juez Sebastián Casanello, hoy el fiscal Marijuan allanó la sede de Osprera ubicada en Reconquista 630. Sucede que mañana vence el plazo de intervención -el interventor responder a “Lule” Menem- que había solicitado el juez en la causa. </p><p>Ayer, la sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó la medida cautelar que había interpuesto el secretario general, José Antonio Voytenco.</p><p>La intervención de la <b>obra social</b> se produjo el 29 de agosto de 2024 debido a la fuerte crisis financiera que atraviesa el ente que pertenece a la <b>Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE)</b>. <b>Se trata de la segunda prestadora de servicios de salud más importante del país</b>, con cerca de 760 mil afiliados, detrás de la de Empleados de Comercio y delante de <b>UPCN</b>, el gremio de estatales nacionales.</p><p>De acuerdo a fuentes de la intervención, “este fallo representa un fuerte respaldo institucional a la labor que viene desarrollando la intervención para recuperar y transparentar la gestión de <b>OSPRERA</b>, afectada por graves irregularidades y una deuda que supera los $97.889 millones, originada en la gestión de <b>Voytenco</b>”. Y agrega que “asimismo, <b>la sentencia marca un revés para aquellos sectores que intentan obstaculizar la normalización de la obra social</b>, como el encabezado por el mencionado dirigente sindical”.También reafirma “su compromiso con la transparencia, la legalidad y la reconstrucción de <b>OSPRERA</b>, trabajando incansablemente para garantizar prestaciones de salud de calidad a sus afiliados”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/I2IUVGBZDRFLJBS532U5DHLVJA.jpg?auth=5aa333eccc1a2ccfc0dafe9efd9d530766c026e64d9a04addd4258f84fb5e5ea&smart=true&width=1920&height=1467" alt="José Voytenco, secretario general de la UATRE." height="1467" width="1920"/><p>El Poder Ejecutivo delegó en el <b>Ministerio de Salud</b> la intervención por el término de 180 días de la <b>obra social</b>, con la posibilidad de prorrogar el plazo en caso de ser necesario. <b>La interventora al comienzo fue la doctora Virginia Montero quien luego renunció y en noviembre fue reemplazada por Petroni</b>.</p><p>El 2 de febrero una consultora entregó los resultados de la primera auditoría a <b>OSPRERA</b> en la que detectó multimillonarios fondos mal administrados, sin controles adecuados, sospechas de fraude y diversas irregularidades, que derivaron en una deuda de casi 100.000 millones de pesos y un déficit mensual de 4.200 millones de pesos.</p><p>Entre otras situaciones, los funcionarios advirtieron que entre 2022 y 2023 los beneficiarios de la cuestionada <b>obra social</b> realizaron 16.410 reclamos por, entre otros temas, falta de entrega de medicamentos -entre otros oncológicos- y prótesis; negación de cirugías y otras prestaciones médicas como acompañamiento terapéutico y asistencia a afiliados con discapacidad.</p><p>El superintendente <b>Gabriel Oriolo</b> y el gerente general de la <b>Superintendencia de Servicios de Salud</b>, <b>Claudio Stivelman</b>, también advirtieron que la anterior gestión del organismo, a cargo de <b>Daniel López</b>, le otorgó a la <b>obra social de la UATRE</b> $3.350 millones, unos 9,5 millones de dólares al cambio de esa fecha, en concepto de “ayuda financiera”. Fue otorgada el 4 de octubre de 2023.</p><p>Según las autoridades de <b>La Libertad Avanza</b>, dos meses después, el viernes 7 de diciembre, último día hábil del entonces gobierno de <b>Alberto Fernández</b>, las autoridades salientes “aprobaron la rendición de cuentas” pero las facturas y planillas de gastos o pagos que los acreditan no se encuentran en los archivos de la <b>SSS</b>.</p><p>¿Qué reveló además la auditoría? Que, <b>“en promedio, el déficit mensual al 31/10/2024 se encuentra en aproximadamente $4.200 millones, lo que representa un incremento exponencial de las deudas al no tener una caja que permita una reducción del pasivo”</b>. Por eso, se advierte, “el índice de liquidez arroja cifras alarmantes sobre la solvencia financiera de <b>OSPRERA</b>”.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/RQI5FYCVT5FU5MPNZZSS6S7T6E.jpg?auth=bf657507eaafcd3ba52c3802f2b75b3e9c4d4c07f56d743a18653f666638998c&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Hay 112 denuncias penales en la Justicia Federal por el caso de la criptomoneda promocionada por Javier Milei]]></title><link>https://www.infobae.com/judiciales/2025/02/16/hasta-ahora-hay-112-denuncias-penales-en-la-justicia-federal-por-el-caso-de-la-criptomoneda-promocionada-por-javier-milei/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/judiciales/2025/02/16/hasta-ahora-hay-112-denuncias-penales-en-la-justicia-federal-por-el-caso-de-la-criptomoneda-promocionada-por-javier-milei/</guid><dc:creator><![CDATA[Juan Pablo Elverdin]]></dc:creator><description><![CDATA[Fuentes judiciales confirmaron que hasta la tarde de este domingo había 111 presentaciones digitales que se hicieron en diferentes juzgados y una que fue realizada en una comisaría. Será investigada por el fiscal Guillermo Marijuan]]></description><pubDate>Mon, 17 Feb 2025 02:32:43 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UIBLNJ3QAXRHYHJFV6FXHFPHMI.jpg?auth=56dc44eb520b9215b7191614912a72c7ddc428d99507dfe75e68689647af9afa&smart=true&width=800&height=533" alt="Ya hay más de un centenar de denuncias penales por el caso de la criptomoneda. Foto: REUTERS/Yves Herman" height="533" width="800"/><p>Lo que comenzó el viernes como un tuit de <a href="https://www.infobae.com/politica/2025/02/16/cronologia-de-la-fallida-promocion-de-la-criptomoneda-libra-del-tuit-de-javier-milei-a-lo-que-podria-pasar-en-el-congreso/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/politica/2025/02/16/cronologia-de-la-fallida-promocion-de-la-criptomoneda-libra-del-tuit-de-javier-milei-a-lo-que-podria-pasar-en-el-congreso/">promoción de una criptomoneda por parte del presidente Javier Milei </a>escaló hasta decantar en una fuerte polémica, que el Gobierno intenta minimizar y la oposición buscar potenciar con presentaciones de pedidos de juicio político y de investigaciones en el Congreso.</p><p>Pero más allá de ese escenario, lo cierto es que la fallida promoción del token $LIBRA, que dejó miles de damnificados que perdieron sus inversiones, <b>generó ya más de un centenar de presentaciones en la Justicia Federal.</b></p><p>Según confirmaron fuentes judiciales a <i>Infobae</i>, hasta hoy hay <b>112 denuncias penales</b> contra el mandatario, a partir de su publicación en redes y posterior marcha atrás. De esas presentaciones, 111 fueron de manera digital en diferentes juzgados, que recién se activarán mañana, cuando abran esas dependencias. </p><p>Sin embargo, una de esas denuncias se hizo de manera presencial en una comisaría de la ciudad de Buenos Aires y ya fue aceptada por el fiscal<b> Guillermo Marijuan</b>. Fue realizada un hombre identificado como <b>Miguel Ángel Heredia.</b></p><p>De acuerdo a las fuentes, más allá del debate que se producirá mañana sobre quién debe tomar el caso, esta presentación deberá ser la que tenga preponderancia a la hora de agrupar las denuncias para determinar si el Presidente incurrió en algún delito. La denuncia cayó en el <b>Juzgado Nacional en lo Criminal y Correcional Federal N° 7 a cardo de Sebastian Casanello, en la secretaria N° 13 del doctor Martin Smietniansky.</b></p><p>La Justicia, ahora, deberá evaluar si Javier Milei incurrió en algún delito al promocionar la criptomoneda $LIBRA, que <b>tuvo un abrupto ascenso en su cotización para luego derrumbarse rápidamente</b>. El mandatario mantuvo durante algunas horas la publicación en su cuenta oficial de la red social de X, aunque luego la borró y subió otro mensaje en el que se desligaba del tema.</p><p>“Hace unas horas publiqué un tweet, como tantas otras infinitas veces, apoyando un supuesto emprendimiento privado del que obviamente no tengo vinculación alguna. <b>No estaba interiorizado de los pormenores del proyecto </b>y, luego de haberme interiorizado, decidí no seguir dándole difusión (por eso he borrado el tweet)”, arrancaba el texto. Luego volvió a su estilo habitual y trató de “ratas inmundas de la casta política” a quienes, según su criterio, quisieron “aprovechar esta situación para hacer daño”. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/L2HJH3NDMFELVLXA7XEV5KWZGI.png?auth=a275da852173f35d9ba35b512e4b86b9533730f41be13a3b899b6f58c3bf09cd&smart=true&width=1265&height=920" alt="El presidente de Argentina, Javier Milei, dio explicaciones por publicación sobre criptomoneda vinculada a posibles estafas - crédito @JMilei/X" height="920" width="1265"/><h2>El debate sobre un posible delito</h2><p>Hasta ahora, no está claro si la publicación de Milei constituye en sí un delito, más allá de las acusaciones que hicieron distintos sectores políticos, principalmente el kirchnerismo, que adelantó que presentará en el Congreso un pedido de juicio político contra el mandatario. </p><p>Al respecto, el abogado Jorge Grispo afirmó en una columna en Infobae que<a href="https://www.infobae.com/opinion/2025/02/15/un-tuit-puede-ser-delito-el-caso-milei-y-la-promocion-de-libra/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/opinion/2025/02/15/un-tuit-puede-ser-delito-el-caso-milei-y-la-promocion-de-libra/"> una publicación en redes sociales, por sí misma, no constituye un delito.</a></p><p>Grispo explicó que “el Presidente de la Nación, más allá de su investidura, <b>no pierde su derecho constitucional a opinar, expresarse y manifestar su pensamiento</b>. La libertad de expresión es un derecho inalienable de todos los ciudadanos y un pilar de la democracia". </p><p>Más allá de eso, afirmó que “<b>bajo ninguna circunstancia los hechos descriptos constituyen delito alguno</b>. La publicación de un tuit en el que Milei menciona una criptomoneda puede ser políticamente cuestionable por la oposición, buscando un claro rédito político, pero no constituye una infracción penal. El derecho a expresarse libremente es un principio fundamental consagrado en la Constitución Nacional, y el hecho de ocupar la Presidencia no anula esta prerrogativa".</p><p>En un camino similar se expresó <b>Miguel Nathan Licht,</b> doctor en Ciencias Jurídicas y presidente del Tribunal Fiscal de la Nación. “En Argentina, promover un proyecto comercial, por más volátil que sea, no equivale a cometer un ilícito, salvo que se demuestre un engaño deliberado que oculte la verdadera naturaleza del producto ofrecido”, afirmó <a href="https://www.infobae.com/opinion/2025/02/15/para-el-presidente-del-tribunal-fiscal-de-la-nacion-no-habria-fraude-en-la-divulgacion-por-parte-de-milei-de-la-cripto-libra/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/opinion/2025/02/15/para-el-presidente-del-tribunal-fiscal-de-la-nacion-no-habria-fraude-en-la-divulgacion-por-parte-de-milei-de-la-cripto-libra/">también en Infobae</a>.