Mediante demanda piden eliminar norma que prohíbe los servicios de aplicaciones de transporte

El recurso legal busca eliminar la norma emitida por una circular de la Superintendencia de Transporte, con el fin de beneficiar a las plataformas digitales

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FOTO DE ARCHIVO: Un logotipo de Uber en un vehículo de transporte.
FOTO DE ARCHIVO: Un logotipo de Uber en un vehículo de transporte.

El arribo de plataformas de transporte al país, ha traído polémicas e informidades desde su llegada. Los ciudadanos han buscado alternativas de transporte en búsqueda de exclusividad e incluso, con el fin de evadir el caos presentado en el transporte público de varias ciudades. Sin embargo, desde los entes estatales se han emitido sanciones que incluso aislaron a Uber del país por un tiempo y desde la Superintendencia de Transporte se ha advertido que los vehículos que presten dichos servicios, podrían ser sancionados.

El exsuperintendente de Industria y Comercio, Felipe Robledo, representa al Alianza In (gremio de Aplicaciones e Innovación In) como abogado y presentó una demanda que asevera sobre una persecución por parte del Gobierno en contra de las plataformas tecnológicas del país. En un fragmento del documento develado por RCN Radio, se señala: “La Circular Externa No. 015 de 2020 fue expedida por el Superintendente de Transporte para satisfacer el interés particular de un gremio de presión (a pesar de que con ello se afecta el interés general) y para obligar a las entidades territoriales a iniciar actuaciones administrativas sancionatorias”.

Entre otro apartado de la demanda, Robledo afirma que no existe una motivación para satisfacer el interés general de los usuarios, sino, beneficiar a algunos sectores del gremio de los taxistas. El Consejo de Estado aceptó la demanda, y ahora la Magistrada Nubia Margoth Peña, se encargará de estudiar el caso en su despacho.

La Circular de la Superintendencia de Transporte

La Circular Externa No 015 publicada el 20 de noviembre del año 2020, argumenta la necesidad de actualizar un plan de vigilancia y control entorno a las normas de tránsito, por parte de las autoridades competentes que deberán ejercer medidas cautelares para buen desarrollo de las actividades de transporte público, en donde prima la posibilidad de movilizarse con optimas medidas de seguridad para el usuario.

El documento, también hace referencia directa en cuanto a los vehículos particulares que prestan el servicio, exponiendo lo siguiente: “También, la conducta tipificada en el literal D12 del artículo 131 de la Ley 769 de 2002, en la cual se reprocha la destinación de vehículos particulares para un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito (v.gr. la prestación de transporte público). A ese respecto, en la Ley 336 de 1996 se puede considerar una infracción la realización de operaciones de transporte público con vehículos particulares, en la medida que se estaría prestando con vehículos que no están ni matriculados ni homologados para tal fin, operando sin la habilitación ni los permisos de operación requeridos, entre otros.”.

La posición de los gremios

Las plataformas de transporte se han convertido en un dolor de cabeza para los taxistas. Uno de hechos es Hugo Ospina, presidente de la Asociación de Propietarios y Conductores de Taxi. Ospina quien también aspira al senado, ha sido el mayor detractor de las plataformas digitales, afirmando que el servicio de transporte público debe ser prestado empresas legalmente constituidas. Según el líder de los taxistas, plataformas como Uber, Beat, Didi, entre otras, afectan directamente el desarrollo de la legalidad en los servicios de transporte en el país.

Hugo Ospina, representante del gremio de taxistas (Colprensa-Alvaro Tavera)
Hugo Ospina, representante del gremio de taxistas (Colprensa-Alvaro Tavera)

Las redes sociales Ospina, se han trasformado en la catapulta de denuncias en contra de vehículos particulares que prestan algún servicio de transporte, en uno de sus trinos resalta: “La batalla no es contra @Uber_Col, es contra el servicio público individual de pasajeros en vehículos particulares. Al igual que otras plataformas, podría habilitarse ante el @MinTransporteCo e intermediar servicios de transporte legalmente habilitados”. A esto, según Hugo Ospina se suma la cantidad de vehículos que contaminan la calidad del aire y a su vez afectan el flujo vial en las ciudades de Colombia donde se habilitan las plataformas.

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