Cuáles son las figuras fiscales y legales de la nueva normalidad

Ante la necesidad de reanudar una economía ¿a quién beneficia el diferimiento del pago del impuesto? ¿a quién beneficia la reducción del pago del impuesto? ¿el financiamiento propuesto en el paquete económico es una opción real para las empresas?

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(Foto: Cuartoscuro)
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Las catástrofes naturales provocadas por los fenómenos meteorológicos, como los huracanes, y los terremotos, son constantes en México, y es responsabilidad del gobierno garantizar la reanudación de las actividades económicas de la región. El presidente está facultado para conceder subsidios o estímulos fiscales; y para condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de las contribuciones a las empresas que hubieren sido afectados; o cuando se haya afectado la situación económica de algún lugar o región del país, una rama de actividad económica, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como las catástrofes sufridas por las epidemias.

La situación que guarda la epidemia por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) condujo a que el Gobierno Federal pronunciara acciones para fomentar la reactivación de la economía en las industrias. Primero declaró la emergencia sanitaria para marcar acciones en materia de salud y proteger a los ciudadanos mexicanos ante la epidemia por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); y para menguar los efectos económicos que ha provocado el confinamiento para contener la enfermedad causada por el COVID-19, y reactivar la economía, propuso un paquete económico, y amplió los que ya se aplicaban como parte de su política económica-social. Se instrumentaron diferentes tipos de créditos como uno de los principales mecanismos administrativos para reactivar la economía; se ofrecieron a las empresas esquemas de financiamientos con tasas preferenciales para pagar en el mediano plazo con el propósito de apoyarles con liquidez para sufragar gastos.

Las figuras fiscales-legales que instrumenta la autoridad hacendaria, como la condonación, la exención, el diferimiento, la reducción, entre otros, son mecanismos útiles que facilitan el cumplimiento del pago de los impuestos de las empresas y han existido desde la vida tributaria de este país. El efecto económico al interior de las empresas es distinto en cada figura. Una condonación de impuestos representa la remisión del pago del impuesto determinado. Significa no pagar el impuesto correspondiente en el periodo de la catástrofe. La exención fiscal representa la liberación del impuesto. El diferimiento del impuesto implica, que el pago del impuesto al que está obligado el contribuyente, lo puede realizar a una fecha determinada, el pago se realiza posterior a la fecha de la obligación. La reducción del pago del impuesto señala que el importe a pagar del impuesto se disminuye en un porcentaje determinado por la autoridad.  

Ante la necesidad de reanudar una economía ¿a quién beneficia el diferimiento del pago del impuesto? ¿a quién beneficia la reducción del pago del impuesto? ¿el financiamiento propuesto en el paquete económico es una opción real para las empresas?

La figura del financiamiento no necesariamente es lo que más conveniente para los empresarios, principalmente para los micro, y pequeños, cuando prevalece una economía detenida por la propia declaratoria de emergencia sanitaria, y no hay consumo. Aunque los pagos del préstamo comienzan con un periodo de gracia, se requiere el ingreso continuo en la empresa para asumir el compromiso de pago de estos pasivos financieros; conlleva la amortización del préstamo más los intereses, y son un costo financiero inamovible para la empresa, dejando sin capacidad de inversión interna a las organizaciones.

El paquete económico que propuso el presidente está dirigido a los micronegocios que operan básicamente en el autoempleo o en la informalidad, y que en general no tienen compromisos tributarios que requieran un esfuerzo económico mayor, como es para los empresarios que tienen compromisos contributivos mayúsculos y que conocen las figuras fiscales-legales establecidas en el derecho fiscal.

Pagar impuestos es una obligación de todas las empresas que operan en México, independientemente del tamaño, y ante esta emergencia sanitaria, se resolverían mejor y más rápido los problemas de liquidez de las arcas públicas, porque representaría una mayor cantidad en la recaudación, lo que abriría la posibilidad al gobierno de estar en mejores circunstancias en su política fiscal para ofrecer apoyos a las empresas parecidos a los que proponen países como Francia y Canadá, lugares donde pagar impuestos es una convicción de los contribuyentes. Ante esta coyuntura ¿quién es el beneficiado con la omisión del pago de impuestos?

*Especialista de la Universidad la Salle

Lo aquí publicado es responsabilidad del autor y no representa la postura editorial de este medio