En Bogotá están buscando a una persona para entregarle la herencia de Rufino José Cuervo, así puede postularse

La convocatoria, abierta por el Distrito, cumple con la última voluntad testamentada del reconocido filólogo

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EFE/Leonardo Muñoz/Archivo
EFE/Leonardo Muñoz/Archivo

La Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá está buscando a una persona para que reciba la herencia del filólogo, erudito y lexicógrafo bogotano, Rufino José Cuervo. Preste atención a las condiciones de la convocatoria y, si cumple con ellas a cabalidad, aplique antes del 8 de octubre.

¿Quién fue Rufino José Cuervo y por qué el Distrito está entregando su herencia?

Como se mencionó anteriormente, Cuervo fue un erudito bogotano que nació el 19 de septiembre de 1844 y murió en París el 17 de julio de 1911. Entre las obras de este hombre se destaca que fue el iniciador de Diccionario de construcción y régimen de la lengua castellana, el cual es un estudio lexicográfico de grandes proporciones que sigue, exhaustivamente, el origen y modificación del significado de las palabras del español.

Actualmente, se abrió esta convocatoria porque es lo que estipuló el erudito en su testamento como su última voluntad, señalando que solo un obrero tipógrafo de Bogotá, reconocidamente honrado, pobre y padre cabeza o cabeza de familia, se puede quedar con su herencia.

Dicha entrega se realiza cada año, puesto que la herencia de Rufino José Cuervo está compuesta por los rendimientos anuales de las quince acciones dejadas por él, señaló el Distrito. Según confirmó la entidad, de lo acumulado en 2019 correspondiente a los rendimientos financieron del inmueble del legado, la suma es de más de cinco millones de pesos. ($5.138.646).

Mientra que de lo acumulado en 2020, la suma es de más de 10 millones de pesos. ($10.282.634,44). Dinero que se entregará una única vez y auna sola persona, siempre y cuando cumpla con los requisitos que expuso Cuervo antes de morir.

La Secretaría resaltó que la convocatoria que correspondía al año pasado, debido a la crisis que ocasionó la pandemia por el covid-19, decidieron esperar a que la emergencia sanitaria se acabara o disminuyera, razón por la que ahora se vuelve a saber sobre la herencia de Cuervo.

Es por esto que, al tratarse de los legados de dos años (2019 y 2020) se realizarán dos sorteos, uno por cada año, respetando lo que se estableció en el legado del filólogo.

¿Quiénes pueden aplicar para quedarse con la herencia del erudito?

Según la convocatoria abierta por la Secretaría de Integración Social el pasado 16 de septiembre y la cual se cerrará el próximo 8 de octubre, la entidad distrital está buscando a un tipógrafo bogotano que esté interesado en recibir la herencia de Rufino José Cuervo.

Para cumplir con la voluntad testamentada del filólogo, la entidad busca que el ciudadano bogotano afortunado cumpla con todas las exigencias que Cuervo dispuso antes de morir.

Los interesados pueden inscribirse hasta las 10:00 a. m. del próximo 8 de octubre en la carrera 7 # 32 – 16, de la subdirección de Contratación. Con esto, la Secretaría de Integración Social da cumplimiento al acuerdo Distrital 55 de 1991 del Concejo de Bogotá, “por el cual se dispone la manera de cumplir una cláusula testamentaria” en el que se reglamentó el procedimiento a seguir para seleccionar el obrero tipógrafo con mejor derecho para recibir el legado del señor Rufino José Cuervo.

Las condiciones, además de ser obrero tipógrafo nacido en Bogotá, es que la persona no tenga ingresos superiores a los dos salarios mínimos legales vigentes (SMLV). Además, pertenecer a los estratos 1 o 2 y demostrar que es padre o cabeza de familia.

Estos requisitos deben estar debidamente certificados, es decir, acreditar la condición de obrero tipógrafo con la copia de la certificación laboral y dos certificaciones de las personas a las cuales les haya prestado sus servicios como obrero tipógrafo.

De la misma forma, presentar copia del último recibo de pago de algún servicio público domiciliario del lugar de residencia y copia de la certificación laboral de ingresos mensuales que no superen más de 2 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes; esto para mostrar la condición de persona de escasos recursos.

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