Qué pasa si tengo más gastos que ingresos reportados ante el SAT

El fisco tiene total libertad de analizar si una persona presenta discrepancia en su declaración anual

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Los contribiyentes deberán estár al tanto de su declaración anual. (Foto: Pixabay)
Los contribiyentes deberán estár al tanto de su declaración anual. (Foto: Pixabay)

¿Qué pasa si tengo más gastos que ingresos reportados ante el SAT? Esa es una de las interrogantes que suelen hacer algunos contribuyentes en algún momento de su vida. En ese sentido, lo ideal es que lleve un control al respecto, pues así evitará problemas futuros con el fisco.

Y es que algunas personas suelen registrar más gastos que ingresos durante su declaración anual de impuestos, la cual deben realizar personas físicas y morales (empresas) cada año entre marzo y abril.

Sin embargo, si un contribuyente tiene más gastos de ingresos, la autoridad tributaria lo considerará como una discrepancia fiscal. Ante ello, los contribuyentes que se encuentren en esa situación tendrán que pagar los impuestos correspondientes a la diferencia, así lo establece la Ley de Impuestos Sobre la Renta (ISR).

Si el fisco detecta alguna irregularidad tendrá que avisar al contribuyente sobre el monto y justificación de dicha discrepancia. De acuerdo con la Ley del ISR, el fisco tiene total libertad de analizar si una persona cuenta con más erogaciones (gastos) que ingresos, ya que puede existir la probabilidad de que tenga algunos otros ingresos no detectados al momento.

El fisco tiene la facultad de analizar sus gastos. (Foto: Cuartoscuro/Archhivo)
El fisco tiene la facultad de analizar sus gastos. (Foto: Cuartoscuro/Archhivo)

Será necesario recalcar que, una vez que la persona reciba el aviso deberá presentar pruebas y explicar por escrito el origen de los ingresos que dan como resultado la discrepancia. El SAT dará un lapso de tiempo de hasta 20 días hábiles para justificar todo.

¿Qué pasa si hay más gastos que ingresos reportados?

Si el SAT detecta que hay discrepancia, entonces aplicará el ISR en los ingresos omitidos y no declarados, además de solicitar la multa que considere, pues dependerá de la situación de cada contribuyente.

Sin embargo, en ocasiones la sanción no solo es económica sino que además se puede llegar a considerar como defraudación fiscal, un delito que va de los 3 meses a los 9 años de cárcel.

Algunas personas acuden a las oficinas del SAT para realizar trámites. (Foto: Cuartoscuro /Archivo)
Algunas personas acuden a las oficinas del SAT para realizar trámites. (Foto: Cuartoscuro /Archivo)

La Ley faculta al SAT para que pueda analizar o vigilar sus gastos, los cuales van desde compras, depósitos bancarios, inversiones e historial de tarjetas de crédito, Por lo que ante cualquier sospecha, el fisco puede realizar una auditoría y pedir información a su banco.

Por otra parte, si bien es cierto que las personas tienen libertad de depositar o recibir dinero en sus cuentas bancarias sin necesidad de notificarlo, también será necesario recalcar que los bancos tienen la obligación de informar sobre los depósitos en efectivo que superen los 15 mil pesos de algunas cuentas bancarias que estén siendo investigadas.

En ese caso, la recomendación que puede considerar un contribuyente es declarar el ingreso con los depósitos, de tal modo que exista una congruencia y así la autoridad no tendrá elementos para revisar a las personas.

En contraste, si se detecta una incongruencia entre los gastos e ingresos, el fisco tendrá la oportunidad de pedir la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información.

Esta solicitud se hace para evitar defraudaciones fiscales. Aunque será necesario detallar que, el fisco únicamente deberá de informar de los depósitos en efectivo que reciban las personas que están siendo investigadas.

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