Sindicalistas, firmes en salir a marchar pese a decisión del Tribunal de Cundinamarca

Pese a que el Tribunal de Cundinamarca ordenó a las autoridades aplazar las manifestaciones hasta tanto se implemente un protocolo de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño, los convocantes del paro nacional saldrán este 28 de abril.

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Plaza de Bolívar, Bogotá, durante el Paro Nacional del 21 de octubre. (Foto: CUT Colombia)
Plaza de Bolívar, Bogotá, durante el Paro Nacional del 21 de octubre. (Foto: CUT Colombia)

Este martes 27 de abril, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca decretó como medida cautelar provisional aplazar las manifestaciones que se convocaron para mañana miércoles 28 de abril, junto a las del primero de mayo, hasta tanto se implemente un protocolo de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra el covid-19.

En el documento, la magistrada Nelly Yolanda Villamizar asegura que con las protestas, los manifestantes vulneran los derechos fundamentales a la salud, la vida y la salubridad pública, por lo que “las autoridades públicas accionadas deben salvaguardar en especial los derechos de los niños, de las personas de la tercera edad, de sus familias y de los médicos que segundo a segundo están exponiendo su vida en las UCI de hospitales y clínicas para proteger la vida de los infectados por el referido virus”.

La decisión ya levantó polémica en el país, sindicalistas aseguran que saldrán a marchar igualmente. “Sorprende a pocas hora del inicio al paro nacional que una autoridad nacional esté coartando la posibilidad de llevar a cabo una protesta que hemos convocado”, señaló el presidente de la Confederación General del Trabajo (CGT).

“Rechazamos la decisión del Tribunal de Cundinamarca de no permitir la movilización de mañana, todos vamos a salir a las calles esto va en contravía de la Constitución Nacional”, dijo William Agudelo, presidente de la Asociación Distrital de Trabajadores y trabajadoras de la Educación.

Desde la Alcaldía de Bogotá anunciaron que darán cumplimiento a la publicación del fallo, tal como lo ordena el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, “si en todo caso hay marchas y/o manifestaciones, se procederá de acuerdo a los protocolos establecidos para estos casos, con gestores de convivencia, principalmente”.

1. Intervención de Gestores de Convivencia, como primera instancia.

2. Intervención de fuerza disponible de la Policía.

3. Intervención del Esmad como último recurso cuando se ponga en riesgo la vida de las personas.

Imagen de archivo de una marcha durante una huelga de maestros contra el gobierno en Bogotá, Colombia. 27 de abril, 2015. REUTERS/Jose Miguel Gomez/Archivo
Imagen de archivo de una marcha durante una huelga de maestros contra el gobierno en Bogotá, Colombia. 27 de abril, 2015. REUTERS/Jose Miguel Gomez/Archivo

En su decisión, el tribunal ordena al presidente y demás mandatarios locales del país a suspender los permisos que hayan dado a los convocantes de estas manifestaciones.

La magistrada insta a los sindicatos y organizaciones sociales a acudir al uso de las tecnologías de las comunicaciones en reuniones virtuales para protestar contra la reforma tributaria y sobre otros inconformismos. “Su derecho a ser oídos y a difundir sus ideas en los diferentes medios de comunicación (...) De la misma manera, las autoridades públicas involucradas deberán programar las diferentes reuniones virtuales para que dichos manifestantes sean oídos, mientras se supera este estado de emergencia económica, social y ecológica”, se lee en el texto.

La providencia además enfatiza en que no está incurriendo en una limitación ni restricciones al derecho fundamental consagrado en el artículo 37 de la Constitución Política, que protege la manifestación pública, sino que trata de impedir que se incremente el daño por la expansión de la pandemia covid-19 y sus diferentes mutaciones en estos momentos de grave crisis económica y hospitalaria.

“Lo que provocará es la muerte de muchas personas de las familias y demás del grupo social con los que los manifestantes comparten y trabajan e, igualmente, la toma de medidas de confinamiento a mediano y largo plazo mientras se pueda llegar a alcanzar la inmunidad de rebaño con la imposición de las vacunas a más del 70% de la población que se asienta en el territorio colombiano, lo que, de contera, conducirá a la quiebra de más empresas y cierre de establecimientos de comercio y la pérdida de empleos”, magistrada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Como argumento, la magistrada asegura que las diferentes noticias emitidas por medios de comunicación, “evidencian la inminencia de la ocurrencia de un daño grave ante el riesgo inminente de afectación grave a los derechos a la salud, a la vida y a la salubridad pública por cuanto si bien las autoridades accionadas han adelantado diferentes mesas de trabajo de manera consensuada con los ciudadanos que reclaman el derecho fundamental a la manifestación”.

El tribunal además ordena al presidente Duque; al ministro de Salud, Fernando Ruiz; a la alcaldesa de Bogotá, Claudia López; y a los diferentes alcaldes y gobernadores del país que de manera inmediata notifique de esa decisión a los medios de comunicación, “con el fin de que los manifestantes se abstengan de realizar el día de mañana 28 de abril como el 1° de mayo manifestaciones públicas”.

Este es el auto proferido por el alto tribunal:

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