</p><p>“Las discusiones intensas en las redes, la inmediatez de los juicios mediáticos y la polarización política a menudo difuminan la línea entre lo políticamente cuestionable y lo jurídicamente punible. Ninguna novedad traigo a colación si advierto que el derecho penal debe reservarse para conductas que por si misma lesionan un bien jurídico superior, no para las que meramente causan incomodidad o controversia. Y esto aplica tanto a un ciudadano de a pie como a la figura presidencial”, añadió.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/DI5QRGC3BBGFVJ4AS3BFOZMPVY.jfif?auth=eb0589b91e8a3ade2922b0f683c4236625eee44e07da0a7a480fde938153f5c2&smart=true&width=2048&height=1536" alt="Hayden Davis, fundador de Kelsier empresa que impulsó la criptomoneda $LIBRA, junto al presidente Javier Milei, durante un encuentro que compartieron a fines de enero" height="1536" width="2048"/><p>En contrapartida, <a href="https://www.infobae.com/opinion/2025/02/16/los-tuits-tambien-pueden-ser-delito-las-redes-sociales-y-la-falsa-sensacion-de-impunidad/" target="_blank" rel="" title="https://www.infobae.com/opinion/2025/02/16/los-tuits-tambien-pueden-ser-delito-las-redes-sociales-y-la-falsa-sensacion-de-impunidad/">el abogado Daniel Kiper </a>advirtió que las redes sociales “pueden convertirse, en el peor de los casos, en una ví­a para la difamación, el hostigamiento e incluso<b> la comisión de delitos".</b></p><p>“La reciente controversia en torno al presidente Javier Milei y <a href="https://www.infobae.com/politica/2025/02/16/la-fallida-cripto-libra-provoco-un-fuerte-impacto-politico-y-el-gobierno-enfrenta-una-ofensiva-opositora/" target="_blank" rel="noopener noreferrer" title="https://www.infobae.com/politica/2025/02/16/la-fallida-cripto-libra-provoco-un-fuerte-impacto-politico-y-el-gobierno-enfrenta-una-ofensiva-opositora/">su promoción de la criptomoneda $LIBRA</a> ha reavivado el debate sobre los lí­mites de la libertad de expresión y la responsabilidad penal de las expresiones en redes sociales. Mientras algunos consideran, con cierta ligereza, que la publicación de un tuit no puede constituir un delito, un análisis riguroso del Código Penal Argentino y la doctrina penal demuestra lo contrario: el derecho penal no se centra en el medio utilizado, sino en la conducta desplegada.<b> </b>Nuestro Código Penal admite todos los medios comisivos, salvo excepciones puntuales, por lo que un mensaje en redes sociales puede ser delictivo si cumple con los elementos tí­picos de una figura penal", sostuvo.</p><h2>Algunas de las denuncias </h2><p>Con el correr de las horas se fueron conociendo algunas de las denuncias que fueron presentadas digitalmente, y que se activarán mañana, cuando abran los juzgados. </p><p>Una de ellas fue la que presentó el ex presidente de la Juventud Radical de la Ciudad de Buenos Aires Agustín Rombolá por presunta “estafa, negociaciones incompatibles con la función pública, manipulación de precios y delitos financieros”, según publicó en su cuenta de X.. Además, adelantó que están confeccionando una acción de clase para defender los ahorros de la gente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/BMJRTZIQXFBG5OIEORYJXLZYMU.png?auth=532b61fa9b59bd35dfc21a9d4c4225dce05f5e4476a3b73d378480c26042694c&smart=true&width=588&height=848" alt="" height="848" width="588"/><p>Otra de las denuncias penales fue presentada por <b>Jonatan Baldiviezo</b>, abogado fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad, <b>Marcos Zelaya</b>, abogado coordinador del área de Derecho y Nuevas Tecnologías, <b>María Eva Koutsovitis</b>, ingeniera fundadora de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos, y <b>Claudio Lozano</b>, economista presidente de Unidad Popular.</p><p>Los denunciantes afirmaron que “Milei formó parte de una Asociación Ilícita que organizó una estafa con la criptomoneda $LIBRA que afectó en simultáneo a más de 40 mil personas con pérdida de más de 4 mil millones de dólares”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZJ7J4FZ5GVHZZHRYI4XSX724QQ.png?auth=96da536166fd6a84c7628b8504c18ac1c0893a246bac24e92c49bb500e4428e5&smart=true&width=570&height=732" alt="" height="732" width="570"/><p>Otra de las presentaciones las realizó el abogado Gregorio Dalbón, quien patrocina en alguna de las causas que enfrenta a la expresidenta Cristina Kirchner.</p><p>La particularidad de esta denuncia es que no solo alcanza a Javier Milei, sino también a otros integrantes del Poder Ejecutivo como Karina Milei y Manuel Adorni; al director de la Fundación Faro, Agustín Laje, y al coordinador de esa organización, Francisco Caputo (hermano de Santiago Caputo, asesor presidencial). La demanda también alcanza a Mauricio Novelli, empresario y asesor del Presidente; a Julian Peh, empresario, fundador y dueño de la compañía Kip Protocol y Hayden Davis, empresario, fundador y dueño de la compañía Kelsier Ventures.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/62VMW5KMGQNCOXOB2QZLGVHHEY.jpg?auth=689d6fc67d39ba106ba641e0e3bffa121daa9283b02a3dc7aaa7628f1b2de993&amp;smart=true&amp;width=2580&amp;height=1720" type="image/jpeg" height="1720" width="2580"><media:description type="plain"><![CDATA[El presidente argentino Javier Milei habla tras recibir el premio Röpke para la Sociedad Civil del Liberal Institut, en el Centro de Congresos, el viernes 24 de enero de 2025, en Kloten, Suiza. (Ennio Leanza/Keystone vía AP)]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Ennio Leanza</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[La Policía cree que el intento de atentado evidencia la existencia de "grupos extremistas" activos en Brasil]]></title><link>https://www.infobae.com/america/agencias/2024/11/14/la-policia-cree-que-el-intento-de-atentado-evidencia-la-existencia-de-grupos-extremistas-activos-en-brasil/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/america/agencias/2024/11/14/la-policia-cree-que-el-intento-de-atentado-evidencia-la-existencia-de-grupos-extremistas-activos-en-brasil/</guid><dc:creator><![CDATA[Newsroom Infobae]]></dc:creator><description><![CDATA[La investigación sobre el intento de atentado en Brasilia se enfoca en el terrorismo y la posible conexión con el ataque a las sedes del Congreso del 8 de enero]]></description><pubDate>Thu, 02 Jan 2025 14:03:02 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZQK4USP3FVCZHLDLW23Y4TFTIQ.jpg?auth=a10404070f438dc6cf2fd36c80281b03b76f5323e492575386180d63ef4768cc&smart=true&width=1920&height=1280" alt="" height="1280" width="1920"/><p>La Policía Federal de Brasil ha valorado este jueves que el intento de atentado frente a la sede del Tribunal Supremo, en Brasilia, evidencia la existencia de "grupos extremistas" activos, aunque considera que en esta ocasión el frustrado asaltante, Francisco Wanderley Luiz, actuó solo.</p><p>Para el director de la Policía Federal, Andrei Rodrigues, lo ocurrido la pasada noche en la capital brasileña "apunta a que esos grupos extremistas están activos" y que es necesaria la intervención "enérgica" de las autoridades. "No sólo de la Policía, sino también de todo el sistema de la Justicia Federal", ha dicho.</p><p>Como valorara previamente el juez del Tribunal del Supremo, Alexandre de Moraes --a quien se señala como posible objetivo del ataque--, Rodrigues ha dicho este jueves en rueda de prensa que lo ocurrido en la Plaza de los Tres Poderes "no es un hecho aislado, sino conectado con otras varias acciones", informa el portal G1.</p><p>Rodrigues ha informado de que ha dado orden de poner en marcha una investigación en base a las hipótesis iniciales sobre posibles hechos de terrorismo y contra el Estado de derecho, del mismo modo que se averiguará, ha adelantado, la posible participación de Luiz en los ataques del 8 de enero de 2023.</p><p>"Esta persona ya ha estado en otras ocasiones en Brasilia. Según sus familiares, incluso a principios de 2023. Todavía es pronto para decir si hubo participación directa en los actos del 8 de enero, de eso se encarga la investigación" ha dicho.</p><p>Luiz, que residía en el estado de Santa Catarina, en el sur de Brasilia, donde se presentó como concejal del Partido Liberal en 2020, tenía una casa alquilada en Ceilandia, una de las regiones administrativas en las que se divide Brasilia.</p><p>En ese domicilio se han encontrado artefactos explosivos como el que acabó con su vida y mensajes con referencias al 8 de enero y a algunos de los detenidos aquel día en el que una turba de seguidores del expresidente Jair Bolsonaro irrumpió violentamente en las sedes del Congreso y el Senado.</p><p>Durante el registro de ese domicilio, los agentes han tenido que recurrir a los artificieros de la Policía para hacer detonar un artefacto que había dentro de un cajón. "Hubo una explosión gravísima. Salvó a los policías", ha contado Rodrigues.</p><p>"En la casa encontramos otros artefactos. Muchos, por sensibilidad, tienen que se destruidos y otros materiales que hemos recopilado yo diría que son de mucha relevancia", ha dicho el director general de la Policía.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/ZQK4USP3FVCZHLDLW23Y4TFTIQ.jpg?auth=a10404070f438dc6cf2fd36c80281b03b76f5323e492575386180d63ef4768cc&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1280" type="image/jpeg" height="1280" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[La Justicia federal de Comodoro Rivadavia implementará el nuevo Código Procesal Penal]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2024/11/27/la-justicia-federal-de-comodoro-rivadavia-implementara-el-nuevo-codigo-procesal-penal/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2024/11/27/la-justicia-federal-de-comodoro-rivadavia-implementara-el-nuevo-codigo-procesal-penal/</guid><description><![CDATA[El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, realizará el anuncio en un evento previsto para el próximo 2 de diciembre. La nueva normativa incluirá a las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur]]></description><pubDate>Wed, 27 Nov 2024 12:04:54 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/AXWPSG3VIRDHRMVT75ICNTPHQE.jpg?auth=463d1db69d5d2fa70f6a6185df1f68160325d7a749bde268ee5ac6faf14edea0&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El juez Javier Leal de Ibarra. En junio de este año fue reelecto para encabezar la Junta de Presidentes de Cámaras Federales y Nacionales, la entidad que nuclea a los titulares de las Cámaras de todo el país" height="1080" width="1920"/><p>A partir del próximo 2 de diciembre, la jurisdicción de <b>Comodoro Rivadavia</b> implementará el <b>sistema acusatorio federal</b>, tras un acto inaugural que tendrá lugar en el Salón Salamanca, ubicado en calle Moreno 676, a las 12. Este cambio incluirá a las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.