Exgobernador de Guainía es condenado a cinco años de cárcel por irregularidades en contratos

De acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, Arnaldo José Rojas, pagará prisión domiciliaria por anomalías en cuatro convenios celebrados durante su mandato en el departamento.

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La Corte Constitucional condenó a cinco años de prisión domiciliaria al exgobernador de Guainía, Arnaldo José Rojas, por irregularidades en cuatro contratos celebrados. Foto: Archivo.
La Corte Constitucional condenó a cinco años de prisión domiciliaria al exgobernador de Guainía, Arnaldo José Rojas, por irregularidades en cuatro contratos celebrados. Foto: Archivo.

Este martes 11 de mayo, la Corte Suprema de Justicia dio a conocer que, a través de su Sala Especial de Primera Instancia, condenó a 5 años de prisión domiciliaria al exgobernador de Guainía, Arnaldo José Rojas, por irregularidades en unos contratos que celebró o autorizó mientras gobernó en ese departamento.

En primera instancia, la Sala encontró que de los 28 contratos por los que la Fiscalía acusó al exgobernador, se evidenciaron y demostraron irregularidades esenciales en cuatro de ellos en los que hubo una actuación dolosa del procesado: el contrato 028 de diciembre 30 de 1998, el 017 del 3 de septiembre de 1998, el 027 de diciembre 30 de 1998, y la orden de servicios 0133 del 30 de diciembre de 1998.”, señaló la entidad judicial.

Según detalló el altro tribunal, en los primeros tres contratos celebrados se vulneraron los requisitos legales para llevarlo a cabo, además de la transparencia y la selección objetiva, mientras que en el último negocio jurídico también se cumplieron las condiciones legítimas para realizarlo, puesto que el contratista era un menor de edad.

De acuerdo con la Corte, el caso se remonta a los años 1998 y 2000, cuando Rojas, aún siendo gobernador, recibió más de $200 millones de pesos por parte de la Comisión Nacional de Regalías para poner en marcha un proyecto en el departamento con el que se buscaba controlar la contaminación por mercurio en el departamento, a causa de la práctica ilegal de minería.

Sobre el caso, la defensa del exgobernador Rojas, había argumentado que el exfuncionario no tuvo conocimiento de las irregularidades debido a que en ese entonces él había delegado la supervisión, control y vigilancia de la contratación a su secretario de Agricultura y Medio Ambiente y otros funcionarios.

Al respecto, la Corte Suprema señaló que el deber del exgobernador de Guainía era supervisar directamente los contratos, por lo que reiteró que era culpable de las irregularidades presentadas en los mismos.

De allí, que si tenía reservada tal facultad se demandaba de él una estricta labor de supervisión, en cuanto era garante de la legalidad de la actuación contractual, pues como representante legal del ente territorial, era quien podía comprometer con su voluntad final los dineros del departamento”, finaliza la sentencia dictaminada por el máximo tribunal del país.

Corte condena a exgobernador de Córdoba por irregularidades en contratos

El pasado 28 de abril de 2021, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia también dio a conocer que condenó a 7 años y 6 meses de cárcel al exgobernador de Córdoba, Ariel Isaías Arteaga Díaz por irregularidades en la celebración de contratos, durante la ejecución de su cargo, así lo conoció el periódico El Tiempo.

Según la información obtenida por le mismo medio, Arteaga fue condenado por los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros, por 15 contratos firmados en 2007 que no contaban con los requisitos legales, 38 de falsedad ideológica en documento público, y 24 de falsedad material.

Entre los 15 contratos cuestionados, hubo uno firmado con la Asociación de Municipios de San Jorge por $8.370 millones, más una adición de $4.000 millones de pesos, para proyectos de inversión, así lo conoció el diario bogotano.

De acuerdo con el mismo medio, el exgobernador de Córdoba además de su condena tendrá que pagar una multa de $6.677 millones de pesos, al igual que otros $43.346 millones de pesos al departamento por daños y perjuicios.

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