</p><p>El evento contará con la presencia de los ministros<b> Mariano Cúneo Libarona </b>(Justicia) y <b>Patricia Bullrich</b> (Seguridad), e importantes funcionarios del Poder Judicial de la Nación, incluyendo miembros de la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General de la Nación, la Defensoría General de la Nación, integrantes del Consejo de la Magistratura y la Cámara Federal de Casación Penal, además de camaristas, jueces y fiscales de todo el país.</p><p>El Consejo Asesor Interjurisdiccional y Consultivo de la Reforma Procesal Penal, conformado bajo la Ley 27.150, también se reunirá durante la jornada. Entre los invitados especiales estarán los gobernadores de las tres provincias mencionadas y los intendentes locales.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GU5CSQH775G6ZBTY3GNVVSP3EE.jpg?auth=11125019abc58e450be89615473f43effb767788fbd4bd5ba0db506021349da9&smart=true&width=1920&height=1080" alt=" Los ministros Mariano Cúneo Libarona (Justicia) y Patricia Bullrich (Seguridad). Foto: Maximiliano Luna" height="1080" width="1920"/><p>El Código Procesal Penal Federal (CPPF), sancionado en 2014 mediante la <b>Ley 27.063</b>, ha sido implementado de manera gradual en distintas regiones del país. A noviembre de 2024, las provincias que ya han adoptado el nuevo sistema acusatorio son Jujuy, Salta, Santa Fe, Mendoza, San Luis, San Juan, Río Negro y Neuquén.</p><p>Entre otros puntos, introduce un sistema acusatorio que busca agilizar los procesos judiciales, fortalecer el rol del Ministerio Público Fiscal y garantizar una mayor participación de las víctimas en el proceso penal.</p><p>Entre los objetivos del CPPF se destacan:</p><ul><li><b>Agilización de los procesos judiciales</b>: el nuevo sistema pretende reducir significativamente los tiempos procesales, incorporando audiencias orales y públicas, lo que mejora la transparencia y acelera la resolución de los casos.</li><li><b>Fortalecimiento del rol del Ministerio Público Fiscal</b>: los fiscales serán los principales responsables de la investigación, con apoyo de las fuerzas de seguridad, lo que les permitirá actuar con mayor autonomía y celeridad en los casos penales.</li><li><b>Garantía de derechos para las víctimas</b>: se establece un marco que refuerza la participación activa de las víctimas, quienes podrán ser representadas y hacer valer sus intereses en el proceso penal.</li><li><b>Simplificación procesal y uso de tecnología</b>: el código incorpora mecanismos modernos como videoconferencias y la digitalización de los expedientes, lo que optimiza recursos y facilita el acceso a la justicia.</li><li><b>Enfoque en la resolución alternativa de conflictos</b>: promueve el uso de métodos como la mediación y acuerdos de conciliación, permitiendo resolver conflictos menores fuera del sistema judicial formal.</li></ul><h2>Balance</h2><p>En el marco de esta implementación gradual del nuevo&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/tag/codigo-procesal-penal-federal/"><b>Código Procesal Penal Federal</b></a>, la&nbsp;<b>Corte Suprema de Justicia de la Nación</b>, el&nbsp;<b>Consejo de la Magistratura de la Nación</b>&nbsp;y la&nbsp;<b>Cámara Federal de Casación Penal</b>&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/judiciales/2024/09/23/nuevo-codigo-procesal-penal-federal-se-registraron-avances-en-la-celeridad-de-las-causas/" target="_blank">publicaron en septiembre de este año </a>los<b>&nbsp;reportes de gestión</b> <b>2024&nbsp;</b>de las oficinas judiciales de&nbsp;<b>Salta</b>,&nbsp;<b>Rosario</b>&nbsp;y&nbsp;<b>Mendoza</b>. </p><p>Allí se destacaron los avances respecto a la celeridad en la tramitación de las causas y su efectividad a la hora de llegar a una resolución. </p><p>En el primer semestre del año, la&nbsp;<b>Oficina Judicial Penal Federal de Salta</b>&nbsp;informó que se solicitaron, fijaron y realizaron un total de&nbsp;<b>1487 audiencias</b>, con un tiempo promedio de&nbsp;<b>31,6 minutos</b>&nbsp;por audiencia y una duración media de&nbsp;<b>49,25 días</b>&nbsp;para dar por cerrado el caso.</p><p>En la jurisdicción de&nbsp;<b>Rosario</b>, por su parte, entre el&nbsp;<b>5 de mayo y el 18 de septiembre&nbsp;</b>ingresaron&nbsp;<b>108 carpetas</b>&nbsp;en la etapa de garantías. De ellas,&nbsp;<b>39</b>&nbsp;fueron cerradas y&nbsp;<b>69</b>&nbsp;seguían en trámite. Además, se agendaron&nbsp;<b>157 audiencias</b>, de las cuales se realizaron&nbsp;<b>140</b>, con una tasa de éxito del&nbsp;<b>92,7%</b>.</p><p>La jurisdicción de Mendoza, la última en incorporarse al nuevo Código Procesal Penal Federal, notificó que a un mes y medio de la implementación del nuevo esquema procesal, se registraron&nbsp;<b>107 solicitudes de audiencias</b>&nbsp;correspondientes a&nbsp;<b>95 carpetas judiciales</b>, y el&nbsp;<b>100%</b>&nbsp;de las audiencias programadas se llevaron a cabo exitosamente.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/AXWPSG3VIRDHRMVT75ICNTPHQE.jpg?auth=463d1db69d5d2fa70f6a6185df1f68160325d7a749bde268ee5ac6faf14edea0&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Rosario: suspendieron al secretario del juez federal que fue allanado por sospechas de corrupción]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/11/15/rosario-suspendieron-al-secretario-del-juez-federal-que-fue-allanado-por-sospechas-de-corrupcion/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/11/15/rosario-suspendieron-al-secretario-del-juez-federal-que-fue-allanado-por-sospechas-de-corrupcion/</guid><dc:creator><![CDATA[Agustín  Lago]]></dc:creator><description><![CDATA[La resolución fue tomada este jueves por la tarde por la Cámara Federal de la ciudad, después de que Gendarmería le secuestrara el teléfono en su despacho y allanara su domicilio en el marco de una causa impulsada por la Procelac por presuntas maniobras de corrupción con empleados de la ex Afip y Aduana]]></description><pubDate>Fri, 15 Nov 2024 00:17:45 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/JJXV7NURKVE7VLA6HSRXIJBUYE.jpg?auth=a1c9e9f43cd63d4b81ed8372297d70566dd07b8d78b92462808298290255cafb&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El juez Marcelo Bailaque y su secretario, Gustavo Guazzaroni, son investigados por corrupción" height="1080" width="1920"/><p>La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario resolvió este jueves por la tarde <b>suspender preventivamente a Gustavo Guazzaroni, el secretario del juez federal Marcelo Bailaque</b>. Ambos se encuentran sospechados en una causa judicial impulsada por la Procelac, la Procunar y el Distrito Rosario del Ministerio Público Fiscal<b> </b><a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/11/14/rosario-allanaron-a-un-juez-federal-la-sede-de-la-afip-y-la-aduana-por-irregularidades-en-causas-narco/" target="_blank"><b>por haber participado en presuntas maniobras de corrupción con empleados de la ex Afip, Aduana y un estudio jurídico-contable de renombre</b></a> en legajos por delitos tributarios. </p><p>La medida fue notificada en la tarde de este jueves al empleado judicial “ante la mera posibilidad de que haya cometido un delito”, ya que todavía no se conoce públicamente la investigación de los fiscales Juan Agustín Argibay Molina, de la Procelac; Matías Scilabra, de la Procunar; y Federico Reynares Solari, del MPF de Rosario. </p><p>“Fue en uso de facultades administrativas de la superintendencia”, comentó a <b>Infobae</b> una alta fuente judicial, que precisó que la medida será hasta que el conjunto de fiscales formalice los cargos en una audiencia, que podría ser dentro de los próximos 15 días.  </p><p>Como la Cámara Federal no tiene facultades sobre el juez Marcelo Bailaque, solamente informó la situación ante el Consejo de la Magistratura, donde, en paralelo, actualmente <b>tiene un proceso por supuestamente haber demorado medidas en una causa por narcotráfico contra Esteban Lindor Alvarado</b>, enemigo histórico de Los Monos en Rosario.</p><p>En el juicio provincial en el que Alvarado fue condenado en 2022 a prisión perpetua por instigar el homicidio del prestamista Lucio Maldonado, maniobras de lavado, balaceras y amenazas, los fiscales santafesinos Luis Schiappa Pietra y Matías Edery pidieron tras el veredicto remitir copia de la información ventilada en el debate oral y pública al Consejo de la Magistratura para que evalúe si el juez federal que había tenido intervención en el legajo había cometido alguna irregularidad.</p><p>Dicha petición de Schiappa Pietra y Edery es porque hubo testimonios -entre ellos, el del por entonces jefe de la Policía de Seguridad Aeroportuaria de Rosario Emilio Maximiliano Lencina- que <b>indicaron que Bailaque había rechazado solicitudes de intervenciones telefónicas</b> que databan de 2013, cuando se había empezado a investigarlo por transporte y venta de droga. </p><p>El juez federal finalmente intervino en una causa federal por narcotráfico contra Alvarado, pero fue recién en 2019 y por un cargamento que había sido secuestrado en Río Negro en 2017, en un operativo en el que terminaron condenadas cuatro personas relacionadas con el capo narco que actualmente está preso en Ezeiza. </p><p>Bailaque, además, fue denunciado penalmente en agosto pasado por la diputada provincial Lionella Cattalini, quien <b>pidió que sea investigado por haber tenido de contador personal a Gabriel Mizzau, quien también había firmado balances de empresas relacionadas con Alvarado</b>. A eso se suma que el hijo de Mizzau fue empleado del juez desde 2017 hasta hace pocos meses, cuando pasó al Tribunal Oral Federal N° 3 de Rosario.</p><p>En los procedimientos que hizo este jueves Gendarmería también se incautó el celular de Carlos Andrés Vaudagna, de la dirección Regional Santa Fe de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero –quien en 2022 recibió una probation de la Justicia santafesina por un desprendimiento de la causa por estafa contra Vicentin–.</p><p>También se secuestraron los teléfonos de Fernando Duncan Amante, Luciano Martín Giunta y Pablo Andrés Allegri –hasta finales de junio, vicepresidente de Newell’s–, de la dirección Regional Rosario de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero; de Román Scattolon, de la dirección General Aduanera Hidrovía de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero; y del abogado y contador Omar Rizzo.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/JJXV7NURKVE7VLA6HSRXIJBUYE.jpg?auth=a1c9e9f43cd63d4b81ed8372297d70566dd07b8d78b92462808298290255cafb&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[El juez Marcelo Bailaque y su secretario, Gustavo Guazzaroni, son investigados por corrupción]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia le ordenó al Gobierno que le otorgue urgente a una joven que sufre de estrés el permiso para usar cannabis]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/2024/11/09/la-justicia-le-ordeno-al-gobierno-que-le-otorgue-urgente-a-una-joven-que-sufre-de-estres-el-permiso-para-usar-cannabis/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/2024/11/09/la-justicia-le-ordeno-al-gobierno-que-le-otorgue-urgente-a-una-joven-que-sufre-de-estres-el-permiso-para-usar-cannabis/</guid><dc:creator><![CDATA[Fernando Soriano]]></dc:creator><description><![CDATA[Un fallo de la Justicia Federal exhortó al Ministerio de Salud de la Nación a que no demore la autorización para el REPROCANN a una usuaria de 22 años que sufre “nerviosismo constante”. Es uno de los cientos de amparos que salieron contra el Gobierno por la falta de aprobaciones a pacientes que necesitan la planta. Hay más de 300 mil habilitados y más de 100 mil en lista de espera]]></description><pubDate>Sat, 09 Nov 2024 21:03:33 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/XH63MVW6FRCMBNVBWJ542MFRTU.jpg?auth=4695add3c970b42e3b5448e26489a47031755ff4b85c422795f62cc76fb8dc19&smart=true&width=3077&height=2019" alt="La Justicia federal le dio 20 días al Ministerio de Salud de la Nación para que incluya a una joven en el Registro del Programa de Cannabis Medicinal, REPROCANN (REUTERS/Michaela Rehle/File Photo)" height="2019" width="3077"/><p>La Justicia federal ordenó al <b>Ministerio de Salud de la Nación</b> que incluya de manera urgente a una joven de 22 años en el <b>Registro del Programa de Cannabis Medicinal (REPROCANN)</b>, para que pueda usar y cultivar la planta sin riesgos penales y tratar, de esa manera, sus problemas de estrés crónicos que la llevan a no disfrutar del día a día y vivir en estado de nerviosismo constante.</p><p>El fallo, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 1, llegó después de que la usuaria presentara un<b> recurso de amparo </b>tras meses de esperar que el Gobierno le diera la autorización y se basa en que la demandante, Kiara P., había cumplido con todos los requisitos iniciales para obtener el permiso. Es, según pudo averiguar <b>Infobae </b>uno entre cientos de casos de amparos que en los últimos meses se presentaron en juzgados de todo el país por las demoras en la aprobación del REPROCANN. Según fuentes consultadas por este medio <b>hay cerca de 100 mil personas que hace meses esperan</b> la autorización del Ministerio de Salud, entre las que tienen que renovarlo (tiene una vigencia de tres años) y sacarlo por primera vez. Se estima que al menos algunos “cientos” de amparos ya están circulando por los tribunales.</p><p>El REPROCANN fue creado en 2021 por resolución ministerial de <b>Carla Vizzotti</b> al frente de la cartera sanitaria durante el gobierno de Alberto Fernández. Fue una manera de garantizar, a través del cultivo hogareño, el acceso a la sustancia y sacar de la ilegalidad a miles de usuarios y familias de pacientes. Pero no tiene la fortaleza de una ley y el debate legislativo sobre una nueva ley penal para la marihuana se viene postergando gestión tras gestión, gobierno tras gobierno.</p><p>Actualmente hay más de <b>300 mil usuarios habilitados a usar, cultivar y transportar flores o aceites de cannabis </b>dentro del territorio nacional. Kiara, que según indicó su médico en la historia clínica refiere <b>“sensación de nerviosismo constante”</b>, y que <b>“desde hace más o menos 3 años que no disfruta de sus actividades del día a día”</b>, es una de ellas.</p><p>Según la resolución ministerial de aquel momento, cualquier persona con indicación médica y el consentimiento informado del profesional de la salud que lo atienda estaba habilitada para entrar en el Registro, lo que permitía, por ejemplo, tener hasta <b>9 plantas florecidas en su casa o trasladarse con hasta 40 gramos de cogollos o su equivalente en frasco de aceite</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/YBOEVRKIEWDDJHPTBVMIQFVYEU.jpg?auth=da89e5022f93fa2b09cda085c2681aec250cf17ccd022c403f35e8da39112caf&smart=true&width=3331&height=2221" alt="Kiara, de 22 años, recibió la indicación médica para consumir diariamente aceite de cannabis rico en CBD para sus problemas de estrés (REUTERS/Matias Baglietto)" height="2221" width="3331"/><p>Sin embargo, <a href="https://www.infobae.com/sociedad/2024/08/20/modificaron-el-regimen-de-cannabis-de-uso-medicinal-la-inscripcion-al-reprocann-y-los-rangos-permitidos-de-cultivo/" target="_blank">la gestión actual estableció restricciones</a>. En agosto, cuando el ministro de Salud todavía era Mario Russo, fijó como “requisito excluyente” para médicos que indiquen cannabis contar con una Diplomatura o Maestría sobre el uso medicinal de la planta. Fuentes que conocen la dinámica del REPROCANN por dentro revelaron a <b>Infobae</b>, además, que las autorizaciones se frenaron para patologías como <b>estrés, insomnio, ansiedad o bruxismo</b>, que significaban una porción mayoritaria entre los solicitantes, dado que en el gobierno creen que son “pantallas” para usuarios mal llamados “recreativos”. Hay una línea de investigadores de la planta -que incluye médicos- que sostiene que no hay diferencia entre uso medicinal y “adulto” y que todo uso de la marihuana es de alguna manera <b>terapéutico</b>.</p><p>Kiara P. presentó su solicitud de inscripción en el REPROCANN el 14 de enero de 2024. Contaba con el respaldo de un diagnóstico médico que certificó la necesidad de un tratamiento con cannabis debido a “problemas relacionados con el estrés” y recomendó que tomara diariamente cannabis con la<b> molécula CBD como predominante</b>. Según consta en la documentación, la paciente y el médico firmaron el “Consentimiento Informado Bilateral” y completaron todos los pasos exigidos para estar incluido en el REPROCANN.</p><p>Sin embargo, <b>al pasar más de los 60 días hábiles</b> establecidos para obtener una respuesta administrativa, la paciente interpretó el silencio del Ministerio de Salud como una<b> negativa tácita</b>, en línea con lo dispuesto en un artículo de la Ley de Procedimientos Administrativos. Estimaciones de fuentes ligadas al REPROCANN, organizaciones cannábicas y médicos consultados por este medio indican que<b> la demora actual </b>para responder a las solicitudes (no necesariamente aprobadas)<b> es de ocho meses. “Solo están saliendo las que vienen con un amparo atrás”</b>, comentó alguien que conoce el sistema.</p><p>El Ministerio de Salud de la gestión Milei argumentó en su defensa que, debido a la <b>Resolución 3132/2024</b>, publicada en agosto de 2024, los médicos que prescriban cannabis deben contar con una diplomatura o maestría específica sobre el uso medicinal de esta planta. Según el Ministerio, esta nueva normativa es un requisito excluyente para la inscripción en el REPROCANN, y en este caso el profesional tratante de Kiara no cumpliría con esta nueva exigencia.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/TPNK4AGLDJGSFMCFYERLUCO4RY.jpg?auth=f3098c262aa35e742bda374fb0687eea121f6dbffa3d274689fba9b2c007b0f3&smart=true&width=6000&height=4000" alt="En Argentina hay más de 300 mil usuarios autorizados a usar, cultivar o trasladarse con cannabis para uso medicinal" height="4000" width="6000"/><p>Además, <a href="https://www.infobae.com/salud/2024/09/27/quien-es-mario-lugones-el-nuevo-ministro-de-salud-de-la-nacion/" target="_blank">la cartera que actualmente conduce <b>Mario Lugones</b></a> sugirió que la paciente buscara la opinión de especialistas en medicina con conocimientos avanzados sobre cannabis medicinal para asegurar una evaluación precisa del diagnóstico porque en el diagnóstico presentado no había “más justificación” que el estrés mismo. Pero el juez <b>Enrique Alonso Regueira</b>, titular del Contencioso Administrativo 1, desestimó esa observación del Gobierno porque consideró que ese cambio normativo fue introducido después de que la usuaria cumpliera con los requisitos previos y presentara su solicitud.</p><p>Es decir, que el magistrado evaluó que la modificación normativa de 2024 <b>no puede aplicarse retroactivamente</b> a Kiara P., dado que la solicitud de la paciente fue presentada en un momento en que no se exigían esos requisitos adicionales. Por eso Alonso Regueira concluyó que el Gobierno no puede denegar su inscripción basándose en una normativa que <b>no estaba en vigor al momento del trámite inicial</b>.</p><p>Más allá de la respuesta del juez, los abogados de Kiara P. explicaron a la Justicia que el profesional que prescribió el tratamiento de cannabis está debidamente registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y es especialista en Medicina General y Familiar, “una especialidad que está en condiciones de diagnosticar y tratar patologías vinculadas a la salud general de los pacientes, como el insomnio y la ansiedad.</p><p>En su fallo, donde<b> le dio 20 días al Ministerio de Salud para aprobar el REPROCANN</b> de Kiara P., el juez subrayó que la salud es un derecho fundamental, respaldado tanto por la Constitución Nacional como por tratados internacionales de derechos humanos, los cuales establecen que cualquier cambio en los requisitos de acceso a un tratamiento no debe tener un efecto regresivo en derechos ya adquiridos.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/E6ZTK25BWRHXHF522353PNCYXA.jpg?auth=735e70949c5a3439e349977a4880dcd1bc15e20949126652823627c51ae8521a&amp;smart=true&amp;width=6672&amp;height=4320" type="image/jpeg" height="4320" width="6672"><media:description type="plain"><![CDATA[Fotografía de archivo en la que se registró a un técnico al revisar un cultivo de cannabis para uso medicinal, en el municipio de Dagua (Colombia). EFE/Mario Baos
]]></media:description><media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Mario Baos</media:credit></media:content></item><item><title><![CDATA[La Justicia Federal definió los detalles para desalojar a los mapuches que usurparon en el Parque Los Alerces]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2024/10/21/la-justicia-federal-definio-los-detalles-para-desalojar-a-los-mapuches-que-usurparon-en-el-parque-los-alerces/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2024/10/21/la-justicia-federal-definio-los-detalles-para-desalojar-a-los-mapuches-que-usurparon-en-el-parque-los-alerces/</guid><dc:creator><![CDATA[Francisco Poppe]]></dc:creator><description><![CDATA[Ahora realizará una constatación en el lugar, para determinar la cantidad de intrusos que residen en el territorio. Luego de ello, el juez ordenará el desalojo dentro de los 15 días]]></description><pubDate>Mon, 21 Oct 2024 05:30:19 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3VMW72XEU5GNHH6LSD4FYE7GTI.jpg?auth=40ceabd52080f0fe57a11070209e710566a815ece543b2d62234b78c529675b3&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La Justicia Federal ultima detalles para desalojar el lof Paillako, que fue usurpado por los mapuches en 2020" height="1080" width="1920"/><p>La <b>Cámara Federal de Comodoro Rivadavia</b> confirmó el desalojo de la <b>lof Paillako</b>, que usurpa un predio de <b>Parques Nacionales</b> desde 2020. Antes de ejecutar la medida, el magistrado de la causa ordenó una constatación en el territorio. Cuando concluya, ordenará el desalojo en un plazo de 15 días.</p><p>Agotadas las instancias judiciales que intentó la comunidad lof Paillako para permanecer en las tierras que usurparon en el Parque Nacional Los Alerces, la Justicia Federal definió la estrategia para concretar el desalojo.</p><p>El último plan mapuche quedó trunco con la definición de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, que avaló la decisión del <b>juez Guido Otranto</b> para ejecutar el desalojo, tras descartar el recurso que planteó la comunidad, basado en una supuesta recuperación ancestral de las tierras en litigio.</p><p>Ahora la Justicia prepara el terreno para concretar la medida. En ese sentido, el próximo movimiento será realizar una constatación en el lugar, para detallar cantidad de intrusos que residen en el territorio. Para ello, el juez Guido Otranto ordenó un informe, que estará a cargo de Parques Nacionales, a través del cual podrá determinar no sólo los detalles de la población, sino también la cantidad de viviendas que construyeron allí, si hay niños y mujeres y definir las características de la población.</p><p>El organismo que preside <b>Cristian Larsen</b> podrá contar con auxilio de las fuerzas federales para ingresar al lugar y culminar el relevamiento.</p><p>Una vez que finalice dicho relevamiento, el magistrado podrá ordenar el desalojo en un plazo no mayor a los 15 días. El desalojo es inminente.</p><p>En la causa en la que Parques Nacionales se constituyó como querellante, menciona a <b>Cruz Cárdenas</b> como cabecilla de la agrupación que irrumpió en las tierras. Tanto en la resolución de Otranto como en el informe de la Fiscal de la causa, quedó confirmado que el ingreso del grupo se produjo a través de métodos violentos.</p><p>La definición del caso se dilató a la espera de la resolución de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, cuyos integrantes rechazaron la presentación de los mapuches y confirmaron la decisión del magistrado que actuó en primera instancia. La decisión de Otranto es expulsar a los mapuches de la seccional de Parques Nacionales.</p><p>El gobierno central aguardaba expectante la decisión de la Justicia para concretar el desalojo de las tierras que protagonizó la agrupación mapuche que lidera Cruz Cárdenas, un ex empleado de la administración que- según voces oficiales – estaría detrás de los devastadores incendios que afectaron miles de hectáreas en el Sur.</p><p>El fallo, rubricado por los<b> jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez</b>, rechazó el recurso que presentó la agrupación que comanda Cruz Cárdenas y confirmó el veredicto de Otranto, quien en agosto pasado ordenó la expulsión de los mapuches de dichas tierras fiscales.</p><p>En ese entonces, el magistrado hizo lugar al planteo que entabló la Administración de Parques Nacionales y aceptó el pedido de desalojo del espacio público, disponiendo la expulsión de<b> Cárdenas, María Belén Salinas</b> y de los demás integrantes de la comunidad mapuche que protagonizó el asentamiento ilegal.</p><p>Había sido el presidente de la Administración de Parques Nacionales, quien inició el trámite administrativo para recuperar el espacio público. En el documento emplazó a los mapuches a abandonar de forma pacífica la ocupación. Sin embargo, transcurridos los 30 días de esa resolución, elevó el planto a la Justicia Federal para ejecutar el desalojo.</p><p>La cuenta regresiva de la instancia administrativa comenzó el 4 de junio, cuando el notificado de la APN se presentó en el territorio en litigio y notificó a los ocupantes. La orden era desocupar, desmantelar las construcciones realizadas sin autorización y retirar los bienes de su propiedad.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/P6KSXZCCUJDL7IA6R6LXFGVCYY.jpg?auth=0732b249e3d3e56f91ca476ebbbc4512a099e708b63dc613ca1efc772ad7a1f4&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Luego de constatar la cantidad de usurpadores, el juez podrá ordenar el desalojo dentro de los 15 días" height="1080" width="1920"/><p>En el fallo de agosto pasado, Otranto mencionó que en 2015 y 2016 hubo incendios intencionales en zonas próximas a <b>Villa Futalaufquen y a El Maitenal</b>, que se ejecutaron de manera estratégica para impedir su rápido control, denotando un conocimiento técnico-operativo y acceso a información que no era pública. En esa época, Cruz Cárdenas ya manifestaba su descontento con la APN y “había rumores de que era quien los había iniciado”.</p><p>Durante el proceso judicial, la Administración de Parques Nacionales rechazó el recurso que presentaron los usurpadores y solicitó a la Justicia que confirme lo resuelto por el magistrado en la sentencia de expulsión.</p><p>Para intentar permanecer en el territorio, apelaron el desalojo bajo el argumento de la preexistencia en esas tierras, invocando reivindicación ancestral y utilizando como fundamento el polémico relevamiento territorial que contempla la ley 26.160 del <b>Instituto Nacional de Asuntos Indígenas</b> (INAI). La Justicia Federal corrió traslado del recurso a Parques Nacionales, como parte acusadora, que rechazó la petición de los demandados, solicitó que se rechace el recurso de apelación interpuesto y solicitó se confirme lo resuelto en la sentencia de expulsión de Otranto.</p><p>En la contestación, el organismo nacional hizo mención a los alcances de la Ley de Parques Nacionales, donde consta el procedimiento que afrontó para recuperar las tierras que pertenecen al Estado Nacional. Menciona allí que una vez vencido el plazo de 30 días para que abandonen el lugar, Parques puede solicitar a la Justicia la inmediata expulsión de los ocupantes, sin necesidad de un proceso civil ordinario.</p><p>En el marco de las diligencias posteriores, se constataron varios hechos de vandalismo en el lugar y figuran en el expediente los atentados que sufrieron los trabajadores del organismo nacional.</p><p>Días atrás el gobierno admitió la expectativa que mantenía sobre la resolución de la Cámara, temiendo nuevos incendios forestales en la región.</p><p>La fiscal del caso opinó a principios de este mes que debería confirmarse la sentencia de Otranto sobre el desalojo y entre los fundamentos señaló que “de las constancias colectadas y los argumentos expuestos, surge que los demandados no estarían ejerciendo la posesión comunitaria tradicional sobre las tierras en cuestión”.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3VMW72XEU5GNHH6LSD4FYE7GTI.jpg?auth=40ceabd52080f0fe57a11070209e710566a815ece543b2d62234b78c529675b3&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[La Justicia Federal ultima detalles para desalojar el lof Paillako, que fue usurpado por los mapuches en 2020]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Caso Loan: la jueza federal de Goya aprobó el traslado de Laudelina Peña al penal de Luján de Cuyo]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/10/15/caso-loan-la-jueza-federal-de-goya-aprobo-el-traslado-de-laudelina-pena-al-penal-de-lujan-de-cuyo/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/10/15/caso-loan-la-jueza-federal-de-goya-aprobo-el-traslado-de-laudelina-pena-al-penal-de-lujan-de-cuyo/</guid><description><![CDATA[Estaba previsto que la tía del menor amplíe su indagatoria este jueves vía Zoom desde el penal de Ezeiza, pero dio marcha atrás y solicitó no volver a declarar]]></description><pubDate>Tue, 15 Oct 2024 02:24:58 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/V3LKJIYXQZHQDJE4FVJOV2MSS4.jpg?auth=98c7c180d4e9e0dfd080224dd78869434aa044595b60a1087ecb6bd23b0e969d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Laudelina Peña, tía del menor desaparecido el pasado 13 de junio" height="1080" width="1920"/><p>A cuatro meses de la desaparición de<b> </b><a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/09/21/el-caso-loan-y-los-asesores-de-la-fundacion-lucio-dupuy-por-que-hay-10-detenidos-por-entorpecer-la-investigacion/" target="_blank"><b>Loan Danilo Peña</b></a> en <b>Corrientes</b>, la investigación sigue su curso para esclarecer qué fue lo que sucedió con el menor. En este contexto, la jueza federal de Goya aprobó el traslado de<a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/10/14/caso-loan-laudelina-pena-pidio-otra-vez-ampliar-su-declaracion-indagatoria-ante-la-jueza-federal-de-goya/" target="_blank"><b> Laudelina Peña</b></a>, tía del niño desaparecido, al penal de <b>Luján de Cuyo </b> por cuestiones de “seguridad”. </p><p>La mujer es una de las principales sospechosas por la desaparición de Loan el pasado 13 de junio en el paraje <b>Algarrobal</b>, departamento de 9 de Julio. Actualmente, se encuentra detenida en el penal de Ezeiza, pero será trasladada en las próximas horas al <b>Complejo Penitenciario Federal Nº 6 Lujan de Cuyo</b>. </p><p>Tal como pudo saber<b> Infobae</b>, la jueza <b>Cristina Pozzer Penzo</b> aprobó esta medida tras la solicitud del director General de Régimen Correccional, quien fundamentó su petición en “razones de seguridad, riesgos y necesidades”, dado el perfil criminal de la imputada. “Luego de un exhaustivo análisis en materia de contexto de encierro y las consideraciones vertidas anteriormente, esta instancia considera acertado que la misma sea trasladada hacia otro Establecimiento penitenciario de esta repartición, acorde a los estándares de seguridad pertinentes y que puedan atenderse sus necesidades en cuanto a bienestar y alojamiento”, sostiene el escrito presentado. </p><p>Estaba previsto que Laudelina amplíe su indagatoria este jueves vía Zoom desde el penal de Ezeiza, pero, una vez que se confirmó su traslado, la acusada dio marcha atrás y solicitó no volver a declarar. </p><p>Días atrás, la jueza había aprobado el pedido de la abogada de Laudelina, <b>Mónica Chirivin</b>, de ampliar la indagatoria de la detenida. Según pudo saber este medio, el pedido de ampliar por tercera vez la indagatoria de Laudelina estaba relacionado con aclarar algunas cosas que dijo en la primera oportunidad que estuvo ante la jueza Pozzer Penzo, cuando su abogado era <b>José Codazzi</b> y sostenía la denuncia del supuesto accidente que había hecho ante la Justicia provincial. Sin embargo, declinó sus intenciones. </p><p>Laudelina se había presentado el 29 de junio pasado ante el fiscal de la Justicia provincial correntina. En esa oportunidad, aseguró que Loan había sido atropellado por <b>Carlos Pérez y María Victoria Caillava</b>, dos de los principales sospechosos. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/EJUN5726CREOHGB4ICBOF5QGMU.jpg?auth=5ca19a09a6194cb6047ba8a3cfcfe32483ca6f6c6c83d720436bbf672dc8b1eb&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Laudelina ya declaró dos veces en el marco de la investigación" height="1080" width="1920"/><p>Luego, cambió la versión del accidente y argumentó que había sido coaccionada por Codazzi. “<b>Perdón, por mentir en la primera declaración, no fue mi intención, fue del abogado Codazzi</b>”, expresó. Y continuó: “Para mí lo llevaron, no sé quién, pudo haber sido Ramírez, Benítez o Millapi, eran las tres personas mayores con las que estaba... yo me fui hasta el alambrado, por eso estoy segura de que estaba con ellos”.</p><p>Mientras tanto, la investigación por la desaparición del menor continúa, con más implicados y poca información sobre lo que sucedió con Loan. En este contexto, la jueza aceleró una de las causas conexas a la principal y procesó con prisión preventiva a los 10 supuestos “asesores” que se presentaban como miembros de la <b>Fundación Lucio Dupuy</b>, acusados, entre varios delitos, de entorpecer la investigación.</p><p>Se trata del psicólogo <b>Federico Colombo, Nicolás Soria, alias ‘El Yanqui’ o ‘El Americano’; los abogados Elizabeth Cutaia, Alan Cañete y Delfina Taborda</b>; <b>Pablo Noguera, Pablo Núñez, Valeria López, Verónica Machuca Juni y Leonardo Rubio</b>, oficial primero de la Policía de la Ciudad.</p><p>Todos fueron imputados como coautores del delito de <b>privación ilegítima de la libertad de tres menores, fraude a la administración pública como especie del delito de estafa calificada y encubrimiento agravado</b>.</p><p>Además, a Soria se le endilga los delitos de atentado a la autoridad, suministro de estupefacientes y usurpación de título, mientras que Colombo también está acusado de violación de secreto profesional, falso testimonio y usurpación de título. En tanto, a Cañete, Núñez, López, Machuca Juni se los imputó por usurpación de título.</p><p><br/></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/V3LKJIYXQZHQDJE4FVJOV2MSS4.jpg?auth=98c7c180d4e9e0dfd080224dd78869434aa044595b60a1087ecb6bd23b0e969d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[La huelga contra la reforma judicial en México se alarga hasta el 11 de octubre]]></title><link>https://www.infobae.com/america/agencias/2024/10/04/la-huelga-contra-la-reforma-judicial-en-mexico-se-alarga-hasta-el-11-de-octubre/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/america/agencias/2024/10/04/la-huelga-contra-la-reforma-judicial-en-mexico-se-alarga-hasta-el-11-de-octubre/</guid><dc:creator><![CDATA[Newsroom Infobae]]></dc:creator><description><![CDATA[La huelga de trabajadores y jueces federales en México se extiende hasta el 11 de octubre, en respuesta a la reforma judicial que permite la elección popular de cargos en el poder judicial]]></description><pubDate>Fri, 04 Oct 2024 07:47:51 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<p><p>Ciudad de M&#233;xico, 4 oct (EFE).- La huelga de trabajadores y jueces de la justicia federal mexicana contra la reforma judicial aprobada al final del mandato presidencial de Andr&#233;s Manuel L&#243;pez Obrador se alargar&#225; hasta el 11 de octubre, seg&#250;n decidi&#243; el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) el jueves por la noche.</p></p><p><p> Por cuatro votos a favor contra tres, el CFJ decidi&#243; en una sesi&#243;n extraordinaria seguir hasta ese d&#237;a con la suspensi&#243;n de labores iniciada el 21 de agosto en los &#243;rganos jurisdiccionales federales y &#225;reas administrativas, salvo los casos considerados urgentes.</p></p><p><p>La decisi&#243;n coincide con la admisi&#243;n por la Suprema Corte de Justicia de la Naci&#243;n (SCJN) de M&#233;xico de una de las impugnaciones planteadas por jueces y magistrados contra la citada reforma, mediante la cual los jueces y otros cargos del poder judicial van a ser elegidos por voto popular.</p></p><p><p>El objetivo de dicha impugnaci&#243;n es que el alto tribunal verifique si la reforma &quot;es compatible o no con garant&#237;as judiciales y principios, entre ellos, la divisi&#243;n de poderes, la independencia judicial, as&#237; como aquellos inherentes al Estado Constitucional de Derecho&quot;, apunta la sentencia. </p></p><p><p>La reforma judicial, impulsada por el ahora expresidente Andr&#233;s Manuel L&#243;pez Obrador (2018-2024) y promulgada el pasado 15 de septiembre, ha levantado cr&#237;ticas de algunos organismos internacionales que aseguran que se pone en riesgo el Estado de derecho en el pa&#237;s. </p></p><p><p>Lenia Batres, una de las ministras de la SCJN que vot&#243; en contra de admitir la impugnaci&#243;n, defendi&#243; que la Suprema Corte &quot;no tiene facultades para someter a revisi&#243;n cambios a la Constituci&#243;n aprobados por el Poder Legislativo&quot; y se&#241;al&#243; que actuando as&#237; &quot;est&#225; intentando un golpe de Estado&quot;.</p></p><p><p>La nueva presidenta de M&#233;xico, Claudia Sheinbaum, del izquierdista MORENA (Movimiento de Regeneraci&#243;n Nacional), la misma fuerza pol&#237;tica a la que pertenece L&#243;pez Obrador, defendi&#243; el pasado martes, durante su investidura, la reforma al Poder Judicial y se&#241;al&#243; que no es “autoritarismo” sino que, en esencia, es democr&#225;tica.</p></p><p><p>“&#191;C&#243;mo va a ser autoritaria una decisi&#243;n que, en esencia, es democr&#225;tica y permite que el pueblo decida?”, manifest&#243; la mandataria durante su discurso en el Congreso mexicano.</p></p><p><p>Asever&#243; que el objetivo es que se termine con la corrupci&#243;n en el Poder Judicial y para ello, record&#243;, habr&#225; una convocatoria &#250;nica adem&#225;s de un comit&#233; de selecci&#243;n de candidatas y candidatos para garantizar que cumplan los requisitos. EFE</p></p>]]></content:encoded></item><item><title><![CDATA[A un mes de la desaparición de Loan: cómo sigue la causa  y cuáles fueron los últimos hallazgos]]></title><link>https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/07/13/a-un-mes-de-la-desaparicion-de-loan-como-sigue-la-causa-y-cuales-fueron-los-ultimos-hallazgos/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/07/13/a-un-mes-de-la-desaparicion-de-loan-como-sigue-la-causa-y-cuales-fueron-los-ultimos-hallazgos/</guid><description><![CDATA[La nueva declaración de Laudelina podría ser clave para el curso de la investigación, mientras la Justicia Federal continúa con las pericias. Los principales detenidos podrían ser trasladados a Ezeiza]]></description><pubDate>Sat, 13 Jul 2024 05:52:57 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/4IJG3B2Z7VE35MOTPCCADGVG4Q.JPG?auth=74149ea9d45fc06cbfc016f4d5ea5f50687d8f91b723860b6ca1caf37bb33b9f&smart=true&width=678&height=381" alt="Loan Danilo Peña desapareció el pasado 13 de junio " height="381" width="678"/><p>Este sábado se cumple un mes desde que<a href="https://www.infobae.com/tag/loan-danilo-pena/" target="_blank"> <b>Loan Danilo Peña</b></a> fue visto por última vez en el departamento de<b> 9 de Julio</b>, <b>Corrientes.</b> La causa está en manos de la <a href="https://www.infobae.com/politica/2024/07/12/busqueda-de-loan-burlando-denunciara-al-gobierno-de-corrientes-en-comodoro-py/" target="_blank"><b>Justicia Federal</b> </a>y, pese a que hay actualizaciones día a día, lejos está de poder esclarecerse qué sucedió con el niño de 5 años. La nueva declaración de <a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/07/12/deci-lo-que-sabes-la-sospecha-del-chat-de-amigas-de-laudelina-tras-la-desaparicion-de-loan-que-revelo-la-pericia-a-su-celular/" target="_blank"><b>Laudelina</b></a> podría ser clave para el curso de la<a href="https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2024/07/11/la-jueza-de-la-causa-loan-pidio-testigos-mientras-en-el-gobierno-evaluan-aumentar-la-recompensa/" target="_blank"> investigación</a>. En simultáneo, se analizan los nuevos hallazgos en el auto de los principales acusados. </p><p>Actualmente, la causa tiene 7 detenidos: la ex funcionaria municipal, <b>María Victoria Caillava</b>; su esposo y capitán de navío (RE),<b> Carlos Pérez</b>; la tía de Loan, Laudelina; su marido, <b>Antonio Benítez</b>; la pareja compuesta por <b>Daniel “Fierrito” Ramírez</b> y<b> Mónica del Carmen Millapi</b>; y el comisario<b> Walter Maciel</b>. Los primeros dos fueron imputados por el delito de <b>captación de personas con fines de explotación agravado en carácter de coautor</b> El mismo delito recae sobre Benítez, Millapi y Ramírez, pero en carácter de partícipe primario. Por otro lado, Laudelina está imputada por <b>sustracción y ocultamiento </b>y Maciel por <b>encubrimiento agravado</b>. </p><p>A medida que avanza la investigación, hay nuevos hallazgos que pueden ser de consideración para la causa. En este contexto, el viernes encontraron en la casa de la exfuncionaria municipal y el capitán de navío (RE) ropa incinerada que será sometida a las pericias correspondientes. Se trata de un short, una bermuda y zapatillas, de acuerdo con la información de los medios locales. </p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/V2UC5LOXCFH3XI7ICJAWQ433BQ.jpg?auth=5b985dd37aad8f4272cb720c2319eb65be7e3a80262081c5044407dbfa80359f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Carlos Pérez y María Victoria Caillava en el almuerzo organizado por la abuela del menor" height="1080" width="1920"/><p>Horas después de que se realizara este allanamiento, se conoció la noticia de que Pérez y Caillava podrían ser trasladados al penal de<b> Ezeiza</b>, donde se encuentra alojada desde hace una semana la tía de Loan. </p><h2>La nueva declaración de Laudelina </h2><p>Laudelina fue la última en ser arrestada. A finales de junio, la mujer brindó una versión de los hechos que luego su hija, <b>Macarena,</b> desmintió. En esa oportunidad, contó al fiscal<b> Gustavo Alejandro Robineau</b>, titular de la UFI 6, que Loan murió tras ser atropellado por Pérez y Caillava. Llegó a la Fiscalía a las 3 de la mañana, acompañada de quien era su abogado,<b> José Codazzi</b>. </p><p>Además, justificó su retraso en prestar testimonio al asegurar que se encontraba bajo amenazada por los principales acusados, quienes también, según relató, le habrían ordenado que vaya a plantar la zapatilla de Loan en un camino alternativo con el fin de desviar el rastrillaje que realizaba la policía para otro lado. Aparentemente, fue cuando ya había comenzado la búsqueda desesperada por el niño. Ante el temor, ella cumplió y lo hizo.</p><p>Sin embargo, poco después, Macarena reveló: “Esa declaración fue bajo amenaza, fue una estrategia que él armó presionándonos —en referencia a José Codazzi—. Él ya le había dicho que se tenía que adelantar a que <b>Patricia Bullrich </b>la detuviera, porque si hubiera estado detenida no hubiera podido decir eso que inventó él”. También, en su declaración ante los fiscales del caso, la joven había dicho que a su madre se le prometió “una casa y un auto” por introducir la hipótesis del accidente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/LS3DTQDPQJF2JEDTKDXFI6CZRM.jpg?auth=ebc6a0295cf85fe712fb1a99ce876ca055a034e5bff31cb61fbf66aee6d1bc63&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Laudelina está detenida en el penal de Ezeiza " height="1080" width="1920"/><p>Ahora, Laudelina pidió volver a declarar para, según precisó su nueva abogada,<b> Mónica Chivirin</b>, apuntar contra Codazzi y a otros dirigentes correntinos por una supuesta extorsión. Sin embargo, fuentes judiciales consultadas por <b>Infobae </b>informaron que la defensa aún no pidió la ampliación de la indagatoria en el Juzgado Federal de Goya, a cargo de<b> Cristina Pozzer Penzo.</b></p><p>Por su parte, el abogado de la familia Loan, <b>Fernando Burlando,</b> adelantó que pedirá la detención de Macarena y del letrado por “encubrimiento agravado”. A su vez, anunció que denunciará al Gobierno provincial de Corrientes en Comodoro Py. </p><h2>La renuncia del ministro de Seguridad provincial</h2><p>En medio de la conmoción que generó el caso, el ministro de Seguridad de Corrientes<b>, Buenaventura Duarte</b>, renunció a su cargo. Buenaventura Duarte había quedado en la mira por la reacción inicial de la Policía local luego de que se denunciara la desaparición de Loan, el 13 de junio pasado. Es que Maciel fue quien condujo el operativo de búsqueda y se sospecha que intentó desviar la investigación y dilató las primeras medidas para dar con el paradero del menor.</p><p>“El Gobierno de Corrientes comunica que, habiendo presentado su renuncia el doctor Buenaventura Duarte al cargo de ministro de Seguridad de la provincia de Corrientes, asume en su reemplazo el hasta ahora diputado nacional<b> Alfredo Vallejos</b>, a quien el gobernador <b>Gustavo Valdés</b> le tomará juramento este lunes en Casa de Gobierno en horario a confirmar”, aseguró el comunicado oficial.</p><p>A un mes de la desaparición de Loan, la investigación continúa para poder determinar qué fue lo que pasó aquel 13 de junio con el niño y poder, en el mejor de los escenarios, dar con el paradero del menor. </p><p><br/></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/SY3IDUOCSNCFBIZ74KZXIOSTY4.jpeg?auth=43fc54dfc376ebfc4971e4fbc08f01621c3b144f77daf426937e7fb0e94d61b6&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[(Fuente)]]></media:description></media:content></item><item><title><![CDATA[Mahiques destacó el fallo de la Justicia por la AMIA que definió “la responsabilidad de Irán como estado terrorista”]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2024/07/11/mahiques-destaco-el-fallo-de-la-justicia-por-la-amia-que-definio-la-responsabilidad-de-iran-como-estado-terrorista/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2024/07/11/mahiques-destaco-el-fallo-de-la-justicia-por-la-amia-que-definio-la-responsabilidad-de-iran-como-estado-terrorista/</guid><description><![CDATA[El fiscal general habló de la responsabilidad de ese país como un “Estado terrorista” y de la medida judicial que abrió la puerta para que Argentina presente una demanda formal]]></description><pubDate>Fri, 12 Jul 2024 14:11:16 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/UAKU5ZPTNBAULA22FIUQJKYY3Y.jpg?auth=265d9fd4eba9b440a7e8f1b6052d2dac653dba3f1559798adf33a49acc26ecb4&smart=true&width=1067&height=1600" alt="Juan Bautista Mahiques" height="1600" width="1067"/><p>El fiscal general <b>Juan Bautista Mahiques </b>y actual Presidente de la Asociación Internacional de Fiscales (IAP por sus siglas en inglés) participó del homenaje conmemorativo por el trágico atentado a la AMIA. Allí destacó el fallo judicial que abrió la puerta para que Argentina demande formalmente a Irán.</p><p>Durante el evento, Mahiques tuvo la oportunidad de destacar el fallo de la Justicia Federal que definió “las responsabilidades no solo de las personas físicas involucradas en la organización, planificación y ejecución del ataque terrorista más horrendo que sufrió nuestro país, sino también, y por primera vez, <b>la de Irán como un Estado terrorista”</b>.</p><p>Mahiques también se refirió a las órdenes de detención de las autoridades del Estado de Israel y los líderes de Hamas solicitadas por la Corte Penal Internacional. El titular de la IAP calificó de “sorprendente” la decisión de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional de accionar penalmente por crímenes contra la Humanidad a máximas autoridades del Estado de Israel y los líderes de la organización terrorista Hamas por Igual.</p><p>En esta línea, el actual Presidente de la Asociación Internacional de Fiscales señaló su preocupación respecto de que el derecho sea utilizado como un “arma de guerra” y que “la equivalencia de tratamiento responda a factores políticos más que jurídicos”. Del encuentro también participaron la vicejefa de Gobierno,<b> Clara Muzzio,</b> y el Ministro de Seguridad de la Ciudad, <b>Waldo Wolff</b>, quienes compartieron junto a Mahiques el compromiso de recordar a las víctimas y reafirmar el compromiso con la justicia y la paz.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/3ZAQWT7U5FDTZFJO6XBFENZPVQ?auth=55860f59a04083ecfcb3bd1e72ed3ae2f5433db2c12634bc4eae6a8d01367e07&smart=true&width=1170&height=659" alt="18 de julio de 1994. Personal del SAME frente a la sede de la AMIA destrozada, segundos después de la explosión que mató a 85 personas (archivo DYN)
" height="659" width="1170"/><p>En abril de este 2024 la Cámara Federal de Casación Penal sentenció que el ataque contra la embajada de Israel en marzo de 1992 y la bomba que hizo explotar la sede de la AMIA <b>“respondieron a un designio político y estratégico”</b> de la República Islámica de Irán y que ambos atentados fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbollah. El fallo sostuvo además que la voladura de la AMIA fue un crimen de “lesa humanidad” y abrió la puerta para que la Argentina demande formalmente a Irán.</p><p>Se trató de una resolución clave en el marco de la causa AMIA. La sentencia -dictada por los jueces <b>Carlos</b> <b>Mahiques, Diego Barroetaveña y Angela Ledesma</b>- incluye una trascendente definición sobre el derecho a la verdad de las víctimas y sus familiares, y la posibilidad de que<b> demanden a los responsables, entre ellos, al Estado Islámico de Irán</b>. En su voto, el juez Mahiques sugirió que ese reclamo podría ser emprendido por Argentina, por vía diplomática, a través de un tribunal arbitral o incluso por la Corte Internacional de Justicia, el principal órgano judicial de las Naciones Unidas.</p><p>Casación se pronunció así sobre los alcances del delito terrorista internacional yihadista, y establece que el ataque a la AMIA<b> fue organizado, planificado, financiado y ejecutado por integrantes de organizaciones que reportan orgánica, funcional e ideológicamente a un Estado </b>(como es el caso de Hezbollah).</p><p>Este miércoles, el Gobierno presentó el proyecto de Ley de Juicio en Ausencia, que busca juzgar, principalmente, a los libaneses e iraníes prófugos en la causa por el atentado a la AMIA.</p><p>El objetivo del Gobierno es garantizar <b>que los procesos judiciales avancen, incluso cuando el acusado no comparezca ante el tribunal.</b> “Si el imputado no comparece o se fuga, seguirá el juicio sin su presencia con una defensa bien resguardada”, dijo el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona. También señaló que “se debe terminar con esa costumbre de los juicios en los cajones y archivos”. Luego agregó que “el sufrimiento de las víctimas y de la sociedad lo demandan y es nuestra responsabilidad”.</p><p><br/></p><p><br/></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/3EAF2CNXKVDYJM4V6E62QTJ5DM.jpg?auth=c9e581805f550c9ceeab2ff8c635617fa380a5901b3e5755f486dc6ebb6e18e2&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[Ricardo Lorenzetti debatió junto a Ariel Lijo y el ministro Cúneo Libarona sobre la justicia federal]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2024/07/09/ricardo-lorenzetti-debatio-junto-a-ariel-lijo-y-el-ministro-cuneo-libarona-sobre-la-justicia-federal/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2024/07/09/ricardo-lorenzetti-debatio-junto-a-ariel-lijo-y-el-ministro-cuneo-libarona-sobre-la-justicia-federal/</guid><description><![CDATA[El ministro de la Corte Suprema encabezó la apertura de un foro internacional, organizado en conjunto con la Organización de Estados Americanos (OEA), la Ajufe y la UBA]]></description><pubDate>Tue, 09 Jul 2024 16:31:17 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NAPBTW4ZDRE6JDCZGADRYDPU2Y.jpg?auth=047383152d6947ebc407c0fef0853f7702f78fcfb09722be6b098d65ce73176e&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Ricardo Lorenzetti encabezó en el primer foro internacional sobre desafíos de la justicia federal " height="1080" width="1920"/><p>El juez de la Corte Suprema, <b>Ricardo Lorenzetti</b>, encabezó la apertura del foro internacional de alto nivel “<a href="https://www.infobae.com/politica/2024/06/30/este-lunes-se-realizara-en-la-uba-el-primer-foro-internacional-sobre-justicia-federal-organizado-por-la-oea-y-ajufe/" target="_blank"><i>Desafíos actuales de la Justicia Federal</i></a>” junto a otros juristas, como el juez federal y candidato al máximo tribunal, <b>Ariel Lijo </b>y el ministro de Justicia, <b>Mariano Cúneo Libarona</b>, quienes discutieron de temas como el cambio climático y la cooperación internacional en la lucha contra el crimen organizado.</p><p>El magistrado estuvo a cargo de la conferencia inaugural titulada “<b>El rol del Poder Judicial en la crisis ambiental</b>”, donde subrayó la importancia de la justicia en la protección del medio ambiente.</p><p>El evento se desarrolló en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) durante <b>el 1 </b>y <b>2 de julio</b>. Estuvo organizado por la Asociación de Jueces y Juezas Federales de la República Argentina (<b>Ajufe</b>) y la Organización de Estados Americanos (<b>OEA</b>).</p><p>La apertura del foro reunió a los tres funcionarios mencionados junto con figuras destacadas del ámbito judicial y del derecho, como la vicedecana de la UBA, <b>Silvia Nonna</b>; el secretario de Asuntos Jurídicos de la OEA, <b>Jean Michel Arrighi</b>; y el presidente de la Ajufe, <b>Marcelo Duffy</b>.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/VN2NARCK5VCGZO372TJE2XE6LE.jpg?auth=10a9cc98412139af1b75228ec98fe0da508e4fda63388f50f47ce7e80dd96e33&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El juez Ricardo Lorenzetti estuvo a cargo de la conferencia inaugural titulada “El rol del Poder Judicial en la crisis ambiental”" height="1080" width="1920"/><p>El cronograma de las jornadas arrancó con un primer panel, moderado por el vicepresidente de AJUFE CABA, <b>Karina Perrilli</b>, y contó la exposición de Arrighi sobre “<b>Justicia en el Sistema Interamericano</b>”. La jueza federal de Brasil, <b>Daniela Madeira Pereira</b>, abordó las “Innovaciones tecnológicas y sus implicaciones para la administración de justicia y la cooperación regional e internacional”.</p><p>El segundo encuentro se centró en el “<b>Recupero de activos y administración de bienes</b>: <b>casos de corrupción, trata de personas y criptoactivos</b>”. En ese eje asistieron la fiscal federal, <b>Alejandra Mangano</b>, quien expuso sobre la “Reparación a las víctimas de trata de personas”, seguida por el juez federal <b>Santiago Inchausti</b>, que habló sobre el “Decomiso de criptomonedas”, y luego el magistrado <b>Sebastián Casanello</b>, que disertó sobre la “Administración de bienes recuperados”.</p><p>Luego, la jueza federal, <b>Sabrina Namer</b>, expuso acerca de “Recuperación de activos en causas de corrupción. Entre el perjuicio y la reparación a la Administración pública”, con la moderación de la asesora de la Secretaría de Asuntos Jurídicos de la OEA, <b>María Sol Cinosi</b>.</p><p>En el tercer panel, titulado “<b>La actuación del Estado y el control de los jueces</b>”, participaron los jueces del Fuero Contencioso Administrativo Federal, <b>Guillermo Treacy</b>, cuya exposición trató los desafíos de los procesos judiciales colectivos. Por su parte, Rodolfo FACIO disertó sobre migración internacional en Argentina, y Rogelio Vincenti expuso sobre el control judicial en situaciones de emergencia pública, con la moderación de la jueza federal <b>Macarena Marra Giménez</b>.</p><p>El cuarto panel, denominado “<b>Lavado de dinero, delitos tributarios y soborno internacional</b>” contó con la exposición de la fiscal federal, Laura Roteta, acerca del”Soborno internacional”; mientras que los jueces federales, Javier López Biscayart y Daniel Petrone debatieron acerca de “<b>La Justicia Penal Económico</b>” y”<b>Criptomonedas y Lavado de Dinero</b>”, respectivamente.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NYFTHODIQNB45JMC4MHVEAORI4.jpg?auth=2990c6cf0d4b1eca2bdd3dda93b15602fa6b27e7b66cf181c6f64479483b7e1f&smart=true&width=1920&height=1080" alt="El juez Mariano Borinsky " height="1080" width="1920"/><p>Durante el segundo día de actividades, se presentó la charla “<b>Reformas procesales y su implementación</b>”, en la que expusieron el juez federal, <b>Mariano Borinsky </b>y el fiscal federal, <b>Ricardo Rafael Toranzos</b>, acerca sobre los desafíos en la consolidación del sistema acusatorio. Luego, la jueza federal <b>Silvina María Andalaf </b>presentó la “Implementación del CPPF en la jurisdicción de Rosario”, con la moderación a cargo del juez federal <b>Pablo Montesi</b>.</p><p>El segundo panel, titulado “<b>Cooperación contra el crimen organizado trasnacional</b>”, contó con la participación de la jueza federal, Analía Ramponi , quien expuso sobre ”Cooperación internacional en juzgados de frontera frente al crimen organizado transnacional”. A continuación, el fiscal federal, <b>Sergio Rodríguez</b>, se refirió a temas en la materia sobre corrupción, luego disertó titular de la secretaría de Coordinación Institucional de la Procuración General de la Nación, <b>Juan Manuel Olima Espel</b>, sobre “Cooperación Regional e Internacional”. En esta ocasión, participó como moderador el fiscal federal, <b>Diego Velasco</b>.</p><p>En el tercer panel, moderado por el juez federal, <b>Roberto Lemos Arias</b>, se refirió acerca de la “<b>La persecución del narcotráfico</b>”. En esa actividad disertaron el fiscal federal, <b>Diego Iglesias</b>, acerca de las “Buenas prácticas en la investigación de la narcocriminalidad”. El juez federal, <b>Sebastián Ramos </b>expuso acerca de “Nuevas tecnologías en la investigación del narcotráfico” y dio el cierre a las exposiciones la auxiliar fiscal, <b>Patricia Cisneros</b>, con “Cooperación entre Ministerios Públicos en investigaciones de narcocriminalidad. Mesas de intercambio de información”.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/GWG6BUBFZBFP7MHVV22A2SDO2Q.jpg?auth=ec005b2674129e056e9f591e57330dd82c90083aaf29d0d67ddcfc3c6bab8ee1&smart=true&width=1920&height=1280" alt="El encuentro fue organizado por la OEA y Ajufe " height="1280" width="1920"/><p>El foro concluyó con el panel “<b>Decisión judicial y democracia</b>”, moderado por María Sol Cinosi, en el que participaron los juristas <b>Patricio Maraniello </b>y <b>Sabrina Namer </b>discutieron sobre “La sentencia judicial en el sistema democrático” y “Diversidad y pluralidad en las sentencias judiciales”.</p><p>Cerca de cien jueces, fiscales y funcionarios intercambiaron experiencias y buenas prácticas a lo largo de los dos días. Los asistentes se comprometieron a continuar con el trabajo colaborativo en futuros encuentros.</p><p>La actividad, de carácter académico y cerrado, contó con la presencia de representantes de diversos fueros de la justicia federal de todo el país y titulares de procuradurías y unidades fiscales especializadas como la <b>Procunar, Procelac, Protex </b>y <b>PIA</b>.</p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/NAPBTW4ZDRE6JDCZGADRYDPU2Y.jpg?auth=047383152d6947ebc407c0fef0853f7702f78fcfb09722be6b098d65ce73176e&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"/></item><item><title><![CDATA[La Libertad Avanza logró el reconocimiento provisorio como partido en Santa Fe]]></title><link>https://www.infobae.com/politica/2024/06/28/la-libertad-avanza-logro-el-reconocimiento-provisorio-como-partido-en-santa-fe/</link><guid isPermaLink="true">https://www.infobae.com/politica/2024/06/28/la-libertad-avanza-logro-el-reconocimiento-provisorio-como-partido-en-santa-fe/</guid><dc:creator><![CDATA[Juan A. Bracco]]></dc:creator><description><![CDATA[Luego de la visita de Karina Milei y de Martín Menem, la fuerza logró el aval de la Justicia Federal. Ahora se abre un período para completar el proceso de forma definitiva]]></description><pubDate>Fri, 28 Jun 2024 07:00:58 +0000</pubDate><content:encoded><![CDATA[<img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/U7BTFEMTCRBHRAMD4J6DQ6ZVYQ.jpg?auth=24a73381dc5c0d113b3766aaf112b34e50594a76926f903e2c703b8355797d3d&smart=true&width=1920&height=1080" alt="Visita de Karina Milei y Martín Menem a Santa Fe junto a la diputada Romina Diez (Foto: @rominadiez.ok)" height="1080" width="1920"/><p>El Juez Federal con competencia electoral de Santa Fe, <b>Reynaldo Rubén Rodríguez</b>, notificó a <b>La Libertad Avanza</b> que había alcanzado su reconocimiento provisorio en esa provincia. El distrito es el tercero en importancia a nivel nacional, con casi el 8% del total de electores. Sólo es superado por la provincia de Buenos Aires y por Córdoba.</p><p><a href="https://www.infobae.com/judiciales/2024/06/27/la-libertad-avanza-obtuvo-el-reconocimiento-provisorio-como-partido-politico-en-la-provincia-de-buenos-aires/" target="_blank">La decisión se suma al reconocimiento que obtuvo LLA en territorio bonaerense en las últimas horas</a>. Es la anteúltima instancia antes de obtener la personería jurídica plena.</p><p>Ahora, las autoridades de la fuerza deberán conseguir, al menos, unas cuatro mil afiliaciones. Para eso tendrán, según establece el artículo 7° bis de la ley orgánica de partidos políticos, un plazo de 150 días. También deberán completar las autoridades internas. Para lograrlo, la norma fija un término de 180 días.</p><p>Todo hace prever que la presidenta de LLA del distrito será la actual <b>diputada nacional Romina Diez</b>. La legisladora cuenta con la bendición de Karina Milei, quien se perfila para ser la titular de la fuerza nacional una vez que se cumplan los requisitos legales. El principal es el reconocimiento definitivo en, al menos, cinco distritos.</p><p><a href="https://www.infobae.com/politica/2024/06/13/karina-milei-paso-por-santa-fe-donde-lla-se-encamina-a-obtener-reconocimiento-electoral/" target="_blank">La hermana del presidente Javier Milei y secretaria General de la Presidencia viajó hace unos días a la provincia</a> Estuvo acompañada por el presidente de la Cámara de Diputados y titular del sello LLA, Martín Menem. Juntos participaron de la audiencia previa al otorgamiento del reconocimiento provisorio.</p><img src="https://www.infobae.com/resizer/v2/NP2CZS2N65A5FH7E4HRAZ5F5UY.jpg?auth=61b7792853a5c794e45d7deaf150ed66dadece2262fa610bd1da75572c01d9f5&smart=true&width=1920&height=1080" alt="La presidenta de LLA del distrito sería la actual diputada nacional Romina Diez (Foto: @rominadiez.ok)" height="1080" width="1920"/><p>Según indica la resolución de la Justicia Federal comunicada a la dirigencia libertaria el jueves 27, <b>se constataron como válidas 4.136 adhesiones en planillas y fichas</b>. Eso implica que la fuerza no tendrá dificultades para alcanzar el número de afiliaciones que requiere la Justicia Federal.</p><p>En Santa Fe, Milei ganó en el balotaje por el 62% de los sufragios contra el 37,18% de <b>Sergio Massa.</b> Sumó 1.278.243 votos. El resultado de la primera vuelta le había permitido colar dos diputados nacionales. Además de Diez, <b>Nicolás Mayoraz</b> alcanzó una banca en el Congreso. La Libertad Avanza también consiguió representación en la Cámara de Diputados de la provincia y ediles en numerosas localidades.</p><p>La provincia renovará parcialmente los Concejos Deliberantes durante 2025. Además, los santafesinos irán a las urnas para elegir 9 diputados nacionales. El peronismo pondrá en juego tres bancas al igual que el PRO, la UCR dos y Hacemos Coalición Federal, una. Mayoraz adelantó a <b>Infobae </b>que los libertarios competirán con lista y candidaturas propias para quedarse con los lugares en disputa.</p><p>En la resolución de la Justicia se destacó que la fuerza presentó Acta de Fundación y Constitución, Carta Orgánica, Declaración de Principios y Bases de Acción Política. Además, se puso de relieve que de las presentaciones mencionadas “se desprende el espíritu de participación electoral que proclama la agrupación en formación, al establecer por ejemplo igualdades y garantías entre sus miembros, tales como: la inclusión de la paridad de género, el tiempo que deberán permanecer los miembros de las Juntas Ejecutivas en sus cargos o su renovación”.</p><p>El Sistema Informático de Gestión de Agrupaciones Políticas da cuenta de que, a la fecha, LLA tiene reconocimiento definitivo en tres provincias: La Pampa, La Rioja y Salta. Además de Provincia de Buenos Aires y Santa Fe, también cuenta con reconocimiento provisorio en Capital Federal, Formosa, Córdoba, Mendoza, Santiago del Estero y Tierra del Fuego. Están en proceso de alcanzar este escalón Catamarca, Corrientes, Jujuy, Río Negro, Santa Cruz, Entre Ríos y San Juan.</p><p>En Chubut y Chaco, la fuerza libertaria se encuentra embarcada en el cambio de denominación.</p><p><br/></p><p><br/></p>]]></content:encoded><media:content url="https://www.infobae.com/resizer/v2/U7BTFEMTCRBHRAMD4J6DQ6ZVYQ.jpg?auth=24a73381dc5c0d113b3766aaf112b34e50594a76926f903e2c703b8355797d3d&amp;smart=true&amp;width=1920&amp;height=1080" type="image/jpeg" height="1080" width="1920"><media:description type="plain"><![CDATA[Visita de Karina Milei y Martín Menem a Santa Fe (Foto: @rominadiez.ok)]]></media:description></media:content></item></channel></rss>